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2017

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2017

• La Autoridad Marítima de Panamá, entidad autónoma del Estado panameño, fue establecida por el Decreto Ley N°7 de 10 de febrero de 1998, que unificó las competencias marítimas que hasta esa fecha poseían la Autoridad Portuaria y la Dirección General Consular y Naves, del Ministerio de Hacienda y Tesoro, entre otras dependencias.

• Con su creación se unificaron los procedimientos para la nacionalización de buques mercantes, que se registren bajo la bandera y se establece el sistema anual de inspecciones para buques de servicio internacional bajo la bandera panameña.

Reviste de una gran importancia dentro de la Administración Pública panameña, toda vez que es la Institución que regula las actividades relacionadas con el registro de bandera de buques tanto a nivel Nacional como Internacional, a través de su Dirección de Marina Mercante.

•Nuestro país ocupa el primer lugar en abanderamiento de naves a nivel mundial, resultado del interés y eficiencia de sus funcionarios.

•La Dirección de Marina Mercante y por ende la Autoridad Marítima de Panamá mantiene una normativa dirigida a tener un control y cumplimiento sobre las actividades que regulan los buques bajo su registro.

•Nuestro país ocupa el primer lugar en abanderamiento de naves a nivel mundial, resultado de sus atractivas disposiciones legales e incentivos competitivos.

•La Autoridad Marítima de Panamá mantiene una normativa que permite garantizar el control y cumplimiento sobre las actividades que regulan los buques bajo su registro.

• 99 años de experiencia.

• Tarifas razonables y competitivas (tasa fija de impuestos).

• Libre nacionalidad del armador y de los marineros. • No se exige un vínculo efectivo entre el dueño del buque

y la República de Panamá.

• Tampoco se exige que la tripulación sea de nacionalidad panameña, pero sí debidamente certificada.

• Servicio ágil y eficiente (24 horas, 9 oficinas de SEGUMAR).

• Seguridad en materia de registro de títulos de propiedad e hipotecas navales, incluye seguridad legal.

Experiencia. Ley de registro de títulos de hipotecas. Ampliamente conocida por los armadores.

• 60 consulados panameños alrededor del mundo.

• Registro Especial de Fletamento.

• Infraestructura de servicios internacionales.

• Aplicación de regulaciones internacionales sobre seguridad marítima: prevención y control de la contaminación.

• Descuentos en las tasas de registro, tasa anual consular e impuesto anual de acuerdo a la Ley 57 de 6 agosto de 2008.

• No existen requisitos de tonelaje mínimo ni edad de la nave, siempre que demuestre buen comportamiento en el registro anterior.

• Los armadores y operadores tienen acceso al sistema contemplado en la Ley de Sociedades Anónimas.

• No re inspección a las naves procedentes de otros registros si poseen los documentos del ISM Code y tonelaje válidos expedido por una Organización Reconocida.

• Naves de hasta 2,000 TRB B/. 500.00

• Naves de 2,000 a 5,000 TRB B/.2,000.00

• Naves de 5,000 a 15,000 TRB B/.3,000.00

• Naves mayores de 15,000 TRB B/.3,000.00

• Las naves mayores de 15,000 TRB pagarán B/.0.10 por cada TRB hasta un máximo de B/.6,500.00

Toda nave inscrita en la Marina Mercante Panameña pagará B/.0.10 por cada tonelada neta o fracción o tonelada de registro o fracción en concepto de impuesto anual.

Este impuesto no podrá ser aumentado durante los 20 años siguientes a la fecha en que se autorizó el ingreso de la nave a la Marina Mercante Panameña.

Naves dedicadas al comercio marítimo: buques de pasajeros, pesqueros, dragas, trasbordadores, perforadoras, de carga y remolcadores.

Hasta 1,000 TRB

1,001 a 3,000 TRB

3,001 a 5,000 TRB

5,001 a 15,000 TRB

Mayores de 15,000

B/.1,200.00

B/.1,800.00

B/.2,000.00

B/.2,700.00

B/.3,000.00

Naves sin propulsión propia, de investigación científica, abastecimiento, submarinos, botes de tripulación, diques flotantes y act. sin fines de lucro.

Hasta 500 TRB

501 a 1,000 TRB

Mayores de 1,000 TRB

B/. 850.00

B/.1,400.00

B/.1,800.00

Naves act. deportivas o de uso privado sin fines de lucro.

Hasta 100 TRB B/.1,000.00

B/.1,500.00

Naves de Pasajeros Hasta 1,600 TRB

Mayores de 1,600 TRB

B/.900.00

B/.1,800.00

Tanqueros Hasta 500 TRB

501 a 1,600 TRB

1,601 a 5,000 TRB

5,001 a 15,000 TRB

Mayores de 15,000

B/.500.00

B/.750.00

B/.850.00

B/.1,000.00

B/.1,200.00

Naves de Carga Hasta 500 TRB

501 a 1,600 TRB

1,601 a 5,000 TRB

B/.500.00

B/.750.00

B/.850.00

Naves de Carga (cont...) 5,001 a 15,000 TRB

Mayores de 15,000

B/.1,000.00

B/.1,200.00

Naves de Placer o de uso privado sin fines de lucro

No importa el Tonelaje B/. 400.00

Perforadoras No importa el Tonelaje B/.1,300.00

Otras Naves Hasta 500 TRB

501 a 5,000 TRB

Mayores de 5,000

B/. 500.00

B/. 800.00

B/.1,000.00

Tanqueros de plataformas de perforación, pasajeros, gaseros y de productos químicos

No importa el Tonelaje B/. 850.00

Otras Naves Hasta 500 TRB

501 a 10,000 TRB

Mayores de 10,000 TRB

B/. 300.00

B/. 400.00

B/. 500.00

Cambio de Propietario de la Nave B/.1,000.00

Cambio de Tonelaje debido a modificaciones en la estructura del Buque

B/.1,000.00

Cambio de Nombre de la Nave y/o el Nombre del Propietario B/.1,000.00

Cambio de Responsable de las Cuentas de Radio B/. 500.00

Cancelación del Registro Panameño B/.1,000.00

Expedición de la Patente Reglamentaria por pérdida o renovación

B/. 300.00

Reserva de Nombre de una Nave por 30 días B/. 20.00

Registro del Contrato de Fletamento (Ley 57 de 2008) B/. 150.00

(Más B/.0.20 por tonelada o fracción)

Expedición de Licencia de Radio por pérdida o renovación B/. 200.00

Prórroga o Renovación de la Patente Provisional B/. 50.00

(Por Mes)

Por la Prórroga o Renovación de la Licencia Provisional de Radio B/. 50.00

(Por Mes)

Se permiten los arreglos de pago de las deudas que mantengan con el Tesoro Nacional a las naves inscritas en el registro panameño, siempre que el plazo concedido no exceda de 1 año, contado a partir de la firma del arreglo de pago.

• Con el cumplimiento de los Convenios Internacionales (seguridad/ contaminación).

• Modernizando y Automatizando todos los servicios.

• Redefinimos nuestra estructura de servicios en materia técnica.

• Mantenemos el sistema de gestión de calidad, bajo la versión de la norma ISO 9001-2008.

• Mejoramos nuestros indicadores, reduciendo el tiempo de ejecución de los trámites.

Ampliamos la cobertura de los programas de:

• Inspección de Port State Control.

• Inspecciones de seguridad marítima a buques de nuestro pabellón.

• Investigación de accidentes y demás incidentes relacionados con la seguridad marítima y contaminación por los buques.

A través de:

• Constante entrenamiento y capacitación del Recurso Humano (técnico y administrativo).

• Promoción del plan de Mercadeo de los servicios.

• Implantación de tecnología de punta en materia marítima.

• Mayor participación en los Comités y Sub Comités de la OMI/OIT.

• Planificación científica y financiera de la red de consulados de Marina Mercante.

• El Registro Panameño, en el año 2011 fue incluido por primera vez en la Lista Blanca del Memorando de Entendimiento de PARIS (MOU); dicho memorando indica que entre los niveles de calificación que puede tener un registro en este MOU (negra, gris y blanca), Panamá ha logrado colocarse entre un grupo selecto de países que cumplen con las más altas calificaciones en los estándares de seguridad marítima.

Panama

Liberia Singapur

Marshall Island

Bahamas

Hong Kong 222.1

133.4 81.3

127.2

59.9

104.9

Source: IHS Global SAS e IHS Global Ltd. Al 30 de junio 2016

• Los tres principales registros de bandera de la industria marítima

internacional, Panamá, Liberia e Isla Marshall, firmaron en Washington una declaración conjunta para condenar la violencia de la piratería contra la gente de mar en el Golfo de Adén y la Costa de Somalia.

• Con esta declaración contra la piratería, el Bureau Marítimo Internacional busca darle una mayor capacidad a las autoridades y organismos marítimos de responder con efectividad en las diferentes acciones de lucha contra la piratería.

• Panamá aprobó Audito Voluntario de la Organización Marítima Internacional en el año 2008.

• Tanto la Dirección General de Marina Mercante como la Dirección General de Gente de Mar, están certificadas ISO, convirtiéndose en una de las pocas oficinas del Estado panameño con sistemas de gestión de calidad certificados.

• La flota panameña representa alrededor de 18 % de la flota mundial. • Los buques tanque conforman el 17 % de la flota mercante panameña. • Actualmente las oficinas de SEGUMAR ofrecen un servicio 24/7. Contamos

con oficinas de SEGUMAR en Panamá, Nueva York, Tokio, Pireos, Singapour y recientemente se realizó la apertura de las oficinas SEGUMAR en Corea del Sur, Turquía y Japón. Próximas oficinas en Los Ángeles y en Taipei

• Continuar con las políticas para evitar la Pesca INDNR en los buques que ostenten la Bandera Panameña.

• Continuar con el crecimiento del registro en los últimos años. • Adicionar nuevos mercados al Registro Marítimo panameño como es la

industria de los buques de pasajeros y las perforadoras. • Continuar con el desarrollo Portuario Nacional y el desarrollo de las

industrias auxiliares. • Elaboración de nuevas leyes de Marina Mercante y de Puertos para

modernizar y fortalecer la Gestión de la Administración. • Proyecto de sistematización y automatización del registro marítimo de

buques.

• En el año 2016, se ha recaudado aproximadamente 162 millones de dólares de los cuales se aportarán al fisco aproximadamente 113 millones de dólares obtenidos por servicios prestados.

• Aproximadamente 4 veces esa cifra, en ingresos indirectos por servicios legales, notariales, de certificación, de inspección, entre otros.

• Imagen de Panamá a nivel mundial, como país marítimo por excelencia.

• Panamá, 1ra. Flota del mundo. • 8,136 naves inscritas de 100 TRB y 222.1 millones de TRB al 30 de

junio de 2016. (Fuente: IHS Global SAS y IHS Global Ltd. al 30/06/16)