políticas contables generales de... · 2019-02-13 · tribunal registral administrativo zapote, 25...

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Tribunal Registral Administrativo Zapote, 25 metros norte de Plaza el Castillo. Tel: (506)4060-2700 Fax: (506) 2253-4292. Apartado Postal 84-2010, Zapote, Costa Rica. Correo electrónico: [email protected] / www.tra.go.cr MANUAL DE POLÍTICAS CONTABLES GENERALES SUSTENTADAS EN NICSP ADOPTADAS EL TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO: Administrativo PROCESO: Contabilidad CONDICIÓN: (Nuevo o Actualización) Nuevo VERSION: 001 ELABORADO POR: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO APROBACIÓN: (Por el órgano Colegiado) Sesión Acuerdo Fecha 16-2015 SE-373-2017 02 de noviembre de 2017

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    MANUAL DE POLÍTICAS CONTABLES GENERALES SUSTENTADAS EN NICSP

    ADOPTADAS EL TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO

    DEPARTAMENTO: Administrativo

    PROCESO: Contabilidad

    CONDICIÓN:

    (Nuevo o

    Actualización)

    Nuevo

    VERSION: 001

    ELABORADO POR: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

    APROBACIÓN:

    (Por el órgano

    Colegiado)

    Sesión Acuerdo Fecha

    16-2015 SE-373-2017 02 de noviembre de

    2017

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    INDICE

    ABREVIATURAS ................................................................................................................... 8

    INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 12

    CAPÍTULO I .......................................................................................................................... 16

    1.1. MARCO JURÍDICO INSTITUCIONAL ............................................................................. 16

    1.2. MISIÓN Y VISIÓN ....................................................................................................... 19

    1.3. MISIÓN ..................................................................................................................... 19

    1.4. VISIÓN ...................................................................................................................... 20

    1.5. PRIORIDADES INSTITUCIONALES ............................................................................... 20

    1.6. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS ........................................................................................ 20

    1.7. DE LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO PROYECTADOS ............................................... 21

    1.8. DE LOS INDICADORES DE RESULTADO O IMPACTO A LA SOCIEDAD ............................ 25

    1.9. ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL................................................................................ 26

    CAPÍTULO II ........................................................................................................................ 28

    CONTEXTO NACIONAL E INTERNACIONAL ............................................................ 28

    1. CONTEXTO NACIONAL ...................................................................................................... 28

    1.1. Marco Legal.............................................................................................................. 28

    1.2. Sistema Integrado de la Gestión Administrativa Financiera (SIGAF) ................... 29

    2. CONTEXTO INTERNACIONAL ............................................................................................. 38

    2.1. Organización Internacional de la Profesión Contable ............................................ 38

    2.2. Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB)

    ......................................................................................................................................... 42

    2.3. Desarrollo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público ........... 46

    2.4. Otros aportes del IPSASB ......................................................................................... 57

    CAPÍTULO III ...................................................................................................................... 61

    1. SUBSISTEMA DE CONTABILIDAD ....................................................................................... 61

    1.1. Aspectos Generales ................................................................................................... 61

    1.2. Características del Subsistema ................................................................................. 61

    1.3. Objetivos ................................................................................................................... 62

    1.4. Organización Contable ............................................................................................. 63

    1.5. Órgano Rector de Contabilidad ............................................................................... 68

    1.6. Momentos del Registro ............................................................................................. 70

    1.7. Principales Instrumentos Contables ......................................................................... 73

    1.8. Sistema de Gestión Documental (SGD) .................................................................... 76

    1.8.1. Marco Legal........................................................................................................... 76

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    1.8.2. Sistema de Gestión Documental (SGD) ................................................................. 79

    1.8.3. Conclusiones .......................................................................................................... 85

    CAPÍTULO IV ....................................................................................................................... 87

    MARCO CONCEPTUAL CONTABLE DEL SECTOR PÚBLICO COSTARRICENSE

    ................................................................................................................................................. 87

    1. ANTECEDENTES ................................................................................................................ 87

    2. PROPÓSITO Y JUSTIFICACIÓN ............................................................................................. 87

    3. ALCANCE .......................................................................................................................... 89

    4. OBJETIVOS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA. ................................................................. 90

    5. USUARIOS Y SUS NECESIDADES DE INFORMACIÓN ............................................................. 91

    6. INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LOS IFPG ............................................................ 96

    6.1 Información contable ................................................................................................. 96

    6.2 Otras informaciones a incluir en el IFPG ................................................................. 98

    7. PREMISAS BÁSICAS ......................................................................................................... 100

    7.1 Base Devengado ...................................................................................................... 101

    7.2 Ente en marcha ........................................................................................................ 101

    8. CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS IFPG ............ 101

    8.1. Relevancia............................................................................................................... 102

    8.2 Representación fiel .................................................................................................. 102

    8.3 Comprensibilidad .................................................................................................... 104

    8.4 Oportunidad ............................................................................................................. 105

    8.5 Comparabilidad ....................................................................................................... 105

    8.6. Verificabilidad ........................................................................................................ 106

    8.7 Restricciones a la información relevante y fiable ................................................... 107

    8.8 Presentación razonable ........................................................................................... 109

    8.9 Compensación.......................................................................................................... 110

    9. ESTADOS FINANCIEROS .................................................................................................. 110

    9.1 Estado de Situación Financiera o Balance General. .............................................. 110

    9.2 Estado de Rendimiento Financiero ......................................................................... 110

    9.3 Estado de Cambios en el Patrimonio ...................................................................... 111

    9.4 Estado de Flujos de Efectivo ................................................................................... 111

    9.5 Estados Financieros Consolidados ......................................................................... 111

    10 OTROS ESTADOS DE LA IFPG ........................................................................................ 111

    10.1 Estado de Ejecución Presupuestaria ..................................................................... 111

    10.2 Estado de Conciliación de Resultados Contable y Presupuestario ...................... 112

    10.3. Estado de la Deuda Pública ................................................................................. 112

    10.4. Estado de Situación y Evolución de Bienes .......................................................... 112

    10.5. Estado de Información Financiera por Segmentos .............................................. 112

    10.6. Análisis de la Gestión Financiera Consolidada del Sector Público .................... 112

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    11. NOTAS A LOS EEFF ...................................................................................................... 113

    12. ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ................................................................. 113

    12.1 Activos.................................................................................................................... 113

    12.2 Pasivos ................................................................................................................... 113

    12.3 Patrimonio ............................................................................................................. 114

    12.4 Ingresos.................................................................................................................. 114

    12.5 Gastos .................................................................................................................... 114

    12.6 Ajustes Contables .................................................................................................. 114

    13. RECONOCIMIENTO DE LOS ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ....................... 115

    13.1 La probabilidad de obtener beneficios económicos o potencial de servicios futuros

    ....................................................................................................................................... 115

    13.2 Fiabilidad de la medición ...................................................................................... 115

    13.3 Reconocimiento de Activos .................................................................................... 115

    13.4 Reconocimiento de Pasivos ................................................................................... 115

    13.5 Reconocimiento de Ingresos .................................................................................. 116

    13.6 Reconocimiento de Gastos ..................................................................................... 116

    14. UNIDAD DE MEDIDA ...................................................................................................... 116

    15. MEDICIÓN DE LOS ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS .................................... 116

    16. CONCEPTOS DE PATRIMONIO A MANTENER ................................................................... 117

    17. GRADO DE RELEVANCIA DE LOS DESVÍOS CONTABLES .................................................. 118

    CAPÍTULO V ...................................................................................................................... 119

    EMPRESAS PÚBLICAS (EP) ........................................................................................... 119

    CARACTERÍSTICAS .............................................................................................................. 119

    DIFERENCIAS NORMATIVAS ................................................................................................ 120

    a) En el MCC ................................................................................................................. 121

    b) NICSP que no se aplican en el Sector Privado ........................................................ 123

    c) NICSP faltantes ......................................................................................................... 124

    d) NICSP en proceso ..................................................................................................... 125

    e) Diferencias conceptuales ........................................................................................... 128

    CAPÍTULO VI ..................................................................................................................... 151

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES -

    ACTIVO ............................................................................................................................... 151

    1. ACTIVO ........................................................................................................................... 151

    ACTIVOS FINANCIEROS ....................................................................................................... 151

    Instrumentos Financieros .............................................................................................. 151

    ACTIVOS NO FINANCIEROS ................................................................................................. 235

    Bienes no Concesionados y Concesionados .................................................................. 250

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    ACTIVOS CONTINGENTES.................................................................................................... 397

    CAPÍTULO VII ................................................................................................................... 401

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES -

    PASIVO ................................................................................................................................ 401

    2. PASIVO ............................................................................................................................ 401

    Instrumentos Financieros .............................................................................................. 401

    Deudas ........................................................................................................................... 420

    Beneficios a los Empleados ........................................................................................... 426

    Endeudamiento público ................................................................................................. 457

    Fondos de terceros y en garantía .................................................................................. 467

    Provisiones .................................................................................................................... 468

    Contingencias ................................................................................................................ 477

    Reservas técnicas ........................................................................................................... 480

    Otros pasivos ................................................................................................................. 481

    Pasivo por Concesión de Servicios Públicos ................................................................ 482

    CAPÍTULO VIII .................................................................................................................. 489

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES -

    PATRIMONIO .................................................................................................................... 489

    3. PATRIMONIO ................................................................................................................... 489

    Instrumentos de Patrimonio .......................................................................................... 489

    Capital y transferencias ................................................................................................. 495

    Reservas ......................................................................................................................... 500

    Variaciones no asignables a reservas ........................................................................... 502

    Resultados acumulados ................................................................................................. 504

    Intereses minoritarios .................................................................................................... 506

    CAPÍTULO IX ..................................................................................................................... 507

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES -

    INGRESOS ........................................................................................................................... 507

    4. INGRESOS ........................................................................................................................ 507

    INGRESOS DE TRANSACCIONES SIN CONTRAPRESTACIÓN .................................................... 510

    Impuestos ....................................................................................................................... 517

    Transferencias ............................................................................................................... 520

    Contribuciones sociales ................................................................................................. 530

    INGRESOS DE TRANSACCIONES CON CONTRAPRESTACIÓN ................................................... 531

    Prestación de Servicio ................................................................................................... 531

    Venta de Bienes.............................................................................................................. 533

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    Ingresos por Concesión de Servicios Públicos .............................................................. 541

    Ingresos de la Propiedad ............................................................................................... 542

    Resultados por tenencia y por exposición a la inflación ............................................... 554

    Otros ingresos ................................................................................................................ 557

    CAPÍTULO X ...................................................................................................................... 562

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES - GASTOS

    ............................................................................................................................................... 562

    5. GASTOS ........................................................................................................................... 562

    Gastos relacionados con bienes y servicios .................................................................. 562

    Gastos Financieros y otros Gastos ................................................................................ 584

    Resultados negativos por tenencia y por exposición a la inflación............................... 593

    CAPITULO XI ..................................................................................................................... 596

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES PARA

    LA ELABORACIÓN DE EEFF ......................................................................................... 596

    6. ESTADOS FINANCIEROS (EEFF) ..................................................................................... 596

    Generalidades de los EEFF........................................................................................... 596

    Estado de Situación Financiera o Balance General ..................................................... 608

    Estado de Rendimiento Financiero ............................................................................... 614

    Estado de Cambios en el Patrimonio ............................................................................ 618

    Estado de Flujos de Efectivo ......................................................................................... 621

    Notas a la IFPG ............................................................................................................. 632

    Estado de Ejecución Presupuestaria ............................................................................. 647

    Estado de Conciliación de Resultados Contable y Presupuestario............................... 651

    Estado de la Deuda Pública .......................................................................................... 652

    Estado de Información Financiera por Segmentos ....................................................... 654

    Estado de Situación y Evolución de Bienes (No Concesionados y Concesionados) ..... 662

    CAPÍTULO XII ................................................................................................................... 672

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES –

    ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS .............................................................. 672

    7. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS (EEFFC) ......................................................... 672

    Estructura Organizacional para la Consolidación ....................................................... 672

    Entidades controladoras y controladas ......................................................................... 679

    Operaciones de Consolidación ...................................................................................... 683

    Plan de Beneficios definidos entre entidades bajo control ........................................... 696

    Integración de Empresas Públicas en los EEFFC del SGG.......................................... 698

    Parte relacionada .......................................................................................................... 703

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    CAPÍTULO XIII .................................................................................................................. 709

    NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD Y POLÍTICAS CONTABLES –

    CONTABILIDAD DE COBERTURAS ............................................................................ 709

    8. CONTABILIDAD DE COBERTURAS .................................................................................... 709

    Instrumentos de Cobertura ............................................................................................ 709

    Partidas cubiertas .......................................................................................................... 712

    Información a Revelar ................................................................................................... 725

    CAPÍTULO XIV .................................................................................................................. 727

    GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTABLES ................................................................... 727

    ANEXOS ............................................................................................................................... 774

    ANEXO I: MODELO DE ESTADOS FINANCIEROS................................................................... 774

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    Abreviaturas

    Siglas Significados

    AREA Ajuste de Resultados de Ejercicios Anteriores

    CAP (por su sigla en

    inglés)

    Grupo Asesor de Cumplimiento

    CC Centros de Consolidación

    CFSPC Clasificador Funcional del Sector Público

    Costarricense.

    CGR Contraloría General de la República

    CISPC Clasificador Institucional del Sector Público

    Costarricense

    CN Contabilidad Nacional

    Defensoría Defensoría de los Habitantes de la República

    DEVJ Documento Electrónico con Valor Jurídico

    DGCN Dirección General de Contabilidad Nacional

    EC Ente Contable

    ECP Estado de Cambios en el Patrimonio

    ECRCP Estado de Conciliación de Resultados Contable

    y Presupuestario

    EDP Estado de la Deuda Pública

    EEFF Estados Financieros

    EEP Estado de Ejecución Presupuestaria, sobre base

    de acumulación (o devengado)

    EFE Estado de Flujos de Efectivo

    EEFFC Estados Financieros Consolidados

    EEFFS Estados Financieros Separados

    EIFS Estado de Información Financiera por

    Segmentos

    EP Empresas Públicas

    EPFM Empresas Públicas Financieras Municipales

    EPFN Empresas Públicas Financieras Nacionales

    EPM Empresas Públicas Municipales

    EPNFM Empresas Públicas no Financieras Municipales

    EPNFN Empresas Públicas no Financieras Nacionales

    ERF Estado de Rendimiento Financiero

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    ESF Estado de Situación Financiera o Balance

    General

    ESEB Estado de Situación y Evolución de Bienes

    FASB (por su sigla en

    inglés)

    Consejo de Normas de Contabilidad Financiera

    FMI Fondo Monetario Internacional

    FOF (por su sigla en

    inglés)

    Foro de Firmas

    IAASB (por su sigla en

    inglés)

    Consejo de Normas Internacionales de Auditoría

    y Aseguramiento

    IASB (por su sigla en

    inglés)

    Consejo de Normas Internacionales de

    Contabilidad

    IAESB (por su sigla en

    inglés)

    Consejo de Normas Internacionales de

    Educación para Contadores

    IASCF (por su sigla en

    inglés)

    Fundación del Comité de Normas

    Internacionales de Contabilidad

    IAS (por su sigla en inglés) Normas Internacionales de Contabilidad

    IAPS (por su sigla en

    inglés)

    Normas Internacionales de Prácticas de

    Auditoría

    IFPG Informes Financieros con Propósito General

    IFRS (por su sigla en

    inglés)

    Normas Internacionales de Información

    Financiera

    IDNOE Instituciones Descentralizadas no Empresariales

    IESBA (por su sigla en

    inglés)

    Consejo de Normas Internacionales de Ética

    para Contadores

    IFAC (por su sigla en

    inglés)

    Federación Internacional de Contadores

    IPSASB (por su sigla en

    inglés)

    Consejo de Normas Internacionales de

    Contabilidad del Sector Público

    IPF Instituciones Públicas Financieras

    IPFB Instituciones Públicas Financieras Bancarias

    IPFNOB Instituciones Públicas Financieras no Bancarias

    IPFRS Instituciones Públicas Financieras de Rectoría y

    Supervisión

    ISQC (por su sigla en

    inglés)

    Normas Internacionales de Control de Calidad

    ISA (por su sigla en inglés) Normas Internacionales de Auditoría

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    ISAE (por su sigla en

    inglés)

    Normas Internacionales sobre Compromisos de

    Aseguramiento

    ISRE (por su sigla en

    inglés)

    Normas Internacionales de Trabajos de Revisión

    ISRS (por su sigla en

    inglés)

    Normas Internacionales para Servicios

    Relacionados

    LAFRPP Ley de Administración Financiera de la

    República y Presupuestos Públicos

    MCC Marco Conceptual Contable

    MEFP

    Manual de Estadísticas de Finanzas Públicas –

    2001

    NIC Normas Internacionales de Contabilidad

    NICSP

    Normas Internacionales de Contabilidad del

    Sector Público

    NIIF

    Normas Internacionales de Información

    Financiera

    NPC Normas Particulares de Contabilidad

    Notas Notas a los Estados Financieros

    PAIB (por su sigla en

    inglés)

    Comité de Contadores Profesionales en

    Empresas

    PCS (por su sigla en

    inglés)

    Comité del Sector Público

    PGCN Plan General de Contabilidad Nacional

    PIOB (por su sigla en

    inglés)

    Consejo Superior del Interés Público

    P Patrimonio

    SIGAF Sistema Integrado de la Gestión Administrativa

    Financiera

    SCN Sistema de Cuentas Nacionales

    SGC Sector Gobierno Central

    SGG Sector Gobierno General

    SGD Sistema de Gestión Documental

    SGL Sector Gobiernos Locales

    SGR Sector Gobierno de la República

    SMPC (por su sigla en

    inglés)

    Comité de Firmas Pequeñas y Medianas de la

    IFAC

    SP Sector Público

    SPC Sector Público Costarricense

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    SPF Sector Público Financiero

    SPNOF Sector Público no Financiero

    SSC Subsistema de Contabilidad

    RLAFRPP Reglamento de la LAFRPP

    TAC (por su sigla en

    inglés)

    Comité de Auditores Transnacionales

    TSE Tribunal Supremo de Elecciones

    UC Unidad de Consolidación

    URs Unidades de Registro

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    Introducción

    El Tribunal Registral Administrativo en concordancia con lo establecido en el

    Decreto Ejecutivo No. Nº 34918-H – “Adopción e Implementación de las Normas

    Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense

    Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector

    Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense y que adicionalmente, de conformidad con

    el artículo 90 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos

    Públicos, el Subsistema de Contabilidad estará conformado por un conjunto de principios,

    normas y procedimientos técnicos que permiten recopilar, registrar, procesar y controlar,

    en forma sistemática, toda la información referente a las operaciones del sector público,

    expresables en términos monetarios, así como por los organismos que participan en este

    proceso y en donde el Tribunal Registral Administrativo es parte de esta estructura del

    Estado Costarricense.

    Que adicionalmente, la Contabilidad Nacional por disposición legal expresa es el

    Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad, por lo que el artículo 93 de la Ley de la

    Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, le confiere

    atribuciones, deberes y funciones, dentro de las cuales destacan el proponer las normas

    generales que rigen el Subsistema de Contabilidad Pública y el establecer procedimientos

    contables que respondan a normas y principios de aceptación general en el sector público

    y que indicado la necesidad de aplicar las políticas contables para el Sector Públicos.

    Así también, en concordancia con las disposiciones consagradas en la Ley de la

    Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, así como en su

    Reglamento, específicamente, en el artículo 120, dispone que la Contabilidad Nacional

    adoptará y emitirá la normativa técnica y las disposiciones adicionales que estime

    pertinentes para el cumplimiento de los objetivos del Subsistema, las que serán sometidas

    a la aprobación del Ministro de Hacienda, previa consulta a la Contraloría General de la

    República.

    Que a nivel internacional, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad

    para el Sector Público (IPSASB por sus siglas en ingles) de la Federación Internacional de

    Contadores (IFAC por sus siglas en ingles), ubicado en el Estado de Nueva York, Estados

    Unidos, ha desarrollado un conjunto de normas de contabilidad aplicables a las entidades

    del sector público, bajo la denominación de Normas Internacionales de Contabilidad del

    Sector Público (NICSP), cuya última revisión y actualización data de noviembre 2007.

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    Que la adopción de dicha normativa por parte del Tribunal permitirá la

    comparabilidad de la información financiera presentada por las entidades del sector

    público.

    Que adicionalmente el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el

    Sector Público (IPSASB) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) recomienda

    la adopción de las NICSP y la armonización de los requisitos nacionales con dicha

    normativa internacional.

    Que la Contabilidad Nacional, como Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad

    Nacional atendiendo sus funciones rectoras, estima de innegable interés público le

    corresponde el seguimiento, supervisión y adopción de las NIC SP publicadas en español

    por la IFAC a la fecha de la publicación de este decreto, además de que, el Decreto

    Ejecutivo Nº 34029-H denominado “Adopción e Implementación de las Normas

    Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP), en el Ámbito

    Costarricense”, publicado en La Gaceta N° 196 del jueves 11 de octubre del 2007, que

    regula la materia no responde a las necesidades vigentes en la actualidad, pues ha sido

    interés de la Contabilidad Nacional resaltar el hecho de que dentro de las citadas Normas

    Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), se incluye el concepto del

    devengo, mediante el cual se orienta a la aplicación de esta base contable.

    Que el presente Manual de Políticas Contable contempla todos los aspectos

    indicados por la Contabilidad Nacional y que adopta el Tribunal Registral Administrativo

    para cumplir con los fines establecidos por la Directriz del Gobierno de la República y del

    cual se hace la presentación respectiva.

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    Capítulo I: Del Tribunal Registral Administrativo : Presente la base legal del Tribunal

    Registral Administrativo y funciones, así como su estructura organizacional, misión, visión

    y objetivos estratégicos e indicadores de desempeño.

    Capítulo II: Contexto Nacional e Internacional. Presenta el marco legal de

    administración financiera existente en el Gobierno de Costa Rica y sus características, así

    como el contexto internacional relacionado con la normativa internacional contable sobre

    el Sector Público.

    Capítulo III: Subsistema de Contabilidad. Expone conceptualmente el Sistema de

    Administración Financiera (SIGAF) implementado por el Gobierno de Costa Rica y sus

    características.

    Capítulo IV: Marco Conceptual Contable (MCC) del Sector Público Costarricense.

    Constituye un soporte sustancial a la normativa contable y desarrolla los fundamentos

    conceptuales de la información financiera contable, con el propósito de brindar sustento

    racional y de congruencia a las normas contables que lo complementan.

    Capítulo V: Empresas Públicas (EP). Desarrolla el concepto de las EP y las principales

    diferencias existentes entre las normas que les son aplicables, es decir, las Normas

    Internacionales de Contabilidad (NIC) y Normas Internacionales de Información

    Financiera (NIIF), con relación a las aplicadas por las entidades del sector gobierno general

    (SGG).

    Capítulo VI: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Activo Normas

    y políticas contables de las partidas más relevantes del activo de acuerdo con NICSP o, en

    su defecto, NIC o NIIF, Manual de Estadísticas de Finanzas Públicas – 2001 (MEFP) del

    Fondo Monetario Internacional (FMI) y normas de la DGCN.

    Capítulo VII: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Pasivo. Normas

    y políticas contables de las partidas más relevantes del pasivo de acuerdo con NICSP o, en

    su defecto, NIC o NIIF, MEFP 2001 del FMI y normas de la DGCN.

    Capítulo VIII: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Patrimonio.

    Normas y políticas contables de las partidas más relevantes del patrimonio de acuerdo con

    NICSP o, en su defecto, NIC o NIIF, MEFP 2001 del FMI y normas de la DGCN.

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    Capítulo IX: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Ingresos Normas

    y políticas contables de las partidas más relevantes de los ingresos de acuerdo con NICSP

    o, en su defecto, NIC o NIIF, MEFP 2001 del FMI y normas de la DGCN.

    Capítulo X: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Gastos. Normas

    y políticas contables de las partidas más relevantes de los gastos de acuerdo con NICSP o,

    en su defecto, NIC o NIIF, MEFP 2001 del FMI y normas de la DGCN.

    Capítulo XI: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Estados

    Financieros. Normas y políticas contables generales de los EEFF y de los Informes

    Financieros de Propósitos General de acuerdo con NICSP o, en su defecto NIC o NIIF,

    MEFP 2001 del FMI y normas de la DGCN.

    Capítulo XII: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Estados

    Financieros Consolidados. Normas y políticas contables de los Estados Financieros

    Consolidados de acuerdo con NICSP o, en su defecto NIC o NIIF, MEFP 2001 del FMI y

    normas de la DGCN.

    Capítulo XIII: Normas Generales de Contabilidad y Políticas Contables - Contabilidad

    de Cobertura. Normas y políticas contables de las partidas del Activo, Pasivo, Patrimonio,

    Ingresos y Gastos afectadas por la Contabilidad de Cobertura de acuerdo con las NICSP.

    Capítulo XIV: Glosario. Definiciones más relevantes en el marco del PGCN.

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    Capítulo I

    1.1.Marco jurídico institucional

    El Tribunal Registral Administrativo se crea por medio de la Ley de Procedimientos

    de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, No. 8039, de 12 de octubre de

    2000, la cual en su artículo 19, dispone:

    “Artículo 19. — Creación del Tribunal Registral Administrativo. Créase el

    Tribunal Registral Administrativo como órgano de desconcentración máxima,

    adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia, con personalidad jurídica instrumental

    para ejercer las funciones y competencias que le asigna esta Ley. Tendrá la sede

    en San José y competencia en todo el territorio nacional. Sus atribuciones serán

    exclusivas y tendrá independencia funcional y administrativa; sus fallos agotarán

    la vía administrativa (…).”

    Antes de su creación, la materia objeto del conocimiento del Tribunal Registral

    Administrativo era competencia de la Sección Tercera del Tribunal Contencioso

    Administrativo. No obstante, con la aprobación del Acuerdo sobre los Aspectos de

    Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) anexo 1C del Acuerdo de la

    Organización Mundial del Comercio (OMC), el Estado costarricense adquirió una serie de

    obligaciones en materia de observancia y protección de los derechos de la propiedad

    intelectual, de tal suerte que el legislador nacional consideró conveniente y oportuna la

    creación de un órgano independiente, técnico y especializado que garantizara a los titulares,

    la protección de sus derechos ante las instancias administrativas de una manera efectiva.

    Dentro de este contexto se promulgó la Ley No. 8039, Ley de Procedimientos de

    Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, en la que se crea el Tribunal

    Registral Administrativo, que inicia funciones en diciembre del año 2002, y en la que se le

    otorga la competencia para conocer de los recursos de apelación que se presenten contra

    los actos, resoluciones definitivas y los ocursos provenientes de todos los Registros que

    conforman el Registro Nacional, dando así por agotada la vía administrativa.

    Adicionalmente, con funciones o competencias del Tribunal, se señala en el artículo

    25, de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual,

    lo siguiente:

    Las funciones principales que realiza el Tribunal Registral Administrativo son las

    siguientes:

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    • Conocer de los recursos de apelación interpuestos contra los actos y las resoluciones

    definitivas dictados por todos los Registros que conforman el Registro Nacional, así

    como los recursos de apelación contra los ocursos provenientes de los Registros que

    integran el Registro Nacional, sujeto a los principios de oralidad, oficialidad,

    celeridad e inmediación de la prueba y de conformidad con el procedimiento y las

    normas de funcionamiento establecidas en la Ley de Procedimientos de

    Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, su reglamento y

    supletoriamente, lo dispuesto en el Libro II de la Ley General de la Administración

    Pública, Nº 6227, de 2 de mayo de 1978, capítulo "Del Procedimiento Ordinario",

    en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en la Ley

    Orgánica del Poder Judicial, respectivamente, en cuanto sean aplicables.

    • Fijar los plazos comunes e improrrogables a las partes, a fin de que presenten sus

    alegatos y pruebas de descargo, dentro del principio de búsqueda de la verdad real

    de los hechos, la celeridad requerida del procedimiento y el principio de oralidad.

    • Impulsar los procedimientos y trámites de su competencia, con la celeridad

    requerida por la situación afectada, a fin de garantizar una respuesta pronta y

    cumplida.

    • Agotar la vía administrativa en los asuntos de su competencia.

    • Realizar los actos y contratos que permitan su funcionamiento administrativo, tales

    como recibir bienes muebles o inmuebles donados, aceptar los traslados de

    personal, contratar a los asesores y técnicos que requiera para su asesoramiento o el

    adiestramiento del personal, la capacitación y la investigación que se genere con

    instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

    • Firmar todo tipo de convenios de cooperación con instituciones públicas o privadas.

    • Establecer su propio régimen de salarios y contratar al personal técnico y

    profesional que satisfaga las necesidades del servicio público.

    • Adquirir los bienes y servicios que se requieran para la prestación de sus servicios.

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    • Aprobar y supervisar la ejecución de los diferentes planes y proyectos del Tribunal

    Registral Administrativo, así como los respectivos Presupuestos Ordinarios y

    Extraordinarios y cualquier Modificación Presupuestaria.

    • Aprobar toda la normativa necesaria para garantizar un mejor servicio público.

    Es importante hacer mención de las normas principales, que a continuación se citan:

    • Constitución Política de la República de 7 de noviembre de 1949.

    • Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual,

    No. 8039 del 12 de octubre del año 2000.

    • Ley General de la Administración Pública, No. 6227 del 2 de mayo de 1978.

    • Ley de Contratación Administrativa, No. 7494 del 2 de mayo de 1995 y sus

    reformas.

    • Ley de Control Interno; No. 8292 del 27 de agosto de 2002.

    • Ley de la Administración Financiera de la República y de Presupuestos Públicos,

    No. 8131 del 16 de octubre de 2000.

    • Reglamento de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo No. 33411-H,

    publicado en la Gaceta No. 210 de 2 de noviembre de 2006 y sus reformas.

    • Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los

    Ministerios de Gobierno, Decreto Ejecutivo No. 30640 de 30 de agosto de 2002.

    • Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública

    emitido por la Contraloría General de la República.

    • Reglamento de gastos de viajes y de transportes para funcionarios públicos, emitido

    por la Contraloría General de la República.

    • Manual sobre Normas y Técnicas de Control Interno para la Contraloría General de

    la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización M-1-2002-CO-DD,

    publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2002.

    • Estatuto de Servicio Civil, Ley No. 1581 y sus reformas, de 30 de mayo de 1953.

    • Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, Decreto No. 21, de 14 de diciembre de

    1954 y sus reformas

    • Régimen Salarial de los Funcionarios del Tribunal Registral Administrativo,

    Decreto Ejecutivo No. 31826-J-H, de 15 de marzo de 2004, publicado en La Gaceta

    No. 114, del 11 de junio de 2004.

    • Reglamento de Uso de Vehículos del Tribunal Registral Administrativo, Decreto

    Ejecutivo No. 31613-J, de 3 de septiembre de 2003, publicado en La Gaceta No.

    21, de 30 de enero de 2004.

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    • Reglamento Operativo del Tribunal Registral Administrativo, Decreto Ejecutivo

    No. 35456-1, publicado en la Gaceta No. 169 de 31 de agosto de 2009.

    1.2.Misión y visión

    Para el desarrollo de la misión, visión y demás componentes se toma en cuenta los

    lineamientos establecidos por el Ministerio de Planificación y Política Económica, sobre

    los “Lineamientos Metodológicos para la Programación Estratégica Sectorial e

    Institucional y Seguimiento y Evaluación Sectorial del Ministerio de Planificación

    Nacional y Política Económica” así como las directrices emitidas por la Secretaría Técnica

    de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda.

    Adicionalmente, el Tribunal en las Sesiones Extraordinarias No. 12-2015 y No.

    13-2015, celebradas el 9 y 15 de junio de 2015 respectivamente, en donde se sometió a

    discusión y análisis de misión y visión institucional, así como los objetivos estratégicos con

    sus respectivos indicadores de gestión y resultados y que son parte fundamental para el

    desarrollo del presente Plan Operativo Institucional del año 2016.

    Son parte fundamental de la presente exposición de planes y actividades para el año

    2015 la inclusión de las estadísticas de los diferentes indicadores que miden la gestión del

    Tribunal, así como las etapas en que encuentran los proyectos de la institución.

    Así las cosas, se procede a realizar el detalle de cada uno de los puntos del Plan

    Plurianual.

    1.3.Misión

    Entres los puntos destacados se tiene, que el TRA define su misión como sigue:

    “El Tribunal Registral Administrativo es el Órgano de desconcentración máxima

    adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, superior resolutorio de la legalidad de las

    resoluciones finales y actos en materia sustantiva que dictan los distintos Registros

    que conforman el Registro Nacional, garantizando la seguridad jurídica registral y

    una justicia administrativa pronta y cumplida, mediante la jurisprudencia que

    emite, bajo una correcta interpretación de la normativa que consolide un sistema

    registral patrimonial competitivo y promotor del desarrollo del país."

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    1.4.Visión

    Y la visión se indica a continuación:

    “Fortalecer al Tribunal Registral Administrativo con recurso humano y tecnológico

    idóneo e infraestructura óptima para el desarrollo de sus operaciones, bajo los

    principios de servicio público, proyectándolo a nivel nacional, regional e

    internacional.”

    1.5.Prioridades institucionales

    Como prioridades institucionales se tienen las siguientes:

    a. Contribuir en la seguridad jurídica registral bajo los principios de probidad y justicia

    administrativa pronta y cumplida.

    b. Brindar un servicio eficiente y eficaz a los usuarios.

    c. Contribuir en el fortalecimiento y proyección del sistema registral patrimonial a

    nivel nacional, regional e internacional.

    1.6.Objetivos estratégicos

    Sus objetivos estratégicos también se mantienen y se definen como sigue:

    Objetivo estratégico No. 1: Optimizar los procesos en la resolución de expedientes

    ingresados al Tribunal Registral Administrativo de los Registros que conforman el Registro

    Nacional.

    Objetivo estratégico No. 2: Contribuir en el fortalecimiento del sistema registral

    patrimonial del país.

    Objetivo estratégico No. 3: Dotar de una infraestructura adecuada para atención de los

    usuarios del Tribunal Registral Administrativo.

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    1.7.De los indicadores de desempeño proyectados

    Para los años 2016 al 2020 y tomando en consideración los indicadores de

    desempeño vigentes se tienen los siguientes:

    CUADRO NO. 1

    DETALLE DE INDICADORES DE DESEMPEÑO

    POR OBJETIVO ESTRATÉGICO

    Objetivo

    Estratégico

    del Programa

    Indicador de

    Gestión y/o de

    Resultados

    Fórmula Explicación

    1.1. Optimizar

    los procesos en

    la resolución

    de expedientes

    ingresados al

    Tribunal

    Registral

    Administrativo

    de los

    Registros que

    1.1.1. Porcentaje

    de recursos

    resueltos por el

    TRA por medio

    de votos (eficacia)

    1.1.1.1.

    Proporción:

    (Cantidad de

    votos

    emitidos por

    el TRA /

    Cantidad de

    expedientes

    ingresados

    para estudio

    Este indicador es el más importante,

    pues es precisamente la razón de ser

    del Tribunal y que cumple su misión

    legal, por lo que se convierte en el

    pilar para el desarrollo y quehacer

    diario de la institución y por ende

    necesario para monitorearlo.

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    conforman el

    Registro

    Nacional.

    del TRA)

    *100

    1.1.2. Porcentaje

    de votos

    notificados

    (eficacia)

    1.1.2.1.

    ( Cantidad de

    votos

    notificados /

    Cantidad de

    expedientes

    ingresados )

    *100

    Corresponde a un indicador de

    eficacia, pues denota de la cantidad de

    expedientes ingresados cuántos de

    estos han sido resueltos y comunicada

    la resolución final a las partes del

    expediente estudiado.

    1.1.3. Porcentaje

    de ejecución del

    proceso (eficacia)

    1.1.3.1

    ( Cantidad de

    votos

    notificados /

    votos

    emitidos

    desde la

    emisión del

    voto ) *100

    Este dato muestra un indicador

    intermedio, pero es fundamental para

    el desarrollo de la actividad

    institucional.

    1.1.4. Porcentaje

    de ejecución en el

    área de trámite

    (eficacia)

    1.1.4.1.

    (Cantidad de

    expedientes

    asignados por

    la Jueza

    Tramitadora /

    cantidad de

    expedientes

    ingresados ) *

    100

    Al igual que el anterior es un

    indicador que permite ver la eficiencia

    en el proceso de resolución de los

    expedientes en una etapa del

    desarrollo de la resolución de los

    mismos.

    1.1.5. Porcentaje

    de evaluación

    entre lo asignado

    a jueces y

    notificado

    (eficacia)

    1.1.5.1. (

    Cantidad de

    de votos

    notificados /

    cantidad de

    expedientes

    asignados a

    jueces) *100

    Sigue a la misma dinámica de los

    indicadores anteriores, pues muestran

    el cumplimiento de etapas en el

    proceso de resolución de expedientes

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    1.1.6. Porcentaje

    de productividad

    de Asistentes de

    Juez (eficacia)

    1.1.6.1.

    (Cantidad de

    proyectos

    redactados

    /cantidad de

    asistentes de

    Juez) * 100

    Mide la productividad en el desarrollo

    de los expedientes que ejecutan y su

    relación con la productividad de los

    Asistentes de Juez en la resolución de

    los mismos, como parte del proceso

    de monitoreo de la gestión del

    expediente que ingresa para su

    resolución

    1.1.7. Cantidad

    de notificaciones

    (eficacia)

    1.1.7.1.

    (Cantidad de

    votos

    notificados

    más cantidad

    de

    resoluciones

    interlocutorias

    notificadas

    Este indicador es fundamental para

    monitorear los votos realmente

    comunicados a la partes.

    1.2. Contribuir

    en el

    fortalecimiento

    del sistema

    registral

    patrimonial del

    país.

    1.2.1. Porcentaje

    de resoluciones

    comunicadas por

    el TRA en el Sitio

    Web. (eficacia)

    1.2.1.1.

    ( Cantidad de

    votos

    publicados en

    el Sitio Web /

    Cantidad de

    Votos

    notificados a

    las partes) *

    100

    El principio de transparencia, así

    como el de información del

    conocimiento es lo que motiva al

    Tribunal a establecer un indicador de

    gestión relacionado con la publicación

    de las resoluciones que emite el

    Tribunal. Adicionalmente, ha tenido

    un impacto en los usuarios vinculados

    a la temática registral-notarial para

    obtener jurisprudencia administrativa

    de casos estudiados por nuestra

    institución..

    1 2.2. Cantidad

    de foros

    participados y

    organizados por el

    TRA ( eficacia)

    1.2.2.1.

    Cantidad de

    foros

    participados y

    organizados

    Como parte de la proyección que

    tiene el Tribunal en la participación

    de foros y la gestión de los mismos

    para intercambiar impresiones sobre

    la materia registral – notarial, resulta

    de interés medir este ítem.

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    por el TRA

    (eficacia)

    Además, que el hecho de participar y

    coadyuvar en el desarrollo de este tipo

    de foros, ha permitido que la

    institución cuente con mayores

    elementos de juicio, para analizar

    tendencias y cambios o interpretación

    de la normativa que se debe de aplicar

    en la resolución de los expedientes

    que ingresan al Tribunal.

    1.3. Dotar de

    una

    infraestructura

    adecuada para

    atención de los

    usuarios del

    Tribunal

    Registral

    Administrativo.

    1.3.1. % de

    Avance para la

    Construcción de

    edificio Edifico

    (eficacia)

    1.3.1.1.

    ( Cantidad de

    etapas

    cumplidas de

    construcción

    del edificio /

    Cantidad de

    etapas totales

    de

    construcción

    del

    edificio)*100

    Si bien este indicador no corresponde

    a un aspecto de medición permanente,

    si es necesario considerar el mismo

    resulta de vital importancia

    considerarlo dentro de las acciones

    estratégicas que se encuentra

    desarrollando la institución y que el

    mismo está orientado a mejorar las

    condición de atención de usuarios, así

    como en todos los procesos de gestión

    de expediente, incluido el punto de

    que el personal tenga mejores

    condiciones ambientales y laborales

    para el desarrollo de su actividad

    diaria.Valga indicar, que el proyecto

    nace como una necesidad de

    desarrollar un “Circuito Notarial

    Registral” en el país, integrando para

    los efectos en un área de atracción

    para los usuarios entre el Registro

    Nacional, Archivo Notarial y el

    Tribunal Registral Administrativo.

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    1.8.De los indicadores de resultado o impacto a la sociedad

    El detalle de los indicadores de resultado o impacto a la sociedad, se detallan en el

    siguiente cuadro:

    CUADRO NO. 2

    DETALLE DE INDICADORES DE RESULTADO

    (DE IMPACTO A LA SOCIEDAD)

    Indicador Fórmula Explicación

    1.4.1. Porcentaje

    de Resoluciones

    impugnadas en

    Sede Judicial

    (eficacia)

    1.5.1.1.

    ( cantidad de

    resoluciones

    impugnadas

    en Sede

    Judicial /

    Cantidad de

    Resoluciones

    emitidas y

    notificadas a

    las partes por

    el TRA

    )*100

    El impacto en la sociedad de las resoluciones que

    emite el Tribunal es un indicador de resultado muy

    importante porque mide la cantidad de resoluciones

    que han sido recurridas en sede judicial y que

    muestran un indicador importante, pues denota la

    aceptación del usuario de dicha resolución.

    1.4.2. %

    Porcentaje de

    Resoluciones

    revocadas o

    anuladas en Sede

    Judiciial (calidad)

    1.5.2.1.

    ( cantidad

    anual de

    resoluciones

    revocadas o

    anuladas en

    Sede Judicial

    / Cantidad de

    Resoluciones

    recurridas en

    Sede Judicial

    ) *100

    En concordancia con el indicador anterior, también

    es necesario medir la cantidad de la resoluciones

    que fueron recurridas en Sede Judicial cuántas de

    estas fueron revocadas o anuladas en el Tribunal

    Contencioso Administrativo.

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    1.9.Organigrama institucional

    El Tribunal Registral Administrativo es un órgano de desconcentración máxima,

    adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia, con independencia funcional y administrativa,

    cuya nueva estructura fue aprobada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política

    Económica, por medio del oficio DMN-781-08 de 9 de diciembre de 2008 y que se anexa

    a este Plan Operativo Institucional.

    ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

    DEL TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO

    VIGENTE DESDE EL 9 DE DICIEMBRE DE 2008

    Respecto al organigrama institucional merece hacer una breve descripción de los

    pasos que llevaron a determinar la nueva estructura organizacional.

    Nuestra institución realizó el “Estudio de Reorganización del TRA” misma que fue

    presentada en junio del año 2008 por los Miembros del Tribunal y aprobada por el

    Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica por medio del oficio DM-781-

    08 de 9 de diciembre de 2008. Así también por medio del oficio STAP-0480-09 de 30 de

    marzo de 2009 de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria se aprobó la

    ampliación del Manual Institucional de Clases del TRA y en el oficio STAP-0575-09 de 17

    de abril de 2009 se autorizó la creación de ocho plazas nuevas para el Tribunal.

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    Valga indicar que, que en el año 2008 debido a que el TRA no contaba con recursos

    económicos para dotar de presupuesto a las nuevas plazas, y además tenía un tope

    presupuestario limitado para darle los recursos respectivos, es que por medio de los oficios

    DA-085-2009 y DA-086-2009 de 12 de marzo de 2009 respectivamente, que se planteó el

    levantamiento del tope presupuestario al Ministerio de Hacienda, gestión que fue aprobada

    por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria y fue refrendada por el Ministro

    de Hacienda y el Sr. Presidente de la República por medio del Decreto Ejecutivo No.

    3531041 del 25 de junio de 2009 por medio del oficio

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    Capítulo II

    Contexto Nacional e Internacional

    El presente capítulo expone conceptualmente el Sistema Integrado de la Gestión

    Administrativa Financiera (SIGAF) implementado por el Gobierno de Costa Rica y sus

    características, el marco legal nacional que lo regula y el contexto internacional relacionado

    con la normativa contable sobre el Sector Público, marco este último que el Gobierno de

    Costa Rica ha decidido adoptar.

    1. Contexto Nacional

    1.1. Marco Legal

    El presente PGCN se sustenta en las siguientes normas legales costarricenses:

    • Constitución de la República de Costa Rica;

    • Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos

    Públicos. (LAFRPP)1;

    • Reglamento de la Ley (RLAFRPP)2;

    • Decretos Ejecutivos de implementación Normas Internacionales de

    Contabilidad del Sector Público (NICSP), dichos decretos fueron:

    o Decreto Ejecutivo N° 34029-H-2007 Adopción e

    implementación de 18 NICSP;

    o Decreto Ejecutivo N° 34460-H-2008 Establece Principios de

    Contabilidad básicos hasta tanto se implementen las NICSP;

    o Decreto Ejecutivo N° 34918-H-2008 Adopción e

    implementación de las NICSP traducidas al Español por la

    IFAC con aplicación a partir del ejercicio cerrado al

    31/12/2012

    o Decreto Ejecutivo N° 36961-H-2012 Se prorroga la fecha del

    primer ejercicio cerrado de acuerdo con NICSP al

    31/12/2016;

    • Clasificador Institucional del Sector Público Costarricense (CISPC)

    1 Versión de la norma: del 22/07/2008 2 Versión de la norma: del 09/01/2007

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    • Clasificador Funcional del Sector Público Costarricense (CFSPC), y

    • Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas.

    1.2. Sistema Integrado de la Gestión Administrativa Financiera (SIGAF)

    El SIGAF se sustenta fundamentalmente en los siguientes aspectos:

    • Enfoque de sistemas;

    • Interrelación de los sistemas;

    • Centralización normativa y descentralización operativa;

    • Principios del SIGAF;

    • Requisitos mínimos para operar un SIGAF y,

    • Organización básica de la información en un SIGAF.

    • Enfoque de sistemas

    El enfoque de sistemas es un método utilizado para el estudio y administración de

    organizaciones complejas, entendiendo por sistema “un conjunto de elementos

    interdependientes e interactuantes, es decir un grupo de unidades combinadas que forman

    un todo organizado y cuyo resultado (output) es más completo que el resultado que las

    unidades podrían tener si funcionaran independientemente”.

    El análisis de sistemas es una técnica por la que un sistema se estudia mediante su

    desagregación en los subsistemas que lo conforman, mientras que cada sistema o

    subsistema está compuesto por los siguientes elementos o parámetros: entradas o insumos

    (input), procesamiento o transformaciones, salidas o productos (output) y retroalimentación

    (feedback). El sistema recibe entradas para poder operar, procesando o transformando esas

    entradas en salidas. Obviamente, durante el proceso y conforme a un ordenamiento

    previamente configurado, se almacenan los datos con el propósito de utilizarlos

    posteriormente.

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    El primer paso para diseñar un sistema de información consiste en conocer los

    requerimientos de los centros de decisión de la organización, para establecer así las salidas

    que se esperan obtener del mismo y luego identificar los datos de entrada y los procesos

    necesarios para obtener esas salidas. Una vez identificados dichos componentes, se

    establecen las interrelaciones entre ellos de manera tal que garanticen la consistencia y

    calidad de los datos y se mejore la eficiencia del registro y producción de información.

    El procesamiento consiste en transformar un conjunto de datos de entrada en información

    de salida y almacenarla para su uso posterior. El procesamiento puede ser manual o

    automatizado pero, dada la magnitud de la información financiera del Gobierno, el proceso

    requiere ser automatizado.

    El enfoque de sistemas brinda dos aportes sustanciales para organizar el flujo de datos y la

    toma de decisiones: la interrelación de sistemas y los criterios de centralización normativa

    y descentralización operativa.

    • Interrelación de sistemas

    En función de lo expuesto anteriormente, se dice que los sistemas de información están

    integrados cuando es posible interrelacionar los propios de cada organización objeto de

    estudio con otros de naturaleza similar y formar un solo sistema, a partir de la identificación

    de sus elementos básicos.

    Proceso Entradas

    Retroalimentación

    Salidas

    Archivo

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    En el caso de la administración financiera, la integración es factible en la medida que las

    normas que regulan los diferentes sistemas que la componen sean coherentes entre sí y que

    se den adecuadas respuestas técnicas para relacionar los diferentes tipos de información

    (presupuestaria, financiera, patrimonial, económica).

    Por ello, con el objeto de lograr una transformación efectiva en los sistemas de

    administración financiera, se debe procurar un avance simultáneo en todos los subsistemas

    que lo componen y, para tal fin, se requiere tener claramente definidos los puntos de

    contacto e interrelación entre los subsistemas, con la finalidad de evitar dispersión de

    productos y el consecuente fracaso del programa.

    La interrelación o puntos de contacto, en el caso de sistemas de administración financiera,

    no sólo se dan entre los subsistemas que lo conforman, es decir, Presupuesto, Crédito

    Público, Tesorería y Contabilidad, sino que también existen relaciones financieras con otros

    sistemas que administran recursos reales, que suelen denominarse sistemas

    complementarios, como es el Sistema de Administración de Bienes, el de Contrataciones,

    el de Administración Tributaria, el de Recursos Humanos, etc.

    Lo expuesto precedentemente ha quedado reflejado en el espíritu de la LAFRPP a través

    de su articulado, complementado por su Reglamentación, quedando fuera de este marco

    normativo el Sistema de Tributación, el Sistema de Recaudación de Aduanas y el Sistema

    de Recursos Humanos, como sistemas complementarios, tal como lo demuestra el siguiente

    esquema:

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    • Centralización normativa y descentralización operativa3

    El SIGAF está orientado a lograr la integración de los subsistemas apoyándose en el

    principio de centralización normativa y descentralización operativa, que implica que se

    concentren las funciones del dictado de normas y metodologías y se desconcentren las

    funciones operativas o de gestión.

    Para garantizar el éxito en la aplicación de este principio, es importante que exista una clara

    delimitación de funciones y competencias entre los ejecutores y los órganos centrales,

    evitando así la concurrencia y superposición de organismos en la administración de los

    recursos.

    En términos concretos, centralizar significa:

    3 Art. 2 del RLAFRPP - Definiciones y Art.52 –Centralización Normativa y Descentralización Operativa.

    Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos

    Subsistemas Órganos Rectores Órgano Rector del SIGAF

    •Presupuesto Dirección General de Presupuesto Nacional Art. 32

    •Tesorería Tesorería Nacional Art. 60

    •Crédito Público Dirección de Crédito Público Art. 80

    •Contabilidad Contabilidad Nacional Art. 93

    e Integrador del Sistema Art. 15

    MINISTERIO DE

    HACIENDA

    •Administración de Bienes y Contratación Administrativa

    •Tributaria y Aduana

    •Recursos Humanos

    No incluidos en la Ley

    Dirección General de Administración

    de Bienes y Contratación

    Administrativa - Art. 99

    Sistema Integrado de la Gestión Administrativa Financiera

    Sistemas

    Complementarios

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    ▪ Definir las políticas generales que enmarcan el funcionamiento de cada uno de

    los subsistemas.

    ▪ Elaborar las metodologías y procedimientos generales y comunes que regulan la

    operación del sistema, sin perjuicio de las adaptaciones que deban realizarse en

    función de las particularidades de determinados organismos públicos, y

    supervisar su aplicación.

    ▪ Administrar la información relevante relacionada con el sistema.

    ▪ Evaluar el cumplimiento de las políticas.

    Por su parte, la descentralización operativa implica fortalecer la capacidad administrativa

    de las dependencias y entidades públicas para que puedan ejecutar eficientemente sus

    objetivos a través de una adecuada vinculación con los órganos centrales por parte de las

    Direcciones Administrativo- Financieras o de las Oficialías Mayores u otras unidades

    administrativas con funciones similares.

    • Principios del SIGAF

    El SIGAF debe cumplir los siguientes lineamientos:

    ÁREAS CENTRALIZADAS Y DESCENTRALIZADAS

    CENTRALIZACIÓN

    NORMATIVA

    DESCENTRALIZACIÓN

    OPERATIVA

    Orientar e integrar el

    funcionamiento de los

    sistemas

    Ejecutar procedimientos

    que hagan al

    funcionamiento del

    sistema en cada

    institución pública

    Políticas, normas y

    procedimientos

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    a) Confiabilidad: ofrecer certeza de los datos, los hechos y las cifras;

    b) Economía: la información debe obtenerse al menor costo, en igualdad de

    condiciones de calidad;

    c) Eficacia: consiste en el logro de los resultados de manera oportuna, en directa

    relación con los objetivos y metas;

    d) Eficiencia: se trata de la aplicación más conveniente de los recursos asignados para

    maximizar los resultados obtenidos o esperados;

    e) Integridad: se requiere cubrir la totalidad de las operaciones financieras y no

    financieras en el ámbito presupuestario y no presupuestario;

    f) Oportunidad: posibilitar la obtención de los Estados Financieros (EEFF)

    actualizados en forma permanente;

    g) Publicidad: brindar a terceros la más amplia información financiera;

    h) Seguridad: proteger física y lógicamente la información contra el acceso no

    autorizado;

    i) Transparencia: ofrecer información sobre la gestión financiera del Gobierno de la

    República en forma clara, uniforme y pública;

    j) Unicidad: dada por el registro único de los datos, los que deben ser ingresados al

    sistema en el lugar donde ocurre cada transacción;

    k) Verificación: posibilitar el control, mediante pistas de auditorías, incluidas en todos

    los procesos.

    • Requisitos mínimos para que pueda operar el SIGAF

    Para que pueda operar automáticamente un SIGAF e integrar la información presupuestaria,

    financiera, patrimonial y económica, deben satisfacerse los siguientes requisitos de diseño

    y operación:

    • Universalidad del registro de las transacciones con efectos económico- financieros;

    • Diseño de un sistema integrado de cuentas presupuestarias, patrimoniales y de

    resultados;

    • Registro único de cada transacción;

    • Selección de momentos contables que permitan interrelacionar los subsistemas de

    información presupuestaria, financiera y patrimonial; y

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    • Cumplimiento del Artículo 125 de la LAFRPP: “Desarrollo del Sistema Integrado

    de Información. El Ministerio de Hacienda promoverá y apoyará el desarrollo y

    buen funcionamiento de un Sistema Integrado de Información de la Administración

    Financiera, como elemento facilitador del cumplimiento de los objetivos de esta

    ley. Asimismo, podrá establecer en qué casos y con cuáles requisitos, se utilizarán

    medios que faciliten el intercambio de datos y documentos mediante el empleo de

    tecnologías de la información y las comunicaciones, cuyo propósito sea: a)

    agilizar los procedimientos, sustituyendo los soportes documentales por soportes

    propios de la tecnología disponible en materia de información y comunicaciones;

    b) reemplazar los sistemas de autorización y control, formalizados mediante

    diligencias, firmas manuscritas, sellos u otros medios manuales o mecánicos, por

    autorizaciones y controles automatizados, según los requerimientos de los

    sistemas de información que se habiliten para el cumplimiento de esta Ley y sus

    reglamentos, siempre que el órgano correspondiente garantice el ejercicio de la

    competencia.”

    a) Universalidad del registro

    Se deben registrar todas las transacciones institucionales que tengan efecto económico-

    financiero, sean operaciones presupuestarias o no presupuestarias y tengan o no efecto

    monetario (movimientos de caja). El registro de las transacciones debe realizarse en función

    de los momentos seleccionados con tal finalidad, que se denominan momentos contables.

    a. Diseño de un sistema integrado de cuentas presupuestarias, financieras y

    económicas

    Los clasificadores presupuestarios y los planes de cuentas contables utilizados en los

    registros presupuestarios, registros sin impacto presupuestario y de cuentas nacionales

    deben permitir su acoplamiento modular, asegurando el procesamiento automático de la

    información y evitando conversiones o nuevas reasignaciones de los datos ya procesados.

    Este requisito obliga a que entre los clasificadores y los planes de cuentas se especifiquen

    cuáles serán utilizados a nivel de cada transacción y, de ser necesario, cuáles surgirán por

    agregación de datos ya registrados a nivel de las mismas. Por otra parte, una de las

    condiciones que deben satisfacer los planes de cuentas utilizados, es que deben permitir la

    conversión automática de los datos presupuestarios y patrimoniales de la “base caja” a la

    “base devengado”.

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    El RLAFRPP, a través del artículo 131 referido a la “Integración entre contabilidad

    presupuestaria y patrimonial”, faculta a la DGCN a diseñar e implementar los

    mecanismos necesarios para convertir automáticamente los registros presupuestarios en

    patrimoniales, de tal forma que partiendo de un registro único de cada transacción

    presupuestaria, se generen las diferentes afectaciones en los registros contables.

    b. Registro único de cada transacción

    Por razones de eficiencia del sistema y confiabilidad de la información, todas las

    transacciones que realicen las dependencias y entidades y que tengan incidencia en la

    situación económico-financiera, deben registrarse una sola vez, suprimiéndose o evitándose

    los registros de la misma transacción o de datos similares en distintos subsistemas o centros

    de registro. Dicho registro único tiene efectos múltiples dentro del sistema.

    El RLAFRPP en su artículo 22 define las “Unidades Financieras” de la Administración

    Central, que dependerán jerárquicamente del órgano del cual sea parte, pero técnicamente

    del Ministerio de Hacienda. Estas unidades tienen entre sus funciones el registro electrónico

    de las operaciones. El mismo Decreto, a través de su artículo 123, establece que el SSC

    será integrado, partiendo del registro único de cada transacción que permita la afectación

    presupuestaria, financiera y patrimonial.

    c. Momentos del registro.

    Los procesos administrativo-financieros que originan “ingresos” (fuentes) y “gastos y

    aplicaciones” (usos) tienen un momento o etapa clave de sus respectivas transacciones, que

    es el que permite integrar los registros presupuestarios, financieros y económicos.

    El momento clave de registro de las transacciones es el “devengado”, dado que

    interrelaciona automáticamente las cuentas presupuestarias con el plan de cuentas contable

    y permite lograr que las mismas cumplan plenamente sus objetivos. Dicho momento se

    constituye en el punto de la unión entre el presupuesto y la contabilidad.

    El siguiente esquema muestra gráficamente cómo opera la interrelación definida:

    mailto:[email protected]

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    Tribunal Registral Administrativo

    Zapote, 25 metros norte de Plaza el Castillo. Tel: (506)4060-2700

    Fax: (506) 2253-42