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  • 7/24/2019 PODER LEGISLATIVO.docx

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    PODER LEGISLATIVO

    El Poder Ejecutivo es el rgano del

    Estado encargado de dirigir y ejecutar la

    marcha poltica del pas. En los ltimos

    decenios ha tenido un desarrollo muy

    importante, que le ha dado mayor

    influencia poltica y ha depositado en l

    una creciente cantidad de atribuciones,

    entre ellas, el manejo de las potestades

    legislativa y jurisdiccional, sometidas a

    determinados requisitos y modalidades.

    En nuestro sistema poltico es el rgano

    ms dinmico de la poltica nacional,

    an cuando esto no quiere decir en

    modo alguno, que sea algo equivalente al !primer poder del Estado!.

    "implemente lo que queremos resaltar es que el Ejecutivo se ha convertido

    aqu #y en general en el mundo$, en el motor esencial del gobierno.

    El %ongreso de la &epblica del Per o %ongreso 'acional del Per , ( es el

    rgano que asume el Poder )egislativo en la &epblica del Per , ocupando

    una posicin principal dentro del Estado Peruano . Es, desde (**+, un

    congreso unicameral por cuanto est conformado por una sola cmara

    legislativa de (- congresistas elegidos por distrito mltiple #por cada

    departamento de acuerdo a la poblacin electoral$ para un perodo de cinco

    aos, coincidiendo con el perodo presidencial. El actual congreso se instal el

    / de julio del --/ y ejercer funciones hasta el / de julio del -((.

    "u sede principal es el Palacio )egislativo del Per , ubicado en el centro

    histrico de )ima , frente a la pla0a "imn 1olvar y a escasas cuadras de la

    %asa de Pi0arro

    )a funcin de congresista es de tiempo completo2 le est prohibido

    desempear cualquier cargo o ejercer cualquier profesin u oficio, durante las

    horas de funcionamiento del %ongreso.

    http://elestadoperuanoysuspoderes.blogspot.pe/2011/06/poder-legislativo.htmlhttp://elestadoperuanoysuspoderes.blogspot.pe/2011/06/poder-legislativo.html
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    El mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera

    otra funcin pblica, e3cepto la de 4inistro de Estado, y el desempeo,

    previa autori0acin del %ongreso, de comisiones e3traordinarias de carcter

    internacional.

    )a funcin de congresista es, asimismo, incompatible con la condicin de

    gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista

    mayoritario o miembro del 5irectorio de empresas que tienen con el Estado

    contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran

    rentas pblicas o prestan servicios pblicos.

    )a funcin de congresista es incompatible con cargos similares en empresas

    que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado,

    as como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la

    "uperintendencia de 1anca, "eguros y 6dministradoras Privadas de 7ondos

    de Pensiones.

    FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO

    (. 5ar leyes y resoluciones legislativas, as como interpretar, modificar o

    derogar las e3istentes.

    . 8elar por el respeto de la %onstitucin y de las leyes y disponer lo

    conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.

    9. 6probar los tratados de conformidad con la %onstitucin.

    :. 6probar el Presupuesto y la %uenta ;eneral.

    +. 6utori0ar emprstitos, conforme a la %onstitucin.

    /. Ejercer el derecho de amnista.

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    EL PODER EJECUTIVO

    El Poder Ejecutivo est constituido por el Presidente, quien desarrolla las

    funciones de >efe de Estado. El simboli0a y representa los intereses

    permanentes del pas. 6 su ve0, como >efe de ;obierno, es quien dirige la

    poltica gubernamental, respaldado por la mayora poltico?electoral

    El Palacio de ;obierno del Per, conocido tambin como %asa de Pi0arro y

    como %asa de ;obierno de )ima ?esta ltima mencin con la que se datan

    los documentos oficiales?, se encuentra ubicado en la Pla0a 4ayor de la

    ciudad de )ima y a orillas del ro &mac desde (+9+. Es la principal sede del

    Poder Ejecutivo peruano y la residencia personal del Presidente de la

    &epblica del Per.

    El Poder Ejecutivo est constituido por el Presidente, quien desarrolla las

    funciones de >efe de Estado. El simboli0a y representa los intereses

    permanentes del pas. 6 su ve0, como >efe de ;obierno, es quien dirige la

    poltica gubernamental, respaldado por la mayora poltico?electoral.

    En el rgimen presidencial, tanto el Poder Ejecutivo como el )egislativo son

    elegidos por sufragio popular.

    %on respecto a la reeleccin del presidente de la repblica, la constitucin

    mediante su artculo ((@ dicta que se puede dar transcurrido un periodo

    constitucional #+ aos$. 6l respecto e3iste una reforma constitucional

    importante.

    &ecordemos que en el rgimen de 6lberto 7ujimori se suscito un problema

    con respecto a la interpretacin del presente artculo #la re reeleccin$, as el

    : de noviembre del ao ---, mediante la ley

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    )a vacancia de la Presidencia se refiere a la prdida del mandato y la

    suspensin, a la limitacin temporal del ejercicio del poder, de esta forma, los

    artculos ((9@ y ((:@ dictaminanA

    6rtculo ((9C . )a Presidencia de la &epblica vaca porA

    (. 4uerte del Presidente de la &epblica.

    . "u permanente incapacidad moral o fsica , declarada por el %ongreso.

    9. 6ceptacin de su renuncia por el %ongreso.

    :. "alir del territorio nacional sin permiso del %ongreso o no regresar a l

    dentro del pla0o fijado. D

    +. 5estitucin, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones

    mencionadas en el artculo 117 de la Co!t"tuc"#$

    FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO

    (. "on atribuciones y obligaciones del Presidente de la &epblicaA

    . %umplir y hacer cumplir la %onstitucin, los tratados y leyes.

    9. &epresentar al Estado dentro y fuera de la &epblica.

    :. 5irigir la poltica general del ;obierno.

    +. 8elar por el orden interno y la seguridad e3terior de la &epblica.

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    /. %onvocar a elecciones para Presidente de la &epblica y para

    representantes del %ongreso, as como para alcaldes y regidores y

    dems funciones que seala la ley.

    urado 'acional de

    Elecciones.

    ((. 5irigir la poltica e3terior y las relaciones internacionales, y celebrar y

    ratificar tratados.

    (.Presidir el "istema de 5efensa 'acional, y organi0ar, distribuir y

    disponer el empleo de las 7uer0as 6rmadas y de la Polica 'acional.

    (9.6doptar las medidas necesarias para la defensa de la &epblica, la

    integridad del territorio y de la soberana del Estado.

    (:.5eclarar la guerra y firmar la pa0 con autori0acin del %ongreso.

    (+.&egular las tarifas arancelarias.

    (/.%onceder indultos y conmutar penas, etc.

    (udicial es autnomo en el ejrcito

    de sus funciones.

    (*.El Presidente de la &epblica est facultado para disolver el %ongresosi ste ha censurado o negado su confian0a a dos %onsejo de

    4inistros. 5ebe, a su ve0, convocar a elecciones dentro de los cuatro

    meses a la fecha de disolucin. 'o puede disolverse el %ongreso en

    el ltimo ao de su mandato.

    -.7inalmente puede decretar estado de emergencia en caso que

    hubiere perturbacin de la pa0 o del orden interno y de catstrofe, en

    cuyo caso se suspenden algunos derechos constitucionales en todo el

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    pas o en parte de l, slo por sesenta das. Bambin puede decretar

    estado de sitio, en caso de invasin, guerra e3terior, guerra civil.

    (.%olabora con el Presidente de la &epblica el %onsejo de 4inistros,

    cuyos titulares tienen a su cargo la direccin y la gestin de los

    servicios pblicos. "on nulos los actos del Presidente de la &epblica

    que no tienen refrendacin ministerial.

    .El %onsejo de 4inistros tiene su presidente. "in embargo, el

    Presidente de la &epblica preside la sesin cuando asiste a l.

    9."on atribuciones del %onsejo de 4inistrosA

    :.6probar los proyectos de ley que el Presidente de la &epblica

    somete al %ongreso.

    +.6probar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta

    Presidente de la &epblica, as como los proyectos de ley y los

    decretos y resoluciones.

    /.5eliberar sobre asuntos de inters pblico.

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    PODER JUDICIAL

    6dministrar >usticia a travs de sus rganos jurisdiccionales, con arreglo a la

    %onstitucin y a las leyes, garanti0ando la seguridad jurdica y la tutela

    jurisdiccional, para contribuir al estado de derecho, al mantenimiento de la pa0

    social y al desarrollo nacional!.

    El Palacio de >usticia de )ima es un edificio caracterstico de la ciudad

    peruana de )ima, sede de la %orte "uprema de la &epblica y smbolo del

    Poder >udicial del Per.

    "e ubica en el cercado de )ima frente al Paseo de los roes 'avales, en

    una de las pla0as ms grandes y significativas del Per, sede de uno de los

    poderes del Estado y que por ello es uno de los lugares usualmente elegidos

    en la ciudad para todo tipo de concentraciones pblicas.

    El Poder >udicial del Per es un organismo de la &epblica del Per

    constituido por una organi0acin jerrquica de instituciones, que ejercen la

    potestad de administrar justicia, que emana del pueblo.

    Est encabe0ado por la %orte "uprema de la &epblica que tiene

    competencia en todo el territorio. El segundo nivel jerrquico lo forman las

    %ortes "uperiores con competencia en todo un 5istrito >udicial. El tercer

    nivel es formado por los >u0gados de Primera Fnstancia cuya competencia

    http://elestadoperuanoysuspoderes.blogspot.pe/2011/06/el-poder-judicial.htmlhttp://elestadoperuanoysuspoderes.blogspot.pe/2011/06/el-poder-judicial.html
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    es, apro3imadamente, provincial. 7inalmente, se encuentran los >u0gados de

    Pa0, con competencia distrital.

    El Poder >udicial es aqul que administra justicia. )a %onstitucin reconoce

    que esta facultad es originaria del pueblo2 slo es ejercida por el Estado.

    El Poder >udicial en su ejercicio funcional es autnomo en lo poltico,

    administrativo, econmico, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional

    'o e3iste, ni puede instituirse, ninguna jurisdiccin que pueda cumplir esta

    misma tarea, con e3cepcin de los organismos de justicia militar y arbitral.

    El Poder >udicial es, de acuerdo a la %onstitucin y las leyes, la institucin

    encargada de administrar justicia a travs de sus rganos jerrquicos que

    son los >u0gados de Pa0 no )etrados, los >u0gados de Pa0 )etrados, las

    %ortes "uperiores y la %orte "uprema de >usticia de la &epblica.

    FUNCIONES DEL PODER JUDICIAL

    (. Proponer a la "ala Plena de la %orte "uprema la Poltica ;eneral del

    Poder >udicial y aprobar el Plan de 5esarrollo del mismo.

    . 7ijar el nmero de 8ocales "upremos Bitulares.

    9. 5eterminar el nmero de "alas Especiali0adas Permanentes y

    e3cepcionalmente el nmero de "alas Bransitorias de la %orte "uprema.

    :. 6probar el Proyecto de Presupuesto del Poder >udicial propuesto por la

    ;erencia ;eneral y ejecutarlo una ve0 sancionado legalmente.

    +. 8elar por el respeto de las atribuciones y garantas del Poder >udicial.

    /. 6cordar el horario del 5espacho >udicial de la %orte "uprema.

    udicial.

    (-.5esignar al ;erente ;eneral del Poder >udicial, y a los dems

    funcionarios que seale la )ey y los reglamentos.

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    ((. Emitir los informes que le solicite el %ongreso de la &epblica2 la "ala

    Plena de la %orte "uprema y el 7iscal de la 'acin sobre los asuntos de

    su competencia y solicitar los que se relacionen con sus funciones.

    (."upervisar la conservacin y buen recaudo de los bienes incautados cuya

    libre disposicin est supeditada a la resolucin de los juicios penales,

    conforme a ley.

    (9.Proponer a la "ala Plena de la %orte "uprema, en forma e3cepcional, la

    distribucin de causas entre las "alas Especiali0adas, fijando su

    competencia a fin de descongestionar la carga judicial, pudiendo

    conformar "alas Bransitorias por un trmino no mayor de tres meses, en

    casos estrictamente necesarios.

    (:.6segurar la progresiva habilitacin y adecuacin de locales judiciales a

    nivel nacional, en los cuales funcionen los rganos jurisdiccionales con su

    respectivo personal au3iliar.

    (+.5isponer y supervisar el desarrollo de los sistemas de informtica que

    faciliten una eficiente funcin de gestin, el efica0 control de la conducta

    funcional y del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder

    >udicial y la organi0acin estadstica judicial, conforme con las propuestas

    que le formule la ;erencia ;eneral.

    (/.6segurar el pago ntegro de las remuneraciones de los magistrados y

    dems servidores del Poder >udicial, segn lo establecido en esta )ey.

    (udiciales, "alas de %ortes "uperiores y

    >u0gados, cuando as se requiera para la ms rpida y efica0

    administracin de justicia, as como crear "alas "uperiores

    5escentrali0adas en ciudades diferentes de las sedes de los 5istritos>udiciales, de acuerdo con las necesidades de stos. )a creacin de

    5istritos >udiciales se reali0a en funcin de reas de geografa uniforme,

    la concentracin de grupos humanos de idiosincrasia comn, los

    volmenes demogrficos rural y urbano, el movimiento judicial y adems

    la e3istencia de vas de comunicacin y medios de transporte que

    garanticen a la poblacin respectiva un fcil acceso al rgano

    jurisdiccional. En todo caso, la creacin o supresin de 5istritos

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    >udiciales, "alas de %ortes "uperiores o >u0gados, se sustentan

    estrictamente en factores geogrficos y estadsticos.

    (=.&eubicar "alas de %ortes "uperiores y >u0gados a nivel nacional, as

    como aprobar la demarcacin de los 5istritos >udiciales y la modificacin

    de sus mbitos de competencia territorial, pudiendo e3cepcionalmente

    incorporar "alas de %ortes "uperiores Especiali0adas y >u0gados

    Especiali0ados o 4i3tos con competencia supraprovincial.

    (*.6doptar acuerdos y dems medidas necesarias para que las

    dependencias del Poder >udicial funcionen con celeridad y eficiencia y

    para que los magistrados y dems servidores del Poder >udicial se

    desempeen con la mejor conducta funcional.

    -.5esignar al >efe de la Gficina de Fnspectora ;eneral del Poder >udicial.