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1 PLIEGO DE CONTRATACION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DISCRECIONAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA ENTRE ZARAGOZA Y WALQA PARA LAS EMPRESAS INSTALADAS EN EL PARQUE TECNOLÓGICO (Contrato ordinario. Procedimiento abierto)

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PLIEGO DE CONTRATACION PARA LA PRESTACION DEL

SERVICIO DISCRECIONAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA

ENTRE ZARAGOZA Y WALQA PARA LAS EMPRESAS INSTALADAS EN

EL PARQUE TECNOLÓGICO

(Contrato ordinario. Procedimiento abierto)

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INDICE

A. ELEMENTOS DEL CONTRATO B. CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION

C. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION

D. EFECTOS DEL CONTRATO (I): DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

E. EFECTOS DEL CONTRATO (II): EXTINCION POR CUMPLIMIENTO O

CONCURRENCIA DE CAUSAS DE RESOLUCION

F. EFECTOS DEL CONTRATO (III): REGIMEN LEGAL SUPLETORIO

G. CUADRO-RESUMEN

H. ANEJOS

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A.ELEMENTOS DEL CONTRATO 1. Objeto 1.1 Es objeto del contrato la prestación del servicio de transporte de viajeros por carretera, de carácter interno y discrecional, para satisfacer las necesidades de desplazamiento desde la ciudad de Zaragoza de los trabajadores y del personal que presta sus servicios para las empresas que se ubican en el parque tecnológico que gestiona la compañía PARQUE TECNOLOGICO WALQA, S.A. (en adelante, WALQA), sito en el municipio oscense de Cuarte, km 566 de la Carretera Zaragoza-Huesca N-330a, de conformidad con este pliego y con el pliego de condiciones técnicas cuyo contenido integra este pliego administrativo. Ambos pliegos, administrativo y técnico, se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de la compañía, sitas en ‘Parque Tecnológico Walqa’, edificio 1, Servicios Generales, en la dirección que ha sido reseñada (Cuarte, Huesca, km 566 de la Carretera Zaragoza-Huesca N-330a), a la atención de la gestora del contrato que aparece designada en el apartado A del cuadro-resumen. 1.2 Los servicios a prestar tendrán por objeto realizar el transporte por carretera, desde la ciudad de Zaragoza, de los trabajadores y, en general, del personal que preste servicios para las empresas ubicadas en el parque tecnológico o de aquellas personas que, circunstancialmente y por razones profesionales o comerciales, tales empresas pudieran indicar, con carácter interno y discrecional, facilitando la movilidad y su desplazamiento hasta sus centros de trabajo, accediendo desde Zaragoza a cualquiera de las citadas empresas o a sus instalaciones en el parque. 1.3 La prestación del servicio se configura como una prestación de resultado y no de mera actividad, mediante la puesta a disposición de medios materiales y técnicos cualificados a tal fin según exijan las necesidades propias de la compañía, por un precio máximo unitario, calificándose a los efectos de procedimiento como un contrato de servicios. 1.4 El objeto del contrato no admite su fraccionamiento mediante división en lotes de ejecución independiente para los distintos servicios. 2. Valor estimado, presupuesto base de licitación y revisión de precios 2.1 El valor estimado del contrato, establecido conforme a los precios habituales del mercado y a las condiciones que correspondan al servicio a proporcionar conforme a la naturaleza y entidad de la prestación, asciende a la cantidad que figura en el apartado C del cuadro-resumen sobre el periodo de duración del contrato y como cantidad que fundamenta el presupuesto que sirve de base a la licitación y del que resultará el precio de adjudicación, deduciéndose del valor estimado, para la determinación del presupuesto base de la licitación, la cantidad que se estima como retribución a percibir directamente por la adjudicataria sobre las tarifas fijadas para su abono por los usuarios por causa de la prestación del servicio. 2.2 La anterior cantidad no incluye el impuesto del valor añadido, si bien comprende tanto las eventuales prórrogas y modificaciones previstas a las resultas de la prestación de los servicios conforme al pliego de prescripciones técnicas.

2.3 El contrato no admite la revisión de precios. 3. Duración 3.1 El servicio se prestará regular y discrecionalmente, anualmente, durante el periodo de duración del contrato, según se establece en el apartado B del cuadro-resumen, atendiendo a las necesidades de servicio temporal en las distintas épocas del año según se establece en el pliego técnico. 3.2 La duración del contrato será de dos años, pudiendo prorrogarse por un año más adicional, hasta un máximo de tres años.

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4. Modificación 4.1 El contrato no admitirá modificaciones. 4.2 El contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna en caso de supresión o reducción de la prestación de servicios encomendada atendiendo a unidades o tiempo de ejecución o a los ingresos por tarifa que, correlativamente, dejen de devengarse por razón de las modificaciones que le sean obligatorias, entre las que se incluyen expresamente aquellas que deriven de las necesidades de explotación que resultasen de la gestión del parque tecnológico. 5. Garantía 5.1 La adjudicación del contrato estará sujeta a garantía, en el porcentaje que se establece en el apartado E del cuadro-resumen a calcular sobre el precio de adjudicación. 5.2 No obstante, el adjudicatario deberá cumplir, en todo momento, la obligación de aseguramiento que se establece en la prescripción 5 del apartado D del pliego. 5.3 Quedará, asimismo, a salvo la retención de créditos que pudiera efectuar la compañía por la compensación del cumplimiento de las obligaciones asumidas o el otorgamiento de cualquier otra cobertura que fuera exigible frente al contratista conforme a la legislación sectorial que le fuera aplicable atendiendo al objeto de su actividad empresarial, por cuyo régimen se regirá su constitución, desarrollo y extinción. B.CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION 1. Los interesados en participar en el procedimiento de licitación para la adjudicación del contrato deberán acreditar, en la forma establecida en este pliego, que poseen aptitud para contratar, así como declarar y acreditar, en su caso, su sometimiento al cumplimiento de los deberes legales de orden social, tributario y medioambiental que inciden en el desenvolvimiento de su actividad y que pueden afectar a la ejecución del contrato. 2. Tienen capacidad para contratar los empresarios o profesionales que acrediten que tienen personalidad jurídica y capacidad de obrar, que las prestaciones propias del contrato se encuentran entre sus fines, objeto o ámbito de actividad, que no están incursas en prohibición de contratar y que poseen la suficiente solvencia económica, financiera, técnica y profesional atendiendo a su objeto. 3. La capacidad de obrar se acreditará: 3.1 Por los empresarios nacionales: 3.1.1 Los empresarios individuales, mediante copia del documento nacional de identidad o de un documento administrativo equivalente. 3.1.2 Las personas jurídicas, mediante escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate. 3.2 Por los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y las personas físicas o jurídicas de los Estados no pertenecientes a la Unión Europea, así como las condiciones de aptitud de estas últimas, se acreditarán conforme a lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público. 4. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales de empresas deberán indicar, además, los nombres y circunstancias de los que la constituyan y el porcentaje de participación de cada uno de ellos acreditando su capacidad de obrar en cada caso, así como la asunción expresa del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal para el

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supuesto en el que resultaren adjudicatarios del contrato y de mantener la unión hasta la extinción del contrato, incluida la extinción de cualesquiera responsabilidades derivadas de su incumplimiento, quedando obligados solidariamente y designando a un representante o apoderado único de la unión con poder bastante para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción. 5. Los requisitos mínimos de solvencia económico-financiera y técnica y profesional que deberá acreditar el interesado para ser admitido a la licitación son los que se establecen en el apartado D del cuadro-resumen del pliego. 6. El interesado deberá asimismo declarar su compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato medios personales o materiales suficientes para la realización de la prestación. 7. El régimen de las prohibiciones para contratar con la compañía se rige por lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación y, supletoriamente, por lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (modificado por Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre). 8. La solvencia económica y técnica se acreditará mediante cualquiera de los medios que se establecen en el apartado D del cuadro-resumen del pliego. 9. El empresario podrá justificar la suficiencia de su solvencia mediante la integración de las condiciones de solvencia y medios de terceros independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que le relacionen con dichos terceros y siempre que disponga efectivamente de esos medios para la recta ejecución del contrato y el cumplimiento de las obligaciones que pueda asumir frente a la compañía en caso de resultar adjudicatario. 10. Los licitadores presentarán, a los efectos de la documentación administrativa propia que debe integrar el sobre ‘A’, una declaración responsable suscrita por el licitador o su representante por la que manifestará que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos y su compromiso de acreditarlos en caso de que vaya a ser propuesto como adjudicatario, a la que se acompañará, asimismo, la declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar y del cumplimiento de sus obligaciones legales. 11. En cualquier momento con carácter previo a la adjudicación definitiva del contrato el órgano de contratación o la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre certificados o documentos ya presentados o requerirle la presentación de otros complementarios que, subsanando las omisiones o rectificando los errores materiales de la documentación ya presentada, sirvan para acreditar que el interesado tiene aptitud para contratar. 12. La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que prueban la aptitud del interesado para contratar, a excepción de las declaraciones responsables, podrá presentarse mediante fotocopias o por correo electrónico a la dirección de la gestora del contrato mediante el uso de medios electrónicos y telemáticos, sin perjuicio de que, con carácter previo a la adjudicación del contrato y como condición para su efectivo otorgamiento, pueda, facultativamente, requerirse al licitador que haya resultado adjudicatario para que aporte la documentación original o su copia debidamente compulsada de modo que acredite el cumplimiento de tales requisitos junto con el resto de la documentación que se exija como condición para la adjudicación del contrato. 13. La presentación de la oferta no estará sujeta a la prestación de garantía provisional, salvo que expresamente así se prevea en el apartado E del cuadro-resumen del pliego. C. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION 1. Reglas generales

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1.1 El contrato se adjudicará mediante concurso público a tramitar por las reglas del procedimiento abierto regulado en el título V de las Instrucciones Internas de Contratación, sobre selección de contratista y adjudicación de los contratos, y conforme a su desarrollo en el apartado C de este pliego, que completa a tal fin las Instrucciones. 1.2 Queda excluida cualquier posibilidad de negociar los términos y condiciones del contrato. 1.3 No se podrá presentar más de una proposición por empresario, entendiéndose como presentación de propuesta la que se presente en unión temporal con otras empresas. La infracción de esta prescripción conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de adjudicación. 1.4 Las comunicaciones y el intercambio de información se podrá efectuar por correo postal o electrónico dirigiéndose, recíprocamente, a la persona designada por el órgano de contratación como mandatario o, en su caso, responsable del contrato o al representante o apoderado que hubiera designado el licitador a tal fin al presentar su propuesta, pudiéndose designar una dirección de correo electrónico en la que se realicen las notificaciones. 1.5 Los plazos por días relativos al procedimiento de adjudicación se entenderán referidos a días hábiles. Los plazos por días relativos a los efectos del contrato se computarán por días naturales. 1.6 El anuncio de licitación, que se publicará en la página web corporativa de WALQA, tiene por efecto la apertura del procedimiento de adjudicación. 1.7 El procedimiento de adjudicación se regirá por el presente pliego y las Instrucciones Internas de Contratación. Las prescripciones del pliego de contratación y las normas contenidas en las Instrucciones se interpretarán y aplicarán conforme a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación y eficiencia económica en la gestión de los recursos empresariales. El anuncio de licitación se identificará con el cuadro-resumen que, como apartado G, integra el pliego. 1.8 El concurso se decidirá y notificará al interesado que resulte adjudicatario dentro del término de los dos meses siguientes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de licitación en la página web corporativa de WALQA, sin perjuicio de la posibilidad facultativa de su publicidad previa, simultánea o ulterior, en prensa periódica de difusión regional o en prensa económica de difusión nacional. Los gastos a los que diera lugar la publicidad complementaria serán de cuenta del empresario que finalmente pudiera resultar adjudicatario y así se hará constar en su publicidad. 1.9 El procedimiento se articulará en una fase única que comprenderá, por este orden, la calificación documental y la apertura de proposiciones técnica y económica, su valoración ordenada conforme a los criterios objetivos establecidos en el pliego de contratación y la formulación de la propuesta de adjudicación a favor de la oferta que haya obtenido una mayor puntuación. 1.10 La mesa de contratación estará compuesta por la Directora-Gerente de WALQA, como Presidenta, y, como vocales, por un miembro del Área Legal de CORPORACION EMPRESARIAL PUBLICA DE ARAGON, S.L.U., por un vocal técnico del Ayuntamiento de Huesca y por un vocal, técnico o administrativo, designado de entre el personal que presta sus servicios para WALQA, y estará facultada para interpretar las prescripciones de los pliegos relativas al procedimiento de adjudicación de acuerdo a los principios enunciados en la prescripción 1.7 de este apartado C del pliego, así como las relativas a los efectos del contrato de acuerdo con la naturaleza del negocio jurídico. 2. Presentación y contenido de las propuestas 2.1 Las empresas interesadas en participar en el concurso deberán presentar, conforme a las prescripciones del pliego, las declaraciones responsables de su aptitud para contratar, que

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referirá asimismo a las condiciones de solvencia económico-financiera, técnica o profesional que fueran exigibles y su compromiso de acreditarlas en plazo en el supuesto de que vaya a ser propuesto como adjudicatario, a la que se acompañará, también, la declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar y del cumplimiento de sus obligaciones legales en el ejercicio de su actividad empresarial, sin perjuicio, en su caso, de la acreditación ulterior de su cumplimiento mediante la presentación de los correspondientes certificados expedidos por las Administraciones públicas competentes (sobre ‘A’), la documentación técnica que fundamente y justifique la proposición y las condiciones de la oferta que formule la licitadora de ser admitida a la licitación (sobre ‘B’) y la proposición económica (sobre ‘C’). 2.2 La documentación se presentará en el lugar y en el término que se indica en el anuncio de licitación y en el apartado A del cuadro-resumen del pliego, mediante una única entrega, en tres sobres diferenciados, cerrados. La propuesta técnica podrá incorporar una copia en formato digital si fuese preciso. 2.3 Las propuestas y sobres en los que se expresen y contengan las proposiciones serán debidamente firmados por el licitador o por la persona o personas que les representen en el caso de que el empresario sea una persona jurídica, con indicación del nombre, apellidos y documento nacional de identidad de los representantes, y de la razón social, el número de identificación fiscal y el domicilio de la empresa, así como números de teléfono de contacto, de fax y la dirección de correo electrónico. 2.4 La propuesta económica que se formule se presentará en idioma castellano con expresión de su cuantía total en letra y número y, sobre esa cantidad, se adjuntará una relación descompuesta de los precios unitarios que la integran, por servicio ofertado, y se desglosará por anualidad del contrato, expresada en números y desglosándose y especificándose además, como partida independiente, la cuantía que corresponda al impuesto sobre el valor añadido. 2.5 La presentación de la documentación, a excepción de la proposición económica, podrá realizarse por medios electrónicos y telemáticos en la dirección de correo del responsable del contrato, quien garantizará y responderá en todo momento de la confidencialidad de las ofertas. En este caso el interesado expresará el modo en el que adjunta la proposición económica, que deberá presentarse siempre en un momento anterior al término establecido en el anuncio de licitación para la presentación de ofertas. 2.6 Cada licitador sólo podrá presentar una proposición, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir opciones o alternativas, estando prohibida la presentación de variantes o mejoras. 2.7 El licitador no podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otras empresas si ya presenta una proposición individual ni, tampoco, formar parte de más de una unión temporal de empresas. La infracción de esta regla será sancionada con su exclusión del procedimiento de contratación y la de la unión temporal de empresas con la que concurra. 2.8 La presentación de la proposición supondrá la aceptación expresa de las bases fijadas en el anuncio de licitación, de las condiciones de participación y los criterios de adjudicación del concurso, así como de las prescripciones de los pliegos de contratación administrativa y técnicos, teniendo carácter vinculante para licitadores que presenten propuestas, constituyendo los pliegos la ley del concurso. 2.9 El interesado deberá solicitar la emisión de un recibí en el que se haga constar la fecha, hora y lugar de la entrega de la documentación o, en el caso de su remisión por medios electrónicos y telemáticos, a obtener un acuse de recibo que deje constancia de su remisión y entrega y del acceso a su contenido por el responsable del contrato. 2.10 La entrega de la documentación una vez vencidos los términos establecidos en el anuncio de licitación dará lugar a la no admisión de la oferta presentada, caducando el derecho del interesado a participar en el concurso sin que adquiera la condición de licitador.

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2.11 La totalidad de la documentación presentada le será devuelta a los interesados, a su petición, una vez resuelto el concurso y adjudicado el contrato, garantizando la compañía la confidencialidad de la información que se contiene en ella. 3. Calificación documental y apertura de proposiciones 3.1 La mesa de contratación se reunirá con posterioridad al término del plazo conferido para la entrega de la documentación y en sesión previa a la apertura de las ofertas económicas para examinar y calificar la documentación administrativa contenida en el sobre ‘A’, rechazando por carecer de aptitud para contratar a los licitadores que no incluyan las declaraciones responsables que deben emitirse o su manifestación de sometimiento a la obligación de presentar en plazo los documentos que así lo acrediten de resultar propuesta como adjudicataria. 3.2 Previa petición de la mesa de contratación, una comisión técnica especialista se reunirá con posterioridad a la apertura y calificación de la documentación administrativa para valorar la propuesta técnica conforme a la documentación incorporada en el sobre ‘B’ por cada uno de los interesados que hayan sido admitidos a la licitación, baremándose conforme a los criterios objetivos de adjudicación establecidos en el apartado F del cuadro-resumen del pliego e informando de su valoración a la mesa de contratación. 3.3 Una vez concluido el examen de las propuestas técnicas contenidas en el sobre ‘B’ se procederá al acto de apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre ‘C’, que será público y que se celebrará en las oficinas de la compañía o en la dirección que a tal fin pudiera designarse en el anuncio de licitación. 3.4 La compañía comunicará a los licitadores admitidos la celebración del acto de apertura de proposiciones económicas con veinticuatro horas de antelación y en forma que quede constancia fehaciente del día y la hora de su celebración, pudiendo asistir por sí o representadas por terceros que justifiquen su representación. 3.5 La mesa de contratación rechazará aquellas proposiciones económicas que no cumplan con las condiciones de presentación que se establecen en el pliego o considere, conforme al pliego o a la legislación de contratos del sector público, que incurren en baja temeraria cuando, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido a sus resultas, estimase que la oferta no puede ser cumplida. 4. Criterios de valoración de las propuestas 4.1 En la valoración de las propuestas se atenderá, previa su ponderación, a los criterios objetivos que conforman el precio ofertado y los directamente vinculados al objeto del contrato según se enumeran éstos en el apartado F del cuadro-resumen, que sirven en su conjunto para determinar la oferta más ventajosa. 4.2 La baremación de las distintas propuestas se efectuará siguiendo las reglas establecidas en el apartado F del cuadro-resumen. 5. Propuesta de adjudicación 5.1 Obtenida la puntuación final sobre la relación de licitadores conforme a los concretos criterios objetivos de adjudicación enumerados en el pliego con referencia a su valor y en orden decreciente, se fijará el orden de puntuación elaborándose por la mesa de contratación un informe-propuesta de adjudicación a favor de la oferta que hubiera obtenido mayor puntuación, el cual será elevado al órgano de contratación. 5.2 La mesa de contratación propondrá la adjudicación del contrato a la propuesta más favorable atendiendo a la puntuación previamente obtenida. 5.3 En el informe-propuesta de la mesa de contratación se dará razón y justificará, asimismo, las exclusiones de los interesados como consecuencia de la falta de acreditación de su aptitud para

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contratar y las propuestas de los licitadores cuyas ofertas se hayan considerado temerarias o se hayan excluido por cualquier otra causa. 6. Condición de adjudicación 6.1 Será en su caso condición previa de la adjudicación la presentación por el licitador que haya sido propuesto como adjudicatario en el plazo de diez días hábiles desde que se le comunique la propuesta por la mesa de contratación, la documentación original o compulsada que le haya sido requerida a tal fin y las certificaciones de cumplimiento de las obligaciones legales en materia tributaria y de Seguridad Social que le fueran exigibles, acompañadas, si procediera conforme al pliego, por la constitución de la garantía definitiva en la cuantía correspondiente al precio de adjudicación del contrato y con la extensión temporal acorde a la naturaleza y plazo de las obligaciones garantizadas. 6.2 De no cumplirse con la anterior condición en plazo por causa imputable al adjudicatario, podrá caducar su derecho a la adjudicación conforme a la facultad que es propia de la compañía atendiendo a la eficacia de su interés empresarial en cada caso, extinguiéndose el derecho a la adjudicación previa intimación o requerimiento a tal fin efectuado por la compañía, con la toma de conocimiento del órgano de contratación y bajo apercibimiento de los efectos que conlleva su incumplimiento. 6.3.En tal caso, la mesa procederá de igual modo con el licitador cuya propuesta hubiera obtenido la siguiente puntuación en el orden decreciente y, de cumplirse la condición, se elevará una segunda propuesta al órgano de contratación para que efectúe la adjudicación a favor del licitador que la haya presentado salvo que, facultativamente, el órgano de contratación, con carácter previo y a las resultas de su toma anterior de conocimiento de la caducidad de la propuesta inmediata, hubiera acordado la renuncia al otorgamiento del contrato o desistido de la adjudicación, lo que será comunicado a los interesados o licitadores que hubieran concurrido sin que dicho desistimiento dé lugar a derecho indemnizatorio alguno a su favor”. . 7. Adjudicación 7.1 El órgano de contratación acordará motivadamente la adjudicación del concurso conforme a la proposición efectuada por la mesa de contratación una vez cumplida la condición de la propuesta de adjudicación, no pudiendo resolver en sentido contrario salvo por causa excepcional, plenamente justificada en Derecho. 7.2 La adjudicación del concurso se notificará al adjudicatario utilizando preferentemente medios telemáticos y electrónicos. 8. Publicidad y formalización documental La publicidad de la adjudicación y el perfeccionamiento del contrato mediante su formalización documental se regirá por lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación. D. EFECTOS DEL CONTRATO (I): DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 1. Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de transporte de viajeros por carretera, de carácter interno y discrecional, para satisfacer las necesidades de desplazamiento desde la ciudad de Zaragoza de los trabajadores y del personal que presta sus servicios para las empresas que se ubican en el parque tecnológico que gestiona WALQA. 1.1 Constituye la obligación esencial del contratista la de llevar a cabo, con el contenido que se establece en las prescripciones del pliego, la prestación de los servicios objeto del contrato conforme a los pliego administrativo y de prescripciones técnicas proporcionado por la compañía y que justifica el contrato.

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1.2 Los servicios a prestar conllevarán el transporte de viajeros por carretera, desplazando mediante el uso de autobuses con suficiente capacidad para satisfacer las necesidades existentes, a los trabajadores y el personal que presta sus servicios para las empresas instaladas en el parque tecnológico desde la ciudad de Zaragoza a las instalaciones del parque en las que se ubican las distintas empresas y desde éstas a la ciudad de Zaragoza, así como a aquellos usuarios que las empresas del parque, por razones profesionales o comerciales, pudieran determinar, todo ello conforme a las condiciones de este pliego administrativo y las del pliego técnico que lo integra.

1.3 Esa obligación podrá comprender, en su caso, conforme al objeto del contrato, las obligaciones complementarias vinculadas a la realización del servicio, que tendrán asimismo el carácter de obligación esencial para el contratista, configurándose como una obligación de resultado. 1.4 La propuesta ofertada por el contratista que determine la adjudicación del concurso, las prescripciones del pliego, incluidas las del pliego de prescripciones técnicas, y las estipulaciones del contrato que se otorgue a las resultas de la adjudicación, delimitan el contenido de la prestación como obligación esencial que asume el contratista en virtud del contrato, teniendo su propuesta un carácter preferente en cuanto no contradiga las prescripciones del pliego. 1.5 El cumplimiento de las obligaciones que dimanan del contrato y las prestaciones a las que dé lugar a favor de la compañía quedarán sujetas a los riesgos, obligaciones y responsabilidades que derivan del desarrollo independiente de la actividad empresarial que es propia del contratista que resulte adjudicatario. 1.6 En modo alguno el otorgamiento, la ejecución o la extinción del contrato dará lugar a vinculación o consolidación en la plantilla y como personal propio de la compañía de las personas que hayan desarrollado o participado por cuenta del adjudicatario en los trabajos a los que dé lugar la prestación del servicio. 2. Precio del contrato 2.1 El precio se fija como contraprestación efectiva a la prestación de los servicios de transporte de viajeros por carretera que proporcione el contratista y que hayan sido formalmente aceptados por la compañía conforme a las condiciones de la adjudicación y al número de vehículos y día de servicio de transporte de viajeros, según corresponda, entre la ciudad de Zaragoza y las instalaciones del parque tecnológico. 2.2 La retribución del contratista se compondrá del importe o precio de adjudicación ofertado por el contratista y que deberá ser satisfecho por la compañía y del cobro de las tarifas que, fijadas en el pliego técnico, deban abonar a la contratista los usuarios del servicio por el uso efectivo e individualizado del transporte en cada uno de los viajes, ya se satisfaga particular y directamente por cada usuario o por mediación de las empresas beneficiarias. 2.3 El precio máximo de adjudicación no excederá del límite superior del precio ofertado en la propuesta del contratista, como precio de adjudicación especificado en todas y cada una de sus anualidades y en su conjunto para todo el plazo de duración. 2.4 Se considerarán incluidos en el precio todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta prestación del servicio por la adjudicataria, aun cuando no figuren especificados en la descomposición o descripción de precios que se haya adjuntado en la formulación de la proposición económica por el contratista que resulte adjudicatario del contrato. 2.5 Asimismo, se entenderán incluidos en el precio los tributos que graven la actividad empresarial de la contratista o los que, siendo sujeto pasivo conforme a la ley tributaria, se devenguen por los servicios que preste o los medios de cualquier naturaleza que aplique al fin de dar cumplimiento al contrato, incluida la cuantía correspondiente a la prima devengada por razón de la contratación del seguro obligatorio de viajeros.

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2.6 El contratista no podrá interesar, en modo ni momento alguno, la modificación del precio del contrato por causa del incremento salarial de sus trabajadores o de los profesionales empleados por el contratista, ni por cualquier otro concepto inmanente al riesgo propio del desenvolvimiento de su actividad empresarial. 3. Forma de pago 3.1 La parte de la retribución correspondiente al precio de adjudicación será satisfecho por la compañía en la forma y condiciones que resulten del pliego y de la propuesta del contratista, conforme a los servicios efectivamente prestados por el contratista, previa su liquidación y compensación de los créditos a favor de la compañía y siempre bajo el límite del precio anual de adjudicación. 3.2 El contratista expedirá mensualmente contra la compañía una factura en la que especificará la parte del crédito correspondiente al pago de los servicios de transporte de viajeros por carretera que se hubieran prestado de forma efectiva durante la mensualidad inmediatamente anterior a la fecha de su expedición, todo ello sin perjuicio de su ulterior liquidación definitiva a la conclusión de la anualidad del contrato, siempre bajo los límites a los que se someta la oferta del contratista. 3.3 Los créditos así determinados se satisfarán por la compañía dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que se hubieran recibido la correspondiente factura mediante domiciliación bancaria en la cuenta corriente abierta en la entidad de crédito que le sea facilitada por el contratista. 3.4 El abono de la factura emitida constituye pago a cuenta de los servicios prestados durante la mensualidad correspondiente sin perjuicio de su ulterior liquidación final que pudiera practicarse entre las partes y que se someterá siempre a los límites resultantes del pliego y del precio de adjudicación conforme a la oferta del contratista. 3.5 Serán condiciones de pago la prestación efectiva del servicio bajo la conformidad y aceptación de la compañía y la remisión de la factura por el contratista dentro de los treinta días siguientes a la finalización del correspondiente periodo de facturación, sin perjuicio de la aplicación, en este último caso siempre previo acuerdo de las partes, de la agrupación de facturas o de la emisión de facturas resumen de carácter periódico con pleno sometimiento a la legislación que regula la morosidad en las transacciones comerciales. 3.6 Los usuarios, individualmente o por medio de las empresas beneficiarias, abonaran al contratista el coste de cada viaje que realicen conforme a las condiciones de tarifa fijadas en el pliego técnico previa su identificación y la expedición por el contratista de los billetes o títulos de transporte en la forma legal y reglamentariamente establecida. 4. Obligaciones que conforman la prestación a la que se obliga el contratista 4.1 El contratista realizará a su costa la prestación de los servicios objeto de la encomienda en virtud del contrato y los trabajos y la asistencia profesional o de servicios que conlleve y empleará bajo su riesgo y responsabilidad empresarial todos los elementos personales y materiales que sean necesarios para el adecuado desarrollo de los trabajos que le hayan sido encomendados y a tal fin: 4.1.1 Destinará a la prestación del servicio el número de vehículos para el transporte de viajeros por carretera bajo las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y con plena sujeción a la normativa que regula la prestación de servicios de transporte por carretera y el uso de vehículos industriales y de transporte. 4.1.2 Dispondrá, en su caso, de personal con la adecuada calificación profesional y capacidad técnica precisa para cubrir las necesidades que se deriven del contrato. 4.1.3 Organizará y dirigirá como empleador a sus trabajadores, como personal exclusivamente del adjudicatario, quien deberá cumplir con todos los derechos y deberes inherentes a su

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condición de empresario y que, como tal personal, quedará en todo momento sujeto al poder de dirección e instrucción de su empleador. 4.2 El contratista deberá obtener y mantener vigentes las autorizaciones, licencias o permisos administrativos, así como cualesquiera otros títulos que en su caso sean preceptivos y que le habiliten para desarrollar empresarialmente el transporte de viajeros por carretera y, con ello, la prestación encomendada, y cumplirá en todo momento con las condiciones legales y reglamentarias que delimitan la prestación del servicio de transporte de viajeros por carretera dando conocimiento a la compañía de las autorizaciones de las que disponga a tal fin y de los permisos, licencias y autorizaciones de los vehículos y el personal que destine a la prestación del transporte mediante su declaración responsable de que cumplen con las condiciones legales o reglamentarias que sean exigibles a tal fin, siempre a salvo del derecho de la compañía de obtener, si así lo requiriese del contratista, las copias de los títulos administrativos que así lo acrediten. 4.3 El contratista impartirá las órdenes precisas a su personal para el adecuado desarrollo de la encomienda, llevando a cabo en su caso la supervisión y seguimiento personalizado de los trabajos a los que dé lugar la prestación del servicio. 4.4 En todo caso el contratista deberá ejecutar los trabajos o prestar los servicios objeto del contrato mediante sus propios medios, estando prohibida la subcontratación de la realización de los servicios encomendados a un tercero. 4.5 En particular, el contratista responderá en todo caso de la calidad técnica de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la compañía o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 5. Responsabilidad por daños y obligación de aseguramiento 5.1 El contratista responderá de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la compañía o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, de su falta de diligencia a tal fin y de los daños y perjuicios que por tal causa se ocasionaren cualquiera que fuera su naturaleza, quedando exonerada la compañía de la responsabilidad de distinta naturaleza en la que el contratista o su personal pudiera incurrir por razón de tales hechos. 5.2. El contratista responderá de cualesquiera daños y perjuicios que ocasione su personal en el desarrollo de la prestación de sus servicios, cualquiera que sea su origen y naturaleza, ya perjudiquen a personas o bienes de la compañía o a cualesquiera terceros, como consecuencia de la prestación de los servicios y que sean imputables al contratista o a las personas que de él dependan. 5.3 El contratista asegurará el riesgo inherente a la prestación del servicio en los términos le sean legalmente exigibles atendiendo a la normativa que regula el sector de su actividad. 6. Obligaciones de orden social y tributario 6.1 El contratista se obligará expresamente ante la compañía a cumplir con las disposiciones que estén vigentes en cada momento en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, viniendo obligado también a cumplir puntualmente lo dispuesto en la legislación tributaria. 6.2 Sin perjuicio de la documentación que hubiera aportado anteriormente como condición de adjudicación del contrato, el contratista, en el cumplimiento de su deber de información previo al deber de cumplimiento de las obligaciones sustantivas que la ley le impone, presentará a la compañía los siguientes documentos, acreditativos del estado de cumplimiento de sus obligaciones sociales y tributarias a la fecha anterior al comienzo de la prestación, así como al concluir cualquier periodo anual y a la extinción del contrato, todo ello como condición previa de cualquier liquidación que se practique:

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6.2.1 Certificado de estar al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o por el organismo público que pudiera sustituirle en sus funciones. 6.2.2 Certificado de estar al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones en materia tributaria, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, respecto de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales, por los órganos que tengan atribuida la competencia de recaudación en las respectivas Administraciones y que ejerzan funciones semejantes en sus Haciendas públicas. 6.3 El incumplimiento material por el contratista de las obligaciones que la ley le impone en beneficio de sus trabajadores y, en particular, de sus obligaciones de pago de salarios, indemnizaciones, seguros sociales y cualesquiera otras que traigan causa de la relación laboral o, en otro caso, de aquellas que traigan causa de una relación tributaria, facultará a la compañía para su compensación en el ejercicio de un derecho de repetición mediante deducción de los créditos que pudiera tener a su favor la compañía o, en su caso, realizándose a costa de las garantías prestadas por razón del otorgamiento del contrato una vez ejecutados los trabajos o prestado el servicio a satisfacción de la compañía y de las sociedades beneficiarias en el momento de practicarse la liquidación final. 6.4 La anterior compensación se efectuará en cualquier caso sin perjuicio de la reserva de la facultad de la compañía de resolver el contrato por causa del incumplimiento contractual y de su derecho a ser indemnizado en los daños y perjuicios que le hubiera ocasionado a la compañía o a las sociedades beneficiarias el incumplimiento del contratista. 7. Coordinación, instrucciones y auditoria 7.1 Cada parte designará un mandatario o encargado con la finalidad de ejecutar el control y seguimiento de la prestación del servicio encomendado por la compañía, pudiendo dar instrucciones la compañía, por medio de la gestora del contrato o del mandatario o encargado designado, para la interpretación de lo establecido en este pliego, de la oferta del adjudicatario y de lo pactado en el contrato. 7.2 Los encargados designados a tal fin se reunirán periódicamente para analizar el desarrollo de la prestación, controlar el plan de la prestación si se hubiera programado expresamente entre las partes y elaborar un informe de su estado en el que se describirán los servicios prestados, los pendientes a esa fecha, el grado de desarrollo de los trabajos, gestiones o asistencias que se hayan practicado o que se practiquen en relación con el objeto del contrato, así como cualesquiera observaciones e indicaciones que tengan por convenientes, celebrándose las reuniones en el lugar que ambas partes acuerden siempre en los locales u oficinas que se encuentren a disposición de las partes contratantes. 7.3 La compañía se reserva el derecho de efectuar recomendaciones u observaciones técnicas al contratista, así como de impartir instrucciones sobre la ejecución general y el grado de desarrollo de la asistencia, gestiones y trabajos a los que dé lugar la prestación de servicios, quedando a salvo siempre y en todo caso el poder de dirección que el contratista ostenta sobre sus empleados. 7.4 La compañía se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y/o auditorias técnicas o de calidad de servicio que estime oportunas para comprobar el cumplimiento por parte del contratista de las condiciones de prestación del servicio, así como el cumplimiento de las especificaciones exigibles en función del servicio encomendado. 8. Otras obligaciones: acceso y protección de datos personales y confidencialidad 8.1 Acceso y protección de datos personales En todo caso el contratista se obliga a cumplir lo dispuesto en la legislación en materia de protección de datos y en los reglamentos que la desarrollan de tal forma que cualquier incumplimiento de las obligaciones que asume en el pliego conforme a dicha legislación dará lugar en todo caso a un derecho de repetición a favor de la compañía por cualesquiera sanciones que se le pudieran imponer administrativamente por este motivo, así como a la indemnización de los daños y perjuicios que,

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adicionalmente, se le causen a la compañía o, por extensión, a cualquiera de las entidades que integran el grupo societario del que forma parte. 8.2 Confidencialidad 8.2.1 Cuanta información sea obtenida y desarrollada por el contratista a las resultas del cumplimiento y ejecución del contrato, así como aquella que hubiera podido obtener como consecuencia de su participación en el procedimiento para su adjudicación, se utilizará exclusivamente para el cumplimiento de la finalidad que constituye su objeto, teniendo carácter de confidencial, de forma que ni el contratista ni ninguno de sus empleados podrá revelarla a persona física o jurídica alguna sin el consentimiento previo y escrito de la compañía. 8.2.2 Ese deber de mantener la confidencialidad de la información a la que se haya tenido acceso como consecuencia de la participación en el concurso y la posterior adjudicación y formalización del contrato constituye una obligación que extenderá sus efectos en el momento posterior a su extinción. 8.2.3 En otro caso el contratista responderá, con carácter principal quien quiera que sea el infractor, de la infracción del deber general de confidencialidad en la información que asume por su participación en el procedimiento para la adjudicación del contrato, de su cumplimiento y en su ejecución, y de los daños y perjuicios que por tal razón se le causen a la compañía o, por extensión, a cualquiera de las entidades que integran el grupo societario del que forma parte. E. EFECTOS DEL CONTRATO (II): EXTINCION POR CUMPLIMIENTO O CONCURRENCIA DE CAUSAS DE RESOLUCION 1. Desistimiento unilateral por el contratista 1.1 Cuando el contratista ejercite la facultad de desistimiento anticipado que convencionalmente se le reconoce, deberá indemnizar a la compañía en una cantidad nunca inferior al precio de adjudicación del contrato y que se verá incrementada en forma inversamente proporcional al tiempo que restase para la extinción del contrato por el transcurso del plazo de duración pactada desde el momento en el que el contratista formule el preaviso de su voluntad de desistir. 1.2 La voluntad unilateral de desistir deberá ser formalizada en cualquier caso mediante su preaviso, notificado en forma fehaciente y con antelación de tres meses a la fecha en la que quiera hacer efectiva su voluntad de desistir o, en otro caso, de no ejercitar la facultad de prórroga al término de los dos años, evitándose de este modo las consecuencias que, en perjuicio de la compañía, pudiera tener la extinción del contrato para la continuidad de la prestación del servicio. 1.3 La falta de preaviso por el contratista determinará, adicionalmente y sin perjuicio de las anteriores prescripciones, el derecho de la compañía, perjudicada por el desistimiento, a ser indemnizada en la totalidad de los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de la interrupción o minoración del servicio. 2. Resolución del contrato 2.1 La compañía podrá resolver el contrato por causa que le sea imputable al contratista entre otros supuestos cuando: 2.1.1 No se preste los servicios de transporte de viajeros en la forma pactada en los pliegos técnico y administrativo. 2.1.2 Exista un incumplimiento, total o parcial, de cualquiera de las obligaciones que ha asumido conforme a su oferta, al pliego o contrato o de aquellas otras que la legislación vigente en cada momento pudiera imponer al contratista. 2.2 La compañía podrá alternativamente exigir el cumplimiento de la obligación o la resolución contractual con el resarcimiento de daños o perjuicios, aún después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible o así lo requiriere, teniendo derecho a la

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indemnización de los daños y perjuicios que se le hayan causado en ambos casos y que comprenderá no sólo el valor de la pérdida que haya sufrido la compañía sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener. 2.3 La falta de ejercicio de la facultad resolutoria si el contratista estuviere incurso en causa de incumplimiento contractual no supone consentimiento o aceptación del hecho causante, ni, tampoco, renuncia por parte de la compañía al ejercicio de los derechos que a tal fin pudieran corresponderle conforme al artículo 1.124 del Código Civil. F. EFECTOS DEL CONTRATO (III): REGIMEN LEGAL SUPLETORIO 1. Las partes se someterán en la interpretación, cumplimiento y ejecución del contrato a las prescripciones de los pliegos de contratación (administrativo y técnico) y a la interpretación que, de las mismas, pudiera hacer la mesa de contratación sobre el conjunto documental que constituye el contrato siguiendo siempre el orden de prelación que resulta del pliego, como ley del contrato, la oferta del contratista y lo pactado en el contrato, que en todo momento habrá de someterse al pliego y a la ley aplicable. 2. Resultarán de aplicación subsidiaria, en todo lo que no se encuentre expresamente estipulado, las disposiciones del Código Civil sobre el contrato de arrendamiento de servicios y, subsidiariamente, las generales en materia de obligaciones y contratos establecidas, por este orden, en los Códigos de Comercio y Civil, así como toda aquella otra normativa que, como ley especial, regula las prestaciones objeto del contrato. 3. Para la resolución de cualquier controversia que pudiera derivar de la aplicación o interpretación del contrato las partes se someterán a la jurisdicción y fuero procesal de los Juzgados y Tribunales del orden civil del partido judicial de Huesca, con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

En Huesca, a 25 de julio de 2016

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G.- CUADRO-RESUMEN

N.º de expediente: …………………

A.- Entidad contratante

Identificación de la entidad contratante PARQUE TECNOLOGICO WALQA, S.A. N.I.F. A-22266217

Órgano de contratación Consejo de Administración

Gestora del contrato Cristina de la Hera Pascual, Directora-Gerente

Mesa contratación: X Si No

Obtención de documentación e información relativa al pliego de condiciones y bases técnicas

• Página web corporativa de WALQA: http://www.PTWALQA.com • Oficinas de WALQA: ‘Parque Tecnológico Walqa’, Servicios Generales, Carretera Zaragoza-Huesca N-300a, Km 566, C.P. 22197 CUARTE (provincia de HUESCA)

Fecha límite para la obtención de documentación e información adicional sobre pliegos y documentación complementaria

14:00 horas 16 de agosto de 2016

Fecha límite de presentación de ofertas 14:00 horas 18 de agosto de 2016

Modalidad de presentación de ofertas

X Sobres ‘A’ y ‘B’ a la dirección de correo electrónico que se indica (salvo sobre ‘C’, siempre en sobre cerrado) X Sobres cerrados en una única entrega Poner en el sobre: ‘Transporte de viajeros WALQA’ Att./ Dña. Cristina de la Hera Pascual. Directora-Gerente. WALQA

Lugar de presentación de ofertas

Oficinas de WALQA: ‘Parque Tecnológico Walqa’, Servicios Generales, Carretera Zaragoza-Huesca N-300a, Km 566, C.P. 22197 CUARTE (provincia de HUESCA)

Notificaciones X Correo postal X Correo electrónico ([email protected])

Hora, día y lugar de apertura de proposiciones económicas

La apertura de la oferta económica se realizará en acto público que tendrá lugar el día 23 de agosto de 2016 a las 13.00’ horas, en las oficinas de WALQA ‘Parque Tecnológico Walqa’, Servicios Generales, Carretera Zaragoza-Huesca N-300a, Km 566, C.P. 22197 CUARTE, provincia de HUESCA)

B.- Definición de objeto del contrato

Contrato de servicios

La prestación los servicios de transporte por carretera de los trabajadores y del personal que presta sus servicios para las empresas instaladas en el ‘Parque Tecnológico Walqa’

División por lotes y número de lotes/ número de unidades

Si X…No

Plazo de ejecución del contrato

Dos años a contar desde la fecha de formalización del contrato, prorrogable un año más, hasta un total de tres años comprensivo del periodo inicial y de su prórroga

Admisión de prórroga

X Si No

Modificaciones

No

Revisión de precios

No

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C.- Presupuesto de licitación

Valor estimado del contrato (volumen estimado de negocio anual por la duración del contrato incluida la prórroga, sin modificaciones y excluido IVA)

204.000.-€

Presupuesto de licitación anual (IVA excluido) (a satisfacer por Parque Tecnológico Walqa S.A)

50.000.-€

Impuesto sobre el valor añadido

Tipo IVA aplicable: 10 % Importe IVA sobre presupuesto de licitación anual: 5.000.-€

D.- Solvencia y clasificación del empresario

Solvencia económica y financiera

X Declaración de sobre la solvencia económica durante los tres últimos ejercicios acreditando en al menos uno de ellos un volumen de facturación superior a 100.000.-€ X Justificante de la concertación de un seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima no inferior a 600.000.-€ y que se encuentre vigente o sea susceptible de prórroga en la fecha de ejecución del contrato.

Solvencia técnica y profesional

X Relación certificada de prestación de servicios análogos realizados durante los tres años inmediatamente anteriores a la fecha del anuncio de licitación, incluyendo importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. X Relación de títulos que acrediten la condición y aptitud profesional del personal que se fuera a dedicar a la realización de las prestaciones propias del contrato, incluyendo un compromiso de adscripción de medios personales específicos. X Relación de vehículos a destinar al transporte de viajeros por carretera, incluyendo un compromiso de adscripción de medios materiales en detalle.

E.- Otros requisitos exigidos al contratista

Condiciones especiales de ejecución

X No Si

Garantía definitiva (importe de adjudicación excluido IVA)

No X Si

Un 5 % del precio de adjudicación

F.- Criterios de valoración de ofertas:

Puntuación (El contrato se adjudicará a la oferta más ventajosa, ponderada sobre una puntuación máxima de 100 puntos, por orden decreciente de importancia conforme a los siguientes criterios objetivos)

Oferta técnica: 50 puntos 25 puntos: Características de los medios adscritos al contrato Se puntuará con un máximo de veinticinco puntos, valorándose los siguientes extremos: - Características técnicas de los elementos adscritos al servicio, tanto de los

vehículos, valorándose sus prestaciones, fecha de matriculación y elementos de comodidad de los usuarios incluidas condiciones de acceso para discapacitados, como de otros elementos materiales asignados que redunden en la eficiencia del servicio tales como medios de comunicación, medios de pago, etc. (hasta un máximo de 10 puntos).

- Personal asignado a la prestación del servicio (hasta un máximo de 5 puntos).

- Disponibilidad de zonas de estacionamiento y limpieza y talleres o garajes propios y así como características de los vehículos de sustitución (hasta un máximo de 5 puntos).

- Disponibilidad de certificaciones y sistemas de gestión de calidad o sistemas

de gestión medioambiental (hasta un máximo de 5 puntos)

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25 puntos: Mejoras en la calidad del servicio Se puntuarán con un máximo de veinticinco puntos los siguientes extremos: - Ampliación del número mínimo de plazas exigido en el pliego de condiciones técnicas, hasta 15 puntos, otorgándose 1,5 puntos por cada plaza adicional ofertada. - Ampliación del número de paradas a realizar en la ciudad de Zaragoza, hasta un máximo de 5 puntos a razón de 2,5 puntos por parada siempre que éstas no varíen significativamente el itinerario, y que estos puntos estén conectados con otros sistemas de transporte público interurbanos. - Oferta de servicios complementarios prestados por el adjudicatario, y que redunden en un beneficio de las empresas del Parque, sus trabajadores, o la propia sociedad gestora, tales como ventajas en la contratación de medios de transporte adicionales, uso de servicios complementarios de transporte, etc. hasta un máximo de 5 puntos.

Oferta económica: 50 puntos A la proposición económica se le otorgará la puntuación que proporcionalmente le corresponda, sobre un límite máximo de cincuenta puntos, según la fórmula siguiente:

PM x Bmax P = -------------

B P: Puntuación que recibe la oferta objeto de la valoración B: Oferta objeto de la valoración Bmax: Oferta inferior conforme a la regla de cálculo PM: Puntuación Máxima (50 puntos) Se entenderá que existe oferta anormalmente baja o desproporcionada cuando sea inferior a 20 puntos porcentuales sobre la media de las distintas ofertas existentes, una vez excluidas para su cálculo las de cuantía superior e inferior, siempre que concurran más de tres ofertas. En el caso en el que la concurrencia de empresas sea igual o inferior a tres se considerarán incursas en baja temeraria las ofertas que se encuentren en los supuestos que regulan los artículos 85.1, 85.2 y 85.3 del Reglamento de la Ley de contratos de las Administraciones públicas, aprobado por Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre (modificado por Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto), para los casos correlativos de una única oferta, dos ofertas o tres ofertas en concurrencia.

G.-Penalidades

Permitida

X No Si

H.-Subcontratación

Permitida

X No Si

I.- Otra información

- Los gastos a los que pudiera dar lugar la publicidad complementaria, de practicarse, serán de cuenta del empresario que finalmente resultase adjudicatario. - El presente cuadro-resumen contiene los elementos y las informaciones propias del anuncio de licitación y, por tanto, tiene el valor y la eficacia propia del anuncio y su publicación en la página web corporativa de PARQUE TECNOLOGICO WALQA, S.A., que tiene lugar en fecha de 26 de julio de 2015, constituye acto de inicio del procedimiento de contratación.

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- El pliego de contratación del que forma parte este anuncio ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la compañía en su reunión de 25 de julio de 2016, previo visto bueno del Área Legal de CORPORACION EMPRESARIAL PUBLICA DE ARAGON, S.L.U.

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H.- ANEJOS

Anejo I: Modelo de declaración responsable de poseer aptitud para contratar y reunir las condiciones de solvencia económica, financiera, técnica y profesional atendiendo a su objeto1

D/Dña.…..………… con DNI n.º ………….., en nombre propio como empresario titular o en su condición de 2 …………… de la empresa o compañía mercantil ……………….,con C.I.F. n.º ….................y domicilio en …………….…………….., al objeto de participar en el procedimiento de contratación de servicios de transporte de viajeros por carretera, declara bajo su responsabilidad personal que posee aptitud para contratar y plena capacidad de obrar, interviniendo por medio de D./Dña………………., en su condición de 2…………………, o así como que reúne las condiciones de solvencia económica, financiera, técnica y profesional atendiendo a su objeto, según se exigen en el apartado D del cuadro-resumen del pliego administrativo, asumiendo su compromiso expreso de acreditarlo así aportando ante la mesa de contratación la documentación que sea necesaria a tal fin, todo ello en el plazo de los diez días hábiles que le sean conferidos en el caso de resultar propuesto como adjudicatario.

Lo que pone de manifiesto a los efectos legales oportunos en………….de……………de …..201.....

(sello de la empresa y firma autorizada)

Fdo.: .................................................. __________

1.- Esta declaración deberá incluirse en el sobre ‘A’. 2.-Indíquese la representación con la que interviene el declarante: representante legal (administrador único, administrador solidario, administraciones mancomunados, consejero-delegado, etc…) o apoderado.

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Anejo II: Modelo de declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar y del cumplimiento de obligaciones legales1

D/Dña.…..………… con DNI n.º ………….., en nombre propio como empresario titular o en su condición de 2 …………… de la empresa o compañía mercantil ……………….,con C.I.F. n.º ….................y domicilio en …………….…………….., al objeto de participar en el procedimiento de contratación de servicios de transporte de viajeros por carretera, declara bajo su responsabilidad personal que:

a) La citada empresa no está incursa en las prohibiciones para contratar enumeradas en los artículos 60 y 61 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2007, de 14 de noviembre (modificado por Ley 13/2014, de 14 de julio), a los que se remite la prescripción 7 del apartado B del pliego.

b) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Comunidad Autónoma de Aragón, así como de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

c) Se somete en el desenvolvimiento de su actividad al cumplimiento de los deberes y obligaciones que dimanan de la legislación en materia de protección de empleo y prevención de riesgos laborales, de la legislación medioambiental y, en general, de cualquier disposición del ordenamiento jurídico que le fuera aplicable conforme al objeto de su negocio empresarial o actividad profesional.

Lo que pone de manifiesto a los efectos legales oportunos en………….de……………de …..201.....

(sello de la empresa y firma autorizada)

Fdo.: .................................................. __________

1.- Esta declaración deberá incluirse en el sobre ‘A’. 2.-Indíquese la representación con la que interviene el declarante: representante legal (administrador único, administrador solidario, administraciones mancomunados, consejero-delegado, etc…) o apoderado

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Anejo III: Modelo de compromiso de adscripción de medios1

D/Dña.…………… con DNI n.º ……….., en nombre propio como empresario titular o en su condición de 2 …………… de la empresa o compañía mercantil ……………….,con C.I.F. n.º ….................y domicilio en ……………..….., al objeto de participar en el procedimiento de contratación de servicios de transporte de viajeros por carretera, declara bajo su responsabilidad personal que asume el compromiso de dedicar o de adscribir a la prestación del servicio, de resultar adjudicatario, medios personales y materiales suficientes para la realización de la prestación y, en particular, por exigirlo así el pliego, los que a continuación se relacionan:

Compromiso de adscripción de medios personales:…………………………………..

Compromiso de adscripción de medios materiales:……………………………………. Por consiguiente, los medios personales y materiales adscritos a la ejecución y, en particular, los que se hayan especificado en el presente compromiso, formarán parte de la propuesta presentada por la empresa de ser admitida a la licitación y, por tanto, del contrato que se otorgue finalmente con la compañía de resultar adjudicataria de la licitación, debiendo ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el plazo de duración del contrato, salvo que, respecto de los concretos medios enumerados, su modificación o retirada le sea expresamente autorizada por escrito por la compañía por medio del responsable del contrato, siempre previa comunicación de las razones que justifican la retirada o sustitución y, en este caso, la proposición de los medios personales o materiales que los sustituirán. Lo que pone de manifiesto a los efectos legales oportunos en………….de……………de …..201.....

(sello de la empresa y firma autorizada) Fdo.: ___________ 1.- El compromiso de adscripción de medios incluirse en el sobre A 2.-Indíquese la representación con la que interviene el declarante: representante legal (administrador único, administrador solidario, administraciones mancomunados, consejero-delegado, etc…) o apoderado.

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Anejo IV: Modelo de oferta económica1

D/Dña.…………… con DNI n.º ……….., en nombre propio como empresario titular o en su condición de 2 …………… de la empresa o compañía mercantil ………………., con C.I.F. n.º …................. y domicilio en ……………, formula, con pleno sometimiento al anuncio de licitación y al pliego referido al procedimiento de contratación de servicios de transporte terrestre de viajeros por carretera, su propuesta económica cifrada en la cuantía anual máxima de ………………………………..-.euros (………………….-€), excluido el impuesto sobre el valor añadido. Se acompaña en hoja aparte, firmada por el representante legal y anexándose junto a la proposición y formando parte de la misma, la relación descompuesta de los distintos conceptos que se incluyen en la propuesta económica: cantidades por vehículo y día de servicio. La oferta total máxima para todo el periodo contractual, incluida su prórroga (tres años), se cifra en…………………………..- euros (…………….-€), excluido el impuesto sobre el valor añadido; y se cifra, sobre dicha base, en ………………………..-euros (…………………-€), incluido el citado impuesto. Atendiendo a la oferta y bajo el límite de la cuantía anual máxima en la que se cifra la proposición económica que determina el precio máximo a percibir en cada anualidad, el precio a satisfacer al contratista se adecuará a los servicios efectivamente prestados, siempre hasta el límite del importe de la proposición económica que resulte adjudicataria. Asimismo, el declarante manifiesta someterse, para el cobro de los servicios de aquellos usuarios cuya relación le sea proporcionada por la compañía o por las empresas beneficiarias por tener establecimiento o instalaciones en el ‘Parque Tecnológico Walqa’ al régimen de tarifas que se establece en el pliego técnico. El declarante, en la condición con la que interviene, manifiesta que no ha presentado para su valoración en el presente concurso ninguna otra propuesta adicional, ni en nombre del licitador, ni en el de cualquier otra empresa vinculada a la que participa en la licitación, ni, tampoco, concurriendo en unión temporal de empresas con cualquier otro tercero. Lo que pone de manifiesto a los efectos legales oportunos en………….de……………de …..201.....

(sello de la empresa y firma autorizada)

Fdo.: ..................................................

__________

1.- La proposición económica deberá incluirse en el sobre ‘C’ 2.-Indíquese la representación con la que interviene el declarante: representante legal (administrador único, administrador solidario, administraciones mancomunados, consejero-delegado, etc…) o apoderado.