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1 de 41 Pliego ECC -Edificio GE+, Parcela 1.7.2 El Rosón
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA CONTRATACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS POR PARTE DE ENTIDAD DE CONTROL DE CALIDAD, (E.C.C), DE
LAS ACTUACIONES PROMOVIDAS POR LA EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO Y DE LA VIVIENDA DE GETAFE, S.A.
EN LA PARCELA 1.7.2 DEL AMBITO AA-01 EL ROSÓN EN GETAFE, (MADRID).
CÓDIGO.- CPV: 71700000-5
I.- ALCANCE.-
El presente pliego fijará las condiciones que rige la licitación para la contratación de los servicios de control de
calidad de las obras definida en el apartado subsiguiente, estableciéndose las condiciones técnicas que han de servir de
base para la realización de los mismos.
Siendo el objeto de los trabajos un edificio de tipología N.Z.E.B, de viviendas con protección pública (VPPL), garajes,
trasteros y piscina en cubierta promovidos por la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe –en adelante EMSV-,
en la siguiente parcela:
ÁMBITO AA-01 EL ROSÓN: PARCELA 1.7.2 87 VIVIENDAS DE VPPL, PLAZAS DE GARAJE, TRASTEROS y PISCINA.
(NOTA: Los datos básicos de la parcela y promoción (localización, superficies, nº de plantas, presupuesto estimado,
etc.) se describen en el ANEXO III que acompaña al presente pliego).
II.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El contrato que se formule conforme a este pliego de condiciones técnicas y económico-administrativas, tiene por objeto
la contratación de los servicios de inspección, vigilancia, ensayos y control de calidad de las obras a desarrollar en esta
parcela.
Comprendiéndose en dichos servicios todos los necesarios para la contratación del seguro decenal como garantía por
daños materiales ocasionados por vicios y defectos de construcción a que se refiere el Art. 19 de la Ley 39/1999, de 5 de
noviembre, de Ordenación de la Edificación.
El proyecto de ejecución de dichas obras, redactado por la Sociedad de Arquitectos “OFFICE FOR SUSTAINABILITY”- OFS,
junto con el presente pliego y la oferta presentada por el adjudicatario del presente contrato, revestirán carácter contractual,
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por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del
contrato.
El contrato definitivo que surja de esta licitación tendrá la consideración de contrato de servicios, realizándose la
presente licitación mediante procedimiento abierto.
Los participantes en la licitación deberán tener la capacidad para contratar y acreditar la solvencia económica y financiera
y profesional o técnica que se determinan en el presente pliego de condiciones.
Los trabajos se ejecutarán de acuerdo con lo dispuesto en el presente pliego, para cuyas consultas de carácter técnico o
jurídico podrán dirigirse a la EMSV de Getafe, S.A. de forma presencial en la Plaza Obispo Felipe Scio Riaza, nº 2, 1º-CP.
28.901 - Getafe (Madrid), telefónicamente al número 91 601 90 99 o mediante correo electrónico a
La presentación de la oferta supone la expresa aceptación incondicional y sumisión a lo regulado en los presentes pliegos
y a los documentos que los acompañan. Este pliego será de obligado cumplimiento para la Entidad de Control de Calidad,
(E.C.C.), a quien se adjudique la licitación, así como las condiciones ofertadas que mejorasen las establecidas en el pliego.
Este pliego de condiciones técnicas y económico-administrativas particulares, además del propio contrato, regulará las
condiciones establecidas libremente entre las partes firmantes, para todos los requerimientos a los que deben ajustarse los
trabajos así como a su forma de ejecución.
El desarrollo del contrato deberá contemplar, al menos, los siguientes aspectos:
1ª FASE: CONTROL DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN.
Plan de Ensayo de Materiales contenido en el proyecto de ejecución. Revisado y ajustado a las necesidades reales
de obra, contemplando el 20% de medición de cada unidad completa designada en el citado proyecto, como
también contemplando el 20% del control de montaje, puesta en marcha de instalaciones y funcionamiento de las
mismas.
2ª FASE: CONTROL DE MATERIALES.
Materiales con marcado CE o en caso de productos no afectados por las Directivas U.E de productos de la
construcción, sistemas o materiales con D.I.T.E o D.A.U y plan de ensayo de materiales (fiel a realidad necesaria).
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3ª FASE: CONTROL DE EJECUCIÓN DE OBRA.
Pruebas de Estanqueidad en Cerramientos: pruebas de estanqueidad en fachadas exteriores edificio y en interior
de patios, (S.A.T.E), pruebas de estanqueidad en cubiertas, pruebas de estanqueidad en sótanos, pruebas de
estanqueidad en piscina, pruebas de estanqueidad en interior de viviendas (suelo radiante y refrescante).
4ª FASE: PRUEBAS EN OBRA.
Control de pruebas de servicio de Instalaciones de: saneamiento (incluso video comprobación final red general y
acometida a saneamiento municipal), fontanería, electricidad en B.T y M.T, producción térmica centralizada de
climatización (ACS, calefacción y refrescamiento), ventilación forzada de garajes, detección y extinción de incendios
(P.C.I.), piscina, alimentación de vehículos eléctricos, calidad del aire interior de las viviendas (C.T.E. – D.B: HS-3),
recuperación del aire interior viviendas (entalpías), telecomunicaciones, monitorización (gestión de consumos), video
porteros automáticos, aparatos elevadores, puerta de acceso a garaje, energía solar térmica y energía solar
fotovoltaica.
5ª FASE: ACTIVIDADES DE RECEPCIÓN DE INSTALACIONES.
6ª FASE: PERIODO DE POST-VENTA EDIFICIO 1.7.2.
Deberá la adjudicataria aportar y/o elaborar toda la documentación necesaria para colaborar directamente con el
Organismo de Control Técnico (O.C.T), que se designe por EMSV para la obtención del Seguro Decenal.
III.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.-
3. I -. OBLIGACIONES POR PARTE DE LA ADJUDICATARIA.
La adjudicataria deberá redactar para su obra un programa propio de control incluyendo, en su caso, mejoras
respecto al definido a los documentos de proyecto.
Durante la realización de las obras, si lo considerase necesario el O.C.T, la Dirección Facultativa y la EMSV, se
podrá instar a la modificación del programa de control propuesto para adaptarlo a las necesidades de la obra,
realizando si fuese necesario inspecciones adicionales cuando la ejecución de capítulo que pueda considerarse
“singular” lo requiera.
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La toma de muestras se hará en el lugar, fecha y hora en que se haya indicado, y los resultados se
acompañarán de un plano a escala o de la suficiente documentación gráfica que permita una fácil identificación de
aquellas.
La duración de los ensayos será la que reglamentariamente corresponda a la tipología de los mismos, sin que
se produzcan demoras en su realización desde la toma de muestras, ni retrasos en la presentación de resultados y
conclusiones Finales.
La EMSV podrá solicitar de la adjudicataria información anticipada sobra la marcha y resultados de los
controles. En caso de detectarse algún problema o anomalía en las visitas de inspección, estas se reportarán de
forma inmediata al O.C.T, Dirección Facultativa y a la EMSV.
La adjudicataria remitirá un ejemplar de cada control realizado al O.C.T, a la EMSV y a la Dirección Facultativa
para su conocimiento.
El servicio estará atendido de modo permanente, tanto durante la jornada laboral del Sector de la
Construcción como, fuera de ella, cuando sea requerido por el Área Técnica de la EMSV.
La adjudicataria deberá disponer de cuantos medios económicos, materiales y de personal sean necesarios
para atender y cumplir con todas las obligaciones derivadas del servicio regulado en el presente pliego, contando,
como mínimo, con la dotación que a continuación se detalla a disposición de los trabajos requeridos por la EMSV:
- Una Sede operativa en Getafe o sus cercanías, donde se ubiquen los laboratorios de que disponga, en un
emplazamiento de fácil acceso, justificándose la posibilidad de garantía técnica del trabajo a realizar en
función de su distancia a los puntos de toma de muestras. Las oficinas dispondrán de los medios
necesarios para el desempeño de su cometido.
- Vehículos adecuados para la toma de muestras, mediciones y realización de ensayos “in situ” de
amplitud suficiente para dar cabida al personal y al material preciso, que permanecerán asignados con
exclusividad para asegurar una prestación ininterrumpida del servicio. La jornada laboral de estos
equipos móviles se adaptará a la de la obra prolongándose por circunstancias de la misma si así se
requiere.
- Instalaciones y equipos precisos para la realización de los ensayos y trabajos incluidos en este pliego
(toma de muestras, moldes, prensas, balanzas, estufas, cámaras húmedas, etc.).
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- Los operarios especializados precisos para cada equipo móvil, personal técnico auxiliar y personal de
plantilla compuesto, entre los que como mínimo figurarán:
- Especialista en Geotecnia.
- Especialista en Control y Patología de estructuras.
- 2 Especialistas en Control y Patología de instalaciones.
- Un Técnico con 3 años, como mínimo, de experiencia en Control de Calidad,
con dedicación exclusiva a los servicios que constituyen el objeto de este
pliego.
La empresa adjudicataria deberá designar, al menos, a un responsable de sus equipos ante la EMSV,
debiendo tener dedicación exclusiva al servicio objeto de este pliego.
El personal de la adjudicataria deberá atender con toda corrección a los representantes de la EMSV en
cuantas visitas, inspecciones y trabajos efectúen estos, proporcionándoles todos los datos o detalles que soliciten.
A requerimiento de la EMSV, la adjudicataria sustituirá al personal que incumpla estas obligaciones.
La empresa adjudicataria dispondrá de una plataforma que permita un conocimiento, en tiempo real, del
estado de los ensayos que realice y a la que tendrá acceso desde internet. Estará instalada en un servidor para
utilizarla como plataforma de gestión de datos a la que poder acceder de forma sencilla mediante la introducción
de la contraseña correspondiente al usuario autorizado, condición que tendrán cuantos técnicos así sean
designados por la EMSV. Deberán incluir unos formatos que permitan realizar el seguimiento de las diversas
actividades, entrada de datos y unidades de ensayos como avance de resultados.
Todos los trabajos se diseñarán y ejecutarán conforme a los reglamentos, prescripciones administrativas y
normas técnicas en vigor en el lugar donde se encuentre la construcción.
En caso de utilización de materiales o sistemas constructivos no tradicionales para el lugar donde se efectúa
la construcción, pueden solicitarse a los constructores justificantes o pruebas previas, con el fin de poder informar
a la compañía de seguros, la cual juzgará por sí sola conveniencia de otorgar garantía por medio de suplemento. Se
entiende por método nuevo, aquel método que no puede depender de las técnicas codificadas de albañilería,
hormigón y hormigón armado vertido in situ, estructuras de acero corriente o de madera de construcción, y por
material nuevo, todo material que entra en la composición de la construcción, y cuyo uso no haya sido aún
introducido en el país o no esté suficientemente experimentado.
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3. II -. ELABORACIÒN DE LA DOCUMENTACIÒN Y REMISIÒN DE INFORMES.
La adjudicataria remitirá a la EMSV (con la periodicidad que esta determine) informes, estudios y
recomendaciones basadas en las directrices que marque el O.C.T y en el tratamiento técnico-estadístico de la
información suministrada por el análisis de los datos y por la marcha de las obras.
Serán objeto de repetición los ensayos que se encuentren en los casos siguientes:
- Ensayos cuyos resultados sean contradictorios con la apreciación del O.C.T y de la Dirección Facultativa
y/o de la EMSV.
- Ensayos cuyos resultados, por su transcendencia, requieran a juicio del O.C.T, de la Dirección
Facultativa y/o de la EMSV su confirmación.
Además de elaborar los informes referentes a las actuaciones expresadas en el siguiente apartado a este: 3.III
y en la 3ª FASE de este pliego, la adjudicataria entregará:
En el informe de proyecto la evaluación de todo lo especificado en el apartado 3.III y en la 1ª
FASE de este pliego, en cuanto a control de proyecto de ejecución y su relación con el Plan de
Control de Calidad y Ensayos de Materiales, con cuantificaciones del muestreo al 20% de
materiales, como del muestreo al 20% de instalaciones y conceptos para su aprobación por el
O.C.T, la Dirección Facultativa y por la EMSV.
Un informe del replanteo de pilares de garaje y de núcleos de ascensor mediante “Estación Total”
con el fin de constatar el cumplimiento de capacidad y número de las plazas de aparcamiento, de
los trasteros y de viviendas y demás elementos resultantes de la edificación, así como su ajuste a
las dimensiones del proyecto de ejecución tramitado para la obtención de la calificación
provisional de viviendas de protección pública.
Un informe de la comprobación mediante “Estación Total” del replanteo de las redes de
saneamiento colgado en plantas de sótano con el fin de constatar el cumplimiento de que todos
los tramos de la red nunca tengan o contrapendiente de escorrentía de evacuación o que se
encuentren con inclinaciones iguales o menores al 1% de la pendiente. Asegurando de esta forma
que todas las redes de Saneamiento funcionen hidráulicamente su evacuación de manera
correcta y perfecta.
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En los informes de avance de obra se incluirán los resultados de las inspecciones y de los ensayos
de materiales y de instalaciones, aportándose, en su caso, los correspondientes certificados de
garantía.
Informes de terminación de hitos de obra (acorde al Planing o Gantt de Obra).
Junto al informe final se facilitará toda la documentación técnica de apoyo al O.C.T y en relación
directa para la obtención del Seguro Decenal solicitada por la compañía correspondiente.
La adjudicataria deberá remitir copias de cuantos informes, controles y pruebas realice al O.C.T, a la EMSV, a
la empresa constructora, a CENER y a la Dirección Facultativa.
Los plazos para la entrega de esta documentación se ajustarán a lo que al respecto se contemple en el Plan
de Control de Calidad y de Ensayos de Materiales y en el planing de ejecución de obra. En su defecto, la previsión
mínima será:
- Informe de proyecto y plan de control: en el plazo máximo de 1 mes contado desde la firma de
contrato. Si en ese informe se formularan observaciones, la adjudicataria dispondría de un máximo de
25 días naturales siguientes a la notificación de las observaciones para completar o subsanar el informe
de que se trate.
- Informes de avance de obra, de ensayos de materiales, de montaje, puesta en marcha y
funcionamiento de instalaciones: en la 1ª semana de mes de cada uno de los meses de duración de la
obra a partir del primer mes de inicio de la misma.
- Informes de terminación de hitos: en el plazo máximo de 15 días naturales siguientes a la finalización
de cada hito.
- Informe final de obra: en el plazo máximo de 15 días naturales siguientes al de la entrega del informe
del último hito (terminación de trabajos de urbanización interior, acometidas de servicios en general,
remates y acabados).
- Informe final del periodo de post-venta: en el plazo máximo de 10 días naturales siguientes al de la
finalización del periodo de post-venta de la edificación de acuerdo a la oferta presentada por la
contratista adjudicataria de las obras.
Cuando la gravedad o urgencia de una incidencia requiera la inmediata comunicación con el O.C.T. y
Dirección Facultativa, ésta se realizará por el método más adecuado a la urgencia del caso: teléfono, correo
electrónico o personalmente. De esta comunicación se dará traslado a la EMSV mediante correo electrónico por
escrito para su conocimiento y efectos.
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La Entidad de Control de Calidad (E.C.C) adjudicataria conservará toda la documentación relativa a la
asistencia, pruebas y ensayos técnicos contratados (informes, correspondencia, actas de inspección, etc.) hasta
que finalice la responsabilidad decenal en los términos establecidos en la L.O.E.
3. III -. CONTENIDOS DE LOS TRABAJOS A REALIZAR.
Previamente al inicio de las obras la E.C.C adjudicataria analizará el conjunto de la documentación gráfica y
escrita que definen la Edificación 1.7.2 a realizar y de tipología constructiva N.Z.E.B.
Los trabajos objeto de este pliego son los que a continuación se detallan:
1ª FASE: CONTROL DE PROYECTO DE EJECUCIÓN. Esta fase incluye:
- Revisión del informe geotécnico para comprobar que las decisiones sobre el tipo de cimentación
adoptado son correctas, evaluando su alcance, análisis técnico y conclusiones.
- Revisión de estructura, cimentación y normativa de protección contra incendios asociada,
comprobando las acciones consideradas, la idoneidad del esquema estructural, el cálculo de los
esfuerzos, la condiciones de deformabilidad, la definición gráfica, la especificación de detalles y las
especificaciones de calidad y control. A fin de evaluar las condiciones de seguridad y comportamiento
en servicios de las estructuras proyectadas.
- Revisión de las especificaciones relativas a los cerramientos exteriores, tabiquería, cubiertas,
impermeabilizaciones, carpintería, revestimientos interiores y exteriores, acabados y urbanización de la
parcela, evaluando las soluciones técnicas propuestas desde los puntos de vista de funcionalidad, la
seguridad, la durabilidad y la definición gráfica con sus detalles.
- Revisión de los proyectos de instalaciones:
Instalación de saneamiento del edificio.
Instalación de fontanería del edificio.
Instalación térmica centralizada (ACS y climatización inverter) y suelo radiante de las
viviendas del edificio.
Ayuda producción A.C.S y calefacción. Instalación de energía solar térmica.
Instalación ventilación forzada de garaje.
Instalación protección contra incendios (PCI).
Instalación de piscina en cubierta del edificio.
Instalación de electricidad en baja tensión y en media tensión.
Instalación de energía solar fotovoltaica.
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Instalación de alimentación de vehículos eléctricos del edificio.
Instalación de calidad del aire en el interior de las viviendas del edificio (C.T.E. – D.B: HS-
3).
Instalación de recuperación del aire interior de las viviendas del edificio.
Instalación de la infraestructura común de acceso a las telecomunicaciones.
Instalación de la infraestructura común de telecomunicaciones hacia viviendas.
Instalación de monitorización de variables para la calificación de la eficiencia energética
en el edificio de tipología N.Z.B.E. (“A”). (Gestión de Consumos Edificio).
Instalación de video porteros automáticos en portales.
Instalación de aparatos elevadores en portales.
Instalación de puerta de acceso a garaje.
Analizando las hipótesis de partida, los esquemas de principio, el cálculo de los elementos de redes y
conductos, las especificaciones técnicas de materiales y componentes y la definición gráfica con sus detalles, así como
las especificaciones de control y pruebas, incluidas en el pliego de condiciones del proyecto sometido a revisión,
valorando su calidad, suficiencia y funcionalidad.
- Análisis de desglose de mediciones y presupuestos, clara descripción de unidades, criterios de medición
y valoración.
- Revisión del proyecto con el fin de asegurar el cumplimiento, en todos sus capítulos del C.T.E y demás
normativa en vigor, incorporando verificación de superficies útiles y construidas. En esta fase,
elaboración y entrega del Plan de Control de Calidad, de Ensayos de Materiales y de Ensayos de
Instalaciones.
- Redacción de un Informe Final que deje documentada la actividad de control de proyecto desarrollado.
2ª FASE: CONTROL DE MATERIALES.
Antes del inicio de las obras, y a la vista del planing de obra establecido con la empresa encomendada de la
ejecución de las obras, se acordará por el O.C.T, la Dirección Facultativa y por la EMSV el Plan de Control de Calidad,
de Ensayos de Materiales y de Ensayos de Instalaciones definitivo para el conjunto de la obra.
El licitador acreditará su laboratorio de materiales para la actividad de control de materiales que deberá
incorporar:
- Recopilación de los Certificados de Garantía de fabricante en los casos que sean exigibles por la
reglamentación de obligado cumplimiento.
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- Ejecución de los ensayos cuya realización sea obligatoria dentro del marco del control de recepción, por
la normativa de obligado cumplimiento sobre materiales o por ser exigidos en las especificaciones del
Proyecto, O.C.T, Dirección Facultativa, CENER o EMSV.
- Realización de los ensayos que sean recomendables para mantener bajo control las características de
seguridad, durabilidad, funcionalidad y mantenimiento condicionadas por el comportamiento de los
materiales y soluciones adoptadas.
3ª FASE: CONTROL DE EJECUCIÓN DE OBRA.
Se realizará un conjunto de actividades sistemáticas de inspección desarrolladas por equipos especializados
para comprobar si la ejecución de las unidades de obra es acorde con las especificaciones aplicables a las mismas,
contenidas en el proyecto o en las normas de obligado cumplimiento, con especial atención al C.T.E y en su caso las
normas técnicas de Calidad de las viviendas de protección oficial promovidas en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, aprobadas por la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes el 18 de abril de 1997, y a las
Ordenanzas Municipales de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Getafe.
Se establecerá un plan de visitas por la Entidad de Control de Calidad adjudicataria coordinada con el O.C.T,
las empresas instaladoras de la contratista principal de las obras y con los órganos reconocidos de O.C.A o E.I.C.I.,
según la unidad de obra. Para revisar la ejecución de las distintas unidades de obra, del montaje de las redes de
instalaciones, y siempre que lo requiera el O.C.T, CENER, la EMSV o la Dirección Facultativa, informando de las
anomalías observadas.
El responsable del control de ejecución de la adjudicataria asistirá al menos una vez a la semana a la reunión
oficial establecida en la obra con los representantes de la EMSV, Dirección Facultativa, O.C.T., CENER y empresa
constructora.
Las inspecciones a que se hace referencia básicamente afectan a todas las fases de ejecución e incluyen:
- Inspección Geotécnica, para comprobar que la ejecución de la cimentación es acorde con las
prescripciones del informe geotécnico.
- Inspección de la estructura de hormigón armado, comprobando en sucesivas inspecciones los aspectos
que condicionan su calidad, tales como los tiempos de encofrado y desencofrado, los procesos de
vertido, compactación y curado del hormigón, la previsión y tratamiento de las juntas de construcción,
los procesos de corte, doblado y colocación de armaduras, la identificación de elementos
prefabricados, etc. para las estructuras de hormigón y de prefabricados de hormigón visto.
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- Inspección de ejecución de los cerramientos exteriores e interiores en patios y cubiertas, carpinterías
exteriores, tabiquerías y revestimientos, a fin de comprobar los aspectos que condicionan las
características de estanqueidad y aislamiento térmico y acústico. O cualquier otra medida de tipo
“pasivo” contemplado en el proyecto de ejecución material de la edificación y relacionado
directamente con la Eficiencia Energética de la edificación, entre otros. Así como comprobación final
por ensayos de termografía del funcionamiento de la envolvente térmica del edificio.
- Inspección de Control del Montaje de las Instalaciones.
Se comprobarán las dimensiones de tuberías y conductos, las especificaciones técnicas de los equipos y
elementos básicos de las mismas y sus condiciones de ejecución y fijación.
Se comprobará su adecuación a las especificaciones del proyecto y a la normativa vigente.
Se supervisarán las pruebas que deberá realizar la empresa instaladora, previa citación, con un alcance del 20 %
como mínimo de las siguientes instalaciones:
Montaje de la instalación de saneamiento (ayuda niveles y pendientes trazados y ramales
mediante estación total topográfica por planta de sótano y semisótano). Asegurándose finalmente
el que toda la instalación sea estanca hasta la acometida a la red municipal y que toda la red esté
limpia y libre de residuos adjuntando un reportaje videográfico y fotográfico que lo ratifique.
Montaje de la instalación de fontanería (coordinación con E.I.C.I. y O.C.T.).
Montaje de la instalación de energía solar térmica (coordinación con O.C.A. y O.C.T.).
Montaje de la instalación de ventilación forzada de garajes (extracción). La ejecución de los
trabajos relativos a inspección de extracciones de humos y gases de los garajes deberá realizarse
previa acreditación OCA. Caso de no poseer dicha acreditación, la ECC que vaya a encargarse de la
ejecución de los trabajos, deberá efectuar la subcontratación oportuna.
Montaje de las instalaciones de detección y extinción de incendios (P.C.I.), coordinación con E.I.C.I.
y O.C.T.
Montaje de la instalación de la piscina en cubierta del edificio (coordinación con O.C.T.).
Montaje de la instalación de electricidad en baja tensión (coordinación con O.C.A. y O.C.T.).
Montaje de la instalación de energía solar fotovoltaica (coordinación con E.I.C.I. y O.C.T.).
Montaje de la instalación de alimentación de vehículos eléctricos.
Montaje de la instalación de calidad del aire interior de las viviendas (C.T.E. – D.B.: HS-3),
coordinación con O.C.A. y O.C.T.
Montaje de la instalación de recuperación del aire interior de las viviendas (coordinación con
O.C.A. y O.C.T.).
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Montaje de la infraestructura común de acceso a las telecomunicaciones.
Montaje de la infraestructura común de telecomunicaciones.
Montaje de la infraestructura de la instalación de monitorización (gestión de consumos).
Montaje de las instalaciones de video porteros automáticos en los portales.
Montaje de los aparatos elevadores en los portales (coordinación con O.C.A. y O.C.T.).
Montaje de la instalación de puerta de acceso a garaje (coordinación con O.C.A. y O.C.T.).
Control del montaje de ENERGIA SOLAR TÉRMICA / FOTOVOLTAICA se comprobará el
montaje de los componentes mecánicos, y de los componentes del sistema eléctrico y
de control de la instalación así como las pruebas que deberá realizar la empresa
instaladora, previa citación (y resto de los agentes intervinientes referidos en este pliego
a nivel de Instalaciones), debiendo alcanzar el 30 % de la instalación.
- Se comprobarán que todos los conductos de ventilación llegan a cubierta y que no existe posibilidad de
revoco o reflujo con aire contaminado, que todas las bajantes tienen ventilación a cubierta, que se
realizarán los aislamientos térmicos previstos en el proyecto de ejecución y que se ejecutan
adecuadamente, que se realizan los aislamientos acústicos previstos en el proyecto y que se ejecutan
adecuadamente. Se comprobará en las viviendas que el nivel de ruido provocado por la maquinaria de
ascensores, ventilación forzada, calidad del aire interior (V.M.C.), energía solar térmica, grupos de
presión, bajantes, puertas de acceso a garajes, y demás instalaciones y servicios del edificio sea inferior
al límite máximo permitido por las Ordenanzas de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Getafe y
demás normativa vigente.
- Mensualmente la empresa de control adjudicataria emitirá informes en los que se describan los
trabajos desarrollados, incidencias y soluciones adoptadas, acompañados de fotografías de las
unidades ejecutadas.
4ª FASE: PRUEBAS EN OBRA.
Como complemento de las actividades enumeradas en los apartados precedentes, se realizará una inspección
general a la finalización de la obra y se desarrollarán a modo de ejemplo algunas de las siguientes pruebas específicas:
(el alcance de los trabajos llega a la totalidad las instalaciones recogidas en el siguiente apartado a este: 3.III y en la 3ª
FASE).
- Pruebas de estanqueidad afectando a cerramientos, cubiertas y sótanos.
- Pruebas de mediciones de sonido, decibelios dB tipo A en interior de viviendas.
- Pruebas de puesta en marcha y funcionamiento de todas las instalaciones.
- Pruebas finales de estanqueidad de saneamiento e inspección de tuberías
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- Pruebas Finales de alumbrado de urbanización interior.
Una vez desarrolladas las pruebas, sus resultados quedarán documentados en informes realizados al efecto.
La dirección de la EMSV de Getafe, S.A. podrá nombrar tantos técnicos adscritos como sea necesario en cualquier
momento de las actividades que componen las fases de las obras, debiendo la E.C.C coordinarse con ellos. La función de
estos técnicos será determinada por la dirección de EMSV.
5ª FASE: ACTIVIDADES DE RECEPCIÓN DE INSTALACIONES.
Supervisión de las pruebas de funcionamiento de las instalaciones: saneamiento, fontanería, electricidad,
térmica centralizada climatización (ACS, calefacción y refrescamiento), ventilación forzada de garajes, detección y
extinción de incendios (protección contra incendios –P.CI), piscina, alimentación de vehículos eléctricos, calidad del aire
interior viviendas (C.T.E. – D.B: HS-3), recuperación del aire interior viviendas, telecomunicaciones, monitorización
(gestión de consumos), vídeo porteros automáticos, aparatos elevadores, puerta de acceso a garaje. Sujetas a control
técnico de los trabajos de ejecución, realizado por muestreo durante la ejecución y período de montaje de las
instalaciones, mediante visitas de inspección.
Una vez concluido el montaje y puesta a punto de los diversos elementos de la instalación y de acuerdo con las
normas vigentes al respecto, se procederá a la supervisión de las pruebas con las diferentes empresas instaladoras. Para
llevar a cabo estas pruebas de funcionamiento, es necesario que el inmueble disponga de suministro de agua y energía
eléctrica, pudiendo ser este de carácter provisional.
La empresa instaladora deberá haber concluido totalmente el montaje de todos los elementos de la instalación,
con sus pruebas y ajustes, cumplimentando los protocolos de pruebas del OCT.
Los equipos y sistemas deberán estar conectados a la red de alimentación eléctrica o de suministro de agua en su
caso.
Personal técnico de la E.C.C. comprobará junto con la empresa instaladora, O.C.A o E.I.C.I. y O.C.T mediante un
muestreo de al menos el 30 % de las instalaciones, el funcionamiento de los siguientes elementos:
- Instalación de fontanería.
- Instalación de saneamiento.
- Instalación eléctrica en zonas privadas, B.T.
- Instalación eléctrica zonas comunes, B.T y M.T.
- Instalación de climatización y suelo radiante.
- Instalación de producción y acumulación de agua caliente sanitaria (ACS). Se realizará el control del 100
% de los elementos centralizados y un muestreo del 20 % de los dispositivos de producción y
acumulación privados.
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- Instalación de calidad del aire-ventilación en interior de viviendas (C.T.E. – D.B: HS-3).
- Instalación de ventilación forzada de garaje (extracción).
- Instalación de detección y extinción de incendios. Para llevar a cabo las pruebas de estas instalaciones
de P.C.I., será necesario que la central de detección disponga de alimentación eléctrica y la empresa
instaladora haya comprobado el funcionamiento de los detectores y su correcta identificación en la
central. De igual forma se habrá realizado la puesta en marcha del grupo de presión de P.C.I., y se habrá
comprobado el funcionamiento de las B.I.E´s. La E.C.C probará con la presencia y colaboración de los
agentes intervinientes mencionados al menos el 50 % de los aparatos instalados.
- Instalación de video porteros automáticos.
- Instalación de acceso a las telecomunicaciones.
- Instalación de infraestructura común de telecomunicaciones.
- Instalación de monitorización (gestión de consumos).
- Instalación de alimentación eléctrica de vehículos en garaje.
- Instalación de depuración de piscina.
- Instalación de puerta de garaje.
- Instalación de aparatos elevadores.
- Supervisión de las pruebas de funcionamiento de la instalación de energía solar térmica.
- Supervisión de las pruebas de funcionamiento de la instalación de energía solar fotovoltaica.
6ª FASE: PERIODO DE POST-VENTA EDIFICIO 1.7.2.
El plazo de tiempo de este periodo queda supeditado a la oferta que realice y firme la contrata de las obras que
sea adjudicataria del concurso de obras y por el mismo concepto de periodo de post-venta.
En este periodo la E.C.C. deberá responder ante cualquier requerimiento formalizado por parte de EMSV para la
realización de cualquier tipo de espectro o de abanico de trabajos de realización de pruebas o de supervisión de control
de calidad en las obras de reparación que sean de obligado cumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de las
obras.
La ejecución de los trabajos comentados y su alcance en forma de número o de cantidad, serán los necesarios que
completen la certificación de la calidad de la ejecución de reparaciones y de la constatación mediante pruebas que
confirmen la correcta ejecución de estas y que sean necesarios. Sólo contemplándose la obligatoriedad por parte de
asistencia técnica de la E.C.C. en el abanico de casos o de expedientes que se encuentren en estado abierto en EMSV y
que provengan en origen tales expedientes derivados por desacuerdos y de reclamaciones procedentes por parte de la
comunidad de propietarios en zonas comunes; como así mismo por respuesta inmediata de EMSV por desacuerdos y de
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reclamaciones procedentes por parte de usuarios finales de vivienda en el inmueble y en consecuencia en zonas
privativas de este.
3. IV -. CONDICIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES PARTICULARES DE LA INTERVENCIÓN.
A) Todos los trabajos se diseñarán y ejecutarán conforme a los reglamentos, prescripciones administrativas y normas
técnicas en vigor en el lugar donde se encuentre la construcción.
B) En caso de utilización de materiales o sistemas constructivos no tradicionales para el lugar donde se efectúa la
construcción, pueden solicitarse a los constructores justificantes o pruebas previas, si la E.C.C lo estima necesario
y con el visto bueno del O.C.T, la Dirección Facultativa y de la E.M.S.V., con el fin de poder informar a la compañía
de seguros. Se entiende por método nuevo, aquel método que no puede depender de las técnicas codificadas de
albañilería, hormigón y hormigón armado vertido in situ, y por material nuevo, todo material que entra en la
composición de la construcción, y cuyo uso no haya sido aún introducido en el país o no esté suficientemente
experimentado.
C) El inicio de los trabajos comenzará a partir de la firma del presente contrato, concluyendo a la entrega por parte
de la E.C.C del informe de finalización de los trabajos.
D) Los expedientes serán conservados por la Entidad de Control de Calidad hasta la expiración del Seguro Decenal o,
en otro caso, del fijado como plazo de garantía en la póliza de seguros.
E) La Entidad de Control de Calidad se compromete a:
- Guardar estricto secreto profesional sobre la información de naturaleza confidencial de la que pudiera
tener conocimiento en el marco de su misión.
- Hacer respetar a su personal los reglamentos de seguridad y disciplina en vigor en la obra.
- Cumplir su misión con la diligencia requerida, conforme a los usos profesionales reconocidos, y a aplicar
los medios apropiados. Aporta su cuidado y su competencia en la prestación de servicios confiados habida
cuenta del estado de la técnica.
- Responder de sus faltas, errores u omisiones en el cumplimiento de su misión.
F) La EMSV se compromete a:
- Informar de los trabajos encomendados a los a los intervinientes interesados señalándoles la obligación de
atender las consultas de sus inspectores, y permitiéndoles el libre acceso a obras y talleres en condiciones
de seguridad satisfactorias.
- Designar a la persona o personas que le representen ante la Entidad de Control de Calidad.
- Indicar a la Entidad de Control de Calidad el uso preciso al que se destinan las obras sobre las que ejercerá
su misión, así como las condiciones particulares inherentes al mismo, tales como cargas de uso,
características de los materiales a almacenar, etc.
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- Suministrar o hacer suministrar a la Entidad de Control de Calidad gratuitamente y en tiempo útil, un
ejemplar del proyecto y demás documentos e informaciones necesarios para el ejercicio de su misión.
- Notificar cualquier modificación, referente al proyecto, presupuestos, plazos de ejecución y programas de
construcción, proporcionándole los documentos administrativos necesarios para el establecimiento de sus
facturas y, en particular, las certificaciones parciales y final.
- Prevenir, en tiempo útil, de las fechas previstas para la recepción de las obras.
- Pago de honorarios debidos en la forma y condiciones pactadas en este contrato.
IV.- FORMA DE LICITACIÓN Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.-
La presente licitación se realiza mediante procedimiento abierto. Se tendrán en cuenta diversos criterios de adjudicación
para determinar la oferta más ventajosa, todos ellos enumerados en el presente pliego.
V.- TIPO DE LICITACIÓN.-
Se trata de una licitación para la contratación de los servicios por los trabajos de Control de Calidad de las obras
correspondientes a la ejecución de una edificación en la Parcela 1.7.2, ámbito AA-01 “El Rosón” en Getafe.
El presupuesto base de licitación consignado para los servicios de Control de Calidad asciende a la cantidad de:
131.427,00 € sin incluir IVA.
Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación
vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole.
El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación y se tratará de una cantidad alzada, fija, cerrada y no
revisable. Así como en ningún caso superará el presupuesto total consignado. El precio del contrato figurará en cada oferta
desglosado.
Los licitadores podrán igualar el presupuesto tipo o bien mejorarlo a favor de la EMSV de Getafe, S.A., no siendo válida la
proposición que contenga una oferta económica superior al presupuesto base de licitación ni tampoco aquella que suponga
una baja superior al 30 % del presupuesto base de licitación.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas comprenden solamente la base, debiendo aplicársele en su momento, el
importe del Impuesto sobre Valor Añadido. Las proposiciones expresarán el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida
independiente.
VI- PRECIO.-
6. I -. Precio “a tanto alzado”.
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El precio se pacta con el carácter de precio alzado, fijo y cerrado y, en consecuencia no experimentará variación
alguna, aunque varíe el coste de la mano de obra, ensayos de laboratorio o informes, tampoco por variación de los gastos
generales del adjudicatario o cualquier otro gasto o coste.
Los honorarios del contrato se establecen a tanto alzado, y comprenden la totalidad de los gastos que tenga que hacer
la empresa consultora para la realización del objeto del contrato regido por este pliego, hasta su recepción por la E.M.S.V.
de Getafe, S.A., incluso la parte correspondiente de sus gastos generales y beneficio industrial e igualmente se entienden
comprendidos los impuestos vigentes. A título puramente indicativo, se hace constar que el presupuesto base de
licitación de los honorarios correspondientes a la prestación de los contratos de consultoría y asistencia de referencia, se
estiman en el importe de: 131.427,00 € sin incluir IVA.
6. II -. Revisión de precios.
Se excluye expresamente la revisión de precios, salvo las exigibles expresamente en la ley.
VII.- REGIMEN DE PAGOS.-
Como quiera que el desarrollo del trabajo requiera la entrega de los informes que se especifican en el presente pliego en
distintos momentos antes y a lo largo de la ejecución de la obra, la facturación de los trabajos se realizará aplicando los
tantos por ciento parciales correspondientes a la entrega de los informes, de la siguiente forma:
25% a la entrega del Informe Final de Proyecto y Plan de Control de Materiales e Instalaciones.
15% a la entrega del Plan de Ensayo de Materiales y de Control del Funcionamiento de Instalaciones.
10% a la entrega del Informe Noveno Mensual de Avance de la Obras.
10% a la entrega del Informe correspondiente en el hito nº: 12 de la secuencia de ejecución de las
obras.
10% a la entrega del Informe de Pruebas en Obra.
20% a la entrega Informe Final de Obras.
10% a la entrega Informe Final de Post-Venta.
7. I -. Plazo de pago.
El abono se realizará a los 30 días de la fecha de ingreso por registro de entrada de E.M.S.V de la factura
correspondiente, con el visto bueno del Área Técnica de la E.M.S.V. de Getafe S.A.
En ningún caso la cifra total reflejada en la cuenta por cada uno de los conceptos que figure en el programa de trabajo,
será superior a la que corresponda a los tantos por ciento señalados en el mismo y que representen el valor que se ha
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asignado a cada uno de ellos, en el supuesto de que los trabajos se encuentren terminados a entera satisfacción de la
E.M.S.V. de Getafe, S.A.
VIII.- EJECUCIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.-
8. I -. CONDICIONES A QUE HA DE AJUSTARSE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Las condiciones detalladas a que ha de ajustarse la ejecución del contrato son las recogidas en el presente pliego.
8. II -. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS DE SERVICIOS.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su
interpretación diera al consultor la E.M.S.V. de Getafe, S.A.
Las citadas instrucciones serán dadas al consultor por técnico designado por E.M.S.V., con titulación adecuada y
suficiente, directamente responsable de la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización de los mismos.
8. III -. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Para las posibles modificaciones del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 219 TRLCSP.
IX.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
El consultor será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios
realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la E.M.S.V. de Getafe, S.A. o para terceros de las omisiones,
errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El consultor está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social y de
prevención de riesgos laborales.
X.- PROGRAMA DE TRABAJO.-
El contrato tiene por objeto la realización de los trabajos de servicios que se han indicado en los apartados II y III del
presente pliego.
XI.- PLAZO DE EJECUCIÓN.-
Los trabajos de la E.C.C durante la ejecución y de los materiales de la obra, se realizarán en el curso de la duración de
la misma, según el programa y plazos marcados por la Dirección Facultativa.
La empresa adjudicataria presentará los documentos correspondientes al trabajo contratado en los plazos máximos
parciales y finales, establecidos en su programa de trabajo, incluido en la proposición que presente a licitación, contados a
partir del día siguiente al de la firma del contrato, que se considera como fecha oficial de comienzo de los trabajos.
El plazo máximo propuesto por la empresa adjudicataria para las entregas parciales y final del trabajo será considerado
como término de los plazos establecidos a los efectos de aplicación de lo dispuesto sobre penalidad por mora. En
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consecuencia, si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el consultor hubiera incurrido en mora por causas
imputables al mismo, la E.M.S.V. de Getafe, S.A. podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la
garantía o por la imposición de las penalidades establecidas en el art. 212 y ss. TRLCSP.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que
pueda tener derecho la E.M.S.V. de Getafe, S.A., originados por la demora del consultor.
En todo caso, la constitución en mora del consultor no requeriría intimación previa por parte de la E.M.S.V. de Getafe,
S.A. (Art. 212.3 TRLCSP).
Durante la realización de las distintas fases, la E.C.C. deberá facilitar al Director del Proyecto cualquier información
solicitada por éste y acorde con el estado de desarrollo del trabajo con un plazo máximo entre solicitud y entrega de 5 días
hábiles.
XII.- PLAZO DE GARANTÍA.-
El plazo de garantía a que se refiere el presente pliego será hasta la finalización del período de post-venta ofrecido por la
adjudicataria del contrato de obras. La garantía procedente de la retención de los pagos se devolverá una vez obtenida la
póliza de Seguro Decenal debidamente en vigor y tras la finalización de periodo de post-venta.
XIII.- DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA.-
13. I -. DISPOSICIONES GENERALES.
El presente Pliego se basa en las disposiciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y, en cuanto no se encuentre derogado por
ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto
1098/2001, de 12 de octubre.
13. II -. REQUISITOS DE CAPACIDAD.
Podrán contratar con la EMSV de Getafe, S.A. las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo
plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP,
extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del
contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos
personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
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Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante
certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento
General de la LCAP.
Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión
Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa
acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que
actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así
como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 TRLCSP.
13. III -. CAPACIDAD DE OBRAR.
13. III.1 -. Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el
Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo
fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que
se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial, así como el Código de Identificación
Fiscal (C.I.F), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia
compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del
licitador en el momento de la presentación de la proposición.
13. III.2 -. Si se trata de empresario individual, el D.N.I. o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en
copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario
habilitado para ello.
13. III.3 -. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro
profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión
Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la
prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una
autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate,
deberán acreditar que cumplen este requisito.
13. III.4 -. Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión
Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar,
previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su
defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del
contrato.
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Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General
de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo
sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a
regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
Estas empresas deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o
representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil.
13. III.5 -. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
13. IV -. BASTANTEO DE PODERES.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán
acompañar también poder acreditativo de su representación declarado bastante por un órgano competente, todo ello en
original o copia compulsada.
Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o
representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá
figurar inscrito en el Registro Mercantil.
13. V -. DECLARACIONES RELATIVAS A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA
CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el ANEXO IV del presente pliego, de que el empresario, si se
tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el
firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas
en el artículo 60.1 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo.
13. VI -. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESARIOS.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la EMSV de Getafe SA, deberán
presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de
compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada
uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y
la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y
cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de
cada una de las empresas que componen la unión.
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Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se
acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el
régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP.
Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no
comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación como contratistas y los últimos
su solvencia económica y financiera y técnica.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en
escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será
coincidente con la del contrato, hasta su extinción.
XIV.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA Y MEDIOAMBIENTAL.-
Deberán tener colaboración con un laboratorio acreditado en la Comunidad de Madrid que tenga las acreditaciones
de las áreas siguientes:
Grupo de áreas de hormigón estructural EH: EHA.b; EHA.b+c (1, 2, 3, 4,5).
Grupo de áreas de geotecnia GT: GTC.b; CTL.b+c (1, 2,3).
Grupo de áreas de estructuras de acero EA: EAS. b+c.
Grupo de áreas de materiales de albañilería AM: AFC.b; AFH.b; APC.b; APH.b; AMC.b.
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones
técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre
concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras (art. 56.1 TRLCSP).
Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica:
- La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación de cualquiera de las formas recogidas en el
artículo 75 TRLCSP.
- Para la acreditación de la solvencia técnica se deberá aportar cualquiera de las formas recogidas en el artículo 78
TRLCSP, así como la documentación que se relaciona en este pliego.
Todas las empresas licitadoras deberán aportar como mínimo los documentos siguientes:
- Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de
adscripción o dedicación de los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato.
- Solvencia técnica y profesional; deberá acreditarse mediante la aportación de los siguientes documentos:
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- Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que
ésta disponga para los trabajos de servicios, especialmente los responsables del control de calidad,
acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del
responsable o responsables de los servicios de control.
- Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el
contrato.
- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante
los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para el desarrollo del
contrato de servicios de control, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
Las ofertas de aquellos licitadores que no cumplan con los requisitos expresados serán declaradas excluidas de la
licitación.
Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones, así como una dirección de correo
electrónico, un número de teléfono y un número de fax.
XV.- GARANTIA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.-
De acuerdo con lo establecido en el artículo 103 TRLCSP, los licitadores deberán constituir garantía provisional por
importe equivalente al 3% del presupuesto base de licitación (IVA excluido): 3.942,81 €.
En caso de resultar adjudicatario, en virtud de lo establecido en el art. 95 de TRLCSP, se constituirá una garantía definitiva
del 10% del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido, y se constituirá en dos partes, a saber:
1º) Un aval, conforme al modelo del ANEXO II de este pliego que, con renuncia expresa a los derechos de excusión y división
y ejecutable al primer requerimiento, cubra el 5% del importe de la adjudicación, la cual deberá constituirse, de acuerdo con
las normas establecidas en el artículo 96.1.b) TRLCSP, mediante aval emitido por entidad bancaria, Cooperativa de Crédito,
establecimientos financieros de crédito y sociedad de garantía recíproca autorizadas para operar en España, excluidos los
beneficios de excusión y división (art. 97 TRLCSP) y se depositará ante EMSV de Getafe, S.A. Dicho aval contendrá la
posibilidad de ser ejecutado parcialmente sin gastos ni comisiones.
2º) El resto de la garantía hasta cubrir el total porcentaje sobre el precio de la adjudicación, mediante retención en cada
factura del 5% de su importe, (IVA excluido), correspondiente a la entrega de cada informe de acuerdo al programa de
trabajo y de conformidad con lo dispuesto en el art. 96.2 TRLCSP.
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La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse con carácter previo a la elevación a definitiva de la
adjudicación de la licitación. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, facultará a la EMSV de
Getafe, S.A. a declarar decaída la adjudicación a su favor según lo previsto en el art. 99 de TRLCSP.
La garantía provisional será devuelta, previa solicitud, a los licitadores tras la formalización del contrato. En todo caso la
garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas
que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
XVI.- FORMA DE LAS PROPOSICIONES.-
La presentación de proposiciones presume por parte del empresario la aceptación incondicionada de las cláusulas de este
pliego, sin salvedad alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para
contratar.
Cada licitador sólo podrá presentar una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes según se establece en el
apartado XX siguiente. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la no admisión, sin más trámites, de todas las
proposiciones suscritas por la persona física o jurídica afectada.
Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres, denominados “A”, “B” y “C” respectivamente.
EL SOBRE “A” incluirá la DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Se identificará mediante la inscripción siguiente: “SOBRE A: Documentación Administrativa para la licitación para la
contratación de los servicios de Control de Calidad de las actuaciones promovidas por la EMSV de Getafe, en la parcela 1.7.2
del Ámbito AA-01 El Rosón, Getafe”, y deberá contener la siguiente documentación:
Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de
la proposición, consistentes en:
Solicitud de participación y compromiso de aceptación del Pliego de Condiciones.
Fotocopia compulsada de la Escritura de Constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro
Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica, así como fotocopia compulsada del documento oficial de
identidad y los poderes del firmante de la proposición.
Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones, tributarias y con la Seguridad
Social. En caso de resultar adjudicatario estas circunstancias deberán acreditarse antes de la adjudicación definitiva.
Declaración responsable de licitador haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para
contratar, enumeradas en el Art. 60 TRLCSP.
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La documentación que procede aportar para acreditar la solvencia financiera recogida en la estipulación XIV del
presente pliego.
Garantía provisional mediante aval.
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil.
Documentos acreditativos de la Solvencia Técnica y Profesional.
Certificado de la Seguridad Social acreditando el número de trabajadores dados de alta en la Empresa, señalando
cuántos son contratos por tiempo indefinido y cuántos están contratados con carácter temporal o, en su caso,
declaración responsable de la dirección de la empresa, así como resguardo de haber solicitado el documento que
antecede.
Alternativamente se podrá acreditar el porcentaje de trabajadores con carácter fijo mediante la presentación de las
relaciones TC 2 de la mensualidad anterior al inicio de la licitación. En dicha relación, deberán identificarse todos los
trabajadores que vayan a tener su puesto de trabajo de forma exclusiva en la obra objeto del contrato.
EL SOBRE “B” incluirá la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Se identificará mediante la inscripción siguiente: “SOBRE B: Documentación Técnica para la licitación para la contratación
de los servicios de Control de Calidad de las actuaciones promovidas por la EMSV de Getafe, en la parcela 1.7.2 del Ámbito
AA-01 El Rosón, Getafe”, y deberá contener la siguiente documentación:
a) Relación nominal mediante documento oficial del personal fijo de la empresa, así como del personal que
intervendrá en la realización de los trabajos, objeto de este pliego, haciendo constar si su dedicación a los mismos
será completa o de asesoramiento y si su afección a la empresa es de modo permanente, indicando sus
antecedentes profesionales en relación a las materias de las que se responsabilicen, con un mínimo de
especialistas en control de calidad de:
- Un especialista en geotecnia.
- Un especialista en estructuras.
- Un especialista en cerramientos, cubiertas y acabados.
- Un especialista en instalaciones y Un especialista en instalaciones de energías renovables.
Que deberán poseer una experiencia de más de tres años en la especialidad y titulación de geólogo, arquitecto o
ingeniero, técnico o superior.
b) Acreditación de las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la
empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
c) La empresa adjudicataria designará la persona que ostentará la representación de la misma, con expresión de su
nombre y apellidos, teléfonos de contacto, fax, dirección de correo electrónico y domicilio a efecto de
notificaciones, a los efectos de este contrato.
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d) Relación de medios auxiliares que el licitador se compromete a utilizar, indicando los que posea en propiedad y
los que prevea adquirir o alquilar.
e) Programa de trabajo, con indicación en su caso, de las fechas de terminación de aquellos trabajos parciales,
comprendidos en el contrato de Servicios objeto de este Concurso y cuyos plazos son idénticos al de las obras,
estimado en 18 meses.
El programa de trabajo, con formato A-4 similar al que figura en los Anexos del presente Pliego, constará además
de una memoria, en la que se expondrá sucinta y claramente la metodología que se utilizará en el desarrollo de
los trabajos y se definirán y concretarán todos y cada uno de los que se compromete a realizar el licitador con
arreglo al Pliego de Prescripciones Técnicas, adjuntándose una propuesta alternativa a la que figura en el
proyecto de ejecución del Plan de Control de Calidad para las obras.
f) Declaración de las medidas adoptadas por la empresa consultora para controlar la calidad, así como los medios de
estudios y de investigación de que dispongan.
g) El licitador deberá aportar declaración jurada relativa a la veracidad de todos los datos presentados.
h) Acreditación, donde conste que la empresa de control está aceptada para operar como Entidad de Control de
Calidad debidamente homologada, sin limitaciones de presupuesto, sistemas estructurales y constructivos,
composición volumétrica de edificación y geotécnica del suelo.
Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de
una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos
los datos aportados. La E.M.S.V. se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la
adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición
al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos
provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así
como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
EL SOBRE “C” incluirá la PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Se identificará mediante la inscripción siguiente: “SOBRE C: Proposición Económica. Para la licitación para la contratación
de los servicios de Control de Calidad de las actuaciones promovidas por la EMSV de Getafe, en la parcela 1.7.2 del Ámbito
AA-01 El Rosón, Getafe”, y deberá contener la siguiente documentación:
a) Proposición económica constituida por la OFERTA, según modelo expresado en el ANEXO I de este Pliego, a TANTO
ALZADO y justificación de la misma. Dicha proposición se presentará sin omisiones, errores o tachaduras. No se
aceptarán aquéllas que impidan conocer claramente todo aquello que la E.M.S.V. de Getafe, S.A. estime fundamental
para considerar la oferta.
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b) Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
La contravención de este principio producirá la desestimación de todas las propuestas por él presentadas.
c) Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden solamente la base, debiendo aplicársele en su momento, el
importe del impuesto sobre el valor añadido.
d) Justificación de la oferta y distribución de su importe y cuadro de precios de acuerdo con lo previsto en el
correspondiente pliego.
XVII.- RIESGO Y VENTURA.-
De acuerdo con lo que establece el artículo 215 del TRLCSP, la ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del
contratista, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 231 del TRLCSP para casos de fuerza mayor.
XVIII.- GASTOS, TRIBUTOS Y GESTIONES.-
Todos los gastos que sean necesarios para la realización de los trabajos que son objeto de la presente licitación serán
satisfechos por la E.C.C sin que ello signifique aumento del precio pactado. Serán en cualquier caso por cuenta de la E.C.C los
gastos de desplazamiento de personal y maquinaria, así como los acarreos de materiales dentro de la obra.
Tanto en las proposiciones que presenten los licitadores, como en el precio del contrato se entenderán comprendidos a
todos los efectos los impuestos, derechos y tasas que sean consecuencia de los mismos, incluido el importe del Impuesto
sobre el Valor Añadido. El importe del Impuesto sobre el Valor Añadido se calculará sobre el presupuesto de adjudicación.
Así mismo el adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios de licitación, formalización del contrato y tributos que
procedan como consecuencia del mismo y, en general, de todos los gastos que se deriven del contrato y de su formalización.
XIX.- VALIDEZ DE LA OFERTA PRESENTADA.-
Los licitadores se comprometen a mantener la validez de la oferta presentada al menos durante seis meses desde la
presentación de la misma.
XX.- SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN.-
- CESIÓN DEL CONTRATO
En caso de que se produjera la cesión del contrato, se estará a lo dispuesto en el art. 226 TRLCSP.
- SUBCONTRATACIÓN
Los trabajos objeto del presente pliego serán ejecutados directamente por el adjudicatario, sin que se admita la
subcontratación de los mismos en porcentaje mayor y hasta un 40% máximo.
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Cuando el adjudicatario incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.2 TRLCSP o el
límite máximo especial establecido para la subcontratación se impondrá la penalidad regulada en el artículo 227.3 TRLCS, con
sujeción a lo siguiente:
Como regla general, su cuantía será de un 5% del importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de
contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el
máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento se tendrá en cuenta para valorar la
gravedad.
Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al
contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 212.8 TRLCSP.
La celebración de los subcontratos deberá someterse a los requisitos establecidos en el artículo 227 TRLCSP, que, entre
otros, son los siguientes:
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe,
y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los
subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
En todo caso, el contratista, previo comienzo de los trabajos, deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la
Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la
prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste
para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, o bien por tener la
clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación. La acreditación de la aptitud del
subcontratista podrá realizarse inmediatamente.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad
de la ejecución del contrato frente a la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, con arreglo estricto a estos
pliegos y a los términos del contrato. El conocimiento que tenga la E.M.S.V. de Getafe de los subcontratos celebrados no
alterará la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para
contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 TRLCSP.
XXI.- PÓLIZAS DE SEGUROS.-
La empresa adjudicataria dispondrá de una Póliza de Responsabilidad Civil que cubra los riesgos de explotación,
patronales y profesionales dimanados de su actuación profesional con validez hasta cinco años tras la finalización de los
trabajos.
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XXII.- RÉGIMEN DE SANCIONES.-
El adjudicatario estará obligado a cumplir los plazos que se fijen dentro del plan de trabajo, informes, inspecciones,
facturación y recepciones.
Si por causas imputables al adjudicatario se incurriera en mora, la EMSV podrá optar indistintamente por la resolución
del contrato o por la imposición al Adjudicatario de penalizaciones del CINCO por mil del importe de la adjudicación por día
natural de retraso.
En todo caso, si las penalidades por demora alcanzaran el 20% del presupuesto total del servicio la EMSV podrá
proceder, sin más trámite que la comunicación a la adjudicataria, a la resolución del contrato
XXIII.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.-
Se utilizarán los criterios siguientes, con las ponderaciones por orden de importancia:
23.1.- Proposición Económica: 60 Puntos.
Se considerarán como bajas desproporcionadas o anormales y serán desestimadas aquellas que supongan una baja
superior al 30 % del presupuesto base de licitación.
La oferta económica, una vez comprobada su coherente estructuración, se puntuará de cero (0) puntos a sesenta (60)
puntos. Correspondiendo cero (0) puntos al Presupuesto de Licitación, treinta (30) puntos a la Baja Media aritmética de las
ofertas presentadas y sesenta (60) puntos a la Oferta más Baja.
Las ofertas con presupuestos comprendidos entre el presupuesto de licitación (0 puntos) y la baja media (30 puntos) se
obtendrán por interpolación lineal obtenida entre las puntuaciones correspondientes a ambas.
Las ofertas con presupuestos comprendidos entre la baja media (30 puntos) y la oferta más baja (60 puntos), se
obtendrán por interpolación lineal entre las puntuaciones correspondientes a ambas.
23.2.- Valoración técnica de la oferta: Un total de 40 Puntos.
La documentación técnica presentada se puntuará de cero (0) a cuarenta (40) puntos, con el siguiente desglose:
23.2.a.- Control de Ejecución: Se valorará hasta un máximo de veinte (20) Puntos.
La propuesta técnica presentada en lo que se refiere al Control de la Ejecución de las obras, en sus aspectos de:
- CIMENTACIÓN y ESTRUCTURA. (3) Puntos.
- ESTANQUEIDAD DE FACHADAS, CUBIERTAS y SÓTANOS. (3) Puntos.
- PARTICIONES y PREFABRICADOS. (3) Puntos.
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- REVESTIMIENTOS y S.A.T.E. (3) Puntos.
- PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO y PUESTA EN MARCHA DE LAS INSTALACIONES. (3) Puntos.
- ANÁLISIS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA del EDIFICIO TERMINADO, (Medidas Pasivas y Medidas
Activas). (3) Puntos.
- ANÁLISIS DE ACABADOS POR VIVIENDA y GRADO DE CUMPLIMIENTO DE FICHAS DE POSTVENTA,
(Plan de Atención de Garantía), INCLUYENDO ZONAS COMUNES. (2) Puntos.
Se valorará teniendo en cuenta:
- Programación de los trabajos.
- Documentación a elaborar (según modelos aportados por el ofertante).
- La Relación de Medios humanos y materiales propuestos.
23.2. b.- Control del Proyecto: Se valorará hasta un máximo de diez (10) Puntos.
La propuesta técnica presentada en lo que se refiere al control del proyecto (Plan de Ensayos y mejoras al mismo) en
sus aspectos de:
- ESTUDIO GEOTÉCNICO.
- CIMENTACIÓN y ESTRUCTURA.
- ESTANQUEIDAD DE FACHADAS, CUBIERTAS y SÓTANOS.
- INSTALACIONES.
- ACABADOS.
Se valorará teniendo en cuenta:
- Programación de los Trabajos. (4) Puntos.
- Documentación a elaborar, (según modelos aportados por el ofertante). (3) Puntos.
- La Relación de Medios humanos y materiales propuestos. (3) Puntos.
23.2. c.- Control de Materiales: Se valorará hasta un máximo de cinco (5) Puntos.
Se valorará como sigue:
- La capacidad, medios y experiencia del laboratorio propuesto. (1) Punto.
- La relación de ensayos y controles de materiales a efectuar de acuerdo al Plan de Control que se
Propone (2) Puntos.
- La realización de ensayo de infiltraciones “Blower Door Test” en 2 viviendas Edificio 1.7.2. (1) Punto.
- La realización de Ensayos Termográficos a la envolvente térmica del Edificio 1.7.2. Según solicitudes
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del centro nacional de energías renovables (CENER). (1) Punto.
23.2. d.- Realización de Informes y Mejora en los tiempos de la entrega de estos:
Se valorará hasta un máximo de cinco (5) puntos.
Se valorará como sigue:
- Mejoras en la realización de informes: tres (3) Puntos.
- Mejoras en los tiempos de la entrega de informes: dos (2) Puntos.
XXIV.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
- RESOLUCIÓN DE DISCREPANCIAS.-
En el caso de que se produzcan discrepancias de criterios técnicos, tanto en la definición de las unidades de obra de
proyecto como en la ejecución de las mismas, entre la E.C.C y el autor del proyecto y/o la dirección facultativa, estas se
resolverán mediante un dictamen arbitral efectuado por tercera persona designada de común acuerdo por ambas partes y
que tenga el visto bueno de la E.M.S.V., y que será reconocido a todos los efectos en los informes a emitir o dará lugar a las
modificaciones de proyecto o ejecución necesarias en su caso.
- EXTINCIÓN DEL CONTRATO. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN-
El cumplimiento del contrato se produce mediante la recepción de los trabajos y su liquidación. Estas se regularán
conforme a lo dispuesto en los arts. 221 y siguientes TRLCSP.
Este contrato podrá extinguirse por cualquiera de las causas de resolución previstas en los arts. 223 y 231 TRLCSP y en
especial las siguientes:
a) El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente pliego.
b) El incumplimiento del plan de trabajo.
c) El incumplimiento de los plazos por causas imputables al adjudicatario.
d) La suspensión definitiva de las obras acordada por la EMSV.
e) Las previstas en la Ley y Reglamento de Contratación del Estado y Contratación Local.
f) El mutuo acuerdo entre las partes.
XXV.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD.-
Los adjudicatarios aceptan expresamente que ninguno de los documentos presentados a la licitación pueda ser
considerado confidencial.
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XXVI.- PLAZO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LOS PLIEGOS.-
Los licitadores podrán solicitar información adicional, aclaraciones sobre los pliegos o documentación complementaria
hasta los 7 días naturales anteriores a la fecha límite de presentación de ofertas. Dichas aclaraciones podrán contestarse
mediante correo ordinario, y preferentemente por correo electrónico.
XXVII.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.-
Lugar y Plazo de Presentación.- Las proposiciones, se presentarán en el domicilio de la EMSV de Getafe, S.A. Plaza Obispo
Felipe Scío Riaza, nº 2 – 1º – CP.28901 Getafe (Madrid), en mano, por registro de entrada de la Empresa, en horario de lunes
a viernes, de 9 a 14 horas, durante 20 días naturales contados desde la fecha de la publicación de la licitación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
También podrán presentarse proposiciones por correo o empresas de mensajería, en cuyo caso el interesado deberá
acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de correos o empresa de
mensajería y anunciar el mismo día al a EMSV, mediante medio que acredite su envío y recepción, la remisión de la
proposición. Sin cumplir tales requisitos, no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado
en el anuncio de licitación.
No obstante, transcurridos 3 días hábiles desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna
proposición enviada por correo o empresas de mensajería.
El registro acreditará la recepción de la referida comunicación con indicaciones del día de su expedición y recepción, en el
libro de registro correspondiente.
XXVIII.- MESA DE CONTRATACION.-
La Mesa de Contratación estará constituida del modo siguiente:
Presidente: El Gerente de la EMSV de Getafe, S.A., o persona en quien delegue.
Vocal: Un director de área, un responsable de departamento o un técnico del área técnica designado por el Gerente de la
EMSV de Getafe, S.A.
Secretario y Asesor Jurídico de la mesa: Un letrado designado por el Gerente de la EMSV de Getafe, S.A.
XXIX.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL POR LA MESA DE CONTRATACIÓN.-
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la
documentación administrativa presentada por los licitadores en los sobres A en sesión no pública, y si observara defectos
formales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días hábiles
para que el licitador los subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no
subsanables se rechazará la proposición.
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Los requerimientos y/o comunicaciones que realice la Mesa de Contratación a los licitadores podrán realizarse al
domicilio, correo electrónico o fax señalado por el licitador para la práctica de notificaciones, utilizándose preferentemente
las comunicaciones mediante correo electrónico, de tal manera que pueda acreditarse su envío a los mismos. La
presentación de documentación para la subsanación de los defectos comunicados deberá presentarse bien en persona a
través del Registro de la EMSV de Getafe, S.A., o bien vía fax, debiendo en este caso ser confirmada su recepción por la Mesa
de Contratación.
XXX.- APERTURA DE PROPOSICIONES POR LA MESA DE CONTRATACIÓN.-
En el acto de examen de las proposiciones o, en su caso, una vez transcurrido el plazo de subsanación, la mesa de
contratación declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos
previos y convocará a todos los participantes al acto público de apertura de los sobres que contengan la documentación
relativa a factores que requieran un juicio de valor (sobres B: Documentación Técnica), que se celebrará, previa comunicación
a los licitadores que hayan presentado ofertas, en las oficinas de la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe
(Plaza Obispo Felipe Scío Riaza, nº 2, 1º, - Getafe – 28901 – Madrid), invitando a los asistentes a formular observaciones que
se recogerán en el Acta.
Tras la apertura de los sobres B la mesa de contratación remitirá al área técnica la documentación contenida en los
mismos para el estudio de comprobación y valoración de los mismos, pudiendo pedir los informes que resulten precisos para
dicha valoración.
Una vez tabuladas las proposiciones de las empresas licitadoras en sus aspectos técnicos y realizado un informe de
valoración, se procederá, previa comunicación a todos los licitadores del lugar, fecha y hora del acto, a comunicar el
resultado de la comprobación y valoración de la documentación contenida en los sobres B, y a la apertura pública del
contenido del sobre C: Proposición Económica, dando lectura a las ofertas de las empresas admitidas.
No se aceptarán las ofertas económicas superiores al precio tipo de licitación, ni ofertas por debajo del 30 % del precio
tipo de licitación.
Finalmente se procederá por parte de la mesa de contratación a la ponderación de las ofertas presentadas y se realizará
la propuesta de adjudicación al órgano de contratación en base a la puntuación obtenida.
XXXI.- ESTUDIO DE LAS OFERTAS.-
En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde la remisión por parte de la Mesa de Contratación de las ofertas
admitidas, el área técnica de la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, S.A. elaborará un informe de valoración
de acuerdo a los criterios establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
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Si observaran defectos formales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no
superior a 3 días hábiles para que el licitador los subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o
deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Los requerimientos y/o comunicaciones que realice el área técnica a los licitadores podrán realizarse vía fax o correo
electrónico, de tal manera que pueda acreditarse su envío a los mismos. La presentación de documentación para la
subsanación de los defectos comunicados deberá presentarse en persona a través del Registro de la EMSV de Getafe, S.A.,
debiendo ser confirmada su recepción por el área técnica de EMSV.
XXXII.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
La decisión de la adjudicación del contrato corresponde al órgano de contratación de la Empresa Municipal del Suelo y la
Vivienda de Getafe, S.A., quien, a la vista de los datos e informes previos, tomará el acuerdo de adjudicación con la empresa
cuya oferta considere más ventajosa de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el presente pliego.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea
admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
A la vista de la propuesta e informes correspondientes, el órgano de contratación dictará la adjudicación en el plazo
máximo de 15 días naturales.
La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos
o licitadores, siendo de aplicación lo previsto en los arts. 153 y 154 TRLCSP en cuanto a la información que debe facilitarse a
aquéllos, el plazo para su remisión será de 5 días hábiles.
A partir del día siguiente a aquél en que se notifique a los candidatos o licitadores la adjudicación, el adjudicatario
dispondrá de 15 días hábiles para presentar ante la EMSV de Getafe la siguiente documentación:
32. I -. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.
32. I. 1-. El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en
que se publique la adjudicación en un diario oficial o en el perfil del contratante de la página web de la EMSV de Getafe, S.A.,
que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
32. I. 2-. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la
siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea
reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo
aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe
correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen,
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debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula
del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que
respecta a las obligaciones tributarias con este último.
32. I. 3-. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará
mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta
alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
32. I. 4-. Documento de constitución de la garantía definitiva a favor de la EMSV de Getafe.
32. I. 5-. Designación de un representante del adjudicatario ante la EMSV de Getafe.
Si el adjudicatario no presentare en tiempo y forma la documentación requerida, decaerá la adjudicación y se podrá
proceder a una nueva adjudicación a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente.
Siempre que el adjudicatario haya presentado, en tiempo y forma la documentación reseñada, la adjudicación adquirirá
carácter definitivo mediante resolución motivada del órgano de contratación o en quien éste delegue, debiendo comunicarse
dicha resolución a los licitadores.
XXXIII.- FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS.-
La formalización del contrato deberá realizarse, a requerimiento de la EMSV de Getafe, dentro de los 10 días hábiles
siguientes a aquél en que expire el plazo de los quince días señalados en la estipulación anterior, siempre que el adjudicatario
hubiera presentado la documentación descrita y constituida la garantía definitiva, constituyendo dicho documento título
suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante el adjudicatario podrá solicitar la elevación a público
corriendo de su cargo los gastos correspondientes según lo dispuesto en la normativa vigente.
El contrato tendrá el contenido mínimo regulado en el art. 26 TRLCSP e incluirá los derechos y obligaciones para las partes
previstas en el pliego de Condiciones.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se podrá
acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional que, en su caso hubiese constituido,
siendo de aplicación lo previsto en el artículo 211.3.a) TRLCSP en cuanto a la intervención del Consejo de Estado u órgano
autonómico equivalente en los casos en que se formule oposición por el contratista.
La formalización del contrato, se notificará a los candidatos o licitadores, quienes a partir de ese momento podrán
solicitar la devolución de toda la documentación presentada para el concurso.
XXXIV.- RÉGIMEN JURÍDICO.-
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Este contrato se rige por el presente pliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y por el resto de normas concordantes.
XXXV.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.-
El contrato resultante del presente pliego tendrá la calificación de contrato de servicios de Control de Calidad por
Procedimiento Abierto.
Para resolver las controversias que puedan surgir en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato
resultante, las partes renuncian expresamente al fuero que pudiera corresponderles y se someterán a los juzgados y
tribunales del orden jurisdiccional civil con sede en Getafe.
XXXV.- ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO.-
Los siguientes Anexos forman parte inseparable del presente pliego:
ANEXO I. Modelo de proposición económica.
ANEXO II. Modelo de aval.
ANEXO III. Datos básicos de la parcela 1.7.2.
ANEXO IV. Declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para
contratar con la administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social.
ANEXO V. Justificación desglosada de la proposición económica para cada fase del trabajo.
En Getafe, a 12 de junio de 2017.
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ANEXO I
Modelo de proposición económica
Don ______________________________________, domiciliado en _____________ (provincia), calle
_______________________________________________________, con D.N.I. _______________, actuando en nombre
(propio o de la empresa que representa. En caso de que el firmante actúe como director, apoderado, etc., de una empresa o
de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado de la convocatoria anunciada en
_______________________________________________, en fecha _____________ y de las condiciones y requisitos que se
exigen para la adjudicación del contrato de servicios para el Control de Calidad por Entidad acreditada, (E.C.C), de las obras
para la construcción de 87 viviendas con protección pública, garaje, trasteros y piscina en la parcela 1.7.2 del ámbito AA-01
“El Rosón” en Getafe Madrid), a adjudicar por procedimiento negociado sin publicidad, se compromete a tomarlos a su
cargo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de
______________________________________ (expresar claramente, escrita en letra y cifra, la cantidad de euros que se
propone) resultante del presupuesto general a tanto alzado que se acompaña y en el plazo máximo de
___________________________ (expresar claramente en letra y cifra las unidades temporales que se proponen).
Y HACE CONSTAR:
1º Que cumple todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego de cláusulas para adjudicación del contrato.
2º Que acepta plenamente todas las cláusulas de los pliegos y todas las demás obligaciones que se deriven, si resulta
adjudicatario del contrato.
3º Que no figura en ninguno de los supuestos de prohibición de contratar establecidos en el artículo 60 TRLCSP.
DECLARA:
Uno. Que acepta plenamente las condiciones y las obligaciones del Pliego Económico – Administrativo y que se compromete
a cumplirlo estrictamente.
Dos. Que se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en material laboral, en especial Previsión y Seguridad y
Salud.
Tres. Que adjunta la documentación exigida.
En Getafe (Madrid), a ____ de ______ de 2017.
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ANEXO II
MODELO DE AVAL
Membrete y Dirección
Entidad Avalista.
El ___________________________________________________ (Banco, Cooperativa de Crédito, establecimiento financiero
de crédito, y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España), y en su nombre D.
___________________________________________________, con Poderes suficientes (Nombre y apellidos del Apoderado o
Apoderados), para obligarse en este Acto, según resulta del bastanteo efectuado por
___________________________________________________________________
Con Fecha __________________
AVALA.
En los términos y Condiciones Generales establecidos en Real Decreto Legislativo 3/2011 TRLCSP y, especialmente, en los
Artículos 95 y siguientes concordantes a
_______________________________________________________________(Nombre de la persona avalada)
Ante la EMSV de Getafe, S.A., por la cantidad de _______________________________________________
(Importe en Letra del Aval)
En concepto de aval ejecutable a primer requerimiento para responder de las obligaciones derivadas del cumplimiento del
contrato de los servicios de control de calidad por parte de Entidad de Control de Calidad (E.C.C.) de las actuaciones
promovidas por la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe en la parcela 1.7.2 del ámbito AA-01 El Rosón, en
Getafe (Madrid), con expresa renuncia a los beneficios de orden, excusión y división y siendo ejecutable al primer
requerimiento.
Este Aval tendrá validez en tanto que no se autorice su cancelación por EMSV de Getafe.
(Lugar y fecha de su Expedición).
(Firmas).
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ANEXO III
DATOS BÁSICOS DE LA PARCELA 1.7.2
Manzana tipo:
Tipo de ordenación: AA.01
Destino: VPPL
Usos: Residencial Colectiva
Superficie parcela (m²): 1.600
Nº de plantas: Baja + 6
Nº máximo de viviendas: 87
Sup. máxima edificable (m²): 9.209,00 M2
SUPERFICIES CONSTRUIDAS SEGÚN PROYECTO (m²)
Semisótano 937,60 M2
Sótano 1 1.599,99 M2
Sótano 2 1.599,99 M2
TOTAL BAJO RASANTE: 4.137,58 M2
Planta Baja 1.135,29 M2
Plantas elevadas 8.577,52 M2
TOTAL SOBRE RASANTE: 9.712,80 M2
TOTAL SUP. CONSTRUIDA: 13.850,39 M2
Presupuesto de Ejecución Material: 7.142.771,92 €
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ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES
PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
D./Dña. ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..………en nombre propio o en representación de
la empresa ……………………..…………………,con CIF nº ….……………, en calidad de
………………………...…………………....………DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan
comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60
del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En……………………………………, a…….. de…………………….. de 2017
Fdo.:
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ANEXO V
JUSTIFICACIÓN DESGLOSADA DE LA OFERTA ECONÓMICA PARA CADA FASE DE TRABAJO
FASE 1.- CONTROL DE PROYECTO de EJECUCIÓN.
FASE 2.- CONTROL DE MATERIALES – ENSAYOS -.
RELACIÓN PROPUESTA DE ENSAYOS:
FASE 3.- CONTROL DE EJECUCIÓN DE OBRA.
FASE 4.- PRUEBAS EN OBRA.
FASE 5.- ACTIVIDADES DE RECEPCIÓN DE INSTALACIONES.
FASE 6: PERIODO DE POST-VENTA EDIFICIO 1.7.2
ENSAYOS.
MARTES 20 DE JUNIO DE 2017B.O.C.M. Núm. 145 Pág. 63
BO
CM
-201
7062
0-30
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
30 GETAFE
CONTRATACIÓN
Anuncio para la contratación de servicios de control de calidad y ensayos por parte deentidad de control de calidad (ECC), para la actuaciones programadas por la Empresa Mu-nicipal del Suelo y de la Vivienda de Getafe, Sociedad Anónima, en la parcela 1.7.2 del ám-bito AA-01 “El Rosón”, en Getafe (Madrid).
1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Empresa Municipal del Suelo y de la Vivienda de Getafe, Sociedad
Anónima.b) Domicilio: plaza Obispo Felipe Scio Riaza, número 2, en Getafe (Madrid).c) Teléfono : 916 019 099. Fax: 916 833 727.d) Correo electrónico: [email protected]) Dirección Internet del “perfil del contratante”: www.emsvgetafe.org2. Objeto del contrato:a) Procedimiento: abierto.b) Tipo: contrato de servicios de control de calidad y ensayos (ECC).c) Presupuesto tipo: 131.427,00 euros, IVA excluido.d) Lugar y plazo de presentación: veinte días naturales desde la publicación.e) Los pliegos relativos a la convocatoria están en “perfil del contratante” de la entidad
adjudicadora.En Getafe, a 16 de junio de 2017.—El secretario del Consejo de Administración, José
María Garrido Sanfrutos.(01/21.032/17)