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CONVENIO DE PERMANENCIA VOLUNTARIA

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Guia Completa del Programa de permanencia Voluntaria

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CONVENIO DE PERMANENCIA VOLUNTARIA

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CONVENIO DE PERMANENCIA VOLUNTARIA

13:00 Bienvenida.

13:05 Video Firma de Convenio.

13:10 Puntos relevantes del Convenio y Guía Rápida.

13:40 Video Pasión por los logros/testimoniales

13:45 Procedimiento de adhesión al Convenio.

13:50 ASUME 14:00 Despedida e invitación adhesión inmediata al Convenio.14:05 Fin del evento.

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Video Firma de Convenio

VIDEOSVIDEOS

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GUÍA RÁPIDA

Puntos relevantes y beneficios para el Trabajador y para la Empresa

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BENEFICIOS PARA EL TRABAJADORBENEFICIOS PARA EL TRABAJADOR• Tener un día de descanso adicional, por lo que el

trabajador sólo laborará 4 días a la semana, en lugar de los 5.

• Pago total semanal de salario.• No se afectará el pago de prestaciones por el día de

descanso.• Pago de productividad que corresponda, incluyendo el

quinto día.• El día de descanso adicional permitirá al trabajador tener

más tiempo para convivir con su familia o para la atención de asuntos particulares.

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• Continuar con la motivación de seguir participando en equipo de trabajo, manteniéndose activo.

• Continuar disfrutando como trabajador activo de todas las prestaciones, tales como:

- Aguinaldo (61 días).- Gastos de educación (35 días).- Premio del Fondo de Ahorro (205%).- Ayuda de Renta ($43.02 diario).- Ayuda para despensa ($14.97 diario).- Premio de puntualidad y asistencia (12 días).- Prima vacacional (170%).- Ayuda para Pasajes ($13.84 diario).- Incentivo de Productividad.- Reparto de Utilidades.

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- Compensación por Antigüedad (20 días de S.D.I.).- Prima por Antigüedad L.F.T.- Pago por Manejo ($17.17 diario).- Beneficio Anual de INFONAVIT.

• Incrementar su pensión del IMSS al seguir cotizando como trabajador activo.

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BENEFICIOS PARA LA EMPRESABENEFICIOS PARA LA EMPRESA• Continuar aprovechando la experiencia y capacidad de los

trabajadores que se requiere en el entorno competitivo que se presenta.

• Contribuye a reforzar las inversiones y modernización que tiene que hacer la Empresa, para el beneficio de los clientes.

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REQUISITOS DE INCORPORACIÓNREQUISITOS DE INCORPORACIÓN

• Ser trabajador activo de la Empresa, aplica a personal sindicalizado y no sindicalizado.

• Tener 31 años o más de antigüedad en la Empresa como trabajador activo.

• Que se le haya negado por escrito los beneficios de la cláusula 160 del CCT.

• Que no disfrute actualmente de los beneficios de la cláusula 160 del CCT.

• Que el Sindicato haya presentado a la Empresa la solicitud firmada por el trabajador de adhesión al programa.

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• Que el trabajador acepte por escrito las condiciones del programa temporal de permanencia voluntaria.

• La respuesta de la Empresa a la solicitud de adhesión al programa de permanencia voluntaria, no excederá de 15 días hábiles a partir de la fecha de presentación del Sindicato.

• En caso de que la Empresa no dé respuesta dentro del término de 15 días hábiles, el trabajador se considerará incorporado y gozara de este beneficio; sin embargo, si al término de la revisión no cumple con los requisitos, el trabajador regresará a su condición normal, hasta que cumpla con los mismos.

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ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES• El trabajador que se haya adherido al programa, tendrá

derecho a permanecer en él, hasta por el término de cinco años.

• El término no es forzoso, por lo que el trabajador podrá retirarse en cualquier momento.

• El trabajador que se incorpore a este programa, no dará lugar a corrimientos escalafonarios.

• El Programa es de aplicación general, siempre y cuando se cumpla con los requisitos; los casos de excepción se canalizaran a la Dirección de Recursos Humanos, a través del Comité Ejecutivo Nacional.

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• Considerando las necesidades, la asignación del día de descanso será de acuerdo al turno del trabajador, pudiendo ser el primero o el último día de su semana laboral; los casos de excepción se canalizaran a la Dirección de Recursos Humanos, a través del Comité Ejecutivo Nacional.

• La asignación del día de descanso es fija y no se modificara de semana a semana.

• El día de descanso no es acumulable, por lo cual se deberá de disfrutar cada semana laboral.

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OTRAS CONSIDERACIONESOTRAS CONSIDERACIONES• El trabajador que se le autorice laborar en su día de

descanso se le pagará como tiempo extraordinario.• El trabajador que acuda a capacitación en su día de

descanso se le pagará como tiempo extraordinario.• El día de descanso se deberá de tomar en cuenta para el

disfrute de vacaciones, toda vez que la semana laboral de estos trabajadores sería de 4 días hábiles y el CCT establece que por cada 5 días hábiles se considerará un sábado y un domingo.

• Para efecto de pago de la prima vacaciones, se efectuará de acuerdo a lo que establece la Cláusula 84 del CCT.

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• Este día de descanso no impacta en el pago de utilidades de los trabajadores, ya que se considera como día laborado.

• Si este día de descanso coincidiera con los días de descanso que establece la Cláusula 92 del CCT, el trabajador percibirá su salario correspondiente al día del descanso obligatorio, además del que deba percibir por su descanso semanal.

• El día de descanso no afecta el pago que establece la cláusula 190, para aquellos trabajadores que laboren en jornada nocturna, ya que se considera como día laborado.

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• El día de descanso no afecta el pago que establece la cláusula 97, para aquellos trabajadores que laboren en día domingo, ya que se considera como día laborado.

• El día de descanso no afecta el pago de manejo que establece la cláusula 113, para aquellos trabajadores que manejan vehiculo para la realización de sus labores, ya que se considera como día laborado.

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LINEAMIENTOS DE PRODUCTIVIDADLINEAMIENTOS DE PRODUCTIVIDAD

• Una vez concluido el proceso de adhesión por parte del trabajador, se tendrá la fecha de inicio, así como plan horario y día de descanso.

Derivado que el Convenio Temporal de Permanencia Voluntaria impacta directamente en la jornada laboral del trabajador que se adhiera y siendo que la asistencia es un factor dominante para el reparto individual de incentivos en todas las especialidades, se presentan las siguientes precisiones:

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• Para contabilizar en el mes a pagar los días laborados, horas laboradas, minutos de retardo e inasistencias dentro del Programa de Productividad, el día de descanso se considera como laborado.

• Los trabajadores permanecerán en la unidad de pago donde vienen cobrando su incentivo de manera habitual.

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• Específicamente en la especialidad de Planta Exterior donde opera el Modelo Individual, se deberán tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

a) En la Aplicación de Personal de SISCOPE se deberá registrar el día como “DL” (día Libre) para los días que tome Permanencia Voluntaria, conservando su porcentaje de Contribución Productiva del mes.

b) Para el cálculo de su factor de distribución individual en el Sistema de Pagos de Productividad (SPP) se deberá reportar como día laborado.

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VIDEOSVIDEOS

Video Pasión por los logros/testimoniales

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• Solicitud de cláusula 160 a su representación sindical.• CEN tramita cláusula 160 ante la Gerencia de Control y

Trámites Sindicales. • Recibir respuesta negativa de solicitud de cláusula 160.• Llenar y firmar solicitud de inscripción al PPV.• CEN tramita solicitud de PPV ante la Gerencia de Control de

Personal.• Empresa determina fecha de adhesión al PPV.• De común acuerdo el trabajador, su representación sindical

y jefe inmediato determinan el día de descanso conforme al PPV .

• Empresa notifica al trabajador fecha de inicio al PPV.

PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓNPROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN