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PERICIA EN HIGIENE
Y SEGURIDAD
EN EL TRABAJO
EXCMA PRIMERA
CAMARA DE TRABAJO
PRESENTA PERICIA:
Quien suscribe Lic. Rogelio Omar Bertolín, perito en
Higiene y Seguridad en el Trabajo designado en autos N° 160.414, caratulado:
AGUIRRE, CINTIA MARISOL C/PROVINCIA ART S.A. P/ ENFERMEDAD
ACCIDENTE a V.S. respetuosamente digo: que en tiempo y forma vengo a informar
sobre los puntos de la pericia encomendada.
l- OBJETO
Respetuosamente a V.S., digo: que vengo a presentar informe pericial en estos autos en
tiempo y forma.
ll- CONTESTACION A LOS PUNTOS DE PERICIA.
Para referirme a cada punto y explicar mi pericia se transcribe textualmente cada punto
de la pericia encomendada, adelantando este perito que ratifico el informe en todas las
partes y pido se me tenga en cuenta este trabajo al momento de regular mis honorarios
profesionales.
Para recaudar información y poder realizar la pericia encomendada, me comunique con
la empresa VEA SUPERMERCADOS, CENCOSUD S.A, con domicilio en el B°
Unimev en Guaymallen, Mendoza, en el lugar explico el motivo de mi presencia, mi
función y entrego un escrito donde especifico los datos requeridos en la pericia y que la
empresa, posee para contestar, me reciben el escrito quedando este perito a la espera de
la información, pasados unos días me entregan información, la cual adjunto al
expediente.
A VS., digo que con el deseo de aportar información a la causa y cumplir con la tarea
encomendada esta perito ha compulsado todos los elementos que se encuentran a mi
disposición en el expediente, como así también fundados por la Ley 19587 de Higiene
y Seguridad en el Trabajo y las CyMAT, la OMS, así detallo:
1- Actividad desarrollada por la empleadora.
La empresa VEA SUPERMERCADOS, CENCOSUD S.A, es una cadena de
supermercados.
2-Tareas habituales que desarrolla la actora, la extensión de la jornada, si las mismas
implican movimientos de extensión de la muñeca, de aprehensión de mano, y los
movimientos repetitivos de tendones y flexores de mano y los dedos.
Según consta en el relato de los hechos relataos por la actora, ingresó a trabajar en VEA
SUPERMERCADOS en la fecha del 30/ 11/ 1994, siendo actualmente su empleadora
CENCOSUD S.A, en la categoría de Cajera y posteriormente como supervisora de línea
de cajas, cumpliendo sus funciones actualmente en la sucursal Vea Shopping.
Según relata la Sra. Aguirre, Cintia Marisol, desde su ingreso, ha realizado las siguientes
tareas:
< Cajera, debe permanecer varias horas sentada, siendo las tareas en este sector, cobro
de mercadería, en las diferentes formas de pago, recibir y dar vueltos de dinero, ingreso
de datos, visualización de pantalla, procesamiento continuo de información, y
memorización simultánea de códigos, precios, etc. Es un puesto de trabajo donde se
maneja permanentemente dinero, con movimientos repetitivos, constante extensión de
muñeca, de aprehensión de mano, como así también frecuentemente las cajeras deben
realizar tareas de embolsado de mercadería, algunas pesadas y/o frágiles, lo que le
significa mayor esfuerzo, de mantener su área de trabajo en condiciones adecuadas de
orden y limpieza, otros de los factores son los psicosociales con una actividad sometida
a una gran presión de tiempo, la relación con los clientes, provocando fatiga mental.
<Supervisora de línea de cajas; implica contar grandes cantidades de dinero, siendo sus
movimientos repetitivos, extensión de muñeca, aprehensión de mano, este movimiento
repetitivo y simultanea daña los tendones extensores y flexores de las manos. Siendo su
principal función el control del dinero que produce cada caja, en las jornadas laborales
procede a contar manualmente grandes cantidades de dinero. La caja registradora se
traba al llegar a la recaudación de pesos en la cantidad aproximada de seis mil pesos
($6.000), cuando esto sucede debe la supervisora, retirar, contar y ensobrar el dinero
para retirarlo. En cada jornada laboral y en cada caja retira un promedio de 30 sobres,
cantidad que aumenta en los días de pago, de vencimiento de tarjeta de crédito, los
primeros días del mes, como así también los días festivos; esta tarea la realiza desde su
ingreso, desde el año 1994. La realización de movimientos rápidos de forma repetitiva,
suponen un gran esfuerzo físico, el mantenimiento de una postura produce una
contracción muscular continua del sistema osteomuscular al nivel de los hombros, la
muñeca o los miembros superiores, repitiendo la misma tarea todos los días, sumado a
través del tiempo.
Se trata, por lo tanto, de un puesto de trabajo en el que existe sobrecarga física y mental,
lo que ocasiona riesgos que pueden producir lesiones músculo-esqueléticas, problemas
musculares y articulares en las manos, muñecas, (como es el caso de la actora), brazos,
hombros, y las vertebras cervicales.
Es decir el actor se desempeñaba en una actividad en la cual es afectado en mayor o
menor medida a distintos agentes agresores.
Cuando en tareas sobrepasan la capacidad física o estas tareas son repetitivas, pueden
producirse lesiones en la espalda.
Los huesos, músculos y articulaciones de la espalda pueden dañarse si se someten a
esfuerzos superiores a los que en principio están preparados para resistir o si estos
esfuerzos son repetitivos.
Tensión sobre los músculos y tendones.
Los métodos de levantamiento incorrecto y/o repetitivo causan lesiones innecesarias,
como lumbociatalgía, y algunas veces provocan hernias.
Las lesiones musculo esqueléticas incluyen; alteraciones que se identifican y
clasifican según los tejidos y estructuras afectadas, como; los músculos, los hombros, los
nervios, los huesos y las articulaciones.
Los problemas de alteraciones como la tendinitis, en los tendones y ligamentos pueden
ser agudos o crónicos, se caracteriza por la dificultad y/o limitación de los movimientos,
empeora por la noche y en reposo, rigidez matutina de la zona y dolor constante y/o
progresivo.
Por lo tanto es imprescindible constituir elementos básicos para establecer parámetros
objetivos; debe existir un agente causal en el ambiente o especiales condiciones de
trabajo, potencialmente nocivo para la salud del trabajador. Estos pueden ser: físicos,
químicos, biológicos o generadores de sobrecarga física para el trabajador. Como
consecuencia a la exposición entre el trabajador y el agente o particular condición de
trabajo, es posible la gestación de daños a la salud.
Como toda tarea el ser humano debe realizar diferentes esfuerzos y movimientos para
poder cumplir con el trabajo encomendado, este tipo de tareas se deben cumplir con
ciertas aptitudes por lo que es exigido con diferentes tipos de capacitaciones para
minimizar tanto en los riesgos como el que requiere del cuidado de lo material.
Este tipo de tareas tienen una serie de condicionantes especiales que deben superar como
es el permanente estado de atención y concentración a consecuencia de la tensión
durante su jornada laboral están casi todo el tiempo adoptando por periodos prolongados
ergonómicos viciosas, y en continua tensión, expuesto a constantes malas posiciones,
diferentes esfuerzos, los cuales pueden producir alteraciones de la columna, que se
pueden traducir en dolor e impotencia funcional o hernias de disco.
En definitiva, el lugar y el puesto de trabajo, son generadores de patologías y
enfermedades profesionales diversas, que es necesario tener en cuenta, a la hora de
valorar la salud de estos trabajadores.
Condiciones del Medio Ambiente. Introducción:
En las condiciones de trabajo se sintetiza la forma como la actividad laboral determina la
vida humana, en ellas se debe tener en cuenta los factores de riesgos a los cuales está
sometido el trabajador, así como los elementos que contribuyen para que una condición
riesgosa se convierta en un evento trágico.
El ambiente de trabajo es el resultado de la interacción de todas aquellas condiciones y
objetos que rodean el lugar y el momento en el cual el trabajador ejecuta su labor.
Como aspecto particular de la vida humana, el ambiente del trabajo refleja las
condiciones en las cuales el trabajador debe desempeñar su oficio en una empresa y su
ocupación específica en su puesto de trabajo.
Está determinado por todos los aspectos físicos, químicos, biológicos, tecnológicos,
sociales y psicológicos que rodean el puesto de trabajo y la ocupación que ejecuta el
trabajador, estos aspectos son las Condiciones de Trabajo.
La calidad del ambiente de trabajo está muy relacionada con los cuales está sometido el
trabajador y la carga de trabajo que debe asimilar.
Un buen ambiente de trabajo hace que la ocupación laboral genere una mínima carga de
trabajo y que por lo tanto ocasionen menos fatiga o cansancio a nuestro cuerpo lo cual
redundaría en menores riesgos para nuestra vida.
Una adecuada planificación del ambiente del trabajo permite disminuir la carga de
trabajo, eliminar muchos riesgos innecesarios, y reducir al mínimo otros, con lo cual se
evitan accidentes laborales y se preserva la salud del trabajador.
Según las CYMAT: (Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo)
Se denomina CyMAT a todos los “elementos reales que inciden directa o
in/directamente en la salud de los trabajadores; constituyen un conjunto que obra en la
realidad concreta de la situación laboral”.
Estos agentes pueden influir de manera positiva o negativa, tanto en forma individual
como colectiva.
Generalmente las CyMAT no son tenidas en cuenta en el ámbito empresarial. Sin
embargo, en toda organización es preciso respetar principalmente la condición humana,
ya que ninguna compañía podría ser tal sin la presencia del hombre.
En síntesis, hombre, organización, condiciones y medio ambiente de trabajo, producción
y productividad están estrechamente relacionados entre sí y conforman un todo en el
cual cada uno es un elemento esencial en la interacción con los demás.
El Programa Internacional para el mejoramiento de las condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo (PIACT) establece entre sus principios básicos los siguientes:
1.”El mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo constituye que este
objetivo es fundamental tener en cuenta que:
a. El trabajo debería realizarse en un ambiente seguro y salubre;
b. las condiciones de trabajo deberían ser compatibles con el bienestar y la dignidad
humana de los trabajadores;
c. El trabajo debería ofrecer al trabajador posibilidades reales de desarrollar su
personalidad y de servir a la sociedad”.
Es esta una enumeración enunciativa y no taxativa de la situación y que V.S. deberá
apreciar en el momento concreto.
3-Si el tiempo de exposición (antigüedad de la tarea) sumado al factor de riesgo
denunciado puede ocasionar la lesión enfermedad profesional desarrollada por la
actora y denunciada en autos.
En el relato de los hechos la actora menciona, que a principios del 2018, al realizar sus
tareas habituales comenzó a sentir dolor y adormecimiento en la muñeca derecha, estos
dolores se tornaron muy agudos en la zona referida; siendo la actora intervenida
quirúrgicamente en la Clínica de Mano el 30 de Julio del 2018.
La Sra. Aguirre, Cintia Marisol, ingresó a trabajar a los 23 años, sin ningún tipo de
problemas o patológicas previas, en óptimas condiciones de salud, superando el examen
pre-ocupacional.
Estos trastornos por lo general son de carácter crónico por lo que se desarrollan durante
largos periodos de malestar y dolor y son acumulativos, asociados a un fuerte ritmo de
trabajo no permiten la recuperación de las fibras musculares. Además, la tensión
mantenida sobre los ligamentos y los tendones ocasionan una reacción inflamatoria local
que contribuye a incrementar el dolor.
Durante toda su relación laboral se desempeño en las mismas funciones, realizando
grandes esfuerzos con sus miembros superiores, ejecutando movimientos repetitivos y
posiciones forzadas, como así también permaneciendo en bipedestación durante largas
jornadas.
Con esta secuencia se pretende describir, o dar una visión distinta a V.S., del camino
que conduce al accidente o incidente laboral.
La Ley 19.587 en su Anexo l, Especificaciones Técnicas de Ergonomía dice:
La Ergonomía es el término aplicado al campo de los estudios y diseños como interface
entre el hombre y la máquina para prevenir la enfermedad y el daño mejorando la
realización del trabajo. Intenta asegurar que los trabajos y tareas se diseñen para ser
compatibles con la capacidad de los trabajadores.
La fuerza es también un agente causal importante en los daños provocados en el
levantamiento manual de cargas.
Otras consideraciones Ergonómicas importantes son la duración del trabajo, los trabajos
repetitivos, el estrés de contacto, las posturas y las cuestiones psicosociales.
La Ley 19.587 en su contenido es clara y aplicable en todos sus aspectos.
La Ergonomía según CYMAT:
Ergonomía es un conjunto de técnicas operativas cuyo objeto es adaptar el trabajo a la
persona que lo realiza.
La ergonomía analiza y aplica métodos para que los instrumentos de producción se
adecuen a quienes los operan.
En muchos países industrializados los problemas músculo / esqueléticos (producidos por
el desinterés hacia los factores ergonómicos), representan un 40% de las enfermedades
ocupacionales notificadas. Estos problemas son muy comunes por la rápida cadencia de
los trabajos y el mal diseño de las máquinas. Las deficiencias provocadas por
movimientos excesivamente repetitivos están en aumento en todos los países.
La OMS ha emitido una serie de recomendaciones a las empresas con el fin de
identificar situaciones que generen deterioro en la salud de los trabajadores, y
erradicarlas. El empresario debe “evitar los riesgos, evaluar los riesgos que no se puedan
evitar, combatir los riesgos en su origen, adaptar el trabajo a la persona, en particular en
lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como en la elección de los
equipos de trabajo y los métodos de trabajo y producción, con miras, en particular, a
atenuar el trabajo repetitivo y a reducir los efectos de los mismos en la salud”
LEY 19587- SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Artículo 1° - Las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo se ajustarán, en todo
el territorio de la República, a las normas de la presente ley y de las reglamentaciones
que en su consecuencia se dicten.
Sus disposiciones se aplicarán a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o
no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades, el medio
donde ellas se ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las
maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten.
Artículo 4° - La higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas técnicas y
medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan por
objeto:
a) proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores;
b) prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de
trabajo;
c) estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes
o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.
La Higiene y Seguridad, según CYMAT:
La salud y la seguridad de los trabajadores constituyen una de las principales bases para
su preservación.
Desde una perspectiva general, la higiene y seguridad constituyen dos elementos
íntimamente relacionados, tendientes a garantizar condiciones personales y materiales de
trabajo capaces de mantener un apropiado nivel de salud de los empleados.
La higiene del trabajo refiere a un conjunto de normas y procedimientos cuyo fin es
proteger la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de
salud inherentes a las tareas del cargo y al ámbito físico donde son ejecutadas.
El objetivo de estos métodos y normativas tiene un carácter netamente preventivo, de
este modo se evita que el individuo se enferme.
Es imperioso alcanzar resultados óptimos en cuanto a la modificación de
comportamientos peligrosos dentro de la dinámica organizacional, teniendo en cuenta
los procesos y tecnología utilizados. Esto puede lograrse a través de la capacitación.
La seguridad en el trabajo es el conjunto de medidas técnicas, educativas, médicas y
psicológicas empleadas para prevenir accidentes y eliminar las condiciones inseguras.
Su empleo es indispensable para el desarrollo satisfactorio del trabajo.
4-Cualquier otro dato de interés que ilustre a V.E, para el mejor esclarecimiento de
los hechos.
Este perito considera de fundamental interés ilustrar al Tribunal, que seguramente, en
todos los casos existiese la conciencia de implementar las medidas de seguridad
correctiva, preventiva y de control se evitaría, disminuiría y/o eliminaría los riesgos.
Es importante: la capacitación, implementación y control por parte de la empleadora.
Los hechos relatados en dicha pericia resultan que la actora se ha visto afectada en su
salud por el cumplimiento de sus tareas y por la exposición a agentes perjudiciales
durante el transcurso del tiempo. Causándole una Enfermedad Profesional, siendo el
trabajo el agente de relación directa de causalidad que lesionó su salud.
Se adjunta al expediente lo entregado por la empresa, VEA SUPERMERCADOS,
CENCOSUD S.A,
Este perito cumple sus funciones de auxiliar de la justicia simplemente, siendo el Juez
quien debe resolver en definitiva.
Pongo en conocimiento a V.E., que esta pericia ha sido enviada por MEED, a vuestra
Excelentísima Primera Cámara a los fines de correr traslado a las partes.
lll-Por todo lo expresado a Usía pido:
a- Tenga por presentada la pericia solicitada.
b-Ponga la ratificación del informe pericial a disposición de las partes.
c Al dictar sentencia regulen mis honorarios profesionales, teniendo en cuenta el
extenso trabajo realizado y la importancia del mismo en la resolución del caso,
disponiendo su actualización a la fecha del efectivo pago.
Proveer de Conformidad
SERÁ JUSTICIA.
Bertolín, Rogelio Omar.
Lic., en Hig y Seg.
Mat, 9415“A”.