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Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
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Oriente Medio
33. La situación en el Oriente Medio
A. Fuerza de las Naciones Unidas de
Observación de la Separación
Decisiones de 29 de junio de 2004 a 14 de
diciembre de 2007: resoluciones 1550 (2004),
1578 (2004), 1605 (2005), 1648 (2005), 1685
(2006), 1729 (2006), 1759 (2007) y 1788 (2007)
y declaraciones de la Presidencia
En sus sesiones 4998ª, 5101ª, 5205ª, 5339ª,
5456ª, 5596ª, 5698ª y 5802ª1, el Consejo de Seguridad
aprobó por unanimidad y sin debate sendas
resoluciones en las que prorrogó el mandato de la
Fuerza de las Naciones Unidas de Observación de la
separación (FNUOS) por períodos de seis meses sobre
la base de los informes del Secretario General2. En sus
informes, el Secretario General observó que, en
general, en el sector sirio-israelí había una situación de
calma. Señaló que, entre el 12 de julio y el 14 de
agosto de 2006, varios cohetes procedentes de la zona
de operaciones de la Fuerza Provisional de las
Naciones Unidas en el Líbano (FPNUL) hicieron
impacto cerca de las instalaciones de la FNUOS en la
zona de Shebaa3. En general, la FNUOS siguió
ejerciendo sus funciones como supervisora de la
cesación del fuego entre las fuerzas sirias e israelíes.
Pese a la calma, el Secretario General observó que la
situación del Oriente Medio era tensa y que
probablemente seguiría siéndolo, a menos que se
llegase a una solución general. __________________
1 Celebradas los días 29 de junio y 15 de diciembre de
2004, 17 de junio y 21 de diciembre de 2005, 13 de junio
y 15 de diciembre de 2006 y 20 de junio y 14 de
diciembre de 2007, respectivamente. Durante este
período, además de esas sesiones, el Consejo celebró
diversas sesiones a puerta cerrada con los países que
aportan contingentes a la Fuerza de las Naciones Unidas
de Observación de la Separación, de conformidad con el
anexo II, secciones A y B, de la resolución 1353 (2001).
Las sesiones se celebraron los días 24 de junio de 2004
(4996ª), 10 de diciembre de 2004 (5098ª), 15 de junio de
2005 (5200ª), 16 de diciembre de 2005 (5330ª), 6 de
junio de 2006 (5452ª), 13 de diciembre de 2006 (5587ª),
12 de junio de 2007 (5692ª) y 11 de diciembre de 2007
(5797ª).
2 S/2004/499, S/2004/948, S/2005/379, S/2005/767,
S/2006/333, S/2006/938, S/2007/331 y S/2007/698.
3 Véase S/2006/938.
En las resoluciones aprobadas durante este
período, el Consejo exhortó a todas las partes
interesadas a que aplicasen inmediatamente su
resolución 338 (1973), de 22 de octubre de 1973;
prorrogó el mandato de la FNUOS por períodos
sucesivos de seis meses, el último de los cuales
finalizó el 30 de junio de 2008; y pidió que el
Secretario General presentase un informe sobre la
evolución de la situación y las medidas adoptadas para
aplicar las resoluciones4.
También se hicieron públicas declaraciones de la
Presidencia complementarias a las resoluciones, en las
que se afirmó que, pese a la calma que prevalecía en el
sector sirio-israelí, la situación en el oriente Medio
continuaba siendo potencialmente peligrosa y que
probablemente seguiría siéndolo, a menos que se
llegase a una solución general que abarcase todos los
aspectos del problema del Oriente Medio5.
B. Fuerza Provisional de las Naciones
Unidas en el Líbano y la evolución de
la situación en el sector Israel-Líbano
Decisiones de 30 de enero de 2004 y 29 de julio
de 2004: resoluciones 1525 (2004) y 1553 (2004)
En sus sesiones 4907ª y 5012ª6, el Consejo de
Seguridad aprobó por unanimidad y sin debate las __________________
4 Resoluciones 1550 (2004), 1578 (2004), 1605 (2005),
1648 (2005), 1685 (2006), 1729 (2006), 1759 (2007) y
1788 (2007).
5 S/PRST/2004/23, S/PRST/2004/47, S/PRST/2005/24,
S/PRST/2005/65, S/PRST/2006/26, S/PRST/2006/54,
S/PRST/2007/20 y S/PRST/2007/48.
6 Celebradas los días 30 de enero de 2004 y 29 de julio
de 2004, respectivamente. Durante este período,
además de esas sesiones el Consejo celebró diversas
sesiones a puerta cerrada con los países que aportan
contingentes a la Fuerza Provisional de las Naciones
Unidas en el Líbano, de conformidad con el anexo II,
secciones A y B, de la resolución 1353 (2001). Las
sesiones se celebraron los días 23 de enero de 2004
(4901ª), 23 de julio de 2004 (5008ª), 24 de enero de
2005 (5115ª), 25 de julio de 2005 (5233ª), 25 de enero
de 2006 (5355ª), 25 de julio de 2006 (5495ª) y 16 de
agosto de 2007 (5731ª).
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
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resoluciones 1525 (2004) y 1553 (2004),
respectivamente, en las que prorrogó el mandato de la
Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el
Líbano (FPNUL) sobre la base de los informes del
Secretario General7 y las solicitudes del Líbano8. En
sus informes, el Secretario General observó que
durante ese período la situación en la zona de
operaciones de la FPNUL se caracterizó por numerosos
enfrentamientos armados a través de la Línea Azul, la
mayoría de ellos entre Hizbullah y las Fuerzas de
Defensa de Israel, en algunos de los cuales participaron
palestinos o agentes no identificados. Señaló que la
tensión era a menudo intensa y que la situación era
frágil. También afirmó que el ciclo de violaciones
aéreas cometidas por Israel, disparos de armas
antiaéreas de Hizbullah y ataques aéreos de Israel
contra posiciones de Hizbullah había añadido una
nueva dimensión preocupante al conflicto. El
Secretario General observó que la situación en la Línea
Azul era susceptible a la volátil evolución de los
acontecimientos regionales y subrayó la necesidad de
lograr una paz general, justa y duradera en el Oriente
Medio.
En esas sesiones, el Presidente9 señaló a la
atención del Consejo documentos presentados por el
Líbano10 e Israel11, en los que se denunciaban
violaciones de la Línea Azul.
En las resoluciones 1525 (2004) y 1553 (2007), el
Consejo prorrogó el mandato de la FPNUL por dos
períodos de seis meses, el segundo de los cuales
concluyó el 31 de enero de 2005; y subrayó la
importancia de que el Gobierno del Líbano continuase
tomando medidas para restablecer su autoridad efectiva
en todo el sur del país, incluido el despliegue de las
fuerzas armadas del Líbano. El Consejo también
reiteró su llamamiento a las partes para que
continuasen cumpliendo los compromisos que habían
contraído de respetar plenamente la línea de repliegue
determinada por las Naciones Unidas y proceder con la
máxima moderación y cooperar cabalmente con las
Naciones Unidas y la FPNUL. El Consejo pidió al
Secretario General que continuase celebrando
consultas con el Gobierno del Líbano y otras partes __________________
7 S/2004/50 y S/204/572 y Add.1.
8 S/2004/35 y S/2004/560.
9 Chile y Rumania, respectivamente.
10 S/2004/6, S/2004/15, S/2004/54, S/2004/55, S/2004/574,
S/2004/575 y S/2004/577.
11 S/2004/61 y S/2004/465.
directamente interesadas sobre la aplicación de esas
resoluciones.
Decisión de 28 de enero de 2005 (5117ª sesión):
resolución 1583 (2005)
En su 5117ª sesión, celebrada el 28 de enero de
2005, el Consejo incluyó en su orden del día el informe
del Secretario General sobre la FPNUL de 20 de enero
de 200512. En su informe, el Secretario General
observó que la zona de operaciones de la FPNUL se
mantuvo relativamente en calma, pero que habían
tenido lugar incidentes graves durante las últimas
semanas del período que abarca el informe. El 9 de
enero, se produjo un ataque con bombas al borde de
una carretera contra un convoy de las Fuerzas de
Defensa de Israel, en el que un soldado resultó muerto
y otros tres resultaron heridos. En el mismo incidente,
perdieron la vida un observador de las Naciones
Unidas y un ciudadano francés, y un ciudadano sueco
resultó herido. Los disparos posteriores se cobraron la
vida de un combatiente de Hizbullah y provocaron
heridas a otro. El Secretario General también observó
que la Línea Azul había disfrutado de períodos
prolongados de calma relativa, que a menudo se veían
seguidos de episodios de hostilidades. Afirmó que la
reanudación de las medidas militares, que Hizbullah se
acreditó, y la indiferencia mostrada por la protección
de los observadores militares desarmados de las
Naciones Unidas, eran preocupantes.
El Presidente (Argentina) señaló a la atención del
Consejo las cartas dirigidas al Secretario General por
los Gobiernos del Líbano13 e Israel14, en las que se
denunciaban violaciones de la Línea Azul. En otra
carta que se señaló a la atención del Consejo, el
representante del Líbano pidió que el Consejo
prorrogara el mandato de la FPNUL por un período
adicional de seis meses15.
El Presidente señaló después a la atención del
Consejo un proyecto de resolución16; el proyecto de
resolución se sometió a votación y fue aprobado por
unanimidad como resolución 1583 (2005), en la que el
Consejo, entre otras cosas:
__________________
12 S/2005/36.
13 S/2005/23, S/2005/24, S2005/25 y S/2005/26.
14 S/2005/14 y S/2005/40.
15 S/2005/13.
16 S/2005/53.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
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Decidió prorrogar el mandato de la FPNUL hasta el 31 de
julio de 2005;
Alentó al Gobierno del Líbano a que ampliase y ejerciese
plenamente su autoridad única y efectiva en todo el sur del país,
en particular mediante el despliegue de las fuerzas armadas y de
seguridad del Líbano, en número suficiente, a fin de asegurar un
ambiente de calma en toda la región;
Pidió a las partes que se asegurasen de que la FPNUL
tuviera plena libertad de circulación en toda su zona de
operaciones;
Condenó todos los actos de violencia, en particular los
incidentes ocurridos recientemente de un lado al otro de la Línea
Azul en los que resultaron muertos y heridos observadores
militares de las Naciones Unidas;
Apoyó la constante labor de la Fuerza para mantener la
cesación del fuego a lo largo de la línea de repliegue mediante
patrullas móviles, equipos de observación desde posiciones fijas
y estrechos contactos con las partes;
Observó con beneplácito que la Fuerza seguía
contribuyendo a las operaciones de remoción de minas y alentó
a las Naciones Unidas a que siguieran prestando asistencia al
Gobierno del Líbano en las actividades relativas a las minas,
tanto para que siguiera aumentando su capacidad nacional en la
materia como para las actividades de remoción de minas y
municiones y artefactos explosivos no detonados en el sur.
Tras la votación, formularon declaraciones los
representantes de Argelia, la Argentina, el Brasil,
China, los Estados Unidos de América, la Federación
de Rusia, Francia, Grecia, el Japón y el Líbano.
La mayoría de los representantes condenó las
violaciones de la Línea Azul cometidas por tierra o por
aire, y destacó que las partes tenían la responsabilidad
de adoptar las medidas necesarias para asegurar que se
respetase la Línea Azul en su totalidad y para prevenir
todas las violaciones. Varios representantes
mantuvieron que el Líbano debía restablecer su
autoridad en el sur del país, en particular mediante el
despliegue de sus fuerzas armadas y el desarme de las
milicias. Numerosos representantes declararon que la
FPNUL había contribuido a la estabilidad y la
seguridad en la región, y que la persistencia de
violaciones e incidentes violentos a lo largo de la Línea
Azul subrayaba la importancia de la presencia de la
FPNUL sobre el terreno.
La representante de los Estados Unidos de
América también declaró que la posición que hacía
valer continuamente el Gobierno del Líbano de que la
Línea Azul no era válida en la zona de las granjas de
Shebaa no era compatible con las resoluciones del
Consejo de Seguridad y, en cualquier caso, no era
excusa para permitir que Hizbullah cometiese actos de
violencia a lo largo de la Línea Azul y a través de ella.
También observó que la incapacidad del Gobierno del
Líbano de desplegar a su ejército por toda esa zona
planteaba una grave amenaza para la paz y la seguridad
del lugar17.
El representante de China declaró que, aunque el
texto todavía no era totalmente satisfactorio, la
delegación de su país, consciente de la situación
general, votó a favor del proyecto de resolución18.
El representante de la Federación de Rusia
observó que, en la historia de las fuerzas de
mantenimiento de la paz, los mandatos siempre se
habían aprobado por votación unánime, y su país no
quiso romper con la tradición. Afirmó que la resolución
no resultaba satisfactoria para la Federación de Rusia
porque estaba demasiado politizada. No estaba
orientada a fortalecer el carácter de la operación de las
Naciones Unidas en el Líbano meridional, sino, más
bien, a ejercer presión sobre Beirut y a obligarlo a
hallar soluciones a cuestiones que, por razones
objetivas y por la situación general que imperaba en el
Oriente Medio, sencillamente no podía resolver. Señaló
que la Federación de Rusia había presentado una serie
de enmiendas para tratar de hacerla más equilibrada
cuando la estaban estudiando los expertos, pero que
esas sugerencias no se aceptaron19.
El representante del Líbano consideró que habría
sido conveniente redactar una resolución técnica para
prorrogar el mandato de la FPNUL sin destacar de
manera selectiva pasajes del informe del Secretario
General y sin introducir ningún elemento político en la
resolución20.
Decisiones de 29 de julio de 2005 y 31 de enero
de 2006: resoluciones 1614 (2005) y 1655 (2006)
En sus sesiones 5241ª y 5362ª21, el Consejo
aprobó, de forma unánime y sin debate, una resolución
en la que prorrogó el mandato de la FPNUL sobre la __________________
17 S/PV.5117, págs. 2 y 3.
18 Ibid., pág. 4.
19 Ibid., pág. 5.
20 Ibid., pág. 6.
21 Celebradas los días 29 de julio de 2005 y 31 de enero de
2006, respectivamente.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
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base de los informes del Secretario General22 y la
petición del Gobierno del Líbano23. En sus informes, el
Secretario General observó que habían tenido lugar
diversos intercambios de disparos entre las Fuerzas de
Defensa de Israel y Hizbullah. En un incidente
ocurrido el 29 de junio de 2005 murió un soldado
israelí y otros cuatro fueron heridos, y también
murieron dos combatientes de Hizbullah. Las
aeronaves israelíes siguieron violando el espacio aéreo
libanés, y la FPNUL registró cierta cantidad de
violaciones terrestres por parte libanesa. El Secretario
General observó también que, los días 6 y 9 de junio de
2005, el ejército del Líbano había abandonado dos de
sus tres puestos de control en la zona de operaciones de
la FPNUL, lo que, según el Gobierno del Líbano,
formaba parte de un redespliegue general del ejército
en todo el país. En otro incidente acaecido el 21 de
noviembre de 2005 murieron cuatro combatientes de
Hizbullah y resultó herido un civil israelí. El
bombardeo aéreo de represalia de la Fuerza Aérea de
Israel duró nueve horas, durante las cuales se
efectuaron 800 disparos con piezas de artillería,
blindados, morteros y lanzacohetes; resultaron heridos
12 soldados israelíes, un civil israelí y un número
indeterminado de combatientes de Hizbullah.
En esas reuniones, el Presidente24 señaló a la
atención del Consejo los documentos presentados por
el Líbano25 e Israel26, que informaban sobre
violaciones de la Línea Azul.
En las resoluciones 1614 (2005) y 1655 (2006), el
Consejo prorrogó el mandato de la FPNUL por
períodos sucesivos de seis meses, el segundo de los
cuales expiró el 31 de julio de 2006. Condenó todos los
actos de violencia, en particular los incidentes
ocurridos a través de la Línea Azul, que dejaron un
saldo de muertos y heridos. El Consejo también apoyó
la labor de la FPNUL para mantener la cesación del __________________
22 S/2005/460, presentado de conformidad con la
resolución 1583 (2005); y S/2006/26, presentado de
conformidad con la resolución 1614 (2005).
23 S/2005/444 y S/2006/15.
24 Grecia y la República Unida de Tanzanía,
respectivamente.
25 S/2005/58, S/2005/105, S/2005/106, S/2005/168,
S/2005/242, S/2005/304, S/2005/339, S/2005/369,
S/2005/424, S/2005/435, S/2005/526, S/2005/568,
S/2005/641, S/2005/715, S/2005/746, S/2005/747,
S/2007/755, S/2005/836 y S/2006/5.
26 S/2005/312, S/2005/352, S/2005/423, S/2005/546,
S/2005/731 y S/2005/837.
fuego y pidió que el Secretario General continuase
colaborando con el Gobierno del Líbano para que
reforzase su autoridad en el sur y prosiguiese las
consultas con las partes interesadas en la aplicación de
las resoluciones.
Decisión de 27 de julio de 2006 (5497ª sesión):
declaración de la Presidencia
En sus cartas idénticas de fecha 12 de julio de
2006 dirigidas al Secretario General y el Presidente del
Consejo de Seguridad, el representante de Israel
informó al Consejo de que “terroristas de Hizbullah”
dirigieron una descarga de artillería pesada y cohetes
contra Israel que causaron varias muertes27. Los
terroristas también se infiltraron en Israel y
secuestraron a dos soldados israelíes que se llevaron al
Líbano. El representante declaró que la responsabilidad
de este “acto de beligerancia” incumbía al Gobierno
del Líbano, desde cuyo territorio se lanzaron los
ataques contra Israel. El Gobierno de Israel los
consideraba una “abierta declaración de guerra” y una
violación de la Línea Azul y las resoluciones del
Consejo de Seguridad 425 (1978), 1559 (2004) y 1680
(2006) y todas las demás resoluciones pertinentes. Por
lo tanto, Israel se reservaba el derecho de actuar de
acuerdo con lo estipulado en el Artículo 51 de la Carta
de las Naciones Unidas y a ejercer su derecho de
legítima defensa. Israel adoptaría las medidas
oportunas para asegurar la liberación de los soldados
secuestrados y poner fin a los bombardeos.
En una carta de fecha 13 de julio de 2006 dirigida
al Presidente del Consejo de Seguridad, el
representante del Líbano pidió una reunión urgente del
Consejo de Seguridad para tratar la grave situación que
se había creado como consecuencia de los últimos
actos de “agresión” llevados a cabo por Israel en el
Líbano28.
En su 5489ª sesión, celebrada el 14 de julio de
2006, en respuesta a la petición del Líbano, el Consejo
introdujo la carta de fecha 13 de julio de 2006 en su
orden del día. Además de todos los miembros del
Consejo, formularon declaraciones el Secretario
General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de
la Paz, el Secretario General Adjunto de Asuntos
Políticos y los representantes de Israel y el Líbano.
__________________
27 S/2006/515.
28 S/2006/517.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 629
El Presidente (Francia) señaló a la atención del
Consejo la mencionada carta del representante de Israel
y dos cartas del representante del Líbano, todas ellas
dirigidas al Secretario General29. En la primera carta,
de fecha 13 de julio de 2006, el representante del
Líbano informó al Secretario General de que el
Consejo de Ministros del Líbano mantuvo con carácter
de emergencia una reunión el 12 de julio de 2006, en la
cual el Gobierno sostuvo que no tenía conocimiento de
los sucesos que se habían producido en la frontera
internacional del Líbano; que no era responsable de los
hechos y no los respaldaba; y condenaba las
“agresiones que Israel ha cometido”. En la segunda
carta, también de fecha 13 de julio de 2006, el
Gobierno del Líbano informó al Secretario General de
las más recientes “agresiones de Israel” contra el
Líbano.
El Secretario General Adjunto de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz informó al Consejo sobre la
situación en el Oriente Medio. Afirmó que la crisis
entre Israel y el Líbano era la más grave desde la
retirada de las fuerzas israelíes del sur del Líbano en
2000. La crisis comenzó el 12 de julio de 2006, cuando
Hizbullah lanzó varios cohetes desde el territorio
libanés que atravesaron la Línea Azul hacia posiciones
de las Fuerzas de Defensa de Israel, que causaron la
muerte de tres soldados y heridas a dos, y capturaron a
dos soldados. A continuación se produjo un
intercambio de disparos entre las Fuerzas de Defensa
de Israel y Hizbullah a lo largo de toda la Línea Azul.
El día 12 de julio por la tarde el Gobierno del Líbano
pidió a la FPNUL que se encargara de negociar una
cesación del fuego. El Gobierno de Israel respondió
que la cesación del fuego estaría supeditada a la
liberación de los soldados capturados. Debido a los
ataques y a que las Fuerzas de Defensa de Israel
advirtieron de que dispararían a cualquier persona,
incluido el personal de la FPNUL, que se desplazara
cerca de la Línea Azul, la capacidad de la Fuerza para
hacer un seguimiento de los acontecimientos en la zona
de operaciones se vio muy limitada30.
El Secretario General Adjunto de Asuntos
Políticos también informó al Consejo y explicó que
había partes del Líbano sometidas a bloqueo y a
intensos ataques militares por parte de Israel. Señaló
que el Secretario General había condenado todas las
acciones dirigidas contra civiles o las que los exponían __________________
29 S/2006/518 y S/2006/522.
a un peligro excesivo debido a su carácter
desproporcionado o indiscriminado, e instó a todas las
partes a que asumieran las obligaciones que les
incumbían de conformidad con el derecho
internacional y los acuerdos internacionales, y pidió
moderación para evitar que la solución se volviera
todavía más incontrolable. También informó al Consejo
de la decisión del Secretario General de enviar una
misión al Oriente Medio para ejercer sus buenos
oficios e intentar poner fin a la grave crisis en la
región31.
El representante del Líbano dijo que la “agresión
generalizada y bárbara” del Gobierno de Israel estaba
destruyendo la infraestructura del Líbano y causando la
muerte de civiles inocentes. Las fuerzas del Gobierno
de Israel habían realizado operaciones militares
generalizadas en las que bombardearon
deliberadamente instalaciones esenciales y destruyeron
puentes importantes, depósitos de almacenamiento de
combustible de plantas de energía eléctrica, las tres
pistas del aeropuerto internacional de Beirut y otras
instalaciones civiles y edificios residenciales. Afirmó
que el Gobierno de Israel hacía responsable al del
Líbano por el ataque y secuestro de los dos soldados,
aun cuando el Gobierno del Líbano había emitido un
comunicado el 12 de julio de 2006 en la que declaraba
que no tenía conocimiento del incidente y no era
responsable de él ni lo respaldaba. Sostuvo que la
“agresión israelí”32 obstaculizaba los esfuerzos
realizados por el Líbano para promover la democracia
y socavaba la soberanía del Líbano en su empeño por
ejercer su autoridad en todo su territorio. Acogía con
satisfacción la iniciativa del Secretario General de
enviar una delegación de alto nivel que trabajase para
reducir las tensiones, restablecer la estabilidad e instar
por la protección de los civiles y la infraestructura
civil. Destacó que el desacato por Israel de los
llamamientos hechos por el Gobierno del Líbano en los
que expresó su completa disposición a negociar por
conducto de las Naciones Unidas y otras partes a fin de
buscar una solución para los acontecimientos, las
consecuencias de esos acontecimientos y las causas de
ellos era una “prueba incuestionable de la intención de
Israel de causar un empeoramiento de la situación”.
Por último, exhortó al Consejo de Seguridad a que
adoptase una decisión que exigiese una cesación del __________________
30 S/PV.5489, págs. 2 y 3.
31 Ibid., págs. 3 y 4.
32 Ibid., pág. 5.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
630 11-02856
fuego inmediata, el levantamiento del bloqueo aéreo y
marítimo impuesto contra el Líbano y el fin de la
“agresión de Israel”.
El representante de Israel subrayó que la retirada
de Israel del Líbano meridional, de conformidad con la
resolución 425 (1978), que fue reconocida en una
declaración de la Presidencia del Consejo de 18 de
junio de 200033, había tenido lugar con el fin de
establecer allí una zona de seguridad para evitar los
atentados terroristas contra ciudades y aldeas israelíes.
Sin embargo, el Gobierno del Líbano optó por permitir
que su región meridional “fuera ocupada por el
terrorismo, en vez de desarmarlo”, y por ceder el
control de su país en vez de ejercer su plena soberanía.
En consecuencia, los terroristas de Hizbullah, que
actuaban con impunidad en el Líbano meridional,
emprendieron un ataque repentino no provocado contra
el territorio israelí, por lo que Israel no tenía más
opción que reaccionar. Las medidas de Israel eran una
respuesta directa a un “acto de guerra del Líbano” y,
aunque Israel consideraba responsable de los ataques al
Gobierno de Líbano, estaba restringiendo
cuidadosamente su reacción, principalmente contra
bastiones de Hizbullah. Destacó la importancia de que
la comunidad internacional entendiera que, aunque
Hizbullah ejecutaba ese terrorismo, era “meramente un
dedo de los brazos ensangrentados de Siria y el Irán,
que tenían un gran alcance”. Por último, pidió al
Consejo de Seguridad y la comunidad internacional
que ayudasen al pueblo libanés a alcanzar el objetivo
de que el Líbano fuera un país libre, próspero y
democrático34.
El representante de la Federación de Rusia afirmó
que su delegación veía las acciones militares de Israel
como un desproporcionado e inadecuado uso de la
fuerza, que ponía en peligro la soberanía y la
integridad territorial del Líbano y la paz y la seguridad
de toda la región. Pidió medidas urgentes para detener
la escalada militar e instó a Israel a poner fin a sus
incursiones en el Líbano y a la destrucción de la
infraestructura civil del territorio libanés, así como al
bloqueo. También destacó que Hizbullah debía
abstenerse de realizar actividades en contra de Israel,
liberar a los soldados israelíes, detener sus ataques con
cohetes y respetar la Línea Azul. También señaló que
esperaba que el Gobierno libanés prestase toda la
ayuda posible para resolver esos problemas. La __________________
33 Ibid., pág. 6.
Federación de Rusia manifestó su apoyo por la
decisión del Secretario General de enviar una misión
especial a la región y estaba tomando medidas
activamente para lograr la cesación del fuego al enviar
a su propio representante especial del Ministro de
Relaciones Exteriores a la región35.
El representante de los Estados Unidos de
América afirmó que la incursión de Hizbullah a través
de la Línea Azul el 12 de julio constituyó una
provocación deliberada y premeditada dirigida a
socavar la estabilidad regional. Esas provocaciones
ponían de manifiesto la necesidad urgente de que Siria
y Hizbullah cumpliesen de manera plena e inmediata
las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad,
incluidas las resoluciones 1559 (2004), 1583 (2005),
1655 (2006) y 1680 (2006). Dejó claro que la
República Árabe Siria y la República Islámica del Irán
debían rendir cuentas por su apoyo al terrorismo en la
región y su papel en la crisis actual, ya que la
República Árabe Siria servía de refugio al brazo
armado de Hamas y suministraba apoyo material a
Hizbullah, mientras que la República Islámica del Irán
ofrecía patrocinio y apoyo financiero y de otro tipo a
Hizbullah. Subrayó la importancia de la declaración de
la presidencia de 18 de junio de 2000 y la conclusión
del Secretario General de que, desde el 16 de junio de
2000, Israel había retirado todas sus fuerzas del
Líbano, de conformidad con la resolución 425 (1978)
del Consejo de Seguridad, y había cumplido los
requisitos estipulados en el informe del Secretario
General de 22 de mayo de 200036. Por lo tanto,
mantuvo que todas las milicias existentes en el Líbano,
incluida Hizbullah, debían ser desarmadas y disueltas
de inmediato, y que el Gobierno libanés debía validar y
ejercer su autoridad en todo su territorio37.
El representante de Qatar reconoció el derecho de
todos los Estados, incluido el Líbano, a defenderse,
librar una campaña militar en la que se atacaba
directamente a los civiles y se dañaba su
infraestructura no podía en modo alguno estar en
consonancia con ese objetivo. Aseguró que el
“supuesto derecho de Israel” a la legítima defensa
terminó cuando el Consejo de Seguridad adoptó las
medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad __________________
34 S/PV.5489, págs. 6 y 7.
35 Ibid., pág. 8.
36 S/2000/460.
37 S/PV.5489, pág. 11.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 631
internacionales, y pidió al Consejo que adoptase
medidas apropiadas para poner fin a esa “agresión”38.
El representante de China denunció la “agresión
armada” de Israel y exigió que Israel pusiera fin a sus
acciones militares y levantara el bloqueo aéreo,
marítimo y terrestre contra el Líbano. Al mismo
tiempo, China se oponía a la práctica de las milicias de
Hizbullah, y exhortó a Hizbullah a que liberara pronto
a los soldados israelíes secuestrados39.
El representante del Reino Unido instó a todos
los países que tuvieran influencias sobre Hizbullah,
sobre todo a la República Árabe de Siria y la República
Islámica del Irán, a que “cumplieran con su labor”.
Mantuvo que Israel tenía el derecho de actuar en
defensa propia, pero debía actuar con moderación y
asegurarse de que sus acciones eran proporcionadas y
moderadas, se llevaran a cabo de conformidad con el
derecho internacional y evitaran la muerte y el
sufrimiento de civiles. Concluyó que la crisis ponía de
relieve la necesidad de que se aplicara de manera plena
y sostenible la resolución 1559 (2004)40.
El representante de Francia aseguró que
Hizbullah era responsable de haber desencadenado las
hostilidades. Afirmó que el Gobierno del Líbano había
rechazado esta provocación y debía asumir sus
responsabilidades y cumplir los compromisos que
contrajo ante el Consejo y de conformidad con el
Acuerdo de Taif y las resoluciones del Consejo de
Seguridad. Señaló que Israel tenía el derecho de
defender su territorio y a sus ciudadanos cuando eran
atacados, pero condenó el carácter desproporcionado
de su respuesta. Hizo hincapié en que el pueblo libanés
no debía ser tomado como rehén y que la libertad de
circulación de la población libanesa y de los
extranjeros que se encontraban en el Líbano debía
restablecerse41.
La mayoría de los representantes acogieron con
beneplácito la decisión del Secretario General de
enviar un enviado especial y pidieron una cesación
inmediata de las hostilidades. Algunos de ellos
condenaron el ataque a Israel y el secuestro de los dos
soldados israelíes, pero destacaron que la respuesta
israelí había sido desproporcionada y que Israel debía
actuar de conformidad con las disposiciones del __________________
38 Ibid., págs. 11 y 12.
39 Ibid., pág. 12.
40 Ibid., págs. 13 y 14.
41 Ibid., pág. 19.
derecho internacional humanitario. También era
necesario respetar y aplicar plenamente los anteriores
compromisos, acuerdos y resoluciones del Consejo, en
particular la resolución 1559 (2004)42.
En su 5492ª sesión, celebrada el 20 de julio de
2006, el Consejo escuchó una exposición informativa
del Secretario General sobre el conflicto entre Israel y
el Líbano. El Secretario General apuntó que habían
perdido la vida más de 300 libaneses y más de 600
habían resultado heridos, y que gran parte de la
infraestructura de Beirut y en el resto del país había
quedado destruida. El Líbano seguía sometido a un
bloqueo militar israelí impuesto por mar y por aire.
Pidió una cesación del fuego urgente e inmediata para
evitar la pérdida de más vidas, permitir pleno acceso
humanitario a los que lo necesitaban y brindar a la
diplomacia la oportunidad de preparar un conjunto de
medidas prácticas que proporcionase una solución
duradera a la crisis actual. Debido a los
enfrentamientos constantes, la FPNUL no tenía libertad
de circulación y necesitaba el tiempo necesario para
traer reservas de alimentos, agua y combustible desde
Israel para su propio personal. El Secretario General
señaló que Israel había confirmado que su operación en
el Líbano perseguía objetivos más amplios, de mayor
alcance que el retorno de sus soldados capturados, y
que su meta era poner fin a la amenaza que suponía
Hizbullah atacando su infraestructura y su fortaleza
física. No obstante, el Gobierno del Líbano, que Israel
quisiera que expandiera su control a todo el territorio,
se había convertido en rehén de la crisis y estaba en
menos condiciones que nunca de desplegar sus fuerzas
en las zonas necesarias para controlar a Hizbullah.
Recomendó varios elementos que debían formar la
base para cualquier cesación del fuego duradera, entre
ellos el regreso de los soldados israelíes capturados,
una fuerza de mantenimiento de la paz ampliada para
ayudar a estabilizar la situación, la aplicación plena de
las resoluciones 1559 (2004) y 1680 (2006) y el
establecimiento de un mecanismo, formado por agentes
regionales e internacionales clave, para verificar y
garantizar la aplicación de un acuerdo de cesación del
fuego. Además, dado que las condiciones para el
mantenimiento de la paz no existían en ese momento, __________________
42 Ibid., pág. 9 (Ghana); págs. 9 y 10 (Argentina); págs. 12 y
13 (Japón); pág. 14 (República Democrática del Congo);
págs. 14 y 15 (República Unida de Tanzanía); págs. 15 y
16 (Perú); págs. 16 y 17 (Dinamarca); págs. 17 y 18
(Eslovaquia); y pág. 18 (Grecia).
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
632 11-02856
pidió que el Consejo de Seguridad decidiese qué hacer
con respecto a la FPNUL, cuyo mandato vencería el 31
de julio. El Secretario General creía que el
mantenimiento de la FPNUL con su configuración y su
mandato actuales no era sostenible.
En su 5497ª sesión, celebrada el 27 de julio de
2006, se invitó a los representantes de Austria, el
Canadá y Finlandia a participar en el debate. El
Presidente (Francia) pronunció una declaración en
nombre del Consejo43, en la que el Consejo, entre otras
cosas:
Afirmó que estaba profundamente consternado y afligido
por los disparos dirigidos por las Fuerzas de Defensa de Israel
contra un puesto de observación de las Naciones Unidas en el
Líbano meridional el 25 de julio de 2006, que causaron la
muerte de cuatro observadores militares de las Naciones Unidas;
Exhortó al Gobierno de Israel a que llevase a cabo una
investigación exhaustiva de este incidente, teniendo en cuenta
todos los materiales pertinentes que recibiese de las autoridades
de las Naciones Unidas, y que hiciese públicos los resultados lo
antes posible;
Destacó que Israel y todas las partes interesadas debían
cumplir plenamente las obligaciones que les impone el derecho
internacional humanitario relacionadas con la protección de las
Naciones Unidas y de su personal asociado, y subrayó la
importancia de asegurar que el personal de las Naciones Unidas
no fuera objeto de ataques.
Decisión de 30 de julio de 2006 (5499ª sesión):
declaración de la Presidencia
En su 5498ª sesión, celebrada el 30 de julio de
2006, formularon declaraciones los representantes de
Israel y el Líbano sobre la situación en el Oriente
Medio. El Presidente (Francia) señaló a la atención del
Consejo una carta de fecha 29 de julio de 2006 dirigida
al Presidente del Consejo por el Secretario General44.
En su carta, el Secretario General se refirió al ataque
armado israelí contra el Grupo de Observación del
Líbano del Organismo de las Naciones Unidas para la
Vigilancia de la Tregua, en el cual resultaron muertos
cuatro observadores militares de las Naciones Unidas
el 25 de julio de 2006. Expresó su preocupación por la
protección y la seguridad del personal de las Naciones
Unidas y los civiles israelíes y libaneses, y reiteró su
exhortación a una cesación inmediata de las
hostilidades.
__________________
43 S/PRST/2006/34.
44 S/2006/595.
El Secretario General se dirigió al Consejo y dijo
que, durante la noche del 29 de julio de 2006, la Fuerza
Aérea de Israel bombardeó la aldea de Qana, que ya no
se encontraba en la zona de operaciones de la FPNUL.
Por lo tanto, no había personal de las Naciones Unidas
en las cercanías para ayudar en el desescombro y
proporcionar tratamiento a los supervivientes. Los
informes preliminares indicaban que el ataque dejó un
saldo de 54 libaneses muertos, de los cuales al menos
37 eran niños. Expresó su profunda consternación por
el hecho de que se hiciese caso omiso de sus
llamamientos previos para que se procediera a una
cesación inmediata de las hostilidades. Mientras que
varios cientos de ciudadanos libaneses habían resultado
muertos, al igual que más de 50 israelíes, destacó que
ambas partes tenían una gran responsabilidad, y que
existían suficientes pruebas prima facie de que las dos
habían incurrido en graves violaciones del derecho
internacional humanitario. Pidió al Consejo que se
uniera en torno a la cuestión más importante: la
cesación inmediata de las hostilidades45.
El representante del Líbano afirmó que Israel
había cometido matanzas de guerra que,
lamentablemente, no se habían abordado todavía
mediante resoluciones del Consejo de Seguridad.
Señaló que el Primer Ministro del Líbano, en nombre
del Gobierno libanés, expuso la visión del Líbano del
plan de siete puntos, empezando por una cesación del
fuego inmediata y completa, ya que no podía estudiarse
ninguna solución antes de lograrla. Su país pedía al
Consejo que pusiera fin a los ataques inmediatamente,
y que emprendiera una investigación eficaz y seria de
esa “matanza” y de las otras “matanzas” que Israel
había perpetrado en las tres semanas anteriores46.
El representante de Israel reconoció que en esos
trágicos acontecimientos podían haber muerto mujeres
y niños, pero destacó que eran víctimas de Hizbullah.
Señaló que Israel nunca había tomado como blanco a
personas inocentes, y que las mujeres y los niños
fueron las víctimas porque fueron utilizados como
escudos humanos por Hizbullah. Explicó que, si el
Líbano hubiera desplegado sus fuerzas en el sur o si el
Consejo de Seguridad hubiera hecho cumplir la
resolución 1559 (2004), la guerra nunca habría tenido
lugar. Destacó que era necesario desarmar totalmente a
Hizbullah; de lo contrario, “volvería a levantar de
nuevo su fea cabeza” aun si se llegaba a una cesación __________________
45 S/PV.5498, págs. 2 y 3.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 633
del fuego. Concluyó diciendo que “el terror y
Hizbullah deben terminar” porque, hasta que cesaran,
habría hostilidades y ataques y “más inocentes”
pagarían el precio47.
En su segunda intervención, el representante del
Líbano afirmó que había quedado claro desde el
principio que el Líbano, y no Hizbullah, era el
objetivo, y negó las afirmaciones de que los cohetes
fueran disparados desde lugares cercanos a la zona
bombardeada48.
En su 5499ª sesión49, celebrada el 30 de julio de
2006, el Presidente (Francia) pronunció una
declaración en nombre del Consejo50, en la que el
Consejo, entre otras cosas:
Expresó su más profunda consternación y conmoción ante
el bombardeo ejecutado por las Fuerzas de Defensa de Israel
contra un edificio residencial de Qana, en el Líbano meridional,
que había provocado la muerte de decenas de civiles, sobre todo
niños, así como heridas en muchas otras personas; y envió su
más sentido pésame a las familias de las víctimas y al pueblo
libanés;
Deploró enérgicamente la pérdida de vidas inocentes y la
matanza de civiles en este conflicto y pidió al Secretario
General que le informase en el término de una semana sobre las
circunstancias de ese trágico incidente; deploró todas las
medidas que se adoptasen contra el personal de las Naciones
Unidas, y pidió que se respetase plenamente la seguridad de
todo el personal y los locales de las Naciones Unidas;
Reafirmó su determinación de proceder sin más demora a
aprobar un proyecto de resolución para una solución perdurable
de la crisis, sobre la base de las gestiones diplomáticas en curso.
Decisión de 31 de julio de 2006 (5501ª sesión):
resolución 1697 (2006)
En su 5501ª sesión, celebrada el 31 de julio de
2006, el Consejo incluyó en su orden del día el informe
del Secretario General de fecha 21 de julio de 2006
sobre la FPNUL51. En su informe, el Secretario
General observó que las hostilidades entre Israel y
Hizbullah habían alterado radicalmente el contexto en
el cual realizaba sus operaciones la FPNUL, por lo que __________________
46 Ibid., págs. 3 y 4.
47 Ibid., págs. 5 a 7.
48 Ibid., pág. 7.
49 Los representantes de Israel y el Líbano estuvieron
presentes en la sesión, de conformidad con la decisión
adoptada en la 5498ª sesión.
50 S/PRST/2006/35.
51 S/2006/560, presentado de conformidad con la resolución
1655 (2006).
las circunstancias no eran conducentes a una operación
de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.
Aunque el representante del Líbano había pedido que
el mandato de la FPNUL se prorrogase por un período
adicional de seis meses52, el Secretario General
recomendó que el Consejo lo prorrogase por un
período adicional de un mes, ya que el retorno al statu
quo ante no parecía viable.
El Presidente (Francia) señaló a la atención del
Consejo cartas de Israel53 y el Líbano54 sobre actos de
agresión. El Presidente señaló también a la atención
del Consejo un proyecto de resolución presentado por
Francia55; el proyecto de resolución se sometió a
votación y fue aprobado de forma unánime y sin debate
como resolución 1697 (2006), en la que el Consejo,
entre otras cosas:
Instó a todas las partes interesadas a que cumpliesen
escrupulosamente su obligación de respetar la seguridad de la
FPNUL y del personal de las Naciones Unidas;
Las exhortó a que permitiesen que la Fuerza reabasteciera
sus posiciones, llevase a cabo operaciones de búsqueda y rescate
de su personal y adoptase toda otra medida que considerase
necesaria para garantizar la seguridad de su personal;
Decidió prorrogar el mandato de la FPNUL hasta el 31 de
agosto de 2006.
Decisión de 11 de agosto de 2006 (5511ª sesión):
resolución 1701 (2006)
En su 5503ª sesión, celebrada el 31 de julio de
2006, el Consejo incluyó en su orden del día una carta
de fecha 31 de julio de 2006 dirigida al Presidente del
Consejo por el representante del Líbano56, en la que el
Líbano solicitaba una sesión urgente para discutir la
masacre más reciente perpetrada por los israelíes en
Qana y la constante escalada de la violencia. En la
sesión, los representantes de Israel y el Líbano
formularon declaraciones.
El representante del Líbano reiteró el
llamamiento del Gobierno libanés para una cesación
inmediata y general del fuego, así como un proceso de
investigación internacional respecto de Qana, donde ya __________________
52 S/2006/496.
53 S/2006/515.
54 S/2006/496, S/2006/518, S/2006/522, S/2006/531,
S/2006/536, S/2006/537, S/2006/550, S/2006/565 y
S/2006/575.
55 S/2006/583.
56 S/2006/596.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
634 11-02856
se produjo otra matanza en 1996. Aseguró que la
justificación ofrecida por el Gobierno de Israel de que
los combatientes de Hizbullah estaban entre la
población civil era una violación del derecho
internacional, y citó el artículo 50 del Protocolo I, de
1977, de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de
1949. También dio lectura de un texto aprobado por el
Consejo de Ministros del Líbano, que pedía la cesación
inmediata del fuego, la liberación de los prisioneros
libaneses e israelíes, la retirada del ejército de Israel
hasta detrás de la Línea Azul, el compromiso del
Consejo de Seguridad de someter las granjas de Shebaa
y las colinas de Kafr Shuba a la jurisdicción de las
Naciones Unidas; que Israel entregase todos los mapas
de minas terrestres restantes del sur del Líbano; y que
se ampliasen los efectivos, el equipo y el alcance de las
operaciones de la fuerza internacional de las Naciones
Unidas57.
El representante de Israel convino en que regresar
al statu quo ante sería inútil. Afirmó que Israel no tenía
ninguna discrepancia con el Líbano, sino con “las
fuerzas y las monstruosidades” de las que el propio
Líbano consintió ser rehén. Mantuvo que el Líbano
tuvo varias oportunidades de ser un país soberano,
entre ellas cuando Israel se retiró completamente del
Líbano, un hecho que fue ratificado por el Consejo.
Reiteró que Israel solo luchaba para protegerse de un
acto de guerra58.
El representante del Líbano intervino una
segunda vez y una tercera, y mencionó la conferencia
de Roma, que emitió una declaración que hacía
referencia a la resolución 425 (1978) del Consejo de
Seguridad. En esa referencia estaba implícito el hecho
de que la resolución 425 (1978) aún no se había
aplicado en su totalidad. Reiteró su declaración de que
el Líbano necesitaba la restitución de las granjas de
Shebaa, la liberación de los prisioneros libaneses de las
cárceles de Israel y los mapas de minas terrestres en el
sur del Líbano59.
En su segunda intervención, el representante de
Israel dijo que el Líbano debería haber pedido la
devolución de las granjas de Shebaa a los sirios, no a
Israel, puesto que era el Gobierno de la República
Árabe Siria quien decía que esa zona le pertenecía60.
__________________
57 S/PV.5503, págs. 2 y 3.
58 Ibid., págs. 4 y 5.
59 Ibid., págs. 5 y 6.
60 Ibid., pág. 5.
En la 5508ª sesión, celebrada el 8 de agosto de
2006, formularon declaraciones los representantes de
Israel, el Líbano y Qatar61.
El representante de Qatar dijo que el proyecto de
resolución que el Consejo tenía ante sí exigía un
examen cuidadoso, que tuviese presente la postura de
los Estados árabes expresada en el plan de siete puntos
aprobado por el Consejo de Ministros de la Liga de los
Estados Árabes el 7 de agosto de 2006. El Consejo de
Seguridad también debería prestar atención a la
estructura sociopolítica de la sociedad libanesa, así
como los intereses, la unidad, la estabilidad y la
integridad territorial del Líbano. Por consiguiente,
señaló a la atención del Consejo las repercusiones que
tendría la aprobación de una resolución que no pudiera
aplicarse, lo que complicaría aún más la situación
sobre el terreno y tendría graves consecuencias para el
Líbano, los países árabes y todos los países de la
región62.
El representante del Líbano sostuvo que en el
proyecto de resolución no se tenían en cuenta muchas
de las peticiones del Líbano y que no alcanzaría los
resultados que la comunidad internacional esperaba
lograr. Observó que el proyecto de resolución no pedía
“una cesación del fuego inmediata”, sino “una cesación
de las hostilidades”, y destacó que el Líbano necesitaba
esclarecer muchas otras cuestiones. Además, en
referencia a que en el proyecto de resolución se pedía a
Israel que pusiera fin a todas las acciones ofensivas,
afirmó que Israel siempre había considerado que sus
acciones en el Líbano eran defensivas y, en ese sentido,
el proyecto de resolución dejaba al Líbano a merced de
la “voluntad” de Israel. Pidiendo una retirada
inmediata de los israelíes, reafirmó que la disposición
del Gobierno del Líbano a desplegar 15.000 efectivos
en el sur cuando el ejército israelí se retirase detrás de
la Línea Azul. La cuestión de las granjas de Shebaa
también debía resolverse, y el proyecto de resolución
no reflejaba adecuadamente la disposición de la
comunidad internacional a avanzar con respecto a esa
cuestión63.
El representante de Israel dijo que la cuestión no
era si el Consejo era capaz de aprobar una resolución, __________________
61 Se invitó al Ministro de Relaciones Exteriores de los
Emiratos Árabes Unidos y el Secretario General de la
Liga de los Estados Árabes a participar en la sesión,
pero no formularon declaraciones.
62 S/PV.5508, pág. 2.
63 Ibid., págs. 3 y 4.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 635
sino si el Consejo y la comunidad internacional eran
capaces de decidir el camino a seguir, un plan que
pusiera fin a la amenaza que representaban Hizbullah y
sus patrocinadores para los pueblos de Israel y el
Líbano y para la región en su conjunto. Sostuvo que el
Gobierno de Israel seguiría haciendo todo lo necesario
para proteger la vida de sus ciudadanos, y que debía
defenderse de un enemigo que no solo tomaba
deliberadamente a civiles como blanco, sino que
también se escondía entre ellos, así como en sus
mezquitas y en recintos de las Naciones Unidas. Según
el representante de Israel, una parte importante de la
capacidad militar y la infraestructura de Hizbullah
había sido destruida, por lo que existía la posibilidad
de que el Gobierno del Líbano y la comunidad
internacional pudiesen comenzar de nuevo y reparar las
omisiones que causaron la crisis actual. Para lograrlo,
esto requeriría una fuerza internacional robusta y
eficaz que garantizase el desmantelamiento y el
desarme de todos los grupos terroristas y la aplicación
de la resolución 1559 (2004) en todas sus partes.
También requería medidas obligatorias y eficaces que
impidieran el suministro constante y
reaprovisionamiento de armas y municiones; y que el
Gobierno del Líbano cumpliera las obligaciones
básicas establecidas por el derecho internacional y por
el Consejo en el Líbano para poner fin a la utilización
de su territorio como base para amenazar el territorio
de otros. Afirmó que Israel estaba dispuesto a poner fin
a las hostilidades y a retirar sus fuerzas si estas
medidas eficaces se ponían en práctica64.
En sus segundas intervenciones, los
representantes de Qatar y el Líbano reiteraron que las
resoluciones que se aprobaran debían tener en cuenta la
realidad del Líbano o, de lo contrario, la comunidad
internacional se enfrentaría a una guerra civil en ese
país. También destacaron que el deseo de Israel de
destruir la infraestructura de Hizbullah había destruido
la infraestructura del Líbano. Los dos principios
relacionados con los civiles que había que respetar, el
principio de distinción y el principio de
proporcionalidad, habían sido violados
sistemáticamente por Israel desde el 12 de julio de
200665.
En la 5511ª sesión, celebrada el 11 de agosto de
2006, el Presidente (Ghana) señaló a la atención del
Consejo varias cartas del representante del Líbano en __________________
64 Ibid., págs. 4 a 6.
65 Ibid., págs. 7 y 8 (Qatar); y pág. 8 (Líbano).
las que comunicaba listas de ataques cometidos por
Israel y pedía una cesación del fuego66. También
señaló a la atención otros documentos67. El Consejo
escuchó luego una exposición informativa del
Secretario General y las declaraciones formuladas por
la mayoría de los miembros del Consejo, así como los
representantes de Israel y el Líbano68.
El Secretario General acogió con beneplácito el
proyecto de resolución que el Consejo tenía ante sí,
que preveía una cesación completa e inmediata de las
hostilidades. Opinó que el proyecto de resolución
permitiría concertar un acuerdo de cesación del fuego
sostenible y duradero y comenzar el proceso para
solucionar los problemas políticos de la región.
Expresó su decepción de que el Consejo no hubiera
llegado a ese punto mucho antes y porque su
incapacidad para reaccionar con mayor prontitud había
hecho tambalear la confianza que el mundo depositaba
en su autoridad e integridad. Observó que, desde el 12
de julio de 2006, cuando Hizbullah lanzó un ataque
contra Israel, habían muerto más de 1.000 libaneses y
sufrido heridas más de 3.600, y que 41 civiles israelíes
habían perdido la vida. Las Naciones Unidas habían
sido objeto de protestas y violencia, pese a los
esfuerzos humanitarios desplegados por la
Organización, incluidos los de la FPNUL, que había
tenido que hacer frente a una situación para la cual no
había recibido un mandato y para la cual no estaba __________________
66 S/2006/571, S/2006/578, S/2006/599, S/2006/621,
S/2006/625, S/2006/630 y S/2006/639.
67 Una carta de fecha 29 de julio de 2006 del Secretario
General, que hacía referencia a los ataques en los que
murieron cuatro observadores militares de las Naciones
Unidas (S/2006/595); una carta de fecha 7 de agosto de
2006 del Secretario General, en la que presentaba
información sobre las circunstancias del incidente de
Qana, en el que perdieron la vida varios civiles
(S/2006/626); y una nota del Secretario General de fecha
28 de julio de 2006, en la que transmitía una copia de la
exposición informativa para los miembros del Consejo
realizada por el Secretario General Adjunto de Asuntos
Humanitarios y Coordinador del Socorro de Emergencia
acerca de la situación humanitaria en el Oriente Medio
(S/2006/593).
68 El representante del Congo no formuló declaraciones.
Los Ministros de Relaciones Exteriores de Dinamarca,
Francia, Grecia y Qatar, la Secretaria de Estado de
Relaciones Exteriores y Asuntos del Commonwealth del
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la
Secretaria de Estado de los Estados Unidos de América
representaron a sus respectivos países en esta sesión.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
636 11-02856
equipada. El Secretario General describió las medidas
necesarias para que el proyecto de resolución se
pudiera aplicar plenamente sobre el terreno. En primer
lugar, había que proporcionar garantías reales de
tránsito seguro y acceso a los necesitados a los
convoyes de ayuda humanitaria y los trabajadores de
socorro; y, en segundo lugar, la comunidad
internacional debía brindar al Gobierno del Líbano
todo el apoyo posible para que pudiera ejercer su
soberanía, de conformidad con las resoluciones del
Consejo 425 (1978), 1559 (2004) y 1680 (2006). El
Secretario General destacó que el Gobierno del Líbano
debía tener el monopolio del uso de la fuerza en su
propio territorio, lo que implicaba la retirada completa
y rápida de las fuerzas israelíes y el fortalecimiento del
mandato y el número de efectivos de la FPNUL.
Sostuvo que el Líbano merecía el apoyo pleno de las
Naciones Unidas en sus esfuerzos por “romper las
cadenas de la injerencia externa y los conflictos
internos”, y que para ello se necesitaba crear un
consenso nacional entre los libaneses y contar con una
cooperación constructiva entre todas las partes y
actores pertinentes en el plano regional, incluidos los
Gobiernos de la República Árabe Siria y la República
Islámica del Irán69.
La mayoría de los oradores expresó su firme
apoyo al proyecto de resolución y pidió una cesación
completa e inmediata del fuego para proteger a los
civiles; asistencia para el Líbano para que pudiera
ampliar su autoridad soberana; un mandato nuevo y
mejorado para la FPNUL, con un mayor ámbito de
actuación, mejor equipamiento y una dotación mucho
mayor; la cooperación de todos los Estados, en
particular la República Árabe Siria y la República
Islámica del Irán, para respetar la soberanía del
Líbano. La mayoría de los oradores destacó que en el
Líbano no debía haber fuerzas extranjeras, ni armas ni
autoridad alguna que no fuera la del Gobierno.
También pidió la aplicación de la resolución 1680
(2006), que versa sobre la delimitación de la frontera
libanesa, incluidas las granjas de Shebaa. Algunos
representantes hicieron hincapié en que la falta de una
solución amplia en el Oriente Medio era la principal
causa de la crisis y que era fundamental realizar un
examen de todos los aspectos de la situación del
Oriente Medio.
__________________
69 S/PV.5511, págs. 2 a 4.
La representante de los Estados Unidos aseguró
que, desde el principio del conflicto, su país había
tratado de poner fin a los combates, pero también había
insistido en que una cesación del fuego duradera
precisaba de un cambio decisivo del statu quo que
produjo la guerra. Mantuvo que, además de respetar el
llamamiento del proyecto de resolución para que
cesasen plenamente las hostilidades, todas las partes
debían adoptar medidas para proteger a los civiles.
Instó a los Gobiernos del Líbano e Israel a que se
comprometiesen a poner fin a la violencia a gran
escala. Hizbullah tenía una elección clara entre la
guerra y la paz, y el mundo debía tratar de garantizar
que esa decisión fuera la correcta. También observó,
entre otras cosas, que la comunidad internacional
impondría un embargo vinculante sobre todas las armas
dirigidas al Líbano sin el consentimiento del Gobierno
y exhortó a todos los Estados, sobre todo a la
República Islámica del Irán y la República Árabe Siria,
a que respetasen la soberanía del Gobierno del Líbano
y la voluntad de la comunidad internacional70.
El representante de Francia destacó que la
solución debía respetar una doble exigencia: permitir el
restablecimiento de la soberanía del Líbano sobre la
totalidad de su territorio, y garantizar el derecho de
Israel a la seguridad71.
El representante de Qatar reiteró que el Consejo
de Seguridad debería haber aprobado una resolución
que dispusiera una cesación inmediata del fuego desde
el principio de las hostilidades. Además, el proyecto de
resolución carecía de equilibrio y en él no se tenían en
cuenta adecuadamente los intereses, la unidad, la
estabilidad y la integridad territorial del Líbano. No se
abordaban los “horrores de la destrucción” causada por
la “agresión israelí” contra civiles inocentes y contra la
infraestructura del Líbano; y no se indicaba la
responsabilidad jurídica y humanitaria de Israel
respecto de esa destrucción ni se abordaba de forma
equilibrada la cuestión de los libaneses que estaban
prisioneros en Israel. Acogió con beneplácito el hecho
de que el proyecto de resolución se limitara a aumentar
el número de efectivos de la FPNUL y que su mandato
siguiera estando sujeto a las disposiciones del Capítulo
VI de la Carta. También observó que le habían
asegurado que toda referencia a fuerzas internacionales __________________
70 Ibid., págs. 5 a 7.
71 Ibid., pág. 7.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 637
en el proyecto de resolución era una referencia a la
FPNUL72.
La representante del Reino Unido destacó que el
Consejo necesitaba obtener una resolución que mirara
más allá del corto plazo y tuviera la perspectiva de una
solución duradera, lo que significaba acordar un texto
que tuviera suficientemente en cuenta las posiciones de
ambas partes. Eso había costado tiempo y esfuerzo,
pero el Reino Unido tenía la convicción de que era lo
que debía hacerse73.
El representante de China condenó el uso
excesivo de la fuerza y los ataques contra civiles, la
infraestructura civil y el personal de las Naciones
Unidas. Observó que su delegación era firme partidaria
de que el Consejo de Seguridad adoptase medidas con
rapidez para lograr una cesación del fuego inmediata y
completa, poner fin al conflicto, mantener la paz y la
estabilidad en el Oriente Medio y mitigar el desastre
humanitario. También expresó esperanza de que las
partes aplicasen la resolución y alcanzasen un consenso
global, duradero y justo para la solución política del
conflicto y para restablecer la paz y la estabilidad
locales lo antes posible74.
El representante de la Federación de Rusia
sostuvo que “transcurrió mucho tiempo
injustificadamente” para redactar el proyecto de
resolución del Consejo. Su país había hecho todo lo
posible por acelerar el proceso, tanto en sus contactos
con las partes como en la mesa de negociaciones. Con
ese espíritu, Rusia había propuesto un proyecto de
resolución el día anterior, en el que se exigía una
cesación del fuego humanitaria en el Líbano y
esfuerzos diplomáticos urgentes para solucionar la
crisis. Sin embargo, había sido posible presentar un
texto convenido de un proyecto de resolución más
amplio sobre el Líbano, por lo que la Federación de
Rusia decidió apoyarlo. Ese proyecto de resolución
reflejaba la exigencia fundamental de una inmediata
cesación de las hostilidades, tenía en cuenta las
demandas legítimas del Líbano e incluía las
disposiciones que satisfacían los intereses de seguridad
de Israel75.
Los representantes de Grecia, la Argentina, el
Japón y la República Unida de Tanzanía declararon que __________________
72 Ibid., págs. 8 y 9.
73 Ibid., págs. 11 y 12.
74 Ibid., págs. 14 y 15.
75 Ibid., págs. 15 y 16.
habían pedido una cesación inmediata del fuego al
inicio de las hostilidades y lamentaron que sus
llamamientos no hubieran sido escuchados antes y que
no se hubiera aprobado una resolución con mayor
celeridad76.
El representante del Líbano dijo que, aunque
Israel afirmase que la guerra era contra Hizbullah, en
realidad era una estrategia de terror aplicada contra
todos los libaneses. Sostuvo que la causa directa de
más de 1.100 muertes y la insensata destrucción de la
infraestructura y la economía del Líbano era la
desproporcionada e injustificable represalia israelí. Su
país no confiaba en la diferencia que hacía Israel entre
lo que era “defensivo” y lo que era “ofensivo”, y
destacó que el cese de las actividades militares no
debía tener limitaciones y que el levantamiento del
bloqueo debía tener lugar inmediatamente después de
que cesasen las hostilidades. Mantuvo que el sistema
de invasiones del Líbano por Israel era muestra de la
amenaza constante que pesaba sobre el Líbano y la
necesidad de una solución política que estuviera basada
en el derecho internacional. Para que esa solución
pudiera avanzar, debía abordar las causas
fundamentales de la guerra, incluida la continuada
ocupación israelí de las granjas de Shebaa, así como la
lucha del Líbano por recuperar la plena soberanía sobre
todo su territorio. Destacó que la comunidad
internacional tenía la obligación moral y política, de
conformidad con los términos de la Carta y las normas
aceptadas del derecho internacional, de defender la
soberanía e integridad territorial del Líbano, así como
de proteger al pueblo libanés de acuerdo con las
disposiciones pertinentes del derecho internacional
humanitario, incluido el Convenio de Ginebra y sus
Protocolos, que Israel había violado repetida y
voluntariamente77.
El representante de Israel reiteró que la manera
de evitar la crisis entre Israel y el Líbano había
quedado patente: el cumplimiento de las obligaciones
incondicionales plasmadas en las resoluciones 1559
(2004) y 1680 (2006). El camino más adecuado
requería el desarme y la disolución de Hizbullah y
otras milicias, y que el Líbano ejerciera su control y
autoridad sobre todo su territorio. Frente al fracaso de
garantizar que se cumplieran las obligaciones __________________
76 Ibid., págs. 10 y 11 (Grecia); págs. 16 y 17 (Argentina);
págs. 17 y 18 (Japón); y págs. 18 y 19 (República Unida
de Tanzanía).
77 Ibid., págs. 20 a 22.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
638 11-02856
dispuestas en esas resoluciones, Israel no tuvo otra
opción que hacer lo que el Líbano no hizo. Por
consiguiente, las capacidades letales de Hizbullah
habían recibido un fuerte golpe: se habían
desmantelado bases, se habían destruido “almacenes de
misiles provenientes del Irán” y el Líbano meridional
se había quedado en gran medida sin “la infraestructura
del terrorismo”. Destacó que Israel tenía derecho a
continuar sus esfuerzos destinados a culminar la tarea
de erradicar a los terroristas y eliminar la amenaza que
presentaban aún para los pueblos de Israel y el Líbano.
No obstante, Israel estaba dispuesto a responder a los
llamamientos del Consejo y dar otra oportunidad al
Gobierno del Líbano y la comunidad internacional de
crear “una nueva realidad sobre el terreno”. Señaló que
la resolución estipularía, entre otras cosas, un embargo
de armas vinculante que exigiría a todos los Estados
impedir el suministro de armamentos a las milicias y
los terroristas en el Líbano; y establecería acuerdos
para garantizar que las fuerzas armadas del Líbano se
desplegasen en todo el territorio libanés, incluso a lo
largo de la Línea Azul. En conclusión, hizo hincapié en
que Israel no tenía “mayor deseo que el de vivir junto
al pacífico y próspero Estado del Líbano, mientras
ejerce su independencia y sus responsabilidades
soberanas, como cualquier otro Estado”78.
El Presidente señaló a la atención del Consejo un
proyecto de resolución presentado por Dinamarca,
Eslovaquia, los Estados Unidos, Francia, Ghana,
Grecia y el Reino Unido79; el proyecto de resolución se
sometió a votación y se aprobó por unanimidad como
resolución 1701 (2006), en la que el Consejo, habiendo
determinado que la situación en el Líbano constituía
una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
entre otras cosas:
Pidió una cesación total de las hostilidades basada, en
particular, en que Hizbullah pusiera fin de inmediato a todos los
ataques e Israel pusiera fin de inmediato a todas las operaciones
militares ofensivas;
Exhortó al Gobierno del Líbano y a la FPNUL a que,
después de la cesación total de las hostilidades, desplegaran
conjuntamente sus fuerzas en toda la región meridional y
exhortó al Gobierno de Israel a que, al iniciarse ese despliegue,
retirara todas sus fuerzas del Líbano meridional en forma
paralela;
Exhortó a la comunidad internacional a que tomara
medidas inmediatas para ampliar su asistencia financiera y __________________
78 Ibid., págs. 20 a 24.
79 S/2006/640.
humanitaria al pueblo del Líbano, entre otras cosas, facilitando
el regreso en condiciones de seguridad de las personas
desplazadas y bajo la autoridad del Gobierno del Líbano;
Decidió, con el fin de aumentar y mejorar la Fuerza en lo
referente a efectivos, equipo, mandato y alcance de las
operaciones, autorizar el aumento de los efectivos a un máximo
de 15.000 soldados;
Exhortó al Gobierno del Líbano a que asegurara sus
fronteras y otros puntos de ingreso para impedir la entrada en el
Líbano de armas o material conexo sin su consentimiento;
Decidió prorrogar el mandato de la FPNUL hasta el 31 de
agosto de 2007.
Decisión de 12 de diciembre de 2006
(5586ª sesión): declaración de la
Presidencia
En su 5586ª sesión, celebrada el 12 de diciembre
de 2006, a la que se invitó a participar al Líbano, el
Consejo de Seguridad incluyó en su orden del día una
carta dirigida al Presidente del Consejo por el
Secretario General80. En su carta, el Secretario General
informaba de que la zona de operaciones de la FPNUL
estaba estabilizada y que se había mantenido la
cesación de las hostilidades. Con todo, habían tenido
lugar violaciones aéreas por aviones de reacción
israelíes, que el Gobierno de Israel mantenía que no
eran tales violaciones porque constituían medidas de
seguridad necesarias. El Secretario General observó
que esos vuelos violaban la soberanía libanesa, en
contravención de la resolución 1701 (2006). Israel
todavía no había proporcionado a la FPNUL la
información detallada sobre los ataques con munición
en racimo, que ayudaría mucho a quienes trabajaban
sobre el terreno tratando de reducir el peligro para los
civiles inocentes. Mientras Israel seguía retirando sus
fuerzas, la FPNUL había finalizado la primera fase,
que consistió en un despliegue de respuesta rápida, el
refuerzo de los efectivos de la FPNUL sobre el terreno
a fin de estabilizar la situación de seguridad y facilitar
la retirada de las Fuerzas de Defensa de Israel del
Líbano en el sur del país. La segunda fase de la
ampliación de la presencia de la Fuerza estaba en
marcha. El Secretario General también informó al
Consejo de que seguía considerando que la liberación
incondicional de los soldados israelíes capturados y la
cuestión de los prisioneros libaneses revestía máxima
prioridad, y esperaba que prevaleciese el respeto por
las disposiciones de la resolución 1701 (2006). La __________________
80 S/2006/933.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 639
solución permanente de la cuestión de la frontera
seguía dependiendo de la demarcación de la frontera
entre el Líbano y la República Árabe Siria, en
cumplimiento de lo dispuesto en las resoluciones 1559
(2004), 1680 (2006) y 1701 (2006).
El Presidente (Qatar) realizó una declaración en
nombre del Consejo81, en la que el Consejo, entre otras
cosas:
Reiteró su pleno apoyo al Gobierno legítimo del Líbano,
elegido democráticamente, pidió que se respetasen cabalmente
las instituciones democráticas del país, de conformidad con la
Constitución, y condenó todo intento de desestabilizar el país;
Hizo un llamamiento para que se aplicase plenamente la
resolución 1701 (2006), e instó a todas las partes interesadas a
que cooperasen plenamente con el Consejo de Seguridad y el
Secretario General para alcanzar ese objetivo;
Reiteró su pleno apoyo a la FPNUL y esperó que
terminase su despliegue;
Expresó su más profunda preocupación por la presencia
de grandes cantidades de artefactos explosivos sin detonar en el
sur del Líbano, incluidas municiones en racimo;
Reafirmó la necesidad urgente de que se pusiera en
libertad sin condiciones a los soldados israelíes secuestrados.
Decisión de 17 de abril de 2007 (5664ª sesión):
declaración de la Presidencia
En su 5664ª sesión, celebrada el 17 de abril de
2007, a la que se invitó al representante del Líbano a
participar, el Consejo incluyó en su orden del día el
informe del Secretario General de fecha 14 de marzo
de 2007 sobre la aplicación de la resolución 1701
(2006)82. En su informe, el Secretario General acogió
con beneplácito que el Gobierno de Israel y el
Gobierno del Líbano, siguieran comprometidos con el
cumplimiento de la resolución 1701 (2006), al igual
que la República Árabe Siria. En Israel había una
actitud cada vez más crítica por el hecho de que en la
resolución 1701 (2006) no se hubieran abordado las
cuestiones que más preocupaban a los israelíes, como
la devolución de los soldados capturados y las
denuncias de transporte de armas hacia el Líbano y
dentro del país. El Secretario General instó al Gobierno
de Israel a que siguiese trabajando para aplicar todos
los aspectos de la resolución sin hacer excepciones y a __________________
81 S/PRST/2006/52.
82 S/2007/147, presentado en respuesta a la declaración de
la Presidencia de 12 de diciembre de 2006
(S/PRST/2006/52).
que revisase su política de vuelos en el espacio aéreo
libanés. El Primer Ministro del Líbano manifestó la
frustración de su país por la continuación de los vuelos
de Israel, el número cada vez mayor de víctimas civiles
causado por las municiones en racimo israelíes y la
lentitud con que se avanzaba en la cuestión de las
granjas de Shebaa. El Secretario General acogió con
agrado el apoyo prestado en el Líbano a la FPNUL y a
la resolución 1701 (2006), expresado públicamente por
todas las partes, pero expresó su preocupación por el
hecho de que la crisis política que seguía existiendo en
el país estaba eclipsando la aplicación de la resolución.
Exhortó a todas las partes en el Líbano a que renovasen
su compromiso con los principios del plan de siete
puntos. En referencia a los incidentes que se
produjeron a lo largo de la Línea Azul a principios de
febrero, destacó que ambas partes tenían la
responsabilidad de evitar acciones provocadoras que
pudieran dar lugar a una escalada de las tensiones a lo
largo de la Línea Azul. Aseguró que la cuestión de las
granjas de Shebaa seguía siendo clave en la aplicación
de la resolución 1701 (2006), y que su solución
precisaba de la plena cooperación del Líbano, la
República Árabe Siria e Israel.
La Presidenta (Reino Unido) señaló después a la
atención del Consejo una carta de fecha 11 de abril de
2007 dirigida al Secretario General por el representante
de Israel83, en la que se ponían de relieve varias
cuestiones referentes al informe del Secretario General
de fecha 14 de marzo de 2007 sobre la aplicación de la
resolución 1701 (2006).
La Presidenta realizó una declaración en nombre
del Consejo84, en la que el Consejo, entre otras cosas:
Reiteró su pleno apoyo al Gobierno legítimo del Líbano,
elegido democráticamente;
Celebró que se hubiese completado la segunda etapa del
despliegue de la FPNUL;
Instó a los Gobiernos de Israel y el Líbano a que
aprobasen las disposiciones de seguridad provisionales para la
parte norte de la aldea de Gayar y a que prosiguiesen sus
arreglos de enlace y coordinación estrechos con la FPNUL;
Celebró las medidas adoptadas por el Gobierno del
Líbano, con la ayuda de la FPNUL, para establecer entre la
Línea Azul y el río Litani una zona libre de efectivos armados;
Reiteró su profunda preocupación porque Israel siguiese
cometiendo violaciones del espacio aéreo libanés;
__________________
83 S/2007/199.
84 S/PRST/2007/12.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
640 11-02856
Expresó su grave preocupación por la creciente
información por parte de Israel y otro Estado de movimientos
ilegales de armas a través de la frontera entre Siria y el Líbano
contraviniendo la resolución 1701 (2006);
Acogió con beneplácito la intención del Secretario
General de evaluar la situación a lo largo de toda la frontera;
Instó a los Estados Miembros a tomar todas las medidas
necesarias para aplicar íntegramente el párrafo 15 de la
resolución 1701 (2006) con el fin de hacer cumplir el embargo
de armas;
Acogió con beneplácito toda solicitud de asistencia del
Gobierno del Líbano para reforzar su capacidad en materia de
seguridad fronteriza;
Reiteró su llamamiento para que se disolviesen y
desarmasen todas las milicias y grupos armados en el Líbano;
Expresó suma preocupación por la presencia de grandes
cantidades de artefactos explosivos sin detonar en el sur del
Líbano;
Observó con profunda preocupación que no se había
avanzado en lo relativo a la devolución de los dos soldados
israelíes;
Alentó las gestiones dirigidas a resolver urgentemente la
cuestión de los prisioneros libaneses detenidos en Israel;
Destacó la importancia y la necesidad de lograr una paz
amplia, justa y duradera en el Oriente Medio.
Decisión de 25 de junio de 2007 (5704ª sesión):
declaración de la Presidencia
En la 5704ª sesión, celebrada el 25 de junio de
2007, a la que se invitó a participar a los representantes
de Colombia, España y el Líbano, el Presidente
(Bélgica) realizó una declaración en nombre del
Consejo85, en la que el Consejo, entre otras cosas:
Condenó enérgicamente el ataque terrorista perpetrado el
24 de junio cerca de la localidad de Al-Jiyam en el Líbano
meridional contra la FPNUL, en el que resultaron muertos seis
efectivos de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas;
Expresó su más sentido pésame a las familias de las
víctimas;
Observó la condena del ataque por el Gobierno del
Líbano y encomió la determinación y el empeño del Gobierno
del Líbano por llevar a los autores ante la justicia;
Reafirmó su pleno apoyo al Gobierno y al ejército del
Líbano en sus intentos por garantizar la seguridad y la
estabilidad en todo el país;
__________________
85 S/PRST/2007/21.
Hizo un llamamiento a todas las partes interesadas para
que cumpliesen escrupulosamente su obligación de respetar la
seguridad de la FPNUL y demás personal de las Naciones
Unidas;
Reafirmó su pleno apoyo a la FPNUL en el desempeño de
su mandato de contribuir a la aplicación de la resolución 1701
(2006) y expresó su firme reconocimiento a los Estados
Miembros que aportan contingentes.
Decisión de 3 de agosto de 2007 (5728ª sesión):
declaración de la Presidencia
En su 5728ª sesión, celebrada el 3 de agosto de
2007, a la que se invitó a participar a los representantes
de Israel y el Líbano, el Consejo incluyó en su orden
del día un informe del Secretario General de fecha 28
de junio de 2007 sobre la aplicación de la resolución
1701 (2006)86. En su informe, el Secretario General se
refirió al ataque con cohetes del 17 de junio de 2007
desde el Líbano meridional contra Israel, que
constituyó una grave violación de la cesación de
hostilidades. Acogió con beneplácito la decisión del
Gobierno de Israel de no tomar represalias. También se
refirió al atentado perpetrado contra la FPNUL el 24 de
junio de 2007, en el que murieron seis efectivos de la
Fuerza y otros dos resultaron heridos. Explicó que le
inquietaban los informes reiterados sobre violaciones
del embargo de armas a lo largo de la frontera sirio -
libanesa y que le preocupaba que la frontera no era lo
suficientemente segura y que faltaba capacidad
libanesa. Afirmó que la demarcación de la frontera
seguía siendo una cuestión clave en la aplicación de la
resolución 1701 (2006).
El Consejo también incluyó en su orden del día
una carta del Secretario General de fecha 26 de junio
de 2007, en la que transmitía el informe del Equipo
independiente de evaluación fronteriza del Líbano87.
En su carta, el Secretario General observó que el
Equipo había llegado a la conclusión de que el estado
de la seguridad fronteriza era insuficiente para impedir
en modo alguno el contrabando, en particular de armas.
La presencia de campamentos de palestinos armados
constituía un obstáculo de importancia, y la
demarcación incompleta de la frontera con la República
Árabe Siria planteaba dificultades adicionales al control
de la frontera. Se requería con urgencia un acuerdo
político sobre la cuestión fronteriza. El Equipo formuló
las siguientes recomendaciones: crear una fuerza móvil __________________
86 S/2007/392.
87 S/2007/382.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 641
interinstitucional centrada en el contrabando de armas,
con un componente de inteligencia y análisis y expertos
internacionales en seguridad fronteriza; establecer un
organismo de guardia fronteriza especializado; crear
procedimientos operativos estándar para implantar un
control total y absoluto sobre los puestos fronterizos;
elaborar programas de formación; y establecer medidas
de cooperación con las entidades homólogas sirias,
haciendo de la gestión de la seguridad fronteriza un
empeño común destinado a proteger la frontera y
prevenir las actividades transfronterizas ilegales.
El Presidente (Congo) realizó una declaración en
nombre del Consejo88, en la que el Consejo, entre otras
cosas:
Reafirmó su decidido apoyo a la soberanía, la integridad
territorial, la unidad y la independencia política del Líbano, y
condenó todo intento de desestabilizar el Líbano;
Reiteró su pleno apoyo a las actividades que realizaba el
Ejército libanés para garantizar la seguridad y la estabilidad en
el país y reafirmó que no debía haber otras armas ni otra
autoridad en el Líbano que no fueran las del Estado libanés;
Reafirmó su apoyo total a la FPNUL, condenó todos los
atentados terroristas contra ella y exhortó a todas las partes a
que cumplan su obligación de respetar la seguridad del personal
de las Naciones Unidas;
Expresó su seria preocupación por las reiteradas
informaciones de violaciones del embargo de armas a lo largo de
la frontera sirio-libanesa;
Reiteró su llamamiento para la disolución y el desarme de
todas las milicias y grupos armados en el Líbano;
Pidió al Secretario General que siguiera formulando
propuestas para aplicar las disposiciones pertinentes de los
Acuerdos de Taif y de las resoluciones 1559 (2004), 1680
(2006), incluido el desarme;
Destacó la importancia y la necesidad de lograr una paz
amplia, justa y duradera en el Oriente Medio, basada en todas
sus resoluciones pertinentes.
Decisión de 24 de agosto de 2007 (5733ª sesión):
resolución 1773 (2007)
En su 5733ª sesión, celebrada el 24 de agosto de
2007, en la que formularon declaraciones los
representantes de Bélgica, los Estados Unidos, la
Federación de Rusia, Francia, Ghana, Indonesia, Italia, __________________
88 S/PRST/2007/29.
Qatar y Sudáfrica89, el Consejo incluyó en su orden del
día una carta de fecha 2 de agosto de 2007 dirigida al
Presidente por el Secretario General, en la que se
recomendaba prorrogar el mandato de la FPNUL, que
expiraría el 31 de agosto de 2007, por un período
provisional adicional de 12 meses90.
El Presidente (Congo) señaló a la atención del
Consejo una carta del Secretario General, en la que
transmitía una carta de fecha 25 de junio de 2007
dirigida al Secretario General por el Primer Ministro
del Líbano91. Por conducto de esa carta el Gobierno del
Líbano solicitaba la prórroga del mandato de la
FPNUL por un período adicional de 12 meses.
El representante de Sudáfrica dijo que su
delegación habría preferido que el Consejo examinase
un proyecto de resolución de carácter técnico. No había
ningún motivo para haber incluido en el proyecto de
resolución que el Consejo tenía ante sí cuestiones
delicadas no conexas que el Consejo había comentado
en numerosas ocasiones anteriores en varias
resoluciones y declaraciones de la Presidencia. Si bien
no estaba totalmente satisfecho con todos los
elementos del proyecto de resolución, votaría a favor
porque opinaba que la FPNUL tenía una función
positiva que desempeñar en pro de la paz y la
seguridad a largo plazo en el Líbano92.
A continuación se sometió a votación un proyecto
de resolución presentado por Bélgica, Eslovaquia, los
Estados Unidos, Francia, Italia, el Perú y el Reino
Unido93 y se aprobó por unanimidad como resolución
1773 (2007), en la que el Consejo, determinando que la
situación en el Líbano seguía constituyendo una
amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
entre otras cosas:
Decidió prorrogar el mandato de la FPNUL hasta el 31 de
agosto de 2008;
Instó a todas las partes a que cooperen plenamente con las
Naciones Unidas y la FPNUL y a que cumpliesen
escrupulosamente su obligación de respetar la seguridad del
personal de la FPNUL y de otras entidades de las Naciones
Unidas, entre otras cosas evitando cualquier medida que pusiera
en peligro al personal de las Naciones Unidas y asegurando que __________________
89 Los representantes de Israel y el Líbano fueron invitados
a participar en la sesión, pero no formularon
declaraciones.
90 S/2007/470.
91 S/2007/396.
92 S/PV.5733, pág. 2.
93 S/2007/506.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
642 11-02856
la FPNUL tuviera plena libertad de circulación en toda su zona
de operaciones;
Pidió al Secretario General que siguiese informándolo
cada cuatro meses, o en cualquier otro momento que considerase
apropiado, de la aplicación de la resolución 1701 (2006).
En declaraciones formuladas después de la
votación, muchos oradores manifestaron estar
complacidos por el hecho de que se hubiera aprobado
por unanimidad la resolución 1773 (2007). La mayoría
de los oradores destacó que la FPNUL había
contribuido a establecer un nuevo entorno estratégico
militar y de seguridad en el Líbano meridional.
Comentaron que era indispensable que la FPNUL
pudiera contar con la cooperación de todas las partes
para llevar su mandato a la práctica, en particular el
respeto de la cesación de las hostilidades y de la Línea
Azul en su totalidad.
El representante de Indonesia lamentó que la
resolución no se ocupara de la cuestión de las
constantes violaciones del espacio aéreo libanés94.
El representante de Francia dijo que, a pesar de
que habían mejorado las condiciones de seguridad en
el Líbano meridional, la FPNUL seguía trabajando en
un entorno difícil e inestable. En esas condiciones, era
indispensable que la FPNUL pudiera contar con la
cooperación de todas las partes para llevar su mandato
a la práctica. Esto suponía que se mantuvieran y se
reforzaran los mecanismos de cooperación sobre el
terreno y que las partes cumplieran plenamente con las
exigencias del Consejo, en particular el respeto de la
cesación de las hostilidades, la Línea Azul en su
totalidad, la soberanía y la integridad territorial del
Líbano95.
El representante de los Estados Unidos expresó
su profunda preocupación por las continuas
transferencias ilícitas de armas a través de la frontera
libanesa con la República Árabe Siria, en violación de
la resolución 1701 (2006). Hizo un llamamiento a los
Gobiernos de la República Árabe Siria y la República
Islámica del Irán para que cumpliesen con sus
obligaciones relativas al embargo de armas previsto en
la resolución 1701 (2006)96.
El representante de la Federación de Rusia opinó
que la resolución era un texto conciliatorio y que las __________________
94 S/PV.5733, pág. 4.
95 Ibid., pág. 3.
96 Ibid., pág. 5.
demás cuestiones planteadas, en particular la del
contrabando de armas, no guardaban relación con el
texto que se acababa de aprobar. Señaló que su
delegación también podría seguir mencionando la lista
de problemas, entre ellos, las bombas en racimo97.
C. Resolución 1559 (2004) del Consejo
de Seguridad
Decisión de 2 de septiembre de 2004
(5028ª sesión): resolución 1559 (2004)
En la 5028ª sesión, celebrada el 2 de septiembre
de 2004, el Presidente (España) señaló a la atención del
Consejo de Seguridad un proyecto de resolución
presentado por Alemania, los Estados Unidos, Francia
y el Reino Unido98 y dos pares de cartas idénticas
dirigidas, en ambos casos, al Presidente y al Secretario
General por el representante del Líbano y el
representante de la República Árabe Siria,
respectivamente. Las cartas idénticas de fecha 30 de
agosto de 2004 del representante del Líbano99
indicaban al Consejo de que seguir adelante con el
proyecto de resolución que se estaba examinando
sentaría un precedente peligroso. El autor de la carta
decía que presentar el proyecto en ese momento podría
interferir con las elecciones presidenciales venideras,
ya que se podría ver al Consejo de Seguridad como un
instrumento de intervención en los asuntos internos del
Líbano; que la función de la República Árabe Siria en
el Líbano había sido y seguía siendo una función de
apoyo y fortalecimiento de las instituciones de
seguridad oficiales del Líbano; y que la presencia de
contingentes sirios en el Líbano guardaba relación con
el Tratado de Taif y otros acuerdos bilaterales entre el
Gobierno del Líbano y la República Árabe Siria, por lo
que ninguna entidad externa tenía derecho a intervenir
en sus pormenores ni a imponer enmiendas.
Las cartas idénticas de fecha 1 de septiembre de
2004 del representante de la República Árabe Siria100
comunicaban al Consejo que la República Árabe Siria
rechazaba en principio cualquier discusión del
proyecto de resolución, para lo que citaba las
siguientes razones: que el Gobierno del Líbano
rechazaba que se plantease esa cuestión; que el debate __________________
97 Ibid., pág. 6.
98 S/2004/707.
99 S/2004/699.
100 S/2004/706.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 643
por el Consejo de Seguridad de esta cuestión
contradecía el párrafo 7 del Artículo 2 de la Carta; y
que las cuestiones planteadas no constituían ninguna
amenaza para la paz y la seguridad internacionales.
Formularon declaraciones los representantes de
Angola, Argelia, Benin, Chile, China, los Estados
Unidos, la Federación de Rusia, Filipinas, Francia, el
Líbano101 y el Pakistán.
El representante del Líbano, en referencia al
proyecto de resolución, declaró que, aunque su
delegación apreciaba el interés mostrado por Alemania,
los Estados Unidos, Francia y el Reino Unido, y su
énfasis en la soberanía, la integridad territorial y la
independencia política del Líbano, debía recordar que
era al pueblo libanés al que le competían esos asuntos.
Destacó que el país que había atacado al Líbano, que
continuaba ocupando partes de su territorio y
amenazaba su independencia —Israel— fue forzado a
salir de la Bekaa occidental y del Líbano meridional
por la resistencia nacional libanesa. Afirmó que no
había milicias en el Líbano y que la resistencia
nacional libanesa surgió tras la ocupación de territorio
libanés por parte de Israel y seguiría existiendo
mientras los israelíes siguieran ocupando partes del
Líbano. Las fuerzas de resistencia existían junto con
las fuerzas nacionales libanesas, y las autoridades
militares determinaban su presencia y su dimensión
según las necesidades del Líbano. Afirmó que la
autoridad del Gobierno del Líbano se extendía a todo el
territorio del Líbano, a excepción de las zonas
ocupadas por Israel. Sostuvo que en el proyecto de
resolución se confundían dos cuestiones. La primera
era la relación especial que existía entre el Líbano y la
República Árabe Siria, que era un país amigo del
Gobierno del Líbano. La República Árabe Siria había
ayudado al Líbano a mantener la seguridad y la
estabilidad dentro de sus fronteras. Hizo hincapié en
que los contingentes sirios acudieron al Líbano para
responder a su petición legítima, y que su presencia
estaba amparada por el Acuerdo de Taif, que el
Consejo de Seguridad apoyó. Por lo tanto, decir que la
República Árabe Siria apoyaba a los movimientos
radicales del Líbano no era cierto. La segunda cuestión
era puramente interna y tenía que ver con el proceso de
elecciones presidenciales. Afirmó que legitimidad de __________________
101 En esta sesión, el Líbano estuvo representado por el
Secretario General del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Emigrantes y Vicepresidente de la
delegación libanesa en la Asamblea General.
las Naciones Unidas, la Carta o el reglamento del
Consejo no daban cabida a ningún tipo de justificación
para ese proyecto de resolución, que constituía una
injerencia en los asuntos internos de un Estado
Miembro de la Organización. Además, en el proyecto
de resolución se trataban también las relaciones
bilaterales entre dos países, ninguno de los cuales
había presentado queja alguna sobre esas relaciones.
Por lo tanto, pidió que se retirara el proyecto de
resolución102.
El proyecto de resolución se sometió a votación y
fue aprobado por nueve votos contra ninguno y seis
abstenciones (Argelia, Brasil, China, Federación de
Rusia, Filipinas y Pakistán) como resolución 1559
(2004), en la que el Consejo, entre otras cosas:
Reafirmó su llamamiento para que se respetase
estrictamente la soberanía, la integridad territorial, la unidad y
la independencia política del Líbano;
Pidió que todas las fuerzas extranjeras restantes se
retirasen del Líbano;
Exhortó a que se disolviesen y desarmasen todas las
milicias libanesas y no libanesas;
Apoyó la extensión del control del Gobierno del Líbano a
todo el territorio libanés;
Declaró su apoyo a un proceso electoral libre y limpio en
las próximas elecciones presidenciales del Líbano, que se
desarrollarían con arreglo a las normas constitucionales
libanesas concebidas sin injerencia o influencia extranjeras;
Exhortó a todas las partes interesadas a que cooperasen
plena y urgentemente con el Consejo de Seguridad para la
aplicación plena de sus resoluciones;
Pidió al Secretario General que le informase en el plazo
de 30 días sobre el cumplimiento por las partes de la presente
resolución.
En declaraciones formuladas después de la
votación, el representante de los Estados Unidos
sostuvo que el Gobierno del Líbano debía estar en
condiciones de determinar su propio futuro y asumir el
control de su propio territorio. Mantuvo que el pueblo
libanés todavía no podía ejercer sus derechos. Declaró
que los patrocinadores de la resolución habían pedido
que se sometiera a votación porque la situación en el
Líbano estaba evolucionando muy rápidamente. El
Gobierno de la República Árabe Siria había “impuesto
su voluntad política en el Líbano” y “obligado al
Gabinete y a la Asamblea Nacional libanesa a __________________
102 S/PV.5028, págs. 2 y 3.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
644 11-02856
enmendar su Constitución y suspender el proceso
electoral prorrogando el mandato del actual Presidente
por tres años”. Aseguró que era evidente que los
parlamentarios libaneses habían sido objeto de
“presiones, e incluso amenazas” de la República Árabe
Siria y sus agentes. Expresando un firme apoyo a la
extensión del control del Gobierno del Líbano a todo el
territorio libanés, incluido el sur del Líbano, dijo que la
continua presencia de elementos armados de las
milicias de Hizbullah, así como la presencia de
militares sirios y de fuerzas iraníes en el Líbano,
obstaculizaba el logro de ese objetivo103.
El representante de Francia aseguró que el futuro
del Líbano estaba hipotecado gravemente por la
injerencia siria en la vida política del país y, en
particular, en el proceso electoral. Señaló que Francia
estaba sumamente preocupada por los riesgos que se
corrían si el Líbano daba marcha atrás con respecto a
los objetivos reafirmados constantemente por la
comunidad internacional, por lo que parecía
indispensable una respuesta decidida del Consejo.
Destacó que el proceso electoral debía continuar sin
ninguna injerencia extranjera. Sostuvo que el Consejo
no cometía acto de injerencia alguno, pero que, si se
abstuviera de adoptar medidas, estaría admitiendo la
injerencia inadmisible de un Estado en los asuntos
internos de otro Estado soberano104.
El representante de China declaró que China
siempre había propugnado el apoyo a la soberanía, la
independencia y la integridad territorial del Líbano. En
la opinión de su delegación, las cuestiones relativas a
las elecciones presidenciales en el Líbano se hallaban
dentro del ámbito de los asuntos internos del Líbano.
China también respetaba los deseos del Gobierno del
Líbano, que había expresado claramente su objeción al
examen de esas cuestiones por el Consejo. Sobre la
base de esa posición, China se abstuvo en la votación
del proyecto de resolución105.
El representante de Argelia explicó que su
delegación se había abstenido por cinco motivos.
Primero, la situación en el Líbano no constituía una
amenaza para la paz y la seguridad internacionales.
Segundo, era el Gobierno de Israel el que constituía
una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
y el orador deseaba que el Consejo de Seguridad __________________
103 Ibid., pág. 4.
104 Ibid., págs. 4 y 5.
105 Ibid., pág. 5.
mostrara la misma firmeza hacia Israel que la mostrada
en el caso del Líbano. Tercero, el Consejo no debía
inmiscuirse en los asuntos internos de los Estados ni en
las relaciones bilaterales entre ellos. Cuarto, por
principio, su delegación no podía adherirse a un
proyecto de resolución que entrañase “amenazas,
aunque fuesen implícitas, contra países hermanos”. Por
último, el orador creía que solo una solución general,
justa y duradera, basada en el respeto del derecho
internacional, el principio de territorio por paz y la
retirada de Israel de todos los territorios palestinos y
árabes podía hacer posible el logro de una paz justa y
definitiva en la región en su conjunto106.
El representante del Pakistán afirmó que no había
apoyado el proyecto de resolución porque no
concordaba con las funciones y responsabilidades del
Consejo de Seguridad y porque no se presentaba
prueba alguna de la existencia de una amenaza urgente
a la paz. Además, el país cuya soberanía e integridad se
alegaba defender no había presentado queja alguna. El
orador sugirió que la resolución también abordaba la
amenaza equivocada, y dijo que su delegación entendía
que lo estipulado en el párrafo 2 de la parte dispositiva
se refería a las fuerzas extranjeras que habían
penetrado en el Líbano sin ser invitadas y mediante el
uso de la fuerza. En la resolución se intervenía en los
asuntos internos del Líbano, lo que era inaceptable y
contrario al párrafo 7 del Artículo 2 de la Carta107. Los
representantes del Brasil y Filipinas también
declararon que se habían abstenido en la votación
porque la resolución no podía justificarse dentro de la
función otorgada al Consejo de Seguridad en la Carta,
ya que trataba de asuntos que pertenecían
fundamentalmente a la jurisdicción nacional del
Líbano, en violación del párrafo 7 del Artículo 2, y en
el texto no se había demostrado adecuadamente la
existencia de una controversia que pudiera poner en
peligro la paz y la seguridad internacionales108.
El representante de la Federación de Rusia
destacó que, en relación con el Líbano, cualquier
medida equivocada que se adoptase podría exacerbar la
situación en la región y dar lugar al surgimiento de otro
foco de inestabilidad o romper el frágil equilibrio
político en el propio Líbano. Recordó que su __________________
106 Ibid., págs. 5 y 6.
107 Ibid., pág. 6. Para más información sobre el debate
celebrado en esta sesión en relación con el párrafo 7 del
Artículo 2 de la Carta, véase el cap. XII, parte I.
108 Ibid., pág. 7 (Brasil); y págs. 7 y 8 (Filipinas).
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 645
delegación había presentado enmiendas para su
examen por el Consejo con el objetivo de colocar el
proyecto de resolución en el contexto de una solución
del problema del Oriente Medio en su conjunto e
impedir que se tratara de un documento parcializado y
centrado solo en los asuntos internos del Líbano. Como
sus propuestas no se habían aprobado, la Federación de
Rusia se abstuvo de votar109.
El representante de Chile también observó que la
resolución se traducía en un doble rasero en el marco
del conflicto del Oriente Medio, como ponía de
manifiesto la “lamentable falta de voluntad política”
para abordar la ocupación por parte de Israel de la
Ribera Occidental, Gaza y el Golán, y era preocupante
que estuviera ausente cualquier mención al plan de paz
para el conflicto entre Israel y Palestina110. El
representante de Angola votó a favor, pero opinó que el
Consejo de Seguridad debería haber adoptado un
enfoque más equilibrado y podría haber tenido en
cuenta realidades geoestratégicas muy delicadas de la
región111. El representante de Benin reiteró el apoyo de
su delegación a los esfuerzos destinados a lograr una
solución política global en el Oriente Medio mediante
la retirada de todas las fuerzas extranjeras presentes en
los países de la región112.
Decisión de 19 de octubre de 2004
(5058ª sesión): declaración de la
Presidencia
At la 5058ª sesión, celebrada el 19 de octubre de
2004, el Consejo incluyó en su orden del día el informe
del Secretario General de fecha 1 de octubre de
2004113. En su informe, el Secretario General observó
que el equipo militar y de inteligencia sirio no se había
retirado del Líbano al 30 de septiembre de 2004.
Declaró que Hizbullah era el grupo armado más
importante que permanecía en el país. El Gobierno del
Líbano se oponía a que se calificase a Hizbullah como
milicia libanesa, y lo consideraba un “grupo nacional
de resistencia”. En relación con el proceso electoral
presidencial, el Secretario General informó al Consejo
de que la Cámara de Diputados había aprobado la Ley
Constitucional 585, por la que se prorrogó en tres años __________________
109 Ibid., págs. 6 y 7.
110 Ibid., pág. 7.
111 Ibid.
112 Ibid., pág. 8.
113 S/2004/777, presentado de conformidad con la resolución
1559 (2004).
el mandato del Presidente del Líbano. Si bien el
Gobierno informó al Secretario General de que esa ley
se había aprobado de conformidad con las
disposiciones constitucionales del Líbano, despertaba
una amplia disensión en el país, y “los patrocinadores
de la resolución 1559 (2004)” opinaban que la prórroga
fue resultado de la intervención directa del Gobierno
de la República Árabe Siria. Diez miembros de la
Cámara de Diputados presentaron una moción para
derogar la ley. El Secretario General dijo que no podía
certificar que se hubieran cumplido los requisitos de la
resolución 1559 (2004). No obstante, señaló que el
Gobierno del Líbano y el Gobierno de la República
Árabe Siria le habían reiterado su respeto por el
Consejo y afirmado que no impugnarían la resolución.
El Presidente (Reino Unido) señaló dos documentos
a la atención del Consejo114. A continuación, el
Presidente realizó una declaración en nombre del
Consejo115, en la que el Consejo, entre otras cosas:
Acogió con satisfacción el informe del Secretario General
de 1 de octubre de 2004 sobre la aplicación de la resolución
1559 (2004);
Reafirmó su firme apoyo a la integridad territorial, la
soberanía y la independencia política del Líbano dentro de sus
fronteras reconocidas internacionalmente;
Observó con preocupación que, según había informado el
Secretario General, no se habían cumplido los requisitos
establecidos en la resolución 1559 (2004);
Instó a las partes interesadas a que aplicasen plenamente
todas las disposiciones de esa resolución, y celebró que el
Secretario General estuviese dispuesto a ayudar a las partes a
ese respecto.
Decisión de 4 de mayo de 2005 (5175ª sesión):
declaración de la Presidencia
En su 5172ª sesión, celebrada el 29 de abril de
2005, el Consejo incluyó en su orden del día el primer
informe semianual del Secretario General, de 26 de
abril de 2005, sobre la aplicación de la resolución 1559 __________________
114 Una carta de fecha 5 de octubre de 2004 dirigida al
Secretario General por el representante del Líbano
(S/2004/794 y Corr.1), en la que se formulaban
observaciones sobre el informe del Secretario General; y
una nota verbal de fecha 6 de octubre de 2004 dirigida al
Presidente del Consejo por la Misión Permanente de la
República Árabe Siria (S/2004/796), en la que se
formulaban observaciones sobre el informe del
Secretario General.
115 S/PRST/2004/36.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
646 11-02856
(2004)116. En su informe, el Secretario General señaló
que todavía no se habían cumplido los requisitos de la
resolución 1559 (2004). Observó el compromiso del
Gobierno de la República Árabe Siria para retirar todas
sus tropas, equipos militares y aparato de inteligencia
del Líbano el 30 de abril de 2005 como muy tarde, tal y
como se estipulaba en una carta de fecha 26 de abril de
2005. También informó al Consejo de que se había
alcanzado un acuerdo sobre una misión de verificación
de las Naciones Unidas que se envió para verificar la
retirada plena de las fuerzas sirias. Destacó que había
asignado la mayor prioridad a la retirada de las fuerzas
extranjeras del Líbano. También declaró que había
estudiado con el Gobierno del Líbano la posibilidad de
ampliar la asistencia técnica de las Naciones Unidas, a
petición de ese Gobierno, para asegurar que las
elecciones se realizasen de manera libre y fidedigna.
El Consejo escuchó una exposición informativa
del Enviado Especial del Secretario General117, que
declaró que el 26 de abril de 2005 representó un día
histórico para los pueblos libanés y sirio porque en esa
jornada tuvo lugar la retirada visible de las fuerzas
sirias y se recibió la notificación del Gobierno de la
República Árabe Siria de que había retirado todas sus
tropas, equipo militar y aparato de inteligencia del
Líbano. Una retirada siria completa representaba una
medida importante y significativa encaminada a poner
punto final a la injerencia extranjera que había
caracterizado a la política libanesa durante decenios.
Sostuvo que la retirada de las fuerzas extranjeras era
una condición previa para el pleno restablecimiento de
la soberanía, la integridad territorial y la independencia
política del Líbano. Otra condición previa era la
celebración de elecciones parlamentarias libres y
fidedignas. Destacó que, para verificar la retirada plena
y completa de las fuerzas sirias, el Secretario General
había enviado una misión de verificación de las
Naciones Unidas. Los Gobiernos del Líbano y la
República Árabe Siria aseguraron a las Naciones
Unidas que ayudarían a la misión en esa importante
tarea. Informó al Consejo de que después de debatir
con el Gobierno del Líbano la posibilidad de ampliar la
asistencia técnica de las Naciones Unidas para
garantizar unas elecciones parlamentarias libres y __________________
116 S/2005/272, presentado de conformidad con la
declaración de la Presidencia de 19 de octubre de 2004
(S/PRST/2004/36).
117 El Secretario General participó en la sesión pero no
formuló declaraciones.
fidedignas, se enviaron expertos electorales de las
Naciones Unidas para ayudar al Gobierno del Líbano
en los preparativos. El Secretario General también
había propiciado la idea de que se invitara a
observadores electorales internacionales para
supervisar las elecciones118.
En su 5175ª sesión, celebrada el 4 de mayo de
2005, el Consejo volvió a incluir en su orden del día el
primer informe semianual del Secretario General sobre
la aplicación de la resolución 1559 (2004). La
Presidenta (Dinamarca) realizó después una
declaración en nombre del Consejo119, en la que el
Consejo, entre otras cosas:
Acogió con beneplácito el primer informe semianual del
Secretario General sobre la aplicación de la resolución 1559
(2004);
Acusó recibo de la carta de fecha 26 de abril de 2005
dirigida al Secretario General por el Ministro de Relaciones
Exteriores de la República Árabe siria, en que se manifestó que
la República Árabe Siria había concluido la retirada total de sus
fuerzas, pertrechos y aparato de inteligencia del Líbano;
Exhortó al Gobierno de la República Árabe Siria y el
Gobierno del Líbano a que brindasen su cooperación plena al
equipo de verificación de las Naciones Unidas;
Acogió complacido la decisión del Gobierno del Líbano
de celebrar elecciones a partir del 29 de mayo de 2005;
Alentó al Secretario General y al Gobierno del Líbano a
que concertasen acuerdos de asistencia internacional, incluida la
asistencia de las Naciones Unidas, para asegurar que dichas
elecciones se celebrasen de manera libre y digna de crédito.
Decisión de 7 de junio de 2005 (5197ª sesión):
declaración de la Presidencia
En la 5197ª sesión, celebrada el 7 de junio de
2005, el Presidente (Francia) realizó una declaración
en nombre del Consejo120, en la que el Consejo, entre
otras cosas:
Condenó el atentado terrorista con bomba perpetrado el 2
de junio de 2005 en Beirut en el que perdió la vida un periodista
libanés, y expresó su pésame a la familia de la víctima y al
pueblo del Líbano;
Acogió con beneplácito la determinación y el empeño del
Gobierno del Líbano para llevar ante la justicia a los autores de
ese asesinato, que constituía un intento pernicioso de socavar la
seguridad, la estabilidad, la soberanía, la independencia política __________________
118 S/PV.5172, págs. 2 a 4.
119 S/PRST/2005/17.
120 S/PRST/2005/22.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 647
y los esfuerzos destinados a mantener el consenso civil en el
país;
Expresó su preocupación por el efecto desestabilizador de
los asesinatos políticos y otros actos terroristas en el Líbano, y
advirtió de que no se debía permitir que los patrocinadores de
los recientes atentados terroristas pusieran en peligro la
celebración de elecciones parlamentarias;
Reafirmó su resolución 1559 (2004), y reiteró su
llamamiento para que se respetara estrictamente la soberanía, la
integridad territorial, la unidad y la independencia política del
Líbano;
Exhortó a todos los Estados a que cooperaran plenamente
en la lucha contra el terrorismo.
Decisión de 22 de junio de 2005 (5212ª sesión):
declaración de la Presidencia
En la 5212ª sesión, celebrada el 22 de junio de
2005, el Presidente (Francia) realizó una declaración
en nombre del Consejo121, en la que el Consejo, entre
otras cosas:
Encomió al Gobierno del Líbano por la forma
satisfactoria en que se desarrollaron las elecciones y expresó su
agradecimiento a la División de Asistencia Electoral de las
Naciones Unidas y los observadores internacionales,
especialmente de la Unión Europea, por el asesoramiento y el
apoyo técnico prestado;
Esperó con interés la formación de un nuevo gobierno en
un futuro próximo y destacó que la constitución del nuevo
gobierno de conformidad con las normas constitucionales y sin
interferencia extranjera sería otro indicio de la independencia
política y la soberanía del Líbano;
Condenó firmemente los recientes atentados terroristas
cometidos en el Líbano, en particular el horrendo asesinato del
antiguo dirigente del Partido Comunista George Hawi, y exhortó
a que se hiciera comparecer ante la justicia a sus autores;
Exhortó a la comunidad internacional a que estuviera
dispuesta a estudiar las posibles peticiones de mayor asistencia y
cooperación de las autoridades libanesas recientemente elegidas;
Reiteró su llamamiento a que se aplicasen plenamente
todas las disposiciones de la resolución 1559 (2004) e instó a
todas las partes interesadas a que cooperasen plenamente con
para lograr ese fin; también exhortó a la plena aplicación de la
resolución 1595 (2005);
Reiteró su firme apoyo a la soberanía, integridad
territorial e independencia política del Líbano dentro de sus
fronteras reconocidas internacionalmente y bajo la autoridad
única y exclusiva del Gobierno del Líbano.
__________________
121 S/PRST/2005/26.
Decisión de 12 de diciembre de 2005
(5320ª sesión): declaración de la
Presidencia
En la 5320ª sesión, celebrada el 12 de diciembre
de 2005, se invitó al representante del Líbano a
participar en el debate. Después el Presidente (Reino
Unido) realizó una declaración en nombre del
Consejo122 en la que el Consejo, entre otras cosas:
Condenó enérgicamente el atentado terrorista con bomba
perpetrado el 12 de diciembre de 2005 en los suburbios de
Beirut, en el que perdieron la vida el parlamentario, director de
redacción y periodista libanés Gebrane Tueni, que era un
patriota y abierto defensor de la libertad, la soberanía y la
independencia política del Líbano, y otras tres personas; y
expresó sus más sentidas condolencias a las familias de los
muertos y heridos;
Reiteró su profunda preocupación por el efecto
desestabilizador de los asesinatos políticos y otros actos
terroristas en el Líbano;
Reiteró asimismo su advertencia a los patrocinadores de
ese atentado y de otros anteriores contra dirigentes políticos y
destacados miembros de la sociedad civil del Líbano, cuyo
objetivo evidente era minar la seguridad, la estabilidad, la
soberanía, la unidad nacional, la independencia política y la
libertad de prensa del Líbano, de que no se les permitiría
conseguir sus fines y de que tarde o temprano tendrían que
responder de sus crímenes;
Reafirmó su resolución 1559 (2004), y reiteró una vez
más su llamamiento para que se respetasen estrictamente la
soberanía, la integridad territorial, la unidad y la independencia
política del Líbano.
Decisión de 23 de enero de 2006 (5352ª sesión):
declaración de la Presidencia
En la 5352ª sesión, celebrada el 23 de enero de
2006, se invitó a participar en el debate al Enviado
Especial del Secretario General para la aplicación de la
resolución 1559 (2004). El Consejo incluyó en su
orden del día una carta de fecha 26 de octubre de 2005
dirigida al Presidente del Consejo por el Secretario
General, en la que le transmitía su segundo informe
semianual sobre la aplicación de la resolución 1559
(2004)123. En su informe, el Secretario General
observó que se los requisitos de la retirada de las
tropas y los equipos militares de la República Árabe
Siria se habían cumplido. También señaló que se __________________
122 S/PRST/2005/61.
123 S/2005/673, presentado de conformidad con la
declaración de la Presidencia de 19 de octubre de 2004
(S/PRST/2004/36).
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
648 11-02856
habían producido complicaciones resultantes de la falta
de una frontera claramente acordada y delimitada entre
el Líbano y la República Árabe Siria. Además, habían
surgido problemas relacionados con el control de la
frontera entre el Líbano y la República Árabe Siria y
con la transferencia ilegal de armas y personas a
grupos armados en el Líbano. Indicó que el siguiente
paso del proceso consistía en que las fuerzas armadas
del Líbano garantizasen la seguridad en todo el país en
un momento en que el ejército estaba reduciendo
significativamente sus efectivos. El Secretario General
declaró que se centraría en colaborar con las
autoridades libanesas para que el Gobierno lograse
ejercer su control y autoridad en todo el país, sin tener
que enfrentarse a grupos independientes libaneses y no
libaneses que actuaran sin supervisión.
El Presidente (República Unida de Tanzanía)
realizó una declaración en nombre del Consejo124, en
la que el Consejo, entre otras cosas:
Observó que se habían logrado nuevos avances
importantes en la aplicación de la resolución 1559 (2004), pero
observó que otras disposiciones de esa resolución todavía no se
habían puesto en práctica;
Elogió al Gobierno del Líbano por el diálogo que entabló
en octubre de 2005 con representantes de las milicias y por las
medidas que adoptó contra los movimientos de entrada de armas
y personas en territorio libanés;
Condenó los constantes ataques terroristas perpetrados en
el Líbano;
Renovó su llamamiento en favor del pleno cumplimiento
de todos los requisitos enunciados en la resolución 1559 (2004),
e instó a todas las partes interesadas a que cooperasen
plenamente con el Consejo y el Secretario General para alcanzar
ese objetivo.
Decisión de 17 de mayo de 2006 (5440ª sesión):
resolución 1680 (2006)
En la 5417ª sesión125, celebrada el 21 de abril de
2006, formularon declaraciones los representantes del
Líbano y la República Árabe Siria126.
__________________
124 S/PRST/2006/3.
125 En la 5418ª sesión, celebrada a puerta cerrada el 21 de
abril de 2006, los miembros del Consejo y el Primer
Ministro del Líbano mantuvieron un intercambio de
opiniones.
126 En esta sesión, el Líbano estuvo representado por el
Primer Ministro. El Secretario General participó en la
sesión pero no formuló declaraciones.
El representante del Líbano expresó su gratitud al
Consejo de Seguridad por todo el apoyo que había
proporcionado con el fin de aumentar la soberanía y la
prosperidad del Líbano. Declaró que la conferencia de
diálogo nacional, que comenzó en marzo de 2006, ya
había logrado progresos significativos. Se había llegado
a un consenso sobre cuestiones importantes tales como
las relaciones con la República Árabe Siria, la
delimitación de toda la frontera común entre el Líbano y
la República Árabe Siria, incluida la zona de las granjas
de Shebaa, la política hacia los palestinos en el Líbano y
la investigación internacional y el proceso judicial
relacionados con el asesinato del Primer Ministro, Rafiq
Hariri. Se había convenido por unanimidad que las
relaciones entre los Gobiernos del Líbano y la República
Árabe Siria debían ser fuertes y positivas y basarse en el
respeto mutuo, la paridad y la no injerencia. Una
respuesta positiva del Gobierno de la República Árabe
Siria respecto de las medidas acordadas por todas las
partes en el diálogo nacional —incluido el
establecimiento de relaciones diplomáticas y la
delimitación de las fronteras entre los dos países— sería
un indicio de que el Gobierno de la República Árabe
Siria estaba empezando a aceptar la idea de que era
posible que existieran buenas relaciones entre él y un
Líbano independiente. Afirmó que la delineación de la
frontera en la zona de las granjas de Shebaa era
importante en ese contexto, ya que tenía una gran
repercusión en la capacidad del Gobierno del Líbano
para “liberar” dicha zona. El representante del Líbano
también señaló que esperaría a que se confirmasen las
medidas concretas exigidas por las Naciones Unidas
para reconocer la soberanía libanesa sobre el territorio
de las granjas de Shebaa. Observó que, además de
aplicar las decisiones ya adoptadas por la conferencia
de dialogo nacional, otro desafío era el de llegar a un
acuerdo sobre dos cuestiones pendientes. La primera
era la cuestión de la presidencia del Líbano. La
mayoría en el parlamento consideraba que el hecho de
que se hubiera prorrogado el mandato del Presidente
Emile Lahoud se debía a la interferencia y la coerción
de la República Árabe Siria. No obstante, dado que la
mayoría parlamentaria no era suficiente para acortar el
mandato prorrogado del Presidente, la cuestión se
había remitido al diálogo nacional con la esperanza de
llegar a un consenso, aunque hasta la fecha había
resultado difícil. Las otras cuestiones eran las armas de
Hizbullah y su función en la defensa del Líbano.
También manifestó su reconocimiento por la labor
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 649
realizada por la Comisión Internacional Independiente
de Investigación127
.
El representante de la República Árabe Siria
reafirmó la relación especial existente entre el Líbano
y su país. Dijo que no creía que hubiera problema
alguno en relación con la demarcación de la frontera
entre ambos países, pero que el Gobierno de la
República Árabe Siria se había declarado dispuesto a
demarcar la frontera y había enviado una carta al
respecto al Gobierno del Líbano. Destacó que la
demarcación de la frontera en la zona de las granjas de
Shebaa no podía efectuarse hasta que Israel se retirase
de esa zona. Sostuvo que el Gobierno de la República
Árabe Siria había cumplido las disposiciones de la
resolución 1559 (2004) relativas a esa cuestión cuando
retiró del Líbano a todos sus contingentes militares y a
su personal el 26 de abril de 2005. Rechazó la idea
propuesta por otras partes de que las cuestiones de la
demarcación de la frontera y el intercambio de
embajadores formaban parte de la resolución 1559
(2004), e hizo hincapié en que esos asuntos eran
cuestiones soberanas para el Líbano y la República
Árabe Siria y que el Consejo no debería interferir en
ellas, de conformidad con el Artículo 2 7) de la Carta.
Concluyó diciendo que algunos Estados se habían
aprovechado de que pertenecían al Consejo de
Seguridad para lograr algunos objetivos, lo que era
contrario al objetivo de la paz y la seguridad en la
región y contribuiría a la inestabilidad y las
tensiones128.
En la 5440ª sesión, celebrada el 17 de mayo de
2006, en la que formularon declaraciones los
representantes de la Argentina, China, la Federación de
Rusia y Qatar129, el Consejo incluyó en su orden del
día una carta de fecha 18 de abril de 2006 dirigida al
Presidente del Consejo por el Secretario General, en la
que le transmitía el tercer informe semianual sobre la
aplicación de la resolución 1559 (2004)130. En su
informe, el Secretario General observó que se había
avanzado considerablemente en pos de la plena
aplicación de todas las disposiciones de la resolución
1559 (2004). No obstante, todavía no se había logrado
la disolución y el desarme de todas las milicias
libanesas y no libanesas, la extensión del control del __________________
127 S/PV.5417, págs. 2 a 5.
128 Ibid., págs. 5 y 6.
129 El representante del Líbano fue invitado a participar en
la sesión, pero no formuló declaraciones.
130 S/2006/248.
Gobierno del Líbano a todo el territorio libanés y el
estricto respeto de la soberanía, integridad territorial,
unidad e independencia política del Líbano. Pidió a
todas las partes que cooperasen para aplicar esas
disposiciones de la resolución 1559 (2004). Pidió al
Gobierno de la República Árabe Siria que aceptase el
ofrecimiento del Gobierno del Líbano para que ambas
partes colaborasen para establecer embajadas y
demarcar la frontera común.
El Presidente (Congo) señaló a la atención del
Consejo una carta del representante de la República
Árabe Siria131. El Presidente señaló después a la
atención del Consejo un proyecto de resolución
presentado por Dinamarca, Eslovaquia, los Estados
Unidos, Francia y el Reino Unido132; el proyecto de
resolución se sometió a votación y se aprobó por 13
votos contra ninguno, con 2 abstenciones (China y la
Federación de Rusia), como resolución 1680 (2006), en
la que el Consejo, entre otras cosas:
Reiteró su llamamiento para que se aplicasen plenamente
todas las disposiciones de la resolución 1559 (2004);
Reiteró también su llamamiento a todos los Estados y
partes interesados que se mencionaban en el informe para que
cooperasen plenamente con el Gobierno del Líbano, el Consejo
de Seguridad y el Secretario General para alcanzar ese objetivo;
Alentó enérgicamente al Gobierno de la República Árabe
Siria a que respondiese en forma positiva a la solicitud del
Gobierno del Líbano para que se demarcase la frontera común y
se estableciesen plenas relaciones y representación diplomáticas;
Encomió al Gobierno del Líbano por las medidas que
había tomado para impedir la circulación de armas en el
territorio libanés y exhortó al Gobierno de Siria a que adoptase
medidas similares;
Reiteró su apoyo al Secretario General y a su Enviado
Especial en sus esfuerzos y dedicación para facilitar la
aplicación de todas las disposiciones de la resolución 1559
(2004).
En declaraciones formuladas después de la
votación, el representante de la Federación de Rusia __________________
131 S/2006/259, de fecha 24 de abril de 2006 y dirigida al
Secretario General, en la que se afirmaba que en el
informe sobre la aplicación de la resolución 1559 (2004)
se había excedido el mandato asignado en esa resolución
y se había centrado en asuntos de jurisdicción interna de
ambos países. También se reafirmaba que todas las
tropas, equipos militares y el aparato de inteligencia de
la República Árabe Siria se retiraron del Líbano el 26 de
abril de 2005.
132 S/2006/298.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
650 11-02856
aseguró que defendía la consolidación de la estabilidad
en el Líbano y la normalización de la situación en la
República Árabe Siria. Estaba convencido de que la
soberanía, la unidad y la integridad territorial del
Líbano únicamente podían consolidarse mediante el
diálogo entre Damasco y Beirut. Destacó que la
resolución 1680 (2006) era “un cambio respecto de las
tareas anteriormente mencionadas”. La delegación rusa
no consideraba que fuera especialmente necesario en la
fase actual que el Consejo siguiera adoptando medidas
sustantivas respecto de las cuestiones relacionadas con
las relaciones entre la República Árabe Siria y el
Líbano. También declaró que a la Federación de Rusia
le resultaba imposible apoyar la resolución, dado que
no se habían tenido en cuenta las enmiendas y
propuestas que había formulado133.
El representante de la Argentina no consideraba
necesario reinterpretar los párrafos de la parte
dispositiva de la resolución 1559 (2004) ni seguir
sumando obligaciones a las partes. Su delegación
también creía que había que interpretar el texto de la
resolución a la luz de las disposiciones pertinentes del
derecho internacional en materia de relaciones
diplomáticas. La Convención de Viena sobre
Relaciones Diplomáticas era taxativa al determinar que
el establecimiento de relaciones diplomáticas y de
representaciones diplomáticas mutuas debía tener lugar
por medio del consentimiento mutuo de los Estados
involucrados. Su país no consideraba que el Consejo de
Seguridad debiera inmiscuirse en esos temas, que eran
de exclusiva índole bilateral. La Argentina creía que el
párrafo referente a esa cuestión no establecía un
precedente que pudiera ser invocado en el futuro, ni en
este tema ni en otros temas134.
El representante de China declaró que el
Gobierno de China entendía y apoyaba plenamente al
Líbano en su deseo de establecer relaciones
diplomáticas con sus vecinos y su exigencia de definir
sus fronteras con ellos, y esperaba que el Líbano y la
República Árabe Siria continuasen su diálogo bilateral.
Teniendo eso presente, también había esperado que los
patrocinadores del proyecto de resolución le hicieran
los cambios correspondientes para que pudiera
alcanzarse un consenso. Como esos cambios no se __________________
133 S/PV.5440, págs. 2 y 3.
134 Ibid., pág. 3.
habían realizado, el Gobierno de China se había
abstenido de votar135.
El representante de Qatar lamentó que la
resolución no mencionase las violaciones de la Línea
Azul cometidas por Israel, ya que eran una de las
cuestiones que obstaculizaban la plena aplicación de la
resolución 1559 (2004)136.
Decisión de 30 de octubre de 2006
(5559ª sesión): declaración de la
Presidencia
En la 5559ª sesión, celebrada el 30 de octubre de
2006, a la que se invitó a participar al representante del
Líbano, el Consejo incluyó en su orden del día el
cuarto informe semianual del Secretario General sobre
la aplicación de la resolución 1559 (2004), de 19 de
octubre de 2006137. En su informe, el Secretario
General observó que, en los seis meses transcurridos
desde su anterior informe, el Líbano había
experimentado una parálisis política y luego por un
fuerte deterioro y una prolongada inestabilidad,
incluidas las hostilidades entre Israel y Hizbullah que
estallaron el 12 de julio138. No obstante, observó que
se habían realizado progresos considerables hacia la
aplicación de la resolución 1559 (2004). Se habían
celebrado elecciones legislativas libres e imparciales y
se había progresado hacia la extensión del control del
Gobierno del Líbano sobre el territorio libanés. Sin
embargo, la disolución y el desarme de todas las
milicias libanesas y no libanesas todavía no se habían
aplicado en su totalidad. Destacó que ese era un
elemento necesario para que el Líbano consolidase su
posición como Estado soberano y democrático, y que
solo podría lograrse mediante un proceso integrador
que tomase en consideración los intereses políticos y
económicos de todos los libaneses y los que vivían en
el Líbano. Observó también que el establecimiento de
relaciones diplomáticas plenas entre el Líbano y la
República Árabe Siria y la delineación de su frontera
común, incluida la zona de las granjas de Shebaa,
mediante un acuerdo bilateral constituirían importantes
pasos para promover la paz y la seguridad en la región.
__________________
135 Ibid., págs. 3 y 4.
136 Ibid., pág. 4.
137 S/2006/832.
138 Véanse S/2006/670 y S/2006/730, o la sección 33.B del
presente capítulo, en relación con la FPNUL y la
resolución 1701 (2006).
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 651
El Presidente (Japón) realizó una declaración en
nombre del Consejo139, en la que el Consejo, entre
otras cosas:
Observó que se habían producido progresos importantes
hacia la aplicación de la resolución 1559 (2004), pero también
observó con pesar que todavía no se habían aplicado algunas de
sus disposiciones;
Encomió al Gobierno del Líbano por haber extendido su
autoridad a todo el territorio; reiteró su petición de que se
aplicase íntegramente la resolución 1559 (2004) e instó a todas
las partes interesadas a que cooperasen plenamente para
alcanzar esa meta;
Reafirmó su apoyo al Secretario General y al Enviado
Especial de este en su empeño y su dedicación, y esperó con
interés las nuevas recomendaciones del Secretario General sobre
las cuestiones pendientes pertinentes.
Decisión de 11 de junio de 2007 (5691ª sesión):
declaración de la Presidencia
En su 5691ª sesión140, celebrada el 11 de junio de
2007, el Consejo incluyó en su orden del día el quinto
informe semianual del Secretario General sobre la
aplicación de la resolución 1559 (2004), de 7 de mayo
de 2007141. En su informe, el Secretario General
observó que, aunque se habían hecho nuevos
progresos, la resolución 1559 (2004) todavía no se
había aplicado plenamente. Señaló que en el Líbano
había continuado la prolongada incertidumbre política.
Las consultas entabladas entre los líderes libaneses
para resolver sus diferencias, iniciadas el 6 de
noviembre de 2006, fracasaron y los miembros chiitas
y otros miembros del Gobierno habían dimitido.
Observó que la oposición, integrada por Amal,
Hizbullah y el Movimiento Patriótico Libre, al igual
que el Presidente Lahoud, mantenían que el Gobierno
había dejado de tener legitimidad constitucional. Sin
embargo, el Gobierno seguía reuniéndose y
funcionando, pues contaba todavía con el apoyo de la
mayoría del Parlamento. Además, el Gobierno
afirmaba que, puesto que el Primer Ministro nunca
aceptó oficialmente las dimisiones que se le
presentaron, estas no eran válidas. El prolongado
estancamiento demostraba que el Líbano necesitaba un
marco político integral y consensuado. El Secretario
General dijo en el informe que la resolución de la crisis __________________
139 S/PRST/2006/43.
140 El representante del Líbano y el Enviado Especial del
Secretario General participaron en la sesión, pero no
formularon declaraciones.
tendría que pasar por un acuerdo sobre la cuestión de la
presidencia libanesa. También destacó la necesidad de
esclarecer las alegaciones de que existía tráfico de
armas clandestino en la frontera entre la República
Árabe Siria y el Líbano, y reiteró la importancia del
establecimiento de relaciones diplomáticas oficiales
entre ambos países.
El Presidente (Bélgica) realizó una declaración en
nombre del Consejo142 en la que el Consejo, entre otras
cosas:
Reiteró su pleno apoyo al Gobierno legítimo del Líbano,
elegido democráticamente, pidió que se respetasen plenamente
las instituciones democráticas del país, de conformidad con su
Constitución, condenó todo intento de desestabilizar el Líbano,
y exhortó a todos los países libaneses a que se mostrasen
responsables con miras a evitar, mediante el diálogo, que la
situación en el país se deteriorase aún más;
Reafirmó su apoyo decidido de la integridad territorial, la
soberanía, la unidad y la independencia política del Líbano;
condenó los actos criminales y terroristas que se estaban
cometiendo en el Líbano, incluidos los perpetrados por Fatah al -
Islam, y apoyó plenamente los esfuerzos realizados por el
Gobierno y el ejército del Líbano por garantizar la seguridad y
la estabilidad en todo el país;
Subrayó la necesidad de proteger y prestar asistencia a la
población civil, en particular a los refugiados palestinos;
Reiteró que no debía haber armas en el Líbano sin el
consentimiento de su Gobierno; reiteró su grave preocupación
por la información cada vez más frecuente, proporcionada por
Israel y por otros Estados, de movimientos ilegales de armas
hacia el Líbano, y en particular a través de la frontera entre el
Líbano y la República Árabe Siria, y esperó con interés las
conclusiones del Equipo Independiente de Evaluación Fronteriza
del Líbano;
Reafirmó su apoyo al Secretario General y a su Enviado
Especial en sus esfuerzos y dedicación para facilitar y contribuir
a la aplicación de todas las disposiciones de las resoluciones
1559 (2004) y 1680 (2006) y esperó con interés el siguiente
informe del Secretario General sobre la aplicación de la
resolución 1701 (2006) y sus nuevas recomendaciones sobre las
cuestiones pendientes pertinentes.
Decisión de 11 de diciembre de 2007
(5799ª sesión): declaración de la
Presidencia
En la 5799ª sesión, celebrada el 11 de diciembre
de 2007, el Presidente (Italia) realizó una declaración __________________
141 S/2007/262.
142 S/PRST/2007/17.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
652 11-02856
en nombre del Consejo143, en la que el Consejo, entre
otras cosas:
Destacó su profunda preocupación ante los repetidos
aplazamientos de la elección presidencial en el Líbano;
Subrayó que el punto muerto político actual no
beneficiaba al pueblo del Líbano y podía conducir a un nuevo
empeoramiento de la situación en el Líbano;
Reiteró su llamamiento para que se celebrase sin demora
una elección presidencial libre e imparcial de conformidad con
las normas constitucionales del Líbano, sin ninguna injerencia
política ni influencia extranjeras y respetando plenamente las
instituciones democráticas;
Subrayó la importancia de las instituciones
constitucionales del Líbano, incluido el Gobierno del Líbano, así
como la importancia de la unidad del pueblo libanés, en
particular sobre la base de la reconciliación y el diálogo
político;
Instó a todos los partidos políticos libaneses a que
siguiesen dando prueba de moderación y responsabilidad a fin
de evitar, mediante el diálogo, un nuevo empeoramiento de la
situación en el Líbano;
Encomió la posición adoptada por el Gobierno
democráticamente electo del Líbano y las fuerzas armadas del
Líbano para cumplir sus respectivas responsabilidades en el
período anterior a la celebración de la elección presidencial;
Reiteró su llamamiento para que se aplicasen plenamente
todas sus resoluciones sobre el Líbano.
D. Resolución 1595 (2005) del Consejo
de Seguridad
Decisión de 15 de febrero de 2005
(5122ª sesión): declaración de la
Presidencia
En la 5122ª sesión, celebrada el 15 de febrero de
2005, el Presidente (Benin) realizó una declaración en
nombre del Consejo de Seguridad144, en la que el
Consejo, entre otras cosas:
Condenó inequívocamente el atentado terrorista
perpetrado en Beirut el 14 de febrero de 2005, en el que perdió
la vida el ex-Primer Ministro del Líbano Rafiq Hariri, entre
otras personas, y resultaron heridas de gravedad docenas de
personas, entre ellas el ex Ministro Basil Fleihan;
Expresó su profundo pesar y su más sentido pésame al
pueblo y el Gobierno del Líbano, así como a las víctimas y sus
familias;
__________________
143 S/PRST/2007/46.
144 S/PRST/2005/4.
Pidió al Gobierno del Líbano que sometiese a la justicia a
los autores, organizadores y patrocinadores de este execrable
acto terrorista; expresó su profunda preocupación por el
asesinato del ex-Primer Ministro del Líbano y sus posibles
repercusiones en los esfuerzos que realizaba el pueblo del
Líbano por consolidar la democracia en el país, y su
preocupación por la posibilidad de una nueva desestabilización
del Líbano;
Pidió al Secretario General que se mantuviese bien
informado de la situación en el Líbano y diese cuenta con
urgencia de las circunstancias, causas y consecuencias de este
acto terrorista.
Decisión de 7 de abril de 2005 (5160ª sesión):
resolución 1595 (2005)
En una carta de fecha 24 de marzo de 2005145, el
Secretario General presentó al Consejo el informe de la
misión de determinación de los hechos enviada al
Líbano para investigar las causas, circunstancias y
consecuencias del asesinato del ex-Primer Ministro
Rafiq Hariri.
En el informe de la misión de determinación de
los hechos se describía de manera pormenorizada el
incidente del 14 de febrero de 2005, cuando estalló una
explosión en el centro de Beirut y provocó la muerte de
20 personas, entre ellas el ex-Primer Ministro, y la
investigación posterior. En el informe se destacaba
que, si bien las “causas” específicas del asesinato del
Sr. Hariri no se podrían determinar de manera fiable
hasta que los perpetradores del crimen compareciesen
ante la justicia, estaba claro que el asesinato se
perpetró en un contexto político y de seguridad
caracterizado por una aguda polarización en torno de la
influencia de la República Árabe Siria en el Líbano y
la incapacidad del Estado libanés para asegurar una
protección adecuada a sus ciudadanos. En la
descripción detallada del contexto político del
incidente que ofrecía el informe, se observaba que el
Primer Ministro dimitió después de que se prorrogase
el mandato del Presidente por tres años. En el informe
también se destacaba que, según la estimación general,
el Sr. Hariri dio un “firme apoyo” a la resolución 1559
(2004). A finales de enero de 2005 estaba “surgiendo
en el Líbano un extraordinario bloque de poder” que
englobaba a representantes de casi todas las
comunidades políticas y religiosas, con la notable
excepción de los grupos chiitas Amal y Hizbullah. Este __________________
145 S/2005/203, presentada de conformidad con la
declaración de la Presidencia de 15 de febrero de 2005
(S/PRST/2005/4).
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 653
bloque de poder parecía confiar en obtener una clara
mayoría en las elecciones que se avecinaban y en “su
capacidad para obligar a la República Árabe Siria a que
cumpliera el compromiso que tenía pendiente en virtud
del Acuerdo de Taif y de la resolución 1559 (2004) del
Consejo de Seguridad”. En el centro de ese bloque de
poder, el Primer Ministro Hariri era considerado el
artífice del cambio. La misión concluyó que los
servicios de seguridad libaneses y el Servicio de
Inteligencia Militar sirio eran los principales
responsables de la falta de seguridad, protección y ley
y orden en el Líbano. Sin embargo, el Gobierno de la
República Árabe Siria era el principal responsable de
la tensión política que precedió al asesinato del ex-
Primer Ministro. El examen de la investigación indicó
que hubo una clara falta de interés por parte de las
autoridades libanesas en investigar efectivamente el
crimen y que esta investigación no se llevó a cabo de
conformidad con criterios internacionales aceptables.
La misión concluyó también que la restauración de la
integridad y la fiabilidad del aparato de seguridad
libanés era de vital importancia para la seguridad y la
estabilidad del país. Por último, la misión estimó que
se necesitaría apoyo político internacional y regional
para salvaguardar la unidad nacional del Líbano y
proteger su frágil entidad política contra presiones
injustificadas. Por consiguiente, en su carta el
Secretario General apoyó la conclusión de la misión de
que se sería necesario encomendar la investigación a
una comisión internacional independiente para
averiguar la verdad.
En su 5160ª sesión, celebrada el 7 de abril de
2005, el Consejo incluyó la carta mencionada en su
orden del día. El Presidente (China) señaló a la
atención del Consejo una carta de fecha 29 de marzo
de 2005 dirigida al Secretario General por el
representante del Líbano146, en la que se aprobaba la
decisión del Consejo de Seguridad de crear una
comisión de investigación internacional sobre el
asesinato del Primer Ministro Hariri; una carta dirigida
al Secretario General y al Presidente del Consejo de
Seguridad por el representante de la República Árabe
Siria147, en la que se declaraba que los resultados del
informe “se apartaban de la objetividad”; y una carta
dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por los
representantes del Líbano y la República Árabe __________________
146 S/2005/208.
147 S/2005/209.
Siria148, en la que se afirmaba la determinación de
ambos Estados de ampliar aún más la vía de la
cooperación y coordinación entre ellos. El Presidente
también señaló a la atención del Consejo un proyecto
de resolución presentado por Dinamarca, los Estados
Unidos, Filipinas, Francia, Grecia, el Japón, el Reino
Unido y Rumania149. El proyecto de resolución se
sometió a votación y fue aprobado por unanimidad y
sin debate como resolución 1595 (2005), en la que el
Consejo, entre otras cosas:
Decidió establecer una comisión internacional
independiente de investigación con sede en el Líbano que
ayudase a las autoridades de ese país a investigar todos los
aspectos de este acto terrorista y a identificar a sus autores,
patrocinadores y organizadores y a sus cómplices;
Instó al Gobierno del Líbano a que se cerciorase de que se
tuviesen plenamente en cuenta las observaciones y conclusiones
de la investigación hecha por la Comisión;
Decidió que la Comisión debía contar con la plena
cooperación de las autoridades del Líbano; estar autorizada a
reunir información y pruebas adicionales; tener libertad de
desplazamiento en todo el territorio del Líbano; y contar con los
servicios y el personal necesarios para desempeñar su función;
Pidió al Secretario General que celebrase consultas con
urgencia con el Gobierno del Líbano a fin de facilitar el
establecimiento y funcionamiento de la Comisión, y le pidió
también que le informase sobre el particular y le notificase la
fecha en que la Comisión comenzase a funcionar plenamente;
Pidió también al Secretario General que procediese sin
demora a tomar las medidas y disposiciones necesarias para que
la Comisión fuese establecida con rapidez y funcionase
plenamente;
Dispuso que la Comisión estableciese los procedimientos
para llevar a cabo su investigación;
Pidió a la Comisión que completase su labor en un plazo
de tres meses, autorizó al Secretario General a que prorrogase el
funcionamiento de la Comisión durante un nuevo período, no
superior a tres meses, y le pidió que informase al Consejo de
Seguridad sobre el particular;
Pidió a la comisión que le presentase un informe sobre las
conclusiones de su investigación y pidió al Secretario General
que le presentase oralmente información actualizada sobre la
marcha de la Comisión cada dos meses mientras se encontrase
en funcionamiento o con mayor frecuencia de ser necesario.
__________________
148 S/2005/219.
149 S/2005/227.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
654 11-02856
Decisión de 31 de octubre de 2005
(5297ª sesión): resolución 1636 (2005)
En su 5292ª sesión, celebrada el 25 de octubre de
2005, el Consejo incluyó en su orden del día una carta
de fecha 20 de octubre de 2005 del Secretario General,
en la que le transmitía el primer informe de la
Comisión Internacional Independiente de
Investigación150. En su informe, la Comisión observó
que el atentado terrorista del 14 de febrero de 2005 fue
realizado por una amplia organización dotada de
recursos considerables y que se estuvo preparando
durante varios meses. La Comisión describió una
convergencia de pruebas que sugerían que “elementos
tanto del Líbano como de Siria estuvieron
involucrados” en ese acto terrorista. Observó que era
“bien conocida” la presencia de los servicios de
inteligencia militar de la República Árabe Siria en el
Líbano, por lo menos hasta que se retiraron las fuerzas
sirias en cumplimiento de la resolución 1559 (2004), y
que los ex altos funcionarios de la seguridad del
Líbano habían sido nombrados por los sirios. “Dada la
infiltración de las instituciones y la sociedad libanesa
por los servicios de inteligencia sirios y libaneses
operando de consuno”, la Comisión juzgó difícil
“pensar que tan compleja conjuración para cometer un
asesinato haya podido llevarse a cabo sin su
conocimiento”. La Comisión concluyó que muchas
pistas apuntaban directamente a la implicación de
oficiales sirios de la seguridad y observó que varias
personas entrevistadas de la República Árabe Siria
trataron de desorientar la investigación con
declaraciones falsas. La Comisión concluyó que debía
continuar la investigación a cargo de las autoridades
judiciales y de seguridad libanesas competentes. Había
que hacer una clara evaluación de la explosión del 14
de febrero en el contexto de toda la serie de
explosiones que la precedieron y la siguieron, ya que
podría haber conexiones entre algunas de ellas, si no
todas.
El Consejo también incluyó en su orden del día
una carta de fecha 14 de octubre de 2005 dirigida al
Secretario General por el representante del Líbano, en
la que solicitaba que se prorrogase el mandato de la
Comisión hasta diciembre de 2005151. El Consejo
escuchó una exposición informativa del Jefe de la
Comisión y declaraciones de los representantes del
Líbano y la República Árabe Siria.
__________________
150 S/2005/662.
En su exposición informativa, el Jefe de la
Comisión explicó que la Comisión entró en funciones
el 16 de junio de 2005. El Jefe de la Comisión también
enumeró diferentes misiones de determinación de los
hechos, entrevistas y operaciones de registro que la
Comisión había realizado desde su creación. Observó
que la Comisión estableció estrechos nexos de trabajo
con las autoridades del Líbano y que se hicieron
arreglos para que facilitaran su labor y le dieran el
apoyo que necesitaba. Sin embargo, señaló que no
podía considerarse que la investigación hubiera
finalizado, dado que sería normal que en un caso como
ese se tardasen meses e incluso años en cubrir con
certeza todos los aspectos de la investigación y en
tener listo el caso para su enjuiciamiento152.
El representante del Líbano celebró que la
Comisión se hubiese constituido y que hubiese
avanzado. Pidió que se prorrogase su mandato hasta el
15 de diciembre de 2005. Exhortó a todas las partes
interesadas a que cooperasen con la Comisión153.
El representante de la República Árabe Siria
condenó el asesinato y sostuvo que “cada uno de los
párrafos del informe [merecía] ser comentado para
rebatir su contenido”. Aseguró que era evidente que el
ambiente político reinante en el Líbano había influido
en el informe, y rechazó la afirmación que se hacía en
el informe de que “en vista de que los servicios de
inteligencia sirios y libaneses, trabajando de consuno,
habían infiltrado las instituciones y la sociedad
libanesas, es difícil concebir que una conspiración para
perpetrar un asesinato tan complejo se podría haber
llevado a cabo sin su conocimiento”. El representante
explicó que esa acusación podría “imputarse a los
servicios de seguridad de cualquier país del mundo en
cuyo territorio se haya cometido un crimen o acto de
terrorismo”. El representante también rechazó las
conclusiones del informe que apuntaban hacia la
República Árabe Siria, ya que dependían
completamente de “la credibilidad del testimonio de
personas que sienten una antipatía política manifiesta
por Siria”. Aseguró que algunos de los testimonios se
contradecían entre sí y que el informe acusaba a la
República Árabe Siria antes de que hubieran concluido
las investigaciones. El representante también rebatió la
acusación que figuraba en el informe de que la
República Árabe Siria no había cooperado __________________
151 S/2005/651.
152 S/PV.5292, págs. 2 y 3.
153 Ibid., págs. 4 y 5.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 655
suficientemente con la investigación, y enumeró
diferentes ejemplos de que su país había cooperado con
la Comisión. Dijo que la investigación debería obtener
pruebas antes de acusar a ningún Estado Miembro,
pero afirmó que la República Árabe Siria seguiría
cooperando con la investigación154.
En su 5297ª sesión, celebrada el 31 de octubre de
2005, el Consejo incluyó de nuevo en su orden del día
la carta de fecha 20 de octubre de 2005 del Secretario
General155. El Presidente (Rumania) señaló a la
atención del Consejo la mencionada carta de fecha 14
de octubre de 2005 del representante del Líbano, en la
que se pedía que se prorrogase el mandato de la
Comisión hasta diciembre de 2005156. Se sometió a
votación un proyecto de resolución presentado por los
Estados Unidos, Francia y el Reino Unido157, que se
aprobó por unanimidad como resolución 1636 (2005),
en la que el Consejo, actuando en virtud del Capítulo
VII de la Carta, entre otras cosas:
Tomó nota con suma preocupación de que la Comisión
llegó a la conclusión de que había pruebas convergentes que
apuntaban a la participación de funcionarios tanto libaneses
como sirios en este acto terrorista;
Decidió establecer un comité del Consejo de Seguridad
integrado por todos los miembros del Consejo para que
desempeñase las funciones indicadas en el anexo de esa
resolución;
Acogió con beneplácito la decisión del Secretario General
de prorrogar el mandato de la Comisión hasta el 15 de diciembre
de 2005, como había autorizado el Consejo en su resolución
1595 (2005), y decidió que lo prorrogaría más allá de esa fecha
si lo recomendaba la Comisión y lo solicitaba el Gobierno del
Líbano;
Decidió que la República Árabe Siria debía detener a los
funcionarios o personas de su nacionalidad que la Comisión
considerase sospechosos de haber participado en la
planificación, el patrocinio, la organización o la perpetración de
este acto terrorista y ponerlos plenamente a disposición de la
Comisión; la Comisión tendría respecto de la República Árabe
Siria los mismos derechos y atribuciones que se mencionan en el
párrafo 3 de la resolución 1595 (2005), y la República Árabe
Siria debería cooperar con la Comisión plena e
incondicionalmente sobre esa base; la Comisión tendría
atribuciones para determinar el lugar y las modalidades a los
efectos de entrevistar a funcionarios sirios u otras personas de
esa nacionalidad que considerase pertinentes a la investigación;
__________________
154 Ibid., págs. 6 a 8.
155 S/2005/662.
156 S/2005/651.
157 S/2005/684.
Insistió en que la República Árabe Siria no debía
injerirse, directa ni indirectamente, en los asuntos internos del
Líbano, debía abstenerse de cualquier intento de desestabilizar
el Líbano y debía respetar escrupulosamente la soberanía,
integridad territorial, unidad e independencia política de ese
país.
Después de la votación, todos los miembros del
Consejo y los representantes del Líbano y la República
Árabe Siria formularon declaraciones158. La mayoría
de los oradores expresó su apoyo a la prórroga del
mandato de la Comisión por un período de seis meses y
pidió plena cooperación con la Comisión.
Ciertos oradores criticaron a la República Árabe
Siria por no haber cooperado de buena fe con la
Comisión y pidieron plena cooperación159. Los
representantes de Dinamarca, los Estados Unidos,
Francia y el Reino Unido subrayaron las pruebas que
apuntaban a la participación de funcionarios tanto
libaneses como sirios en el atentado terrorista cometido
contra el ex-Primer Ministro del Líbano el 14 de
febrero de 2005. Observaron que era difícil pensar que
tan compleja conspiración para cometer un asesinato
hubiera podido llevarse a cabo sin el conocimiento de
funcionarios de seguridad de la República Árabe Siria
del más alto rango160. El representante del Reino
Unido destacó que, si la República Árabe Siria no
cooperaba plenamente, su delegación consideraría
medidas ulteriores a fin de garantizar que el Consejo,
por conducto de la Comisión, pudiera hacer lo que le
correspondía respecto de la determinación del
Gobierno del Líbano de que se hiciera justicia161. La
representante de los Estados Unidos dejó claro que
incumplir las exigencias de la Comisión se traduciría
en “graves consecuencias” para la República Árabe __________________
158 En esta sesión, Argelia, el Brasil, China, Dinamarca, la
Federación de Rusia, Francia, Grecia, la República Árabe
Siria y Rumania estuvieron representadas por sus
respectivos Ministros de Relaciones Exteriores; el Reino
Unido, por el Secretario de Estado para los Asuntos
Exteriores y el Commonwealth; los Estados Unidos, por
la Secretaria de Estado; Filipinas, por el Secretario de
Relaciones Exteriores; y el Líbano, por el Secretario
General Interino del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Emigrantes.
159 S/PV.5297, pág. 3 (Francia); pág. 4 (Reino Unido);
pág. 5 (Estados Unidos); pág. 9 (Dinamarca); págs. 10 y
11 (Filipinas); págs. 14 y 15 (República Unida de
Tanzanía); y págs. 15 y 16 (Rumania).
160 Ibid., pág. 3 (Francia); pág. 4 (Reino Unido);
pág. 5 (Estados Unidos); y pág. 9 (Dinamarca).
161 Ibid., pág. 4.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
656 11-02856
Siria. También aseguró que la República Árabe Siria se
había aislado de la comunidad internacional con sus
“declaraciones falsas, su apoyo al terrorismo, su
injerencia en los asuntos de sus vecinos y su
comportamiento desestabilizador en el Oriente Medio”.
Dijo que el Gobierno de la República Árabe Siria
tendría que adoptar la decisión estratégica de modificar
fundamentalmente su conducta162.
Varios oradores destacaron que el informe de la
Comisión no estaba finalizado y que había que
conceder la presunción de inocencia a la República
Árabe Siria, y celebraron que la República Árabe Siria
dijera que cooperaría plenamente con la Comisión163.
Los representantes de Argelia, el Brasil, China y la
Federación de Rusia también destacaron el hecho de
que la resolución ni implicaba ni autorizaba la
aplicación de medidas contra la República Árabe Siria
si no existía una decisión colectiva del Consejo164.
El representante de la Federación de Rusia
recordó que en la versión inicial del proyecto de
resolución se contemplaba un procedimiento sin
precedentes que hubiera impuesto automáticamente
sanciones contra personas sospechosas únicamente a
discreción de la Comisión. Observó que se había
podido impedir “el establecimiento de ese precedente
tan peligroso”165. El representante de Argelia dijo que
el Consejo había otorgado a la Comisión “atribuciones
excesivas en función de la letra y el espíritu de la
resolución 1595 (2005)”, ya que la Comisión estaba
facultada para presentar directamente al Consejo los
nombres de los sospechosos con el objeto de
imponerles sanciones o incluso de decidir sobre el
lugar y las modalidades para el interrogatorio de
funcionarios sirios o de otros lugares166.
El representante del Líbano celebró los progresos
logrados por la Comisión para revelar la verdad sobre
el asesinato del Sr. Hariri y exhortó a todas las partes
interesadas a que cooperasen de manera seria con la
Comisión para que la justicia siguiera su curso167.
__________________
162 Ibid., pág. 5.
163 Ibid., pág. 6 (Argelia); pág. 8 (Brasil); pág. 8 (China);
pág. 11 (Federación de Rusia); y pág. 14 (Japón).
164 Ibid., pág. 6 (Argelia); pág. 7 (Brasil); pág. 8 (China); y
pág. 11 (Federación de Rusia).
165 Ibid., pág. 11.
166 Ibid., pág. 6.
167 Ibid., págs. 16 y 17.
El representante de la República Árabe Siria
criticó el informe de la Comisión porque en él se partía
de la presunta culpabilidad de la República Árabe Siria
respecto de ese crimen, y no de su presunta inocencia.
Respondiendo a la acusación de que la cooperación de
la República Árabe Siria había sido de forma pero no
de fondo, dijo que su Gobierno había actuado de buena
fe y la Comisión no, y que había existido una intención
de acusar a su país para allanar el camino que condujo
a la resolución aprobada en virtud del Capítulo VII.
Citó pruebas de la cooperación de la República Árabe
Siria con la Comisión, como el decreto legislativo
núm. 96, de 29 de octubre de 2005, en virtud del cual
se creó una comisión judicial especial para cooperar
con la Comisión, así como con las autoridades
judiciales del Líbano, en todo lo que atañía a la
investigación. Declaró que el objetivo de la resolución
no era descubrir la verdad sobre el asesinato, sino
atacar a la República Árabe Siria y sus posiciones con
respecto a las cuestiones que afectaban al presente y el
futuro de la región168.
Decisión de 15 de diciembre de 2005
(5329ª sesión): resolución 1644 (2005)
En su 5323ª sesión, celebrada el 13 de diciembre
de 2005, el Consejo incluyó en su orden del día una
carta de fecha 12 de diciembre de 2005 dirigida al
Presidente del Consejo por el Secretario General, en la
que le transmitía el segundo informe de la Comisión
Internacional Independiente de Investigación169. En el
informe, el Jefe de la Comisión observó, entre otras
cosas, que las conclusiones enunciadas en su informe
anterior conservaban su validez y que las
investigaciones realizadas durante el período que
abarcaba el informe permitían corroborar esas
conclusiones. Sostuvo que el asesinato del Sr. Hariri
respondió a varios motivos personales y políticos, y
recomendó una prórroga por un período mínimo de seis
meses para la Comisión.
El Jefe de la Comisión y los representantes del
Líbano y la República Árabe Siria formularon
declaraciones ante el Consejo. El Jefe de la Comisión
explicó que se había trabajado en la investigación en
dos vías, una libanesa y la otra siria. Agradeció el
grado de cooperación recibido por la Comisión de las
autoridades libanesas, pero destacó que la cooperación __________________
168 Ibid., págs. 17 a 19.
169 S/2005/775.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 657
de la República Árabe Siria se había visto
caracterizada por señales contradictorias170.
El representante del Líbano celebró la labor de la
Comisión y pidió que se prorrogase su mandato.
También observó que los precedentes internacionales
habían mostrado que el mejor medio de juzgar a las
personas implicadas en este tipo de crímenes graves
era establecer un tribunal internacional de modo que se
hiciera justicia mediante juicios justos y libres de
presión y obstáculos. Por consiguiente, de conformidad
con el párrafo 14 de la resolución 1636 (2005), en la
que el Consejo expresó su disposición a considerar
toda solicitud de asistencia adicional que presentase el
Gobierno del Líbano, su delegación había pedido al
Consejo que se crease un tribunal internacional, ya
fuera en el Líbano o fuera del Líbano, que juzgase a
todas las personas implicadas en el crimen.
Observando que un miembro del Parlamento, Gebrane
Tueni, había sido asesinado en un atentado terrorista
perpetrado el día anterior, señaló a la atención que su
Gobierno había pedido al Consejo que prorrogase el
mandato de la Comisión o estableciese otra comisión
internacional de investigación para ayudar a las
autoridades en la investigación de todos los demás
asesinatos de personalidades libanesas de la política o
de los medios de comunicación, comenzando con el
atentado contra el Sr. Marwan Hamadeh el 1 de octubre
de 2004171.
El representante de la República Árabe Siria
reiteró su condena a la serie de bombardeos que, en su
opinión, tenían como fin desestabilizar al Líbano y
crear tensiones en las relaciones entre el Líbano y la
República Árabe Siria, dentro de un plan más amplio
para desestabilizar a toda la región. Reiteró que la
República Árabe Siria seguiría cooperando con la
Comisión, aunque se quejó de que la Comisión había
violado el principio de confidencialidad al filtrar
informes a los medios de comunicación. También
discrepó de las “declaraciones imprecisas” que
figuraban en el informe de la Comisión, concretamente
las que hacían referencia a la renuencia de la República
Árabe Siria a brincar una plena cooperación a la
Comisión. Citó varios ejemplos de cooperación y
reiteró que las conclusiones del informe eran
sospechosas porque se basaban en la presunción de
culpabilidad y acusaciones basadas en prejuicios.
También destacó varias irregularidades en la __________________
170 S/PV.5323, págs. 2 y 3.
investigación, entre ellas testigos que rechazaron su
anterior testimonio172.
En su 5329ª sesión, celebrada el 15 de diciembre
de 2005, en la que formularon declaraciones los
representantes de Argelia, China y la Federación de
Rusia, así como los del Líbano y la República Árabe
Siria, el Consejo incluyó una vez más en su orden del
día la carta de fecha 12 de diciembre de 2005 del
Secretario General, en la que transmitía el segundo
informe de la Comisión173. El Presidente (Reino
Unido) señaló a la atención del Consejo dos cartas, de
fechas 5 de diciembre y 13 de diciembre de 2005,
dirigidas al Secretario General por el representante del
Líbano174; en la primera, el Líbano pedía que se
prorrogase el mandato de la Comisión por un período
adicional de seis meses, y en la segunda pedía al
Consejo que estableciese un tribunal internacional para
juzgar a todas las personas implicadas en el asesinato
de Rafiq Hariri. Se sometió a votación un proyecto de
resolución presentado por los Estados Unidos, Francia
y el Reino Unido175; el proyecto de resolución se
aprobó por unanimidad como resolución 1644 (2005),
en la que el Consejo, actuando en virtud del Capítulo
VII de la Carta, entre otras cosas:
Decidió, como recomendó la Comisión y pidió el
Gobierno del Líbano, prorrogar el mandato de la Comisión,
enunciado en las resoluciones 1595 (2005) y 1636 (2005), en
principio hasta el 15 de junio de 2006;
Pidió a la Comisión que le presentase un informe sobre la
marcha de la investigación cada tres meses desde la fecha de la
aprobación de la presente resolución, incluso sobre la
cooperación que hubiese recibido de las autoridades sirias, o en
cualquier momento antes de esa fecha si consideraba que dicha
cooperación no se ajustaba a lo requerido en la presente
resolución y en las resoluciones 1595 (2005) y 1636 (2005);
Autorizó a la Comisión, en vista de la petición del
Gobierno del Líbano, a prestar la asistencia técnica que
procediese a las autoridades del Líbano en relación con sus
investigaciones de los atentados terroristas perpetrados en ese
país desde el 1 de octubre de 2004, y pidió al Secretario General
que, en consulta con la Comisión y el Gobierno del Líbano,
presentase recomendaciones para ampliar el mandato de la
Comisión de modo que incluyese la investigación de esos otros
ataques;
__________________
171 Ibid., págs. 3 y 4.
172 Ibid., págs. 4 a 6.
173 S/2005/775.
174 S/2005/762 y S/2005/783.
175 S/2005/788.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
658 11-02856
Pidió al Secretario General que siguiese aportando a la
Comisión el apoyo y los recursos necesarios para el
cumplimiento de sus funciones.
En declaraciones formuladas después de la
votación, el representante de Argelia subrayó que las
conclusiones del segundo informe de la Comisión no
eran definitivas y debían aún ser confirmadas, y que el
examen del informe debía estar libre de toda influencia
que pudiese dañar a una u otra parte. No obstante,
explicó que había votado a favor de prorrogar el
mandato porque lo había pedido el Gobierno del
Líbano directamente. También observó que su
delegación había recibido garantías de que el Consejo
se abstendría de tomar cualquier medida inadecuada o
prematura176. El representante de China destacó que la
labor de la Comisión no había finalizado y que
quedaba mucho por hacer. Dijo que el propósito
principal de la resolución 1644 (2005) era ampliar el
mandato de la Comisión177. El representante de la
Federación de Rusia declaró que había propuesto una
enmienda al proyecto de resolución para lograr un
texto más equilibrado y que la Federación de Rusia
seguiría oponiéndose a las presiones injustificadas
sobre Damasco, así como a las interpretaciones con
respecto al grado y a la naturaleza de la cooperación de
la República Árabe Siria que no estuvieran en armonía
con las conclusiones de la Comisión178.
El representante del Líbano celebró la aprobación
por unanimidad de la resolución179. El representante de
la República Árabe Siria reiteró su posición de que
algunos Estados habían insistido injustificadamente en
que la República Árabe Siria no había cooperado con
la Comisión. El representante reafirmó el compromiso
de la República Árabe Siria con la Comisión y afirmó
que la República Árabe Siria había cumplido con su
responsabilidad “de manera sincera”180.
Decisión de 29 de marzo de 2006 (5401ª sesión):
resolución 1664 (2006)
En su 5388ª sesión, celebrada el 16 de marzo de
2006, el Consejo incluyó en su orden del día una carta
de fecha 14 de marzo de 2006 del Secretario General,
en la que transmitía el tercer informe de la Comisión __________________
176 S/PV.5329, págs. 2 y 3.
177 Ibid., pág. 3.
178 Ibid.
179 Ibid., pág. 4.
180 Ibid.
Internacional Independiente de Investigación181. En su
informe, la Comisión observó, entre otras cosas, que se
habían logrado progresos significativos durante el
período que abarcaba el informe en relación con las
circunstancias del atentado y que se había abierto una
cantidad significativa de líneas de investigación
nuevas. También se calificaba de excelente la
cooperación del Gobierno del Líbano y se explicaba
que se había preparado el terreno con las autoridades
sirias para una mayor cooperación.
El Consejo escuchó una presentación informativa
del Jefe de la Comisión y las declaraciones formuladas
por los representantes del Líbano y la República Árabe
Siria. El Jefe de la Comisión describió los progresos de
la Comisión y observó varias mejoras sistemáticas en
la investigación. Explicó que había que alcanzar un
equilibrio entre la necesidad de transparencia y la de
proteger la confidencialidad en la investigación, y
destacó que para que la Comisión pudiese continuar
con éxito su labor sería fundamental que la República
Árabe Siria brindase oportunamente una mayor
cooperación182.
El representante del Líbano reiteró su aprecio por
la labor de la Comisión y reafirmó el compromiso del
Líbano con la determinación de la verdad sobre el
asesinato. También observó que todos los libaneses
estaban de acuerdo en “el establecimiento de un
tribunal internacional que [enjuiciase] a todos los
involucrados en ese crimen terrorista”183.
El representante de la República Árabe Siria
reiteró sus garantías de que su país seguiría cooperando
con la Comisión, y dijo que “el mayor peligro” que
había enfrentado la investigación era el hecho de que
algunas partes se habían “inmiscuido en ella con la
intención de obtener pruebas preconcebidas e
infundadas”. También sostuvo que se había probado
que varios testigos que comparecieron ante la
Comisión formularon falsas acusaciones con la
intención de desviar la investigación hacia
conclusiones basadas en “partidismos políticos bien
conocidos”. No obstante, expresó su satisfacción por
cómo se había llevado la confidencialidad de la
investigación184.
__________________
181 S/2006/161, presentado de conformidad con las
resoluciones 1595 (2005), 1636 (2005) y 1644 (2005).
182 S/PV.5388, págs. 2 a 4.
183 Ibid., pág. 5.
184 Ibid., págs. 5 y 6.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 659
En su 5401ª sesión, celebrada el 29 de marzo de
2006, el Consejo incluyó en su orden del día el informe
del Secretario General de fecha 21 de marzo de
2006185. El Presidente (Argentina) señaló a la atención
del Consejo un proyecto de resolución presentado por
los Estados Unidos, Francia y el Reino Unido186; el
proyecto de resolución se sometió a votación y se
aprobó por unanimidad como resolución 1664 (2006),
en la que el Consejo, entre otras cosas:
Pidió al Secretario General que negociase con el Gobierno
del Líbano un acuerdo para establecer un tribunal de carácter
internacional basado en las más altas normas internacionales de
justicia penal;
Reconoció que la aprobación de la base jurídica y del
marco del tribunal se haría sin perjuicio de la introducción
gradual de sus distintos componentes y no predeterminaría la
fecha en que podría empezar a funcionar, que dependería del
avance de la investigación;
Pidió al Secretario General que mantuviese al Consejo al
corriente del avance de la negociación como estimase
conveniente y sometiese oportunamente a su consideración un
informe sobre la aplicación de la presente resolución, en
particular sobre el proyecto de acuerdo negociado con el
Gobierno del Líbano, incluidas las opciones relativas a un
mecanismo de financiación apropiado para asegurar la
continuidad de las actividades y el funcionamiento eficiente del
tribunal;
Decidió seguir ocupándose de la cuestión.
Después de la votación, el representante del
Líbano acogió con beneplácito la resolución porque le
encomendaba al Secretario General un mandato para
iniciar negociaciones con el Líbano sobre la creación
de un tribunal internacional. El representante describió
la resolución como un indicio claro de que la
comunidad internacional estaba decidida a castigar a
todos los implicados en ese crimen terrorista, y
observó que la resolución disuadiría a los criminales y
promovería la estabilidad en el Líbano y en toda la
región187.
Decisión de 15 de junio de 2006 (5461ª sesión):
resolución 1686 (2006)
En su 5458ª sesión, celebrada el 14 de junio de
2006, el Consejo incluyó en su orden del día una carta
de fecha 10 de junio de 2006 dirigida al Presidente del __________________
185 S/2006/176, presentado de conformidad con el párr. 6 de
la resolución 1644 (2005).
186 S/2006/186.
187 S/PV.5401, pág. 2.
Consejo por el Secretario General, en la que le
transmitía el cuarto informe de la Comisión
Internacional Independiente de Investigación188. La
Presidenta (Dinamarca) señaló a la atención del
Consejo una carta de fecha 5 de mayo de 2006 dirigida
al Secretario General por el representante del Líbano,
en la que le solicitaba una prórroga del mandato de la
Comisión hasta junio de 2007189. En su informe, la
Comisión observó, entre otras cosas, que se había
registrado un progreso considerable en la investigación
de la escena del crimen y la comitiva del ex-Primer
Ministro. La Comisión también afirmó que las
cuestiones relativas a la explosión, el contenedor o
transporte y la forma en que llegó al lugar del crimen
se habían comprendido en gran parte y que se preveía
llegar pronto a conclusiones finales, a la espera de los
análisis forenses. La Comisión registró progresos y
consolidó su capacidad y su estructura organizativa,
pero todavía se enfrentaba a problemas tales como
vincular todos los casos entre sí y obtener recursos
suficientes. La Comisión celebró la iniciativa del
Gobierno del Líbano de recomendar que se prorrogase
su mandato por un año, y también agradeció al
Gobierno del Líbano por su continuo apoyo sustantivo
y logístico.
El Consejo escuchó una exposición informativa
del Jefe de la Comisión, así como declaraciones
formuladas por los representantes del Líbano y la
República Árabe Siria. El Jefe de la Comisión ahondó
en el informe y describió los progresos que había
logrado en la investigación del asesinato. Sobre la base
de las pruebas disponibles, explicó que la Comisión
había llegado a las conclusiones siguientes: hubo una
explosión en la superficie el 14 de febrero de 2005 a
las 12.55 horas; un artefacto explosivo improvisado,
colocado en una camioneta Mitsubishi, se hizo detonar
en el momento el que pasaba el convoy de Hariri; y
que lo más probable era que la detonación del artefacto
fuera iniciada por una persona que se encontraba
dentro de la camioneta o justo enfrente de ella. La
magnitud de la explosión, y la cantidad de TNT
utilizada (un mínimo de 1.200 kg de equivalente de
TNT), aseguraron el éxito del atentado hasta un nivel
prácticamente “garantizado”: la magnitud de la
explosión se planificó para garantizar el éxito de la
operación incluso si el vehículo de Hariri no era
alcanzado directamente. La Comisión también había __________________
188 S/2006/375.
189 S/2006/278.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
660 11-02856
adoptado dos hipótesis de trabajo: o bien el ataque fue
planificado y realizado aplicando el principio de
compartimentación, de forma que diferentes personas
estuvieron a cargo de las diferentes etapas del atentado
(planificación, reconocimiento del terreno, adquisición
de la camioneta Mitsubishi, etc.), o bien toda la
operación fue planificada y ejecutada por un solo
equipo relativamente pequeño. El Jefe de la Comisión
también calificó de “satisfactorio” el nivel de
asistencia prestado por la República Árabe Siria.
Declaró que la República Árabe Siria había respondido
a todas las peticiones de la Comisión y que lo había
hecho de manera oportuna. Dijo que las interacciones
de la Comisión con las autoridades del Líbano eran
excelentes a todos los niveles y afirmó que ahora se
conocían en gran medida las modalidades y las
circunstancias del atentado190.
El representante del Líbano reiteró la solicitud de
su Gobierno de que se prorrogase el mandato de la
Comisión por un año adicional y celebró el interés
activo del Consejo en los asuntos que afectaban al
Líbano. También se refirió a las consultas en curso con
la Secretaría de las Naciones Unidas para redactar el
estatuto básico de un tribunal internacional191.
El representante de la República Árabe Siria
acogió con beneplácito la objetividad del informe y
destacó que la cooperación de la República Árabe Siria
con la Comisión se basaba en su determinación para
averiguar la verdad sobre el asesinato. Reiteró su
afirmación de que la principal amenaza para la
investigación eran los intentos de ciertas partes de
explotar los resultados de la investigación para fines
distintos a los que ocasionaron la creación de la
Comisión. La República Árabe Siria acogía con
beneplácito la conclusión del informe de que su
cooperación con la Comisión había sido oportuna,
exhaustiva y en general satisfactoria. El representante
también coincidió en que era importante conferir el
tiempo suficiente para completar las investigaciones y
reunir todas las pruebas fehacientes necesarias antes de
pasar a la fase siguiente192.
En su 5461ª sesión, celebrada el 15 de junio de
2006, el Consejo incluyó de nuevo en su orden del día
la carta de fecha 10 de junio de 2006 del Secretario
General en la que transmitía el cuarto informe de la __________________
190 S/PV.5458, págs. 2 a 5.
191 Ibid., págs. 5 y 6.
192 Ibid., págs. 6 y 7.
comisión. La Presidenta (Dinamarca) volvió a señalar a
la atención del Consejo la carta de fecha 5 de mayo de
2006 dirigida al Secretario General por el representante
del Líbano, en la que solicitaba una prórroga del
mandato de la Comisión hasta mediados de junio de
2007193. La Presidenta también señaló a la atención del
Consejo un proyecto de resolución194 que se sometió a
votación y fue aprobado por unanimidad y sin debate
como resolución 1686 (2006), en la que el Consejo,
entre otras cosas:
Decidió prorrogar el mandato de la Comisión hasta el 15
de junio de 2007;
Apoyó la intención de la Comisión de seguir prestando
asistencia técnica a las autoridades del Líbano en relación con
su investigación de los demás atentados terroristas perpetrados
en el Líbano desde el 1 de octubre de 2004, y pidió al Secretario
General que proporcionase a la Comisión el apoyo y los
recursos que necesitase para ello;
Pidió a la Comisión que le siguiese informando
trimestralmente, o cuando lo considerase conveniente, del
progreso de la investigación;
Decidió seguir ocupándose de la cuestión.
Decisión de 21 de noviembre de 2006
(5569ª sesión): declaración de la
Presidencia
En su 5539ª sesión, celebrada el 29 de septiembre
de 2006, el Consejo incluyó en su orden del día una
carta de fecha 25 de septiembre de 2006 del Secretario
General en la que transmitía el quinto informe de la
Comisión Internacional Independiente de
Investigación195. En su informe, la Comisión observó,
entre otras cosas, que a pesar de que ese período se
había caracterizado por el conflicto en el Líbano196, lo
que había provocado que el personal internacional de
la Comisión se marchase temporalmente del Líbano y
se trasladase a Chipre, se había logrado avanzar en la
investigación. Con las pruebas forenses recogidas en el
escenario del crimen, la Comisión pudo corroborar que
la persona que detonó el artefacto explosivo tenía entre
20 y 25 años de edad y, según las pruebas dentales,
posiblemente procedía de fuera del Líbano. La
Comisión volvió a agradecer la cooperación de los __________________
193 S/2006/278.
194 S/2006/392.
195 S/2006/760.
196 Para más información, véase la sección 33.B del
presente capítulo, en relación con la FPNUL y la
resolución 1701 (2006).
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 661
Gobiernos del Líbano y la República Árabe Siria en la
investigación.
El Consejo escuchó una presentación informativa
del Jefe de la Comisión y las declaraciones formuladas
por los representantes del Líbano y la República Árabe
Siria.
En su presentación, el Jefe de la Comisión
explicó que la investigación se había centrado en tres
aspectos principales: la investigación forense, el
análisis de las comunicaciones y la celebración de
entrevistas. También observó que durante el período
que abarcaba el informe la cooperación del Líbano con
la Comisión fue extraordinaria y que la cooperación de
la República Árabe Siria con la Comisión siguió siendo
oportuna, eficaz y en general satisfactoria197.
La representante del Líbano celebró el progreso
de la investigación y explicó que el Gobierno del
Líbano, en cooperación con el Secretario General
Adjunto de Asuntos Jurídicos y sus asistentes, estaba
trabajando para establecer un tribunal de carácter
internacional, y señaló que la idea de un tribunal de esa
índole contaba con “un respaldo firme y unánime en el
Líbano”198.
El representante de la República Árabe Siria
recapituló sobre las conclusiones del informe de que,
durante el período que abarcaba el informe, su
Gobierno había seguido cooperando con la Comisión
de manera eficaz a todos los niveles. También reiteró la
preocupación de la República Árabe Siria por el hecho
de que la investigación estuviera siendo utilizada por
terceros para fines distintos a los que ocasionaron la
creación de la Comisión, como presionar a su país.
Enumeró muchos ejemplos de que la República Árabe
Siria había cooperado con la Comisión, como, entre
otros, la comisión judicial especial establecida para
supervisar la coordinación y la cooperación con la
Comisión y la respuesta oportuna a las solicitudes de
entrevistas y documentos199.
En la 5569ª sesión, celebrada el 21 de noviembre
de 2006, a la que se invitó a participar a la
representante del Líbano, el Presidente (Perú) realizó
una declaración en nombre del Consejo200 en la que el
Consejo, entre otras cosas:
__________________
197 S/PV.5539, págs. 2 a 4.
198 Ibid., pág. 4.
199 Ibid., págs. 5 y 6.
200 S/PRST/2006/46.
Condenó inequívocamente el asesinato en Beirut, el 21 de
noviembre de 2006, del Ministro de Industria Pierre Gemayel,
un patriota que simbolizaba la libertad y la independencia
política del Líbano;
Condenó todo intento de desestabilizar el Líbano
mediante asesinatos políticos y otros actos de terrorismo;
Exhortó a todas las partes en el Líbano y en la región a
mostrar moderación y sentido de responsabilidad para evitar un
mayor deterioro de la situación en el Líbano;
Instó a todos los Estados a que, de conformidad con sus
resoluciones 1373 (2001), 1566 (2004) y 1624 (2005),
cooperasen plenamente en la lucha contra el terrorismo;
Aplaudió la determinación y el compromiso del Gobierno
del Líbano de llevar a la justicia a los autores, los organizadores
y los patrocinadores de este y otros asesinatos, y subrayó su
determinación de apoyar al Gobierno del Líbano en sus
esfuerzos con ese fin.
Decisión de 27 de marzo de 2007 (5648ª sesión):
resolución 1748 (2007)
En su 5597ª sesión, celebrada el 18 de diciembre
de 2006, el Consejo incluyó en su orden del día una
carta de fecha 12 de diciembre de 2006 dirigida al
Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario
General, en la que le transmitía el sexto informe de la
Comisión Internacional Independiente de
Investigación201. En su informe la Comisión observó,
entre otras cosas, que durante el período que abarcaba
el informe había regresado al Líbano después de
haberse trasladado temporalmente a Chipre entre el 22
de julio y el 13 de octubre de 2006 por motivos de
seguridad, y que había trabajado en un entorno político
volátil caracterizado por el asesinato el 21 de
noviembre del Ministro Pierre Gemayel. Durante el
período que abarcaba el informe, la Comisión
estableció pruebas a partir del escenario del crimen,
investigó los posibles autores y reunió pruebas
relacionadas con los vínculos y el contexto del caso. La
Comisión también prestó asistencia técnica a las
autoridades del Líbano en relación con el caso
Gemayel.
El Consejo escuchó una presentación informativa
del Jefe de la Comisión, después de la cual formularon
declaraciones los representantes del Líbano y la
República Árabe Siria. El Jefe de la Comisión
profundizó en el informe y observó que después del
asesinato del Sr. Gemayel habían tenido lugar varias
grandes manifestaciones y que el complejo debate __________________
201
S/2006/962.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
662 11-02856
político relativo a la creación de un tribunal especial
para el Líbano aún continuaba. El Jefe de la Comisión
reiteró que la investigación del caso Hariri se había
seguido centrando en la reunión de pruebas en el lugar
del delito y la investigación de posibles perpetradores
y los vínculos que pudieran existir entre ellos. Celebró
la cooperación recibida del Gobierno del Líbano y
señaló que la Comisión había empezado a investigar el
asesinato del Sr. Gemayel y estaba examinando
posibles vínculos entre ese y otros casos. El Jefe de la
Comisión también acogió con beneplácito la
cooperación de la República Árabe Siria, que calificó
de oportuna, eficaz y en general satisfactoria. Explicó
que, aunque algunos de los Estados a los que se había
solicitado que colaborasen con la Comisión habían
respondido de manera positiva, ciertos Estados habían
respondido tarde o de manera incompleta, lo que había
obstaculizado o ralentizado la labor de la Comisión en
diversos aspectos. La Comisión confiaba en poder
contar con la cooperación plena y pronta de todos los
Estados durante el próximo período202.
La representante del Líbano expresó su plena
confianza en los trabajos de la Comisión y ofreció toda
la asistencia necesaria para la investigación en el
proceso que la llevaría al hito importante de
desenmascarar a los autores de los crímenes y llevarlos
ante una corte internacional. Observó que ya se había
elaborado el proyecto de estatuto de esa corte203.
El representante de la República Árabe Siria
destacó que el informe contenía información positiva
relativa a los esfuerzos de su país por cumplir con sus
compromisos y cooperar con la Comisión. Reiteró de
nuevo que la cooperación de su país se debía a su
deseo de desvelar el misterio del asesinato, y advirtió
contra los esfuerzos de ciertas partes por politizar
conclusiones que no guardaban ninguna relación con la
investigación. También preguntó cuáles fueron los diez
Estados Miembros que no habían satisfecho las
solicitudes de la Comisión e hizo un llamamiento para
que cooperasen plenamente con ella204.
En su 5642ª sesión, celebrada el 21 de marzo de
2007, el Consejo incluyó en su orden del día una carta
de fecha 15 de marzo de 2007 del Secretario General
en la que transmitía el séptimo informe de la Comisión __________________
202 S/PV.5597, págs. 2 a 4.
203 Ibid., págs. 4 y 5.
204 Ibid., págs. 5 y 6.
Internacional Independiente de Investigación205. El
Presidente (Sudáfrica) señaló a la atención del Consejo
una carta de fecha 20 de marzo de 2007 dirigida al
Secretario General por la representante del Líbano, en
la que solicitaba que se prorrogara el mandato de la
Comisión hasta junio de 2008206. En su informe, la
Comisión observó, entre otras cosas, que había seguido
concentrada en su objetivo primario de investigar el
caso Hariri, así como en prestar asistencia técnica a las
autoridades del Líbano para investigar otros 16 casos,
entre ellos el asesinato de Pierre Gemayel. La
Comisión había progresado en las tareas de reunir
pruebas nuevas, de ampliar los tipos de pruebas
reunidos y establecer que los motivos del crimen
estaban relacionados con las actividades políticas del
Sr. Hariri. El Jefe de la Comisión calificó la situación
en el Líbano de inestable y acogió con beneplácito la
solicitud del Gobierno del Líbano de que se prorrogara
el mandato de la Comisión por un período de un año.
Formularon declaraciones el Jefe de la Comisión
y la representante del Líbano. El Jefe de la Comisión
profundizó en el informe y destacó que la Comisión
había progresado notablemente en varias esferas
siguiendo las pistas encontradas en el lugar del crimen,
ampliando los tipos de pruebas relacionadas con los
responsables y profundizando en los aspectos del caso
relativos al nexo y el contexto. La Comisión había
seguido prestando apoyo a las autoridades del Líbano
en la investigación del caso Gemayel llevando a cabo
entrevistas, analizando declaraciones de testigos,
efectuando pericias forenses, analizando
comunicaciones, reconstruyendo los acontecimientos
en el lugar del crimen y realizando análisis balísticos.
El Jefe de la Comisión también acogió con beneplácito
la productiva cooperación del Líbano y calificó la
cooperación de la República Árabe Siria de
satisfactoria en general. Observó que, en su informe
anterior, la Comisión señaló que diez Estados
Miembros todavía no habían respondido a sus
solicitudes de asistencia; sin embargo, la Comisión
realizó un seguimiento de todas las solicitudes y casi
todas ellas se habían resuelto satisfactoriamente207.
La representante del Líbano recordó que, en los
dos años transcurridos desde el asesinato de Rafiq
Hariri, habían continuado los asesinatos políticos y los
atentados terroristas en el Líbano, lo que no había __________________
205 S/2007/150.
206 S/2007/159.
207 S/PV.5642, págs. 2 a 4.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 663
hecho más que fortalecer la determinación del pueblo
del Líbano de descubrir la verdad y garantizar que se
hiciera justicia. La oradora celebró los progresos de la
Comisión y solicitó que se prorrogase su mandato por
un año adicional208.
En su 5648ª sesión, celebrada el 27 de marzo de
2007, el Consejo incluyó de nuevo en su orden del día
la carta de fecha 15 de marzo de 2007 en la que se le
transmitió el séptimo informe de la Comisión209. El
Presidente (Sudáfrica) señaló a la atención del Consejo
una carta de fecha 20 de marzo de 2007 dirigida al
Secretario General por la representante del Líbano, en
la que solicitaba que se prorrogara el mandato de la
Comisión hasta junio de 2008210. El Presidente
también señaló a la atención del Consejo un proyecto
de resolución211, que se sometió a votación y fue
aprobado por unanimidad y sin debate como resolución
1748 (2007), en la que el Consejo, entre otras cosas:
Decidió prorrogar el mandato de la Comisión hasta el 15
de junio de 2008 y declaró que estaba dispuesto a poner término
a ese mandato en una fecha anterior si la Comisión informaba de
que había concluido la ejecución de su mandato;
Pidió a la Comisión que le siguiera informando cada
cuatro meses, o en cualquier otro momento que considerara
conveniente, del progreso de la investigación.
Decisión de 30 de mayo de 2007 (5685ª sesión):
resolución 1757 (2007)
En la 5685ª sesión, celebrada el 30 de mayo de
2007, el Presidente (Estados Unidos) señaló a la
atención del Consejo dos cartas de fechas 15 y 16 de
mayo de 2007, respectivamente, dirigidas al Presidente
del Consejo por el Secretario General212, así como un
proyecto de resolución presentado por Bélgica,
Eslovaquia, los Estados Unidos, Francia, Italia y el
Reino Unido213.
En la primera carta se transmitía una carta de
fecha 14 de mayo de 2007 del Primer Ministro del
Líbano en la que se decía que el estancamiento sobre la
creación de un tribunal en el Líbano había sido
ocasionado por la negativa del Presidente del
parlamento a convocar una sesión para la ratificación __________________
208 Ibid., pág. 5.
209 S/2007/150.
210 S/2007/159.
211 S/2007/171.
212 S/2007/281 y S/2007/286.
213 S/2007/315.
oficial de los estatutos del Tribunal y el acuerdo
bilateral con las Naciones Unidas, a pesar de que una
mayoría parlamentaria expresó su apoyo al Tribunal. El
Primer Ministro señaló que, para todos los fines
prácticos, la vía nacional de ratificación había llegado
a un punto muerto y que, a pesar de haber declarado su
apoyo al establecimiento de un Tribunal, la oposición
se había negado a analizar las reservas que pudiera
tener con respecto a los estatutos convenidos. Destacó
que, por lo tanto, el Gobierno del Líbano pedía, con
carácter de urgencia, que el Consejo de Seguridad
estableciera el Tribunal. Observó que una decisión
vinculante del Consejo sobre el Tribunal respondería
plenamente a la importancia que las Naciones Unidas
habían asignado a esa cuestión desde el comienzo, y
que las ulteriores demoras en el establecimiento del
Tribunal serían sumamente perjudiciales para la
estabilidad del Líbano y la paz y la seguridad en la
región214.
En la segunda carta se transmitía una carta de
fecha 15 de mayo de 2007 del Presidente del Líbano
que se refería a la carta del Primer Ministro del Líbano
y lamentaba que este hubiera recurrido a falsificar y
distorsionar los hechos para que el Consejo de
Seguridad adoptara medidas “ajenas a sus objetivos” y
que el Primer Ministro tratase de conseguir apoyo para
“una de las partes libanesas contra la otra”. El
Presidente explicó que, pese a que él mismo fue el
primero que pidió una investigación internacional, el
Tribunal no se había aprobado de conformidad con las
disposiciones establecidas en la Constitución para la
aprobación de tratados internacionales, entre ellas la de
que el Presidente de la República era el único
encargado de presentar proyectos de ley al Parlamento.
Añadió que el Gobierno actual perdió su legitimidad
con arreglo al Pacto Nacional y la Constitución cuando
una “importante comunidad” se retiró de él. Destacó
que la aprobación directa del Tribunal por el Consejo
de Seguridad constituiría “una transgresión del
mecanismo constitucional” y tendría “graves
consecuencias en la estabilidad y paz civil” del
Líbano215.
__________________
214 S/2007/281, anexo.
215 S/2007/286, anexo.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
664 11-02856
La mayoría de los miembros del Consejo y la
representante del Líbano formularon declaraciones
durante la sesión216.
El representante de Qatar dijo que, si bien su
delegación apoyaba el establecimiento del Tribunal
Especial, el proyecto de resolución que el Consejo
tenía ante sí conllevaba “intrusiones jurídicas”.
Mantuvo que su delegación había estado dispuesta a
estudiar el proyecto de resolución, pero la insistencia
de sus patrocinadores en presentarlo con arreglo al
Capítulo VII de la Carta, a pesar del carácter
vinculante de todas las resoluciones del Consejo con
arreglo al Artículo 25217, iba más allá del objetivo
establecido de refrendar la creación del Tribunal y
podía amenazar la estabilidad del país218.
El representante de Indonesia explicó su decisión
de abstenerse con el argumento de que, aunque el
proyecto de resolución se basaba en una petición del
Gobierno del Líbano, el Consejo debía tener en cuenta
que no existía una posición unificada entre los
dirigentes del Líbano. También dijo que el proyecto de
resolución eludiría el proceso constitucional y los
procesos nacionales del Líbano y que, de conformidad
con el Artículo 2 7) de la Carta, no existía base jurídica
para que el Consejo se ocupara de una cuestión de
carácter interno219. Hizo hincapié en que la injerencia a
la fuerza en el proceso constitucional nacional no
redundaría en los intereses más amplios del pueblo
libanés220.
El representante de Sudáfrica expresó su
esperanza de que las partes libanesas hicieran uso del
período previsto en el proyecto de resolución para
llegar a un acuerdo político sobre la creación del
tribunal y que no dejara que les fuera impuesto por el
Consejo. No obstante, dijo que no era adecuado que el
Consejo impusiera ese tribunal al Líbano,
especialmente con arreglo al Capítulo VII de la Carta,
porque se eludirían los procedimientos requeridos por
la Constitución libanesa y, por tanto, se estaría
contraviniendo la necesidad de respetar la soberanía __________________
216 Los representantes de Ghana, Panamá y el Congo no
formularon declaraciones.
217 Para más información sobre el Artículo 25 de la Carta,
véase el cap. XII, parte II.
218 S/PV.5685, págs. 2 y 3.
219 Para más información sobre el debate celebrado en esta
sesión en relación con el Artículo 2 7) de la Carta, véase
el cap. XII, parte I.D.
220 S/PV.5685, pág. 3.
del Líbano. También observó que el Consejo no podía
tomar partido en la política interna del Líbano y que la
imposición del Tribunal sin el consentimiento de todas
las partes interesadas podría afectar negativamente a la
estabilidad política del Líbano. También advirtió contra
el precedente que pudiera sentar el proyecto de
resolución221.
El representante de China subrayó que solo un
Tribunal Especial que contase con el apoyo universal
de todas las facciones libanesas podía verdaderamente
contribuir a la consecución de la justicia y al
mantenimiento de la paz y la estabilidad. Declaró que,
en esencia, la creación del Tribunal era un asunto
interno del Líbano. Le preocupaba invocar al Capítulo
VII de la Carta porque se pasaría por alto los órganos
legislativos del Líbano al decidirse arbitrariamente la
fecha de entrada en vigor del proyecto de estatuto.
También advirtió de que el proyecto de resolución
sentaría un precedente de injerencia del Consejo de
Seguridad en los asuntos internos y la independencia
legislativa de un Estado soberano222.
El representante de la Federación de Rusia
calificó el proyecto de resolución de cuestionable
jurídicamente porque el tratado entre las dos entidades
—el Líbano y las Naciones Unidas— por definición no
podía entrar en vigor por decisión de una sola parte.
Afirmó que la referencia al Capítulo VII de la Carta
estaba injustificada y que el proyecto de resolución
representaba una injerencia en la soberanía del Líbano.
Observó que el Capítulo VII se había invocado solo
para los Tribunales Internacionales para la ex
Yugoslavia y Rwanda, que se ocuparon de crímenes de
genocidio y crímenes de guerra, es decir, crímenes
internacionales. La jurisdicción del Tribunal Especial
para el Líbano no abarcaría esos crímenes, ya que era
un órgano mixto con una participación del Gobierno
que funcionaba sobre la base de los procedimientos
penales aplicables en el Líbano. El representante
destacó que había que escuchar las opiniones de todos
los libaneses y afirmó que se habría justificado que se
incluyera una referencia a la carta del Presidente del
Líbano, además de la referencia a la carta del Primer
Ministro223.
El Presidente (Sudáfrica) sometió el proyecto de
resolución a votación; se aprobó por diez votos contra __________________
221 Ibid., págs. 3 y 4.
222 Ibid., págs. 5 y 6.
223 Ibid., pág. 5.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 665
ninguno y cinco abstenciones (China, la Federación de
Rusia, Indonesia, Qatar y Sudáfrica) como resolución
1757 (2007), en la que el Consejo, entre otras cosas:
Decidió, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta
de las Naciones Unidas, que las disposiciones del documento
anexo, incluido su apéndice, sobre el establecimiento de un
Tribunal Especial para el Líbano, entrasen en vigor el 10 de
junio de 2007, a menos que el Gobierno del Líbano enviase la
notificación prevista en el párrafo 1 del artículo 19 del
documento anexo antes de esa fecha;
Decidió que el lugar donde debería tener su sede el
Tribunal se determinaría en consulta con el Gobierno del Líbano
y estaría sujeto a que las Naciones Unidas y el Estado que
acogiese al Tribunal concertasen un acuerdo relativo a la sede;
Pidió al Secretario General que, en coordinación, cuando
correspondiese, con el Gobierno del Líbano, adoptase las
medidas y disposiciones necesarias para establecer
oportunamente el Tribunal Especial, y le informase en un plazo
de noventa días, y posteriormente en forma periódica, sobre la
aplicación de la resolución.
En declaraciones formuladas después de la
votación, el representante de Francia acogió con
beneplácito la aprobación de la resolución, que señaló
que respondía a la petición del Gobierno del Líbano y
entraría en vigor el 10 de junio de 2007, siempre que
entretanto no se hubiera logrado una solución interna.
También explicó que la resolución era una decisión
importante por tres razones: por la justicia, la paz y la
credibilidad del Consejo de Seguridad. Afirmó que el
Consejo podía estar orgulloso de no haberse resignado
a que persistiese el estancamiento224.
El representante del Reino Unido dijo que la
resolución era una respuesta ponderada por parte del
Consejo, debidamente adoptada, a la petición del
Gobierno del Líbano de que se tomaran medidas a fin
de superar un estancamiento persistente en los
procedimientos internos del país. Afirmó que la
resolución se acogió al Capítulo VII de la Carta para
hacerla vinculante y que el uso del Capítulo VII no
poseía ninguna otra connotación225.
El representante del Perú aseveró que la
resolución era la única vía de solución al
entrampamiento legislativo en que se encontraba el
establecimiento del Tribunal Especial para el Líbano.
Expresó su esperanza de que las partes del Líbano
encontrasen una solución interna antes de que entrase
en vigor la resolución, y destacó que la resolución no __________________
224 Ibid., pág. 6.
225 Ibid.
debería constituir un precedente más allá de este caso
particular226.
El representante de los Estados Unidos dijo que
al aprobar la resolución el Consejo de Seguridad había
demostrado que estaba comprometido con la justicia,
contra la impunidad y para disuadir futuros asesinatos
políticos. Habría sido preferible que las partes
libanesas hubiesen ratificado el acuerdo y el estatuto
del Tribunal, pero se había intentado convencer por
todos los medios al Presidente del Parlamento de
convocar al Parlamento para que pudiera adoptarse una
decisión definitiva, y fue inútil227.
Los representantes de Bélgica, Eslovaquia e Italia
expresaron su apoyo a la resolución 1757 (2007)228.
El representante del Líbano acogió con
beneplácito la resolución y expresó su agradecimiento
a los Estados que habían votado a favor de ella y a los
que se habían abstenido, ya que todos habían
reafirmado el compromiso con la importancia del
principio de la justicia y con la necesidad de impedir
que se socavasen la libertad y la soberanía del Líbano.
Reiteró que se habían aprovechado todas las
oportunidades para aprobar el estatuto del Tribunal de
conformidad con las disposiciones de la Constitución
del Líbano, pero el Parlamento no pudo reunirse para
debatir el establecimiento del Tribunal, a pesar del
apoyo de la mayoría de sus miembros. Subrayó que la
resolución no reflejaba “la victoria de una parte sobre
otra” sino que serviría para fortalecer el estado de
derecho, reforzar las bases de la democracia y disuadir
las actividades terroristas229.
Decisión de 13 de junio de 2007 (5694ª sesión):
declaración de la Presidencia
En la 5694ª sesión, celebrada el 13 de junio de
2007, el Presidente (Bélgica) realizó una declaración
en nombre del Consejo230 en la que el Consejo, entre
otras cosas:
Condenó inequívocamente el ataque terrorista realizado
en Beirut el 13 de junio de 2007 en que murieron por lo menos
nueve personas, entre ellas el parlamentario Walid Eido, y varias
quedaron heridas;
__________________
226 Ibid.
227 Ibid., págs. 7 y 8.
228 Ibid.
229 Ibid., págs. 8 a 10.
230 S/PRST/2007/18.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
666 11-02856
Condenó todo intento de desestabilizar al Líbano,
especialmente mediante asesinatos políticos u otros actos de
terrorismo;
Exhortó a todas las partes en el Líbano y en la región a
que actuasen con moderación y sentido de responsabilidad a fin
de impedir que siguiese empeorando la situación en el Líbano;
Instó a todos los Estados, de conformidad con sus
resoluciones 1373 (2001), 1566 (2004) y 1624 (2005), a que
cooperasen plenamente en la lucha contra el terrorismo;
Pidió al Secretario General que siga observando de cerca
la situación y le informe periódicamente al respecto.
Deliberaciones del 19 de julio de 2007
(5719ª sesión)
En su 5719ª sesión, celebrada el 19 de julio de
2007, el Consejo incluyó en su orden del día una carta
de fecha 12 de julio de 2007 dirigida al Presidente del
Consejo por el Secretario General, en la que transmitía
el octavo informe de la Comisión Internacional
Independiente de Investigación231. En su informe, la
Comisión explicó, entre otras cosas, que había
ultimado un examen general de toda la información,
los análisis y las conclusiones que obraban en su poder
sobre todas las indagaciones pasadas y presentes. En
particular, la Comisión había progresado en la
identificación del terrorista suicida que detonó el
artefacto explosivo improvisado. La Comisión también
agradeció la cooperación del Líbano y la República
Árabe Siria con la investigación.
El Consejo escuchó una exposición informativa
del Jefe de la Comisión y una declaración del
representante del Líbano. El Jefe de la Comisión
profundizó en el informe y confirmó las conclusiones
de la Comisión sobre el tipo y la cantidad de los
explosivos utilizados en el atentado contra Rafiq
Hariri, el sistema de detonación y el contenedor
utilizado para el transporte del artefacto, así como las
circunstancias exactas de la deflagración. Informó de
que la camioneta Mitsubishi Canter que se utilizó para
el transporte del dispositivo había sido robada en el
Japón antes de que fuera enviada a los Emiratos Árabes
Unidos y transportada al Líbano septentrional. El Jefe
de la Comisión también observó que la investigación
había reducido la lista de posibles motivos del
asesinato concentrándose en las actividades políticas
de Hariri y los acontecimientos políticos, como la
aprobación de la resolución 1559 (2004), los __________________
231 S/2007/424.
acontecimientos relacionados con la prórroga del
mandato del Presidente Emile Lahoud y los resultados
esperados de las elecciones parlamentarias de 2005.
También informó de que la Comisión estaba
colaborando con las autoridades del Líbano en relación
con el asesinato cometido el 13 de junio de 2007 del
parlamentario Walid Eido y otras siete personas en el
centro de Beirut. Acogió con beneplácito la
cooperación del Líbano y la República Árabe Siria con
la investigación, además de algunos otros Estados que
prestaron apoyo durante el período que abarcaba el
informe. Aseguró que algunos aspectos de la
investigación se habían resuelto de manera satisfactoria
para la Comisión, y se había identificado a una serie de
personas que podrían haber estado involucradas en
algunos aspectos del crimen. El Jefe de la Comisión
concluyó diciendo que esta información resultaría un
punto de partida útil en la transición de la Comisión al
Tribunal Especial para el Líbano232.
El representante del Líbano encomió la gran
profesionalidad de la Comisión y acogió con
beneplácito los claros progresos que había realizado en
la investigación. También agradeció a la Comisión por
haber prestado asistencia a las autoridades del Líbano
en relación con los crímenes y los asesinatos que se
produjeron después del atentado contra el Sr. Hariri233.
Decisión de 20 de septiembre de 2007
(5747ª sesión): declaración de la
Presidencia
En la 5747ª sesión, celebrada el 20 de septiembre
de 2007, el Presidente (Francia) realizó una
declaración en nombre del Consejo234
en la que el
Consejo, entre otras cosas:
Condenó enérgicamente el atentado terrorista perpetrado
en Beirut el 19 de septiembre de 2007, que causó la muerte al
menos a siete personas, incluido el parlamentario Antoine
Ghanem;
Condenó todos los asesinatos selectivos de dirigentes
libaneses cometidos en particular desde octubre de 2004, y
exigió que se pusiera fin de inmediato al uso de la intimidación
y la violencia contra los representantes del pueblo y las
instituciones libaneses;
Pidió la celebración de elecciones presidenciales libres y
limpias;
__________________
232 S/PV.5719, págs. 2 a 4.
233 Ibid., págs. 4 y 5.
234 S/PRST/2007/34.
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 667
Reiteró su pleno apoyo a todos los esfuerzos que se
estaban haciendo en el Líbano para combatir el terrorismo,
consolidar las instituciones democráticas mediante el diálogo
nacional y seguir ampliando la autoridad del Gobierno libanés a
todo su territorio.
Deliberaciones del 5 de diciembre de 2007
(5790ª sesión)
En su 5790ª sesión, celebrada el 5 de diciembre
de 2007, el Consejo incluyó en su orden del día una
carta de fecha 28 de noviembre de 2007 dirigida al
Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario
General, en la que transmitía el noveno informe de la
Comisión Internacional Independiente de
Investigación235. En su informe, la Comisión decía,
entre otras cosas, que el ritmo y el avance de las
actividades habían sido alentadores y habían permitido
a la Comisión comprender satisfactoriamente diversos
aspectos de las investigaciones. En el noveno informe
se confirmaron muchas de las conclusiones del informe
anterior, y se presentaba una descripción más detallada
de la identidad del terrorista suicida: la hipótesis
principal especificaba una zona concreta del Oriente
Medio de la que se creía que procedía el varón no
identificado; el terrorista había estado expuesto a un
tipo concreto de plomo, probablemente por haber
estado expuesto en contacto con munición militar, lo
que sugería que vivió o bien en una zona de conflicto o
en una zona donde se utilizaban armas regularmente.
La Comisión también describió la asistencia que prestó
a las autoridades del Líbano en otros 18 casos y la
relación entre esos casos, e informó de que los autores
de los crímenes todavía seguían teniendo a su
disposición en Beirut una capacidad operacional muy
desarrollada.
El Consejo escuchó una exposición informativa
del Jefe de la Comisión y una declaración formulada
por el representante del Líbano. El Jefe de la Comisión
explicó el informe y señaló que la Comisión había
investigado activamente la interrelación de una lista
creciente de casos como el asesinato el 19 de
septiembre del miembro del Parlamento Antoine
Ghanem, que era el sexto parlamentario asesinado en el
Líbano desde 2005. Respecto de los vínculos entre el
caso Hariri y los otros 18 casos, el Jefe de la Comisión
observó la existencia de posibles puntos en común
entre la índole de los ataques, el modus operandi, los
perfiles de las víctimas y los posibles motivos. Explicó __________________
235 S/2007/684.
que la Comisión también había avanzado en varios
aspectos importantes del caso Hariri, incluidos los
hechos que rodeaban a los dos hombres que compraron
la camioneta Mitsubishi utilizada en el ataque; el
origen geográfico del terrorista suicida; cómo podría el
terrorista suicida haber entrado en el Líbano; aspectos
del contenedor del artefacto explosivo improvisado y el
mecanismo de activación utilizado; e información
sobre los autores potenciales del crimen. El Jefe de la
Comisión agradeció la cooperación del Líbano y la
República Árabe Siria y explicó que la Comisión se
estaba esforzando para que se produjera una transición
armoniosa a la Oficina del Fiscal del Tribunal Especial
para el Líbano236.
El representante del Líbano celebró los progresos
de la Comisión. En particular, destacó que el aspecto
más importante era que la investigación había
establecido que para los autores del crimen seguía
siendo posible moverse rápidamente en Beirut y que
todavía contaban con capacidades operativas amplias y
bien desarrolladas237.
Decisión de 12 de diciembre de 2007
(5800ª sesión): declaración de la
Presidencia
En la 5800ª sesión, celebrada el 12 de diciembre
de 2007, el Presidente (Italia) realizó una declaración
en nombre del Consejo238
en la que el Consejo, entre
otras cosas:
Condenó enérgicamente el atentado terrorista perpetrado
en Baabda (Líbano) el 12 de diciembre de 2007, en el que murió
el General Francois el-Hajj de las fuerzas armadas del Líbano, y
varias personas resultaron heridas;
Expresó su más sentido pésame y sus condolencias a los
familiares de las víctimas y a las fuerzas armadas del Líbano y
el Gobierno del Líbano; condenó enérgicamente ese intento de
desestabilizar las instituciones libanesas, en particular las
fuerzas armadas del Líbano;
Reiteró su condena de todos los asesinatos selectivos de
dirigentes libaneses, cometidos en particular desde octubre de
2004, y exigió que se pusiera fin de inmediato al uso de la
intimidación y la violencia contra los representantes del pueblo
y las instituciones libanesas;
Destacó que era de la máxima importancia someter a la
acción de la justicia a los autores, organizadores y
patrocinadores de ese atroz crimen y expresó su determinación __________________
236 S/PV.5790, págs. 2 a 6.
237 Ibid., págs. 6 y 7.
238 S/PRST/2007/47.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
668 11-02856
de apoyar al Gobierno del Líbano en sus gestiones y
compromisos a tal fin;
Recordó su apoyo a las gestiones del Secretario General
para establecer oportunamente el Tribunal Especial para el
Líbano, como medio para poner fin a la impunidad en el país y
disuadir de que se cometieran nuevos asesinatos en el Líbano;
Subrayó que ningún intento de desestabilizar el Líbano
debía impedir la celebración sin demora de una elección
presidencial libre e imparcial de conformidad con las normas
constitucionales del Líbano, sin injerencias ni influencias
extranjeras y con pleno respeto de las instituciones
democráticas.
E. Informe del Secretario General
sobre el Oriente Medio
Decisión de 12 de diciembre de 2006
(5584ª sesión): declaración de la
Presidencia
En su 5584ª sesión, celebrada el 12 de diciembre
de 2006, el Consejo de Seguridad incluyó en su orden
del día el informe del Secretario General sobre el
Oriente Medio239. En su informe, el Secretario General
observó, entre otras cosas, que la inestabilidad
prevaleciente en el Oriente Medio constituía el mayor
desafío para la paz y la seguridad internacionales y
que, en particular, la falta de una solución justa y
general al conflicto árabe-israelí seguía siendo la
principal causa de frustración e inestabilidad en la
región. Explicó que la hoja de ruta preparada por el
Cuarteto240 seguía siendo el único documento de los
últimos años que había sido aceptado tanto por los
dirigentes palestinos como por los israelíes, así como
por los Estados árabes y por el Consejo de Seguridad.
El Secretario General imploró a la comunidad
internacional que encontrase respuestas constructivas
al problema que planteaban las opciones democráticas
que hacían los pueblos de la región y argumentó la
necesidad de una presencia internacional sólida sobre
el terreno. Concluyó señalando que, aunque la región y
las cuestiones que le concernían debían abordarse en su
totalidad, los progresos en uno de los frentes no debían
estar supeditados a los progresos logrados en otro.
El Consejo escuchó una exposición informativa
del Secretario General, después de la cual formularon
declaraciones todos los miembros del Consejo, así __________________
239 S/2006/956.
240 S/2003/529, anexo.
como el representante de Israel y el Observador
Permanente de Palestina.
El Secretario General presentó su informe y
explicó que la situación en el Oriente Medio era más
peligrosa de lo que había sido en mucho tiempo. Dijo
que la desconfianza entre israelíes y palestinos había
cobrado nuevas dimensiones, especialmente porque
habían continuado la actividad de asentamientos en la
Ribera Occidental y los ataques con cohetes desde
Gaza contra el sur de Israel. Observó que la situación
en el Líbano seguía siendo precaria debido a diversos
factores internos y externos; que las Alturas del Golán
sirio permanecían bajo control israelí; que el Iraq
seguía empantanado en una “violencia incesante”; y
que las actividades nucleares de la República Islámica
del Irán estaban generando nuevas inquietudes de
seguridad en la región. El Secretario General señaló
que el objetivo último de los esfuerzos de paz era
establecer “dos Estados, Israel y Palestina, dentro de
fronteras seguras, reconocidas y negociadas sobre la
base de las fronteras de 4 de junio de 1967”. Concluyó
diciendo que “las aspiraciones fundamentales de ambos
pueblos pueden reconciliarse” y que la hoja de ruta,
apoyada por el Consejo en su resolución 1515 (2003),
seguía siendo el punto de referencia en torno al cual
debería concentrarse todo esfuerzo por dinamizar el
esfuerzo político241.
La mayoría de los oradores formuló declaraciones
a favor de la propuesta de paz que figuraba en la hoja
de ruta, que preveía dos Estados, Israel y Palestina,
viviendo lado a lado en paz y dentro de fronteras
internacionalmente reconocidas. La mayoría de los
oradores también se mostró de acuerdo en que la
solución al problema del Oriente Medio debía ser
amplia y tener en cuenta los intereses y las
preocupaciones de todos los Estados de la región.
Varios oradores apoyaron una propuesta para
celebrar una conferencia internacional de paz similar a
la Conferencia de Madrid de 1991, para hacer avanzar
el proceso de paz en el Oriente Medio242. Varios
oradores también lamentaron que las dos partes no
hubieran resuelto la delicada cuestión de la liberación
de los soldados israelíes capturados y la detención de __________________
241 S/PV.5584, págs. 2 a 4.
242 Ibid., págs. 12 y 13 (República Unida de Tanzanía);
págs. 13 y 14 (Federación de Rusia); págs. 18 y 19
(Argentina); pág. 21 (Congo); págs. 21 y 22 (Francia); y
págs. 23 y 24 (Ghana).
Capítulo VIII. Examen de asuntos relacionados con
la responsabilidad del Consejo de Seguridad de
mantener la paz y la seguridad internacionales
11-02856 669
palestinos en Israel243. Varios oradores celebraron que
se hubiera establecido una cesación del fuego entre
Israel y los palestinos en la Franja de Gaza y
declararon que debería ampliarse a la Ribera
Occidental244.
El Observador Permanente de Palestina enumeró
los elementos indispensables de la paz en el Oriente
Medio: las resoluciones pertinentes del Consejo de
Seguridad, la Iniciativa de Paz Árabe, la hoja de ruta y
el principio de territorio por paz. Explicó que el
principal problema había sido la carencia de voluntad
política por parte de la comunidad internacional para
aplicar y hacer cumplir las resoluciones pertinentes.
También dijo que “el hecho de que persista la
ocupación de territorios árabes por Israel” constituía un
factor explosivo que había atizado el conflicto y
abierto el camino a todo tipo de violencia, incluido el
terrorismo, y defendió que se enviase una fuerza de
observación internacional para vigilar la cesación del
fuego entre Israel y los palestinos. Concluyó
observando que la cuestión palestina constituía el
meollo de las iniciativas para alcanzar una solución
justa, duradera e integral al problema árabe-israelí245.
El representante de Israel afirmó que el conflicto
israelo-palestino era calificado erróneamente por
algunos como la fuente de toda inestabilidad en su
región. Explicó que, por el contrario, el conflicto
israelo-palestino era, en realidad, la consecuencia —no
la causa— del extremismo y el radicalismo. Acogió
con beneplácito la fórmula para lograr la paz
establecida en la hoja de ruta, pero subrayó la
diferencia entre los extremistas y los moderados de la
región. En ese contexto, reiteró las tres condiciones
impuestas por la comunidad internacional a Hamas:
reconocer a Israel, renunciar a la violencia y respetar
los acuerdos anteriores. También destacó que la
comunidad internacional debía insistir en la aplicación __________________
243 Ibid., págs. 13 y 14 (Federación de Rusia); págs. 14 a 16
(Eslovaquia); págs. 18 y 19 (Argentina); págs. 22 y 23
(Francia); págs. 22 y 23 (Dinamarca); y págs. 26 y 27
(Japón). Los representantes del Reino Unido (págs. 19 y
20) y los Estados Unidos (págs. 16 a 18) pidieron la
liberación de los prisioneros de guerra israelíes, pero no
hicieron referencia a los palestinos detenidos en Israel.
244 Ibid., págs. 13 y 14 (Federación de Rusia);
págs. 14 a 16 (Eslovaquia); págs. 18 y 19 (Argentina);
págs. 22 y 23 (Francia); págs. 22 y 23 (Dinamarca);
págs. 23 y 24 (Ghana); págs. 26 y 27 (Japón); y págs. 28
y 29 (Perú).
245 Ibid., págs. 7 a 9.
plena de las resoluciones 1559 (2004) y 1701 (2006),
para asegurar el fin del “Estado de Hizbullah dentro de
un Estado”. Concluyó diciendo que, a pesar de la
retirada de la Franja de Gaza realizada el año anterior,
que había demostrado el compromiso de Israel con el
proceso de paz, el motivo para el actual estancamiento
de las negociaciones de paz era “la falta de un
interlocutor apropiado en la otra parte que haga posible
enfrentar las semillas del extremismo y abrazar la
moderación”246.
El representante de la Federación de Rusia
lamentó que la situación en el Oriente Medio se
hubiera deteriorado y dijo que ello estaba teniendo
consecuencias negativas en la estabilidad y la
seguridad internacionales. También afirmó que la
situación actual en la región estaba “peligrosamente
desequilibrada, una tendencia que,
desafortunadamente, [estaba] aumentando”. Declaró
que la región necesitaba un enfoque integrado y
multilateral para la paz y que las medidas unilaterales,
especialmente las que comportaban el uso de la fuerza,
no hacían más que agravar la situación. Pidió que se
formase un nuevo Gobierno palestino de coalición que
apoyase los principios de la hoja de ruta, y sostuvo que
el objetivo estratégico último del proceso de paz era la
creación de “un Estado palestino soberano,
democrático y territorialmente contiguo, que conviva
con Israel en condiciones de paz y seguridad”247.
El representante de los Estados Unidos reafirmó
el compromiso de su país con la visión de los dos
Estados para Palestina y expresó su decepción por las
resoluciones “politizadas y parciales” debatidas por el
Consejo de Seguridad y la Asamblea General, que no
habían permitido progresar en la solución de los dos
Estados de conformidad con la hoja de ruta. Subrayó
que el papel de la comunidad internacional, incluido el
Consejo, debía ser contribuir a crear un entorno que
permitiese a las partes aunarse para resolver sus
diferencias. Describió los numerosos esfuerzos
desplegados por los Estados Unidos para facilitar la
reforma del sector de la seguridad en la Autoridad
Palestina y mejorar el acceso y la circulación entre la
Franja de Gaza y la Ribera Occidental. Explicó que la
guerra emprendida por Hizbullah en julio subrayó la
necesidad de desarmar las milicias del Líbano —que
eran utilizadas por potencias externas para establecer
su poder en la región— y añadió que los Estados __________________
246 Ibid., págs. 10 y 11.
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad
670 11-02856
Unidos apoyaban los esfuerzos del Gobierno del
Líbano para reafirmar su soberanía en todo su
territorio248.
El representante de la Argentina dijo que ciertas
prácticas israelíes habían tenido efectos adversos sobre
las perspectivas de paz en la zona. Entre ellas estaban
la expansión de los asentamientos, la construcción de
la barrera de separación en la Ribera Occidental, los
asesinatos extrajudiciales, el uso excesivo de la fuerza,
el arresto arbitrario de funcionarios y legisladores
palestinos y el estrangulamiento económico en la
Franja de Gaza. Por otro lado, dijo que la falta de
deseo o la incapacidad palestina para mantener la paz y
el orden en Gaza, evitar que hubiera más ataques con
cohetes contra Israel, para liberar al soldado israelí
Gilad Shalit, reformar sus instituciones, erradicar la
corrupción y combatir el extremismo no contribuían a
generar confianza en Israel acerca de la necesidad de
llegar a una negociación con Palestina249.
El representante del Reino Unido apoyó el
llamamiento del Cuarteto para que se formase un
Gobierno palestino con una plataforma basada en los
tres principios de renunciar a la violencia, reconocer a
Israel y aceptar los acuerdos y las obligaciones
anteriores. Expresó su grave preocupación por los
acontecimientos recientes que tuvieron lugar en Beit
Hanum, que condujeron a la muerte de numerosos
civiles palestinos, así como por el lanzamiento de
cohetes Qassam desde Gaza a la parte meridional de
Israel. También aconsejó a Israel que congelase toda la
actividad de asentamientos250.
El representante de Francia también pidió que se
formase un Gobierno palestino cuya plataforma
política reflejase los principios del Cuarteto, y alentó a
Israel a que pusiera fin a las actividades de
asentamientos y se abstuviera de toda acción unilateral
que socavase las perspectivas de la creación de un
Estado palestino que fuera viable desde el punto de
vista político, económico y geográfico251.
__________________
247 Ibid., págs. 13 y 14.
248 Ibid., págs. 15 y 16.
249 Ibid., págs. 18 y 19.
250 Ibid., págs. 19 y 20.
251 Ibid., pág. 22.
El representante de China dijo que los
acontecimientos del Oriente Medio estaban
interconectados y se veían mutuamente afectados, y
que ningún país podía responder ante ello por sí solo.
Celebró los esfuerzos de la Autoridad Palestina para
formar un Gobierno de unidad nacional y la
disposición de Israel a participar en conversaciones de
paz. Observó que la imposibilidad de encontrar una
solución a la cuestión del Oriente Medio, “el tema más
antiguo en el programa del Consejo y el dolor de
cabeza más grande del Consejo”, había tenido
repercusiones negativas en cuanto al papel y la
autoridad del Consejo de Seguridad252.
El Presidente (Qatar) realizó a continuación una
declaración en nombre del Consejo253, en la que el
Consejo, entre otras cosas:
Expresó su profunda preocupación por la situación en el
Oriente Medio, que tiene importantes consecuencias para la paz
y la seguridad, y subrayó la necesidad de redoblar los esfuerzos
para lograr una paz amplia, justa y duradera en la región;
Destacó que no cabía una solución militar a los problemas
de la región y que la negociación era el único medio viable de
llevar la paz y la prosperidad a los pueblos de todo el Oriente
Medio;
Expresó gran preocupación por el deterioro de la
situación humanitaria y pidió que se prestara asistencia de
emergencia al pueblo palestino por conducto del Mecanismo
Internacional Transitorio, las organizaciones internacionales y
otros cauces oficiales;
Reiteró el llamamiento que hizo al Gobierno de la
Autoridad Palestina para que aceptara los tres principios del
Cuarteto; reafirmó la función crucial que desempeñaba el
Cuarteto y esperó con interés que continuara participando
activamente en las gestiones;
Reiteró la importancia y la necesidad de lograr una paz
amplia, justa y duradera en el Oriente Medio, basada en todas
sus resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 242
(1967), 338 (1973) y 1515 (2003), el mandato de la Conferencia
de Madrid y el principio de territorio por paz.
__________________
252 Ibid., pág. 28.
253 S/PRST/2006/51.