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Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 09-Nov-2016 Tipo Norma :Decreto 2590 Fecha Publicación :09-11-2016 Fecha Promulgación :02-11-2016 Organismo :MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER Título :APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE MOBILIARIO URBANO ZONA URBANA Y RURAL Tipo Versión :Única De : 09-11-2016 Inicio Vigencia :09-11-2016 Id Norma :1096448 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1096448&f=2016-11-09&p= APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE MOBILIARIO URBANO ZONA URBANA Y RURAL Núm. 2.590.- San Javier, 2 de noviembre de 2016. Vistos: 1.- Las necesidades del servicio y el acuerdo del Concejo en sesión Ordinaria N°23 de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciséis. 2.- Las facultades que me confiere el DFL N° 1/19.704 de 2006 del Ministerio del Interior, que fija el texto coordinado, refundido y sistematizado de la ley 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", sus modificaciones; el Estatuto Administrativo Municipal, ley N° 18.883, Decreto: Apruébese la Ordenanza municipal de mobiliario urbano zona urbana y rural, comuna de San Javier, contenida en las siguientes disposiciones: ORDENANZA MUNICIPAL DE MOBILIARIO URBANO ZONA URBANA Y RURAL, COMUNA DE SAN JAVIER TÍTULO I "DISPOSICIONES GENERALES" Artículo 1°: La presente Ordenanza tiene como objetivo regular y realizar un ordenamiento de la instalación de Mobiliario Urbano en bienes nacionales de uso público en zonas Urbanas y Rurales; pretendiendo dotar en los espacios públicos con mobiliario urbano de calidad entregando una imagen urbano - arquitectónica a la comuna. Esta Ordenanza será complementaria a las normas legales y técnicas que rijan en esta materia en el país, tales como: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y Ley General de Urbanismo y Construcciones. Artículo 2°: Para los efectos de esta Ordenanza el significado legal de los términos que a continuación se indican será el siguiente: a) Bienes Nacionales de Uso Público se considerarán las áreas destinadas al tránsito peatonal y comprendido entre las líneas de edificación, además de los equipamientos, plazas, plazoletas, áreas verdes, paseos peatonales y también todas aquellas áreas verdes particulares entregadas al uso público, tanto urbanas como rurales, destinados por su naturaleza y aquellas que se estén ejecutando por empresas constructoras conforme a lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. b) Mobiliario Urbano se considerarán todos aquellos elementos para uso directo o indirecto de los peatones, tales como: escaños, bancas, juegos infantiles, máquinas de ejercicio, basureros, macetas, bicicleteros, vallas peatonales, entre otros. Artículo 3°: De la presentación del proyecto La instalación de mobiliario urbano en un bien nacional de uso público por

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Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 09-Nov-2016

Tipo Norma :Decreto 2590 Fecha Publicación :09-11-2016 Fecha Promulgación :02-11-2016 Organismo :MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER Título :APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE MOBILIARIO URBANO ZONA URBANA Y RURAL Tipo Versión :Única De : 09-11-2016 Inicio Vigencia :09-11-2016 Id Norma :1096448 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1096448&f=2016-11-09&p=

APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE MOBILIARIO URBANO ZONA URBANA Y RURAL

Núm. 2.590.- San Javier, 2 de noviembre de 2016.

Vistos:

1.- Las necesidades del servicio y el acuerdo del Concejo en sesión OrdinariaN°23 de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciséis. 2.- Las facultades que me confiere el DFL N° 1/19.704 de 2006 del Ministeriodel Interior, que fija el texto coordinado, refundido y sistematizado de la ley18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", sus modificaciones; el EstatutoAdministrativo Municipal, ley N° 18.883,

Decreto:

Apruébese la Ordenanza municipal de mobiliario urbano zona urbana y rural,comuna de San Javier, contenida en las siguientes disposiciones:

ORDENANZA MUNICIPAL DE MOBILIARIO URBANO ZONA URBANA Y RURAL, COMUNA DE SANJAVIER

TÍTULO I "DISPOSICIONES GENERALES"

Artículo 1°: La presente Ordenanza tiene como objetivo regular y realizar unordenamiento de la instalación de Mobiliario Urbano en bienes nacionales de usopúblico en zonas Urbanas y Rurales; pretendiendo dotar en los espacios públicoscon mobiliario urbano de calidad entregando una imagen urbano - arquitectónica a lacomuna. Esta Ordenanza será complementaria a las normas legales y técnicas que rijanen esta materia en el país, tales como: Ordenanza General de Urbanismo yConstrucciones y Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Artículo 2°: Para los efectos de esta Ordenanza el significado legal de lostérminos que a continuación se indican será el siguiente:

a) Bienes Nacionales de Uso Público se considerarán las áreas destinadas altránsito peatonal y comprendido entre las líneas de edificación, además de losequipamientos, plazas, plazoletas, áreas verdes, paseos peatonales y también todasaquellas áreas verdes particulares entregadas al uso público, tanto urbanas comorurales, destinados por su naturaleza y aquellas que se estén ejecutando porempresas constructoras conforme a lo establecido en la Ley General de Urbanismo yConstrucciones. b) Mobiliario Urbano se considerarán todos aquellos elementos para uso directoo indirecto de los peatones, tales como: escaños, bancas, juegos infantiles,máquinas de ejercicio, basureros, macetas, bicicleteros, vallas peatonales, entreotros.

Artículo 3°: De la presentación del proyecto La instalación de mobiliario urbano en un bien nacional de uso público por

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Entidades Públicas, Empresas Privadas o personas naturales deberá tenerautorización previa de la Dirección de Obras Municipales y el Asesor Urbanista.Para ello deberá presentar ante la Dirección de Obras un Proyecto de MobiliarioUrbano, el cual deberá acogerse a las disposiciones de la presente ordenanza y laGuía de Mobilario Urbano, disponible en la Dirección de Obras Municipales y enhttp://www.imsanjavier.cl.

La presentación del proyecto se hará de acuerdo a lo siguiente:

a).- Mobiliario Urbano Permanente: El proyecto de mobiliario urbano anclado alpiso deberá estar firmado por un profesional competente, incluyendo: planimetrías aescalas adecuadas, ubicación, cortes, elevaciones, detalles, anclajes,especificaciones y fichas técnicas de los mobiliarios a utilizar. Para los loteos de viviendas, será exigible adjuntar al expediente de laDirección de Obras Municipales, el Proyecto de Mobiliario Urbano a ejecutar enáreas verdes y equipamiento. b).- Mobiliario Urbano Desmontable: Para los locales comerciales con patentemunicipal, se puede considerar el mobiliario urbano desmontable, previo pago devalores establecidos en la ordenanza local de derechos. El proyecto deberá estarfirmado por el propietario incluyendo: 1.- Croquis de ubicación del mobiliario ainstalar indicando distanciamientos desde línea oficial de edificación a línea desolera, 2.- Superficie a utilizar de bien nacional de uso público, 3.- Dimensionesde la fachada del local, 4.- Dimensiones del mobiliario a instalar, 5.- Disposicióndel mobiliario en el bien nacional de uso público distanciamiento entre mesas,sillas, toldo tipo paragua, vallas peatonales, entre otros, indicando el tránsitopeatonal libre de 1,5 mts, 6.- fotografías del mobiliario. La cantidad máxima de mobiliario urbano por local comercial será de 4 toldostipo paragua, 4 mesas de 4 sillas cada una, y solo podrán instalarse frente a lafachada del local comercial. El proyecto deberá dejar libre 1,5 metros de continuidad de la ruta accesible otránsito peatonal. Cada locatario deberá guardar el mobiliario cuando el local se encuentrecerrado, especialmente en horario nocturno, sin dejar ningún elemento en el biennacional de uso público. El croquis del proyecto aprobado quedará instalado en unlugar visible del local, expuesto para el ente fiscalizador.

Artículo 4°: De la Recepción

a).- Mobiliario Urbano Permanente: El propietario se encuentra obligado ainformar por escrito a la Dirección de Obras Municipales, con al menos 30 díascorridos de anticipación, la entrega de la instalación del mobiliario urbano en unbien nacional de uso público, con la finalidad de ejecutar las coordinacionespertinentes que permitan asumir la mantención, por parte de la municipalidad. La recepción del mobiliario urbano, se otorgará sobre la base de visita aterreno para recepción física de las obras y de acuerdo a los planos y antecedentesdel proyecto, previamente aprobado. La Dirección de Obras Municipales extenderá uncertificado de recepción conforme, si no existen observaciones. b).- Mobiliario Urbano Desmontable: El propietario se encuentra obligado asolicitar por escrito la recepción del mobiliario a la Dirección de ObrasMunicipales, con al menos 10 días corridos de anticipación a la instalación delmobiliario. La Dirección de Obras Municipales extenderá un certificado de recepciónconforme, si no existen observaciones, siendo de responsabilidad del propietario dellocal cualquier daño que causare a terceros y la tenencia en buen estado delmobiliario urbano desmontable.

TÍTULO II "DE LAS ZONAS DE APLICACIÓN"

Artículo 5°: Todos los Bienes Nacionales de Uso Público que se encuentrendentro de las zonas específicamente señaladas en el presente artículo se haráexigible el cumplimiento de la presente ordenanza, de acuerdo al siguiente detalle:

1. ZONA CENTRO CÍVICO, COMERCIO Y SERVICIOS: Zona comprendida por el perímetrocompuesto según se detalla a continuación y se grafica en plano de ubicación: - Norte: Calle Pulluquen

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- Sur: Calle Loncomilla y Calle Arturo Prat - Poniente: Calle Serrano y Calle Riquelme - Oriente: Avenida Chorrillos, ambos costados (desde Población San Francisco,Calle Francisco García Rojas hasta Población Santa Amalia, Calle Santa Teresa deLos Andes)

2. ZONA URBANA: Zona comprendida por toda el área urbana exceptuando la ZonaCentro Cívico, Comercio y Servicios. 3. ZONA RURAL: Todo el territorio excluyendo la Zona Centro Cívico Comercio yServicios y Zona Urbana y las Zonas Típicas.

TÍTULO III "DEL MOBILIARIO URBANO"

Artículo 6°: Cuando se realicen los trabajos de instalación del mobiliario yse produzca cualquier daño en el área a intervenir o a terceros será de costos delcontratista y/o propietario y se reparará quedando en su estado anterior a lostrabajos. La municipalidad podrá solicitar ensayes de materiales y de obras ejecutadas,si lo considerara pertinente y los costos serán de cargo del contratista opropietarios que estén ejecutando los trabajos.

Artículo 7°: El mobiliario urbano se dividirá de acuerdo a las zonasestablecidas en el Titulo II "De Las Zonas de Aplicación", Artículo 5° de lapresente ordenanza. Todo el mobiliario urbano detallado a continuación deberá arriostrarse al piso

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con fundaciones de hormigón y regirse por la GUÍA DE MOBILIARIO URBANO, disponibleen la Dirección de Obras Municipales.

a) MOBILIARIO URBANO PERMANENTE

1. ZONA CENTRO CÍVICO, COMERCIO Y SERVICIOS: Se considerará mobiliario urbanotipo colonial, de acuerdo al siguiente detalle:

1.1. Basureros: Serán fabricados en acero estructural, con detalles de escudomunicipal en fierro fundido.

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1.2. Escaños Tipo Plaza: Serán fabricados con patas de fierro fundido y maderade coigüe (pieza de madera 2"x2" y 2"x3") cepillada con terminación barnizada dedimensiones 1.80 m.

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1.3. Juegos Infantiles: Serán juegos tradicionales (columpio, balancín,resbalín y trepadores) en estructura metálica con terminación galvanizado encaliente y pintura poliéster electro-estática; con partes en plastisolrotomoldeado, tales como: canoa de resbalín, asientos de columpio y balancín.

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1.4. Segregadores: Serán de fierro fundido, con terminación de pinturapoliéster electro-estática. Se colocarán para evitar el acceso a vehículos a los bienes nacionales de usopúblico con un distanciamiento de 1,2 mt. lineales, enfrentando a pasajes, callesy/o en cualquier sector que permita el acceso de vehículos.

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1.5. Bicicletero Tipo San Javier: Serán en tubo de acero inoxidable o conterminación de pintura poliéster electro-estática, según dimensiones de OGUC.

Los estacionamientos para bicicletas deberán tener un ancho mínimo de 0,5m yun largo mínimo de 1,5m, no podrán ubicarse sobrepuestos y deberán contar con unaestructura de apoyo que permita la sujeción y amarre de las bicicletas en al menosel marco y otro punto.

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1.6. Tasas de árboles: Serán de adoquines de piedra de río de tamañorectangular, máximo 0.20 mt en su parte más larga. Se ejecutarán de diseño

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cuadrados con 2 líneas de adoquines. Su colocación será mediante la preparaciónde base estabilizada debidamente compactada y nivelada. Posteriormente se colocaráuna capa de mortero de cemento de al menos 0.04 mt. de espesor. Todas las juntasserán rellenadas con mortero de igual dosificación. El tendel y la llaga no podránser superiores a 20 mm. Finalmente se aplicarán dos manos de barniz brillantetransparente, previo limpieza, lavado y secado de la superficie.

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Las tasas de árboles para especies nuevas:

1.6.1.- Tasas de árboles de altura menor a 3 mt.: la dimensión será de 1x1mt.y/o diámetro 1mt. , rango variable. 1.6.2.- Tasas de árboles de altura mayor a 3 mt.: la dimensión será de 2x2mty/o diámetro 2mt. , rango variable.

Las tasas de árboles para especies existentes:

No se aconseja pavimentar en las proyecciones de la copa de las especiesarbóreas (línea negra punteada, ver figura 8). Sin embargo, lo óptimo se logra alno intervenir el doble de la proyección de la copa sobre el suelo ( línea roja, verfigura 8 ).

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2. ZONA URBANA Y ZONA RURAL: Se considerará mobiliario urbano, de acuerdo alsiguiente detalle:

2.1. Basureros: Atenerse a Título III "Del Mobiliario Urbano", Artículo 7°,punto 1.1. 2.2. Escaños y/o Bancas: Serán de Hormigón Armado PREFABRICADOS, estructuramonolítica y madera nativa. Terminación pulida con SELLO ANTIGRAFITTI. Secolocarán mediante anclaje con espárragos de fierro estriado 12 mm. de diámetro ylargo 50 cm. con gancho en su extremo y crucetas transversales para mayorarriostramiento. Todas las aristas del banco quedarán finamente biseladas.

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2.3. Jardineras y/o Macetas: Serán de Hormigón Armado PREFABRICADOS,estructura monolítica. Terminación pulida con SELLO ANTIGRAFITTI. Se colocaránmediante anclaje con espárragos de fierro estriado 12 mm. de diámetro y largo 50cm. con gancho en su extremo y crucetas transversales para mayor arriostramiento.Todas las aristas quedarán finamente biseladas. Macetas con flores (azalea,verónica enana, violetas de Persia, argyeranthemun frutesens, crysantemos, violascornutas, pensamientos, orejas de oso, entre otras) y/o especies arbustivas (tuja,pino azul, boj, pittosporum enano, mirtos, schefleras, entre otros).

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2.4. Juegos Infantiles: Serán los siguientes juegos

a) Juegos Tradicionales, atenerse a Título III "Del Mobiliario Urbano",Artículo 7°, punto 1.3. b) Juegos Modulares, tipo Mecano, 100% desarmable por subconjuntos.

Todo elemento metálico galvanizado. Componentes: Postes metálicos, Trepadores,Barras de Protección y Rejas, piezas de acero galvanizados en caliente, Bases depostes metálicos con flanches de base desplazada con orificios, Abrazaderas con

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sistema anti robo con pernos pasados tipo Fisher de bordes romos, Pernos de aceroinoxidable con sistema anti robo, Plataformas de acero recubierto en plastisolpolietileno rotomoldeado de doble capa, considerar filtros U.V. y retardantes a ladecoloración. Protección superior de postes. Cada poste se debe terminar con unaforma redondeada que es una misma pieza de acero sin uniones al poste. Capacidad: 5 a 10 niños: Componentes mínimos 1 resbalín simple, 1 resbalíncurvo, 2 columpios, 1 escalera de acceso, 1 juego gato, rejas de seguridad y tarimas.

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Capacidad: 10 a 15 niños: Componentes mínimos 1 resbalín espiral, 2 resbalíndoble, 1 resbalín simple curvo, 1 escalera de acceso, 1 trepador de escalada, 1 extensión de juego y tarimas.

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c) Juegos de Cuerdas, se estructuran con marcos de tubos de acero; terminaciónen base a pintura poliéster epóxica en polvo. Componentes: Nodos: Esferas conectoras de aluminio, Cuerdas: de cable acerofabricados en alambre de acero galvanizado trenzado. Las trenzas exteriores estánrecubiertas con lana polyamida resistente a rayos UV, Postes de acero: Tubos de aceroverticales con cabeza redondeada de aluminio, tratamiento anticorrosión yterminación del color en base a pintura de zinc epóxico y terminación poliésterepóxica en polvo, Abrazaderas Terranos: Abrazaderas-conectores de dos piezas demoldes de aluminio para la conexión (de altura regulable) de los elementos de cuerdao tubos de acero a los postes de acero Terranos, Conectores Frox -rope: Todas lasconexiones para los elementos de cuerda Terranos para las mallas, Malla: Uniones delos cables por medio de piezas redondeadas de aluminio.

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2.5. Segregadores: Serán de Hormigón Armado PREFABRICADOS, estructuramonolítica. Terminación pulida con SELLO ANTIGRAFITTI. Se colocarán medianteanclaje con espárragos de fierro estriado 12 mm. de diámetro y largo 50 cm. congancho en su extremo y crucetas transversales para mayor arriostramiento. Todas lasaristas quedarán finamente biseladas. Se colocarán para evitar el acceso a vehículos a los bienes nacionales de usopúblico con un distanciamiento de 1,2 mt. lineales, enfrentando a pasajes, calles

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y/o en cualquier sector que permita el acceso de vehículos.

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2.6. Bicicletero Tipo San Javier: Atenerse a Título III "Del MobiliarioUrbano", Artículo 7°, punto 1.5. 2.7. Máquinas de ejercicio: Serán en estructura de acero con masas, ejes yrodamientos, placas de anclaje, pedaleras fundidas, de aleación de aluminio; conterminación galvanizado en caliente y pintura poliéster electro-estática, Los postes metálicos, y los demás puntos de fijación al piso, se consideraráplaca de fierro e= 6 mm., anclada con fierro estriado de 12 mm. con arriostras a lafundación, se deberá soldar la base de las máquinas a la placa de fierro en todoel perímetro basal. El incremento de máquinas de ejercicios debe velar por realizar un circuito deejercitación y en lo posible no considerar repeticiones de ellas. Todas las imágenes que se indican a continuación son referenciales.

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2.11. Mesas: Serán de Hormigón Armado PREFABRICADOS, estructura monolítica.Terminación pulida con SELLO ANTIGRAFITTI. Se colocarán mediante anclaje conespárragos de fierro estriado 12 mm. de diámetro y largo 40 cm. con gancho en suextremo y crucetas transversales para mayor arriostramiento. Todas las aristasquedarán finamente biseladas.

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b).- MOBILIARIO URBANO DESMONTABLE: Se ubicarán frente a los locales

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comerciales.

1.2.-Toldos: Deberán ser de tipo paragua tela poliéster color beige y base.

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TÍTULO V "GUÍA DE MOBILIARIO URBANO"

Artículo 8°: A continuación se detallan los mobiliarios urbanos, de acuerdo alos siguientes planos tipo:

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TÍTULO VI "PROHIBICIONES Y SANCIONES"

Artículo 9°: Se prohíbe la instalación de cualquier mobiliario urbano queimpida un desarrollo expedito de la circulación peatonal.

Artículo 10°: Se prohíbe el quemado, rayado, dibujo o pintura de escritos,signos, leyendas, colocar cualquier elemento corto punzante y/o sobresaliente,imágenes, afiches o pegatinas de cualquiera naturaleza en el mobiliario urbano.

Artículo 11°: Se prohíben los actos de vandalismo, destrucción, hurto y/opérdida del mobiliario urbano.

Artículo 12°: La infracción de las disposiciones del presente Título seránsancionados por el Juez de Policía Local con una multa que va desde 0,5 a 5 UTM.

TÍTULO VII "ARTÍCULOS TRANSITORIOS"

Artículo 1° : A contar de la publicación de la presente ordenanza, el mobiliariourbano desmontable existente que cuente o no con permiso y/o autorización municipal,deberá regularizarse por los propietarios de locales comerciales y obtener lospermisos municipales respectivos, en un plazo no superior a 6 meses.

Anótese, comuníquese, publíquese como se ha señalado y archívese.- PedroFernández Chávarri, Alcalde.- Fernando Cancino Alegría, Secretario Municipal.