ordenanza1'96sistemadeevaluacion

Upload: hageo2014

Post on 04-Jun-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    1/42

    REPUBLICA DOMINICANA

    Secr et ar a de Est ado de Educaci n,

    Bel l as Ar t es y Cul t os

    Ha l l egado l a Hor a de l a Escuel a!

    Santo Domingo, D.N.Enero, 1997.

    ORDENANZA 196 QUE ESTABLECEEL SISTEMA DE EVALUACION DEL

    CURRICULUM DE LA EDUCACION INICIAL,

    BASICA, MEDIA, ESPECIAL Y DE ADULTOS(Modif icada por la Ordenanza N198 d/f 31-8-98)

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    2/42

    - 3-

    ORDENANZA N196 QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE EVALUACION DEL

    CURRICULUM DE LA EDUCACION INICIAL, BASICA, MEDIA, ESPECIAL Y DEADULTOS

    CONSIDERANDO que la reforma iniciada en el sistema educativo tiene un carcterintegral y que, en tal sentido, todos los componentes de los procesos y los productos de laaccin educativa deben interactuar para asegurar una educacin de calidad a los estudiantesy a las estudiantes dominicanos y dominicanas.

    CONSIDERANDOque durante el ao escolar 1995-1996, se puso en vigencia un nuevo

    curriculum, establecido mediante la Ordenanza 1'95, con el propsito de ofrecer educacinde calidad en los niveles Inicial, Bsico y Medio, as como para el subsistema de Educacinde Adultos y para la modalidad de Educacin Especial.

    CONSIDERANDO que en las Grandes Declaraciones del Congreso Nacional del PlanDecenal de Educacin se aprob que la evaluacin es un componente imprescindible de laprctica educativa, que contribuye a incentivar la responsabilidad de todas y de todos losactores de los procesos educativos; promoviendo, tambin, la creacin, el desarrollo y lautilizacin de un amplio Sistema de Evaluacin de todos los componentes de la educacin:rendimiento acadmico de los/as estudiantes, procesos, curriculum, gestin, prcticas

    docentes, para todos los niveles y modalidades del sistema educativo, en los sectorespblico y privado.

    CONSIDERANDO que en el artculo 54 de la Ordenanza 1'95 se dispone que "para laevaluacin del desarrollo curricular se pondr en vigencia, mediante una disposicinadicional, el Sistema de Evaluacin del Curriculum, el cual deber establecer criterios parala evaluacin de todos los componentes del mismo".

    Odas: Las opiniones de los Subsecretarios de Estado de Educacin y de Cultura, elConsultor Jurdico, los Coordinadores de las Divisiones de Servicios Tcnicos, Estructura

    Educativa, Descentralizacin y Planificacin Educativa; los Directores Generales de:Curriculum, Educacin Media, Educacin Tcnico Profesional, Educacin de Adultos,Educacin Fsica y de Pruebas Nacionales; los Directores Regionales y de Distritos, losDirectores de los Departamentos de Educacin Inicial, Educacin Bsica, EducacinEspecial y Evaluacin.

    Oda: La opinin del Comit de Trabajo Diario de la Transformacin Curricular.

    Oda: La opinin de la Asociacin Dominicana de Profesores (ADP).

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    3/42

    - 4-

    Vistos: los Fines de la Educacin Dominicana, contemplados en el Proyecto de la nuevaLey de Educacin.

    Vistas: las Ordenanzas 1 '95 que establece el Curriculum para la Educacin Inicial, Bsica,

    Media, Especial y de Adultos, la Ordenanza 2'92 que establece un nuevo Reglamento deEvaluacin y Promocin de los alumnos /as de la educacin general bsica; la Ordenanza3'92 que institucionaliza y reglamenta el Sistema de Pruebas Nacionales, la Ordenanza 293que reglamenta las Pruebas Nacionales de conclusin de la Educacin Media, la Ordenanza4'88 que establece el Servicio Social Estudiantil, el Reglamento de Educacin Secundaria yNormalista.

    El Consejo Nacional de Educacin en uso de las atribuciones que le confiere la LeyOrgnica de Educacin No.2909, del 5 de junio de 1951 , modificada por las leyes No.5893del 10 de mayo de 1962 y la 119 del 7 de abril de 1967, dicta la siguiente:

    ORDENANZA

    QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE EVALUACIN DEL CURRICULUM DE LAEDUCACIN INICIAL, BSICA, MEDIA, ESPECIAL Y DE ADULTOS.

    Art. 1.- Se establece el Sistema de Evaluacin del Curriculum de la Educacin Inicial,Bsica, Media, Especial y de Adultos, pblica y privada, a partir del ao escolar1996-1997.

    Conceptualizaciones en que se fundamenta el Sistema de Evaluacin.

    Art. 2.- El Sistema de Evaluacin responde a las concepciones que se especifican acontinuacin:

    a)La educacines concebida en los Fundamentos Tericos del Curriculum comoun medio que contribuye al desarrollo de las mltiples capacidades humanas,promueve una mejor relacin con el entorno, el trabajo, el fortalecimiento de lademocracia, el desarrollo y uso racional de la ciencia y la tecnologa; latransmisin y reforzamiento de la identidad; la formacin moral y tica del

    individuo.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    4/42

    - 5-

    Como mediacin cultural, la educacin es un proceso por el cual la sociedadelabora y transmite conocimientos, recupera experiencias acumuladas para sucreacin y enriquecimiento, contribuyendo as al desarrollo sostenible de lasociedad. De igual manera, como proceso de socializacin, la educacin atiende alas manifestaciones culturales, locales, regionales, nacionales y universales, lo

    cual se concreta en el nuevo curriculum cuando se refiere a necesidad deadecuacin que el mismo requiere para responder a los diferentes contextos, a lasnecesidades, caractersticas y expectativas de los sujetos del proceso educativo ya las de la sociedad de la que forma parte.

    b)El curriculum es asumido como una estrategia educativa general para eldesarrollo de las capacidades humanas y la transformacin de los sujetos.Como fundamentacin y orientacin del proceso educativo, basado en losprincipios, concepciones y valores que definen la educacin, y como unaestrategia fundamental de la poltica educativa para el logro de sus propsitos.

    La concepcin adoptada sobre la educacin y el curriculum, imprime trescaractersticas bsicas:

    Flexibilidad: porque deja abiertas las vas de adecuacin a lasparticularidades e identidades a nivel local y regional, y permite lasatisfaccin de las necesidades, intereses y demandas de los/asestudiantes.

    Abierto: porque recoge permanentemente los avances de la ciencia, latecnologa, el arte, y est inserto en un proceso de construccin yreconstruccin permanente para ajustarse a la dinmica de los cambios

    econmicos, sociales y culturales de la sociedad.

    Participativo: porque otorga a los actores del proceso educativo(maestros/as, estudiantes, directivos, miembros de la comunidad, padres,madres) la oportunidad de aportar, reflexionar y actuar. Asume a losactores como sujetos histricos, plenos de potencialidades y capacidades yrecoge permanentemente las demandas de la sociedad y la cultura.

    c) La Transformacin Curricular se concibe como un movimientosocioeducativo orientado a elevar la calidad de la educacin, a travs de la

    puesta en ejecucin de un diseo curricular pertinente a una realidad y a unmomento histrico determinado. Esta concepcin implica una nueva visin de

    los sujetosde la educacin, del conocimiento y el aprendizaje.

    Los sujetos: las personas involucradas en los procesos educativos se concibencomo sujetos, es decir, con posibilidades de construirse da a da, de participardesde su individualidad, subjetividad y sus experiencias, con responsabilidady autonoma en la realidad social de la que forman parte.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    5/42

    - 6-

    El conocimiento se asume como las formas en que los seres humanoselaboran explicaciones en torno a la realidad personal, social, natural ysimblica, segn las caractersticas de los contextos, las oportunidades, lasprcticas sociales y educativas y su nivel de desarrollo evolutivo.

    La construccin de los conocimientos es concebida como el proceso activo de

    rupturas y superacin de esquemas de pensamiento y accin implicados en losprocesos de enseanza y aprendizaje.

    Aprendizaje Significativo: tipo de aprendizaje privilegiado por laTransformacin Curricular que alude a lo cultural, a la accin, a procesosmediados por interacciones sociales, posibilitando as que los sujetos doten desentido el universo natural, social y simblico en el que se desenvuelven.

    d) El concepto de calidad de la educacin est referido a la eficacia y eficiencia delos desarrollos curriculares para hacer realidad los propsitos del curriculum.Determina hasta qu punto los desarrollos curriculares promueven la formacinde seres humanos que respondan a las caractersticas especificadas en el perfildel egresado del sistema educativo dominicano, y en correspondencia con losprincipios y finalidades de la educacin dominicana.

    En el marco de la Transformacin Curricular, la concepcin de calidad de laeducacin debe tomar en consideracin la diversidad cultural, las caractersticas ynecesidades de los sujetos y los contextos en los que se desarrollan las prcticaseducativas, para poder responder a las caractersticas del curriculum ya definidas.

    e)Como indicadores de la calidad de la educacin se consideran:

    La atencin a las condiciones socioculturales y socioeconmicas de los actoresde los procesos educativos, en correspondencia con los planteamientos delcurriculum .

    La pertinencia de los procesos educativos que se promueven para haceroperativo el curriculum en la escuela y los desarrollos curriculares que sellevan a cabo.

    La disponibilidad, uso y adecuacin de los recursos y facilidadesinfraestructurales con que se cuente para promover la calidad de los procesoseducativos.

    La eficacia y eficiencia del sistema administrativo y de la gestin global delsistema educativo.

    Los servicios de apoyo a la gestin educativa de los cuales se disponga. Entreellos: orientacin educativa y psicolgica, investigacin, animacinsociocultural y otros apoyos provenientes de las comunidades.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    6/42

    - 7-

    El rendimiento de los estudiantes, la calidad de su participacin en losprocesos de enseanza y aprendizaje y los resultados obtenidos, tomandocomo referentes bsicos los propsitos del nivel, modalidad, ciclo, grado yreas de que se trate.

    El nivel de vinculacin entre los centros educativos y las comunidades, y la

    participacin de las familias para promover una educacin de calidad enatencin a las demandas del contexto sociocultural.

    Las innovaciones que se introducen en las prcticas educativas y la promocinde la investigacin en la accin para superar dificultades y elevar la calidad.

    En la perspectiva del concepto de educacin y de calidad de la educacin que

    se asumen, la evaluacin educativa se considera como un proceso deinvestigacin de la realidad educativa. La investigacin educativa de esarealidad se concibe en una perspectiva holstica que toma en cuenta la unidade integridad que caracterizan los procesos educativos, a partir de la diversidad

    social y cultural de los actores del proceso.

    Sobre el concepto de evaluacin educativa y sus caractersticas.

    Art. 3. La evaluacin es de carcter social, participativo, procesual y holstico.Implica un proceso permanente de valoracin e investigacin de la realidadeducativa, tomando en cuenta a todos los actores del mismo, en sus dimensionesparticulares y generales, con el propsito de tomar decisiones que permitan elmejoramiento continuo de la calidad de la educacin. Como parte de los procesos

    de enseanza y aprendizaje, la evaluacin debe servir para detectaroportunamente dificultades, problemas; informar, proponer medidasconsensuadas y/o establecer correctivos que les permitan a sus actoresdesempearse de forma cada vez ms satisfactoria.

    Art. 4. De acuerdo con los fundamentos y propsitos del curriculum, la evaluacinorienta a los actores y favorece el desarrollo del proceso educativo. En tal virtud:

    Contribuye a que el/la estudiante conozca sus capacidades y limitaciones,ayundndole a construir una imagen realista de s mismo, plantearse metasviables para desarrollar sus capacidades cognitivas, afectivas y sociales,vinculndose de manera satisfactoria a su entorno natural y social, para aspoder mejorar sus condiciones de vida, apoyndose en sus potencialidades yenfrentando las situaciones problemticas que la vida le plantee.

    Informa al educador y a la educadora acerca de la pertinencia y efectividad delas planificaciones y pondera crticamente las propuestas curriculares a fin demejorar su prctica, interactuando cada vez ms adecuada y crticamente consus estudiantes, sus entornos y los saberes, tanto los saberes previos como los

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    7/42

    - 8-

    que se construyen en el centro educativo. Esto 1e permitir superarprogresivamente formas tradicionales de evaluacin, centradas slo en laponderacin de la cantidad de aprendizajes de hechos y datos realizados porlos estudiantes, ya que se trata de evaluar tanto los aprendizajes de conceptos,procedimientos, valores, actitudes y normas, as como el desarrollo de las

    capacidades y habilidades a partir de la diversidad de estrategias puestas enjuego.

    Desde la perspectiva de los procesos, la evaluacin debe ofrecerinformaciones acerca de la forma en que se asume cada una de las fuentes dela Transformacin Curricular y del modo en que se desarrollan todos loscomponentes del diseo curricular. Tan importante es evaluar los logros de losprocesos de aprendizaje de los estudiantes, como evaluar las estrategiasdesarrolladas y actividades realizadas durante el proceso enseanza yaprendizaje.

    Desde la perspectiva de los factores que inciden en los procesos y susresultados, la evaluacin debe permitir identificarlos y disear estrategiasalternativas de accin, teniendo en cuenta que algunas de esas causas suelenser internas a los centros educativos y a los propios procesos de enseanza yaprendizaje, y otras externas, asociadas a las condiciones de vida de losactores del proceso educativo.

    Art. 5. En tal virtud la evaluacin debe ser de carcter continuo, teniendo lugar entodos los momentos del proceso educativo y adquiriendo diferentes formas:

    diagnstica, formativa y sumativa. Estas formas de la evaluacin se consideran

    slo para hacer operativa esta tarea. La evaluacin es un proceso nico y la puestaen prctica de las tres formas sealadas no necesariamente se aplica en momentosclaramente diferenciados. En ese sentido:

    La evaluacin es participativa y cooperativa, esto es, hace intervenir a todoslos actores de los procesos educativos, alternando momentos en los que cadauno evala desde su perspectiva, y otros donde se combinan las perspectivasde varios de ellos.

    Se prevn momentos de heteroevaluacin, a cargo exclusivamente de losmaestros, las maestras y directivos, en los cuales utilizan sus criterios conamplios mrgenes de libertad para evaluar a los dems actores del proceso.

    Los actores del proceso educativo han de fomentarla auto-evaluacin, comoproceso a travs del cual cada actor pondera sus logros propios y sus

    resultados, y la coevaluacin, donde, juntos, en actitud dialogante y crtica,mediada por el respeto, los actores aportan elementos, informaciones ycriterios para la evaluacin del grupo y de los logros alcanzados.

    La evaluacin se considera como una propuesta de investigacin para los/aseducadores/as, los/as estudiantes y las diferentes instancias de la gestin

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    8/42

    - 9-

    curricular, pues pasa a ser un desafo constante a su capacidad para laobservacin, el anlisis, la formulacin y verificacin de hiptesis y para

    integrar resultados. En este sentido, se promover la metaevaluacin.

    La evaluacin debe ser planificada, pero en el marco de esa planificacin hade ser flexible, ya que el aprendizaje significativo, en tanto proceso personal,

    es distinto para cada estudiante y la evaluacin debe tomar en cuenta lasparticularidades de cada sujeto y de cada grupo humano, valorar losaprendizajes programados, pero tambin los incidentales y las dificultades quese observan en el proceso educativo, por los puntos de partida diferentes delos diversos actores.

    PROPOSITOS DEL SISTEMA DE EVALUACION.

    Art. 6. El sistema de evaluacin tiene como propsitos:

    Contribuir al anlisis de las caractersticas sociales, econmicas, polticas yculturales del medio en que se desarrolla el proceso educativo, con el fin deincorporar tales informaciones a dicho proceso y aportar al xito de todos lossujetos que participen en l.

    Contribuir a que las transformaciones educativas, tanto en el diseo curricular,como en los desarrollos curriculares, estn cada vez mejor fundamentadas yadecuadas a las necesidades y caractersticas de los sujetos y los contextos.

    Valorar los aprendizajes de los/as estudiantes, relativos a informaciones,hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas fundamentalespara la formacin integral de los mismos, haciendo nfasis en los procesos enlos que participan hasta obtener dichos resultados.

    Valorar la pertinencia de los desarrollos curriculares en relacin a lospropsitos del nuevo curriculum, monitoreando los avances del proceso deTransformacin Curricular, a fin de tomar decisiones que garanticen laintroduccin progresiva de las innovaciones que se proponen, y producir lasadecuaciones necesarias.

    Contar con informacin vlida y sistemtica sobre el estado de la calidad de laeducacin en cada regin y en el pas, con la finalidad de tomar las medidas

    pertinentes para mejorar la calidad del proceso educativo.

    Contribuir a la toma de conciencia acerca de la necesidad de participacin dela familia, la comunidad y los/as propios/as estudiantes, en todas lasactividades del proceso de evaluacin educativa.

    Utilizar los resultados de la evaluacin educativa en la valoracin de laspolticas institucionales dirigidas a mejorar las condiciones de trabajo y laformacin de los educadores y las educadoras.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    9/42

    - 10-

    Determinar si el diseo curricular orienta adecuadamente las prcticaseducativas que se intentan promover y si facilita atender a las caractersticasdel curriculum, que se define como flexible, abierto y participativo.

    Valorar la calidad del trabajo que realizan los diferentes actores de losprocesos educativos, con la finalidad de aportar a la continua superacin y el

    perfeccionamiento profesional de los educadores y las educadoras,sistematizando y socializando las innovaciones generadas e introducidas porlas maestras y los maestros en las prcticas de aula para elevar la calidad de laeducacin.

    Valorar el grado o nivel de eficiencia y eficacia de las diferentes instancias degestin del curriculum, en funcin de su capacidad para atender a losrequerimientos del mismo.

    Abrir espacios para la realizacin de investigaciones sobre la evaluacin ysobre la calidad de la educacin, como un medio para contribuir al desarrollo

    sostenible de la sociedad, la naturaleza y el pensamiento humano.

    Desplegar una labor de comunicacin en torno a los avances y experiencias enevaluacin entre todas las instancias e integrantes de la comunidad educativa.

    FUNCIONES DEL SISTEMA DE EVALUACION.

    Art. 7. Funcin Diagnstica: permite obtener informaciones previas sobre lascaractersticas iniciales de los actores del proceso educativo y de los contextos

    socioeconmicos y socioculturales de los cuales provienen, para incorporar lasmismas en la programacin del proceso enseanza y aprendizaje. La funcindiagnstica tambin se cumple con la identificacin de las necesidades socialesque se pretende atender desde la educacin, y con la definicin clara del proyectode sociedad al que se aspira.

    Art. 8. Funcin Formativa: facilita determinar progresivamente los aprendizajes de losestudiantes y las estudiantes sobre hechos, conceptos, procedimientos, valores,actitudes y normas necesarios para participar con xito en el proceso educativo yel consiguiente desarrollo cognitivo, emocional y social. Al educador y a la

    educadora les permite revisar constantemente su trabajo, mediante la autocrticaprofesional y su participacin en actividades de formacin continuada. Tambinfavorece el seguimiento continuo de los desarrollos curriculares para irestableciendo la pertinencia y adecuacin del diseo curricular y de los medios yrecursos utilizados en atencin a las caractersticas de los actores y del contextosociocultural.

    Art. 9. Funcin de Control:permitela promocin de los estudiantes, as como valoraren qu medida se crean condiciones para hacer realidad la igualdad de

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    10/42

    - 11-

    oportunidades y la democratizacin de los procesos educativos. E1 cumplimientode esta funcin permite ir estableciendo criterios claros sobre la calidad de laeducacin en su conjunto.

    Art. 10. Funcin de Desarrollo de Criterios: Aportar a la instauracin de una cultura de

    evaluacin que potencialice una actitud crtica y la capacidad de propuestapermanente entre los actores educativos.

    Art. 11. Funcin del Desarrollo Institucional:permite valorar la eficacia y eficiencia delsistema educativo como totalidad para el logro de sus finalidades y propsitos, encoherencia con la fundamentacin terico-metodolgica asumida en elcurriculum.

    COMPONENTES DEL CURRICULUM A EVALUAR

    Art. 12. E1 Sistema de Evaluacin tiene la finalidad de proporcionar una visin general detodo el proceso educativo, tomando en cuenta bsicamente la poltica educativa;el diseo curricular; los desarrollos curriculares, a los educadores y educadoras, alos/as estudiantes; la gestin educativa y el centro educativo.

    Art. 13. La Poltica Educativa: se valorar en qu medida la voluntad poltica se expresaen la consecucin de los fines y propsitos de la educacin dominicana.

    Art. 14. El Diseo Curricular: entendido como el documento normativo y la estrategia

    general que orienta las prcticas educativas en las diferentes instancias del sistemay que explicita los Fundamentos del Curriculum en sus diversos mbitos, serevaluado con el propsito de determinar hasta qu punto orienta el trabajo de loseducadores y las educadoras, si funciona como instrumento a partir del cual seprograma el trabajo educativo en correspondencia con las concepciones asumidas(epistemolgica, teleolgica, axiolgica y socioeducativa). En ese sentido, sedeterminar si dicho documento responde a las necesidades y caractersticas de lasociedad dominicana en su conjunto, y si atiende al principio de apertura yflexibilidad que permite adecuarlo a las regiones y los diferentes contextos en losque se desarrollan las prcticas educativas, todo esto tanto en la situacin actual

    como en perspectiva.

    Art. 15. El Desarrollo Curricular: a travs de la evaluacin de los desarrolloscurriculares se pretende: a) Hacer avanzar los procesos de sistematizacin de lasexperiencias derivadas de la puesta en marcha del diseo curricular; b) Verificarsi las prcticas educativas permiten ir satisfaciendo las necesidades en materiaeducativa de la sociedad dominicana, las regiones y las comunidades; c) Irverificando los avances de los maestros y las maestras para propiciar aprendizajes

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    11/42

    - 12-

    significativos, en el proceso de fomentar la investigacin en la accin, en lasocializacin de experiencias para la superacin progresiva de la calidad deltrabajo educativo. La evaluacin de los desarrollos curriculares permitir ademsir promoviendo las formas de gestin educativa que garanticen una realintegracin entre los centros educativos y las comunidades. De igual modo,

    permitir la revisin y mejoramiento permanente del diseo curricular, con laparticipacin de todos los actores de los procesos educativos.

    Art. 16. Los Educadores y Educadoras: sern evaluados a partir de las prcticaspedaggicas que desarrollan durante el proceso educativo, propiciandoaprendizajes significativos, cognitivos, de valores, actitudes y prcticos, queinfluyen en la formacin de sujetos democrticos y libres, en capacidad dedialogar permanentemente con la realidad cercana y lejana para proponeralternativas, tomar decisiones y solucionar problemas. La evaluacin deleducador y la educadora permitir ponderar la efectividad y la eficacia de sus

    planificaciones, y la forma en que stas contribuyen al desarrollo adecuado de lapropuesta curricular, as como la medida en que va mejorando en el desarrollo denuevas estrategias de aprendizaje, en el logro de los propsitos formativos yelevando la calidad de la educacin.

    Prrafo 1:La evaluacin del educador y la educadora se realizar tomando comobase esencial los criterios asumidos en el perfil de los educadores y laseducadoras establecidos para cada nivel y modalidad y, bsicamente, susdimensiones personal o antropolgica, pedaggica y sociocultural.

    Art. 17. Los Estudiantes y las Estudiantes: la evaluacin permite a los estudiantes y a lasestudiantes conocer sus capacidades y limitaciones, construir una imagen realistade s mismo/a, plantearse metas viables para desarrollar sus capacidadescognitivas, afectivas, sociales y prcticas. Se evaluarn los conocimientos previosde los estudiantes y las estudiantes, los saberes acumulados, las capacidadesdesarrolladas y las formas en que se articulan a la construccin de nuevosconocimientos, permitiendo el logro de los propsitos del proceso educativo paracada nivel, modalidad, ciclo, grado, reas y/o asignaturas.

    Art. 18. Para la evaluacin del rendimiento de los/las estudiantes se tomar en cuenta la

    redimensin de los contenidos asumida en el nuevo curriculum. Por tanto, para lavaloracin del rendimiento en cada asignatura o rea se atendern losaprendizajes de informaciones, hechos, conceptos y procedimientos, as como eldesarrollo de valores, actitudes y normas en correspondencia con los propsitosde cada nivel, ciclo, grado, reas y los ejes transversales. Por esta razn, lasvariables, indicadores, criterios, fuentes y tcnicas para la evaluacin de el/laestudiante, no establecen la evaluacin del ajuste personal y social por separado,sino que la misma se har conjuntamente con la valoracin de los aprendizajes endichas reas y/o asignaturas. En tal sentido, en los ejes temticos y los bloques de

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    12/42

    - 13-

    contenidos de cada rea y /o asignatura y en los ejes transversales se incluyen losvalores, actitudes y normas que se trabajarn para concretizar el perfil delegresado al que se aspira en cada nivel y modalidad, manteniendo as el carcterde integralidad y globalidad de los procesos educativos.

    Art. 19. La Gestin Educativa: la evaluacin valorar en qu medida la gestineducativa, a nivel central, regional, de distrito y de centro, se realiza enconsonancia con la definicin del mismo; es decir, si permite el establecimientode un clima democrtico, participativo, de libre reflexin, de permanentepreocupacin por la verdad y la igualdad de oportunidades, en beneficio de todoslos actores, sin discriminacin de clase social, raza, sexo, ideologa poltica oreligiosa. Determinar si en cada nivel se concretizan los perfiles definidos en losFundamentos del Curriculum para cada instancia de la gestin.

    Art. 20. El Centro Educativo: la evaluacin del centro educativo se realizar tomando en

    cuenta las funciones que cumple como espacio importante de socializacin deciudadanos y ciudadanas, al propiciar procesos de construccin participativos ydemocrticos, en los que estudiantes, educadores, directivos, padres, madres,tutores, personal de apoyo y la comunidad encuentren espacios para la libreexpresin y la participacin responsable en todos los aspectos relacionados con lamarcha satisfactoria del proceso de enseanza y de aprendizaje. Esto implicadeterminar su mejor interaccin con la comunidad, las condiciones que ofrecepara propiciar aprendizajes significativos, la utilizacin de los recursosdisponibles y el sistema de organizacin y control interno.

    Prrafo 1:Para cada uno de los componentes curriculares a evaluar, se utilizarnmatrices operativas. Se trata de un modelo estructurado que ofrece grficamenteel desglose del componente expresado en variables, dimensiones, indicadores,conceptos claves, fuentes de informacin, estrategias y tcnicas, para acceder alos datos sobre el componente. -Las matrices de los componentes estn referidasen el curriculum como instrumentos para su anlisis .

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    13/42

    - 14-

    INSTANCIAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO DE EVALUACINCURRICULAR.

    Art. 21. Poltica Educativa: se evala desde la sede central hasta el centro educativoinclusive. A nivel central, el Secretario de Estado de Educacin, los Sub-

    Secretarios de Estado de Educacin, los directivos de la Oficina de Planificacin,el (los) Organo (s) de alto nivel designados para tal efecto . A nivel regional,distrital e institucional participan en la evaluacin de la poltica educativa: losdirectores regionales, los supervisores distritales y los directores de centroseducativos.

    Art. 22. Diseo Curricular: en el nivel central, intervienen en la evaluacin la DireccinGeneral de Currculo, las dependencias de la Secretara de Estado de Educacinvinculadas al diseo curricular, el /los rgano /s designado /s para tales fines. Anivel regional, distrital e institucional participan los Consejos Regionales y

    Distritales de Transformacin Curricular, las Comisiones de ConstruccinCurricular (CCC), distritales y de centros.

    Art. 23. Desarrollo Curricular: la evaluacin de este componente la har a nivelcentral: la Direccin General de Currculo, el Departamento de EvaluacinEducativa, la Direccin General o Departamento encargado del nivel o modalidaden que se desarrolla el curriculum, los rganos y/o comisiones que se formen paratales fines; la Direccin de Planificacin Cualitativa de la Oficina de PlanificacinEducativa, la Direccin General de Supervisin Educativa y el Departamento de

    Colegios Privados. A nivel regional, distrital e institucional participarn los

    Directores Regionales, los Supervisores Distritales, los Directores de Centros, ascomo los Consejos Regionales, los Consejos Distritales, las Comisiones deConstruccin Curricular (CCC) distritales y de centros y los docentes.

    Art. 24. Los Estudiantes/las Estudiantes: el /la maestro /a de cada nivel, modalidad,ciclo, grado, rea y/o asignatura es el responsable de evaluar a los/las estudiantesconforme a las disposiciones establecidas en esta Ordenanza. Las calificacionesparciales, de fin de perodo, semestrales y de fin de ao, obtenidas por los/asestudiantes, se consignarn en los registros de grados.

    Prrafo 1:En el Distrito Educativo se registran y certifican las evaluaciones delos/as estudiantes inscritos en los centros escolares de su jurisdiccin.

    Prrafo 2: En las Direcciones Regionales se registran y certifican los resultadosde las evaluaciones de los/as estudiantes registrados en los Distritos Educativosbajo su jurisdiccin.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    14/42

    - 15-

    Prrafo 3:En la sede central intervienen en el proceso de evaluacin de los/asestudiantes: el Departamento de Evaluacin Educativa y el Departamento deCertificacin, Ttulo y Acreditacin.

    Art. 25. Educador/Educadora: su evaluacin es responsabilidad del director o de la

    directora de centro y se complementa con la coevaluacin de los/ascompaeros/as docentes, la evaluacin de los/as estudiantes y la de los padres ymadres de stos/as.

    Prrafo 1: Los educadores y las educadoras que realizan funciones tcnicas,sern evaluados/as por su superior inmediato a nivel de Distrito Educativo, deDireccin Regional, o de la dependencia en que laboran.

    Prrafo 2:Los /as Directores /as Regionales sern evaluados por la Subsecretarade Asuntos Docentes. Los /as Directores Distritales sern evaluados por los /as

    Directores /as Regionales de los cuales dependen.

    Prrafo 3: A nivel central el personal que ejerce funciones tcnicas, serevaluado por sus superiores inmediatos.

    Art. 26. La Direccin General de Personal y el Departamento de Evaluacin son lasinstancias responsables de velar por la aplicacin de las polticas de evaluacin detodo el personal docente, tcnico y administrativo.

    Prrafo 1: Todos los aspectos del proceso de evaluacin de los educadores y las

    educadoras serealizan en el marco de las disposiciones establecidas.

    Art. 27. Gestin Educativa: se evala a nivel de centro escolar, de Direccin deDistrito Educativo, de Direccin Regional de Educacin y de las dependencias dela Secretara de Estado de Educacin responsables de coordinar el nivel omodalidad a que corresponden los centros educativos.

    Art. 28. Centro Educativo: ser evaluadopor el /la Director /a del centro, los /aseducadores /as, el /la Supervisor /a del Distrito Educativo y las instancias decogestin establecidas para apoyar los procesos de descentralizacin.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    15/42

    - 16-

    CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOSPARA LA EVALUACIN DE LOS

    ESTUDIANTES Y LASESTUDIANTES

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    16/42

    - 17-

    VALORACIN DE LOS PROCESOS DE DESARROLLO Y APRENDIZAJE DE

    LOS NIOS Y LAS NIAS DEL NIVEL INICIAL (CERO A SEIS AOS).

    Art. 29. Para la valoracin de los procesos de desarrollo y de los aprendizajes de los niosy nias del Nivel Inicial se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos:

    Los distintos saberes que el nio y la nia trae de su entorno, sus condicionesbiolgicas, psicolgicas y socioeconmicas.

    Todo cuanto el nio o la nia experimenta y hace. Para valorar las actividadesque realizan en los diferentes espacios, en el aula y fuera de ella, se tomar encuenta qu hace, cmo lo hace, para qu lo hace, con qu, con quines, cmose ha sentido, el esfuerzo realizado, la creatividad y la iniciativa demostrada.

    Las estrategias que utilizan para realizar las actividades, cules cambios seproponen y cules se han experimentado o producido durante el proceso deaprendizaje, cmo perciben la realidad, cmo hacen, piensan y sienten.

    Cmo el nio y la nia se involucran en las actividades; su participacin, suresponsabilidad, cmo ponen en juego sus conocimientos previos para obtenernuevos aprendizajes, qu tipos de relaciones establecen con las personas, losmateriales y el entorno.

    Los resultados de los trabajos realizados por el nio y la nia, respetando las

    diferencias individuales. La asistencia de los /las nios /as al centro educativo, durante el ao escolar.

    Art. 30. La evaluacin de los aprendizajes de los nios y las nias del Nivel Inicialrequiere un ambiente adecuado, disponer de materiales e instrumentos pertinentesal nivel, una actitud favorable hacia el proceso de parte de la educadora o eleducador, el logro de una buena disposicin de los nios y las nias. E1 climaafectivo en el que se lleva a cabo la evaluacin es fundamental e influye en losresultados. E1 ambiente y/o las condiciones que se creen en este sentido deben serlo ms naturales posibles, y donde se establezcan relaciones de confianza,

    apertura, seguridad y entusiasmo compartido. En su perspectiva de proceso, laevaluacin se realiza en cualquier momento, pues tiene carcter de continuidad yes parte de la prctica educativa cotidiana.

    Prrafo 1: En el Nivel Inicial se reafirma la importancia de la realizacin de laevaluacin diagnstica para orientar el desarrollo del nio/a y continuar con laevaluacin de procesos y resultados a fin de sistematizar progresivamente lasexperiencias de aprendizaje que ellos van desarrollando.

    NIVEL INICIAL

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    17/42

    - 18-

    Art. 31. Las tcnicas e instrumentos a utilizar para evaluar los procesos de desarrollo yaprendizaje en el Nivel Inicial son variadas, entre las que podramos citar:

    a)Observaciones sistemticas, utilizando los siguientes instrumentos:

    Escalas de desarrollo fsico Registros de observaciones

    Escalas de observaciones

    Registros anecdticos

    Registros diarios

    Listas de cotejo o control

    Escalas de valoracin

    b) Anlisis de los trabajos de los nios y las nias, as como el desarrollo deactividades, tales como:

    Juego libre Juegos de simulacin

    Dramatizaciones

    Producciones prcticas y visuales

    Producciones orales

    Dilogos

    Puestas en comn

    c)Entrevistas a nios, nias y familiares.

    d) Informes sobre condiciones socioeconmicas y socioculturales, as comoantecedentes de salud, antecedentes educativos, composicin y dinmicafamiliar, entre otras.

    e) Tcnicas sociomtricas, para evaluar las relaciones interpersonales de nios ynias en el grupo.

    Art. 32. Los resultados del trabajo educativo del nio y la nia se traducirn encalificaciones que expresen el grado en que se hayan logrado los propsitosprevistos, en coherencia con las caractersticas de los mismos, as como otrosaprendizajes que hayan sido desarrollados por ellas y ellos. Se utilizar una escalade propsitos que especifique los logrados, medianamente logrados y por lograr.

    Propsitos Logrados: son aquellos previstos en la propuesta curricular del nivel,o formulados por el /la educador /a en su programacin, ante los que el /la nio /aresponde adecuadamente, durante y al final del proceso.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    18/42

    - 19-

    Propsitos Medianamente Logrados: son aquellos contemplados en elcurriculum del Nivel, o formulados por el /la educador /a en su programacin yque el /la nio /a no ha logrado parcialmente durante y al final del proceso.

    Propsitos Por Lograr: son aquellos contemplados en el diseo curricular del

    Nivel, o formulados por el /la educador /a y que el /a nio /a no ha logradodurante y al final del proceso, a pesar de haberse creado diferentes situaciones deaprendizaje permanente. Se requiere seguir brindado estmulos variados encondiciones adecuadas.

    Art. 33. En este Nivel los /a nios /as no sern reprobados. Para el caso de aquellos queno hayan logrado todas las capacidades, en atencin a las diferentes dimensionesdel desarrollo y las experiencias educativas previstas en los propsitos del nivel yde los ciclos, o que no hayan asistido a clases regularmente durante el ao escolar,la educadora o el educador, en su informe de rendimiento final, anotar las

    observaciones de lugar, las cuales debern ser tomadas en cuenta en el prximoao escolar para su seguimiento en base a un trabajo ms individualizado.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    19/42

    - 20-

    VALORACIN DEL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Y LAS

    ESTUDIANTES EN EL NIVEL BSICO

    Art. 34. De acuerdo con el perfil del egresado del Nivel Bsico, los estudiantes y lasestudiantes participan en los procesos de enseanza y aprendizaje y son evaluadospartiendo de los propsitos del Nivel, expresados en cinco dimensiones:

    Formar sujetos capaces de: Construir permanentemente su identidad personal y social

    Construir sus conocimientos y saberes

    Desarrollar actitudes y destrezas para el trabajo

    Expresarse en formas diferentes Participar en una sociedad democrtica

    Art. 35. La valoracin del aprendizaje de las/los estudiantes del Nivel Bsico, se debeefectuar utilizando diversas tcnicas e instrumentos, que evalen el aprendizajepor proceso, acorde con los propsitos del nivel, los ciclos, los grados, las reas ylos ejes transversales. La evaluacin de los propsitos de cada rea se realizamediante la valoracin del aprendizaje de los contenidos definidos como: hechos,datos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas.

    Art. 36. El aprendizaje de los/as estudiantes de los programas de educacin bsica noformal ser evaluado conforme a la reglamentacin especfica establecida paraesos fines.

    Art. 37. Para la evaluacin del rendimiento de los y las estudiantes del Nivel Bsico setomarn en cuenta:

    Los trabajos individuales

    La participacin en los trabajos en equipo

    La participacin en actividades de aprendizaje cooperativo

    Las actitudes y destrezas para el trabajo

    Los resultados de pruebas La elaboracin de carpetas o portafolios

    Art. 38. Los trabajos individuales se consideran como aquellas actividades que losestudiantes realizan en forma individual, tanto en el aula como fuera de ella. Lostrabajos individuales son de gran importancia, porque dentro de los propsitosgenerales del Nivel Bsico se persigue que los/as estudiantes construyanpermanentemente su identidad personal y social y desarrollen capacidades para el

    NIVEL BSICO

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    20/42

    - 21-

    aprendizaje autnomo. Para la valoracin de los trabajos individuales se tomaren cuenta el logro de los propsitos del grado y rea de que se trate, la calidad dela participacin, la creatividad, el esfuerzo y la responsabilidad demostrada porlos/as estudiantes.

    Art. 39. Los trabajos en equipo son las actividades que el/la educador/a y los/asestudiantes realizan de manera conjunta en el centro educativo o en su entornonatural y social, en correspondencia con la programacin formulada. El trabajo enequipo permite valorar el intercambio de experiencias, fomentando lasocializacin, el respeto mutuo, la solidaridad y el compaerismo, entre otrosvalores. En la valoracin de los trabajos en equipo o cooperativos se tomarn encuenta el nivel de logros de los propsitos propuestos para el grado o rea, laparticipacin, el esfuerzo, la creatividad, el compaerismo, el respeto mutuo, lainiciativa y la responsabilidad demostrada por los estudiantes y las estudiantes.

    Art. 40. Las actitudes y destrezas para el trabajo deben evaluarse en el Nivel Bsico demodo interrelacionado, de manera que las dimensiones afectiva e intelectual delas mismas permitan desarrollar una cultura del trabajo, articulando conexperiencias generadas en el mundo del trabajo, fortalecindolas como elementoliberador de los seres humanos y como medio para la realizacin personal ysocial.

    Para la valoracin de las actitudes y destrezas para el trabajo, se debe tomar encuenta el nivel de logro de los propsitos formulados para el nivel, ciclo y rea, ysu carcter formativo, partiendo de los aspectos siguientes: responsabilidad,

    respeto, autoestima, compaerismo y otros.

    Art. 41. Resultados de pruebas: las pruebas son instrumentos de medicin paradeterminar de forma progresiva hasta qu punto los estudiantes han logrado lospropsitos del nivel, ciclo, grado y rea de que se trate. Para la valoracin de losaprendizajes en el primer y segundo grados de la Educacin Bsica, se debentomar en cuenta los trabajos individuales y en equipo. No se aplicarn pruebaspara asignar calificaciones con fines de promocin, ya que las mismas dependende la evaluacin continua realizada por el maestro y la maestra.

    Otorgamiento de CalificacionesArt. 42. Asignacin de calificaciones: los resultados de la aplicacin de las diferentes

    tcnicas e instrumentos de evaluacin, se traducirn en calificaciones que debenexpresar el nivel de desarrollo integral alcanzado por los/as estudiantes en elproceso de aprendizaje.

    Para los efectos de calificacin se utilizar la escala numrica de 0a 100puntos.

    Las calificaciones se deben asignar tomando en cuenta lo siguiente:

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    21/42

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    22/42

    - 23-

    primeros dos grados para, tomando en cuenta sus niveles de desarrollo, adecuar elproceso a las caractersticas de los mismos.

    Art. 48. Al finalizar el segundo perodo del calendario escolar ser promovido algrado inmediato superior el /la estudiante cuya calificacin de fin de ao sea igual

    o superior a 65 puntos en todas las reas contempladas en el curriculum del gradoy que haya acumulado un 80% o ms de asistencia a clases.

    Art. 49. Ser aplazada la promocin del estudiante o de la estudiante cuya calificacin defin de ao sea inferior a 65 puntos en hasta tres reas.

    Prrafo 1:Los/as estudiantes aplazados/as participarn en pruebas completivasen las reas reprobadas.

    Art. 50. Ser reprobado y repetir el grado el/la estudiante cuya calificacin de fin de aosea inferior a 65 puntos en cuatro o ms reas.

    El artculo 51 se modific para agregar un segundo prrafo. (Segn artculo 1 dela Ordenanza 198).

    Art. 51. Repetir el grado el/la alumno/a que al finalizar el ao escolar haya acumuladoms del 20% de inasistencia a clases sin causas justificadas.

    Prrafo 1:Se consideran causas justificadas de inasistencia a clases: Enfermedades debidamente certificadas

    Accidentes que produzcan incapacidad temporal

    Muerte del padre, madre, tutor /a, o hermanos /as Otras causas de fuerza mayor, consideradas vlidas por la direccin del

    centro educativo.

    Prrafo 2: En los casos de centros nocturnos, se consideran causas justificadas deinasistencia a clase, los asuntos concernientes al horario de trabajo de los/lasestudiantes, debidamente comprobado por el/la director/a del centro. (art 1 Ord.198).

    Art. 52. Ser promovido al grado inmediato superior despus de concurrir a laspruebas completivas, el /la estudiante que obtenga en las pruebas completivascalificacin igual o superior a 65 puntos en cada una de las reas examinadas .

    Art. 53. Ser reprobado y repetir el grado el /la estudiante que obtenga en las pruebascompletivas calificaciones inferiores a 65 puntos en cualquiera de las reasexaminadas.

    PRUEBAS NACIONALES

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    23/42

    - 24-

    Art. 54. Al concluir el Nivel Bsico, los estudiantes participan en Pruebas Nacionalescomo requisito para su promocin al Nivel Medio.

    Art. 55. En el 8vo. grado, objeto de Pruebas Nacionales, las calificaciones de fin de aorepresentarn el 70% y las obtenidas en Pruebas Nacionales el 30%. La asistencia

    a Pruebas Nacionales de todos/as los/as estudiantes de 8vo. grado es obligatoria.

    Prrafo 1: Las Pruebas Nacionales se planificarn y elaborarn encorrespondencia con los propsitos de las reas en las que stas se apliquen, loscontenidos bsicos comunes y los procesos pedaggicos definidos en elcurriculum.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    24/42

    - 25-

    LA EVALUACIN DEL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Y LASESTUDIANTES EN EL NIVEL MEDIO, PRIMER CICLO Y MODALIDADGENERAL

    Art. 56. La evaluacin de los aprendizajes de los estudiantes y las estudiantes del NivelMedio se realizar de manera integral y continua en las reas y/o asignaturas decada uno de los grados y semestres del Nivel, tomando en cuenta los siguientescriterios:

    a) Aprendizajes logrados en correspondencia con los propsitos del Nivel y lasfunciones del mismo: social, formativa y orientadora.

    b) Relacin entre la situacin socioeconmica y cultural, los procesos educativos

    y los aprendizajes logrados.

    c) Nivel de dominio de los contenidos y competencias desarrolladas en losprocesos de enseanza y aprendizaje, en correspondencia con los propsitosdel nivel y las funciones del mismo.

    d) Nivel de reflexin, criticidad y capacidad de formular propuestas quedesarrollan y asumen los/as estudiantes ante las diferentes situaciones que sele plantean.

    e) Cumplimiento de los requisitos establecidos para la promocin en lasasignaturas y/o reas, semestre, grado, ciclo y nivel, tomando en cuenta eldominio de los contenidos de cada rea o asignatura, definidos como datos,hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas.

    f) Interiorizacin y manifestacin progresiva de valores, actitudes y normas encorrespondencia con el perfil del egresado del Nivel.

    g) Nivel de relacin consigo mismo (a), con el grupo, el centro y la comunidad,tomando en cuenta su:

    Integracin a pequeos grupos, al curso y al centro. Realizacin personal y social. Disposicin y realizacin de trabajos escolares y comunitarios. Participacin en las actividades desarrolladas en o con la comunidad en

    vinculacin con el centro.

    h) Asistencia continua a clases.

    TECNICAS E INSTRUMENTOS DE VALORACION.

    NIVEL MEDIO, PRIMER CICLO Y MODALIDAD GENERAL

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    25/42

    - 26-

    Art. 57. La informacin sobre los procesos y resultados de los aprendizajes, se obtendrmediante la utilizacin de tcnicas e instrumentos de apreciacin en lasdimensiones afectivas, sociales, cognitivas y prcticas. Se entender por tcnicase instrumentos, el conjunto de herramientas pedaggicas que utilizarn el /la

    profesor/a, los/las estudiantes, las madres y los padres durante el procesoeducativo y al final de ste, para valorar los aprendizajes previstos en lospropsitos, cuya valoracin ser reflejada en una calificacin acumulada mediantela aplicacin de evaluaciones continuas y sumativas.

    Entre las tcnicas e instrumentos de evaluacin a utilizar se proponen:

    a)La observacin directa individual y grupal, de procesos y de productos,realizada por el educador y la educadora: heteroevaluacin.

    b)La valoracin crtica del trabajo propio: autoevaluacin.

    c)La valoracin colectiva de los trabajos realizados en el aula por los/lasestudiantes y los (las) maestros (as): coevaluacin.

    d)Pruebas orales, escritas y prcticas.

    e)Escalas de valoracin del trabajo individual y en grupo.

    f) Las producciones y creaciones de las estudiantes y los estudiantes.

    g)La valoracin del trabajo individual y grupal realizada por el Consejo deCurso.

    Prrafo 1: Partiendo de matrices se definirn criterios y parmetros que permitanjuzgar el grado en que se han alcanzado los propsitos de las reas, asignaturas yde los ejes transversales. En efecto, al evaluar cada actividad se debe procurar laidentificacin del mayor nmero de evidencias sobre el nivel del aprendizajeadquirido.

    CALIFICACION DEL RENDIMIENTO.

    Art. 58. La valoracin del rendimiento de los /las estudiantes ser traducido en

    calificaciones que expresen los niveles de aprendizajes previstos en los propsitosde cada rea y/o asignatura.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    26/42

    - 27-

    Art. 59. Para efectos de calificacin se utilizar la escala numrica de 0 a 100 puntos. Esaescala numrica se expresa en su equivalente literal que se detalla a continuacin:

    A = 90 -l00 = ExcelenteB = 80 - 89 = Muy Bueno

    C = 70 - 79 = BuenoD = 0 - 69 = Deficiente

    Art. 60. Las calificaciones obtenidas por el /la estudiante en cada asignatura y/o rea, yregistrada por el /la profesor /a sern de dos tipos: parciales y de fin de semestre.Adems habr calificaciones completivas para las asignaturas y/o reas que noresulten promovidas al finalizar el semestre.

    Art. 61. Calificaciones parciales: sern el resultado de la valoracin de los aprendizajeslogrados durante los procesos de enseanza y aprendizaje. Se otorgar en base al

    promedio de las calificaciones asignadas a cada actividad de evaluacin realizadadurante los procesos de enseanza y de aprendizaje. Esas actividades podran ser:participacin activa en clase, investigaciones, reportes de lecturas, proyectos,informes, prcticas diversas, trabajos de campo, discusiones, participacin en lasactividades del centro educativo y la comunidad, participacin en las actividadesdel Programa de Servicio Social Estudiantil, relaciones interpersonales, valores yactitudes.

    a) En cada semestre se registrarn por lo menos cuatro (4) calificacionesparciales y una correspondiente a una prueba de fin de semestre.

    b) El promedio de las calificaciones parciales de cada semestre tendr un valor

    del 70 por ciento de las mismas.

    c) Las calificaciones obtenidas en las pruebas de fin de semestre tendrn un valorde 30 por ciento. Es indispensable la participacin de los estudiantes en estaexperiencia para el registro completo del proceso de evaluacin.

    Art. 62. La Calificacin de fin de semestre: ser el resultado de la suma de lascalificaciones parciales (70%) y la calificacin de la prueba de fin de semestre(30%).

    LA APROBACION DE ASIGNATURAS.

    Art. 63. Sern aprobadas las asignaturas y/o reas cuya calificacin de fin de semestre seaigual o superior a 70 puntos.

    Art. 64. Repetir el rea o asignatura el/la estudiante que al finalizar el semestre hayaacumulado ms del 20% de inasistencia a clases sin causas justificadas.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    27/42

    - 28-

    Prrafo 1: Se consideran causas justificadas de inasistencia a clase lasenumeradas en el prrafo 1 del artculo 51 de la presente Ordenanza.

    Art. 65. Sern presentadas en Pruebas Completivas las asignaturas y/o reas cuyacalificacin de fin de semestre sea igual o inferior a 69%. Las Pruebas

    Completivas tendrn un valor de 50% y se aplicarn en el perodo que seespecifique en el calendario escolar. El promedio de las calificaciones parcialesobtenidas durante el semestre, representar el otro 50%.

    Prrafo 1:Sern aprobadas en Pruebas Completivas las asignaturas y/o reascuya calificacin promedio sea igual o superior a 70 puntos.

    Art. 66. Las asignaturas o reas no aprobadas en las Pruebas Completivasen el primer osegundo semestre de un grado, sern examinadas en Pruebas Extraordinarias,las cuales se aplicarn en las fechas establecidas en el calendario escolar. Estas

    pruebas tendrn un valor del 70% y el restante 30% del promedio de las notasparciales obtenidas durante el semestre en la asignatura de que se trate. Lacalificacin mnima aprobatoria es de 70 puntos.

    LAS PROMOCIONES.

    Art. 67. Ser promovido de un grado al inmediatamente superior, el /la estudiante quehaya aprobado todas las asignaturas y/o reas establecidas para el grado.

    Art. 68. El contenido del artculo 68 queda sustituido por el artculo N2 de la Ordenanza198 que dice: El Artculo 68 queda modificado de la siguiente forma: De igualmanera ser promovido/a al grado inmediato superior, el/la estudiante que hayareprobado hasta dos (2) asignaturas y/o reas del grado, las cuales podrn ser del1er. y 2do. semestres, y debern ser aprobadas antes de finalizar el grado al cualfue promovido.

    Prrafo I.- Los/as estudiantes promovidos/as de un grado a otro, con hasta dosasignaturas/reas pendientes (reprobadas), tendrn dos oportunidades parapresentar las mismas. Una al terminar el primer semestre y la otra al finalizar el

    2do. semestre. En ambos casos estas pruebas o tutoras sern aplicadas antes delas correspondientes a las de fin de semestre, siendo su aprobacin condicinnecesaria para participar en las pruebas de 2do. semestre. Si reprueba una o lasdos asignaturas en esta ltima oportunidad, repetir el grado que est cursando,manteniendo bajo la misma condicin la/las asignatura/s pendiente/s deaprobacin.

    Prrafo 2.- En el caso de los/as estudiantes de 4to. grado del Nivel Medio que noson promovidos, estos tendrn las mismas oportunidades que los/as estudiantes de

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    28/42

    - 29-

    los dems grados, esto es, slo deben presentar la/s asignatura/s o reasreprobada/s (una o dos) al finalizar el 1er. el 2do. semestre acadmico delprximo ao escolar en la fecha establecida para dichas pruebas.

    Prrafo 3.- Las asignaturas y/o reas reprobadas sern examinadas como

    asignaturas pendientes y las pruebas aplicadas tendrn un valor de 100%. Lacalificacin mnima aprobatoria es de 70 puntos. Tambin podrn ser cursadasmediante tutoras, conforme a lo que dispone la Resolucin N166297

    Art. 69. Repetir el grado el/la estudiante que haya reprobado cuatro (4) o ms asignaturasy/o reas del mismo grado. (El artculo 69 sustituye el anterior artculo 68,ampliado por un prrafo segn Ordenanza 198.

    Prrafo 1: Repetir el grado el/la estudiante que despus de presentarse aPruebas Extraordinarias haya reprobado tres (3) o ms asignaturas y/o reas del

    mismo grado, incluyendo las reprobadas por inasistencia. (art. 3 Ordenanza 198)

    El contenido del artculo 70 de esta Ordenanza se suprime y en su lugar seinserta un nuevo contenido referido a los estudiantes libres segn artculo 4Ordenanza 198.

    Art. 70. Los estudiantes libres seguirn el mismo rgimen de semestres que establece laOrdenanza N 195 y deben presentar las mismas asignaturas o reas establecidasen el Plan de Estudio de la Modalidad General.

    Prrafo 1.- La valoracin del rendimiento educativo ser traducida acalificaciones, utilizando la escala numrica de 0 a 100 puntos, la que se obtendrcomo resultado de la calificacin de la prueba de fin de semestre, con un valor del100%.

    Prrafo 2.-La calificacin mnima aprobatoria es 70 puntos y estos estudiantestendrn las mismas oportunidades de exmenes que los estudiantes regulares.

    Prrafo 3.- Los estudiantes que, por efecto de convalidacin de estudios, quedancon asignaturas/reas pendientes de aprobacin en distintos cursos, caen en la

    categora de estudiantes libres en lo que concierne a estas asignaturas. Por tanto,deben realizar su matriculacin en los liceos, en las fechas sealadas en elcalendario escolar para regularizar su situacin acadmica. Tambin aplica paraellos la Resolucin sobre tutora N166297.

    REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE BACHILLER.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    29/42

    - 30-

    Art. 71. Se establecen como requisitos para obtener el ttulo de Bachiller en cualquiera delas modalidades del Nivel Medio:

    a) La aprobacin de todas las asignaturas o reas contempladas en el Plan de

    Estudio del primer ciclo del Nivel Medio y las del segundo ciclo de lamodalidad elegida.

    b) La aprobacin de las Pruebas Nacionales en el segundo grado del segundociclo, con un valor de 30%. Las Pruebas Nacionales se planificarn yelaborarn tomando en cuenta el contenido de la Ordenanza 195 queestablece el curriculum a partir del ao escolar 1995-1996.

    c) La realizacin del Servicio Social Estudiantil valorado en el segundo grado delsegundo ciclo, mediante la participacin de los y las estudiantes en los

    trabajos comunitarios. Estos trabajos sern coordinados por el centroeducativo y debidamente orientados y certificados por el mismo.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    30/42

    - 31-

    LA EVALUACION DEL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES Y LASESTUDIANTES EN LA MODALIDAD TECNICO PROFESIONAL.

    Art. 72.La evaluacin del aprendizaje en la Modalidad Tcnico-Profesional ser continua ode proceso. Enfatiza en la formacin integral de el/ la estudiante y toma muy encuenta la evaluacin de competencias intelectuales, sociales y prcticasdesarrolladas por ellos y ellas en base a los perfiles ocupacionales de lasmenciones. Enfatiza tambin en el logro de los propsitos del nivel, cicloformativo, de la asignatura y de la unidad de aprendizaje de que se trate. Laevaluacin se considera en la modalidad como un sistema integrado que pasa pordiferentes momentos: diagnstico, de proceso, de producto y de impacto.

    Prrafo 1: En sus diferentes momentos la evaluacin es formativa porquepermite introducir cambios que aseguren el logro de los propsitos previstos, ascomo la calidad esperada en el Nivel. Se introducir la autoevaluacin y lacoevaluacin a fin de dar mayor participacin y dinamismo.

    En efecto, por la naturaleza de la modalidad la evaluacin toma en cuenta eldesarrollo de las habilidades y destrezas que requiere un desempeo ocupacionalptimo, en base a un programa de prcticas que define previamente, al mismotiempo que toma en consideracin la propia evaluacin, la autoevaluacin ytambin la evaluacin sistemtica realizada por los educadores y las educadoras o

    hetero-evaluacin.

    LA EVALUACION DEL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Y LASESTUDIANTES EN LA MODALIDAD TECNICO PROFESIONAL.

    Art. 73. La evaluacin del rendimiento de el/la estudiante en las asignaturas de laespecialidad, se har en forma integral y tomando en consideracin los aspectossiguientes:

    a)Valores y actitudes.

    b)Habilidades, destrezas y capacidades para utilizar, crear, innovar segn losavances tecnolgicos y cientficos.

    c)Integracin y cooperacin con el medio que le rodea.

    d)Participacin para establecer relaciones del centro educativo con la comunidad.

    e)Los trabajos individuales y grupales.

    NIVEL MEDIO, MODALIDAD TCNICO-PROFESIONAL

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    31/42

    - 32-

    OTORGAMIENTO DE CALIFICACIONES.

    Art. 74. La evaluacin en la Modalidad Tcnico Profesional se realiza de conformidad conlos lineamientos generales de la Transformacin Curricular, tanto en 1o queconcierne a competencias sociales, intelectuales y prcticas, como en las que

    definen el perfil del egresado en cada mencin. Por consiguiente, la valoracindel rendimiento en esta modalidad difiere de la Modalidad General en lavaloracin de competencias ocupacionales. Por esta razn, se consideran lasasignaturas de las especialidades en dos bloques:

    Asignaturas de naturaleza terica. Asignaturas de naturaleza prctica.

    Prrafo 1: Las asignaturas de naturaleza terica, tanto acadmicas comoespecializadas, se evaluarn de acuerdo con los criterios establecidos para elPrimer Ciclo y la Modalidad General. Las asignaturas tcnicas especializadas de

    naturaleza prctica se evaluarn en base a bancos de tareas, de acuerdo al perfilocupacional de cada mencin.

    Prrafo 2: El banco de tareas se define como un conjunto de ejercicios, encantidad y calidad, requeridos en cada asignatura prctica, y que representa laparte del perfil ocupacional del egresado, descrito en los propsitos del plan deestudio correspondiente.

    EL REGISTRO DE CALIFICACIONES PARA ASIGNATURAS PRACTICAS.

    Art. 75. Las asignaturas prcticas se evaluarn por ejecucin de tareas. Cada tarea seevaluar independiente de la otra. Las calificaciones se asentarn en la hoja deregistro correspondiente si el alumno logra el mnimo de 65 puntos. De locontrario deber someterse a pruebas y/o tareas complementarias de recuperacin.

    Prrafo 1: La evaluacin de las asignaturas prcticas se basa fundamentalmenteen la observacin directa, utilizando escalas de valoracin que orientarn losprocesos de retroalimentacin requeridos para el dominio de cada tarea. Lasescalas de valoracin permitirn ir evaluando el desarrollo progresivo de las

    competencias establecidas para el aprendizaje de cada tarea y/o asignatura.

    Art. 76. Como parte de la evaluacin en la Modalidad Tcnico Profesional, se aplicarnpruebas complementarias, tarea por tarea, despus de las acciones derecuperacin. Las tareas que no se aprueben en este proceso, podrn ser evaluadasen pruebas especiales al inicio del siguiente semestre, siempre y cuando elestudiante quede en condicin de promovido condicionalmente.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    32/42

    - 33-

    Art. 77. Al final de cada semestre se sumarn las calificaciones obtenidas por el o laestudiante en las tareas aprobadas. Si el total es de 65 puntos o ms, la asignaturase considera aprobada, si oscila entre 40 y 64 puntos, se considera promovidocondicionalmente y si es menor que 40 puntos, queda reprobada.

    Art. 78. Las asignaturas especializadas eminentemente prcticas, se evaluarn en lasprcticas de taller, prcticas de campo y laboratorio. Estas asignaturas serncalificadas en una escala de cero (0) a 100 a puntos, distribuidos en tantasevaluaciones como tareas se establezcan para su desarrollo.

    LAS PRUEBAS NACIONALES

    Art. 79. Las Pruebas Nacionales de conclusin de la Educacin Tcnico-Profesional sernun requerimiento de evaluacin obligatoria y constan de:

    Pruebas tericas

    Pruebas prcticas.

    Art. 80. Las Pruebas Nacionales prcticas sern evaluadas tarea por tarea en cadaasignatura. Los estudiantes que se reprueben en una asignatura slo sernevaluados, en la prxima convocatoria, en las tareas que no hayan aprobado.

    Prrafo 1: Las pruebas tericas se realizarn con los mismos criterios de laModalidad General.

    LAS PROMOCIONES.

    Art. 81. Ser promovido de un semestre al inmediatamente superior, el/la estudiante quehaya aprobado todas las asignaturas y/o reas establecidas para el semestre.

    Art. 82. Ser promovido condicionalmente el/la estudiante que haya reprobado hasta tres(3) asignaturas y/o reas del semestre cursante, siendo transferidas al semestresiguiente. Las asignaturas transferidas debern ser aprobadas antes de laconclusin del mismo, mediante una prueba que tendr un valor de 70% el cual seagrega a un 30% de la nota alcanzada en el semestre. La calificacin mnimaaprobatoria es 70 puntos.

    Art. 83. El/la estudiante promovido/a condicionalmente, deber participar en un programaespecial de recuperacin establecido en el calendario escolar.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    33/42

    - 34-

    Art. 84. Repetir el semestre, al cual fue promovido condicionalmente, el/la estudiante quedespus de haber participado en las acciones de recuperacin y la pruebacompletiva no alcanzara la calificacin de 70 puntos.

    Art. 85. Repetir el semestre el/la estudiante que haya reprobado hasta tres (3) asignaturas

    y/o reas de las correspondientes a un semestre.

    REGISTRO DEL RENDIMIENTO ACADEMICO DE LOS/LAS ESTUDIANTES.

    Art. 86. La hoja de control del desarrollo general de el/la estudiante. Los centroseducativos llevarn el control del desarrollo general de el/la estudiante. Lasobservaciones y datos se registrarn en planillas para sistematizar los resultadosque se obtengan a travs del proceso en evaluacin continua.

    REGISTRO ACUMULATIVO.

    Art. 87. En los centros de enseanza de educacin tcnica se llevar un registroacumulativo general de cada estudiante. As, si el/la estudiante tiene quetrasladarse a otro centro educativo de otra naturaleza, podr convalidar susestudios en la unidad correspondiente de la Secretara de Estado de Educacin yCultura.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    34/42

    - 35-

    LA VALORACION DEL RENDIMIENTO DE LOS/LAS ESTUDIANTES EN LAMODALIDAD DE EDUCACION DE ADULTOS.

    Art. 88. Para realizar la evaluacin del estudiante y de la estudiante adulto/a acorde a lascaractersticas del nuevo curriculum, el educador y la educadora debe tomar encuenta al estudiante y la estudiante como un ser integral, es decir, conocer suscapacidades, limitaciones y necesidades individuales, as como el entorno en quese desenvuelve como individuo y como ser social. En el proceso educativo esnecesario atender a la poblacin a la que est dirigida la educacin de adultos/as,de acuerdo con las especificidades de los grupos de ambos sexos que lacomponen: jvenes de 14 a 18 aos y adultos/as entre 19 y 65 aos.

    Prrafo 1:Los participantes de la educacin de adultos/as tienen, entre otras, lassiguientes caractersticas:

    Son portadores /as de un cmulo de experiencias y poseen unadeterminada visin del mundo.

    Son maduros /as orgnicamente.

    Desempean papeles que implican compromisos sociales, familiares,polticos y/o religiosos.

    Poseen conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes que lesfacilitan la integracin de nuevos aprendizajes; aunque tambin expresan

    deficiencias acumuladas por falta de oportunidades econmicas, sociales yculturales que limitan sus competencias.

    Tienen, en muchos de los casos, responsabilidades en el mundo del trabajoy/o familiares.

    Tienen actitudes favorables y con mayores niveles de conciencia paraintegrarse voluntariamente a procesos de formacin y capacitacin.

    VALORACION DEL RENDIMIENTO DE EL/LA ESTUDIANTE ADULTO/A.

    Art. 89. La valoracin del aprendizaje integral de los y las estudiantes adultos/as serealizar tomando en cuenta los siguientes aspectos:

    a)Conocimientos previos.

    EDUCACIN DE ADULTOS/AS

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    35/42

    - 36-

    b)Aprendizajes de hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes ynormas que desarrollan en correspondencia con los propsitos de cada ciclo,rea y de los ejes transversales.

    c)Habilidades y destrezas para el trabajo, sistematizadas o desarrolladas en eltranscurso del proceso educativo.

    d)Resultados de pruebas

    Art. 90. Las tcnicas e instrumentos mediante los cuales se realizar la autoevaluacin, lacoevaluacin y la heteroevaluacin sern las siguientes:

    Observacin directa

    Registro anecdtico

    Lista de cotejo

    Anlisis de casos

    Informes

    Entrevistas Cuestionarios

    Autobiografas

    Pruebas

    Art. 91. Los conocimientos previos que los/as estudiantes adultos/as poseen, tanto en elaspecto cognoscitivo, como en lo referente a las competencias tcnicas, sernevaluados siguiendo los criterios establecidos en los propsitos de la modalidad,de cada ciclo y rea, con la finalidad de:

    Determinar los conocimientos previos de los y las estudiantes, encorrespondencia con los propsitos de la modalidad y de los diferentes ciclos,reas y los ejes transversales.

    Acreditar o certificar los conocimientos que poseen los participantes en lasreas o asignaturas que integran el curriculum.

    Tomar decisiones con relacin a la programacin a desarrollar.

    Prrafo 1: La forma de acreditacin de los conocimientos previos y lascompetencias sern especificados en el Reglamento de Evaluacin.

    Art. 92. Las actividades que los estudiantes y las estudiantes realizarn en formaindividual, tanto en el aula como fuera de ella, tambin sern tomadas enconsideracin para fines de evaluacin. Las actividades individuales adquierengran relevancia, pues se contempla un tiempo de autoestudio no presencial, que seevaluar a travs de las respuestas formuladas, siguiendo guas de estudioelaboradas para esos fines. El rea de formacin para el trabajo tambin seevaluar de forma individual, mediante trabajos prcticos relacionados con el reade formacin y una prueba escrita, mediante la cual los estudiantes y las

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    36/42

    - 37-

    estudiantes demuestren que poseen los conocimientos tericos requeridos paradesarrollar una determinada competencia tcnica y los conocimientos prcticosnecesarios para realizar las tareas.

    Art. 93. Los trabajos en equipo, o sea, las actividades grupales que el /la educador /a y

    los /as estudiantes acuerden realizar en el aula o fuera de ella y que respondan a laprogramacin de actividades, tambin sern tomadas en cuenta para fines deevaluacin.

    Art. 94. Se evaluar en forma individual el desarrollo de las destrezas que posean los/asestudiantes en una determinada rea tcnica, mediante la observacin y registrode su desarrollo y durante el proceso y la aplicacin de pruebas prcticas. Lamayora de los/as a adultos/as poseen una experiencia laboral, relativa a los msvariados campos del saber. Se contempla la posibilidad de acreditar talesaprendizajes, an cuando sea necesario, en algunos casos, sistematizarlos y

    reforzarlos en base a cursos cortos.

    Art. 95. La Educacin de Adultos/as, tanto formal como no formal, aprovechar lasdiferentes actividades de formacin, que de manera regular u ocasional, ofrezcaninstituciones de educacin para el trabajo, la salud, la educacin ambiental y lavida familiar, entre otras.

    Prrafo 1: Para acreditar las actividades de formacin de la educacin no formal,se exigir la certificacin de las mismas y adems se utilizar la evaluacindiagnstica.

    Art. 96. Aplicacin de pruebas: las pruebas son instrumentos de medicin elaborados yaplicados por el maestro y la maestra para determinar en forma progresiva, elnivel de logro de los propsitos del proceso de aprendizaje. Para mantener lacoherencia con la concepcin de la Educacin de Adultos/as que se asume en eldiseo curricular, la aplicacin de pruebas se har slo en los momentos que seconsidere imprescindible.

    ASIGNACION DE CALIFICACIONES.

    Art. 97. Los resultados de la aplicacin de las diferentes tcnicas e instrumentos deevaluacin se traducirn en calificaciones que expresen el nivel de desarrollointegral alcanzado por los y las estudiantes en los procesos de aprendizaje, encorrespondencia con los propsitos del subsistema, de cada ciclo y rea y de losejes transversales.

    Prrafo 1: En el primer ciclo los criterios de evaluacin excluyen la escalanumrica en la asignacin de calificaciones, lo cual se especificar en elReglamento de Evaluacin.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    37/42

    - 38-

    Prrafo 2: En el 2do. y 3er. ciclo de la educacin bsica de adultos/as para laasignacin de calificaciones se utilizar la escala numrica de cero (0) a cien (l00)puntos. Las calificaciones sern asignadas tomando en cuenta tres tipos deevaluaciones:

    a) Heteroevaluacin.

    b) Autoevaluacin.c) Coevaluacin.

    Prrafo 3: La autoevaluacin y la coevaluacin tendrn un peso no mayor de20% de la calificacin total y se realizarn en base a criterios previamenteestablecidos.

    Art. 98. Las calificaciones asignadas a los estudiantes y las estudiantes sern:Parciales,de Fin de Perodo (Semestre) y de Fin de Ciclo . Adems, calificaciones dePruebas Completivaspara los estudiantes que no sean promovidos al finalizar el

    ciclo.

    Prrafo 1: Al finalizar el 3er. ciclo al estudiante y la estudiante se le aplicarnPruebas Nacionales.

    Art. 99. Calificaciones Parciales: se asignar un mnimo de tres calificaciones parcialesen cada semestre, como resultado de la valoracin del trabajo realizado por losestudiantes y las estudiantes durante dicha etapa del proceso de aprendizaje. Paraasignar estas calificaciones se tomarn en cuenta los trabajos realizados en el aula,tanto individuales como grupales, informes de actividades realizadas, aplicacin

    de pruebas de conocimiento y los valores y actitudes desarrolladas conforme allogro de los perfiles deseados.

    Art. 100. Calificaciones de Fin de Perodo: se aplicarn al final de cada semestre y son elresultado del promedio de las calificaciones parciales asignadas durante elsemestre.

    Art. 101. Calificacin de Fin de Ciclo: En el segundo ciclo ser el resultado del promediode las cuatro calificaciones semestrales alcanzadas durante el ciclo, y una pruebade fin de ciclo. En el Tercer Ciclo las calificaciones de finalizacin del Nivel

    Bsico de adultos/as, sern el resultado del promedio de las dos calificaciones defin de semestre con un valor de 70% y las Pruebas Nacionales con un valor de30%, resultando indispensables ambas experiencias.

    LAS PROMOCIONES.

    Art. 102. En la Educacin de Adultos/as, para fines de promocin, se tomar en cuenta elnivel de los logros alcanzados por los estudiantes y las estudiantes en cuanto a sudesarrollo integral. Los/as estudiantes adultos/as sern promovidos/as en el

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    38/42

    - 39-

    momento en que el educador o la educadora, previa evaluacin realizada en lasdiferentes reas y ciclos, determine que los mismos han integrado losconocimientos, habilidades y destrezas necesarias, as como el desarrollo devalores, actitudes y normas, de acuerdo a lo que se establece en los propsitos decada rea y ciclo.

    Art. 103. Ser promovido al ciclo inmediato superior el/la estudiante adulto/a cuyacalificacin de fin de ciclo, sea igual o superior a 65 puntos en las tres reascontempladas en la propuesta curricular para la Educacin de Adultos/as.

    Art. 104. Ser promovido condicionalmente en el primer y segundo ciclos, el/la estudianteadulto/a que repruebe hasta tres asignaturas en cualquiera de las reascontempladas en la propuesta curricular de Educacin de Adultos. El/la estudianteen esta situacin ir a recuperacin.

    Prrafo: La recuperacin se har a travs de una tutora de tres horas semanales,durante tres (3) semanas, con la finalidad de que superen las deficiencias quepresentaron al momento de aplicarse la prueba de fin de ciclo. Luego de larecuperacin, se le aplicar una prueba completiva con un valor de 50%. Lacalificacin de fin de ao obtenida representar el 50% restante, para fines depromocin.

    Art. 105. Los/as estudiantes que reprueben cuatro o ms asignaturas repetirn el semestredel ciclo que estn cursando.

    Art. 106. El/la estudiante de la Educacin de Adultos/as que en el Tercer Ciclo alcance 65puntos como resultado del promedio del 70% o ms de la evaluacin(heteroevaluacin, coevaluacin y autoevaluacin) en los dos semestres, y el 30%conferido a las Pruebas Nacionales, se considerar egresado del Subsistema.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    39/42

    - 40-

    LOS CERTIFICADOS Y LAS CERTIFICACIONES.

    Art. 107. Los/as estudiantes de Educacin de Adultos/as recibirn una certificacin al finalde cada semestre y un certificado al final de cada ciclo que acredite la promocindel mismo.

    Art. 108. Al final del Nivel Bsico de Educacin de Adultos/as (3er ciclo), recibirn unttulo que acredite la conclusin de dicho nivel .

    Art. 109. Se otorgarn certificaciones de los cursos cortos de educacin para el trabajo,formal y no formal (presenciales o no presenciales), siempre que se impartan eninstituciones oficiales o reconocidas por la Secretara de Estado de Educacin.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    40/42

    - 41-

    LA EVALUACION DE LA MODALIDAD DE EDUCACION ESPECIAL.

    Art. 110. La Educacin Especial, en el marco del nuevo curriculum, se desarrollar entodos los niveles del sistema educativo, atendiendo a los principios denormalizacin, integracin y diversificacin en la atencin a los estudiantes y lasestudiantes con necesidades educativas especiales.

    Todos/as aquellos/as estudiantes que evidencien la necesidad de una atencineducativa especial, sea sta transitoria o permanente, deben ser evaluados/as porun equipo multidisciplinario para garantizar su acceso al curriculum regular, hastadonde sus capacidades lo permitan.

    Art. 111.La evaluacin implica la realizacin de las siguientes acciones: Diagnstico de potencialidades y capacidades, a travs de pruebas

    psicomtricas, de conocimientos y habilidades especficas.

    La observacin y registro de competencias cognitivas, sociales y prcticas.

    Cualquier otra evaluacin que se requiera para determinar las formas msadecuadas de acceso al curriculum.

    Art. 112. Si no es posible la integracin total y permanente del estudiante al aula regular, ocuando un estudiante que alcance su mximo desarrollo no pueda acceder al nivel

    o ciclo siguiente, o cuando exista el riesgo de abandono escolar, los maestros y lasmaestras, el equipo profesional y la familia, debern considerar diversificar elcurriculum tomando las alternativas siguientes:

    Su ingreso a una institucin para individuos con necesidades educativasespeciales.

    Su ubicacin en un aula diferencial en la que pueden atenderse susnecesidades especficas.

    Ingreso a un programa de formacin educativa, con base en el hogar.

    Ingreso a un taller laboral, supervisado y protegido.

    Art. 113. La evaluacin de las/los estudiantes servir para establecer:

    El impacto de la necesidad educativa especial en el desarrollo integral de el/laestudiante.

    Particularidades de la maduracin biolgica, personal, motora y cognitiva.

    EDUCACIN ESPECIAL

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    41/42

    - 42-

    Las carencias y tipos de ayuda que requiere

    Las actitudes hacia el proceso educativo

    Las estrategias desarrolladas en tareas de aprendizaje

    Las interacciones que es capaz de establecer

    Los ritmos de aprendizaje

    Las capacidades y competencias que logra desarrollar.

    Art. 114. Es necesario efectuar una evaluacin inicial que comprenda:a)Determinacin de la situacin real de las necesidades educativas especiales o

    diagnsticos de las condiciones previas.

    b)Anlisis del contexto sociocultural

    c)Determinacin de la posibilidad de adecuar el curriculum a los ritmos deaprendizaje.

    Art. 115. En todo el proceso educativo la evaluacin estar orientada a la:a)Determinacin de las estrategias pertinentes para facilitar el proceso educativo,

    de acuerdo al tipo y grado de la necesidad especial de el/la estudiante.

    b)Determinacin de la calidad de los materiales y medios para facilitar el procesoeducativo: instrumentos, cdigos alternativos en la comunicacin, as comodesarrollo de estrategias metacognitivas.

    c)Determinacin del nivel de participacin de el/la estudiante en el procesoeducativo, interrelacin con el/la educador/a y los/las compaeros/as.

    Art. 116. La evaluacin final est destinada a la determinacin de la calidad de losresultados obtenidos y su relacin con los propsitos, necesidades, expectativas yel proceso seguido.

    Art. 117. Los estudiantes y las estudiantes con necesidades educativas especiales que seanintegrados al aula regular, sern evaluados siguiendo los mismos criteriosestablecidos para los/las estudiantes del nivel, ciclo, grado y rea de que se trate.

  • 8/13/2019 ordenanza1'96sistemadeevaluacion

    42/42

    DISPOSICION FINAL.

    Art. 118. Se deroga cualquier otra disposicin contraria a lo establecido en esta Ordenanza.

    Dada en Santo Domingo, D. N., Capital de la Repblica Dominicana, a los diecisiete (17)das del mes de diciembre del ao 1996.

    Lic. Ligia Amada Melo de CardonaSecretaria de Estado de Educacin y Cultura

    Presidente del Consejo Nacional de Educacin

    Dr. Sostrato A. Acosta SosaSecretario del Consejo Nacional de Educacin

    LAMCSAJPV