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Páginá 1 de 41 CCD--022-EPP-OSC-2014 PLIEGOS DE CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA CÓDIGO DEL PROCESO: CCD-022-EPP-OSC-2014 Objeto de Contratación: “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS” Quito DM, junio 2014

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PLIEGOS DE CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA

CÓDIGO DEL PROCESO: CCD-022-EPP-OSC-2014

Objeto de Contratación:

“CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”

Quito DM, junio 2014

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I. CONDICIONES PARTICULARES

SECCIÓN I

CONVOCATORIA

Se convoca a GRUPO MICROSISTEMAS JOVICHSA S. A., para que presente su oferta técnico-económica para la ejecución de la “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”. El invitádo deberá encontrárse hábilitádo en el Registro Único de Proveedores – RUP, tener su domicilio fiscal en el Ecuador y ser legalmente capaz para contratar. El Presupuesto Referencial es de USD 25,500.00 (Veinticinco mil quinientos 00/100) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, y el plazo para la ejecución del contrato es de un (1) año, contado a partir de su suscripción. Las condiciones de esta Convocatoria son las siguientes: 1. El Pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del SERCOP

www.compraspublicas.gob.ec de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP.

2. El interesado podrá realizar preguntas a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec,

en el término señalado en el cronograma del procedimiento. EP PETROECUADOR absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de hasta 3 días subsiguientes a la conclusión para formular preguntas y aclaraciones.

3. La oferta se presentará de forma física en la Secretaría de la Jefatura de Adquisiciones de

Obras, Servicios y Consultoría, ubicada en la calle Alpallana y Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocío I, hasta las 10:00 del día establecido en el calendario del proceso. Asimismo, deberá subir los Formularios 1 y 2 de la oferta técnica y el precio de la misma a través del Portal Institucional del SERCOP, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación de los formularios referidos o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el Portal Institucional será causa de descalificación de la oferta. De existir diferencia en el monto que consta en la oferta física y el registrado electrónicamente, se deberá proceder con la corrección de errores aritméticos. La apertura de la oferta se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de la misma.

Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, el Consultor deberá encontrarse habilitado en el Registro Único de Proveedores.

4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación. 5. De acuerdo con lo establecido en el segundo inciso del artículo 131 del Reglamento a la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el contrato no se establece ningún tipo de reajuste de precios, y el Oferente al aceptar su participación en este procedimiento precontractual y contractual renuncia expresamente al Reajuste de Precios.

6. La evaluación de la oferta se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos

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en este Pliego, conforme lo dispone el artículo 54 del Reglamento General de la LOSNCP y lás resoluciones que el SERCOP dicte párá el efecto.

7. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del

Presupuesto de EP PETROECUADOR, relacionado con la Partida Presupuestaria 9.28.653 “Servicios Contratados de Operación”. Los valores generados por concepto de horas de soporte y consultoría serán canceladas por las horas efectivamente utilizadas. Los pagos se realizarán mensualmente a los 30 días a partir de la fecha de entrega de la factura por parte de la CONSULTORA y aprobada por el Administrador del Contrato.

8. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el presente Pliego.

9. EP PETROECUADOR se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el

procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.

Quito DM, junio 2014

ING. SAMANTHA LOAYZA L. JEFE DE ADQUISICIONES DE OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÍA, ENC.

EP PETROECUADOR

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SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

2.1 Objeto: Este proceso tiene por objeto, lá cálificácio n, seleccio n, negociácio n y ádjudicácio n del contráto de prestácio n de servicios de Consultorí á párá lá ejecucio n de lá “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”. 2.2 Presupuesto Referencial: El Presupuesto Referenciál es de USD 25,500.00 (Veinticinco mil quinientos con 00/100) do láres de los Estádos Unidos de Ame ricá, sin incluir el IVA. 2.3 Términos de Referencia: 2.3.1 Antecedentes:

Con memorándo 27182-DTIC-APL-2011 del 8 de diciembre de 2011 con ásunto "Informe finál con recomendáciones párá lá definicio n de plátáformá de desárrollo de áplicáciones", en el informe te cnico en el literál 5.3 Recomendáciones herrámientás de Desárrollo concluyen: "Si el áplicátivo á desárrollár es de negocio y cumple lás etápás de ciclo de vidá de un sistemá de informácio n, se deberá utilizár lá herrámientá GENEXUS".

Mediánte contráto Nro. 2012166, lá Gerenciá de Tecnologí ás de lá Informácio n y Comunicáciones, cuentá con lá herrámientá GENEXUS párá el desárrollo á gil de áplicáciones y sistemás en lá EP PETROECUADOR.

Con Memorándo No. 00094-APL-ATE-2014 del 25 de ábril de 2014, el Jefe de Aplicáciones Te cnicás, en funcio n de mántener operátivás lás áplicáciones desárrolládás en GENEXUS X Evolution 2, solicitá ál Subgerente de Aplicáciones, áprobár el informe Te cnico “Soporte Te cnico Especiálizádo y Consultorí á párá el Desárrollo de Aplicáciones de Negocios y Te cnicás Mediánte Criterios de Desárrollo á gil y de Movilidád” y, áutorizár el inicio previo párá el proceso de contrátácio n. En sumillá insertá en el mencionádo memorándo el Subgerente de Aplicáciones ápruebá lá solicitud el 25 de Abril de 2014.

En memorándo No. 00241-TIC-APL-ANE-2014 del 29 de ábril de 2014, el Gerente de Tecnologí ás de Informácio n y Comunicáciones, mánifiestá ál Gerente de Logí sticá y Abástecimientos: “A fin de dár inicio ál proceso de Contrátácio n párá “Servicio de Consultorí á y Soporte Te cnico” por 1 án o con lá Compán í á Grupo Microsistemás JOVICHSA S.A., solicito á usted se inicie el trá mite correspondiente…”

2.3.2 Objetivo Siendo GENEXUS uná herrámientá básádá en el conocimiento, permite el desárrollo á gil de áplicáciones párá PC, Web y Smárt devices, considerádá ádemá s lá plátáformá está ndár de lá Subgerenciá de Aplicáciones y, debido á lá importánciá de los proyectos empresáriáles propios de EPPETROECUADOR, se considerá necesário lá contrátácio n de un conjunto de horás de soporte especiálizádo, que solvente cásos párticuláres de desárrollo en sistemás nuevos y existentes.

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2.3.3 Alcance

EP PETROECUADOR, requiere contrátár el "CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS" del softwáre GENEXUS duránte un án o, que permitirá :

1. Horás de Soporte Te cnico y Consultorí á

Obtener lá consultorí á y el soporte te cnico necesário párá mántener lá operátividád de lás áplicáciones y su crecimiento funcionál.

Obtener lá consultorí á párá lá integrácio n de dispositivos inteligentes y en lá web, proporcionándo servicios de movilidád á los sistemás, mánteniendo su integridád, cálidád y conectividád.

2. Desárrollo párá el mántenimiento del sistemá de Formácio n y Cápácitácio n.

3. Los ánálistás de EP PETROECUADOR, ádquirirá n los conocimientos de los trábájos efectuádos en lá ásesorí á impártidá por profesionáles de lá CONSULTORA, en lá herrámientá GENEXUS.

2.3.4 Metodología de Trabajo

Aspectos generales

1. Al iniciár el contráto lá CONTRATANTE y lá CONSULTORA:

Coordinárá n lá ejecucio n y puestá en márchá del cronográmá de trábájo del

servicio á ejecutár.

Reálizárá n reuniones de trábájo párá definir los lineámientos bájo los cuáles se

estáblecerá el servicio contrátádo.

2. Lá CONSULTORA deberá tener un horário de disponibilidád 8 horás por 5 dí ás á lá

semáná párá átender los requerimientos de lá CONTRATANTE.

3. Lá CONSULTORA deberá ejecutár estás táreás de mánerá conjuntá con los ánálistás

delegádos de lá Subgerenciá de Aplicáciones de lá Gerenciá de Tecnologí ás de

Informácio n y Comunicáciones.

Aspectos específicos

Planificación.- En conjunto, lá CONSULTORA y lá CONTRATANTE deberá n pláneár lás

áctividádes á ejecutárse duránte el contráto, los recursos á empleár, identificár los

requerimientos, ácordár el álcánce y criterios de áceptácio n de cádá áctividád.

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Entregables.-

Ítem Concepto Entregables

1 Soporte Puntuál, Horás Consultorí á/Soporte Te cnico.

Documentácio n te cnicá con lás cárácterí sticás á detálle de lá solucio n implementádá.

2 Desárrollo párá el mántenimiento del sistemá de Formácio n y Cápácitácio n.

Cumplimiento del ciclo de vidá segu n lá metodologí á está ndár de lá Subgerenciá de Aplicáciones de lá EP PETROECUADOR.

2.3.5 Información que dispone la Entidad y que se pondrá a disposición del

Consultor a) Provisio n de los servicios de Hárdwáre y Softwáre, red e instáláciones de oficinás

párá el equipo de trábájo. b) Autorizáciones y áccesos á lás báses de dátos de desárrollo y produccio n del

áplicátivo de Cápácitácio n, en sitio. c) Apoyo te cnico ál equipo de implementácio n por párte de lá CONTRATANTE con

usuários y ánálistás cláves de lá lí neá del negocio.

2.3.6 Productos esperados Se entregárá n en versio n impresá y digitál en árchivos modificábles, los siguientes productos:

a) Documentácio n te cnicá con lás cárácterí sticás de lá consultorí á y soporte reálizádo á lás soluciones implementádás.

b) Extensiones ál Sistemá de Cápácitácio n, funcionáles y en produccio n con lá documentácio n te cnicá de lá metodologí á está ndár exigidá por lá Gerenciá de Tecnologí ás de lá CONTRATANTE.

2.3.7 Plazo de ejecución El plázo párá lá ejecucio n totál de lá presente Consultorí á y Desárrollo será de un (1) año cálendário, contádo á pártir de lá suscripcio n del contráto. Lá recepcio n se reálizárá en el te rmino de quince (15) dí ás, contádo á pártir de lá entregá del informe finál definitivo, siempre que no existán observáciones pendientes en relácio n con los trábájos de consultorí á y desárrollo y el informe finál definitivo del estudio. 2.3.8 Personal Técnico Lá CONSULTORA deberá contár con el suficiente personál cálificádo párá cumplir con el servicio y los plázos de entregá definidos. Deberá contár con ál menos:

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Cántidád Funcio n Descripcio n de lá Funcio n

1 Consultor en Plátáformá GENEXUS (Tí tulo Tercer Nivel)

Consultorí á en lá plátáformá GENEXUS, con ál menos 3 án os de experienciá.

1 Gerente de Desárrollo (Tí tulo Tercer Nivel)

Administrár el ciclo de desárrollo de softwáre.

1 Desárrolládor de softwáre (Tí tulo Tercer Nivel)

Desárrollo de áplicátivos en lá plátáformá GENEXUS, con ál menos 3 án os de experienciá.

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SECCIÓN III

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

3.1 Cronograma del procedimiento: El cronográmá que regirá el procedimiento será el siguiente:

Concepto Día Hora Fechá de publicácio n Junio 16 de 2014 18:00 Fechá lí mite de preguntás Junio 18 de 2014 18:00 Fechá lí mite de respuestás y ácláráciones Junio 20 de 2014 18:00 Fechá lí mite entregá de ofertás te cnicá y econo micá Junio 23 de 2014 10:00 Fechá áperturá ofertá te cnicá Junio23 de 2014 11:00 Fechá inicio eváluácio n Junio 23 de 2014 11:01 Fechá publicácio n resultádos fináles ofertá te cnicá Junio 24 de 2014 18:00 Fechá estimádá de ádjudicácio n Junio 25 de 2014 18:00

3.2 Vigencia de la oferta: Lá ofertá se entenderá vigente hástá lá celebrácio n del contráto, de ácuerdo á lo estáblecido en el ártí culo 30 de lá LOSNCP. 3.3 Precio de la oferta: Se entenderá por precio de lá propuestá ál válor que el oferente hágá constár en el Portál Institucionál del SERCOP, informácio n que se completárá en lí neá. 3.4 Forma de presentar la oferta: Los documentos que contiene lá ofertá deberá n estár foliádos y rubricádos por el Consultor; se insertárá , ádemá s su correspondiente í ndice. El sobre se cerrárá con suficientes seguridádes que impidán conocer su contenido ántes de su áperturá oficiál y se rotulárá con lá siguiente leyendá:

CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA CCD-022-EPP-OSC-2014

Sobre Único

OFERTA TÉCNICO-ECONÓMICA (Original y copia)

Sen ores JEFATURA DE ADQUISICIONES DE OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÍA EP PETROECUADOR Alpálláná E 8-86 y Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocí o, sexto piso Presente Presentádá por:

No se tomárá n en cuentá lá ofertá entregádá en otro lugár o despue s del dí á y horá fijádos párá su entregá-recepcio n. Lá Secretárí á de lá Jefáturá de Adquisiciones de Obrás, Servicios y Consultorí á de EP PETROECUADOR, recibirá lá ofertá y conferirá comprobánte de recepcio n párá lá ofertá entregádá y ánotárá , tánto en el recibo como en el sobre de lá ofertá, lá fechá y horá de recepcio n.

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3.5 Plazo de ejecución: El plázo párá lá ejecucio n del Contráto será de un (1) án o cálendário, contádo á pártir de lá suscripcio n del contráto. Lá recepcio n se reálizárá en el te rmino de quince (15) dí ás, contádo á pártir de lá entregá del informe finál definitivo, siempre que no existán observáciones pendientes en relácio n con los trábájos de consultorí á y desárrollo y el informe finál definitivo del estudio. 3.6 Forma de Pago: Los págos de los servicios de Consultorí á se reálizárá n con fondos propios, provenientes del Presupuesto de EP PETROECUADOR párá el án o 2014, con cárgo á lá Pártidá Presupuestáriá 9.28.653 “SERVICIOS CONTRATADOS DE OPERACIO N”, de conformidád con lá Certificácio n Presupuestáriá emitidá mediánte Memorándo No. 515/FIN/PFP/2014 de 05 de márzo de 2014. Los valores generados por concepto de “horas Consultoríá y Soporte Técnico”, serán cancelados por las horas efectivamente utilizadas. Los pagos se realizarán mensualmente y contra prestación de servicios, a los 30 días de la presentación de la factura y los documentos de soporte correspondientes a los trabajos efectivamente realizados, previo informe del Administrador del Contrato. El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que la CONSULTORA, preste los servicios objeto de la contratación a plena satisfacción de EP PETROECUADOR. El pago por el desarrollo de las mejoras por el Sistema de Capacitación, se realizará en base a la planeación de este ítem contractual, considerando las fases del ciclo de desarrollo de software a aplicar en la siguiente especificación:

FASE DURACIÓN (horas) % DE PAGO Inicio 20 10 Elaboración 60 30 Construcción 100 50 Transición 20 10 TOTAL 200 100

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SECCIÓN IV

EVALUACIÓN DE LA OFERTA

4.1 Evaluación de la oferta: Párá lá verificácio n del cumplimiento de los requisitos mí nimos se estárá á lá metodologí á “cumple o no cumple”. 4.1.1 Integridad de la oferta: Lá integridád de lá ofertá se eváluárá considerándo lá presentácio n del Formulário de lá ofertá y requisitos mí nimos previstos en el Pliego.

I. Formulario de la Oferta: 1 Presentácio n y compromiso; 2 Dátos generáles del oferente; 3 No miná de socios, áccionistás o pártí cipes máyoritários de personás jurí dicás oferentes; 4 Ofertá econo micá; 5 Plan de trabajo: enfoque, alcance y metodología; 6 Experiencia del oferente en servicios de consultoría, realizados en los últimos cinco años; 7 Personal técnico clave asignado al proyecto; 8 Experiencia del personal técnico Adicionalmente: Certificado de único distribuidor autorizado en Ecuador, apostillado II. Formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida: 2.1 Compromiso del Profesionál ásignádo ál proyecto 2.2 Hojá de Vidá del personál te cnico cláve ásignádo ál proyecto 4.1.2 Personal técnico clave:

Podrá demostrár lá experienciá profesionál del personál mediánte lás siguientes formás:

PERSONAL TÉCNICO REQUERIDO

No. CARGO O

CATEGORÍA NIVEL DE ESTUDIOS EXPERIENCIA

EXPERIENCIA ESPECÍFICA

1 Consultor en Plátáformá GENEXUS

Tí tulo Tercer Nivel en Sistemás. Certificáciones en desárrollo con plátáformá GENEXUS.

5 án os Consultorí á en lá plátáformá GENEXUS.

1 Gerente de Desárrollo

Tí tulo Tercer Nivel en Sistemás. Certificáciones en desárrollo con plátáformá GENEXUS.

5 án os

Administrácio n del ciclo de desárrollo de softwáre.

1 Desárrolládor de softwáre

Tí tulo Tercer Nivel en Sistemás. Certificáciones en desárrollo con plátáformá GENEXUS.

5 án os

Desárrollo de áplicátivos en lá plátáformá GENEXUS.

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En el sector privádo, será n vá lidos los certificádos conferidos por el contrátánte de lá consultorí á.

En el sector pu blico, con certificádos que háyán sido conferidos por áutoridád competente.

4.1.3 Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos anteriores (Experiencia general).- El Oferente deberá háber ejecutádo ál menos tres (3) proyectos de consultorí á similár ál objeto de lá contrátácio n en los u ltimos 5 án os. Será responsabilidad de EP PETROECUADOR, verificar la autenticidad de la información presentada. 4.1.4 Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto (Metodología y Cronograma).- En este í tem se eváluárá n los criterios como enfoque, álcánce y metodologí á de los trábájos de ácuerdo á lá propuestá presentádá. Se eváluárá lá cápácidád orgánizátivá del oferente, lá prográmácio n de los trábájos, lá ásignácio n de responsábilidádes, los niveles de coordinácio n interná, etc. 4.2 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:

PARÁMETRO CUMPLE NO CUMPLE OBSERVACIONES Integridád de lá Ofertá Experienciá mí nimá personál te cnico cláve

Experienciá generál mí nimá Metodologí á y cronográmá de ejecucio n

4.2.1 Calificación por Puntaje:

De cumplir lá ofertá presentádá con cádá uno de los requisitos mí nimos exigidos en el Pliego, se ásignárá el siguiente puntáje

PARÁMETRO PUNTAJE Experienciá mí nimá personál te cnico cláve 40

Experienciá generál mí nimá 40 Metodologí á y cronográmá de ejecucio n

20

TOTAL 100

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SECCIÓN V

OBLIGACIONES DE LAS PARTES 5.1 Obligaciones de la CONSULTORA: Lá CONSULTORA se obligá á: 1. Prestár servicios de Consultorí á párá lá ejecucio n del “CONSULTORÍA Y SOPORTE

TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS” y todo áquello que fuere necesário párá lá totál ejecucio n del contráto, de conformidád con lá ofertá negociádá, los te rminos de referenciá, lás Condiciones Generáles y Párticuláres y los demá s documentos contráctuáles.

2. Párá el cumplimiento de los servicios de Consultorí á, contárá duránte lá vigenciá del contráto, con el personál te cnico cláve sen áládo en su ofertá negociádá, conforme ál cronográmá de áctividádes áprobádo.

3. Párá sustituir personál te cnico cláve, ásignádo ál proyecto, solicitárá lá previá

áutorizácio n, por escrito, del Administrádor del Contráto.

4. A solicitud de EP PETROECUADOR, fundámentádá en lá ineficienciá comprobádá del personál, á su costo, deberá sustituir uno o má s de los profesionáles, empleádos o trábájádores ásignádos ál proyecto.

5. Solicitárá á EP PETROECUADOR lá áprobácio n correspondiente en cáso de que requierá

personál ádicionál ál indicádo en su ofertá.

6. Lá CONSULTORA reálizárá lá ádecuádá tránsferenciá de conocimientos ál personál te cnico de lá Subgerenciá de Aplicáciones de lá EPPETROECUADOR.

5.2 Obligaciones de la Contratante: 1. Dár solucio n á lás peticiones y problemás que se presentáren en lá ejecucio n del contráto,

en un plázo de cinco (5) dí ás, contádos á pártir de lá peticio n escritá formuládá por lá CONSULTORA.

2. Proporcionár á lá CONSULTORA los documentos, áccesos e informácio n relevánte

relácionádá con los trábájos de consultorí á, de los que dispusierá y, reálizárá lás gestiones que le correspondá efectuár á lá Contrátánte, ánte los distintos orgánismos pu blicos, en un plázo de ocho (8) dí ás, contádos á pártir de lá peticio n escritá formuládá por lá CONSULTORA.

3. En cáso de ser necesário, celebrár los contrátos complementários en un plázo de diez (10)

dí ás, contádos á pártir de lá decisio n de lá má ximá áutoridád de EP PETROECUADOR o su delegádo.

4. Suscribir lás áctás de entregá recepcio n de los trábájos recibidos, siempre que se háyá

cumplido con lo previsto en lá ley párá lá entregá recepcio n; y, en generál, cumplir con lás obligáciones derivádás del contráto.

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II. CONDICIONES GENERALES

SECCIÓN I

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica: En el presente procedimiento, no existe lá figurá de Comisio n Te cnicá; lá má ximá áutoridád de EP PETROECUADOR o su delegádo será responsáble del procedimiento. 1.2 Participante: Lá convocátoriá está dirigidá á GRUPO MICROSISTEMAS JOVICH S. A., quien se encuentrá hábilitádo en el Registro U nico de Proveedores, RUP, y debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Que el objeto sociál de lá compán í á incluyá está áctividád. 2. Lá empresá consultorá contrátárá y demostrárá que cuentán con consultores individuáles

que deberá n cumplir con los requisitos previstos en lá LOSNCP. 3. Que el proponente no se encuentre incurso en ninguná de lás inhábilidádes determinádás

en los ártí culos 62 y 63 de lá LOSNCP. 1.3 Presentación y apertura de la oferta: Lá ofertá se presentárá de formá fí sicá en lá Secretárí á de lá Jefáturá de Adquisiciones de Obrás, Servicios y Consultorí á de EP PETROECUADOR ubicádá en lá cálle Alpálláná y Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocí o, sexto piso, hástá lá fechá en que se cierre el plázo párá lá presentácio n de lá mismá. EP PETROECUADOR reálizárá lá eváluácio n, negociácio n y ádjudicácio n, sobre lá báse del Pliego, en el te rmino previsto en el cronográmá del procedimiento. Lá áperturá de lá ofertá se reálizárá uná horá má s tárde de lá horá previstá párá lá recepcio n de lá ofertá. El ácto de áperturá de lá ofertá te cnicá será pu blico. Lá ofertá econo micá será completádá en lí neá y uná impresio n de lá mismá se incluirá en el sobre respectivo que se entregárá fí sicámente. 1.4 Inhabilidades: No podrá intervenir en el proceso el oferente, si se encuentrá incurso en lás inhábilidádes generáles o especiáles determinádás en los ártí culos 62 y 63 de lá LOSNCP y ártí culos 110 y 111 del Reglámento Generál de lá LOSNCP, y en lás Resoluciones emitidás por el SERCOP. De verificárse con posterioridád que el Consultor, incurso en uná inhábilidád generál o especiál, hubiere suscrito el contráto, se dárá lugár á lá terminácio n uniláterál del contráto conforme el numerál 5 del ártí culo 94 de lá LOSNCP. 1.5 Obligaciones del Consultor: El Consultor deberá revisár cuidádosámente el Pliego y cumplir con todos los requisitos solicitádos en e l. Su omisio n o descuido ál revisár los documentos no le relevárá de cumplir lo sen áládo en su propuestá. 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones: El invitádo ál procedimiento tiene lá fácultád y el derecho de, en el cáso de detectár un error, omisio n o inconsistenciá en el pliego, o si necesitá uná áclárácio n sobre uná párte de los documentos, solicitár á EP PETROECUADOR, á tráve s del Portál Institucionál SERCOP, lá respuestá á su inquietud o consultá. EP PETROECUADOR responderá lás preguntás o reálizárá lás ácláráciones que fueren necesáriás á tráve s del portál, de ácuerdo á lo estáblecido en lá convocátoriá.

1.7 Modificación del pliego: EP PETROECUADOR podrá emitir ácláráciones o modificáciones respecto de lás condiciones párticuláres del Pliego, por propiá iniciátivá o por

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pedido de los párticipántes, siempre que e stás no álteren el presupuesto referenciál ni el objeto del contráto, modificáciones que deberá n ser publicádás en el Portál Institucionál del SERCOP hástá el te rmino má ximo párá responder preguntás. EP PETROECUADOR podrá ájustár el cronográmá de ejecucio n del procedimiento precontráctuál con lá motivácio n respectivá. Todo cámbio será publicádo en el Portál Institucionál del SERCOP y podrá reálizárse hástá lá fechá lí mite párá contestár lás preguntás formuládás y reálizár ácláráciones.

1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos: Lá documentácio n que contemplá lá ofertá, ásí como lá correspondenciá relácionádá debe ser escritá en cástelláno. Los documentos no deberá n contener texto entre lí neás, enmendádurás o táchádurás; á menos que fuere necesário corregir errores del oferente, en cuyo cáso deberá n sálvárse por párte del oferente, rubricándo ál márgen. Los documentos que se presenten en lá ofertá será n en originál o copiá notáriádá. Párá el cáso de los documentos emitidos en otro idiomá o en el extránjero, su tráduccio n y/o legálizácio n deberá reálizárse conforme el procedimiento legál previsto en lá Ley de Modernizácio n del Estádo y lá Convencio n de Lá Háyá sobre lá ápostillá. 1.9 Convalidación de errores de forma: Si en el procedimiento se presentáren errores de formá, lá ofertá podrá ser conválidádá por el oferente en un te rmino de entre 2 á 5 dí ás, contádo á pártir de lá fechá de notificácio n, á criterio de EP PETROECUADOR y conforme á lo previsto en el ártí culo 23 del Reglámento Generál de lá LOSNCP y en lás Resoluciones emitidás por el SERCOP. Así mismo, dentro del perí odo de conválidácio n, el oferente podrá integrár á su ofertá documentos ádicionáles que no impliquen modificácio n del objeto de lá mismá, conforme ál ártí culo 23 del RGLOSNCP. En este cáso, EP PETROECUADOR podrá recibir fí sicámente los documentos correspondientes. EP PETROECUADOR está obligádá á ánálizár en profundidád lá ofertá presentádá en lá etápá de cálificácio n, á fin de determinár todos los errores de formá existentes en ellá, respecto de los cuáles notificárá á tráve s del Portál Institucionál del SERCOP. El oferente notificádo podrá conválidár táles errores párá efectos de ser cálificádos. Si EP PETROECUADOR, ál ánálizár lá ofertá presentádá, determiná lá existenciá de uno o má s errores de formá, se deberá reprográmár el cronográmá del proceso, en funcio n del te rmino concedido ál oferente párá efecto de que conváliden los errores de formá notificádos. 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas: EP PETROECUADOR podrá recházár lá ofertá por lás siguientes cáusás: á) Si no cumplierá los requisitos exigidos en lás condiciones generáles y condiciones

párticuláres que incluyen lás especificáciones te cnicás y los formulários de este Pliego.

b) Si se hubierá entregádo y/o presentádo lá ofertá en lugár distinto ál fijádo o despue s de lá horá estáblecidá párá ello, o no se hubierá subido el válor de lá propuestá ál Portál Institucionál.

c) Cuándo lá ofertá contengá errores sustánciáles, y/o evidentes, que no puedán ser

conválidádos, de ácuerdo á lo sen áládo en lás resoluciones emitidás por el SERCOP.

d) Si el contenido de los formulários presentádos difieren del modelo, condicioná ndolos o modificá ndolos, de tál formá que álteren lás condiciones previstás párá lá ejecucio n del contráto. De iguál formá, si se condicionárá lá ofertá con lá presentácio n de cuálquier

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documento o informácio n.

e) Si se presentáren documentos con táchádurás o enmendádurás no sálvádás; cuándo no puedán ser conválidádos;

f) No se áceptárá n excepciones, condicionámientos, rubros no solicitádos ni cuálquier

modificácio n ál Pliego.

g) Si ál momento de lá presentácio n de lá propuestá, el oferente interesádo no se encontráre hábilitádo en el Registro U nico de Proveedores.

Lá ofertá será descálificádá por EP PETROECUADOR en cuálquier momento del procedimiento si, de lá revisio n de los documentos que fueren del cáso, pudiere evidenciárse inconsistenciá, simulácio n o inexáctitud de lá informácio n presentádá. EP PETROECUADOR podrá solicitár ál oferente lá documentácio n que estime pertinente y que há sido referidá en cuálquier documento de lá ofertá, no relácionádá con el objeto mismo de lá contrátácio n, párá válidár lá ofertá presentádá del procedimiento. Lá ádjudicácio n se circunscribirá á lá ofertá cálificádá. No se áceptárá ofertá álternátivá y no podrá intervenir con má s de uná ofertá. 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación: 1.11.1. Apertura de la oferta: EP PETROECUADOR, una hora después del término límite para la presentación de la oferta, iniciará la evaluación de la oferta presentada, para lo que abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la oferta técnica como la económica, en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en el Pliego. 1.11.2. Criterios de evaluación: EP PETROECUADOR calificará la oferta, bajo los parámetros de evaluación determinados en el Pliego, tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el Pliego. 1.11.3. Negociación: EP PETROECUADOR negociará con el Consultor de acuerdo a los términos del artículo 40 del RGLOSNCP y, no se volverá a llamar para nuevas negociaciones en el caso de que no se haya llegado a un acuerdo. El Actá de Negociácio n será firmádá por lá má ximá áutoridád de EP PETROECUADOR o su delegádo y el Consultor o su delegádo. El Consultor negociárá por intermedio de su representánte legál o procurádor comu n, o el delegádo de e stos, debidámente ácreditádo, y de los profesionáles que estime necesário. Iniciádo el proceso de negociácio n, e ste no podrá suspenderse por motivo álguno, sálvo circunstánciás de fuerzá máyor, hástá lográr lá negociácio n. EP PETROECUADOR ádjudicárá el contráto en los te rminos del u ltimo inciso del ártí culo 40 del RGLOSNCP. En cáso de no llegár á un ácuerdo en lá negociácio n, el procedimiento se declárárá desierto por está circunstánciá, de conformidád ál ártí culo 33 de lá LOSNCP. El Actá de Negociácio n y lá Resolucio n de Adjudicácio n debidámente suscritás, se publicárá n en el portál del SERCOP. 1.12 Garantía: Por ser lá cuántí á del presente procedimiento menor á multiplicár el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Iniciál del Estádo del correspondiente ejercicio

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econo mico, no se exige gárántí á de Fiel Cumplimiento. 1.13 Cancelación del Procedimiento: EP PETROECUADOR podrá declárár cánceládo el procedimiento, mediánte resolucio n debidámente motivádá, de ácuerdo á lo estáblecido en el ártí culo 34 de lá LOSNCP. 1.14 Declaratoria de Procedimiento Desierto: EP PETROECUADOR, ántes de resolver lá ádjudicácio n, podrá declárár desierto el procedimiento, en los cásos previstos en los literáles á, b, c, d y e del ártí culo 33 de lá LOSNCP. Dichá declárátoriá se reálizárá mediánte resolucio n de lá má ximá áutoridád de EP PETROECUADOR o su delegádo, fundámentádá en rázones te cnicás, econo micás y/o jurí dicás. Uná vez declárádo desierto el procedimiento, podrá disponer su árchivo o su reáperturá. 1.15 Adjudicatario Fallido: En cáso de que el ádjudicátário no celebráre el contráto dentro del te rmino previsto, por cáusás que le seán imputábles, EP PETROECUADOR le declárárá ádjudicátário fállido y uná vez que notifique de está condicio n ál SERCOP, procederá de conformidád con los ártí culos 35 y 98 de lá LOSNCP. 1.16 Suscripción del Contrato: Notificádá lá ádjudicácio n, dentro de un te rmino de 15 dí ás contádo á pártir de lá mismá, EP PETROECUADOR formálizárá el proyecto de contráto que es párte integránte de este Pliego, de ácuerdo á lo estáblecido en los ártí culos 68 y 69 de lá LOSNCP y 112 y 113 de su Reglámento Generál y lo publicárá en el Portál Institucionál. 1.17 Moneda de cotización y pago: La oferta deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. 1.18 Reclamos: Párá el evento de que el oferente o ádjudicátário presente reclámos relácionádos con su ofertá, se deberá considerár lo estáblecido en los ártí culos 102 y 103 de lá LOSNCP, y el procedimiento correspondiente. 1.19 Administración del Contrato: EP PETROECUADOR designárá de mánerá expresá un Administrádor del Contráto, quien velárá por el cábál y oportuno cumplimiento de todás y cádá uná de lás obligáciones derivádás del contráto. El Administrádor deberá cánálizár y coordinár todás y cádá uná de lás obligáciones contráctuáles convenidás. El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular el Consultor. El Administrador adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas del Pliego que forman parte del presente contrato. Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad de EP PETROECUADOR o su delegado, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Tendrá bájo su responsábilidád lá áprobácio n y válidácio n de los productos e informes que emitá y/o presente el Consultor y suscribirá lás áctás que párá táles efectos se eláboren.

1.20 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el cáso de que EP PETROECUADOR encontráre que existe inconsistenciá, simulácio n o inexáctitud en lá informácio n presentádá por el oferente, ádjudicátário o contrátistá, EP PETROECUADOR,

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descálificárá del procedimiento de contrátácio n ál proveedor, lo declárárá ádjudicátário fállido o contrátistá incumplido, segu n correspondá y, en u ltimo cáso, previo ál trá mite de terminácio n uniláterál, sin perjuicio ádemá s, de lás ácciones judiciáles á que hubierá lugár.

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SECCIÓN II

FASE CONTRACTUAL 2.1 Ejecución del contrato: 2.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: Lá CONSULTORA prestárá los servicios o entregárá los bienes dentro del plázo estáblecido en el contráto. Iniciádá lá ejecucio n del contráto y duránte todá lá vigenciá del mismo, lá CONSULTORA ánálizárá conjuntámente con el Administrádor del Contráto el cumplimiento del mismo. Por rázones no imputábles á lá CONSULTORA, lá ádministrácio n del contráto podrá reprográmár y áctuálizár el cronográmá de ejecucio n contráctuál, por rázones debidámente justificádás, de ser el cáso. Iguál áctuálizácio n se efectuárá cádá vez que, por uná de lás cáusás estáblecidás en el contráto, se áceptáse modificáciones ál plázo contráctuál. Estos documentos servirá n párá efectuár el control del cumplimiento de lá ejecucio n del contráto, á efectos de definir el grádo de cumplimiento de lá CONSULTORA. 2.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios á prestár deben cumplir en formá estrictá con los te rminos de referenciá requeridos respectivámente en el pliego y constántes en el contráto y dentro de lás medidás y toleránciás estáblecidás y áprobádos por lá Entidád Contrátánte. En cáso de que el Consultor descubriere discrepánciás entre los distintos documentos, deberá indicárlo inmediátámente ál Administrádor, á fin de que estáblezcá el documento que preválecerá sobre los demá s; y, su decisio n será definitivá. En cáso de que cuálquier dáto o informácio n no hubieren sido estáblecidos o el Consultor no pudiere obtenerlá directámente, e stás se solicitárá n ál Administrádor del Contráto. Lá ádministrácio n proporcionárá , cuándo considere necesário, instrucciones ádicionáles, párá reálizár sátisfáctoriámente el proyecto. 2.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el cáso empleárá personál en nu mero suficiente párá el cumplimiento del contráto y con lá debidá experienciá. El Administrádor del Contráto podrá requerir en formá justificádá ál Consultor, el reemplázo de cuálquier integránte de su personál que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negáre á cumplir lás estipuláciones del contráto y sus ánexos, o presente uná conductá incompátible con sus obligáciones. 2.1.4 Obligaciones del Consultor: El Consultor debe contár con o disponer de todos los permisos y áutorizáciones que le hábiliten párá el ejercicio de su áctividád, especiálmente, pero sin limitárse á cumplimiento de legislácio n ámbientál, seguridád industriál y sálud ocupácionál, legislácio n láborál, y áquellos te rminos o condiciones ádicionáles que se háyán estáblecidos en el contráto. Asimismo, y de ser necesário y lo dispongá el Administrádor del Contráto, deberá reálizár y/o efectuár, colocár o dár todos los ávisos y ádvertenciás requeridos por el contráto o lás leyes vigentes (sen ále ticá, letreros de peligro, precáucio n, etc.), párá lá debidá proteccio n del pu blico y personál del Consultor, especiálmente si lás áctividádes áfectán lá ví á pu blicá o lás instáláciones de servicios pu blicos.

Los sueldos y sálários del Consultor con los trábájádores se estipulárá n libremente, pero no será n inferiores á los mí nimos legáles vigentes en el páí s.

El Consultor deberá págár los sueldos, sálários y remuneráciones á su personál, sin otros descuentos que áquellos áutorizádos por lá ley, y en totál conformidád con lás leyes vigentes.

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Los contrátos de trábájo deberá n cen irse estrictámente á lás leyes láboráles del Ecuádor. Será n támbie n de cuentá del Consultor y á su costo, todás lás obligáciones á lás que está sujeto segu n lás leyes, normás y reglámentos relátivos á lá seguridád sociál. El Consultor se comprometerá á no contrátár á personás menores de edád párá reálizár áctividád álguná duránte lá ejecucio n contráctuál; y que, en cáso de que lás áutoridádes del rámo determináren o descubrieren tál prá cticá, se someterá y áceptárá lás sánciones que de áquellá puedán derivárse, incluso lá terminácio n uniláterál y ánticipádá del contráto, con lás consecuenciás legáles y reglámentáriás pertinentes. El Consultor, en generál, deberá cumplir con todás lás obligáciones que náturálmente se desprendán o emánen del contráto suscrito. 2.1.5 Obligaciones de la contratante: Designár ál Administrádor del Contráto. Cumplir con lás obligáciones estáblecidás en el contráto, y en los documentos del mismo,

en formá á gil y oportuná. Dár solucio n á los problemás que se presenten en lá ejecucio n del contráto, en formá

oportuná. Lás demá s, determinádás en el Pliego precontráctuál. 2.1.6 Pagos: El trá mite de págo seguirá lo estipuládo en lás clá usulás respectivás del contráto. En cáso de retencio n indebidá de los págos ál Consultor se cumplirá el ártí culo 101 de lá LOSNCP. 2.1.7 Administrador del Contrato: El Administrádor del Contráto es el designádo por lá má ximá áutoridád de lá entidád contrátánte, o su delegádo, responsáble de lá coordinácio n y seguimiento de lá ejecucio n contráctuál. Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Tendrá bájo su responsábilidád lá áprobácio n y válidácio n de los productos e informes que emitá y/o presente el Consultor y suscribirá lás áctás que párá táles efectos se eláboren.

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III. FORMULARIO DE OFERTA

NOMBRE DEL OFERENTE: 1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO El que suscribe, en átencio n á lá convocátoriá efectuádá por EP PETROECUADOR párá lá ejecucio n de lá “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”, luego de exáminár el Pliego del presente procedimiento de Consultorí á, ál presentár está ofertá por (representante legal o apoderado de…), declárá que: 1. El oferente es proveedor elegible de conformidád con lás disposiciones de lá Ley

Orgá nicá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá, LOSNCP, y su Reglámento. 2. Lá u nicá personá o personás interesádás en está ofertá está o está n nombrádás en ellá, sin

que incurrá en áctos de ocultámiento o simulácio n con el fin de que no ápárezcán sujetos inhábilitádos párá contrátár con el Estádo.

3. Lá ofertá lá háce en formá independiente y sin conexio n ábiertá u ocultá con otrá u otrás

personás, compán í ás o grupos párticipántes en este procedimiento y, en todo áspecto, es honrádá y de buená fe. Por consiguiente, ásegurá no háber vulnerádo y que no vulnerárá ningu n principio o normá relácionádá con lá competenciá libre, leál y justá; ásí como declárá que no estáblecerá , concertárá o coordinárá –directá o indirectámente, en formá explí citá o en formá ocultá- posturás, ábstenciones o resultádos con otro u otros oferentes, se consideren o no pártes relácionádás en los te rminos de lá normátivá áplicáble; ásimismo, se obligá á ábstenerse de ácciones, omisiones, ácuerdos o prá cticás concertádás o y, en generál, de todá conductá cuyo objeto o efecto seá impedir, restringir, fálseár o distorsionár lá competenciá, yá seá en lá presentácio n de ofertás y posturás o buscándo ásegurár el resultádo en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contrátácio n.

En tál virtud, declárá conocer que se presumirá lá existenciá de uná prá cticá restrictivá, por disposicio n del Reglámento párá lá áplicácio n de lá Ley Orgá nicá de Regulácio n y Control del Poder de Mercádo, si se evidenciá lá existenciá de áctos u omisiones, ácuerdos o prá cticás concertádás y en generál cuálquier conductá, independientemente de lá formá que ádopten, yá seá en lá presentácio n de su ofertá, o buscándo ásegurár el resultádo en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contrátácio n.

4. Al presentár está ofertá, cumple con todá lá normátivá generál, sectoriál y especiál

áplicáble á su áctividád econo micá, profesio n, cienciá u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizárá n párá su ejecucio n, en cáso de ádjudicácio n del contráto, será n de propiedád del oferente o árrendádos y contárá n con todos los permisos que se requierán párá su utilizácio n.

5. Suministrárá lá máno de obrá, equipos y máteriáles requeridos párá el cumplimiento de

sus obligáciones y, prestárá los servicios de ácuerdo con los pliegos, especificáciones te cnicás, te rminos de referenciá e instrucciones(servicios); en el plázo y por los precios indicádos en el Formulário de Ofertá; que ál presentár está ofertá, há considerádo todos los costos obligátorios que debe y deberá ásumir en lá ejecucio n contráctuál, especiálmente áquellos relácionádos con obligáciones sociáles, láboráles, de seguridád sociál, ámbientáles y tributáriás vigentes.

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6. Bájo jurámento declárá expresámente que no há ofrecido, ofrece u ofrecerá , y no há efectuádo o efectuárá ningu n págo, pre stámo o servicio ilegí timo o prohibido por lá ley; entretenimiento, viájes u obsequios, á ningu n funcionário o trábájádor de EP PETROECUADOR que hubierá tenido o tengá que ver con el presente procedimiento de contrátácio n en sus etápás de plánificácio n, prográmácio n, seleccio n, contrátácio n o ejecucio n, incluye ndose prepárácio n del Pliego, áprobácio n de documentos, cálificácio n de ofertás, seleccio n de contrátistás, ádjudicácio n o declárátoriá de procedimiento desierto, recepcio n de productos o servicios, ádministrácio n o supervisio n de contrátos o cuálquier otrá intervencio n o decisio n en lá fáse precontráctuál o contráctuál.

7. Aceptá que en el cáso de que se comprobáre uná violácio n á los compromisos estáblecidos

en los numeráles 2, 3, 4, 5 y 6 que ánteceden, EP PETROECUADOR le descálifique como oferente, o de por terminádo en formá inmediátá el contráto, observándo el debido proceso, párá lo cuál se álláná á responder por los dán os y perjuicios que táles violáciones háyán ocásionádo.

8. Declárá que se obligá á guárdár ábsolutá reservá de lá informácio n confiádá y á lá que

puedá tener ácceso duránte lás visitás previás á lá válorácio n de lá ofertá y en virtud del desárrollo y cumplimiento del contráto en cáso de resultár ádjudicátário, ásí como áceptá que lá inobservánciá de lo mánifestádo dárá lugár á que EP PETROECUADOR ejerzá lás ácciones legáles civiles y penáles correspondientes y en especiál lás determinádás en los ártí culos 200 y 201 del Co digo Penál vigente.

9. Há procedido á estudiár el pliego, inclusive los álcánces emitidos, por lo que se encuentrá

sátisfecho del conocimiento ádquirido con relácio n á lás obligáciones contráctuáles. Por consiguiente renunciá á cuálquier reclámo posterior, áduciendo desconocimiento del Pliego.

10. De resultár ádjudicátário, mánifiestá que suscribirá el contráto comprometie ndose á ejecutár los te rminos de referenciá que há formuládo EP PETROECUADOR, los mismos que declárá conocer; y en tál virtud, no podrá áducir error, fálenciá o cuálquier inconformidád, como cáusál párá solicitár ámpliácio n del plázo, contrátácio n de nuevos servicios o contrátos complementários.

11. Conoce y áceptá que EP PETROECUADOR se reservá el derecho de ádjudicár el contráto,

cáncelár o declárár desierto el procedimiento, si conviniere á los intereses nácionáles o institucionáles, sin que dichá decisio n cáuse ningu n tipo de repárácio n o indemnizácio n á su fávor.

12. Se somete á lás disposiciones de lá LOSNCP, de su Reglámento Generál, de lás resoluciones

del SERCOP y demá s normátivá que le seá áplicáble.

13. Gárántizá lá verácidád y exáctitud de lá informácio n y documentácio n, ásí como de lás decláráciones incluidás en los documentos de lá ofertá, formulários y otros ánexos, ásí como de todá lá informácio n que como proveedor constá en el Portál, ál tiempo que áutorizá á EP PETROECUADOR á efectuár áveriguáciones párá comprobár u obtener ácláráciones e informácio n ádicionál sobre lás condiciones te cnicás, econo micás y legáles del oferente. Aceptá que, en cáso de que se comprobáre ádministrátivámente por párte de lás entidádes contrátántes que el oferente o contrátistá hubiere álterádo o fáltádo á lá verdád sobre lá documentácio n o informácio n que conformá su ofertá, dichá fálsedád ideolo gicá será cáusál párá descálificárlo del procedimiento de contrátácio n, declárárlo ádjudicátário fállido o contrátistá incumplido, segu n correspondá, previo el trá mite respectivo; y, sin perjuicio de lás ácciones judiciáles á lás que hubierá lugár.

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14. No contrátárá á personás menores de edád párá reálizár áctividád álguná duránte lá ejecucio n contráctuál; y que, en cáso de que lás áutoridádes del rámo determináren o descubrieren tál prá cticá, se someterá n y áceptárá n lás sánciones que de tál prá cticá puedán derivárse, incluso lá terminácio n uniláterál y ánticipádá del contráto, con lás consecuenciás legáles y reglámentáriás pertinentes.

15. Bájo jurámento, que no está incurso en lás inhábilidádes generáles y especiáles párá

contrátár estáblecidás en los ártí culos 62 y 63 de lá LOSNCP y de los ártí culos 110 y 111 de su Reglámento Generál y demá s normátivá áplicáble.

16. En cáso de que seá ádjudicátário, conviene en:

a) Firmár el contráto dentro del te rmino de 15 dí ás desde lá notificácio n con lá resolucio n de ádjudicácio n.

b) Aceptár que, en cáso de negárse á suscribir el respectivo contráto dentro del te rmino

sen áládo, se áplicárá lá sáncio n indicádá en los ártí culos 35 y 69 de lá LOSNCP. c) Gárántizár todo el trábájo que efectuárá de conformidád con los documentos del

contráto.

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1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).

Ciudad: Calle (principal) No: Calle (intersección): Teléfono(s): Correo electrónico Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): R.U.C:

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1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES

A. DECLARACIÓN

En mi cálidád de representánte legál de (razón social) decláro bájo jurámento y en pleno conocimiento de lás consecuenciás legáles que conllevá fáltár á lá verdád, que: 1. Libre y voluntáriámente presento lá no miná de socios, áccionistá o pártí cipes máyoritários que detállo má s ádelánte, párá lá verificácio n de que ninguno de ellos este inhábilitádo en el RUP párá párticipár en los procedimientos de contrátácio n pu blicá; 2. Que lá compán í á á lá que represento…… (el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrádá en lá BOLSA DE VALORES. (En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)

3. Me comprometo á notificár á EP PETROECUADOR lá tránsferenciá, cesio n, enájenácio n, bájo cuálquier modálidád de lás ácciones, párticipáciones o cuálquier otrá formá de párticipácio n, que reálice lá personá jurí dicá á lá que represento. En cáso de no hácerlo, ácepto que EP PETROECUADOR decláre uniláterálmente terminádo el contráto respectivo. (Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa) 4. Acepto que en cáso de que el áccionistá, pártí cipe o socio máyoritário de mi representádá este domiciliádo en un páráí so fiscál, EP PETROECUADOR, descálifique á mí representádá inmediátámente. 5. Gárántizo lá verácidád y exáctitud de lá informácio n; y, áutorizo á EP PETROECUADOR, ál Servicio Nácionál de Contrátácio n Pu blicá SERCOP, o á los o rgános de control, á efectuár áveriguáciones párá comprobár tál informácio n. 6. Acepto que en cáso de que el contenido de lá presente declárácio n no correspondá á lá verdád, EP PETROECUADOR: a. Observándo el debido proceso, áplique lá sáncio n indicádá en el u ltimo inciso del ártí culo

19 de lá Ley Orgá nicá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá –LOSNCP-; b. Descálifique á mi representádá como oferente; o, c. Procedá á lá terminácio n uniláterál del contráto respectivo, en cumplimiento del ártí culo 64

de lá LOSNCP, si tál comprobácio n ocurriere duránte lá vigenciá de lá relácio n contráctuál.

Ademá s, me álláno á responder por los dán os y perjuicios que estos áctos ocásionen.

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B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:

TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compán í á Ano nimá Compán í á de Responsábilidád Limitádá Compán í á Mixtá Compán í á en Nombre Colectivo Compán í á en Cománditá Simple Sociedád Civil Corporácio n Fundácio n Asociácio n o consorcio Otrá

NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTI CIPE(S) MAYORITARIO(S)

NU MERO DE CE DULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENTIFICACIO N SIMILAR EMITIDA POR PAI S EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIO N EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURI DICA

DOMICILIO FISCAL

NOTA: Si el socio (s), áccionistá (s) o pártí cipe (s) máyoritário (s) es uná personá jurí dicá, de iguál formá, se deberá identificár los nombres completos de todos los socio (s), áccionistá (s) o pártí cipe (s), párá lo que se usárá el siguiente formáto:

NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTI CIPE(S) MAYORITARIO(S)

NU MERO DE CE DULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENTIFICACIO N SIMILAR EMITIDA POR PAI S EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIO N EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURI DICA

DOMICILIO FISCAL

Notás: 1. Este formáto 1.3 del Formulário de lá ofertá solo será llenádo por personás jurí dicás.

(Está obligácio n será áplicáble támbie n á los pártí cipes de lás ásociáciones o consorcios que seán personás jurí dicás, constituidos de conformidád con el ártí culo 26 de lá LOSNCP.)

2. Lá fáltá de presentácio n del formáto por párte de lá Personá Jurí dicá será cáusál de descálificácio n de lá ofertá.

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3.4 OFERTA ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN Valor USD COSTOS DIRECTOS Remuneráciones Beneficios y cárgás sociáles Viájes y viá ticos Servicios Arrendámientos Equipos e instáláciones Suministros Reproducciones Subcontrátos COSTOS INDIRECTOS Utilidád TOTAL

TOTAL: (detallar el total en números y letras) do láres de los Estádos Unidos de Ame ricá, sin IVA. (Detallar costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP.)

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1.5 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA Contendrá , entre otros lo siguiente:

a) Desárrollo de objetivos, áctividádes, ácciones, productos y metás;

b) Descripcio n del enfoque, álcánce y metodologí á del trábájo que revele el conocimiento de lás condiciones generáles y párticuláres del proyecto máteriá de lá prestácio n del servicio de consultorí á;

c) Orgánigrámá funcionál del servicio propuesto; y,

d) Prográmá o prográmás de áctividádes, ásignácio n de profesionáles y tiempos.

(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).

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1.6 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS

Nº Nombre del

proyecto Entidad

Contratante Monto Breve

descripción

Período de ejecución

Inicio Final

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1.7 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

Nombre Completo

Título profesional

Nacionalidad Cargo / Función

Tiempo participació

n (meses)

Porcentaje participació

n sobre total

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1.8 Experiencia del Personal Técnico: Deberá especificarse los proyectos similares en el uso de la herramienta GENEXUS en los que el personal técnico ha participado en los últimos 5 años. Cargo/Función: Líder del Proyecto:

Nº Nombre del proyecto

Entidád Contrátánte

Monto

Breve descripcio n

Perí odo de ejecucio n

Inicio Finál

Cargo/Función:

Nº Nombre del proyecto

Entidád Contrátánte

Monto

Breve descripcio n

Perí odo de ejecucio n

Inicio Finál

Párá constánciá de lo ofertádo, suscribo este Formulário de Ofertá, FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMU N (segu n el cáso) (LUGAR Y FECHA)

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SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) á prestár mis servicios en cálidád de (título profesional), párá (cargo asignado) duránte lá reálizácio n del proyecto “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”, en cáso de ádjudicácio n, ádjuntándo ál presente compromiso mi hojá de vidá correspondiente, numerál 2.2 de este formulário. Lugár y Fechá __________________________ (Firmá, Nombre y Nu mero CC) (Profesionál Asignádo ál Proyecto) Notás:

1. Este formulário deberá estár firmádo por el profesionál párá ser considerádo. 2. Incluir informácio n de cádá experienciá profesionál en los u ltimos 5 án os, en el

formáto detálládo en el numerál 2.2 de este formulário.

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2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

Hoja.... de ..... 1. Nombres completos: __________________________________

2. Lugár y fechá de nácimiento: __________________________________

3. Nácionálidád: __________________________________

4. Tí tulo profesionál: __________________________________

5. Fechá de gráduácio n: __________________________________

6. Tí tulo IV nivel: __________________________________

7. Fechá de obtencio n: __________________________________

6. Experienciá profesionál:

Empresá / Institucio n Contrátánte Proyecto Monto del proyecto Pápel desempen ádo Tiempo de párticipácio n

Actividádes relevántes

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PROYECTO DE CONTRATO

Compárecen á lá celebrácio n del presente contráto, por uná párte EP PETROECUADOR, representádá por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en cálidád de (cargo), á quien en ádelánte se le denominárá CONTRATANTE; y, por otrá (nombre del consultora o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), á quien en ádelánte se le denominárá CONSULTORA. Lás pártes se obligán en virtud del presente contráto, ál tenor de lás siguientes clá usulás: Primera.- ANTECEDENTES 1.1 De conformidád con los ártí culos 22 de lá Ley Orgá nicá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglámento Generál -RGLOSNCP-, el Plán Anuál de Contrátácio n de lá CONTRATANTE, contemplá lá ejecucio n de: “Soporte Te cnico Especiálizádo Consultorí á párá Conectividád de Aplicáciones Dispositivos Mo viles”. 1.2 Previo los informes y los estudios respectivos, EP PETROECUADOR resolvio áprobár el Pliego del procedimiento de Consultorí á Contrátácio n Directá CCD-022-EPP-OSC-2014 párá lá “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”. 1.3 Se cuentá con lá existenciá y suficiente disponibilidád de fondos en lá Pártidá Presupuestáriá 9.28.653 “Servicios Contrátádos de Operáción”, conforme constá en lá certificácio n conferidá mediánte Memorándo No. 00515-PFP-PPP-2014 de 5 de márzo de 2014. 1.4 Se reálizo lá respectivá convocátoriá el ** de junio de 2014, á tráve s del Portál Institucionál del SERCOP. 1.5 Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su cálidád de ***, mediánte Resolucio n No. LAB-***** de** de ******* de 2014, ádjudico lá ejecucio n de lá Consultorí á párá lá “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”, ál oferente (nombre del adjudicatario). Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1 Formán párte integránte del contráto los siguientes documentos: a) Los que ácreditán lá cálidád de los compárecientes y su cápácidád párá celebrár el

contráto. b) El Pliego, incluyendo los te rminos de referenciá que corresponden ál procedimiento

CCD-022-EPP-OSC-2014. c) Lá ofertá presentádá por lá CONSULTORA, con todos sus documentos que lá conformán. d) Lá Resolucio n de Adjudicácio n. e) Lá certificácio n de lá Subgerenciá de Pláneácio n Fináncierá y Presupuesto, que ácreditá lá

existenciá de lá pártidá presupuestáriá y disponibilidád de recursos, párá el cumplimiento de lás obligáciones derivádás del contráto.

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Tercera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 3.1 Los te rminos del contráto se interpretárá n en su sentido literál, á fin de revelár clárámente lá intencio n de los contrátántes. En todo cáso su interpretácio n sigue lás siguientes normás:

a. Cuándo los te rminos está n definidos en lá normátivá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá o en este contráto, se átenderá su tenor literál.

b. Si no está n definidos se estárá á lo dispuesto en el contráto en su sentido náturál y

obvio, de conformidád con el objeto contráctuál y lá intencio n de los contrátántes. De existir contrádicciones entre el contráto y los documentos del mismo, preválecerá n lás normás del contráto.

c. El contexto servirá párá ilustrár el sentido de cádá uná de sus pártes, de mánerá que

háyá entre todás ellás lá debidá correspondenciá y ármoní á.

d. En su fáltá o insuficienciá se áplicárá n lás normás contenidás en el Tí tulo XIII del Libro IV de lá Codificácio n del Co digo Civil, “De lá Interpretácio n de los Contrátos”.

3.2 Definiciones: En el presente contráto, los siguientes te rminos será n interpretádos de lá mánerá que se indicá á continuácio n:

a. “Adjudicatario”, es el oferente á quien EP PETROECUADOR le ádjudicá el contráto.

b. “Consultor”, es el oferente ádjudicátário.

c. “Contratante” “EP PETROECUADOR”, es lá entidád pu blicá que há trámitádo el procedimiento del cuál surge o se derivá el presente contráto.

d. “LOSNCP”, Ley Orgá nicá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá.

e. “RGLOSNCP”, Reglámento Generál de lá Ley Orgá nicá del Sistemá Nácionál de

Contrátácio n Pu bicá.

f. “Oferente”, es lá personá náturál o jurí dicá que presentá uná "ofertá", en átencio n ál llámádo á Consultorí á Contrátácio n Directá.

g. “Oferta”, es lá propuestá párá contrátár, cen idá ál pliego, presentádá por el oferente á

tráve s de lá cuál se obligá, en cáso de ser ádjudicádá, á suscribir el contráto y á lá prestácio n de servicios.

h. “SERCOP”, Servicio Nácionál de Contrátácio n Pu blicá.

Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO 4.1 El CONSULTOR se obligá párá con lá CONTRATANTE á ejecutár, terminár y entregár á enterá sátisfáccio n de lá mismá lá “CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO EN LA HERRAMIENTA GENEXUS”, segu n lás cárácterí sticás y te rminos de referenciá constántes en el Pliego que rigio lá contrátácio n, en lá ofertá gánádorá y en los ácuerdos llegádos dentro de lá respectivá negociácio n. Se compromete ál efecto, á ejecutár el trábájo de Consultorí á, con sujecio n á su ofertá, plán de trábájo y metodologí á, te rminos de referenciá, ánexos, instrucciones de lá entidád y demá s documentos contráctuáles, que formán párte del mismo respetándo lá normátivá

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legál áplicáble. Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS 5.1 En cumplimiento del objeto del presente contráto, lá CONSULTORA se compromete á prestár á EP PETROECUADOR todos los servicios que seán necesários párá cumplir los objetivos de lá Consultorí á y en generál los que á continuácio n se indicán: Desarrollo Trábájo de Cámpo. Sugerenciá de un Benchmárketing internácionál de lá competenciá directá e indirectá. Comite s párá obtener informácio n necesáriá. Reuniones con personál ásignádo de EP PETRECUADOR. Investigácio n te cnicá de modelos áplicábles á lá problemá ticá. Indicádores de ávánce, se reálizárán juntás párá el control del ávánce de hitos.

Productos esperados Se entregárá n en versio n impresá y digitál en árchivo modificáble, los siguientes productos: a) Documentácio n te cnicá de ácuerdo á lo solicitádo y á enterá sátisfáccio n de lá

EPPETROECUADOR. b) Extensiones ál Sistemá de Cápácitácio n, funcionáles y en produccio n con lá

documentácio n te cnicá de lá metodologí á está ndár exigidá por lá Gerenciá de Tecnologí ás de lá EPPETROECUADOR.

Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO 6.1 El válor del presente contráto, que lá CONTRATANTE págárá á lá CONSULTORA, es el de (cantidad exacta en números y letras) do láres de los Estádos Unidos de Ame ricá, má s IVA, de conformidád con lá ofertá presentádá por lá CONSULTORA. 6.2 Los precios ácordádos en el contráto por los trábájos especificádos, constituirá n lá u nicá compensácio n á lá CONSULTORA por todos sus costos, inclusive cuálquier impuesto, derecho o tásá que tuviese que págár, excepto el Impuesto ál Válor Agregádo que será án ádido ál precio del contráto conforme se mencioná en el numerál 5.1. Séptima.- FORMA DE PAGO 7.1 Lá CONTRATANTE cáncelárá á lá CONSULTORA los valores generados por concepto de “horas Consultoría y Soporte Técnico”, por las horas efectivamente utilizadas. Los pagos se realizarán mensualmente y contra prestación de servicios, a los 30 días de la presentación de la factura y los documentos de soporte correspondientes a los trabajos efectivamente realizados, previo informe del Administrador del Contrato. El pago por el desarrollo de las mejoras por el Sistema de Capacitación, se realizará en base a la planeación de este ítem contractual, considerando las fases del ciclo de desarrollo de software a aplicar en la siguiente especificación:

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FASE DURACIÓN (horas) % DE PAGO Inicio 20 10 Elaboración 60 30 Construcción 100 50 Transición 20 10 TOTAL 200 100

7.2 Pagos Indebidos. Lá CONTRATANTE se reservá el derecho de reclámár á lá CONSULTORA, en cuálquier tiempo, ántes o despue s de lá prestácio n del servicio, sobre cuálquier págo indebido por error de cá lculo o por cuálquier otrá rázo n, debidámente justificádá, obligá ndose lá CONSULTORA á sátisfácer lás reclámáciones que por este motivo llegáre á plánteár lá CONTRATANTE, reconocie ndose el intere s cálculádo á lá tásá má ximá del intere s convencionál, estáblecido por el Bánco Centrál del Ecuádor. Octava.- GARANTÍA 8.1 Por ser lá cuántí á del presente procedimiento menor á multiplicár el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Iniciál del Estádo del correspondiente ejercicio econo mico, no se exige gárántí á de Fiel Cumplimiento. Novena.- PLAZO 9.1 El plázo párá lá ejecucio n y terminácio n de lá totálidád de los trábájos contrátádos es de un (1) án o cálendário, contádo á pártir de lá suscripcio n del Contráto. Décima.- PRÓRROGAS DE PLAZO 10.1 Lá CONTRATANTE prorrogárá el plázo totál o los plázos párciáles en los siguientes cásos, y siempre que lá CONSULTORA ásí lo solicitáre, por escrito, justificándo los fundámentos de lá solicitud, dentro del te rmino de hástá dos dí ás siguientes á lá fechá de producido el hecho que motive lá solicitud. a) Por fuerzá máyor o cáso fortuito áceptádo como tál por lá má ximá áutoridád de

EP PETROECUADOR o su delegádo, previo informe del ádministrádor del contráto. Tán pronto desápárezcá lá cáusá de fuerzá máyor o cáso fortuito, lá CONSULTORA está obligádá á continuár con lá prestácio n del servicio, sin necesidád de que medie notificácio n por párte del ádministrádor del contráto.

b) Cuándo se suspendán los trábájos o se cámbien lás áctividádes previstás en el cronográmá

por orden de lá Entidád Contrátánte y que no se debán á cáusás imputábles á lá CONSULTORA.

c) Si lá CONTRATANTE no hubierá solucionádo los problemás ádministrátivos-contráctuáles

en formá oportuná, cuándo táles circunstánciás incidán en lá prestácio n del servicio. 10.2 En cásos de pro rrogá de plázo, lás pártes eláborárá n un nuevo cronográmá, que suscrito por ellás, sustituirá ál originál o precedente y tendrá el mismo válor contráctuál del sustituido. 10.3 Cuándo lás pro rrogás de plázo modifiquen el plázo totál, se necesitárá lá áutorizácio n de lá má ximá áutoridád de EP PETROECUADOR o su delegádo, previo informe fávoráble del Administrádor del Contráto y cuándo lás pro rrogás no modifiquen el plázo totál del Contráto, se necesitárá de lá áutorizácio n del Administrádor del Contráto

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Décimo Primera.- MULTAS 11.1 En cádá cáso de incumplimiento tánto de lás condiciones generáles o especificáciones te cnicás detálládás en el Pliego, ásí como de los demá s documentos contráctuáles, en el lugár y/o plázos previstos, lá CONTRATANTE áplicárá lá multá diáriá del 1 por mil (1 x 1000) del válor del Contráto, sin el IVA. Este válor será descontádo de lás cántidádes pendientes de págo á fávor de lá CONSULTORA, o será cánceládá mediánte cheque certificádo á nombre lá CONTRATANTE. 11.2 En cáso de que el monto totál de lás multás supere el 5% del monto totál del Contráto sin IVA, lá CONTRATANTE podrá dár por terminádo uniláterálmente el Contráto conforme á lo estipuládo en el ártí culo 94, numerál 3, de lá LOSNCP. 11.3 Estás multás no será n áplicábles, si el incumplimiento seá consecuenciá de circunstánciás de fuerzá máyor o cáso fortuito descrito en los te rminos del ártí culo 30 de lá Codificácio n del Co digo Civil, debidámente justificádo por lá CONSULTORA y áceptádo por lá CONTRATANTE, previo informe del Administrádor del Contráto. 11.4 El cobro de lás multás no excluye el derecho de lá CONTRATANTE párá exigir el cumplimiento del Contráto o párá resolver lá terminácio n uniláterál, segu n correspondá, y en cuálquierá de los cásos, requerir ádemá s el resárcimiento y págo de dán os y perjuicios de conformidád con lá Ley. 11.5 Lás multás será n impuestás por el Administrádor del Contráto. Décimo Segunda.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS 12.1 En este contráto no se estáblece ningu n tipo de reájuste de precios, por lo que lás Pártes renuncián expresámente ál mismo. Décimo Tercera.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR A má s de lás obligáciones sen áládás en el numerál 5.1 de lás Condiciones Párticuláres del Pliego que son párte del presente contráto, lás siguientes: 13.1 Lá CONSULTORA se compromete á prestár sus servicios derivádos del procedimiento de contrátácio n trámitádo, sobre lá báse de lá informácio n con los que conto lá CONTRATANTE y que fueron conocidos en lá etápá precontráctuál; y en tál virtud, no podrá áducir error, fálenciá o cuálquier inconformidád de dichos documentos, como cáusál párá solicitár ámpliácio n del plázo, o contrátos complementários. Lá ámpliácio n del plázo o contrátos complementários podrá n trámitárse solo si fueren áprobádos por lá ádministrácio n. 13.2 Lá CONSULTORA se compromete duránte lá prestácio n del servicio, á fácilitár á lás personás designádás por lá CONTRATANTE, todá lá informácio n y documentácio n que e stás soliciten párá disponer de un pleno conocimiento te cnico relácionádo con lá prestácio n del servicio, y lá utilizácio n de los bienes incorporádos si fueren del cáso, ásí como de los eventuáles problemás te cnicos que puedán plánteárse y de lás tecnologí ás, me todos y herrámientás utilizádás párá resolverlos. Los delegádos o responsábles te cnicos de lá CONTRATANTE, táles como el Administrádor, deberá n tener el conocimiento suficiente párá lá operácio n, ásí como lá eventuál reálizácio n de ulteriores desárrollos. Párá el efecto, lá CONSULTORA se compromete duránte lá prestácio n del servicio, á fácilitár á lás personás designádás por lá CONTRATANTE todá lá informácio n y documentácio n que le seá requeridá, relácionádá y/o átinente ál objeto contráctuál.

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13.3 Lá CONSULTORA está obligádo á cumplir con cuálquierá otrá que se derive náturál y legálmente del objeto del contráto y seá exigible por constár en cuálquier documento del mismo o en normá legál especí ficámente áplicáble. 13.4 Lá CONSULTORA se obligá ál cumplimiento de lo exigido en los pliegos, á lo previsto en su ofertá y á lo estáblecido en lá legislácio n ecuátoriáná vigente. Décimo Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 14.1 Son obligáciones de lá CONTRATANTE lás estáblecidás en lás Condiciones Párticuláres del Pliego que son párte del presente contráto. Décimo Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS 15.1 Por cáusás justificádás, lás Pártes podrá n firmár contrátos complementários, de conformidád con lo estáblecido en los ártí culos 85 y 87 de lá LOSNCP, y en el ártí culo 144 del RGLOSNCP. Décimo Sexta.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO 16.1 Uná vez que se háyán terminádo todos los trábájos previstos en el Contráto, lá CONSULTORA entregárá á lá CONTRATANTE el informe finál provisionál, cuyá fechá de entregá servirá párá el co mputo y control del plázo contráctuál. Lá CONTRATANTE dispondrá del te rmino de 5 dí ás párá lá emisio n de observáciones y lá CONSULTORA de 3 dí ás ádicionáles párá ábsolver dichás observáciones y presentár el informe finál definitivo. 16.2 El áctá de recepcio n definitivá será suscritá por lás pártes, en el plázo previsto en el contráto, siempre que no existán observáciones pendientes en relácio n con los trábájos de consultorí á y el informe finál definitivo del estudio o proyecto de conformidád á lo previsto en el ártí culo 123 del RGLOSNCP. 16.3 Si lá CONTRATANTE no hiciere ningu n pronunciámiento respecto de lá solicitud de recepcio n definitivá, ni lá iniciáre, uná vez expirádo el te rmino de quince dí ás, se considerárá que tál recepcio n se há efectuádo de pleno derecho, párá cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notário Pu blico, á solicitud de lá CONSULTORA notificárá que dichá recepcio n se produjo, de ácuerdo con el ártí culo 81 de lá LOSNCP. Lá CONTRATANTE declárárá lá recepcio n presuntá á su fávor, respecto de lá CONSULTORA, en el cáso de que e stá se negáre expresámente á suscribir el áctá de entregá recepcio n previstá, o si no lá suscribiere en el te rmino de diez dí ás, contádo desde el requerimiento formál de lá CONTRATANTE. Lá recepcio n presuntá por párte de lá CONTRATANTE, lá reálizárá lá má ximá áutoridád o su delegádo mediánte resolucio n motivádá, que será notificádá á lá CONSULTORA de conformidád con el procedimiento estáblecido en el Reglámento de lá LOSNCP 16.4 Operádá lá recepcio n definitivá presuntá, á solicitud de lá CONSULTORA o declárádá por lá CONTRATANTE, producirá como u nico efecto lá terminácio n del contráto, dejándo á sálvo los derechos de lás pártes á lá liquidácio n te cnico-econo micá correspondiente. Lás pártes buscárá n en el plázo de 30 dí ás posteriores á lá recepcio n definitivá presuntá suscribir el áctá de lá liquidácio n te cnico-econo micá del contráto, sin perjuicio de iniciár lás ácciones legáles de lás que se creán ásistidás. 16.5 Liquidación del Contrato: Lá liquidácio n finál del contráto suscritá entre lás pártes se reálizárá en los te rminos previstos por el ártí culo 125 del RGLOSNCP.

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Décimo Séptima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 17.1 Lá CONTRATANTE designárá ál Administrádor del Contráto, quien deberá átenerse á lás condiciones generáles y especí ficás del Pliego que formán párte del presente contráto. 17.2 El Administrádor del Contráto, quedá áutorizádo párá reálizár lás gestiones inherentes á su ejecucio n, incluyendo áquello que se relácioná con lá áceptácio n o no de los pedidos de pro rrogá que puede hácer lá CONSULTORA e imposicio n de multás. 17.3 El Administrádor será el encárgádo de velár por el cumplimiento de lás normás legáles y compromisos contráctuáles por párte de lá CONSULTORA. 17.4 Respecto de su gestio n reportárá á lá má ximá áutoridád de EP PETROECUADOR o su delegádo, debiendo comunicár todos los áspectos operátivos, te cnicos, econo micos y de cuálquier náturálezá que pudieren áfectár ál cumplimiento del objeto del contráto. Décimo Octava.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 18.1 Terminación del contrato.- El contráto terminá conforme lo previsto en el ártí culo 92 de lá Ley Orgá nicá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá y lás Condiciones Párticuláres y Generáles del Contráto. 18.2 Causales de Terminación unilateral del Contrato.- Trátá ndose de incumplimiento de lá CONSULTORA, procederá lá declárácio n ánticipádá y uniláterál de lá CONTRATANTE, en los cásos estáblecidos en el ártí culo 94 de lá LOSNCP. Ademá s, se considerárá n lás siguientes cáusáles: a) Si lá CONSULTORA no notificáre á lá CONTRATANTE ácercá de lá tránsferenciá, cesio n,

enájenácio n de sus ácciones, párticipáciones, o en generál de cuálquier cámbio en su estructurá de propiedád, dentro de los cinco dí ás há biles siguientes á lá fechá en que se produjo tál modificácio n;

b) Si lá CONTRATANTE, en funcio n de áplicár lo estáblecido en el ártí culo 78 de lá LOSNCP, no

áutorizá lá tránsferenciá, cesio n, cápitálizácio n, fusio n, ábsorcio n, tránsformácio n o cuálquier formá de trádicio n de lás ácciones, párticipáciones o cuálquier otrá formá de expresio n de lá ásociácio n, que represente el veinticinco por ciento (25%) o má s del cápitál sociál de lá CONSULTORA;

c) Si lá CONSULTORA incumple con lás decláráciones que há reálizádo en el Formulário de Ofertá - Presentácio n y Compromiso;

d) El cáso de que lá CONTRATANTE encontráre que existe inconsistenciá, simulácio n y/o inexáctitud en lá informácio n presentádá por lá CONSULTORA, en el procedimiento precontráctuál o en lá ejecucio n del presente contráto, dichá inconsistenciá, simulácio n y/o inexáctitud será n cáusáles de terminácio n uniláterál del contráto por lo que, lá má ximá áutoridád de lá entidád contrátánte o su delegádo, lo declárárá contrátistá incumplido, sin perjuicio ádemá s, de lás ácciones judiciáles á que hubierá lugár.

18.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento á seguirse párá lá terminácio n uniláterál del contráto será el previsto en el ártí culo 95 de lá LOSNCP. 18.4 Lá declárátoriá de terminácio n uniláterál y ánticipádá del contráto no se suspenderá por lá interposicio n de reclámos o recursos ádministrátivos, demándás contencioso ádministrátivás, árbitráles o de cuálquier tipo de párte de lá CONSULTORA. 18.5 Támpoco se ádmitirá ácciones constitucionáles contrá lás resoluciones de terminácio n

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uniláterál del contráto, porque se tienen mecánismos de defensá, ádecuádos y eficáces párá proteger los derechos derivádos de táles resoluciones, previstos en lá Ley. Décimo Novena.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 19.1 En cáso de suscitárse divergenciás o controversiás en lá interpretácio n o ejecucio n del presente contráto, lás Pártes trátárá n de llegár á un ácuerdo que solucione el problemá, en el plázo de treintá (30) dí ás. 19.2 Si se suscitáren divergenciás o controversiás en lá interpretácio n o ejecucio n del presente contráto, cuándo lás pártes no llegáren á un ácuerdo ámigáble directo, podrá n utilizár lá mediácio n párá lá solucio n de controversiás en el Centro de Mediácio n de lá Procurádurí á Generál del Estádo. 19.3 De no mediár ácuerdo álguno, lás pártes en cumplimiento de lo estáblecido en el Artí culo 105 de lá Ley Orgá nicá del Sistemá Nácionál de Contrátácio n Pu blicá, áplicárá n el procedimiento prescrito en lá Ley de lá Jurisdiccio n Contencioso ádministrátivá; en este cáso, será competente párá conocer lá controversiá el Tribunál Distritál de lo Contencioso Administrátivo No. 1 de lá ciudád de Quito. 19.4 Lá legislácio n áplicáble á este contráto es lá ecuátoriáná. En consecuenciá, lá CONSULTORA renunciá á utilizár lá ví á diplomá ticá párá todo reclámo relácionádo con este contráto. Si lá CONSULTORA incumpliere este compromiso, lá CONTRATANTE podrá dár por terminádo uniláterálmente el contráto. Vigésima: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 20.1 Todás lás comunicáciones, sin excepcio n, entre lás Pártes, relátivás á los trábájos, será n formuládás por escrito y en idiomá cástelláno. Vigésimo Primera.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 21.1 Lá CONTRATANTE efectuárá á lá CONSULTORA lás retenciones que dispongán lás leyes tributáriás, conforme lá legislácio n tributáriá vigente. Lá CONTRATANTE retendrá el válor de los descuentos que el Instituto Ecuátoriáno de Seguridád Sociál ordenáre y que correspondá á morá pátronál, por obligáciones con el seguro sociál provenientes de servicios personáles párá lá ejecucio n del contráto de ácuerdo á lá Ley de Seguridád Sociál. Vigésimo Segunda: LABORAL 22.1 Lá CONSULTORA ásume de formá exclusivá lá responsábilidád del cumplimiento de lás obligáciones pátronáles, y tributáriás estáblecidás en el Co digo del Trábájo, lá Ley de Seguridád Sociál y Reglámentos que rigen ál Instituto Ecuátoriáno de Seguridád Sociál – IESS, lá Ley Orgá nicá del Re gimen Tributário Interno y su Reglámento, y demá s leyes conexás. En consecuenciá, lá Entidád Contrátánte está exentá de todá obligácio n respecto del personál de lá CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cuál, lá Entidád Contrátánte ejercerá el derecho de repeticio n que le ásiste en el cáso de ser obligádá ál págo de cuálquier obligácio n, ordenádo por áutoridád competente. Vigésimo Tercera: CONFIDENCIALIDAD 23.1 Lá CONTRATANTE y lá CONSULTORA convienen en que todá lá informácio n que llegue á su conocimiento de lá otrá párte, en rázo n de lá ejecucio n del presente contráto será

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considerádá confidenciál o no divulgáble. Por lo tánto, estárá prohibidá su utilizácio n en beneficio propio o de terceros o en contrá de lá duen á de tál informácio n. El incumplimiento de está obligácio n será cáusál párá dár por terminádo este contráto, y quedárá á criterio de lá párte áfectádá el iniciár lás ácciones correspondientes por dán os y perjuicios. Lá CONSULTORA y/o cuálquierá de sus coláborádores quedán expresámente prohibidos de reproducir o publicár lá informácio n del proyecto máteriá del contráto, incluyendo coloquios, exposiciones, conferenciás o áctos ácáde micos, sálvo áutorizácio n por escrito de lá CONTRATANTE. Vigésimo Cuarta: RESPONSABILIDAD 24.1 Lá CONSULTORA es legál y econo micámente responsáble de lá válidez cientí ficá y te cnicá de los servicios contrátádos y su áplicábilidád en conformidád con lo previsto en el ártí culo 100 de lá LOSNCP, obligá ndose á ejecutárlos de ácuerdo con los criterios te cnicos y lás prá cticás má s ádecuádás en lá máteriá áplicáble en el Ecuádor.

Vigésimo Quinta.- DOMICILIO 25.1 Párá todos los efectos de este contráto, lás Pártes convienen en sen álár su domicilio en lá ciudád de Quito, DM. 25.2 Párá efectos de comunicácio n o notificáciones, lás Pártes sen álán como su direccio n, lás siguientes: EP PETROECUADOR Gerencia Tecnologías Información y Comunicaciones Alpálláná y Av. 6 de Diciembre, Edificio “El Rocí o” Tele fonos: 2994-200 / 2563-060 Quito LA CONSULTORA (Dirección y teléfonos) Vigésimo Sexta.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 26.1 Libre y voluntáriámente, lás Pártes expresámente declárán su áceptácio n á todo lo convenido en el presente contráto y se someten á sus estipuláciones en cuátro ejempláres. Dado, en la ciudad de Quito, a ___________________________ _____________________________ LA CONTRATANTE LA CONSULTORA