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NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
Dirección Empresarial – Mayo 2007
Impactos en Contribuciones Especiales Seguridad Social.
Instituto de Seguridad Social
Impuesto a la Renta a la personas físicas.
LEY N° : 18.083LEY N° : 18.08318 de enero de 200718 de enero de 2007
NORMATIVA
DECRETO REGLAMENTARIO DECRETO REGLAMENTARIO (IRPF): N° 148/007(IRPF): N° 148/007
26 de abril de 200726 de abril de 2007
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
1.1. Impuesto a la renta de las personas físicas:Impuesto a la renta de las personas físicas:• del Capital (Categoría I) – no corresponde a del Capital (Categoría I) – no corresponde a
BPSBPS• del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPSdel Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS
2.2. MonotributoMonotributo
3.3. Unificación de Aportes PatronalesUnificación de Aportes Patronales
4.4. Derogación de exoneracionesDerogación de exoneraciones
CONTENIDO
1)1) IRPFIRPFIMPUESTO A LA RENTA IMPUESTO A LA RENTA
DE LAS PERSONAS DE LAS PERSONAS FÍSICAS:FÍSICAS:
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSNaturaleza Impuesto anual (anticipos mensuales)
Rentas obtenidas por personas físicas residentes
Grava las rentas provenientes de actividades realizadas en el país.
De carácter personal y directo
Anticipo por: Persona / Empresa / Aportación.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSCaracterísticas Tiene una base imponible propia.
Tasas: escalas progresionales.
Incluye partidas que no están gravadas por CESS.
Habilita a los contribuyentes a deducir determinadas partidas.
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSPrincipio
Principio de lo devengadoPrincipio de lo devengado
Excepciones:
Los montos correspondientes a aguinaldo y salario vacacional se imputan en el mes en el cual deban pagarse conforme a la normativa vigente en la materia.
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSRoles
BPS: a través de ATYR, colabora con DGI en la recaudación del Impuesto.
Empresa: es el responsable sustituto, que debe liquidar y pagar el impuesto en sustitución del contribuyente.
Trabajador: es el contribuyente.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSQue tienen que hacer los
trabajadores
Si tiene más de una fuente de ingresos deberá presentar la liquidación anual ante DGI
Si fuera su única fuente de ingresos no debe hacer nada más
presentar en su empresa la declaración por deducciones en tiempo y forma
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSQue tiene que hacer la
empresa
presentar la información de las deducciones que le hayan declarado sus trabajadores
retener el anticipo correspondiente de las remuneraciones que le liquide sus trabajadores
recepcionar de sus trabajadores las declaraciones por deducciones
presentar la nómina con los montos imponibles correspondientes a CESS e IRPF (ATYRO)
Efectuar los pagos correspondiente a los anticipos de acuerdo a los importes que se hayan calculado.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSForma de pago
Liquidación final en caso de corresponder
Ajuste anual al cierre de ejercicio
Anticipos mensuales
BPS
DGI
Rentas del TrabajoLas que se obtienen dentro o fuera de la relación de
dependenciaLos subsidios de inactividad compensada (servidas por
Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales)Las jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad de
similar naturaleza
Excepciones: Seguro por desempleo, enfermedad, maternidad servidas
por el BPS Indemnización temporal por accidentes laborales (BSE)Asignaciones Familiares
Materia Gravada Ingreso regular o extraordinario en dinero o en especie
de los dependientes y los sueldos de dueños o socios, reales o fictos:Ejemplos:
Ticket alimentación, transporteGratificaciones no regulares indemnizaciones por despido (si es > al mín. legal)Propina, vivienda y viáticos (ídem CESS)Salario vacacional
La materia gravada del IRPF es mayor que la de CESS.
Declaración se realiza a través de ATYRO, nuevo software para presentar declaración de nóminas, rectificativas y deducciones. De uso obligatorio para empresas con 5 o más personas.
Se crean dos nuevos conceptos
-Concepto 5 – Materia gravada adicional a efectos del IRPF-Concepto 6 – Retroactividades de la materia gravada
adicional a efectos del IRPF
Declaración y Facturación La presentación de la declaración es responsabilidad de la
empresa empleadora.
La fecha de presentación de la declaración será en los vencimientos fijados para la liquidación de los aportes a la Seguridad Social según la aportación.
Se emiten 2 facturas, una con los aportes a CESS y otra para IRPF.
El pago de los anticipos podrá realizar en: BPS, DGI o Red de cobranza de ambos organismos.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSDeducciones
La empresa se hará cargo de recepcionar las declaraciones de deducciones de trabajadores
(formulario a proporcionar por DGI) y de declarar las mismas ante BPS (Internet, medio magnético o
formulario a proporcionar por el BPS).
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSDeduccionesConceptos Deducibles:
Aportes personales al BPS. Aportes personales jubilatorios a otras cajas. Aportes al fondo del Sistema Notarial de Salud. Aportes personales a las Cajas de Auxilio y Seguros
Convencionales. Prestación destinada al fondo de solidaridad. Atención médica por cada hijo, o persona bajo régimen de
tutela o curatela, menor de edad a cargo del contribuyenteEsta deducción se duplica en caso de hijos declarados incapaces.
Aportes Aportes personalespersonales
BPS (Montepio, Seg por Enf,
FRL).
15% + 3% + 0,125%
Declaradas Declaradas por el por el
trabajadortrabajador
Atención médica de menores a
cargo.Incapacitados
6,5 BPC anuales
13 BPC anuales
Aportes CJPCategorías 1 a
10
Fondo de solidaridad1/2, 1 o 5/3,
BPC
Adicional Fondo de Solidaridad
Si o No
Deducciones
Escala de Tasas para IRPF
Renta Anual Renta Anual Renta Renta MensualMensual TasaTasa
Hasta Mínimo no Hasta Mínimo no Imponible General Imponible General (MNIG) = 60 BPC(MNIG) = 60 BPC**
$ 98.160$ 98.160 Hasta $ 8.180Hasta $ 8.180 ExentExentoo
de 60 BPCde 60 BPC** a 120 BPC a 120 BPC** $ 196.320$ 196.320 Hasta $ 16.360Hasta $ 16.360 10%10%
de 121 BPCde 121 BPC** a 180 BPC a 180 BPC** $ 294.480$ 294.480 Hasta $ 24.540Hasta $ 24.540 15%15%
de 181 BPCde 181 BPC** a 600 BPC a 600 BPC** $981.600$981.600 Hasta $ 81.800Hasta $ 81.800 20%20%
de 601 BPCde 601 BPC** a 1200 a 1200 BPCBPC**
$ 1.963.200$ 1.963.200 Hasta $ Hasta $ 163.600163.600 22%22%
de 1201 BPCde 1201 BPC** en en adelanteadelante $ 1.963.200$ 1.963.200 Más $ 163.600Más $ 163.600 25%25%
BPC*PLUS : Importe que fijará el PE especialmente para anticipos.
Escala de tasas para deducciones
Renta Anual Renta Anual Renta Renta MensualMensual TasaTasa
Hasta Mínimo no Hasta Mínimo no Imponible General Imponible General (MNIG) = 60 BPC(MNIG) = 60 BPC**
$ 98.160$ 98.160 Hasta $ 8.180Hasta $ 8.180 10%10%
de 60 BPCde 60 BPC** a 120 BPC a 120 BPC** $ 196.320$ 196.320 Hasta $ 16.360Hasta $ 16.360 15%15%
de 121 BPCde 121 BPC** a 540 BPC a 540 BPC** $ 883.440$ 883.440 Hasta $ 73.620Hasta $ 73.620 20%20%
de 540 BPCde 540 BPC** a 1140 a 1140 BPCBPC**
$ 1.865.040$ 1.865.040 Hasta $ Hasta $ 155.420155.420 22%22%
Más de 1140 BPCMás de 1140 BPC** $ 1.865.041$ 1.865.041 Más $ 155.421Más $ 155.421 25%25%
BPC* PLUS: Importe que fijará el PE especialmente para anticipos.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSAnticipoCalculo:
Se realizará por persona/empresa/aportación, es decir de
forma independiente de los ingresos que el trabajador pueda
tener en otra/s empresa/s.
Pasos:
1. Determinar monto imponible de IRPF
2. Aplicar la escala mensual progresional de tasas = IRPF
3. Determinar monto total pasible de deducción.
4. Aplicar la escala mensual progresional = IRPF sobre
deducciones
5. IRPF a pagar = IRPF – IRPF s/ deducciones
Ejemplo de anticipo
Sueldo Básico $ 25.000
Antigüedad $ 500
Vivienda $ 3.003
Ticket alimentación $ 2.500
Prima por matrimonio $ 4.500
Ticket transporte $ 2.000
Total Retribución $ 37.503
Aportes personales
Jubilatorio $ 4.275
Disse $ 855
FRL $36
Aporte personal $ 5.166
Materia Gravada CESSMateria Gravada CESS $ 28.503$ 28.503 Materia Gravada IRPFMateria Gravada IRPF $ 37.503$ 37.503Partidas percibidasPartidas percibidas
Escala Progresional
1) 0 a $ 8.180 0% $ 0
2) $ 8.181 a $ 16.360 10% $ 818
3) $ 16.361 a $ 24.540 15% $ 1.227
4) $ 24.541 a $ 81.800
20% $ 2.592
IRPF s/ MG $ 4.637
Cuotas mutuales 2 Cuotas mutuales 2 hijos hijos
$ 1.728$ 1.728
Aporte Caja ProfesionalAporte Caja Profesional $ 3.000$ 3.000
Aporte personal BPSAporte personal BPS $ 5.166$ 5.166
Total de deduccionesTotal de deducciones $ 9.894$ 9.894
DeduccionesDeducciones Monto deducibleMonto deducible $ 9.894$ 9.894
Escala Progresional
1) 0 a $ 8.180 10% $818
2) $ 8.181 a $ 16.360 15% $ 257
IRPF s/ deducciones $ 1.075
$ 3.562$ 3.562ANTICIPO
IRPF A PAGAR:
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSMulti ingreso
Si el trabajador supera mediante la suma de sus ingresos el mínimo no
imponible mensualizado (5 BPC = $ 8.180)
deberá optar por la empresa en la que no será aplicable dicho
mínimo
La empresa por la que opta tendrá en cuenta la declaración del
trabajador a los efectos de realizar retención.
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSLiquidación anual
DGI
Si el trabajador:
Obtiene sus rentas de un único responsable sustituto, el
impuesto retenido tiene carácter definitivo. Libera de
presentación de declaración jurada ante DGI
Obtiene otras rentas gravadas (multi ingreso), el impuesto
retenido es considerado como anticipo. Debe presentar
declaración jurada ante la DGI.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
1.1. Impuesto a la renta de las personas físicas:Impuesto a la renta de las personas físicas:• del Capital (Categoría I) – no corresponde a del Capital (Categoría I) – no corresponde a
BPSBPS• del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPSdel Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS
2.2. MonotributoMonotributo
3.3. Unificación de Aportes PatronalesUnificación de Aportes Patronales
4.4. Derogación de exoneracionesDerogación de exoneraciones
CONTENIDO
2) MONOTRIBUTO2) MONOTRIBUTO
(Sujeto a Reglamentación)(Sujeto a Reglamentación)
Ley 18.083
Definición
Prestación tributaria unificada (BPS + DGI):
Incluye las contribuciones especiales a la seguridad social + los impuestos nacionales (excepto los que gravan
la importación).
Alcance Comprende a:
Empresas unipersonales y su cónyuge o concubino, con hasta un dependiente.
Sociedades de Hecho; máximo de 2 socios y sin dependientes.
Sociedades de Hecho Familiares; máximo de 3 socios y sin dependientes.
Empresas de reducida dimensión económica, queEmpresas de reducida dimensión económica, quedesarrollan actividad en la vía pública o espaciosdesarrollan actividad en la vía pública o espacios
públicos, así como pequeños locales.públicos, así como pequeños locales.
Condiciones:Requisitos:
Ingresos:• unipersonales:no superen el 60% del límite del Literal E Art. 52 Título 4 ($ 285.600)• Sociedades de Hecho: no superen el 100% ($ 476.000).
Reducida dimensión económica: no más de un puesto o un pequeño local, simultáneamente.
Única actividad patronal: salvo productores rurales.
Venta de bienes y servicios exclusivamente a consumidores finales (venta a crédito).
Adecuación:Los que tributan por el régimen general de
tributación: si cumplen las condiciones podrán solicitar la inclusión en Monotributo dentro del plazo que establezca el Poder Ejecutivo.
Los que tributan por Monotributo (Ley N° 17.296): dispondrán de un plazo de 90 días para adecuar su estructura y operativa para quedar incluidos en el nuevo régimen.Vencido el plazo: se regirán por el régimen general.
Compatibilidad:Habilita a quienes perciban jubilación por
Industria y Comercio si cumplen las siguientes condiciones:
Jubilación menor o igual a 3 BPC. Integren hogares en los que el ingreso promedio
para cada integrante sea igual o inferior a 3 BPC.
Se excluyen como ingresos:
•Ingreso Ciudadano•Asignaciones Familiares•Seguro por Desempleo (si es por despido).
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSDerechos:
Derechos del sistema de seguridad social:
subsidio por enfermedadderecho a lentes comunes, bifocales, prótesis, sillas
de ruedas, bastones, etc.
Podrán optar por ingresar a la Mutualista que elijan.(sólo para unipersonales)
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSEjemplo de Aportación
UnipersonalUnipersonal AporteAporteSin Sin
cónyugecónyugeSin cuota Sin cuota mutualmutual
$471$471
Con cuota Con cuota mutualmutual
$1.294$1.294
Con Con cónyugecónyuge
Con cuota Con cuota mutual uno de mutual uno de
ellosellos
$ 1.768$ 1.768
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSProductores Rurales
ArtesanalesComprende:
actividades de transformación artesanal de reducida dimensión económica sobre bienes agropecuarios de su propia producción.
Requisitos:cumplir las condiciones subjetivas (unipersonal o sociedad
de hecho) Ingresos de actividad agropecuaria y artesanal (excluidos
el IVA) no supere limite que establezca el Poder EjecutivoSer contribuyente de IMEBA por los ingresos de
producción agropecuaria.
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
Quienes cumplan estas condiciones quedan incluidos en:
Régimen de Aportación Rural para Seguridad SocialY podrán optar por:
• Liquidar IRAE e IVA• Exonerar el IRAE y tributar IVA mínimo (art. 30 Título
10) conjuntamente con los aportes rurales al BPS.
Productores Rurales Artesanales
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
1.1. Impuesto a la renta de las personas físicas:Impuesto a la renta de las personas físicas:• del Capital (Categoría I) – no corresponde a del Capital (Categoría I) – no corresponde a
BPSBPS• del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPSdel Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS
2.2. MonotributoMonotributo
3.3. Unificación de Aportes PatronalesUnificación de Aportes Patronales
4.4. Derogación de exoneracionesDerogación de exoneraciones
CONTENIDO
3) UNIFICACION DE 3) UNIFICACION DE APORTES JUBILATORIOS APORTES JUBILATORIOS
PATRONALESPATRONALES
Ley 18.083
(Sujeto a Reglamentación)(Sujeto a Reglamentación)
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PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSTasa únicaAporte jubilatorio patronal para industria y comercio:
7,5%
Excepciones: civil, salvo los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado.
No se modifica la contribución especial por servicios bonificados
El Poder Ejecutivo adecuará las tasas:
aporte unificado de la construcción contribución patronal rural
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSCasos EspecialesRadioemisoras del Interior del país y prensa
escrita:
Se adecuará a la tasa del 7,5% de acuerdo al siguiente incremento gradual:
Desde 01 de julio de 2007...................2.5%Desde 01 de enero de 2008.................5,0%Desde 01 de enero de 2009.................7,5%
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSCasos EspecialesIntendencia Municipal de Montevideo:
Se reduce 1% por año hasta llegar al 16,5%:
Desde 01 de julio de 2007..................18,5%Desde 01 de enero de 2008................17,5%Desde 01 de enero de 2009................16,5%
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSCasos EspecialesIndustria Manufacturera:
Con ingresos por exportación superior al 90% del total de ingresos del ejercicio (antes del 01-07-07)
Se adecuará a la tasa del 7,5% de acuerdo a la siguiente incremento gradual:
Desde 01 de julio de 2007..................4,0% Desde 01 de enero de 2009................7,5%
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
1.1. Impuesto a la renta de las personas físicas:Impuesto a la renta de las personas físicas:• del Capital (Categoría I) – no corresponde a del Capital (Categoría I) – no corresponde a
BPSBPS• del Trabajo (Categoría II) – impacta en BPSdel Trabajo (Categoría II) – impacta en BPS
2.2. MonotributoMonotributo
3.3. Unificación de Aportes PatronalesUnificación de Aportes Patronales
4.4. Derogación de exoneracionesDerogación de exoneraciones
CONTENIDO
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
4) DEROGACION DE 4) DEROGACION DE EXONERACIONESEXONERACIONES
Ley 18.083
(Sujeto a Reglamentación)(Sujeto a Reglamentación)
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSDerogaciones
Se derogan TODAS LAS EXONERACIONESSe derogan TODAS LAS EXONERACIONES y reducciones de alícuotas de aportes patronales
de Contribuciones Especiales de Seguridad Social (CESS).
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSExcepciones: Instituciones comprendidas en el art. 5° y 69° de la Constitución
(Enseñanza,Instituciones Religiosas)Enseñanza,Instituciones Religiosas)
Establecidas por tratados internacionalestratados internacionales, celebrados por la República establecidas por normas legales.
Sociedades CooperativasSociedades Cooperativas
Sociedades de Fomento RuralSociedades de Fomento Rural (Art. 253 Ley N° 16.462)
Transporte ColectivoTransporte Colectivo urbano y suburbano de pasajeros.
Sociedades de Asistencia MédicaSociedades de Asistencia Médica sin fines de lucro.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSMateria gravadaConstituyen materia gravada sólo para los aportes patronales jubilatorios las partidas exentas (transporte, alimentación, seguro de vida y cobertura).
Se aplicará la escala gradual:Se aplicará la escala gradual:
hasta el 31-12-2008.......................... 0%Desde el 01-01-2009......................... 2,5%Desde el 01-01-2010......................... 5,0%Desde el 01-01-2011......................... 7,5%
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSNo está gravado
Ropa de trabajo y herramientas.Ropa de trabajo y herramientas.
Complementos a subsidios casos de:Complementos a subsidios casos de: maternidadmaternidad enfermedadenfermedad accidenteaccidente
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSInformación sobre IRPF
Página web:Página web: www.uruguayavanza.gub.uywww.bps.gub.uy
Consultas IRPF:Consultas IRPF: 0800 47 73
Consultas por ATYRO: Consultas por ATYRO:
Locales:Locales: ATYR Montevideo, Sucursales y Agencias ATYR Montevideo, Sucursales y Agencias del interior del país.del interior del país.
Teléfono:Teléfono: 0800 – 2001 (gratuito) 0800 – 2001 (gratuito)
e-maile-mail: [email protected]: [email protected]
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOSCronograma
A partir de Junio:A partir de Junio: se recomienda utilizar ATYRO.se recomienda utilizar ATYRO.
En Julio:En Julio: presentar ante ATYR la información de las presentar ante ATYR la información de las
deducciones declaradas por los trabajadores.deducciones declaradas por los trabajadores.
Asesoría Tributaria y Recaudación
PROYECTO RECUPERACION DE ADEUDOS
Muchas Gracias Muchas Gracias
Dirección Empresarial – Mayo 2007.
Instituto de Seguridad Social