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Nuevo Régimen Migratorio de Practicantes Extranjeros Dra. Martha Girón Estudio Berninzon & Benavides Abogados

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Page 1: Nuevo Régimen Migratorio de Practicantes Extranjeros · ... un aprendiz, siempre que se ... facultado para realizar ... deberán contar con una Visa de Negocios o un «Permiso Especial

Nuevo Régimen Migratorio de Practicantes Extranjeros

Dra. Martha Girón

Estudio Berninzon & Benavides Abogados

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TRATAMIENTO GENERAL Y LABORAL

PRIMERA PARTE

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2. Modalidades Formativas Laborales (MFL)

- Ley Nº 28518 y su reglamento.

- Las modalidades formativas son tipos especiales de convenios que relacionan el aprendizaje teórico y práctico mediante el desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional.

- Tipos

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A1. Aprendizaje con predominio en la empresa

• Se busca complementar la formación especifica adquirida en el Centro de Formación Profesional, así como consolidar el desarrollo de habilidades sociales y personales relacionadas al ámbito laboral.

Finalidad

• Requiere celebración de un Convenio de Aprendizaje entre: - una empresa patrocinadora, un aprendiz, siempre que se acredite como mínimo haber concluido sus estudios primario y tener 14 años de edad y un Centro de Formación Profesional autorizado. A este Convenio se debe adjuntar el respectivo “Plan de Aprendizaje”.

Formalización

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A1. Aprendizaje con predominio en la empresa

• Debe ser proporcional a la duración de la formación y al nivel de la calificación de la ocupación.

Tiempo de duración

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A1. Aprendizaje con predominio en el Centro de Formación Profesional: Prácticas Pre-Profesionales

• Permite a la persona en formación, durante su condición de Estudiante, aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real de trabajo.

Finalidad

• Requiere celebración de un Convenio de Aprendizaje (convenio de practicas pre-profesionales) entre: una empresa, una persona en formación y un Centro de Formación Profesional. A este Convenio se debe adjuntar el respectivo “Plan de Aprendizaje”.

Formalización

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A1. Prácticas Pre-Profesionales

• Debe ser proporcional a la duración de la formación y al nivel de la calificación de la ocupación.

Tiempo de duración

• Puede beneficiar a extranjeros estudiando en el Perú o extranjeros estudiando fuera del Perú.

Beneficiarios

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B. Prácticas Profesionales

• Permite a la persona consolidar los aprendizajes adquiridos durante la formación profesional, así como ejercitar su desempeño en una situación real de trabajo.

Finalidad

• Requiere celebración de un Convenio de Práctica Profesional entre: una empresa y una persona que egresa de un Centro de Formación Profesional (nacional o extranjero). Esta última también debe emitir una Carta de Presentación que se adjunta al Convenio.

Formalización

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B. Prácticas Profesionales

• No mayor a 12 meses, salvo que el Centro de Formación Profesional determine una extensión mayor.

Tiempo de duración

• Puede beneficiar a extranjeros que cursaron estudios en el Perú o fuera del Perú.

Beneficiarios

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C. Capacitación Laboral Juvenil

• Se busca que el joven entre 16 y 23 años, que no haya culminado o haya interrumpido su Educación Básica, o que habiéndola culminado no sigue estudios de Educación Superior, adquiera conocimientos teóricos y prácticos en el trabajo a fin de incorporarlos a la actividad económica en una ocupación específica.

Finalidad

• Requiere celebración de un Convenio de Capacitación Laboral Juvenil para la ejecución de tareas productivas que se enmarcan en un “Programa Específico de CLJ” definido anualmente por la empresa.

Formalización

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C. Capacitación Laboral Juvenil

• No mayor a 6 meses para ocupaciones de poca calificación o de poca o ninguna complejidad y niveles menores de responsabilidad en el ejercicio de la ocupación, prorrogable por igual periodo.

• No mayor de 24 meses para ocupaciones que requieren mayor calificación y, por ende, mayor complejidad y niveles de responsabilidad.

• No podrá exceder del 20% del total del área u ocupación específica ni del 20% del total de trabajadores de la empresa.

Tiempo de duración y limites

• Puede beneficiar a jóvenes peruanos o extranjeros.Beneficiarios

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D. Pasantía en la Empresa

• Busca relacionar al beneficiario (estudiante de los últimos años de secundaria) con el mundo del trabajo y la empresa, en la cual implementa, actualiza, contrasta lo aprendido en el Centro de Formación o Centro Educativo y se informa sobre posibilidades de empleo y dinámica de procesos de producción de bienes y servicios.

Finalidad

• Requiere celebración de un Convenio Pasantía entre: una empresa, un beneficiario de 14 años a más y un Centro de Formación Profesional facultado para realizar esta modalidad formativa o el Centro Educativo que por razones curriculares requiere de la pasantía.

Formalización

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D. Pasantía en la Empresa

• No mayor a 3 meses.

Tiempo de duración

• Puede beneficiar a jóvenes peruanos o extranjeros.

Beneficiarios

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E. Normas comunes

• Derechos

Derechos según LMFL AprendizajePráctica Pre-Profesional

Práctica Profesional

Capacitación Laboral Juvenil

Pasantía en la empresa

Jornada máxima8 horas diarias o 48

semanales 30 horas/semana 8 horas diarias o 48 semanales(i) Según determine el M. de Educación para estudiantes de Secundaria (ii) 48 horas/semana para otros beneficiarios

RefrigerioSí

Subvención RMV si cumple jornada máxima

(i) No menor al 5% RMV para estudiantes de Secundaria (ii) No menor al 30% RMV para demás casos(iii) No hay subvención en caso se trate de curso obligatorio

Descanso semanal y en feriados

Descanso anual 15 días por cada 12 meses de prácticas

Subvención adicionalMedia subvención mensualpor cada 6 meses de prácticas

Seguro accidentes y enfermedades

Sí, ya sea ante Essalud o seguro privado

Seguridad y Salud en el Trabajo

Sí, a través de orientación sobre riesgos y medidas de seguridad

Sistema de pensiones Sí, a través de facilidades para afiliación facultativa

Entrega de certificado Sí, al finalizar la MFL

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E. Normas comunes

• Contenido mínimo de los Convenios

Los beneficiarios extranjeros que firman el Convenio en el Perú deberán contar con una Visa de Negocios o un «Permiso Especial para firma de contratos» tramitado ante la Superintendencia Nacional de Migraciones

• Nombre de la persona natural o jurídica que patrocina la MFL.• Nombre, edad y datos personales del beneficiario de la MFL. Incluye

datos del representante legal en caso de los menores de edad.• Ocupación materia de la capacitación específica.• Monto de la subvención económica mensual.• Duración del Convenio.• Causales de modificación, suspensión y terminación del Convenio.• Otras condiciones generales (lugar de ejecución de la MFL, jornada,

horario, entre otros).

IMPORTANTE:

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E. Normas comunes

• Eliminación de la obligación de registrar Programas y Convenios ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo:

El 11 de noviembre de 2016 entró en vigencia el Decreto Legislativo No. 1246, en virtud del cual se dejaron sin efecto, entre otras, las siguientes obligaciones:

• Presentación del Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil durante el último trimestre del ejercicio fiscal.

• Presentación de Convenios de MFL dentro de los 15 días de su suscripción.

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F. Reglas específicas para beneficiarios extranjeros• Sobre la firma del Convenio

Cuando el beneficiario estudia en el extranjero:

• El Convenio es suscrito por el representante del Centro de Formación Profesional extranjero o por el funcionario que designe la Embajada respectiva.

Cuando el beneficiario participa de programas de intercambio o similares:

• El Convenio es suscrito por el Centro de Formación Profesional que acoge al beneficiario en el Perú.

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F. Reglas específicas para beneficiarios extranjeros• Sobre la Carta de Presentación que se exige en el caso de las

Prácticas Profesionales

Cuando el beneficiario culminó sus estudios en el extranjero:

• La Carta de Presentación es emitida por el Centro de Formación Profesional extranjero.

Cuando el beneficiario participa de programas de intercambio o similares:

• La Carta de Presentación es emitida por Centro de Formación Profesional que acoge al beneficiario en el Perú.

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F. Reglas específicas para beneficiarios extranjeros• Sobre la formalidad de los documentos

Para tener validez en el Perú, todos los documentos emitidos en el extranjero deben contar con la respectiva Apostilla o la cadena de legalización consular.

Asimismo, todos los documentos emitidos en idioma extranjero deben contar con la respectiva traducción oficial realizada en el Perú y certificada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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G. Desnaturalización de las Modalidades Formativas• Se entiende que existe una relación laboral en los siguientes

casos:

i) La inexistencia del convenio de MFL suscrito.

ii) La falta de capacitación en la ocupación específica y/o el desarrollo de actividades ajenas a la de los estudios técnicos o profesionales.

iii) La continuación de la modalidad formativa después del vencimiento del plazo.

iv) El exceso de los porcentajes limitativos correspondientes.

v) La existencia de simulación o fraude a la Ley.

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TRATAMIENTO MIGRATORIO

SEGUNDA PARTE

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1. Regulación anterior y actual de la condición migratoria

Decreto Legislativo 703“Calidad migratoria de Estudiante”

Decreto Legislativo 1350“Calidad migratoria de Formación”

“Aquellos que ingresan al país con fines de estudio en Instituciones o Centros Educativos reconocidos por el Estado. No pueden percibir Renta de Fuente Peruana con excepción de las provenientes de prácticas profesionales o trabajos en períodos vacacionales, previa autorización de la Autoridad competente, de conformidad con las normas del Reglamento de Extranjería.

Esta calidad migratoria incluye a los estudiantes extranjeros que ingresan al país acreditados por universidades o centros educativos extranjeros de estudios superiores para realizar prácticas profesionales o trabajos no remunerados en períodos vacacionales.”

“Permite al extranjero desarrollar estudios regulares de educación superior, educación básica, artes u oficios, en instituciones reconocidas por el Estado Peruano. Comprende a los extranjeros de intercambios estudiantiles, prácticas pre profesionales o profesionales, culturales, y otras modalidades formativas reconocidas por el Perú, en concordancia con la normativa vigente. No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, salvo la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por MIGRACIONES.”

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2. Calidad migratoria de Formación

• Esta condición migratoria permite al extranjero desarrollar estudios regulares de educación superior, educación básica, artes u oficios, en instituciones reconocidas por el Estado Peruano. Comprende a los extranjeros de intercambios estudiantiles, prácticas pre profesionales o profesionales, culturales y otras modalidades formativas reconocidas por el Perú, en concordancia con la normativa vigente.

• No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, salvo la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por Migraciones.

Ámbito de Aplicación

(Decreto Legislativo No. 1350, Decreto Legislativo de Migraciones)

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1. Tipos de trámites migratorios

Dependiendo de la ubicación del extranjero, existen 2 vías para gestionar la condición migratoria deseada:

Trámite de Obtención de Visa

Cambio de Calidad Migratoria

- Cuando el extranjero seencuentra fuera del Perú.

- La visa es entregada en elConsulado Peruano escogidopor el extranjero.

- El extranjero debepermanecer fuera del Perúhasta que termine el trámite.

- 6 meses de plazo de vigencia.- 30 días para recabar la visa.

- Cuando el extranjero seencuentra en el Perú.

- Trámite se inicia mientrasplazo de permanenciaotorgada (bajo Visa deNegocios o Visa de Turista) seencuentra vigente.

- Visa: sello en el pasaporte.- Residencia: CE.

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2. Calidad migratoria de Formación

• Se otorga a los extranjeros que deseen realizar estudios en cualquier modalidad formativa reconocida por el Estado Peruano de corto plazo (6 meses).

Visa Temporal

Alternativas de otorgamiento:

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2. Calidad migratoria de Formación

• Se otorga a los extranjeros que deseen realizar estudios en las siguientes modalidades:

• Educación Básica, Educación Técnico-Productiva, Institutos de Educación Superior (IES) o Escualeas de Educación Superior (EES) .

• Educación universitaria, en las modalidades de estudios generales de pregrado y estudios de postgrado, en las modalidades de maestrias y doctorados.

• Realizar alguna de las MFL establecidas en la ley de la materia.

• Otras modalidades de estudio reconocidas por ley.

Visa de Residencia

Alternativas de otorgamiento:

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2. Calidad migratoria de Formación

• Concede un plazo de permanencia de 90 días.

• Es prorrogable por única vez por el mismo plazo.

• Permite única entrada.

Bajo condición Temporal

• Concede un plazo de permanencia de 365 días.

• Es prorrogable por el mismo plazo.

• Permite múltiples entradas.

Bajo condición de Residencia

Plazo de duración:

(Decreto Supremo No. 007-2017-IN, Reglamento del Decreto Legislativo de Migraciones)

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2. Calidad migratoria de Formación

• Principales requisitos según TUPA vigente

• Pago de derechos de trámite.• Copia del Pasaporte vigente.• Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (para solicitudes de Residencia).• Demostrar tener solvencia económica proveniente del extranjero para solventar

estudios y gastos de estadía. En el caso de extranjeros hijos de peruanos o de extranjeros residentes en el país, la garantía puede provenir de fuente nacional.

• En el caso de Estudiantes:• Constancia de matrícula expedida por el centro de estudios con reconocimiento

oficial del Ministerio de Educación o la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), que indique el tipo de estudio y duración.

• En el caso de beneficiarios de MFL:• Convenio de la MFL correspondiente. • En el caso de las prácticas profesionales, se deberá presentar Carta de

Presentación emitida por el centro de estudios en el extranjero, con indicación del tiempo y lugar donde se realizarán las prácticas.

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• El trámite para la obtención de la condición migratoria de Formación toma entre 45 y 60 días aproximadamente.

Duración del procedimiento

2. Calidad migratoria de Formación

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Muchas Gracias