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NORMATIVA ACADÉMICA DE CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL ON LINE
CURSO ACADÉMICO 2015-1016
© 2015. UCOC. Barcelona
Aprobado el 25/05/2015 por la Dirección de UCOC
Modificada el 25/05/2015 (Art. 13, 14, 23, 26, 30, 41, 42, 50, 55, 59, 66, 67, 72, 77, 78, 80, 82, 86, 87, 89, 91, 92, 93, 94, 98)
Versión 01.3
1
CAPÍTULO I: DESCRIPCIÓN ............................................................................................................. 5
1. Ámbito de aplicación ............................................................................................................. 5
CAPÍTULO II: OFERTA FORMATIVA Y TITULACIÓN ........................................................................ 5
2. Descripción de la oferta ........................................................................................................ 5
3. Oficialidad de los títulos ........................................................................................................ 5
4. Paridad del título de formación a distancia .......................................................................... 5
5. El currículo académico .......................................................................................................... 5
6. Ordenación académica .......................................................................................................... 6
7. Tipos de Módulos Profesionales ........................................................................................... 6
8. Créditos y Unidades formativas ............................................................................................ 6
9. Títulos de Formación Profesional .......................................................................................... 6
10. Tramitación final del título ................................................................................................ 7
CAPÍTULO III: UCOC Y LOS CENTROS ADSCRITOS .......................................................................... 7
11. Autorización de los Centros .............................................................................................. 7
12. Pertenencia de un alumno a un Centro ............................................................................ 7
13. Cambio de Centro.............................................................................................................. 7
CAPÍTULO IV: LA MATRÍCULA: CONSIDERACIONES PREVIAS ........................................................ 8
14. Restricciones por Centro y ciclo ........................................................................................ 8
15. Posibilidad de cursar formación presencial y online en el mismo Centro ........................ 8
16. Presencialidad y formación a distancia ............................................................................. 8
17. Matrícula semestral .......................................................................................................... 8
18. Matriculación única por asignatura .................................................................................. 9
19. Oferta sostenida ................................................................................................................ 9
20. Repetición de asignaturas ................................................................................................. 9
21. Renovación de matrícula ................................................................................................... 9
22. Matrícula por módulos, créditos y Unidades Formativas ................................................. 9
23. Oferta libre estructurada en itinerarios formativos .......................................................... 9
24. Dedicación a los estudios .................................................................................................. 9
25. Número máximo de horas para la matrícula .................................................................. 10
26. Obligatoriedad de las horas presenciales en determinados módulos ............................ 10
CAPÍTULO V: LA MATRÍCULA: REQUISITOS DE ACCESO Y REQUERIMIENTOS ............................. 10
27. Requisitos de acceso ....................................................................................................... 10
28. Requerimientos de acceso a los módulos ....................................................................... 10
2
29. Requerimientos para el módulo de Proyecto y Síntesis ................................................. 10
30. Requerimientos para el módulo de Formación en Centros de Trabajo .......................... 11
31. Información sobre el nivel de las asignaturas de idiomas .............................................. 11
32. Incorporación de la lengua inglesa en otras asignaturas ............................................... 11
33. Recomendaciones ........................................................................................................... 12
34. Especificaciones metodológicas ...................................................................................... 12
35. Requerimientos de competencias personales ................................................................ 12
36. Requerimientos técnicos ................................................................................................. 12
37. Responsabilidad de cumplimiento de los requisitos de acceso y de los requerimientos12
CAPÍTULO VI: EL CALENDARIO..................................................................................................... 12
38. El calendario lectivo ........................................................................................................ 12
CAPÍTULO VII: PROCESO DE MATRICULACIÓN ............................................................................ 13
39. Información y orientación ............................................................................................... 13
40. Inscripción ....................................................................................................................... 13
41. Prematrícula .................................................................................................................... 13
42. Matrícula ......................................................................................................................... 14
43. Anulación de la matrícula ................................................................................................ 15
CAPÍTULO VIII: LA MATRÍCULA. CONVOCATORIAS ..................................................................... 15
44. Alumno de UCOC ............................................................................................................. 15
45. Convocatorias por matrícula ........................................................................................... 15
46. Número de matrículas y evaluaciones máximas ............................................................ 16
47. Volver a matricularse en una asignatura ........................................................................ 16
CAPÍTULO IX: PLAN DE ESTUDIOS ............................................................................................... 16
48. Los Planes de estudio de los ciclos .................................................................................. 16
49. Modificación de los Planes de estudio ............................................................................ 16
50. Compromisos de UCOC en relación a los Planes de estudio........................................... 17
51. Orientación en situación de cambio de Planes de estudio ............................................. 17
CAPÍTULO X: LA FORMACIÓN EN UCOC ...................................................................................... 18
52. Características de la formación en UCOC ........................................................................ 18
53. Metodología .................................................................................................................... 18
CAPÍTULO XI: PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN ....................................................................... 19
54. Sistema de evaluación ..................................................................................................... 19
55. Evaluación Continua ........................................................................................................ 19
56. Calendario de entregas ................................................................................................... 19
57. Incorporación tardía de alumnos .................................................................................... 19
3
58. Corrección y calificación de la evaluación continua ........................................................ 19
59. Presenciales ..................................................................................................................... 20
60. Convocatoria de exámenes ............................................................................................. 20
61. Convocatoria adicional de síntesis .................................................................................. 20
62. Exámenes mediante teleconferencia .............................................................................. 20
63. Publicación de las fechas y ciudades de exámenes ........................................................ 20
64. Horario y sede física ........................................................................................................ 21
65. Notificación de asistencia a exámenes ........................................................................... 21
66. Imposibilidad de asistir a los exámenes y alumnos con necesidades especiales ........... 21
67. Tribunal de incidencias de la convocatoria extraordinaria ............................................. 21
68. Publicación de notas provisionales ................................................................................. 22
69. Revisión de exámenes ..................................................................................................... 22
70. Juntas de evaluación ....................................................................................................... 22
71. Publicación de notas definitivas ...................................................................................... 22
72. Boletines de notas y certificados académicos................................................................. 23
73. Sistema de cálculo de notas finales ................................................................................ 23
74. Reclamaciones motivadas por las calificaciones ............................................................. 23
CAPÍTULO XII: EL CAMPUS VIRTUAL ............................................................................................ 23
75. Las claves de acceso ........................................................................................................ 23
76. Acceso a elementos del campus ..................................................................................... 24
77. Módulo 0 ......................................................................................................................... 24
78. Las aulas .......................................................................................................................... 24
79. Los materiales ................................................................................................................. 25
80. Las actividades: entregas y formato ................................................................................ 25
81. Las clases ......................................................................................................................... 25
82. La tutorización del módulo.............................................................................................. 25
83. Profesorado ..................................................................................................................... 25
84. Idioma de impartición ..................................................................................................... 26
CAPÍTULO XIV: RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS Y CONVALIDACIONES .................................... 26
85. Reconocimiento de estudios ........................................................................................... 26
86. No matriculación en convalidaciones directas y singulares tipificadas .......................... 26
87. Matriculación en Convalidaciones singulares no tipificadas ........................................... 26
88. Consecuencias de la matrícula para las convalidaciones ................................................ 27
89. Recomendación de tramitación de convalidaciones ...................................................... 27
CAPÍTULO XV: FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCTs) ................................................... 27
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90. Definición de Formación en Centros de Trabajo ............................................................. 27
91. Normativa de Formación Práctica en Centros de Trabajo (FCTs) ................................... 27
92. Periodo y horario de la Formación en Centros de Trabajo ............................................. 28
93. Convenio.......................................................................................................................... 28
94. Lugar de realización de las prácticas ............................................................................... 28
95. Exención de la Formación en el Centro de Trabajo ........................................................ 28
CAPÍTULO XVI: TRÁMITES ............................................................................................................ 29
96. Solicitud de reconocimientos, convalidaciones directas o indirectas y exenciones ....... 29
97. Renuncia total o parcial a la matrícula ............................................................................ 29
98. Baja total o parcial ........................................................................................................... 30
99. Solicitud de la titulación oficial ....................................................................................... 31
CAPÍTULO XVII: NORMATIVA DE CONVIVENCIA .......................................................................... 31
100. UCOC se compromete a: ..................................................................................................... 31
101. El centro adscrito se compromete a: .................................................................................. 32
102. El alumno se compromete a: .............................................................................................. 32
CAPITULO XVIII: MEDIDAS CORRECTORAS Y SANCIONADORAS ................................................. 33
103. Normativa sancionadora aplicable ...................................................................................... 33
CAPÍTULO XIX: NORMATIVA ECONÓMICA ................................................................................. 33
104. Complementariedad con la normativa económica ............................................................. 33
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CAPÍTULO I: DESCRIPCIÓN
1. Ámbito de aplicación La Normativa académica de UCOC es el conjunto de normas y protocolos de actuación que
establece la relación académica entre los estudiantes y UCOC, y de la misma forma, entre los
estudiantes y los Centros Adscritos a UCOC. Esta Normativa es aplicable a todos los Ciclos de
Formación Profesional que se imparten mediante esta plataforma.
CAPÍTULO II: OFERTA FORMATIVA Y TITULACIÓN
2. Descripción de la oferta La oferta formativa de UCOC se compone de Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio,
Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior y del Curso de Preparación para las Pruebas
de Acceso a los Ciclos de Grado Superior. A través de la web de UCOC (www.ucoc.es) se puede
consultar la oferta vigente de UCOC.
3. Oficialidad de los títulos Todos los títulos de Formación Profesional impartidos a través de UCOC son de carácter oficial,
en consecuencia, no son necesarias las pruebas libres para la obtención de la titulación. Estos
títulos están homologados por la Generalitat de Catalunya, reconocidos a nivel nacional y
tienen validez en toda la Unión Europea.
4. Paridad del título de formación a distancia El título de Formación Profesional que se obtiene con la modalidad a distancia es el mismo que
se obtiene con la modalidad presencial y por tanto, tiene la misma validez.
5. El currículo académico El sistema de Formación Profesional está regulado por el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte del Gobierno de España. La descripción de los títulos de los ciclos de Formación
Profesional se publica mediante Boletines Generales del Estado. La concreción curricular para
los centros de Catalunya, como son los Centros Adscritos a UCOC, la establece el Departament
d’Ensenyament de la Generalitat, mediante la normativa y los Decretos correspondientes.
El marco legal aplicable es:
REAL DECRETO 67/2007, de 20 de marzo, por el que se regulan las enseñanzas de formación
profesional inicial en la modalidad a distancia.
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ORDEN ENS/71/2012, de 8 de marzo, por la que se regulan las enseñanzas de formación
profesional inicial en la modalidad de educación no presencial en centros privados.
RESOLUCIÓN ENS/1308/2014, de 3 de junio, por la cual se especifica la impartición de forma
presencial o a distancia de diversos créditos en las enseñanzas profesionales a distancia.
6. Ordenación académica Los ciclos formativos son estudios que preparan en el ejercicio de una determinada profesión y
se ordenan en el sistema educativo como Ciclos de Grado Medio y Ciclos de Grado Superior.
Dentro del sistema educativo, los Ciclos Formativos de Grado Medio forman parte de la
enseñanza secundaria postobligatoria y los Ciclos Formativos de Grado Superior forman parte
de la educación superior.
El sistema de la Formación Profesional está compuesto por casi 90 ciclos estructurados en
veintidós familias profesionales.
La duración de los ciclos es variable y oscila entre las 1.300 y las 2.000 horas; un Ciclo
Formativo que tiene entre 1.300 y 1.400 horas corresponde a un curso académico mientras
que un ciclo de entre 1.700 y 2.000 horas corresponde a dos cursos académicos.
Hay dos legislaciones sobre las que están basadas organizativa y curricularmente los Ciclos de
Formación Profesional, una más antigua, la LOGSE y otra más reciente hacia la que están
migrando los ciclos, la LOE.
7. Tipos de Módulos Profesionales Los Ciclos Formativos incluyen, por lo general, los siguientes módulos profesionales:
a) Módulos específicos a los estudios correspondientes
b) Módulos comunes a diferentes ciclos, como puede ser Formación y Orientación
Laboral e Iniciativa Emprendedora
c) Módulo de Proyecto o Síntesis
d) Módulo de Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en empresas)
8. Créditos y Unidades formativas Los módulos se subdividen en créditos para ciclos LOGSE y en Unidades Formativas para ciclos
LOE. Tanto los créditos como las Unidades Formativas son reconocidos y certificables por sí
mismos.
9. Títulos de Formación Profesional Los títulos de la Formación Profesional del sistema educativo son el de Técnico (para Grados
Medios) y el de Técnico Superior (para Grados Superiores).
Los títulos de Formación Profesional acreditan las competencias contempladas en el perfil
profesional, incluyendo competencias profesionales, personales y sociales para favorecer la
competitividad, la empleabilidad y la cohesión social, así como las cualificaciones profesionales
y las unidades de competencia incluidas en el título.
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10. Tramitación final del título Los Centros Adscritos proporcionan a los alumnos, una vez finalizado el ciclo, el certificado que
acredita sus estudios. El alumno debe solicitar ante la autoridad correspondiente, en este caso
la Generalitat de Catalunya, la emisión del título oficial, para el que deberá abonar las tasas
correspondientes.
CAPÍTULO III: UCOC Y LOS CENTROS ADSCRITOS
11. Autorización de los Centros La Generalitat de Catalunya autoriza a Centros de estudios privados y concertados de
Formación Profesional presencial de esta comunidad a impartir Formación Profesional a
distancia. UCOC es la plataforma a través de la cual diferentes Centros de estudios, y mediante
una relación de adscripción, imparten sus ciclos a distancia.
12. Pertenencia de un alumno a un Centro La autorización de la Generalitat de Catalunya está dirigida a los Centros y no a UCOC, que es la
plataforma que los Centros utilizan para impartir sus ciclos. Por tanto, oficialmente todo
alumno de UCOC está matriculado a un Centro Adscrito y es a todos los efectos alumnos de
ese Centro. Esto supone que:
El expediente del alumno se encuentra en el Centro Adscrito al que se ha matriculado,
por lo tanto, toda la documentación y la tramitación sobre requisitos de acceso,
reconocimiento de créditos, convalidaciones, notificación de notas y certificaciones es
responsabilidad del mismo. El Centro Adscrito crea y mantiene el expediente del
alumno, incluyéndolo en los registros oficiales y alimentándolo con las solicitudes y
justificaciones que presenta el mismo.
El Centro Adscrito imparte mediante UCOC, en parte o en su totalidad, ciclos de
Formación a distancia, delegando en esta plataforma la organización de la formación.
Al finalizar la impartición, cada centro incorpora las notas obtenidas mediante la
formación a distancia al expediente del alumno.
La gestión y evaluación del módulo de Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en
empresas) es responsabilidad del Centro Adscrito. El responsable de prácticas de cada
centro gestiona la exención, desarrolla el convenio, tutoriza al alumno en las prácticas,
y le otorga la calificación final.
13. Cambio de Centro Un alumno puede cambiar de Centro donde realiza la formación y continuar sus estudios en
otro Centro, solicitando un traslado de expediente. Este trámite se realiza mediante la
formalización de una matrícula como nuevo alumno en el centro de destino y adicionalmente
el alumno debe entregar el expediente de la formación cursada para que sea reconocida por el
nuevo centro. Los Centros Adscritos a UCOC son administrativamente independientes y por
tanto, si un alumno realiza un cambio de centro debe realizar el traslado de expediente de la
forma descrita. Los cambios para la matrícula de estudios a distancia entre Centros Adscritos
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de UCOC recomendamos que se realicen al finalizar el curso lectivo, coincidiendo con la
matrícula del siguiente curso.
CAPÍTULO IV: LA MATRÍCULA: CONSIDERACIONES PREVIAS
14. Restricciones por Centro y ciclo Un alumno sólo puede estar matriculado de un ciclo en un único Centro simultáneamente, y
por consiguiente, un alumno no puede cursar al mismo tiempo el mismo un ciclo en varios
Centros. Esta restricción es aplicable también en el caso en que las asignaturas a las que se
matricule sean diferentes, e incluso, como norma general, aunque en un Centro esté
realizando formación presencial y en otro Centro formación a distancia.
15. Posibilidad de cursar formación presencial y online en el mismo
Centro Un alumno puede estar cursando simultáneamente asignaturas presenciales y a distancia
siempre que sea en el mismo Centro, cosa que ofrecen todos los Centros Adscritos a UCOC.
16. Presencialidad y formación a distancia Los ciclos que imparte UCOC son ciclos que se cursan completa o mayoritariamente a
distancia. La Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en empresas) es el único módulo que
se realiza íntegramente de carácter presencial.
En el caso en que haya algún módulo que requiera sesiones presenciales, esta especificación
queda recogida en los Planes de estudio publicados en UCOC (www.ucoc.es).
Las sesiones presenciales vienen motivadas por la necesidad de realizar prácticas bien porque
se requiere manipulación de instrumental específico o porque se han de evaluar competencias
profesionales insitu.
17. Matrícula semestral En UCOC los estudios están organizados semestralmente: el primer semestre se extiende entre
septiembre y enero, realizándose las recuperaciones en febrero; el segundo semestre se
extiende entre enero y mayo, realizándose las recuperaciones en junio.
En cada curso lectivo, hay dos momentos de matrícula, la del primer semestre y la del segundo
semestre, permitiéndose la incorporación de estudiantes en esos dos momentos del año.
La matrícula para el primer semestre puede ser de ese primer semestre o de todo el curso y
mientras que la matrícula para el segundo semestre únicamente abarca hasta la finalización
del curso lectivo.
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18. Matriculación única por asignatura El alumno se puede matricular de una asignatura durante un mismo curso una única vez,
independiente de que esa asignatura se ofrezca en UCOC en dos semestres distintos. Si un
alumno se matricula de la misma asignatura en dos ocasiones en el mismo curso lectivo, la
matrícula de la segunda ocasión se considerará inválida, no teniendo en consideración la nota
que haya sacado en esa convocatoria, si es que se ha llegado a examinar.
19. Oferta sostenida UCOC replica la oferta de módulos semestrales de año a año, siempre que se adapte a la
normativa de la Administración y que no haya modificaciones en el Plan de Estudios vigente.
20. Repetición de asignaturas Para matricularse de una asignatura suspendida y repetirla, el alumno debe esperar al
semestre en el que se volverá a impartir, que será el mismo en el que se ha impartido, a
excepción de que haya algún cambio en el Plan de estudios.
21. Renovación de matrícula El alumno es el responsable de renovar su matrícula semestre a semestre o curso a curso,
según los procesos de matriculación que estipula UCOC para estudiantes. El proceso de
rematrícula es similar al proceso de matrícula, con la diferencia de que el estudiante no
necesita presentar ya la documentación básica porque ya está admitido.
22. Matrícula por módulos, créditos y Unidades Formativas UCOC permite la matriculación por módulos completos o por créditos y Unidades Formativas
para adaptarse al máximo a las necesidades del estudiante.
23. Oferta libre estructurada en itinerarios formativos UCOC estructura su oferta formativa semestralmente, ofreciendo módulos formativos, o parte
de los mismos, para ser iniciados y concluidos en ese periodo de tiempo.
La matrícula de los diferentes módulos, créditos o Unidades Formativas de UCOC es libre,
siempre que se cumplan determinados requerimientos. UCOC recomienda seguir los
itinerarios formativos que están descritos en el Plan de estudios de cada ciclo para garantizar
la coherencia del itinerario y evitar la concurrencia de exámenes de diferentes módulos.
24. Dedicación a los estudios Los itinerarios formativos propuestos por UCOC son de uno o dos años, en el caso de los ciclos
LOGSE; de dos o tres años en el caso de ciclos LOE y contemplan la disponibilidad de los
alumnos de cara a los estudios:
Ciclos LOGSE: Itinerario de 1 año, de 30 a 35 horas de dedicación a la semana.
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Itinerario de 2 años, de 20 a 25 horas de dedicación a la semana.
Ciclos LOE: Itinerario de 2 años, de 25 a 30 horas de dedicación a la semana.
Itinerario de 3 años, de 18 a 20 horas de dedicación a la semana.
Estos itinerarios sirven de orientación a los alumnos, pero cada alumno, siempre que cumpla
los requisitos, puede escoger los módulos, créditos y Unidades Formativas que desee de la
oferta formativa.
25. Número máximo de horas para la matrícula UCOC permite la matriculación de módulos, créditos o Unidades Formativas cuyas horas
lectivas sumen hasta 450 horas en ciclos LOE y de 525 horas en ciclos LOGSE en un mismo
semestre. A estas horas deben añadirse las horas lectivas del módulo de Proyecto o Síntesis y
las del módulo de Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en empresas).
Este límite de horas puede ampliarse hasta un 40% con horas correspondientes a asignaturas
cursadas anteriormente, es decir, con asignaturas suspendidas en cursos anteriores y que el
alumno repite.
26. Obligatoriedad de las horas presenciales en determinados módulos La descripción de las horas presenciales que contempla un módulo, si es que existen, viene
estipulado en el Plan de estudios de cada ciclo publicadas en la web. Las horas de prácticas que
tiene un módulo son obligatorias para los alumnos y han de aprobarse.
CAPÍTULO V: LA MATRÍCULA: REQUISITOS DE ACCESO Y REQUERIMIENTOS
27. Requisitos de acceso Puede matricularse a un Centro Adscrito a UCOC cualquier alumno que tenga los requisitos
específicos de acceso al ciclo que desea, bien sea de Grado Medio o bien sea de Grado
Superior. Los requisitos de acceso a los diferentes ciclos son los solicitados por la Generalitat
de Catalunya y están publicados en la web de UCOC (www.ucoc.es)
28. Requerimientos de acceso a los módulos Para matricularse de ciertos módulos es necesario tener conocimientos previos y por tanto,
haber superado parcial o totalmente otros módulos. En el Plan de estudios de cada ciclo
aparece qué requerimientos son necesarios para matricularse de cada módulo.
29. Requerimientos para el módulo de Proyecto y Síntesis El módulo de Proyecto o Síntesis tiene el objetivo de poner en relación los contenidos y
competencias adquiridos en todos los módulos del ciclo y obtener así una visión global. Por
tanto, este módulo se puede cursar cuando ya se han cursado o se están cursando todos los
módulos del ciclo. Los requerimientos del módulo de Proyecto o Síntesis están publicados en el
Plan de estudios de cada ciclo.
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30. Requerimientos para el módulo de Formación en Centros de Trabajo En el marco de los ciclos de Formación Profesional, la Formación de Centros de Trabajo
(Prácticas en empresas) es un módulo presencial, obligatorio y evaluable.
Este módulo contempla la posibilidad de declararse exento total o parcialmente dependiendo
de la cantidad de tiempo y el tipo de trabajo que ha realizado el alumno hasta el momento. Los
requisitos de la exención están descritos en la normativa de UCOC para la Formación en el
Centro de Trabajo.
En la Formación en Centros de Trabajo el alumno pone en práctica las competencias
adquiridas durante el ciclo, y por tanto, puede realizarse cuando el alumno tenga todas o
buena parte de esas competencias adquiridas. Los requerimientos para matricularse del
módulo de Formación en Centros de Trabajo están descritos en el Plan de estudio del ciclo.
En el proceso de matrícula, hay dos opciones para las FCTs:
Estudio para la tramitación de la exención, que puede solicitarse desde el momento en que el
alumno se matricula al ciclo, todo y que se recomienda que se realice en el semestre anterior
al inicio previsto de las prácticas.
Si del estudio se resuelve que corresponde la exención total, el alumno no debe hacer nada
más. Si del estudio se resuelve que el alumno no tiene exención o tiene exención parcial,
deberá escoger también la opción de Realización y gestión de las FCTs en matrículas
posteriores.
La realización y gestión de las FCTs, se debe solicitar en el semestre que el alumno tiene
previsto iniciar las prácticas y una vez cumpla los requerimientos para realizarlas descritos en
el Plan de Estudios del Ciclo. Esta opción debe escogerse si se han de realizar las prácticas,
bien total o bien parcialmente.
31. Información sobre el nivel de las asignaturas de idiomas Los ciclos formativos habitualmente incorporan asignaturas de aprendizaje de idiomas. En el
Plan de estudios del ciclo, se describe el nivel de impartición del idioma según el marco común
europeo de las lenguas. Por tanto, para seguir la asignatura el alumno debería tener el nivel
inmediatamente anterior al descrito por la asignatura en el momento en que ésta se inicia.
32. Incorporación de la lengua inglesa en otras asignaturas Hay ciertos módulos que se imparten en castellano y que incorporan recursos y elaboración de
actividades de enseñanza y aprendizaje en inglés.
En determinados ciclos, el módulo de Proyecto incluye el desarrollo de actividades o la
ejecución de alguna de las fases en inglés (elaboración de la memoria o presentación de la
actividad).
Las especificaciones en relación a la incorporación de la lengua inglesa a los ciclos están
descritas en los Planes de estudio.
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33. Recomendaciones Los Planes de estudio pueden contener determinadas recomendaciones que pretenden
orientar al alumno en la estructuración de la secuencia de módulos a estudiar. Estas
recomendaciones pueden seguirse según la voluntad del alumno, pero en ningún caso son de
obligado cumplimiento.
34. Especificaciones metodológicas El desarrollo de algunas asignaturas de UCOC puede comportar ciertas prácticas especiales
como la grabación de vídeos, el trabajo en grupo, o la conexión síncrona en idiomas. UCOC
facilitará en todo lo posible estas prácticas.
35. Requerimientos de competencias personales Para realizar estudios en UCOC, los alumnos han de tener las siguientes competencias:
a) Capacidades propias de la formación a distancia como son la disciplina, la constancia,
la motivación por los estudios o la gestión del propio aprendizaje.
b) Conocimientos y habilidades vinculadas con las Tecnologías de la Información y la
Comunicación.
36. Requerimientos técnicos El modelo de aprendizaje de UCOC es el de la educación a distancia haciendo uso de las TIC
(Tecnologías de la Información y la Comunicación), por tanto, se requieren dispositivos
electrónicos, software y conexión a Internet. Los requisitos tecnológicos están publicados en
la web de UCOC.
37. Responsabilidad de cumplimiento de los requisitos de acceso y de los
requerimientos El alumno de UCOC, con anterioridad a realizar la matrícula, se informa mediante la web y los
Planes de estudio, de las vías de acceso a los estudios correspondientes y de todos los
requerimientos y recomendaciones de los estudios a los que se incorpora. Por consiguiente el
alumno de UCOC en el momento de iniciar la matrícula, es conocedor de los mismos y
responsable de su cumplimiento.
CAPÍTULO VI: EL CALENDARIO
38. El calendario lectivo El calendario lectivo de UCOC está compartido por toda la comunidad educativa y se hace
público desde el inicio del proceso de matrícula en la web www.ucoc.es. La matriculación en
UCOC implica el conocimiento y aceptación del calendario lectivo y en especial las fechas de
entregas y de convocatorias de exámenes.
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CAPÍTULO VII: PROCESO DE MATRICULACIÓN
El proceso de matrícula se divide en cuatro pasos: información y orientación, inscripción,
prematriculación y matriculación.
39. Información y orientación El proceso de matrícula se inicia con la elección del ciclo y el itinerario o los módulos que se
quieran realizar (se recomienda estudiar cuidadosamente el Plan de estudios) así como
habiéndose informado de cómo funciona UCOC mediante los diferentes apartados de la web, y
especialmente teniendo conocimiento de la metodología y el calendario lectivo.
Si el alumno requiere orientación o más información para matricularse, UCOC dispone de un
canal de información por correo electrónico y/o teléfono, recogido en la web, que el alumno
puede utilizar en el momento que lo requiera.
40. Inscripción El proceso de inscripción se realiza desde la web de UCOC mediante la plataforma de
matriculación, e incluye:
Paso 1: Incluir datos personales.
Paso 2: Seleccionar la formación y calcular el importe a abonar.
Paso 3: Revisar la selección y aceptar las condiciones de matrícula, así como la
Normativa académica y económica.
Paso 4: Formalizar el pago de la inscripción.
41. Prematrícula Paso 5: Adjuntar en formato digital la documentación correspondiente:
o Documentación básica: DNI o acreditación, tarjeta sanitaria y la
documentación justificativa conforme se poseen los requisitos de acceso.
o Formulario de convalidaciones: Formulario en el que el alumno informa de la
solicitud o la renuncia a convalidaciones.
o Documentación complementaria: Documentación acreditativa de
reconocimiento de estudios, convalidación directa, convalidación indirecta, y
exención de las FCTs (Prácticas)
Paso 6: Validación digital
En este paso el Centro Adscrito valida cuatro aspectos:
o Que el alumno ha adjuntado toda la documentación básica.
o Que el alumno ha adjuntado el formulario de convalidaciones.
o Que el alumno cumple los requisitos de acceso al ciclo.
o Que el alumno ha realizado correctamente la prematrícula, en relación a los
requerimientos de matriculación de los módulos.
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Una vez el alumno ha enviado toda la documentación digital y llega a este estado, el
Centro Adscrito debe mirarse toda la documentación y comprobar los requerimientos,
hay cuatro posibles resoluciones:
Prematrícula incompleta: Documentación básica incompleta y cumplimiento
de requerimientos de acceso y de matrícula. Se comunicará al alumno que en
el menor plazo de tiempo adjunte la documentación.
Prematrícula inválida: El alumno no cumple los requerimientos de acceso. Este
alumno no puede matricularse por lo que se procederá a anular la matrícula.
Prematrícula incorrecta: Documentación básica completa y cumplimiento de
requerimientos de acceso pero no de matrícula. Se procederá a anular la
matrícula a y el alumno deberá realizar una nueva correctamente.
Prematrícula validada: El alumno presenta digitalmente la documentación
básica, es válida para el acceso al ciclo, y cumple los requerimientos
correspondientes.
Las Secretarías de los Centros Adscritos deben pronunciarse respecto a la validez de la
prematrícula en un plazo máximo de una semana y de 48 horas en días laborables
quince días antes y después de la fecha de inicio de impartición del semestre en UCOC.
Cuando el alumno incluye una nueva documentación, este mismo plazo vuelve a
abrirse para la validación de la prematrícula.
Todas las prematrículas que no hayan sido validadas en un plazo de quince días del
inicio de la impartición del semestre, ya no serán admitidas, provocándose una
anulación de matrícula.
El envío de los libros y el acceso al campus son servicios reservados a alumnos
prematriculados.
La documentación acreditativa digital para el reconocimiento de estudios,
convalidación directa, convalidación indirecta o exención de las FCTs únicamente son
obligatorias si sirven para cumplir los requerimientos de un módulo.
42. Matrícula Paso 7: Validación física
El alumno debe llevar o enviar a la Secretaría del Centro Adscrito al que se ha matriculado
la documentación física siguiente en un plazo máximo de quince días desde que se haya
iniciado el semestre:
Fotocopia del Documento de acreditación personal (DNI, NIE o Pasaporte)
Fotocopia de la Tarjeta sanitaria
Fotocopia compulsada del Título de acceso al ciclo (el alumno puede presentarse
presencialmente con el original y la copia y el centro lo compulsará insitu)
Formulario de convalidaciones firmado
En el caso en que el alumno no presente esta documentación física en el plazo acordado,
se le instará a que lo haga en la semana siguiente días siguientes. En el caso en que el alumno
15
no lo presente en ese segundo plazo, su matrícula no será efectiva, y en este caso, el Centro
Adscrito decidirá qué medidas adoptar. Las medidas a adoptar pueden ir desde la
desactivación del alumno campus hasta la anulación definitiva de la matrícula.
El alumno también debe enviar en ese plazo máximo de quince días a partir de que se haya
iniciado el curso y en el caso que lo haya solicitado reconocimiento de estudios,
convalidaciones directas o indirectas y/o exenciones:
Fotocopia compulsada del Documento que acredita esa solicitud o solicitudes (el
alumno puede presentarse presencialmente con el/los originales y las copias y el
centro las compulsará insitu)
En el caso en que falte la documentación acreditativa física para el reconocimiento de
estudios, convalidación directa, convalidación indirecta o exención de las FCTs (prácticas) se
dará un aviso de que se subsane la situación en quince días. Si no se entrega la
documentación física pertinente en ese plazo, la solicitud será desestimada automáticamente.
43. Anulación de la matrícula Una matrícula puede ser anulada posteriormente a su formalización, si se demuestra que el
alumno ha incurrido en falsedad documental, o por otras causas atribuibles al alumno.
CAPÍTULO VIII: LA MATRÍCULA. CONVOCATORIAS
44. Alumno de UCOC Se considera alumno de UCOC durante un curso lectivo una persona que ha
formalizado una matrícula durante el año académico (en uno o en los dos semestres)
en los estudios online de los Centros Adscritos que se imparten en UCOC. Estar
matriculado en un ciclo significa estar inscrito como alumno de Formación Profesional
en el Registro de la Generalitat.
45. Convocatorias por matrícula Con cada matrícula a la Unidad Formativa o crédito, el alumno tiene derecho a ser
evaluado en dos convocatorias en ese semestre. La primera convocatoria u ordinaria
se consume siempre. La segunda convocatoria o extraordinaria únicamente se
consume en función de si el alumno hace uso o no de ella.
Si el alumno no aprueba una Unidad Formativa o crédito ese curso, debe volver a
matricularse para acceder a nuevas convocatorias, independientemente de si ha
consumido una o las dos convocatorias de la matrícula anterior.
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46. Número de matrículas y evaluaciones máximas Según Normativa vigente, en un ciclo y Centro, un alumno puede estar matriculado
tres veces de una Unidad Formativa o crédito y ser evaluado en cuatro convocatorias
de los mismos, a excepción del módulo de Formación en Centros de Trabajo (FTC) del
que únicamente puede ser evaluado en dos convocatorias. Con carácter excepcional,
el alumno puede solicitar una quinta convocatoria extraordinaria por motivos de
enfermedad, discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo de los
estudios. El director del Centro Adscrito resolverá si la concede o no.
47. Volver a matricularse en una asignatura La mayoría de las Unidades Formativas o créditos se ofrecen en semestres alternos,
por lo que el alumno que deba volver a presentarse a una convocatoria de evaluación,
podrá hacerlo en el semestre en que ésta Unidad Formativa o crédito se imparta.
Volver a matricularse de una Unidad Formativa o crédito conlleva realizar la solicitud
de rematrícula y el pago de la misma.
CAPÍTULO IX: PLAN DE ESTUDIOS
48. Los Planes de estudio de los ciclos Los Planes de estudio de los ciclos de UCOC son de acceso público y están publicados
en la página web www.ucoc.es
Los Planes de estudio comprenden:
a. Información general del ciclo: descripción, familia profesional, competencias,
titulación, etc.
b. Horas totales del ciclo, entre las que encontramos horas de FCTs (prácticas en
empresas) y horas de impartición; entre estas últimas encontramos horas
presenciales y horas online.
c. Idioma de impartición
d. Objetivos de ciclo
e. Programa en el que se detalla las Unidades Formativas o créditos en los que se
incluyen las horas de formación presencial.
f. Oferta semestral de módulos (semestral), donde aparece también las
especificaciones de ciclo, así como los requerimientos y recomendaciones, y la
introducción de la lengua inglesa.
g. Itinerarios formativos recomendados.
49. Modificación de los Planes de estudio Todo y que los Planes de estudio tienen vocación de permanencia, pueden sufrir
variaciones debido a:
a. Nueva normativa o requisitos estipulados por la Administración pertinente
(Gobierno de España o Generalitat de Catalunya). UCOC no se hace
responsable de esos cambios, propiciados por la Administración.
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b. Por necesidades académicas u organizativas de UCOC. UCOC realizará las
modificaciones de los Planes de estudios por necesidades académicas u
organizativas antes de iniciarse el curso correspondiente.
Siempre que haya modificaciones en el Plan de estudios, UCOC informará a los
alumnos que se vean o puedan verse afectados de los ítems siguientes:
Nuevo Plan de estudios.
Plan antiguo.
Itinerarios recomendados para pasar del Plan antiguo al Plan nuevo.
Plan de impartición para los años en que se produce este tránsito.
Un alumno puede anular su matrícula quince días después de ser comunicado un
cambio en su Plan de estudios, no así con posterioridad. Esta anulación puede ser
parcial (en los módulos que han variado) en el caso de razones atribuibles a la
Administración y parcial o total en el caso de ser un cambio imputable a UCOC.
50. Compromisos de UCOC en relación a los Planes de estudio UCOC informará a los alumnos lo antes posible de los cambios propiciados por la
Administración y que alteran los Planes de Estudio. UCOC no se hace responsable
de los agravios producidos a los alumnos por los cambios de Planes de estudio
imputables a la Administración.
En cambios de Plan de estudios imputables a UCOC:
UCOC se compromete a mantener la impartición tal y como la tenía prevista
para el itinerario de 2 años que se inició en septiembre.
UCOC se compromete a diseñar unos itinerarios de tránsito para el resto de
alumnos (planes de 2 y 3 años iniciados en enero y planes de 3 años iniciados
en septiembre de tal forma que los alumnos puedan finalizar sus estudios en
los plazos previstos)
UCOC se compromete a posibilitar una vía para que los alumnos que han
suspendido y deben repetir una asignatura en un semestre diferente al que se
impartió y por dicha causa, no puedan finalizar sus estudios en los plazos
previstos. Estos alumnos podrán entrar en un aula con todos los recursos,
incluidas las clases grabadas, y su evaluación será como la que se desarrolla
para la convocatoria extraordinaria.
51. Orientación en situación de cambio de Planes de estudio UCOC ofrecerá una orientación sobre los cambios de Planes de estudio a aquellos
alumnos que consulten cómo proseguir los estudios.
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CAPÍTULO X: LA FORMACIÓN EN UCOC
52. Características de la formación en UCOC Es una formación a distancia que utiliza las TIC y que requiere la presencialidad
mínima establecida por la normativa vigente.
Se trata de una formación dirigida a un grupo de alumnos en la que el
participante se encuentra acompañado y en contacto con otros estudiantes.
Es una formación tanto teórica como práctica que requiere actividad constante
por parte del alumno.
Hay una evaluación continua que garantiza la adquisición progresiva de las
competencias requeridas.
Los estudios se pueden llevar a cabo de forma asíncrona (sin estipular una hora
concreta de conexión). La formación contempla la posibilidad de participar en
elementos síncronos (que requerirán una hora concreta de conexión) como es
el caso de las clases virtuales, aunque éstas no son obligatorias para aprobar y
pueden recuperarse en diferido ya que quedan grabadas.
La intervención de los profesores es activa, impartiendo clases, corrigiendo
actividades, moderando foros, etc.
Los alumnos cuentan con servicios de referencia y soporte, a los que podrán
dirigirse para orientarse y resolver las dudas o incidencias necesarias.
53. Metodología La metodología en UCOC se caracteriza por su dinamismo y se centra en la actividad
del alumno. La guía didáctica y el plan de trabajo conforman la estructura y la
actividad de aprendizaje del aula, que se asienta en tres elementos principales:
Los materiales: Cada módulo cuenta con contenidos de todos los temas que se abordan. Entre estos contenidos se pueden encontrar materiales didácticos específicos y recursos de aprendizaje como pueden ser artículos, vídeos, referencias bibliográficas, etc.
Las actividades: Para garantizar la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos y la integración de los contenidos de cada tema, se encuentran las actividades. Éstas son corregidas y evaluadas de forma individual por los profesores. Entre las actividades se pueden encontrar trabajos de desarrollo, resolución de casos, foros de debate, búsquedas en internet, etc.
Las clases virtuales: Sirven a modo de resumen de la materia impartida y de las actividades realizadas y tienen el objetivo de ampliar y reforzar el aprendizaje. Estas clases son impartidas en directo por el profesor de la asignatura a través de un sistema de videoconferencia y permiten a los alumnos expresar dudas sobre la materia a través de un chat habilitado durante la sesión. Las clases virtuales de cada asignatura se imparten regularmente y quedan almacenadas en el campus virtual para que, aquellos alumnos que no han podido asistir en el momento en que se celebran, puedan consultarlas en cualquier otro momento.
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CAPÍTULO XI: PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
54. Sistema de evaluación UCOC utiliza un sistema de evaluación mixto, que comprende una evaluación continua de
carácter obligatorio, que consiste en la evaluación de trabajos y actividades entregados por el
alumno durante el curso, unas prácticas presenciales (en el caso en que se realicen) y unos
exámenes presenciales. El sistema de evaluación de cada módulo se comunica al inicio de
curso mediante la guía didáctica del módulo y el plan de trabajo publicado en cada aula.
Cualquier modificación en un módulo del sistema de evaluación o de los elementos que lo
componen es comunicada con antelación a los alumnos facilitando los cambios que se hayan
podido producir.
55. Evaluación Continua El sistema de evaluación continua es público desde el momento en que se inicia el curso y se
compone de diferentes elementos como test, actividades, visualización o resúmenes de clases,
etc.
Para la convocatoria extraordinaria, se prevé un único examen presencial que incorporará
elementos de la evaluación continua.
56. Calendario de entregas El sistema de trabajo de evaluación continua de UCOC es quincenal, y el calendario de entregas
está reflejado en el calendario lectivo de UCOC, publicado en la web www.ucoc.es desde el
momento de la matrícula.
Si por un motivo justificado y documentado, no se pueden entregar las actividades o
resúmenes en el tiempo previsto, el alumno deberá presentar una solicitud y justificación a
UCOC mediante el sistema de Tickets. UCOC puede admitir la solicitud, si lo considera
pertinente, y permitir la entrega tardía de actividades o resúmenes, siempre que éstas se
presenten en el plazo máximo de una semana desde la fecha y hora de entrega prevista
inicialmente. UCOC no permitirá entregas de actividades o resúmenes fuera de ese plazo.
Los foros y test no se pueden recuperar, éstos no se pueden realizar fuera del periodo
establecido inicialmente.
57. Incorporación tardía de alumnos Los alumnos que se incorporen tardíamente a UCOC tienen la posibilidad de entregar todos los
elementos de la evaluación continua de la primera quincena coincidiendo con la entrega de la
segunda quincena.
58. Corrección y calificación de la evaluación continua Las entregas, actividades, resúmenes o contestaciones de las clases y foros serán calificados en
el plazo máximo de 10 días de la fecha máxima de entrega. La publicación de la solución,
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ejemplo o pautas de corrección con finalidades didácticas depende del criterio del profesor y
será realizada después de la calificación (ocho días después de la fecha límite de la entrega).
La calificación y solución de los test se producirá de forma inmediata una vez cerrados los
mismos.
Como excepción y para facilitar la incorporación de alumnos de forma tardía, la calificación y
solución de los elementos de evaluación continua de la primera entrega (primera quincena)
será publicada en el mismo momento que los de la segunda quincena.
59. Presenciales Hay algunos módulos que tienen sesiones o prácticas presenciales según se especifica en el
Plan de estudios. Estas sesiones o prácticas se desarrollarán en un único fin de semana
anterior a los exámenes, pudiendo incluir el viernes, en la provincia de Barcelona.
Las sesiones presenciales o prácticas son obligatorias y se han de superar.
60. Convocatoria de exámenes Los exámenes son presenciales y por cada semestre hay dos convocatorias de exámenes:
primera convocatoria u ordinaria (para todos) y segunda convocatoria o extraordinaria
(únicamente para los que hayan suspendido o no se hayan presentado en la primera
convocatoria u ordinaria).
61. Convocatoria adicional de síntesis Así mismo, hay una convocatoria específica para la presentación del Proyecto de síntesis que
puede ser presencial o a distancia (mediante teleconferencia). La convocatoria primera u
ordinaria para el Proyecto o Síntesis se realiza algunas semanas después de la primera
convocatoria u ordinaria de los exámenes de los módulos. La segunda convocatoria o
extraordinaria del proyecto o síntesis coincide con el fin de semana de exámenes de la
segunda convocatoria o extraordinaria.
62. Exámenes mediante teleconferencia La parte oral de los exámenes de idiomas y la presentación de los Proyectos de Síntesis en
sedes diferentes de Barcelona se realizarán o bien mediante sistema de teleconferencia si la
realiza el mismo profesor o bien evaluándose con otro profesor. UCOC estipulará la modalidad
a la que quedará acogido el alumno en cada convocatoria.
63. Publicación de las fechas y ciudades de exámenes Las fechas y provincias en que se celebran los exámenes y las prácticas están publicadas en el
calendario lectivo y en la web de UCOC desde el inicio del proceso de matrícula.
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64. Horario y sede física El horario concreto y la sede física en que se realizarán los exámenes en diferentes ciudades se
publicará en el campus de UCOC, como mínimo, 30 días antes de la celebración de los mismos.
65. Notificación de asistencia a exámenes El alumno debe confirmar la asistencia a los exámenes y la ciudad donde se presentará, si para
el ciclo que está cursando tiene varias opciones.
Aquellos alumnos que no confirmen su presencia en los exámenes, no serán admitidos para
realizarlos, aunque se personen en la convocatoria.
66. Imposibilidad de asistir a los exámenes y alumnos con necesidades
especiales UCOC realiza los exámenes en las fechas, horarios y lugares establecidos. Si un alumno no
puede asistir a los exámenes en la convocatoria ordinaria, deberá presentarse en la
convocatoria extraordinaria.
Los alumnos que pueden justificar documentalmente mediante un certificado de disminución
que necesitan unas condiciones específicas para los exámenes, deberán solicitar las mismas
con un mes de antelación a los exámenes, enviando la solicitud correspondiente colgada en el
campus de UCOC. UCOC resolverá en qué términos se adaptan las condiciones de exámenes
que, en todos los casos, han de ser presenciales.
Si un alumno no puede asistir a los exámenes se le considerará No presentado y se le
computará una convocatoria en la primera convocatoria u ordinaria y no se le computará una
convocatoria en segunda convocatoria o extraordinaria.
67. Tribunal de incidencias de la convocatoria extraordinaria Si por causa mayor y justificada un alumno no puede presentarse a la convocatoria
extraordinaria, puede solicitar examinarse mediante el Tribunal de incidencias, solo de
aquellos exámenes que son teóricos.
El Tribunal de incidencias es una instancia de último recurso que autoriza el aplazamiento de
exámenes de convocatoria extraordinaria en las siguientes circunstancias:
Operaciones, convalecencias y bajas médicas
Defunciones, nacimientos, bodas, bautizos o comuniones de familiares de primer
grado
Negación de permiso laboral
Concordancia con otra convocatoria de examen oficial
Otras circunstancias justificables
Un alumno puede solicitar presentarse al Tribunal de incidencias antes de las 24,00h del
domingo del fin de semana en que se celebran los exámenes de la convocatoria extraordinaria
y con la solicitud, situada en el espacio de Secretaría del Campus, deberá adjuntar el
justificante acreditativo.
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El Tribunal de incidencias ha de resolver si autoriza o no al alumno a presentarse, cosa que
realizará en un término máximo de 24 horas del cierre de las solicitudes.
El tribunal de incidencias permite examinarse de contenidos teóricos, excluyendo prácticas o
exámenes prácticos, presentación de Proyecto o Síntesis o exámenes orales de idiomas.
Los exámenes del Tribunal de incidencias se realizarán en las dependencias centrales de UCOC,
calle Pelayo 8 de Barcelona y se desarrollan la semana siguiente de la segunda convocatoria o
convocatoria extraordinaria de exámenes. Al Tribunal de incidencias el alumno debe
presentarse con la autorización impresa de UCOC y el justificante acreditativo original.
68. Publicación de notas provisionales Las notas provisionales se publican en el campus como máximo quince días después de la
celebración de los exámenes. Estas notas son provisionales, en tanto no se ha procedido a la
revisión de exámenes y no se ha celebrado la Junta de evaluación correspondiente y por tanto,
no tienen validez académica.
69. Revisión de exámenes Los alumnos tienen derecho a ver el examen realizado y comentarlo con el profesor y en UCOC
este proceso se realiza mediante videoconferencia.
Juntamente con las notas provisionales se publican los horarios de revisión de exámenes. Los
alumnos pueden solicitar la revisión de exámenes como mínimo en las siguientes 24 horas de
días lectivos a partir de la fecha de publicación.
Los alumnos recibirán la confirmación de la revisión, la hora en que se realizará y el enlace
para conectarse a la misma como mínimo 12 horas antes de celebrarse.
En el supuesto en que la nota del examen se vea modificada en la revisión, ésta se publicará
en el campus.
70. Juntas de evaluación Todos los profesores de un ciclo se reúnen en la Junta de evaluación para comentar los
resultados de los alumnos y evaluarlos. En la Junta de evaluación se hacen observaciones
generales del grupo y particulares de los alumnos, se valida la corrección de los cálculos de las
notas y se cierran las notas definitivas.
71. Publicación de notas definitivas Las notas definitivas se obtienen después del proceso de revisión y de celebrarse las Juntas de
evaluación y se publican en el campus en un plazo inferior a 30 días naturales después de la
celebración de los exámenes.
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72. Boletines de notas y certificados académicos Los Centros Adscritos dispondrán de las notas integradas en el expediente académico en un
plazo máximo de 60 días naturales (en meses hábiles) a partir de la celebración de los
exámenes. Los centros enviarán las notas del curso escolar después de la convocatoria
extraordinaria del último semestre o en su defecto, darán acceso al alumno para la
visualización de su expediente en ese plazo.
Los certificados académicos se expedirán una vez los Centros Adscritos dispongan de las actas
de notas firmadas por el profesorado. El centro enviará un boletín de notas durante el curso,
siempre previa solicitud del alumno.
Dado el calendario lectivo de UCOC y las convocatorias de exámenes, UCOC facilitará pero no
garantizará, la disposición de las notas para las inscripciones de selectividad o las inscripciones
a otros centros.
73. Sistema de cálculo de notas finales El cálculo de las notas por crédito y Unidad Formativa que se realiza en UCOC está recogido en
la Normativa de evaluación publicada en la Secretaría del Campus.
El cálculo de las notas de módulo y ciclo está basado en la normativa vigente de Formación
Profesional Documento para la organización y la Gestión de Centros y que está resumido en la
Normativa del sistema de evaluación de UCOC publicado en la Secretaría del Campus.
74. Reclamaciones motivadas por las calificaciones UCOC sigue el procedimiento descrito en el Documento para la organización y la Gestión de
Centros vigente para las reclamaciones motivadas por las calificaciones obtenidas y
comunicadas a los alumnos al final de las Unidades Formativas o créditos.
CAPÍTULO XII: EL CAMPUS VIRTUAL
75. Las claves de acceso Los alumnos reciben las claves de acceso al campus virtual de UCOC, una vez prematriculados,
uno o dos días antes del inicio del módulo 0. Las claves de acceso al campus son el nombre de
usuario y la contraseña (que el usuario puede modificar).
El acceso al campus es personal e intransferible, y por ello el alumno ha de mantener en
secreto su contraseña sin proporcionársela a terceros. En el campus, el alumno realiza su
actividad lectiva y mediante el mismo es informado de sus notas. Si un tercero entrara en su
nombre, UCOC se exime de cualquier responsabilidad siendo ésta asumida enteramente por
el alumno. Por eso, recomendamos que si el alumno sospecha este hecho, lo comunique
inmediatamente a UCOC para restituirle su contraseña.
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76. Acceso a elementos del campus El acceso al campus incluye el acceso al módulo 0, a las aulas de los módulos o créditos a los
que el alumno está matriculado, y a los espacios comunes de información y socialización.
El alumno tiene acceso a un aula desde el inicio del módulo o crédito hasta quince días
después de la publicación definitiva de las notas de la segunda convocatoria o extraordinaria,
momento en que ésta ya no será accesible.
77. Módulo 0 UCOC desarrolla un módulo formativo inicial unos días antes del inicio del semestre, el
denominado módulo 0, que tiene los siguientes objetivos:
Introducir a los alumnos en el uso del campus, utilizando las principales opciones del
mismo.
Simular un aula en un entorno de prueba donde los alumnos puedan familiarizarse
con la metodología que seguirán posteriormente y puedan realizar actividades
formativas en un entorno sin riesgos.
Detectar y tratar los posibles problemas e incidencias técnicas que los alumnos puedan
tener con su ordenador, software y red.
Dar la bienvenida a los estudiantes y conocer tanto al tutor que tendrán, como los
diferentes sistemas de espacios de información y ayuda con los que contarán.
Realizar el módulo 0 es obligatorio para los alumnos la primera vez que se incorporan al
sistema, aunque los resultados del mismo no quedan recogidos en el expediente.
Para los alumnos incorporados en anteriores semestres, en septiembre se realiza una
sesión inaugural donde quedan recogidos las novedades de este año que hacen referencia a la
organización, metodología y sistema de evaluación UCOC.
Para determinados ciclos y módulos, en los que se ha detectado que los alumnos
necesitan una familiarización con la materia antes de iniciar los estudios, el módulo 0 puede
realizarse con anterioridad acompañando una formación introductoria específica. En los ciclos
en que esto se produce, esta formación introductoria queda recogida en los Planes de estudio.
78. Las aulas Por cada módulo o crédito matriculado se habilita un aula, y por cada Unidad Formativa se
habilita un espacio dentro del aula.
Todas las aulas de UCOC tienen una estructura semejante y cuentan con:
Un tablón del profesor, donde éste realiza sus notificaciones
Un foro donde tanto profesores como alumnos escriben
Una guía didáctica del módulo o crédito
Un plan de trabajo del módulo o crédito
Diferentes elementos como materiales, actividades, test, acceso a las clases, etc.
Visualización de notas de las convocatorias ordinarias y extraordinarias
Herramientas propias del aula, como el calendario o el calificador
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Todos los elementos de las aulas no son visibles desde el primer momento, sino que son
accesibles a medida que va avanzando el curso y son necesarios.
Las aulas dejarán de estar disponibles para los alumnos quince días después de la publicación
de notas definitivas de la convocatoria extraordinaria.
79. Los materiales En UCOC se utilizan materiales de editoriales o propios diseñados específicamente para ciclos
de Formación Profesional.
En general, los materiales cuentan con una doble versión: una versión digital, colgada en el
aula y una versión impresa, que llega por mensajería a los alumnos. Excepcionalmente, algún
material puede contar con una única versión. La lista de materiales que se utilizan en un curso
y las versiones en que encuentra se publica en el campus.
80. Las actividades: entregas y formato En las actividades que presenten los alumnos, además del contenido, también se valora:
La redacción, gramática y ortografía, que han de ser correctas.
La originalidad del trabajo, que ha de estar garantizada.
La presentación o imagen del trabajo.
El formato en dos sentidos: que esté realizado con el software admitido (consultar los
requerimientos técnicos en la web de UCOC) y que no sobrepase el peso admitido para
esa actividad.
81. Las clases Las clases en directo se desarrollan mediante un sistema de teleconferencia, y la conexión en
directo es voluntaria aunque recomendable. Únicamente en algunas asignaturas de idiomas en
que se trabaja la oralidad, la conexión puede ser obligatoria.
82. La tutorización del módulo El profesor de cada asignatura con posterioridad a la clase virtual realiza media hora de tutoría
en la que el alumno puede realizar consultas en directo (mediante chat escrito o de forma
oral). El profesor tiene la posibilidad de responderle de forma inmediata utilizando el sistema
de videoconferencia.
Así mismo, el profesor realiza una tutorización continua durante todo el curso mediante la
respuesta a los foros donde los alumnos exponen sus dudas.
83. Profesorado El profesorado que imparte en UCOC tiene la titulación requerida. El profesor de UCOC tiene
libertad para orientar e impartir la formación como considere conveniente, siempre que se
ciña al currículum que marca la Administración.
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84. Idioma de impartición El idioma en que se imparten los estudios en UCOC es el castellano, por tanto toda la
información y comunicación se realiza como mínimo en este idioma. También puede haber
módulos que se impartan en otros idiomas, posibilidad que queda reflejada en la oferta.
Los alumnos de UCOC han de respetar el idioma en que se imparte un módulo para realizar las
aportaciones en el foro y otras comunicaciones públicas, todo y que también, se les reconoce
la posibilidad de entregar las actividades, los trabajos de síntesis y los exámenes en catalán.
CAPÍTULO XIV: RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS Y CONVALIDACIONES
85. Reconocimiento de estudios Se entiende por reconocimiento de estudios cuando un estudiante que ha realizado parte de
un ciclo en un Centro quiere seguir realizándolo en otro y desea que se le reconozca la
formación realizada. El reconocimiento se produce siempre que se trate de un mismo ciclo y
de un mismo marco legislativo. El reconocimiento de estudios en UCOC se solicita en el
procedimiento de matrícula.
86. No matriculación en convalidaciones directas y singulares tipificadas Son convalidaciones directas las que pueden solicitar aquellas personas que han cursado un
Ciclo Formativo de Formación Profesional específico y están cursando otro del mismo Grado o
de Grado superior.
Las convalidaciones directas las resuelve el Centro Adscrito y UCOC recomienda no
matricularse de las mismas, siempre que el objeto de la solicitud esté claramente recogido en
la información sobre convalidaciones publicada en la web de UCOC.
Son convalidaciones singulares las que pueden solicitar personas que han cursado enseñanzas
universitarias vigentes, extinguidas o en el extranjero. Las convalidaciones singulares las
resuelve la Generalitat de Catalunya, su resolución puede tardar varios meses, y no tiene
garantías de ser positiva.
Dentro de las convalidaciones singulares encontramos las convalidaciones singulares
tipificadas, que son convalidaciones que generalmente tienen una resolución positiva; y las
convalidaciones singulares no tipificadas, de las que no hay ningún tipo de referencia.
Las convalidaciones singulares tipificadas están recogidas en la web de UCOC, en el apartado
de las Preguntas Frecuentes. Dado que hay altas posibilidades de que las convalidaciones
singulares tipificadas se resuelvan positivamente, UCOC recomienda no matricularse a las
mismas.
87. Matriculación en Convalidaciones singulares no tipificadas Las convalidaciones singulares no tipificadas son casos particulares que no tienen prevista una
convalidación y que se resuelven individualmente por la Dirección General de Enseñanzas
Profesionales, Artísticas y Especializadas.
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Las convalidaciones singulares no tipificadas las resuelve la Generalitat de Catalunya, su
resolución puede tardar varios meses, y su resolución es incierta, por eso, recomendamos que
el alumno se matricule a los módulos de los que solicita dicha convalidación.
88. Consecuencias de la matrícula para las convalidaciones Un alumno que ha solicitado una convalidación y se ha matriculado de la asignatura, tiene dos
posibilidades:
Si la convalidación ha sido aceptada, puede optar entre incorporar al expediente la
convalidación o la nota que ha sacado cursándola.
Si la convalidación ha sido denegada, se incorporará en el expediente la nota que haya
sacado en la asignatura.
Un alumno que ha solicitado una convalidación y no se ha matriculado de esa asignatura, tiene
dos posibilidades:
Si la convalidación ha sido aceptada, esta resolución se incorporará al expediente.
Si la convalidación no ha sido aceptada, esta resolución no se incorporará al
expediente y el año siguiente deberá cursar la asignatura.
89. Recomendación de tramitación de convalidaciones Se recomienda solicitar las convalidaciones en la primera matrícula que se realiza en UCOC o
como mínimo, un semestre anterior a la fecha publicada de inicio de la asignatura de la que se
aspira la convalidación, para que se resuelva lo antes posible y así configurar una matrícula
coherente.
El alumno de UCOC en el momento de la matrícula está obligado a pronunciarse en relación a
la solicitud o renuncia de convalidaciones, rellenando y adjuntando el formulario
correspondiente.
CAPÍTULO XV: FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCTs)
90. Definición de Formación en Centros de Trabajo La formación práctica en centros de trabajo (FCT) es un módulo de carácter obligatorio para la
obtención del título oficial del ciclo formativo y que tiene como objetivo completar el
conocimiento y las competencias del alumno adquiridas en el ámbito académico, acercándole
a la realidad del mundo productivo con la finalidad de enfocar su proyecto de futuro
profesional y mejorar sus posibilidades de inserción laboral.
91. Normativa de Formación Práctica en Centros de Trabajo (FCTs) El documento Normativa de la Formación Práctica en Centros de Trabajo de la Generalitat de
Catalunya, con sus Instrucciones de Aplicación para cada curso escolar, es el marco legal de las
prácticas gestionadas por los Centros Adscritos a UCOC.
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En UCOC por norma general el periodo de prácticas en empresas se inicia cuando el alumno
haya superado el 50% de la formación del ciclo, pero cada ciclo estipula los requerimientos
específicos para la realización del módulo FCT en el Plan de estudios.
La gestión y seguimiento de las FCTs son competencia del Centro Adscrito al que se matricula
el alumno. Toda realización de prácticas irá acompañada de la aceptación por escrito de la
normativa interna referida a las FCTs del Centro Adscrito.
92. Periodo y horario de la Formación en Centros de Trabajo Las prácticas se realizarán desde el 1 de septiembre hasta el 31 de Julio (queda excluido agosto
como período de prácticas).
En los Centros Adscritos a UCOC, las prácticas se pueden realizar en el horario comprendido
entre las 8h y las 22h de lunes a viernes, exceptuando los días festivos.
En general, un alumno puede hacer un máximo de 7 horas de prácticas diarias, y por tanto, de
35 horas de prácticas semanales.
93. Convenio El Centro Adscrito articula un convenio con la empresa o institución en la que el alumno
realiza las prácticas. El alumno puede proponer la empresa o institución en la que desea
realizar las prácticas, y el Centro Adscrito procurará establecer un convenio regulador con la
misma, siempre y cuando valide la adecuación de la empresa propuesta.
El Centro Adscrito se compromete a ofrecer al alumno un máximo de 3 propuestas de
empresas para realizar las prácticas. Si por motivos de preferencias de horarios o ubicación, o
por la no admisión del centro de prácticas al alumno, estas tres propuestas son desestimadas,
será el alumno el encargado de proponer un centro de prácticas, y el Centro Adscrito
procurará establecer un convenio regulador con la misma, siempre y cuando valide la
adecuación de la empresa propuesta.
94. Lugar de realización de las prácticas El alumno puede realizar las prácticas en cualquier Comunidad Autónoma de España o en
cualquier país del Espacio Económico Europeo, previa solicitud y gestión del Centro Adscrito y
pago del seguro específico correspondiente. La posibilidad de realizar las prácticas en el
espacio Económico Europeo, está sujeta a la validación por parte del Centro Adscrito y el
Departament d’Ensenyament de la Generalitat de Catalunya.
95. Exención de la Formación en el Centro de Trabajo La cantidad de horas a realizar como Formación en el Centro de Trabajo puede reducirse si se
solicita una exención de las mismas, que puede ser:
La exención del 100% del total de las horas del crédito o módulo del ciclo se otorga si
el alumno acredita la experiencia profesional correspondiente a un número de horas
igual o superior a las del crédito o módulo de Formación en un Centro de Trabajo
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(FCT), relacionada con el ámbito profesional y de trabajo y las principales ocupaciones
y lugares de trabajo del ciclo formativo.
La exención parcial del 50% del total de horas del módulo FCT se otorga si el alumno
acredita la experiencia profesional correspondiente a un número de horas igual o
superior al 50% de las módulo FCT., relacionado con el ámbito profesional y de trabajo
y las principales ocupaciones y lugares de trabajo del ciclo formativo.
La exención parcial del 25% del total de horas del módulo FCT siempre y cuando el
alumno acredite como mínimo el doble de las horas del crédito o módulo de prácticas
del ciclo formativo del cual se solicita la exención.
Documentación a adjuntar para la exención:
a) Trabajadores por cuenta ajena:
Informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o
Certificado o informe de la entidad o empresa, donde consten las horas de experiencia
laboral, que detalle la actividad y las funciones que ha realizado el alumno.
b) Trabajadores por cuenta propia:
Certificado de alta de actividad económica
Recibos de cotización a la Seguridad Social
Cuota de régimen de autónomos
Declaración trimestral positiva de la actividad económica (modelo 130)
Una vez el centro haya validado la documentación digital, el alumno deberá enviarla o
presentarla físicamente al centro.
El Centro Adscrito resolverá la solicitud de exención total o parcial del módulo profesional de
FCT. La resolución se comunicará al interesado para su conocimiento indicando si se trata de
exención total o parcial y, en este último caso, las prácticas a realizar, y se incorporará copia en
el expediente del alumno.
CAPÍTULO XVI: TRÁMITES
96. Solicitud de reconocimientos, convalidaciones directas o indirectas y
exenciones Estas solicitudes se realizan en el proceso de matrícula, tal y como se ha descrito
anteriormente.
97. Renuncia total o parcial a la matrícula El alumno puede solicitar, atendiendo determinadas causas, la renuncia total o parcial a la
matrícula, perdiendo así todos sus derechos, solicitándolo por escrito y por una sola vez, al
director del centro, a través de UCOC.
30
Las causas que se consideran suficientes, siempre que se justifiquen
documentalmente, para aceptar la renuncia total o parcial a la matrícula son:
Enfermedad o accidente del alumno o familiares
Atención a familiares
Maternidad o paternidad
Cambio de condiciones en el trabajo o incorporación a un puesto de trabajo
Otras circunstancias personales de carácter extraordinario
Si se acepta la renuncia de la matrícula, el alumno afectado:
Conserva el derecho de reserva de plaza para el curso siguiente.
No se computan las convocatorias de unidades formativas no calificadas.
En el caso de haberse iniciado, sin completar en el momento de la anulación
de la matrícula, la formación en centros de trabajo (FCT), se computan las
horas de formación en centros de trabajo efectivamente realizados.
La solicitud de renuncia a la matrícula deberá realizarse quince días antes de la fecha
de examen de la convocatoria ordinaria o primera convocatoria. Se podrán valorar renuncias a
la matrícula desde esa fecha hasta el momento del examen siempre que sean justificadas y
motivadas por causas impredecibles.
98. Baja total o parcial La baja puede ser motivada por el alumno o por el Centro Adscrito.
Se contemplan las siguientes razones para dar de baja un alumno por parte del Centro
Adscrito:
a) Por falta de pago (en el caso de pago fraccionado)
b) Por falsedad o irregularidad en los datos de acceso u otros datos facilitados a
UCOC
c) Por incumplimiento de los requisitos de acceso
d) Por incumplimiento de los requerimientos del plan de estudios de UCOC.
e) Por expediente disciplinario
La baja puede ser motivada por el alumno alegando cualquier circunstancia.
La baja total o parcial no requiere ser aceptada por la otra parte, aunque sí debe de
notificarse.
Si se produce una baja, para el alumno afectado:
No pierde la calificación obtenida en las unidades formativas o créditos
superados.
No se computan las convocatorias de unidades formativas o créditos no
calificados.
En el caso de haberse iniciado, sin completar en el momento de la anulación de
la matrícula, la formación en centros de trabajo (FCT), se computan las horas
de formación en centros de trabajo efectivamente realizados.
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La solicitud de baja total o parcial por parte del alumno puede realizarse en
cualquier momento pasados 15 días oficiales desde la inscripción.
99. Solicitud de la titulación oficial Una vez superados todos los módulos del ciclo, incluyendo la Formación en Centros de Trabajo
(FCT) el alumno puede solicitar el título oficial del ciclo. Para ello, debe presentarse
personalmente en el Centro Adscrito en el que está matriculado o mediante autorización
expresa a una tercera persona, y solicitar la documentación del pago de tasas que deberán
abonar y devolver al centro, sellada por la entidad bancaria. El Centro en ese momento inicia
el proceso de solicitud del título. Una vez el título haya llegado al Centro, trámite que puede
llevar algún o algunos años, éste debe notificárselo al alumno para que lo vaya a recoger
personalmente o por una tercera persona autorizada, junto con el resguardo de pago.
CAPÍTULO XVII: NORMATIVA DE CONVIVENCIA
100. UCOC se compromete a: Poner a disposición del alumno un sistema de comunicación eficaz (sistema de tickets),
que permita atender dudas o solicitudes del alumno en un plazo máximo de:
o 48 horas en días laborables
o 72 horas en días no laborables
o Una semana en período no lectivo, excluyendo las vacaciones de verano
El sistema de tickets es el canal de comunicación preferencial del alumno con UCOC y
permite gestionar aspectos peticiones, sugerencias, y reclamaciones de las siguientes
áreas:
o Secretaría académica y gestiones
o Gestión docente, metodología, orientación para los estudios, etc.
o Comunicación de circunstancias personales y problemáticas que impiden el
desarrollo normal de los estudios.
o Incidencias técnicas, ayuda informática, pérdida de contraseña, etc.
Mantener la Secretaría abierta según el calendario académico de lunes a viernes de
9,00h a 14,00h y de 16,00h a 19,00h. Poner a disposición del alumno un buzón
electrónico de la Secretaría: [email protected] y atención telefónica
mediante el número 933 019 890
Informar a los alumnos mediante la web, el correo electrónico, el campus o la
comunicación telefónica sobre los trámites académicos, metodología, Planes de
estudio, calendario docente y otros eventos relevantes para los estudios.
Contestar a las consultas ordinarias sobre la materia y las actividades de estudio,
mediante la figura del profesor, en un plazo máximo de:
o 48 horas en días laborables
o 72 horas en días no laborables
o Una semana en periodo no lectivo, excluyendo las vacaciones de verano
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Si por alguna circunstancia extraordinaria no se pudiera contestar en este plazo, el
profesor y el centro informarán al alumno de este hecho y propondrán las vías para
corregir el servicio.
Mantener en periodo lectivo un campus (plataforma virtual de aprendizaje) en servicio
permanente de 24h * 7 días a la semana. Si se detectara una incidencia en este
sentido, el Centro se compromete a restaurar inmediatamente el servicio.
Poner a disposición de los alumnos todos los recursos necesarios para su aprendizaje.
Evaluar al alumno de forma objetiva y acceder a la revisión de los exámenes, bajo
petición previa de los mismos.
101. El centro adscrito se compromete a: Validar y requerir a los alumnos la información y documentación para la prematrícula y
matrícula.
Matricular al alumno en el Centro y comunicar su matrícula a la Generalitat de
Catalunya según procedimientos habituales.
Tramitar las solicitudes de reconocimiento de estudios y las convalidaciones directas e
indirectas, gestionándolas en el marco del centro o llevándolas al órgano competente
para su resolución y comunicando al alumno su resolución.
Crear el expediente del alumno, incorporar los trámites y notas y custodiar el mismo.
Emitir y enviar el boletín de notas al alumno desde la celebración de los exámenes.
Emitir los certificados que los alumnos requieran y que estén contemplados en el
marco de la administración escolar.
Preparar de forma prioritaria la documentación que requieran los alumnos para
presentarse a selectividad y/o matricularse en la universidad, siempre que éstos lo
requieran anteriormente.
Gestionar el título oficial del alumno cuando éste lo solicite.
Gestionar y tutelar las prácticas o la Formación en Centros de Trabajo.
102. El alumno se compromete a: Garantizar la veracidad y actualización de los datos y documentación que pone a
disposición de UCOC.
No permitir el acceso al campus con su usuario y contraseña a un tercero, y comunicar
inmediatamente a UCOC este hecho si sospechara que se está produciendo.
Hacer un correcto uso del campus y los materiales que se ponen a disposición del
mismo.
Cumplir con los requisitos tecnológicos establecidos, realizar el taller inicial, leer las
guías y seguir las indicaciones en relación al acceso y uso del campus de aprendizaje.
Conocer y aceptar el calendario lectivo y el sistema de evaluación de los estudios, que
incluye la evaluación continua y los exámenes.
Aceptar los acuerdos adoptados por la dirección de los estudios y los profesores de los
mismos, en los diferentes órganos de decisión y en las Juntas de evaluación.
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Colaborar en la continuidad y eficacia de la actividad de enseñanza-aprendizaje,
realizando las actividades propuestas.
Visitar la web, entrar en el campus, y consultar el correo electrónico con regularidad
para informarse de los trámites y eventos y poder seguir los estudios.
Consultar, realizar peticiones, sugerencias o reclamaciones a las personas indicadas y
según los canales previstos.
Acatar la normativa específica, publicada en la Secretaría del campus, referente a:
o La utilización del campus de aprendizaje
o La utilización de los foros y otros espacios de comunicación pública
o Los exámenes
o Las prácticas (módulo FCT)
Comunicar de inmediato a UCOC cualquier circunstancia que pueda afectar al
seguimiento de los estudios.
No incurrir, sin justificación, en prevaricación de UCOC o el Centro en redes sociales u
otros espacios públicos de amplia difusión.
Ceder los datos personales para la gestión académica del expediente y las
comunicaciones habituales con el centro.
Respetar la integridad física y moral de todos los miembros de la comunidad educativa.
CAPITULO XVIII: MEDIDAS CORRECTORAS Y SANCIONADORAS
103. Normativa sancionadora aplicable Las conductas contrarias o que no respeten las normas de convivencia serán objeto de
medidas correctoras y sancionadoras de acuerdo con lo que recoge el Decreto 279/2006, del
cuatro de julio, que establece la Normativa de convivencia de los Centros educativos no
universitarios de Catalunya.
Las conductas gravemente perjudiciales podrán conducir a la inhabilitación provisional o
definitiva para que el alumno curse estudios en el Centro Adscrito a UCOC al que está
matriculado.
CAPÍTULO XIX: NORMATIVA ECONÓMICA
104. Complementariedad con la normativa económica Esta Normativa académica se complementa con la Normativa económica, que regula la
relación económica entre el alumno y UCOC o los Centros Adscritos. Esa normativa describe
cómo se resuelven a nivel económico, los casos y situaciones descritas en la Normativa
académica que tienen vinculaciones con este ámbito.
La Normativa económica de UCOC está publicada en la Secretaría del Campus.