normas de auditoria internacionales nia220 nia230 nia240
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MARIA FERNANDA CASTILLO
YULIANA FERNADEZ TORRES
•CONTROL DE CALIDAD DE LA AUDITORIA
NIA 220
•DOCUMENTACION DE LA AUDITORIA
NIA 230
•RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR RESPECTO AL FRAUDE
NIA 240
(NIA 220)
CONTROL DE CALIDAD DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS
ALCANCE DE ESTA NIA
Esta (NIA) trata de las responsabilidadesespecíficas que tiene el auditor enrelación con los procedimientos decontrol de calidad de una auditoría deestados financieros. También trata,cuando proceda, de lasresponsabilidades del revisor de controlde calidad del encargo. Esta NIA debeinterpretarse conjuntamente con losrequerimientos de ética aplicables.
INTRODUCCIÓN OBJETIVO
DEFINICIONESREQUERIMIENTOS
El sistema de control de calidad y
la función de los equipos del
encargo
Los sistemas, las políticas y los procedimientos decontrol de calidad son responsabilidad de la firmade auditoría.
De acuerdo con la NICC 1, la firma de auditoríatiene la obligación de establecer y mantener unsistema de control de calidad que le proporcioneuna seguridad razonable de que:
(a) la firma de auditoría y su personal cumplen lasnormas profesionales y los requerimientos legales yreglamentarios aplicables; y
(b) los informes emitidos por la firma de auditoría opor los socios del encargo son adecuados enfunción de las circunstancias.
OBJETIVO DEL AUDITOR
El objetivo del auditor es implementar
procedimientos de control de calidad
relativos al encargo que le proporcionen una
seguridad razonable de que:
(a) la auditoría cumple las normas profesionales
y los requerimientos legales y reglamentarios
aplicables; y
(b) el informe emitido por el auditor es
adecuado en función de las circunstancias.
Definicionesa) Socio del encargo: el socio u otra persona de la firma de auditoría que
es responsable del encargo y de su realización, así como del informe que se
emite en nombre de la firma de auditoría, y que, cuando se requiera, tiene
la autorización apropiada otorgada por un organismo profesional,
regulador o legal.
b) Revisión de control de calidad del encargo: proceso diseñado para
evaluar de forma objetiva, en la fecha del informe o con anterioridad a
ella, los juicios significativos realizados por el equipo del encargo y las
conclusiones alcanzadas a efectos de la formulación del informe.
c) Revisor de control de calidad del encargo: un socio, otra persona de
la firma de auditoría, una persona externa debidamente cualificada, o un
equipo formado por estas personas, ninguna de las cuales forma parte del
equipo del encargo, con experiencia y autoridad suficientes y adecuadas
para evaluar objetivamente los juicios significativos que el equipo del
encargo ha realizado y las conclusiones alcanzadas a efectos de la
formulación del informe.
d) Equipo del encargo: todos los socios y empleados que realizan el
encargo. Se excluyen los expertos externos contratados por la firma
de auditoría o por una firma de la red
e) Firma de auditoría: un profesional independiente, sociedad;
corporación u otra entidad de Contadores profesionales.
f) Inspección: en el contexto de los encargos de auditoría finalizados,
se refiere a los procedimientos diseñados para proporcionar
evidencia del cumplimiento de las políticas y de los procedimientos
de control de calidad de la firma de auditoría por parte de los
equipos del encargo.
g) Entidad cotizada: entidad cuyas acciones, participaciones de
capital o deuda cotizan o están admitidas a cotización en un
mercado de valores reconocido, o se negocian al amparo de la
regulación de un mercado de valores reconocido o de otra
organización equivalente.
h) Seguimiento: proceso que comprende la consideración y
evaluación continua del sistema de control de calidad de la
firma de auditoría.
i) Firma de la red: firma de auditoría o entidad que pertenece a
una red.
j) Socio: cualquier persona con autoridad para comprometer a la
firma de auditoría respecto a la realización de un encargo de
servicios profesionales.
k) Personal: socios y empleados
l) Normas profesionales: Normas Internacionales de Auditoría (NIA)
y requerimientos de ética aplicables.
m) Requerimientos de ética aplicables: normas de ética a las que están
sujetos tanto el equipo del encargo como el revisor de control de
calidad del encargo, y que habitualmente comprenden las partes A y B
del Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad de la
Federación Internacional de Contadores (Código de la IFAC)
[International Federation of Accountants’ Code of Ethics for Professional
Accountants (IFAC Code)] relativas a la auditoría de los estados
financieros, junto con aquellas normas nacionales que sean más
restrictivas.
n) Empleados: profesionales, distintos de los socios, incluidos
cualesquiera expertos que la firma de auditoría emplee.
o) Persona externa debidamente cualificada: persona ajena a la
firma de auditoría con la capacidad y la competencia necesarias para
actuar como socio del encargo. Por ejemplo, un socio de otra firma de
auditoría o un empleado (con experiencia adecuada) perteneciente,
bien a una organización de profesionales de la contabilidad, cuyos
miembros puedan realizar auditorías de información financiera histórica,
bien a una organización que presta los pertinentes servicios de control
de calidad.
Requerimientos
documentación
Seguimiento
Realización del encargo
Asignación de equipos a los encargos
Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría
Requerimientos de ética aplicables
Responsabilidades de liderazgo en la calidad de las auditorías
Responsabilidades de liderazgo
en la calidad de las auditorías
El socio del encargo asumirá la responsabilidad de la calidad global de cada
encargo de auditoría que le sea asignado.
Requerimientos de ética
aplicables
Durante la realización del encargo de auditoría, el socio del
encargo mantendrá una especial atención, mediante la
observación y la realización de las indagaciones necesarias,
ante situaciones evidentes de incumplimiento por los
miembros del equipo del encargo de los requerimientos de
ética aplicables.
Si, a través del sistema de control de calidad de la firma de
auditoría o por otros medios, llegasen al conocimiento del
socio del encargo cuestiones que indiquen que los miembros
del equipo del encargo han incumplido requerimientos de
ética aplicables, el socio del encargo, previa consulta a otros
miembros de la firma de auditoría, determinará las medidas
adecuadas
El Código de IFAC establece los principios
fundamentales de la ética profesional, que
incluyen:
Aceptación y continuidad de las
relaciones con clientes y de encargos
de auditoría
El socio del encargo deberá satisfacerse de que se han
aplicado los procedimientos adecuados en relación con la
aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de
encargos de auditoría, y determinará si las conclusiones
alcanzadas al respecto son adecuadas.
Si el socio del encargo obtiene información que, de haber
estado disponible con anterioridad, hubiese sido causa de
que la firma de auditoría rehusara el encargo de auditoría, el
socio del encargo comunicará dicha información a la firma
de auditoría a la mayor brevedad, con el fin de que la firma
de auditoría y el socio del encargo puedan adoptar las
medidas necesarias.
Asignación de equipos a los
encargos
El socio del encargo deberá satisfacerse de que elequipo del encargo, y cualquier experto del auditor
que no forme parte del equipo del encargo, reúnan
en conjunto la competencia y capacidad
adecuadas para:
(a) realizar el encargo de auditoría de conformidad
con las normas profesionales y los requerimientos
legales y reglamentarios aplicables; y
(b) poder emitir un informe de auditoría que seaadecuado en función de las circunstancias
Realización del encargo
Dirección, supervisión y realización
El socio del encargo asumirá la responsabilidad:
(a) de la dirección, supervisión y realización del
encargo de auditoría de conformidad con las
normas profesionales y los requerimientos legales y
reglamentarios aplicables; y
(b) de que el informe de auditoría sea adecuado en
función de las circunstancias.
Revisiones El socio del encargo asumirá la responsabilidad de que las
revisiones se realicen de acuerdo con las políticas y
procedimientos de revisión de la firma de auditoría.
En la fecha del informe de auditoría o con anterioridad a
ella, el socio del encargo se satisfará, mediante una revisión
de la documentación de auditoría y discusiones con el
equipo del encargo, de que se ha obtenido evidencia de
auditoría suficiente y adecuada para sustentar las
conclusiones alcanzadas y para la emisión del informe de
auditoría
Consultas
El socio del encargo:
(a) asumirá la responsabilidad de que el equipo del encargorealice las consultas necesarias sobre cuestiones complejas ocontrovertidas;
(b) se satisfará de que, en el transcurso del encargo, losmiembros del equipo del encargo hayan realizado lasconsultas adecuadas, tanto dentro del equipo del encargocomo entre el equipo del encargo y otras personas a un niveladecuado dentro o fuera de la firma de auditoría;
(c) se satisfará de que la naturaleza, el alcance y lasconclusiones resultantes de dichas consultas hayan sidoacordados con la parte consultada; y
(d) comprobará que las conclusiones resultantes de dichasconsultas hayan sido implementadas.
Revisión de control de calidad del encargo
Para las auditorías de estados financieros de entidades cotizadas y,
en su caso, aquellos otros encargos de auditoría para los que la
firma de auditoría haya determinado que se requiere la revisión de
control de calidad, el socio del encargo:
(a) comprobará que se haya nombrado un revisor de control de
calidad del encargo;
(b) discutirá las cuestiones significativas que surjan durante el encargo
de auditoría, incluidas las identificadas durante la revisión de control
de calidad del encargo, con el revisor de control de calidad del
encargo; y
(c) no pondrá fecha al informe de auditoría hasta que la revisión de
control de calidad del encargo se haya completado.
Diferencias de opinión
Si surgen diferencias de opinión dentro del equipo
del encargo, con las personas consultadas o, en su
caso, entre el socio del encargo y el revisor de
control de calidad del encargo, el equipo del
encargo aplicará las políticas y los procedimientos
de la firma de auditoría para el tratamiento y la
resolución de las diferencias de opinión.
Seguimiento
Un sistema efectivo decontrol de calidad incluyeun proceso de seguimientodiseñado para proporcionara la firma de auditoría unaseguridad razonable deque sus políticas yprocedimientos en relacióncon el sistema de control decalidad son pertinentes,adecuados y operaneficazmente.
DocumentaciónEl auditor incluirá en la documentación de auditoría:
(a)Las cuestiones identificadas en relación con el cumplimientode los requerimientos de ética aplicables y el modo en quefueron resueltas.
(b)Las conclusiones en relación con el cumplimiento de losrequerimientos de independencia que sean aplicables alencargo de auditoría, y cualquier discusión relevante con lafirma de auditoría que sustente dichas conclusiones.
(c)Las conclusiones que se hayan alcanzado en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría.
(d)La naturaleza, el alcance y las conclusiones de las consultas realizadas en el transcurso del encargo de auditoría.
DOCUMENTACION DE
AUDITORIA (NIA 230)
INTRODUCCION
Alcance de esta NIA
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de
la responsabilidad que tiene el auditor de preparar
la documentación de auditoría correspondiente a
una auditoría de estados financieros.
Naturaleza y propósitos de la
documentación de auditoría
La documentación de auditoría que cumpla los
requerimientos de esta NIA y los requerimientos
específicos de documentación de otras NIA
aplicables proporciona:
(a) evidencia de las bases del auditor para llegar a una conclusión sobre el cumplimiento de los objetivos globales del auditor; y
(b) evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales o reglamentarios aplicables
La documentación de auditoría es útil para algunos
propósitos adicionales, como son los siguientes:
Facilitar al equipo del encargo la planificación y ejecución de la auditoría.
Facilitar a los miembros del equipo del encargo responsables de la supervisión la dirección y supervisión del trabajo de auditoría, y el cumplimiento de sus responsabilidades de revisión de conformidad con la NIA
Permitir al equipo del encargo rendir cuentas de su trabajo.
Mantener un archivo de cuestiones significativas para auditorías futuras.
Realizar revisiones de control de calidad e inspecciones
Realizar inspecciones externas de conformidad con los requerimientos legales
Fecha de entrada en vigor
4. Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.
Objetivo
5. El objetivo del auditor es preparar documentación que proporcione:
(a) un registro suficiente y adecuado de las bases para el informe de auditoría; y
(b) evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables.
Requerimientos
Preparación oportuna de la documentación de
auditoría
El auditor preparará la documentación de
auditoría oportunamente
Documentación de los procedimientos de auditoría
aplicados y de la evidencia de auditoría obtenida
Estructura, contenido y extensión de la documentación de auditoría
Inaplicación de un requerimiento
Cuestiones surgidas después de la fecha del informe de auditoría…el auditor documentará:
las circunstancias observadas;
los procedimientos de auditoría nuevos o adicionales aplicados, la evidencia de auditoría obtenida, y las conclusiones alcanzadas, así como sus efectos sobre el informe de auditoría; y
la fecha y las personas que realizaron y revisaron los cambios en la documentación de auditoría
Compilación del archivo final de auditoría
completará el proceso administrativo
el auditor no eliminará ni descartará documentación de auditoría
cuando el auditor considere necesario modificar la documentación de auditoría existente
Preparación oportuna de la documentación de auditoría
Documentación de los procedimientos de auditoría aplicados y de la evidencia de auditoría obtenida
La estructura, contenido y extensión de la documentación de auditoría dependerá de factores tales como:
La dimensión y la complejidad de la entidad.
La naturaleza de los procedimientos de auditoría a aplicar.
Los riesgos identificados de incorrección material.
La significatividad de la evidencia de auditoría obtenida.
La naturaleza y extensión de las excepciones identificadas.
La metodología de la auditoría y las herramientas utilizadas.
La documentación de auditoría puede registrarse en papel, en medios electrónicos o en otros medios. Algunos ejemplos de documentación de auditoría son:
Programas de auditoría.
Análisis.
Memorandos relativos a cuestiones determinadas.
Resúmenes de cuestiones significativas.
Cartas de confirmación y de manifestaciones.
Listados de comprobaciones.
Comunicaciones escritas (incluido el correo electrónico) sobre cuestiones significativas
Documentación de cuestiones
significativas y de juicios profesionales
significativos relacionados con estas
El auditor puede considerar útil preparar y
mantener como parte de la
documentación de auditoría un resumen
(a veces conocido como memorando
final)
Identificación de partidas o cuestiones
específicas sobre las que se han realizado
pruebas, y de la persona que lo ha preparado. así
como del revisor
Las características identificativas varían según lanaturaleza del procedimiento de auditoría y de lapartida o cuestión sobre la que se han realizadopruebas. Por ejemplo:
Para una prueba de detalle de las órdenes decompra generadas por la entidad, el auditor puedeidentificar los documentos seleccionados para sucomprobación por fechas y números de orden decompra exclusivos
Para un procedimiento que requiera la selección orevisión
Para un procedimiento que requiera realizar indagaciones
Para un procedimiento de observación
Inaplicación de un requerimiento
El requerimiento de documentación sólo se refiere a losrequerimientos que sean aplicables en función de lascircunstancias.
Un requerimiento no es aplicable únicamente en loscasos en los que:
La NIA en su totalidad no sea aplicable (por ejemplo, siuna entidad no tiene una función de auditoría interna,no es aplicable la NIA 610 o
El requerimiento incluya una condición y la condición noconcurra (por ejemplo, el requerimiento de expresar unaopinión modificada en caso de imposibilidad de obtenerevidencia de auditoría suficiente y adecuada, si noexiste dicha imposibilidad).
Compilación del archivo final de auditoría
. La NICC 1 requiere que las firmas de auditoríaestablezcan políticas y procedimientos paracompletar oportunamente la compilación de losarchivos de auditoría…. los 60 días siguientes a lafecha del informe de auditoría.
PUEDEN HABER CAMBIOS EN
LA DOCUMENTACION Ejemplos de dichos cambios incluyen:
La eliminación o descarte de documentaciónreemplazada.
La clasificación y ordenación de los papeles detrabajo
El cierre de los listados de comprobacionesfinalizados
La documentación de la evidencia de auditoríaque el auditor haya obtenido, discutido yacordado con los correspondientes miembrosdel equipo del encargo antes de la fecha delinforme de auditoría.
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR RESPECTO AL FRAUDE (NIA 240)
ALCANCE DE ESTA NIA
Esta Norma Internacional de Auditoría
(NIA) trata de las responsabilidades que
tiene el auditor con respecto al fraude en
la auditoría de estados financieros. En
concreto, desarrolla el modo de aplicar
la NIA 315 y la NIA 330 en relación con los
riesgos de incorrección material debida a
fraude.
Características del fraude
Las incorrecciones en los estados financieros pueden deberse afraude o error. El factor que distingue el fraude del error es que laacción subyacente que da lugar a la incorrección de los estadosfinancieros sea o no intencionada.
Aunque “fraude” es un concepto jurídico amplio, a los efectosde las NIA al auditor le concierne el fraude que da lugar aincorrecciones materiales en los estados financieros. Para elauditor son relevantes dos tipos de incorrecciones intencionadas:las incorrecciones debidas a información financiera fraudulenta ylas debidas a una apropiación indebida de activos. Aunque elauditor puede tener indicios o, en casos excepcionales,identificar la existencia de fraude, el auditor no determina si seha producido efectivamente un fraude desde un punto de vistalegal.
Responsabilidad en relación con
la prevención y detección del
fraude
Los responsables del gobierno de la entidad y la dirección son losprincipales responsables de la prevención y detección del fraude.Es importante que la dirección, supervisada por los responsablesdel gobierno de la entidad, ponga gran énfasis en la prevencióndel fraude, lo que puede reducir las oportunidades de que éstese produzca, así como en la disuasión de dicho fraude, lo quepuede persuadir a las personas de no cometer fraude debido a laprobabilidad de que se detecte y se sancione.
Responsabilidad del auditorEl auditor que realizauna auditoría deconformidad con las NIAes responsable de laobtención de unaseguridad razonable deque los estadosfinancieros consideradosen su conjunto estánlibres de incorreccionesmateriales debidas afraude o error.
Objetivos
Los objetivos del auditor son:
(a) identificar y valorar los riesgos de incorrecciónmaterial en los estados financieros debida afraude;
(b) obtener evidencia de auditoría suficiente yadecuada con respecto a los riesgos valoradosde incorrección material debida a fraude,mediante el diseño y la implementación derespuestas apropiadas; y
(c) responder adecuadamente al fraude o a losindicios de fraude identificados durante larealización de la auditoría.
DEFINICIONESFraude: un acto intencionado
realizado por una o máspersonas de la dirección, losresponsables del gobierno dela entidad, los empleados oterceros, que conlleve lautilización del engaño con elfin de conseguir una ventajainjusta o ilegal.
Factores de riesgo de fraude:hechos o circunstancias queindiquen la existencia de unincentivo o elemento depresión para cometer fraude oque proporcionen unaoportunidad para cometerlo.
REQUERIMIENTOS
Escepticismo profesional
De conformidad con la NIA 200, el auditormantendrá una actitud de escepticismoprofesional durante toda la auditoría,reconociendo que, a pesar de suexperiencia previa sobre la honestidad eintegridad de la dirección y de losresponsables del gobierno de la entidad,es posible que exista una incorrecciónmaterial debida a fraude.
Procedimientos de valoración
del riesgo y actividades
relacionadasAl aplicar los procedimientos devaloración del riesgo y llevar a cabo lasactividades relacionadas para obtenerconocimiento de la entidad y de suentorno, incluido su control interno,como se requiere en la NIA 315, elauditor aplicará los procedimientosrecogidos en los apartados 17-24 con elfin de obtener información paraidentificar los riesgos de incorrecciónmaterial debida a fraude.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas
La dirección y otras personas de la entidad
empresariales y al comportamiento ético.
Responsables del gobierno de la entidad
Identificación de relaciones inusuales o inesperadas
Otra información
Evaluación de factores de riesgo de fraude
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude
Riesgo de fraude en el reconocimiento de ingresos
Las incorrecciones materiales debidas a informaciónfinanciera fraudulenta relacionada con elreconocimiento de ingresos suelen tener su origen enuna sobrevaloración de los ingresos mediante, porejemplo, su reconocimiento anticipado o el registrode ingresos ficticios
Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude
En la determinación de respuestas globales frente a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude en los estados financieros, el auditor:
Asignará y supervisará al personal teniendo en cuenta los conocimientos, la cualificación y la capacidad de las personas a las que se les atribuyan responsabilidades
Evaluará la selección y la aplicación de las políticas contables por parte de la entidad
Introducirá un elemento de imprevisibilidad en la selección de la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría.
Evaluación de la evidencia de auditoría
La NIA 330 requiere que el auditor, basándose en losprocedimientos de auditoría aplicados y en laevidencia de auditoría obtenida, evalúe si lasvaloraciones del riesgo de incorrección material enlas afirmaciones siguen siendo adecuadas
Imposibilidad del auditor para continuar con el encargo
Si, como consecuencia de una incorrección debida afraude o a indicios de fraude, el auditor se encuentra con
circunstancias excepcionales que llevan a poner en duda su
capacidad para seguir realizando la auditoría:
determinará las responsabilidades profesionales y legales
aplicables en función de las circunstancias, lo que incluye
determinar si existe un requerimiento de que el auditor
informe a la persona o personas que realizaron su
nombramiento o, en algunos casos, a las autoridades
reguladoras
Debido a la naturaleza del fraude y a las dificultades que
encuentran los auditores para detectar incorrecciones
materiales en los estados financieros debidas a fraude, es
importante que el auditor obtenga manifestaciones escritas
de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del
gobierno de la entidad, en las que confirmen que le han
revelado:
(a) los resultados de la valoración realizada por la dirección
del riesgo de que los estados financieros puedan contener
una incorrección material debida a fraude; y
(b) su conocimiento de cualquier fraude, indicios de fraude o denuncia de fraude, que afecten a la entidad.
Comunicaciones a la dirección y a los
responsables del gobierno de la entidad
Si el auditor identifica un fraude u obtiene información que indique la posible existencia de un fraude, lo comunicará oportunamente al nivel adecuado de la dirección
El auditor comunicará a los responsables del gobierno de la entidad cualquier otra cuestión relativa a fraude que, a su juicio, sea relevante para su responsabilidad.
Comunicaciones a las autoridades reguladoras y de supervisión
Si el auditor ha identificado un fraude, o tiene
indicios de que lo haya, determinará si tiene
la responsabilidad de informar de ello a un
tercero ajeno a la entidad. Aunque es posible
que el deber del auditor de mantener la
confidencialidad de la información de su
cliente le impida hacerlo, en algunas
circunstancias la responsabilidad legal del
auditor puede prevalecer sobre el deber de
confidencialidad.
Documentación
En relación con el conocimiento de la entidad y de su entorno, así como respecto de lavaloración de los riesgos de incorrección material, el auditor incluirá en ladocumentación de auditoría requerida
las decisiones significativas que se hayan tomado en relación con la probabilidad deincorrección material en los estados financieros debida a fraude; y
los riesgos identificados y valorados de incorrección material debida a fraude en losestados financieros y en las afirmaciones.
El auditor incluirá en la documentación de auditoría referente a las respuestas del auditora los riesgos valorados de incorrección material :
(a) las respuestas globales a los riesgos valorados de incorrección material debida afraude en los estados financieros,
(b) los resultados de los procedimientos de auditoría, incluidos los que se hayandiseñado para responder al riesgo de que la dirección eluda los controles.