normas de auditoría generalmente aceptadas en chile (naga63)[2]
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NORMAS DE AUDITORA
GENERALMENTE ACEPTADAS EN
CHILE
2012
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ii
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CONTENIDO:
COMPILACIN ACTUALIZADA DE NORMAS DE AUDITORA GENERALMENTE ACEPTADAS EN
CHILE
Pginas............................................................. 1 a la 1.172
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NDICE GENERAL
Seccin AU Materia Pginas
ndice General e Introduccin i-xiv
AU 101 Prefacio de las Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas. 1-2
AU 102 Prlogo a la Codificacin de Normas de Auditora,
Principios Subyacentes a una Auditora Efectuada
de Acuerdo con Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas. 3-6
AU 200 PRINCIPIOS GENERALES Y RESPONSABILIDADES
AU 200 Objetivos Generales del Auditor Independiente y
Efectuar una Auditora de Acuerdo con Normas de
Auditora Generalmente Aceptadas. 7-44
AU 210 Trminos del Trabajo. 45-66
AU 220 Control de Calidad para Trabajos Efectuados de
acuerdo con Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas. 67-88
AU 230 Documentacin de Auditora. 89-108
AU 240 Consideracin de Fraude en una Auditora de Estados
Financieros. 109-166
AU 250 Consideracin de Leyes y Regulaciones en una
Auditora de Estados Financieros. 167-186
AU 260 La Comunicacin del Auditor con los Encargados
del Gobierno Corporativo. 187-212
AU 265 Comunicar Asuntos Relacionados con el
Control Interno Identificados en una Auditora. 213-236
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NDICE GENERAL, continuacin
Seccin AU Materia Pginas
AU 300-499 EVALUACIN DE RIESGOS Y RESPUESTA
A LOS RIESGOS EVALUADOS
AU 300 Planificar una Auditora. 237-254
AU 315 Entendimiento de la Entidad y de su Entorno y Evaluar
los Riesgos de Representaciones Incorrectas
Significativas. 255-318
AU 320 La Importancia Relativa al Planificar y Efectuar una
Auditora. 319-330
AU 330 Efectuar Procedimientos de Auditora en Respuesta
a Riesgos Evaluados y Evaluar la Evidencia de
Auditora Obtenida. 331-362
AU 402 Consideraciones de Auditora Relacionadas con una
Entidad que Utiliza una Organizacin de Servicios. 363-390
AU 450 Evaluacin de Representaciones Incorrectas
Identificadas Durante una Auditora. 391-406
AU 500 EVIDENCIA DE AUDITORA
AU 500 Evidencia de Auditora. 407-426
AU 501 Evidencia de Auditora - Consideraciones Especiales
para Partidas Seleccionadas. 427-458
AU 505 Confirmaciones Externas. 459-476
AU 510 Saldos de Apertura - En Trabajos de Auditora Inicial,
Incluyendo Trabajos de Reauditoras. 477-496
AU 520 Procedimientos Analticos. 497-510
AU 530 Muestreo en Auditora. 511-524
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vii
NDICE GENERAL, continuacin
Seccin AU Materia Pginas
AU 500 EVIDENCIA DE AUDITORA, continuacin
AU 540 Auditar Estimaciones Contables, Incluyendo
Estimaciones de Contabilizaciones al Valor Justo y
Revelaciones Relacionadas. 525-570
AU 550 Partes Relacionadas. 571-602
AU 560 Hechos Posteriores y Hechos Descubiertos con
Posterioridad. 603-620
AU 570 Consideracin del Auditor Acerca de la Capacidad
de una Entidad para Continuar como una Empresa
en Marcha. 621-634
AU 580 Representaciones Escritas. 635-662
AU 585 Consideracin de Procedimientos Omitidos despus de
la Fecha de Emisin del Informe. 663-668
AU 600 UTILIZAR EL TRABAJO DE OTROS
AU 600 Consideraciones Especiales - Auditoras de Estados
Financieros de un Grupo (Incluyendo el Trabajo de
los Auditores de los Componentes). 669-760
AU 610 Consideracin del Auditor de la Funcin de Auditora
Interna en una Auditora de Estados Financieros. 761-776
AU 620 Utilizacin del Trabajo de un Especialista del Auditor. 777-802
AU 700 CONCLUSIONES DE AUDITORA E INFORMES
AU 700 Formar una Opinin e Informar sobre Estados
Financieros. 803-846
AU 705 Modificaciones a la Opinin en el Informe del Auditor
Independiente. 847-886
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viii
NDICE GENERAL, continuacin
Seccin AU Materia Pginas
AU 700 CONCLUSIONES DE AUDITORA E INFORMES,
continuacin
AU 706 Prrafos de nfasis en un Asunto y Prrafos sobre
Otros Asuntos en el Informe del Auditor Independiente. 887-906
AU 708 Uniformidad de los Estados Financieros. 907-916
AU 720 Otra Informacin en Documentos que Incluyen
Estados Financieros Auditados. 917-926
AU 725 Informacin Suplementaria Relacionada con los
Estados Financieros Tomados como un Todo. 927-948
AU 730 Informacin Suplementaria Requerida. 949-964
AU 800 CONSIDERACIONES ESPECIALES
AU 800 Consideraciones Especiales - Auditoras de Estados
Financieros Preparados de Acuerdo con Marcos
de Propsito Especfico. 965-998
AU 805 Consideraciones Especiales - Auditoras de Estados
Financieros nicos y Elementos, Cuentas y Partidas
Especficos de un Estado Financiero. 999-1.030
AU 806 Informar sobre el Cumplimiento de Aspectos de
Acuerdos Contractuales o Requerimientos de
Organismos Reguladores relacionados con
Estados Financieros Auditados. 1.031-1.048
AU 810 Trabajos para Informar sobre Estados Financieros
Resumidos. 1.049-1.076
AU 900 CONSIDERACIONES ESPECIALES EN CHILE
AU 905 Alertas que Restringen el Uso de las Comunicaciones
Escritas del Auditor. 1.077-1.088
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ix
NDICE GENERAL, continuacin
Seccin AU Materia Pginas
AU 900 CONSIDERACIONES ESPECIALES EN CHILE,
continuacin
AU 910 Estados Financieros Preparados de Acuerdo con un
Marco de Preparacin y Presentacin de Informacin
Financiera Generalmente Aceptado en otro Pas. 1.089-1.102
AU 915 Informes sobre la Aplicacin de los Requerimientos de
un Marco de Preparacin y Presentacin de Informacin
Financiera Aplicable. 1.103-1.114
AU 930 Revisin de la Informacin Financiera Intermedia. 1.115-1.172
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x
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xi
INTRODUCCIN
De conformidad con los propsitos y responsabilidades sealados en los
prrafos 2 y 3 de la Seccin AU 101, Prefacio de las Normas de Auditora
Generalmente Aceptadas, la Comisin de Auditora ha estimado pertinente
preparar un nuevo compendio con las Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas. Dicho nuevo compendio comenz durante el ao 2010 a
consecuencia del denominado Clarity Project del American Institute of
Certified Public Accountants - AICPA (que se encuentra materializado con la
emisin de los Statements on Auditing Standards - SAS N 122, 123, 124 y
125). Para as, cumplir con el proceso de convergencia con las normas
internacionales de auditora, desarrollado por esta Comisin.(1)
Con el fin de dar cumplimiento al objetivo indicado, en esta oportunidad se
incorporaron y fusionaron Secciones AU, con la siguiente equivalencia:
Nuevas Secciones AU
(NAGA N 63)
Anteriores Secciones AU
(NAGA N 62)
200 110, 120, 150, 201, 210, 220 y 230, se refunden en una nica Seccin AU
210 Prrafos 8-10 de la Seccin AU 311
220 161
230 339
240 316
250 317
260 380
265 325
300 311
315 314
320 312
330 318
402 324
450 312
500 326
501 331, 332 y 337, se refunden en una nica Seccin AU
505 330
510 315
520 329
530 350
540 328 y 342, se refunden en una nica Seccin
550 334
(1) En determinadas Secciones, se han destacado ciertos prrafos, pis de pginas o anexos del
siguiente modo: (a) Prrafo, pi de pgina o anexo en versin original en ingls que no es
aplicable en Chile, cuando el texto original en ingls diga relacin, por ejemplo, a
situaciones o hechos que no sean aplicables en Chile y (b) Prrafo, pi de pgina o anexo
eliminado en la versin original en ingls, cuando el texto original en ingls haya sido
derogado o eliminado, pero para el cual todava se conserva la numeracin primitiva, pese a
ya no tener texto alguno.
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xii
INTRODUCCIN, continuacin
Nuevas Secciones AU
(NAGA N 63)
Anteriores Secciones AU
(NAGA N 62)
560 560 y 561, se refunden en una nica Seccin
570 341
580 333
585 390
600 543
610 322
620 336
700 410, 431, 508 y 530, se dividen en tres nuevas Secciones AU
705
706
708 420
720 550
725 551
730 558
800 544 y 623, se dividen en tres nuevas Secciones AU
805
806
810 552
905 532
910 534
915 625
930 722
En este nuevo compendio no se incluyen las siguientes y anteriores Secciones
de auditora: (a) Seccin AU 411, El Significado de "Presentan
Razonablemente de Acuerdo con Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados", (b) Seccin AU 504, Relacin del Auditor con los Estados
Financieros y (c) Seccin AU 901, Almacenes Pblicos - Controles y
Procedimientos para las Existencias Almacenadas. Secciones que se
encuentran derogadas y por ende eliminadas del nuevo compendio de NAGAs.
Adems y aunque todava se encuentran pendientes de emisin, por parte del
denominado Clarity Project de AICPA, se incluyeron en el presente
compendio las siguientes Secciones de auditora, a las que se les realizaron las
correcciones necesarias para perfeccionar y actualizar el contenido de ellas: (a)
Seccin AU 570 (ex AU 341), Consideracin del Auditor Acerca de la
Capacidad de una Entidad para Continuar como una Empresa en Marcha y
(b) Seccin AU 610 (ex AU 322), Consideracin del Auditor de la Funcin de
Auditora Interna en una Auditora de Estados Financieros.
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xiii
INTRODUCCIN, continuacin
Esta quinta edicin se ha terminado de elaborar en el mes de enero del ao
2012 y comprende el contenido de las Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas de AICPA hasta esta fecha. Por lo tanto, esta nueva Compilacin
incluye el texto vigente de la totalidad de las Normas de Auditora
Generalmente Aceptadas. Se derogan en consecuencia, todas las anteriores
Secciones de auditora incluidas en la anterior compilacin de la NAGA N 62.
Se excluye de lo anterior las Circulares de Auditora, las que permanecern
vigentes. En consecuencia, todas las Secciones de auditora de la anterior
NAGA N 62 se entienden completamente derogadas desde la fecha de
vigencia de este nuevo Compendio de Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas.
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xiv
APROBACIN DE LA COMISIN DE AUDITORA
Esta Compilacin ha sido preparada por la Comisin de Auditora del Colegio
de Contadores de Chile A.G. y fue aprobada con el voto unnime de sus
miembros.
Los miembros de la Comisin de Auditora que participaron en la preparacin
de esta Compilacin son los siguientes:
Jess Riveros G.
Presidente
Vctor Aguayo H. lvaro Leiva C.
Alejandro Espinosa G. Miguel Sapag
Jaime Goi G. Jos Salas A.
Edgardo Hernndez G. Hernn Quililongo C.
Luis Landa T. Roberto Villanueva B.
Miller Templeton M.
Director Tcnico
APROBACIN DEL HONORABLE CONSEJO
NACIONAL
La presente Norma N 63 que publica esta Compilacin de Normas de
Auditora Generalmente Aceptadas fue aprobada por el Consejo Nacional del
Colegio de Contadores de Chile A.G., en su sesin ordinaria del 1 de marzo de
2012, de acuerdo a las atribuciones contenidas en el Artculo N 13.11 del
Estatuto del Colegio (Art. 13, letra g) de la Ley N 13.011), y acord hacer
obligatoria la aplicacin de esta Norma N 63 para las auditoras de estados
financieros por los perodos terminados el o despus del 15 de diciembre de
2012. Est permitida su aplicacin anticipada.
LUIS ESPINOZA MORAGA FLORINDO NUEZ RAMOS
Secretario General Presidente Nacional
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1
SECCIN AU 101
PREFACIO DE LAS NORMAS DE AUDITORA
GENERALMENTE ACEPTADAS
El Colegio de Contadores de Chile Asociacin Gremial
1. El Colegio de Contadores de Chile Asociacin Gremial es una institucin facultada
para establecer normas de auditora en Chile de acuerdo a disposiciones de la Ley N
13.011. Esta facultad la ejerce su Consejo Nacional.
La Comisin de Auditora
2. La Comisin de Auditora es una comisin asesora permanente del Consejo Nacional
del Colegio de Contadores de Chile A.G..
3. El Consejo Nacional del Colegio de Contadores de Chile A.G. ha concedido a la
Comisin la responsabilidad especfica, entre otras, de proponer normas
profesionales, pronunciamientos tcnicos y en especfico normas de auditora, para la
aprobacin y promulgacin por parte del Consejo, en conformidad con la legislacin
vigente. Esta promulgacin hace obligatorias esas normas en el ejercicio de la
auditora en Chile.
El Cdigo de tica del Colegio de Contadores de Chile Asociacin
Gremial
4. El Cdigo de tica del Colegio de Contadores de Chile fue aprobado por el Consejo
Nacional del Colegio de Contadores de Chile A.G. en Sesin Ordinaria N 04/2005
de fecha 21 de junio de 2005. Su artculo 1, indica lo siguiente:
Artculo 1.- El Colegio de Contadores de Chile, ha elaborado este Cdigo de tica, el
que se complementar con el Cdigo de tica de IFAC y sus anexos. Sus normas y
principios debern ser seguidos en la prctica nacional e internacional de la profesin de
Contador General, Contador Pblico y Auditor y Contador Auditor, en adelante
Profesional Contador..
La Federacin Internacional de Contadores - IFAC (International
Federation of Accountants)
5. La Federacin Internacional de Contadores (IFAC) fundada el 7 de octubre de 1977,
como resultado de un acuerdo firmado por 63 asociaciones de contadores que
representaban a 49 pases. Chile por medio del Colegio de Contadores de Chile A.G.
es miembro de IFAC. Los objetivos generales de IFAC, expuestos en el prrafo 2 de
su Constitucin, han sido el desarrollo y realce de una profesin contable
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mundialmente coordinada y con estndares concordantes. IFAC tambin ha emitido
un Cdigo de tica Profesional a ser cumplido por todos sus miembros.
Obligatoriedad de las normas de auditora
6. La obligatoriedad de las normas de auditora est expuesta en el prrafo 3, anterior.
En la ausencia de normas de auditora y de interpretaciones o guas especficas
emitidas en Chile, el auditor independiente deber considerar, en el ejercicio de la
auditora en Chile, y siempre que no contradigan o contravengan las normas,
interpretaciones y guas existentes y vigentes en Chile, las siguientes normas,
interpretaciones y guas:
(a) Normas, interpretaciones y guas de auditora emitidas por el International
Federation of Accountans (IFAC);
(b) Normas, interpretaciones y guas de auditora emitidas por el American
Institute of Certified Public Accountants (AICPA), y;
(c) Normas, interpretaciones y guas de auditora emitidas por The Public
Company Accounting Oversight Board (PCAOB).
Alcance de las normas de auditora
7. Las normas de auditora se aplican cuando se planifica y efecta una auditora, esto
es, en el examen independiente de la informacin financiera de una entidad, ya sea
lucrativa o no, no importando su tamao o forma legal, cuando tal examen se lleva a
cabo con el objeto de expresar una opinin. Las normas de auditora tambin pueden
tener aplicacin, cuando sea apropiado, a otras actividades relacionadas a los
auditores.
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3
SECCIN AU 102
PRLOGO A LA CODIFICACIN DE NORMAS DE AUDITORA,
PRINCIPIOS SUBYACENTES A UNA AUDITORA EFECTUADA DE
ACUERDO CON NORMAS DE AUDITORA GENERALMENTE
ACEPTADAS
Este prlogo incluye los principios subyacentes a una auditora efectuada de acuerdo con
normas de auditora generalmente aceptadas (los principios). Estos principios no son
requerimientos y no conllevan ninguna autoridad.
La Comisin de Auditora ha desarrollado los principios para proporcionar un marco que
ayude a entender y a explicar una auditora. Los principios son organizados para
proporcionar una estructura para la Codificacin de Normas de Auditora. Esta estructura
trata el propsito de una auditora (propsito), las responsabilidades personales del auditor
(responsabilidades), las acciones del auditor al efectuar una auditora (efectuar) e informar
(informar).
Propsito de una auditora y premisa a base de la cual se efecta una
auditora
1. El propsito de una auditora es proporcionar a los usuarios de estados financieros una opinin por parte del auditor respecto de si los estados financieros estn
presentados razonablemente, en todos los aspectos significativos, de acuerdo con el
marco de preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable. Una
opinin del auditor aumenta el grado de confianza que pueden asignarle quienes
seran los usuarios de los estados financieros a quienes stos van dirigidos.
2. Una auditora de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas es efectuada a base de la premisa que la Administracin y, cuando fuere apropiado, los
encargados del Gobierno Corporativo, tienen:
a. Responsabilidad por la preparacin y presentacin razonable de los estados financieros de acuerdo con el marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera aplicable;
b. Responsabilidad por el diseo, implementacin y mantencin de un control interno pertinente para la preparacin y presentacin razonable de estados
financieros que estn exentos de representaciones incorrectas significativas,
ya sea debido a fraude o error, y;
c. Responsabilidad de proporcionar al auditor:
i. Acceso a toda la informacin respecto de la cual la Administracin y, cuando sea apropiado, los encargados del Gobierno Corporativo
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tengan conocimiento, que sea pertinente para la preparacin y
presentacin razonable de los estados financieros tales como
registros, documentacin y otros asuntos;
ii. Informacin adicional que el auditor pueda solicitar a la Administracin y, cuando fuere apropiado, a los encargados del
Gobierno Corporativo, y;
iii. Acceso sin restricciones a las personas dentro de la entidad, respecto de quienes, el auditor determine necesario tener acceso para obtener
evidencia de auditora.
Responsabilidades
3. Los auditores son responsables por tener: (a) apropiadas competencias y habilidades para efectuar una auditora, (b) cumplir con los requerimientos ticos pertinentes y
(c) mantener el escepticismo profesional y ejercitar el juicio profesional, durante
toda la planificacin de y al efectuar la auditora.
Efectuar una auditora
4. Para expresar una opinin, el auditor obtiene una seguridad razonable respecto a si los estados financieros, tomados como un todo, estn exentos de representaciones
incorrectas significativas, ya sea debido a fraude o error.
5. Para obtener una seguridad razonable, la cual es de un alto nivel, pero no absoluta, el auditor:
planifica el trabajo y supervisa apropiadamente a cualquier asistente.
determina y aplica un apropiado nivel o niveles de importancia relativa durante toda la auditora.
identifica y evala los riesgos de representaciones incorrectas significativas, ya sea debido a fraude o error, basado en un entendimiento de la entidad y
de su entorno, incluyendo el control interno de la entidad.
obtiene suficiente y apropiada evidencia de auditora respecto a si existen representaciones incorrectas significativas, mediante el diseo y la
implementacin de respuestas apropiadas a los riesgos evaluados.
6. El auditor no puede obtener una seguridad absoluta que los estados financieros estn exentos de representaciones incorrectas significativas debido a limitaciones
inherentes que surgen de:
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la naturaleza del proceso de preparacin y presentacin de informacin financiera;
la naturaleza de los procedimientos de auditora, y;
la necesidad que una auditora sea efectuada dentro de un perodo razonable de tiempo y as lograr un equilibrio entre beneficio y costo.
Informes
7. Basado en una evaluacin de la evidencia de auditora obtenida, el auditor expresa, en la forma de un informe escrito, una opinin de acuerdo con los hallazgos del
auditor, o indica que no se puede expresar una opinin. La opinin indica si los
estados financieros estn presentados razonablemente, en todos los aspectos
significativos, de acuerdo con el marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera aplicable.
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SECCIN AU 200
OBJETIVOS GENERALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y
EFECTUAR UNA AUDITORA DE ACUERDO CON NORMAS DE
AUDITORA GENERALMENTE ACEPTADAS
CONTENIDO
Prrafos
Introduccin
Alcance de esta Seccin 1-2
Relacin con los estados financieros 3 Una auditora de estados financieros 4-10
Fecha de vigencia 11
Objetivos generales del auditor 12-13
Definiciones 14
Requerimientos
Requerimientos ticos relacionados con una auditora de estados financieros 15-16
Escepticismo profesional 17 Juicio profesional 18
Suficiente y apropiada evidencia de auditora y riesgo de auditora 19
Efectuar una auditora de acuerdo con NAGAs 20-29
Gua de aplicacin y otro material explicativo
Una auditora de estados financieros A1-A14
Requerimientos ticos relacionados con una auditora de estados financieros A15-A21 Escepticismo profesional A22-A26
Juicio profesional A27-A31
Suficiente y apropiada evidencia de auditora y riesgo de auditora A32-A56 Efectuar una auditora de acuerdo con NAGAs A57-A86
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SECCIN AU 200
OBJETIVOS GENERALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y
EFECTUAR UNA AUDITORA DE ACUERDO CON NORMAS DE
AUDITORA GENERALMENTE ACEPTADAS
Introduccin
Alcance de esta Seccin
1. Esta Seccin trata de las responsabilidades generales del auditor independiente al
efectuar una auditora de estados financieros de acuerdo con las normas de auditora
generalmente aceptadas en Chile (NAGAs). Especficamente, establece los
objetivos generales del auditor independiente (el auditor) y explica la naturaleza y el
alcance de una auditora diseada para permitir al auditor independiente cumplir
con esos objetivos. Tambin explica el alcance, autoridad y estructura de las
NAGAs e incluye requerimientos que establecen las responsabilidades generales del
auditor independiente aplicable en todas las auditoras, incluyendo la obligacin de
cumplir con las NAGAs.
2. Las NAGAs estn desarrolladas y emitidas en el formato de y estn codificadas en
Secciones de auditora, emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G.. Las
NAGAs estn redactadas dentro del contexto de una auditora de estados financieros
efectuada por un auditor. Debern ser adaptadas segn fuere necesario en las
circunstancias al ser aplicadas a auditoras de otra informacin financiera histrica.
Las NAGAs no tratan las responsabilidades del auditor que puedan existir en leyes,
regulaciones, o de otro modo, en relacin con, por ejemplo, la oferta de valores al
pblico. Tales responsabilidades pueden diferir de las establecidas en las NAGAs.
En consecuencia, an cuando el auditor puede encontrar de ayuda aspectos de las
NAGAs en tales circunstancias, es responsabilidad del auditor asegurar el
cumplimiento de todas las obligaciones legales, regulatorias o profesionales,
pertinentes.
Relacin con los estados financieros
3. Un auditor est relacionado con los estados financieros cuando el auditor ha
aplicado suficientes procedimientos que le permitan al auditor informar de acuerdo
con NAGAs. La Declaracin sobre Normas para Servicios de Contabilidad y de
Revisin trata las consideraciones del profesional cuando el profesional prepara y
presenta estados financieros para la entidad o para terceras partes.(*)
Una auditora de estados financieros
(*) Ver Declaracin sobre Normas para Servicios de Contabilidad y de Revisin (CR), Trabajos de
Compilacin y de Revisin.
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4. El propsito de una auditora es proporcionar a los usuarios de estados financieros
una opinin del auditor respecto a si los estados financieros estn presentados
razonablemente, en todos los aspectos significativos, de acuerdo con un marco de
preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable, que aumenta el
grado de confianza que pueden asignarle quienes seran los usuarios de los estados
financieros a quienes stos van dirigidos. Una auditora efectuada de acuerdo con
NAGAs y con los requerimientos ticos pertinentes le permite al auditor formarse
esta opinin. (Ver prrafo A1)
5. Los estados financieros sujetos a auditora son aquellos de la entidad, preparados y
presentados por la Administracin de la entidad bajo la supervisin de los
encargados del Gobierno Corporativo. Las NAGAs no imponen responsabilidades
sobre la Administracin o los encargados del Gobierno Corporativo y respetan las
leyes y regulaciones que gobiernan sus responsabilidades. Sin embargo, una
auditora de acuerdo con NAGAs es efectuada bajo la premisa que la
Administracin y, cuando fuere apropiado, los encargados del Gobierno
Corporativo, reconocen que tienen responsabilidades que son fundamentales para
efectuar una auditora. La auditora de los estados financieros no libera a la
Administracin o a los encargados del Gobierno Corporativo de sus
responsabilidades. (Ver prrafos A2-A13)
6. Como la base para la opinin del auditor, las NAGAs requieren que el auditor
obtenga una seguridad razonable respecto de si los estados financieros tomados
como un todo, estn exentos de representaciones incorrectas significativas, ya sea
debido a fraude o error. La seguridad razonable es de un nivel alto, pero no es de un
nivel absoluto de seguridad. Esta seguridad razonable se obtiene cuando el auditor
ha obtenido suficiente y apropiada evidencia de auditora para reducir el riesgo de
auditora (o sea, el riesgo que un auditor exprese una opinin inapropiada cuando
los estados financieros estn representados incorrectamente en forma significativa)
a un nivel aceptablemente bajo. La seguridad razonable no es de un nivel absoluto
de seguridad debido a que existen limitaciones inherentes de una auditora que
resultan en que la mayor parte de la evidencia de auditora, sobre la cual el auditor
llega a conclusiones y basa la opinin del auditor, sea ms bien persuasiva en vez de
concluyente. (Ver prrafos A32A56)
7. El concepto de importancia relativa es aplicado por el auditor tanto al planificar
como al efectuar la auditora, como asimismo al evaluar el efecto de las
representaciones incorrectas identificadas en la auditora y el efecto de las
representaciones incorrectas no corregidas, si hubieren, en los estados financieros.(1)
En general, las representaciones incorrectas, incluyendo las omisiones, son
consideradas de importancia relativa si, tanto individualmente como en su
sumatoria, podra razonablemente esperarse que influencien las decisiones
econmicas de los usuarios que son tomadas a base de los estados financieros. Los
juicios en relacin con la importancia relativa son efectuadas considerando las
(1) Ver Seccin AU 320, La Importancia Relativa al Planificar y Efectuar una Auditora y la Seccin AU 450,
Evaluacin de Representaciones Incorrectas Identificadas Durante una Auditora.
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circunstancias que circundan e involucran, tanto consideraciones cualitativas como
cuantitativas. Estos juicios son afectados por la percepcin del auditor de las
necesidades de informacin financiera de los usuarios de los estados financieros y
por el tamao o la naturaleza de una representacin incorrecta, o por ambos. La
opinin del auditor trata a los estados financieros tomados como un todo. Por lo
tanto, el auditor no tiene ninguna responsabilidad de planificar y efectuar la
auditora para obtener una seguridad razonable que las representaciones incorrectas
ya sea debido a fraude o error, que son no significativas para los estados financieros
tomados como un todo, sean detectadas. (Ver prrafo A14)
8. Las NAGAs contienen objetivos, requerimientos y guas de aplicacin y otro
material explicativo diseados para ayudar al auditor a obtener una seguridad
razonable. Las NAGAs requieren que el auditor ejerza juicio profesional y
mantenga escepticismo profesional durante la planificacin y al efectuar la auditora
y, entre otros aspectos:
identificar y evaluar los riesgos de representaciones incorrecta significativas, ya sea debido a fraude o error, basado en un entendimiento de la entidad y
de su entorno, incluyendo el control interno de la entidad.
obtener suficiente y apropiada evidencia de auditora respecto a si existen representaciones incorrectas significativas, mediante el diseo y la
implementacin de respuestas apropiadas a los riesgos evaluados.
formar una opinin sobre los estados financieros, o determinar que no se puede formar una opinin, basado en la evaluacin de la evidencia de
auditora obtenida.
9. La forma de opinin expresada por el auditor depender del marco de preparacin y
presentacin de informacin financiera aplicable y de cualquier ley o regulacin
aplicable.
10. El auditor tambin puede tener ciertas otras responsabilidades de comunicacin y de
informar a los usuarios, la Administracin, los encargados del Gobierno
Corporativo o terceros fuera de la entidad, en relacin a asuntos que surgen en la
auditora. Estas pueden ser establecidas por las NAGAs o por las leyes o
regulaciones aplicables.(2)
Fecha de vigencia
11. Esta Seccin tiene vigencia para auditoras de estados financieros por los perodos
terminados el o con posterioridad al 31 de diciembre de 2012.
(2) Para ejemplos, ver: Seccin AU 260, La Comunicacin del Auditor con los Encargados del Gobierno
Corporativo; Seccin AU 265, Comunicar Asuntos Relacionados con el Control Interno Identificados en una
Auditora, y; prrafo 42 de la Seccin AU 240, Consideracin de Fraude en una Auditora de Estados
Financieros.
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Objetivos generales del auditor
12. Al efectuar una auditora de estados financieros, los objetivos generales del auditor
son:
a. obtener una seguridad razonable respecto a si los estados financieros tomados como un todo estn exentos de representaciones incorrectas
significativas, ya sea debido a fraude o error, y as permitir al auditor
expresar una opinin sobre si los estados financieros se presentan
razonablemente, en todos los aspectos significativos, de acuerdo con un
marco de preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable, y;
b. informar sobre los estados financieros y comunicar segn lo requieren las NAGAs de acuerdo a los hallazgos del auditor.
13. En todos los casos en que no se puede obtener una seguridad razonable y es
insuficiente en las circunstancias una opinin con salvedades en el informe del
auditor para los propsitos de informar a quienes seran los usuarios de los estados
financieros a quienes stos van dirigidos, las NAGAs requieren que el auditor se
abstenga de opinar o se retire del trabajo, cuando retirarse sea posible de acuerdo
con la ley o regulacin aplicable.
Definiciones
14. Para los propsitos de las NAGAs, los siguientes trminos tienen los significados
atribuidos, como sigue:
Marco de preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable. El
marco de preparacin y presentacin de informacin financiera adoptado por la
Administracin y, cuando fuere apropiado, por los encargados del Gobierno
Corporativo en la preparacin y presentacin razonable de los estados financieros
que son aceptables considerando la naturaleza de la entidad y el objetivo de los
estados financieros o de lo que sea requerido por ley o regulacin.
Evidencia de auditora. Informacin utilizada por el auditor para llegar a las
conclusiones sobre las cuales est basada la opinin del auditor. La evidencia de
auditora incluye: (a) informacin incluida en los registros contables subyacentes a
los estados financieros y (b) otra informacin. La suficiencia de la evidencia de
auditora es la medida de la cantidad de evidencia de auditora. La cantidad de
evidencia de auditora necesaria est afectada por la evaluacin del auditor de los
riesgos de representaciones incorrectas significativas y tambin por la calidad de tal
evidencia de auditora. Lo apropiada que sea la evidencia de auditora es la medida
de la calidad de la evidencia de auditora. Esto es, su pertinencia y su confiabilidad
para proporcionar un respaldo para las conclusiones sobre las cuales est basada la
opinin del auditor.
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Riesgo de auditora. El riesgo que el auditor exprese una opinin de auditora
inapropiada cuando los estados financieros estn representados incorrectamente en
forma significativa. El riesgo de auditora es una funcin de los riesgos de
representaciones incorrectas significativas y del riesgo de deteccin.
Auditor. Es el trmino utilizado para referirse a la persona o a las personas que
efectan la auditora, normalmente el socio a cargo del trabajo u otros miembros del
equipo de trabajo o, si fuere aplicable, la firma. Donde una Seccin de auditora
(Seccin AU) expresamente tenga la intencin que un requerimiento o una
responsabilidad sea llevada a cabo completamente por el socio a cargo del trabajo,
es utilizado ste trmino en vez de auditor. Socio a cargo del trabajo y firma deben
ser entendidos, cuando fuere pertinente, como refirindose a sus equivalentes en el
sector gubernamental.
Riesgo de deteccin. El riesgo que los procedimientos efectuados por el auditor
para reducir el riesgo de auditora a un nivel aceptablemente bajo, no detectar una
representacin incorrecta que existe y que podra ser significativa, tanto
individualmente como en su sumatoria con otras representaciones incorrectas.
Marco de preparacin y presentacin de informacin financiera. Un juego de
criterios utilizados para determinar la medicin, reconocimiento, presentacin y
revelacin de todas las partidas significativas que aparecen en los estados
financieros. Por ejemplo: (a) un marco de propsito general, tal como: (1) principios
de contabilidad generalmente aceptados en Chile emitidos por el Colegio de
Contadores de Chile A.G., (2) Normas Internacionales de Informacin Financiera
(NIIF) - International Financial Reporting Standards (IFRSs) o Normas Internacionales de Informacin Financiera para Entidades Pequeas y Medianas
(NIIF para EPYM) - International Financial Reporting Standard for Small and Medium-Sized Entities (IFRS for SMEs) emitidos por International Accounting Standards Board (IASB), (3) Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Gubernamental (NICsg) International Public Sector Accounting Standards (IPSASs) emitidas por International Public Sector Accounting Standards Board (IPSASB) de IFAC, o; (b) un marco de propsito especfico.(3) El trmino marco de presentacin razonable es utilizado para referirse a un marco de
preparacin y presentacin de informacin financiera que requiere el cumplimiento
de los requerimientos contenidos en el referido marco, y:
a. reconoce explcita o implcitamente que, para alcanzar la presentacin razonable de los estados financieros, puede ser necesario que la
Administracin proporcione revelaciones adicionales a los especficamente
requeridas por el marco, o
(3) Ver Seccin AU 800, Consideraciones Especiales - Auditoras de Estados Financieros Preparados de
Acuerdo con Marcos de Propsito Especfico.
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b. reconoce explcitamente que puede ser necesario que la Administracin se aparte de un requerimiento del marco para lograr la presentacin razonable
de los estados financieros. Se espera que tales desviaciones sean necesarias
slo en circunstancias extremadamente inusuales.
Un marco de preparacin y presentacin de informacin financiera que requiere el
cumplimiento de los requerimientos del marco, pero que no incluye los
reconocimientos, de las letras (a) o (b) anteriores, no es un marco de presentacin
razonable.
Estados financieros. Una representacin estructurada de informacin financiera
histrica, incluyendo las notas relacionadas, que tiene por objetivo comunicar los
recursos y las obligaciones econmicos de una entidad en un momento dado en el
tiempo o los cambios en stos durante un perodo de tiempo de acuerdo con un
marco de preparacin y presentacin de informacin financiera. Las notas
relacionadas normalmente comprenden un resumen de las polticas contables
significativas y otra informacin explicativa. El trmino estados financieros
normalmente se refiere a un juego completo de estados financieros, tal como sean
determinados por los requerimientos del marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera aplicable, pero tambin puede referirse a un nico estado
financiero.
Informacin financiera histrica. Informacin expresada en trminos financieros
en relacin con una entidad en particular, derivada primordialmente del sistema
contable de esa entidad, respecto a hechos econmicos que ocurrieron en perodos
pasados o respecto a condiciones o circunstancias econmicas en momentos dados
en el tiempo pasado.
Publicaciones interpretativas. Anexo(s) de una Seccin de auditora y Circulares
de Auditora.(*)
Administracin. La(s) persona(s) con responsabilidad ejecutiva por la conduccin
de las operaciones de la entidad. Para algunas entidades, la Administracin incluye
algunos o a todos los encargados del Gobierno Corporativo. Por ejemplo, miembros
ejecutivos de un Gobierno Corporativo, de un Directorio o un dueogerente.
Representacin incorrecta. Una diferencia entre el monto, clasificacin,
presentacin o revelacin de una partida informada en un estado financiero y el
monto, clasificacin, presentacin o revelacin que se requiere para que la partida
est presentada razonablemente de acuerdo con el marco de preparacin y
(*) Las Circulares de Auditora son emitidas por la Comisin de Normas de Auditora del Colegio de
Contadores de Chile A.G. y no son Normas de Auditora Generalmente Aceptadas. Las Circulares de
Auditora son guas e interpretaciones de asuntos o requerimientos de carcter nacional que no modifican los
fundamentos de las Normas de Auditora Generalmente Aceptadas y en algunos casos, son interpretaciones de
las normas para situaciones especficas. Las Circulares de Auditora son obligatorias para los auditores. (Ver
definicin de estas circulares en Circular de Auditora N1)
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presentacin de informacin financiera aplicable. Las representaciones incorrectas
pueden surgir de fraude o error.
Otras publicaciones de auditora. Otras publicaciones distintas a publicaciones
interpretativas. stas incluyen: (a) publicaciones sobre auditora emitidas en
distintas revistas (journal) del tipo acadmico y/o profesional, (b) programas de educacin continua profesional y otros materiales de instruccin, (c) libros, guas,
programas de auditora y listados de control (checklists), y; (d) otras publicaciones sobre auditora emitidas por organismos profesionales.
La premisa, relacionada con las responsabilidades de la Administracin y,
cuando fuere apropiado, los encargados del Gobierno Corporativo, sobre la
cual se efecta una auditora (la premisa). La Administracin y, cuando fuere
apropiado, los encargados del Gobierno Corporativo, han reconocido y entendido
que ellos tienen las siguientes responsabilidades que son fundamentales para
efectuar una auditora de acuerdo con NAGAs:
a. Responsabilidad por la preparacin y presentacin razonable de los estados financieros de acuerdo con el marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera aplicable;
b. Responsabilidad por el diseo, implementacin y mantencin de un control interno pertinente para la preparacin y presentacin razonable de estados
financieros que estn exentos de representaciones incorrectas significativas,
ya sea debido a fraude o error, y;
c. Responsabilidad de proporcionar al auditor:
i. Acceso a toda la informacin respecto de la cual la Administracin y, cuando sea apropiado, los encargados del Gobierno Corporativo
tengan conocimiento, que sea pertinente para la preparacin y
presentacin razonable de los estados financieros tales como
registros, documentacin y otros asuntos;
ii. Informacin adicional que el auditor pueda solicitar a la Administracin y, cuando fuere apropiado, a los encargados del
Gobierno Corporativo para el propsito de la auditora, y;
iii. Acceso sin restricciones a las personas dentro de la entidad, respecto de quienes, el auditor determine sea necesario tener acceso para
obtener evidencia de auditora.
La premisa, relacionada con las responsabilidades de la Administracin y, cuando
fuere apropiado, los encargados del Gobierno Corporativo, sobre la cual se efecta
una auditora puede tambin ser referida como la premisa.
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Juicio profesional. La aplicacin del pertinente entrenamiento, conocimiento y
experiencia dentro del contexto proporcionado por las normas de auditora,
contabilidad y ticas, para tomar decisiones informadas respecto a los cursos de
accin que son apropiados en las circunstancias del trabajo de auditora.
Escepticismo profesional. Una actitud que incluye una mente cuestionadora, estar
alerta a condiciones que pueden indicar una posible representacin incorrecta
debido a fraude o error y una evaluacin critica de la evidencia de auditora.
Seguridad razonable. Dentro del contexto de una auditora de estados financieros,
un alto, pero no absoluto, nivel de seguridad.
Riesgo de representaciones incorrectas significativas. El riesgo que los estados
financieros estn representados incorrectamente en forma significativa antes de la
auditora. Esto consiste de dos componentes, descritos como sigue a nivel de las
afirmaciones.
Riesgo inherente. La susceptibilidad de una afirmacin sobre una clase de
transaccin, saldo de cuenta o de una revelacin, a una representacin incorrecta
que podra ser significativa, tanto individualmente como en su sumatoria con otras
representaciones incorrectas, antes de considerar cualquier control relacionado.
Riesgo de control. El riesgo que una representacin incorrecta que podra ocurrir en
una afirmacin sobre una clase de transaccin, saldo de cuenta o de una revelacin
y que podra ser significativa, tanto individualmente como en su sumatoria con otras
representaciones incorrectas, no ser prevenida, o detectada y corregida,
oportunamente por el control interno de la entidad.
Los encargados del Gobierno Corporativo. La(s) persona(s) u organizacin(es)
(por ejemplo, un fideicomisario corporativo) con responsabilidad por la supervisin
de la direccin estratgica de la entidad y las obligaciones relacionadas con la
rendicin de cuentas por parte de la entidad. Esto incluye supervisar el proceso de
preparacin y presentacin de la informacin financiera. Los encargados del
Gobierno Corporativo pueden incluir a personal de la Administracin, por ejemplo,
a miembros ejecutivos de un Gobierno Corporativo, de un Directorio o un dueogerente.
Requerimientos
Requerimientos ticos relacionados con una auditora de estados financieros
15. El auditor debe ser independiente de la entidad cuando efecte un trabajo de
acuerdo con NAGAs, a menos que: (a) las NAGAs indiquen lo contrario o (b) la ley
o regulacin requieran que el auditor acepte el trabajo e informe sobre los estados
financieros. Cuando el auditor no es independiente y ninguna de las letras (a) o (b)
son aplicables, el auditor est impedido de informar de acuerdo con NAGAs.
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16. El auditor debiera cumplir con los requerimientos ticos pertinentes relacionados
con trabajos de auditora de estados financieros. (Ver prrafos A15-A21)
Escepticismo profesional
17. El auditor debiera planificar y efectuar una auditora con escepticismo profesional,
reconociendo que pueden existir circunstancias que resulten en que los estados
financieros estn representados incorrectamente en forma significativa. (Ver
prrafos A22-A26)
Juicio profesional
18. El auditor debiera ejercer juicio profesional al planificar y efectuar una auditora de
estados financieros. (Ver prrafos A27-A31)
Suficiente y apropiada evidencia de auditora y riesgo de auditora
19. Para obtener una seguridad razonable, el auditor debiera obtener suficiente y
apropiada evidencia de auditora para reducir el riesgo de auditora a un nivel
aceptablemente bajo y as permitir que el auditor alcance conclusiones razonables
sobre los cuales basar la opinin del auditor. (Ver prrafos A32-A56)
Efectuar una auditora de acuerdo con NAGAs
Cumplir con todas las Secciones de auditora pertinentes a la auditora
20. El auditor debiera cumplir con todas las Secciones de auditora pertinentes a la
auditora. Una Seccin de auditora es pertinente a la auditora cuando la Seccin de
auditora est vigente y existen las circunstancias tratadas por la Seccin de
auditora. (Ver prrafos A57-A62)
21. El auditor debiera tener un entendimiento del texto completo de una Seccin de
auditora, incluyendo su gua de aplicacin y otro material explicativo, para
entender sus objetivos y aplicar correctamente sus requerimientos. (Ver prrafos
A63-A71)
22. El auditor no debiera representar el cumplimiento con NAGAs en el informe del
auditor a menos que el auditor haya cumplido con los requerimientos de esta
Seccin y con todas las dems Secciones de auditora pertinentes a la auditora.
Objetivos indicados en las Secciones de auditora individuales
23. Para lograr los objetivos generales del auditor, el auditor debiera utilizar los
objetivos indicados en las Secciones de auditora individuales al planificar y
efectuar la auditora, considerando las interrelaciones dentro de las NAGAs, para:
(Ver prrafos A72-A74)
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a. determinar si cualquier procedimiento de auditora adems de los requeridos
por las Secciones de auditora individuales son necesarios en el logro de los
objetivos indicados en cada Seccin de auditora, y; (Ver prrafo A75)
b. evaluar si se ha obtenido suficiente y apropiada evidencia de auditora. (Ver
prrafo A76)
Cumplimiento con los requerimientos pertinentes
24. Sujeto al prrafo 26, el auditor debiera cumplir con cada requerimiento de una
Seccin de auditora a menos que, en las circunstancias de la auditora:
a. toda la Seccin de auditora no es pertinente, o
b. el requerimiento no es pertinente porque es condicional y no existe la condicin. (Ver prrafos A77-A78)
Definicin de las responsabilidades profesionales en las NAGAs
25. Las NAGAs utilizan las siguientes dos categoras de requerimientos profesionales,
identificadas por trminos especficos, para describir el grado de responsabilidad
impuesto a los auditores:
Requerimientos obligatorios. El auditor debe cumplir con un requerimiento obligatorio en todos los casos donde tal requerimiento sea pertinente. Las
NAGAs utilizan la palabra debe para indicar un requerimiento obligatorio.
Requerimientos presumiblemente obligatorios. El auditor debe cumplir con un requerimiento presumiblemente obligatorio en todos los casos donde tal
requerimiento sea pertinente, excepto en las inusuales circunstancias
analizadas en el prrafo 26. Las NAGAs utilizan la palabra debiera para indicar un requerimiento presumiblemente obligatorio. (Ver prrafo A79)
26. En circunstancias inusuales, el auditor puede juzgar necesario apartarse de un
requerimiento presumiblemente obligatorio. En tales circunstancias, el auditor
debiera efectuar procedimientos de auditora alternativos para lograr el objetivo de
ese requerimiento. La necesidad que el auditor se aparte de un requerimiento
presumiblemente obligatorio pertinente, se espera que ocurra, slo cuando el
requerimiento sea para efectuar un procedimiento especfico y, en las circunstancias
especficas de la auditora, ese procedimiento sera inefectivo para lograr el objetivo
del requerimiento. (Ver prrafo A80)
Publicaciones interpretativas
27. El auditor debiera considerar las publicaciones interpretativas aplicables al
planificar y efectuar la auditora. (Ver prrafo A81)
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Otras publicaciones de auditora
28. Al aplicar las guas de auditora incluidas en otra publicacin de auditora, el auditor
debiera, utilizando juicio profesional, evaluar la pertinencia y lo apropiadas que son
tales guas en las circunstancias de la auditora. (Ver prrafos A82-A84)
Fracaso en lograr un objetivo
29. Si no se puede lograr un objetivo de una Seccin de auditora pertinente, el auditor
debiera evaluar si sto impide que el auditor logre los objetivos generales del
auditor y, por lo tanto, requiere que el auditor, de acuerdo con NAGAs, modifique
la opinin del auditor o se retire del trabajo (donde el retiro es posible de acuerdo
con la ley y regulacin aplicable). El fracaso en lograr un objetivo representa un
hallazgo o asunto significativo que requiere ser documentado de acuerdo con la
Seccin AU 230, Documentacin de Auditora.(4)
(Ver prrafos A85-A86)
***
Gua de aplicacin y otro material explicativo
Una auditora de estados financieros
Alcance de la auditora (Ver prrafo 4)
A1. La opinin del auditor sobre los estados financieros trata respecto a si los estados
financieros estn presentados razonablemente, en todos los aspectos significativos,
de acuerdo con el marco de preparacin y presentacin de informacin financiera
aplicable. Tal tipo de opinin es comn a todas las auditoras de estados financieros.
Por lo tanto, la opinin del auditor no asegura, por ejemplo, la viabilidad futura de
la entidad ni la eficiencia o efectividad con la cual la Administracin ha conducido
los asuntos de la entidad. Sin embargo, en algunas circunstancias, la ley o
regulacin aplicable pueden requerir que los auditores proporcionen opiniones sobre
otros asuntos especficos, tales como la efectividad del control interno. An cuando
las NAGAs incluyen requerimientos y guas en relacin con tales asuntos, en la
medida en que stos sean pertinentes, para formarse una opinin sobre los estados
financieros, el auditor podra ser requerido a que efecte trabajo adicional si el
auditor tena responsabilidades adicionales de emitir tales opiniones.
Preparacin y presentacin razonable de los estados financieros (Ver prrafo 5)
A2. Una auditora de acuerdo con NAGAs es efectuada a base de la premisa que la
Administracin y, cuando fuere apropiado, los encargados del Gobierno
Corporativo han reconocido y entendido que ellos tienen:
(4) Ver prrafo 8(c) de la Seccin AU 230, Documentacin de Auditora.
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a. Responsabilidad por la preparacin y presentacin razonable de los estados financieros de acuerdo con el marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera aplicable;
b. Responsabilidad por el diseo, implementacin y mantencin de un control interno pertinente para la preparacin y presentacin razonable de estados
financieros que estn exentos de representaciones incorrectas significativas,
ya sea debido a fraude o error, y;
c. Responsabilidad de proporcionar al auditor:
i. Acceso a toda la informacin respecto de la cual la Administracin y,
cuando sea apropiado, los encargados del Gobierno Corporativo
tengan conocimiento, que sea pertinente para la preparacin y
presentacin razonable de los estados financieros tales como
registros, documentacin y otros asuntos;
ii. Informacin adicional que el auditor pueda solicitar a la
Administracin y, cuando fuere aplicable, a los encargados del
Gobierno Corporativo para el propsito de la auditora, y;
iii. Acceso sin restricciones a las personas dentro de la entidad, respecto
de quienes, el auditor determine sea necesario tener acceso para
obtener evidencia de auditora.
A3. La preparacin y presentacin razonable de los estados financieros por parte de la
Administracin y, cuando fuere aplicable, por los responsables del Gobierno
Corporativo requiere:
La identificacin del marco de preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable, dentro del contexto de cualquier ley o regulacin
pertinente.
La preparacin y presentacin razonable de los estados financieros de acuerdo con ese marco.
La inclusin de una descripcin adecuada de ese marco en los estados financieros.
La preparacin y presentacin razonable de los estados financieros requiere que la
Administracin ejercite su juicio al efectuar estimaciones contables que sean
razonables en las circunstancias, como asimismo, al seleccionar y aplicar polticas
contables apropiadas. Estos juicios son efectuados dentro del contexto del marco de
preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable.
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A4. El auditor puede efectuar sugerencias respecto de la forma o contenido de los
estados financieros o prestar su asistencia a la Administracin al preparar un
borrador de stos, en su totalidad o en forma parcial, a base de la informacin
proporcionada al auditor por la Administracin durante la realizacin de la
auditora. Sin embargo, la responsabilidad del auditor por los estados financieros
auditados est restringida a expresar la opinin del auditor sobre stos.
A5. Los estados financieros pueden ser preparados de acuerdo con lo siguiente:
Un marco de propsito general (un marco de preparacin y presentacin de informacin financiera diseado para cumplir con las necesidades de
informacin financiera comn a un amplio rango de usuarios, como por
ejemplo, Normas Internacionales de Informacin Financiera), o;
Un marco de propsito especfico (un marco de preparacin y presentacin de informacin financiera, distinto a un marco de propsito general, tal
como una contabilidad a base de efectivo, tributaria, de un regulador o de un
contrato).
A6. El marco de preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable a
menudo comprende normas financiero contables establecidos por un organismo
emisor de normas autorizado y reconocido, o por requerimientos legales o
regulatorios. En algunos casos, el marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera puede comprender tanto las normas financiero contables
establecidos por un organismo emisor de normas autorizado y reconocido y
requerimientos legales o regulatorios. Otras fuentes pueden proporcionar guas para
la aplicacin del marco de preparacin y presentacin de informacin financiera
aplicable. En algunos casos, el marco de preparacin y presentacin de informacin
financiera aplicable puede comprender tales otras fuentes, o pueden an slo
consistir de tales fuentes. Tales otras fuentes pueden incluir lo siguiente:
El entorno legal y tico, incluyendo el marco normativo legal, regulaciones, decisiones judiciales y obligaciones ticos profesionales relacionados con
asuntos contables;
Publicaciones de interpretaciones contables de diversos grados de autoridad emitidos por organismos emisores de normas, profesionales u organismos
reguladores;
Opiniones publicadas de variados grados de autoridad sobre temas contables de actualidad, emitidos por organismos emisores de normas, profesionales u
organismos reguladores;
Prcticas generales y de la industria que son ampliamente reconocidas y prevalecientes, y;
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Literatura contable.
Cuando existen conflictos entre el marco de preparacin y presentacin de
informacin financiera y las fuentes de las cuales pueden obtenerse las guas para su
aplicacin, o entre fuentes que comprenden al marco de preparacin y presentacin
de informacin financiera, prevalece la fuente que tenga el mayor grado de
autoridad.
A7. Los requerimientos del marco de preparacin y presentacin de informacin
financiera aplicable determinan la forma y el contenido de los estados financieros.
An cuando el marco pueda no especificar cmo contabilizar o revelar todas las
transacciones o hechos, normalmente incorpora principios suficientemente amplios
que pueden servir como una base para desarrollar y aplicar polticas contables que
son uniformes con los conceptos que subyacen a los requerimientos del marco.
A8. Las normas financiero contables establecidas por organismos que estn autorizados
o reconocidos para promulgar normas a ser utilizadas por entidades que preparan
estados financieros de acuerdo con un marco de propsito general incluye, por
ejemplo, a los siguientes: (a) Colegio de Contadores de Chile A.G.; (b)
International Accounting Standards Board (IASB) y (c) International Public Sector Accounting Standards Board (IPSASB) de IFAC.
A9. Los requerimientos del marco de preparacin y presentacin de informacin
financiera aplicable tambin determinan lo que constituye un juego completo de
estados financieros. En el caso de muchos marcos, los estados financieros tienen por
objetivo proporcionar informacin respecto a la situacin financiera, desempeo
financiero y flujos de efectivo de una entidad. Por ejemplo, un juego completo de
estados financieros podra incluir un estado de situacin financiera, un estado
integral de resultados, un estado de cambios en el patrimonio, un estado de flujo de
efectivo y las notas relacionadas. Para algunos otros marcos de preparacin y
presentacin de informacin financiera, un nico estado financiero y sus notas
relacionadas podran constituir un juego completo de estados financieros. Ejemplos
de un nico estado financiero, cada uno de los cuales incluira las notas
relacionadas, incluyen los siguientes:
Estado de situacin financiera.
Estado integral de resultados o estado de operaciones.
Estado de utilidades acumuladas.
Estado de flujos de efectivo.
Estado de activos y pasivos.
Estado de cambios en el patrimonio de los dueos.
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Estado de ingresos y gastos.
Estado de operaciones por lneas de productos.
A10. La Seccin AU 210, Trminos del Trabajo, establece los requerimientos y
proporciona guas para determinar la aceptabilidad del marco de preparacin y
presentacin de informacin financiera aplicable.(5)
La Seccin AU 800,
Consideraciones Especiales - Auditoras de Estados Financieros Preparados de
Acuerdo con Marcos de Propsito Especfico. Trata de trabajos donde el auditor
emite un informe relacionado con estados financieros preparados de acuerdo con un
marco de propsito especfico.
A11. Debido a la importancia de la premisa al efectuar una auditora, se requiere que el
auditor obtenga un acuerdo de la Administracin y, cuando fuere apropiado, de los
encargados del Gobierno Corporativo, que ellos reconocen y entienden que ellos
tienen las responsabilidades establecidas en el prrafo A2 como una condicin
previa a la aceptacin del trabajo de auditora.(6)
Consideraciones especficas para auditoras de entidades gubernamentales
A12. Los requerimientos para auditoras de los estados financieros de entidades
gubernamentales pueden ser ms amplios que aquellos para otras entidades. Como
consecuencia de ello, la premisa relacionada con las responsabilidades de la
Administracin, sobre las cuales se efecta una auditora de los estados financieros
de una entidad gubernamental, puede incluir responsabilidades adicionales, tales
como la responsabilidad de realizar transacciones y hechos de acuerdo con la ley,
regulacin u otra autoridad. (Ver prrafo A63)
A13. En auditoras de entidades gubernamentales, los auditores pueden tener la
responsabilidad bajo ley, regulacin, contrato o un acuerdo por una subvencin, de
informar a terceros, tales como agencias de financiamiento u organismos
supervisores.
Importancia relativa (Ver prrafo 7)
Consideraciones especficas para entidades gubernamentales
A14. Para la mayora de las entidades gubernamentales estatales y locales, el marco de
preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable est basado en
mltiples unidades informantes y requiere, por lo tanto, la presentacin de estados
financieros por sus actividades en varias unidades informantes. En consecuencia,
una entidad informante, o la suma de unidades informantes de la entidad
(5) Ver prrafo 6(a) de la Seccin AU 210, Trminos del Trabajo.
(6) Ver prrafo 6(b) de la Seccin AU 210, Trminos del Trabajo.
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gubernamental, representan para el auditor una unidad sobre la cual expresa una
opinin. Generalmente, el auditor expresa o se abstiene de opinar sobre los estados
financieros de una entidad gubernamental tomada como un todo, proporcionando
una opinin o una abstencin de opinar sobre cada unidad sobre la cual expresa una
opinin. Dentro de este contexto, el auditor es responsable por detectar las
representaciones incorrectas que son significativas para una unidad sobre la cual
expresa una opinin dentro de una entidad gubernamental, pero no es responsable
por detectar representaciones incorrectas que son no significativas para una unidad
sobre la cual tiene que informar.
Requerimientos ticos relacionados con una auditora de estados financieros (Ver
prrafo 16)
A15. El auditor est sujeto a los requerimientos ticos pertinentes relacionados a los
trabajos de auditora de estados financieros. Los requerimientos ticos consisten en:
(a) Cdigo de tica del Colegio de Contadores de Chile y (b) las Partes A y B del
Cdigo de tica para Profesionales de la Contabilidad de la Federacin Internacional de Contadores (Cdigo de tica de IFAC), junto con requerimientos especficos de leyes y de organismos reguladores que pudieran ser ms restrictivos.
A16. El Cdigo de tica de IFAC,(*)
establece los principales fundamentos de tica
profesional, los cuales incluyen los siguientes:
Integridad.
Objetividad.
Competencia profesional y debido cuidado.
Confidencialidad.
Comportamiento profesional.
A17. En el caso de un trabajo de auditora, est en el inters pblico y, por lo tanto,
requerido por el Cdigo de tica para Profesionales de la Contabilidad de la Federacin Internacional de Contadores (Cdigo de tica de IFAC), que el auditor sea independiente a la entidad sujeta a la auditora. El concepto de
independencia se refiere tanto a la independencia de hecho como a la independencia
en apariencia. La independencia del auditor de la entidad protege la capacidad del
auditor para formarse una opinin sin ser afectado por influencias que podran
afectar esa opinin. La independencia aumenta la capacidad del auditor para actuar
con integridad, ser objetivo y mantener una actitud de escepticismo profesional. La
independencia implica una imparcialidad que reconoce una obligacin de ser justo
(*) Este prrafo hace referencia a las Partes A y B del Cdigo de tica para Profesionales de la Contabilidad de la Federacin Internacional de Contadores (Cdigo de tica de IFAC), en consideracin a que el Colegio de Contadores de Chile A.G. se gua, en ltima instancia, por ste.
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no slo con la Administracin y los encargados del Gobierno Corporativo de una
entidad, sino tambin con los usuarios de los estados financieros que puedan confiar
en el informe del auditor independiente. En el Cdigo de tica para Profesionales de la Contabilidad de la Federacin Internacional de Contadores (Cdigo de tica de IFAC), se presentan guas sobre las amenazas a la independencia.
A18. Cuando el auditor no es independiente, pero la ley o regulaciones requieren que el
auditor informe sobre los estados financieros, se aplica la Seccin AU 705,
Modificaciones a la Opinin en el Informe del Auditor Independiente.
A19. El debido cuidado profesional requiere que el auditor lleve a cabo sus
responsabilidades profesionales en forma competente y tener las apropiadas
capacidades para efectuar la auditora y permitir que un informe del auditor
apropiado sea emitido.
A20. La Norma de Control de Calidad (NCC), El Sistema de Control de Calidad de una
Firma, presenta las responsabilidades de la firma de establecer y mantener un
sistema de control de calidad para los trabajos de auditora y de establecer polticas
y procedimientos diseados para proporcionarle con seguridad razonable que la
firma y su personal cumplen con los requerimientos ticos pertinentes, incluyendo
los relacionados con independencia.(7)
La Seccin AU 220, Control de Calidad para
Trabajos Efectuados de acuerdo con Normas de Auditora Generalmente
Aceptadas, trata las responsabilidades del socio a cargo del trabajo relacionadas con
los requerimientos ticos pertinentes. stos incluyen permanecer alerta, a travs de
observacin y efectuando indagaciones en la medida necesaria, respecto a evidencia
de no cumplimiento con los requerimientos ticos pertinentes por miembros del
equipo de trabajo, determinando la accin apropiada si llegan a la atencin del
auditor asuntos que indican que miembros del equipo de trabajo no han cumplido
con los requerimientos ticos pertinentes y para formarse una conclusin sobre el
cumplimiento con los requerimientos de independencia aplicables al trabajo de
auditora.(8)
La Seccin AU 220, Control de Calidad para Trabajos Efectuados de
acuerdo con Normas de Auditora Generalmente Aceptadas, reconoce que el equipo
de trabajo tiene derecho a confiar en el sistema de control de calidad de una firma
en el cumplimiento de sus responsabilidades en relacin con los procedimientos de
control de calidad aplicables al trabajo de auditora individual, a menos que el socio
a cargo del trabajo determine que es inapropiado hacerlo, a base de en informacin
proporcionada por la firma o por otras partes.
Consideraciones especficas para auditoras de entidades gubernamentales
(7) Ver prrafos 21-25 de la Norma de Control de Calidad (NCC), El Sistema de Control de Calidad de una
Firma.
(8) Ver prrafos 11-13 de la Seccin AU 220, Control de Calidad para Trabajos Efectuados de acuerdo con
Normas de Auditora Generalmente Aceptadas.
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A21. Adems del Cdigo de tica para Profesionales de la Contabilidad de la Federacin Internacional de Contadores (Cdigo de tica de IFAC) y NAGAs, las normas de auditora gubernamentales, que pueden ser requeridas por ley,
regulacin, contrato o acuerdos de subvenciones en auditoras de entidades
gubernamentales y de entidades que reciben subvenciones gubernamentales,
establecen principios ticos pertinentes y normas de auditora, incluyendo normas
sobre independencia, juicio profesional, competencia y control de calidad de la
auditora y seguridad relacionadas con el auditor.
Escepticismo profesional (Ver prrafo 17)
A22. El escepticismo profesional incluye estar alerta a lo siguiente, por ejemplo:
Evidencia de auditora que contradice a otra evidencia de auditora obtenida.
Informacin que hace cuestionar la fiabilidad de documentos y de las respuestas a las indagaciones que sern utilizadas como evidencia de
auditora.
Condiciones que pueden indicar un posible fraude.
Circunstancias que sugieren la necesidad de procedimientos de auditora adicionales a los requeridos por NAGAs.
A23. Mantener un escepticismo profesional a travs de toda la auditora es necesario si el
auditor desea, por ejemplo, reducir los riesgos de:
pasar por alto circunstancias inusuales.
generalizar demasiado al determinar sus conclusiones de los hallazgos de la auditora.
utilizar supuestos inapropiados al determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditora y al evaluar los resultados de
stos.
A24. El escepticismo profesional es necesario para una evaluacin crtica de la evidencia
de auditora. Esto incluye cuestionar evidencia de auditora contradictoria y la
fiabilidad de los documentos y las respuestas a las indagaciones y otra informacin
obtenida de la Administracin y de los encargados del Gobierno Corporativo.
Tambin incluye la consideracin de la suficiencia y de lo apropiado de la evidencia
de auditora obtenida en las circunstancias. Por ejemplo, en el caso en que existan
factores de riesgo de fraude y un nico documento, de una naturaleza tal que sea
susceptible a fraude, sea la nica evidencia que respalda a un monto significativo
incluido en los estados financieros.
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A25. El auditor puede aceptar registros y documentos como genuinos a menos que el
auditor tenga motivos para considerar lo contrario. No obstante, se requiere que el
auditor considere la fiabilidad de la informacin a ser utilizada como evidencia de
auditora.(9)
En casos de dudas respecto a la fiabilidad de la informacin o indicios
de un posible fraude (por ejemplo, si las condiciones identificadas durante la
auditora hacen considerar al auditor que un documento pueda no ser autntico o
que los trminos del documento puedan haber sido falsificados), las NAGAs
requieren que el auditor investigue ms y determine cules modificaciones o
adiciones a los procedimientos de auditora son necesarios para solucionar el
asunto.(10)
A26. El auditor no supone que la Administracin no sea honrada ni supone una honradez
a todo evento. No se puede esperar que el auditor no considere la experiencia
anterior con respecto a la honradez y a la integridad de la Administracin de la
entidad y de los encargados del Gobierno Corporativo. No obstante, considerar que
la Administracin y los encargados del Gobierno Corporativo son honrados y tienen
integridad no absuelve al auditor de la necesidad de mantener un escepticismo
profesional ni permite que el auditor se d por satisfecho con evidencia de auditora
menos que persuasiva al obtener una seguridad razonable.
Juicio profesional (Ver prrafo 18)
A27. El juicio profesional es esencial para efectuar correctamente una auditora. Esto se
debe a que la interpretacin de los requerimientos ticos pertinentes y de las
NAGAs y las decisiones informadas requeridas a travs de la auditora no pueden
ser efectuadas sin aplicar el conocimiento y la experiencia pertinentes a los hechos y
las circunstancias. En particular, es necesario considerar el juicio profesional en
relacin con decisiones respecto de lo siguiente:
Importancia relativa y riesgo de auditora.
La naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditora utilizados para cumplir con los requerimientos de las NAGAs y obtener la
evidencia de auditora.
Evaluar si se ha obtenido suficiente y apropiada evidencia de auditora y si se requiere efectuar trabajo adicional para lograr los objetivos de las NAGAs
y, en consecuencia, los objetivos generales del auditor.
La evaluacin de los juicios de la Administracin al aplicar el marco de preparacin y presentacin de informacin financiera aplicable.
(9) Ver prrafos 7-9 de la Seccin AU 500, Evidencia de Auditora.
(10) Ver prrafo 10 de la Seccin AU 500, Evidencia de Auditora y los prrafos 10-11 y 16 de la Seccin AU
505, Confirmaciones Externas.
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Alcanzar conclusiones basadas en la evidencia de auditora obtenida. Por ejemplo, evaluar la razonabilidad de las estimaciones efectuadas por la
Administracin al preparar los estados financieros.
A28. La caracterstica distintiva del juicio profesional que se espera de un auditor es que
tal juicio sea ejercido a base de las competencias necesarias para lograr juicios
razonables, desarrollados por el auditor mediante entrenamiento, conocimientos y
experiencia pertinentes.
A29. El ejercicio de juicio profesional en cualquier caso en particular est basado en los
hechos y circunstancias que son conocidos por el auditor. Las consultas sobre
asuntos difciles o polmicos durante el transcurso de la auditora, tanto dentro del
equipo de trabajo y entre el equipo de trabajo y otros a un nivel apropiado dentro o
fuera de la firma, tales como los requeridos por la Seccin AU 220, Control de
Calidad para Trabajos Efectuados de acuerdo con Normas de Auditora
Generalmente Aceptadas,(11)
ayudan al auditor a efectuar juicios informados y
razonables.
A30. El juicio profesional puede ser evaluado basado en si el juicio alcanzado refleja una
aplicacin competente de las normas de auditora y de los principios contables y si
es apropiado en vista de y en consecuencia con, los hechos y las circunstancias que
eran de conocimiento del auditor hasta la fecha del informe del auditor.
A31. Es necesario que el juicio profesional sea ejercido durante toda la auditora. Y
tambin, es necesario que sea apropiadamente documentado. Al respecto, se
requiere que el auditor prepare documentacin de auditora suficiente para permitir
que un auditor experimentado, que no tiene una relacin anterior con la auditora,
entienda los juicios profesionales significativos efectuados para alcanzar
conclusiones sobre hallazgos o asuntos significativos que surgen durante la
auditora.(12)
No se debe utilizar el juicio profesional como una justificacin para
decisiones que de otro modo no estn respaldados por hechos y circunstancias del
trabajo ni por suficiente y apropiada evidencia de auditora.
Suficiente y apropiada evidencia de auditora y riesgo de auditora (Ver prrafo 19)
La suficiencia y lo apropiado de la evidencia de auditora
A32. La evidencia de auditora es necesaria para respaldar la opinin del auditor y su
informe. Es acumulativa por naturaleza y se obtiene principalmente de los
procedimientos de auditora efectuados durante el transcurso de la auditora. Sin
embargo, tambin puede incluir informacin obtenida de otras fuentes tales como de
(11) Ver prrafo 20 de la Seccin AU 220, Control de Calidad para Trabajos Efectuados de acuerdo con
Normas de Auditora Generalmente Aceptadas.
(12) Ver prrafo 8 de la Seccin AU 230, Documentacin de Auditora.
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auditoras anteriores (siempre que el auditor haya determinado s han ocurrido
cambios desde la auditora anterior que puedan afectar su pertinencia para la
auditora actual)(13)
o de los procedimientos de control de calidad de una firma
relacionadas con la aceptacin y continuidad de clientes. Adems de las otras
fuentes dentro o fuera de la entidad, los registros contables de la entidad son una
importante fuente de evidencia de auditora. Tambin, la informacin que puede ser
utilizada como evidencia de auditora puede haber sido preparada por un
especialista, empleado o contratado por la entidad. La evidencia de auditora
comprende tanto la informacin que respalda y corrobora las afirmaciones de la
Administracin como cualquier informacin que contradiga a tales afirmaciones.
Adems, en algunos casos, la falta de informacin (por ejemplo, cuando la
Administracin rehsa proporcionar la informacin solicitada) es utilizada por el
auditor y, por lo tanto, tambin constituye evidencia de auditora. La mayor parte
del trabajo del auditor en formarse su opinin consiste en obtener y evaluar
evidencia de auditora.
A33. La suficiencia y lo apropiado de la evidencia de auditora estn interrelacionados.
La suficiencia es la medicin de la cantidad de evidencia de auditora. La cantidad
de evidencia de auditora necesaria est afectada por la evaluacin del auditor de los
riesgos de representaciones incorrectas (mientras ms altos sean los riesgos
evaluados, mayor ser la evidencia de auditora que probablemente se requerir) y
tambin por la calidad de tal evidencia de auditora (mientras mayor sea la calidad,
menor puede ser lo que se requiera). Sin embargo, la obtencin de ms evidencia de
auditora puede no compensar por su mala calidad.
A34. Lo apropiado es la medicin de la calidad de la evidencia de auditora, o sea, su
pertinencia y su fiabilidad en proporcionar el respaldo para las conclusiones sobre
las cuales est basada la opinin del auditor. La fiabilidad de la evidencia est
influenciada por su fuente y por su naturaleza y depende de las circunstancias
individuales bajo las cuales es obtenida.
A35. Respecto a si se ha obtenido suficiente y apropiada evidencia de auditora para
reducir el riesgo de auditora a un nivel aceptablemente bajo y, por lo tanto, permitir
al auditor alcanzar conclusiones razonables sobre las cuales basar la opinin del
auditor, es un tema de juicio profesional. La Seccin AU 500, Evidencia de
Auditora y otras Secciones de auditora pertinentes, establecen requerimientos
adicionales y proporcionan guas adicionales aplicables durante toda la auditora
relacionadas con las consideraciones del auditor para obtener suficiente y apropiada
evidencia de auditora.
Riesgo de auditora
A36. El riesgo de auditora es una funcin de los riesgos de representaciones incorrectas
significativas y el riesgo de deteccin. La evaluacin de riesgos est basada en
(13) Ver prrafo 10 de la Seccin AU 315, Entendimiento de la Entidad y de su Entorno y Evaluar los Riesgos
de Representaciones Incorrectas Significativas.
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procedimientos de auditora para obtener la informacin necesaria para ese
propsito y de la evidencia obtenida durante toda la auditora. La evaluacin de
riesgos es un asunto de juicio profesional, en vez, de un asunto que pueda ser
medido con precisin.
A37. Para los propsitos de las NAGAs, el riesgo de auditora no incluye el riesgo que el
auditor podra expresar una opinin que los estados financieros estn representados
incorrectamente en forma significativa cuando no lo estn. Normalmente, este
riesgo no es significativo. Adems, el riesgo de auditora es un trmino tcnico
relacionado con el proceso de auditar y no se refiere a los riesgos del negocio del
auditor, como una prdida por litigio, publicidad adversa u otros hechos que surjan
en relacin con la auditora de estados financieros.
Riesgos de representaciones incorrectas significativas
A38. Los riesgos de representaciones incorrectas significativas existen en dos niveles:
A nivel general de los estados financieros.
A nivel de afirmacin para clases de transacciones, saldos de cuentas y revelaciones.
A39. Los riesgos de representaciones incorrectas significativas a nivel general de los
estados financieros se refieren a los riesgos de representaciones incorrectas
significativas que se relacionan en forma invasiva en los estados financieros
tomados como un todo y que potencialmente afectan a muchas afirmaciones.
A40. Los riesgos de representaciones incorrectas significativas a nivel de afirmacin son
evaluados con el objeto de determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los
procedimientos de auditora posteriores necesarios para obtener suficiente y
apropiada evidencia de auditora. Esta evidencia permite al auditor expresar una
opinin sobre los estados financieros a un nivel aceptablemente bajo de riesgo de
auditora. Los auditores utilizan varios enfoques para lograr el objetivo de evaluar
los riesgos de representaciones incorrectas significativas. Por ejemplo, el auditor
puede utilizar un modelo que exprese la relacin general de los componentes del
riesgo de auditora en trminos matemticos para alcanzar un nivel aceptable de
riesgo de deteccin. Algunos auditores encuentran til tal tipo de modelo al
planificar los procedimientos de auditora.
A41. Los riesgos de representaciones incorrectas significativas a nivel de afirmacin
consisten en dos componentes: el riesgo inherente y el riesgo de control. El riesgo
inherente y el riesgo de control son los riesgos de la entidad y existen en forma
independiente a la auditora de los estados financieros.
A42. El riesgo inherente es ms alto para algunas afirmaciones y para sus relacionados
clases de transacciones, saldos de cuentas y revelaciones, que para otras. Por
ejemplo, puede ser ms alto para clculos complejos o para cuentas que representan
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montos provenientes de estimaciones contables que estn sujetas a incertidumbres
de estimacin significativas. Circunstancias externas que originan riesgos de
negocios pueden tambin influir en el riesgo inherente. Por ejemplo, desarrollos
tecnolgicos pueden hacer que un producto en particular quede obsoleto y en
consecuencia sto resultar en que las existencias estn ms susceptibles a estar
sobreestimadas. Factores en la entidad y en su entorno relacionados con varias o a todo de clases de transacciones, saldos de cuentas o revelaciones, pueden tambin
influir en el riesgo inherente relacionado con una afirmacin especfica. Tales
factores pueden incluir, por ejemplo, una falta de suficiente capital de trabajo para
continuar las operaciones o una industria en declinacin caracterizada por
numerosos fracasos en sus negocios.
A43. El riesgo de control es una funcin de la efectividad del diseo, implementacin y
mantencin de un control interno por parte de la Administracin para tratar los
riesgos identificados que amenazan al logro de los objetivos de la entidad
pertinentes para la preparacin y presentacin razonable de los estados financieros
de la entidad. Sin embargo, el control interno, no importando cun bien diseado y
operado sea slo puede reducir, pero no eliminar, los riesgos de representaciones
incorrectas significativas en los estados financieros debido a las limitaciones
inherentes del control interno. stas incluyen, por ejemplo, la posibilidad de errores
o equivocaciones humanas, o que los controles sean eludidos por colusin o por
hacer caso omiso de stos en forma malintencionada por parte de la Administracin.
En consecuencia, algunos riesgos de control siempre existirn. Las NAGAs
proporcionan las condiciones bajo las cuales se requiere que el auditor pruebe, o
pueda optar a probar, la efectividad operacional de los controles al determinar la
naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos sustantivos a ser
efectuados.(14)
A44. Normalmente las NAGAs no se refieren separadamente al riesgo inherente y al
riesgo de control, sino ms bien a una evaluacin combinada de los riesgos de
representaciones incorrectas significativas. Sin embargo, el auditor puede efectuar
evaluaciones separadas o combinadas del riesgo inherente y de control dependiendo
de las tcnicas de auditora o metodologas preferidas y de consideraciones
prcticas. La evaluacin de los riesgos de representaciones incorrectas significativas
puede ser expresada en trminos cuantitativos tales como en porcentajes o en
trminos no cuantitativos. En cualquier caso, la necesidad que el auditor efecte
evaluaciones de riesgos apropiadas es ms importante que los diferentes enfoques
por los cuales puedan ser efectuados.
A45. La Seccin AU 315, Entendimiento de la Entidad y de su Entorno y Evaluar los
Riesgos de Representaciones Incorrectas Significativas, establece requerimientos y
proporciona guas para identificar y evaluar los riesgos de representaciones
incorrectas significativas a los niveles de los estados financieros y de las
afirmaciones.
(14) Ver prrafo 8 de la Seccin AU 330, Efectuar Procedimientos de Auditora en Respuesta a Riesgos
Evaluados y Evaluar la Evidencia de Auditora Obtenida.
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Riesgo de deteccin
A46. Para un nivel de riesgo de a