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Norma de Información Financiera B-2: “Estado de Flujos de EfectivoDiciembre 2013 Boletín de Investigación de la Comisión de Desarrollo Apoyo al Ejercicio Independiente - Sur Núm. 9

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Norma de Información Financiera B-2: “Estado de Flujos

de Efectivo”

Diciembre 2013 Boletín de Investigación de la Comisión de Desarrollo Apoyo al Ejercicio Independiente - Sur Núm. 9

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Boletín de Investigación Comisión de Desarrollo Apoyo al Ejercicio Independiente - Sur - Diciembre de 2013

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2012 – 2014 C.P.C. José Besil Bardawil Presidente C.P.C. María Isabel Pliego Rosique Vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional L. C.P. Luis Bernardo Madrigal Hinojosa Director Ejecutivo

Comisión de Desarrollo Apoyo al Ejercicio Independiente - Sur

Presidente C.P.C. José Julio Ortiz Osornio Vicepresidente C.P.C. Mario Alberto Guzmán Arteaga Integrantes C.P.C. Arturo Candelaria Barbosa C.P.C. Armando Alberto Gamborino San Martin C.P.C. Reynaldo Islas Calderón C.P.C. y P.C.FI Lucia Mata Alvarado C.P.C. Rogelio Rincón Pérez C.P.C. Nancy Leticia Segura León C.P.C. y P.C.C.A Juan Pablo Soto Ferrer C.P. Adrián Domínguez Landero C.P. Juan Ramírez Ornelas Gerencia de Comunicación y Promoción Comisión de Desarrollo Apoyo al Ejercicio Independiente - Sur del Colegio, Año I, Núm. 9, diciembre de 2013, Boletín Informativo edición e impresión por el Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. Responsables de la Edición: Lic. Jonathan García Butrón, Lic. Asiria Olivera Calvo. Diseño: Lic. Dafne Tamara Portillo. Bosque de Tabachines Núm. 44, Fracc. Bosques de las Lomas, Deleg. Miguel Hidalgo 11700. El contenido de los artículos firmados es responsabilidad del autor; prohibida la reproducción total o parcial, sin previa autorización.

ÍNDICE PÁGINA

I. Antecedentes 3

II. Objetivo y alcance 3

III. Definición de términos 3

IV. Normas de presentación 5

V. Estructura básica 6

VI. Actividades de operación 7

VII. Actividades de inversión 7

VIII. Procedimiento de elaboración 9

IX. Ejemplo 12

X. Flujos de efectivo de operaciones extranjeras 14

XI. Estado de flujos de efectivo consolidado 15

XII. Normas de revelación 15

XIII. Vigencia 16

XIV. Transitorios 17

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I. Antecedentes

En 1990 entró en vigor el Boletín B-12 “Estado de Cambios en la Situación Financiera”,

cuyo objetivo fue establecer las disposiciones relativas a la preparación y presentación

de dicho estado, en pesos constantes. En 1994 se promulgó la IAS 7, relativa al estado

de flujos de efectivo. Asimismo, el CINIF decidió establecer el estado de flujos de efectivo

como básico (2008, modificado en 2010 y en 2011), porque se considera prioritario

proporcionar información específicamente sobre los flujos de efectivo realizados, además

de converger con las NIIF.

II. Objetivo y alcance

Objetivo

Establecer las normas generales para la presentación, estructura y elaboración del

estado de flujos de efectivo, así como para las revelaciones que complementan dicho

estado financiero básico.

Alcance

Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que emiten estados

de flujos de efectivo, en los términos establecidos por la NIF A-3, “Necesidades de los

Usuarios y Objetivos de los Estados Financieros”.

III. Definición de términos

Efectivo: Moneda de curso legal en caja y en depósitos bancarios disponibles para la

operación de la entidad.

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Equivalentes de efectivo: Valores a corto plazo, de gran liquidez, fácilmente convertibles

en efectivo y que están sujetos a riesgos poco importantes de cambios en su valor,

incluyendo inversiones disponibles a la vista.

Flujos de efectivo: Entradas y salidas de efectivo y equivalentes de efectivo.

Entradas de efectivo: Operaciones que provocan aumentos del saldo de efectivo y

equivalentes de efectivo

Salidas de efectivo: Operaciones que provocan disminuciones del saldo de efectivo y

equivalentes de efectivo.

Actividades de operación: Las que constituyen la principal fuente de ingresos para la

entidad; también incluyen otras actividades que no se pueden clasificar, como de

inversión o de financiamiento

Actividades de inversión: Las relacionadas con la adquisición y disposición de:

i. Propiedades, planta y equipo, activos intangibles y otros activos destinados al uso,

a la producción de bienes o a la prestación de servicios.

ii. Instrumentos financieros disponibles para la venta, así como los conservados a

vencimiento.

iii. Inversiones permanentes en instrumentos financieros de capital.

iv. Actividades relacionadas con el otorgamiento y recuperación de préstamos que no

están relacionados con las actividades de operación.

Actividades de financiamiento: Las relacionadas con la obtención y con la retribución y

resarcimiento de fondos provenientes de:

i. Los propietarios de la entidad.

ii. Acreedores otorgantes de financiamientos que no están relacionados con las

operaciones habituales de suministro de bienes y servicios.

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iii. Emisión, por la entidad, de instrumentos de deuda e instrumentos de capital

diferentes de las acciones.

Valor nominal: Monto de efectivo o equivalentes de efectivo pagado o cobrado en una

operación, representado, en el primer caso, por el costo de adquisición y, en el segundo,

por el recurso histórico.

Moneda de informe: La elegida y utilizada por la entidad para presentar sus estados

financieros (NIF B-15).

Operación extranjera: Entidad cuyas actividades están basadas o se llevan a cabo en un

país o moneda distintos de los de la entidad informante (NIF B-15).

Tipo de cambio histórico: El de contado, referido a la fecha en que se llevó a cabo una

transacción determinada.

IV. Normas de presentación

Normas generales

Cuando el entorno económico se califica como no inflacionario (NIF B-10), el estado se

expresa en valores nominales.

Cuando se califica como inflacionario, en unidades monetarias de poder adquisitivo a la

fecha de cierre del período actual.

Cuando cambia de inflacionario a no inflacionario, los de períodos anteriores se

presentan en unidades monetarias de poder adquisitivo del último presentado en entorno

inflacionario.

Debe excluir todas las operaciones que no afectaron los flujos de efectivo, como:

Adquisiciones a crédito.

Arrendamiento capitalizable (Boletín D-5).

Fluctuaciones cambiarias devengadas no realizadas.

Ajustes por valor razonable.

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Conversión de deuda a capital y distribución de dividendos en acciones.

Pagos en acciones (NIF D-8).

Donaciones o aportaciones en especie.

Intercambio de activos.

Traspasos entre cuentas de capital contable.

V. Estructura básica

Los flujos de efectivo deben clasificarse y presentarse en actividades de operación, de

inversión y de financiamiento, atendiendo a su substancia económica y no a la forma que

se utilizó para llevar a cabo la operación

El estado de flujos de efectivo debe incluir los siguientes rubros:

a) Actividades de operación.

b) Actividades de inversión.

c) Efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento o efectivo a

obtener de actividades de financiamiento (derogado por las Mejoras a las NIF

2011, donde quedó únicamente a nivel de recomendación).

d) Actividades de financiamiento.

e) Incremento o disminución neta de efectivo y equivalentes.

f) Efectos por cambios en el valor del efectivo.

g) Efectivo y equivalentes al principio del periodo.

h) Efectivo y equivalentes al final del periodo.

En general, los flujos de efectivo deben presentarse en términos brutos, excepto cuando

se refieran a:

a) Cobros y pagos relativos a partidas cuya rotación es rápida, su vencimiento es a

corto plazo y es tal la cantidad de operaciones, que sería impráctico presentarlas

por separado.

b) Cobros y pagos en efectivo por cuenta de clientes, sin incluir otras actividades de

estos con la entidad. Si también son proveedores, se presentan por separado.

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c) Pagos y cobros en efectivo por cuenta de proveedores, sin incluir otro tipo de

actividades de estos con la entidad.

VI. Actividades de operación

Los flujos provenientes de las actividades de operación son un indicador de la medida en

que éstas han generado fondos líquidos suficientes para:

Mantener la capacidad de operación.

Efectuar nuevas inversiones sin recurrir a fuentes externas de financiamiento.

Pagar financiamientos y dividendos.

No incluyen los flujos asociados con actividades de inversión o de financiamiento.

Además, pueden incluir contratos de cobertura

Los impuestos a la utilidad deben presentarse en un rubro separado, en actividades de

operación, a menos que estén asociados con actividades de inversión, de financiamiento,

operaciones discontinuadas u otras cuentas de capital contable

VII. Actividades de inversión

Los flujos relacionados con las actividades de inversión representan la medida en que se

han canalizado recursos a partidas que generarán ingresos y flujos de efectivo en el

mediano y largo plazo.

La tenedora de subsidiarias no consolidadas, asociadas o negocios conjuntos debe

presentar los flujos entre ella y tales entidades.

Los flujos derivados de adquisiciones (NIF B-7) o disposiciones de subsidiarias (NIF B-8)

y otros negocios (NIF C-7 y C-21) se clasifican en actividades de inversión y se presentan

netos del efectivo adquirido o dispuesto, del impuesto a la utilidad y del ajuste por

conversión (NIF B-15). Los derivados de adquisiciones no se compensan con los de

disposiciones.

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Efectivo excedente o a obtener

Antes de las actividades de financiamiento, se recomienda determinar y presentar

(modificado por las Mejoras a las NIF 2011, para quedar a nivel de recomendación) la

suma algebraica de los dos rubros anteriores. Si el resultado es positivo, se denomina

efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento; si es negativo, se

denomina efectivo a obtener de actividades de financiamiento.

Presentar dicho rubro ayuda a identificar las posibilidades de aplicar recursos a las

actividades de financiamiento o las necesidades de obtener financiamiento (modificado

por las Mejoras a las NIF 2011, para quedar a nivel de recomendación).

Actividades de financiamiento

En esta sección se muestran los flujos destinados a cubrir las necesidades de efectivo,

como consecuencia de compromisos derivados de actividades de operación e inversión.

También se muestra la capacidad de la entidad para restituir a sus acreedores financieros

y a sus propietarios los recursos que canalizaron a la entidad y, en su caso, para pagarles

rendimientos.

Incluyen la compra o venta de acciones de una subsidiaria a la participación no

controladora, ya que se considera una transacción entre accionistas o propietarios.

Efectos por cambios en el valor del efectivo

En un renglón separado, llamado efectos por cambios en el valor del efectivo, se deben

presentar, en forma segregada:

a) Los efectos por conversión de operaciones extranjeras a la moneda de informe

(NIF B-15).

b) Los efectos por inflación de cualquiera de las entidades que conforman la entidad

económica consolidada, que se encuentre en un entorno económico inflacionario

(NIF B-10).

c) Los efectos en los saldos de efectivo y equivalentes, resultantes de fluctuaciones

en el tipo de cambio (NIF B-15).

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Consideraciones adicionales

Intereses: Los cobrados se presentan en el mismo grupo de actividades en que se

presentan los de la partida con la que están asociados. Los pagados se presentan en

actividades de financiamiento, siempre que no se trate de entidades financieras, y deben

incluir los capitalizados en activos

Dividendos: Los cobrados, en el mismo grupo en que se presenta la partida con la que

están asociados. Los pagados, en actividades de financiamiento.

Partidas no ordinarias: Deben clasificarse dependiendo de su substancia económica; por

ejemplo, la ganancia no ordinaria derivada de la adquisición de negocios (NIF B-7) debe

presentarse en actividades de inversión, como parte de los flujos netos asociados con tal

adquisición. En caso que no puedan identificarse claramente con alguna de las tres

secciones, deben clasificarse como actividades de operación. La NIF B-3, que entró en

vigor en 2013, eliminó el rubro de partidas no ordinarias.

VIII. Procedimiento de elaboración

Actividades de operación

Se deben determinar y presentar los flujos de efectivo de las actividades de operación,

usando uno de los dos métodos siguientes:

a) Directo: Se presentan por separado las principales categorías de cobros y pagos,

en términos brutos.

b) Indirecto: Preferentemente, se presenta primero la utilidad o pérdida antes de

impuestos a la utilidad o el cambio neto en el patrimonio contable, ajustados por

los efectos de:

i. operaciones de períodos anteriores cobradas o pagadas en el período

actual.

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ii. operaciones del período actual de cobro o pago diferido hacia el futuro.

iii. operaciones asociadas con actividades de inversión o financiamiento.

Método

directo

Utilizando directamente

los registros contables

respecto de las partidas

afectadas por entradas o

salidas de efectivo

Modificando cada

uno de los rubros del

estado de resultados

o del de actividades

por

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• Cobros en efectivo a

clientes

• Pagos en efectivo a

proveedores de bienes y

servicios

• Pagos en efectivo a los

empleados

• Pagos o cobros en

efectivo por impuestos a

la utilidad

Método directo –

Deben presentarse,

como mínimo

Tanto la NIC 7 como el antiguo SFAS 95 recomiendan utilizar el método

directo, mientras que la NIF B-2 no hace recomendación alguna

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IX. Ejemplo

Datos:

Ventas $600,000 (se cobraron $200,000).

Gastos $300,000 (se pagaron $100,000).

Estado de Resultados:

Ventas $600,000

Gastos $300,000

Utilidad $300,000

• Actividades de inversión (por

ejemplo, depreciación, utilidad o

pérdida en venta de activo fijo,

amortización de intangibles,

pérdidas por deterioro,

participación en asociadas y en

negocios conjuntos)

• Actividades de financiamiento (por

ejemplo, intereses sobre

préstamos bancarios, ganancias o

pérdidas en extinción de pasivos)

Método

indirecto – La

utilidad o

pérdida antes

de impuestos

se aumenta o

disminuye por

los efectos de

Partidas

asociadas con

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Actividades de inversión y de financiamiento. Deben determinarse y presentarse por

separado, después de las actividades de operación, los flujos de efectivo derivados de

las principales categorías de cobros y pagos brutos relacionados con las actividades de

inversión y financiamiento, salvo los indicados en la lámina 19, por los que se puede

presentar el movimiento neto.

Método Directo

Cobros $200,000

Pagos 100,000

Efectivo

generado $100,000

Método Indirecto

Utilidad antes imp. $300,000

Incremento en clientes (400,000)

Incremento en

cuentas. por pagar 200,000

Efectivo

generado $100,000

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X. Flujos de efectivo de operaciones extranjeras

• Los flujos del período se

convierten al tipo histórico, es

decir, de la fecha en que se generó

cada uno (puede usarse un

promedio ponderado)

• El saldo inicial, al tipo de cambio

de la fecha de cierre del período

anterior

• El saldo final, al tipo de cambio de

cierre del período actual

Conversión de una

operación extranjera, en

entorno no inflacionario, de

la moneda funcional a la de

informe

El efecto por conversión, por usar distintos tipos de cambio para el saldo

inicial, el final y los flujos, se presenta en el rubro efectos por cambios en

el valor del efectivo

• Los flujos del período se

convierten al tipo de cierre del

período actual

• El saldo inicial, al tipo de cambio

de la fecha de cierre del período

actual

• El saldo final, al tipo de cambio de

la fecha de cierre del período

actual

Conversión de una

operación extranjera, en

entorno inflacionario, de la

moneda funcional a la de

informe

El efecto por conversión, por usar el mismo tipo de cambio para el saldo

inicial, el final y los flujos, se presenta en el rubro efectos por cambios en

el valor del efectivo

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Boletín de Investigación Comisión de Desarrollo Apoyo al Ejercicio Independiente - Sur - Diciembre de 2013

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XI. Estado de flujos de efectivo consolidado

En su elaboración deben eliminarse los flujos de efectivo que ocurrieron durante el

periodo, entre las entidades legales que forman parte de la entidad económica que se

consolida.

Son ejemplos los derivados de operaciones intercompañías, de aportaciones de capital

y de dividendos pagados.

XII. Normas de revelación

En la revelación exigida por la NIF relativa a efectivo y equivalentes de efectivo, respecto

de la integración del saldo de efectivo (incluyendo restringido y no restringido), se deben

incluir los rubros e importes de inversiones a la vista que forman parte de dicho efectivo.

La NIC 7 requiere, además, una conciliación de los importes en el estado de flujos con

las partidas incluidas en el balance general; revelación de la política adoptada para

determinar la composición de efectivo y equivalentes que, cuando se cambia, se trata de

acuerdo con la NIC relativa a cambios contables. También se requiere la revelación, con

un comentario de la administración, de efectivo y equivalentes importantes que no pueda

usar el grupo, por ejemplo, por controles de cambios en el país en que opera una

subsidiaria

Respecto a adquisiciones y disposiciones de subsidiarias y otros negocios debe

revelarse:

a) Contraprestación total, desglosando:

i. Porción pagada o cobrada en efectivo.

ii. Importe de efectivo con que contaba el negocio adquirido o dispuesto, a la

fecha de adquisición o disposición.

b) Activos y pasivos distintos de efectivo, del negocio adquirido o dispuesto, hasta la

fecha de adquisición o disposición, y agrupados por rubros importantes.

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c) Impuesto a la utilidad pagado por las disposiciones.

Información que ayude a comprender la situación financiera y liquidez de la entidad:

a) Cuando los flujos relativos a impuestos a la utilidad hayan quedado segregados

en los distintos grupos de actividades, deben revelarse los flujos totales.

b) Préstamos no utilizados que puedan estar disponibles para actividades de

operación, inversión o financiamiento, indicando las restricciones sobre su uso.

c) Operaciones relevantes de inversión y financiamiento que no hayan requerido

efectivo, como adquisición de activo fijo a través de arrendamiento capitalizable.

d) Importes totales de flujos de cada uno de los segmentos del negocio considerados

para elaborar los estados financieros (entidades que deben presentar información

financiera por segmentos, de acuerdo con la NIF B-5).

e) Importe total de flujos que representan excedentes para futuras inversiones, pagos

de financiamientos o rendimientos a los accionistas, así como los que representan

incrementos en la capacidad de operación, separados de los que esencialmente

se requieren para mantener la capacidad de operación.

XIII. Vigencia

Las disposiciones contenidas en esta NIF entraron en vigor para los ejercicios iniciados

a partir del 1º de enero de 2008, salvo las que son consecuencia de las Mejoras a las NIF

2010, que entraron en vigor a partir del 1º de enero de 2010 y deben reconocerse en

forma retrospectiva. Lo anterior deja sin efecto el Boletín B-12.

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XIV. Transitorios

La entrada en vigor de esta NIF provoca un cambio contable, cuyos efectos deben

reconocerse mediante aplicación prospectiva. Por lo tanto, en estados financieros de

periodos anteriores a 2008, que se presentan en forma comparativa con los del periodo

actual, se debe incluir el estado de cambios en la situación financiera.

La modificación a los párrafos 15 y 28, derivada de las Mejoras a las NIF 2011, entró en

vigor para los ejercicios que se iniciaron a partir del 1º de enero de 2011.

El cambio en presentación debe reconocerse en forma retrospectiva para todos los

estados financieros comparativos.