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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS 1 MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARÍA DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA CÓDIGO DEL PROCESO: MDMQ-STHV-001-2017 CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DEL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, INSTALACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO URBANO A CAMBIO DE EXPLOTACIÓN PUBLICITARIA PARA EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Quito, octubre de 2017

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

1

MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARÍA DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA

CÓDIGO DEL PROCESO: MDMQ-STHV-001-2017

CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DEL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN,

INSTALACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO

URBANO A CAMBIO DE EXPLOTACIÓN PUBLICITARIA PARA EL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO

Quito, octubre de 2017

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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ÍNDICE

SECCIÓN I CONVOCATORIA

SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES

3.1 Legislación Aplicable

3.2 Definición de términos contenidos en el presente Pliego de Condiciones

3.3 Comisión Técnica

3.4 Participantes

3.5 Presentación y apertura de ofertas

3.6 Inhabilidades

3.7 Modelos obligatorios de pliegos

3.8 Obligaciones del Oferente

3.9 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones

3.10 Modificación de los Pliegos

3.11 Convalidación de errores de forma

3.12 Causas de Rechazo

3.13 Adjudicación y Notificación

3.14 Garantías

3.15 Cancelación del Procedimiento

3.16 Declaratoria de Procedimiento Desierto

3.17 Adjudicatario Fallido

3.18 Proyecto del Contrato

3.19 Reclamos

3.20 Control de Ejecución del Contrato

3.21 Control ambiental

SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS

4.1 Vigencia de la oferta

4.2. Canon de concesión

4.3 Plazo de Ejecución

4.4 Método de evaluación

4.5 Obligaciones de las partes

4.6 Forma de presentar la oferta

4.7 Cronograma del procedimiento de Concurso público

4.8 Especificaciones técnicas

SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO

SECCIÓN VI MODELO DE FORMULARIOS

6.1 MODELO DE FORMULARIO DE LA OFERTA

6.1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

6.1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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6.1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE

PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES

6.1.4 SITUACIÓN FINANCIERA

6.1.5 TABLA DE CANTIDADES

6.1.6 COMPONENTES DEL MOBILIARIO URBANO OFERTADO

6.1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE

6.1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO

6.1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO

6.1.10 CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN

6.2 MODELO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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CONCURSO PÚBLICO

MDMQ-STHV-001-2017

SECCIÓN I

CONVOCATORIA

De acuerdo con el Pliego de Condiciones elaborado por la Comisión Técnica del Municipio del

Distrito Metropolitano de Quito, aprobado por el Arq. Hugo Chacón Cobo, en su calidad de

Secretario de Territorio, Hábitat y Vivienda (S), en cumplimiento de la delegación constante en

la Resolución No. 013 de 24 de mayo de 2017, se convoca a las personas naturales o jurídicas,

públicas o privadas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos

de asociación o consorcio, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para la

Concesión del diseño, construcción, instalación, mantenimiento y conservación de

mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria para el Distrito Metropolitano

de Quito.

El objeto del contrato es el diseño, construcción, instalación, mantenimiento, conservación de

mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria que será instalado en las áreas del

Distrito Metropolitano de Quito establecidas en las condiciones específicas del presente pliego

de condiciones. El plazo del contrato es de DIEZ (10) AÑOS, contados a partir de la fecha de

suscripción del contrato.

Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:

1.- El Pliego está disponible, sin ningún costo, en el portal web www.quito.gob.ec a partir del

día 5 de octubre de 2017. Únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la

notificación de la adjudicación, pagará a la entidad el valor de USD 500,oo (Quinientos Dólares

de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100), por concepto de pliegos.

2.- Los interesados podrán formular preguntas en el término máximo de 6 días hábiles, contados

a partir del día de la convocatoria, a través del correo electrónico

[email protected]. La Comisión Técnica absolverá las preguntas y

realizará las aclaraciones necesarias, en un término máximo de 4 días subsiguientes a la

conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones, lo que será

publicado en el portal web www.quito.gob.ec.

3.- Las ofertas se presentarán en forma física en la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda,

ubicada en la Calle García Moreno N2-57 y Sucre, Cuarto Piso, hasta las 15h00 del día martes

7 de noviembre de 2017, en UN (1) Sobre, debidamente sellado y membretado conforme se

exige en el pliego de condiciones. La apertura del Sobre se realizará una hora más tarde de la

hora prevista para la recepción de las ofertas.

4.- La ofertas, tanto técnica como económica, deberán presentarse por el total del mobiliario

urbano requerido, dentro de los plazos correspondientes previstos en el calendario del presente

concurso público. No se aceptarán ofertas alternativas.

5. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en

el Pliego de condiciones.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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6.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la Ley de Modernización del Estado, el

Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, los Pliegos de

Condiciones y demás legislación aplicable. Asimismo, en cuanto al procedimiento, se aplicará

supletoriamente lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública, en lo que fuera pertinente.

7.- El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito se reserva el derecho de cancelar o

declarar desierto el concurso público, situación en la que no habrá lugar a pago de

indemnización alguna.

Quito, D.M., 4 de octubre de 2017

Arq. Hugo Chacón Cobo

SECRETARIO DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA (S)

MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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CONCURSO PÚBLICO

MDMQ-STHV-001-2017

SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

1. El objeto del presente concurso público es la delegación, en la modalidad de

concesión, para el diseño, construcción, instalación, mantenimiento y conservación de

mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria en el territorio de Concesión,

tal y como queda definido en el plano y listado de paradas que forman parte del

presente pliego, durante todo el plazo de la Concesión y en las condiciones

establecidas.

2. A través de este concurso público la Entidad CONCEDENTE garantiza la prestación

de un servicio, que por razones económicas no puede prestar por sí misma, ya que la

construcción, instalación, mantenimiento y conservación de mobiliario urbano y su

explotación publicitaria requiere un grado de especialización elevada en el mercado

del mobiliario urbano y en el mercado de la publicidad exterior de la que la Entidad

CONCEDENTE, y en general el Municipio, carece.

3. Como contraprestación al servicio a ser prestado por el Concesionario, la Entidad

CONCEDENTE le otorga el derecho exclusivo para la explotación publicitaria

vinculada al mobiliario urbano objeto de la Concesión, bajo los términos establecidos

en el presente pliego.

El Concesionario deberá realizar el diseño, construcción, instalación, mantenimiento y

conservación del mobiliario a cambio de la explotación publicitaria, en su caso, de:

414 Paradas de Buses:

o 309 Simples (con 1 MUPI cada una)

o 105 Dobles (con 2 MUPI cada una)

20 Relojes

Dada la incidencia que tiene el mobiliario urbano sobre la arquitectura, el paisaje y las

condiciones de imagen urbana de la ciudad, se exigirá alta calidad en el diseño de los

Mobiliarios Urbanos propuestos y en su ejecución, teniendo en cuenta de forma prioritaria su

integración en el entorno urbano, su solidez, durabilidad, condiciones ignífugas y su fácil

limpieza, mantenimiento y conservación.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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CONCURSO PÚBLICO

MDMQ-STHV-001-2017

SECCIÓN III

CONDICIONES GENERALES

3.1 Legislación aplicable: A los efectos del presente Concurso Público, la normativa que lo

regirá será la siguiente:

Constitución de la República del Ecuador

Ley de Modernización del Estado

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (supletoriamente)

Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)

Ordenanza Metropolitana No. 119, sancionada el 26 de mayo de 2016

El presente Pliego de Condiciones

1. El artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador garantiza el derecho a la

seguridad jurídica que se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia

de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades

competentes.

2. El artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que las

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, servidoras o servidores públicos

y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las

competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley, así como

que, tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer

efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.

3. El artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que la

administración pública se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,

jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación

y evaluación.

4. El artículo 238 de la Constitución indica que los gobiernos autónomos descentralizados

gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los

principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y

participación ciudadana.

5. El artículo 316 de la Constitución de la República del Ecuador señala que el Estado

podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y

solidaria la prestación de servicios públicos.

6. Los artículos 41, 42 y 43 de la Ley de Modernización del Estado establecen y reconocen

la capacidad de delegar a la iniciativa privada ciertas competencias.

7. La Ordenanza Metropolitana No. 119 sancionada el 26 de mayo de 2016 prevé que la

publicidad exterior fija instalada en el espacio público de dominio público o la

publicidad móvil y o fija instalada en los activos de las empresas públicas

metropolitanas podrá ser sujeto de explotación comercial como forma de pago mediante

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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delegación del servicio, obra o uso público, según sea el caso, de tal forma que el

servicio, obra o uso público, que el municipio no sea capaz de asumir por sí mismo y por

tanto sea delegado a la iniciativa de personas naturales o jurídicas públicas, privadas o

mixtas, nacionales o extranjeras, se autorizará la explotación comercial de puntos de

publicidad a favor de las empresas delegatarias.

3.2 Definición de términos contenidos en el presente Pliego de Condiciones: Los términos

del presente Pliego deberán interpretarse en su sentido literal. Cuando los mismos se encuentren

definidos en la Ley o en este Pliego, se estará a dicha definición. Si no están definidos, se

interpretarán en su sentido natural y obvio, conforme a la intención de este Pliego de

condiciones. En todo caso, se aplicarán de forma obligatoria las definiciones que se detallan a

continuación:

Adjudicatario: Oferente al que se le adjudica el presente Concurso Público.

Adjudicación: Acto administrativo por el cual la máxima autoridad o el órgano

competente otorga derechos y obligaciones de manera directa al oferente seleccionado,

surte efecto a partir de su notificación y sólo será impugnable a través de los

procedimientos previstos en la ley.

Conservación o Mantenimiento: Operaciones efectuadas con el propósito de mantener el

mobiliario urbano en el nivel de servicio con que fueron proyectados, construidos e

instalados tanto en su cantidad como en su calidad. También se entienden comprendidas

en este concepto las medidas preventivas para que no se deterioren los elementos

constitutivos del Mobiliario Urbano, sus obras o instalaciones.

Contrato de Concesión: Contrato que suscribe el Municipio del Distrito Metropolitano

de Quito con el Adjudicatario, del cual formarán parte integrante los presentes Pliegos de

Condiciones, sus aclaraciones y modificaciones emitidas durante el presente concurso

publico.

Concesión: modalidad de delegación mediante la cual la Entidad Delegante delega al

Concesionario el diseño, construcción, instalación, mantenimiento y conservación de

mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria en el polígono determinado por el

Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en el presente pliego.

Concesionario: Se entiende por tal al adjudicatario una vez que ha firmado el contrato de

concesión, aceptado la totalidad de sus condiciones y rendido las correspondientes

garantías.

Fuerza mayor: Se entenderá como fuerza mayor aquellos eventos que se encasillen

dentro de lo previsto en el artículo treinta (30) del Código Civil.

Grupo Empresarial: hace referencia al grupo de empresas relacionadas entre sí por

encontrarse bajo el mismo control.

Mobiliario Urbano: Son elementos necesarios para el ordenamiento y el confort de la

vida de la ciudad, que pueden ser soportes de publicidad, tales como: bancas, recolectores

de basura, relojes públicos, paradas de buses, entre otros, según lo establecido en el Anexo

Único de la Ordenanza Metropolitana No. 119 el 26 de mayo de 2016.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Mobiliarios Urbanos Adicionales: Aquellos que el Oferente, para mejorar su propuesta,

pueda ofertar al municipio.

Municipio (o MDMQ): Se refiere al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.

Oferente: personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras,

asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación o consorcio, que presenta

su oferta en los términos establecidos en los presentes pliegos.

Plazo: Días corridos del calendario incluyendo sábados, domingos y festivos.

Plazo de la concesión: El período de vigencia del contrato de concesión, incluyendo

prórrogas, de haberlas, conforme a las disposiciones del presente Pliego.

Plazo de la Instalación: Periodo de tiempo determinado para que los elementos de

Mobiliario Urbano estén instalados en las condiciones específicas establecidas en este

Pliego.

Sobre: Caja, portafolio u otro contenedor de documentos, rotulado, cerrado y firmado en

forma tal que no afecte el principio de transparencia del proceso y de igualdad de los

Oferentes.

Término: Días laborables, sin incluir sábados, domingo y festivos.

Territorio de Concesión: Superficie en el Distrito Metropolitano de Quito reservado al

concesionario para la construcción, instalación, mantenimiento, conservación y

explotación publicitaria en las condiciones específicas de este pliego, tal y como queda

definido en el plano que forma parte de este Pliego.

3.3 Comisión Técnica: El Concurso Público presupone la conformación obligatoria de una

Comisión Técnica, integrada por un delegado del Secretario de Territorio, Hábitat y Vivienda,

quien la presidirá, un delegado del Alcalde Metropolitano y un delegado de la Administración

General, todos con derecho a voz y voto, quienes se encargarán de la elaboración de los

pliegos, de responder preguntas y realizar aclaraciones a los pliegos, de la apertura, análisis,

evaluación y calificación de las ofertas. La Comisión Técnica contará con un Secretario, con

derecho a voz pero sin voto, designado de entre los funcionarios de la Secretaría de Territorio,

Hábitat y Vivienda.

Esta Comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola,

considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la

máxima autoridad de la entidad CONCEDENTE la adjudicación o la declaratoria de

procedimiento desierto.

3.4 Participantes: La convocatoria está abierta a personas naturales o jurídicas, públicas o

privadas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de

asociación o consorcio, cuyo objeto social así se lo permita y que acrediten solvencia técnica y

financiera de acuerdo a las disposiciones del presente Pliego de Condiciones. A efectos de la

acreditación de la solvencia técnica y económica el Oferente podrá también prevalerse de las

empresas del Grupo al cual pertenece.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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El contrato a que dé lugar el presente concurso público se adjudicará a un solo oferente por la

totalidad del mobiliario requerido.

Se admitirá la presentación de consorcios o asociaciones constituidos o a constituirse con una

carta de intención y se designará un procurador común entre ellos, que actuará a nombre de

los comprometidos. Frente al Municipio, todas las empresas que integren el consorcio o

asociación serán solidariamente responsables. En caso de ser adjudicado, el consorcio o

asociación deberá constituirse mediante escritura pública y estar domiciliado en el Ecuador

previo a la firma del contrato.

El Concesionario no podrá transformarse en otro tipo social y no podrá ceder o delegar su

contrato en todo o en parte sin el consentimiento previo del Municipio.

De la misma manera, todo oferente extranjero, de ser adjudicado, deberá estar domiciliado en

el Ecuador, previo a la firma del contrato.

3.5 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán en UN (1) SOBRE,

debidamente sellado y membretado, en la Secretaría de la Comisión Técnica ubicada en la calle

García Moreno N2-57 y Sucre, Cuarto Piso, en la fecha y hora indicadas en la convocatoria. El

Sobre contendrá la Oferta Técnica y la Oferta Económica.

No se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notarizada; únicamente el

oferente adjudicado deberá cumplir con la entrega notarizada de documentos.

Una hora más tarde de finalizado el plazo para la presentación de las ofertas, se procederá a la

apertura de los sobres de las ofertas recibidas. El acto de apertura de ofertas será público y se

efectuará en el lugar, día y hora fijados en la convocatoria.

De la apertura, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un

acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica o por la máxima autoridad o

su delegado de ser el caso, la cual obligatoriamente se subirá a la página web

www.quito.gob.ec, y que deberá contener:

a) Nombre de los oferentes;

b) Valor de la oferta económica, identificada por oferente;

c) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;

d) Número de hojas de cada oferta;

e) La demás información considerada por la entidad contratante.

3.6 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por

interpuesta persona, las personas que incurran en las siguientes inhabilidades:

Quienes se hallaren incursos en las incapacidades establecidas por el Código Civil, o en las

inhabilidades generales establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública;

El Presidente, el Vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, el

Director General o la Directora y demás funcionarios del Servicio Nacional de Contratación

Pública, los legisladores, los presidentes o representantes legales de las Entidades

Contratantes previstas en la Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes

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dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de los dignatarios,

funcionarios y servidores indicados en este numeral;

Los servidores públicos, esto es, funcionarios y empleados, que hubieren tenido directa o

indirectamente vinculación en cualquier etapa del procedimiento de contratación o tengan

un grado de responsabilidad en el procedimiento o que por sus actividades o funciones, se

podría presumir que cuentan con información privilegiada;

Los que, no habiendo estado inhabilitados en el procedimiento precontractual, al momento

de celebrar el contrato, lo estuvieren;

Los deudores morosos del Estado o sus instituciones.

Los consejeros provinciales, los concejales municipales y los vocales de las juntas

parroquiales, en su respectiva jurisdicción;

Las personas naturales o jurídicas, incluidos sus representantes legales, que hubieren

realizado los estudios, los diseños y los proyectos de ingeniería o arquitectura, que

presenten algún tipo de vinculación respecto a los ejecutores de las obras; y, los que

hubieren elaborado las especificaciones de los bienes a adquirirse; salvo que el contrato se

refiera a fiscalización, supervisión, o actualización de los estudios, diseños o proyectos;

Los miembros de directorios u organismos similares o de la Comisión Técnica de la entidad

convocante, sus cónyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de

afinidad;

Los funcionarios, servidores o empleados que hayan intervenido en la etapa precontractual

o contractual y que con su acción u omisión pudieren resultar favorecidos, su cónyuge o sus

parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, así como las

personas jurídicas de derecho privado o sociedades de hecho en las que los indicados

funcionarios, servidores o empleados, su cónyuge o sus parientes hasta el cuarto grado de

consanguinidad y segundo de afinidad tengan participación, aún en el caso de que los

referidos funcionarios, servidores o empleados hubieren renunciado a sus funciones; y,

Los que de manera directa hayan estado vinculados con la elaboración, revisión o

aprobación de los pliegos, relacionados con el contrato a celebrarse.

Si se comprobare la intervención de un oferente inhábil, éste quedará eliminado del respectivo

proceso precontractual, sin derecho a reclamo alguno.

De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial

hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el

numeral 5 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

3.7 Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta de

acuerdo a las estipulaciones y formatos contenidos en el presente pliego de condiciones.

3.8 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y

cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al

revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

3.9 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el

procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o

inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos,

solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado según corresponda, a

través del correo electrónico [email protected], la respuesta a su

inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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fueren necesarias a través del portal web www.quito.gob.ec, de acuerdo a lo establecido en la

convocatoria.

3.10 Modificación de los Pliegos: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad

concedente o su delegado según corresponda, podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los

pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el

objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal web

www.quito.gob.ec, hasta el término máximo establecido para responder preguntas o realizar

aclaraciones.

Asimismo, la máxima autoridad de la entidad concedente o su delegado, podrá modificar el

cronograma con la motivación respectiva en cualquier etapa del proceso; el cambio será

publicado en el portal web www.quito.gob.ec.

3.11 Convalidación de errores: Si se presentaren errores u omisiones que puedan ser

convalidadas por el oferente sin alterar ni modificar su oferta, los mismos podrán ser

convalidados por el oferente en un término máximo de NUEVE (9) DÍAS HABILES, contados a

partir de la fecha de notificación de la solicitud de convalidación.

La entidad concedente está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas

en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores existentes en ellas, respecto de los

cuales notificará vía correo electrónico en el plazo máximo de SEIS (6) DIAS HABILES contados

a partir de la apertura de ofertas, a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación

respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser

calificados.

Se entenderán por errores de forma aquellos que no implican modificación alguna al contenido

sustancial de la oferta, tales como errores tipográficos, de foliado, sumilla o certificación de

documentos.

Adicionalmente, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta

documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la oferta y que permitan

subsanar las omisiones sobre su capacidad legal, técnica o económica.

3.12 Causas de Rechazo: Luego de evaluados los documentos de las Ofertas, la Comisión

Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas:

3.12.1 Si no cumpliera con los requisitos exigidos en las condiciones generales,

especificaciones técnicas y formularios de estos pliegos.

3.12.2 Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora

establecida para ello.

3.12.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser

convalidados. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente

respectivo, para que pueda convalidarlos.

3.12.4 Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos,

condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la

presentación de cualquier documento o información.

3.12.5 Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no

puedan ser convalidadas.

Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento

si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia,

simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad concedente podrá solicitar al

oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento

de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta

presentada en el procedimiento.

La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. Ningún oferente podrá intervenir con

más de una oferta. En el caso de que el oferente sea un consorcio, ninguno de sus integrantes

podrá presentar una oferta independiente de aquella presentada por el consorcio del que forma

parte. No se aceptarán ofertas alternativas.

3.13 Adjudicación y Notificación: La máxima autoridad de la entidad concedente o su delegado,

con base en los resultados de la evaluación, adjudicará el contrato a la oferta más conveniente

conforme a los intereses de la ciudad y de acuerdo a lo requerido en el objeto de estos Pliegos de

Condiciones, mediante resolución motivada, conforme lo establece la Constitución de la República

del Ecuador.

La notificación de la adjudicación se la realizará a través del portal web www.quito.gob.ec, con la

respectiva resolución de adjudicación emitida por la máxima autoridad de la entidad concedente, o

su delegado, además de la notificación directa enviada al Adjudicatario.

3.14 Garantías: En este Concurso Público se deberán presentar las siguientes garantías:

A. Garantía de seriedad de oferta

Los Oferentes deberán presentar una garantía de seriedad de oferta por un monto de 50.000

US$ (Cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). Dicha garantía deberá

incluirse en la presentación de ofertas.

B. Garantía de fiel cumplimiento de contrato

En forma previa a la suscripción del contrato derivado del presente concurso, se deberá

presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato por un valor de US$ 326.313,55

(Trescientos veinte y seis mil trescientos trece Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica

con 55/100). La garantía de fiel cumplimiento deberá estar vigente durante toda la duración

del contrato.

C. Póliza contra todo riesgo

En lo referente a la póliza contra todo riesgo el concesionario deberá contar durante todo

momento, mientras se encuentre vigente el Contrato, con pólizas de seguros contra todo

riesgo, incluyendo pero sin limitar: robo, huelgas y paros, que ampare la totalidad del

mobiliario, redes e infraestructura afectada al servicio público. El valor asegurado deberá ser

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

14

el de reposición como nuevos, sin ajustes, por parte de la aseguradora, a satisfacción del

Municipio de Quito.

En ningún caso ni en ninguna circunstancia el concesionario podrá requerir, reclamar o

demandar a la Municipalidad de Quito por el lucro cesante generado por algún siniestro que

inutilice o destruya total o parcialmente parte o partes del mobiliario urbano y/o componentes

necesarios para su funcionamiento, sea que tal siniestro esté o no protegido por alguna

garantía o póliza de seguro.

La póliza debe incluir además la responsabilidad civil aplicable para estos casos, que se define

por la suma de 150,000.00 dólares para cubrir daños a terceros (en su persona o bienes), en

caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del

concesionario, siempre y cuando dichos daños sean consecuencia directa de su gestión,

demandas contractuales y extracontractuales que deriven en resoluciones y sentencias en

contra del Municipio y deberán mantenerla vigente por todo el plazo de vigencia del Contrato.

El concesionario deberá justificar que cuenta con una póliza que cubra responsabilidad civil

contra daños a terceros y/o usuarios y sus bienes para garantizar a quienes puedan resultar

perjudicados en el desarrollo de la actividad concesionada. Queda claramente entendido que

la obtención y vigencia de este seguro no relevará en forma alguna al concesionario de la

responsabilidad directa que le corresponde siempre por siniestros cuyos montos sean

superiores al seguro contratado; así como responderá aun en el caso de que la aseguradora no

pagare la indemnización contratada por cualquier motivo que alegare. Esta garantía no exime,

pues, al concesionario de la reparación total por daños producidos, en función de cualquier

reclamación de terceros efectivamente perjudicados, sea que haya o no sentencia ejecutoriada.

D. Garantía técnica

El adjudicatario previo a la suscripción del contrato deberá presentar garantía técnica de los

bienes del contrato, del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se

mantendrá vigente durante todo el plazo del contrato.

En caso de no presentar esta garantía, el adjudicatario deberá entregar una de las garantías

señaladas en el numeral 3.14.1 de este documento, por el valor total de los bienes.

3.14.1 Formas de garantías

Las mencionadas garantías podrán ser emitidas en cualquiera de las siguientes formas.

Únicamente se aceptarán garantías emitidas por entidades debidamente registradas y

autorizadas por la Superintendencia competente.

1. Garantía incondicional, irrevocable y de cobro in mediato, otorgada por un banco o

institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos;

2. Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro

inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país;

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

15

3.14.2 Devolución de garantías

La garantía de seriedad de oferta tendrá una vigencia mínima de 120 días desde la

presentación de la oferta o hasta la suscripción del contrato y contendrá una cláusula de

renovación automática a solo requerimiento de la entidad concedente. La garantía de seriedad

de oferta será ejecutada en caso de que el oferente adjudicado no suscribiere el contrato de

concesión en el plazo establecido para el efecto.

Al Concesionario se le devolverá la garantía de seriedad de oferta una vez que haya suscrito el

contrato de concesión. A los oferentes calificados que no resultaren favorecidos con la

adjudicación, se les devolverá la garantía de seriedad de oferta una vez que el Concesionario

haya suscrito el Contrato de Concesión. El Municipio dispondrá la devolución de las garantías

de seriedad de las ofertas rechazadas, contra la simple presentación del recibo

correspondiente.

La garantía de fiel cumplimiento de contrato será anual y se renovará automáticamente a su

vencimiento por periodos sucesivos, hasta el término del contrato de concesión. Si se

estableciere un plazo adicional, deberá preverse la renovación automática de la misma por

períodos sucesivos hasta la finalización de dichos plazos adicionales, pudiendo ser cancelada

anticipadamente sólo por decisión de la máxima autoridad del Municipio del Distrito

Metropolitano de Quito. La falta de renovación periódica de esta garantía constituirá causal

para la terminación anticipada del contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso que el

Concesionario no dé cumplimiento a las obligaciones esenciales del contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá contra la suscripción del acta de

finiquito que deberá firmarse al término del contrato bajo las condiciones establecidas en el

mismo.

3.15 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria

y hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima

autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante

resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica

del Sistema Nacional de Contratación Pública.

3.16 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante

o su delegado podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33

de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública según corresponda.

Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la

Entidad concedente, o su delegado. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima

autoridad podrá disponer su archivo o su reapertura.

3.17 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del

plazo establecido para tal efecto por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

16

Entidad Concedente, o su delegado, le declarará adjudicatario fallido y se ejecutará de manera

automática la garantía de seriedad de oferta.

Así mismo, la entidad concedente llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de

prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos

para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción

del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad

declarará desierto el proceso.

3.18 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de QUINCE

(15) DÍAS contados a partir de la misma, la entidad concedente formalizará el proyecto de

contrato que es parte integrante de estos pliegos. En caso de que el adjudicatario, lo solicite por

escrito debidamente motivado, la Entidad Consesionante podrá conceder una prórroga de 15 días

hábiles adicionales para la suscripción del contrato.

El Contrato de Concesión deberá ser elevado a Escritura Pública, ante el Notario que por sorteo

asigne el Consejo de la Judicatura. Los costos notariales correrán a cargo del Concesionario.

3.19 Reclamos: Para el evento de que los oferentes presenten reclamos relacionados con su

oferta, éstos deberán ser presentados a la máxima autoridad durante los 3 días hábiles posteriores

a la emisión del respectivo acto administrativo. La máxima autoridad resolverá de manera

motivada sobre dichos reclamos en el término de 5 días.

3.20 Control de Ejecución del Contrato: El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, por

sí mismo o a través de sus empresas y/o dependencias, se reserva el derecho de controlar el cabal

y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato.

Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las

multas y sanciones a que hubiere lugar.

3.21 Control ambiental.- El concesionario deberá observar las normas ambientales vigentes

aplicables, según el objeto de contratación.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

17

CONCURSO PÚBLICO

MDMQ-STHV-001-2017

SECCIÓN IV

CONDICIONES ESPECÍFICAS

4.1 Vigencia de la oferta: Las ofertas presentadas permanecerán validas durante 120 días

calendario a contar desde la fecha de su presentación. El Municipio podrá solicitar por escrito

una extensión de la validez de la oferta por 120 días adicionales.

4.2. Canon de concesión.- El concesionario deberá pagar a la entidad concedente anualmente

un canon de concesión por la delegación otorgada en el contrato correspondiente, por lo tanto,

deberá presentar una oferta económica anual igual o superior a USD 341.658,00 dólares de los

Estados Unidos de América.

El primer pago se deberá realizar como máximo hasta la fecha prevista para la finalización del

plazo de instalación que se calculará sumando el proporcional de la oferta económica para el

tiempo comprendido entre la finalización del cronograma de instalación y el fin del año fiscal,

más el proporcional del uso efectivo de los espacios de publicidad durante la fase de

instalación.

A partir de cada año subsecuente, el monto deberá cancelarse en su totalidad según lo

establecido en la oferta económica, durante el primer mes de cada año. Este monto se deberá

ajustar con la inflación anual, siempre y cuando este valor se ajuste al alza, caso contrario el

valor del año anterior se mantendrá vigente.

4.3 Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución del contrato será de DIEZ (10) AÑOS a contar

desde la fecha de suscripción del respectivo contrato de concesión.

En caso de realizarse un nuevo concurso público, el concesionario podrá o no participar en

éste, pero seguirá cumpliendo con las condiciones y objeto del contrato hasta el inicio de la

nueva concesión o por un plazo máximo adicional de 6 meses, lo que suceda primero.

El Concesionario deberá cumplir con todas las obligaciones establecidas en este pliego de

condiciones así como con todas las disposiciones legales y normativas municipales que le

sean aplicables en razón de su actividad comercial.

4.4 Método de evaluación: De manera general, la evaluación de las ofertas se encaminará a

proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas

cumple con los requisitos establecidos en los presentes Pliegos de Condiciones. Se revisará que

las ofertas presentadas cumplan con los requisitos mínimos, evaluando tanto las credenciales del

oferente como la oferta técnica y económica en función de los parámetros de calificación

previstos en los pliegos, los que deberán ser objetivos.

El Municipio, a más de verificar el efectivo cumplimiento de la propuesta de las condiciones

establecidas como obligatorias en el presente Pliego y cuyo incumplimiento habilitará a la

descalificación de la Oferta, salvo que se subsanen los errores en que pudiera haberse

incurrido en tiempo y forma, según solicitud del Municipio, a los efectos de la evaluación de

las propuestas, tendrá en consideración varios aspectos, asignándoles un valor relativo a su

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

18

manifestación en la oferta, dentro de puntaje máximo que se señala para cada uno de ellos y el

puntaje total final que se indica.

4.5 Obligaciones de las Partes: El Concesionario se compromete a tomar las medidas

necesarias para evitar daños a las obras que se ejecuten, a las personas que trabajen en ellas, al

personal del Municipio, a terceros y a propiedades o bienes públicos o particulares y a

contratar las pólizas de seguro correspondientes.

De producirse los mismos, el Concesionario será el responsable de la reparación de los

perjuicios que le sean imputables.

El Concesionario deberá realizar el diseño, construcción, instalación, mantenimiento y

conservación de los mobiliarios urbanos objeto del presente Concurso Público y garantizar la

durabilidad y continuidad del servicio propuesto durante toda la duración del contrato sin que

el Municipio deba realizar ningún pago al Concesionario.

En consecuencia, el Concesionario se encargará de obtener de los organismos competentes

todas las autorizaciones que resulten necesarias en su caso, para la instalación de los

mobiliarios urbanos en el dominio público y/o explotación publicitaria durante todo el periodo

del contrato, así como del pago de todas las tasas, gravámenes u otra figura jurídica que

pudieran resultar exigibles por el hecho de la instalación de dichos mobiliarios y/o por su

explotación publicitaria quedando estos últimos ampliamente compensados por los ingresos

producto de la explotación publicitaria durante todo el periodo del contrato sin que suponga

ningún coste para el Municipio.

El Concesionario debe asegurar una correcta y legal ejecución del contrato en los términos

establecidos. Deberá cumplir con la legislación ecuatoriana en la materia relacionada con la

ejecución del contrato.

Los sueldos y salarios del personal del Concesionario se estipularán libremente, pero no serán

inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.

El Concesionario deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros

descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes en

el Ecuador. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del

Ecuador.

Serán también de cuenta del Concesionario y a su costo, todas las obligaciones a las que está

sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.

El Municipio se reserva el derecho de exigir al Concesionario la documentación que acredite

estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como

los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de

trabajo y de las contribuciones a la seguridad social.

En caso que el Municipio lo solicite, el Concesionario deberá informarle los datos personales

de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los

controles correspondientes.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

19

El incumplimiento, por parte del Concesionario, en el pago de las retribuciones a los

trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será objeto de multa de

acuerdo a lo establecido en el presente Pliego.

4.6 Forma de presentar la oferta: La oferta deberá presentarse en forma física, en idioma

español, foliada y numerada, en el lugar y hora determinada para el efecto en la convocatoria. El

oferente deberá presentar UN SOBRE que deberá contener la oferta técnica y económica y

deberá tener la siguiente carátula:

CONCURSO PÚBLICO

“(CODIGO DE PROCESO) Concesión del diseño, construcción, instalación, mantenimiento

y conservación de mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria para el Distrito

Metropolitano de Quito”

Oferta Técnica y Económica

Señor:

Secretario de la Comisión Técnica de la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda

Municipio del Distrito Metropolitano de Quito

Presente

PRESENTADA POR: ____________________________________

No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados

para su entrega-recepción.

El Secretario de la Comisión Técnica recibirá las ofertas, conferirá comprobantes de recepción

por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha

y hora de recepción.

4.6.1 Verificación de las ofertas:

4.6.1.1 Integridad de las ofertas: La integridad de la oferta consiste en la verificación de la

presentación de los formularios y requisitos mínimos previstos en los pliegos.

Luego de esta verificación la entidad contratante determinará si ejecutará la etapa de

convalidación de errores.

Contenido de la oferta

I Formulario de la Oferta:

Presentación y Compromiso;

Datos Generales del Oferente;

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

20

Nómina de socios, accionistas o partícipes mayoritarios de personas jurídicas oferentes;

Situación financiera;

Tabla de cantidades;

Componentes de los bienes:

Experiencia del oferente;

Personal técnico mínimo requerido ; y,

Equipo mínimo requerido.

II Formulario de compromiso

Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)

III Otros documentos:

Copia de la cédula de ciudadanía en caso de ser persona natural; copia de la escritura de

constitución y sus reformas en caso de ser persona jurídica cuyo objeto social sea afín al

objeto de la concesión;

Para el caso de personas jurídicas, certificado de existencia y cumplimiento de

obligaciones otorgada por la Superintendencia de Compañías, en caso de ser persona

jurídica extranjera su equivalente en el país de origen que deberá estar debidamente

apostillada;

Registro Único de Contribuyentes (RUC), en caso de ser extranjero su equivalente en el

país de origen;

Diseño del mobiliario urbano;

Cronograma de instalación;

Plan de mantenimiento preventivo y correctivo.

VI Oferta Económica

La propuesta económica

Cuadro de Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta.

PARÁMETRO CUMPLE NO

CUMPLE OBSERVACIONES

Integridad de la oferta

Equipo mínimo

Personal técnico mínimo

Experiencia general mínima

Experiencia específica mínima

Experiencia mínima del personal

técnico

Especificaciones técnicas o Términos

de Referencia

Patrimonio (Personas Jurídicas)

Otro(s) parámetro(s) resuelto por la

entidad contratante

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Análisis de Índices Financieros: Los índices financieros a considerarse en el presente

concurso son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); e, Índice de Endeudamiento (menor

a 1,5). Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de

impuesto a la renta del ejercicio fiscal correspondiente al año 2016 y/o los balances de los

últimos 3 años presentados al órgano de control respectivo.

Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el

procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación:

Índice Indicador solicitado Observaciones

Solvencia*

Endeudamiento*

*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel

(aquellos) que considere pertinente(s).

4.6.1.2 Evaluación de la Oferta: Los concursantes se someterán para su selección a dos

evaluaciones por las ofertas presentadas: Oferta Técnica (equivalente a 50%) y Oferta

Económica (equivalente a 50 %). A continuación se detalla los cuadros de evaluación,

divididos por la evaluación técnica y evaluación económica:

I. EVALUACIÓN TÉCNICA: Clasificación de parámetros

Clasificación No.

Parámetros Ponderación

A.

Obligatorio Cumplimiento A.1. al

A.14. Cumple sí/no Los proponentes que no cumplan uno de estos parámetros serán

automáticamente descalificados.

B.

Diseño del Mobiliario

B.1. al

B.11.

55 ptos. =

15% Se consideran como parámetros relacionados a la estética, resolución

de diseño de la propuesta y cumplimiento de las especificaciones

técnicas de la oferta

C.

Ejecución de Concesión/Servicio de limpieza y mantenimiento

C.1. al C.8. 24 ptos. =

15% Se consideran como parámetros relacionados al cumplimiento de

responsabilidad de mantenimiento y limpieza para calificación de la

oferta

D.

Aportes adicionales al Mobiliario

D.1. al D.7. 6 ptos. =

10%

Se consideran como parámetros para puntaje adicional. Se tomarán en

cuenta hasta tres parámetros en la totalidad de las paradas y cada una

de las paradas deberá asumir al menos uno. Sin embargo, si se

presentan más de tres parámetros, los mismos se considerarán en el

caso de empate técnico entre oferentes.

E.

Cronograma de Instalación

E.1. 3 ptos. =

10% Se considera la propuesta de reducción de tiempos en el cronograma

de instalación del mobiliario concesionado

PUNTAJE TOTAL POR EVALUACIÓN TÉCNICA: 88 puntos Total 50%, equivalente a

88ptos.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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II. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Descripción Ponderación

A.

Oferta de pago de canon anual sobre la base establecida por la entidad concedente

20 ptos.

=50%

Se evaluará la oferta económica sobre la base del cálculo del canon establecido por

el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, tomando como referencia la

oferta económica más alta a partir de la cual se calcularán los porcentajes de las

demás ofertas.

Se descalificarán las ofertas económicas que estén por debajo de la base calculada

para canon en el Distrito Metropolitano de Quito.

Aclaraciones y Cálculo

La evaluación de la propuesta económica se realizará luego de la evaluación de la

propuesta técnica. Se considerarán únicamente aquellas propuestas que hayan

obtenido al menos setenta (70) puntos en la evaluación técnica.

Para la evaluación económica se aplicará una relación directamente proporcional a

la propuesta más alta, esta equivalente al 100% (20 puntos) del puntaje y las demás

propuestas se calificarán en función de un porcentaje de la misma. Para dicho

cálculo se aplicará la siguiente formula:

Pe = (POE x 100) / POEm

Dónde:

Pe = Puntaje por Evaluación Económica del oferente.

POEm = Propuesta de la Oferta Económica más alta.

POE = Propuesta de la Oferta Económica del oferente

PUNTAJE TOTAL POR EVALUACIÓN ECONÓMICA: 20 puntos Total 50%, equivalente a

20 puntos

PUNTAJE MÁXIMO EVALUACIÓN TÉCNICA + ECONÓMICA= 100%

A continuación, se presenta los cuadros de los parámetros de evaluación técnica:

A. Obligatorio Cumplimiento Calificación

CUMPLE

NO

CUMPLE

A.1. Las dimensiones y alturas de la cubierta del refugio cumplen con las dimensiones mínimas

establecidas, sin perjuicio a que se presente dimensiones superiores.

A.2. Las bancas cumplen con las condiciones mínimas requeridas en cuanto a dimensiones y

ubicación, sin perjuicio a que se presente dimensiones superiores.

A.3. El mobiliario permite la adecuada adaptación a la topografía de la ciudad e irregularidades de las

aceras (plano inclinado de acera).

A.4. El panel informativo cumple con los requerimientos establecidos en cuanto a ubicación,

características y dimensiones.

A.5. El respaldo posterior es transparente (cumpliendo con los parámetros técnicos establecidos para el

efecto)

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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A. Obligatorio Cumplimiento Calificación

CUMPLE

NO

CUMPLE

A.6. El diseño propuesto y ubicación de los MUPI conexos a la parada cumplen con los requerimientos

establecidos.

A.7. El diseño incorpora señalización que identifique el punto de parada de bus y los soportes para la

información de paradas y líneas de transporte.

A.8. El diseño incorpora iluminación con una emisión de flujo luminoso no menor a 1,200 lúmenes

(aplica la sumatoria de los elementos o dispositivos de iluminación)

A.9. El diseño evita las superficies corto-punzantes o esquinas vivas peligrosas para el peatón

A.10. Demuestra por medio de certificados o documentos de especificaciones técnicas que los

materiales propuestos responden a las características de materialidad exigidas.

A.11.

Demuestra por medio de certificados o documentos de especificaciones técnicas que los

materiales propuestos garantizan durabilidad y resistencia a las condiciones climáticas y

ambientales de Quito. (Radiación solar, lluvias intensas, polución).

A.12. Presenta Plan de Mantenimiento con los requisitos mínimos.

A.13.

Presenta un cronograma de instalación, lista de personal técnico y equipo dentro de las

condiciones requeridas (se presentará los respaldos conforme lo detallado en los formularios para

la presentación).

A.14.

Experiencia específica de instalación, provisión y mantenimiento de por lo menos 200 paradas de

buses o mobiliario urbano similar en los últimos 10 años. Para justificar experiencia, presenta

certificados de conformidad de los contratantes y los respectivos contratos.

Calificación de la propuesta:

CALIFICA NO

CALIFICA

B. Diseño del Mobiliario

Calificación

1 pto.

MALO

2 ptos

REGUL

AR

3 ptos. ADECUAD

O

4 ptos.

BUENO

5 ptos. EXCELEN

TE

B.1.

Concepto del diseño

Integridad y concordancia entre la cromática, las proporciones, la

forma y el lenguaje estilístico, con la idea fuerza o punto de partida

conceptual del diseño.

B.2.

Aplicación y adecuado uso de materiales

Califica la adecuada selección y utilización de los materiales, la

coherencia técnica y estética en sus combinaciones, integración y

funcionalidad, así como la facilidad de reemplazo o reposición de sus

componentes.

B.3.

Valor formal de la estructura

Califica la cualidad estética e innovación de la concepción y del

diseño estructural de la parada. El diseño estructural pertinente

tomando en cuenta posibles riesgos y condiciones urbanas.

B.4. Respuesta de la forma a las condiciones medioambientales

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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B. Diseño del Mobiliario

Calificación

1 pto.

MALO

2 ptos

REGUL

AR

3 ptos. ADECUAD

O

4 ptos.

BUENO

5 ptos. EXCELEN

TE

Califica la implementación de estrategias bioclimáticas para el diseño

del objeto, la más adecuada adaptación a las particulares condiciones

climáticas de Quito. Responde a la elevada radiación solar,

implementa medidas que aporten a la reducción de isla de calor de la

ciudad, considera estrategias para proteger al usuario de

precipitaciones importantes, protege del impacto del viento.

B.5.

Presencia del mueble como un componente de la calidad e imagen

urbana

Califica si el mueble presenta características que aportan a la calidad

del espacio público y su contribución, integración y adaptación a

realidad paisajista y a la imagen urbana de la ciudad

B.6.

Apariencia: Diurna y nocturna

Calidad e innovación en el diseño de Iluminación de la parada

Califica la presencia e imagen proyectada del mobiliario en el espacio

público, tanto en horario diurno como en nocturno. Particular

atención se dará a la evaluación del diseño lumínico desde la

perspectiva estética y de seguridad.

B.7.

Adaptación a la disponibilidad de espacio y modularidad

Califica la eficiencia en los mecanismos de adaptación del mobiliario

a las condiciones espaciales y topográficas del espacio público de

Quito con diseños o soluciones técnicas que permitan configuraciones

que se adapten correctamente a las condiciones de aceras. Por otro

lado se considerará la versatilidad y funcionalidad de la modularidad

de las paradas que permitan generar paradas dobles.

B.8.

Consideraciones para personas con capacidades especiales

Califica la implementación de estrategias que aporten a la inclusión de

personas con capacidades reducidas. Elementos sonoros, táctiles, y

visuales.

B.9.

Funcionalidad en relación a la circulación peatonal (continuidad

peatonal) Califica la implementación de estrategias de diseño que reduzcan

obstáculos que limiten la movilidad fluida de los usuarios

B.10.

Ergonomía

Califica que la(s) propuesta(s) tome(n) en cuenta características

físicas, fisiológicas anatómicas, psicológicas adaptadas al medio y que

privilegien una adecuada utilización del mobiliario.

B.11.

Diseño resistente al intenso uso público y a rayones, pintas y tachas

Respuesta del diseño de la parada y de sus componentes ante la

intensidad del uso público, con superficies resistentes a la abrasión y

cuyas características de textura y acabado desestimulen el vandalismo,

el afichaje no autorizado, los rayones y el grafiti. La fijación de los

componentes impedirá su hurto o rotura.

C. Ejecución de Concesión/Servicio de limpieza y mantenimiento.

Calificación

1 pto ADECUAD

O

2 ptos MEJOR

A

3 ptos SUSTANCI

AL

C.1.

Experiencia

Adecuado: Demuestra experiencia de provisión y mantenimiento de 200 paradas en los

últimos 10 años, a través de certificados de conformidad y el respectivo contrato.

Mejora: Demuestra experiencia de provisión y mantenimiento de más de 500 paradas en los

últimos 10 años, a través de certificados de conformidad y el respectivo contrato.

Sustancial: Demuestra experiencia de provisión y mantenimiento de más de 1.000 paradas

en los últimos 10 años, a través de certificados de conformidad y el respectivo contrato.

C.2. Plan de mantenimiento preventivo- Vigilancia/Inspección

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Adecuado: Se sujeta a los operativos de vigilancia e inspección del plan base (por lo menos

1 vez cada 15 días para todas las paradas).

Mejora: Propone operativos de vigilancia e inspección de por lo menos 1 vez cada 10 días

para todas las paradas.

Sustancial: Propone operativos de vigilancia e inspección de por lo menos 1 vez cada 5 días

para todas las paradas.

C.3.

Plan de mantenimiento preventivo- Limpieza general

Adecuado: Se sujeta a la limpieza general mínima requerida (por lo menos 2 veces por

semana en todas las paradas).

Mejora: Propone limpieza general por lo menos 3 veces por semana en todas las paradas.

Sustancial: Propone limpieza general por lo menos 4 veces por semana en todas las paradas.

C.4.

Plan de mantenimiento preventivo- Limpieza integral

Adecuado: Se sujeta a la limpieza integral del plan base (por lo menos cada quince días para

todas las paradas).

Mejora: Propone limpieza integral menor a 15 días para todas las paradas.

Sustancial: Propone limpieza general menor a 10 días para todas las paradas.

C.5.

Plan de mantenimiento correctivo- Capacidad de respuesta

Adecuado: La agilidad de respuesta ante algún acto vandálico o daño, para su reparación y/o

reposición parcial o total, es de hasta 72 horas. Deberá describir la estrategia de reposición y

stock mínimo de las piezas que componen las paradas y MUPI para demostrar la capacidad

de respuesta.

Mejora: La velocidad de respuesta ante algún acto vandálico o daño, para su reparación y/o

reposición parcial o total, es de hasta 48 horas. Deberá describir la estrategia de reposición y

stock mínimo de las piezas que componen las paradas y MUPI para demostrar la capacidad

de respuesta.

Sustancial: Propone línea telefónica abierta para recepción de denuncias por el estado de

paradas y MUPI, socializado a la ciudadanía, y la velocidad de respuesta propuesta ante

algún acto vandálico o daño, para su reparación y/o reposición parcial o total, es de hasta 48

horas. Deberá describir la estrategia de reposición y stock mínimo de las piezas que

componen las paradas y MUPI para demostrar la capacidad de respuesta.

C.6.

Insumos de limpieza.

Adecuado: Se sujeta a los insumos mínimos de limpieza del Plan Base.

Mejora: Propone insumos de limpieza no tóxicos.

Sustancial: Propone insumos de limpieza ecológicos y no tóxicos.

C.7.

Medios tecnológicos y equipo técnico capacitado para mantenimiento.

Adecuado: Se sujeta a las herramientas y equipo técnico mínimo requerido base.

Mejora: Propone herramientas con mejora tecnológica y mayor equipo técnico para dar

cumplimiento a lo propuesto en el mantenimiento correctivo y preventivo (MEJORA en

tiempos de respuesta de reparaciones y mantenimiento).

Sustancial: Propone herramientas con mejora tecnológica y mayor equipo técnico para dar

cumplimiento a lo propuesto en el mantenimiento correctivo y preventivo (MEJORA

SUSTANCIAL en tiempos de respuesta para reparaciones y mantenimiento).

C.8.

Medios de monitoreo y reporte

Adecuado: Propone un sistema de monitoreo y reporte básico que permite al concesionario y

al administrador del contrato de concesión dar seguimiento oportuno a las prestaciones de

mantenimiento preventivo y correctivo.

Mejora: Propone un sistema de monitoreo y reporte avanzado que permite al concesionario

y al administrador del contrato de concesión dar seguimiento oportuno a las prestaciones de

mantenimiento preventivo y correctivo, incorporando mecanismos de georreferenciación, on-

line y/o en tiempo real.

Sustancial: Propone un sistema de monitoreo y reporte sofisticado que permite al

concesionario y al administrador del contrato de concesión dar seguimiento oportuno a las

prestaciones de mantenimiento preventivo y correctivo, incorporando mecanismos de

georreferenciación, on-line y/o en tiempo real, que incluye indicadores ambientales (nivel de

contaminación del aire, de consumo de energía, de producción de desechos sólidos, entre

otros, vinculados al área de mantenimiento de la parada) , del número de usuarios por parada,

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

26

de la frecuencia de arribo de buses, entre otros.

Sub Total Puntaje 0 0 0

Total Puntaje

D. Aportes Adicionales al Mobiliario PUNTAJE

REFERENCIAL CALIFICACIÓN

D.1. La propuesta contempla el uso de cubierta verde y el concesionario será responsable del

mantenimiento. 2 0

D.2. La propuesta contempla elementos de generación de energía limpia para el funcionamiento de la

iluminación de la parada y/o de la publicidad. 2 0

D.3. Incorpora elementos tecnológicos inteligentes que sean un aporte al espacio público o a los

usuarios (módulo o panel de comunicación, botón de pánico, video vigilancia, entre otros). 2 0

D.4.

La propuesta incluye certificados o especificaciones técnicas que demuestren que en el proceso

de producción y/o fabricación se utilizan materiales que contemplen bajos impactos

ambientales.

2 0

D.5. Incluye elementos adicionales de intermodalidad (movilidad no motorizada) 2 0

D.6. Propone mobiliario adicional no publicitario independiente del área de concesión. 2 0

D.7. La propuesta contempla iluminación en paradas y publicidad que incorpore tecnologías de bajo

consumo o ahorro de energía. 2 0

Sub Total Puntaje 14 0

Total Puntaje (máximo 6)

E. Cronograma de Instalación. Ponderación

E.1. Plazos de instalación

Se evaluará la oferta del mejoramiento en los plazos de cronograma de instalación del

mobiliario urbano, tomando como referencia la propuesta más baja en tiempo de instalación

de la totalidad del mobiliario a partir de la cual se calcularán los porcentajes de las demás

ofertas.

Para la evaluación económica se aplicará una relación directamente proporcional a la

propuesta más baja o de menor tiempo de instalación, esta equivalente al 100% (3 puntos)

del puntaje y las demás propuestas se calificarán en función de un porcentaje de la misma.

Para dicho cálculo se aplicará la siguiente formula:

Pmi = (POim x 100) / PCim

Dónde:

Pmi = Puntaje por mejoramiento del cronograma de instalación.

PCim = Propuesta de tiempo máximo de instalación de mobiliario (240 dias).

POim = Propuesta de tiempo de instalación del mobiliario por el Oferente.

3Ptos = 10%

Total puntaje

El Municipio adjudicará aquella propuesta que haya obtenido el mayor porcentaje en la

valoración de las ofertas detallada anteriormente. Se reserva el derecho de rechazar la totalidad

de las propuestas por motivos de interés público. Todo lo anterior sin posibilidad de reclamo

alguno por parte de los Oferentes o sus representantes.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

27

4.7 Cronograma del procedimiento del concurso público: El que constará en el portal

www.quito.gob.ec es el siguiente:

Concepto Día Hora

Fecha de Publicación 5 de octubre de 2017 15h00

Fecha Límite de Preguntas 16 de octubre de 2017 15h00

Fecha Límite de Respuestas y

Aclaraciones

20 de octubre de 2017 15h00

Fecha Límite de Entrega de

Ofertas

7 de noviembre de 2017 15h00

Fecha de Apertura de Ofertas 7 de noviembre de 2017 16h00

Fecha límite para solicitar

convalidación de errores

14 de noviembre de 2017 15h00

Fecha límite para presentar

convalidación de errores

24 de noviembre de 2017 15h00

FECHA ESTIMADA DE

ADJUDICACIÓN

5 de diciembre de 2017 15h00

4.8 Especificaciones técnicas:

1. ANTECEDENTES

En el diagnóstico del Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2015-2025, se

determinó que el 73% del total de los viajes motorizados realizados en el Distrito Metropolitano de

Quito se hace en sistema de transporte público.

La Política M1 del Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2015-2025, busca

una mejora sustancial del Sistema Metropolitano de Transporte Público.

En mayo de 2015, la EPMMOP presenta a la Secretaría de Movilidad y a la Secretaría de

Territorio, Hábitat y Vivienda el informe sobre el estudio de las condiciones actuales de las paradas

de transporte público convencional en el DMQ, evidenciando la problemática que sufre este tipo de

mobiliario.

Con fecha 26 de mayo de 2016, se sanciona la Ordenanza Metropolitana No. 119, que establece el

régimen administrativo de la Licencia Metropolitana Urbanística de Publicidad Exterior – LMU

(41), en la cual se contempla la posibilidad de que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito

utilice la publicidad como una forma de pago en el caso de delegar a la iniciativa privada la

provisión de servicios, obras u otras competencias municipales.

El artículo…(3) del capítulo “Espacio Público” de la Ordenanza Metropolitana N° 0432 – 172,

establece que la “(…)Secretaría responsable del territorio, hábitat y vivienda, ejercerá la facultad

de planificación territorial relacionada con la gestión y aprovechamiento del espacio público

(…)”.

La Resolución de Alcaldía No. A012 con fecha 11 de mayo de 2016, delega a la Secretaría de

Territorio, Hábitat y Vivienda las competencias de regular la gestión en el espacio público.

Con oficio No. A-0262, de fecha 26 de octubre de 2016, el Señor Alcalde Metropolitano de Quito

señala que, conforme a las reuniones mantenidas con la Secretaría de Movilidad, Administración

General y la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, se ha puesto en conocimiento de dichas

entidades que la actual Administración Municipal tiene interés de “dotar a la ciudad de mobiliario

urbano moderno, de calidad y que aporte favorablemente a mejorar estéticamente la imagen

urbanística de la ciudad”, pero que debido a que el presupuesto municipal no cuenta con los

recursos necesarios para este efecto, se requiere “delegar dicha dotación de mobiliario a la

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

28

iniciativa privada, incluyendo el servicio de mantenimiento, reposición y limpieza”, utilizando la

publicidad como una forma de pago, conforme a la Ordenanza Metropolitana No. 119.

En el oficio precitado, el Señor Alcalde Metropolitano de Quito, dispone iniciar con los procesos

precontractuales pertinentes con alcance nacional e internacional para la delegación a la iniciativa

privada para dotación de mobiliario urbano. En función a estos procesos, solicita a la Secretaría de

Territorio, Hábitat y Vivienda elaborar un informe técnico que sirva de habilitante para el

lanzamiento del proceso precontractual que corresponda, determinando el mobiliario requerido

como prioritario y sus especificaciones técnicas.

2. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS PARADAS DE TRANSPORTE PÚBLICO

CONVENCIONAL

La Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (EPMMOP), a través del informe

presentado en mayo de 20151, inspeccionó y analizó la situación de las 3.624 paradas de transporte

público convencional que existen en Quito. Determinó que 714 paradas de transporte público

convencional cuentan con módulo, de las cuales 240 paradas se encuentran en buen estado, 348 en

estado regular y 126 en mal estado.

En el mismo informe, respecto al estado de la acera en el lugar de emplazamiento de las paradas, la

EPMMOP evaluó su estado de conservación, encontrando que 2.228 paradas cuentan con una acera en

buen estado, 889 en estado regular, 466 paradas con aceras en mal estado y 41 no tienen acera. El mal

estado de las aceras se debe principalmente al tipo de material con el cual se encuentran construidas.

Fotografía 1. Parada en mal estado; módulo sin visera. Fuente

EPMMOP.

Fotografía 2. Parada en mal estado; módulo con la

visera rota. Fuente EPMMOP.

1 Informe técnico del levantamiento de las paradas de transporte público del Distrito Metropolitano de Quito, elaborado por la

Gerencia de Planificación de la EPMMOP, mayo 2015. Remitido a la STHV sin oficio.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

29

Fotografía 3. Parada en estado regular; señalética vertical

virada. Fuente EPMMOP.

Fotografía 4. Parada en estado regular; visera

golpeada. Fuente EPMMOP.

El informe de la EPMMOP señala además que la mayor cantidad de paradas de bus convencional se

encuentra en la Administración Zonal Eugenio Espejo, a la cual le corresponde el 21% del total de las

paradas, seguida por las Administraciones Zonales Quitumbe y Eloy Alfaro, cada una con un 19%,

siendo en estas tres administraciones en donde se concentra la mayoría de paradas de bus.

Del total de paradas analizadas por la EPMMOP, se determinó que un 31% de las mismas no fueron

construidas, gestionadas o ejecutadas por el Municipio o por delegación municipal, sino que surgieron

muchas veces de la necesidad de los ciudadanos de tener una parada a una distancia más apropiada

para cubrir su demanda.

3. JUSTIFICACIÓN

Además del estado de conservación de las paradas de transporte público, las cuales en su mayoría se

encuentran en estado regular o malo de conservación según lo indicado en el capítulo anterior, se ha

logrado determinar que no existen criterios unificados de diseño en las mismas, en cuanto a

composición e imagen de las paradas, teniendo por consiguiente una amplia gama de formas,

dimensiones, materiales y elementos que las componen. La misma heterogeneidad se observa en la

implantación de las mismas y en la colocación de los distintos elementos de las paradas sobre las

aceras, las cuales se convierten muchas veces en obstáculos para la circulación de los peatones y para

garantizar accesibilidad universal, por tanto imposibilitan un buen uso de las paradas y del espacio

público alrededor de las mismas.

Fotografía 5. Obstaculización de la circulación de los peatones. Fuente EPMMOP.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

30

Debido a su ubicación geográfica, el clima de Quito es muy cambiante a lo largo del día y puede

generar molestias a los usuarios del espacio público. Un factor importante es la radiación solar, según

reportes de la Secretaría de Ambiente de Quito, el 45% de los días del año el Índice de radiación

ultravioleta (IUV) es igual o mayor a 11, valor que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud,

se considera extremo y por tanto es perjudicial para la salud. En cuanto a precipitaciones, cabe

mencionar que la estación lluviosa en Quito se extiende desde Octubre hasta Mayo, presentando

precipitaciones que van desde los 350 mm/año a los 4500 mm/año.

Tanto las condiciones de radiación como las frecuentes precipitaciones en Quito determinan la

necesidad de colocar una visera que delimita el refugio peatonal para que los usuarios estén protegidos

mientras esperan el transporte público y por tanto mejorar la calidad del servicio.

Por otro lado, de acuerdo a la “Encuesta Domiciliaria de Movilidad”2 realizada en el marco del estudio

de demanda del Metro de Quito presentado en 2011 (EDM11), en el Distrito Metropolitano de Quito

se identificó que del total de viajes realizados en un día, el 61,55% se hacen a través de transporte

colectivo, el 22,81% utiliza transporte particular y el 15,64% que utiliza medios no motorizados (a pie

y bicicleta). Del total de viajes el 51.55% corresponde a los viajes de transporte público en buses

convencionales y se calcula que aproximadamente 1´819.800 personas usan este tipo de transporte a

diario.

Por los motivos antes expuestos, es necesario establecer lineamientos y especificaciones técnicas para

el diseño de las paradas de transporte público convencional, los cuales unifiquen el diseño para una

mejora en la imagen urbana y en la prestación del servicio de este tipo de mobiliario urbano,

considerando los criterios de accesibilidad universal, características de durabilidad, protección de las

personas contra el clima y normas estandarizadas nacionales de señalética vertical y horizontal.

4. ÁREA DE IMPLEMENTACIÓN.

El área de implementación o Polígono de Concesión para el diseño, construcción, instalación,

mantenimiento y conservación de Mobiliario Urbano a cambio de explotación publicitaria está

delimitada por el Mapa No. 1 y dentro de los siguientes límites:

Norte: Av. Diego de Vásquez / Sur: Av. Cóndor Ñan / Este: Av. Eloy Alfaro y Av. Pedro Vicente

Maldonado / Oeste: Av. Mariscal Sucre Mapa No.1. Polígono de Concesión

2 Elaborado por: Metro de Madrid, 2011.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Fuente: STHV, DMDU, 2017

5. OBJETO DE LA CONCESIÓN.

El objeto del presente concurso público es la delegación, en la modalidad de concesión, para el diseño,

construcción, instalación, mantenimiento y conservación de Mobiliario Urbano en el Polígono de

Concesión a cambio de los derechos de explotación publicitaria asociada al mobiliario a favor de la

entidad concesionaria.

6. PLAZO, ALCANCE, FASES DE IMPLEMENTACIÓN Y CRONOGRAMA.

El plazo de la concesión tendrá una vigencia de 10 años a partir de la suscripción del contrato.

El alcance para la implementación de mobiliario de paradas de transporte público convencional en el

DMQ correspondiente a 414 sitios de paradas, de los cuales 309 tienen módulos simples y 105 son

módulos dobles, y 20 relojes, distribuidas dentro del Polígono de Concesión. Previo informe de la

Secretaria de Movilidad, se podrá disponer que hasta el 8,00% de las paradas identificadas con módulo

simple (25 paradas), puedan ser instaladas con módulo doble, si se verifica la capacidad espacial de la

acera para hacerlo. La implementación de las mismas se realizará en cuatro fases, en función a cuatro

zonas territoriales: Zona 1- hipercentro; zona 2- zona sur; zona 3- zona norte; y, zona 4-.centro-sur,

como se indica en el Mapa No. 2 y conforme al detalle de la Tabla No.1.

Por cada módulo de parada a instalarse, el área mínima de responsabilidad de la concesión para el

mantenimiento y adecuación incluye la señalización horizontal en calzada de la parada de bus

establecido por norma INEN3 junto con la superficie de acera que comprende el ancho total (variable),

desde el bordillo de la calzada hasta la línea de fábrica del predio, y el largo corresponde a aquel de la

señalización horizontal en calzada de la parada de bus, es decir, 15,60 metros, de acuerdo al gráfico

No.1. Para el reloj o MUPI que se encuentra separado del módulo o parada, el área de responsabilidad

para el mantenimiento comprende el ancho total de acera (a), desde el bordillo de la calzada hasta la

línea de fábrica del predio, o de ser el caso, el ancho total del parterre (a) entre los bordillos de los dos

extremos de la calzada; y para los dos casos el largo será el mismo del ancho total de la acera o

parterre, de tal manera que la superficie de mantenimiento es un cuadrado, de acuerdo al gráfico No.2.

3RTE INEN 004-2:2011.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Cabe señalar que en las aceras donde se colocarán las paradas a concesionar, será también

responsabilidad del concesionario las obras de mejoramiento que incluyen: desinstalación de módulos

de paradas existentes, de ser el caso; desalojo de módulos de parada existentes, y de otro tipo de

mobiliario, de existir, escombros y material producto de la renovación; mejoramiento de superficie de

la acera con materiales acordes al entorno inmediato; incorporación de superficie podotáctil,

dependiendo de los casos; señalización vertical y horizontal, en función a los lineamientos definidos

por parte de la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda y en concordancia con la normativa

nacional vigente; y reinstalación de los módulos de parada existentes, la cual se coordinará con la

entidad municipal competente acorde al protocolo anexo de este documento. Los detalles del servicio

de mantenimiento constan en la sección 12 y los lineamientos para la adecuación de las aceras constan

en la sección 11 de este documento.

Gráfico No.1. Definición del área mínima de mantenimiento y adecuación de aceras a cargo del

concesionario

Fuente: STHV, DMDU, 2017

Gráfico No.2. Definición área mínima de responsabilidad de la concesión para mantenimiento y

adecuación de acera y/o parterre para la instalación del MUPI o reloj, separado del módulo o

paradas

Fuente: STHV, DMDU, 2017

El área de implementación se ha dividido en cuatro zonas, y para su ejecución se establece 240 días

calendario a partir de la suscripción del contrato, dividido en cuatro fases, la primera de 90 días y las

subsecuentes de 50 días cada una, sin perjuicio que cada fase pueda iniciar antes de la culminación de

la fase anterior siempre que el plazo establecido no se incremente en ninguna de ellas, reduciendo el

tiempo total de ejecución, lo cual será valorado con mayor puntuación durante la evaluación técnica.

Desde la segunda fase el concesionario seleccionará las paradas donde instalar los módulos, en

Área referencial de mantenimiento por parada en acera

Área de mantenimiento de señalización horizontal

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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coordinación con el Administrador del contrato delegado por el MDMQ, y siempre que estén

distribuidas proporcionalmente en todas las zonas de implantación, conforme al siguiente cronograma:

TABLA No.1. Cronograma de Implementación

ZONAS DE IMPLEMENTACIÓN Fase 1

90 Días

Fase 2

50 Días

Fase 3

50 Días

Fase 4

50 Días Total

1 Zona 1: 109 paradas(48 dobles + 61 simples) 100% - - - 100%

2 Zona 2: 85 paradas (13 dobles + 72 simples) - 50% +25% +25% 100%

3 Zona 3: 120 paradas (26 dobles + 94 simples) - 25% +50% +25% 100%

4 Zona 4: 100 paradas (18 dobles + 82 simples) - 25% +25% +50% 100%

5 20 Relojes 100% - - - 100%

Correrá por parte del concesionario la coordinación y permisos requeridos para la adecuación de

aceras y provisión de servicios sin que estos constituyan justificación para retrasos en la instalación

del mobiliario. El cronograma de instalación será modificable por pedido del concesionario en los

casos que los tiempos adicionales no sean imputables a su responsabilidad en el cumplimiento del

contrato.

Una vez adjudicado, se realizará una inspección técnica en conjunto con el Administrador del contrato

de la concesión y el concesionario para definir y georreferenciar la ubicación exacta donde se

instalarán las paradas y relojes, en función a las ubicaciones definidas en el mapa No. 2 y tablas No. 2

y 3. Mapa No.2. Identificación de paradas para concesión y zonas de implementación

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Fuente: STHV, DMDU, 2017

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Tabla No.2: Listado y detalle de relojes para concesión

N° Zona Tipo Localización Referencia

1 1 Reloj Av. Naciones Unidas y República del Salvador parterre frente a Quicentro

2 1 Reloj Av. Eloy Alfaro y Av. Republica parterre frente a fiscalía general del estado

3 1 Reloj Av. Naciones Unidas y Av. América parterre frente a plaza de las Américas

4 1 Reloj Av. Amazonas y Av. Orellana parterre rente a Hotel Marriot

5 1 Reloj Av. 12 de Octubre y Av. Colón parterre cerca de plaza Artigas

6 1 Reloj Av. 12 de Octubre y Roca parterre frente a PUCE

7 1 Reloj Av. Atahualpa y Av. América parterre en Av. Atahualpa

8 1 Reloj Av. Eloy Alfaro y Av. 6 de Diciembre parterre en Av. Eloy Alfaro

9 2 Reloj Av. Teniente Hugo Ortiz parterre frente al Mercado Mayorista

10 2 Reloj Av. Pedro Vicente Maldonado parterre frente estación Trolebús Sur

11 2 Reloj Av. Moran Valverde y Av. Teniente Hugo Ortiz parterre frente a Edesa

12 2 Reloj Av. Cardenal de la Torre y Av. Ajaví parterre frente al parque lineal

13 3 Reloj Av. Edmundo Carvajal y Av. Mariscal Sucre parterre central entre rotondas

14 3 Reloj Av. Amazonas y Av. La Prensa parterre frente al centro de convenciones

15 3 Reloj Av. Diego de Vásquez y Real Audiencia parterre cerca del redondel

16 3 Reloj Av. La Prensa y Av. Mariscal Sucre parterre frente Condado Shopping

17 3 Reloj Av. Gaspar de Villarroel y Av. 6 de Diciembre parterre frente tatto adventure

18 4 Reloj Av. Teniente Hugo Ortiz y Av. Alonso de Angulo parterre Tribuna del Sur

19 4 Reloj Av. Patria y Av. Amazonas parterre frente a hotel Hilton Colon

20 4 Reloj Av. 10 de Agosto y Bogotá parterre Frente al IESS

Tabla No.3: Listado y detalle de paradas de transporte público para concesión

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

ZONA 1

1 1 Av CRISTOBAL COLON Cerca A Redondel 2,50 simple B-FACHADA

2 1 Av CRISTOBAL COLON Iglesia 3,00 simple B-FACHADA

3 1 Av CRISTOBAL COLON Circasiana 2,50 simple B-FACHADA

4 1 Av CRISTOBAL COLON Subdivisión De Invest. AcciD De Tránsito 2,50 simple B-FACHADA

5 1 Av CRISTOBAL COLON Frente A Produbanco 6,50 simple B-MOBILIARIO

6 1 Av CRISTOBAL COLON frente edificio Amazonas Park 2,50 simple B-FACHADA

7 1 Av CRISTOBAL COLON Cjto. Ave María 7,00 doble B-MOBILIARIO

8 1 Av CRISTOBAL COLON Importadora 2,50 simple B-FACHADA

9 1 Av 12 DE OCTUBRE Cerca A Redondel 5,00 doble B-MOBILIARIO

10 1 Av 12 DE OCTUBRE Almacenes Rickie 4,00 simple B-MOBILIARIO

11 1 Av 12 DE OCTUBRE Supermaxi 4,00 doble B-MOBILIARIO

12 1 Av 12 DE OCTUBRE Superintendencia De Bancos Y Seguros 4,00 doble B-MOBILIARIO

13 1 Av 12 DE OCTUBRE Universidad Salesiana 3,50 simple B-MOBILIARIO

14 1 Av 12 DE OCTUBRE Sala De Velación 4,00 doble B-MOBILIARIO

15 1 Av 12 DE OCTUBRE Pontificia Universidad Católica Del Ecuador 3,50 doble B-MOBILIARIO

16 1 Av 12 DE OCTUBRE Frente A Universidad Católica Del Ecuador 4,00 doble B-MOBILIARIO

17 1 Av 12 DE OCTUBRE Pontificia Universidad Católica Del Ecuador 4,00 doble B-MOBILIARIO

18 1 Av 6 DE DICIEMBRE Frente A Duramas 3,00 simple B-FACHADA

19 1 Av 6 DE DICIEMBRE Torres Tenerife 2,50 simple B-FACHADA

20 1 Av 6 DE DICIEMBRE Plaza Argentina 2,00 simple B-FACHADA

21 1 Av 6 DE DICIEMBRE Consejo Nacional Electoral 4,00 simple B-MOBILIARIO

22 1 Av 6 DE DICIEMBRE Edificio 3,00 simple B-FACHADA

23 1 Av AMERICA Banco Pichincha 4,50 simple B-MOBILIARIO

24 1 Av AMERICA Frente A Local De Muebles 4,00 simple B-MOBILIARIO

25 1 Av AMERICA Cerca A Redondel 3,50 simple B-MOBILIARIO

26 1 Av AMERICA Autolandia 3,00 doble B-MOBILIARIO

27 1 Av AMERICA Ecuamerican 3,50 simple B-MOBILIARIO

28 1 Av AMERICA Colegio San Gabriel 4,00 doble B-MOBILIARIO

29 1 Av AMERICA Frente A Mecánica 3,50 simple B-MOBILIARIO

30 1 Av DE LA REPUBLICA Cinemark 3,00 simple B-FACHADA

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

31 1 Av DE LA REPUBLICA Paso A Desnivel 4,00 doble B-MOBILIARIO

32 1 Av DE LA REPUBLICA Banco Pichincha 2,50 simple B-MOBILIARIO

33 1 Av DE LOS SHYRIS Ambacar 3,00 simple B-MOBILIARIO

34 1 Av DE LOS SHYRIS Parque La Carolina 5,00 simple B-MOBILIARIO

35 1 Av DE LOS SHYRIS Parque La Carolina 4,00 doble B-MOBILIARIO

36 1 Av DE LOS SHYRIS Parque La Carolina 4,00 simple B-MOBILIARIO

37 1 Av DE LOS SHYRIS Parque La Carolina 4,00 doble B-MOBILIARIO

38 1 Av DE LOS SHYRIS Frente Parque La Carolina 4,00 simple B-MOBILIARIO

39 1 Av DE LOS SHYRIS Frente Al Parque La Carolina 3,50 doble B-MOBILIARIO

40 1 Av DE LOS SHYRIS Frente Al Parque La Carolina 4,00 doble B-MOBILIARIO

41 1 Av DE LOS SHYRIS Frente Al Parque La Carolina 4,00 simple B-MOBILIARIO

42 1 Av DE LOS SHYRIS Quicentro Shopping 7,50 simple B-MOBILIARIO

43 1 Av DE LOS SHYRIS Ed. Silva Núñez 4,00 simple B-MOBILIARIO

44 1 Av DIEGO DE ALMAGRO Frente A Farmacia Medicity 3,50 simple B-MOBILIARIO

45 1 Av DIEGO DE ALMAGRO Paella Valenciana 2,50 simple B-FACHADA

46 1 Av EJE LONG. 10 DE AGOSTO Banco Pichincha 5,00 doble B-MOBILIARIO

47 1 Av EJE LONG. 10 DE AGOSTO Empresa Eléctrica 5,00 simple B-MOBILIARIO

48 1 Av EJE LONG. 10 DE AGOSTO Paso Elevado 5,00 doble B-MOBILIARIO

49 1 Av EJE LONG. 10 DE AGOSTO esquina Av. Mariana de Jesús norte-sur 4,00 simple B-MOBILIARIO

50 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Inst. Nacional De Eco. Popular Y Solidari 4,00 simple B-MOBILIARIO

51 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Juguetón 3,95 simple B-MOBILIARIO

52 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Ministerio De Transporte Y Obras Públicas 5,00 doble B-MOBILIARIO

53 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Burger King 4,00 simple B-MOBILIARIO

54 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Wall Street Institute 5,00 simple B-MOBILIARIO

55 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Frente A Multioficinas 4,00 simple B-MOBILIARIO

56 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Cerca A Redondel 3,50 doble B-MOBILIARIO

57 1 Av FRANCISCO DE ORELLANA Mc Donalds 4,00 simple B-MOBILIARIO

58 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Frente A Capuleto 4,00 simple B-MOBILIARIO

59 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Trofeos Castro 4,00 simple B-MOBILIARIO

60 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Parque La Carolina 4,50 doble B-MOBILIARIO

61 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Ed. Terra 4,00 doble B-MOBILIARIO

62 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Seguros Equinoccial 4,50 simple B-FACHADA

63 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Paco Express 4,00 simple B-FACHADA

64 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Frente A Ed. Matter 3,20 simple B-MOBILIARIO

65 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Iglesia De Fátima 3,50 doble B-MOBILIARIO

66 1

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Diagonal A Iglesia 13,00 doble B-FACHADA

67 1 Av ISABEL LA CATOLICA Frente A Studio Noa 3,50 simple B-MOBILIARIO

68 1 Av LA CORUNA Cerca A Redondel 3,50 simple B-FACHADA

69 1 Av LA CORUNA Mecánica 2,00 simple B-FACHADA

70 1 Av NACIONES UNIDAS Mazda 3,00 simple B-FACHADA

71 1 Av NACIONES UNIDAS Frente A Vertical 2,50 doble B-FACHADA

72 1 Av NACIONES UNIDAS Frente A Conjunto Residencial 2,50 doble B-FACHADA

73 1 Av NACIONES UNIDAS Dina 15,00 simple B-MOBILIARIO

74 1 Av NACIONES UNIDAS Centro Comercial Caracol 15,00 doble B-MOBILIARIO

75 1 Av NACIONES UNIDAS Edificio La Previsora 15,00 doble B-MOBILIARIO

76 1 Av NACIONES UNIDAS Conjunto De Vivienda 15,00 doble B-MOBILIARIO

77 1 Av NACIONES UNIDAS Banco Del Pacífico 12,00 doble B-MOBILIARIO

78 1 Av NACIONES UNIDAS Quicentro Shopping 10,00 simple B-MOBILIARIO

79 1 Av NACIONES UNIDAS City Bank 15,00 simple B-MOBILIARIO

80 1 Av NACIONES UNIDAS Cinemark 2,00 doble B-FACHADA

81 1 Av NACIONES UNIDAS Gasolinera Primax 2,00 simple B-FACHADA

82 1 Av RIO AMAZONAS Ministerio De Educación 3,50 doble B-MOBILIARIO

83 1 Av RIO AMAZONAS Parque La Carolina 4,00 doble B-MOBILIARIO

84 1 Av RIO AMAZONAS Centro Comercial Iñaquito 2,00 simple B-FACHADA

85 1 Av RIO AMAZONAS Centro Comercial Unicornio 4,00 doble B-MOBILIARIO

86 1 Av RIO AMAZONAS Gasolinera Petroecuador 4,00 doble B-MOBILIARIO

87 1 Av RIO AMAZONAS Servicio De Rentas Internas 7,00 doble B-MOBILIARIO

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

37

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

88 1 Av RIO AMAZONAS Frente A Hotel Reina Isabel 9,00 doble B-MOBILIARIO

89 1 Av RIO AMAZONAS Frente A Turisa 7,00 doble B-MOBILIARIO

90 1 Av RIO AMAZONAS Edificio Produbano Av. Colón 6,00 doble B-MOBILIARIO

91 1 Av RIO AMAZONAS Hotel Marriot 6,00 doble B-MOBILIARIO

92 1 Av RIO AMAZONAS Colegio Militar 6,00 doble B-MOBILIARIO

93 1 Av RIO AMAZONAS Magap 10,00 doble B-MOBILIARIO

94 1 Av RIO AMAZONAS Centro Comercial El Jardín 4,00 simple B-MOBILIARIO

95 1 Av RIO AMAZONAS Frente A Centro Comercial El Jardín 4,00 doble B-MOBILIARIO

96 1 Av RIO AMAZONAS Parque La Carolina 3,70 simple B-MOBILIARIO

97 1 Av RIO AMAZONAS Cámara De Comercio 4,00 doble B-MOBILIARIO

98 1 Av RIO AMAZONAS Parque La Carolina 4,00 doble B-MOBILIARIO

99 1 Av RIO AMAZONAS Centro Deportivo Metropolitano Iñaquito 4,00 doble B-MOBILIARIO

100 1 Av RIO AMAZONAS Corte Suprema De Justicia 4,00 doble B-MOBILIARIO

101 1 Ca 9 DE OCTUBRE Gasolinera Primax 2,50 simple B-FACHADA

102 1 Ca 9 DE OCTUBRE Universidad Iberoamericana Del Ecuador 2,50 simple B-FACHADA

103 1 Ca 9 DE OCTUBRE Frente A Plaza Colón 3,00 doble B-FACHADA

104 1 Ca 9 DE OCTUBRE Iess Ed. Zarzuela 3,00 doble B-FACHADA

105 1 Ca 9 DE OCTUBRE Diagonal A Juan Marcet 2,50 simple B-FACHADA

106 1 Ca BARTOLOME DE LAS CASAS Av. América 2,50 simple B-FACHADA

107 1 Ca IÑAQUITO Mi Juguetería 4,00 simple B-MOBILIARIO

108 1 Ca IÑAQUITO Edif. Metropolitan Av. Amazonas 3,00 simple B-FACHADA

109 1 Ca MADRID Supermaxi 2,50 simple B-FACHADA

ZONA 2

110 2 Av AJAVI Canchas 2,50 simple B-FACHADA

111 2 Av AJAVI Iglesia 2,60 simple B-FACHADA

112 2 Av AJAVI La Botica Farmacia 3,50 simple B-MOBILIARIO

113 2 Av AJAVI Parque 2,40 simple B-MOBILIARIO

114 2 Av AJAVI Lateral Mercado Mayorista 2,00 doble B-FACHADA

115 2 Av AJAVI Lateral Mercado Mayorista 2,00 doble B-FACHADA

116 2 Av AJAVI Lateral Federación Deportiva Pichincha 4,00 simple B-MOBILIARIO

117 2 Av AJAVI Diagonal Colegio Consejo Provincial 2,00 simple B-FACHADA

118 2 Av AJAVI Lateral Colegio Consejo Provincial 2,00 doble B-MOBILIARIO

119 2 Av ALONSO DE ANGULO Conjunto 3,26 doble B-MOBILIARIO

120 2 Av ALONSO DE ANGULO Intersección Ca Oe1B MARIANO GUERRA 3,40 simple B-MOBILIARIO

121 2 Av ANDRES PEREZ Colegio Tarqui 3,00 simple B-FACHADA

122 2 Av Cardl. DE LA TORRE Intersección Ca Oe5A 2,35 simple B-FACHADA

123 2 Av Cardl. DE LA TORRE Intersección Ca S12D 2,40 simple B-MOBILIARIO

124 2 Av Cardl. DE LA TORRE Frente Fundación Tierra Nueva 3,50 simple B-MOBILIARIO

125 2 Av Cardl. DE LA TORRE Iglesia 4,60 simple B-MOBILIARIO

126 2 Av Cardl. DE LA TORRE Frente Canchas Deportivas 2,00 simple B-FACHADA

127 2 Av Cardl. DE LA TORRE TRAS EL PREDIO S 20-207 2,90 simple B-MOBILIARIO

128 2 Av Cardl. DE LA TORRE

DIAGONAL A LA ESCUELA EDUARDO

CARRIÓN 3,90 simple B-MOBILIARIO

129 2 Av MORAN VALVERDE Morán Valverde 3,20 simple B-MOBILIARIO

130 2 Av MORAN VALVERDE Universidad Salesiana 2,90 doble B-FACHADA

131 2 Av MORAN VALVERDE Intersección Ca Oe3F ALBERTO SPENCER 3,00 doble B-FACHADA

132 2 Av MORAN VALVERDE Conjunto Oleary 3,94 doble B-MOBILIARIO

133 2 Av MORAN VALVERDE Frente Universidad Salesiana 2,55 doble B-FACHADA

134 2 Av MORAN VALVERDE Conjunto 3,25 doble B-MOBILIARIO

135 2 Av MORAN VALVERDE bajo el intercambiador Av. Maldonado 7,00 doble B-MOBILIARIO

136 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Multicomercial Biloxi 3,00 simple B-FACHADA

137 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Frente Centro Comercial Biloxi 3,70 simple B-MOBILIARIO

138 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Aki 3,00 simple B-FACHADA

139 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Pai 2,70 simple B-FACHADA

140 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Entrada Centro Comercial 2,70 simple B-FACHADA

141 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Puente Peatonal 3,00 simple B-FACHADA

142 2

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Farmacias Económicas 3,96 simple B-MOBILIARIO

143 2 Av NAPO Intersección Ca E1B CASITAGUA 3,95 simple B-MOBILIARIO

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

38

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

144 2 Av NAPO Frente A Farmacias Económicas 3,88 simple B-MOBILIARIO

145 2 Av NAPO Dispensario Iess Sur 2,27 doble B-FACHADA

146 2

Av PEDRO VICENTE

MALDONADO Konstru 2,45 simple B-MOBILIARIO

147 2 Av RUMICHACA NAN Hospital Un Canto A La Vida 2,50 simple B-FACHADA

148 2 Av RUMICHACA NAN Parque Las Cuadras 2,00 simple B-MOBILIARIO

149 2 Av RUMICHACA NAN Interseción Av. Amaru Ñan sentido norte 2,76 simple B-FACHADA

150 2 Av RUMICHACA NAN Interseción Av. Amaru Ñan sentido sur 2,22 simple B-FACHADA

151 2 Av RUMICHACA NAN Frente Ozonoagua 2,00 simple B-FACHADA

152 2 Av RUMICHACA NAN Junto A Estadio Aucas 2,50 simple B-FACHADA

153 2 Av RUMICHACA NAN Intersección JOSE PONTON estadio del Aucas 2,50 simple B-FACHADA

154 2 Av SOLANDA Frente Canchas Deportivas 2,00 simple B-FACHADA

155 2 Av TENIENTE HUGO ORTIZ Frente Mercado Mayorista 4,00 simple B-MOBILIARIO

156 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Ministerio De Inclusión 4,20 simple B-MOBILIARIO

157 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Ministerio De Inclusión 4,00 doble B-MOBILIARIO

158 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Canchas 4,00 simple B-MOBILIARIO

159 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Canchas 4,00 simple B-MOBILIARIO

160 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ interseccion Ca S12C HECTOR MANOTOA 3,90 simple B-MOBILIARIO

161 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Cerca Al Pai 4,03 simple B-MOBILIARIO

162 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Junto A La Calle Oe4a 4,00 simple B-MOBILIARIO

163 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente A La Coop 103 3,00 simple B-MOBILIARIO

164 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Parque España 2,20 simple B-MOBILIARIO

165 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Diagonal Parada Quito Sur 3,00 simple B-FACHADA

166 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Diagonal Supermercado Aki 3,00 simple B-FACHADA

167 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Diagonal Al Centro De Capacitación Del Sur 4,00 simple B-MOBILIARIO

168 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Mercado Mayorista 4,00 simple B-MOBILIARIO

169 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Mercado Mayorista 4,00 simple B-MOBILIARIO

170 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Mercado Mayorista 4,00 simple B-MOBILIARIO

171 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Lateral Registro Civil 2,00 simple B-FACHADA

172 2 Av Tnte. HUGO ORTIZ Lateral Quicentro Sur 2,00 simple B-FACHADA

173 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Banco Pichincha 9,00 simple B-FACHADA

174 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Conjunto Habitacional 2,46 doble B-FACHADA

175 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Oeste De Gasolinera Mobil 2,00 simple B-MOBILIARIO

176 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Diagonal A Gasolinera Mobil 2,00 simple B-MOBILIARIO

177 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO N S Antes De Concesionario Hyundai 3,00 simple B-MOBILIARIO

178 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO S N Frente Al Concesionario Hyundai 4,00 simple B-MOBILIARIO

179 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Frente A Maresa Center 3,00 simple B-MOBILIARIO

180 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Frente A Cc. El Recreo Acceso 5 4,00 simple B-MOBILIARIO

181 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Frente A Cc. El Recreo Acceso 4 7,00 simple B-MOBILIARIO

182 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Al Norte De Servipagos 2,00 simple B-FACHADA

183 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Frente A Fuerte Militar Epiclachima 3,00 simple B-MOBILIARIO

184 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Junto A Kia Motors 3,00 simple B-MOBILIARIO

185 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Frente A Kia Motors 3,00 simple B-FACHADA

186 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Junto A Casabaca 3,20 simple B-MOBILIARIO

187 2

Av. PEDRO VICENTE

MALDONADO Frente A Graiman 3,10 simple B-MOBILIARIO

188 2 Av. QUITUMBE PARQUE LAS CUADRAS 3,60 simple B-MOBILIARIO

189 2 Ca Arq. GUALBERTO PEREZ Frente Centro Comercial Chiriyacu 3,50 simple B-MOBILIARIO

190 2 Ca Arq. GUALBERTO PEREZ frente interseción Ca E2B ANDRES PEREZ 4,00 simple B-FACHADA

191 2 Ca Arq. GUALBERTO PEREZ Colegio Tarqui 4,00 simple B-MOBILIARIO

192 2 Ca E1B CASITAGUA Intersección Av. Napo 2,16 simple B-FACHADA

193 2 PINLLOPATA Diagonal Calle S12e 2,45 simple B-FACHADA

194 2 PINLLOPATA Diagonal Calle S12e 2,30 simple B-FACHADA

ZONA 3

195 3 Av GASPAR DE VILLARROEL Fuera De Paco 2,50 simple B-FACHADA

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

39

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

196 3 Av GASPAR DE VILLARROEL Frente A Ministerio Del Deporte 3,00 simple B-FACHADA

197 3 Av 6 DE DICIEMBRE Conjunto Residencial De Militares 4,00 simple B-MOBILIARIO

198 3 Av 6 DE DICIEMBRE Parque 3,10 simple B-MOBILIARIO

199 3 Av 6 DE DICIEMBRE Frente Alumina 4,50 simple B-MOBILIARIO

200 3 Av 6 DE DICIEMBRE Banco Pichincha 5,00 simple B-MOBILIARIO

201 3 Av 6 DE DICIEMBRE Instituto Tecnológico Cruz Roja Ecuatoriana 2,90 simple B-FACHADA

202 3 Av 6 DE DICIEMBRE Frente A Pharmacys 3,00 simple B-FACHADA

203 3 Av 6 DE DICIEMBRE Frente Banco Pichincha 3,60 simple B-MOBILIARIO

204 3 Av 6 DE DICIEMBRE Ministerio Del Deporte 4,00 simple B-MOBILIARIO

205 3 Av 6 DE DICIEMBRE Galpones 2,50 simple B-FACHADA

206 3 Av 6 DE DICIEMBRE En intersección av. Los Pinos 3,50 simple B-MOBILIARIO

207 3 Av AMERICA Hyundai 4,00 simple B-MOBILIARIO

208 3 Av AMERICA Memorial 4,00 doble B-MOBILIARIO

209 3 Av AMERICA Pollo Gus 3,50 doble B-MOBILIARIO

210 3 Av AMERICA Centro Comercial La "y" 4,00 doble B-MOBILIARIO

211 3 Av DE LA PRENSA Hogar Corazón de María 4,50 simple B-MOBILIARIO

212 3 Av DE LA PRENSA Gasolinera Masgas 3,00 simple B-FACHADA

213 3 Av DE LA PRENSA Centro Comercial Aeropuerto 5,00 doble B-MOBILIARIO

214 3 Av DE LA PRENSA Panadería 4,50 simple B-MOBILIARIO

215 3 Av DE LA PRENSA Ferretería 5,00 doble B-MOBILIARIO

216 3 Av DE LA PRENSA esquina calle E Iturralde La Florida 5,00 doble B-MOBILIARIO

217 3 Av DE LA PRENSA Family Dental 5,00 doble B-MOBILIARIO

218 3 Av DE LA PRENSA Hostal Terra 5,00 simple B-MOBILIARIO

219 3 Av DE LA PRENSA Banco Del Austro 5,00 simple B-MOBILIARIO

220 3 Av DE LA PRENSA Importadora 5,00 simple B-MOBILIARIO

221 3 Av DE LA PRENSA Banco Del Pacífico 5,00 simple B-MOBILIARIO

222 3 Av DE LA PRENSA Diagonal Al Banco Pichincha 5,00 doble B-MOBILIARIO

223 3 Av DE LA PRENSA Junto A Predio N61-13 3,97 simple B-MOBILIARIO

224 3 Av DE LA PRENSA En Tienda N58-217 Diagonal A Northospital 6,00 doble B-MOBILIARIO

225 3 Av DE LA PRENSA 20m Al Norte De Hotdogs Gonzalez Suarez 2,53 simple B-FACHADA

226 3 Av DE LA PRENSA Frente A Panadería 4,06 simple B-MOBILIARIO

227 3 Av DE LA PRENSA Centro De Muchacho Trabajador 4,00 simple B-MOBILIARIO

228 3 Av DE LA PRENSA Frente al Centro del Muchacho Trabajador 3,97 simple B-MOBILIARIO

229 3 Av DE LA PRENSA En Condado Shopping 3,00 simple B-MOBILIARIO

230 3 Av DE LOS GRANADOS Frente A Conjunto Residencial 2,00 simple B-FACHADA

231 3 Av DE LOS GRANADOS Frente A Meguiars 3,50 simple B-MOBILIARIO

232 3 Av DE LOS GRANADOS Frente A Conjunto Residencial 2,50 simple B-FACHADA

233 3 Av DE LOS GRANADOS Universidad De Las Américas 2,50 simple B-FACHADA

234 3 Av DE LOS SHYRIS Geotron 5,00 simple B-MOBILIARIO

235 3 Av DE LOS SHYRIS Autolav 3,50 simple B-MOBILIARIO

236 3 Av DE LOS SHYRIS Kerámicos 3,50 simple B-MOBILIARIO

237 3 Av DE LOS SHYRIS Frente A Óptica 3,50 simple B-MOBILIARIO

238 3 Av DE LOS SHYRIS Frente A Centro Comercial Galería 4,00 simple B-MOBILIARIO

239 3 Av DE LOS SHYRIS Centro Comercial Galería 3,00 simple B-FACHADA

240 3 Av DE LOS SHYRIS Frente A Conon 3,70 simple B-MOBILIARIO

241 3 Av DE LOS SHYRIS Bath Center 3,50 simple B-MOBILIARIO

242 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA frente a Condominios Buen Jesus 4,90 simple B-MOBILIARIO

243 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Frente A Parada La Delicia Sentido Norte-sur 3,38 simple B-MOBILIARIO

244 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Frente A Parada Cotocollao Sentido Norte-sur 3,38 doble B-MOBILIARIO

245 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA En Hipermarket Diego De Vasquez 5,00 doble B-MOBILIARIO

246 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA En Mercado Municipal Cotocollao 2,92 doble B-FACHADA

247 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Diagonal A La Feria Libre De La Ofelia 4,93 simple B-MOBILIARIO

248 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Ponceano alto altura calle Rosa Campuzano 3,80 simple B-MOBILIARIO

249 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Frente A Aluminios 3,04 simple B-FACHADA

250 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Diagonal A Produbanco 3,88 simple B-MOBILIARIO

251 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Frente A Gasolinera “pys” 4,10 simple B-MOBILIARIO

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

40

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

252 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA En Estadio Ldu 3,03 simple B-MOBILIARIO

253 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Diagonal A Estación Metrobus Ofelia 5,00 doble B-MOBILIARIO

254 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA En Supermaxi 4,96 simple B-MOBILIARIO

255 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA En Tractores Hyudai 4,90 simple B-MOBILIARIO

256 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Junto A Seminario Teológico 5,10 simple B-MOBILIARIO

257 3

Av DIEGO VASQUEZ DE

CEPEDA Frente A Supermaxi 5,05 simple B-MOBILIARIO

258 3 Av EDMUNDO CARVAJAL Centro Comercial El Bosque 2,00 simple B-FACHADA

259 3 Av EDMUNDO CARVAJAL Frente A Life 3,40 simple B-MOBILIARIO

260 3 Av EDMUNDO CARVAJAL Fuera De Life 2,50 simple B-FACHADA

261 3 Av EJE LONG. 10 DE AGOSTO Mitsubishi Motors 4,00 doble B-MOBILIARIO

262 3

Av EJE LONG. GALO PLAZA

LASSO Frente A Gasolinera Petroecuador 4,12 simple B-FACHADA

263 3

Av EJE LONG. GALO PLAZA

LASSO En Taller De Servicio Toyota 4,15 simple B-MOBILIARIO

264 3

Av EJE LONG. GALO PLAZA

LASSO En Esquina Diagonal A Volvo 2,50 simple B-FACHADA

265 3 Av EL INCA Gasolinera Primax 3,00 simple B-MOBILIARIO

266 3 Av EL INCA Frente Colegio De América 3,00 simple B-MOBILIARIO

267 3 Av EL INCA Frente A Conjunto Resi. Jardines Del Inca 4,00 simple B-FACHADA

268 3 Av EL INCA Fuera Del Conjunto Residencial 3,00 simple B-FACHADA

269 3 Av EL INCA Junto A Ed. La Giralda 3,00 simple B-FACHADA

270 3

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Frente A Lindero Estadio Olímpico 2,00 simple B-FACHADA

271 3

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Frente A Restaurante 2,50 simple B-FACHADA

272 3

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Frente A Clean N' Clean 2,50 doble B-FACHADA

273 3

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Parque República 2,50 doble B-FACHADA

274 3

Av GRAL ELOY ALFARO

DELGADO Frente A Great Wall 2,50 doble B-FACHADA

275 3 AV MARISCAL SUCRE A 40m Al Oeste De Redondel Del Condado 2,20 simple B-FACHADA

276 3

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Paso Peatonal 6,00 simple B-MOBILIARIO

277 3 Av REAL AUDIENCIA Unidad Educativa Julio Matovelle 2,20 simple B-FACHADA

278 3 Av REAL AUDIENCIA Junto A Local Comercial N63-193 2,48 simple B-FACHADA

279 3 Av REAL AUDIENCIA Junto A Predio N63-50 2,50 simple B-FACHADA

280 3 Av REAL AUDIENCIA Esquina De La Iglesia De Techo Rojo 2,50 simple B-FACHADA

281 3 Av REAL AUDIENCIA Frente A Bazar y N61-28 2,43 simple B-FACHADA

282 3 Av REAL AUDIENCIA Frente A Pizzería Titos 2,53 simple B-FACHADA

283 3 Av RIO AMAZONAS Plaza De Toros 5,00 doble B-MOBILIARIO

284 3 Av RIO AMAZONAS Frente A Local De Autos 4,00 doble B-MOBILIARIO

285 3 Av RIO AMAZONAS Ed. Claro 4,00 doble B-MOBILIARIO

286 3 Av RIO AMAZONAS Okidoki 4,00 simple B-MOBILIARIO

287 3 Av RIO AMAZONAS Fuera Del Rincón Del Gaucho 5,00 simple B-MOBILIARIO

288 3 Av RIO AMAZONAS Corporación Nacional De Telecomunicaciones 4,00 doble B-MOBILIARIO

289 3 Av RIO AMAZONAS Frente A Centro Comercial 4,00 doble B-MOBILIARIO

290 3 Av RIO AMAZONAS CNT 3,00 simple B-FACHADA

291 3 Av RIO AMAZONAS Banco Pichincha 5,00 doble B-MOBILIARIO

292 3 Av RIO AMAZONAS Acceso Sur Parque Bicentenario 3,05 simple B-FACHADA

293 3 Av RIO AMAZONAS Acceso Sur Parque Bicentenario 2,20 simple B-FACHADA

294 3 Av RIO AMAZONAS Cr Automores 2,65 simple B-FACHADA

295 3 Av RIO AMAZONAS Acceso Parque Bicentenario 3,05 simple B-FACHADA

296 3 Av RIO AMAZONAS Acceso Parque Bicentenario 2,50 simple B-FACHADA

297 3 Av RIO AMAZONAS Frente A Acceso Al Parque Bicentenario 2,40 simple B-FACHADA

298 3 Av RIO AMAZONAS Frente A Acceso Al Parque Bicentenario 5,10 simple B-MOBILIARIO

299 3 Av RIO AMAZONAS Acceso Parque Bicentenario 2,30 doble B-FACHADA

300 3 Av RIO AMAZONAS Iglesia El Carmelo 2,00 doble B-MOBILIARIO

301 3 Av RIO AMAZONAS Iglesia El Carmelo 4,00 doble B-MOBILIARIO

302 3 Av RIO COCA Frente A Estación Río Coca 3,50 simple B-MOBILIARIO

303 3 Ca IÑAQUITO Mercado Santa Clara 2,50 simple B-FACHADA

304 3 Ca MACHALA Escuela Fiscal Mixta José Enrique Rodo 2,50 simple B-FACHADA

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

41

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

305 3 Ca MACHALA Frente A Gimnasio 2,30 simple B-FACHADA

306 3 Ca MACHALA Ferretería 2,50 simple B-FACHADA

307 3 Ca MACHALA Frente A Iglesia 2,50 simple B-FACHADA

308 3 Ca MACHALA Parque Inglés 2,50 simple B-FACHADA

309 3 Ca MACHALA Parque Inglés 2,50 simple B-FACHADA

310 3 Ca MACHALA Frente A Restaurante 3,00 simple B-FACHADA

311 3 Ca MACHALA Frente A Parterre Verde 2,00 simple B-FACHADA

312 3 Ca MACHALA En Cancha Quiteño Norte 2,00 simple B-FACHADA

313 3 Ca MACHALA Esquina Frente A Local N64-12 2,49 simple B-FACHADA

314 3 Ca MACHALA Frente A Ingreso A Condominio Carmen 2 2,44 simple B-FACHADA

ZONA 4

315 4 Av 12 DE OCTUBRE Puente Yaguachi 2,40 simple B-FACHADA

316 4 Av 12 DE OCTUBRE Frente N15-247 4,00 doble B-MOBILIARIO

317 4 Av 12 DE OCTUBRE Parque Arbolito 12,00 doble B-MOBILIARIO

318 4 Av ALONSO DE ANGULO Restaurante De Pollos 3,87 simple B-MOBILIARIO

319 4 Av ALONSO DE ANGULO Local De Repuestos 3,70 simple B-MOBILIARIO

320 4 Av ALONSO DE ANGULO Escuela Juan Genaro Jaramillo 4,05 simple B-MOBILIARIO

321 4 Av ALONSO DE ANGULO Edwin Reyes Repuestos 3,98 simple B-MOBILIARIO

322 4 Av ALONSO DE ANGULO Semac Mueblería 3,83 simple B-MOBILIARIO

323 4 Av ALONSO DE ANGULO Miguel Cajas Repuestos 3,95 simple B-MOBILIARIO

324 4 Av ALONSO DE ANGULO Parque 4,10 simple B-MOBILIARIO

325 4 Av ALONSO DE ANGULO Point Tecnology 3,94 doble B-MOBILIARIO

326 4 Av ALONSO DE ANGULO Casa De Los Amortiguadores 4,04 simple B-MOBILIARIO

327 4 Av ALONSO DE ANGULO Ca S11A COSME OSORIO 3,67 simple B-MOBILIARIO

328 4 Av AMERICA Universidad Central 25,00 simple B-MOBILIARIO

329 4 Av AMERICA Universidad Central 3,00 simple B-MOBILIARIO

330 4 Av AMERICA Universidad Central 3,50 simple B-MOBILIARIO

331 4 Av AMERICA Seminario Mayor 3,50 simple B-MOBILIARIO

332 4 Av AMERICA Seminario Mayor 2,70 simple B-MOBILIARIO

333 4 Av ANTONIO DE MARCHENA Mercado Santa Clara 3,50 simple B-MOBILIARIO

334 4

Av Dr JOSE MARIA VELASCO

IBARRA Velasco Ibarra Y 24 Mayo 4,00 simple B-FACHADA

335 4 Av EJE LONG. 10 DE AGOSTO Puente Del Guambra 4,00 doble B-FACHADA

336 4 Av GRAN COLOMBIA Hospital Eugenio Espejo 8,00 doble B-MOBILIARIO

337 4 Av GRAN COLOMBIA N15-185 4,82 simple B-MOBILIARIO

338 4 Av GRAN COLOMBIA Registro Civil 10,00 simple B-MOBILIARIO

339 4 Av JUAN DE ALCAZAR Upc 2,43 simple B-FACHADA

340 4 Av LA GASCA Escuela Miguel Del Hierro 2,40 simple B-FACHADA

341 4 Av LA GASCA Diagonal Supermaxi 2,00 simple B-FACHADA

342 4 Av LA GASCA Escuela De Fútbol 2,50 simple B-FACHADA

343 4 Av LA GASCA Seminario Mayor 2,50 simple B-FACHADA

344 4 Av LA GASCA Seminario Mayor 3,00 simple B-FACHADA

345 4 Av LADRON DE GUEVARA Frente A Demaco 2,80 doble B-FACHADA

346 4 Av LADRON DE GUEVARA Coliseo Rumiñahui 3,50 doble B-FACHADA

347 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Plaza 2,33 simple B-FACHADA

348 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Escuela Manuel Cabeza De Vaca 3,96 simple B-FACHADA

349 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Farmacia La Botica 4,13 simple B-MOBILIARIO

350 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Frente Colegio Paulo Sexto 3,73 simple B-FACHADA

351 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Frente Parada Corredor 6,00 simple B-MOBILIARIO

352 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE interseccion Ca S10 PURUHA 4,04 simple B-FACHADA

353 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE intersección calle Michelena 2,25 simple B-FACHADA

354 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Intersección Av S9 RODRIGO DE CHAVEZ 3,75 simple B-MOBILIARIO

355 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Aneta 3,92 simple B-FACHADA

356 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Colegio Paulo Sexto 4,03 simple B-FACHADA

357 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Intersección Ca S9G CARANQUI 3,80 simple B-FACHADA

358 4 Av MSCAL ANTONIO JOSE DE Santuario Hermano Miguel 3,97 simple B-FACHADA

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

42

N° ZONA CALLE PRINCIPAL REFERENCIA ANCHO

ACERA

TIPO

MÓDULO

UBICACIÓN

MÓDULO

SUCRE

359 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Intersección Ca S11 CHILIBULO 4,75 simple B-MOBILIARIO

360 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE Intersección Ca GUALLETURO 4,00 simple B-FACHADA

361 4

Av MSCAL ANTONIO JOSE DE

SUCRE S7-474 3,70 simple B-FACHADA

362 4 Av NAPO Puente Peatonal 6,85 simple B-MOBILIARIO

363 4 Av NAPO intersección Av S8 ALPAHUASI 6,08 simple B-MOBILIARIO

364 4 Av NAPO Parada Corredor 3,90 simple B-MOBILIARIO

365 4 Av NAPO Intersección Ca S7H GUAYLLABAMBA 4,84 simple B-MOBILIARIO

366 4 Av NAPO Parada Corredor 3,80 simple B-MOBILIARIO

367 4 Av NAPO Bazar 3,47 simple B-MOBILIARIO

368 4 Av NAPO Intersección Ca S7H GUAYLLABAMBA 6,85 simple B-MOBILIARIO

369 4 Av NAPO Cerca A Farmacias Sana Sana 6,06 simple B-MOBILIARIO

370 4 Av NAPO Intersección Av S8L JUAN DE ALCAZAR 2,20 simple B-FACHADA

371 4 Av NAPO Intersección Av VELASCO IBARRA 2,44 doble B-FACHADA

372 4 Av PATRIA Casa De La Cultura Ecuatoriana 4,00 simple B-MOBILIARIO

373 4 Av PATRIA SEMPLADES 12,00 simple B-MOBILIARIO

374 4 Av PATRIA Panadería 4,00 simple B-MOBILIARIO

375 4 Av PATRIA Parque El Ejido 4,00 simple B-MOBILIARIO

376 4 Av PATRIA Parque El Ejido 6,00 doble B-MOBILIARIO

377 4 Av PATRIA Cofiec 6,00 simple B-MOBILIARIO

378 4 Av PATRIA Parque El Ejido 3,00 doble B-FACHADA

379 4 Av PATRIA Parque El Ejido 3,84 doble B-MOBILIARIO

380 4 Av PEREZ GUERRERO Texas Chicken 8,00 simple B-MOBILIARIO

381 4 Av PICHINCHA N4-94 5,00 doble B-FACHADA

382 4 Av PICHINCHA E3-290 6,00 doble B-FACHADA

383 4 Av RODRIGO DE CHAVEZ Intersección Ca Oe4C LATACUNGA 2,50 simple B-FACHADA

384 4 Av RODRIGO DE CHAVEZ Parada Metro 3,70 simple B-MOBILIARIO

385 4 Av RODRIGO DE CHAVEZ Tierra Mia Discotec 2,96 simple B-MOBILIARIO

386 4 Av RODRIGO DE CHAVEZ Restaurant El Forastero 5,70 doble B-MOBILIARIO

387 4 Av RODRIGO DE CHAVEZ Restaurante Sandry 2,27 simple B-FACHADA

388 4 Av RODRIGO DE CHAVEZ Banco Austro 2,80 simple B-FACHADA

389 4 Av TARQUI Tarqui Y 10 De Agosto 2,50 doble B-MOBILIARIO

390 4 Av Tnte. HUGO ORTIZ Parque 4,00 simple B-MOBILIARIO

391 4 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Sociedad Funeraria Nacional 4,00 simple B-MOBILIARIO

392 4 Av Tnte. HUGO ORTIZ Sociedad Funeraria Nacional 4,00 simple B-MOBILIARIO

393 4 Av Tnte. HUGO ORTIZ Garaje 4,15 simple B-MOBILIARIO

394 4 Av Tnte. HUGO ORTIZ Cooperativa Riobamba 3,75 simple B-MOBILIARIO

395 4 Av Tnte. HUGO ORTIZ Frente Tribuna Del Sur 4,03 simple B-MOBILIARIO

396 4 Av UNIVERSITARIA Oe6-09 3,95 simple B-MOBILIARIO

397 4 Av UNIVERSITARIA Oe7-202 4,24 simple B-MOBILIARIO

398 4 Av UNIVERSITARIA Parada Miraflores 2,30 simple B-FACHADA

399 4 Av UNIVERSITARIA Universitaria Y Bolivia 5,00 simple B-MOBILIARIO

400 4 Av UNIVERSITARIA Oe5-234 3,63 simple B-MOBILIARIO

401 4 Av UNIVERSITARIA Inicio Universitaria 2,52 simple B-MOBILIARIO

402 4 Av VELASCO IBARRA Coliseo Rumiñahui 3,50 doble B-FACHADA

403 4 Ca VICENTE ROCAFUERTE Pichincha Y Sucre 3,00 simple B-FACHADA

404 4 Ca VICENTE ROCAFUERTE Terminal Interparroquial La Marín 2,80 simple B-FACHADA

405 4 Ca Gral. NECOCHEA Parada Corredor Sur San Diego 4,50 simple B-FACHADA

406 4

Ca MANUELA DE SA. CRUZ Y

ESPEJO Redondel 24 Mayo 2,45 simple B-FACHADA

407 4 Ca QUESERAS DEL MEDIO Demaco 3,00 doble B-FACHADA

408 4 Ca QUESERAS DEL MEDIO Hospital Fuerzas Armadas 3,00 doble B-FACHADA

409 4 Ca QUESERAS DEL MEDIO E12-164 2,45 simple B-FACHADA

410 4 Ca VERSALLES Santa María 4,00 simple B-MOBILIARIO

411 4 Ca VERSALLES Centro Comercial Artesanal 4,50 simple B-MOBILIARIO

412 4 Ca YAHUACHI Fin Yaguachi 2,05 simple B-FACHADA

413 4 Ca. Cinco de Junio APROX. 5M AL SUR DE LA INTERSECCIÓN 2,05 simple B-FACHADA

414 4 Ca. Cinco de Junio

APROX. 5M AL ESTE DE LA

INTERSECCIÓN 2,10 simple B-FACHADA

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

43

7. PERFIL DEL OFERENTE

Para el cumplimiento del objeto de la concesión, se requiere que las personas naturales o jurídicas,

públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que demuestren su domicilio dentro del territorio nacional

de acuerdo a la norma vigente, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación o

consorcio oferentes, demuestren experiencia específica de provisión, instalación y mantenimiento de

por lo menos 200 paradas de buses y mobiliario urbano relacionado, en los últimos 10 años. Para ello

se presentará los respectivos certificados de conformidad de la parte contratante y las respectivas

copias de los contratos.

8. DEFINICIONES

Como parte de los lineamientos y especificaciones técnicas, de establecen las siguientes definiciones

para el entendimiento del documento.

APOYO ISQUIÁTICO

Son elementos de apoyo físico que permiten que las personas descansen sin la necesidad de sentarse y

luego levantarse, evitando un problema para personas de la tercera edad o con movilidad limitada.

BANCAS

Es un mobiliario de las paradas de transporte público en el que los usuarios pueden sentarse mientras

esperan la llegada del bus.

BANDA DE TRÁNSITO

Es una zona de circulación lineal que permite la deambulación y guía de las personas no videntes. Esta

banda tiene una superficie de relieve acanalada que puede ser percibida a través de un bastón blanco o

guía.

BANDA DE MOBILIARIO URBANO

Banda funcional (espacio) en acera destinada a la disposición de mobiliario urbano (arbolado,

alumbrado público, bancas, paradas de buses, entre otros) localizada a 0,40 metros medidos desde la

calzada hacia la línea de fábrica. En general el ancho mínimo de la banda de mobiliario urbano es de

0,60 metros, sin embargo, esta mediada varía en función al requerimiento del mobiliario, y se deberá

garantizar un paso libre de 1,20 metros para circulación peatonal NTE INEN 2 243.

BANDA DE PROTECCIÓN DE FACHADA

Banda al extremo interior de la acera que separa la línea de fábrica (fachadas y cerramiento) de la

Banda de Tránsito. Permite la realización de actividades de corta permanencia sin obstaculizar la libre

circulación peatonal, tales como contemplación de escaparates o vitrinas de locales comerciales,

formación de columnas de personas a la entrada a distintos establecimientos comerciales, entre otros.

BASUREROS

Son recipientes para residuos sólidos, con soporte propio, es decir, independientes de cualquier otro

elemento de mobiliario urbano.

LÍNEA DE FÁBRICA

Lindero entre un lote y las áreas de uso público.

MUPI (Mobiliario Urbano con Panel Informativo)

Son elementos independientes o componentes de la infraestructura de las paradas de bus con módulo,

que permiten la colocación de publicidad en sus dos superficies; dependiendo de sus necesidades,

puede contar con un sistema de iluminación interna preferiblemente con tecnología que permita el

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

44

ahorro energético. Conllevan dos caras, con una superficie publicitaria visible por cara de hasta 2,25

metros cuadrados.

PANELES INFORMATIVOS

Son componentes vinculados a la infraestructura de las paradas que contienen información sobre las

rutas de buses u otra información requerida.

PARADA DE BUS CON MÓDULO

Es aquella parada que tiene un módulo que sirve a los usuarios del transporte público como lugar de

espera, brindando protección contra factores del clima como la lluvia y la radiación solar. Esta parada

cuenta con elementos como cubierta, estructura de soporte, señalética vertical, señalética horizontal en

la calzada, entre otros elementos.

PLANO HÁPTICO

Representación gráfica en alto o bajo relieve para personas no videntes. Para efectos de este

documento, la colocación de paneles hápticos debe regirse a la NTE INEN 2854:2015.

REFUGIO PEATONAL

Es el área proyectada por la cubierta del módulo de la parada de bus en la acera, definida por las

dimensiones de la cubierta; brinda protección al usuario ante las condiciones climáticas.

RELOJES PÚBLICOS

Es un tipo de soporte publicitario, en el que exhibe información de interés público a los ciudadanos y

turistas, indicando la hora, la temperatura local y cualquier otra información de interés público, a

través de sus dos caras destinadas para el efecto.

SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL

Delimitación en la calzada que define reglamentariamente el espacio de vía en donde los buses de

transporte público convencional deben detenerse para el ascenso y descenso de los usuarios. La

aplicación del elemento se rige según norma técnica nacional RTE INEN 004-2:2011.

SEÑALIZACIÓN VERTICAL

Rótulo visible en ambas caras que define reglamentariamente la ubicación de una parada de bus. La

aplicación del elemento se rige según norma técnica nacional RTE INEN 004-1:2011.

SISTEMA BRAILLE

Sistema de lectura y escritura que utiliza puntos en relieve sobre una superficie, que permite la lectura

a personas no videntes. Para efectos de este documento, el sistema Braille utilizado en paneles

informativos de las paradas de buses debe regirse a la NTE INEN 2854:2015.

SUPERFICIE PODOTÁCTIL

Es una superficie con textura tipo relieve o acanalado, colocado en el piso o pavimento, con el fin de

indicar recorridos de circulación y advertir de obstáculos o desniveles a las personas con discapacidad

visual. La aplicación del elemento se rige según norma técnica nacional NTE INEN 2 243:2016, NTE

INEN 2 854:2015.

9. UBICACIÓN REFERENCIAL DE PARADAS SEGÚN SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL

El mobiliario de paradas se implantará tomando como referencia la localización establecida en el

siguiente gráfico y que está relacionada a la superficie para la señalización horizontal la cual tiene

15,60m en el eje paralelo al eje vial y; en el eje perpendicular al eje vial, la señalización horizontal

debe tener mínimo 2,80 metros y máximo 3,00 metros, utilizando la pintura de tráfico definida por el

reglamento RTE INEN 004-2:2011.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

45

Gráfico No.3: Señalización horizontal

Fuente: RTE INEN 004-2:2011 Elaboración: STHV, DMDU, 2016

10. LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL DISEÑO Y FUNCIONALIDAD DE LAS

PARADAS DE TRANSPORTE PÚBLICO, Y SOPORTE PUBLICITARIOS (MUPI Y

RELOJES EN PALETAS).

10.1. LINEAMIENTOS GENERALES Y COMPONENTES PARA PARADAS TIPO

REFUGIO

Las paradas de bus con módulo tienen elementos que brindan refugio al peatón; dichos

elementos están detallados en esta sección. Hay dos tipos de ubicación de paradas de bus con

módulo:

a. Paradas ubicadas en la banda de protección de la fachada.

b. Paradas ubicadas en la banda de mobiliario urbano.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Gráfico No.4: Ubicaciones de paradas en acera

a) Paradas adosadas a línea de fábrica

Es aquella parada en la cual el módulo está adosado a la línea de fábrica. Esta ubicación aplica en

aceras que tienen un ancho mayor a 2,00 metros y menor a 3,10 metros.

Gráfico No.5: Parada adosada en línea de fábrica

Fuente: STHV, DMDU, 2016

b) Paradas en la Banda de Mobiliario Urbano

Es aquella parada en la cual el módulo está ubicado en la banda de mobiliario urbano. Esta ubicación

aplica en aceras que tienen un ancho mayor a 3,10 metros.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

47

Gráfico No.6: Parada en banda de mobiliario urbano

Fuente: STHV, DMDU, 2016

10.1.1. CUBIERTA DEL REFUGIO

El punto más bajo de la cubierta debe estar a una altura no menor de 2,15 metros medido desde el

nivel de la acera y no mayor a 3,00 metros. La dimensión recomendada para el eje paralelo al eje vial

de la cubierta (largo) es de 2,85 metros con una tolerancia de (+/-) 0,30 metros para efectos de diseño

o modulación de materiales. El eje perpendicular al eje vial será mínimo de 1,50 metros y el máximo

no podrá sobrepasar la banda de seguridad de 0,40 metros medida desde el borde exterior del bordillo

de la acera. La cubierta delimita el espacio del refugio peatonal que protege al usuario de las

inclemencias del tiempo.

Se considera como aporte paisajístico y ambiental adicional al requerimiento funcional, el uso de

cubierta verde de tipo extensivo cuya capa de sustrato es delgada y la vegetación requiere de poco o

ningún mantenimiento, en función de las consideraciones determinadas en la sección 1.3. Áreas verdes

y equipamiento comunal del Anexo Único del Libro innumerado “Del Régimen del Suelo para el

Distrito Metropolitano de Quito” con las Reglas de Arquitectura y Urbanismo.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

48

Gráfico No.7: Dimensiones de cubierta

Fuente: STHV, DMDU, 2017

10.1.2. SEÑALIZACIÓN VERTICAL

En el caso de paradas con refugio, la señalética vertical deberá estar incorporada al soporte del mismo

o ser parte de la cubierta, características que deberán ser desarrolladas como parte del diseño integral

del mobiliario. En caso de proponer señalización vertical que no forme parte integral de la estructura

del refugio, se deberá verificar que esta no interrumpa la libre circulación peatonal en acera. La

señalización vertical contará con el nombre de la parada, nomenclatura de identificación de rutas de

buses y otra información de interés que pudiere requerirse lo cual se coordinará con la entidad

municipal competente de forma posterior a la suscripción del contrato de concesión.

El soporte de señalización deberá ser parte del diseño propuesto según norma técnica nacional RTE

INEN 004-1:2011, la información definitiva se coordinará con la autoridad municipal pertinente

posterior a la firma del contrato.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Gráfico No. 8: Diagramas referenciales de señalética incorporada a refugio

Fuente: STHV, DMDU, 2016

10.1.3. BANCAS

Las paradas de buses con refugio deben tener bancas con un largo mínimo de 1,00 metro. El diseño

debe contemplar estrategias de diseño evitar su mal uso, como recostarse sobre el asiento, que no

implique divisiones para asientos individuales. Deberá incluir reposabrazos en un extremo de la banca

para facilitar la incorporación de usuarios como personas mayores. El asiento podrá separarse máximo

hasta 0,10 metros del panel posterior del módulo y preferentemente será parte o estará apoyado en la

estructura del mobiliario. La banca debe estar colocada en el lado derecho del módulo visto desde la

calzada para no interferir con el área de refugio señalizado con superficie podotáctil. La profundidad

del asiento (a), debe estar entre 0,35 m y 0,40 m; su la altura (b) debe ser entre 0,40 m y 0,45 m,

medidos desde el nivel del piso terminado. La altura del reposabrazos debe ser de un mínimo de 0,15

m hasta un máximo de 0,30 m por encima del asiento.

Gráfico No.9: Esquema referencial de dimensionamiento de bancas

Fuente: STHV, DMDU, 2016

10.1.4. APOYO ISQUIÁTICO

Las paradas de buses con módulo podrán considerar la instalación de apoyo isquiático en el espacio de

la parada donde no hay banca, al lado izquierdo del módulo visto desde la calzada con un largo

mínimo de 0,80 metros. El elemento de reposo puede estar conformado solo con dos barras

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

50

horizontales de apoyo, una superficie sólida, una rejilla o un entramado que garanticen la función de

soporte en las mismas condiciones de seguridad, confort y resistencia, y no deben tener aristas vivas,

bordes cortantes o salientes puntiagudos.

Dimensiones referenciales del elemento de reposo: tendrá una altura inferior (a) entre 0,65 y 0,70 m,

una altura superior (b) no mayor a 0,90 metros, ambas medidas desde el nivel del piso terminado, y un

ángulo de inclinación (c) entre 30° y 55° con respecto al eje vertical. En todo caso, las dimensiones del

apoyo isquiático de la propuesta, deberán justificarse con un estudio antropométrico en función de las

condiciones del medio local.

Gráfico No.10: Dimensionamiento apoyo isquiático

Fuente: STHV, DMDU, 2016

10.1.5. PANEL POSTERIOR

Constituye la fachada posterior del refugio. El panel compone también el soporte posterior o respaldar

de la banca. Su base inferior deberá estar colocada a una altura no menor a 0,30 metros sobre el nivel

de la acera y su altura alcanza la base de la cubierta. Según el diseño, podrá cubrir toda la fachada

posterior del refugio o, de ser el caso, cubrir una sección que se extienda al menos a lo largo del

respaldo de la banca. Deberá ser de un material transparente, su diseño y selección de materiales

garantizará la seguridad de los usuarios y el adecuado mantenimiento y/o reposición ante actos

vandálicos, suciedad o accidentes. El panel posterior no incluirá publicidad.

(a) (a)

(b) (b)

(c)

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Gráfico No.11: Disposición de panel posterior

Fuente: STHV, DMDU, 2016

10.1.6. PANELES INFORMATIVOS

Deben estar ubicados en paralelo al eje vial, deberán estar sujetos a la estructura del refugio y

localizarse dentro o fuera del pórtico de la parada; los paneles informativos se ubicarán a una altura de

0,50 metros sobre el nivel de la acera y 2,15 metros de altura máxima medidos desde la acera; el ancho

máximo será de 1,10 metros. La cubierta deberá cubrir el panel informativo.

La información contenida en los paneles informativos no excederá la altura de 1,70 metros medidos

desde la acera para que las personas que se desplazan en silla de ruedas puedan leer sin dificultad. La

información deberá ser clara y se coordinará con la entidad municipal competente de forma posterior a

la suscripción del contrato de concesión. El panel informativo deberá contener un plano háptico en

sistema Braille con información relevante, que obligatoriamente incluirá el nombre de la parada y

podrá incluir como alternativa la de las rutas de buses.

Gráfico No.12: Disposición referencial de panel informativo

Fuente: STHV, DMDU, 2016

Se considera como aporte adicional a los requerimientos mínimos la incorporación de nuevas

tecnologías digitales para posibilitar la transferencia de conocimiento, facilitando información

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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estratégica sobre identificación geográfica del emplazamiento del usuario, recorridos a pie, rutas de

transporte público itinerarios, tiempos de espera, servicios urbanos alrededor de las paradas,

mecanismos de control y denuncia del estado de la parada.

10.1.7. MUPI INTEGRADOS A PARADAS

Los MUPI se instalarán conexos a las paradas de refugio cuando las condiciones físicas así lo permitan

y serán colocados de tal manera que no impidan el flujo peatonal y la accesibilidad universal (ver

gráfico 13).

Gráfico No.13: Ubicación de MUPI-Planta espacio para circulación

Fuente: STHV, DMDU, 2016

Se debe considerar una separación mínima de 1,20 metros entre el MUPI y el refugio para la

circulación peatonal, en estos casos la cubierta podrá extenderse para cubrir el MUPI (ver gráficos

No.14 y 15).

Gráfico No.14: Isometría de la ubicación de MUPI y espacio para circulación

Fuente: STHV, DMDU, 2016

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Gráfico No.15: Ubicación de MUPI-Elevación

Fuente: STHV, DMDU, 2016

Cada parada doble admitirá dos MUPI, debiendo uno de ellos estar integrado al refugio y el otro separado.

En el caso en que las condiciones de la acera lo impidan, el MUPI que debería estar integrado al

refugio también podrá ser separado.

Los MUPI que deban implantarse de forma separada a la parada, simple o doble, observarán las

condiciones establecidas en la sección 10.3. LINEAMIENTOS GENERALES PARA SOPORTE

PUBLICITARIOS(MUPI Y RELOJES EN PALETA SEPARADOS DE LA PARADA O MÓDULO,

de este documento; y adicionalmente la distancia mínima entre medios de publicidad fija, prevista en

capítulo de Condiciones técnicas de los medios de publicidad exterior del Anexo único de la

Ordenanza Metropolitana No.119, en lo atinente a paneles, paletas, MUPI y relojes electrónicos.

La superficie publicitaria visible por cara no debe superar los 2,25 metros cuadrados y las dimensiones

no deben superar los 3,00 metros de altura y 1,40 metros de ancho, el espesor no podrá ser mayor a

0,40 metros4. Se recomienda que la altura mínima entre en nivel de la acera y el borde inferior de la

superficie publicitaria sea de 0,40 metros (ver gráfico No. 16).

4 Ordenanza Metropolitana 119

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Gráfico No. 16: Dimensiones MUPI

Elaboración: STHV, DMDU, 2016

10.1.8. ILUMINACIÓN

Las paradas deberán incluir iluminación, con una emisión de flujo luminoso no menor a 1.200

lúmenes de la sumatoria total de las lámparas, usando tecnologías de bajo consumo energético. Los

refugios deberán proveer de iluminación en todas las horas hábiles nocturnas del transporte público.

Se podrá contemplar el uso de sistemas de protección para evitar el robo de lámparas y luminarias. Se

considerará como un aporte adicional el servicio de iluminación extendido a lo largo de toda la noche

siempre y cuando su fuente de energía provenga de tecnologías autosuficientes.

Gráfico No.17: Disposición referencial de iluminación para refugios

Fuente: STHV, DMDU, 2016

El ofertante deberá gestionar a su cargo la obtención del suministro de energía eléctrica y correr con

los gastos de instalación y consumo, en concordancia con la tarifa establecida por la Empresa Eléctrica

Quito.

10.2. MATERIALIDAD

La materialidad de las paradas de transporte público deberá:

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Garantizar una durabilidad prolongada en el tiempo, al menos durante el plazo de la

concesión, de acuerdo a las condiciones climáticas y ambientales de Quito.

Considerar materiales y componentes constructivos de fácil reemplazo, mantenimiento

y limpieza in situ, con respecto a rayones, tachas, grafitis, entre otro tipo de

afectaciones.

La estructura del refugio deberá mantener su integridad a pesar de la ausencia de los

paneles posterior e informativo u otros elementos reemplazables.

Considerar la resistencia frente a la abrasión y la corrosión.

Emplear materiales no astillables, corto-punzantes, sin aristas vivas ni cortantes.

Promover el uso de materiales en los que el proceso de producción o fabricación

contemple bajos impactos ambientales, bajo consumo y contaminación de agua y baja

emisión de carbono.

Los materiales que podrán utilizarse son los siguientes (no contempla piezas de sujeción, amarre

y cimentación), en cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas detalladas a

continuación, las cuales deberán ser comprobadas mediante certificados y garantías técnicas:

ACERO INOXIDABLE:

Calidad AISI 304 para tubo estructural y plancha

Tubo estructural cuadrado o redondo, espesor de 1,2 a 2,00 mm

Plancha de acero: Espesor mínimo en función de los elementos estructurales del diseño. Debe

quedar libres de ondulaciones, grietas, pliegues, exfoliaciones o cualquier otro defecto que

afecte su utilización. (NTE INEN 2 221:2008)

El acabado o tratamiento del acero inoxidable corresponderá al diseño de la propuesta.

ACERO GALVANIZADO:

Tubo estructural: Calidad ASTM A-500, espesor entre 1,2 y 5,0mm con fondo anticorrosivo

y, de ser el caso, pintura electroestática.

Plancha metálica: Espesor mínimo en función de los elementos estructurales del diseño. Con

fondo anticorrosivo y, de ser el caso, pintura electroestática, deben quedar libres de

ondulaciones, grietas, pliegues, exfoliaciones o cualquier otro defecto que afecte su

utilización. (NTE INEN 2 221:2008)

ALUMINIO:

Espesor mínimo de perfiles estructurales debe ser 1,3mm. Deberá contar con una capa anódica

(protección frente a la oxidación ambiental). Los defectos visuales no aceptables son:

burbujas, fisuras, grietas, exfoliación, filos cortantes, rayas pronunciadas de matriz, piel

naranja y corrosión. (NTE INEN 2 250:2000)

MADERA INMUNIZADA:

Con acabado con filtro de protección UV sin diluyentes, tratada sin cromo ni arsénico,

inmunizada al sistema vacío-presión, trabajada en taller, ensamblada y armada en obra. Se

deberá evitar la exposición directa de la madera a la lluvia y deberá protegerse con sustancias

hidrófugas y acabados que permitan la impermeabilidad, y se colocará una capa de protección

selladora. Cualquier elemento de madera deberá estar a una distancia mínima de 20 cm del

suelo. (CPE INEN-NEC-SE-MD-26-7)

VIDRIO TEMPLADO Y LAMINADO:

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Laminado con polivinil butiral y espesor mínimo función del diseño. Si se utiliza en cubierta

deberá tener protección para rayos UV, apropiados para garantizar protección en función a los

altos y extremos índices de Quito (6 a 11 índice UV, definidos por la OMS). (NTE-INEN

1723:2011).

OTROS MATERIALES:

Que garanticen las condiciones y prestaciones de la materialidad establecidas en este capítulo,

debidamente certificados por normativa nacional o internacional.

10.3. LINEAMIENTOS GENERALES PARA SOPORTES PUBLICITARIOS (MUPI Y

RELOJES EN PALETA) SEPARADOS DE LA PARADA O MÓDULO.

El reloj deberá formar parte de una paleta, cuyo poste debe tener una altura mínima de 2,20 metros,

medidos desde el piso. La altura total de la paleta no puede sobrepasar 5,00 metros, su ancho no

superará 1,25 metros, y su espesor será máximo de 0,40 metros. El área de cada cara publicitaria de la

paleta no será superior a los 2,25 metros cuadrados, incluyendo el área del reloj.

La sección inferior de la paleta estará destinada al reloj que ocupará todo el ancho. El sistema eléctrico

que utilice el reloj deberá usar tecnologías de bajo consumo energético, que deberá comprobarse

mediante garantías técnicas del proveedor.

Gráfico No.18: Dimensiones de reloj en paleta

Fuente: STHV, DMDU, 2016

Los relojes en paletas y MUPI separados de las paradas, podrán ubicarse en las aceras y/o parterres,

siempre que garanticen la accesibilidad universal y que no afecten el libre tránsito peatonal, la imagen

urbana y a otros bienes tanto públicos como privados.

Para los MUPI separados, la distancia con respecto al módulo o parada deberá estar comprendido en

un radio entre 100 a 200 metros. La implantación de los mismos se revisará y aprobará con la

autoridad competente.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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En el caso de los relojes, deberán instalarse a un radio mínimo de 100 metros entre ellos y entre

MUPI.

Para MUPI separados y relojes en el caso de ser instalados en parterres deberán separarse 0,50 metros

del borde exterior del bordillo y en aceras se deberán ubicar respetando la banda de seguridad de 0,40

metros.

Gráfico No. 19: Ubicación de reloj en paleta o MUPI en acera y parterre

Fuente: STHV, DMDU, 2016

En aceras se podrán ubicar a no menos de 20,00 metros medidos desde los puntos de inicio o término

de la curva (PCC y PTC) en las esquinas, según se establece en el anexo único de la Ordenanza

Metropolitana No. 119.

Gráfico No. 20: Ubicación de reloj en paleta o MUPI respecto a PCC y PTC en esquinas

Fuente: STHV, DMDU, 2016

Los soportes publicitarios podrán ser desplazados o separados del módulo o parada en los casos en que

las condiciones físico-espaciales del espacio no sean las adecuadas y afecte al transeúnte, la

accesibilidad universal o se detecten otros motivos que sean justificados, previa autorización por parte

del Municipio.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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El panel publicitario contendrá medios impresos o digitales, excepto videos, que garanticen la calidad

de la imagen, claramente visible tanto de día como por la noche, incluso con luz solar directa.

Sobre el total de la publicidad exterior sujeta a explotación por parte del concesionario el 5% estará

destinado a la difusión de actividades turísticas, culturales, sociales, de emergencia o educativas a

cargo del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, sin costo alguno para la institución.

Los contenidos de publicidad exterior están regulados en la Ordenanza Metropolitana No. 119,

artículo 08.

11. LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA INSTALACIÓN DE LAS PARADAS Y LA

ADECUACIÓN DE ACERAS Y PARTERRES.

11.1. DESALOJO DE REFUGIOS Y MOBILIARIOS EXISTENTES

De los 414 puntos definidos, existen puntos de paradas que cuentan con refugios instalados de

propiedad municipal, Estos, deberán ser desmontados, así como el mobiliario urbano (bancas,

basureros, entre otros) asociado que impida la colocación del nuevo refugio. Para los dos casos

deberán ser desmontados en un plazo no mayor al tiempo previsto para la instalación de los nuevos

refugios, y, siguiendo el protocolo establecido por la entidad municipal designada. El concesionario se

encargará del transporte hacia el destino definido por la entidad competente.

El desmontaje de las paradas y mobiliario asociado existente, se realizará conforme al protocolo

aprobado por la entidad municipal designada, a fin de garantizar la integridad física del bien mueble

para su reutilización en la ciudad.

11.2. GESTIÓN DE ESCOMBROS

Todo residuo generado por efecto de derrocamiento, desalojo y obra será responsabilidad de la entidad

concedente, incluyendo la recolección, transporte y disposición final del mismo.

En cumplimiento de la Ordenanza Metropolitana No. 332, la recolección especial de escombros deberá

efectuarse de forma separada del resto de residuos sólidos, no podrán estar mezclados con residuos

domésticos, industriales u hospitalarios.

Los escombros deberán ser depositados en los sitios habilitados como escombreras por el Municipio

del Distrito Metropolitano de Quito (ya sea al norte Tanlahua, sur Troje, u otro lugar de la ciudad).

11.3. INSTALACIÓN DE PARADAS

La instalación de paradas de transporte público en la acera debe garantizar los siguientes

aspectos:

La preparación y fijación del mobiliario al piso deberá ser reversible o desmontable, sin

generar alto impacto o daño en la acera.

El anclaje debe estar a nivel de piso sin elementos sobresalientes que representen obstáculo

para el peatón.

El diseño del mobiliario incluirá un mecanismo que permita adaptar el mobiliario a la

inclinación del plano de la acera, garantizando uniformidad en los niveles y alturas de los

elementos del o los módulos.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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La instalación de ductos, cajas y cables, bajo nivel de acera, que permitan conexiones

eléctricas y de telecomunicaciones, para iluminación u otros elementos que requieran

energía eléctrica o datos, así como la conexión a la acometida eléctrica, de ser el caso.

Instalación de sistema de desagüe de aguas lluvia, que no afecte a la circulación de los

peatones.

Los respectivos permisos para la instalación de servicios eléctricos y telecomunicaciones necesarios

funcionamiento de las paradas serán responsabilidad del concesionario. Los plazos para el

otorgamiento de los permisos por parte de la entidad competente, son independientes a los plazos de

entrega de las paradas instaladas. La Administración de la concesión podrá recibir las paradas

instaladas verificando que cuenten con la infraestructura e instalaciones adecuadas antes de la

provisión de servicio eléctrico o de telecomunicaciones, de ser el caso.

11.4. SUPERFICIE DE ACERA Y PARTERRE

La superficie de la acera debe estar pavimentada, entendiendo como pavimento al conjunto de capas

de materiales apropiados que conforman una superficie transitable.

Se deberá recuperar la superficie de la acera y/o parterre con materiales acordes al entorno inmediato.

En el caso de que el área de instalación en el parterre contenga áreas de vegetación, la instalación del

soporte publicitario deberá adaptarse a la misma.

En caso de existir elementos sobresalientes, fundidos, anclados, empotrados, sobre la acera y/o

parterre, estos deberán ser retirados, y cualquier hundimiento deberá rellenado para así recuperar el

nivel de la superficie de acera (sin elementos sobresalientes) y que no represente obstáculo para el

peatón.

Gráfico 21: Detalles referenciales de superficie de pavimento en acera. Ejemplos de

hormigón y adoquín

Fuente STHV- DMDU 2013

11.5. SUPERFICIE PODOTÁCTIL EN ACERAS

Se instalará señalización podotáctil en las paradas como pautas de orientación y movilidad para

personas con capacidad visual reducida. Las áreas que ya cuenten con esta superficie, deberán

adaptarse a las especificaciones que se determinan en esta sección.

Las especificaciones de la banda de tránsito y la superficie podotáctil se rigen en la Norma técnica

ecuatoriana NTE-INEN-2854 con las siguientes consideraciones:

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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bordear a 1 metro de distancia del área del refugio con superficie podotáctil en caso de que la

parada esté adosada a línea de fábrica,

especificar los accesos a la parada, áreas de embarque y borde de acera.

Según la ubicación de la parada, la superficie se podrá configurar como lo indican los siguientes

gráficos:

Gráfico 22: Superficie podotáctil adosada a línea de fábrica

Fuente: INEN 2314-2001 Elaboración: STHV, DMDU, 2017.

Gráfico 23: Superficie podotáctil en banda de mobiliario urbano en acera con banda

tránsito peatonal entre 1,20 y 1,50 metros

Fuente: INEN 2314-2001 Elaboración: STHV, DMDU, 2016

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Gráfico 24: Superficie podotáctil en banda de mobiliario urbano en acera con banda de

tránsito peatonal mayor a 1,50 metros

Las especificaciones del presente documento técnico han sido tomadas de manuales nacionales,

internacionales y normas técnicas aplicadas para el caso, cualquier duda o aclaración técnica se

coordinará con la Administración de la concesión.

11.6. DESINSTALACIÓN REUBICACIÓN E INSTALACIÓN DE PARADAS REMOVIDAS

Los módulos de paradas existentes, que deberán ser retirados para permitir la instalación de los

módulos objeto de la concesión, deberán seguir el protocolo, anexo a este documento, para la

desinstalación de su ubicación actual y su reinstalación en los sitios determinados por la entidad

municipal competente.

12. LINEAMIENTOS MÍNIMOS PARA EL MANTENIMIENTO.

Será responsabilidad del Concesionario, de acuerdo al cronograma mínimo establecido o lo acordado

entre las partes, la conservación, el mantenimiento y la limpieza de la totalidad de los Mobiliarios

Urbanos.

Para esto, los participantes incluirán en sus propuestas, un plan detallado relativo al mantenimiento

correctivo y preventivo, señalando claramente la metodología, la frecuencia del servicio, número de

personal asignado al mismo y equipo disponible, dentro de los lineamientos mínimos requeridos a

continuación. Adicionalmente, se incluirá en la propuesta los respaldos que garanticen que se ha

tomado en cuenta la normativa relacionada con seguridad ocupacional del personal técnico.

12.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Como parte del mantenimiento preventivo se prevén operativos de vigilancia e inspección, limpieza

general y limpieza integral. Para los 3 casos se deberá proponer un mecanismo de verificación y

detalle de las visitas y/o mantenimiento realizado para cada parada. A continuación se presenta la línea

base (requerimientos mínimos) para los 3 casos:

Operativos de vigilancia e inspección se realizarán por lo menos cada quince días para todas

las paradas, en horario diurno y nocturno para verificar la iluminación de todos los elementos.

Los operativos se conforman por cuatro grupos de dos inspectores cada uno, divididos en las

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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cuatro zonas como se especifica en el Mapa No. 2. Las inspecciones de la totalidad de muebles

objeto de la concesión se realizarán en un plazo no mayor a 5 días e incluirán su

correspondiente informe quincenal.

Por tanto, el equipo técnico mínimo requerido y herramientas son:

8 inspectores con capacitación relacionada a mantenimiento y reparación del mobiliario

urbano

4 vehículos para desplazamiento con herramienta menor (incluye escalera)

4 Kits de inspección que contenga equipo de seguridad industrial y las herramientas

necesarias para inspección.

Limpieza general se realizará por lo menos cada tres días por semana para todas las paradas y

puede ser reprogramada por necesidades eventuales. Consiste en la limpieza de aceras,

exclusivamente en el área de mantenimiento a cargo del concesionario (ver gráficos No. 1 y

2), mediante la recolección y barrido de residuos sólidos urbanos. Las fundas de basura serán

depositadas en el contenedor o punto de recolección más cercano, respetando los horarios y

cronogramas de la Empresa Pública Metropolitana de Aseo de Quito, EMASEO EP.

El servicio requiere del uso de esfuerzo físico por parte de los obreros, las fundas de basura no

pueden superar 40 kg de peso.

El personal mínimo requerido para la limpieza general y herramientas son:

12 obreros

4 vehículos para desplazamiento.

Insumos básicos para recolección y barrido y vestimenta de seguridad (mascarilla, overol

resistente, indumentaria adecuada en función al clima, escoba, pala y bolsas de basura,

equipos de Protección Personal-EPP similares a los entregados por EMASEO a sus

obreros de barrido).

Limpieza integral se realizará por lo menos cada quince días para todas las paradas. Consiste

en la limpieza a profundidad de todas las paradas o mobiliario, área de publicidad y acera,

mediante hidrolavado.

Se entenderá como hidrolavado al uso de agua a temperatura operativa y a presión moderada,

para realizar la limpieza y recobrar las condiciones de salubridad de paradas de bus y áreas de

responsabilidad del concesionario. Se ejecuta mediante el uso vehículos dotados de sistemas

de hidrolavado; de ser necesario se empleará detergente biodegradable y desengrasante.

La limpieza integral se podrá acoger al siguiente ciclo de servicio como mínimo:

a) Inicio

b) Precalentar el agua

c) Humedecer el punto (hidrolavado)

d) Preparar disolvente o detergente en los casos que aplique

e) Regar detergente biodegradable o disolvente y dejar reposar unos segundos

f) Restregar el punto con escoba

g) Humedecer el punto (hidrolavado)

h) Barrer el punto

i) Finalizar.

El personal mínimo requerido para la limpieza integral y herramientas son:

8 obreros.

4 vehículos adaptados para el hidrolavado o similar y para el desplazamiento del

personal.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Hidrolavadora o similar, detergente y desengrasante, vestimenta adecuada para la

actividad y de acuerdo al clima, gafas, guantes, mascarilla, bitácora.

Limpieza de señalética vertical. Se realizará como mínimo en periodos no mayores a 6

meses en todas las paradas, sin perjuicio que algunos sectores de la ciudad requieran una

frecuencia más corta. Consiste en la limpieza de la placa de señalización vertical.

El personal mínimo requerido para la limpieza general y herramientas para 12 paradas por día

son:

- 4 obreros (cuadrilla)

- 1 camión cisterna 230HP y 10 000 lt.

- Desengrasante base agua

- 4 sets de herramienta manual

Mantenimiento de señalización horizontal. Se realizará en periodos no mayores a 4 meses,

en los que se retocará la pintura acrílica de la señalización en calzada, que incluye además con

microesferas de vidrio. El personal, material y equipo mínimo requerido para 12 paradas por

día son:

- 4 obreros (cuadrilla), por lo menos uno con conocimiento para operación de equipo

liviano (franjadora)

- 1 camión

- 1 franjadora de señalización

- 4 sets de herramienta menor

- Pintura acrílica, microesferas de vidrio y thinner. Todos los productos deberán cumplir

con normas INEN.

12.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO.

Está relacionado a la agilidad de respuesta requerida ante algún acto vandálico o daño durante el plazo del

contrato. Una reparación y/o reposición parcial debe ser ejecutada en un máximo de 48 horas, luego de lo

cual se notificará al administrador y se coordinará su verificación. Para una reposición total, se contará con

120 horas, incluso en fines de semana o días festivos. Para ello, se deberá prever el stock necesario de las

piezas de paradas, MUPI y relojes, y personal capacitado para la reparación.

El equipo técnico mínimo requerido para el mantenimiento correctivo y herramientas son:

2 técnicos con experiencia y capacitación relacionada a mantenimiento y reparación de

mobiliario urbano.

2 vehículos con escalera.

2 Kits de herramientas mínimas que contenga: Linterna, guantes, gafas de seguridad,

chaleco, casco de protección, bitácora, nivel, luxómetros y las herramientas necesarias

para el mantenimiento correctivo específico.

Garantizar transporte y stock de las piezas y elementos para reposición de las paradas,

publicidad y relojes.

Adicionalmente, se debe prever que el tiempo de vida útil de las placas de señalización vertical es de

aproximadamente 5 años, por lo que se requerirá el cambio de las mismas cumplido dicho periodo.

Para esto el personal y equipo mínimo requerido son:

- 12 obreros, dos de ellos con conocimiento para operación de equipo liviano

- 2 vehículos para desplazamiento

- 2 set de herramientas que incluyen sierras ingletadoras, cortadoras de aluminio y

remachadoras

- 1 plotter de electro corte

- 1 máquina de diseño

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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- 2 sets de material de instalación, que incluye remaches de golpe tipo mariposa, alcohol y

paños de limpieza.

Los vehículos pueden estar equipados para cumplir múltiples funciones, de ser así no se sumarán los

vehículos correspondientes a vigilancia e inspección (4), limpieza general (4), limpieza integral (4) y

mantenimiento correctivo (2), sino que el número total de unidades equipadas garantizarán los

requerimientos de mantenimiento señalados en este capítulo, en la cobertura territorial correspondiente

a la totalidad de paradas y relojes.

La concesionaria se compromete a reemplazar los módulos de paradas que se encuentren en mal

estado por destrucción relacionada a actos vandálicos o accidente de algún tipo, sin perjuicio de su

facultad de exigir la reparación de los daños o indemnización del siniestro a los responsables.

En casos de fuerza mayor y/o caso fortuito en el que imposibiliten a la concesionaria asegurar el

servicio contratado en condiciones normales y previsibles, en los plazos antes mencionados, de mutuo

acuerdo con la entidad municipal responsable de la Administración de la concesión, se podrán

modificar plazos de remediación, y adoptar las medidas preventivas y compensatorias necesarias para

reestablecer el equilibrio económico-financiero del contrato.

13. INFORMACIÓN RELEVANTE

La administración del contrato se encontrará a cargo de la Empresa Pública Metropolitana de

Movilidad Obras Públicas EPMMOP, en los aspectos que se deriven del contrato.

Los módulos de paradas y el mobiliario urbano en general, suministrado por la empresa concesionaria,

serán propiedad de dicha empresa quien tendrá la obligación de retirarlos a la finalización del contrato

y restaurar el espacio público en las condiciones que se encontraban antes de la instalación, junto con

las responsabilidades de mantenimiento y limpieza de las paradas durante el tiempo de vigencia del

contrato.

Al finalizar el contrato es obligación de la concesionaria mantener el mobiliario urbano por un periodo

de hasta 6 meses previo a realizar el desmontaje de los módulos o paradas, para que, de ser el caso, la

nueva concesionaria u oferente ganador de las siguientes fases se encargue de instalar las nuevas

paradas o módulos en las ubicaciones establecidas por Municipio. En caso de realizar un nuevo

concurso público, la empresa concesionaria podrá o no participar en ésta, pero seguirá cumpliendo con

las condiciones y objeto del contrato hasta el inicio de la nueva concesión o por un plazo máximo de 6

meses, lo que suceda primero.

Los costos por las conexiones, consumos y otros valores que sean imputables a las obras de instalación

y operación de los módulos o paradas, así como el reacondicionamiento del pavimento de las aceras

que hubiera sido afectado por las obras de instalación o desmontaje, serán responsabilidad de la

concesionaria.

Los costos por traslado de módulos de paradas objeto del contrato, que por diversas causas se requiera

realizar por: cambios o supresión de rutas, obras de infraestructura, o por cualquier otra causa, serán

responsabilidad de la concesionaria, siempre que estas obras no superen el 25% del total de las

paradas instaladas durante el tiempo de la concesión. Si el porcentaje supera el 25%, previa

demostración de la necesidad, se establecerán mecanismos que garanticen el equilibrio financiero del

contrato de mutuo acuerdo y con la aprobación de la entidad encargada de la administración de la

concesión. Se dispondrá de treinta (30) días para el traslado de los módulos, con una prórroga

adicional de igual tiempo con su debida justificación. La responsabilidad del concesionario de

adecuación y mantenimiento del área de acera y de señalización vertical y horizontal se preservará en

el nuevo sitio en donde se ubique la parada.

El Municipio podrá solicitar al contratante la implementación adicional de nuevas tecnologías en los

elementos del mobiliario, estableciendo mecanismos que permitan reestablecer el equilibrio

económico del contrato, de ser el caso, y respaldados en los análisis técnicos y financieros requeridos.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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CONCURSO PÚBLICO

MDMQ-STHV-001-2017

SECCIÓN V

PROYECTO DE CONTRATO

COMPARECIENTES

Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Municipio del Distrito

Metropolitano de Quito, representado por el XXXX, en su calidad de Secretario de Territorio,

Hábitat y Vivienda, a quien en adelante se le denominará CONCEDENTE; y, por otra (Nombre

del Concesionario y de ser el caso del representante legal), a quien en adelante se le denominará

CONCESIONARIO. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las

siguientes cláusulas.

Cláusula Primera.- ANTECEDENTES

1.1.- Previos los informes y los estudios respectivos, la CONCEDENTE resolvió aprobar los

pliegos del Concurso Público MDMQ-STHV-001-2017 para la Concesión del diseño,

construcción, instalación, mantenimiento, conservación de mobiliario urbano a cambio de

explotación publicitaria para el Distrito Metropolitano de Quito.

1.2.- Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del portal

www.quito.gob.ec.

1.3.- Luego del proceso correspondiente, la CONCEDENTE, mediante resolución (No.) de (día)

de (mes) de (año), adjudicó la Concesión del diseño, construcción, instalación, mantenimiento,

conservación de mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria para el Distrito

Metropolitano de Quito al oferente (nombre del Concesionario y de ser el caso el representante

legal), por ser la oferta más conveniente a los intereses de la ciudad.

Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO

Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos:

a) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas del mobiliario urbano a ser

provisto por el Concesionario, cuyas disposiciones son aplicables al presente contrato

b) La oferta presentada por el CONCESIONARIO.

c) Los demás documentos de la oferta del CONCESIONARIO.

d) Las garantías presentadas por el CONCESIONARIO.

e) La resolución de adjudicación.

Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para

celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con el contrato.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Cláusula Tercera.- INTERPRETACION Y DEFINICION DE TERMINOS

3.1.- Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar

claramente la intención del concedente. En todo caso su interpretación sigue las

siguientes normas:

1) Cuando los términos estén definidos en la Ley o en este contrato, se atenderá su

tenor literal.

2) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y

obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención del concedente. De

existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo,

prevalecerán las normas del contrato.

3) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera

que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

4) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del

Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los

Contratos.

3.2.- Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados

de la manera que se indica a continuación:

a) "Adjudicatario", es el oferente a quien la máxima autoridad de la entidad

Concedente le adjudica el contrato.

b) "Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso del

concurso público, a la que le corresponde actuar de conformidad con la Ley, los

pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

c) "Oferente", es la persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o

extranjera, por sí misma o en asociación, grupo empresarial o consorcio que

presenta una "oferta", en atención al llamado de concurso público.

d) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por

el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el

contrato y a la ejecución del mismo.

e) “Fuerza mayor” Se entenderá como fuerza mayor aquellos eventos que se

encasillen dentro de lo previsto en el artículo treinta (30) del Código Civil.

Para efectos de este Pliego, el término Caso Fortuito tendrá el mismo

significado que Fuerza Mayor.

f) Grupo Empresarial: hace referencia al grupo de empresas relacionadas

entre sí por encontrarse bajo el mismo control.

g) “Territorio de Concesión” es la Superficie en el Distrito Metropolitano de

Quito reservado al Concesionario para el diseño, instalación, mantenimiento,

conservación y explotación publicitaria de mobiliario urbano en el Distrito

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Metropolitano de Quito en las condiciones definidas en el Pliego de

Condiciones.

Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO

4.1. El objeto del presente contrato es la Concesión del diseño, construcción, instalación,

mantenimiento, conservación de mobiliario urbano a cambio de explotación publicitaria para

el Distrito Metropolitano de Quito.

4.2. El CONCESIONARIO se obliga con el CONCEDENTE a realizar el diseño,

construcción, instalación, mantenimiento, conservación de mobiliario urbano a cambio de

explotación publicitaria para el Distrito Metropolitano de Quito, en su caso, de:

414 Refugios de Paradas de buses:

o 315 Simples (con MUPI)

o 99 Dobles (con doble MUPI)

20 Relojes públicos

4.3. Además de los Mobiliarios Urbanos Adicionales no publicitarios que haya comprometido

en su oferta, a entera satisfacción del CONCEDENTE, según las características y

especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este

contrato, todos ellos a ser instalados en los puntos del Distrito Metropolitano que hayan sido

expresamente aprobados por el CONCEDENTE y que, por este medio, el CONCESIONARIO

se obliga a respetar.

El CONCESIONARIO se compromete a realizar a su cargo, durante todo el plazo de la

concesión, las operaciones de conservación, mantenimiento, reparación y limpieza de los

elementos de mobiliario urbano mediante la creación de una infraestructura local necesaria

para el mantenimiento y gestión de la concesión, con recursos humanos y materiales

adecuados.

El CONCESIONARIO se compromete a cumplir con su oferta presentada en el marco del

presente contrato sin ningún coste para el Municipio. En consecuencia, con el fin de financiar

dichos servicios y de modo de gestionar de forma eficiente la organización de la publicidad en

el dominio público en el territorio, el Municipio garantiza al CONCESIONARIO durante toda

la duración del contrato el derecho exclusivo de instalar y explotar publicidad en el dominio

público en los términos establecidos en el presente contrato.

El presente contrato constituye título suficiente para autorizar la explotación publicitaria a

favor del concesionario, en los términos del presente contrato.

Cláusula Quinta.- PAGO DE CANON DE CONCESIÓN:

5.1. El Concesionario pagará a la entidad CONCEDENTE el valor de XXXXXX, por concepto

de canon de concesión por utilización del espacio público, a la cuenta asignada para el efecto.

El primer pago se deberá realizar como máximo hasta la fecha prevista para la finalización del

plazo de instalación que se calculará sumando el proporcional de la oferta económica para el

tiempo comprendido entre la finalización del cronograma de instalación y el fin del año fiscal,

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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más el proporcional del uso efectivo de los espacios de publicidad durante la fase de

instalación.

A partir de cada año subsecuente, el monto deberá cancelarse en su totalidad según lo

establecido en la oferta económica, durante el primer mes de cada año. Este monto se deberá

ajustar con la inflación anual, siempre y cuando este valor se ajuste al alza, caso contrario el

valor del año anterior se mantendrá vigente.

Cláusula Sexta.- INVERSIÓN:

6.1. Al tratarse de una concesión, el CONCESIONARIO realizará la totalidad de la inversión

bajo su propio riesgo y será responsable de recuperar el equilibrio contractual a través de la

explotación comercial de la publicidad, entendida como forma de pago, conforme a las

disposiciones contenidas en la Ordenanza Metropolitana No. 119 de Mayo de 2016.

Cláusula Séptima.- GARANTÍAS

7.1. Previo a la firma del contrato el concesionario deberá presentar las siguientes garantías:

A. Garantía de fiel cumplimiento de contrato

El Concesionario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato por un valor

de US$ 326.313,55 (Trescientos veinte y seis mil trescientos trece Dólares de los Estados

Unidos de Norteamérica con 55/100). La garantía de fiel cumplimiento deberá estar vigente

durante toda la duración del contrato.

B. Póliza contra todo riesgo

En lo referente a la póliza contra todo riesgo el concesionario deberá contar durante todo

momento, mientras se encuentre vigente el Contrato, con pólizas de seguros contra todo

riesgo, incluyendo pero sin limitar: robo, huelgas y paros, que ampare la totalidad del

mobiliario, redes e infraestructura afectada al servicio público. El valor asegurado deberá ser

el de reposición como nuevos, sin ajustes, por parte de la aseguradora, a satisfacción del

Municipio de Quito.

En ningún caso ni en ninguna circunstancia el concesionario podrá requerir, reclamar o

demandar a la Municipalidad de Quito por el lucro cesante generado por algún siniestro que

inutilice o destruya total o parcialmente parte o partes del mobiliario urbano y/o componentes

necesarios para su funcionamiento, sea que tal siniestro esté o no protegido por alguna

garantía o póliza de seguro.

La póliza debe incluir además la responsabilidad civil aplicable para estos casos, que se define

por la suma de 150,000.00 dólares para cubrir daños a terceros (en su persona o bienes), en

caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del

concesionario, siempre y cuando dichos daños sean consecuencia directa de su gestión,

demandas contractuales y extracontractuales que deriven en resoluciones y sentencias en

contra del Municipio y deberán mantenerla vigente por todo el plazo de vigencia del Contrato.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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El concesionario deberá justificar que cuenta con una póliza que cubra responsabilidad civil

contra daños a terceros y/o usuarios y sus bienes para garantizar a quienes puedan resultar

perjudicados en el desarrollo de la actividad concesionada. Queda claramente entendido que

la obtención y vigencia de este seguro no relevará en forma alguna al concesionario de la

responsabilidad directa que le corresponde siempre por siniestros cuyos montos sean

superiores al seguro contratado; así como responderá aun en el caso de que la aseguradora no

pagare la indemnización contratada por cualquier motivo que alegare. Esta garantía no exime,

pues, al concesionario de la reparación total por daños producidos, en función de cualquier

reclamación de terceros efectivamente perjudicados, sea que haya o no sentencia ejecutoriada.

C. Garantía técnica

El Concesionario presenta garantía técnica de los bienes del contrato, (del fabricante,

representante, distribuidor o vendedor autorizado), la que se mantendrá vigente de acuerdo

con las estipulaciones establecidas en el mismo. Esta garantía es independientes y subsistirá

luego de cumplida la obligación principal.

7.2. Formas de garantías

Las mencionadas garantías podrán ser emitidas en cualquiera de las siguientes formas.

Únicamente se aceptarán garantías emitidas por entidades debidamente registradas y

autorizadas por la Superintendencia competente.

1. Garantía incondicional, irrevocable y de cobro in mediato, otorgada por un banco o

institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos;

2. Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro

inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país;

7.3. Devolución de garantías

La garantía de fiel cumplimiento de contrato será anual y se renovará automáticamente a su

vencimiento por periodos sucesivos, hasta el término del contrato de concesión. Si se

estableciere un plazo adicional, deberá preverse la renovación automática de la misma por

períodos sucesivos hasta la finalización de dichos plazos adicionales, pudiendo ser cancelada

anticipadamente sólo por decisión de la máxima autoridad del Municipio del Distrito

Metropolitano de Quito. La falta de renovación periódica de esta garantía constituirá causal

para la terminación anticipada del contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso que el

Concesionario no dé cumplimiento a las obligaciones esenciales del contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá contra la suscripción del acta de

finiquito que deberá firmarse al término del contrato bajo las condiciones establecidas en el

mismo.

Cláusula Octava.- PLAZO

8.1. El plazo total de la concesión objeto del presente contrato es de DIEZ (10) AÑOS, contados

a partir de su firma.

El plazo para la entrega e instalación de los primeros CIEN (100) mobiliarios urbanos es de

máximo (TIEMPO OFRECIDO EN LA OFERTA), contados a partir de la suscripción del

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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presente contrato. La totalidad del mobiliario urbano comprometido en la oferta del

CONCESIONARIO, deberá ser instalado a entera satisfacción de la CONCEDENTE en un

plazo máximo de (TIEMPO OFRECIDO EN LA OFERTA), contado a partir de la suscripción

del presente contrato, conforme al cronograma aprobado y pactado con el CONCESIONARIO y

que forma parte del presente contrato.

En caso de realizar un nuevo concurso público, el concesionario podrá o no participar en éste,

pero seguirá cumpliendo con las condiciones y objeto del contrato hasta el inicio de la nueva

concesión o por un plazo máximo de 6 meses, lo que suceda primero.

Cláusula Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO

El CONCEDENTE prorrogará el plazo de entrega inicial del mobiliario urbano, sólo en los

siguientes casos, y siempre que el CONCESIONARIO así lo solicite, por escrito, justificando los

fundamentos de aquella, dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la fecha de

producido el hecho que motiva la solicitud:

Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por la CONCEDENTE.

El CONCESIONARIO tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable

para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En

estos casos, el plazo se prorrogará por un período igual al tiempo de duración de las

causas indicadas.

Por suspensiones ordenadas por la CONCEDENTE y que no se deban a causas imputables

al CONCESIONARIO.

Si la CONCEDENTE no hubiera tramitado las autorizaciones respectivas para la

instalación del mobiliario urbano.

Cláusula Décima.- MULTAS

10.1. En el presente contrato se establecen las siguientes multas:

10.1.1 Mantenimiento

Por cambios no autorizados en material e insumos de mantenimiento, el Municipio del Distrito

Metropolitano de Quito, a través de la Administración del contrato, requerirá que se reviertan los

cambios hasta ajustarse a lo establecido en los términos de referencia de este proceso y se

aplicará la multa de siete salarios básicos unificados SBU por cada día que transcurra desde que

se notifique el incumplimiento hasta que se tomen los correctivos del caso.

Por reincidir en el uso de material e insumos de mantenimiento que sea imputable al

CONCESIONARIO sin autorización previa, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a

través de la Administración del contrato, requerirá que se reviertan los cambios hasta ajustarse a

lo establecido en los términos de referencia de este proceso y se aplicará la multa de catorce

salarios básicos unificados SBU por cada día que transcurra desde que se notifique el

incumplimiento hasta que se tomen los correctivos del caso.

Por modificaciones no autorizadas (cambios en el uso de equipos o disminución en el personal

asignado para el efecto, entre otros) o incumplimientos en el cronograma de mantenimiento

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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preventivo o correctivo del mobiliario urbano (incluyendo MUPI así éste no se encuentre

asociado a una parada) que sea imputable al CONCESIONARIO, se aplicará la multa de once

salarios básicos unificados SBU por cada día que transcurra desde que se notifique el

incumplimiento hasta que se tomen los correctivos del caso.

En todos los casos, se debe incluir el monto que pueda derivarse de los posibles daños generados

por los cambios o modificaciones no autorizadas, el mismo que deberá ser calculado por la

administración del contrato.

10.1.2. Publicidad

Por instalar publicidad con contenidos que atenten contra lo establecido en el Artículo 8 de la

Ordenanza Metropolitana 119 se aplicará una multa correspondiente al 50% del salario básico

unificado SBU por MUPI por cada día transcurrido desde que se notifique la falta hasta que se

tomen los correctivos del caso.

Por instalar publicidad en espacios y condiciones distintas a las establecidas en los lineamientos

técnicos de este documento, se aplicará la multa correspondiente al 50% del salario básico

unificado SBU por MUPI por cada día transcurrido desde que se notifique la falta hasta que se

tomen los correctivos del caso.

10.1.3 Cronograma (instalación)

Por cada día de retraso en la ejecución del cronograma de instalación del mobiliario urbano

que sea imputable al CONCESIONARIO, se aplicará la multa de un salario básico unificado

por cada módulo que no se encuentre íntegramente instalado.

Por cada día de retraso en la relocalización de paradas que sea imputable al

CONCESIONARIO, se aplicará la multa de un salario básico unificado por cada paradero que

no se encuentre íntegramente instalado en su nueva localización designada.

10.1.4 Otros

Se aplicará la multa de un SBU por día mientras persista el incumplimiento por cualquier

acción u omisión que sea imputable al CONCESIONARIO que genere deterioro de la parada

pública o afectación en la óptima prestación de servicio de refugio asociada a la misma.

10.1.5 Retraso en pagos

Por el pago del canon correspondiente a este contrato fuera del plazo establecido en los

términos de referencia, el concesionario deberá cancelar 22 SBU más los intereses que

correspondan. Se tomará en cuenta la Tasa de Interés Activa del BCE por el retraso en pago

del canon anual.

10.2. Aplicación de las Multas

Las multas antes indicadas, causadas por el incumplimiento del concesionario , serán

aplicadas por el Administrador del Contrato, considerando el principio de proporcionalidad de

las sanciones, y sobre la base de criterios tales como la gravedad del incumplimiento de las

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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obligaciones contractuales, la negligencia del CONCESIONARIO, la acción u omisión que

genere un daño a los bienes, el hecho de que haya sido remediada diligentemente la causa que

produjo el incumplimiento, el perjuicio causado a las paradas públicas objeto de concesión, la

reincidencia en la comisión del incumplimiento, sin perjuicio de otros cuya aplicación fuere

pertinente.

El procedimiento a seguirse para la aplicación de las multas será el siguiente:

1. El Administrador del Contrato una vez que haya conocido de cualquier

incumplimiento, y por cualquier medio, notificará al CONCESIONARIO con el

incumplimiento o daños producidos en las paradas públicas, dentro del término

máximo de cinco (5) días contados desde la fecha en que tal incumplimiento o daño

haya sido evidenciado o informado.

2. Esta notificación podrá efectuarse mediante correo electrónico y/o documento

impreso.

3. El CONCESIONARIO presentará por escrito sus argumentos y justificativos de

descargo dentro del término de tres (3) días contados desde la fecha en que le fue

notificado el incumplimiento, y además presentará una propuesta de reparación y/o

reemplazo parcial que se coordinará con la Administración del Contrato.

4. El CONCESIONARIO dispondrá de un término máximo de cinco (5) días en los casos

en los cuales sea necesaria la reposición total de la parada pública; caso contrario, el

término para la reparación de la misma, será de máximo dos (2) días.

5. El Administrador del Contrato una vez conocida la justificación del incumplimiento, o

de la reposición y/o reparación, definirá una fecha para el cumplimiento de las

obligaciones o, de ser el caso, confirmará que los trabajos se hayan efectuado a

satisfacción en coordinación con el CONCESIONARIO.

6. El Administrador del Contrato aplicará la multa, conforme lo señalado en el numeral

5, cuando el CONCESIONARIO no hubiere justificado el incumplimiento, repuesto o

reparado las paradas, dentro del plazo previsto para el efecto.

El cobro de las multas no excluye el derecho de la administración del contrato para exigir el

cumplimiento del mismo o para notificar la terminación unilateral, según corresponda; y en

cualquiera de los casos requerir además el resarcimiento y pago de daños y perjuicios de

conformidad con la ley.

No se aplicarán multas cuando el incumplimiento sea consecuencia de circunstancias

provenientes de Fuerza Mayor o de Caso Fortuito; o, por causas justificadas por el

CONCESIONARIO y aceptadas por el Administrador del Contrato.

La administración del contrato podrá ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

por los valores de multas aplicadas que no hubieren sido pagadas; así como, por cualquier otra

vía judicial, extrajudicial, o por medio de la jurisdicción coactiva.

Para efectos de cálculo de la multa se utilizará siempre el monto correspondiente al SBU

vigente a la fecha de registrarse el evento que motiva la aplicación de la multa.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Cláusula Décima Primera.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN

El Concesionario no podrá ceder su contrato en todo o en parte sin el consentimiento del

Municipio. El incumplimiento de esta cláusula dará lugar a la terminación anticipada del

contrato y la consecuente ejecución de la garantía, sin derecho a reclamación alguna por parte

del Concesionario.

El CONCESIONARIO podrá contratar con terceros hasta en un 25% la ejecución de algunas

de las actividades específicas que se encuentran bajo su responsabilidad, sin que le esté

permitido subcontratar la totalidad del objeto del contrato. En cualquier caso, el

Concesionario será exclusivamente responsable ante la CONCEDENTE y ante terceros, por el

adecuado y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en virtud de este

contrato.

En los subcontratos celebrados para la ejecución de actividades deberá estipularse claramente

que el subcontrato se ha celebrado respetando los términos e índole de este contrato, bajo la

exclusiva responsabilidad del CONCESIONARIO y, además, se estipulará precisa y

claramente que el subcontratista no tendrá en ningún caso derecho a reclamar a la

CONCEDENTE indemnización alguna por ningún tipo de prestaciones, honorarios o

perjuicios.

Los subcontratos no relevan al CONCESIONARIO de la responsabilidad que asume en el

cumplimiento de sus obligaciones frente a la CONCEDENTE.

Cláusula Décima Segunda.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

12.1 Obligaciones del CONCESIONARIO.

El CONCESIONARIO deberá realizar el diseño, construcción, instalación, mantenimiento,

conservación del mobiliario urbano objeto del presente contrato y garantizar la durabilidad y

continuidad del servicio propuesto durante toda la duración del contrato sin que el

CONCEDENTE deba realizar ningún pago al CONCESIONARIO.

El CONCESIONARIO tendrá las siguientes obligaciones con respecto a los mobiliarios

urbanos, objeto del presente contrato:

a) Costear todos los gastos que deriven de la construcción, instalación, conservación y

mantenimiento de los mobiliarios urbanos.

b) Ejecutar, a su costa y previa obtención por el Concedente de las autorizaciones

preceptivas, las obras precisas para la instalación de los mobiliarios objeto del

contrato, con cumplimiento del Plan de Instalación descrito por el Concesionario en su

oferta.

c) Señalizar las obras correctamente, disponiendo de los elementos de balizamiento y

vallas de protección que puedan resultar necesarias para evitar todo tipo de accidentes

siendo responsable de los percances de cualquier naturaleza causados a terceros, como

consecuencia de la realización de las obras, especialmente debidos a la falta de

señalización y balizamiento o elementos de protección.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

74

d) El CONCESIONARIO deberá coordinar con las respectivas Entidades Municipales o

de Gobierno Central, las autorizaciones y acciones requeridas para el cumplimiento

del objeto del contrato.

e) Mantener y conservar los mobiliarios urbanos en las debidas condiciones de uso,

funcionamiento, limpieza, seguridad y ornato público durante todo el plazo de

ejecución de la concesión.

f) Proceder a las reparaciones necesarias para subsanar cualquier tipo de deterioro o

avería.

El CONCESIONARIO se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar daños a las

obras que se ejecuten, a las personas que trabajen en ellas, al personal del Municipio, a

terceros y a propiedades o bienes públicos o particulares y a contratar las pólizas de seguro

correspondientes.

De producirse los mismos, el CONCESIONARIO será el responsable de la reparación de los

perjuicios que le sean imputables.

El CONCESIONARIO debe asegurar una correcta y legal ejecución del contrato en los términos

establecidos. Deberá cumplir con la legislación ecuatoriana en la materia relacionada con la

ejecución del contrato.

Los sueldos y salarios se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales

vigentes en el país.

El CONCESIONARIO deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin

otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes

vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador.

Serán también de cuenta del CONCESIONARIO y a su costo, todas las obligaciones a las que

está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.

El CONCEDENTE se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación

que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación

laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza

contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social.

En caso que el CONCEDENTE lo solicite, la CONCESIONARIO deberá informarle los datos

personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de

efectuar los controles correspondientes.

A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y en las Condiciones

Específicas, el CONCESIONARIO está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive

natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento

del mismo o en norma legal específicamente aplicable.

El CONCESIONARIO será responsable por todos los riesgos inherentes al Contrato, excepto

los siguientes, que se calificarán de cambio substancial cuando afecten el equilibrio

económico del contrato inicialmente pactado:

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

75

a) Decisión judicial o administrativa que impida, retrase o imposibilite al CONCESIONARIO

el prestar los servicios y actividades objeto del Contrato, o que impida el desarrollo de la

explotación publicitaria.

b) Incumplimiento, por parte del CONCEDENTE, de sus obligaciones contractuales,

incluyendo entre otros, cualquier acción u omisión que impida una regular prestación de

los servicios objeto del Contrato (en particular, ausencia de las autorizaciones previstas en

esta cláusula o no respeto de las condiciones de explotación publicitaria previstas en la

cláusula décima cuarta.)

c) Atrasos, restricciones o incumplimientos de las obligaciones del CONCESIONARIO,

causados exclusivamente por la demora u omisión del CONCEDENTE.

d) Atraso en el cumplimiento del programa de instalación presentado por el

CONCESIONARIO, o de cualesquiera otros plazos previstos en el Contrato, por motivos

de acciones u omisiones que no le sean directa o indirectamente imputables.

e) Suspensión, alteración o supresión por el CONCEDENTE de mobiliarios urbanos que

conlleven publicidad, ausencia de visibilidad de los mismos o ausencia total o parcial de

iluminación de los paneles publicitarios, que afecten globalmente a la explotación

publicitaria por parte del Concesionario, con imposibilidad de encontrar localizaciones

alternativas del mismo valor comercial.

f) Circunstancias imprevisibles o circunstancias previsibles de consecuencias incalculables.

g) Cualquier cambio de normativa, ordenanzas, leyes, de decisiones gubernamentales,

reglamentos, decretos o condiciones económicas y tributarias (incluyendo la creación y/o

el incremento de impuestos u otras tasas que deban ser abonadas por el Concesionario) o

cualquier modificación de la legislación publicitaria, que afecten al equilibrio económico

del Contrato, a excepción de la legislación sobre los impuestos sobre la renta.

12.2 Obligaciones de la ENTIDAD CONCEDENTE.

Por su parte, la Entidad CONCEDENTE a través de las Entidades Municipales

correspondientes se compromete a atender prioritariamente las solicitudes de permisos

realizados por el CONCESIONARIO tendientes al cumplimiento del presente contrato.

Cláusula Décima Tercera.- DE LA ADMINISTRACIÓN y FISCALIZACIÓN DEL

CONTRATO:

13.1 La CONCEDENTE designa a xxxxxx, en calidad de administrador del contrato, quien

velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas

del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e

impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

13.2 La CONCEDENTE designa a xxxxxx, en calidad de fiscalizador del contrato, quien

deberá velar por la correcta ejecución de los aspectos técnicos del presente contrato para lo

cual deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte

del presente contrato.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

76

13.3 La CONCEDENTE podrá cambiar de administrador y fiscalizador del contrato, para lo

cual bastará cursar al CONCESIONARIO la respectiva comunicación; sin que sea necesario

la modificación del texto contractual.

Cláusula Décima Cuarta.- CONDICIONES DE LA EXPLOTACIÓN

Desde el inicio del contrato, el CONCESIONARIO se compromete a realizar por adelantado

los costes de inversión iniciales para el diseño, instalación, mantenimiento, conservación y

explotación publicitaria de los elementos de mobiliario urbano, así como los costos

operacionales consistentes en la creación de una infraestructura de mantenimiento adecuado,

y los gastos de funcionamiento (limpieza, mantenimiento, reparación, inspección, etc.) a lo

largo de la vigencia del contrato.

Con el fin de poder financiar los mobiliarios urbanos ofrecidos en el marco del presente

contrato al CONCEDENTE y a sus ciudadanos sin ningún coste para el Municipio, y de modo

de gestionar de forma eficiente la organización de la publicidad en el espacio público de

dominio público en el “Territorio” definido en el Pliego de Condiciones, el Concedente

garantiza al Concesionario durante toda la duración del contrato el derecho exclusivo de

instalar y explotar la publicidad de acuerdo a las condiciones establecidas en el pliego de

condiciones y en el presente contrato.

Por lo tanto, el CONCEDENTE se compromete a retirar todo tipo de elementos de

características idénticas instalados en el espacio público de dominio público en el Territorio

detallado en los pliegos antes de la fecha de la instalación de los primeros mobiliarios urbanos

objeto de este Contrato, siempre que no se afecte a derechos preadquiridos de los interesados,

como en el caso de una licencia vigente. El CONCEDENTE se compromete a no renovar

ningún contrato o licencia de elementos de características idénticas, ya que sería contrario a

los derechos exclusivos concedidos al CONCESIONARIO.

El CONCEDENTE se compromete a otorgar al CONCESIONARIO la protección adecuada

para que pueda ejecutar el objeto de la concesión debidamente. Para ello, y con el objeto de

evitar la proliferación de mobiliarios equivalentes de diseños diversos o contradictorios y la

saturación publicitaria en la vía pública, el CONCEDENTE, salvo casos excepcionales, no

permitirá la colocación en la vía pública, durante el período de duración del contrato, de

mobiliarios publicitarios que sean de las mismas características técnicas o dimensionales que

alguno de los elementos instalados por el CONCESIONARIO en el Territorio.

El CONCESIONARIO será responsable por el uso de los espacios de publicidad comercial

asegurándose de que todos los carteles de publicidad sean regularmente mantenidos y

renovados. El CONCESIONARIO se compromete a no insertar publicidad de contenidos

directamente políticos, confesionales o contrarios a las buenas costumbres, observando las

prohibiciones constitucionales, legales y municipales que existen sobre la publicidad. El

CONCESIONARIO puede utilizar la estructura del mobiliario urbano con publicidad para

acciones de publicidad innovadora y especial previa comunicación por escrito al

CONCEDENTE y la debida autorización antes de la instalación de cada una de estas

campañas especiales.

Con el fin de mantener el equilibrio económico del contrato, el CONCEDENTE se

compromete a adoptar una política estricta para hacer cumplir las leyes municipales vigentes

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

77

en relación a la instalación y exhibición de publicidad exterior en zonas de dominio público y

de dominio privado en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, incluyendo

instrucciones de los servicios municipales, el desmontaje de la publicidad y soportes no

conformes con la legislación, la aplicación del régimen sancionador correspondiente, entre

otros.

En el marco de la exclusividad otorgada en esta concesión y con el fin de garantizar al

CONCESIONARIO el mantenimiento del equilibrio económico-financiero de la misma, el

CONCEDENTE se compromete a:

- No instalar, ni permitir a terceros la instalación y/o explotación comercial de ningún

soporte con espacios publicitarios en espacio público de dominio público integrados en un

radio menor a 100 metros a la redonda de cualquiera de los elementos publicitarios de

características idénticas a ser instalados por el CONCESIONARIO. Esta distancia mínima

entre elementos publicitarios podrá ser menor cuando el soporte publicitario sea una parada

de transporte público. El Municipio adoptará todas las medidas a fin de dar cumplimiento

a esta disposición.

- Para la instalación de otros elementos urbanos sin publicidad, se estará a lo dispuesto en la

normativa municipal vigente.

Por su parte, el CONCEDENTE, se compromete a utilizar los espacios que le estén

reservados en los mobiliarios, exclusivamente, para información municipal, sin que ésta

pueda conllevar mensajes directamente políticos, confesionales o publicitarios de carácter

comercial

Cláusula Décima Quinta.- EMPLAZAMIENTOS

Los mobiliarios urbanos se instalarán por el CONCESIONARIO en los emplazamientos

acordados que se han formalizado mediante listas debidamente firmadas por ambas partes que

se adjuntan al presente contrato.

Cláusula Décima Sexta.- PROPIEDAD

Al vencimiento o terminación anticipada del presente contrato, incluyendo sus posibles

prórrogas, el CONCESIONARIO conservará la propiedad del diseño y de todos los

elementos de mobiliario urbano instalados en el marco del presente contrato. El

CONCESIONARIO deberá desmontar y retirar todos los elementos de mobiliario urbano

instalados, dejando el pavimento de la vía pública perfectamente reparado, corriendo todos

los gastos precisos de desmontaje y reparación de pavimento deteriorado, exclusivamente por

su cuenta.

Las características técnicas de los mobiliarios urbanos objeto de este contrato se detallan en la

oferta del Concesionario anexa al presente Contrato. El CONCEDENTE se compromete a

respetar los derechos exclusivos de propiedad industrial del CONCESIONARIO (patentes y

diseños registrados) y a no realizar cambios en los mobiliarios urbanos sin su consentimiento

previo por escrito.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Cláusula Décima Séptima. EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO

17.1 Siempre que sean cumplidas las condiciones del Contrato y de la Oferta presentada

por el Concesionario, y que se mantenga la repartición de los riesgos establecidos

en el mismo, se considerará mantenido el equilibrio económico del Contrato.

17.2 El CONCESIONARIO podrá solicitar el restablecimiento del equilibrio económico

del contrato con el fin de mantener las condiciones iniciales del Contrato en los

casos de cambio sustancial previstos por la cláusula décima segunda, siempre y

cuando el equilibrio económico del Contrato inicialmente pactado resulte afectado.

17.3 El CONCESIONARIO deberá enviar notificación de la solicitud de

restablecimiento del equilibrio económico del Contrato al CONCEDENTE en un

plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, a contar de la fecha de los

acontecimientos que provoquen tal desequilibrio.

(i) Cuando se entregue tal notificación, el CONCESIONARIO enviará al

Concedente los detalles sobre los acontecimientos relacionados con la

solicitud de restablecimiento del equilibrio económico del Contrato,

(ii) Dentro de los DIEZ (10) días hábiles, a contar desde la fecha de entrega de

la notificación, el CONCEDENTE establecerá un plazo para que se realice

la comprobación de los acontecimientos y condiciones que hayan generado

la solicitud del restablecimiento del equilibrio.

(iii) El CONCEDENTE examinará las informaciones suministradas por el

CONCESIONARIO y decidirá en un término de TREINTA (30) días, si hay

lugar o no para un restablecimiento del equilibrio económico inicial.

17.4. En caso que el CONCEDENTE considere que la afectación o alteración substancial

de las condiciones económicas financieras alegadas se encuentra debidamente

comprobada, se acordarán las modificaciones que consideren convenientes. Al final

del procedimiento, y en el caso que la revisión del Contrato resulte necesaria, las

partes deberán determinar de común acuerdo, en un término de TREINTA (30) días

a contar desde la fecha de decisión del CONCEDENTE, cuáles de las siguientes

medidas resultará la más adecuada para restablecer el equilibrio económico del

Contrato:

a) Extensión del plazo del Contrato.

b) Modificación, de forma proporcional de determinadas obligaciones

contractuales del CONCESIONARIO relacionadas con los acontecimientos

que originan el reajuste contractual.

c) Pago al CONCESIONARIO por el CONCEDENTE de las inversiones o gastos

adicionales que hayan sido efectivamente realizados o del monto equivalente a

la pérdida de ingresos efectivamente producida.

17.5 Si dentro del término de NOVENTA (90) días, a contar del término del plazo

definido por la cláusula 17.4, las Partes no llegaran a un acuerdo que permita

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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mantener el equilibrio económico del Contrato inicialmente definido, la

controversia se someterá las disposiciones contenidas en la cláusula Vigésima

Primera de este contrato.

Cláusula Décima Octava FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

18.1. Excepto indicación expresa en contrario, ninguna de las Partes del presente Contrato

será responsable por el incumplimiento o retraso total o parcial en el cumplimiento de

sus obligaciones o por las pérdidas o perjuicios (incluyendo los daños indirectos o

consecuentes) que se ocasionan cuando resulten de situaciones constitutivas de Fuerza

Mayor o Caso Fortuito que se encuentren fuera de su control.

18.2. Ante la presencia de situaciones constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, que

hagan imposible la ejecución del contrato para cualquiera de las partes y frente a

necesidades emergentes que sean sobrevinientes e impredecibles, podrán producirse

modificaciones del contrato con el fin de resolver la situación de emergencia lo antes

posible.

18.3. La Parte que invoque la Fuerza Mayor o el Caso Fortuito deberá notificar por escrito a

la mayor brevedad posible a la otra Parte sobre las circunstancias constitutivas de la

Fuerza Mayor o Caso Fortuito y de las obligaciones retrasadas o impedidas.

Adicionalmente, solicitará la suspensión de las actividades que se vean directamente

afectadas, hasta que las situaciones de Fuerza Mayor o Caso Fortuito y sus

consecuencias hayan cesado. Las Partes se reunirán de buena fe para negociar la mejor

forma de superar y mitigar los efectos derivados de la Fuerza Mayor o del Caso

Fortuito y así poder minimizar el impacto en el ejercicio de sus obligaciones

contractuales.

18.4. Si las situaciones constitutivas de la Fuerza Mayor o del Caso Fortuito continuaran

transcurridos TRES (3) meses desde su inicio y, como consecuencia de dichas

situaciones el presente Contrato quedara incumplido de manera sustancial, y las Partes

no llegasen a ningún acuerdo, se podrá resolver el contrato.

Cláusula Décima Novena.- EXTENSIÓN DEL CONTRATO

Cuando así convenga a los intereses de la ciudad, las partes podrán de común acuerdo ampliar el

objeto del presente contrato para la provisión de un mayor número de mobiliario urbano de hasta

un máximo del 25% del mobiliario objeto de este contrato y siempre que se establezca fórmula

que permitan reestablecer el equilibrio económico del contrato, mediante la suscripción de

Contratos Modificatorios suscritos entre el representante legal del CONCESIONARIO y la

máxima autoridad del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito o su delegado.

Cláusula Vigésima.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO

El Contrato termina:

1) Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales y por vencimiento del plazo

de duración

2) Por mutuo acuerdo de las partes.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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3) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la

resolución del mismo, a pedido del CONCESIONARIO.

4) Por declaración anticipada y unilateral de la CONCEDENTE, por las causales

estipuladas en los pliegos de condiciones y en el presente contrato. Además se

incluirá la siguiente causal:

4.1 Si el CONCESIONARIO no notificare a la CONCEDENTE acerca de la

transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de

cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles

siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.

5) Por muerte del CONCESIONARIO (en caso de persona natural) o disolución de la

persona jurídica CONCESIONARIO, que no se origine en decisión interna voluntaria

de los órganos competentes de tal persona jurídica.

6) Por causas imputables a la CONCEDENTE que hagan imposible ejecutar el contrato

por un periodo superior a 6 meses.

7) Por deterioro y falta de mantenimiento de más del 5% del mobiliario urbano objeto

del presente contrato por un periodo superior a SESENTA (60) días.

8) Por el acontecimiento de circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de

un tercero que hagan imposible la ejecución del contrato para cualquiera de las

partes.

9) Por resolución del Contrato, a iniciativa del CONCESIONARIO, por las causales

estipuladas en los pliegos de condiciones.

Una vez finalizado el plazo de duración del contrato y sus posibles prórrogas, o cuando haya

habido resolución anticipada del contrato, El CONCESIONARIO se obliga a proceder, a su

costa, al retiro de todos los mobiliarios urbanos instalados dejando la vía pública en perfectas

condiciones.

Cláusula Vigésima Primera.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

21.1.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del

presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán

utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de

Mediación de la Procuraduría General del Estado

Para que proceda el arbitraje, debe existir previamente el pronunciamiento favorable

del Procurador General del Estado.

21.2.- En el caso de que se opte por la jurisdicción voluntaria, las partes acuerdan

someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e

interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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21.2.1.- Mediación.- Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a

su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un

mediador del Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado, en el

evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este mecanismo de

solución de controversias, las partes se someten al Arbitraje de conformidad

con las siguientes reglas:

21.2.2.- Arbitraje.-

El arbitraje será en Derecho.

Las partes se someten al Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito.

Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del

reglamento del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito.

El Tribunal Arbitral se conformará por tres árbitros. El procedimiento de selección y

constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y en el Reglamento del Centro de

Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito.

Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva

la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del

Centro.

Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las

sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria.

La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución

y liquidación.

La sede del arbitraje es la ciudad de Quito, D.M.

El idioma del arbitraje será el Castellano.

El término para expedir el laudo arbitral será de máximo NOVENTA (90) días,

contados desde el momento de la posesión del (los) árbitro(s).

21.3.- La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el

CONCESIONARIO renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo

relacionado con este Contrato. Si el CONCESIONARIO incumpliere este

compromiso, la CONCEDENTE podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y

hacer efectiva las garantías.

Cláusula Vigésima Segunda.- CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACION

El CONCESIONARIO declara conocer y expresa su sometimiento a la Constitución de la

República del Ecuador, la Ley de Modernización del Estado y su Reglamento General, la

Ordenanza Metropolitana No. 119 de mayo de 2016 y más disposiciones vigentes en el

Ecuador.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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Cláusula Vigésima Tercera.- DOMICILIO

23.1.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio

en la ciudad de Quito

23.2.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su

dirección, las siguientes:

La CONCEDENTE: (Dirección y teléfonos).

El CONCESIONARIO:(Dirección y teléfonos).

Cláusula Vigésima Cuarta.- ACEPTACION DE LAS PARTES

Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el

presente contrato y se someten a sus estipulaciones, suscribiendo este contrato en CINCO (5)

ejemplares de igual tenor y valor legal.

En Quito, D.M., a los XXX de XXX de 2016

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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CONCURSO PÚBLICO

MDMQ-STHV-001-2017

SECCIÓN VI

MODELO DE FORMULARIOS

6.1 MODELO DE FORMULARIO DE LA OFERTA

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

6.1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad

contratante) para la ejecución de (detalle de los bienes o servicios), luego de examinar el

pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es

persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica),

(procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:

1. El oferente tiene capacidad legal para participar en el presente concurso público.

2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella,

sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan

sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras

personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es

honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará

ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como

declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma

explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros

oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa

aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas

concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir,

restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y

posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u

oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se

presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento

para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado,

si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y

en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en

la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o

de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial

aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos y

materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso

de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán

con todos los permisos que se requieran para su utilización.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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5. Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de

sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; suministrará todos los bienes ofertados,

nuevos de fábrica, completos, listos para su uso inmediato, de conformidad con las

características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas solicitadas

(bienes) prestará los servicios, de acuerdo con los pliegos, especificaciones técnicas,

términos de referencia e instrucciones (servicios); en el plazo y por los precios

indicados en el Formulario Único de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado

todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual,

especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad

social, ambientales y tributarias vigentes.

6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha

efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley;

entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad

contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de

contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o

ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación

de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento

desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o

cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.

7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos

establecidos en el presente formulario, la entidad CONCEDENTE le descalifique como

oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido

proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales

violaciones hayan ocasionado.

8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que

pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del

desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como

acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad

CONCEDENTE ejerza las acciones legales según la legislación ecuatoriana vigente.

9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas,

términos de referencia y demás información del pliego, las aclaraciones y respuestas

realizadas en el procedimiento, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior,

aduciendo desconocimiento por estas causas.

10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación

son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.

11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a

ejecutar el suministro o prestar el servicio sobre la base de las cantidades,

especificaciones técnicas, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara

conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como

causal para solicitar ampliación del plazo.

12. Conoce y acepta que la entidad contratante se reserva el derecho de adjudicar el

contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o

indemnización a su favor.

13. Se somete a las disposiciones legales aplicables al presente concurso público.

14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las

declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, al

tiempo que autoriza a la entidad CONCEDENTE a efectuar averiguaciones para

comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones

técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare

administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista

hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que

conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del

procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido,

según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones

judiciales a las que hubiera lugar.

15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la

ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o

descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica

puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las

consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para

contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional

de Contratación Pública y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y

demás normativa aplicable.

17. Autoriza a la entidad CONCEDENTE, el levantamiento del sigilo de las cuentas

bancarias que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de las personas naturales

o jurídicas a las que representa, durante cualquier etapa del procedimiento

precontractual, contractual y de ejecución del cual participa con su oferta y mientras sea

proveedor del Estado.

18. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:

a) Firmar el contrato dentro del término de quince (15) días

desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito

indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías

correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de

treinta días)

b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo

contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los

artículos 35 y 69 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública.

c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad

con los documentos del contrato.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del

contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo

6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías.).

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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6.1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.

NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o

asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se

determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).

Ciudad:

Calle (principal):

No.:

Calle (intersección):

Teléfono(s):

Correo electrónico:

Cédula de Ciudadanía (Pasaporte):

R.U.C:

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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6.1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS

DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.

A. DECLARACIÓN

En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno

conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionistas o partícipes mayoritarios

que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado para

participar en el presente concurso público;

2. Que la compañía a la que represento ……(el oferente deberá agregar la palabra SI, o la

palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.

(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá

agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus

acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)

3. Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo

cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que

realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la entidad

CONCEDENTE declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.(Esta declaración del

representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona

jurídica NO cotiza en bolsa)

4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada se

encuentre inhabilitado por alguna de las causales previstas en los artículos 62 y 63 de la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, 110 y 111 de su Reglamento General,

la entidad CONCEDENTE descalifique a mi representada.

5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la entidad CONCEDENTE

o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad,

la entidad contratante:

a. Descalifique a mi representada como oferente; o,

b. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, si tal comprobación

ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

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B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:

TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima

Compañía de Responsabilidad Limitada

Compañía Mixta

Compañía en Nombre Colectivo

Compañía en Comandita Simple

Sociedad Civil

Corporación

Fundación

Asociación o consorcio

Otra

Nombres completos del socio(s),

accionista(s), partícipe(s)

Número de cédula de

identidad, ruc o identificación

similar emitida por país

extranjero, de ser el caso

Porcentaje de participación

en la estructura de propiedad

de la persona jurídica

Domicilio

Fiscal

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de

igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o

partícipe (s) hasta persona natural, para lo que se usará el siguiente formato:

Nombres completos del socio(s),

accionista(s), partícipe(s)

Número de cédula de identidad,

ruc o identificación similar

emitida por país extranjero, de ser

el caso

Porcentaje de

participación en la

estructura de propiedad de

la persona jurídica

Domicilio

Fiscal

Notas:

1. Este formato del Formulario de la oferta solo será llenado por personas jurídicas.

(Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o

consorcios que sean personas jurídicas.)

2. La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal

de descalificación de la oferta.

3. Las personas naturales no están obligadas a presentar el Formato del Formulario

de la Oferta.

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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6.1.4 SITUACIÓN FINANCIERA

La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de

declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al

Servicio de Rentas Internas SRI. En caso de oferentes extranjeros se presentarán los balances

presentados a la respectiva entidad de control del país de origen.

El participante presentará la información requerida para la (entidad CONCEDENTE) para

los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro:

Índice Indicador

solicitado

Indicador declarado

por el oferente

Observaciones

Solvencia*

Endeudamiento*

Otro índice resuelto por

la entidad contratante *

*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel

(aquellos) que considere pertinente(s).

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CONCURSO PÚBLICO DE BIENES Y SERVICIOS

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6.1.5 TABLA DE CANTIDADES

El oferente deberá llenar el formato de la tabla con todos los componentes del mobiliario

ofertado, de acuerdo a los requerimientos de la (Entidad CONCEDENTE).

No.

Descripción del

componente del

mobiliario urbano

Dimensiones (largo, ancho, alto y altura

de instalación si aplica) Unidad

Cantidad (incluye stock para

reposición)

TOTAL

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6.1.6 COMPONENTES DEL MOBILIARIO URBANO OFERTADO

El oferente deberá llenar el formato de la tabla de los componentes de los mobiliarios urbanos

ofertados, en la cual se deben incluir todos y cada uno de los rubros ofertados, que respondan

a los requerimientos de la (Entidad CONCEDENTE), especificando material y procedencia de

los elementos. Deberá además anexar como mínimo planimetrías impresas en tamaño A3 con

un mínimo de tres láminas en escalas en un rango entre 1:50 y 1:5 y digitales (formato pdf y

dwg) que contengan: implantación; elevaciones frontal y lateral tanto para módulos simples

como módulos dobles; detalles constructivos; detalles del sistema de anclaje; detalle de la

propuesta de señalización vertical; planos de instalación eléctrica e iluminación; e

ilustraciones, renders o fotomontajes de la propuesta que permita visualizar la composición,

materialidad y relación con el contexto urbano de Quito, tanto en el día, como en la noche.

Especificación Técnica - Términos de

Referencia Requeridos

Especificación Técnica –Términos de

Referencia Ofertados

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6.1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Contratante Objeto del contrato

(descripción de los

bienes o servicios)

Monto del

Contrato

Plazo

contractual

Fechas de

ejecución Observaciones

Inicio Terminación

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6.1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO

El oferente deberá detallar todo el personal necesario para el diseño, construcción, instalación,

limpieza, mantenimiento y conservación del mobiliario urbano ofertado, durante el tiempo de

duración de la concesión, según los requerimientos de la (Entidad CONCEDENTE).

No. Cargo / Función Experiencia en trabajos similares Observaciones

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6.1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO

El oferente deberá llenar el formato de la tabla especificando todos los implementos,

herramientas y equipo, necesarios para la instalación, mantenimiento preventivo (vigilancia,

inspección, limpieza) y mantenimiento correctivo, que respondan a los requerimientos de la

(Entidad CONCEDENTE). Deberá presentar como parte del plan de mantenimiento, una

memoria técnica anexa que incluya el procedimiento operativo para cada etapa del mismo.

Detalle del

equipo Cantidad

Año de

fabricación

Ubicación

actual

Propietario

actual

Matrícula

No. *

Observaciones

* La columna con la información de matrícula, deberá ser completada por el oferente

exclusivamente tratándose de vehículos y equipo caminero.

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6.1.10. CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN

El oferente deberá llenar el formato de la tabla indicando la cantidad de paradas (C) que se

instalarán en cada fase, el tiempo (T) que durará cada fase expresado en meses, y la cantidad

de paradas que se instalarán en cada mes de las fases, dentro de un periodo de 280 días,

contados a partir de la suscripción del contrato de concesión

ZONAS DE IMPLEMENTACIÓN Fase 1

( ) Días

Fase 2

( ) Días

Fase 3

( ) Días

Fase 4

( ) Días Total

1

Zona 1: 109 paradas(48 dobles + 61

simples)

2

Zona 2: 85 paradas (13 dobles + 72

simples)

3

Zona 3: 120 paradas (26 dobles + 94

simples)

4 Zona 4: 100 paradas (18 dobles + 82

simples)

5 20 Relojes

LUGAR Y FECHA

FIRMA

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6.2 MODELO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

PROCEDIMIENTO No.

OBJETO DE CONTRATACIÓN:

Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte,

……………………….(persona natural o representante legal de persona jurídica),

debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, (personas natural o

representante legal de persona jurídica), …..……… representada por ……………

…………., todos capaces para contratar.

Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse,

acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el

procedimiento de contratación No. ……., cuyo objeto es………………………. y por lo tanto

expresamos lo siguiente:

a) El Procurador Común de la Asociación o Consorcio será (indicar el nombre), con

cédula de ciudadanía o pasaporte No. ______________ de (Nacionalidad), quien está

expresamente facultado representar en la fase precontractual.

b) El detalle valorado de los aportes de cada uno de los miembros es el siguiente: (incluir

el detalle de los aportes sea en monetario o en especies, así como en aportes

intangibles, de así acordarse).

c) Los compromisos y obligaciones que asumirán las partes en la fase de ejecución

contractual, de resultar adjudicada; son los siguientes: (detallar)

d) En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la

asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente

compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública.

e) La asociación o consorcio está integrado por:

Número Asociados o Consorciados Porcentaje

de

participación

1

2

El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los

miembros, debe ser igual al 100%.

f) La responsabilidad de los integrantes de la asociación o consorcio es solidaria e

indivisible para el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades y

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obligaciones emanadas del procedimiento precontractual, con renuncia a los

beneficios de orden y excusión;

g) La constitución de la asociación o consorcio se la realizará dentro del plazo

establecido en la normativa vigente o en el pliego, previo a la suscripción del contrato.

h) El plazo del compromiso de asociación o consorcio y plazo del acuerdo en caso de

resultar adjudicatario, cubrirá la totalidad del plazo precontractual, hasta antes de

suscribir el contrato de asociación o consorcio respectivo, y noventa días adicionales.

Atentamente,

Asociado o consorciado 1.-

Firma: Representante Legal o persona

natural.

Nombre: Representante Legal o persona

natural.

Domicilio:

Lugar de recepción de notificaciones:

Asociado o consorciado 2.-

Firma: Representante Legal o persona

natural

Nombre: Representante Legal o persona

natural.

Domicilio:

Lugar de recepción de notificaciones: