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Municipio de Vicente López Boletín Oficial Edición Nº644 17/09/2019

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  • Municipio de Vicente López

    Boletín OficialEdición Nº644

    17/09/2019

  • Tabla de Contenidos

    Tabla de Contenidos 2AUTORIDADES 3ORDENANZAS 4

    DECRETOS DE 17EDICTOS 59

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 2

  • AUTORIDADESINTENDENTE

    Jorge Macri

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 3

  • ORDENANZAS

    Ordenanza Nº 36508

    Vicente López, 11 de junio de 2019

    Ref. Exptes. N° 0360/2019 H.C.D.4119-741/2019 D.E.

    VISTO: El anteproyecto de Ordenanza remitido por el Departainento Ejecutivo, que solicita la homologación del Convenlode Colaboración entre el Fondo Nacional de la Artes y el Municipio de Vicente López, y;CONSIDERANDO: Que el Fondo Nacional de las Artes (FNA) es un ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Cultura de laNación que tiene como objetivo el financiamiento, estImulo y protección de las actividades culturales de los artistas argentinos,atendiendo fundamentalmente a lapromoción y desarrollo de las actividades vinculadas a la cultura del país. A estos fines creó un "Fondo Municipal de las Artes y laTransformación Social" con el objeto de construir un recurso sustentable para el apoyo a los artistas y gestores culturales delos distintos municipios.Que, varios municipios de la Provincia de Buenos Aires tales como Quilmes, Morón, Almirante Brown y Tres de Febrero,ya implementaron el Fondo Municipal de las Artes y la Transformación Social; y a esos efectos el Municipio de Vicente López,firmó un convenio con el FNA en fecha 2 de mayo de 2019.Que, como primer antecedente para la formación de dicho Fondo Municipal en Vicente López, el Municipio lanzara el programade "BECAS A LA CREACION Y FORMACION -2019" con el apoyo del FNA, que brindará el asesoramiento en relación con el diseñode las normas generales para el lanzamiento, organización y coordinación de dicho programa de becas, incluyendo capacitaciónpresencial para el municipio y la utilización de la plataforma del FNA para la registración de los artistas (en todas sus formas) ygestores culturales locales.Que, el programa está destinado a artistas argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el partido de Vicente López ycuyo objetivo es apoyar y promover la producción creativa de artistas, escritores, artesanos y agentes culturales, quedando acargo del Municipio la implementación, ejecución y seguimiento del programa dirigido al otorgamiento de las becas que seránasignadas mediante concurso, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Participación que obra agregado en el Expte. No4119-000741/2019.Que, en la ejecución del programa el municipio aportará la suma de $300.000 (PESOS TRESCIENTOS MIL) equivalente a 10 becasde $30.000 (PESOS TREINTA MIL) cada una, destinadas a artistas, escritores, artesanos y agentes culturales en dos categorías:Becas Individuales y Becas para Proyectos Grupales. Dicha suma será debitada de la Jurisdicción 1110123000 Secretaria deCultura y Turismo de la Municipalidad de Vicente López Programa 67.12.00.Que, habiendo analizado las presentes actuaciones y de conformidad a las disposiciones del articulo 41° del Decreto Ley 6769/58y modificatorias.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°: HOMOLOGASE el Convenio de Colaboración entre el Fondo Nacional de las Artes y el Municipio de Vicente Lopezpara las BECAS A LA CREACION Y FORMACION 2019.ARTICULO 2°: MODIFICASE el artIculo 3°: Inscripción, del Reglamento de Participación el que quedara redactado de la siguienteforma:"ARTICULO 3°: INSCRIPCION La inscripción se llevará a cabo desde el 25 de abril de 2019 hasta el 17 de junio de 2019.Deberá realizarse en forma virtual mediante carga de Formulario de inscripción que se encontrará en la web oficial delMunicipio de Vicente Lopez: www.vicentelopez.gov.ar por el plazo establecido. Las consultas podrán realizarse al [email protected] o por teléfono al 011 4513-9856 (Sra. Milagros Gallo)".ARTICULO 3°: El exordio forma parte de la presente Ordenanza.ARTICULO 4°: ComunIquese al Departamento Ejecutivo

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS SEIS DIASDEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin Anexo

    Ordenanza Nº 36510

    Vicente López, 19 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Aceptando la donación de 3 Mini PC marca CX Venus 13, 3 monitoes marca Samsung y 3 Kit de teclado y mouse, elementosnuevos con destino a la Dirección del Hospital Municipal "Prof. Dr. B. Houssay" dependiente de la Secretaria de Salud, por partedel Rotary Club La Lucila.-

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 4

  • Ordenanza Nº 36511

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio sito en la calle J.Hernández 4581.-

    Ordenanza Nº 36512

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad frente al domicilio sito en la calle Leandro N.Alem 3010 Munro.-

    Ordenanza Nº 36513

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad frente a su domiciliio sito en la calle Vieytes265 Villa Martelli.-

    Ordenanza Nº 36514

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad frente al domicilio sito en la calle Malaver3926, Munro.-

    Ordenanza Nº 36515

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio sito en la calle FrayCayetano Rodríguez 4030 Villa Adelina.-

    Ordenanza Nº 36516

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calle Beiro2841 Olivos.-

    Ordenanza Nº 36517

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calle GasparCampos 1763, Vicente López.-

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 5

  • Ordenanza Nº 36518

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a la empresa Correo Andreani s.a, con domicilio en Av. Maipú 1901 Vicente López, a realizar a su cargo laconstrucción de una dársena de estacionamiento para ascenso y descenso frente al domicilio mencionado.-

    Ordenanza Nº 36519

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calleAzcuénaga 694 Vicente López.-

    Ordenanza Nº 36520

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente a la domicilio ubicado en la calleDorrego 4205 de Munro.-

    Ordenanza Nº 36521

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Derogando en todos sus términos la Ordenanza N° 33345. Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona condiscapacidad frente al domicilio ubicado en la calle Esmeralda 4605 de Florida.-

    Ordenanza Nº 36530

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Reconociendo de Legítimo Abono a favor de la Universidad de Buenos Aires, por el dictado del Ciclo Básico Común en el CentroUniversitario Vicente López correspondiente al mes de diciembre 2018, paritaria docente y SAC 2° cuota.-

    Ordenanza Nº 36531

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    Ref. Exptes. N°: 0371/2019 H.C.D.4119-2332/2019 D.E.

    VISTO: Homologando Convenio entre el D.E. y Profesionales de la Asociación Anestesia, Analgesia y Reanimación de Bs. As., confecha 15 de marzo del corriente, y;CONSIDERANDO: Que el objeto del mismo radica en la homologacion por este Concejo Deliberante del convenio suscripto el día15 de marzo de 2019 con profesionales asociados a la Asociación de Anestesia, Analgesia y Reanimación de Buenos Aires(AAARBA), para la prestación de servicios médico-asistenciales en el Hospital Municipal "Prof. Dr. BemardoHoussay" dependiente de la Secretaria de Salud.Que, el Convenio aludido se firmó en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 4459/18, mediante el cualdeclara vigente las potestades dispuestas por conducto de su similar el Decreto N° 2784/2005, que faculta a la Secretaria deSalud a la adopción de medidas tendientes a garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de anestesia para lospacientes del Hospital Municipal "Prof Dr. Bernardo Houssay" y del Hospital y Maternidad "Santa Rosa".Que, el Convenio cuya duración es de un año, contado a partir del 1° de enero de 2019, establece que los prestadoresse comprometen a realizar todas las anestesias programadas y de urgencias en forma de guardia activa, durante las 24 hs de los365 dIas del año de acuerdo a la necesidad que determine la Secretaria de Salud, el médico interno de guardia y/o el Directordel Hospital Municipal; que siendo los médicos anestesiólogos profesionales autónomos no tienen ningún tipo de relación de

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 6

  • empleo con la Municipalidad y que las prestaciones serán facturadas mensualmente a través de la Asociación de Anestesia,Analgesia y Reanimación de Buenos Aires (AAARBA), que tomará a su exclusivo cargo un seguro de responsabilidad civil quecubra los probables riesgos emergentes que se produjera durante la prestación del servicio ya sea por mala praxis médica ocualquier ilícito. Asimismo, se establecen sanciones pecuniarias a los prestadores en caso de incumplimiento en sus funciones.(Cláusula 14°).Que, la Asociacion de Anestesia, Analgesia y Reanimación de Buenos Aires (AAARBA), actual prestataria de este servicio, vienecumpliendo el mismo a entera satisfaccion y con excelentes resultados; y que habiendo realizado el Municipio una evaluacion delos costos del servicio, los mismos responden a los habituales de mercado y resultan de evidente conveniencia para la Comuna.Que, se registran antecedentes de anteriores convenios celebrados con la citada asociación, los que han sido oportunamentehomologados por este Concejo.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°: HOMOLOGASE el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y Profesionales asociados a la Asociación deAnestesia, Analgesia y Reanimación de Buenos Aires (AAARBA), con fecha 15 de marzo de 2019, para la prestación de ServiciosMedico-Asistencial en la especialidad de anestesia, en el Hospital Municipal "Prof Dr. B. A. Houssay" dependiente de la Secretariade Salud.ARTICULO 2°: El exordio de la nota de remisión forma parte de la presente Ordenanza.ARTICULO 3°: FACULTASE a! Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias. -ARTICULO 4°: ComunIquese al Departamento Ejecutivo.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS SEIS DIASDEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Ordenanza Nº 36532

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    Ref. Exptes. N°: 0382/2019 H.C.D.4119-2291/2019 D.E.

    VISTO: El anteproyecto por el que el Departamento Ejecutivo solicita la homologación del Convenio Marco de Cooperación entreLa Municipalidad de Vicente López y el Instituto Superior de Formación Docente y Técnico Pinos de Anchorena con fecha 17 deabril del corriente alto, y;CONSIDERANDO: Que el Instituto Superior de Formación Docente y Técnico Pinos de Anchorena, es una institución educativaterciaria con articulación universitaria en carreras de educación y salud, líder en el segmento Educación Superior noUniversitaria, con más de 5700 egresados, insertos en el mundo laboral. Este Instituto ha sido distinguido por la AcademiaMundial de Educación, El Consejo Iberoamericano y el Parlamento Internacional de Educación siendo el Instituto Superior máspremiado en Latinoamérica.Que, el objeto del presente convenio marco es establecer relaciones de colaboración mutuas en la programación deacciones tendientes a lograr aportes concretos en las áreas de docencia, extensión, capacitación, desarroilo de proyectos deinvestigación, convenios especificos —asistente gerontológico, técnicos en análisis clínicos y extracción de sangre- y/o cualquierotro que resulte de interés común para el desarrollo potencial de las partes que suscriben el convenio, las que se implementaránmediante los correspondientes acuerdos específicos.Que, la duración del convenio es de dos años desde su suscripción, renovándose automáticamente por periodos iguales.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°: HOMOLOGANSE el Convenio Marco de Cooperación suscripto por el Departamento Ejecutivo y el Instituto Superiorde Formación Docente y Técnico Pinos de Anchorena Vicente López y esta Comuna, con fecha 17 de abril de 2019.ARTICULO 2°: Mediante nota de estilo, cursase copia del presente al Instituto Superior de Formación Docente y Técnico PinosAnchorena Vicente López.ARTICULO 3°: ComunIquese al Departamento Ejecutivo.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS SEIS DIASDEL MES DE JUNI0 DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 7

  • Ordenanza Nº 36533

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando la colocación de 4 hileras de tachas reflectivas de cordón a cordón generando camas de seguridad vial, las queactuarán como reductores de velocidad, en la intersección de las calles Roma y La Rioja de La Lucila.-

    Ordenanza Nº 36534

    Vicente López, 26 de junio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando la colocación de un cartel circular fondo blanco con una estrella amarilla, en la acera S-E de la Av. San Martín y DeánFunes.-

    Ordenanza Nº 36535

    Vicente López, 27 de junio de 2019

    Ref. Exptes. N° 0407/2019 H.C.D.4119-1044/19 D.E.

    VISTO: Los Expedientes de referencia en virtud de los cuales el Departamento Ejecutivo solicita la autorización paraconcertar con la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Economla, un préstamo para la ejecución del Proyecto"Mejorar la seguridad del Municipio-Adquisicion de LICENCIAS", y;CONSIDERANDO: Que la adquisición de las 350 LICENCIAS DE SOFTWARE ANALISIS INFORMATICO DE VIDEO están destinadas a!Centro de Monitoreo Urbano dependiente de la Secretaria de Seguridad de la Municipalidad de Vicente López en pos de mejorarla seguridad del municipio a la vez de contar con más herramientas de analisis de video forense por cámara.Que, el software de análisis de video brindará una solución completa para los diversos requerimientos de análisis deimágenes de video captadas por cámaras de seguridad, conteniendo las siguientes caracterIsticas fundamentales: a) deteccionesy alerta en tiempo real: detección de eventos en tiempo real mediante reglas prefijadas de movimiento de personas, vehículos yobjetos; b) Búsqueda de video: recuperación y análisis de video grabado mediante filtros de parámetros de búsqueda de manerasimultánea en más del 60 por ciento del parque de cámaras; c) Inteligencia de negocios: análisis estadistico automatizado parapresentar volúmenes de tránsito, tendencias y patrones de movimiento de personas o vehículos ofreciendo herramientas devisualización como tablas, gráficos y mapas térmicos; d) tres años de soporte directo del fabricante del software.POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ORDENANZA PREPARATORIA

    ARTICULO 1°: AutorIzase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio deEconomla, un préstamo por la suma total de pesos $17.723.785 (PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MILSETECIENTOS OCHENTA Y CINCO) para la ejecución del Proyecto "Mejorar la seguridad del Municipio-Adquisición de LICENCIAS",monto que se ajustará en el momento de la firma del Contrato de adjudicación del Proyecto.ARTICULO 2°: El préstamo que se autoriza a contraer por el artIculo anterior, en el marco del Programa Provincial de Desarrollosegún lo dispuesto por el Decreto N° 541/15 y su reglamentación, estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:El porcentaje de Financiamiento del Programa es de hasta el 75% (setenta y cinco por ciento) del monto total del Proyecto. Elmunicipio deberaá aportar los recursos resultantes que garanticen la ejecución del 100% (cien por ciento) del Proyecto.Amortización: El capital se cancelará en su totalidad, en un único pago, a los 4 (cuatro) años contados a partir de la fecha delprimer desembolso.Interés: La tasa de interés será el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más $1.000.000 (un millón de pesos) de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) dias, -Badlar Bancos Privados - o aquella que en el futuro lasustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desdelos 5 (cinco) días hábiles bancarios anteriores al inicio decada período de interés y hasta los 5 (cinco) dias hábiles bancarios anteriores al vencimiento de cada servicio de interés con unlímite máximo del 12% (doce por ciento), utilizándose la convención de intereses de días reales sobre 365 (trescientos sesenta ycinco) días.Los intereses se pagarán semestralmente, devengándose a partir de la fecha de cada desembolso, no siendo capitalizables.ARTICULO 3°: Los fondos del préstamo serán afectados integra y exclusivamente a la ejecución del proyecto incluido en elPrograma Provincial de Desarrollo "Mejorar la seguridad del Municipio-Adquisicion de LICENCIAS".ARTICULO 4°: Los recursos provenientes del préstamo seran depositados en una cuenta corriente bancaria denominada"Programa Provincial de Desarrollo - Municipio de Vicente López - Proyecto N° 11901", que se habilitará en el Banco de la

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 8

  • Provincia de Buenos Aires.ARTICULO 5°: Aféctense los fondos de coparticipación provincial que correspondan a este Municipio, como medio de pago ygarantía del cumplimiento del convenio de préstamo, autorizándose a la Provincia a retener las sumas necesarías para cubrir elpago de amortizaciones, intereses o eualquier otro gasto que se origine con motivo del convenio de préstamo.ARTICULO 6°: Créase la partida e incorpórese al presupuesto los recursos necesarios para atender el pago de:a) la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el período de ejecución del proyecto y;b) el servicio de amortización e intereses del empréstito, del proyecto detallado en el Artículo 3°El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamohasta su total cancelación.ARTICULO 7°: AutorIzase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Préstamo y toda otra documentación que resultenecesaria para la concreción del Proyecto identificado en el articulo 1° de la presente, en el marco del Programa Provincial deDesarrollo, Decreto N° 541/15 y su reglamentación.ARTICULO 8°: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la repartición correspondiente, procederá a realizar la ejecución delProyecto identificado en el artículo 3° de la presente Ordenanza conforme a las normas, reglas, trámites, operatoriasy procedimientos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios establecidos en el convenio de préstamo. ARTICULO 9°: Gírese la presente y dése la intervención que corresponda a los organismos y/o reparticiones provinciales y/onacionales, establecidos conforme a lo dispuesto en la normativa legal vigente.ARTICULO 10°: El Anexo adquisicion de Bienes y el Anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza.ARTICULO 11°: Convóquese a Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.ARTICULO 12°: COMUNIQUESE a! Departamento Ejecutivo.

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexos

    Ordenanza Nº 36536

    Vicente López, 27 de junio de 2019

    Ref. Exptes. N° 0408/20 19 H.C.D.4119-0967/19 D.E.

    VISTO: Los Expedientes de referencia en virtud de los cuales el Departamento Ejecutivo solicita la autorización paraconcertar con la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Economla, un préstamo para la ejecución del Proyecto"mejorar la seguridad del Municipio-Adquisición de cámaras", y;CONSIDERANDO: Que la necesidad de adquirir 509 (QUINIENTAS NUEVE) cámaras de seguridad para ampliar el parque decámaras con que cuenta el municipio at mismo tiempo que reponer obsoletas o destruidas.Que, dicha ampliacion, es de vital importancia para aquellos proyectos aprobados para el presente año como tambiénpara lograr el objetivo de alcanzar 1700 distribuidas por todo el municipio, en especial para adecuar la capacidad de respuestafrente a diferentes hechos delictivos, continuando en la dirección de incorporar la ültima tecnología en materia de seguridad ytrabajo conjunto en beneficio de la comunidad del partido de Vicente López.Que, de acuerdo a la experiencia adquirida en los últimos años, y teniendo en cuenta los avances tecnológicos en materia devideo vigilancia; ademas que las cámaras a ser adquiridas gozan de la calidad y garantia suficientes según los estandaresinternacionales y que la empresa proveedora observa con atención el crecimiento tecnológico y la apuesta del municipio por serun modelo en el uso de tecnologIa aplicada a seguridad.Que, para el presente año adquirir estas 509 (quinientas nueve) cámaras representan una oportunidad razonable desdela generalidad del mercado de video vigilancia, ventajosa desde el punto de vista económico-financiero, y equitativa y eficienterespecto a la vinculación comercial con la empresa proveedora.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ORDENANZA PREPARATORIA

    ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio deEconomía, un préstamo por la suma total de pesos $33.407.668 (PESOS TREINTA Y TRES MILLONES CUATROSCIENTOS SIETE MILSEISCIENTOS SESENTA Y OCHO) para la ejecución del Proyecto "Mejorar la seguridad del Municipio-Adquisición de cámaras",monto que se ajustará en el momento de la firma del Contrato de adjudicación del Proyecto.ARTICULO 2°: El préstamo que se autoriza a contraer por el artículo anterior, en el marco del Programa Provincial de Desarrollosegún lo dispuesto por el Decreto N° 541/15 y su reglamentación, estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:El porcentaje de Financiamiento del Programa es de hasta el 75% (setenta y cinco por ciento) del monto total del Proyecto. Elmunicipio deberá aportar los recursos resultantes que garanticen la ejecución del 100% (cien por ciento) del Proyecto.Amortización: El capital se cancelará en su totalidad, en un único pago, a los 4 (cuatro) años contados a partir de la fecha delprimer desembolso.Interés: La tasa de interés será el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más $1.000.000(un millón de pesos) de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días, -Badlar Bancos Privados - o aquella que en el futuro lasustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 9

  • los 5 (cinco) días hábiles bancarios anteriores al inicio de cada periodo de interés y hasta los 5 (cinco) días hábiles bancariosanteriores al vencimiento de cada servicio de interés con un límite máximo del 12% (doce por ciento), utilizándose la convenciónde intereses de días reales sobre 365 (trescientos sesenta y cinco) días.Los intereses se pagaran semestralmente, devengándose a partir de la fecha de cada desembolso, no siendo capitalizables.ARTICULO 3°: Los fondos del préstamo serán afectados integra y exclusivamente a la ejecución del proyecto incluido en elPrograma Provincial de Desarrollo "Mejorar la seguridad del Municipio-Adquisición de cámaras".ARTICULO 4°: Los recursos provenientes del préstamo serán depositados en una cuenta corriente bancaria denominada"Programa Provincial de Desarrollo - Municipio de Vicente López - Proyecto N° 11901", que se habilitará en el Banco de laProvincia de Buenos Aires.ARTICULO 5°: Aféctense los fondos de coparticipación provincial que correspondan a este Municipio, como medio de pago ygarantia del cumplimiento del convenio de préstamo, autorizándose a la Provincia a retener las sumas necesarias para cubrir elpago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del convenio de préstamo.ARTICULO 6°: Créase la partida e incorpórese al presupuesto los recursos necesarios para atender el pago de:a) la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el período de ejecución del proyecto y;b) el serviclo de amortización e intereses del empréstito del proyecto detallado en el Articulo 3°.El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamohasta su total cancelación.ARTICULO 7°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Préstamo y toda otra documentacion que resultenecesaria para la concreción del Proyecto identificado en el artículo 1° de la presente, en el marco del Programa Provincial deDesarrollo, Decreto N° 541/15 y su reglamentación.ARTICULO 8°: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la repartición correspondiente, procederá a realizar la ejecución delProyecto identificado en el artIculo 3° de la presente Ordenanzá conforme a las normas, reglas, trámites, operatoriasy procedimientos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios establecidos en el convenio de préstamo.ARTICULO 9°: Gírese la presente y dese la intervención que corresponda a los organismos y/o reparticiones provinciales y/onacionales, establecidos conforme a lo dispuesto en la normativa legal vigente.ARTICULO 10°: Los Anexos I, II y III forman parte integrante de la presente Ordenanza.ARTICULO 11°: Convóquese a Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.ARTICULO 12°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo.

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexos

    Ordenanza Nº 36537

    Vicente López, 27 de junio de 2019

    Ref. Exptes. N° 0409/20 19 H.C.D.4119-6592/18 D.E.

    VISTO: Los términos de la Ordenanza Preparatoria N° 36427 promulgada por Decreto N° 1668 de 22 de Abril de 2019, por mediode la cual se faculta al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un empréstito de hasta lasuma de $150.000.000 (Pesos Ciento Cincuenta Millones), y;CONSIDERANDO: Que tomado conocimiento de la referida Ordenanza, el Banco Provincia decide mejorar las condiciones definanciarniento, lo que comunica a este municipio por nota de fecha 8 de Mayo de 2019.Que, resultando beneficioso a los intereses de la Comuna, deviene procedente aceptar las mismas, en lo referente al plazo, tasainterés y período de gracia, según detalle:Plazo: Hasta 48 meses.Tasa interés: tasa fija 27% TNAV.Período de gracia: Solo para el caso de financiación de obras el municipio puede optar por 6 o 12 meses de gracia para el pagodel capital.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ORDENANZA PREPARATORIA

    ARTICULO 1°: REEMPLAZASE dentro del Artículo 2° de la Ordenanza N° 36427, lo referente a Plazo y Tasa de interés aplicable,debiendo considerarse:Plazo: Hasta 48 meses.Tasa de interés aplicable: tasa fija 27% TNAV

    ARTICULO 2°: INCORPORESE al Artículo 2° de la Ordenanza N° 36427 lo siguiente:Período de gracia: solo para el caso de financiación de obras el municipio puede optar por 6 o 12 meses de gracia para el pagodel capital.

    ARTICULO 3°: MANTIENESE FIRME en todos sus términos el resto del Articulado de la Ordenanza N° 36427, la que como Anexo I,

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 10

  • forma parte integrante de la presente Ordenanza.

    ARTICULO 4°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo.

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Ordenanza Nº 36538

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Aceptando la donación de 1 Bomba extractora de leche materna marca Latinar, con destino al Servicio de Lactancia del Hospital yMaternidad Santa Rosa, dependiente de la Secretaria de Salud, por parte del Servicio de Voluntarias del citado nosocomio.-

    Ordenanza Nº 36539

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Aceptando la donación de 1 negatoscopio, con destino al Servicio de Gastroenterología del Hospital Municipal "Prof. Dr. B.A.Houssay", dependiente de la Secretaria de Salud, por parte del Servicio de la firma Gastrotex srl.-

    Ordenanza Nº 36540

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Aceptando la donación efectuada por el Club de Padres del Jardín Maternal Municipal N° 6, consistente en 1 mesa en forma de U,para la Sala de Bebés, con destino al Jardín Maternal Municipal N° 6.-

    Ordenanza Nº 36541

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Aceptando la donación de 1 Heladera marca Zenith bajo mesada y 1 Calefactor marca Liliana tipo Split, con destino al Hospital yMaternidad Santa Rosa, dependiente de la Secretaria de Salud, por parte de la Asociación de Profesionales del citadonosocomio.-

    Ordenanza Nº 36543

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Reconoce Legítimo Abono a la empresa Corpal srl por pagos adeudados en virtud de la contratación de servicios de alquiler decamión volcador con chofer, para el traslado de residuos al CEAMSE entre los días 3 de mayo al 5 de junio inclusive del año2018.-

    Ordenanza Nº 36550

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    Ref. Expte. N°: 0445/20 19 H.C.D.4119-5285/2018 D.E.

    VISTO: el anteproyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo que propone la homologación de la prórroga delcontrato de locación de calle Anchorena 721/725 para el funcionamiento de la Delegación La Lucila, y;CONSIDERANDO: que el contrato de locación de los dos inmuebles que albergan a la Delegación de La Lucila venció en fecha 31

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 11

  • de marzo de 2019, por lo que los titulares del inmueble Sres. Luis R. Caballero, Elsa Ernestina Álvarez, Juan José Caballero,Alberto Eduardo Caballero y Carlos Ricardo Caballero y la Municipalidad de Vicente López, firmaron en una prórroga del mismoen fecha 9 de mayo de 2019.Que, dicha prórroga —según lo dispuesto en la cláusula segunda- tiene una duración de doce meses contados a partir del 1° deabril de 2019, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el 31 de marzo de 2020.Que, a su vez, según cláusula sexta de la prórroga el destino de los inmuebles continuará siendo el de Delegación Municipal LaLucila, sin poder ser utilizada para otro fin.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°.- HOMOLOGASE la prórroga del Contrato de Locación suscripto con fecha 09 de mayo de 2019, entre Luis R.Caballero, Elsa Ernestina Alvarez, Juan José Caballero, Alberto Eduardo Caballero y Carlos Ricardo Caballero conla Municipalidad de Vicente López, respecto del inmueble ubicado en la calle Anchorena 721/725, de La Lucila, lugar defuncionamiento de la Delegación Municipal La Lucila.ARTICULO 2°.- Comuniquese al Departamento Ejecutivo.-

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS CUATRODIASDEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Ordenanza Nº 36552

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    Ref. Exptes. N°: 0400/2019 H.C.D.4119-2334/2019 D.E.

    VISTO: homologando el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa de Trabajo y Servicio MédicoSERMED LTDA., con fecha 14/03/19 para la prestación de Servicio de Anestesia en el Hospital y Maternidad Santa Rosa, y;CONSIDERANDO: que el referido Convenio se firmó en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 4459/18, medianteel cual declara vigente las facultades fijadas por conducto de su similar N° 2784/05, a través del cual confiere a la Secretaria deSalud a adoptar las medidas tendientes a garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de anestesia para lospacientes del Hospital Municipal "Prof. Dr. B.A. Houssay" y del Hospital y Maternidad "Santa Rosa".Que, la Cooperativa de Trabajo de Servicios Medicos SERMED Ltda., actual prestataria de este servicio, viene cumpliendoel mismo a entera satisfacción y con excelentes resultados; que asimismo realizada una valoracion de costos, los mismosresponden a los habituales de mercado y de evidente conveniencia para el Municipio.Que, dicha suscripción obedeció a la necesidad de dar cobertura a las anestesias programadas y de urgencia, que se llevana cabo los 365 días del año en el Hospital y Maternidad Santa Rosa.Que, se registran antecedentes en relación a la suscripción de convenios como el presente, los que han sido homologados poreste Cuerpo.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°.- HOMOLOGASE el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa de Trabajo de ServiciosMédicos SERMED Ltda., con fecha 14 de marzo de 2019, para la prestación de Servicios Médico - Asistencial en la especialidadde anestesia, en el Hospital y Matemidad "Santa Rosa", dependiente de la Secretaria de Salud.ARTICULO 2°.- El exordio de la nota de remisión forma parte de la presente Ordenanza.ARTICULO 3°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias.ARTICULO 4°.- ComunIquese al Departamento Ejecutivo.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS CUATRODIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 12

  • Ordenanza Nº 36553

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    Ref. Exptes. N°: 0410/2019 H.C.D.4119-2335/2019 D.E.

    VISTO: homologando elConvenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa SERMED LTDA., con fecha 14/03/19para el servicio médico de anestesias pediatricas de urgencia y programadas en el Hospital Municipal Houssay, y;CONSIDERANDO: que el referido Convenlo se firmó en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 4459/18, medianteel cual declara vigente las facultades fijadas por conducto de su similar N° 2784/05, a través del cual confiere a la Secretaria deSalud a adoptar las medidas tendientes a garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de anestesia para lospacientes del Hospital Municipal "Prof Dr. Bemardo A. Houssay" y del Hospital y Maternidad "Santa Rosa".Que, dicha suscripción obedecio a la necesidad de dar cobertura a las anestesias pediátricas de urgencia y programadas quese realizan en el Hospital Municipal "Prof. Dr. Bernardo A. Houssay", ante la dimisión presentada por el profesional que efectuabalas mismas.Que, la Cooperativa de Trabajo de Servicios Médicos SERMED Ltda., actual prestataria de este servicio en el Hospitaly Maternidad Santa Rosa, viene cumpliendo el mismo a entera satisfacción y con excelentes resultados; que asimismo realizadauna valoracion de costos, los mismos responden a los habituales de mercado y de evidente conveniencia para el Municipio.Que, se registran antecedentes en relacion a la suscripción de convenios como el presente, los que han sido homologados poreste Cuerpo.POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°.- HOMOLOGASE el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa de Trabajo de ServiciosMédicos SERMED Ltda., con fecha 14 de marzo de 2019, para la prestación de Servicios Médico - Asistencial en la especialidadde anestesias, pediatrícas de urgencia y programadas, en el Hospital Municipal "Prof. Dr. B.A. Hussay, dependiente de laSecretaria de Salud.ARTICULO 2°.- El exordio de la nota de remisión forma parte de la presente Ordenanza.ARTICULO 3°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias.ARTICULO 4°.- ComunIquese al Departamento Ejecutivo.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS CUATRODIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Ordenanza Nº 36554

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    Ref. Exptes. N°: 0411/2019 H.C.D.4119-2336/2019 D.E.

    VISTO: Homologando el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa de Trabajo y Servicio MédicoSERMED LTDA., con fecha 14/03/19 para la prestación de servicio de anestesias programadas en el Hospital Municipal Houssay,y;CONSIDERANDO: Que el referido Convenio se firmó en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 4459/18, medianteel cual declara vigente las facultades fijadas por conducto de su similar N°2784/05, a través del cual confiere a la Secretaría deSalud a adoptar las medidas tendientes a garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de anestesia programadapara los pacientes del Hospital Municipal "Prof Dr. B. A. Houssay".Que, la Cooperativa de Trabajo de Servicios Médicos SERMED Ltda.., actual prestataria de este servicio, viene cumpliendo elmismo a entera satisfacción y con excelentes resultados; que asimismo realizada una valoración de costos, los mismosresponden a los habituales de mercado y de evidente conveniencia para el Municipio.Que, dicha suscripción obedeció a la necesidad de dar cobertura a las anestesias programadas a cirugías de baja, media yalta complejidad, que se llevan a cabo de lunes a viernes en el Hospital Municipal "Prof Dr. B. A. Houssay".Que, se registran antecedentes en relación a la suscripción de convenios como el presente, los que han sido homologados poreste Cuerpo.

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 13

  • ARTICULO 1°: HOMOLÓGASE el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa de Trabajo de ServiciosMédicos SERMED Ltda., con fecha 14 de marzo de 2019, para la prestación de anestesias programadas, en el Hospital Municipal"Prof Dr. B. A. Houssay", dependiente de la Secretaría de Salud.ARTICULO 2°: El exordio de la nota de remisión forma parte de la presente Ordenanza.ARTÍCULO 3°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias.ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS CUATRODÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin anexo

    Ordenanza Nº 36555

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    Ref. Exptes. N°: 443/2019 H.C.D.4119-104 1/20 19 D .E.

    VISTO: El proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo por el cual se solicita la homologación del Conveniode Cooperación Técnica entre la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de la Provincia de Buenos Aires (A.I.E.P.B.A.) y LaMunicipalidad de Vicente López suscripto con fecha 3 de abril de 2019, y;CONSIDERANDO: Que A.I.E.P.B.A. resulta ser una Asociación de Institutos de Enseñanza Privada, fundada en el año 1956, con elobjetivo de beneficiar a la educación de gestión privada a través del desarrollo e implementación de una plataforma informática,la cual brinda la posibilidad de centralizar numerosas herramientas de gestión de los procesos administrativos pedagógicos delas instituciones escolares asociadas.Que, a través de esta Plataforma, procura generar eficiencia, menor inversión de energía y recursos económicos en lagestión diaria de las instituciones, en beneficio de sus usuarios resguardando los datos y la confidencialidad de cadaestablecimiento. Que, el Municipio a través de la implementación de la "Plataforma A.I.E.P.B.A. Comenius" contará con grandes beneficios alcentralizar en un solo lugar, numerosas herramientas de gestión de los procesos administrativos y educativos de susinstituciones escolares, obteniendo de esta forma celeridad en los tiempos, optimización en los procesos y disminución deerrores en la carga de datos.Que, por medio de este convenio la A.I.E.P.B.A. asocia a la Municipalidad de Vicente Lopez en forma NO ONEROSA, autorizando deesta manera al uso GRATUITO, no exclusivo, intransferible y permanente de la Plataforma para que sea implementado en lasInstituciones educativas dependientes de la Secretarla de Educación y Empleo del Municipio.Que, la vigencia del mismo es de 1 (un) año a partir de la fecha de su suscripción, renovable automáticamente .Que, las consideraciones establecidas en el acuerdo no generan ningún tipo de compromiso económico y/o financiero entre laspartes.Que, A.I.E.P.B.A. cuenta con la propiedad intelectual exclusiva de la Plataforma. Que, la Secretaria de Educación y Empleo del Municipio tiene a su cargo el desarrollo y la implementación de datos específicosque requiera I.E.P.B.A..Que, para la implementación de la Plataforma ambas partes se comprometen a designar a un referente técnico-funcional para lainteracción entre ellas.Que, A.I.E.P.B.A. aportará un servicio de soporte técnico y funcional, tipo mesa de ayuda para los usuarios, asesoramientomediante mails y a través de su página web, capacitación para las autoridades que tiene a su cargo la ejecución de la plataforma,y entregará al Municipio su Usuario y Clave de Acceso Personal.Que, asimismo A.I.E.P.B.A. dispondrá de un sistema logístico para la gestión, entrega y recepción de la documentación requeridapor los servicios públicos a las instituciones escolares tales como: altas y bajas de personal/rendición de planillasmecanizadas/presentación de formularios C15/planillas y otros trámites frente a lPS. Que, las partes se comprometen a la total confidencialidad de toda la información, datos, documentación y otros elementosque recibieran y que tengan relación con el presente convenio.Que, ninguna de las partes está autorizada para asumir o crear obligaciones en nombre de la otra. Cada una de ellas responderáen forma individual e independiente frente a los compromisos asumidos. No hay responsabilidad solidaria frente a terceros.Que, la difusión en medios de prensa y otros medios públicos deberá hacerse mencionando tanto a AIEPBA como ala Municipalidad, y deberá contar con el consentimiento de ambas partes..

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°: HOMOLOGUESE el Convenio de Cooperacion Técnica entre la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de laProvincia de Buenos. Aires (A.I.E.P.B.A.) y la Municipalidad de Vicente López, suscripto con fecha 3 de abril de 2019.ARTICULO 2°: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo a dar curso favorable y arbitrar los medios necesarios para darcumplimiento al Convenio de Cooperación Técnica suscripto entre la.Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de la

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 14

  • Provincia de Buenos Aires (A.I.E.P.B.A.) y la Municipalidad de Vicente López, hasta su total cumplimiento.ARTICULO 3°: ComunIquese al Departamento Ejecutivo.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS CUATRODIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    Nota: Se publica sin Anexo

    Ordenanza Nº 36557

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calleSargento Cabral 2431 Munro.-

    Ordenanza Nº 36558

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Modifica el artículo 1°de la Ordenanza N° 34124, Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona condiscapacidad con domicilio en la calle Av. Maipú 1584 Florida.-

    Ordenanza Nº 36559

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calleHumaita 381 Villa Martelli.-

    Ordenanza Nº 36560

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, para la detención de la ambulancia y/ovehículo de traslado que asisten al domicilio ubicado en la calle Marconi 5542 Munro.-

    Ordenanza Nº 36561

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calle JulioA. Roca 829 Vicente López.-

    Ordenanza Nº 36562

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calleLisandro de la Torre 1590 Vicente López.-

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 15

  • Ordenanza Nº 36563

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calleDorrego 1839 Olivos.-

    Ordenanza Nº 36564

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Modifica el artículo 1°, por cambio del vehiculo, de la Ordenanza N° 33775, autorizando a reservar espacio de estacionamientopara persona con discapacidad frente al domicilio ubicado en la calle Olaguer y Feliu 2716 Olivos.-

    Ordenanza Nº 36565

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad frente al domicilio ubicado en la calle JoséIngenieros 1147 La Lucila.-

    Ordenanza Nº 36566

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad frente al domicilio ubicado en la calleFrancisco Borges 677 Olivos.-

    Ordenanza Nº 36567

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad frente al domicilio ubicado en la calleBouchard 1230 La Lucila.-

    Ordenanza Nº 36568

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calle V.Vergara 1440 Vicente López.-

    Ordenanza Nº 36569

    Vicente López, 25 de julio de 2019

    ORDENANZA

    Autorizando a reservar espacio de estacionamiento para persona con discapacidad, frente al domicilio ubicado en la calleBogado 1630 Florida.-

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 16

  • Ordenanza Nº 36570

    Vicente López, 31 de julio de 2019

    Ref. Expte. N°: 025 1/2019 H.C.D.

    VISTO: la nota presentada a Fs. 1, por la Unión Propietarios de Taxis, con domicilio en la calle Chacabuco 3365, del barriode Olivos, mediante la cual solicita incremento de tarifas para el funcionarniento de autos de alquiler con Taxímetro; y,CONSIDERANDO: que el ajuste solicitado referente a la tarifa, se debe al desfasaje producido en los costos operativos, debido alaumento de los insumos y gastos de mantentenimiento, de acuerdo a lo expresado por la U.P.T. que asirnismo es de resaltar queel último aumento del servicio fué estipulado por la Ordenanza N° 36.033.Que, ha tomado conocimiento de lo solicitado la SecretarIa de Tránsito, Transporte Público y Seguridad Vial a los finesde proceder a la evaluación de las necesidades y/o propuestas de la U.P.T.Que, luego de realizar un análisis de las presentes actuaciones, esta instancia considera conveniente acceder a lo solicitado.POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

    ORDENANZA

    ARTICULO 1°.- ESTABLEZCASE el nuevo cuadro tarifario de servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, que regirá apartir de la promulgación de la presente Ordenanza de conforrnidad con el siguiente detalle:a) Viaje mínimo $130.b) Bajada de bandera $45.00.c) El valor de la ficha será de $4.50 por cada 130 metros de recorrido.d) El valor del minuto de espera será de $4.50.e) Valija máx. 0.60 x 0.40 x 0.40 cm. Sin cargo.ARTICULO 2°.- Los permisionarios de este servicio, tendrán un plazo de 30 días a los fines de regularizar los relojes indicadoresde tarifas, de conformidad con los nuevos valores previstos en la presente.ARTICULO 3°.- Los vistos y considerandos son parte integrante de la presente Ordenanza.ARTICULO 4°.- COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo.

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOSDIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

    Fdo: Sandá- Zito

    DECRETOS DE

    Decreto Nº 2712/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE No 4119-000061/2019

    Visto

    las ofertas presentadas en el Ilamado a Licitación Privada N° 67 dispuesto por Decreto Nro. 1421/19 para Ia "PROVISIONY COLOCACION DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO EN LA ESCUELA ESPECIAL N° 502", y

    Considerando

    Lo aconsejado por Ia Comisión Permanente de licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 441.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

    DECRETA

    ARTICULO 1°: ADJUDICASE al Sr. Brandt Diego Carlos por un monto total de Pesos setecientos cincuenta mil ($750.000,00), Ia"PROVISION Y COLOCACION DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO EN LA ESCUELA ESPECIAL N° 502", en un todo de acuerdo alPliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares, al Anexo I y a Ia planilla de detallede preadjudicacion obrante a fs. 441.ARTICULO 2°: La suma de pesos setecientos cincuenta mil ($750.000,00) se encuentra registrada en Ia Solicitud de Gastos N° 1-2269 obrante a fs. 49.ARTICULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en Ia Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento decontrato, el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo y en concepto de anticipo financiero, póliza de caución por el 30%(treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.ARTICULO 4°: Refrenden el presente Decreto las Secretarias de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de Gobierno y Legal yTécnica y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5°: Por intermedio de Ia Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinentecontrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para Ia confección de Ia correspondiente Orden de

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 17

  • Compra.ARTICULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarias de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Comprasy Licitaciones y Dirección de Tesoreria), de Gobierno y Legal y Técnica (Subsecretaria de Participación Ciudadana), de Educación yEmpleo y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.ARTICULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hagase saber y oportunamente archivese.

    Fdo: Macri- Botello- Vittorini- Alvarez

    Decreto Nº 2713/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE No 4119 - 002584/2019

    Visto

    El presente expediente mediante el cual se tramita Ia "ADQUISICION DE FRUTAS Y VERDURAS CON DESTINO A LOS JARDINESMATERNALES, JARDINES DE INFANTES, COMEDOR ESCOLAR, CEFL Y ESCUELA DORREGO, dependientes de Ia Secretaria deEducación y Empleo", y

    Considerando

    Que a fs. 16/24 Ia Dirección General de Contaduría confeccionó Ia Solicitud de Gastos N° 1-3997.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Llámese a Licitación Privada N° 117 para Ia "ADQUISICION DE FRUTAS Y VERDURAS CON DESTINO A LOSJARDINES MATERNALES, JARDINES DE INFANTES, COMEDOR ESCOLAR, CEFL Y ESCUELA DORREGO, dependientes de IaSecretaria de Educación y Empleo", en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 28/40 y alPliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 42/49.ARTICULO 2°.- Establécese en Ia suma de Pesos un millón trescientos diecisiete mil trescientos seis con treinta centavos($1.317.306,30) el Presupuesto Oficial para Ia presente Licitación.ARTICULO 3°- Por Ia Dirección de Compras y Licitaciones cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos un mil trescientos diecisiete($1.317,00).ARTICULO 4°.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse Ilegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 18/07/19 a las 11:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Compras y Licitaciones, Contaduría y Tesorería) y deEducación y Empleo.ARTICULO 6°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Alvarez

    Decreto Nº 2714/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE No 4119 - 002622/2019

    Visto

    El presente expediente mediante el cual se tramita Ia "ADQUISICION DE VIVERES SECOS CON DESTINO A LOS JARDINESMATERNALES, JARDINES DE INFANTES, COMEDOR ESCOLAR, CEFL Y ESCUELA DORREGO, dependientes de Ia Secretaria deEducación y Empleo", y

    Considerando

    Que a fs. 15/22 Ia Dirección General de Contaduría confeccionó Ia Solicitud de Gastos N° 1-4145.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Llámese a Licitación Privada N° 119 para Ia "ADQUISICION DE VIVERES SECOS CON DESTINO A LOSJARDINES MATERNALES, JARDINES DE INFANTES, COMEDOR ESCOLAR, CEFL Y ESCUELA DORREGO, dependientes de IaSecretaria de Educación y Empleo", en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 26/34 y al

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 18

  • Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 36/43.ARTICULO 2°.- Establécese en Ia suma de Pesos un millón setecientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno concincuenta centavos ($1.749.751,50) el Presupuesto Oficial para Ia presente Licitación.ARTICULO 3°.- Por Ia Dirección de Compras y Licitaciones cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos un mil setecientos cincuenta($1.750,00).ARTICULO 4°.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 22/07/19 a las 12:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Compras y Licitaciones, Contaduría y Tesorería) y deEducación y Empleo.ARTICULO 6°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Alvarez

    Decreto Nº 2715/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE No 4119-000882/2019

    Visto

    las ofertas presentadas en el segundo Ilamado a Licitación Pública N° 43 dispuesto por Decreto N° 2137/19 para Ia contrataciónde Ia obra "PUESTA EN VALOR DE SALAS DE PARTO EN LA MATERNIDAD SANTA ROSA", y

    Considerando

    Lo aconsejado por Ia Comisión Permanente de licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 1631.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

    DECRETA

    ARTICULO 1°: ADJUDICASE a Ia firma MEJORES HOSPITALES S.A. por un monto de Pesos siete millones trescientos ochenta ysiete mil trescientos ochenta y seis con ochenta y nueve centavos ($7.387.386,89), Ia contratación de Ia obra "PUESTA EN VALORDE SALAS DE PARTO EN LA MATERNIDAD SANTA ROSA", en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales,al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, a Ia Nota Aclaratoria N° 1 y a Ia planilla de detalle de preadjudicación obrantea fs. 1631.ARTICULO 2°: La suma de pesos siete millones trescientos ochenta y siete mil trescientos ochenta y seis con ochenta y nuevecentavos ($7.387.386,89), se encuentra registrada en Ia Solicitud de Gastos Nro. 1-2002 obrante a fs. 68.ARTICULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en Ia Dirección de Tesorería, en concepto de cumplimiento de contrato,póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de Ia misma y en concepto de anticipo financiero, por el 30%(treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.ARTICULO 4°: Refrenden el presente Decreto las Secretarias de Salud, de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y deHacienda y Finanzas.ARTICULO 5°: Por intermedlo de Ia Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinentecontrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para Ia confección de Ia correspondiente Orden deCompra.ARTICULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarias de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Comprasy Licitaciones y Dirección de Tesorería), de Salud y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos (Dirección General de ObrasMunicipales, quien notificará al interesado).ARTICULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Tejo- Botello- Alvarez

    Decreto Nº 2716/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4119 - 003336/2019

    Visto

    El presente expediente mediante el cual se tramita Ia "ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO PARA NUEVA GUARDIA PEDIATRICA condestino al Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay, dependiente de Ia Secretaria de Salud", y

    Considerando

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 19

  • Que a fs. 32/33 Ia Dirección General de Contaduría confeccionó Ia Solicitud de Gastos N° 1-4882.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Llámese a Licitación Privada N° 118 pare Ia "ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO PARA NUEVA GUARDIA PEDIATRICAcon destino al Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay, dependiente de Ia Secretaría de Salud", en un todo de acuerdo al Pliegode Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 23/30 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 35/42.ARTICULO 2°.- Establécese en Ia suma de Pesos un millón trescientos cuarenta y siete mil ochocientos diecisiete ($1.347.817,00)el Presupuesto Oficial para Ia presente Licitación.ARTICULO 3°.- Por Ia Dirección de Compras y Licitaciones cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos un mil trescientos cuarenta y ocho($1.348,00).ARTICULO 4°.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse Ilegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 22/07/19 a las 11:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Compras y Licitaciones, Contaduría y Tesorería) y deSalud.ARTICULO 6°.- Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Alvarez

    Decreto Nº 2717/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4119- 003058/2019

    Visto

    El presente expediente mediante el cual se tramita la obra "SISTEMA DE PUESTA A TIERRA PARA LAS COLUMNAS DEALUMBRADO PUBLICO EN LAS ARTERIAS PRINCIPALES - ZONA OESTE DEL PARTIDO", y

    Considerando

    La Solicitud de Gastos No 1-4842 obrante a fs. 31, producida por la Dirección General de Contaduría.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Llámese a Licitación Privada N° 120 para la contratación de la obra "SISTEMA DE PUESTA A TIERRA PARA LASCOLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO EN LAS ARTERIAS PRINCIPALES - ZONA OESTE DEL PARTIDO" en un todo de acuerdo alPliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares obrante a fs. 3/24.

    ARTICULO 2°.- Establécese en la suma de Pesos un millón quinientos mil setecientos cincuenta ($1.500.750,00) el PresupuestoOficial para la presente Licitación.

    ARTICULO 3°.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos un mil quinientos ($1.500,00).

    ARTICULO 4°- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 25/07/19 a las 10:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.

    ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Compras y Licitaciones, Contaduría y Tesorería) y dePlaneamiento, Obras y Servicios Públicos.

    ARTICULO 6°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Alvarez

    Decreto Nº 2718/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE No 4119 - 002621/2019

    Visto

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 20

  • El presente expediente mediante el cual se tramita Ia "ADQUISICION DE LACTEOS CON DESTINO A LOS JARDINES MATERNALES,JARDINES DE INFANTES, COMEDOR ESCOLAR, CEFL Y ESCUELA DORREGO, dependientes de Ia Secretaria de Educación yEmpleo", y

    Considerando

    Que a f's. 7/8 Ia Dirección General de Contaduría confeccionó Ia Solicitud de Gastos N 1-4144.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Llámese a Licitación Privada N° 116 para Ia "ADQUISICION DE LACTEOS CON DESTINO A LOS JARDINESMATERNALES, JARDINES DE INFANTES, COMEDOR ESCOLAR, CEFL Y ESCUELA DORREGO, dependientes de Ia Secretaria deEducación y Empleo", en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 12/18 y al Pliego deBases y Condiciones Generales de fs. 20/27.ARTICULO 2°.- Establécese en Ia suma de Pesos un millón noventa y siete mil trescientos ochenta y nueve con cincuentacentavos ($1.097.389,50) el Presupuesto Oficial para Ia presente Licitación.ARTICULO 3°.- Por Ia Dirección de Compras y Licitaciones cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos un mil noventa y siete ($1.097,00).ARTICULO 4°.- La presentadón y apertura de las propuestas, que deberán hacerse Ilegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 18/07/19 a las 10:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Compras y Licitaciones, Contaduría y Tesorería) y deEducación y Empleo.ARTICULO 6°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archivese.

    Fdo: Macri- Alvarez

    Decreto Nº 2719/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE No 4119 - 002271/2019

    Visto

    El presente expedierite mediante el cual se tramita Ia obra "EJECUCION DE BAÑOS DE DISCAPACITADOS EN ELCENTRO ASTURIANO", y

    Considerando

    Que el presente corresponde a un proyecto votado por los vecinos de Vicente López, conforme Ia manifestado a fs. 54 porIa Subsecretaria de Participación Ciudadana.La Solicitud de Gastos N° 1-4764 obrante a fs. 55, producida por Ia Dirección General de Contaduría.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Llámese a Licitación Privada N° 121 para Ia contratación de Ia obra "EJECUCION DE BAÑOS DE DISCAPACITADOSEN EL CENTRO ASTURIANO" en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones TécnicasParticulares obrante a fs. 3/45ARTICULO 2°.- Establécese en Ia suma de Pesos un millón novecientos mil ($1.900.000,00) el Presupuesto Oficial para Iapresente Licitación.ARTICULO 3°.- Por Ia Dirección de Compras y Licitaciones cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos un mil novecientos ($1.900,00).ARTICULO 4°.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse Ilegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 25/07/19 a las 11:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Compras y Licitaciones, Contaduría y Tesorería) y dePlaneamiento, Obras y Servicios Públicos.ARTICULO 6°.- Dese al Registro de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Alvarez

    Decreto Nº 2720/19

    Publicado en versión extractada

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 21

  • Vicente López, 01 de julio de 2019

    Justificando el gasto originado por la Subsecretaría de Fortalecimiento Comunitario, dependiente de la Secretaría de DesarrolloSocial, en virtud de la adquisición de alimentos no perecederos a Districom Argentina, Distribuidora Mayorista de Comestibles deLuciano A. Libertini, destinados al armado de bolsones a distribuir en los barrios y sectores más vulnerables del municipio,durante los meses de enero a marzo.-

    Decreto Nº 2722/19

    Publicado en versión extractada

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    Aprobando la redeterminación de precios correspondiente a la obra denominada "Construcción de Entubamiento y ObrasComplementarias Aliviador Lavalle" adjudicada a la empresa Centro Construcciones sa, operada en los costos de los insumos apartir de mes de noviembre de 2018 inclusive.-

    Decreto Nº 2723/19

    Publicado en versión extractada

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    Justificando el gasto originado por la prestación de servicios de vigilancia y custodia en el Instituto de Formación y Capacitaciónen Seguridad Pública, dependiente de la Secretaría de Seguridad, correspondiente al mes de abril de 2019. Abónese a la firmaJorge Newbery srl por los servicios prestados.-

    Decreto Nº 2725/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    CORRESPONDE A NOTA N° 2021/2019.-

    Visto

    que por conducto del Decreto N° 2587/2016 y sus modificatorios se creó y se designaron diferentes funcionarios para elfuncionamiento de Ia "Comisión de Asesoramiento de Contrato de Bienes y/o Servicios" referidos al tratamiento de solicitudes deredeterminaciones de precios de expedientes inherentes al área de Salud; y,

    Considerando

    Que es menester proceder a Ia modificación y ampliación de parte de su articulado con el fin de optimizar su funcionamiento,resultando oportuno designar los reemplazos de los integrantes de dicha comisión en caso de ausencia y/o licencia que porel estatuto municipal les corresponda.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ en uso sus atribuciones:

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- ESTABLECESE para el caso de ausencia de alguno de los integrantes de Ia Comisión de Asesoramiento deContratos de Bienes y/o Servicios, que por licencia del estatuto municipal les corresponda, será reemplazado por el Secretario oSubsecretario del área de su incumbencia.ARTICULO 2°.- El titular de Ia Subsecretaria Legal y Técnica en ningún caso podrá reemplazar a los integrantes de Ia comisiónreferida, toda vez que se trata del responsable del Dictamen final del procedimiento. En caso de ausencia del representante de IaSubsecretaria Legal y Técnica, será reemplazado por Ia agente Maria Fernanda Bolter (LP 13800).ARTICULO 3°.- Refrenden el presente los Sres. Secretarios de Gobierno y Legal y Técnica, de Salud y de Hacienda y Finanzas.-ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento todas las Secretarias y Subsecretarías del Departamento Ejecutivo, Ia Dirección General deContaduría y Ia Dirección de Compras y Licitaciones, y mediante nota de estilo comuníquese al Honorable Concejo Deliberante.-ARTICULO 5°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente, ARCHIVESE.-

    Fdo: Macri- Vittorini- Alvarez

    Decreto Nº 2726/19

    Vicente López, 01 de julio de 2019

    Visto

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 22

  • Ia Ordenanza 34394 (Régimen de Empleo Público para el Personal Municipal); y

    Considerando

    Que el artículo 95° de Ia Ordenanza 34394 (Régimen de Empleo Público para el Personal Municipal) autoriza a la administraciónMunicipal a contratar personal transitorio por un plazo determinado, cuando razones de servicio asi lo requieran para Iaejecución de tareas que eventualmente no puedan ser realizadas por personal permanente de Ia Administración;Que se considera necesario proceder a efectuar ciertas modificaciones en las categorías previstas para Ia designación yencasillamiento de personal mensualizado en dicho marco, con vigencia a partir del 01 de Julio de 2019;

    Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de sus atribuciones,

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Créanse a partir del 01 deJulio de 2019, las categorías salariales de "Personal Mensualizado - Ordenanza34394" que se consignan a continuación:

    AGRUPAMIENTO CATEGORIAADMINISTRATIVO SOPORTEADMINISTRATIVO PROFESIONAL

    SALUD SOPORTESERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTO SOPORTE

    SEGURIDAD TRANSITOSEGURIDAD SOPORTESEGURIDAD PROFESIONAL

    DESARROLLO SOCIAL SOPORTECONDUCCION SUPERVISORCONDUCCION JEFECONDUCCION COORDINADORCONDUCCION DIRECTOR

    ARTICULO 2°.- Elimínense desde Ia misma fecha, las categorias salariales de "Personal Mensualizado - Ordenanza 34394" que seconsignan a continuacion:

    AGRUPAMIENTO CATEGORIAADMINISTRATIVO COORDINADOR- ENCARGADO

    SALUD COORDINADOR- ENCARGADOJERARQUICO SUB DIRECTORJERARQUICO DIRECTOR

    SERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTOCOORDINADOR- ENCARGADOSEGURIDAD CONTROLSEGURIDAD COORDINADOR- ENCARGADO

    DESARROLLO SOCIAL COORDINADOR- ENCARGADO

    ARTICULO 3°.- Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Recursos Humanos. ARTICULO 4°.- Tome conocimiento Ia Secretaría de Recursos Humanos - Dirección de Empleos - Dirección de Compensaciones yBeneficios. -ARTICULO 5°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase y hágase saber y oportunamente archivese.-

    Fdo: Macri- Szlapak

    Decreto Nº 2727/19

    Vicente López, 02 de julio de 2019

    Visto

    el Convenio suscripto entre Ia Municipalidad de Vicente López y Ia Provincia de Buenos Aires a través del cual se acuerda Iaadhesión de esta Comuna a Ia implementación del Plan Red Pública de Salud AMBA en el primer nivel de atención; y

    Considerando

    Que dicho plan tiene como finalidad organizar y desarrollar actividades y servicios para mejorar Ia salud de Ia población en elprimer nivel de atención (a través de las Unidades de Atención Primaria - UAPS-), entre ellos los procesos de promoción,prevención y atención sanitaria, y las estrategias de abordaje de los determinantes sociales de Ia salud mediante una

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 23

  • metodología de gestión participativa que incluye a Ia comunidad; conformando una red de cuidados progresivos integrales porniveles de complejidad, con estándares compartidos en toda Ia red, para lograr mayor disponibilidad, acceso, aceptabilidad,calidad y participación social;Que el Plan Red Pública de Salud AMBA busca generar condiciones laborales y competencias profesionales similares en toda Iared, disminuyendo Ia variabilidad entre municipios. Para ello, propone estandarizar y mejorar las condiciones laborales ysalariales de los trabajadores de Ia salud del Primer Nivel de Atención. En términos de nivelaciones, se aumentarán los salariosde aquellos que posean sueldos menores a los propuestos por el estándar de implementación adaptado a Ia Comuna de VicenteLópez;Que por tal motivo, resulta pertinente Ia creación de un adicional específico a tal fin, el cual será de aplicación para el personalde planta permanente y mensualizado de Ia Ordenanza 34394 que se desempeñe con funciones administrativas, deextraccionistas y técnicos de rayos;

    Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de sus atribuciones,

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- Créase a partir del 01 de Mayo de 2019 Ia "Bonificación Nivelación UAPS", de carácter remunerativo,destinada atodo el personal de planta permanente y mensualizado de Ia Ordenanza 34394 que se desempeñe con funcionesadministrativas, de extraccionistas y técnicos de rayos en el marco del Plan Red Pública de Salud AMBA en el primer nivel deatención, el cual se abonará de acuerdo al siguiente detalle:

    Personal Administrativo $ 1.000,00 mensuales Extraccionistas y Técnicos de Laboratorio $ 4.426,84 mensuales

    Se deja constancia que Ia suma estipulada para dicho adicional se calcula en base al monto para alcanzar el estándar salarial deimplementación establecido por Ia mencionada Red para Ia Comuna de Vicente López para cada una de lasfunciones mencionadas, y será actualizado oportunamente por Ia paritaria aplicable al personal de Ia Ordenanza 34394.

    ARTICULO 2°.- Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Recursos Humanos. -

    ARTICULO 3°.- Tome conocimiento Ia Secretaría de Recursos Humanos - Dirección de Empleos - Dirección de Compensaciones yBeneficios.

    ARTICULO 4°.- Dése at Registro Municipal de Decretos, cúmplase y hágase saber y oportunamente archivese.-

    Fdo: Macri- Szlapak

    Decreto Nº 2837/19

    Vicente López, 03 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-001624/2019

    Visto

    las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada N° 83 dispuesto por Decreto N° 1840/19 para la obra "TENDIDOELECTRICO SUBTERRANEO EN PISTA DE BMX EN EL PASEO DE LA COSTA", y

    Considerando

    Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 672.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

    DECRETA

    ARTÍCULO 1°: ADJUDÍCASE a la firma MANTELECTRIC I.C.I.S.A. por un monto total de Pesos un millón ciento noventa y cinco miltrescientos doce ($1.195.312,00), el "TENDIDO ELECTRICO SUBTERRANEO EN PISTA DE BMX EN EL PÁSEO DE LA COSTA", en untodo de acuerdo al Pliego de Especificaciones Legales Especiales, al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y a laplanilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 672.ARTÍCULO 2°: La suma de Pesos un millón ciento noventa y cinco mil trescientos doce ($1.195.312,00), se encuentra registradaen la Solicitud de Gastos Nro. 1-2646 obrante a fs. 26.ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento decontrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero por el30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 8.4 del Pliego de Especificaciones Legales Especiales.ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto los Señores Secretarios de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de Deportes yde Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5°: Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinentecontrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 24

  • Compra.ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Comprasy Licitaciones y Dirección de Tesorería), de Deportes y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.ARTÍCULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Botello- Turnes- Alvarez

    Decreto Nº 2839/19

    Vicente López, 03 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119 — 001948/2019

    Visto

    El Llamado a Licitación Privada N° 100 dispuesto por Decreto N° 2316/19, para la "DEMARCACION HORIZONTAL EN AVENIDAMAIPU ENTRE ZUFRIATEGUI Y ARISTOBULO DEL VALLE", y

    Considerando

    Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 461/462 se han presentado dos oferentes, siendo uno de ellos rechazados en elmismo Acto.Que al resultar una única oferta válida, a fs. 465, la Secretaria de Tránsito, Transporte Público y Seguridad Vial solicita larealización de un segundo llamado a Licitación.Que en virtud de ello, a fs. 466 la Comisión Permanente de Estudios de Propuestas aconseja desestimar la única oferta válidapresentada y realizar un segundo llamado.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- DESESTIMESE la única oferta válida presentada en el primer Llamado a Licitación Privada N° 100, oportunamentedispuesta por Decreto N° 2316/19 en mérito a las razones expuestas en el exordio.

    ARTICULO 2°.- Procédase a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada N° 100 a fin de efectuar la"DEMARCACION HORIZONTAL EN AVENIDA MAIPU ENTRE ZUFRIATEGUI Y ARISTOBULO DEL VALLE", en un todo de acuerdo alPliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 38/57 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 58/65.

    ARTICULO 3°.- Establécese en la suma de Pesos dos millones cuatrocientos cincuenta mil ($2.450.000,00) el Presupuesto Oficialpara la presente Licitación.

    ARTICULO 4°.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos dos mil cuatrocientoscincuenta ($2.450,00).

    ARTICULO 5°.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 19/07/19 a las 11:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.

    ARTICULO 6°.- Refrende el presente los Sres. Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Tránsito, Transporte Público y SeguridadVial.

    ARTICULO 7°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones de Compras y Licitaciones, Tesorería yContaduría) y de Tránsito, Transporte Público y Seguridad Vial.

    ARTICULO 8°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Alvarez- Antiñolo

    Decreto Nº 2840/19

    Vicente López, 03 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4119-001949/2019

    Visto

    las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada N° 98 dispuesto por Decreto N° 2203/19 para la contratación de laobra "REPARACIONES EN CONDUCTO PLUVIAL MALAVER", y

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 25

  • Considerando

    Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 450

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

    DECRETA

    ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a la firma PF COMPAÑÍA CONSTRUCTORA SA por un monto total de Pesos dos millones trescientosnoventa mil quinientos veinte con cuarenta centavos ($ 2.390.520,40), la obra "REPARACIONES EN CONDUCTO PLUVIALMALAVER", en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares y a laplanilla de detalle de preadjudicación de fs. 450.ARTÍCULO 2°: La suma de Pesos dos millones trescientos noventa mil quinientos veinte con cuarenta centavos ($ 2.390.520,40),se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 1-3902 obrante a fs. 49.ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de cumplimiento de contrato,póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero por el 30%(treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto los Señores Secretarios de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienday Finanzas.ARTÍCULO 5°: Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinentecontrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden deCompra.ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Comprasy Licitaciones y Dirección de Tesorería), y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.ARTÍCULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Botello- Alvarez

    Decreto Nº 2841/19

    Vicente López, 03 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4119 — 001719/2019

    Visto

    El Llamado a Licitación Pública N° 53 dispuesto por Decreto N° 1826/19 para la contratación de la obra "SANEAMIENTOHIDRAULICO DIAGONAL PAVON", y

    Considerando

    Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 533/534 se han presentado dos oferentes.Que debido a que la oferta más económica supera en un 21.17% el presupuesto oficial, a fs. 548/9 la Secretaria de Planeamiento,Obras y Servicios Públicos sugiere realizar un segundo llamado a licitación a fin de encontrar una oferta más conveniente a losintereses municipales.Que la Dirección General de Contaduria a fs. 555 realizó la Solicitud de Gastos No 1-4778 correspondiente a las publicaciones delsegundo llamado.Que en consecuencia, la Comisión Permanente de Estudio de Propuestas a fs. 557 aconseja desestimar las ofertas presentadas yproceder a realizar un segundo llamado.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias;

    DECRETA

    ARTICULO 1°.- DESESTIMESE las ofertas presentadas en el primer Llamado a Licitación Pública N° 53, oportunamente dispuestopor Decreto N° 1826/19, en merito a las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2°.- Procédase a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Pública N° 53 para la contratación de laobra "SANEAMIENTO HIDRAULICO DIAGONAL PAVON", en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y deEspecificaciones Técnicas Particulares obrante a fs. 3/50.ARTICULO 3°.- Establécese en la suma de Pesos tres millones trescientos mil ($3.300.000,00) el Presupuesto Oficial para lapresente Licitación.ARTICULO 4°- Publíquense avisos por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en eldiario Sucesos y por un (1) día en el Diario El Cronista Comercial.ARTICULO 5°.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cúrsense invitaciones a las firmas especializadas del ramo,haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos tres mil trescientos($3.300,00). Exceptuase del pago del pliego a los proveedores participantes en el primer llamado.ARTICULO 6°.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en elPalacio Municipal el día 26/07/19 a las 10:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.

    Municipio de Vicente López Boletin Oficial Municipal Pag. 26

  • ARTICULO 7°.- Refrenden el presente Decreto los Sres. Secretarios de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda yFinanzas.ARTICULO 8°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones de Compras y Licitaciones, Tesorería yContaduría) y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.ARTICULO 9°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.-

    Fdo: Macri- Botello- Alvarez

    Decreto Nº 2842/19

    Vicente López, 03 de julio de 2019

    CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-002193/2019

    Visto

    las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada N° 90 dispuesto por Decreto N° 2093/19 para la "PROVISION DEELEMENTOS PARA DEMARCACION HORIZONTAL", y

    Considerando

    Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 257.

    Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

    DECRETA

    ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a la firma LINOTOL ARGENTINA S.A.C.C.I.F., por un monto total de Pesos un millón novecientoscatorce mil doscientos sesenta y cuatro con veinte centavos ($ 1.914.264,20), la "PROVISION DE ELEMENTOS PARADEMARCACION HORIZONTAL", en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases yCondiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 257.ARTICULO 2°: La suma de Pesos un millón novecientos catorce mil doscientos sesenta y cuatro con veinte centavos ($1.914.264,20), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-3638 y 1-4654, obrantes a fs. 20 y 253respectivamente.ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento decontrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma conforme lo establece el artículo 18 delPliego de Bases y Condiciones Particulares.ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto los Señores Secretarios de Transito, Transporte Público y Seguridad Vial y deHacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Comprasy Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Transito, Transporte Público y Seguridad Vial.ARTÍCULO 6°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

    Fdo: Macri- Antiñolo- Alvarez

    Decreto Nº 2845/19

    Publicado en versión extractada

    Vicente López, 03 de julio de 2019

    Aprobando la redeterminación de precios correspondiente a la obra denomin