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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARAMAS COMITÉ ESPECIAL – LEY N° 29230 “OBRAS POR IMPUESTOS” PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2014-CE/MDC 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA 1 PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC (PRIMERA CONVOCATORIA) CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SUPERVISION PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.” CODIGO SNIP 152684 DISTRITO : CARUMAS PROVINCIA : MARISCAL NIETO REGION : MOQUEGUA CARUMAS, AGOSTO DEL 2014 COMITÉ ESPECIAL LEY 29230 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de supervisión del proyecto. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición: Entidad Privada Supervisora: Persona natural o jurídica contratada para supervisar la ejecución del Proyecto. Tratándose de personas jurídicas, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

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COMITÉ ESPECIAL – LEY N° 29230 “OBRAS POR IMPUESTOS”

PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2014-CE/MDC

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ENTIDAD

PRIVADA SUPERVISORA1

PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC (PRIMERA CONVOCATORIA)

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SUPERVISION PARA LA EJECUCION DE LA OBRA:

“MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO

E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL

INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE

CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL

NIETO -MOQUEGUA.”

CODIGO SNIP 152684

DISTRITO : CARUMAS

PROVINCIA : MARISCAL NIETO

REGION : MOQUEGUA

CARUMAS, AGOSTO DEL 2014

COMITÉ ESPECIAL LEY 29230

1 Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de supervisión del proyecto. Para tal efecto, se deberá tener en

cuenta la siguiente definición:

Entidad Privada Supervisora: Persona natural o jurídica contratada para supervisar la ejecución del Proyecto. Tratándose de personas jurídicas, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

Ley N° 29230 - Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación

del Sector Privado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 005-2014-EF - Reglamento de la Ley N°005-2014-EF, en adelante

el Reglamento. Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior. R.D. N° 1109-2013-ED, criterios para la Evaluación de Infraestructura de Intitutos

Superiores Tecnologicos. Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente; Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley N° 27293- Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificadas por las leyes

N° 28522 y 28802; Decreto Legislativo N° 1017 que Aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

Estado, su reglamento y sus respectivas modificatorias; Reglamento de la Ley del SNIP aprobado por el Decreto supremo N° 102-2007-EF; que

modifica al D.S. N° 038-2009/EF. Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, que Aprueba la Directiva General del SNIP,

Directiva N° 01-2011-EF/68.01 y sus modificatorias. Reglamento de Metrados para Obras de Infraestructura. Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). Norma A.120, Accesibilidad para personas con discapacidad. Acuerdo de Concejo Municipal N°032-2014-CM/MDC de fecha 14 de Agosto del 2014

que autoriza la conformación del Comité Especial bajo los alcances de la Ley N° 29230 para el proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora, para la Supervisión de la Obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.” Código SNIP 152684.

Resolución de Alcaldía N° 327-2014-A/MDC de fecha 18 de Agosto del 2014, que constituye el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora, para supervisar la Obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.” Código SNIP 152684.

1.2. CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el numeral 10.4 del artículo 10° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y EXPRESIÓN DE INTERÉS Una vez convocado el proceso de selección, los participantes tienen un plazo de diez

días hábiles para registrarse y presentar su expresión de interés para la supervisión de la

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Obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL

SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS,

DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.” Código SNIP 152684, de

acuerdo al modelo de carta indicado en el Anexo del Aviso de Convocatoria.

Al registrase el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono, correo electrónico y fax. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas dentro del mismo plazo previsto para presentar las expresiones de interés, de conformidad con lo establecido en los numerales 10.6.1 y 10.7.1 del artículo 10° del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y/u observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través de circulares, de conformidad con lo establecido en los numerales 10.6.1 y 10.7.1 del artículo 10° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) y/o seis (6) días hábiles, según sea el caso, computados a partir de la culminación del plazo para presentar consultas y observaciones.

1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado consultas y/u observaciones, al día hábil siguiente

de vencido el plazo para formularlas. 2. Cuando se hayan presentado consultas y/u observaciones, al día siguiente de

concluido el plazo de la absolución de consultas y observaciones a las Bases

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el portal institucional de la Entidad, conforme lo establecen los numerales 10.6.2 y 10.7.2 del artículo 10° del Reglamento.

Una vez integradas las Bases el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de

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oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1). En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste

debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.8. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

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En el supuesto que un único participante presente su expresión de interés, la presentación de propuestas se realizará ante el Comité Especial y se procederá conforme a lo establecido en el numeral 10.6 del artículo 10° del Reglamento. El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.7, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, el Comité Especial otorgará un plazo entre uno (1) o dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación de los mismos, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica, salvo defectos de foliación y de rúbrica de cada uno de los folios que componen la oferta. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación, de conformidad con el numeral 10.8 del artículo 10° del Reglamento. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

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Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los postores que lo deseen.

1.9. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

1.10. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

1.10.1. EVALUACIÓN TÉCNICA Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de la propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.10.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada.

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La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

1.11. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas y la determinación del puntaje total se realizarán de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el Portal Institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN, así como en el SEACE.

1.12. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el Portal de la Entidad, ProInversión y SEACE al día hábil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el Portal de la Entidad, ProInversión y SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.13. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO A partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa, hasta el décimo día hábil de producido tal hecho, el postor ganador debe solicitar ante el OSCE la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

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CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

1.14. RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto en todos los casos por el Consejo Directivo de PROINVERSION. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN.

1.15. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

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CAPÍTULO III DEL CONTRATO

1.16. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el convenio, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega o revocar la Buena Pro y adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El Comité Especial podrá ejecutar las garantías que se hubieren presentado, en caso decida revocar la Buena Pro. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

1.17. VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

1.18. DE LAS GARANTÍAS 1.18.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la

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conformidad de la recepción de la prestación.

1.19. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

1.20. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en las Bases y Contrato.

1.21. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La penalidad será aplicada, por razones objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% por ciento del monto del convenio vigente. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

1.22. PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio. La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad el pago será en forma mensual la misma que será establecida en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

1.23. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Municipalidad Distrital de Carumas

RUC Nº : 20170623526

Domicilio legal : Calle Carumas S/N

Teléfono/Fax: : 053-813806

Correo electrónico: : [email protected]

Página Web de la

Entidad

: (www.municarumas.gob.pe)

Web de PROINVERSION (www.proinversion.gob.pe)

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de la Supervisión para la Ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA” Código SNIP 152684.

1.3. VALOR REFERENCIAL

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El valor referencial asciende a la suma de Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta y Uno con 74/100 nuevos soles (S/. 444,841.74 n.s.), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes Agosto del 2014.

Valor Referencial (VR)

Límite Inferior Límite Superior

Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

S/. 444,841.74 S/. 400,357.57 S/. 339,286.07 S/. 444,841.74 S/. 376,984.53

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante la Resolución de Alcaldía N° 335-2014-A/MDC, de fecha 26 de Agosto del 2014.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO La Sub Gerencia de Presupuesto y Planificación de la Municipalidad Distrital de Carumas mediante el Informe N° 342-2014-SGPP/MDC, de fecha 14 de Agosto del 2014, emite la

2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

consignado en las publicaciones respectivas. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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Opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal para la contratación del servicio de la Entidad Privada Supervisora, bajo el siguiente detalle:

Programa : 9002-Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos. Proyecto : 2202893 “Mejoramiento de la Infraestructura, Equipamiento e Implementación del Servicio

Educativo del Instituto Superior Ttecnológico “Los Andes” de Carumas, Distrito de Carumas, Provincia de Mariscal Nieto -Moquegua”, con código SNIP N° 152684

Obra : 4000039 Mejoramiento de Infraestructura de Educación Superior No Universitaria. Función : 22 Educación División Función : 044 Educación Superior. Grupo Funcional : 0010 Infraestructura y Equipamiento. Sec. Funcional : 0039 “Mejoramiento de la Infraestructura, Equipamiento e Implementación del Servicio

Educativo del Instituto Superior Tecnológico “Los Andes” de Carumas, Distrito de Carumas, Provincia de Mariscal Nieto -Moquegua”, con código SNIP N° 152684

FTE. De FTO. : 5 Recursos Determinados Rubro : 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de Contratación a SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Los servicios materia de la presente convocatoria se prestará en un plazo total de Trescientos treinta días calendarios (330 d.c.), de los cuales Trescientos días (300 d.c.) para la Supervisión de la obra y Treinta días calendarios (30 d.c.) para la revisión de la Liquidación de la Obra. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que cumple con los Términos de Referencia establecido en el expediente de contratación.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

El costo de las Bases será por la suma de S/. 10.00 nuevos soles, pago que se debe efectuar en la ventanilla de la Unidad de Tesorería de la Municipalidad Distrital de Caramas.

1.10. BASE LEGAL

Ley N° 29230 - Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N° 005-2014-EF - Reglamento de la Ley N°005-2014-EF, en adelante el Reglamento.

Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior. R.D. N° 1109-2013-ED, criterios para la Evaluación de Infraestructura de Institutos

Superiores Tecnológicos. Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

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Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente; Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley N° 27293- Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificadas por las leyes

N° 28522 y 28802; Decreto Legislativo N° 1017 que Aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

Estado, su reglamento y sus respectivas modificatorias; Reglamento de la Ley del SNIP aprobado por el Decreto supremo N° 102-2007-EF; que

modifica al D.S. N° 038-2009/EF. Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, que Aprueba la Directiva General del SNIP,

Directiva N° 01-2011-EF/68.01 y sus modificatorias. Reglamento de Metrados para Obras de Infraestructura. Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). Norma A.120, Accesibilidad para personas con discapacidad. Acuerdo de Concejo Municipal N°032-2014-CM/MDC de fecha 14 de Agosto del 2014

que autoriza la conformación del Comité Especial bajo los alcances de la Ley N° 29230 para el proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora, para la Supervisión de la Obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.” Código SNIP 152684.

Resolución de Alcaldía N° 327-2014-A/MDC de fecha 18 de Agosto del 2014, que constituye el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora, para supervisar la Obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.” Código SNIP 152684.

Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto Sector Público para el Año Fiscal 2014.

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16

CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

3

Publicación de Bases (obligatorio)

4: Del: 27/08/2014 al 27/08/2014

Actividades De Hasta

1. Convocatoria y publicación de bases, incluyendo el formato de Contrato 27/08/2014 27/08/2014

2. Registro y Recepción de expresiones de interés de Entidades Privadas

Supervisoras y presentación consultas y observaciones a las Bases

28/08/2014 10/09/2014

3. Absolución de Consultas y Observaciones 11/09/2014 18/09/2014

4. Publicación de Bases Integradas 19/09/2014 19/09/2014

5. Presentación de Propuestas, a través de los Sobres Nº 1 y 2 22/09/2014 26/09/2014

6. Calificación de Propuestas 29/09/2014 02/10/2014

7. Adjudicación de la Buena Pro 03/10/2014 03/10/2014

8. Suscripción del Contrato entre Municipalidad y Entidad Privada Supervisora (en

cuanto se haya completado la documentación respectiva). 06/10/2014 20/10/2014

1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y PRESENTACIÓN DE EXPRESION DE INTERÉS

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de Programación de e Inversiones (OPI), ubicado en tercer piso de las instalaciones de local de la Municipalidad Distrital de Carumas, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de oficina de 7:30 am a 16.15 pm. En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

1.13. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en 3er Piso de la Municipalidad Distrital de Carumas, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de oficina de 7:30 am a 16.15 pm., debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2014-CE/MDC, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: [email protected]

1.14. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, en el Auditorio de la Municipalidad Distrital de Carumas, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación del Juez de Paz de Primera Nominación del Distrito de Carumas.

3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma

publicado y registrado conforme al Reglamento. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en las publicaciones y/o registros respectivos.

4 El numeral 10.9 del artículo 10° del Reglamento dispone que las Bases aprobadas deberán ser publicadas en el SEACE,

además del portal institucional de la Entidad convocante.

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Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del PROCESO DE SELECCIÓN N° 001-2014-CE/MDC, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado: SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 1.15.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos (02) copias

5.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos

6, la siguiente

documentación: Documentación de presentación obligatoria: a) Declaración jurada de datos del postor.

Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por 5 La propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder

de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial. 6 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la

convocatoria.

Señores

Municipalidad Distrital de Carumas

Calle Caramas S/N

Atención.: Presidente del Comité Especial

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Contratación de la Entidad Privada Supervisora

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

Señores

Municipalidad Distrital de Caramas

Calle Caramas S/N

Atención.: Presidente del Comité Especial

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Contratación de la Entidad Privada Supervisora

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1). b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos

contenidos en el Capítulo III de la presente sección7 (Anexo Nº 2).

c) Declaración jurada simple de acuerdo al Anexo Nº 3.

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne a todos y

cada uno de los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4). La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

f) Acreditar con la documentación respectiva, contar con movilidad propia y una oficina de coordinación en el lugar donde se ejecutará el Proyecto, pudiendo ser copia legalizada de la Tarjeta de Propiedad del Vehículo o también con una promesa de alquiler entre el postor y el propietario del vehículo a utilizar durante el servicio para el caso de movilidad (camioneta); asimismo para el caso de la oficina se podrá presentar la correspondiente licencia de funcionamiento otorgada por la municipalidad de la localidad y/o una promesa de alquiler y el documento que acredite la existencia de la dirección en la ciudad donde se ejecutará el Proyecto.

Documentación de presentación facultativa: a) Factor experiencia en la actividad: Se calificará considerando el monto

facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un período de cinco (5) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (3) veces el valor referencial de la contratación en materia de consultoría de obras en general. Tales experiencias se acreditarán mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con vouchers de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el mismo documento, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

7 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para

acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

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Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el AnexoN°6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad.

b) Factor experiencia en la especialidad: Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un período de cinco (5) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (1) veces el valor referencial de la contratación materia de la convocatoria las cuales deben estar referidas a supervisión de obras a aquellas efectuadas en materia de construcción, ampliación o remodelación de aulas, laboratorios, auditorios, edificios, viviendas, centros comerciales, conjuntos habitacionales, habitaciones urbanas, y edificaciones afines. Tales experiencias se acreditarán mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con vouchers de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el mismo documento, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

c) Factor experiencia y calificación del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor calificación del personal profesional propuesto se presentará copia simple de: títulos, constancias, certificados u otros documentos, certificado de habilidad expedido por el Colegio Profesional al que pertenece.

d) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar este factor, se presentará una declaración jurada en la que conste la o las mejoras ofrecidas.

1.15.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA

8

Se presentará en un original y dos (02) copias

9.

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de los costos (Anexo Nº 9). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

1.16. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

8 La propuesta económica solo se presentará en original. 9 La propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder

de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

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El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde, PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i Se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica, será de 0.80. c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica, será de 0.20.

1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o Carta Fianza. c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. d) Código de cuenta interbancario (CCI). e) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. g) Copia de DNI del adjudicatario o de su Representante Legal si es persona jurídica. h) Copia literal emitida por los Registro Públicos de la vigencia de poder y constitución de

la persona jurídica, en caso corresponda. i) Copia del RUC de la persona jurídica, en caso corresponda. j) Correo electrónico para notificar la orden de servicio.

1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación deberá ser presentada a la Unidad de Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Carumas.

1.19. FORMA DE PAGO

La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en valorizaciones mensuales y proporcionales al plazo de la ejecución de la obra. Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por la Entidad Privada Supervisora contratada, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: Recepción y conformidad del área usuaria de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CARUMAS. Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la

prestación efectuada.

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Comprobante de pago Valorización mensual de corresponder.

1.20. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

1. NOMBRE DEL PROYECTO

“MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL

SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE

CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA.”

Código SNIP 152684.

2. OBJETO DEL SERVICIO

El Objeto del servicio es la contratación de una Entidad Privada Supervisora en el marco de la Ley N° 29230 “Obras por Impuestos”, para la Supervisión de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA” Código SNIP 152684.

3. VALOR REFERENCIAL.

El Valor referencial asciende a la suma de Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta y Uno con 74/100 nuevos soles (S/. 444,841.74 n.s.). Este monto incluye el pago del personal asignado a la prestación del servicio, tales como Honorarios profesionales, gastos administrativos, transporte, movilización de personal, materiales, equipos y todo gasto necesario para prestación integral del servicio; así como la utilidad del Contratista y los impuestos de Ley; por lo que la Municipalidad Distrital de Carumas no está obligada a abonar suma adicional alguna, por ningún otro concepto

4. SISTEMA DE CONTRATACION

El Sistema de Contratación será a SUMA ALZADA.

5. PLAZO DE PRESTACION DEL SERVICIO

Los servicios materia de la presente convocatoria se prestará en un plazo total de Trescientos treinta días calendarios (330 d.c.), de los cuales Trescientos días (300 d.c.) para la Supervisión de la obra y Treinta días calendarios (30 d.c.) para la revisión de la Liquidación de la Obra presentada por el Contratista de la Obra.

6. FUENTE DE FINANCIAMIENTO.

La Fuente de Financiamiento será con cargo a Recursos Determinados, Rubro: 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, que asumirá la Municipalidad Distrital de Caramas.

7. FORMA DE PAGO

La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en valorizaciones mensuales y proporcionales al plazo de la ejecución de la obra.

8. JUSTIFICACION

La MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS es un órgano de gobierno local con personería jurídica de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como uno de sus objetivos previstos en la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción , por lo que en el marco de sus competencias y funciones ha considerado dentro de su Programa de Inversión

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Anual 2014 la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO "LOS ANDES" DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO –MOQUEGUA, CÓDIGO SNIP 152684. Este proyecto se ejecutará mediante la modalidad de Obras por Impuestos dentro del marco de la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 005-2014-EF.

9. ALCANCES DEL SERVICIO

El Consultor suministrará los servicios necesarios para la SUPERVISIÓN DE LA OBRA: MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO "LOS ANDES" DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO –MOQUEGUA, CÓDIGO SNIP 152684.

La ejecución de la Consultoría se realizará en un plazo de 330 días calendarios que incluye el plazo correspondiente para la supervisión de la obra y la revisión de la Liquidación presentada por el contratista.

Los servicios comprenderán todo lo relacionado con la revisión, supervisión, inspección, control técnico, económico y administrativo de las actividades a ejecutarse.

Sin exclusión de las obligaciones que corresponden al Supervisor conforme a los dispositivos legales vigentes.

10. CARACTERISTICAS DEL PROYECTO

10.1 DATOS GENERALES:

SECTOR : GOBIERNOS LOCALES

UNIDAD EJECUTORA : 301482 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS

FUNCION : 22 EDUCACION

PROGRAMA : 048 EDUCACION SUPERIOR

SUB PROGRAMA : 0108 EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA.

CODIGO SNIP N° : 152684

MODALIDAD DE EJECUCION : OBRAS POR IMPUESTOS – LEY N° 29230.

EMPRESA PRIVADA QUE FINANCIA : SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION.

EMPRESA PRIVADA QUE EJECUTA : V&V CONTRATISTAS GENERALES S.R.L

PLAZO DE EJECUCION : 300 DIAS CALENDARIOS (10 MESES).

PRESUPUESTO TOTAL DEL PROYECTO : S/. 11’765,885.25 NUEVOS SOLES.

UBICACIÓN :

REGION : MOQUEGUA.

PROVINCIA : MARISCAL NIETO.

DISTRITO : CARUMAS

CALLE : ALFONSO UGARTE S/N

10.2 DESCRIPCION DEL PROYECTO (Metas a Ejecutarse)

El complejo educativo superior en mención de sus metas físicas propuesta para alcanzar con

el cumplimiento de los objetivos trazados de la obra consiste en la Construcción y

Mejoramiento de la Infraestructura, Equipamiento e Implementación del Servicio Educativo del

IST Los Andes de Carumas, siendo esta de 5,185.03 m2 de área total a construir del terreno y

602.75 ml de cerco perimétrico, incluyendo el cerco perimétrico del campo de la plataforma

deportiva.

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A continuación se describen las diferentes zonas que cuentan el proyecto y los distintos

ambientes que la componen y sus áreas respectivas:

Bloque A: ZONA PEDAGOGICA. Y ADMINISTRATIVA: Según el cuadro siguiente se tendrá que ejecutar y rehabilitar, ambientes respondiendo a las aéreas que se exige como mínimo según sus normas vigentes, (Reglamento Nacional de Edificaciones y normas para diseños de infraestructura educativa). Y consta de los siguientes ambientes y áreas:

Cuadro N° 01

AREAS (m2) OBSERVACIONES

BLOQUE NIVEL AMBIENTES AREA

A

AULA 1 54.58 CONSTRUCCION NUEVA

AULA 2 EXISTENTE 54.78 REHABILITACION DE AULA

AULA 3 EXISTENTE 54.78 REHABILITACION DE AULA

ESCALERA EXISTENTE 18.92 REHABILITACION DE ESCALERA

TOPICO 23.63 CONSTRUCCION NUEVA

ATENCION AL ALUMNO 23.63 CONSTRUCCION NUEVA

DEPOSITO GENERAL 33.83 CONSTRUCCION NUEVA

HALL 89.76 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA PERIMETRAL 172.82 CONSTRUCCION NUEVA

AULA 4 54.58 CONSTRUCCION NUEVA

AULA 5 EXISTENTE 54.78 REHABILITACION DE AULA

AULA 6 EXISTENTE 54.78 REHABILITACION DE AULA

AUDITORIO+ ANTESALA+

CONTROL+SS.HH. 117.07

CONSTRUCCION NUEVA

SS.HH. DAMAS, SS.HH VARONES, SS.HH

DISC. 35.70

CONSTRUCCION NUEVA

HALL CONSTRUCCION NUEVA

ESCALERA CONSTRUCCION NUEVA

CIRCULACION 71.92 CONSTRUCCION NUEVA

Bloque B: ZONA ADMINISTRATIVA Y EXPERIMENTAL: Según el cuadro siguiente se tendrá que ejecutar y rehabilitar, ambientes respondiendo a las áreas que se exige como mínimo según sus normas vigentes, (Reglamento Nacional de Edificaciones y normas para diseños de infraestructura educativa), y consta de los siguientes ambientes y áreas:

Cuadro N° 02

AREAS (m2) OBSERVACIONES

BLOQUE NIVEL AMBIENTES AREA

B 1° DEP. DE LIBROS, ATENCION 44.47 CONSTRUCCION NUEVA

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SALA DE LECTURA + SALA

VIRTUAL 52.80

CONSTRUCCION NUEVA

LABORATORIO FISICO -

QUIMICO 53.22

REHABILITACION DE AULA PARA

LABORATORIO

LABORATORIO DE

PARASITOLOGA 53.22

REHABILITACION DE AULA PARA

LABORATORIO

ESCALERA 1 18.17 REHABILITACION DE ESCALERA

SS.HH. DAMAS, VARONES,

SS.HH DISC.

+ DEP DE GAS 35.70

CONSTRUCCION NUEVA

ESCALERA 2 29.25 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA PERIMETRAL 151.79 CONSTRUCCION NUEVA

SECRETARIA, ARCHIVO,

DIRECCION + SS.HH DOCEN. 44.47

CONSTRUCCION NUEVA

SALA DE DOCENTES 52.80 CONSTRUCCION NUEVA

SALA DE DIBUJO 53.22

EJECUCION DEL AMBIENTE SOBRE –

CONSTRUCCION EXISTENTE

LABORATORIO DE COMPUTO 53.22

EJECUCION DEL AMBIENTE SOBRE –

CONSTRUCCION EXISTENTE

SS.HH. DAMAS, VARONES,

SS.HH DISC.

+ DEP DE GAS 35.70

CONSTRUCCION NUEVA

CIRCULACION 94.70 CONSTRUCCION NUEVA

Bloque C: ZONA DE CRIADEROS Y EXPERIMENTAL: Según el cuadro siguiente se tendrá que ejecutar construcciones nuevas, ambientes respondiendo a las áreas que se exige como mínimo según sus normas vigentes, (Reglamento Nacional de Edificaciones y normas para diseños de infraestructura educativa), y consta de los siguientes ambientes y áreas:

Cuadro N° 03

AREAS SEGÚN EXPEDIENTE OBSERVACIONES

BLOQ

UE

NIVE

L AMBIENTES AREA

C2 1°

ZONA DE CRIADERO 37.25 CONSTRUCCION NUEVA

ZONA DE ASEO 9.77 CONSTRUCCION NUEVA

ALMACEN 11.08 CONSTRUCCION NUEVA

VIVERO 120.78 CONSTRUCCION NUEVA

CORRAL SECTOR INDIVIDUAL 61.76 CONSTRUCCION NUEVA

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AREAS SEGÚN EXPEDIENTE OBSERVACIONES

BLOQ

UE

NIVE

L AMBIENTES AREA

C1 1°

LAB. DE CONCRETO SUELO Y ASFALTO 100.00 CONSTRUCCION NUEVA

LAB. DE ENSAYOS ESPECIALES 17.09 CONSTRUCCION NUEVA

OFICINA 16.67 CONSTRUCCION NUEVA

ALMACEN 9.21 CONSTRUCCION NUEVA

CORRAL SECTOR PRINCIPAL 114.69 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA PERIMETRAL 176.45 CONSTRUCCION NUEVA

Bloque D: ZONA DE ALBERGUE: Según el cuadro siguiente se tendrá que ejecutar construcciones nuevas, ambientes respondiendo a las áreas que se exige como mínimo según sus normas vigentes, (Reglamento Nacional de Edificaciones y normas para diseños de infraestructura educativa), y consta de los siguientes ambientes y áreas:

Cuadro N° 04

AREAS SEGÚN EXPEDIENTE OBSERVACIONES

BLOQUE NIVEL AMBIENTES AREA

D 1°

COMEDOR 32.82 CONSTRUCCION NUEVA

COCINA 17.35 CONSTRUCCION NUEVA

DESPENSA 4.13 CONSTRUCCION NUEVA

CUARTO DE GAS 3.10 CONSTRUCCION NUEVA

HALL 32.00 CONSTRUCCION NUEVA

ALBERGUE 1 19.00 CONSTRUCCION NUEVA

ALBERGUE 2 19.00 CONSTRUCCION NUEVA

ALBERGUE 3 19.00 CONSTRUCCION NUEVA

ALBERGUE 4 19.00 CONSTRUCCION NUEVA

SS-HH- DAMAS Y VARONES 30.00 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDAPERIMETRAL 51.36 CONSTRUCCION NUEVA

OBRAS EXTERIORES: Según el cuadro siguiente se tendrá que ejecutar construcciones nuevas que complementaran para que los demás bloques descritos anteriormente funcionen en conjunto, ambientes respondiendo a las áreas que se exige como mínimo según sus normas vigentes, (Reglamento Nacional de Edificaciones y normas para diseños de infraestructura educativa), y consta de los siguientes ambientes y áreas:

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Cuadro N° 05

AREAS SEGÚN EXPEDIENTE OBSERVACIONES

EXT. NIVEL DESCRIPCION AREA

EX

TE

RIO

RE

S

TANQUE CISTERNA CAP. 15.18 CONSTRUCCION NUEVA

TANQUE ELEVADO CAP. 7.84 CONSTRUCCION NUEVA

HALL DE INGRESO 28.10 CONSTRUCCION NUEVA

CASETA PARA GUARDIANIA 8.33 CONSTRUCCION NUEVA

RAMPA METALICA PARA

DISCAPACITADOS 44.15

CONSTRUCCION NUEVA

MURO MESA 194.81 CONSTRUCCION NUEVA

ESTACIONAMIENTO 206.49 CONSTRUCCION NUEVA

MURO DE CONTENCION 140.27 CONSTRUCCION NUEVA

SUELO REFORZADO 94.57 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA DE ACCESO A ALBERGUE 98.00 CONSTRUCCION NUEVA

RAMPA DE ACCESO A ALBERGUE 24.74 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA DE ARTICULACION VIVERO 61.35 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA DE ARTICULACION A. EXP. CULT.

3 28.51

CONSTRUCCION NUEVA

AREA EXPERIMENTAL CULT. 1 112.00 CONSTRUCCION NUEVA

AREA EXPERIMENTAL CULT. 2 147.71 CONSTRUCCION NUEVA

AREA EXPERIMENTAL CULT. 3 510.43 CONSTRUCCION NUEVA

LOSA DEPORTIVA 677.00 CONSTRUCCION NUEVA

VEREDA DE ACCES A LOSA 40.16 CONSTRUCCION NUEVA

PATIO DE HONOR 306.77 CONSTRUCCION NUEVA

CANAL DE CONCRETO 25.49 CONSTRUCCION NUEVA

ML

CERCO PERIMETRICO TIPO 1 LADRILLO 81.53 ML CONSTRUCCION NUEVA

CERCO PERIMETRICO TIPO 2 MALLA

275.17

ML

CONSTRUCCION NUEVA

CERCO PERIMETRICO TIPO 3 UNI 179.4 ML CONSTRUCCION NUEVA

CERCO PARA LOSA DEPORTIVA 66.65 ML CONSTRUCCION NUEVA

UND

ILUMINACION EXTERIOR poste 5 m 23 UND

ILUMINACION LOSA DEP. poste m 46 UND

ILUMINACION EMPOTRADA 5 UND

PARARAYOS 1 UND

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Cuadro N° 06: CUADRO DE AREAS A CONSTRUIR

TIPO DE OBRA BLOQUES

PRIMER

NIVEL

(Área

construida)

SEGUNDO

NIVEL

(Área

construida)

TERCER

NIVEL

(Área

construida)

Sumatoria

de niveles

(Área

construida)

TOTAL M2

(Área

construida)

CONSTRUCCION

NUEVA

BLOQUE A (sin vereda perimetral)

incluye ingreso principal en el 3°

nivel

242.24 326.27 40.38 608.89 326.27

BLOQUE B (sin vereda perimetral) 162.09 337.99

500.08 385.98

BLOQUE C (sin vereda perimetral) 507.82

507.82 507.82

BLOQUE D (sin vereda perimetral) 191.91

191.91 191.91

OBRAS A

REHABILITAR

BLOQUE A (sin vereda perimetral) 127.60 151.50

279.10 169.81

BLOQUE B (sin vereda perimetral) 124.90

124.90 124.90

OBRAS

EXTERIORES

TANQUE ELEVADO 7.84

7.84 7.84

CAMINERIA - VEREDAS 1000.38

1000.38 1000.38

PATIO 306.70

306.70 306.70

LOSA DEPORTIVA 677.00

677.00 677.00

ESTACIONAMIENTO 206.49 206.49 206.49

RAMPA VEHICULAR 194.81 190.1 190.1

RAMPA METALICA 44.15 47.51 9166 47.51

ZONA EXPERIMENTAL

1, 2, 3 781.99 781.99 781.99

MUROS DE CONTENCION 140.27 140.27 140.27

CANAL DE CONCRETO 25.49 25.49 25.49

SUELO REFORZADO 94.57 94.57 94.57

TOTAL DE AREA CONSTRUIDA M2 5,185.03

CERCO PERIMETRICO TIPO 1 LADRILLO 81.53 ML

CERCO PERIMETRICO TIPO 2 MALLA 275.17 ML

CERCO PERIMETRICO TIPO 3 UNI 179.4 ML

CERCO PARA LOSA DEPORTIVA 66.65 ML

TOTAL ML 602.75 ml

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11. REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

11.1 REQUISITOS AL POSTOR

EL SUPERVISOR deberá ser una persona natural o jurídica inscrita en el Registro Nacional de Proveedores del Estado Peruano (OSCE) como CONSULTOR DE OBRAS en las especialidades de Consultoría en: Edificaciones; dedicada a la actividad de Servicios de Supervisión o Inspección que se haya registrado como participante. Debe acreditar haber realizado la supervisión de 02 obras iguales o similares las que corresponderán a obras de mejoramiento e implementación o mejoramiento y ampliación de edificaciones de servicios educativos de nivel superior (institutos tecnológicos o universitarios), y cuyo valor mínimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial.

11.2 PERSONAL PROFESIONAL

UN (01) JEFE DE SUPERVISIÓN: El Perfil del Profesional propuesto como JEFE DE SUPERVISIÓN, corresponde a un INGENIERO CIVIL colegiado y habilitado con una experiencia profesional mínima de cuatro (04) años como Jefe de Supervisión o supervisor o inspector de Obras en la Especialidad de Edificaciones, su participación será a tiempo completo durante la ejecución del servicio. Además contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP). La misma que se acreditará mediante la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad, (ii) constancias, (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Debe tener como mínimo DIEZ (10) AÑOS como INGENIERO COLEGIADO sustentado con copia de su incorporación al colegio de ingenieros. Además deberá acreditar con cursos de Especialización con un DIPLOMADO en temas de SUPERVISION, LIQUIDACION DE OBRAS PUBLICAS o GESTION DE PROYECTOS, o un DIPLOMADO en FORMULACIÓN, EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA – SNIP, con una duración mínima de 100 horas Lectivas los que se sustentaran con copia de los certificados y/o diplomas respectivos. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. UN (01) INGENIERO ASISTENTE EN SUPERVISIÓN: INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO colegiado y hábil, con experiencia mínima de dos (02) años como supervisor o asistente técnico de supervisión en obras, su participación será a tiempo completo durante la ejecución del servicio. La misma que se acreditará mediante la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad, (ii) constancias, (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Debe tener como mínimo DIEZ (10) AÑOS como INGENIERO COLEGIADO o como Arquitecto, sustentado con

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copia de su incorporación al colegio de ingenieros. Además, deberá acreditar capacitación comprobada en: Supervisión de obras de concreto, diseño de estructuras, concreto armado, y conceptos estructurales los que se sustentaran con copia de los certificados y/o diplomas respectivos. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. UN (01) ESPECIALISTA EN ADMINISTRACION DE CONTRATOS DE OBRAS PÚBLICAS Un profesional en la rama de ingeniería Civil, colegiado y hábil con experiencia de dos (02) años como Especialista en Administración de Contratos de Obras Públicas, su participación será a medio tiempo durante la ejecución del servicio. La misma que se acreditará mediante la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad, (ii) constancias, (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Debe tener como mínimo DIEZ (10) AÑOS como INGENIERO COLEGIADO sustentado con copia de su incorporación al colegio de ingenieros. Además, deberá acreditar capacitación comprobada en: Ley de contrataciones y adquisiciones con el estado, asimismo deberá contar con un curso de actualización en Supervisión de Obras los que se sustentaran con copia de los certificados y/o diplomas respectivos. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. UN (01) ESPECIALISTA EN SEGURIDAD DE OBRAS Un Ingeniero Civil Especialista en Seguridad de Obras colegiado y hábil con experiencia de dos (02) años como Especialista en Seguridad de Obras, su participación será a medio tiempo durante la ejecución del servicio. La misma que se acreditará mediante la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad, (ii) constancias, (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Debe tener como mínimo DIEZ (10) AÑOS como INGENIERO COLEGIADO sustentado con copia de su incorporación al colegio de ingenieros. Además, deberá acreditar contar con Titulo Profesional de Especialista en Seguridad de Obra, también deberá contar con un diplomado en Sistemas integrados de Gestión de la Calidad, Ambiental, Seguridad, Salud Ocupacional y Responsabilidad social, dictado en los últimos 08 años, con 180 horas lectivas de duración como mínimo los que se sustentaran con copia de los certificados y/o diplomas respectivos. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. UN (01) ESPECIALISTA EN MECANICA DE SUELOS Un Ingeniero Civil Especialista en Estudios de Mecánica de Suelos colegiado y hábil con experiencia de dos (02) años como Especialista en Estudios de Mecánica de Suelos, su participación será a medio tiempo durante la ejecución del servicio.

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La misma que se acreditará mediante la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad, (ii) constancias, (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Debe tener como mínimo DIEZ (10) AÑOS como INGENIERO COLEGIADO sustentado con copia de su incorporación al colegio de ingenieros. Además, deberá contar con una Maestría o Doctorado en la especialidad de Geotecnia o Mecánica de Suelos que se sustentaran con copia simple del diploma respectivo. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión. Deberá presentar copia del Título Profesional y Constancia de Habilidad vigente o Declaración Jurada de encontrarse hábil en el ejercicio de la profesión.

11.3 INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO MÍNIMO

OFICINA (01) Una (01) Oficina, disponible y ubicada en el ámbito de la jurisdicción del Distrito de Carumas, con un ambiente como mínimo. La disponibilidad de Oficina en la Jurisdicción del Distrito de Carumas, se sustentará con documentos de alquiler del inmueble o declaración jurada que evidencie la disponibilidad del mismo, sin perjuicio que dicha declaración pueda verificarse al momento de suscribir el contrato. EQUIPO DE CÓMPUTO: Una (01) Computadora Portátil (Laptop) Una (01) Computadora CORE I3 o Superior, operativa. Una (01) Impresoras multifuncional, operativa. La disponibilidad de los equipos mínimos y otros se sustentará con la presentación de la documentación que sustente la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o de alquiler de los equipos o declaración jurada que evidencie la disponibilidad del mismo, sin perjuicio que dicha declaración pueda verificarse al momento de suscribir el contrato. OTROS: Una (01) Cámara Fotográfica Digital, operativa. Una (01 Camionetas) 4 x 4 ( a partir del año 2010 como mínimo) La disponibilidad de los equipos mínimos y otros se sustentará con la presentación de la documentación que sustente la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o de alquiler de los equipos o declaración jurada que evidencie la disponibilidad del mismo, sin perjuicio que dicha declaración pueda verificarse al momento de suscribir el contrato.

11.4 ACTIVIDADES Y/O FUNCIONES DE LA SUPERVISION

En función a las metas enunciadas en el numeral precedente, los servicios de la supervisión

abarcaran los siguientes aspectos de control:

1. Control administrativo: comprende las actividades dirigidas para que el Contratista cumpla las disposiciones legales y contractuales sobre personal, seguridad y otros asuntos administrativos relacionados a la ejecución de las obras sujetas a supervisión.

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2. Control de la calidad de obra: comprende las actividades dirigidas para que el

Contratista ejecute correctamente las partidas de trabajo de las obras sujetas a supervisión de acuerdo con los planos y especificaciones técnicas aprobadas, empleando los materiales y equipos de la mejor calidad posible y los procedimientos constructivos más adecuados,.

3. Control del plazo de ejecución de obra: comprende las actividades dirigidas para que el Contratista ejecute adecuadamente las obras sujetas a supervisión dentro de los plazos fijados en Programa de Ejecución de Obras aprobado.

4. Control del costo de ejecución de obra: comprende las actividades dirigidas a verificar que los pagos efectuados al Contratista por concepto de ejecución de las partidas de construcción en las obras sujetas a supervisión se ajusten a las disposiciones del Contrato de Ejecución de Obra.

11.5 DESCRIPCION DE LAS ACTIVIDADES DE SUPERVISION

11.5.1 CONTROL ADMINISTRATIVO.

Las tareas que la Supervisión deberá realizar dentro de esta acción comprenden:

Emitir las instrucciones que resulten necesarias para hacer que el Contratista mantenga permanentemente actualizadas la garantía por anticipos (directo y/o materiales) y la garantía de cumplimiento especificadas en el Contrato de Ejecución de Obra y recomendar al Contratante, conforme sea necesario, la liberación parcial o total o la ejecución de dichas garantías;

Evaluar y aprobar, si fuere pertinente, los subcontratos de ejecución de obra propuestos

por el Contratista;

Inspeccionar los lugares de trabajo y las casetas, talleres, depósitos de materiales y combustibles, talleres y depósitos de equipo mecánico y demás instalaciones del Contratista y emitir las instrucciones que resulten necesarias para hacer que el Contratista elimine los riesgos de lesiones personales o muerte y de pérdidas o daños a la propiedad de terceros, a las obras, planta, materiales y equipos y al medio ambiente;

Inspeccionar los sitios de explotación de canteras y desecho de escombros y emitir las instrucciones que resulten necesarias para hacer que el Contratista cumpla las disposiciones administrativas sobre el uso de tales sitios y elimine o minimice los riesgos de daños a la propiedad de terceros y la medio ambiente;

Mantener en las oficinas locales de supervisión archivos actualizados de los planos y Especificaciones Técnicas y del Programa de Ejecución de Obra, y sus correspondientes modificaciones, de las liquidaciones mensuales aprobadas, de los controles topográficos y pruebas de calidad de obra realizados, así como de la correspondencia cursada con el Contratante y Contratista y, en general toda la información relacionada con la marcha de las obras.

Dar conformidad al protocolo de pruebas estructurales para la obra, presentados por El Contratista;

Informar mensualmente al Contratante de todas las actividades realizadas en materia de control administrativo.

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Asegurar el desarrollo normal de las actividades, verificando el cumplimiento de las normas y reglamentos vigentes en el aspecto técnico, legal, administrativo, laborales y otros relacionados a los mismos.

Controlar el aspecto Económico – Financiero de la obra.

Emitir opinión técnica fundamentada, proponiendo soluciones que resuelvan incompatibilidades y/o deficiencias que pueda contener el Expediente Técnico.

Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene y operatividad de la obra.

Controlar que el personal técnico y obrero que el contratista asigne a la obra, cuente con la capacidad idoneidad y cantidad requeridas.

Controlar el avance de obra, y exigir al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento.

Verificar el cumplimiento, por parte del contratista, de las contribuciones, aportes a la seguridad social y beneficios sociales, relativos a la obra.

11.5.2 CONTROLDE CALIDAD DE OBRA

Las tareas que la Supervisión deberá realizar dentro de esta acción comprenden:

Revisar el Expediente Técnico emitiendo informe inicial sobre el mismo que permita que la entidad, en caso necesario, adopte las medidas correctivas a fin de obtener una óptima calidad de la obra mediante una adecuada ejecución de los trabajos.

Velar directa y permanentemente, por el fiel cumplimiento del Contrato de Obra y por la correcta ejecución de la Obra, a fin de que ésta se ejecute en armonía y concordancia con el Expediente Técnico.

Respetar los Estudios Definitivos contenidos en el Expediente Técnico, los que sólo serán modificados por autorización expresa de la instancia correspondiente, mediante la autorización administrativa pertinente.

Apertura el Cuaderno de Obra foliando, sellando y visando todas sus páginas, conjuntamente con el Ingeniero Residente de la obra designado por el Contratista.

Revisar los planos aprobados y proponer con anticipación al Contratante las modificaciones de diseño que considere pertinentes para optimizar el funcionamiento de las obras;

Revisar las especificaciones técnicas aprobadas y proponer con anticipación al Contratante las modificaciones que considere pertinentes para mejorar la calidad y seguridad de las obras;

Revisar y verificar en el campo los aspectos críticos de diseño del proyecto, realizar las acciones necesarias y participar en la entrega del terreno, así como cursar la documentación necesaria al contratista para el inicio de obras;

Efectuar los controles topográficos necesarios para asegurar que el alineamiento y niveles de las obras correspondan a los planos aprobados e instruir al Contratista sobre la corrección de las eventuales desviaciones que pudieren ser detectadas;

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Verificar el instrumental topográfico que el Contratista emplea en la obra y emitir las instrucciones que sean necesarias para asegurar el óptimo funcionamiento de dicho instrumental;

Verificar la calidad de los materiales, elementos prefabricados y acabados, evaluar las condiciones de cimentación de las estructuras, comprobar los diseños de mezcla y, en general, efectuar todas las comprobaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de las especificaciones técnicas aprobadas por el Contratante y normas técnicas aplicables, con los ajustes y complementaciones definidas por el Consultor; e instruir al Contratista sobre la corrección de las eventuales desviaciones que pudieren ser detectadas;

Ejecutar el control, la fiscalización y supervisión de las obras, verificando constante y oportunamente que los trabajos se ejecuten estrictamente de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas generales y específicas y en general con toda la documentación que conforman el Expediente Técnico.

Brindar asesoramiento técnico, cuando las condiciones de la obra lo requieran, contribuyendo eficazmente en la mejor ejecución de la misma. Es obligación del Supervisor solucionar los problemas de orden técnico que pudieran presentarse (diseño, especificaciones, etc.)

Verificar que el Contratista corrija, dentro del período de pruebas estructurales y proceso de liquidación de la obra, los defectos de construcción encontrados y emitir el correspondiente certificado de corrección de defectos;

Verificar la ejecución de los análisis y pruebas de calidad establecidas en las especificaciones técnicas aprobadas, normas técnicas aplicables y otras pruebas que el Consultor considere necesarias y aprobará los ensayos y resultados, asimismo, instruirá al Contratista sobre la corrección de las eventuales defectos de construcción que pudieren ser detectados en las obras;

Verificar que el Contratista mantenga adecuada y permanentemente actualizado el Cuaderno de Obras y velar para que éste sea utilizado exclusivamente por personal autorizado. Anotar en el citado cuaderno la autorización para la ejecución de partidas, así como las observaciones y aprobaciones de los materiales adquiridos por el Contratista, los requerimientos de ensayos de calidad de los materiales, las consultas y absoluciones que se produzcan en las obras, y todas las demás ocurrencias relacionadas con la ejecución de las obras;

Solicitar al Contratista el retiro de cualquier sub-contratista o trabajador, por incapacidad, incorrecciones, desórdenes o cualquier otra falta que tenga relación directa con la buena ejecución de las obras;

Ordenar el retiro de materiales que hayan sido rechazados por la mala calidad o incumplimiento de las Especificaciones Técnicas;

El Supervisor, estará encargado de velar directa y permanentemente, por la correcta ejecución del expediente técnico y de las obras, así como el cumplimiento del Contrato; siendo responsables por las omisiones, errores, deficiencias y/o trasgresiones legales y técnicas en que incurra como producto de una mala interpretación de los documentos que conforman las Bases del Proceso de Selección, así como de la ejecución de inadecuados procesos constructivos;

Verificar que el Contratista entregue los planos finales de obra actualizados (Post construcción) y los manuales de operación y mantenimiento especificados en el Contrato de Ejecución de Obra;

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Informar mensualmente al Contratante de todas las actividades realizadas en materia de control de la calidad de obra.

Anotar en el Cuaderno de Obra las ocurrencias, consultas y avances diarios de la obra y

reportar mensualmente el acumulado de dichas anotaciones a la Sub Gerencia de

Ejecución de Obras.

Coordinar y tramitar ante la Municipalidad de la localidad la información necesaria para la

ejecución y conformidad de la obra.

Absolver las consultas hechas por el Contratista en el Cuaderno de Obra, en el plazo

máximo de cinco (05) días; si la consulta fuese absuelta después de vencido el plazo y

afectara el plazo de ejecución de obra, éste será de responsabilidad del Supervisor.

Exigir al Contratista el retiro inmediato de cualquier Sub Contratista o trabajador, por

incapacidad, incorrección, desorden o cualquier otra falta que tenga relación y afecte

directamente a la correcta ejecución de la obra.

Actualizar los Calendarios y Registros Gráficos de la Obra, mostrando en todo momento

los datos parciales y acumulados de los avances y saldos pendientes de ejecución

11.5.3 CONTROL DE PLAZO DE EJECUCION DE OBRA.

Las tareas que la Supervisión deberá realizar dentro de esta acción comprenden:

Anotar en el Cuaderno de Obra, los atrasos injustificados: exigiendo al Contratista, la

presentación, cuando así se requiera, del Calendario Acelerado, que será aprobado por

el Supervisor de Obra, quien recomendará a la Entidad la resolución del Contrato de

persistir los atrasos de los plazos previstos.

Verificar que el Calendario de Avance de Obra Valorizado y actualizado por el

Contratista, se elabore en armonía con las prórrogas autorizadas

Supervisar y controlar la entrega oportuna de los materiales, en las cantidades y plazos

establecidos en el calendario de adquisición de materiales; asimismo controlar la calidad

de éstos. Efectuar pruebas de control de calidad de materiales y ensayos de laboratorio

requeridos en el proceso de ejecución de obra.

Ordenar el retiro inmediato de los materiales de mala calidad o que no correspondan a

las especificaciones del Expediente Técnico de obra.

Controlar el cumplimiento de los plazos parciales estipulados en el Calendario de Avance

de Obra Valorizado vigente.

Exigir al Contratista la presentación del Programa de Ejecución de Obra, adecuados a la

fecha de inicio de la misma, como requisito para el trámite de la primera valorización de

obra. Asimismo, asegurar el estricto cumplimiento del Contrato de Obra, en especial del

Calendario de Avance de Obra y del Calendario Valorizado a fin de evitar desfases en la

ejecución de los trabajos, salvo causales de fuerza mayor que deberá informar al

Contratante.

Actuar como Miembro del Comité de Recepción, durante la Recepción de la Obra.

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Revisar y dar conformidad a la Memoria Valorizada y a los Planos de Replanteo de las

obras ejecutadas, presentados por El Contratista.

Celebrar, por lo menos una vez cada quince días, reuniones de coordinación

administrativa con el Contratista con el objeto de revisar el Programa de Ejecución de

Obras y resolver los asuntos pendientes, llevar un registro de tales reuniones y

suministrar copia del mismo al Contratista y al Contratante;

Informar mensualmente al Contratante de todas las actividades realizadas en materia de

control del plazo de ejecución de obra.

11.5.4 CONTROL DEL COSTO DE EJECUCION DE OBRA

Las tareas que la Supervisión deberá realizar dentro de esta acción comprenden:

Verificar que las garantías bancarias por los anticipos en efectivo y para adquisición de

materiales presentadas por el Contratista se ajusten a las disposiciones del Contrato de

Ejecución de Obra y solicitar al Contratante el pago del correspondiente anticipo;

Verificar que el Contratista utilice los anticipos para pagar equipos, planta, materiales y

gastos de movilización que se requieran específicamente para le ejecución del Contrato

de Ejecución de Obra;

Las Valorizaciones mensuales por avances del Contratista, serán presentadas por el

Supervisor al Contratante dentro de los primeros cinco (5) días del período siguiente al

que corresponde la valorización. Las valorizaciones serán mensuales y se elaborarán

conjuntamente con el Contratista, con base a los metrados ejecutados hasta el último día

de cada mes, acompañando la justificación en hojas de metrados y gráficos explicativos,

cuyo diseño y características serán definidos por la Supervisión.

Cualquier desfase en la fecha de presentación de la valorización, respecto a lo

establecido anteriormente, conllevará a la aplicación de la multa correspondiente;

Evaluar conforme a las disposiciones del Contrato de Ejecución de Obra las

Valorizaciones mensuales del valor de los trabajos de construcción ejecutados y

determinar el monto que debe pagarse al Contratista por tal concepto;

Determinar el monto de las penalidades que deberán aplicársele al Contratista en caso

que éste incurra en demoras en las fechas de terminación prevista de las obras;

Informar mensualmente al Contratante de todas las actividades realizadas en materia de

control del costo de ejecución de obra.

Cualquier perjuicio económico causado por las omisiones y/o deficiencias en todo trámite

de pago para la ejecución de la obra, imputable al Supervisor será de su cargo.

Revisar, analizar, fundamentar y emitir opinión con relación a los presupuestos

adicionales que el contratista pueda presentar por concepto de ejecución de obras

complementarias, presentando el informe correspondiente con la documentación

sustentatoria que justifique y avale su procedencia.

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Intervenir en el acto de Constatación Física de Obra e inventario de materiales, equipos y

herramientas, en caso de resolución del contrato y suscribir el Acta de Constatación

pertinente.

Controlar la utilización y prohibir el retiro de los materiales y/o equipo de la obra por parte

del Contratista, en caso de resolución del contrato y recibirlos previo inventario

valorizado.

Elaborar la Liquidación de Cuentas en caso de resolución del contrato de Construcción.

Informar sobre la solicitud de la recepción de obra presentada por el Contratista,

constatando el estado real de los trabajos y certificando que la fecha precisada por el

contratista es exacta en cuanto a la fecha de término de la obra.

Actuar como Asesor de la Comisión de Recepción de Obra, presentando a ésta, el

Resumen de las Observaciones anotadas en el Cuaderno de Obra que estén pendientes

de subsanar por parte del Contratista.

Suscribir el Acta de Recepción de Obra en calidad de Asesor de la Comisión de

Recepción.

Revisar y visar la Memoria Descriptiva y/o Minuta de Declaratoria de Fábrica de la Obra,

exigiendo su presentación oportuna.

Memoria Descriptiva Valorizada de la obra Terminada, la misma que deberá ser

elaborada por el Contratista y revisada con la conformidad del Supervisor.

Elaborar y presentar la liquidación del Servicio de Supervisión.

Liquidaciones de Obra y Liquidaciones de Contrato.

El Supervisor presentará a la Entidad el Informe Liquidación de Contratos de la Obra

supervisada, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de

Recepción de Obra, para su aprobación por la Municipalidad Distrital de Carumas.

11.6 RESPONSABILIDAD

El Supervisor es responsable, solidariamente con EL CONTRATISTA contratado para

ejecutar la obra por cualquier error u omisión que cometa él y/o el personal a su cargo y sus

consecuencias; según lo establecido Ley N° 29230 y su Reglamento, asimismo

supletoriamente por lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

11.7 HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE SUPERVISION

El horario del personal clave y del personal asistente del Consultor se regirá de acuerdo al

horario y jornadas de trabajo del Contratista de las obras; sin ninguna restricción.

11.8 FACULTADES DEL SUPERVISOR

El Supervisor tendrá la obligación y el deber de hacer cumplir las Especificaciones

Técnicas de Construcción, para lo que dictará las medidas adecuadas en el momento

oportuno exigiendo su cumplimiento al Contratista. Asimismo, le aplicará las multas y

retenciones por incumplimiento de las disposiciones precisadas en los Documentos del

Contrato de Obra.

El Supervisor no podrá dictar ninguna orden que sobrepase las atribuciones que se

señalan en la presente Términos de Referencia, debiendo en caso de eventualidades

inevitables justificadas, bajo responsabilidad, recabar autorización expresa de la Entidad.

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Poderes de excepción del Supervisor.

No obstante lo anterior, sí durante el proceso de construcción se produjera contingencias

que pudieran poner en peligro la vida de personas, o la propiedad pública o privada, o que

amenacen causar u ocasionen interrupciones en el tránsito de las vías rurales por la obra en

ejecución, el Supervisor por excepción, podrá disponer las medidas que tiendan a mitigar

y/o superar dichas situaciones, debiendo dar cuenta a la Entidad en el más breve plazo.

11.9 COMPLEMENTACIONES DE LOS SERVICIOS DEL SUPERVISOR

Avance de Obra y exigir al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su

cumplimiento. Asimismo, exigirá al Contratista el fiel cumplimiento de las especificaciones

técnicas, normas de seguridad, higiene industrial y demás documentos contractuales.

El Supervisor deberá cumplir y hacer cumplir las Normas Técnicas de control, de la

Contraloría General de la República, en lo concerniente a la ejecución de obras públicas.

El Supervisor está obligado a realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de

naturaleza técnica o administrativa, que de acuerdo con la mejor práctica de la ingeniería,

para mejorar la ejecución de la obra.

El Supervisor asesorará técnica y legalmente a la Municipalidad Distrital de Carumas en

controversias con el Contratista y terceros.

El Supervisor recomendará a la Municipalidad Distrital de Carumas las sanciones que

deben aplicarse al Contratista en caso de incumplimiento o violaciones a las Normas o

documentos técnicos y ambientales contractuales.

El Supervisor no tendrá autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus

obligaciones contractuales, ni de ordenar ningún trabajo adicional o variación de obra que

de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que

medie autorización escrita y previa de la Municipalidad Distrital de Carumas. Sin embargo

el Supervisor deberá notificar a la Municipalidad Distrital de Caramas cuando, a su juicio,

es aplicable el Caso Fortuito o Causa de Fuerza Mayor, y por lo tanto, comenzaría a

correr la suspensión del plazo.

El Supervisor efectuará una revisión detallada de la Ingeniería del Proyecto mostrada en

el Estudio Definitivo, las Especificaciones Técnicas y de la zona de trabajo, para verificar

si estas cubren todos los aspectos especiales de diseño y protección ambiental. En caso

contrario, el Supervisor está obligado a informar a la Municipalidad Distrital de Carumas y

recomendar las modificaciones y/o correcciones necesarias, a efectos de incluirlas en el

Expediente Técnico.

El Supervisor revisará y evaluará las pruebas y ensayos de materiales realizados por el

Contratista. Periódicamente el Supervisor utilizará su propio equipo de Laboratorio, para

verificar los resultados del Laboratorio del Contratista, quedando en tal caso vedado que

los ensayos se hagan en forma conjunta.

El Supervisor, al término de la Obra, deberá entregar a la Municipalidad Distrital de

Carumas todo el acerbo documental Técnico y Administrativo de la Obra, junto con la

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Liquidación Final y Cuadernos de Obra. Esto no exime al Supervisor que pudiera ser

requerido posteriormente para cualquier absolución de consultas en relación con la Obra.

La Municipalidad Distrital de Carumas controlará la labor del Supervisor a través de la

Sub Gerencia de Supervisión y Control, Sub Gerencia de Inversiones y Gerencia

Municipal, para cumplir tales funciones.

El Supervisor estará sujeto a fiscalización por los funcionarios que designe la Entidad

quienes verificarán la permanencia en la Obra del personal del Supervisor asignado al

Proyecto; así como de la totalidad del equipo de laboratorio, topografía y otros incluidos

en su Contrato, y a la efectiva utilización de los vehículos propuestos. Los Informes

Mensuales de estos funcionarios respaldarán el pago de las Valorizaciones Mensuales

del Supervisor.

11.10 FORMA DE PAGO

a. El Supervisor presentará mensualmente su Informe de Valorización. b. El monto contractual del Servicio de Supervisión se pagará en valorizaciones mensuales y

proporcionales al plazo de la ejecución de la obra: c. Los pagos se realizaran previa conformidad del área usuaria que es la Sub Gerencia de

Supervisión y Control de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS.

11.11 PENALIDADES

En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS le aplicará a la Supervisión una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta, en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto de Contrato Vigente

F x Plazo Contractual Vigente (en días calendarios)

Donde:

= 0.25 Para plazos mayores a sesenta días (60) días

La MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS podrá resolver el contrato, en caso de incumplimiento por parte de la SUPERVISIÓN de alguna de sus obligaciones que haya sido observada previamente por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARAMAS.

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11.12 ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN EN MEDIO MAGNETICO

En lo relativo al proyecto se entregará en medios magnéticos (una unidad), las Valorizaciones, Informes y Liquidación, tanto los planos como los informes definitivos de los proyectos (Ingeniería, Topografía, Memoria de Cálculo, Presupuestos, etc.), En cuanto a los planos se entregará en formato DWG.

11.13 ADELANTO DIRECTO

No se otorgara ningún tipo de adelanto directo por el servicio.

11.14 ANEXOS

El supervisor además del cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, deberá

presentar los siguientes informes:

1. INFORME DE REVISION DEL PROYECTO

Este Informe deberá presentarse dentro de los cinco (05) días calendario del inicio del

plazo de los Servicios de Supervisión; deberá estar referido al proyecto en general y a

todas las especialidades contempladas en el Expediente Técnico, el informe deberá

describir:

Metodología empleada.

Verificación de los parámetros de Diseño. Revisión del Diseño.

Observaciones al proyecto, fundamentadas.

Alternativas y/o propuestas de solución de observaciones.

Conclusiones y recomendaciones.

2. INFORMES MENSUALES DE SUPERVISION

Estos Informes deberán entregarse indefectiblemente en el plazo indicado en el

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, estos informes se presentarán en

tres (3) ejemplares, original y dos copias, y deberán tener el siguiente contenido mínimo:

A) DATOS GENERALES DE LA OBRA

Obra

Resolución de Aprobación de Expediente Técnico

Financiamiento

Modalidad de Concurso

Fecha de Concurso

Adjudicación de Buena Pro

Contratista

Domicilio Legal del Contratista

Monto del presupuesto contratado

Plazo de Ejecución

Fecha de Suscripción del Contrato

Fecha de Entrega del Terreno

Calendario Acelerado Valorizado de Avance de Obra (de existir)

Resoluciones de ampliación de plazo (de existir)

Resoluciones de Adicionales de Obra (de existir)

Resoluciones de Deductivos de Obra (de existir)

Otras Resoluciones

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B) DESCRIPCION DEL INFORME

Proceso Constructivo

Cuaderno de Obra

Pruebas, controles y análisis

Situación del proyecto: Discrepancias, Alternativas y Soluciones

Modificaciones del proyecto

Controversias: planteamiento de las partes

C) DESCRIPCION PROCENTUAL DE LOS AVANCES DE OBRA A NIVEL DE

PARTIDAS ESPECIFICAS EN LAS ESPECIALIDADES CONSIDERADAS EN EL

PRESUPUESTO DE LA OBRA, COMO POR EJEMPLO:

Obras Preliminares

Movimiento de Tierras

Arquitectura.

Estructuras.

Instalaciones Sanitarias.

Instalaciones Eléctricas.

Señalización

Varios, etc

D) AVANCES DE OBRA

Cuadros comparativos de avances físicos de obra

Gráficos comparativos, de avance de obra valorizada, de los realmente ejecutada

con relación a lo programado, global y por especialidad curva “S” de avance

acumulado

Reajustes de Obra

Adicionales de Obra

Relación de Material en cancha

Relación del Personal en Obra

Relación de Maquinaria y Equipo

Constancia de pago de leyes sociales y otros aportes:

Acreditar Constancia de Inscripción de seguros de accidente de trabajo para

el personal en general a cargo del Contratista y daños y perjuicios contra

terceros derivados de la ejecución de los trabajos.

Aportaciones de Salud

Aportaciones de Pensiones

CONAFOVICER

SENCICO

Anotaciones del Cuaderno de Obra

Copias fotostáticas legibles del Cuaderno de Obra

Inventario de Materiales ingresados a obra en cada período mensual,

adjuntando copia de las guías de remisión

Anexos

Controles y Pruebas de calidad

Fotografías del proceso constructivo

Copias de Valorizaciones

Calendario de Avance de Obra Valorizado Vigente

Copias de comprobante de pago al contratista

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3. INFORME ESPECIFICOS

Presupuestos Adicionales de Obra

Presupuestos Deductivos de Obra

Reclamos controversias planteadas por el Contratista

Ampliaciones de plazo

Reconocimiento de Mayores Gastos Generales

Modificaciones del Proyecto

Aplicación de Multas por mora

Resolución del Contrato de Obra.

4. LIQUIDACIÓN FINAL DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN

Valorización final de los Servicios.

Pagos a cuenta (Liquidaciones mensuales).

Resumen de pagos (fechas de pago y gasto total de la obra).

Saldo a favor o en contra del Consultor.

5. ESTRUCTURA DE LA LIQUIDACIÓN FINAL OBRA:

Antecedentes de la obra

Datos Generales

Descripción de las obras y Cumplimiento de Metas

Metrados valorizados y ejecutados

Presupuestos de Obra

Adicionales (de ser el caso)

Deductivos (de ser el caso)

Valorizaciones Contrato Principal

Valorizaciones Adicionales (de ser el caso)

Valorizaciones Deductivos (de ser el caso)

Resumen de Valorizaciones Contrato Principal

Resumen de Valorizaciones Adicionales (de ser el caso)

Resumen de Valorizaciones Deductivos (de ser el caso)

Liquidación Final

Planos Post-Construcción

Cuaderno de Obra.

Conclusiones y Recomendaciones.

Panel Fotográfico (que muestre la secuencia constructiva)

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CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

Las Bases deben considerar los siguientes factores de evaluación:

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA

PARA SU ASIGNACIÓN10

A. EXPERIENCIA DEL POSTOR 35 PUNTOS

A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD

Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de 05 años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a Tres (3) Veces del Valor Referencial de la Convocatoria del presente proceso de selección. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los

M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría correspondientes a la actividad objeto del proceso

M >= [3] veces el valor referencial:

[15] puntos M >= [2.5] veces el valor referencial y < [3]veces el valor referencial:

[10]puntos M >= [2] veces el valor referencial y < [2.5] veces el valor referencial:

[05] puntos11

10 Para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos.

En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes. 11 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá

cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA

PARA SU ASIGNACIÓN10

que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del proceso de selección se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad.

A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD

Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un periodo de Cinco (05) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (1) Vez el Valor Referencial. Se considerará servicio igual o similar a la supervisión de obras de mejoramiento e implementación o mejoramiento y ampliación de edificaciones de servicios educativos de nivel superior (institutos tecnológicos o universitarios), cuyo valor mínimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial.

Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios iguales o similares al objeto del proceso.

M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría iguales o similares al objeto de la convocatoria M >= [1] veces el valor referencial:

[20] puntos M >= [0.75] veces el valor referencial y < [1] veces el valor referencial:

[10]puntos M >= [0.5] veces el valor referencial y < [0.75] veces el valor referencial: [05] puntos

12

12 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá

cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA

PARA SU ASIGNACIÓN10

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del proceso, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA

PARA SU ASIGNACIÓN10

B. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

(De 30 Hasta 40 puntos)

B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO B.1.1 (01) JEFE DE SUPERVISOR DE OBRA Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia como jefe de supervisión con un mínimo de doce (12) meses de experiencia profesional en la supervisión de obras, adicionales a los solicitados para el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso. B.1.2 UN (01) INGENIERO ASISTENTE EN SUPERVISIÓN Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia como Supervisor y/o Asistente con un mínimo de doce (12) meses de experiencia profesional en supervisión de obras, adicionales a los solicitados para el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso

40 PUNTOS

- Más de 12 meses:10 puntos

- Más de 6 hasta 12 meses: 05 puntos

- Más de 3 hasta 6 meses: 01 punto

- Más de 12 meses:10 puntos

- Más de 6 hasta 12 meses: 05 puntos

- Más de 3 hasta 6 meses:

01 punto 13

13 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA

PARA SU ASIGNACIÓN10

B.1.3 (01) ESPECIALISTA EN ADMINISTRACION DE CONTRATOS DE OBRAS PÚBLICAS Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia como Especialista en Administración de Contratos de Obras públicas con un mínimo de doce (12) meses de experiencia profesional, adicionales a los solicitados para el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso B.2. CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO

- Más de 12 meses:10 puntos

- Más de 6 hasta 12 meses: 05 puntos

- Más de 3 hasta 6 meses: 01 punto

14

“B.2.1 FORMACIÓN ACADÉMICA: Criterio: Se evaluará en función del nivel de formación académica del personal propuesto como JEFE DE SUPERVISION DE OBRA, considerándose los siguientes niveles: NIVEL 1: Estudios a nivel de Maestría. NIVEL 2 :Estudios a nivel de Diplomado Acreditación: Se acreditarán con copia simple de: Título, Constancias, Certificados, u otros documentos, según corresponda.

NIVEL 1 DE FORMACIÓN ACADÉMICA :

[5] puntos NIVEL 2 DE FORMACIÓN ACADÉMICA :

[2] puntos

14 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA

PARA SU ASIGNACIÓN10

“B.2.1 FORMACIÓN ACADÉMICA: Criterio: Se evaluará en función del nivel de formación académica del personal propuesto como ASISTENTE DE SUPERVISION DE OBRA, considerándose los siguientes niveles: NIVEL 1: Estudios a Nivel de Maestría. NIVEL 2 :Estudios a nivel de Diplomado

Acreditación: Se acreditarán con copia simple de: Título, Constancias, Certificados, u otros documentos, según corresponda.

NIVEL 1 DE FORMACIÓN ACADÉMICA :

[5] puntos NIVEL 2 DE FORMACIÓN ACADÉMICA :

[2] puntos

C. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS15

(De 20 Hasta 25 puntos)

25 PUNTOS Se calificará con dos (2.5) puntos

por cada Propuesta y/o Mejora con un máximo de 12.5 Puntos por cada Criterio Establecido.

Mejora 1 : para 5 mejoras se otorgara un máximo de´: [12.5] puntos Mejora 2 : para 5 mejoras se otorgará un máximo de: [12.5] puntos

Se otorgará puntaje al postor, en función a sus aportes, mejoras, sugerencias a los términos de referencia consignados en las Bases. Se calificara de la siguiente manera: Criterio: Mejora 1: Identificación de Dificultades en el Desarrollo del Servicio con las respectivas propuestas de solución concordante con problemática de la zona donde se ejecutara el proyecto Mejora 2: Enriquecimiento de Términos de Referencia, conforme al criterio establecido en el numeral 2.5.1 literal d) de las Bases. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada y documentación que sustente el desarrollo de las propuestas y/o mejoras.

TOTAL

100 PUNTOS

15 Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de

mejoras se le otorgará puntaje.

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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación del servicio de una Entidad Privada Supervisora, que celebra de una parte la Municipalidad Distrital de Carumas, en adelante LA

ENTIDAD, con RUC Nº 20170623526, con domicilio legal en Calle Carumas S/N, representado por su Alcalde Sr. Ilario Abran Pacheco Ramos, identificado con DNI Nº 04819284 y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC, para la contratación del servicio de una Entidad Privada Supervisora, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto la contratación de una Entidad Privada Supervisora en el marco de la Ley N° 29230 “Obras por Impuestos”, para la Supervisión de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA” Código SNIP 152684 y conforme a los Términos de Referencia.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta y Uno con 74/100 nuevos soles (S/. 444,841.74 n.s.) Este monto comprende el costo del servicio, seguro e impuesto de Ley, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO

16

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA en Nuevos Soles, La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en valorizaciones mensuales y proporcionales al plazo de la ejecución de la obra, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN

16 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente

a efectos de generar el pago.

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50

El plazo de ejecución del presente contrato es de 330 días calendarios, de los cuales Trescientos días (300 d.c.) para la Supervisión de la obra y Treinta días calendarios (30 d.c.) para la Liquidación de la Obra, el mismo que se computa desde el inicio de la ejecución de la obra.

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora

17 y los

documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, importe y vigencia siguiente: De fiel cumplimiento del contrato

18: S/. 44,484.17 nuevos soles, a través de la [INDICAR EL

TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada no cumpliera con renovarlas. CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula conforme a los Términos fijados en el Capítulo III de las Bases y será otorgada por la Sub Gerencia de Supervisión y Control. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose a LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos. El plazo máximo de responsabilidad de LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contratada es de un (01) año. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES Si LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las

17 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro. 18 La garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del

contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de la Entidad Privada Supervisora contratada. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

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prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto

F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos, de los pagos parciales o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta al marco normativo supletorio que prevé la Quinta Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N°29230, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2014-EF, en tanto no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO [Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, aplicando el marco normativo supletorio que prevé la Quinta Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N°29230, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2014-EF, en tanto no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad del presente contrato. En especial los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado]. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de acciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley N°29230 y su Reglamento, en las directivas que emita el MEF y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Decreto Legislativo N°1017 y su Reglamento, y disposiciones sustitutorias, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

19

19 Se establecerá la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución

contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el

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Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo, a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto por Ley. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: Calle Caramas S/N. DOMICILIO DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la Localidad de Carumas el ……… de Setiembre del 2014. “LA ENTIDAD” “LA ENTIDAD PRIVADA

SUPERVISORA”

arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del...………. debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 1 20

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC Presente.- [CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Proceso de Selección N° 001-2014-CE/MDC, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.

21

…..………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

20 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el

representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección. 21 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC Presente.- Estimados Señores: El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................

Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC Presente.- De nuestra consideración: Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de SUPERVISIÓN para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA” Código SNIP 152684, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del

presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el

contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley

del Procedimiento Administrativo General. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC ] Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado). Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Municipalidad Distrital de Caramas, Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100% [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. ………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC ] Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de SUPERVISIÓN para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “LOS ANDES” DE CARUMAS, DISTRITO DE CARUMAS, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO -MOQUEGUA” Código SNIP 152684 en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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60

ANEXO Nº 6

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC Presente.- Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL

SERVICIO

N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA22 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO

VENTA23

MONTO FACTURADO

ACUMULADO24

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

22 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 23 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante

de pago, según corresponda. 24 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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Nº CLIENTE OBJETO DEL

SERVICIO

N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA22 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO

VENTA23

MONTO FACTURADO

ACUMULADO24

TOTAL [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 7

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC ] Presente.- Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL

SERVICIO

N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA

25 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO VENTA

26

MONTO FACTURADO ACUMULADO27

1

2

3

4

5

6

7

8

25 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 26 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante

de pago, según corresponda. 27 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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Nº CLIENTE OBJETO DEL

SERVICIO

N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA25 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO

VENTA26

MONTO FACTURADO

ACUMULADO27

9

10

TOTAL [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 9

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC Presente.- De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL

[CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL S/.

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

[MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARAMAS

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ANEXO Nº 10

MODELO DE CARTA DE EXPRESIÓN DE INTERÉS

[INDICAR LUGAR Y FECHA]

Señor PRESIDENTE DEL COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE SELECCIÓN Nº 001-2014-CE/MDC

Presente

Asunto: Expresión de Interés en la Supervisión del Proyecto - Ley 29230

Tengo el agrado de dirigirme a su despacho en relación a la Convocatoria realizada por el Comité

Especial que usted preside, para supervisar la ejecución del proyecto de La Municipalidad Distrital de

Carumas, en el marco de la Ley N° 29230 (Ley de Obras por Impuestos).

Sobre ello, le manifestamos nuestro interés en supervisar la ejecución del Proyecto:“Mejoramiento

de la Infraestructura, Equipamiento e Implementación del Servicio Educativo del Instituto

Superior Tecnológico los Andes de Carumas, Distrito de Carumas, Provincia Mariscal Nieto -

Moquegua”, con Código SNIP N° 152684.

Para tal efecto, declaro haber tomado conocimiento del contenido de las Bases del Proceso de

Selección, sujetándome a las disposiciones y requisitos establecidos en las mismas

Sin otro particular, quedamos de ustedes.

Atentamente,

[NOMBRE Y FIRMA DEL POSTOR Y DE SER PERSONA JURÍDICA SELLO, NOMBRE Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL]