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MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ BASES DE LICITACION: MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO 05-2,017 NOG: JULIO 2017 CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.

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DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

BASES DE LICITACION: MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V

LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO 05-2,017

NOG:

JULIO 2017

CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.

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BASES DE LICITACION: MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V

SECCION I

CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES GENERALES

Las siguientes condiciones y especificaciones generales, contienen los requisitos mínimos indispensables para el proyecto de “CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.” ASPECTOS GENERALES: Las presentes Bases de Licitación contienen las condiciones, generales, forma y contenido de presentación de ofertas, así como la indicación de los documentos que deben adjuntarse y requisitos que deben llenarse, garantías que deben de cumplir, calidades y características de los oferentes y demás obligaciones que deben cumplir los participantes al presentar sus ofertas. Siendo el objeto establecer los requisitos fundamentales que deben reunir las ofertas, los documentos a presentar con base en los cuales se verificará el cumplimiento de los requisitos legales, los criterios de la calificación de las mismas y la adjudicación del negocio.

DESCRIPCION DEL PROYECTO: El Caserío Sexan Ain, pertenece al Municipio de Fray Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz, Cuenta con una población según las

estadísticas de la Dirección Municipal de Planificación del año dos mil quince de 433 habitantes entre hombres, mujeres y niños.

El Caserío, cuenta con 65 viviendas con condiciones irregulares para vivir; su estructura es de: Techo de paja o lamina, paredes de madera, pisos de tierra. Y uno de los problemas que padecen los habitantes es la falta de un sistema adecuado de abastecimiento de agua, por esta

razón la mayoría se abastece a través de dos riachuelos que atraviesa caserío, los cuales están completamente contaminados. La población al no contar con un servicio normal que abastezca de

agua de calidad y cantidad suficiente para satisfacer las necesidades de los habitantes, priorizar un proyecto de Agua Potable, de abastecimiento del vital líquido para los habitantes del caserío.

Los habitantes han gestionado en diferentes oportunidades ante las autoridades ediles, ONGS y OGS el proyecto de: “CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN

AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.” Pero no han tenido respuesta positiva alguna y en virtud a ello en asamblea general a determinado gestionar nuevamente a la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, a través del Consejo Comunitario de Desarrollo

COCODE, la ejecución del proyecto : “CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE

CASERIO SEXAN AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V para poder mejorar la

calidad de vida de los habitantes del caserío ya que actualmente se cuenta con los estudios de Pre factibilidad.

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El proyecto cuenta con el siguiente resumen de Renglones de Trabajo

1. DEFINICIONES Para efectos de esta LICITACIÓN los términos que se consignan se interpretarán como allí se

indica y solo así: 1.1 MUNICIPALIDAD. Es la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, del

Departamento de Alta Verapaz. 1.2 CONCEJO MUNICIPAL. Es el honorable Concejo Municipal del municipio de

Fray Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz. 1.3 ALCALDESA MUNICIPAL. Es la jefa Edil de la Comuna del municipio de Fray

Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz.

1.4 AUTORIDAD SUPERIOR. Es el Concejo Municipal de esta municipalidad. 1.5 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA SUPERIOR. Es la Alcaldesa Municipal.

1.6 LICITACIÓN: Es el procedimiento administrativo público, establecido por la Ley

de Contrataciones del Estado, su Reglamento y Reformas, para contratar la ejecución del proyecto.

1.7 DOCUMENTOS: Conjunto de normas, disposiciones, requisitos, condiciones e instrucciones de la de Fray Bartolomé de Las Casas, Departamento de Alta Verapaz, para la contratación y ejecución de la obra

1.8 BASES DE LICITACIÓN: Documento que regula la contratación de la obra y

formulada de acuerdo a lo establecido en La Ley de Contrataciones del Estado

No. DESCRIPCION CANTIDAD

UNIDAD

DE MEDIDA

PRECIO

UNITARIO Q.

TOTAL Q.

1 Replanteo Topográfico 4.10 M

2 Excavación + Relleno de Zanja 1968.00 M3

3 Línea de impulsión 390.00 M

4 Red de distribución 3942.00 M

5 Tanque distribución de 120 M3 120.00 M3

6 Válvula de compuerta y aire 7.00 UNIDAD

7 Caja de Cloración 1.00 UNIDAD

8 Conexiones domiciliares 65.00 UNIDAD

9 Caseta de Bombeo + Bomba sumergible y Instalación Eléctrica 9.00 M2

10 Captación 1.00 UNIDAD

11 Desarenador 5.00 M3

12 Rótulo del Proyecto 2.40 M2

TOTAL

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y su Reglamento.

1.9 OBRA: Conjunto de trabajos a ejecutar por el contratista, la cual deberá ser

ejecutada y finalizada conforme a lo estipulado en el contrato, sus modificaciones

y ampliaciones.

1.10 OFERTA: Son los documentos contenidos en la plica, mediante los cuales, el oferente hace su propuesta cumpliendo con los requisitos que establecen las bases de LICITACIÓN.

1.11 OFERENTE: Persona individual o jurídica, inscrita y vigente en el Registro de

precalificados del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda que presenta una oferta formal de ejecución de obras, ante la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz.

1.12 OFERENTE ADJUDICATARIO: Oferente a quien se adjudicara la oferta

calificada.

1.13 CONTRATISTA: Es la persona individual o jurídica, a quien se adjudico el objeto

de la LICITACIÓN y que ha suscrito el contrato para ejecución de la obra.

1.14 JUNTA DE LICITACIÓN: Es el ó r g a n o c o m p e t e n t e n o m b r a d o p o r l a autoridad s u p e r i o r d e la Municipalidad, para la recepción, calificación

de ofertas y adjudicación del negocio jurídico, según el artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado, reformado por el Artículo 5 del Decreto número 46-2016. La junta de LICITACIÓN estará integrada por tres (3) miembros titulares

y dos (2) suplentes los cuales deberán ser nombrados por la autoridad superior de la entidad contratante y será competente para recibir, calificar la oferta y adjudicar el negocio. Asimismo, rechazar las ofertas que no se ajusten a

los requisitos fundamentales definidos como tales en las bases o cuando los precios, calidades y otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los

intereses de la Municipalidad.

1.15 COLUSION: La existencia de acuerdo entre dos o más oferentes para lograr en forma ilícita la adjudicación.

1.16 CONTRATO: Documento legal suscrito entre la Municipalidad del

municipio de Fray Bartolomé de las Casas, del Departamento de Alta Verapaz, por

medio de su representante legal y el Contratista adjudicado, que deberá contener las condiciones de ejecución de la obra, el pago de la misma y demás estipulaciones. Forman parte del contrato quedando incorporados a él, las

especificaciones Generales, técnica y disposiciones especiales con cualquier apéndice o adenda, la oferta Presentada por el contratista y las bases de

LICITACIÓN.

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1.17 DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Conjunto de documentos técnicos,

legales y administrativos que forman parte del contrato. 1.18 ESPECIFICACIONES GENERALES: Conjunto de disposiciones que regula la

actuación del contratista, del supervisor de la obra y de la Municipalidad.

1.19 ESPECIFICACIONES TECNICAS: Conjunto de disposiciones que indican las normas nacionales e internacionales que regulan la ejecución de las obras, forma y calidad de los trabajos a ejecutar.

1.20 PLANOS: Representación gráfica de la obra, contiene ubicación, forma,

dimensiones y detalles de los trabajos a ejecutar. 1.21 RENGLON DE TRABAJO: Actividad material especificada en el Contrato, que se

debe ejecutar al precio establecido, en un tiempo determinado y con la calidad y cantidad descritas en los documentos de LICITACIÓN.

1.22 AFIANZADORA: Institución autorizada por la Superintendencia de Bancos, que otorga fianzas y seguros, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones

previas y durante el contrato por parte del contratista. 1.23 SUPERVISOR (A) DE LA OBRA: Es la persona individual o jurídica,

seleccionada o contratada por la Municipalidad con el objeto de inspeccionar la ejecución de la obra, aprobar los trabajos realizados por el contratista, la

recepción de los mismos y certificar que ha sido efectuados de acuerdo a las especificaciones que rigen el proyecto, conforme la buena práctica de arquitectura e ingeniería.

1.24 DELEGADO RESIDENTE DEL CONTRATISTA: Es el profesional, arquitecto o

ingeniero civil, colegiado activo, representante del contratista en la obra. Está a

cargo de los trabajos de construcción de la obra y es responsable de la calidad del trabajo que ejecute, así como, de todos los recursos humanos y materiales

que intervengan en la ejecución de la obra. Representara al contratista en ausencia de éste y las instrucciones dadas a él ellos, se consideraran como dadas al contratista.

1.25 DIAS CALENDARIO: Son días consecutivos cronológicamente, incluyendo

sábados, domingos, y días de asueto y días festivos. 1.26 PLAZO: Periodo de tiempo computado en días calendario, establecido en el

contrato. 1.27 VIGENCIA CONTRACTUAL: Período comprendido de la fecha de aprobación del

contrato a la fecha de aprobación de la liquidación del mismo.

1.28 MEDIDA: Determinación comparativa, de cantidades de trabajo que permiten la cuantificación de los renglones de trabajo de la obra, para efectos de pago. El supervisor de la obra, medirá en campo las cantidades de trabajo realmente

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ejecutadas, las cuales, serán objeto de pago.

1.29 PROGRAMA DE TRABAJO E INVERSIÓN: Cronograma elaborado por el

contratista en el cual consta el plazo y el detalle del tiempo de ejecución, en la

ejecución de los renglones y sub-renglones de trabajo, que conforman la obra y el valor de dichos renglones y sub-renglones. Se considera como preliminar

el presentado por el oferente en su oferta. Los programas definitivos serán revisados y aprobados por el supervisor y con el visto bueno de la autoridad administrativa superior de la municipalidad, como uno de los requisitos previos a

la autorización del pago del anticipo pactado en el contrato.

1.30 ESTIMACION: Cuadro que adjunta el contratista a su factura periódica, basado en el cuadro de oferta, en el cual se detallan los trabajos y volúmenes realizados, los precios unitarios aplicables y los totales por renglón de cobro, así como el total

de la estimación, bruta y neta. Estos deben ser firmados sellados y timbrados por el Ingeniero Residente de la obra. Así mismo presentar fotografías que reflejen el estado de la obra.

1.31 PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE ESTIMACION: Es el que se ejecuta a

través del pago parcial establecido en los artículos 59 de la Ley de Contrataciones del Estado, y 50 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.32 ORDEN DE CAMBIO (O.C): Documento solicitado por el Contratista o por el

supervisor aprobado por la autoridad administrativa superior, para que se efectúe cualquier cambio o modificación a las especificaciones o bien para suprimir o disminuir las cantidades de trabajo de uno o más renglones de

trabajo.

1.33 ORDEN DE TRABAJO SUPLEMENTARIO (O.T.S): Orden aprobada por la

autoridad administrativa superior, para la ejecución de unidades adicionales en cualquiera de los renglones de que se dispone la obra, a los precios

unitarios del respectivo renglón. 1.34 ACUERDO DE TRABAJO EXTRA (A.T.E): Acuerdo entre el supervisor de la

obra y el contratista, aprobado por la autoridad administrativa superior, para la ejecución de trabajos adicionales con base en precios unitarios o

suma global, convenidos de mutuo acuerdo para los cuales no existen renglones ni precios establecidos en la oferta presentada, ni en el contrato.

1.35 COMISION RECEPTORA Y LIQUIDADORA: Es el órgano competente nombrado por la autoridad administrativa superior, la cual deberá proceder a la recepción y liquidación de la obra.

1.36 ACTA DE INICIO DE LOS TRABAJOS: Documento emitido por la comisión de

inicio de obras o servicios nombrados por el concejo municipal, para constatar y suscribir el acta de inicio de la obra en la cual será anotado el tiempo de ejecución programado por el oferente ganador del concurso.

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1.37 ACTA DE RECEPCION FINAL: Documento emitido por la comisión receptora y

liquidadora como constancia de la revisión y recepción final de la obra. Este

documento será parte integrante del proceso para la liquidación, de acuerdo con las cláusulas contractuales.

1.38 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: Es la contenida en el Decreto

Número 57-92 del Congreso de la República y sus reformas.

1.39 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. Es el

contenido en el Acuerdo Gubernativo Número 122-2016 y sus reformas. 1.40 ESPECIFICACIONES GENERALES: Especificaciones técnicas de construcción.

1.41 ESPECIFICACIONES TECNICAS. Documentos complementarios a las

especificaciones generales que regirán la construcción de la obra.

1.42 DISPOSICIONES ESPECIALES: Descripción técnica de los renglones de trabajo

con su respectiva medida de pago.

2. DISPOSICIONES ESPECIALES:

2.1 El oferente estará sujeto a las leyes de Guatemala, especialmente en lo que para el efecto regula la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número

57-92 del Congreso de la República, su Reglamento y reformas.

2.2 E n caso de que los oferentes sean personas jurídicas, el representante deberá acreditar, de conformidad con la Ley y a satisfacción de la Municipalidad, su personalidad y personería con que actúa. Cuando se trate de empresas individuales, deberá acreditar adecuadamente su propiedad con fotocopia de patente comercio debidamente legalizada, o que se la haya emitido un nombramiento específico para la entrega de la plica.

2.3 E l oferente estará sujeto a la investigación de sus antecedentes en la Contraloría General de Cuentas, Regis tro de Precalificados del Ministerio de Comuni cac iones , Infraestructura y Vivienda, la superintendencia de administración tributaria y otras dependencias que ameriten.

2.4 La participación como oferente, implica la aceptación de todos los documentos de

LICITACIÓN. Toda adjudicación se entenderá sujeta a l as d i spos i c i one s contenidas en l os re fe r i dos documentos.

2.5 Los derechos y obligaciones que se originen de la presentación de la oferta, son Intransferibles.

2.6 La municipalidad se reserva los siguientes Derechos:

2.6.1 La junta de LICITACIÓN podrá rechazar sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a los requisitos establecidos en los documentos

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de LICITACIÓN. 2.6.2 Si ocurriere un caso fortuito o de fuerza mayor que impidiese la continuación

del proceso de LICITACIÓN, se prescindirá de la negociación por medio de resolución de la autoridad superior, en cualquier fase que ésta se encuentre, sin ninguna responsabilidad para la Municipalidad. Excepto si aconteciere con posterioridad a la presentación de ofertas y antes de la suscripción del contrato. Procediendo en todo caso conforme lo fija la ley.

3. OBJETO DE LAS BASES DE LICITACIÓN. El objeto de las bases es establecer los requisitos fundamentales que deben reunir las ofertas, los documentos a presentar con base en los cuales se juzgará la capacidad legal, técnica, y financiera del oferente, otras condiciones a las que se deben ajustar las ofertas, los criterios de la calificación de las mismas y la adjudicación de la LICITACIÓN, Los documentos de LICITACIÓN incluyen las bases, especificaciones generales, especificaciones técnicas, disposiciones generales, disposiciones especiales y los planos de construcción, los cuales serán adjuntados junto con la invitación por La Municipalidad del municipio de Fray Bartolomé de Las Casas del Departamento de Alta Verapaz. En caso de discrepancia entre los documentos de LICITACIÓN, la prevalecía de los mismos será en el orden citado a continuación: disposiciones generales, disposiciones especiales, especificaciones técnicas, especificaciones generales, planos y Bases de LICITACIÓN. 4. DE LOS OFERENTES Podrán participar en la presente LICITACIÓN todas aquellas personas Individuales o Jurídicas quienes no incurran en ninguna de las circunstancias señaladas como prohibiciones por el Artículo 80 d e l a L e y d e C o n t r a t a c i o n e s de l E s t a d o . BASE L E G A L : A r t í c u l o 8 0 d e l a L e y d e Contrataciones del Estado Decreto 57-92.

Los oferentes deben dedicarse en forma permanente a este giro, estar legalmente

constituidos y establecidos para el efecto y estar en condiciones de realizar lo requerido.

Los oferentes deben sujetarse a los Documentos de LICITACIÓN y en lo correspondiente a la Ley de Contrataciones del Estado y demás leyes y reglamentos aplicables aunque los artículos o la normativa no se indiquen expresamente en los Documentos de LICITACIÓN. Es importante que el oferente no haya incumplido contratos con la M UNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, pues ello puede ser causal de descalificación.

Para el solo efecto de localizar al oferente, éste deberá señalar dirección dentro del perímetro urbano del municipio de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz. Si por cualquier circunstancia no se cumple con señalar dirección y hubiere necesidad de localizar al oferente, se hará por medio de los estrados de la Municipalidad. 5. LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE EFECTUARÁ LA PRESENTACIÓN,

RECEPCIÓN Y APERTURA DE PLICAS.

Las ofertas y demás documentos de LICITACIÓN deberán entregarse directamente a la Junta de LICITACIÓN mediante sobre cerrado y sellados (plicas), en

ORIGINAL Y 2 COPIAS AUTENTICADAS, en idioma español, en ARCHIVADOR TAMAÑO OFICIO DE PASTA DURA, el DIA --- DE --- DEL 2,017, a las --- horas en

la oficina anexa al Despacho Municipal, ubicado en el segundo nivel del Edificio

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Municipal de Fray Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz,

Barrio San José La Colonia, del Municipio de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, advirtiéndose que transcurridos 30 minutos después de la hora indicada en la publicación de este evento para presentación y recepción de ofertas, no se aceptará

alguna más y se procederá al acto público de apertura de las plicas.

En ningún caso se admitirán en la oferta, condiciones que la modifiquen o la tergiversen. Los oferentes o sus representantes legales podrán presenciar el acto de recepción y apertura de plicas que efectuará la Junta de LICITACIÓN; podrán además escuchar la lectura del costo de las ofer tas .

Los participantes, en ningún momento tendrán voz durante la realización de dicho evento, pues sus dudas y consultas ya habrán tenido la oportunidad de haberlas planteado.

6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y COPIAS REQUERIDAS

En el exterior de los sobres debe consignarse la identificación de la LICITACIÓN, el nombre del Proyecto y el nombre del Oferente, de conformidad con el siguiente modelo:

*Original y 2 copias autenticadas * [Identificar si es Original, Copia 1, Copia 2], en archivadores diferentes.

7. DOCUMENTOS Y REQUISITOS

Podrán presentar ofertas las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con la siguiente documentación, debiendo observarse lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado:

La oferta y TODOS los documentos que contiene la plica deben llevar la firma del oferente con su respectivo sello de la empresa oferente.

Cada página deberá ir foliada o numerada, además de presentar un índice conforme el

orden solicitado de los documentos que debe contener la plica, de tal forma que sea posible su estudio y consulta de manera ágil sin dar lugar a dudas o contradicciones. Las ofertas que no se presentan de esta forma serán rechazadas sin responsabilidad alguna para la Municipalidad.

MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, ALTA VERAPAZ EVENTO DE LICITACIÓN NO. 05-2017

PROYECTO: “CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN AIN,

FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.” PRESENTADO POR:___________________________________________

DIRECCION: LUGAR DONDE SE ENCUENTRAN UBICADAS LAS OFICINAS

LUGAR PARA RECIBIR NOTIFICACIONES: (SEÑALAR DIRECCION)

Teléfono: ___________________________________________________________________

E-mail: ______________________________________________________________________

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8. REQUISITOS FUNDAMENTALES. Para que toda persona individual o jurídica pueda participar en la presente Licitación Pública deberá estar inscrita en el Registro de Precalificados correspondiente, (Según el Artículo 76 de la

Ley de Contrataciones del Estado y sus Reformas) y deberá estar comprendido en el grupo de CAPACIDAD ECONOMICA “N” y dentro de las especialidades mínimas 24.28) INTRODUCCIÓN

DE AGUA POTABLE. La totalidad del Numeral 9. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LA PLICA, de las

presentes bases de LICITACIÓN, se consideran requisitos fundamentales y su no-inclusión o la no presentación de los mismos sin la totalidad de la información y las

formalidades requeridas, dará lugar a que la junta de LICITACIÓN, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, rechace sin responsabilidad de su parte, las ofertas presentadas.

9. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LA PLICA:

9.1 Carta de oferta de LICITACIÓN conteniendo Referencia del nú m e r o de l a L I C I T A C I Ó N del P r o ye c to “CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.” y Anexos, deben

ser impresos en papel con el membrete de la empresa o f e r e n t e y d e b i d a m e n t e f i rmados p o r e l P r o p i e t a r i o , R e p r e s e n t a n t e Lega l , Mandatario o

Apoderado y con el sello de la entidad o empresa, en original y nombres y apellidos de quien la firma.

LA OFERTA DEBE CONTENER:

9.1.1 Precio de la oferta.

9.1.2 Plazo de ejecución. 9.1.3 Presupuesto, (integración del costo de todos y cada uno de los

renglones con precios unitarios que se aplican en cada uno de los

conceptos de la obra, durante su ejecución consignando precios de material, mano de obra, transporte, subcontratos y costos indirectos).

9.1.4 Cronograma de ejecución.

9.1.5 Cronograma de inversión. 9.1.6 Cronograma de inversión del anticipo

9.1.7 Cuadro de cantidades estimadas de trabajo

9.2 Los precios de la oferta deberán ser presentados única y exclusivamente en Quetzales y deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El precio ofertado deberá ser fijo (no podrá variar durante el período de contratación) la oferta

deberá incluir cualquier costo extra, también el costo fijo y costo variable (tarifa por cantidad transportada) la oferta debe presentarse de acuerdo a lo indicado en las especificaciones y estar expresado en Quetzales, tanto en números como en

letras.

9.3 Fotocopia simple del recibo 7-B extendido en las cajas receptoras de la Municipalidad, que acredite haber cancelado el costo de reproducción de documentos que no son electrónicos.

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9.4 Constancia de la inscripción d e l Oferente en el Registro de

Proveedores Guatecompras.

9.5 Constancia de visita de campo, firmada y sellada por el Director Municipal de Planificación, en donde conste que el oferente realizo visita de campo en donde se

desarrollara la obra.

MODELO DE CONTENIDO DE VISITA DE CAMPO/AREA:

A este sitio donde se ejecutara el proyecto se presentó el (la) señor(a) ___________________________ Quien dice ser ______________________ de la empresa ____________________________con la finalidad de inspeccionar el área y lugar donde se llevara a cabo el proyecto de ______________________ efectuando un recorrido donde se ejecutara el proyecto, evaluando: las condiciones de acceso, la disponibilidad de materiales, mano de obra del lugar, y la ubicación exacta del proyecto, otorgándole para su revisión planos del proyecto. Y a solicitud del interesado(s) firmo, sello y extiendo la presente en ___________ cuando son las _______horas con _______minutos, del día ________ del mes de _____ del año 2017.

Firmo y Sello Director Municipal de Planificación Fray Bartolomé de Las Casas, A.V.

9.6 El oferente deberá señalar lugar para recibir notificaciones, citaciones,

emplazamientos y Correspondencia.

9.7 Formulario en original de los renglones de trabajo de la obra en hoja membretada de la municipalidad con firmada y sellada.

9.8 Fotocopia autenticada de precalificado general extendida por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y vivienda, para el año 2017.

9.9 Constancia de precalificación exclusiva en original, extendida por el Registro de Precalificación de Obras, CIV.

9.10 Garantía de Sostenimiento de Oferta: conforme se estipula en el Artículo 64 de la

Ley de Contrataciones del Estado, se caucionará con fianza, no menor del uno por

ciento (1%) n i m a y o r d e l c i n c o p o r c i e n t o ( 5 % ) del Valor Total de la Oferta, cubrirá el periodo comprendido desde la recepción y apertura de plicas,

hasta la aprobación de la adjudicación y, en todo caso tendrá una vigencia de 120 días. M isma que debe ser emitida por una institución, debidamente autorizada por la Superintendencia de Bancos para esta clase de operaciones en el país, de

reconocida solvencia y capacidad económica. La póliza no deberá contener manchas, errores, ni corrección alguna y deberá ser entregada dentro de una

bolsa de polietileno u otro material impermeable y transparente, que permita su visualización.

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9.11 Constancia de profesional Colegiado Activo vigente en original del

Supervisor de Obras del Contratista. 9.12 Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones

bancarias que posee el contratista. Identificación del cuentahabiente.

Tipos de cuenta que posee en la entidad bancaria. Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que posee.

Tiempo de manejo de la cuenta.

Clase de cuentahabientes. Determinación si posee créditos.

Saldo del deudor.

clasificación o categorías del deudor de conformidad con la normativa correspondiente.

9.13 Copia de los estados financieros de los 3 últimos ejercicios fiscales debidamente

certificados por contador y auditor publico registrado en la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-.

9.14 Solvencia del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social –IGSS- relacionado al pago de cuotas patronales y laborales correspondiente al último mes a la fecha de la

presentación de la oferta. 9.15 Constancia de Inscripción en el Registro General de Adquisiciones del Estado (cuando

aplique) 9.16 Declaración mensual o trimestral del pago del Impuesto Sobre la Renta –ISR-

correspondiente al mes anterior a la presentación de la oferta.

9.17 Declaración mensual del pago del Impuesto al Valor Agregado -IVA- correspondiente al mes anterior a la fecha de presentación de la oferta.

9.18 Fotocopia legalizada de la resolución para emitir factura.

9.19 Constancia de inscripción y actualización reciente (correspondiente al año 2,017) de contribuyente en el Registro Tributario Unificado –RTU-

9.20 Fotocopia autenticada de Carné de identificación tributaria. 9.21 Copia simple de contratos y actas de recepción final de 3 proyectos similares

Ejecutados por la empresa.

DECLARACIONES JURADAS: Las siguientes declaraciones juradas deberán presentarse por separado y no unificadas.

9.22 Acta notarial en original que contenga declaración jurada en la que conste que el oferente está enterado de las presentes bases de licitación, notas aclaratorias y sus

modificaciones, que acepta las condiciones consignadas en ellas y que se sujeta a la

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BASES DE LICITACION: MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V

legislación guatemalteca.

9.23 Acta notarial en original que contenga declaración jurada, de no ser deudores

morosos del Estado, conforme el artículo 19 numeral 10 de la Ley de Contrataciones

del Estado.

9.24 Acta Notarial en original que contenga declaración jurada de que su empresa o, en su caso, su representada no están comprendidos dentro las prohibiciones enumeradas en los artículos 20, 26 y 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.

9.25 Acta notarial en original que contenga Declaración jurada mediante el cual el

oferente manifiesta que la dirección y Números telefónicos consignados en la oferta, son verdaderos y actuales y donde se ubica la entidad.

9.26 Acta notarial en original que contenga Declaración Jurada que haga constar que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente son de licita procedencia y adjuntándose a las normas de transparencia establecido en

el Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas y que está actualizada y es de fácil acceso.

9.27 Acta notarial en original que contenga Declaración Jurada sobre la inexistencia de

conflicto de intereses entre e l oferente y el banco que acredita la titularidad de sus

cuentas bancarias.

9.28 Acta notarial en original que contenga declaración jurada donde el oferente

manifieste que conoce las penas relativas al delito de cohecho así como las

disposiciones contenidas en el capítulo III del Título XII del decreto 17-73 del congreso de la República, Código Penal y que adicionalmente conoce las normas jurídicas que facultan a la autoridad superior de la entidad afectada para aplicar las

sanciones administrativas que pudieran corresponderle incluyendo la inhabilitación en el sistema de GUATECOMPRAS.

Si se descubre falsedad en las anteriores declaraciones la oferta será rechazada, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los tribunales

de justicia.

EN CASO DE SOCIEDAD

MERCANTIL:

9.29 Fotocopia autenticada de Patente de Comercio de Empresa Mercantil. 9.30 Fotocopia autenticada de Patente de Comercio de la Sociedad Mercantil.

9.31 Fotocopia autenticada del Documento Personal de Identificación -DPI- (ambos lados)

pasaporte (si fuera extranjero) el oferente, representante o mandatario. 9.32 Fotocopia autenticada del Acta notarial de nombramiento del Representante Legal

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de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

9.33 Fotocopia legalizada de la inscripción del Representante Legal. 9.34 Fotocopia autenticada del Testimonio de la Escritura Pública constitutiva de la

Sociedad Mercantil. EN CASO DE EMPRESA INDIVIDUAL.

9.35 Fotocopia autenticada de Patente de comercio de la empresa mercantil.

9.36 Fotocopia autenticada del Documento Personal de Identificación –DPI- (ambos lados)

del propietario.

9.37 Fotocopia autenticada de la Resolución de aprobación de emisión de facturas.

9.38 Fotocopia autenticada del Pago de impuesto al valor agregado, correspondiente al

mes anterior a la fecha de presentación de oferta.

9.39 Constancia Autenticada de inscripción y habilitación ante el registro de Proveedores

de Guate Compras.

9.40 Curriculum de proyectos ejecutados por la empresa oferente y presentar fotografías

de la maquinaria con que cuenta. En todos los casos, cuando se trate de documentos provenientes del extranjero debe cumplirse

con lo que establecen los artículos 37 y 38 del Decreto número 2-89 del Congreso de la República, Ley del Organismo Judicial. De encontrarse escritos en otro idioma, éstos deben ser debidamente traducidos al español por un traductor jurado legalmente autorizado. Los

documentos que no cumplan con este requisito, no serán tomados en cuenta y se tendrán por no acompañados.

CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACIÓN:

10. RECHAZO DE OFERTAS

La junta de LICITACIÓN, se reserva el derecho de rechazar, sin responsabilidad de su parte las ofertas que se presenten para esta LICITACIÓN que no se ajusten a los requisitos

contenidos en las bases o cuando los precios, calidades y otras condiciones ofrecidas no convengan a los intereses de La Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz.

Si existen indicios razonables para considerar que un oferente tiene intereses financieros o de cualquier otro tipo de presentar más de una oferta, se rechazarán todas las ofertas involucradas en ese extremo. En consecuencia, una empresa que forme parte de un consorcio o negocio de participación no deberá presentar ofertas individuales. 11. PROHIBICIONES

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No podrán presentar ofertas en la presente LICITACIÓN, las personas que concurran en cualquiera de las circunstancias siguientes:

11.1. Que la persona individual o jurídica o alguno de sus socios y representantes hayan

intervenido directa o indirectamente en las fases previas de la adquisición o contratación. De igual forma se hace extensiva a los indicados en el sub numeral anterior.

11.2 Cada persona individual o jurídica podrá presentar una sola oferta y en ningún caso se

le admitirá la representación de más de un oferente. No se admitirá la existencia de colusión entre los oferentes.

11.3 Cada persona individual o jurídica deberá demostrar fehacientemente la capacidad para prestar los bienes y actividades que se licita, y en ningún caso se permitirá la

subcontratación de terceras personas para llevar a cabo el contrato.

12. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La evaluación y adjudicación del presente evento será efectuada por la Junta de LICITACIÓN dentro de un máximo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la

fecha de recepción de ofertas.

La calificación de ofertas se hará de acuerdo a las bases de LICITACIÓN, la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus reformas.

La calificación de la oferta se fundamentará principalmente, en el cumplimento de los requisitos y condiciones estipuladas en las bases, misma que está contenida en las presentes

bases. 13. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

13.1 La autoridad superior, con fundamento en la Ley de Contrataciones del

Estado, nombrará una Junta de LICITACIÓN compuesta por 3 miembros, para que evalúe las Ofertas.

13.2 Las Ofertas deberán presentarse directamente a la Junta de LICITACIÓN, en el lugar, fecha y hora señalados para la recepción de ofertas. Llegada la hora

señalada, se dejarán transcurrir treinta minutos, después de lo cual no serán aceptadas más ofertas. Recibidas las ofertas, la Junta de LICITACIÓN procederá a abrir las plicas, se dará lectura al precio total de cada oferta y en el acta

correspondiente se identificaran las ofertas recibidas, sin Transcribir ni consignar en detalle sus precios unitarios, siendo suficiente anotar el monto de cada oferta.

13.3 En el plazo dentro de CINCO (5) días hábiles, después de presentadas las ofertas, la Junta de LICITACIÓN hará la evaluación y adjudicación de las Ofertas

presentadas por los oferentes de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en estas Bases de LICITACIÓN, con el fin de seleccionar sucesivamente entre ellos a los calificados para la ejecución del proyecto, descalificando a los que no

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llenen los requisitos de estas Bases de LICITACIÓN.

13.4 De conformidad con el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, se

podrá prorrogar el plazo de adjudicación hasta un máximo de DIEZ (10) días hábiles

adicionales.

13.5 La Junta de LICITACIÓN rechazará, sin responsabilidad de su parte, las propuestas que no se ajusten a los requisitos fundamentales establecidos en estas Bases de LICITACIÓN o cuando las calidades y otras condiciones ofrecidas, sean

inconvenientes para los intereses de la Municipalidad.

13.6 La Junta de LICITACIÓN podrá fijar un plazo común a todos los Oferentes, para que cumplan con los requisitos no fundamentales exigidos en estas Bases de LICITACIÓN, indicándosele a cada uno de los Oferentes en qué consisten

los requisitos que deben cumplir. Vencido el plazo concedido, serán rechazadas las Ofertas de los Oferentes que no cumplan con satisfacer dichos requerimientos.

13.7 La Junta de LICITACIÓN levantará actas para dejar constancia de todo lo actuado y las decisiones tomadas.

13.8 Publicada en Guatecompras la adjudicación y contestadas las inconformidades si las

hubiere, la Junta de LICITACIÓN remitirá el expediente a la Autoridad Superior

dentro de los dos (2) días hábiles siguientes para su aprobación o improbación final.

13.9 La autoridad superior, aprobará o improbará lo actuado por la Junta de LICITACIÓN y en este último caso, con exposición razonada, ordenará su revisión con base en las observaciones que formule. Tanto la aprobación como la

improbación, la hará el Concejo Municipal dentro del plazo de 5 días hábiles de recibido el expediente.

13.10 La Municipalidad, notificará a través del sistema GUATECOMPRAS a todos los Oferentes la resolución que apruebe la adjudicación. Con esta notificación los

Oferentes no adjudicados que hayan ocupado del tercer lugar en adelante, podrán cancelar la garantía de sostenimiento de oferta.

13.11 En Caso que el Adjudicatario no suscribiere el Contrato dentro del plazo de 10 días, contados a partir la adjudicación definitiva, la contratación para la ejecución del

Proyecto podrá llevarse a cabo únicamente con el Oferente que ocupó el subsiguiente clasificado en su orden.

13.12 La Municipalidad podrá prescindir de la negociación, sin responsabilidad alguna de su parte, en cualquier fase en que se encuentre, pero antes de la suscripción del Contrato respectivo.

13.13 La Municipalidad notificará a todos los Oferentes la resolución en que se prescinda

de la negociación, a través del portal Guatecompras.

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14 JUNTA DE LICITACIÓN La Junta de LICITACIÓN es el órgano competente para la recepción, apertura,

calificación, adjudicación, y/o rechazo de ofertas. Se integrará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, con tres (3) miembros nombrados por la autoridad

superior. De conformidad con el Artículo 11 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”, reformado por el artículo 5 del Decreto No. 46-2016 del Congreso de la República de Guatemala.

15 FACULTADES

La Junta de LICITACIÓN de LA MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, ALTA VERAPAZ se reserva el derecho y facultad de verificar la autenticidad de los documentos presentados; así como la veracidad de la información que contenga la oferta. De encontrar

falsedad en los mismos se procederá de conformidad con lo estipulado en el artículo 26, segundo párrafo de la Ley de Contrataciones del Estado.

16 CONTROVERSIAS, PROTESTAS, RECLAMOS O RECURSOS.

Dentro del proceso de recepción, apertura de plicas y la calificación de las ofertas, no se admitirá ningún reclamo o impugnación por parte de los oferentes, así como tampoco se dará información sobre las actuaciones de la Junta.

17 IMPUGNACIONES

Se aplicarán las normas contempladas en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglam ento así como la Ley de lo Contencioso Administrativo.

18 CONTRATACIÓN

18.1 FORMA DEL CONTRATO: El Contrato Administrativo se suscribirá con el

Adjudicatario, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que de firme la resolución que apruebe la adjudicación, de acuerdo a lo indicado en el artículo 47 de la Ley de Contrataciones del Estado. El Contrato Administrativo se

fraccionará en papel membretado de la Municipalidad y para que el mismo cobre vigencia deberá ser aprobado por El Concejo Municipal de la Municipalidad

de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz. 18.1.1 Las Bases de LICITACIÓN entregadas por la Municipalidad a los Oferentes

que participaron en la LICITACIÓN, en caso de discrepancia, la prevalencia será, en primer lugar, lo establecido en el contrato y, luego, las Secciones de las

Bases de LICITACIÓN en el orden aquí consignado; 18.1.2 El expediente de LICITACIÓN, incluyendo la Oferta que el Contratista presentó a

la Junta de LICITACIÓN, con sus documentos adjuntos.

18.1.3 Las Actas elaboradas por la Junta de LICITACIÓN.

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18.1.4 Resoluciones de la Autoridad Superior y Autoridad Administrativa Superior.

19 TRASPASO DE DERECHOS CONTRACTUALES: El adjudicatario no podrá vender, ceder, ni traspasar a terceros, ni disponer en ninguna forma del contrato, ni de

ninguna de sus partes, de sus derechos, título o interés mismo, a otras entidades o personas para la prestación del servicio, sin la autorización de la Municipalidad.

20 La Municipalidad podrá rescindir el contrato sin responsabilidad alguna de su parte, y

hacer efectiva la fianza correspondiente, si el Contratista.

20.1 No inicia la ejecución de los trabajos dentro del plazo estipulado.

20.2 No cumple con proveer suficiente mano de Obra, equipo o materiales para

asegurar que terminará la Obra en el plazo convenido.

20.3 No realiza los trabajos conforme lo convenido en el contrato y no ejecuta

de nuevo satisfactoriamente los trabajos rechazados.

20.4 Interrumpe injustificadamente los trabajos.

20.5 Sufriere embargo de bienes o entablaren algún proceso de ejecución en su

contra, u otro que afecte el normal desarrollo de la ejecución de la Obra y que a

juicio de la Municipalidad pudiere afectar el desarrollo de los trabajos contratados.

20.6 No empleare en la Obra la cantidad y calidad de los materiales y equipo estipulados.

20.7 Sea declarado en quiebra. 20.8 Por vencimiento del plazo, siempre que no se hubiere acordado prórroga alguna.

20.9 Si el Contratista cede el Contrato a otros, sin la autorización por escrito de la

Municipalidad. 21. GARANTÍAS

21.1 GARANTÍA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA Esta garantía será de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Contrataciones del Estado. El porcentaje de esta garantía será no m en o r

d e l uno por ciento (1%) n i mayo r de l c i n co po r c i en to ( 5%) del valor de la Oferta. Cubrirá el periodo comprendido desde la recepción y apertura de plicas hasta la aprobación de la adjudicación y, en todo caso tendrá una

vigencia de ciento veinte (120) días.

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21.2 SON CAUSAS PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE

SOSTENIMIENTO DE OFERTA:

21.2.1 Si el adjudicatario no sostiene su oferta dentro del plazo de ciento veinte

(120) días de haberla presentado.

21.2.2 Si el adjudicatario no concurre a suscribir el Contrato administrativo dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la fecha en que quede firme la aprobación de la adjudicación.

21.2.3 Si habiendo suscrito el Contrato, el adjudicatario no presenta la

Garantía de Cumplimiento dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del Contrato

21.3 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:

Para garantizar el cumplimento de todas las obligaciones estipuladas en el

contrato, el Adjudicatario debe presentar fianza, por un valor del diez por ciento (10%) del monto total del contrato.

La presentación de la Garantía de Cumplimiento es requisito previo para la aprobación del Contrato.

Esta garantía, a favor de la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta

Verapaz, cubrirá el cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en el Contrato, como lo establece el Artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado.

La garantía de cumplimiento debe estar vigente durante todo el plazo de vigencia del Contrato administrativo, que dependerá del tiempo que dure el programa de

trabajo propuesto y aprobado.

Esta garantía se hará efectiva si se comprueba que el Contratista no ha cumplido con las obligaciones que estipule el Contrato.

21.4 GARANTIA DE CONSERVACION DE OBRA.

El contratista, antes de la cancelación de la garantía de cumplimiento y como requisito para la recepción de la obra, debe otorgar mediante fianza emitida por una Institución Afianzadora debidamente autorizada para esta clase de

operaciones en Guatemala, a su elección y a favor de La Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, GARANTÍA DE

CONSERVACIÓN DE OBRA por el QUINCE POR CIENTO (15%) del valor original del Contrato, y debe mantenerse en vigor durante DIECIOCHO (18) MESES contados a partir de la fecha del acta de recepción definitiva de la obra.

Dicha fianza debe presentarse como requisito previo para la recepción de la obra, (Artículo 67 de la Ley de Contrataciones del Estado).

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Esta garantía debe cubrir el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables al Contratista y que apareciesen durante el tiempo de responsabilidad de DIECIOCHO (18) meses contados a partir de la

fecha del acta de recepción definitiva de la obra. El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al Contratista de las

responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo dieciocho meses, a partir de la recepción definitiva de la obra.

La Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, debe levantar

el Acta correspondiente dentro de los CINCO (5) DÍAS HÁBILES antes del vencimiento de la vigencia de la fianza de conservación de la obra, haciendo constar si existen o no reclamos por calidad pendientes de ser satisfechos. Si

hubiese reclamos, la municipalidad debe solicitar prórroga de la Garantía de Conservación de Obra hasta que los reclamos sean solucionados y levantar nueva acta al quedar satisfechos tales reclamos, con el objeto de extender el

finiquito correspondiente al finalizar el período de responsabilidad si ese es el caso.

21.5 GARANTIA DE SALDOS DEUDORES.

El Contratista debe presentar fianza por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor del Estado, de la entidad correspondiente o de terceros en la

liquidación. Esta garantía debe otorgarse simultáneamente con la de conservación de obra como requisito previo para la recepción de la obra.

Aprobada la liquidación, si no existen saldos deudores, se cancelará esta garantía.

21.6 FORMALIDADES: Las Garantías a que se refieren los anteriores incisos deberán formalizarse mediante pólizas expresadas en quetzales y emitidas p o r instituciones

financieras debidamente habilitadas por la Superintendencia de Bancos y autorizadas para operar en Guatemala.

21.7 PROCEDIMIENTO PARA HACER EFECTIVAS LAS FIANZAS:

En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, el

supervisor de la Municipalidad, rendirá informe circunstanciado al Concejo Municipal, a d j u n t a n d o l o s documentos que demuestren los incumplimientos.

El Concejo Municipal dará audiencia a la Afianzadora y al Contratista, por un plazo común de diez (10) días hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados por la unidad de proyectos municipales y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus argumentos.

El Concejo Municipal, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de haberse

vencido el plazo otorgado a la Afianzadora y al Contratista, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución teniendo por desvanecidas las indicaciones de incumplimiento o declarando procedente la ejecución de la fianza.

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En este último caso, fijará a la Afianzadora el improrrogable plazo de diez (10)

días hábiles para que se haga efectiva la fianza.

22. SANCIONES

22.1 ATRASO EN LA FINALIZACIÓN DEL PROYECTO:

El retraso del Contratista en la finalización del proyecto, según el programa de trabajo aprobado, y por causas imputables a él, se sancionará con el pago de

una multa, por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 0/00) del valor total de lo atrasado. (Base legal art. 85 ley de contrataciones del estado)

22.2 VARIACIÓN EN CALIDAD O CANTIDAD:

Si el Contratista contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare a la Municipalidad, variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor

que representa la parte afectada de la negociación.

23. CONDICIONES GENERALES DE LICITACIÓN Las personas o entidades interesadas en presentar ofertas en el proyecto “CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE CASERIO SEXAN AIN, FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, A. V.” que en adelante se denominarán el o los Oferentes, deben considerar y tener en cuenta las siguientes condiciones generales:

23.1 El Contrato que llegue a suscribirse se someterá a las leyes guatemaltecas y en

especial a las establecidas en el Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas; Acuerdo Gubernativo número 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado.

23.2 Las ofertas deberán referirse y sujetarse a las condiciones establecidas en estas Bases y la presentación de la oferta constituirá evidencia que el Oferente leyó, estudió y verificó completamente los documentos y anexos contenidos en ellas, lo

que le habrá permitido entender, aceptar e identificar de manera clara, completa y precisa lo requerido para poder ofertar adecuadamente los bienes correspondientes.

23.3 Las ofertas recibidas no serán devueltas al Oferente, su original y copias quedarán en

poder de la Municipalidad y permanecerán en sus archivos durante el tiempo

que se estime razonable y pertinente, con el propósito de contar con la información en documentos originales que servirán para consultas posteriores. El contenido de las ofertas, documentos y sus anexos, serán tratados como documentos

confidenciales por la Municipalidad, por lo que su uso se limitará a la evaluación de las mismas y como referencia a la Convocatoria.

23.4 Con excepción a lo regulado en el artículo 37 de la Ley de Contrataciones del

Estado, los costos y gastos en que incurra el Oferente para la preparación y

presentación de su oferta, serán por su exclusiva cuenta y riesgo, razón por la cual la Municipalidad y las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la Ley de

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Contrataciones del Estado no reconocerán ninguna cantidad de dinero, ni

efectuarán reembolsos de ninguna naturaleza por tal concepto. 23.5 La junta de LICITACIÓN se reserva el derecho y la facultad de verificar la

autenticidad y contenido de los documentos presentados; así como la veracidad de la información que contenga la oferta, de encontrar falsedad o engaño en los

mismos, la Junta de LICITACIÓN procederá a la descalificación de la oferta, sin responsabilidad de su parte, sin perjuicio de efectuar las denuncias correspondientes si fuera el caso.

23.6 La veracidad de la información que contiene la oferta por la naturaleza notarial

de las declaraciones bajo juramento, se sujetan a los principios de simplificación administrativa (sencillez), pres un c ión de v e r a c i d a d y f i s ca l i z a c i ón pos ter io r . Dicha v e r a c i da d pod rá constatarse en cualquiera de las fases del

proceso de compra o inclusive en la de ejecución del contrato, para tal efecto se encuentran facultados la Junta de LICITACIÓN, la Municipalidad, la Contraloría General de Cuentas o los órganos jurisdiccionales que en derecho correspondan,

para la denuncia de las responsabilidades legales que correspondan en cada caso de que se trate.

23.7 No se aceptara ningún documento enviado vía fax, correo electrónico, o

correo, los documentos que deban presentarse, lo hará el representante legal o

propietario de la entidad en forma personal directamente a los miembros de la Junta de LICITACIÓN.

23.8 El precio deberán expresarse en quetzales con dos decimales y tendrán que incluir

todas las tasas, fletes, impuestos y cualesquiera otros gastos aplicables. De

acuerdo con lo que establece el artículo 10 del Decreto 27-92 del Congreso de la República y sus reformas, el precio deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

23.9 La oferta deberá presentarse en idioma español.

23.10 La oferta no deberá contener enmiendas, correcciones, borrones o raspaduras,

ya que las mismas podrán implicar su no consideración y/o descalificación.

23.11 La junta de LICITACIÓN podrá rechazar, sin responsabilidad alguna y de

acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado, las ofertas que no se ajusten a los requisitos fundamentales definidos en estas bases.

23.12 Si el oferente es una persona jurídica, el representante legal de la misma asumirá la responsabilidad de los trabajos ejecutados.

24. CONTROVERSIAS

Las partes tratarán de resolver en forma directa cualesquier diferencias que surja con motivo de la interpretación, aplicación, incumplimiento y efecto de este contrato será resuelto

directamente por LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATISTA con carácter conciliatorio, pero si no

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fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se

someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, conforme lo dispuesto por el articulo ciento dos (102) de la Ley de Contrataciones del Estado.

25. PROHIBICIONES

De conformidad con lo que establece el artículo ochenta (80) de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala), ningún funcionario o empleado de la Municipalidad, ni sus parientes consanguíneos o afines dentro de

los grados de ley, podrá presentar oferta ni ser contratado para prestar los servicios a los que se refieren las Bases de LICITACIÓN. Igual prohibición rige para las personas jurídicas,

cuando dicho funcionario o empleado sea socio o representante legal de las mismas. 26. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN.

La Municipalidad podrá efectuar las modificaciones o adiciones que considere pertinentes a las Bases de LICITACIÓN o cualquier otro Documento de la LICITACIÓN, por medio de

Apéndice(s) que se publicarán en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado denominado GUATECOMPRAS y se harán saber individualmente a

todas las personas que los hayan adquirido. La Municipalidad debe constatar la recepción del (los) Apéndice(s) por todas las personas que adquirieron las Bases de LICITACIÓN, por lo menos con ocho (8) días hábiles de anticipación a la fecha de recepción de ofertas, excepto

cuando el Apéndice comunique que dicha fecha ha sido pospuesta.

27. CONSULTAS Y RESPUESTAS La Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, únicamente responderá

Solicitudes de aclaraciones y consultas de los oferentes que hayan adquirido el derecho de participar, y lo hayan notificado a la Municipalidad, y notificara a través del sistema Guatecompras a quienes hayan adquirido su derecho de participación sobre aquellas

aclaraciones, dudas y/o consultas que se emitan.

Sin embargo, será responsabilidad de los interesados consultar los últimos cambios en la página de GUATECOMPRAS. La Municipalidad no se hace responsable por fallas en las conexiones o deficiencias de los equipos de cómputo que impidan acceder los documentos del

presente proceso de LICITACIÓN.

Cualquier aclaración y consulta que el oferente tenga con relación a estas bases deberá formularla en el sistema de Guatecompras por el NOG específico. 28. PAGO POR REPRODUCIÓN DE DOCUMENTOS. De conformidad con lo establecido en el Artículo 2 2 d e l d e c r e t o 5 7-92 de la Ley de

Contrataciones del Estado, los interesados deberán hacer el pago en efectivo de Q. 800.00, por la reproducción de los documentos anexos que no pueden ser elaborados por medios

electrónicos, (planos), monto que deberán cancelarse en las cajas receptoras de La Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, el recibo debe adjuntarse a la oferta.

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Los oferentes interesados también podrán adquirir los documentos de la

LICITACIÓN por medio electrónico, a través de Internet en la dirección www.guatecomptras.gob.gt consultando el Número de Operación de Guatecompras, -NOG-,

29. RECHAZO DE OFERTAS.

La junta de LICITACIÓN rechazara las ofertas que:

a) No sean presentados los documentos que estipulan estas Bases de LICITACIÓN,

y el Artículo cuarenta y uno (41) de la Ley de Contrataciones del Estado.

b) No cumplan con los Requisitos Fundamentales, exigidos en las presentes Bases de LICITACIÓN.

c) Si se comprueba falsedad en la documentación presentada por los oferentes.

d) No sean entregadas en el lugar, fecha y hora establecidos en las presentes

bases de LICITACIÓN.

e) Contengan cualquier información no subsanable de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y en general a cualquier ley de la República de

Guatemala.

f) Si considera que las calidades ofertadas y otras condiciones ofrecidas no convienen a los intereses de la Municipalidad.

g) No se tomarán en cuenta ofertas que presenten borrones, enmendaduras,

raspaduras, omisiones, o adiciones si no se salvan con firma responsable, sin embargo, la Junta de LICITACIÓN podrá solicitar a los oferentes la información que considere necesaria, siempre que no se modifique el valor total o

parcial de la oferta.

30. AUSENCIA DE OFERTAS.

En caso que a la LICITACIÓN no concurrieren Oferentes, la Junta de LICITACIÓN Suscribirá el Acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la Autoridad superior

o Autoridad Administrativa Superior, con el objeto que se prorrogue el plazo para recibir ofertas, y si en el nuevo plazo concedido no concurriere algún oferente, se informará que no hubo oferentes.

31. UN SOLO OFERENTE

Si a la fecha de recepción de ofertas, se presentara un solo Oferente, a este se le podrá

adjudicar la misma, siempre que a juicio de la Junta de LICITACIÓN la oferta satisfaga los requisitos exigidos en las presentes Bases de LICITACIÓN, y que la propuesta sea conveniente para los intereses de la Municipalidad. En caso contrario, la Junta de LICITACIÓN está facultada para abstenerse de adjudicar.

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32. CRITERIOS DE EVALUACION.

Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable para los intereses de la Municipalidad, se utilizaran los criterios siguientes:

ASPECTOS A EVALUAR CONTENIDO PUNTOS

OFERTA TECNICA

Para la calificación de la oferta técnica se

tomara en cuenta los aspectos siguientes:

Presupuesto detallado por Renglones y

Presupuesto Detallado por materiales,

Cantidades Precio Unitario y Costo Total,

Cronograma de ejecución y financiera.

Tiempo de ejecución el cual debe ser

expresado en días calendario.

20

OFERTA FINANCIERA

Para la calificación de la oferta financiera se

tomara en cuenta los siguientes aspectos:

Costo ofertado, congruencia en el análisis

detallado de la integración de costos de los

precios unitarios que se aplicaran a los

renglones de trabajo. A los oferentes que

estén por arriba del presupuesto estimado se

les calificara con los puntos en forma

inversamente proporcional como les

corresponda respecto al total de los puntos de

la oferta más económica de conformidad con

la siguiente fórmula.

Precio más Bajo X 30 Puntos

Precio E

Precio E= (Precio Estimado) Cada precio

subsiguiente al precio más bajo.

30

CAPACIDAD

EMPRESARIAL

Para la calificación de la capacidad

empresarial se tomara en cuenta los

siguientes aspectos: estar instalada

permanente de preferencia en la Región II

Norte sobre la Franja Transversal del Norte;

presentar fotografías de maquinaria, equipo

de construcción que posee la empresa

oferente para el desarrollo de la oferta;

documentación legal de la empresa y su

20

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representante legal.

EXPERIENCIA EN

TRABAJOS SIMILARES

Para la calificación de la experiencia en trabajos similares se tomara en cuenta los Siguientes aspectos: experiencia en la ejecución de trabajos similares anteriormente, y que deberá ser Comprobado a través de acta de recepción, contrato administrativo otorgados por la entidad o persona responsable.

20

PLAZO DE EJECUCIÓN

DE LA OBRA

Para la calificación del plazo de ejecución de

la obra se tomara en cuenta el siguiente

aspecto: se evaluara el tiempo de ejecución

presentado. A los oferentes que estén por

arriba del plazo estimado se les Calificara con

los puntos en forma inversamente

proporcional como les corresponda respecto al

total de los puntos de la oferta con menor

tiempo de conformidad con la siguiente

fórmula.

Plazo más Bajo X 10 Puntos

Plazo E

Plazo E= (Plazo Estimado) Cada plazo

subsiguiente al plazo más bajo.

10

La propuesta evaluada como más favorable, será la que obtenga el puntaje más alto.

La junta calificadora evaluará única y exclusivamente, aquellas ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en estas bases de LICITACIÓN.

33. OBSERVACIONES PRELIMINARES. 33.1. ERRORES, DISCREPANCIAS Y OMISIONES.

33.1.1 Si Durante el curso de la negociación, el (los) oferente (s) hallare (n)

c u a l q u i e r error, discrepancia u omisión en las especificaciones, lo notificará

(n) inmediatamente a la autoridad administrativa superior quien hará las observaciones y recomendaciones finales.

33.1.2 En caso de discrepancia en los documentos del expediente de contratación, la

prevalencia de los mismos será en el orden en que se cita a continuación:

disposiciones especiales, especificaciones técnicas, especificaciones generas,

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planos y bases de contratación. BASE LEGAL: Artículo 16 del acuerdo

Gubernativo 122-2016, Reglamento de la “Ley de Contrataciones del Estado”.

33.1.3 Las presentes bases están elaboradas de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Cualquier discrepancia que, con ellas exista,

deberá interpretarse como un error y se tendrá lo dispuesto en la ley.

34 DESARROLLO Y PROGRESO DE LA CONTRATACION.

34.1 SUSCRIPCION DEL CONTRATO.

El contrato deberá ser suscrito, dentro de los diez (10) días calendario, contados a partir de la adjudicación definitiva. BASE LEGAL: Artículo 47 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala,

“Ley de Contrataciones del Estado”

34.2 PRINCIPIO DE LA RELACION CONTRACTUAL.

La relación contractual principiará el día de la notificación formal de la aprobación del contrato por parte de la Autoridad Superior y continuará vigente hasta la conclusión de los trabajos contratados y la finalización de los

pagos correspondientes.

34.3 PRORROGA DE PLAZO. Se otorgará una sola prórroga de plazo, siempre y cuando sea por caso

fortuito o de fuerza mayor, lo cual será debidamente comprobado por La Municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 51 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones

del Estado”.

34.4 SUSPENSION DE LA CONTRATACION.

La Municipalidad podrá, en forma unilateral, ordenar la suspensión parcial o total

del contrato durante el período que considere necesario, debido a causas de fuerza mayor.

34.5 RESCICION DEL CONTRATO.

La Municipalidad, en cualquier tiempo y sin responsabilidad de su parte podrá dar por terminado unilateralmente el contrato por las causas que señale

la ley y por las siguientes:

34.5.1 Si a juicio de la Municipalidad, se ejecuta el proyecto en forma inadecuada, negligente o se evidencia negativa infundada de cumplir con las obligaciones contractuales.

34.5.2 Si se declara insolvente o en quiebra al adjudicatario que ofrece el servicio.

34.5.3 Si el adjudicatario, es condenado en sentencia firme, a pagar alguna

cantidad que no sea satisfecha durante el término que se le fije o se

afecten sus derechos en beneficio de sus acreedores, siempre y cuando estos extremos, afecten la negociación.

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34.5.4 Por rescisión acordada mutuamente entre las partes o por la ocurrencia de casos fortuitos o de fuerza mayor.

34.5.5 Por convenir a los intereses de Municipalidad.

35 TERMINACION DEL CONTRATO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR.

La Municipalidad, y el adjudicatario contratado podrán dar por terminado el contrato por causas de fuerza mayor plenamente justificadas, sin responsabilidad para La Municipalidad.

36 CONTROL DE LOS TRABAJOS.

36.1 COOPERACION DEL CONTRATISTA.

El contratista deberá cooperar en todo momento con los supervisores, administradores y funcionarios debidamente acreditados por La municipalidad, en el cumplimiento de sus funciones con relación a los trabajos ofrecidos.

36.2 SUPERVISION DE TRABAJOS EJECUTADOS. El contratista proporcionará todas las facilidades necesarias para que se pueda

ejercer la supervisión a efecto de establecer que los trabajos ejecutados se encuentran de acuerdo con los requisitos y obligaciones contraídas en el contrato.

36.3 FINIQUITO. Al finalizar la vigencia del contrato, el adjudicatario solicitará a la

Municipalidad, el finiquito correspondiente, el cual se le otorgará comprobando previamente que no hay reclamos pendientes formulados por escrito o procesos legales que le sean imputables.

En el acta que conste el finiquito, el contratista otorgará a su vez, el finiquito que exonere a la Municipalidad de cualquier reclamación derivada de

las obligaciones pactadas contractualmente.

37. VISITA DE EVALUACION. El oferente (propietario de empresa individual) o el representante legal

(Sociedad Anónima) que estén interesados en presentar ofertas, deben visitar el lugar en donde se ejecutara el proyecto para obtener, por su cuenta y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta y en donde podrán evaluar lo que sea pertinente. Los costos relacionados con la visita serán por cuenta del oferente.

PUNTO DE REUNION: Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz, segundo nivel en la Sala de Reuniones. La constancia de visita, será extendida, firmada y sellada por el Director Municipal de Planificación

38. NOTIFICACION ELECTRONICA O INCONFORMIDADES.

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Las notificaciones que provengan de actos en los que se aplique la Ley de Contrataciones del Estado, serán efectuadas por vía electrónica a través de

GUATECOMPRAS, y surtirán sus efectos el día siguiente de su publicación en dicho sistema.

Las personas inconformes por cualquier acto que contravenga los procedimientos regulados por la Ley de Contrataciones del Estado, su

reglamento o los reglamentos de los registros, pueden presentar a través de GUATECOMPRAS sus inconformidades.

39. TIEMPO DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El Contratista será responsable por la destrucción o deterioro de la Obra, debido a

dolo o culpa de su parte, a fallas por Deficiencias Técnicas y en la calidad de materiales utilizados, durante un Período de dieciocho meses contados a partir de la fecha del

acta de recepción definitiva de la Obra, el vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el período no exime al contratista de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por un plazo de cinco (5) años,

a partir de la recepción final de la obra. BASE LEGAL: Artículo 67 de la Ley de Contrataciones del Estado.

40. NORMATIVA Todo lo concerniente a la LICITACIÓN se regirá por las siguientes leyes:

1. Constitución Política de la República de Guatemala 2. Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del Congreso de la República

de Guatemala, y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 122-2016.

3. Ley del Impuesto al Valor Agregado I.V.A., Decreto número 27-92 de Congreso de la República, y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 311-97.

4. Código de Comercio. 5. Normas para el uso del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del

Estado -Guatecompras-. Resolución No. 100 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus

reformas.

6. Ley de lo Contencioso Administrativo. Decreto 119-96 del Congreso de la República. 7. Código Municipal. Decreto número 12-2002 del Congreso de la República. 8. Código Procesal Civil y Mercantil. Decreto-Ley número 107.

9. Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. Decreto 68-86 del Congreso de

la República.

10. Código de Salud. Decreto 90-97 del Congreso de la República 11. Otras que sean aplicables a la contratación de Obras, bienes y servicios.

El Contratista debe conocer, cumplir y actuar de conformidad con todas y cada una de las leyes, acuerdos y reglamentos de la República de Guatemala, relacionados con el trabajo a

efectuarse.

Será responsabilidad del Contratista estar completamente informado de todas las leyes,

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ordenanzas, códigos de seguridad, reglamentos y todas las órdenes y decretos

que tengan cualquier jurisdicción o autoridad, que en alguna forma afecten a aquellos contratos o empleados en la Obra, o que en cualquier forma afecten el manejo de la Obra.

El Contratista observará y cumplirá, en todo momento, con todas esas leyes, y deberá proteger e indemnizar al Estado, Municipalidad y a sus representantes contra cualquier

reclamación o responsabilidad originada por o basada en la violación de cualquiera de tales leyes, ordenanzas, reglamentos de seguridad, disposiciones, ordenes o decretos.

41. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRABAJO:

El Supervisor tendrá autoridad para suspender parcial o totalmente el trabajo por los períodos que considere necesarios, cuando para ello hubiere una causa plenamente justificada.

42. REMOCIÓN DE TRABAJO MAL HECHO Y MATERIALES INADECUADOS

Mientras se realice la Obra, el Supervisor tendrá facultades para rechazar un trabajo que no esté en conformidad con lo contratado o materiales inadecuados, siempre que, a su juicio, lo estime

necesario o conveniente para logar la intención de los documentos del contrato, el Supervisor tendrá facultades para pedir una inspección especial o la nueva ejecución apropiada de cualquier trabajo u Obra que, a juicio del Supervisor, no se ajuste al Contrato en lo que

respecta a materiales o calidad requerida. No obstante, ni las facultades del Supervisor para actuar ni cualquier decisión que adopte de

buena fe dará origen a deber o responsabilidad alguna del Supervisor con el Contratista, cualquier subcontratista, cualesquiera de sus agentes o empleados o cualesquiera otras personas que presten servicios para la ejecución de la Obra.

El Contratista rectificará cualesquiera defectos de la Obra en estricta concordancia con el contrato, con la debida atención, diligencia y a su costa y a satisfacción del Supervisor y

proporcionará, con carácter provisional o permanente, toda la mano de Obra, incluida su supervisión, los materiales, maquinaria, los elementos de construcción y todo lo demás que se

requiera 43. DE LA EJECUCION

En las relaciones con el Contratista regirá lo siguiente:

43.1 SUPERVISOR

La supervisión y control de los trabajos estarán a cargo del Supervisor que sea designado para el efecto. El Supervisor decidirá los cambios que sean necesarios en la Obra, de acuerdo

con los planos y las Especificaciones generales, técnicas y disposiciones especiales Emitirá los documentos que sean necesarios durante la ejecución de la Obra y

dictaminará sobre solicitudes de extensiones de tiempo.

El Supervisor decidirá todas las cuestiones que surjan respecto a la calidad,

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cantidad, trabajo ejecutado, prosecución del avance de la Obra,

interpretación de los planos y especificaciones y emitirá opinión sobre la forma de ejecución y del correcto y satisfactorio cumplimiento de los términos del contrato respectivo.

Cuando el Supervisor considere necesario modificar los planos o las

especificaciones, someterá los cambios mayores recomendados a la autoridad administrativa superior, acompañando el o los planos correspondientes, indicando claramente por escrito en qué forma afectan el

costo, tiempo y las operaciones del Contratista. La autoridad administrativa superior resolverá dando o no, su aprobación al cambio propuesto.

Sin embargo, el Supervisor está facultado para hacer cambios menores a los planos en el campo, para mejorar las características del diseño o para solventar problemas que no se definen en planos originales.

43.2 PLANOS Y ESPECIFICACIONES:

El Contratista recibirá de la Municipalidad un juego de los planos y

especificaciones. El Contratista d e b e mantener en el lugar de la Obra las copias necesarias de los planos y especificaciones, así como suministrar por su

cuenta copias de los m i s m o s a s u propio personal y a sus Sub-contratistas. 43.3 PLANOS DE OBRA PROVISIONAL:

El Contratista está obligado a presentar al Supervisor planos de Obra falsa y construcción temporal tales como, apuntalamiento, formaletas, y Obra

falsa que el Contratista se proponga a utilizar. La Estructura provisional propuesta debe ser calculada y refrendada por un ingeniero de la rama, y de ser necesario, dependiendo de la complejidad de la misma, por un Ingeniero

Estructural. Si se produjera falla en la Obra falsa o en la formaleta y otras estructuras temporales, el Contratista bajo su responsabilidad y a su costa, debe corregir la estructura dañada.

43.4 PLANOS FINALES DE LA OBRA CONSTRUIDA:

La elaboración y actualización por parte del Contratista de los planos finales de la Obra construida debe estar terminada cuando se inicie la liquidación final de la Obra. Estos planos mostrarán la Obra, como fue realmente construida e

incluirá los cambios efectuados. Dentro de los 20 días siguientes a su recepción, el Supervisor señalará al Contratista las correcciones

pertinentes. El Contratista, para la elaboración de estos planos finales tendrá la colaboración del Supervisor en lo que se refiere a información y datos técnicos.

43.5 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

43.5.1. El Contratista acatará las instrucciones y direcciones del Supervisor sobre

cualquier Cuestión, mencionada o no en el contrato, que se relacione o tenga

que ver con la Obra.

43.5.2. El Contratista permitirá que en cualquier momento el Supervisor

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inspeccione las instalaciones, actividades y trabajos que se realicen e instruirá a

su personal a fin de que le brinde la atención respectiva, proporcionándole la información que sea requerida.

43.5.3. El Contratista está obligado a proveer un libro (Bitácora), el cual debe estar debidamente foliado y autorizado por la Contraloría General

de Cuentas de la Nación, para llevarse el historial de los trabajos a realizarse; las anotaciones efectuadas en la bitácora, tendrán carácter actuario para los efectos legales del contrato. La bitácora deberá proveerse

previo al inicio de la ejecución de la Obra. BASE LEGAL: Artículo 38, literal a) del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría

General de Cuentas, Acuerdo Gubernativo No. 318-2003 del Ministerio de Gobernación.

43.5.4. El Contratista acatará todas las leyes y los reglamentos laborales aplicables. 43.5.5. El Contratista debe informar al Supervisor de cualesquiera errores o

incorrecciones del diseño y los detalles que pudieran afectar la Obra.

43.5.6. El Contratista será responsable por los daños y perjuicios y/o lesiones a cualquier persona o a la propiedad cualquiera que sea que pudiera derivarse de actos y omisiones del Contratista en la ejecución del contrato o ser

consecuencia de éstos. La Municipalidad no será responsable por o respecto de cualesquiera daños o compensación pagaderos por ley en

relación con accidente o lesión de cualquier trabajador o persona empleada por el Contratista o cualquier subcontratista. El Contratista reparará por su propia cuenta todo daño ocasionado. La Municipalidad por

ningún motivo cubrirá indemnización alguna derivada de caso fortuito o de fuerza mayor.

43.5.7. Todas las operaciones necesarias para la ejecución de la Obra o para la construcción de cualesquiera Obras provisionales se llevarán a cabo, hasta

donde lo permita el cumplimiento con los requisitos del contrato, de manera tal que no interfieran innecesaria o indebidamente con la conveniencia pública, o el acceso a las vías o senderos públicos o privados o de

propiedades, su utilización u ocupación, ya pertenezcan a la Municipalidad o a cualquier otra persona. El Contratista mantendrá a salvo e indemnizará a

la Municipalidad con respecto a toda reclamación, demanda, actuación, daño, costos, cargos y gastos cualesquiera que se deriven de tales asuntos o guarden relación con éstos en la medida en que el Contratista sea

responsable de ellos. 43.5.8. El Contratista adoptará en todo momento precauciones para impedir

desórdenes o alteración del orden público de o entre sus empleados y para preservar la paz y proteger a las personas y a las propiedades

aledañas a la Obra contra esa posibilidad. 43.5.9. El Contratista utilizará todos los medios para impedir que alguna de las

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carreteras, calles o puentes que se comunican con las rutas que llevan al

emplazamiento de la Obra, o estén en ella, sean dañados o perjudicados por el tráfico de los vehículos del Contratista o de alguno de sus subcontratistas y, en particular, seleccionará, escogerá y utilizará rutas y vehículos,

restringirá y distribuirá la carga de manera que el tráfico extraordinario que inevitablemente resulte se limite y no se ocasionen daños o perjuicios

innecesarios a esas carreteras, calles y puentes.

Mientras se ejecute la Obra, el Contratista mantendrá el

emplazamiento de la Obra convenientemente libre de toda obstrucción innecesaria y almacenará o evacuará cualquier elemento de construcción

o material sobrante, y además despejará y trasladará del emplazamiento de la Obra cualquier escombro, basura u Obra provisional que no necesite más.

Al completarse la Obra, el Contratista despejará y trasladará del emplazamiento de la Obra Todo elemento de construcción, material sobrante, basura u Obra

provisional de cualquier tipo y dejará todo el emplazamiento y la Obra limpios y en condiciones impecables a satisfacción del Supervisor.

Al finalizar la Obra y antes de que ésta sea aceptada por la Comisión Receptora, el Contratista limpiará y retirará de la Obra y propiedades

adyacentes, todas las Obras provisionales, equipo, material sobrante o descartado, basura y armazones temporales; restaurará en una forma

aceptable toda propiedad, ya sea pública o privada, que haya dañado durante la ejecución del trabajo. No será permitido colocar materiales de cualquier naturaleza, desechos o equipo en las propiedades

colindantes, sin el consentimiento de los propietarios.

43.6 OTRAS CONSIDERACIONES:

Toda consulta, solicitud u orden requerida por el Contratista, tiene que hacerla por escrito al

Supervisor. El Contratista no alterará, dañará ni derribará ningún arbusto, árbol o edificio

que se encuentre en el emplazamiento de la Obra sin el consentimiento por escrito del Supervisor.

Si el Supervisor considerara en cualquier momento que el ritmo de ejecución de la Obra o de parte de ella es demasiado lento para asegurar la terminación total de la Obra en

la fecha prevista o en la fecha de prórroga para su terminación total, el Supervisor notificará al Contratista por escrito y el Contratista adoptará de inmediato las medidas que considere necesarias y que el Supervisor apruebe, para acelerar la

Obra de manera que quede Terminada totalmente en la fecha prevista o en la fecha de la prórroga para su terminación Total.

En caso de que el Contratista necesite un terreno que exceda el emplazamiento de la

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Obra, deberá obtenerlo por su propia cuenta y antes de tomar posesión de él

proporcionará al Supervisor una copia de los permisos necesarios. El Contratista debe de obtener todos los permisos y licencias que le correspondan, y pagar todos los impuestos y derechos arancelarios.

43.7 RESPONSABILIDAD POR LAS ACTIVIDADES EN EL EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA:

El Contratista asumirá la plena responsabilidad por la idoneidad, estabilidad y seguridad

de las actividades y los métodos de ejecución en el emplazamiento.

43.8 RESPONSABILIDAD RESPECTO A LOS EMPLEADOS: El Contratista será responsable de la competencia profesional y técnica de sus empleados y seleccionará para trabajar en relación con el contrato a personas fiables que

desempeñen con eficacia la ejecución del contrato, respeten las costumbres del lugar y observen una elevada conducta moral y ética.

43.9 ORIGEN DE LAS INSTRUCCIONES: El Contratista no procurará ni aceptará instrucciones de otra autoridad que no sea la de

la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz. El Contratista se abstendrá de adoptar medida alguna que pueda perjudicar a la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, del Departamento de Alta Verapaz y

cumplirá sus compromisos teniendo en cuenta plenamente los intereses de la Municipalidad de Fray Bartolomé de Las Casas, Alta Verapaz.

43.10 VIGILANCIA, SEÑALIZACIÓN Y ALUMBRADO:

El Contratista suministrará y mantendrá por su cuenta, en relación con la Obra, todo

el alumbrado, la señalización, protección, el cercado y la vigilancia cuando y donde sea necesario o lo requiera el Supervisor, para la protección de la Obra, así como de los materiales y el equipo utilizados en ésta o para la seguridad y conveniencia del

público en general.

43.11 CUIDADO DE LA OBRA: Desde la fecha de comienzo de la Obra hasta la fecha de su terminación, el Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de la Obra y de todas las

Obras provisionales. En caso de que la Obra o cualquier parte de ésta o cualquiera de las Obras provisionales sufriera daño, pérdida o perjuicio alguno el Contratista hará

las reparaciones y pondrá la Obra en buenas condiciones por su propia cuenta de manera que al darse por terminada la Obra se entregue como está establecido y en buenas condiciones y de conformidad con todos los requisitos del contrato y las

instrucciones del Supervisor. 43.12 CONDICIONES SANITARIAS:

El Contratista debe de proporcionar y mantener en condiciones sanitarias y de limpieza, los servicios para el uso de sus empleados, cumpliendo con los requisitos del Código de

Salud, incluyendo los servicios de agua potable, sistema de eliminación sanitaria de excretas, disposiciones adecuadas de desechos sólidos, y la adecuación de lugares destinados al descanso y alimentación de sus trabajadores. También debe de mantener

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los campamentos presentables y en perfectas condiciones de sanidad y limpieza.

El Contratista no obligará a ningún trabajador a laborar en sitios o bajo condiciones que sean poco sanitarias, arriesgadas o peligrosas a la salud o seguridad. El Contratista está obligado a cumplir con las disposiciones de la Constitución Política de la República de

Guatemala, el Código de Trabajo y el Código de Salud en lo referente a la conservación y restablecimiento de la salud de los trabajadores. Para lo cual deberá desarrollar

acciones tendientes a proveer las condiciones saludables y seguras en el trabajo, tendientes a la prevención de enfermedades ocupacionales, atención de las necesidades especificas de los trabajadores y accidentes en el trabajo.

43.13 SEGURIDAD DEL PERSONAL:

El Contratista está obligado a cumplir con las Disposiciones del Código de Trabajo de la República de Guatemala, en el que se hace referencia a la obligatoriedad de

adoptar las precauciones necesarias para proteger eficazmente la vida, la salud y la moralidad de los trabajadores; además de la prevención y acaecimiento de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

El Contratista deberá dotar a todo su personal de campo con los implementos mínimos de protección personal.

43.14 CONVENIENCIA Y SEGURIDAD DEL PÚBLICO:

El Contratista es responsable durante la ejecución de la Obra, de cumplir con todas las leyes y demás disposiciones de seguridad.

Si durante la ejecución de la Obra, el Supervisor considera peligrosa cualquiera operación, trabajo o condición derivada de los mismos, la notificará al Contratista para que este haga las correcciones necesarias, inmediatamente.

43.15 PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE: El Contratista es responsable durante la ejecución de la Obra, de cumplir con todas las

leyes y demás disposiciones referentes al Medio Ambiente.

43.16 PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD PRIVADA: El Contratista debe proteger la propiedad expuesta a sufrir daños derivados de los

trabajos, Excepto aquella cuyo retiro o demolición sea requerido. Cualquier parte de la propiedad que resulte dañada debido a las actividades del Contratista, debe ser

restaurada inmediatamente a su costa y dejada en las mismas condiciones en que estaba antes del daño; o indemnizar al propietario por el daño causado, en una forma aceptable y que exonere a la Municipalidad totalmente de cualquier reclamación futura.