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AO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUDESCUELA PROFESIONAL DE PSICOLOGIA HUMANA

TEMA: LA DELINCUENCIA JUVENIL

ASIGNATURA: METODOLOGA DEL TRABAJO UNIVERSITARIO.

DOCENTE:

ALUMNA:

CICLO: I - TARDE.

2011

DEDICATORIADedico este trabajo en primera instancia a Dios, quien me ayuda a adquirir fuerzas cada da que pasa; a mis padres, quienes me ayudan a surgir apoyndome en esta carrera y a mi hermana, que por ella me esfuerzo para llegar a ser un ejemplo a seguir.

NDICEDedicatoria.2ndice..3Introduccin..5Resumen...6Captulo I: Panorama actual de la delincuencia juvenil...71.1.- Concepto..71.2.- La violencia..81.3- Causas de la violencia....81.3.1.- Causas biolgicas...81.3.2.- Causas psicolgicas...91.3.3.- Causas sociales..10Captulo II: Entorno Familiar.112.1.- concepto..112.2- Individuo Violento...112.3.- Agresin, agresividad, violencia y delito.......122.4- Concepto de la delincuencia........142.4.1.- La delincuencia juvenil...142.4.2.-Factores que influyen en la delincuencia juvenil..192.4.3.- La delincuencia juvenil y entrono social..26

Captulo III.- Las pandillas y su regularizacin ante la ley...283.1.- Qu es una pandilla?............................................................................283.2.- Precocidad delictiva.313.3.-Reduccin de la edad penal...323.3.1.- Qu implicaciones traera esta decisin de reducir la edad penal?......33Captulo IV: Participacin Delictiva Juvenil...374.1.- Qu tan amplia es la participacin de nios y adolescentes en actos delictivos?.............................................................................................................374.2.- Un nio o adolescente que comete un acto de brutalidad debe quedar impune?................................................................................................................39Conclusiones..42Recomendaciones.43Fuentes de informacin44Anexos.45

INTRODUCCINEn el presente trabajo, trato de dar un enfoque preciso de lo que es la delincuencia juvenil y de alguna manera formar conciencia de las consecuencias que pueden surgir si no se trata con cuidado esta problemtica social.En el captulo I, vemos el desarrollo de la delincuencia juvenil en nuestra actualidad, que como factor principal encontramos a la violencia.En el captulo II, observamos como otro aspecto importante al entorno familiar, comenzando desde su concepto hasta los factores influyentes de este.En el captulo III, encontramos a las pandillas, su desarrollo y su procedimiento desde una perspectiva legal.En el captulo IV, profundizar el tema desde un contexto estadstico, cuantitativo para poder evaluar este conflicto de la actualidad.Finalmente, fundamento que el tema de delincuencia juvenil es una situacin alarmante que si no se trata a tiempo podra llevarnos a consecuencias irreversibles, que en una vida futura nos afectara, y no solo a nosotros sino tambin a nuestros descendientes. Causando as, una inseguridad ciudadana latente.

RESUMENSin lugar a dudas, la delincuencia juvenil es un fenmeno muy representativo desde el siglo pasado, la delincuencia juvenil es uno de los problemas criminolgicos que crece cada da ms, no solo en nuestro pas, sino tambin en el mundo entero; es una de las acciones socialmente negativas que va a lo contrario fijado por la ley y a las buenas costumbres creadas y aceptadas por la sociedad.La delincuencia juvenil es un fenmeno social que pone en riesgo la seguridad pblica de la sociedad, as mismo va contra las buenas costumbres ya establecidas por la sociedad.La pandilla es un fenmeno social que ha ido evolucionando y creciendo cada da ms, por eso, los legisladores se vieron en la necesidad de agregar esta figura como agravante en nuestro Cdigo Penal, la pandilla es un grupo de adolescentes y/o jvenes que se juntan para participar en actividades violentas y delictivas.Es evidente que la labor de rescatar a estos nios y adolescentes, debe coordinar un buen nmero de campos, pero solo de esta manera puede resolverse el problema. Los centros de formacin de padres, los servicios de higiene mental, el club de ocio en el barrio y la asistencia por medio de profesionales sociales como asistentes sociales, psicolgicos, monitores de grupo, centros excursionistas enclavados dentro del ambiente donde el muchacho vive, son elementos validos cuyos resultados estn por probar, ya que nuestras sociedades urbanas no lo han puesto en prctica; pero en los pocos intentos que se han llevado a cabo en el mbito experimental, los resultados han sido esperanzadores.

CAPTULO IPANORAMA ACTUAL DE LA DELINCUENCIA JUVENIL 1.1. Concepto:La delincuencia juvenil ha aumentado de forma alarmante en los ltimos tiempos, pasando a ser un problema que cada vez genera mayor preocupacin social, tanto por su incremento cuantitativo, como por su progresiva peligrosidad cualitativa. La delincuencia juvenil es adems una caracterstica de sociedades que han alcanzado un cierto nivel de prosperidad y, segn anlisis autorizados, ms habitual en los pases anglosajones y nrdicos que en los euro mediterrneos y en las naciones en vas de desarrollo. Es decir, en las sociedades menos desarrolladas la incidencia de la delincuencia juvenil en el conjunto del mundo del delito es menor que en las comunidades ms avanzadas en el plano econmico. En las grandes ciudades latinoamericanas, la delincuencia juvenil est ligada a la obtencin delictiva de bienes suntuarios de consumo y por lo general no practican la violencia por la violencia misma sino como medio de obtener sus objetivos materiales.Los estudios criminolgicos sobre la delincuencia juvenil sealan el carcter multicausal del fenmeno, pero a pesar de ello, se pueden sealar algunos factores que parecen decisivos en el aumento de la delincuencia juvenil desde la II Guerra Mundial. As, son factores que se encuentran en la base de la delincuencia juvenil la imposibilidad de grandes capas de la juventud de integrarse en el sistema y en los valores que ste promociona como nicos y verdaderos (en el orden material y social, por ejemplo) y la propia subcultura que genera la delincuencia que se transmite de pandilla en pandilla, de modo que cada nuevo adepto trata de emular, y si es posible superar, las acciones violentas realizadas por los miembros anteriores del grupo.

1.2. La violenciaConsiste en la presin ejercida sobre la voluntad de una persona, ya sea por medio de fuerzas materiales, ya acudiendo a amenazas, para obligarla a consentir en un acto jurdico.La violencia es un elemento que se encuentra comnmente en la delincuencia juvenil y es uno de los factores que influyen a los jvenes a cometer actos ilcitos llevados por la violencia. 1.3 Causas de la ViolenciaEl fenmeno de la violencia es muy complejo. Hay muchas causas, y estn ntimamente relacionadas unas con otras y conllevan a la delincuencia de menores. En general se agrupan en biolgicas, psicolgicas, sociales y familiares. Tan slo por citar algunos ejemplos dentro de cada grupo, tenemos:1.3.1.- Causas BiolgicasLos trastornos hormonales tambin pueden relacionarse con la violencia: en las mujeres, el sndrome disfrico de la fase lutenica se describi a raz de los problemas de violencia presentes alrededor de la menstruacin, especficamente en los das 1 a 4 y 25 a 28 del ciclo menstrual, pero el sndrome no se ha validado con estudios bien controlados, aunque se ha reportado que hasta el 40 por ciento de las mujeres tienen algn rasgo del sndrome y que entre el 2 y 10 por ciento cumplen con todos los criterios descritos para ste. De 50 mujeres que cometieron crmenes violentos, 44 por ciento lo hizo durante los das cercanos a la menstruacin, mientras que casi no hubo delitos en las fases ovulatorias y postovulatoria del ciclo menstrual. Con frecuencia, el diagnstico de sndrome disfrico de la fase lutenica est asociado con depresin clnica, que puede en algunos casos explicar su asociacin con la violencia.

1.3.2.- Causas PsicolgicasLa violencia se relaciona de manera consistente con un trastorno mental en realidad de personalidad en la socipata, llamada antes psicopata y, de acuerdo al DSM-IV, trastorno antisocial de la personalidad (DSM-IV 301.7; ICD-10 F60.2) y su contraparte infantil, el trastorno de la conducta, llamado ahora disocial (DSM-IV 312.8; ICD-10 F91.8), aunque hay que aclarar no todos los que padecen este ltimo evolucionan inexorablemente hacia el primero, y de ah la importancia de la distincin. se relaciona con el trastorno antisocial de la personalidad se establece entre los 12 y los 15 aos, aunque a veces antes, y consiste en comportamiento desviado en el que se violan todos los cdigos de conducta impuestos por la familia, el grupo, la escuela, la iglesia, etc. El individuo acta bajo el impulso del momento y no muestra arrepentimiento por sus actos. Inicialmente esta violacin persistente de las reglas se manifiesta como vandalismo; crueldad con los animales; inicio precoz de una vida sexual promiscua, sin cuidado respecto al bienestar de la pareja; incorregibilidad; abuso de sustancias; falta de direccin e incapacidad de conservar trabajos; etc. Salvo que tengan una gran inteligencia o que presenten formas menos graves del trastorno, fracasan en todo tipo de actividades, incluyendo las criminales, ya que carecen de disciplina, lealtad para con sus cmplices, proyeccin a futuro, y siempre estn actuando en respuesta a sus necesidades del momento presente. El trastorno es cinco a diez veces ms frecuente en hombres que en mujeres. Como estos sujetos estn ms representados en los estratos ms pobres, hubo alguna discusin sobre si la pobreza induce o potencia estas alteraciones. Esto se ha descartado: los individuos con trastorno antisocial de la personalidad, por su incapacidad de lograr metas y conservar empleos, tienden a asentarse naturalmente en los estratos de menores ingresos.

1.3.3.- Causas SocialesLa desigualdad econmica es causa de que el individuo desarrolle desesperanza. No se trata de la simple pobreza: hay algunos pases o comunidades muy pobres, como el caso de algunos ejidos en Mxico, en los que virtualmente desconocen el robo y la violencia de otro tipo. Sin embargo, la gran diferencia entre ricos y pobres y sobre todo la imposibilidad de progresar socialmente s causa violencia: la frustracin se suma a la evidencia de que no hay otra alternativa para cambiar el destino personal.Ms importante como causa social es la llamada subcultura delincuente. Aunque sus detractores dicen que esta hiptesis carece de evidencia experimental, hay comunidades, barrios y colonias en donde nios y jvenes saben que para pertenecer al grupo y formar parte de su comunidad necesitan pasar algunos ritos de iniciacin, entre los que se encuentran robar, asaltar o quiz cometer una violacin. La falta de medicin requiere de estudios, s, mas no de desestimar lo que obviamente es un factor de formacin de conductas y conceptos sociales.

CAPTULO IIENTORNO FAMILIAR2.1. Concepto:En la familia, los dos factores que con ms frecuencia se asocian al desarrollo de violencia es tener familiares directos que tambin sean violentos y/o que abusen de sustancias. Un entorno familiar disruptivo potencia las predisposiciones congnitas que algunos individuos tienen frente a la violencia (i.e. sndrome de alcohol fetal) y por s mismo produce individuos que perciben a la violencia como un recurso para hacer valer derechos dentro de la familia.Un estudio con nios adoptados mostr que los actos que desembocaban en una pena de prisin correlacionaban mejor con el nmero de ingresos a la crcel de sus padres biolgicos que con la conducta de sus padres adoptivos.

2.2. El Individuo ViolentoEn los individuos violentos vemos la interaccin de los trastornos descritos. Por ejemplo, en los delincuentes crnicos se encuentran varios o todos los siguientes rasgos.1. Socializacin pobre como nios: pocos amigos, no los conservaban, sin ligas afectivas profundas, etc.2. Poco supervisados o maltratados por sus padres3. Buscan sensaciones en forma continua: desde chicos son "nios problema," y los mecanismos de control social no tienen gran influencia sobre ellos.4. Abusan del alcohol.5. Nunca han estado seriamente involucrados en una religin principal.6. Carecen de remordimientos, o aprenden a elaborar la culpa y as evitarlos.7. Evitan asumir la responsabilidad de sus actos: construyendo casi siempre una pantalla o justificacin que suele ser exitosa para librarlos (i.e. "es que cuando era nio me maltrataban")2.3. Agresin, agresividad, violencia y delito.La agresividad puede ser detectada en toda la escala animal, no as la violencia, casi exclusiva del ser humano.En ambos la palabra agresin hace referencia a un acto efectivo. Luego se introdujo el trmino agresividad que, aunque conserva el mismo significado se refiere no a un acto efectivo, sino, a una tendencia o disposicin. As, la agresividad puede manifestarse como una capacidad relacionada con la creatividad y la solucin pacfica de los conflictos. Vista de ste modo la agresividad es un potencial que puede ser puesto al servicio de distintas funciones humanas y su fenmeno contrapuesto se hallara en el rango de acciones de aislamiento, retroceso, incomunicacin y falta de contacto.Frente a esta agresividad que podramos llamar benigna, existe una forma perversa o maligna: La violencia. Con esto queda claro que no se puede equiparar todo acto agresivo con la violencia. Esta queda limitada a aquellos actos agresivos que se distinguen por su malignidad y tendencia ofensiva contra la integridad fsica, psquica o moral de un ser humano. En otras palabras, desde nuestro punto de vista no constituye violencia la descarga de un cazador contra el animal que desea cazar con la finalidad de saciar el hambre o mantener el equilibrio ecolgico. Por otra parte, siempre constituir violencia, como su nombre lo indica, el acto de violacin sexual. Esto nos permute introducir otros elementos para reconocer al acto violento: su falta de justificacin, su ilegitimidad y/o su ilegalidad. Ilegtimo por la ausencia de aprobacin social, ilegal por estar sancionado por las leyes.Como es sabido, es sumamente raro que un animal inferior, ataque a otro de especie diferente, si no es con el fin de alimentarse, o que luche contra otro de su misma especie si no es con el objeto de defender su territorio, la hembra, la cra o el alimento. Inclusive, cuando la lucha se presenta su mayor componente es ritual; rito que va en sentido de demostrar cul es ms grande o lucha de aquellos animales viejos o muy jvenes, as como, animales de sexo diferente y/o ejemplares que se conocen entre s.Desde la niez tenemos la experiencia de haber observado la lucha por territorio o alimento entre dos lagartos: cambian de color, aumentan a su tamao extendiendo sus espculas cartilaginosas, etc.. Si ninguno abandona se llega al contacto fsico en forma de mordida, una lucha breve que termina con el abandono del ms dbil sin que el otro lo persiga para darle muerte.Por otro lado, los elementos de ausencia de aprobacin social e ilegalidad de la violencia vienen, en nuestro caso, de la ptica jurdica romano-germnica, el derecho francs, en el que se plantea una gran clasificacin de la violencia en moral y fsica.Por su parte, Jimnez de Aza refiere que "el delito es un acto tpicamente antijurdico, culpable, sometido a veces a condiciones objetivas de penalidad, imputable a un hombre y sometido a una sancin penal".En la vocacin prctica la diferencia entre delito y crimen, es en ltima instancia de orden gradual, cuantitativo: el delito es de tipo correccional (hasta 5 aos de reclusin) y el crimen, como su nombre lo indica, es criminal (5,1,15 y 20 aos de reclusin y de 20-30 si es con agravante). La relacin entre violencia y delito o crimen resulta obvia a partir de sus definiciones.En resumen: agresin es un acto efectivo que implica acercarse a alguien en busca de consejo o con la intencin de producir dao. No as la agresividad, que no se refiere a un acto efectivo, sino, a una tendencia o disposicin que se halla bajo los designios de la creatividad y la solucin pacfica de conflictos. Violencia es una forma perversa o maligna de agresividad que ejerce un individuo contra otro de su misma especie y que se caracteriza por su carencia de justificacin, tendencia ofensiva, ilegitimidad y/o ilegalidad.

2.4. Concepto de delincuencia.Delincuencia, conjunto de infracciones de fuerte incidencia social cometidas contra el orden pblico. Esta definicin permite distinguir entre delincuencia (cuyo estudio, a partir de una definicin dada de legalidad, considera la frecuencia y la naturaleza de los delitos cometidos) y criminologa (que considera la personalidad, las motivaciones y las capacidades de reinsercin del delincuente).Visto el concepto de delincuencia, resulta necesario delimitar el adjetivo de juvenil, es decir, cundo la delincuencia es juvenil? Vaya por delante que no podemos emplear al objeto de este trabajo el significado etimolgico de tal adjetivo, pues desde este punto de vista, quiere decir lo relacionado con la juventud. Y no es aplicable, decimos, este concepto etimolgico, porque dentro del campo de las ciencias penales viene entendindose por delincuencia juvenil la llevada a cabo por personas que no han alcanzado an la mayora de edad , mayora de edad evidentemente penal.2.4.1.- La delincuencia JuvenilApuntbamos en pginas anteriores que el trmino delincuencia juvenil no tienes el mismo significado para todos los criminlogos. Difieren bsicamente en dos puntos: El primero en determinar la edad a partir de la cual se puede hablar de delincuente juvenil. El segundo, que radica en determinar cules deben ser las conductas que dan lugar a calificar a un joven como delincuente.Por cuanto hace a la edad en que podemos referirnos a la delincuencia juvenil, participamos del criterio de estimar como tales a los que cuentan con ms de 14 aos de edad.

El menor infractor lo podr ser hasta los 14 aos de edad, a partir de este lmite, deber ser considerado como delincuente juvenil con los grados de responsabilidad ya apuntados, los que desde luego no tienen pretensin de definitividad, pues depender de los estudios que en lo futuro se realicen y que permitan conocer los fenmenos fsicos y psquicos del adolescente que puedan obligar a variar los lmites de edad ya sealados, los que estn apoyados en los estudios ms aceptados hasta la fecha.Inadaptado Es el individuo que fracasa ante los estmulos que el medio social le ofrece. Es aquel sujeto que no solo se encuentra al margen de la normalidad social, sino que adems manifiesta un comportamiento discrepante respecto de las pautas de comportamiento consideradas "normales" en determinado contexto o entorno social.Marginalidad Las personas marginadas no tienen sentimiento de pertenecer al grupo en el que se hallan y su grado de marginacin vendr dado por la desviacin que exista respecto al grupo de referencia.Pueden ser: Marginacin legal (toxicmanos, alcohlicos) Marginacin cultural (clases sociales bajas, inmigrantes) Automarginacin (vagabundos) Marginacin laboral (parados)

Delincuente Aquella persona que desobedece el ordenamiento legal de la sociedad en la que vive, causando perjuicio al resto de los ciudadanos y a la sociedad.a)Por la situacin que ocupan en la sociedad pueden ser:1. Clase social (delincuencia comn o de guante blanco)2. Edad (la juventud es proclive al delito, y a partir de esa edad disminuye progresivamente; sin embargo, en la delincuencia de guante blanco se produce lo inverso, cuanta ms edad y ms estatus social y econmico se tiende, con ms facilidad a cometer sta clase de delitos)3. Sexo (el porcentaje de hombres es muchsimo mayor, aunque se est percibiendo la participacin femenina debida a la igualdad de sexos)4. Espacio (la delincuencia es mayor en la ciudad que en la zona rural, y su causa es el anonimato del individuo, ya que en la ciudad el control social es menor)5. Situacin laboral.-existe relacin delincuencia-paro y se refleja en los delitos contra el patrimonio; as como el encontrarse en una posicin privilegiada en la empresa (delitos de cuello blanco)6. Inmigracin.- ante la falta de integracin social y falta de trabajo se desvan haca la delincuencia7. Crisis econmicas.- como la producida en Argentina (robo masivo de alimentos)

CLASES DE DELINCUENTESA) habituales.- Que pueden ser profesionales y asociales.a) Profesionales:a.1. Frecuencia en la comisin de delitosa.2. Adaptacin sociala.3. Organizacin ms o menos establea.4. Planificacin en los delitosa.5. Internacionalizacina.6. Grupal con reparto de tareasa.7. El objetivo es la bsqueda de la riqueza inmediatab) Asociales:b.1. Inadaptacin socialb.2. Carencias culturalesb.3. Actan individualmente o en grupo, en ste ltimo caso durante la realizacin del mismo.b.4. Carencia de medios y conocimientosb.5. No planificanb.6. Sus acciones delictivas le reportan pocos beneficios, por lo que tienen que actuar con frecuenciaB) Ocasional.-acta en periodos determinados.

OTRAS FORMAS DE DELINCUENCIADelincuencia juvenilInfractores menores de 18 aos, no estando sometidos a los tribunales normales de justicia, y tienen una jurisdiccin especial (normativa penal de menores)Una mala socializacin determina el fenmeno social de los delincuentes juveniles.Banda juvenil.-es un grupo primario con organizacin que ejerce control entre sus miembros y existe un jefe, a quin los dems reconocen su autoridad.Estn formados por adolescentes que han fracasado en sus relaciones familiares, escolares y ambientales. Las normas sociales que la banda da a sus miembros van a determinar sus futuras actuaciones. La banda le va a proporcionar afectos que la familia, la escuela y el adecuado ambiente social no le ha dado.Violencia urbana.-se produce en los grandes ncleos urbanos de poblacin y alcanza a todas las clases sociales cuyo principal protagonista es el joven, con valores que se oponen a los del adulto.Los encontramos en: Violencia deportiva. Violencia en acontecimientos musicales. Racismo. Universidad. Tribus urbanas.

2.4.2.-Factores Que Influyen En La Delincuencia Juvenil Juntamente con ello, las mayoras de los estudios descriptivos de la carrera delictiva sealan una serie de factores individuales y biogrficos que caracterizan al delincuente juvenil y que llevan a la conclusin de que el delincuente juvenil es una persona con un gran conjunto de deficiencias, y una de ellas es que comete delitos. Entre tales factores podemos citar, sin nimo exhaustivo, los siguientes: Impulsivo. Con afn de protagonismo. Fracaso escolar. Consumidor de drogas. Baja autoestima. Familia desestructurada. Clase baja. Falto de afectividad. Agresivo. Sin habilidades sociales. Poco equilibrio emocional. Inadaptado. Frustrado.

Atendiendo a sus rasgos peculiares de personalidad o de ndole psicosocial, el profesor herrero seala tres categoras tipolgicas de los menores delincuentes:1.- Una primera categora de jvenes delincuentes vendra definida por rasgos de anormalidad patolgica, fundamentalmente: Menores delincuentes por psicopatas: aqu el punto de referencia lo constituye la existencia de alguna de las formas de psicopata, entendida por HARE como la patologa integrada, conjuntamente, de la incapacidad de quien la padece de sentir o manifestar simpata o alguna clase de calor humano para con el prjimo, en virtud de la cual se le utiliza y manipula en beneficio del propio inters, y de la habilidad para manifestarse con falsa sinceridad en orden a hacer creer a sus vctimas que es inocente o que est profundamente arrepentido, y todo ello, para seguir manipulando y mintiendo.Consecuencia de ello, es que el menor es incapaz de adaptarse a su contexto y actuar como tal, porque el trastorno de la personalidad que sufre, le impide inhibirse respecto de conductas o comportamientos contrarios a las normas.El menor psicpata tiende a perpetrar actos antisociales segn la orientacin nuclear de la propia psicopata, siendo de destacar en este sentido los actos que expresan frialdad y crueldad por parte del sujeto. Menores delincuentes por neurosis: la neurosis consiste en una grave perturbacin del psiquismo de carcter sobrevenido y que se manifiesta en desrdenes de la conducta, pudiendo ser su origen muy diverso como fracasos, frustraciones, abandono o prdida de seres muy queridos, etc.Criminolgicamente, el neurtico trata de hacer desaparecer la situacin de angustia que sufre cometiendo delitos con el fin de obtener un castigo que le permita liberarse del sentimiento de culpabilidad que sobre l pesa, y esto es tambin vlido para el menor neurtico, aunque sean muchos menos que los adultos. Menores delincuentes por auto referencias sublimizadas de la realidad: aqu se incluyen los menores que, por la confluencia de predisposiciones psicobilgicas llegan a mezclar fantasa y juego de una forma tan intensa que empiezan a vivir fuera de la realidad. Es precisamente ese estado anmalo el que puede conducirlos a cometer actos antisociales.2.- Una segunda categora integrada por jvenes con rasgos de anormalidad no patolgica, y en la que entraran: Menores delincuentes con trastorno antisocial de la personalidad: se trata de menores cuyas principales son la hiperactividad, excitabilidad, ausencia de sentimiento de culpa, culpabilidad con los animales y las personas, fracaso escolar, y son poco o nada comunicativos.Una de las principales causa de este trastorno es la ausencia o la figura distorsionada de la madre, aunque tampoco ha de infravalorarse la disfuncionalidad del rol paterno, pues segn algunos trabajos, el crecer sin padre acarrea al nio nocivas consecuencias que afectan al campo de la delincuencia.En muchos casos se trata de menores que viven en la calle, en situacin de permanente abandono, porque nos encontramos con menores que, a su edad, acumulan graves frustraciones, rencores y clera contra la sociedad,; y que tienen un mismo denominador comn: el desamor, la falta de comprensin y de cario, as como de atencin y cuidado de sus padres.En definitiva, son jvenes con una desviada socializacin primaria que acaba por abocarles a la delincuencia. Menores delincuentes con reaccin de huida: En este caso se trata normalmente de menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello abandonan el mismo. Son menores psicolgicamente dbiles, y que en lugar de responder a la agresin, eligen la huida sin plazos, y casi siempre sin rumbo.La delincuencia juvenil femenina y su comparacin con la masculina.La delincuencia juvenil femenina comenz a estudiarse especficamente a finales de los aos 60, momento en el que, con el movimiento de liberacin de la mujer, se comienza a percibir socialmente un aumento considerable de la misma.Como principales teoras acerca de la delincuencia femenina podemos destacar, fundamentalmente, las siguientes: Teoras clsicas: biolgicas, psicoanalticas y psiquitricas. Teoras intermedias de ndole individualista con proyeccin social: Thomas, Pollack, Cowie. Teoras de carcter social: enfoque funcionalista (teora del rol y teora de la igualdad de oportunidades) y enfoque crtico (teora del control social y teora de la dependencia econmica).Las teoras clsicas trataron de explicar el fenmeno de la delincuencia femenina sobre la base de aspectos individuales, bien de contenido biolgico (anormalidades bioantropolgicas, desarrollo sexual, etc.), bien de contenido psicoanaltico o psiquitrico, en los que subyaca siempre la equiparacin entre delincuencia femenina y trastornos biolgicos o psquicos.Y, pese a haber sido superadas cientficamente, lo cierto es que estas teoras estn fuertemente arraigadas en la sociedad y han influido notoriamente en los trabajos criminolgicos hasta pocas recientes, como en SMART, quien concibe a la mujer delincuente como una enferma mental.La evolucin de la criminologa y el rechazo del determinismo biolgico-individual dieron paso a teoras de carcter social, que han servido de base a las actuales teoras sobre la delincuencia femenina. Entre ellas podramos citar los estudios sobre la Ecologa Criminal, el Aprendizaje Social o la Teora del Etiquetado.Pero, sin duda alguna, las mayores aportaciones de la criminologa al estudio de la delincuencia femenina han llegado con las Tesis Funcionalistas y la Criminologa Crtica.En el caso de las teoras funcionalistas (entre ellas, especialmente, la teora del rol y la teora de la igualdad de oportunidades), el mayor inters ha consistido en explicar el aumento que ha experimentado la delincuencia femenina y los cambios en las formas de comisin de los delitos; mientras que la criminologa crtica (especialmente con la teora del control social y teora de la dependencia econmica) ha mostrado inters por el estudio de la influencia del control social, formal e informal, que recibe la mujer sobre su conducta criminal .En nuestro pas, los trabajos de carcter emprico sobre la delincuencia juvenil femenina y su evolucin son ciertamente escasos, por lo que, podemos decir que, a pesar del avance experimentado por la criminologa, se contina trabajando con la idea tradicional de que el delito femenino responde a los mismos modelos que el masculino, aun a sabiendas de las diferencias que existen entre ambos sexos.

Los resultados nos ofrecen las siguientes conclusiones:1. Ante todo, el comportamiento problemtico de las chicas responde, en general a las mismas caractersticas que el comportamiento de los jvenes de su edad.2. Un 89,1% de las chicas han llevado a cabo "alguna vez" al menos una de las conductas estudiadas por los investigadores de la UCLM.3. Las conductas con mayor prevalencia son, en ambos sexos, aqullas que podramos definir como transgresoras de las normas, pero que no podemos calificar de delictivas, tales como consumir alcohol, faltar a clase, vandalismo, etc; siendo adems la incidencia media, similar en ambos grupos de jvenes.4. Tambin se observa que ambos sexos tienden a realizar estas conductas en compaa de otros amigos, dato este, que confirma la importancia del grupo en muchos de los comportamientos juveniles, y corrobora la tesis que afirma que la inadecuada socializacin debilita los vnculos del joven con los grupos convencionales de la sociedad, como la familia, la escuela o el trabajo; y le induce a crear vnculos con grupos no convencionales o desviados, donde el joven puede encontrar reforzada su conducta desviada.5. Las diferencias fundamentales encontradas hacen referencia a la prevalencia o tasa de participacin, que es significativamente ms baja en la mujer para la mayora de las conductas y de las categoras en las que se engloban, cuando se les pregunta si lo han hecho "alguna vez" en su vida. En cambio, si nos referimos a los comportamientos realizados "en el ltimo ao", las diferencias no son tan marcadas, aunque las mujeres siguen participando menos que los chicos en todas las categoras. Asimismo, los datos revelan que las mujeres se inician en la mayora de los comportamientos estudiados ms tarde y la prevalencia comienza a decrecer a una edad ms temprana, encontrando las diferencias ms llamativas en el caso de las conductas violentas contra objetos y contra personas, mucho ms frecuentes entre los chicos que entre las chicas.6. Algunas de las razones que explican por qu las mujeres se muestran menos propensas a comportarse de forma problemtica se encuentran el algunas variables psicosociales como el control familiar o las relaciones afectivas. Del anlisis de estas variables se desprende que ciertos aspectos de la socializacin de las chicas y de su estilo de vida responden a unos valores, tradicionalmente asociados a la mujer, que se consideran protectores con respecto a las conductas anti normativas. El mayor control familiar sobre con quin y cmo pasan su tiempo, su preferencia por pasar su tiempo libre en familia o pareja, y sus mejores resultados escolares, explican, en gran medida, la menor propensin de la mujer a participar en los comportamientos delictivos.

2.4.3.- La delincuencia juvenil y entorno social.El estudio de la criminalidad juvenil constituye un tema de actualidad, no slo del derecho penal, sino tambin de la criminologa y de las ciencias conexas. El constante aumento de los conflictos sociales, y con ellos el de la delincuencia, ha incrementado el inters por el tema, tanto en los pases industrializados o centrales, como tambin en los llamados pases perifricos, como son los de Amrica Latina.Para comprender el inters por el anlisis y la bsqueda de soluciones para la delincuencia juvenil, es necesario ubicar este fenmeno dentro de la problemtica de la sociedad actual. La estructura social en que les ha tocado vivir a los nios y jvenes de hoy, est caracterizada por una complejidad cada vez mayor, donde la bsqueda de soluciones no depende ni de frmulas tradicionales, ni de lderes carismticos.La delincuencia juvenil se ubica, por lo menos en Amrica Latina, dentro de un contexto social caracterizado por grupos de nios y adolescentes ubicados dentro de niveles de miseria o pobreza, desempleo, narcotrfico, concentracin urbana, baja escolaridad o analfabetismo, agresiones sexuales y desintegracin familiar. A estos grupos sociales se les ha negado todos los derechos humanos, tales como el derecho a la vida, la salud, la educacin, la vivienda, en fin, el derecho al desarrollo.Sumado a este contexto, hay que agregar que la sociedad actual se caracteriza por un debilitamiento de los sistemas tradicionales de apoyo para el desarrollo de la niez y de la adolescencia. Quisiramos mencionar, por lo menos, tres medios de apoyo que con los cambios sociales, se han debilitado como para dar una respuesta efectiva al desarrollo de la niez y de los adolescentes. En primer lugar tenemos que mencionar a La Familia. Los medios de comunicacin, sobre todo la televisin, han suprimido la jerarqua y hegemona que la familia tena como formadora de costumbres sociales.Adems, la incorporacin de la mujer al sistema laboral, por necesidad u oportunidades de desarrollo, y otros cambios en la estructura familiar, como la ausencia generalizada del padre, replantean las relaciones del nio y del joven. La Escuela, por su parte, se caracteriza por un marcado nfasis academicista y por la competitividad feroz, borrando el sentido comunitario y la promocin del desarrollo integral de los jvenes. Adems, los Sistemas de Asistencia y Recreacin, como apoyos alternativos, son mnimos y siempre insuficientes para la satisfaccin de las necesidades de la poblacin juvenil.Por ltimo, quisiramos manifestar que la delincuencia juvenil es el resultado de la combinacin de diversos factores de riesgo y respuesta social. Se presenta en toda sociedad, en donde los antivalores de violencia, agresividad, competencia salvaje, consumo, se imponen a los valores supremos de la sociedad, como la tolerancia, la solidaridad y la justicia.

CAPTULO IIILAS PANDILLAS Y SU REGULARIZACIN ANTE LA LEY3.1. Qu es una pandilla?Una pandilla es un grupo de adolescentes y/o jvenes que se juntan para participar en actividades violentas y delictivas. Las pandillas estn constituidas comnmente entre nios y/o jvenes de 13 a 20 aos.A travs del tiempo este fenmeno social ha ido evolucionando y creciendo cada da ms, por eso, los legisladores se vieron en la necesidad de agregar esta figura como agravante en nuestro Cdigo Penal, las pandillas hoy en da estn constituidas por la mayora de jvenes que llegan a delinquir en algn momento, la pandilla puede ser un causante para que los jvenes delinquen y vallan contra las buenas costumbres establecidas y aceptadas por la sociedad. A continuacin analizaremos el concepto de pandilla y la diferencia con la delincuencia organizada.Los problemas del pandillismo o pandillerismo juvenil urbano dieron lugar a la reforma del Cdigo Penal que introdujo dicha figura como agravante en la comisin de cualquier delito: hasta una mitad ms de la pena aplicable a este. Por pandilla se entiende "la reunin habitual, ocasional o transitoria de tres o ms persona que sin estar organizadas como fines delictuosos, cometen en comn algn delito" (Art. 164-bis). Existe una agravante de la agravante, a saber, el caso en que algn miembro de la pandilla sea o haya sido servidor pblico de cualquier corporacin policaca (Ibdem).La jurisprudencia se ha ocupado en distinguir la pandilla de otras figuras penales y establecer el carcter heternomo de aquella de aquella. En cuanto al primer asunta, se afirma:Hay notas distintivas entre el llamado pandillerismo y la asociacin delictuosa.

En el primero se trata de una reunin habitual, ocasional o transitoria de tres o ms personas, que sin estar organizadas con fines delictuosos cometen comunitariamente algn ilcito; en cambio, la asociacin delictuosa se integra tambin al tomar participacin en una banda, tres o ms personas pero precisa que aquella la banda y los cierra" est organizada para delinquir. Aqu de advierte la primera distincin entre una y otra de las figuras analizadas: la consistente en que el pandillerismo, no hay organizacin con fines delictuosos, y en la asociacin si la hay. Pero todava ms. En esta segunda figura se requiere un rgimen determinado con el propsito de estar delinquiendo, aceptado previamente por los componentes del grupo o banda; es decir, que debe de haber jerarqua entre los miembros que la forman, con el reconocimiento de la autoridad sobre de ello el que manda, quin tiene medio o manera de imponer su voluntad (A.D. 4379-72, Marcelo Alejandro Verdugo Cenizo 28 de febrero de 1973 unanimidad de 4 votos, componentes: Ernesto Aguilar lvarez).Por lo que toca el segundo tema mencionado, la jurisprudencia ha manifestado reiteradamente que la pandilla no constituye un delito autnomo, sino que solo una circunstancia agravante del delito o los delitos acreditado en el proceso; se trata, pues de una calificativa heternoma, segn ha dicho por ejemplo El segundo Tribunal del Sexto Circuito:El artculo 174 bis del cdigo unitivo del distrito federal, as como los dems ordenamientos de las entidades de la repblica que contienen la misma disposicin, no establece el pandillerismo como delito autnomo, sino como una circunstancia agravante de las infracciones que por naturaleza la admiten, pues su texto establece que se aplicara a los que intervengan "adems de las penas que les correspondan por el o por los delitos cometidos"Lo que solo incrementan la sancin en relacin directa con los ilcitos cometidos "en pandillas" (A.R. 609-95, Adelfo Poblano Pea, 24 de enero de 1996).La figura penal de la pandilla fue ms lejos de lo que se quiso originalmente. Se trato entonces de agravar la sancin aplicable a los miembros de grupos reunidos, con fines diferentes de la comisin de delito. Como seale, estos grupos se constituan a menudo con personas jvenes, que aprovechaban su nmero y la circunstancia de la reunin para incurrir en conductas ilcitas.Por supuesto, en estos agrupamientos, tambin intervenan he intervienen maleantes, vagabundos, individuos que se renen "sin oficio ni beneficio", como se suele decir.A despecho de lo anterior que exiga una precisa formulacin de la figura de pandilla, la extensa descripcin de esta en el artculo 164-bis permite que bajo este concepto queden abarcados prcticamente todos los casos de cuautoria y participacin delictuosas, cuando los coautores o participantes son tres o ms. Por ejemplo, si un sujeto comete un fraude mediante operaciones con ttulos de crdito y para esto efecto cuanta con el auxilio de dos individuos, ser aplicable la agravante de pandilla. Obviamente este caso no corresponde en lo absoluto al problema que tuvieron a la vista los legisladores que incorporaron la agravante de pandilla en el Cdigo punitivo.Los excesos que pudieran ocurrir en este mbito se modera bajo la referencia que contiene el artculo 164-bis a la circunstancia en que operan los infractores: para que haya pandilla se requiere que exista una "reunin habitual, ocasional o transitoria", no una mera reunin o concertacin. La reunin impone una idea de espacio, lugar, mbito en el que se hayan y actan quienes estn reunidos; no podra tratarse por ende, de individuos unidos en un fin delictuoso habitual, ocasional o transitoriamente", pero distantes uno de otros. El Diccionario de la Real Academia seala que reunin es "accin y efecto de reunir o reunirse", o bien "conjunto de personas reunidas"; y reunir es "volver a unir", o bien, "juntar, congregar, amontonar".Sin embargo, esa acotacin tiene que ver ms bien con el propsito del legislador en funcin de los requerimientos que movieron a establecer la calificativa, que con la naturaleza misma de las infracciones. Difcilmente se podra rechazar la aplicacin de la calificativa en virtud de la naturaleza del delito, an cuando el derecho punible se aleje considerablemente de la preocupacin del legislador.Si ste "pens" en el homicidio, lesiones, robo, violacin, atentados al pudor o abusos deshonestos privacin de libertad y otros semejantes, no fue eso lo que "dijo". Tomando en cuenta en cuenta la frmula legal, no resulta imposible aplicar la calificativa a delitos tales como difamacin o calumnia, violacin de correspondencia, quebrantamiento de sellos, peligro de contagio, ultrajes a la moral, rebelin de secretos , variacin del nombre o del domicilio y varios otros que pudieran hallarse a gran distancia del origen y el propsito de la norma.La primera expresin de la delincuencia organizada, a la que adelante me refiere, se aproxim apreciablemente a la idea de pandilla, en cuanto no se considero que dicha organizacin constituyese por s misma un delito, no as en los efectos jurdicos inmediatos del agrupamiento. Sustantivo en el caso de la pandilla y slo adjetivos de carcter precautorio o cautelar, asociados con la retencinen el supuesto de delincuencia organizada.3.2. Precocidad Delictiva.Igualmente se predijo una mayor precocidad en el acceso a la vida criminal, los nios, los adolescentes y los jvenes accederan a estas actividades en edades cada ve ms temprana, del mismo modo que ingresaran pronto a las tareas econmicas.Ahora bien, es necesario que los nios y adolescentes suelen figurar en algunos grupos de infractores, organizados o presididos por adultos, como tambin lo es -- con frecuencia deplorable--que aqullos son a menudo las vctimas directas de la conducta de la conducta delictuosa: el llamado trfico de menores es una expresin bien conocida de la delincuencia organizada; tambin lo es el trfico de rganos humanos, sustrados a menores de edad; y en este mismo mbito cuenta la proliferacin de la prostitucin infantil o la pornografa infantil que se vale de los nios.

3.3. Reduccin de la edad penalFuncionarios gubernamentales y representantes populares han vuelto a tocar el tema de la reduccin de la edad penal, desde la ptica de reducirla a los 16 o bien aplicar la imputabilidad casustica. En la actualidad en el Distrito Federal es sta la edad en que se puede responsabilizar a una persona.En 1987, el entonces Procurador General de Justicia del D.F., Renato Sales Gasque, recomend el establecimiento de una imputabilidad casustica; es decir,de una imputabilidadque ira de acuerdo a la capacidad de discernimiento o no de los menores entre 16 y 18 aos, as como la gravedad o reiterancia del ilcito. La consecuencia: que el menor fuese consignado al Consejo Tutelar, en caso de considerarse inimputable, o al sistema carcelario para adultos, en caso de probarse su imputabilidad. Circunstancia que violara el derecho de igualdad, seguridad jurdica y legalidad de los jvenes en cuestin.As tambin el 18 de julio de 1994, en conferencia de prensa la ex. Asamblesta, Carmen Segura, present un documento a la II Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en el habla de tres criterioslegales, respecto al tema: el biolgico que considera que la falta de madurez impideal sujeto la realizacin de un juicio acertado y por tanto de compresin; el psicolgico que dice que necesita un mnimo de salud mental para entender lo antijurdico del acto, y el mixtoadoptado por nuestro Cdigo Penal, en el cual se considera imputableal sujeto a partir de los 18 aos. La Lic. Segura argumenta" un individuo menor de edad puede haber alcanzado tal grado de desarrollo que le permita conocer lo ilcito de su conducta u actuar en forma sumamente peligrosa porque se sabe ajeno a la posible comisin de delitos, pues se considera que slo los adultos son capaces de delinquir".

3.3.1.- Qu implicaciones traera esta decisin de reducir la edad penal?Si alguna persona menor de esta edad comete un hecho que la ley seala como delito se le considera infractor y lo sujeta a un procedimiento suigeneris, en el queel menor prcticamente se le juzga como si fuera adulto. La diferencia radica en que al menor se le sujeta a tratamiento "por ser inimputable" casi discrecional por parte de las autoridades encargadas de las instituciones gubernamentales. El procedimiento tutelar del estado ha llevado a la doctrina a sealar que los menores estnsujetos a un rgimen especial en el cual no se les castiga sino que se les brinda tratamiento, dicha normatividad se encuentra regulada en la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores del Distrito Federal.Dicha ley cuando entro en vigor en febrero de 1992, provoc grandes controversias, cito por ejemplo aSalomn Augusto Snchez Sandoval, en un artculo del rea Jurdica de la Comisin Mexicana de Defensa y Promocin de los Derechos Humanos, en la que deca:Plantea que el "estudio bio-psico-social" (artculo 38, Nueva Ley) determina el grado de peligrosidad del menor, cuando an no se ha probado su responsabilidad o su participacin en los hechos, viola el "Principio de Inocencia" de la Convencin sobre los Derechos del Nio (artculos 40, 2) b) i) y VII), 40, 2 a), donde se dice que el menor slo ser acusado por actos u omisiones contenidos en las leyes nacionales e internacionales, y no con base en estudios que determinan carencias bio-psico-sociales realizados antes de saber si el sujeto es culpable o no y que, adems, pueden condenar o agravar la pena del mismo. Esto, dice, crea estereotipos de "peligrosidad social" al etiquetar a los menores como tales y castiga doblemente, "pues impone una pena por la responsabilidad del "acto" cometido, y otra pena por la responsabilidad del "autor", es decir, por ser biolgica, psicolgica y socialmente como es".Dolosamente las autoridades gubernamentales han hecho creer a la opinin pblica, que al menor no se le castiga cuando comete un delito y que han ido en aumento la comisin de delitos graves cometidos por menores. Por ello la opinin pblica oficial ha impulsado una campaa en donde trata de simbolizar la conducta de un menor que comete un delito abominable, y lo presenta como un ejemplo falso de que la generalidad de los jvenes son delincuentes peligrosos que deben ser castigados como adultos.A los menores de edad, si se les castiga, puesto que las leyes para menores infractores de todos los estados de la Repblica, independientemente de la denominacin que se les otorgue, consideran en general sujetos de aplicacin a dichas leyes a menores a partir de los 11 aos por lo general. Y las condiciones de privacin de libertad son las mismas que para los adultos, como sucede en el D.F. donde se establece que tendrn la libertad bajo fianza en los trminos sealados por el Cdigo de Procedimientos Penales.Segn datos proporcionados por la misma Procuradura General de Justicia del D.F. se observa que el principal delito cometido por menores eran por robo o daos en propiedad ajena, seguidos por lesiones, homicidio; sosteniendo dicha dependencia que en promedio el 63% de los menores infractores son de peligrosidad baja y el 17% de alta peligrosidad.Otra cuestin no abordada por los autores de la propuesta de reducir la edad penal es la de no atender la realidad que pernea en los Centros de Internacin para Menores; falta de organizacin, de capacitacin por lo que losmaltratos, abuso de autoridad, segregacin, entre otras violaciones a los derechos humanos son la cotidianeidad ; as como el viacrucis que padecen cuando son detenidos, enviados a la agencia especializada y posteriormente al Consejo, con las concernienteshoras de espera por falta de personal o vehculos para el traslado y alguien se ocupa de suministrarle alimentos o de abrigarle?.Tampoco se ha atendido por las autoridades el ambiente cadenciado del menor, que un elemento que hace proclive a los menores a cometer infracciones. Es comn que los nios que presentan problemas con la ley procedan de familias desintegradas y de escasos recursos. La crisis econmica que desde hace aos golpea a nuestro pas afecta bsicamente a las grandes mayoras marginadas, tanto urbanas como rurales. Los nios infractores tienen baja escolaridad y un importante porcentaje de ellos se ocupa en actividades diversas: Empleados; comercio ambulante, subempleo (limpia-parabrisas, lava coches, boleritos, etc.) y estudiantes. Curiosamente a la idea de vagancia y mal vivencia que se tiene de los menores, casi la mitad que cometen infracciones estn dedicados al trabajo, y por ende, viviendo una situacin de responsabilidad y conflictos que no corresponde a su edad. Hay tambin un elevado ndice de reincidentes.Por todo lo anterior nosotros sostenemos que los menores de 18 aos en general deben seguir siendo"inimputables", ya que est en juego tanto la capacidad de entender, que tanto se seala para justificar la reduccin de la edad penal, como la libre voluntad de accin. No se trata ya que el individuo sea capaz de comprender que una conducta es ilcita, sino se est en condiciones, sabiendo que es contrario a Derecho de actuar o no por s mismo, en absoluto ejercicio y dominio de su libertad de accin para realizar una determinada conducta. Adems, diversos autores definen a la imputabilidad como " la capacidad condicionada por la madurez y salud mentales, de comprender al acto antijurdico de la propia accin u omisin y determinarse de acuerdo a esa comprensin. En otras palabras la responsabilidad penal est ligada tanto a la capacidad intelectual como a la actitud de actuar con base en esa comprensin, en completo dominio de los propios actos.Quienes sostienen que debe reducirse la edad penal, argumentan que los jvenes actualmente maduran demasiado rpido, ya comprenden el alcance de sus actos. Sin embargo, no consideran que los adolescentes se encuentran en proceso de maduracin orgnica, psicolgica y social, sujetos a un proceso de socializacin a travs del cual irn adquiriendo las normas y valores a los que ajustarn su conducta social; por lo tanto, todava no han alcanzado la plena organizacin de su personalidad para estar en condiciones de un comportamiento que les pueda ser plenamente atribuido. De ah lo incorrecto del argumento de la necesidad de reducir la edad penal debido a que los jvenes ya entienden a esa edad (la que consideran conveniente para reducir) por que actualmente maduran muy rpido.La reduccin de la edad penal constituira una flagrante violacin a los derechos de los menores y, consecuentemente el incumplimiento de tratados y convenios internacionales ratificados por Mxico y que conforme al artculo 133 constitucional son obligatorios con carcter de ley suprema al igual que la constitucin. El gobierno mexicano tiene la obligacin de cumplir con estas convenciones internacionales pues ratific tambin la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados que dispone en sus artculos 26, 27, 29, 42.2,que todo Estado parte de un tratado (acuerdo entre Estados) no puede suspender su aplicacin, ni invocar derecho interno en contrario una vez que se ha comprometido.

CAPTULO IVPARTICIPACIN DELICTIVA JUVENIL

4.1 Qu tan amplia es la participacin de nios y adolescentes en actos delictivos?En Per estamos lejos de que las estadsticas muestren de manera contundente el aumento de infracciones en la poblacin menor de 18 aos. Los responsables de proponer medidas como la baja de la edad penal deberan antes de ofrecer datos confiables al respecto, mismos que tendran que ser comparados con otro perodos especficos en el pas como para estar ciertos de existe tal aumento.En los Estados Unidos por ejemplo, pese a la vigencia de la pena de muerte y la cadena perpetua en adolescentes, todas las estadsticas muestran que la criminalidad no se detiene y de forma contrastante las prisiones estn llena de las minoras con poca capacidad econmica (negros y latinos principalmente).Los 15 Estados de la Repblica Mexicana que han reducido la edad penal a los 16 aos tampoco han mostrado estadsticas que afirmen que esa medida ha ayudado a la disminucin de delincuencia durante perodos sostenidos.UNICEF plantea que el hecho de que los medios de comunicacin presten tanta atencin a los casos de esta naturaleza debera considerarse ms como una prueba de su rareza que de su incidencia creciente (UNICEF, 1997).Llama la atencin por ejemplo, que las propuestas de reducir la edad penal aparezcan nuevamente en un momento en el que recientemente una comunidad en Tlalpan, al sur de la Ciudad de Mxico linch a un presunto profanador de imgenes religiosas.Cuando en una sociedad cobran fuerza las propuestas para que a una ms temprana edad un sujeto se incorpore a un sistema penal como el descrito antes -y an a sabiendas de que de ninguna forma lograr rehabilitar, es difcil encontrar otra razn de sustento que el deseo de venganza en un contexto de profunda inseguridad y de una precaria procuracin de justicia.Pareciera tambin que ciertos medios de comunicacin han encontrado una especial fuente de ventas en casos que alarman a la sociedad, sin que ello se fundamente en estadsticas reales, como ocurre cuando se habla del incremento de la delincuencia juvenil.Pero adems los estudios en pases en donde existen sistemas de informacin apropiados muestran que existe una correspondencia entre el aumento de la criminalidad (tanto de adultos como de infracciones en el caso de adolescentes) con la aplicacin de medidas econmicas determinadas que ponen a las familias en condiciones de extrema vulnerabilidad.El principio del inters superior del nio, establecido en la Convencin de los Derechos del Nio en su artculo 3 implica la obligacin de los Estados a considerar el impacto que las polticas econmicas y sociales tendrn en la infancia, antes de ser llevadas a cabo. As, los gobiernos deberan de prever entre otras cosas la forma en que una decisin facilite que los nios y adolescentes se vean confrontados con la ley.Un apropiado sistema de justicia tendra que incluir, por tanto, sanciones para quienes al tomar una decisin pongan en riesgo a miles de nios, nias y adolescentes de verse confrontados con la justicia. As mismo una reforma penal debera de aumentar las penas para quienes usen a menores de edad para cometer actos delincuenciales.

4.2 Un nio o adolescente que comete un acto de brutalidad debe de quedar impune?De ninguna forma. Incluso es posible sealar que en ninguno de los tratados internacionales sobre adolescentes y jvenes en conflicto con la ley existe pretensin alguna de promover la impunidad o la indulgencia. Todo lo contrario el derecho internacional en esta materia establece una figura superior: hacer responsables a los adolescentes de la reparacin del dao.Sin embargo, existe un aspecto en el cual se pone particular insistencia: la rehabilitacin. Este es un tema fundamental en cualquier sistema penal, pero cobra mayor fuerza para el caso de nios y adolescentes, porque se considera que existen an ms posibilidades de re-educacin al encontrarse stos en un perodo en el que an no se han configurado completamente los procesos de pensamiento y socializacin, como muestran la mayor parte de los estudios.Todo indica que entre menos edad se tiene, mayores posibilidades existen de modificar determinados comportamientos que ponen a un nio o a un adolescente en conflicto con la ley. Pero esto slo es posible si existe un sistema apropiado que debe de ser diferente al de los adultos.Esa nocin ha dado paso a lo que se conoce internacionalmente como "sistema de justicia juvenil".Un sistema de justicia juvenil trata de responder a la necesidad de justicia demandada por una sociedad pero sin violar los derechos del nio.Quienes proponen crear un sistema de justicia juvenil sostienen que los menores de 18 aos deben de ser penalmente inimputables es decir, no ser sometidos a un proceso penal como los adultos, pero aquellos que se ubican entre los 16 y los 18 aos deben de ser legalmente responsables, es decir, incorporarse a un sistema en el que afronten la responsabilidad de sus actos pero gozando de las garantas que incluso los adultos gozan hasta en los casos ms severos (como la posibilidad de contar con una defensa, de ser informado de los cargos, de que se presuma su inocencia hasta que se demuestre lo contrario, etc.). As se evitara procedimientos arbitrarios hacia los grupos ms vulnerables (como pueden ser nios de la calle o indgenas) slo porque parezcan "sospechosos" y nadie vigile sus derechos.Un sistema de este tipo destaca la importancia de que el encarcelamiento sea considerada una medida de ltimo recurso, es decir, que se destine para los casos ms extremos que por otro lado siguen siendo los menos comunes. Adems se busca que el personal dedicado a centros de rehabilitacin o re-educacin cuente con la capacitacin apropiada para desarrollar programas que lejos de alienar, verdaderamente rehabiliten.Adems, como seala Nigel Cantwell- especialista en el tema (1997) una poltica de justicia juvenil no es una poltica si no incluye la prevencin.La reduccin de la edad penal sirve como una cortina de humo para que los gobiernos no se sientan obligados a fortalecer las medidas para prevenir la incidencia de conflictos de adolescentes con la ley.En otras palabras las propuestas para reducir la edad penal parecen una medida barata ante el hecho innegable de que la reduccin real de la criminalidad slo es posible en la medida de que se garanticen plenamente el acceso a servicios de salud y de educacin de calidad; de que se ample la oportunidad de acceder a espacios de recreacin, esparcimiento o formacin para el trabajo; de que el Estado cumpla con la obligacin que le marca la Convencin de los Derechos del Nio, de desarrollar programas para apoyar a la familia y la comunidad en el cumplimiento de sus funciones referidas a criar y educar a sus hijos en un ambiente de confianza y comprensin.Un sistema de justicia tanto juvenil como penal, as como medidas de prevencin apropiadas slo son posibles si los gobiernos asignan mayores recursos para que los programas sean realmente eficientes.

Aunque en el corto plazo pareciera que es ms barata la reclusin que la prevencin, estudios recientes de criminlogos en los Estados Unidos muestran que en el largo plazo los costos que tiene el dejar de invertir en el cumplimiento de los derechos tendrn un mayor impacto econmico, adems del social y poltico.Por ello las propuestas de reduccin a la edad penal son violatorias de una gran cantidad de tratados internacionales establecidos para proteger los derechos del nio en la medida de que ocurren en un marco en el que no se plantea la reforma del sistema penal para que cumpla con la funcin de rehabilitar, alimenta los deseos de venganza frente a los de justicia y esconde la responsabilidad de las polticas econmicas y sociales en la formacin de la criminalidad.De ah que es necesario aprovechar el debate que se ha generado en torno a la reduccin de la edad penal, para insistir en: Realizar una profunda reforma a los sistemas penales para que cumplan con la funcin de rehabilitar. Crear un sistema de justicia juvenil que haga verdaderamente responsables a los adolescentes de sus actos, pero que no los condene a la marginacin. Fortalecer las leyes vigentes a fin de garantizar el pleno goce y cumplimiento de los derechos por parte de millones de nias. Nios y adolescentes excluidos del desarrollo. El pleno respeto y cumplimiento de Tratados Internacionales en materia de Derechos del Nio por parte del Estado Mexicano, sobre todo en los adquiridos en la pasada Sesin Especial de la ONU sobre Infancia celebrado en Nueva York.

CONCLUSIONESEl pandillaje es un problema social que siempre ha afectado a nuestra sociedad. La desintegracin familiar, el desempleo, la violencia familiar y el abandono moral. Las soluciones posibles que podran darse es establecer centros de orientacin, realizar talleres y campeonatos para explotar las habilidades de los jvenes y para mantenerlos ocupados haciendo deporte.El pandillaje hoy en el Per se ha expandido como una plaga, que hasta los ms adinerados estn librados de caer en la plaga para acabar de una buena vez con este fenmeno social que tanto hemos soportado.La escuela sin que nadie se d cuenta es tambin gran responsable del pandillaje juvenil, ya que ellos debieron inculcar los buenos valores (respeto, honestidad, verdad, responsabilidad, y amor) a los jvenes desde nios.

RECOMENDACIONESLa mejor norma para la prevencin del pandillaje escolar es haber realizado un buen trabajo como padre de familia con sus hijos durante la primera infancia, estableciendo y fortaleciendo un adecuado y permanente canal de comunicacin y mutua confianza entre padres e hijos.Brindndoles autoestima a los jvenes, no criarlos en un hogar en que existe la violencia, controlar a los hijos sin llegar a excesos, recuerde que ellos tienen derechos y deberes, pero no pierda su autoridad como padre.Es importante que en su comunidad en el barrio, trabajen con los grupos en riesgo social para ello pueden, establecer centros de orientacin comunal.Conversando con su Alcalde o Iglesia, realizar talleres de arte y campeonatos de diversas disciplinas deportivas, Charlas psicolgicas a padres e hijos, las escuelas deben reforzar los valores, Las autoridades deben combatir la venta de alcohol y drogas.

FUENTES DE INFORMACIONFUENTES BIBLIOGRAFICAS "Delincuencia Organizada" (2002) Garca Ramrez Sergio PORRA "Criminologa (parte general y especial)" (1997) Herrero Herrero, C. DYKINSON "Manual de criminologa" (1993) Orellana, Wiarco. Octavio A. "introduccin al Estudio del Derecho" (2002) Villoro, Toranzo. Miguel "culpabilidad e inculpabilidad" (1999) VELA.TREVIO. Sergio. Trillas

FUENTES HEMEROGRAFICAS "La cultura del menor infractor" (2005) Fidel de la Garza TRILLAS, Mxico.

FUENTES ELECTRONICAS http://www.slideshare.net/simple/el-pandillaje http://www.buenastareas.com/ensayos/Ensayo-Sobre-El-Pandillaje-Juvenil/34690.html

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