mitigación del impacto ambiental en obras viales

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  • 8/11/2019 Mitigacin Del Impacto Ambiental en Obras Viales

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    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL

    COMPROMISO CLIMTICO

    FACULTAD:

    Ingeniera

    ESCUELA:

    Ingeniera Civil

    CURSO:

    Pavimentos

    TEMA:

    Mitigacin del Impacto Ambiental en Obras Viales

    CICLO:

    VI

    ALUMNOS: CDIGO

    Avalos Vega Janeth

    Huallanca Zanelli Jackelin Fabiola 1000244571

    Obregon Arteaga Rossmery

    Santos Ramirez Greysi

    DOCENTE:

    Ing. Erika Magaly Mozo Castaeda

    Nuevo ChimbotePer

    2014 - I

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    NDICE

    CAPTULO I: ASPECTOS GENERALES

    1.1. Introduccin

    1.2. Objetivos

    CAPTULO II: MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

    2.1. Generalidades

    2.2. Normas legales referidas al sector transportes, y

    comunicaciones

    2.3. Organizaciones No Gubernamentales

    2.4. Consideraciones Finales

    CAPTULO III: DIAGNOSTICO AMBIENTAL

    3.1. Medio Fsico

    3.2.1. Clima

    3.2.2. Topografa

    3.2.3. Edafologa

    3.2.4. Hidrologa

    3.2.5. Geomorfologa

    3.2.6. Geologa

    3.2. Medio Biolgico

    3.2.1. Ecologa

    3.3. Medio Socio Econmico y Cultural

    4.2.1 Demografa4.2.2 Uso Actual de la Tierra

    4.2.3 Economa

    4.2.4 Turismo

    CAPTULO IV: IDENTIFICACION Y EVALUACION DE IMPACTOS

    AMBIENTALES

    4.1. Aspectos Generales4.2. Metodologa para la Identificacin de Impactos

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    4.3. Descripcin de los Impactos Ambientales

    4.3.1. Etapa de Mantenimiento

    4.3.2. Etapa de Operacin

    4.3.3. Impactos del Medio sobre la Carretera

    CAPTULO V: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

    5.1. Medidas de Mitigacin, Control y Prevencin Ambiental

    5.2. Programas de Educacin Ambiental y Comunicacin

    Social

    5.3. Programa de Control y Seguimiento

    5.4. Programa de Contingencias

    CAPTULO VI: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

    6.1. Concusiones

    6.2. Recomendaciones

    CAPTULO VII: BIBIOGRAFA Y ANEXOS

    7.1. Bibliografa

    7.2. Anexos

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    CAPTULO I

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    1.1. INTRODUCCIN

    En este documento se exponen en primer lugar las medidas recomendadas

    para mitigar los impactos ambientales negativos generales, teniendo en cuenta

    las acciones o actividades impactantes que producen o generan efectos sobre

    los Medios Natural y Antrpico, desarrollados en la Matriz de Calificacin

    Ambiental.

    Tambin tiene la finalidad de estructurar las medidas de prevencin y/omitigacin en el marco del Plan de Manejo Ambiental respectivo, previamente

    identificando y analizando los posibles impactos o alteraciones potenciales que

    podran tener incidencia sobre los diversos componentes ambientales del

    ecosistema de la zona.

    Se observa las medidas de mitigacin asociadas a las actividades o acciones

    impactantes ms especficas del proyecto, que tendrn efectos ambientalessobre algn componente de los Medios Natural o Antrpico, en particular.

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    CAPTULO

    II

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    MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

    2.1. Generalidades

    Al respecto, se efecta un breve anlisis y comentarios de las normas

    generales que tienen como objetivo principal, ordenar las actividades

    econmicas dentro del marco de la conservacin ambiental, as como

    promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos

    naturales renovables y no renovables. Adems se hace referencia a las

    normas legales especficas referidas a las actividades del Ministerio de

    Transportes y Comunicaciones, vinculadas con la temtica ambiental.

    Constitucin Poltica del Per

    La mayor norma legal de nuestro pas, es la Constitucin Poltica

    (1993), que resalta entre los derechos esenciales de la persona

    humana, el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado

    al desarrollo de la vida. Igualmente, en el Ttulo III del Rgimen

    Econmico, Captulo II del Ambiente y los Recursos Naturales

    (Artculos 66 al 69), seala que los recursos naturales renovables y

    no renovables son patrimonio de la Nacin. Asimismo, promueve el

    uso sostenible de los recursos naturales. Tambin, indica que el

    Estado est obligado a promover la conservacin de la diversidad

    biolgicas y de las reas naturales protegidas.

    La Constitucin protege el derecho de propiedad y as lo garantiza el

    Estado, pues a nadie puede privarse de su propiedad (Art. 70). Sin

    embargo, cuando se requiere desarrollar proyectos de inters

    nacional, declarados por Ley, stos podrn expropiar propiedades

    para su ejecucin; para lo cual, se deber indemnizar previamente a

    las personas y/o familias que resulten afectadas.

    Consejo Nacional del Ambiente (CONAM)

    El Consejo Nacional del Ambiente, creado mediante la Ley N 26410

    del 22 de diciembre de 1994, es la respuesta del Estado a lanecesidad de consolidar una poltica ambiental y organizar un

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    sistema de gestin eficaz para enfrentar los problemas ambientales

    en el pas. Su Directorio est integrado por siete representantes: tres

    del sector pblico, dos del sector empresarial, uno de los Gobiernos

    Regionales y otro de los Gobiernos Locales.

    Es por tanto una representacin de la Nacin, al que se le ha

    encargado cautelar los intereses ambientales del pas. El Consejo

    cuenta adems con una Secretara Ejecutiva de reducida dimensin,

    pero organizada con criterios de gestin modernos y eficaces.

    Cdigo del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales

    El Cdigo del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, instauraen el pas la obligacin a los proponentes de proyectos, de realizar

    los Estudios de Impacto Ambiental (EIA). Menciona, adems, que el

    mantenimiento de los procesos ecolgicos esenciales, la

    preservacin de la diversidad gentica y la utilizacin sostenida de

    las especies, de los ecosistemas y de los recursos naturales

    renovables, en general, es obligatorio.

    Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada

    Esta ley fue promulgada mediante Decreto Legislativo N 757 del 08-

    11-91, posterior al Cdigo del Medio Ambiente, modifica

    sustancialmente varios artculos de ste, con la finalidad de

    armonizar las inversiones privadas, el desarrollo socio econmico, la

    conservacin del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos

    naturales.

    En el Ttulo VI : De la Seguridad Jurdica en la Conservacin del

    Medio Ambiente, dice:

    Artculo 49. El Estado estimula el equilibrio racional entre el

    desarrollo socioeconmico, la conservacin del ambiente y el uso

    sostenido de los recursos naturales, garantizando la debida

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    seguridad jurdica a los inversionistas mediante el establecimiento de

    normas claras de proteccin del medio ambiente.

    Artculo 50. Las autoridades sectoriales competentes para conocer

    sobre los asuntos relacionados con la aplicacin de las disposiciones

    del Cdigo del Medio ambiente y los Recursos Naturales son los

    Ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que

    desarrollan las empresas, sin perjuicio de las atribuciones que

    correspondan a los Gobiernos Regionales y Locales, conforme a lo

    dispuesto en la Constitucin Poltica.

    Artculo 51. La autoridad sectorial competente, determinar las

    actividades que por su riesgo ambiental pudieran exceder de los

    niveles o estndares tolerables de contaminacin o deterioro del

    medio ambiente, de tal modo que requerirn necesariamente la

    elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental, previo al desarrollo

    de dichas actividades.

    Ley orgnica para el aprovechamiento sostenible de los recursos

    naturales (Ley 26821)

    Esta Ley Orgnica norma el rgimen de aprovechamiento sostenible

    de los recursos naturales, en tanto constituyen patrimonio de la

    Nacin, estableciendo sus condiciones y las modalidades de

    otorgamiento a particulares, en cumplimiento del mandato contenido

    en los artculos 66o y 67o del Captulo II del Ttulo III de laConstitucin Poltica del Per y en concordancia con lo establecido

    en el Cdigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y los

    convenios internacionales ratificados por el Per.

    Tiene como objetivo promover y regular el aprovechamiento

    sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables,

    estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversin,

    procurando un equilibrio dinmico entre el crecimiento econmico, la

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    conservacin de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo

    integral de la persona humana.

    En los artculos 5, 28 y 29 se define que:

    Artculo 5o.- Los ciudadanos tienen derecho a ser informados y a

    participar en la definicin y adopcin de polticas relacionadas con la

    conservacin y uso sostenible de los recursos naturales. Se les

    reconoce el derecho de formular peticiones y promover iniciativas de

    carcter individual o colectivo ante las autoridades competentes, de

    conformidad con la ley de la materia.

    Artculo 28o.- Los recursos naturales deben aprovecharse en forma

    sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional

    de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de

    renovacin, evitando su sobre-explotacin y reponindolos

    cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso.

    El aprovechamiento sostenible de los recursos no renovablesconsiste en la explotacin eficiente de los mismos, bajo el principio

    de sustitucin de valores o beneficios reales, evitando o mitigando el

    impacto negativo sobre otros recursos del entorno y del ambiente.

    Artculo 29o.- Las condiciones del aprovechamiento sostenible de los

    recursos naturales, por parte del titular de un derecho de

    aprovechamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyesespeciales, son:

    a. Utilizar el recurso natural, de acuerdo al ttulo del derecho,

    para los fines que fueron otorgados, garantizando el

    mantenimiento de los procesos ecolgicos esenciales.

    b. Cumplir con las obligaciones dispuestas por la legislacin

    especial correspondiente.

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    c. Cumplir con los procedimientos de Evaluacin de Impacto

    Ambiental y los Planes de Manejo de los recursos naturales

    establecidos por la legislacin sobre la materia.

    d. Cumplir con la retribucin econmica correspondiente, de

    acuerdo a las modalidades establecidas en las leyes

    especiales.

    e. Mantener al da el derecho de vigencia, definido de acuerdo a

    las normas legales pertinentes.

    Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para Obras y

    Actividades (Ley N 26786).

    El Artculo 1 modifica el Artculo 51 de la Ley Marco para el

    Crecimiento de la Inversin Privada (D.L. 757) y seala que el

    Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), deber ser comunicado

    por las autoridades sectoriales competentes sobre las actividades a

    desarrollarse en su sector, que por su riesgo ambiental, pudieran

    exceder los niveles o estndares tolerables de contaminacin odeterioro del ambiente, y que obligatoriamente debern presentar

    EIA.

    Esta ley indica adems, que con opinin favorable del CONAM, las

    actividades y lmites mximos permisibles de Impacto Ambiental

    Acumulado, sern aprobados por el Consejo de Ministros,

    mediante Decreto Supremo.

    El Artculo 2, modifica el primer prrafo del Artculo 52 del

    Decreto Legislativo N 757, y establece que en casos de peligro

    grave o inminente para el medio ambiente, la Autoridad Sectorial

    Competente para efectos de poder disponer de la adopcin de

    cualquiera de las medidas sealadas en los incisos a) y b), del

    artculo modificatorio, lo har con conocimiento del CONAM.

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    Ley General de Aguas. D.L. 17752

    En la Ley General de Aguas en el Captulo II de la preservacin

    indica la prohibicin de verter o emitir cualquier residuo slido,

    liquido o gaseoso que pueda contaminar las aguas, causando

    daos o poniendo en peligro la salud humana o el normal

    desarrollo de la fauna o flora. Asimismo refiere que los efluentes

    deben ser adecuadamente tratados hasta alcanzar los lmites

    permisibles.

    Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental

    (Ley 27446)La presente Ley tiene por finalidad:

    - La creacin del Sistema Nacional de Evaluacin del

    Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema nico y

    coordinado de identificacin, prevencin, supervisin,

    control y correccin anticipada de los impactos

    ambientales negativos derivados de las acciones

    humanas expresadas por medio de proyectos deinversin.

    - El establecimiento de un proceso uniforme que

    comprenda los requerimientos, etapas y alcances de las

    evaluaciones del impacto ambiental de proyectos de

    inversin.

    - El establecimiento de los mecanismos que aseguren la

    participacin ciudadana en el proceso de evaluacin deimpacto ambiental

    En su artculo 2 indica que quedan comprendidos en esta Ley

    todos aquellos proyectos de inversin pblicos y privados que

    impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar

    impactos ambientales negativos.

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    Ley 26737, Que regula la explotacin de materiales que

    acarrean y depositan aguas en sus alvolos o cauces. D.S. N

    013-97-AG

    En su Artculo 1 decreta la aprobacin del Reglamento de la Ley

    N 26737, que regula la explotacin de los materiales que acarrean

    y depositan las aguas en sus lveos o cauces, el cual consta de

    cinco (5) captulos, quince (15) artculos, tres (3) disposiciones

    complementarias y una (1) disposicin transitoria.

    Siendo importante este Reglamento a continuacin mencionaremos

    algunos de sus Artculos:

    Artculo 2 y 3. Se entiende por: Materiales que acarrean y

    depositan las aguas en sus lveos o cauces: a los minerales

    depositados en los cauces que se utilizan para fines de

    construccin, tales como los limos, arcillas, arenas, grava,

    guijarros, cantos rodados, bloques o bolones, entre otros.

    Autoridad de Aguas: La Direccin General de Aguas y Suelos del

    Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. La cual en el

    Artculo 4 indica que es la nica facultada para otorgar los

    permisos de extraccin de los materiales, priorizando las zonas de

    extraccin en el cauce, previa evaluacin efectuada por el

    Administrador Tcnico de Distrito de Riego correspondiente.

    Estos permisos antes mencionados son otorgados en cauces o

    lveos naturales. Es prohibido su otorgamiento en cauces o

    depsitos artificiales de agua tales como canales, reservorios,

    vasos de almacenamiento, entre otros.

    Cada permiso de extraccin tiene validez por el plazo mximo de

    un (1) ao como lo seala en su Artculo 10.

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    Decreto Supremo N 037-96-EM Normas para el

    aprovechamiento de canteras de materiales de construccin

    que se utilizan en obras de infraestructura que desarrolla el

    Estado. (28/10/96)

    Las normas declaran el inters nacional que las obras de

    infraestructura que vienen ejecutando distintas entidades pblicas

    del Estado, cuenten con la provisin adecuada de materiales que

    permitan su ejecucin tanto en aquellas obras que realiza

    directamente como en las que efecta por contrata, en tal sentido

    el articulo 1 declara que las canteras de materiales de construccin

    utilizadas exclusivamente para la construccin, rehabilitacin omantenimiento de obras de infraestructura que desarrollan las

    entidades del Estado directamente o por contrata, ubicadas dentro

    de un radio de veinte kilmetros de la obra, o dentro de una

    distancia de hasta seis kilmetros medidos a cada lado del eje

    longitudinal de las obras, se afectarn a stas durante su ejecucin

    y formarn parte integrante de dicha infraestructura.

    D.S. N. 011-93-TCC. Declara que las canteras de minerales nometlicos de materiales de construccin ubicadas al lado de

    las carreteras en mantenimiento se encuentran afectadas a

    stas. (16/04/93)

    En el cul en su Artculo 1 se declara que las canteras de

    minerales no metlicos de materiales de construccin utilizados

    exclusivamente para la construccin, rehabilitacin o

    mantenimiento de las carreteras de la Red Vial Nacional, que seencuentren ubicados dentro de una distancia de hasta 3 kilmetros

    medidas a cada lado del eje de las carreteras, se encuentran

    permanentemente afectados a stas y forman parte integrante de

    dicha infraestructura vial.

    Asimismo el Artculo 2 manifiesta que en caso de petitorios

    mineros de sustancias de sustancias no metlicos de materiales de

    construccin, cuyas cuadrculas comprendan las canteras a que se

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    refiere el Artculo 1 de este Decreto Supremo, deber darse

    cumplimiento al trmite establecido en el Artculo 22 del Decreto

    Supremo N 018-92- EM, solicitando el Informe correspondiente al

    MTC, ste sealar en su informe la ubicacin grfica y en

    coordenadas UTM de la Carta Nacional en que se encuentran

    ubicados las canteras que forman parte integrante de la

    infraestructura vial.

    RESOLUCION MINISTERIAL N 188-97- EM/VMM establece

    requisitos que deben tenerse en cuenta para el desarrollo de

    actividades de explotacin de canteras de materiales deconstruccin. (16/05/97)

    Se han propuesto un conjunto de normas complementarias para la

    explotacin de canteras de materiales de construccin; es as que

    en la Resolucin Ministerial en su artculo 1 norma que para el

    inicio o reinicio de las actividades de explotacin de canteras de

    materiales de construccin, el titular del derecho minero deberpresentar previamente a la Direccin General de Minera, para su

    aprobacin, los 10 requisitos indispensables que se mencionan.

    En su artculo 2 se indica que el diseo de los tajos para la

    explotacin de materiales de construccin se efectuar tomando

    las consideraciones que el artculo seala.

    Ley de Residuos Slidos, Ley N 27314, del 21 de Julio del

    2000

    Seala en su primer artculo que la ley establece derechos,

    obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su

    conjunto, para asegurar una gestin y manejo de los residuos

    slidos, sanitaria, y ambientalmente adecuada, con sujecin a los

    principios de minimizacin, prevencin de riesgos ambientales y

    proteccin de la salud y el bienestar de la persona humana.

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    Sobre el mbito de aplicacin de la presente ley, en el artculo 2 se

    seala que ser en las actividades, procesos y operaciones de la

    gestin y manejo de residuos slidos desde la generacin hasta su

    disposicin final.

    Cdigo Penal: Decreto Ley N 635

    El nuevo cdigo penal establecido por Decreto Legislativo N 635

    de 1991, considera al medio ambiente como un bien jurdico de

    carcter socioeconmico, en el sentido de que abarca todas las

    condiciones necesarias para el desarrollo de la persona en sus

    aspectos biolgicos, psquicos, sociales y econmicos.

    En el Ttulo XIII Delitos Contra la Ecologa en su Captulo nico

    Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, se

    establece lo siguiente: Artculo 304, se refiere a la proteccin del

    medio ambiente, estableciendo quien contamina vertiendo residuos

    slidos, lquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por

    encima de los lmites establecidos, y que causen o puedan causarperjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiolgicos,

    ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno, ni

    mayor de tres aos o con ciento ochenta a trescientos sesenta

    cinco das de multa.

    El Artculo 305 establece penas cuando:

    Los actos previstos en el Artculo 304. ocasionan peligropara la salud de las personas o para sus bienes.

    El perjuicio o alteracin ocasionados adquieren un carcter

    catastrfico.

    Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos

    naturales que constituyen la base de la actividad econmica.

    De acuerdo al Artculo 307, el que deposita, comercializa o vierte

    desechos industriales o domsticos en lugares no autorizados o sin

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    cumplir con las normas sanitarias y de proteccin del medio

    ambiente, ser reprimido con pena privativa de libertad no mayor

    de dos aos. Es tambin importante tener en cuenta el Artculo

    313, donde se estipula que el que, contraviniendo las

    disposiciones de la autoridad competente, altera el ambiente

    natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna,

    mediante la construccin de obras o tala de rboles que daan la

    armona de sus elementos, ser reprimido con pena privativa de

    libertad no mayor de dos aos y con sesenta a noventa das-multa.

    Legislacin sobre el Rgimen AgrarioDecreto Supremo N 055-92-AG que aprueba el Reglamento de

    Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Recursos

    Naturales (INRENA), promulgado el 22 de Diciembre de 1992.

    Artculo 4.- El INRENA tiene como objetivo el manejo y

    aprovechamiento racional e integral de los Recursos Naturales

    renovables y su entorno ecolgico para lograr el desarrollosostenible.

    El INRENA tiene por finalidad promover y apoyar al uso sostenible

    de los Recursos Naturales renovables orientados a contribuir el

    desarrollo agrario.

    Artculo 15.- La Direccin General de Aguas y Suelos, es el rganoencargado de proponer polticas, planes y normas sobre el uso

    sostenible de los recursos agua de riego y suelo; as mismo

    supervisar y controlar la ejecucin de los mismos. A su vez es el

    encargado de controlar y promover su uso racional, conservacin y

    preservacin.

    Artculo 16.- La Direccin General de Forestal es el rgano

    encargado de proponer polticas, planes y normas sobre el uso

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    sostenible de los recursos forestales y de supervisar y controlar el

    cumplimiento de los mismos. Controlar y promover el uso racional,

    la conservacin y preservacin de los recursos forestales. De igual

    manera, concertar, supervisar y promover el Plan Nacional de

    Accin Forestal.

    Artculo 17.- La Direccin General de reas Naturales Protegidas y

    Fauna Silvestre es el rgano encargado de proponer las polticas,

    planes y normas para la adecuada gestin y manejo de las

    unidades que componen el Sistema Nacional de reas Naturales

    Protegidas. Proponer la normatividad relativa a las reas naturalesde proteccin y el establecimiento de nuevas reas. Asimismo, es

    el encargado de proponer las polticas, planes y normas sobre el

    uso sostenible de la fauna silvestre y de supervisar y controlar el

    cumplimiento de los mismos. De igual manera, controlar y

    promover el uso racional, conservacin y preservacin de la fauna

    silvestre.

    Artculo 18.- La Direccin General de Estudios y Proyectos de

    Recursos Naturales es el rgano encargado de promover y realizar,

    directamente o por encargo, estudios integrados caracterizacin de

    los recursos naturales. As mismo, promover estudios de

    pre-inversin en proyectos forestales de fauna silvestre, as como

    proyectos de pequeas irrigaciones, mejoramiento de

    infraestructura de riego y drenaje, recuperacin de tierras afectadaspor problemas de salinidad y drenaje, aprovechamiento de aguas

    subterrneas y aguas servidas tratadas.

    Artculo 19.- La Direccin General de Medio Ambiente Rural, es el

    rgano encargado de la evaluacin de impacto ambiental de los

    programas y proyectos del Sector Agrario; de ser el caso proponer

    las medidas para su prevencin y correccin, as como efectuar la

    vigilancia de dichas medidas. De igual manera, realizar acciones de

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    coordinacin con los dems sectores sobre aspectos medio

    ambientales.

    2.2. Normas legales referidas al sector transportes, y comunicaciones

    Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de

    Transportes y Comunicaciones (D.S. N 041-2002MTC )

    Con Fecha 24 de Agosto del 2002, se aprob el Reglamento de

    Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y

    Comunicaciones, en el que se modifica algunos artculos, siendo losms relevantes para la especialidad los siguientes:

    Articulo 73.- Direccin General de Asuntos Ambientales

    La Direccin General de Asuntos Ambientales se encargara

    de velar por el cumplimiento de las normas de

    conservacin del medio ambiente del Sub sector, con el fin

    de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales

    durante el desarrollo de las obras de infraestructura detransporte; as como de conducir los procesos de

    expropiacin y reubicacin que las mismas requieran.

    Articulo 75.- La Direccin de Evaluacin Socio

    Ambiental se encarga de velar por que los estudio de

    Impacto Socia Ambiental del Sub-sector Transportes sean

    los que se requieren para garantizar el adecuado manejo

    de los recursos naturales y mnimo impacto social duranteel desarrollo de las obras de infraestructura de transporte.

    Tiene las funciones siguientes:

    Articulo 76.- La Direccin de Expropiaciones y

    Reasentamientos es responsable de conducir los procesos

    de expropiacin de predios y reasentamientos que sean

    necesarios para el desarrollo de las obras del sub-sector.

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    R.M N 116-2003- MTC/02 crean registro de entidades

    autorizadas para la elaboracin de EIA en el subsector

    transportes

    Se crea dicho Registro con el objetivo de velar por el cumplimiento

    de las normas de conservacin del medio ambiente del Subsector

    Transportes, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los

    recursos naturales durante el desarrollo de las obras de

    infraestructura de transporte.

    Reglamento para la Inscripcin en el Registro de Entidades

    Autorizadas para la Elaboracin de Estudios de Impacto Ambientalen el Sub sector Transporte.

    El Reglamento estipula que la entidad que desarrolle el Estudios de

    Impacto Ambiental deber estar debidamente registrada por el Sub Sector

    Transporte del MTC y deber cumplir con los requisitos que este

    menciona, adecuando as su estado a las exigencias sealadas por el

    Reglamento conforme lo a dispuesto en la Resolucin Ministerial N 116-

    2003-MTC/02 y aprobado por la Resolucin Direccional N 004-2003-MTC/16.

    Directrices para la Elaboracin y aplicacin de Planes de

    Compensacin y Reasentamientos Involuntario para Proyectos de

    Infraestructura de Transporte.

    Mediante la Resolucin Direccional N 007-2004-MTC/16 la Direccin

    General de Asuntos Socio Ambientales encargada de velar por el

    cumplimento de las normas de conservacin del Medio Ambiente delSub sector establece las Directrices para le Elaboracin y Aplicacin de

    Planes de Compensacin y Reasentamiento Involuntario (PACRI) en

    proyectos de Infraestructura de Transporte las cuales debern ser

    desarrolladas y/o aplicadas por el consultor incluyendo

    recomendaciones que deber manejarse desde las primeras etapas de

    la preparacin proyecto, previniendo los costos y los plazos que se

    requerirn asegurndose que la poblacin afectada por un proyecto

    reciba una compensacin justa y con soluciones adecuadas.

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    Reglamento de Consulta y Participacin Ciudadana en el Proceso

    de Evaluacin Ambiental y Social en el Sub sector Transporte.

    MTC

    El Reglamento aprobado por la Resolucin N 006-2004-MTC/16

    elaborado por la Direccin de Evaluacin Socio Ambiental del MTC

    norma la participacin de las personas naturales, organizaciones

    sociales y titulares de proyectos de infraestructura de transporte y

    autoridades en el procedimiento del desarrollo de las actividades de

    informacin y dialogo con la poblacin involucrada en proyectos de

    construccin, mantenimiento y rehabilitacin, as como en el

    procedimiento de Estudio de Impacto Ambiental con la finalidad demejorar el proceso de toma de decisiones en relacin a proyectos.

    2.3. Organizaciones No Gubernamentales

    La evaluacin y solucin a la problemtica ambiental ha dejado de ser

    exclusividad de los organismos gubernamentales, habindose creado

    organismos, instituciones privadas para la defensa, conservacin, preservacin

    e investigacin de los recursos naturales y del medio ambiente, orientadas a

    mejorar la produccin y la productividad de las empresas, mejorar la calidad del

    medio ambiente, planificar el uso racional de los recursos naturales y propiciar

    un constante mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin.

    2.4. Consideraciones Finales

    Como consecuencia de los dispositivos legales dados en diferentes pocas y la

    preocupacin general de lograr un mejor ordenamiento y tratamiento del Medio

    Ambientey los Recursos Naturales, en la actualidad se han plasmado normas

    precisas, sobreresponsabilidades institucionales, a efecto de lograr una mejor

    preservacin yconservacin del Medio Ambiente.

    En este sentido, se han expedido nuevos dispositivos legales, con la finalidad

    de normar el uso de los recursos naturales, con el propsito de lograr el

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    desarrollo sostenido del pas, en razn de que todo proyecto de obra o

    actividad de carcter pblico o privado, que pueda provocar daos no

    tolerables al ambiente, requiere de un Estudio de Impacto Ambiental sujetos a

    la aprobacin de las autoridades competentes, como es el caso de las obras de

    infraestructura vial y de transporte.

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    CAPTULO

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    DIAGNSTICO AMBIENTAL

    3.4. Medio Fsico: Se analiza en la zona de estudia de la obra vial

    3.2.1. Clima:

    Se tiene que determinar todos los aspectos como:

    Temperatura promedio anuales

    pocas de lluvia

    Cantidad de neblina

    Temporadas de garas

    Direccin y velocidad de los vientos

    3.2.2. Topografa

    Determinar los estados bien definidos topogrficamente, y tener

    en cuenta los sectores que se encuentran all.

    3.2.3. Edafologa

    Es la combinacin del factor climtico con el topogrfico quedeviene en la formacin de suelos de diferentes orgenes y grado

    de fertilidad. As se determina los suelos como: aluviales,

    coluviales, etc. la profundidad moderada de stos, y la textura

    siendo: moderadamente gruesa o moderadamente fina, y por

    ltimo el grado de fertilidad.

    3.2.4. HidrologaIdentificar al tipo de sistema hidrogrfico al que presenta los ros

    que colindan con el proyecto, determinando su origen, su rea,

    sus precipitaciones anuales, etc.

    3.2.5. Geomorfologa

    Identificar la geomorfologa (llana, accidentada, etc.) de la zona

    del proyecto (va) a ejecutar.

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    3.2.6. Geologa

    Desde el punto de vista geolgico determinar que tipo de rocas

    presentan (sedimentarias, gneas, metamrficas, etc.) e identificar

    las edades en que estn comprendidas.

    Tambin se identifica las capas de las rocas por la cual estn

    constituidas (conglomerados heterogneos)

    El tipo de suelo por el cual est constituido, e identificar las zonas

    exactas donde se encuentra.

    3.5. Medio Biolgico

    3.2.1. Ecologa

    Identificar la formacin ecolgica para saber cuales son los

    recursos edficos, la vegetacin natural, las reas agrcolas,

    quebradas, etc.

    3.6. Medio Socio Econmico y Cultural

    4.2.5 Demografa

    Determinar los datos estadsticos (caractersticas

    socioeconmicas segn CENSOS), reas donde se ejecutar la

    red vial, etc.

    4.2.6 Uso Actual de las Tierras

    Identificar los tipos de cultivo ms importantes. A los cultivos

    perennes se les considera como plantas en crecimiento constante

    y a los de corto periodo vegetativo, que permiten la obtencin de

    ms de una cosecha al ao, se les considera cultivos rotativos por

    excelencia.

    Siguiendo la clasificacin de la Comisin sobre el Inventario

    Mundial de Usos de la Tierra de la Unin Geogrfica Internacional

    (UGI), determinar la a la categora que pertenece.

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    4.2.7 Economa

    Identificar el % de personas segn la economa de la

    poblacin (pobreza, extrema pobreza, etc.)

    El tipo de produccin agrcola y crianza de animales a la

    que se dedican.

    Si tiene produccin pesquera.

    Recursos de minera.

    4.2.8 Turismo

    Zonas arqueolgicas Tiempo de fiestas, celebraciones.

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    CAPTULO

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    IDENTIFICACION Y EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES

    4.1. Aspectos Generales

    A continuacin se proceder a identificar el Impacto Ambiental,

    analizar los posibles impactos o alteraciones potenciales a

    generarse como consecuencia de las actividades de un proyecto

    vial que puedan tener incidencia sobre los diversos componentes

    ambientales del ecosistema de la zona, con la finalidad de

    estructurar las medidas de prevencin y/o mitigacin en el marco

    del Plan de Manejo Ambiental respectivo.

    Los impactos potenciales que podran originarse por las

    actividades del proyecto, en el rea de estudio, son analizados

    con relacin a los siguientes factores ambientales: Atmsfera,

    Geologa y Geomorfologa, Hidrologa, Suelos, Vegetacin,

    Fauna, Paisaje y aspectos Socio Culturales. Estos impactos

    varan en grado y magnitud, en funcin de la fragilidad de los

    recursos mismos y de sus interrelaciones en el ecosistema.

    4.2. Metodologa para la Identificacin de Impactos

    Se puede identificar los Impactos potenciales con distintos

    mtodos una de ellos es: Matriz de Leopold. Se establece

    relaciones y resultados entre los parmetros fsicos, biolgicos y

    socioeconmicos de la zona de estudio y su mbito de influencia

    como consecuencia de las obras viales, con el objeto de

    determinar que procesos ambientales podran originarse y causar

    los impactos ambientales que alteren el medio y

    consiguientemente las condiciones de vida de la poblacin.

    Matriz de Leopold

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    Siguiendo la metodologa de la matriz de Leopold, se estable un

    cuadro de doble entrada en la parte superior (columnas) de este

    colocamos las acciones del proyecto y en la parte lateral (filas) los

    factores ambientales afectados, siendo el cruce de columna y fila

    el impacto ambiental potencial.

    Se analiza la magnitud de los impactos a producirse tomando en

    cuenta el grado de perjuicio (-) o beneficio del impacto (+) en una

    escala de:

    o Impacto Dbil -1

    o Impacto Moderado -2

    o Impacto Fuerte -3Para el anlisis de la importancia del proyecto se toma en cuenta

    los siguientes criterios en referencia al impacto: Naturaleza,

    Intensidad (magnitud), Extensin, momento, persistencia,

    reversibilidad, Sinergia, acumulacin, Efectos, Periodicidad y

    recuperabilidad. Una vez analizados estos se asigna un valor de

    importancia al impacto en una escala del uno al tres.

    Ejemplo: (Cuadro 4.2.1.)

    Resultados:

    o Podemos observar (en el cuadro 4.2.1) que los

    factores ambientales que ms son afectados son

    debido a las acciones que se realizan en las canteras

    y en la planta de chancado.

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    CUADRO 4.2.1.

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    4.3. Descripcin de los Impactos Ambientales}

    4.3.1. Etapa de Mantenimiento

    a. Disminucin de la Calidad del Aire

    o Durante el desarrollo de las actividades de habilitacin

    del terreno para la construccin de campamentos y

    planta de asfalto, y las acciones necesarias para el

    ejecuta miento del proyecto de va, se producirn

    emisiones de material particulado debido a los

    movimientos de tierra, transporte de materiales,funcionamiento de planta de asfalto y chancadora y la

    explotacin de canteras.

    o Se podra generar una disminucin de la calidad del

    aire, incrementndose los niveles de incisin y emisin.

    La emisin de partculas podra tener incidencia directa

    en los trabajadores de la obra.

    o Se producir un incremento de gases a la atmsfera porla continua emisin de monxido de carbono (CO),

    hidrocarburos no quemados (HC), xidos de nitrgeno

    (Nox), plomo (Pb) y dixidos de azufre (SO2),

    proveniente de la maquinaria y de vehculos pesados.

    b. Emisiones Sonoras

    o

    Las actividades en las que se enmarca el proceso demantenimiento especialmente el uso de maquinaria

    pesada, el funcionamiento de las plantas de concreto y

    asfalto, la explotacin de canteras y los procesos de

    transporte de carga y descarga de materiales, generaran

    emisiones de ruido de carcter puntual y permanente.

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    c. Probable conflicto en el uso del agua

    o Puede ser posible que cuando se utilicen las fuentes de

    agua, ocurran conflictos con los comits de regantes de

    la zona.

    d. Alteracin Paisajista

    En general la alteracin paisajista se verifica a lo largo de toda

    la carretera mientras se est desarrollando los trabajos, con

    mayor incidencia en los sectores de explotacin y

    acondicionamiento del material, campamentos y la presencia

    de maquinarias.

    e. Probable contaminacin de los suelos

    Durante los trabajos es probable que ocurran derrames de

    combustibles, grasas de vehculos y lubricantes de

    maquinarias y equipos por accidentes o inadecuado manejo de

    los mismos.

    f. Disminucin de la Calidad Edfica por compactacin del

    suelo

    La explotacin de canteras, la compactacin de los suelos por

    los movimientos de la maquinaria pesada, as como por la

    construccin de los campamentos y reas de servicio

    complementarios, podran ser factores que afecten la calidad

    edfica del rea.

    g. Posible afeccin a la cobertura vegetativa.

    Los trabajos de explotacin de canteras y chancado de

    material produce una emisin de material particulado, que se

    acumula en la superficie de las plantas.

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    h. Efectos en la Salud

    o Durante el proceso de la ejecucin de las obras, se

    pueden producir emisiones de gases txicos a la

    atmsfera y afectaciones a la salud de los trabajadores.

    o En el extendido y compactacin de la carpeta asfltica,

    podra producirse afectaciones a la salud de los

    operarios, por la inhalacin de gases y quemaduras en

    el transporte y disposicin del asfalto lquido.

    o Se pueden generar fuentes de propagacin de

    mosquitos u otros insectos en depsitos de agua en los

    campamentos para labores de limpieza y/omantenimiento

    i. Perturbacin de la transitabilidad de vehculos

    Se ocasionarn interrupciones en el trnsito de vehculos sobre

    todo en los lugares donde exista reparaciones en la carpeta

    asfltica, por lo que se incrementara las horas de viaje,

    incomodidad de pasajeros de empresas de transporte, posiblesdeterioros de productos perecibles y retraso de

    comercializacin de productos.

    j. Generacin de Empleo

    Durante el proceso de construccin se incrementa la poblacin

    econmicamente ocupada, debido a que se generaran diversos

    tipos de empleo como son: empleos cubiertos por personal dela empresa constructora o empresas subsidiarias; empleos

    absorbidos por personas residentes en el rea del proyecto; y

    empleos generados indirectamente o por el crecimiento general

    de la economa, inducido por construccin de la infraestructura.

    Lo expresado, generar una posibilidad de incremento salarial

    para personal especializado en trabajos de carretera, para

    personal de campo no especializado y para personal vinculado

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    a labores ms especializadas de administracin, y logstica

    entre otros.

    4.3.2. Etapa de Operacin

    Cuando la va este operando totalmente generara el

    mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin involucrada

    en el rea de Influencia Indirecta, pues facilitara un mejor

    acceso de productos y/o servicios hacia los mercados o centros

    de consumo.

    a. Mejor fluidez vehicular.Al mejorar el pavimento de la va, el trfico vehicular

    ser ms fluido y se disminuir los tiempos de viaje del

    transporte de pasajeros y productos.

    b. Mayor facilidad para la comercializacin de

    productos

    Al mejorar el pavimento y disminuir el tiempo de viaje deltransporte, las unidades vehiculares estarn en mejor

    estado lo que contribuir la rpida y eficaz actividad

    comercial de la zona.

    c. Reduccin en costos de transporte

    Debido al buen estado de la va, los costos o de

    operacin y mantenimiento de unidades de transportemotorizados disminuirn y por lo tanto los costos de

    transporte tambin.

    d. Aumento del valor del predio

    Tanto el valor de los terrenos agrcolas como los

    urbanos, se incrementaran favoreciendo a los

    propietarios.

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    e. Aumento del turismo

    Con el buen estado de la va, el transporte de pasajeros

    por tierra aumentara debido al mayor confort y rapidez

    de sus viajes dando preferencia a la visita de las zonas

    aledaas.

    f. Disminucin de accidentes

    Si la estructura vial mejora, los riesgos de accidentes

    disminuirn.

    4.3.3. Impactos del Medio sobre la CarreteraLos factores adversos del medio ambiente que pueden

    observarse en una zona de proyecto son las siguientes:

    a. Sismos

    Nuestro pas forma parte del Circulo de fuego del

    Pacifico, considerado como la principal zona volcnica

    del mundo.

    b. Neblina

    Puede causar accidentes ferroviarios y vehiculares por la

    dificultosa visin.

    c. Deslizamientos

    Esto es ocasionado por el material de fcil erosin clicay las caractersticas naturales del suelo. Lo continuos

    deslizamientos y derrumbes pueden producir accidentes

    por el material desprendido en el borde de la va y

    obstrucciones de canales de agua por la acumulndose

    del material.

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    d. Arenamientos

    Este impacto es ocasionado por los fenmenos

    meteorolgicos (zona arenosa y de altamente ventosa).

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    PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

    Los planes y medidas de manejo ambiental se han establecido de manera

    concordante con la identificacin y evaluacin de los impactos ambientales; esdecir los planes y medidas se estructuran teniendo en cuenta las fases de

    construccin y operacin.

    El Plan de Manejo ambiental se enmarca en la estrategia de proteccin y

    promocin ambiental durante el desarrollo de las actividades del proyecto y

    despus de los trabajos de la va.

    El ministerio de Transporte y comunicaciones, a travs de su Direccin de

    Medio Ambiente, es la institucin responsable de que se cumplan los presentes

    programas para lo cual deber exigir su cumplimiento a la empresa contratista.

    El personal responsable de la ejecucin de los Programas Ambintales, deber

    recibir capacitacin y entrenamiento necesarios, de tal manera que les permita

    cumplir con xito las labores encomendadas. Esta tarea est encomendada por

    un supervisor ambiental.

    Los temas estarn referidos al Control Ambiental, Seguridad Ambiental y

    Prcticas de Prevencin Ambiental.

    5.5. Medidas de Mitigacin, Control y Prevencin Ambiental

    En este punto se identificaran las medidas necesarias para evitar

    daos innecesarios derivados de la falta de cuidado o de

    planificacin deficiente de las operaciones del proyecto.

    a. Disminucin de la Calidad del Aire

    o El contratista deber verificar eventualmente que

    el equipo mvil y la maquinaria pesada se

    encuentre en buen estado mecnico y de

    carburacin, reduciendo as las emisiones degases.

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    o El equipo de trabajo encargado de la produccin y

    manejo de la mezcla asfltica debern portar

    protectores buco nasales con filtro de aire para

    evitarla inhalacin de gases txicos. As tambin

    los trabajadores que se encuentren expuestos al

    material particulado en las chancadoras y

    tamizadotas deben portar artculos de seguridad

    como gafas, tapa de odos, tapabocas, ropa de

    trabajo, caso.

    o Para evitar el levantamiento del materialparticulado acentuado en vas no asfaltadas

    cercanas a canteras, chancadoras, planta de

    asfalto y campamentos se deber humedecer

    regularmente.

    o El transporte de material proveniente de las

    canteras deber estar protegidas con lonashumedecidas para evitar su perdida en el

    ambiente.

    o Quedara terminantemente prohibido incinerar

    desechos slidos de cualquier tipo.

    b. Emisiones Sonoraso El contratista deber verificar eventualmente el

    estado de los silenciadores de los equipos a

    utilizarse especialmente en las chancadoras, con

    el fin de evitar la emisin de ruidos excesivos por

    una mala regulacin y/o calibracin que afectan a

    la poblacin y a los trabajadores del proyecto.

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    o Evitar los trabajos nocturnos en las zonas de los

    Valles y para facilitar el trnsito de vehculos de

    transporte pblico.

    c. Probable conflicto en el uso del agua

    o Gestionar los permisos correspondientes

    (Permiso de Autoridad de Aguas para Extraccin

    y Permiso de Administrador Tcnico del Distrito

    de Riego) con las autoridades administrativas de

    los valles de Moquegua y Locumba, verificando

    que se evite la captacin de aguas provenientesde fuentes susceptibles de secarse o que

    presenten conflictos de uso con pobladores

    cercanos.

    o Asegurar que se adopte un sistema adecuado

    captacin de aguas para las actividades

    necesarias para el mantenimiento de la va,evitando el enturbamiento del recurso o

    anegamiento de zonas aledaas.

    d. Alteracin Paisajista

    o Los escombros producto de las actividades de la

    obra no debern ser dejados a los costados de la

    va por ningn motivo. Y las restos de laconstruccin de los campamentos y planta de

    asfalto no debern quedar en el lugar, por lo que

    se le asignara un destino apropiado.

    e. Probable contaminacin de los suelos

    o Asegurar que los residuos slidos excedentes de

    los procesos de produccin, tengan un lugar

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    adecuado para la disposicin evitando los

    derramos de asfalto caliente en el suelo.

    o Instalar una zona de lavado y cambio de aceite

    adecuado para que se ejecuten de esta manera

    las actividades y no contaminen los suelos.

    o Proteger las reas de cambio de aceite y

    lubricantes, con lminas impermeables cubiertas

    de hormign o arena y acumular el aceite

    desechable en bidones para su traslado a sitiosadecuados y permitidos.

    o Capacitar al personal encargado del manejo

    adecuado de aceites y lubricantes, siendo ellos

    los nicos que podrn desempear esta labor.

    o Colocar letreros recordando al personal trabajador

    la prohibicin de vertimientos de aceites, grasas y

    lubricantes al suelo.

    o En caso de derrmense accidentales se debe

    humedecer la zona del vertimiento y remover el

    material afectado lo antes posible.

    f. Disminucin de la Calidad Edfica por compactacin

    del suelo

    o La explotacin de canteras, la instalacin de los

    campamentos, planta de Asfalto y chancadoras

    sern en reas alejadas de suelos productivos por

    lo que no afectara la calidad edfica del zona.

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    g. Posible afeccin a la cobertura vegetativa.

    o Controlar las emisiones de material particulado

    evitando su acumulacin en la superficie de las

    plantas, mediante el mantenimiento adecuado de

    los filtros de las maquinas y el uso de cisternas a

    fin de humedecer la zona de trabajo.

    h. Efectos en la Salud

    o Se deber contar con un staff de adecuado en

    caso de afectaciones sobre la salud de los

    operarios, por la inhalacin de gases yquemaduras en el transporte y disposicin del

    asfalto lquido.

    o El personal de la obra deber estar informado de

    las adecuadas normas de higiene del

    campamento y de higiene personal.

    o El personal de la obra deber contar con un

    certificado de salud reciente, expedida por el rea

    de salud respectiva.

    o Se identificara los Centros de salud ms cercanos

    a las zonas de trabajo.

    i. Perturbacin de la transitabilidad de vehculoso Utilizar vas de acceso alternos, con la finalidad

    de no perjudicar el pase normal de vehculos,

    sobre todo en los lugares donde exista

    reparaciones en la carpeta asfltica.

    o Coordinacin necesaria en cuanto a los lugares

    de inicio de las obras, los posibles desvos

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    estipulados, restricciones a vehculos privados,

    facilidad a los transportes pblicos, entre otros.

    o Con una correcta y adecuada sealizacin verticalen la va se evita el problema de tener que

    informar a los usuarios de los transportes pblicos

    y privado en general de la nueva situacin.

    o Proyecto de Sealizacin de las zonas de cruces

    y nuevos caminos para la fase de construccin.

    j. Generacin de Empleo

    o Para la contratacin de personal sobre todo de la

    mano de obra no calificada, hasta donde fuera

    posible se deber hacer una clasificacin de las

    personas con mayores necesidades.

    k. En relacin con los campamentos

    o Ubicar el campamento en una zona alejada decentros poblados para evitar posibles conflictos

    sociales y en reas q no utilicen fuentes de agua

    de poblaciones cercanas.

    o El material de los campamentos deber ser

    prefabricados para su fcil instalacin y

    desmantelamiento, con el compromiso derestaurar dicha zona al final de la obra. Y evitar

    que el diseo y construccin de estos realice

    movimiento, cortes o rellenos de tierra.

    o Deber contar con la existencia de silos o pozos

    spticos en perfecto funcionamiento con sus

    respectivas tuberas de infiltracin y respiraderos.

    El nmero de silos variara de acuerdo a la

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    poblacin de trabajadores y su ubicacin debe ser

    lejana a fuentes de agua.

    o La gestin de desechos slidos, abarcara laubicacin estratgica de recipientes de desechos

    y la recoleccin de todo tipo de desechos slidos

    y su disposicin final en el relleno sanitario de

    campamentos. Los silos y rellenos sanitarios del

    campamento deben estar diseados y construidos

    cumpliendo normas sanitarias y ambientales.

    o En la etapa de desalojo de la infraestructura

    debern ser dispuestos convenientemente los

    residuos resultantes del campamentos en lugares

    autorizados y deber sellarse debidamente los

    pozos spticos y rellenos. La zona donde se ubico

    el campamentos tiene que recuperar el inicial

    paisaje, restableciendo la morfologa inicial del

    terreno.

    o El campamento deber estar correctamente

    sealizado para evitar accidentes y equipado con

    extinguidores de incendio y material de primeros

    auxilios.

    l. De los Patios de maquinas y Equipos

    o Tienen que estar alejados de cursos de agua y de

    reas de vegetacin, evitando la contaminacin

    por derrames de combustible y lubricantes,

    contando con instalaciones adecuadas para el

    lavado de vehculos y/o maquinaria y un sistema

    de manejo y disposicin de grases y aceites.

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    o Los aceites y lubricantes desechables debern

    estar almacenados en recipientes hermticos en

    lugares adecuados.

    o La zonas de almacn de combustibles debern

    contar con diques o trampas de combustibles en

    su permetro en caso de producirse algn

    derrame.

    o Esta zona debe contar con equipos de extincin

    de incendios y materiales de primeros auxilios.

    m. De la planta de asfalto y chancadora

    o Deber estar ubicada estratgicamente evitando

    que los gases, partculas y ruido afecten a algn

    centro poblado.

    o La planta de asfalto deber contar con filtros, queimpidan la emanacin de gases y material

    particulado. Contar una chimenea que tenga una

    altura adecuada permitiendo una rpida difusin

    de gases y polvo. As tambin como el buen

    funcionamiento del sistema de combustin,

    funcionamiento de bombas y boquillas de

    dosificacin.

    o Los operarios contaran con equipo especial como

    lentes, tapa de odos, guantes, mascaras y otros

    protectores que impidan que le polvo y gases

    afecten la su salud.

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    n. De la repavimentacin y parchado de vas

    o Se deber tener cuidado con la contaminacin de

    cueros de agua por los posibles derrames del

    asfalto liquido y emulsiones durantes la etapa de

    riego de Liga.

    o En casi de derrames del asfalto en la imprimacin

    se deber recoger dicho material, incluyendo el

    suelo contaminado y llevado a un lugar autorizado

    para su reutilizacin.

    o Las labores de recalentamiento de asfalto en

    depsitos adecuados para tal fin, se deber

    realizar en lugares alejados de viviendas o

    centros poblados por las emanaciones de gases

    que se producen.

    o El personal deber contar con los equipos

    adecuados 8mascaras, botas, cascos, ropa) y

    dems elementos de seguridad industrial, el cual

    es uso obligatorio.

    o El material extrado de la zonas rehabilitadas se

    reutilizara en la va, originando as la ausencia de

    desechos provenientes de obras de

    mantenimiento.

    o. De las Canteras

    o En la explotacin de canteras no se deber

    producir la inestabilidad en reas de corte. Se

    debe adoptar un plan de explotacin de cantera

    de manera de producir la menor alteracin

    morfolgica posible.

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    o Las canteras que no se utilizaran en un futuro

    luego de terminar las actividades de

    mantenimiento debern recuperar su morfologa

    inicial.

    p. Del Transporte de materiales

    o Los vehculos de transporte de materiales tendrn

    que contar con sus tolvas en perfecto estado

    garantizando que la carga depositada no se

    escape del vehculo. Ser obligatorio el

    cubrimiento de la carga con coberturasresistentes la cual estar sujeta a las paredes de

    la tolva.

    o Los vehculos tendrn que estar en continua

    revisin asegurando una perfecta combustin. En

    el caso de los vehculos diesel la emisin de los

    escapes no deber sobrepasar los niveles deoposidad establecidos.

    o Los equipos pesados para carga y descarga

    debern tener alarmas pticas y sonoras para la

    operacin en reversa.

    5.6. Programas de Educacin Ambiental y Comunicacin Social

    Corregir los impactos derivados en la fase de obra como son

    la probabilidad de expectativas e inseguridad de la poblacin

    respecto a las afecciones que podr inferir el proyecto. Y

    prevenir los inadecuados hbitos de comportamiento e

    inadecuadas costumbres del personal trabajador en lugares

    de trabajo y campamentos.

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    Entre las medidas a implementar se valorar la necesidad

    de abrir una oficina de informacin y quejas que canalice la

    problemtica particular de la poblacin y que deber estar

    en funcionamiento durante el periodo de las obras.

    Realizar campaas de educacin y conservacin ambiental,

    informando normas elementales de higiene, seguridad y

    comportamiento ambiental, las que serian impartidas

    especialmente a los trabajadores del proyecto por el

    responsable de aplicar el programa, por medio de charlas

    afiches, trpticos informativos. Se deber dar a conocer elpunto 2.3 Normas generales comportamiento del personal,

    impartida en el Manual Ambiental para el Diseo y

    construccin de Vas.

    5.7. Programa de Control y Seguimiento

    La Vigilancia y control se lleva a cabo con un Plan deseguimiento o monitoreo que consiste en efectuar accionesorientadas a evitar y prevenir las posibles alteraciones que

    pudieran ocurrir como consecuencia de la ejecucin de los

    trabajos de la carretera.

    La implementacin del Plan de Seguimiento, deber

    organizarse con la participacin del contratista de la obra, lasupervisin, y el MTC.

    Estar a cargo de la supervisin ambiental de Proyecto, queconfirmara el cumplimiento de las Medidas y Programas,

    evaluando la eficiencia de los trabajos.

    Nos permitir manejar informacin ms puntual de acuerdoa las modificaciones ambientales que se ocasionen por

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    accin del proyecto, indicando fechas, motivos, magnitud,

    reas daadas y labores necesarias para su rehabilitacin.

    En tal sentido la compaa encargada de la construccin,debe presentar al MTC un plan de monitoreo que incluya las

    diferentes actividades a realizar en determinados periodos

    de tiempo. El plan de monitoreo deber presentar todos los

    aspectos referentes al desarrollo del proyecto en forma

    especfica. Teniendo como base el Plan de Monitoreo, el

    contratista presentara informes peridicos sobre: los

    campamentos y el estado del personal, el movimiento detierras, el uso de canteras y su respectiva restauracin, el

    uso de fuentes de agua, as como, los problemas colaterales

    que puedan suscitarse. Las actividades antes mencionadas

    sern verificadas por el supervisor ambiental, quien dar

    cuenta sobre el cumplimiento de la legislacin ambiental, e

    informara al MTC a fin de efectuar las acciones correctivas y

    de esa manera controlar que las actividades que se efectenen el marco de los trabajos de mantenimiento de la

    carretera, no originen alteraciones ambientales.

    5.8. Programa de Contingencias

    Dirigido principalmente a accidentes de trabajadores,

    derrames de productos txicos, deterioro de la salud de lostrabajadores, derrumbes, incendios y daos a terceros.

    El contratista deber estar contar con un grupo equipocapacitado de personas para dar atencin de primeros

    auxilios, y designar un responsable que coordine con dicho

    equipo y el Centro de salud y con la compaa de bomberos

    ms cercano. El centro de salud y los bomberos debelan

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    estar informados de del inicio de los trabajos de

    mantenimiento para que anticipar cualquier emergencia.

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    CAPTULO

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    CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

    6.3. Conclusiones

    En los proyecto de una carretera, se realizaran diversas actividadesprincipalmente en el movimiento de tierras, y teniendo en cuenta que en

    el paisaje seminatural de bosques primario poco intervenido, se genera

    una situacin inducida de desudacin de un amplio sector, por el trazo

    de los caminos de acceso y el movimiento intenso de vehculos y

    maquinaria, donde se facilita el camino de acceso a los agricultores para

    deforestar la zona, y se ve afectado la topografa, fauna y el aspecto

    productivo; conllevando a aumento de erosin, se crea barrera o

    separacin de hbitat de especies silvestres, aparecen reas de cultivo,

    extraccin de madera e inicio de quemas

    Se plantean medidas de mitigacin para los impactos negativos,

    implementndose medidas ambientales de carcter preventivo y un

    programa de vigilancia y supervisin durante la ejecucin de las obras

    viales.

    Las actividades de alteracin de la calidad del aire, aumento de erosin

    de suelos, prdida de naturalidad, diversidad y riqueza gentica,

    desplazamiento de agricultores, deterioro de la cultura inca, separacin

    de hbitat, aumento de nivel de polvo, etc, ; tienen una importancia

    relativa respecto del resto, por lo que se debe tener especial cuidado de

    estas acciones negativas.

    El aire es negativamente impactado a causa de los gases de

    combustin, provenientes de los equipos, tales como compresoras,

    motores de la maquinaria pesada y vehculos, polvos o partculas

    generados durante los procesos constructivos, afectando principalmente

    a los obreros y personas involucradas en la obra.

    Con la identificacin de los impactos ambientales en el rea de un

    proyecto vial permite implementar el Plan de Manejo Ambiental para

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    prevenir como medidas de control y seguimiento la conservacin del

    medio ambiente en las etapas de planificacin y diseo, construccin y

    operacin.

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    6.4. Recomendaciones

    Durante el proceso de mantenimiento, se recomienda establecer un

    sistema de Supervisin Ambiental, a fin de garantizar la ejecucin de las

    medidas de mitigacin propuestas en el Estudio de Evaluacin

    Ambiental Respectivo.

    El contratista deber tener un estricto control de los vertimientos en los

    cursos de agua y tomar las medidas necesarias para garantizar que los

    desechos, no tengan como receptor final los ros.

    Se recomienda tomar acciones concretas a fin de que el contratista

    establezca un severo control en los trabajos que se ejecuten en el rea

    de estudio, sobre todo evitando la afectacin de vegetacin agrcola.

    Se recomienda establecer los mecanismos necesarios vinculados al

    control de la salud de los trabajadores y la poblacin, a fin de evitar o

    minimizar las enfermedades endmicas de la zona.

    Se debe trabajar en un carril de calzada a la vez, con la finalidad de queel transito pueda darse por el carril restante. Es importante que exista

    dos personas que regulen el trnsito por la zona afectada.

    Quedara terminantemente prohibido que los trabajadores cacen o

    capturen animales para alimentacin y/o comercializacin.

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    CAPTULO

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    BIBIOGRAFA Y ANEXOS

    7.3. Bibliografa

    7.4. Anexos