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1 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROYECTO BIRF “Cobertura Universal Efectiva de Salud” (P163345) - 2017 -

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MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROYECTO BIRF

“Cobertura Universal Efectiva de Salud” (P163345)

- 2017 -

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Índice 1. Objetivos del Proyecto ....................................................................................... 4

2. Componentes del Proyecto ................................................................................ 4

3. Antecedentes Salvaguardas Ambientales .......................................................... 8

4. Marco legal e institucional ................................................................................ 11

5. Políticas Ambientales del Banco ...................................................................... 12

6. Marco de Gestión Ambiental ............................................................................ 14

6.1 Objetivo ............................................................................................................. 14

6.2 Ámbito de aplicación ..................................................................................... 14

6.3 Marco ambiental ........................................................................................... 14

6.4 Desarrollo de procesos de intervención para la ejecución del MGA durante el Proyecto. ................................................................................................................. 16

6.4.1. Acciones .................................................................................................... 17

6.4.2 Cuadro de intervenciones del proyecto, impactos negativos, medidas de mitigación y capacidades institucionales. ............................................................. 22

6.5 Medidas de protección ambiental ................................................................. 25

6.6 Equipo Responsable de la implementación de la salvaguarda ambiental ..... 25

6.7 Cronograma de Actividades .......................................................................... 26

6.8 Tabla de Costos de ejecución del MGA ........................................................ 27

7. Difusión del Marco de Gestión Ambiental (MGA) .............................................. 28

8. Consulta pública ............................................................................................... 29

9. Bibliografía y fuentes de información ................................................................ 30

10. Anexos ......................................................................................................... 32

Anexo I: Normativa nacional en materia de residuos peligrosos. ................................ 32

Anexo II: Normativa provincial en materia de residuos peligrosos............................... 33

Anexo III: Normativa provincial vinculada a Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) ................................................................................................. 55

Anexo IV: Normativa nacional y provincial en materia de impacto ambiental. ............. 56

Anexo V: Consulta pública preliminar ......................................................................... 58

Regional NEA ...................................................................................................... 59

Regional Centro ................................................................................................... 63

Regional Cuyo ..................................................................................................... 69

Regional Patagonia ............................................................................................. 75

Regional NOA ...................................................................................................... 84

Anexo VI: No Objeción Banco Mundial ..................................................................... 105

Anexo VII: Ratificaciones del MGA ........................................................................... 106

Región Centro ................................................................................................... 107

Región NEA ....................................................................................................... 111

Región NOA ...................................................................................................... 118

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Región Cuyo ...................................................................................................... 135

Región Patagonia .............................................................................................. 138

Anexo VIII: Consulta pública. Encuesta .................................................................... 142

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1. Objetivos del Proyecto

El objetivo de desarrollo del proyecto es:

Incrementar la cobertura efectiva de servicios de salud1 a la población con

cobertura pública exclusiva en las áreas priorizadas, mediante el

fortalecimiento de los Seguros Públicos de Salud Provinciales, del

Ministerio de Salud Nacional, de los Ministerios Provinciales y la

implementación de mecanismos de coordinación del financiamiento y

prestación de los servicios de salud, en el marco de la estrategia nacional

de la Cobertura Universal de Salud (CUS).

A fin de alcanzar el cumplimiento de los objetivos generales, los objetivos

específicos del Proyecto son:

Fortalecer los Seguros Públicos de Salud y contribuir a garantizar su

sostenibilidad financiera;

Fortalecer los mecanismos de pago por desempeño, incorporando

estándares de calidad, cobertura y seguridad del paciente.

Ampliar la cobertura efectiva de los servicios priorizados, en base a criterios

de acceso oportuno, utilización y calidad de servicios, y asegurando la

protección financiera a la población elegible.

Mejorar la capacidad institucional de las provincias y establecimientos de

salud, mediante el fortalecimiento de los procesos, equipamiento y la

implementación de sistemas y herramientas de gestión;

Institucionalizar mecanismos de priorización de prestaciones explícito,

sistemático y sensible a las necesidades de las diversas poblaciones del

país.

Incrementar el acceso de la población objetivo a una cobertura de salud

integral y de calidad.

2. Componentes del Proyecto

Componente 1: Apoyo al fortalecimiento de la cobertura efectiva de salud

pública.

Este componente tendría dos subcomponentes, como sigue:

1 Cobertura efectiva implica el acceso oportuno de la población a servicios de salud priorizados y de calidad.

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Subcomponente 1.1: Financiamiento por capitación basada en resultados

para prestaciones generales y enfermedades catastróficas.

Este subcomponente financiará los pagos por capitación basada en resultados

para la provisión de: (a) una intervención de salud en general; y (b) las

intervenciones de salud para enfermedades catastróficas.

En la parte (a) estos pagos de capitación se transferirán por el Ministerio de salud

nacional (MSN) a las provincias participantes a cubrir una parte del costo de los

servicios de salud incluidos en un Paquete de Prestaciones Priorizadas (PPP)

para la población elegible. Estos pagos variarán entre provincias dependiendo del

nivel de pobreza y otros factores claves como la equidad en los resultados de

salud, acceso a servicios de salud y de la capacidad institucional para la prestación

de servicios de salud. Además, estos pagos se ajustarán en base en el nivel de

logro de indicadores de salud seleccionados y el nivel de cobertura efectiva.

En la parte (b) el componente apoyará el desarrollo de un Seguro Nacional de

Salud para las enfermedades catastróficas. Financiará los pagos por capitación del

Ministerio de Salud Nacional a un grupo de riesgo nacional, que serían utilizados

para pagar los servicios de salud relacionados con las enfermedades catastróficas

para la población elegible. MSN clasificará servicios de atención sanitaria basados

en el nivel de complejidad de la atención que cada uno es capaz de dar (para cada

tipo de enfermedad catastrófica), y su certificación es requisito para la facturación

de servicios de salud incluidos en el Paquete de Prestaciones Priorizadas (PPP)

para el Seguro Nacional de Salud. En efecto, redes de referencia para

enfermedades de condiciones más complejas se establecerá, utilizando las

estructuras de coordinación nacional y los incentivos para superar los problemas

de coordinación interprovincial inherente que a menudo obstaculizan el

establecimiento de estos tipos de las redes.

Subcomponente 1.2: Mejora de servicio de capacidad a nivel nacional y

ministerios provinciales de salud

Este subcomponente fortalecerá la capacidad prestacional a nivel del Ministerio de

Salud de la Nación y de los Ministerios de Salud Provinciales, mediante: (a) el

suministro de equipamiento (médico, de emergencia, de transporte, sistemas

informáticos y comunicaciones); y (b) servicios necesarios para actualizar y ampliar

los sistemas informáticos y la conectividad en Centros de Atención Primara

(CAPS) y hospitales, y de comunicación del Ministerio de Salud de la Nación

(MSAL) y los Ministerios de Salud Provinciales (MSP) (excluyendo obras civiles).

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Componente 2: Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Salud Nacional

y los Ministerios Provinciales para un modelo de atención integral

Este componente apoyará el suministro al Ministerio de Salud Nacional y los

Ministerios Provinciales de las herramientas y los instrumentos necesarios para la

integración del modelo de atención de salud dentro del subsistema público y para

mejorar la coordinación dentro del subsistema público.

Subcomponente 2.1: Apoyar el desarrollo y aplicación de instrumentos para

mejorar la coordinación y de un modelo integrado de atención.

Este subcomponente financiará los siguientes esfuerzos y herramientas para

mejorar la coordinación entre subsistemas y dentro del subsistema público y un

modelo integrado de atención, así como otros para ser discutido y desarrollado

durante la preparación:

a) mecanismos para definir y sistematizar un Paquete de Prestaciones

Priorizadas (PPP) para el subsistema público completo y para definir las vías

clínicas claves (incluyendo servicios y protocolos), basan en el acuerdo común

sobre estándares de calidad requeridos y la entrega condiciones;

b) relacionada con el punto anterior, mecanismos de armonización (con un plan

de convergencia) en normas comunes, servicios y servicio de guías de práctica

clínicas y protocolos, definiciones, modelos de atención, redes de referencia y

estándares de información;

c) diseño e implementación de un mecanismo de priorización explícita para

incluir los servicios de salud en el Paquete de Prestaciones Priorizadas (PPP),

esto es clave para la eficiencia en la asignación, y también su seguimiento y

actualización;

d) implementación de forma progresiva un “Proyecto de Interoperabilidad

Informática” para permitir el intercambio de información entre todos los actores

institucionales con el objeto de que esta información esté automáticamente

disponible para su utilización sin necesidad de conversiones de contenido a

través de la utilización de estándares y terminologías comunes;

e) promoción de expedientes médicos electrónicos y un camino hacia un sistema

de "un registro de un paciente";

f) los mecanismos para la asignación de pacientes a los servicios de salud, con

geo-referenciación de pacientes;

g) mejora de los mecanismos para identificar y registrar a las personas como

beneficiarios en el Componente 1 y otros programas del sector público;

h) estructuras para mejorar la coordinación entre el Ministerio de Salud Nacional

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y Ministerios Provinciales y fortalecer capacidad para coordinar los diferentes

actores en el sistema;

i) mejora de los mecanismos y las instalaciones de los efectores públicos para

que cuentan con la tecnología, sistemas de información, o procesos

implementados que les permitan facturar por las prestaciones o servicios

sanitarios que realizan a la población con cobertura de la seguridad social o

privada;

j) fortalecimiento de las estructuras de coordinación a nivel provincial, por

ejemplo, mediante el establecimiento de equipos provinciales encabezados por

un coordinador del Ministerio de Salud Provincial y miembros de unidades de

ejecución del proyecto (UGSP) en el provincial nivel;

k) realización de estudios sobre el financiamiento del sistema de salud y

organización para ayudar a MSN y el MSPs diseñar políticas públicas para

mejorar la cobertura sanitaria universal, incluyendo mecanismos para integrar los

subsectores del sistema de salud diferente.

Sub componente 2.2: Pilotos de Integración Provincial

Este subcomponente apoyará a Pilotos2 en dos provincias seleccionadas para

poner a prueba enfoques particulares hacia la mayor integración a nivel provincial.

El subcomponente financiará más desarrollo, piloto de prueba y perfeccionamiento

de herramientas de integración y de un modelo integrado de atención. Esto incluye

herramientas para mejorar la integración en el subsistema público y entre el

público y subsistemas de seguridad social (en particular mecanismos para centros

de salud pública para cobrarle a OOSS para servicios de salud proporcionados a

los miembros de OOSS). Se establecerán mecanismos de evaluación sólida para

vigilar a los pilotos y extraer lecciones apropiadas para la posible ampliación de

estos enfoques piloto a otras provincias.

Componente 3: Gestión de apoyo, seguimiento y evaluación

A través de este componente se fortalecerán la UEC, la Unidad de Financiamiento

Internacional de MSN (UFI-S) y las UGSP (Unidades de Gestión de Seguros

Provinciales) a través de la provisión de asistencia técnica (incluida la financiación

de los costos operativos), monitoreo y evaluación, y auditorías financieras y

técnicas independientes en el marco del Programa; de manera tal de asegurar una

2 El piloto de este Proyecto se encuentra en desarrollo en el proyecto de implementación de la Cobertura Universal

de Salud en Mendoza en conjunto con el Ministerio de Modernización. De este piloto surgirán los procedimientos estandarizados que permitirán desarrollar e implementar el Proyecto de Interoperabilidad en todas las jurisdicciones.

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efectiva implementación del Programa y el cumplimiento de las metas establecidas

para los indicadores claves.

3. Antecedentes Salvaguardas Ambientales

A través de la Resolución Ministerial 136/2016, se transfirieron a la UFI-S las funciones

y competencias de la Salvaguarda Ambiental, incorporando los equipos técnicos a la

propia estructura de la UFI-S.

El equipo de consultores técnicos, desde 2007, trabajó en la salvaguarda ambiental

del Proyecto FESP, BIRF Nº7412; del Proyecto de Emergencia H1N1, BIRF Nº7843; y

actualmente continúa ejecutando las actividades correspondientes a los Marcos de

Gestión Ambiental de los proyectos: ¨Funciones Esenciales y Programas de Salud

Pública II¨ (FESP II), BIRF Nº7993; “Protección de la Población Vulnerable contra las

Enfermedades CRÓNICAS no Transmisibles”, BIRF Nº8508; y la reestructuración del

Proyecto de Desarrollo de Seguros Provinciales de Salud – SUMAR, BIRF Nº 8516.

En el marco de dichos proyectos se ha trabajado en:

(i) Revisiones Iniciales Ambientales (RIAs) en cuatro Laboratorios

dependientes del Ministerio de Salud de la Nación. Las revisiones contienen

recomendaciones que están siendo implementadas. Se han presentado los

resultados de las revisiones al personal de los laboratorios y a otros actores

involucrados en la temática, y se han realizado también las jornadas de

capacitaciones previstas.

(ii) Inclusión de Planes de Gestión Ambiental de Obra (PGAO) en las

licitaciones, donde se contemplen todos los aspectos ambientales y las

medidas de prevención y mitigación según se establezcan en una matriz de

aspecto – impacto – medidas de prevención y mitigación de impactos.

(iii) Diagnóstico de la Gestión de Residuos de Establecimientos de la Salud

(RES) en 32 hospitales3 localizados en todas las provincias del país.

(iv) Planes de Acción-Adecuación en Gestión de Residuos de

Establecimientos de Salud en hospitales situados en todo el territorio nacional.

(v) Relevamiento del Marco Legal Ambiental de las 23 provincias y la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Anualmente se actualiza la legislación en gestión

de residuos hospitalarios vigente a nivel provincial (Disponible en:

3 Para establecer una situación comparable entre hospitales similares en distintas provincias, se adoptó

en aquel momento como criterio de selección la cantidad de camas disponibles en relación al nivel de complejidad del hospital. Dado que el mayor impacto ambiental de un establecimiento de salud está dado por la magnitud del mismo y de los servicios que presta, se sostuvo siempre que fue posible un nivel de complejidad III con un rango de cantidad de camas habilitadas entre 120 y 250.

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http://www.legisalud.gov.ar/atlas/categorias/residuos.html), y municipal en caso

de corresponder.

(vi) Compra de contenedores de RES y distribución a hospitales provinciales y

laboratorios de la ANLIS. En todos los hospitales referentes provinciales y los

laboratorios, se distribuyeron contenedores que junto a la señalética y la

asistencia técnica, contribuyeron a organizar en cada establecimiento el

manejo interno de los residuos comunes, biocontaminados y químicos

peligrosos.

(vii) Desarrollo de la Guía Argentina Para La Gestión Racional De Residuos

De Campañas Y Centros De Vacunación.

(viii) Matriz Ponderada de Evaluación de Gestión de Residuos de

Establecimientos de Salud4. Desde el año 2010 se implementa una herramienta

para la evaluación de la gestión de residuos de establecimientos de salud, que

ha sido probada y actualizada desde entonces. Con ella se realiza la

evaluación de los progresos en la gestión interna de RES. El resultado de las

mismas ha permitido verificar a través de un índice, los avances en cada

establecimiento y evaluar también el impacto de las actividades realizadas.

(ix) Guía de Señalética para la Gestión de Residuos de Establecimientos de

Salud. Se desarrolló una guía con el fin de brindar una herramienta que permita

a los hospitales organizar mediante la misma, el manejo interno de los

residuos. Se imprimieron 10.000 ejemplares, que se continúan distribuyendo a

los ministerios de salud provinciales, hospitales y centros de salud5.

(x) Herramienta para Diagnóstico y Gestión de Residuos Químicos Peligrosos

en Establecimientos de Salud. Se ha desarrollado una herramienta que

permitirá conocer cuáles son los químicos que utilizan los establecimientos de

salud argentinos y cómo se utilizan, información que será utilizada para la

elaboración de recomendaciones y estrategias para este tipo de residuos.

(xi) Herramienta para incluir Criterios de Valoración para Compras Públicas

Sustentables. Se recomienda incorporar los criterios de compras sustentables a

los criterios de evaluación y valorización utilizados en los pliegos de compra,

para aplicarlos en el análisis de las ofertas.

(xii) Desarrollo del Curso Virtual Introductorio de Gestión Integral de Residuos

en Establecimientos de Salud.

4 Disponible en: http://www.msal.gov.ar/fesp/images/stories/recursos-de- comunicacion/documentos-

institucionales/salvaguarda-ambiental/matriz-ponderada-de- evaluacin.pdf (último acceso 07/11/2014) 5 Disponible en: http://www.msal.gov.ar/fesp/images/stories/recursos-de- comunicacion/documentos-

institucionales/salvaguarda- ambiental/ANEXO_V_Guia_de_Senaletica_Gestion_de_Residuos.pdf (último acceso 07/11/2014)

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El fortalecimiento de las capacidades provinciales para la Gestión Integral de Residuos

de Establecimientos de Salud por medio de la formación de un área de Salud

Ambiental en el Ministerio de Salud provincial, ha resultado ser fundamental en la

ejecución de las Salvaguardas Ambientales, y su inclusión como Actividad de Salud

Pública (ASP FESPII), fue determinante para su materialización en las provincias.

En el marco del FESPII se han creado 13 (trece) Unidades de Salud Ambiental, y han

sido rendidas como ASP, tal como se observa en el cuadro siguiente:

Por otra parte, en línea con los requerimientos del Banco Mundial, y en concordancia

con sus políticas rectoras, el Equipo de Salvaguarda Ambiental de la UFIS,

conjuntamente con el área de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa Sumar,

vienen trabajando desde finales de 2015 en el desarrollo de diversas acciones de

capacitación que se articularan finalmente bajo una estrategia integral de capacitación

en Salud y Ambiente que toma la “Gestión Ambiental” como tema rector.

A mediados de 2016, ambos equipos lograron concretar el diseño y la ejecución del

primer curso virtual sobre una de las temáticas claves de abordaje de las políticas de

Provincia Presentación Documentación de Creación de Unidad de Salud Ambiental

Buenos Aires 2017

CABA

Catamarca 2014

Chaco

Chubut 2016

Córdoba 2016

Corrientes 2016

Entre Ríos

Formosa

Jujuy

La Pampa 2017

La Rioja 2014

Mendoza 2014

Misiones 2016

Neuquén

Río Negro 2014

Salta

San Juan 2017

San Luis

Santa Cruz

Santa Fe

Santiago del Estero 2014

Tierra del Fuego

Tucumán 2014

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salvaguarda ambiental para el Programa Sumar, que tiene que ver con la “gestión

integral de los residuos en los establecimientos de salud”.

En modalidad virtual, autogestionada con acompañamiento de Tutores del Equipo de

Salvaguarda Ambiental, durante el segundo semestre del 2016 se implementó la

primera edición del curso virtual introductorio de “Gestión Integral de Residuos en

Establecimientos de Salud, en el marco de la salvaguarda ambiental para el Programa

Sumar”.

En consecuencia, se considera que el Ministerio de Salud ha adquirido notable

experiencia en el cumplimiento de salvaguardas ambientales para sus proyectos y que

las mismas no revisten grado de dificultad dado el abordaje intersectorial con que se

trata la temática desde el estado nacional.

4. Marco legal e institucional

Argentina cuenta con presupuestos mínimos de protección ambiental que deben ser

cumplidos por las jurisdicciones provinciales, quienes pueden dictar normas

complementarias al respecto, e incluso normas más estrictas. La ley N°25.675 General

del Ambiente establece los principios rectores de la política ambiental nacional.

La Ley N°24.051 (17/12/91) regula la generación, transporte, tratamiento y disposición

final de residuos peligrosos en jurisdicción nacional y en caso de producirse un

transporte interjurisdiccional de residuos peligrosos. Esta ley es anterior a la reforma

Constitucional de 1994 y no constituye una ley de presupuestos mínimos, sino una ley

de adhesión. Las jurisdicciones provinciales en muchos casos han adherido a esta ley

pero en otros casos cuentan con normativa propia. De acuerdo a estas observaciones

se tiene en consideración la normativa provincial vigente o la ley nacional según

corresponda. El Decreto 831/93 reglamenta la ley 24.051 y establece niveles guía de

protección ambiental en materia de residuos peligrosos.

Los residuos generados en establecimientos de salud, a excepción de los asimilables

a domiciliarios y radiactivos, son considerados residuos peligrosos según la Ley

Nacional Nº 24.051; la cual prescribe que “será considerado peligroso, todo residuo

que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo,

el agua, la atmósfera o el ambiente en general. En particular serán considerados

peligrosos los residuos indicados en el Anexo I o que posean alguna de las

características enumeradas en el Anexo II de esta Ley (art. 2).

Por otra parte, la Ley N° 19.587 y su decreto reglamentario, establecen los límites de

máxima concentración de contaminantes en ambientes laborales.

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Mediante la Resolución SRNyAH N° 413/93 se habilitó el Registro Nacional de

Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos y la Disposición Nacional del

22/01/2003 creó la Unidad de Residuos Peligrosos de la Secretaria de Medio

Ambiente de la Nación (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable) quien

tiene a su cargo los aspectos técnico-legales administrativos del tema.

En general las provincias cuentan con normativa de residuos peligrosos, ya sea por

adhesión a la ley nacional o por legislación propia.

Distinta es la realidad de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs),

donde son escasas las provincias con normativa al respecto, y donde el Congreso

Nacional no ha sancionado una ley específica de presupuestos mínimos de protección

ambiental para la gestión de dichos residuos. Al respecto debe tenerse presente que

tanto la legislación vigente en materia de residuos peligrosos (Ley 24.051 y 25.612),

como la de residuos domiciliarios (Ley 25.916), no resulta aplicable a los RAEEs, a

pesar de que ciertas veces se recurre a tal normativa para aminorar la ausencia de

legislación específica.

Por otra parte debe considerarse la normativa específica de evaluación del impacto

ambiental en las jurisdicciones provinciales.

Se adjuntan en el Anexo I, la normativa nacional en referencia a residuos peligrosos,

en el Anexo II, la normativa provincial vinculada a residuos peligrosos en el Anexo III,

la normativa provincial vinculada a RAEEs y en Anexo IV la normativa de evaluación

de impacto ambiental.

5. Políticas Ambientales del Banco

Por las características y actividades del Proyecto, el mismo se encuadra dentro de la

categoría B, según el Manual de Operaciones del Banco Mundial (OP4.01). La

categoría B corresponde a todas aquellas actividades donde los impactos son

específicos en función del lugar; donde prácticamente ninguno es irreversible, y en la

mayoría de los casos pueden adoptarse medidas de mitigación.

Corresponde, por lo tanto, activar la salvaguarda ambiental del mismo a través de una

Evaluación Ambiental y el análisis de correspondencia de un Marco de Gestión

Ambiental.

Este Proyecto es consecuente con una clasificación de Categoría B dada la escala

limitada de las actividades propuestas. No se anticipan obras de construcción a

mientras que la mayoría de las actividades implicarían mejoras a las instalaciones

existentes por la compra de equipamiento y capacitación en todo el país.

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El Marco de Gestión Ambiental incorporará el desarrollo de capacidad y medidas

institucionales para la preparación, supervisión y monitoreo del proyecto desde un

punto de partida ambiental.

El marco aseguraría el cumplimiento de la legislación a nivel nacional y sub-nacional

en relación con la legislación que regula la evaluación ambiental y el otorgamiento de

habilitaciones, así como también el cumplimiento de las Políticas Operacionales del

Banco Mundial.

El marco se construye sobre el Marco de Gestión Ambiental y el Plan de Acción

Ambiental existentes según el ¨Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II¨

(FESP II), BIRF Nº7993; “Protección de la Población Vulnerable contra las

Enfermedades CRÓNICAS no Transmisibles”, BIRF Nº8508; y la reestructuración del

Proyecto de Desarrollo de Seguros Provinciales de Salud – SUMAR, BIRF Nº 8516,

así como también sobre la experiencia adquirida en la implementación del Proyecto.

Las funciones de supervisión basadas en el nivel nacional del proyecto se incluirán en

el Marco de Gestión Ambiental y los costos vinculados se incluirán en los

presupuestos del proyecto general.

La implementación del Marco de Gestión Ambiental se hará operativa en cada

jurisdicción participante mediante el Plan de Gestión Ambiental.

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6. Marco de Gestión Ambiental

6.1 Objetivo

El Marco de Gestión Ambiental posee como fin el de otorgar un marco de protección

ambiental, al Proyecto de “Cobertura Universal Efectiva de Salud”, y está orientado a

prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos que se generarán durante la

ejecución del proyecto. Asimismo, pretende instalar en los servicios de salud en

Argentina, una capacidad de respuesta para la prevención y mitigación de impactos

derivados de su actividad, en un todo de acuerdo con las políticas de salvaguardas del

Banco Mundial.

6.2 Ámbito de aplicación

El Marco de Gestión Ambiental será ejecutado en todas las jurisdicciones (23

provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) que suscriban el Convenio Marco

de Participación.

6.3 Marco ambiental

Las evaluaciones de los impactos potenciales se han realizado a través del análisis

ambiental de los componentes y subcomponentes del Proyecto, en principio teniendo

en cuenta como antecedentes las acciones ejecutadas en el Proyecto FESP, BIRF

Nº7412; del Proyecto de Emergencia H1N1, BIRF Nº7843; y actualmente continúa

ejecutando las actividades correspondientes a los Marcos de Gestión Ambiental de los

proyectos: ¨Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II¨ (FESP II), BIRF

Nº7993; “Protección de la Población Vulnerable contra las Enfermedades CRÓNICAS

no Transmisibles”, BIRF Nº8508; y la reestructuración del Proyecto de Desarrollo de

Seguros Provinciales de Salud – SUMAR, BIRF Nº 8516.

El Proyecto, con sus componentes y subcomponentes, es responsable de impactos

positivos y potenciales negativos de carácter reversible y también prevenible, y en tal

sentido se definen las medidas de prevención y mitigación necesarias para minimizar

los impactos ambientales negativos, tanto sobre el ambiente en general como en la

salud de la población y, de los trabajadores de los establecimientos de salud. Por otra

parte, se definen oportunidades de mejora derivadas de las actividades, que

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representarán impactos positivos en la gestión ambiental de las jurisdicciones

correspondientes.

Ciertas actividades del Proyecto, están relacionadas con una mayor generación de

RAEES, y residuos peligrosos en todas las jurisdicciones locales (provincia y

municipios), por ello la Salvaguarda Ambiental aborda todo el ciclo de vida del residuo,

interactuando con todos los niveles de gestión de residuos. Estos niveles y su

descripción son:

- Generadores de residuos de establecimientos de salud: en ellos se generan

residuos RAEES, biocontaminados y residuos químicos peligrosos. Se trabajará en la

mejora de la gestión interna de residuos y en la responsabilidad del generador de dar

adecuado tratamiento a los residuos peligrosos generados.

- Ministerios de Salud Provinciales (MSP): de ellos dependen los

establecimientos de salud que generan el impacto ambiental negativo. Son los

responsables de establecer la rectoría en la materia de gestión de RES, y para ello el

equipo técnico de Salvaguarda Ambiental de la UFIS trabaja directamente con los

MSP, concienciando, capacitando y brindando asistencia técnica sobre las directrices

y acciones propuestas. En este sentido, la creación de Unidades de Salud Ambiental

en 13 (trece) provincias en el marco de las ASP FESPII, y los consecuentes Planes de

Acción Provinciales, presentan un fortalecimiento en las capacidades en la materia. El

equipo técnico de salvaguarda ambiental de la UFIS prevé la capacitación técnica

específica para los equipos de Salud Ambiental correspondientes a las provincias y

CABA.

- Organismos encargados del control y la fiscalización de los establecimientos

generadores y tratadores de residuos de establecimientos de salud: el diagnóstico de

situación indica deficiencias por falta de recursos económicos para la fiscalización, así

como también de recursos humanos especializados.

Todas las medidas adoptadas se realizan bajo el marco legal ambiental nacional y

provincial vigente, las salvaguardas ambientales del Banco Mundial, y con la

información previa a las autoridades de salud y ambiente locales. El presente Marco

de Gestión Ambiental es un documento que establece conceptos, procedimientos, y

guías de procedimientos y gestión. Es un instrumento dinámico que requiere

revisiones, readecuaciones y actualizaciones periódicas para potenciar los impactos

positivos, y que garanticen la prevención y mitigación necesarias para minimizar los

impactos ambientales negativos, tanto sobre el ambiente en general como en la salud

de la población y de los trabajadores de los establecimientos de salud.

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6.4 Desarrollo de procesos de intervención para la ejecución del MGA durante el

Proyecto.

En el Marco de Gestión Ambiental se identifican las distintas acciones de intervención

del Proyecto sobre las cuales debe existir resguardo ambiental. En este sentido se

plantea una estrategia para el abordaje de las acciones contemplando la relación

aspecto/impacto. Asimismo se identifican las acciones a potenciar, destacando

oportunidades de mejora, con impactos positivos en las capacidades de gestión

ambiental de cada jurisdicción.

En la actualidad, existe a nivel mundial un creciente interés en el ambiente y su

relación con la calidad de vida y la salud de la población, que se pone de manifiesto en

las agendas de Salud Pública de los organismos internacionales, los organismos

gubernamentales y las organizaciones no gubernamentales.

La estrategia pretende promover la creación y/o el fortalecimiento de áreas de salud

ambiental en el ámbito gubernamental provincial, que conformen a su vez espacios de

participación donde se incorporen las capacidades de otros actores, con el propósito

de trabajar en red los temas prioritarios locales y regionales.

En este sentido se destaca que la creación de dichas áreas de Salud Ambiental dentro

del Ministerio de Salud provincial contribuye a su vez al cumplimiento de los ODS6

definidos por la ONU en la agenda 2030 y principalmente a los objetivos 3, 6, 8. 11 y

12.

Se ha identificado la necesidad de contar Referentes o Unidades Provinciales en la

temática, que cuenten con los recursos para su implementación en las provincias. En

este contexto, cobra importancia el apoyo que brinda el Proyecto al fortalecimiento

institucional, creando estructuras y proporcionando las herramientas e información

necesaria para trabajar con los factores ambientales identificados como determinantes

de la salud y sobre los cuales se deben centrar las acciones, priorizando la Gestión de

Residuos de Establecimientos de Salud reconociendo un aumento en la generación de

los mismos por la ejecución del Proyecto.

6 Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. Disponible en:

http://www.odsargentina.gob.ar/Los17objetivos

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17

6.4.1. Acciones

1) Designar Referentes o Unidades de Salud Ambiental conforme a la normativa

vigente de cada provincia con funciones relacionadas a la gestión ambiental

de residuos de establecimientos de salud; estimulando además la

designación como responsable, y la asignación presupuestaria adecuada y

oportuna.

2) Desarrollar e implementar Planes de Acción Provinciales de Salud Ambiental,

con foco en la adecuación de la gestión de residuos en los establecimientos

de salud provinciales y municipales, articulado con otras áreas del gobierno

provincial (área de Ambiente, por ejemplo).

3) Realizar Talleres de Capacitación en Gestión Ambiental, enfocándose en la

Gestión de Residuos de Establecimientos de Salud (RES), transfiriendo

herramientas, metodologías de diseño y evaluación.

4) Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente, utilizando dicho

recurso tecnológico para transferir conocimiento, herramientas, metodologías

de diseño y evaluación.

6.4.1.1 Unidades de Salud Ambiental

Se fortalecerán las capacidades provinciales para la Gestión Ambiental por medio de

la designación de un referente o de un área en el Ministerio de Salud provincial. La

misma deberá contar con rectoría en parte del Ciclo de Gestión Integral de los

Residuos (para mejorar criterios de gestión de RES) y articular con otras áreas de

gobierno para asegurar una gestión ambiental integral, que contribuya a reducir el

impacto ambiental de los Establecimientos de Salud.

Se requerirá la designación de un Referente Provincial de Salvaguarda Ambiental o de

una Unidad de Salud Ambiental en las jurisdicciones restantes7, reconociendo la

necesidad de las mismas para avanzar con la estrategia. Dicho requisito es parte de

una serie de condiciones para ingresar al Proyecto8.

La ejecución del MGA del Proyecto tendrá un fuerte componente de fortalecimiento

institucional a través de la asistencia técnica para los Ministerios de Salud provinciales;

por lo que esta asistencia pretende brindar los fundamentos, las medidas y

7 En el marco del FESPII se han creado 13 (trece) Unidades de Salud Ambiental, y han sido

rendidas como ASP, quedando pendientes: CABA, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Neuquén, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, y Tierra del Fuego. 8 Las condiciones de ingreso se detallan en el documento del Proyecto.

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capacidades para que cada Ministerio instruya a sus establecimientos de salud en la

adecuada gestión ambiental integral, destacando la gestión de RES, y contemplando

gradualmente otras problemáticas y aspectos de la gestión ambiental. La asistencia

técnica asimismo permitirá sensibilizar y concienciar a nivel de funcionarios sobre: la

importancia de la gestión ambiental en los ámbitos de salud, la responsabilidad de

hacerse cargo de la gestión de RES, de destinar los recursos suficientes y la

asignación presupuestaria adecuada y oportuna, para una gestión eficiente y para el

adecuado cumplimiento de las normas vigentes en materia ambiental.

6.4.1.2 Planes de Acción Provinciales de Salud Ambiental

Fortalecimiento de los MSP a través de la asistencia técnica, a los Referentes

Provinciales o las Unidades de Salud Ambiental, en el desarrollo e implementación de

Planes de Acción Provincial en Gestión Ambiental, destacando a la adecuada gestión

de residuos en los establecimientos de salud provinciales, articulado con otras áreas

del gobierno provincial (área de Ambiente, por ejemplo).

Este deberá contar con:

Capacitación del personal del Ministerio de Salud provincial y áreas de

gobierno que articulen en aspectos de gestión ambiental.

Definición de herramientas a implementar, permitiendo el seguimiento y

comparabilidad a nivel provincial9.

Monitoreo y evaluación de Establecimientos de Salud provinciales.

La presentación de los Planes de Acción Provinciales de Salud Ambiental es parte de

una serie de condiciones para mantener el estado de participantes dentro del

Proyecto10, asistiendo en su implementación a los referentes o las unidades

específicas.

- 6.4.1.2.1 Monitoreo de hospitales provinciales con internación

Se deberá realizar un monitoreo del cumplimiento de normas ambientales para los

hospitales provinciales con internación, a través de un mecanismo de carga y

seguimiento automático de las evaluaciones con la Matriz ponderada de gestión de

RES que se realicen a nivel local, desde el registro del REFES dentro la plataforma

9 Se recomienda la utilización de la Matriz ponderada de evaluación de gestión de RES como

herramienta para realizar el seguimiento, reconociendo su implementación en los hospitales de referencia del Proyecto FESP, y la adopción de la misma por parte de varias provincias en las réplicas a otros establecimientos. Se propone la sistematización de su carga en el REFES del SISA con el objetivo de facilitar el monitoreo de los indicadores. 10

Las condiciones de permanencia se detallan en el documento del Proyecto.

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SISA, apoyándose en el seguimiento, fortalecimiento e inspección por parte del equipo

de Salvaguardas Ambientales de UFIS. Cabe aclarar que se incluyen los Hospitales

con dependencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se establecen como metas de reportes las siguientes: 1º Año: 30% del total de

hospitales provinciales con internación con evaluación con matriz de gestión de RES;

2º Año: 45% del total; 3º Año: 60% del total; 4º Año: 80% del total.

Hospitales provinciales con internación* Provincia 30% Año 1 45% Año 2 60%Año 3 80% Año 4 Total

Santa Fe 38 56 75 100 125

Buenos Aires 22 32 43 58 72

Entre Ríos 20 30 40 54 67

Salta 18 27 36 48 60

Santiago del Estero 17 26 35 46 58

Chaco 16 24 32 43 54

Corrientes 16 23 31 42 52

Misiones 13 20 26 35 44

Formosa 12 18 25 33 41

Córdoba 12 18 23 31 39

Catamarca 11 17 23 30 38

Río Negro 11 17 22 30 37

La Pampa 11 16 22 29 36

Tucumán 11 16 21 28 35

Chubut 10 15 20 27 34

La Rioja 10 15 20 27 34

CABA 9 14 18 24 30

Neuquén 9 13 17 23 29

Mendoza 8 12 16 22 27

Jujuy 7 10 13 18 22

San Luis 7 10 13 18 22

Santa Cruz 6 9 13 17 21

San Juan 5 8 10 14 17

Tierra del Fuego 1 2 2 3 4

TOTAL 290 436 581 774 998 *Se incluyen los hospitales con internación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Fuente: Elaboración propia en base a REFES, SISA.

Resulta pertinente destacar que en el Marco del Proyecto “Protección de la Población

Vulnerable contra las Enfermedades CRÓNICAS no Transmisibles”, BIRF Nº8508, se

está trabajando en la adecuación de la Matriz Ponderada de Evaluación de Gestión de

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residuos en establecimientos de salud con internación, para CAPS y establecimientos

sin internación, con el objetivo de contar con una herramienta sensible para evaluar y

registrar la gestión de RES de dichos establecimientos. Por lo que la evaluación de los

establecimientos provinciales sin internación podrá ser parte también del Plan de

Acción Provincial.

6.4.1.3 Talleres de Capacitación en Gestión Ambiental

Existe un fuerte componente de fortalecimiento institucional para los organismos

ambientales provinciales, el cual se brindará a través de la asistencia técnica para la

capacitación directa de los equipos (capacitación para capacitadores), con cursos que

involucran la gestión de RES en concordancia con la normativa ambiental nacional y

provincial vigente, y las Guías Generales sobre ambiente, salud y seguridad del Banco

Mundial.

La estrategia de comunicación en salud y ambiente es una iniciativa de asistencia

técnica para comprometer a los ámbitos provinciales en la resolución de problemas

ambientales que actúan como determinantes de la salud. La misma pretende la

ejecución de un Taller Provincial por año y provincia por el período de ejecución del

Proyecto.

La realización de dichos talleres será fortalecida por medio de contratos de locación de

obra específicos, que garanticen el acompañamiento a las provincias en el desarrollo,

robusteciendo los contenidos y extendiendo el alcance de los mismos.

6.4.1.4 Capacitación Virtual en Salud y Ambiente

Esta nueva Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente, propone utilizar

dicho recurso tecnológico para transferir conocimiento, herramientas, metodologías de

diseño y evaluación; siendo de carácter amplio e integrador, incluyendo las siguientes

temáticas:

• Gestión ambiental

• Residuos y contaminación

• Impactos ambientales del sector salud

• Eficiencia energética y energías renovables

• Uso racional del agua

• Materiales e insumos

El Área de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa Sumar ha definido

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oportunamente una tipología de Acciones de Capacitación que permite diseñar una

variedad de dispositivos en cualquiera de sus posibles formatos y modalidades (cursos

presenciales y virtuales, talleres, conferencias, seminarios, cuadernillos, herramientas

de gestión y monitoreo, etc.) que se ponen a disposición en el marco de esta

estrategia de capacitación en Salud y Ambiente.

Se propone la realización de dos capacitaciones virtuales anuales, avanzando con las

temáticas pertinentes.

Será parte de la Estrategia, un curso virtual específico sobre la Matriz Ponderada de

evaluación en gestión de RES, presentándose como una herramienta necesaria para

habilitar la carga de las evaluaciones en la plataforma del REFES en el SISA.

Se plantea como fortalecimiento institucional la posibilidad del desarrollo de pequeños

cursos específicos por parte de los referentes provinciales, permitiendo la

transferencia de conocimientos y experiencias en los distintos campos de la gestión

ambiental abordados.

La realización de dichos cursos será fortalecida por medio de contratos de locación de

obra específicos, que garanticen la consolidación de documentos autogestionados de

capacitación, robusteciendo los contenidos de la plataforma.

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6.4.2 Cuadro de intervenciones del proyecto, impactos negativos, medidas de mitigación y capacidades institucionales.

Componente Subcomponente Producto Actividades Descripción /

Aspecto Impactos Potenciales

Medidas de prevención y/o mitigación / Oportunidades de

mejora

Componente I Apoyo al fortalecimiento de la cobertura efectiva de salud pública.

Subcomponente 1.1 Financiamiento por capitación basada en resultados para prestaciones generales y enfermedades catastróficas.

Aumentar y garantizar la cobertura efectiva de servicios de salud priorizados por el programa.

Diseño del mecanismo de actualización del pago de las prestaciones incluidas en el Paquete de Prestaciones Priorizadas, tanto para la salud en general como para enfermedades catastróficas.

Generación de RES.

El aumento de la cobertura efectiva de servicios de salud priorizados por el programa puede generar mayor cantidad de usuarios de los servicios priorizados, que generan residuos que merecen tratamiento especial.

Se formularán recomendaciones para la gestión interna de los RES generados. Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente. Designación de Referentes o Unidades de Salud Ambiental y la elaboración de planes de acción Provinciales. Capacitación en Salud Ambiental

Subcomponente 1.2. Mejora de servicio de capacidad prestacional a nivel nacional y ministerios provinciales de salud.

Adquisición de equipamiento que permita mejorar la capacidad diagnóstica, de tratamiento y de respuesta frente a emergencias sanitarias de los CAPS y/o hospitales de referencia.

Adquisición y distribución de equipamiento médico. Adquisición y distribución de equipamiento informático.

Generación y manejo de RAEEs. Generación de RES.

El aumento en la cobertura efectiva de servicios de salud priorizados puede generar mayor cantidad de usuarios de los servicios priorizados, que generan residuos que merecen tratamiento especial. El fortalecimiento de la capacidad prestacional puede generar mayor cantidad de usuarios de los servicios priorizados, que generan residuos que merecen tratamiento especial. La adquisición de equipamiento de diagnóstico e informático generará RAEEs.

Se formularán recomendaciones para la gestión interna de los RAEEs generados. Se formularán recomendaciones para la gestión interna de los RES generados. Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente Se realizará asistencia técnica para apoyar el fortalecimiento institucional de la provincia, mediante la designación de Referentes o Unidades de Salud Ambiental y la elaboración de planes de acción Provinciales en Gestión integral de RES. Capacitación en Salud Ambiental

Componente II Fortalecimiento Institucional de los Ministerios Nacional y Provinciales. Desarrollo de herramientas e instrumentos necesarios para la integración del modelo

Sub-Componente 2.1. Apoyar el desarrollo y aplicación de instrumentos para mejorar la coordinación de un modelo integrado de atención. Financiar los esfuerzos y herramientas

Interoperabilidad informática. Información disponible para su utilización, sin necesidad de conversiones de contenido entre los diferentes sub-

Adquisición y distribución de equipamiento informático. Estudios sobre la implementación del sistema de recupero en

Generación de RAEEs. Generación de RES.

Generación RAEES por el recambio de equipos y residuos de sus insumos (cartuchos de tintas y tonner), los cuales merecen tratamiento especial. Disminución en el consumo de papel. La mejora en el sistema de

Se formularán recomendaciones para la gestión de RAEEs. Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente Oportunidades de mejora: Inclusión de la Matriz ponderada de gestión de RES con internación en el registro del REFES – SISA.

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Componente Subcomponente Producto Actividades Descripción /

Aspecto Impactos Potenciales

Medidas de prevención y/o mitigación / Oportunidades de

mejora

de atención de salud dentro del subsistema público y para mejorar la coordinación dentro del subsistema público.

para mejorar la coordinación entre subsistemas y dentro del subsistema público.

sistemas del sistema público, a través de la utilización de estándares y terminologías comunes.

Obtención de un registro de pacientes mediante expedientes médicos electrónicos.

i. Mejora del sistema de recupero de los efectores públicos de prestaciones realizadas a los beneficiarios con cobertura de obras sociales o seguros privados.

Obtención de un mecanismo para la asignación de pacientes a los servicios de salud, con geo-referenciación.

Mejora en la capacidad institucional de las provincias, mediante el fortalecimiento de los procesos y la implementación de los sistemas y herramientas de gestión, con el fin de mejorar la capacidad de coordinación de los diferentes actores del sistema.

efectores públicos. Fortalecimiento de los Ministerios de Salud provinciales. Fortalecimiento de las estructuras de coordinación a nivel provincial mediante el establecimiento de equipos provinciales

recupero de los efectores públicos puede generar mayor cantidad de usuarios de los servicios priorizados, que generan residuos que merecen tratamiento especial.

Oportunidad de mejora: Fortalecimiento institucional en Gestión Ambiental, por medio de requisitos de ingreso y permanencia en el proyecto, de designar un Referente o una Unidad de Salud Ambiental, elaborar Planes de Acción Provinciales estratégicos, y desarrollar Capacitaciones Provinciales en Gestión Ambiental Se formularán recomendaciones para la gestión interna de los residuos de establecimientos de salud (RES) generados. Capacitación en Salud Ambiental Oportunidad de mejora: Trabajar articuladamente entre los programas y las autoridades provinciales de Salud y Ambiente para lograr un fortalecimiento institucional en Gestión integral de RES. Encuentros Nacionales de Referentes

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Componente Subcomponente Producto Actividades Descripción /

Aspecto Impactos Potenciales

Medidas de prevención y/o mitigación / Oportunidades de

mejora

Componente III Gestión de apoyo, seguimiento y Evaluación. Desarrollo e implementación del tablero de comando de indicadores de la CUS de acuerdo a estándares internacionales. Fortalecimiento de la UEC, las áreas encargadas de la gestión del Programa y las UGSP.

-

Fortalecimiento de la UEC, la UFIS y las UGSP (Unidades de Gestión de Seguros Provinciales).

Provisión de asistencia técnica, monitoreo y evaluación y auditorías financieras y técnicas.

Aspecto: Fortalecimiento de las áreas encargadas de la gestión del Programa.

-

Oportunidad de mejora: Siendo la Salvaguarda Ambiental parte de las áreas encargadas de la gestión del programa, se prevé su fortalecimiento mediante el trabajo articulado entre los programas y las autoridades provinciales de Salud y Ambiente para lograr un fortalecimiento institucional en Gestión Ambiental, con el objetivo de designar Referentes o de crear Unidades de Salud Ambiental y elaborar Planes de Acción Provinciales estratégicos. Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente

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6.5 Medidas de protección ambiental

El monitoreo del Marco de Gestión Ambiental en su conjunto, se realiza por el cuerpo

especializado de ejecución del Área de Salvaguarda Ambiental UFI-S. Se realizará

una planificación anual para cada una de las actividades contempladas, de modo que

se permita evaluar el desempeño del sistema de salvaguarda; así como se evaluarán y

contemplarán las posibles modificaciones en las actividades del Proyecto, con el

objetivo de garantizar las medidas de mitigación correspondientes.

La salvaguarda ambiental del Proyecto se apoyará en el fortalecimiento institucional a

los Ministerios de Salud provinciales alcanzado desde los Proyectos anteriormente

mencionados (BIRF Nº7412 (FESP); BIRF Nº7843 (H1N1); Funciones Esenciales y

Programas de Salud Pública II¨ (FESP II), BIRF Nº7993; “Protección de la Población

Vulnerable contra las Enfermedades CRÓNICAS no Transmisibles”, BIRF Nº8508; y la

reestructuración del Proyecto de Desarrollo de Seguros Provinciales de Salud –

SUMAR, BIRF Nº 8516). De esta manera, articulará con cada Ministerio y permitirá

continuar sensibilizando y concientizando a nivel de funcionarios, sobre la importancia

de los aspectos ambientales, contemplados como determinantes de salud.

6.6 Equipo Responsable de la implementación de la salvaguarda ambiental

El equipo de consultores técnicos del Área de Salvaguarda Ambiental UFI-S, es el

responsable de la implementación de la salvaguarda, con el objetivo de no duplicar la

estructura en el nuevo Proyecto. En tal sentido el equipo cuenta con un Responsable

de la Salvaguarda Ambiental dentro de las posiciones de su estructura orgánico –

funcional y un Equipo Técnico ejecutor.

Si bien la Resolución Ministerial 136/2016, transfirió a la UFI-S las funciones y

competencias de las Áreas de Salvaguardas Indígena (Social) y Ambiental, se

mantiene en la UC la responsabilidad del cumplimiento de la planificación en relación a

las actividades sustantivas del Proyecto, garantizando los recursos correspondientes.

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6.7 Cronograma de Actividades

Actividad - Tarea Año 1 Año 2 Año 3 Año 4

Se formularán recomendaciones para la gestión de RAEEs

X X

Se formularán recomendaciones para la gestión interna de los residuos de establecimientos de salud (RES) generados

X X

Designación de Referentes o Unidades de Salud Ambiental

X

Elaboración de Planes de acción Provinciales

X X X X

Capacitaciones de los equipos de trabajo en Salud ambiental

X X X X

Visitas para el seguimiento y cumplimiento de los planes de acción Provinciales

X X X X

Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente

X X X X

Elaboración de Guías técnicas

X X X

Reuniones y talleres de las redes de salud y ambiente

X X X X

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6.8 Tabla de Costos de ejecución del MGA

Actividad - Tarea Item de costos

Se formularán recomendaciones para la gestión de RAEEs

Consultoría equipo técnico

Se formularán recomendaciones para la gestión interna de los residuos de establecimientos de salud (RES) generados

Consultoría equipo técnico

Designación de Referentes o Unidades de Salud Ambiental

Consultoría equipo técnico

Viáticos y pasajes Equipamiento

Elaboración de Planes de acción Provinciales

Consultoría equipo técnico

Viáticos y pasajes

Capacitaciones de los equipos de trabajo en Salud ambiental

Consultoría equipo técnico Honorarios técnicos

Viáticos y pasajes

Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente

Consultoría equipo técnico Honorarios técnicos Capacitación virtual Plataforma virtual

Visitas para el seguimiento y cumplimiento de los planes de acción Provinciales

Consultoría equipo técnico

Pasajes

Viáticos

Insumos de gestión de residuos (contenedores,

señalética)

Elaboración de Guías técnicas

Consultoría equipo técnico

Reuniones y talleres de las redes de salud y ambiente

Consultoría equipo técnico

Pasajes

Viáticos

Impresión de materiales

Material de librería

Catering (café)

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TOTAL Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Observaciones

Honorarios Profesionales técnicos (staff permanente)

USD 90.000 USD 90.000 USD 90.000 USD 90.000

Disponible Staff SAA

UFIS

Honorarios técnicos Capacitación

USD 20.000 USD 20.000 USD 20.000 USD 20.000 No disponible

Plataforma Virtual de Capacitación

USD 5.000 USD 5.000 USD 5.000 USD 5.000 Disponible, Plataforma

SUMAR

Pasajes y viáticos capacitación

USD 38.400 USD 38.400 USD 38.400 USD 38.400 No disponible

Pasajes y viáticos Asistencia técnica

USD 20.000 USD 20.000 USD 20.000 USD 20.000 No disponible

Material de capacitación y cartelería

USD 30.000 USD 30.000 USD 30.000 USD 30.000 No disponible

Reuniones de redes de Salud y Ambiente

USD 50.000 USD 50.000 USD 50.000 USD 50.000 No disponible

Costo total USD 253.400 USD 253.400 USD 253.400 USD 253.400 USD

1.013.600

Costo total No disponible

USD 158.400 USD 158.400 USD 158.400 USD 158.400 USD 633.600

- Se consideró 5 consultores con un promedio de U$S 1500 por persona por mes.

- Se consideró que en cada viaje de capacitación, viajan 2 personas con un costo de U$S

800 por viaje por persona.

- Se consideró que en cada viaje de asistencia técnica, viaja 1 persona con un costo de

U$S 800 por viaje.

- Se consideraron 20 meses de consultores para locación de obra, a razón de U$S 1000

por mes.

7. Difusión del Marco de Gestión Ambiental (MGA)

El documento Marco de Gestión Ambiental del Proyecto será de acceso público al

estar en la página de la UFIS (http://www.ufisalud.gov.ar/).

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8. Consulta pública

El documento Marco de Gestión Ambiental del Proyecto será puesto en consulta

pública mediante dos mecanismos: a) cinco reuniones regionales (una presencial y

cuatro por videoconferencia) con representantes de hospitales; áreas ambientales de

los ministerios de salud provinciales; ONGs pertinentes y actores claves involucrados

en cuestiones ambientales; b) una rápida encuesta aplicada a los actores claves

identificados en FESP II y bases de datos de programa Sumar.

Basándose en proyectos anteriores en el sector salud, las consultas del MGA se

llevaron a cabo mediante Consultas Preliminares a recibir la No Objeción del Banco

Mundial, con una ratificación posterior, a fin de validar las mismas.

En el Anexo V se muestran las notas de no objeción y de apoyo al proyecto; el Acta

Acuerdo de las Consultas, donde se mencionan los comentarios que han surgido de

los participantes; y será incluido el análisis de las encuestas a realizar.

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9. Bibliografía y fuentes de información

ARS-ISWA-AIDIS. 2das Jornadas Internacionales de Residuos de

Establecimientos de Salud. Libro de Ponencias. . Buenos Aires. 2002.

Ayliffe, Graham A. J. 1994. Clinical Waste: How Dangerous is it? En: Current

Opinion in Infectious Deseases 1994, 7: 499-502.

Basel Convention. Draft: Technical Guideline on the Environmentally Sound

Management of Biomedical and Healthcare Waste (Y1, Y2; Y3). Programa de

Naciones Unidas para el Medio Ambiente. 1999.

Directrices técnicas sobre el Manejo Ambientalmente Racional de Residuos

Biomédicos y Sanitarios. 2003. Serie del Convenio de Ginebra Nº 2003/3.

Madero, Martín M., et al. 2010. Matriz Ponderada de Evaluación de Gestión de

Residuos de Establecimientos de Salud con Internación. Disponible en:

http://www.msal.gov.ar/fesp/images/stories/recursos-de-comunicacion/documentos-

institucionales/salvaguarda-ambiental/matriz-ponderada-de-evaluacin.pdf

Marco de Planificación para la Evaluación Ambiental del Proyecto de

Emergencia H1N1. 2009. Argentina

Marco de Planificación para la Evaluación Ambiental, Proyecto de Prevención en

Riesgo Global de Enfermedades Crónicas (FESPII). 2010. Argentina.

Martinez J. Mallo M., Lucas R., Alvarez J., Salvarrey A., Gristo P. (2005) Guía

Para La Gestión Integral De Residuos Peligrosos. Fichas Técnicas. Tomo II. Centro

Coordinador del Convenio de Basilea para América Latina y el Caribe. Montevideo.

Ministerio de Salud de Perú. 2004. Norma Técnica: Procedimientos para el

Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios. Perú.

Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente. 2002. Guía Técnica de

Manejo Ambientalmente Racional de Residuos Biomédicos y del Cuidado de la Salud.

2002. Documento de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea,

Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente. UNEP/CHW.6/20. Agosto

2002.

Organización Mundial de la Salud. 1998. Adecuado Manejo de Residuos de

Establecimientos de Salud RES, Manual Práctico. Curso Internacional de Residuos de

establecimientos de Salud. Argentina, Buenos Aires 13-15 de Mayo de 1998.

Organización Panamericana de la Salud. 1998. Programa de Calidad Ambiental.

Washington, D.C. Septiembre, 1998.

Prüss A. and W. K. Townend. 1999. Management of Wastes from Health-care

Activities. OMS.

Salkin I.F., Krisiunas E., Turnberg W.L. (2000) Medical And Infectious Waste

Page 31: MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL CUS... · En efecto, redes de referencia para enfermedades de condiciones más complejas se establecerá, utilizando las estructuras de coordinación nacional

31

Management. Journal of the American Biological Safety Association, 5(2) pp. 54-59.

Sánchez Gómez J., Semadeni Mora, I. E. y Miguel Rodríguez Vázquez. 1998. El

Manejo de los Residuos Generados por los Servicios de Salud. Situación Actual,

Problemática y Consideraciones para su Control. Asociación Mexicana para el Control

de los Residuos Sólidos y Peligrosos. México.

Resolución 134/2016. Directrices nacionales para la gestión de residuos en

establecimientos de atención de la salud. Ministerio de Salud de la Nación.

Unidad de Investigación y Desarrollo Ambiental, Secretaría de Ambiente y

Desarrollo Sustentable de la Nación (2011) Guía de Señalética para la Gestión de

Residuos en Establecimientos de Salud, Disponible en:

http://www.msal.gob.ar/fesp/images/stories/recursos-de-comunicacion/documentos-

institucionales/salvaguarda-

ambiental/ANEXO_V_Guia_de_Senaletica_Gestion_de_Residuos.pdf

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10. Anexos

Anexo I: Normativa nacional en materia de residuos

peligrosos.

Se puede mencionar entre la normativa nacional a tener en cuenta en relación con los

residuos peligrosos la siguiente:

o Ley de Presupuestos Mínimos General del Ambiente N°25.675

o Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión Integral de Residuos Industriales y

Actividades de Servicios N°25.612

o Ley N° 23.922 que Aprueba el convenio de Basilea sobre el Control de los

movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación

o Ley de Residuos Peligrosos24.051

o Ley N° 25.831 de Presupuestos Mínimos de Libre Acceso a la Información

Pública Ambiental

o Ley N° 25.916 de Presupuestos Mínimos de Gestión Integral de Residuos

Sólidos Urbanos

o Ley Nº 25.018. Disposiciones Generales. Responsabilidad y transferencia.

Programa Nacional de Gestión de Residuos Radiactivos. Financiación

o Ley N° 25.670 de Presupuestos Mínimos de Gestión y Eliminación de PCBs

o Ley Nº 27.356. Aprueba el Convenio de Minamata sobre la eliminación del

Mercurio.

o Res. Nº 1792/14 del Ministerio de Salud de la Nación en la que se aprueban

las Directrices Sanitarias Para La Señalización De La Gestión Interna De Residuos En

Establecimientos De Atención De La Salud.

o Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad y su Decreto Reglamentario N° 351/79.

o Resolución (MSAS) Nº 19/98 (Procedimientos ante accidentes de trabajo en

trabajadores de la salud con riesgo de adquirir infecciones virales).

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Anexo II: Normativa provincial en materia de residuos

peligrosos.

Se puede mencionar entre la normativa provincial vinculada a residuos peligrosos la

siguiente:

BUENOS AIRES

Constitución

Art. 28.- “… La Provincia ejerce el dominio eminente sobre el ambiente y los recursos naturales

de su territorio incluyendo el subsuelo y el espacio aéreo correspondiente, el mar territorial y su

lecho, la plataforma continental y los recursos naturales de la zona económica exclusiva, con el

fin de asegurar una gestión ambientalmente adecuada.

En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales,

renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional

de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al

ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el

ingreso en el territorio de residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y

recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos

naturales y culturales...”

RESIDUOS ESPECIALES (Peligrosos)

Ley Nº 11.720/95 (modificada por Ley Nº 13.515/06) – Ley de Residuos Especiales. Obtención

del Certificado de Habilitación Especial.

Decreto N° 806/97 (Modificado por Decreto 650/2011) – Reglamenta la Ley Nº 11.720

RESIDUOS PATOGÉNICOS(Biocontaminados)

Ley Nº 11.347/92 (modificada por Ley Nº 12.019/97) – Ley de Residuos Patogénicos.

Decreto Nº 450/94 (modificado por Decreto Nº 403/97) – Reglamenta la Ley de Residuos

Patogénicos Nº 11.347/92

Resolución N° 2311/31 - De los establecimientos generadores de residuos patógenos.

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Resolución N° 469/97 - Requerimientos para los transportistas de residuos patógenos.

Resolución N° 374/98 - Incineración de residuos industriales, especiales y patógenos.

Resolución N° 591/98 - Manifiestos de transporte de residuos especiales y residuos

patogénicos.

Resolución N° 418/99 (modificado por resolución 322/01) - Formularios de certificados de

tratamiento de residuos, de disposición final de residuos especiales y patogénicos.

Resolución N° 2148/01 - Centros de tratamiento y disposición final de residuos especiales y

patogénicos.

Resolución N° 963/02 - Centros de tratamiento o disposición final de residuos especiales y

patogénicos fuera de la provincia.

Resolución N° 1503/03 - Regulación de la disposición final de residuos patogénicos

Resolución N° 1350/07 - Unidad de control de transportistas de residuos industriales,

patógenos y de ropa de mediano y alto riesgo sanitario.

Resolución N° 85/12 - Manifiesto obligatorio para el transporte de residuos patogénicos

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CATAMARCA

RESIDUOS PELIGROSOS

Ley 4865/95 - Generación, Manipulación, Transporte y Tratamiento. Adhesión de la Provincia a

la Ley Nacional Nº 24.051. Crea el Registro de Generadores y Operadores de RRPP.

Decreto Nº 473/01 - Reglamenta el Registro de Generadores y Operadores de RRPP.

Certificado de Aptitud Ambiental. Requisitos para su obtención. Tasas y sanciones.

Declaraciones Juradas

RESIDUOS PATOGÉNICOS(Biocontaminados)

Se rigen por la Ley 4865/95 y su reglamentación al haber adherido a la Ley Nacional N° 24.051

CHACO

Constitución

Art. 38. – “Todos los habitantes de la Provincia tiene el derecho inalienable a vivir en un

ambiente sano, equilibrado, sustentable y adecuado para el desarrollo humano, y a participar

en las decisiones y gestiones públicas para reservarlo, así como el deber de conservarlo y

defenderlo.

Es deber de los poderes públicos dictar normas que aseguren básicamente:

5. El control del tránsito de elementos tóxicos; la prohibición de introducir o

almacenar en la Provincia residuos radiactivos, no reciclables o peligrosos y la

realización de pruebas nucleares.

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 3.946/93 Reglamentada parcialmente - Generación, manipulación, transporte y

disposición final de los residuos considerados peligrosos, generados o ubicados en lugares

sometidos a jurisdicción provincial. Registro provincial de Generadores y Operadores de

residuos peligrosos. Certificado Ambiental. Manifiesto. Declaración jurada. Deroga la ley N°

3768 que adhería a la Ley Nacional N°24.051

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Decreto Nº 578/05 – Reglamenta la Ley 3946/93

Ley N° 6.484 - Deroga la Ley 3481 (de residuos contaminantes de establecimientos sanitarios)

RESIDUOS PATOGENICOS (Biocontaminados)

Ley N° 6.484/10 - Residuos patogénicos. Objeto. Definición. Prohibición. Recolección.

Autorización. Tratamiento. Coordinación de actividades. Sanciones y responsabilidades.

Derogación los art. 19, 20 y 21 de la ley 3.946.

CHUBUT

Constitución

Artículo 110. “Quedan prohibidos en la Provincia la introducción, el transporte y el depósito de

residuos de origen extraprovincial radioactivos, tóxicos, peligrosos o susceptibles de serlo.”

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 3742/92 – Adhiere a la Ley Nacional Nº 24.051.

Decreto Nº 1.675/93 – Reglamenta la Ley Nacional Nº 24.051 a la que adhirió por Ley

3.742/92.

Ley Nº 5439/05 – Código Ambiental

Título VI – De los Residuos Peligrosos – Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051

Art. 71.- Prohíbe la instalación de plantas de tratamiento y disposición final de residuos

peligrosos en la jurisdicción provincial, cuando estos fueran producidos fuera de su territorio. La

prohibición se hace extensiva a la permanencia transitoria o temporaria, salvo los casos de

transporte a que se hace mención en los artículos precedentes.

Deroga la Ley 3.742/92 como consecuencia del nuevo ordenamiento en materia de normativa

ambiental. Se mantiene vigente el Decreto 1.675/93 que reglamenta la Ley Nacional Nº 24.051.

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Decreto Nº 993/07 – Reglamentación parcial del Título VI “De los Residuos Peligrosos” de la

Ley 5439/05 (Código Ambiental) – Gestión Integral de los Residuos Petroleros.

Decreto N° 185/09 – Reglamentación de la Ley N° 5439.

Decreto N° 1003/16 - Modificación de artículos 9,12,13,15,17,27,30,34,35,36,45,52,53,54 del

anexo 1, del decreto 185/09.

Ley N° 3739 - Prohibición de ingreso a la Provincia de todo tipo de Residuos tóxicos, no

biodegradables, con fines industriales de depósitos.

RESIDUOS PATOGÉNICOS – BIOPATOGÉNICOS(Biocontaminados)

Ley 5439/05 – Código Ambiental

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Constitución

Artículo 27.- “La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión

del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que

contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento

territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:

-La regulación de la producción y el manejo de tecnologías, métodos, sustancias, residuos y

desechos que comporten riesgo.

- Minimizar volumen, y peligrosidad en la generación, transporte, tratamiento

recuperación y disposición de residuos.

- Un desarrollo productivo compatible con la calidad ambiental el uso de tecnologías

no contaminantes y la disminución en la generación de residuos industriales.”

Artículo 28.- Para asegurar la calidad ambiental y proveer al proceso de ordenamiento

territorial, se establece:

1. La prohibición de ingreso a la Ciudad de los residuos y desechos peligrosos.

Propicia mecanismos de acuerdo con la provincia de Buenos Aires y otras jurisdicciones, con el

objeto de utilizar o crear plantas de tratamiento y disposición final de los residuos industriales,

peligrosos, patológicos y radiactivos que se generen en su territorio.

2. La prohibición del ingreso y la utilización de métodos, productos, servicios o

tecnologías no autorizados o prohibidos en su país de producción, de patentamiento o de

desarrollo original. La ley establecerá el plazo de reconversión de los que estén actualmente

autorizados.

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RESIDUOS PELIGROSOS

Ley Nº 2.214/06 - Regula la generación, manipulación, almacenamiento, transporte,

tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Decreto N° 2020/2007 - Reglamenta la Ley 2.214 de residuos peligros.

Ley N° 1.820/05 - Prohíbe en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la producción, importación,

comercialización y uso de fibras de asbesto, en sus variedades anfíboles o crisotilo.

Resolución Nº 177/2017–Establece las condiciones y requisitos mínimos para sectores de

acopio de residuos peligrosos generados, para el almacenamiento transitorio en puntos de

generación y para el almacenamiento transitorio en establecimientos generadores de residuos

patológicos o biopatogénicos

RESIDUOS PATOGENICOS(Biocontaminados)

Ley N° 154/99 (modificada por ley 747/02) – Ley de Residuos Patogénicos: regula la

generación, manipulación, almacenamiento, recolección, trasporte, tratamiento y disposición

final de los residuos patogénicos proveniente de las actividades que propendan a la atención

de la salud humana y animal. La ley N° 747/02 modifica aspectos referidos al tratamiento de los

residuos patogénicos y a la inscripción en el registro, incineración y los efluentes.

Ley N° 2.203/06 – Ley de Ropa Hospitalaria - Tiene por objeto “prevenir, reducir, eliminar y

aislar los riesgos en la actividad de manipulación, higiene y reposición de ropa hospitalaria, a

fin de proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores y

pacientes garantizando servicios de calidad”.

Decreto N° 1706/98 - Régimen de regulación de residuos hospitalarios “Art. 1.– Los hospitales,

clínicas de atención médica u odontológica, maternidades, laboratorios de análisis clínicos,

laboratorios de investigaciones biológicas, clínicas veterinarias, centros de investigaciones

biomédicas y todo otro establecimiento privado o público que con motivo de su actividad

específica produzca residuos que por su naturaleza puedan incorporar al ambiente virus,

microbios, organismos vivos o sus toxinas, quedan sujetos a las disposiciones del presente

decreto.”

Decreto N° 1886/01 - (modificado por Decreto N° 706/05) Reglamenta la Ley N° 154 de

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Residuos Patogénicos. Aprueba el Manual de Gestión de Residuos Patogénicos, los

formularios Manifiesto de transporte de residuos patogénicos para transitar dentro del ejido de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Modelo de planillas de control de residuos a rubricarse y

presentarse ante la Autoridad de Aplicación, las inscripciones en los Registros y Tarjetas de

control de residuos patogénicos.

CÓRDOBA

Constitución

No contiene previsión referida a residuos RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 7.343/85 (modificada por Ley Nº 8.300/93) – Ley de Principios Rectores para la

Preservación, Conservación, Defensa Y Mejoramiento del Ambiente.

Decreto N° 458/00 – Reglamenta la Ley 7343

Decreto Nº 2.131/00 - Reglamentario de la Ley 7343 (Evaluación de Impacto Ambiental). Los

operadores de residuos peligrosos deben cumplir con el respectivo aviso de proyecto o estudio

de impacto ambiental, según corresponda, para poder ser habilitados.

Decreto N° 1551/11 – Reglamentación del artículo 36 del capítulo VI de la Ley provincial N°

7343.

Ley Nº 8.973/02 – Adhiere a la Ley Nacional Nº 24.051 y sus Anexos. Régimen de Desechos

Peligrosos.

Decreto Nº 2149/04 – Reglamentario de la Ley Nº 8.973/02 – En su artículo 3º Prohíbe el

ingreso a territorio provincial de residuos peligrosos provenientes de otras provincias, salvo que

lo hagan en carácter de transporte de paso, o estén destinados a su tratamiento y disposición

final en plantas ubicadas en territorio provincial y habilitadas a tal efecto. En caso de ser

residuos en tránsito se fijará en la autorización respectiva el máximo tiempo posible de

residencia en la Provincia para cada caso y los carriles de tránsito específicos.

Resolución N° 1378/09 - Establece el Régimen de Transporte de Residuos Peligrosos

aplicable a quienes ejerzan la actividad de transporte de los residuos mencionados dentro de la

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provincia.

RESIDUOS PATOGÉNICOS (Biocontaminados)

Se rigen por la Ley Nº 8.973/02 en tanto la provincia adhirió a la Ley Nacional N°

24.051 y el Decreto Nº 2.149/04 Anexo 1 art. 14.

CORRIENTES

Constitución

Art. 53.- “El Estado Provincial fija la política ambiental … promueve el desarrollo productivo

compatible con la calidad ambiental, el uso de tecnologías no contaminantes y la disminución

de la generación de residuos nocivos, dicta la legislación destinada a prevenir y controlar los

factores de deterioro ambiental, sanciona su incumplimiento y exige la reparación de los

daños…”

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 5.394/99 – Adhesión a la Ley Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario Nº 831/93.

Generación, Manipulación, Transporte y Tratamiento de Residuos Peligrosos.

RESIDUOS PATOGÉNICOS (Biocontaminados)

Se rigen por la Ley Nº 5.394/99 al haber adherido a la Ley Nacional N° 24.051.

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ENTRE RÍOS

Constitución

Art. 83.- “El Estado promueve el consumo responsable, el uso de tecnologías y elementos no

contaminantes, las prácticas disponibles más avanzadas y seguras, una gestión integral de

los residuos y su eventual reutilización y reciclaje. Fomenta la incorporación de fuentes de

energías renovables y limpias. Establece medidas preventivas y precautorias del daño

ambiental.”

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 8.880/94 – Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051

Decreto 603/06 - Prohíbe el ingreso al territorio provincial de residuos peligrosos procedentes

de otras provincias, salvo que su destino sea para tratamiento y disposición final en plantas

habilitadas para tal fin en esta jurisdicción. Crea el Registro Provincial de Generadores,

Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos.

Decreto 3499/16 - Provincia y municipalidades emitirán el certificado ambiental anual.

RESIDUOS BIOPATOGÉNICOS (Biocontaminados) Ley Nº 8.880/94 – Adhesión a

la Ley Nacional Nº24.051.

Decreto Nº 6.009/00 – Reglamenta la Ley Nº 8.880/94 en lo relativo a Residuos

Biopatogénicos.

FORMOSA

Constitución

Contiene previsión referida a residuos radioactivos. Art. 38. Prohibición.

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 1.135/94 - Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario 831/93.

RESIDUOS PATOGÉNICOS(Biocontaminados)

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Ley Nº 1.210/96 – Residuos Patogénicos. Generación, manipulación, transporte, tratamiento y

disposición final. El artículo 42 prohíbe el ingreso de residuos biopatogénicos a la provincia.

Decreto Nº 91/99 – Reglamentario de la Ley Nº 1.120/96. Categorías de generadores.

Certificado de Funcionamiento Sanitario.

JUJUY

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 5.011/98 – Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051

Ley Nº 5.063/98 – Ley General del Ambiente

El inciso f) del artículo 4º establece como uno de los objetivos de la ley La regulación de

factores ajenos a los recursos naturales y que puedan afectar el ambiente, tales como residuos,

sustancias tóxicas y peligrosas, olores y cualquier forma de energía. El inciso l) del artículo 6º

considera como uno de los factores que deterioran el ambiente a la acumulación o disposición

inadecuada de residuos, desechos ydesperdicios.

Por su parte el artículo 127 establece que:

“El Poder Ejecutivo de la Provincia, a propuesta de la autoridad de aplicación, deberá

reglamentar todo lo relativo a la generación, introducción, transportes, manipulación,

tratamiento y disposición final de las sustancias tóxicas o peligrosas, con el objeto de prevenir

la contaminación ambiental o daños a la salud humana y a los demás seres vivientes.

En la elaboración de las normas pertinentes, deberá tenerse en cuenta:

a) Los principios y objetivos establecidos en esta Ley, y en la Ley N° 5011 De

Adhesión a la Ley Nacional N°24.051;

b) La legislación nacional vigente, incluyendo todos los tratados internacionales

incorporados al derecho argentino;

c) La legislación de las demás provincias de la región, con el objeto de lograr una

regulación homogénea y coherente en la materia.

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El poder de policía relativo al cumplimiento de las normas que se dicten será ejercido por la

autoridad de aplicación. “

Finalmente el artículo 128 establece que: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior,

prohíbase la introducción al territorio provincial de sustancias, materiales o residuos tóxicos o

peligrosos, y cuyo único objeto sea su disposición final, depósito, almacenamiento o

confinamiento.”

Decreto Nº 6002/06 - Crea el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores

de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, y el Registro Provincial de Residuos

Patogénicos.

Resolución N° 220/05 - Autoriza el formulario de Manifiesto, de uso obligatorio para

documentar la generación, el transporte, el tratamiento y/o la disposición final de residuos

peligrosos.

RESIDUOS PATOGÉNICOS (Biocontaminados)

Decreto Nº 6002/06 - Crea el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores

de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, y el Registro Provincial de Residuos

Patogénicos.

Decreto Nº 6.003/06 – Reglamenta la Ley General del Ambiente (5063/98) en lo que hace a

Residuos Patogénicos. Definición. Clasificación. Disposiciones generales para el Generador.

Manejo, recolección y transporte interno. Almacenamiento.

LA PAMPA

Constitución

No contiene previsión referida a residuos.

RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Ley 1.986/02 – Gestión Integral de Residuos: Apruébese la Carta Acuerdo de Cooperación

Técnica no Reembolsable para el Proyecto de Gestión Integral de Residuos en la Provincia de

La Pampa suscripta con fecha 5 de noviembre de 2001 por la Subsecretaría de Ecología ante

el Banco Interamericano de Desarrollo, con el objetivo de utilizar recursos provenientes del

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Fondo del Reino Unido de Cooperación Técnica, para otorgar una cooperación no

reembolsable destinada a la contratación de servicios de consultoría para apoyar la ejecución

del proyecto de Gestión Integral de Residuos en la Provincia de La Pampa, elaborado

oportunamente por el Consorcio Provincial para la Basura (COPROBA), integrado por

Municipios, Cooperativas y la Subsecretaría de Ecología.

Ley 2.455/09 - Prohíbe la entrega de bolsas de materiales plásticos que no sean degradables,

oxi - biodegradables, biodegradables o hidro degradables, para transporte de mercadería.

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 1466/93 – Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051

Decreto Nº 2054/00 – Reglamenta Ley Nº 1466/93 – Determina que se consideran residuos

patológicos los establecidos por la Ley Provincial Nº 1586 y su Decreto Nº 756/97

RESIDUOS PATOLÓGICOS(Biocontaminados)

Ley Nº 1586/94 – Regula el tratamiento de residuos patológicos.

Art. 5 “Prohíbase la introducción y transporte de residuos patológicos provenientes de otras

jurisdicciones, provinciales, nacionales o extranjeras en territorio de la provincia”

Decreto Nº 756/97 – Reglamenta la Ley Nº 1586/94. Crea el Registro Provincial de

Generadores de Residuos Patológicos.

LA RIOJA

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley N° 8735/10 – Residuos peligrosos. Generación, manipulación, transporte y tratamiento.

Deroga las leyes 6214 y 7591. Adhesión a ley nacional 24.051.

Ley Nº 6250/96 - Artículo 1º “Queda prohibido en el territorio de la provincia de La Rioja la

introducción y el depósito de residuos radioactivos, tóxicos, peligrosos o susceptibles de serlo”

Ley Nº 7.735/05 - Aprueba Convenio Función Ejecutiva con la UTN sobre estudios de impacto

ambiental y tecnología tratamiento de residuos patógenos y peligrosos.

Ley N° 7591 - Creación del Registro Provincial de Generadores y Operadores de Sustancias

Peligrosas.

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Ley N° 7508 - Adhiere a la Ley Nacional Nº25.670 de Presupuestos Mínimos de Protección

Ambiental para la gestión de los PCBs.

RESIDUOS PATOGÉNICOS(Biocontaminados)

Se rigen por la Ley Nº 8735/10 en tanto la provincia adhirió a la Ley Nacional N° 24.051

MENDOZA

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 5917/92 – Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051.

Decreto Nº 2625/99 – Reglamenta la Ley de Residuos Peligrosos

Decreto N° 851/2002 - Aclaración de los términos del Decreto 2625/1999 reglamentario de la

Ley de Residuos Peligrosos Nº 5917.

Decreto N° 875/2006 - Se establece el límite de antigüedad para los vehículos que transporten

residuos peligrosos.

Resolución N° 667/8 - Metodología para el registro de generadores, transportistas y

operadores. Modificada por resolución 542/11 en su artículo 3.

Decreto Nº 2669/00 – Llamado a inscripción Y1, Y2 e Y3

RESIDUOS PATOGÉNICOS (Biocontaminados)

Ley Nº 7168/03 – Residuos Farmacéuticos y Patogénicos

Decreto Nº 2108/05 – Reglamenta la Ley Nº 7168

Decreto N° 212/10 – Modifica los arts. 3º, 4º, 5º, 15, 16, y sus Anexos

Ley N° 8126 - Publicada: 30/12/2009. Ratificación del Decreto 1562/2009 que adjudica el

servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de Residuos Patogénicos y

Farmacéuticos.

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Ley N° 7629 - Ratificación del Decreto 2106/2004 que ratifica convenios interjurisdiccionales

sobre residuos patogénicos.

Resolución N° 507/10 - Registro provincial de generadores y gestión interna de residuos

patológicos y/o farmacéuticos.

Resolución N° 2091/10 - Modificación decreto 507/10.

MISIONES

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley N° 2899/91 - Prohibición de almacenamiento, tratamiento, disposición final y recuperación

de desechos radioactivos y peligrosos provenientes de terceros países o provincias, en el

territorio de la Provincia.

Ley Nº 3.664/00 – Adhesión a la Ley Nacional de Residuos Peligrosos Nº 24.051

Convenio de colaboración – En noviembre del año 2000 se suscribió un Convenio entre la

Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental de la Nación (SDSyPA) y la Provincia

de Misiones por el que la SDSyPA inscribe en su Registro en forma provisoria a los titulares de

las actividades consignadas en el artículo 1º de la Ley Nº 24.051, que desarrollen las mismas

en el territorio provincial, hasta tanto se implemente el Registro Provincial, conforme la Ley

Provincial de Adhesión Nº3664/00

RESIDUOS PATOGÉNICOS (Biocontaminados)

Se rigen por la Ley Nº 3.664/00 en tanto la provincia adhirió a la Ley Nacional N° 24.051

Ley N° 4297 - Plan ambiental de eliminación de residuos urbanos y patológicos de misiones.

Ley N° 4.504 - Instrumenta Mecanismos para la Manipulación Transporte Tratamiento

Reposición Retorno y Disposición Final de Pilas y Baterías en el Marco del Plan Ambiental de

Eliminación de Residuos Urbanos y Patológicos.

NEUQUÉN

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Constitución

Art. 91. – “Queda prohibido en el territorio de la Provincia el ingreso de residuos radioactivos,

peligrosos o susceptibles de serlo”

RESIDUOS ESPECIALES(Peligrosos)

Ley Nº 1875/90 – Preservación, Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente.

Ley Nº 2.205/96 – Prohibición de ingreso. Art. 1º: “Prohíbese en la Provincia de Neuquén la

introducción, el transporte, la circulación, el depósito transitorio o permanente, ya sea bajo las

formas de repositorio; reservorio o basurero, de residuos o desechos radioactivos provenientes

de combustible nuclear, centrales o plantas de procesamiento, originados en el Territorio

nacional o provenientes del extranjero. La Prohibición se extiende a los residuos o desechos de

origen químico o biológico de carácter peligroso y/o tóxico o susceptible de serlo.”

Decreto Nº 2.656/99 – Al reglamentar la Ley Nº 1875/90 de “Preservación, Conservación,

Defensa y Mejoramiento del Ambiente”, ´(T.O. Ley Nº 2.267/99) en su artículo 20 aprueba el

Anexo VIII que contiene las “Normas para el manejo de los Residuos Especiales” y determina

la aplicación subsidiaria de la Ley Nacional Nº 24.051.

RESIDUOS PATÓGENOS(Biocontaminados)

Ley Nº 1875/90 – Preservación, Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente.

Decreto Nº 2.656/99 – Al reglamentar la Ley Nº 1875/94 de “Preservación, Conservación,

Defensa y Mejoramiento del Ambiente”, ´(T.O. Ley Nº 2.267/99) en su artículo 20 aprueba el

Anexo IX que contiene las “Normas para el tratamiento de los Residuos Patógenos”.

RIO NEGRO

RESIDUOS ESPECIALES (Peligrosos)

Ley N° 2599/93 - Residuos o desechos patológicos. Normas que deberán cumplimentar los

establecimientos sanitarios.

Ley N° 3.250/98 (modificada por Ley 3455/00) – Ley de Residuos Especiales – Gestión -

Manifiesto

En su artículo 23 establece: “Prohíbese el ingreso, transporte y almacenamiento transitorio o

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permanente de todo tipo de residuos provenientes de otras jurisdicciones al territorio provincial

que no cuenten con la correspondiente autorización de la autoridad de aplicación”

Resolución N° 1570/03 - Registro Provincial de Generadores y Operadores de residuos

biopatológicos.

RESIDUOS PATOLÓGICOS (Biocontaminados)

Ley Nº 2.599/93 – Actividades sanitarias que generan residuos patológicos.

Decreto Nº 971/06 – Reglamenta la Ley Nº 2.599/93 – Crea el Registro de Generadores y

Operadores (Transporte y Tratamiento Final) de Residuos Biopatológicos.

SALTA

Constitución

El art. 85 establece que “Los residuos tóxicos tienen un destino reglado por la Legislatura, en

salvaguarda de la ecología y de la vida de las personas. Se prohibe el ingreso de residuos

radioactivos en todo el territorio de la Provincia.”

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 7070/00 – Ley de Protección del Medio Ambiente – Arts. 113 a 120 – El art. 113

considera peligrosos a los residuos indicados en el Anexo I de la Ley Nacional Nº24.051 o que

tengan algunas de las características de peligrosidad enumeradas en el Anexo II de la misma.

El art. 119 establece que las personas físicas o jurídicas que generen, transporten, procesen o

dispongan residuos peligrosos están obligadas a inscribirse en los registros que la autoridad de

aplicación de la Ley debe habilitar a tal fin; además establece la obligatoriedad de documentar

las operaciones por medio de Manifiestos de Transporte.

Decreto Nº 3097/00 – Reglamenta la Ley Nº 7070/00. En sus artículos 185 a 199 se refiere el

tema. Aclara que la generación, manipulación, transporte y tratamiento de los residuos

peligrosos queda sometida a la Ley Nacional Nº 24.051 cuando su generación se realice en

territorios sometidos a jurisdicción nacional o cuando generados en una jurisdicción provincial

se traten o dispongan en otra jurisdicción. Cuando los residuos se generen en territorio

provincial y su tratamiento y disposición final se realice también en Salta, la competencia es

exclusiva de la provincia.

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RESIDUOS SANITARIOS (Biocontaminados)

Decreto N° 698/200 - Residuos patológicos generados por establecimientos de salud públicos

y privados

Decreto N° 972/2006 Se designa competente a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable en las funciones de gestión y fiscalización de residuos patológicos.

SAN JUAN

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 6.665/95 (modificada por Ley Nº 7802/07) – Adhesión a la Ley Nacional Nº24.051.

Decreto Nº 1211/07 – Aprueba el reglamento de la Ley Nº 6.665/95.

Ley N° 7802 - Modifica art.4 ley 6665. Crea el registro provincial de generadores, operadores y

transportistas.

Resolución SSMA Nº 234/04 – Crea una Comisión Especial de Evaluación y Determinación de

Requisitos para autorización, renovación y funcionamiento de las plantas de tratamiento.

Resolución SSMA N° 220/07 - Establece la obligación de las empresas que realicen

tratamiento de residuos peligrosos, la expedición de un Certificado de Destrucción y

Disposición Final, como constancia para el Generador.

Resolución SSMA N° 221/07 – Crea el “Registro de empadronamiento de generadores de

residuos peligrosos”

RESIDUOS PATOGÉNICOS (Biocontaminados)

Ley Nº 6.550/94 - Ley de Tratamiento, Manipulación, Transporte y Disposición Final de los

Residuos Patogénicos.

Ley N° 7.764 - Sustituyese el Artículo 121 de la Ley N° 6141 y sus modificatorias.

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Ley N° 499 - tratamiento manipuleo transporte disposición final de los residuos patogénicos

Resolución N° 199/01 - Registro provincial de generadores patológicos

SAN LUIS

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº IX- 0335/04 – Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051

Decreto Nº 1.322/96– Habilita el Registro Provincial de Generadores y Operadores de

Residuos Peligrosos.

Decreto N° 2092/06 - Reglamenta la Ley IX-0335/04 de Residuos Peligrosos.

Decreto Nº 3042/98 - Registro Provincial de Profesionales responsables de la

operación de residuos peligrosos.

Resolución N° 61/14 – Aprueba el Modelo Oficial de Manifiesto de Transporte, de uso

obligatorio para los generadores y generadores-operadores inscriptos en el Registro Provincial

de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos.

RESIDUOS PATOGÉNICOS(Biocontaminados)

Decreto Nº 3105/09 Aprueba la reglamentación de los Artículos 19º y 20º de la Ley Nacional N°

24.051.

A los efectos de la presente reglamentación son considerados residuos patológicos, todos

aquellos desechos o elementos materiales en estado sólido, semi- sólido, líquido o gaseoso,

que presumiblemente presenten o puedan presentar características de infecciosidad, toxicidad,

teratogenicidad, o actividad biológica que puedan afectar directa o indirectamente a los seres

vivos, o causar contaminación del suelo, el agua, o de la atmósfera que sean generados en la

atención de la salud humana o animal por el diagnóstico, tratamiento, inmunización o provisión

de servicios, así como también en la investigación o producción comercial de elementos

biológicos tóxicos.

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Las autoridades responsables de la habilitación de edificios destinados a hospitales, clínicas de

atención médica, odontológica o veterinarias, maternidades, laboratorios de análisis clínicos o

de investigación científica biológica, y en general centros de salud humana o animal, centros de

investigación biomédica y en aquellos que se utilicen animales vivos, exigirán como condición

para otorgar esa habilitación el cumplimiento de ciertos requisitos

SANTA CRUZ

Constitución

Art. 73.- “…Se prohíbe el ingreso al territorio provincial de residuos actual o potencialmente

peligrosos y de los radiactivos o los de cualquier otra índole o naturaleza comprobadamente

tóxicos, peligrosos o susceptibles de serlo en el futuro.”

RESIDUOSPELIGROSOS

LEY Nº 2.567/00 (modificada por Ley Nº 2.703) - Regula el Régimen de Tratamiento de los

Residuos Peligrosos, deroga la anterior ley 2.155 por la que se prohibía en el ámbito de la

provincia la construcción de incineradores para los desechos petroquímicos y los residuos

peligrosos. Sin adherir expresamente a la Ley24.051.

Decreto N° 712/02 (modificado por Decreto Nº 3316/04) reglamenta la Ley 2.567, creando el

Registro Provincial de Residuos Peligrosos y aprueba X Anexos.

Disposición SMA N° 2/02 Habilita el Registro Provincial de Generadores, transportistas y

RESIDUOS BIOPATOGÉNICOS(Biocontaminados)

LEY Nº 2.567/00 (modificada por Ley Nº 2.703) – Regula los Residuos Peligrosos y

Biopatogénicos. Deroga la Ley Nº 2.155

Decreto N° 712/02 reglamenta la Ley 2.567 y define residuos biopatogénicos.

SANTA FE

RESIDUOSPELIGROSOS

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Ley Nº 11.717/99 – Ley General del Ambiente.

Decreto Nº 1844/02 – Reglamenta los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 11.717/99 regulando la

generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos.

Ley N° 9847 – Habilitación y fiscalización de los establecimientos relacionados con la salud de

las personas

Resolución S.M.A. y D.S. Nº 94/2003 (modificado por Resolución S.M.A. y .D. S Nº 124-

2003) –Ley Nº 12.249/04 - Creación del Observatorio de residuos peligrosos,tóxicos y nocivos

para la salud.

Decreto Nº 274/10 (modificado Por Decreto 1334/11)- Aprobación del Reglamento General

para el Transporte por Carreteras de Residuos Peligrosos.

RESIDUOS PATOLÓGICOS (Biocontaminados)

Decreto Nº 388/00 (modificado por Decreto Nº 1758/00) – Aprueba el Régimen para el manejo

y tratamiento de los Residuos Patológicos establecido por la Res. SMAyE Nº 69/98

SANTIAGO DEL ESTERO

Constitución

Capítulo V, del Medio Ambiente- artículo 35º: Calidad de vida.

“Todo habitante tiene derecho a un ambiente sano y a que las actividades productivas

satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Este

derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la

salud, la conservación de los recursos naturales, culturales y la diversidad biológica y la

preservación de la flora y fauna. Se prohíbe el ingreso, la instalación o radicación en el territorio

provincial de residuos actual o potencialmente tóxicos.”

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 6.080/94 - Adhiere a la Ley Nacional N° 24.051 de residuos peligrosos y al Decreto

Reglamentario Nº 831/93.

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Ley Nº 6.311 Declara a todo el territorio de la Pcia. de Santiago del Estero zona libre de

residuos nucleares y/oindustriales

RESIDUOS PATOGÉNICOS(Biocontaminados)

Se rige por la Ley provincial Nº 6.080/94 en tanto adhiere a la Ley Nacional Nº 24.051 y al

Decreto Reglamentario.

Sin perjuicio de ellos, la provincia sancionó la Ley N° 5.159 de Radiofísica Sanitaria.

TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 105/93 – (modificada por la ley N° 1119/16) Ley de Residuos Peligrosos - Art. 1.– “La

generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos

quedarán sujetos a las disposiciones de la presente ley, cuando se tratare de residuos

generados o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción provincial.”

Decreto Nº599/1994-Reglamentación de la Ley Provincial 105/93deResiduosPeligrosos.

Ley Nº 666 - Prohibición de Instalación de Hornos Pirolíticos en Ejidos Urbanos. Decreto Nº

1951/10 - Prohibición de Hornos Pirolíticos en el Ejido urbano - Aclaración de Términos.

RESIDUOS PATOLÓGICOS(Biocontaminados)

Se encuentran alcanzados por las normas establecidas en el Ley N 105/93 de residuos

peligrosos (arts. 19, 20 y 21) y su reglamentación.

TUCUMÁN

RESIDUOSPELIGROSOS

Ley Nº 6.605/94 (modificada por Ley Nº 6.943/99) – Adhesión a la Ley Nacional Nº

24.051 – Crea el Registro Provincial de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos.

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Resolución 38/08 – Registro único de generadores de residuos patológicos.

Resolución DMA Nº 196/10 - Se establece el uso obligatorio de los Manifiestos de Transporte

de Residuos Peligrosos

Resolución Nº 28/2012 Residuos Industriales. Protocolo de proyecto de obras de disposición

de vinaza, cachaza, cenizas y agua de lavado de caña de azucar en el ambalse de Rio honda.

Aprobación.

RESIDUOS PATOLÓGICOS(Biocontaminados)

Se rigen por la Ley Nº 6.605/94 (modificada por Ley Nº 6.943/99) en tanto la provincia adhirió a

la Ley Nacional N° 24.051.

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Anexo III: Normativa provincial vinculada a Residuos

de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs)

BUENOS AIRES

Ley Nº 14.321. Pautas, obligaciones y responsabilidades para la gestión sustentable

de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs).

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Ley Nº 2807. Medidas para la gestión de aparatos electrónicos en desuso.

CHACO

Ley N° 7345. Gestión y tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

(RAEES).

Decreto N° 869. Reglamenta Ley N° 7345.

CHUBUT

Resolución N° 12/13. Gestión de pilas y baterías.

LA RIOJA

Ley N° 9373 - Programa de Reciclado de Residuos de Aparatos Electrónicos y

Eléctricos

SAN JUAN

Ley N° 8362. Establece el marco General para la gestión integral de equipos

informáticos fuera de uso y residuos de artefactos eléctricos y electrónicos.

SAN LUIS

Ley IX-881 2014 - Pautas, obligaciones y responsabilidades inherentes a una gestión

sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs)

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Anexo IV: Normativa nacional y provincial en materia

de impacto ambiental.

Normativa de evaluación de impacto ambiental

Jurisdicción Normativa Aplicable

Ley Decreto Resolución

Normativa Nacional

Ley 25.675 Ley 26.331 Ley 24.196 Ley 24.051

Buenos Aires

Ley N° 11.459 (actividades industriales)

Ley N° 11.723 (actividades no industriales) Ley 11.720

Decreto N° 1741/96 Res. SPA N° 538/99

Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 123 Ley N° 452 (modif.) Ley N° 2.216

Decreto N° 222/2012 Resolución SSMA N°

873/04

Catamarca Ley N° 5.070

Chaco Decreto N° 1726/07

Chubut Ley N° 4032 (ley general de

ambiente) Ley 5.439 Decreto N° 185/2009

Córdoba Ley N° 7.343

Ley 8.300 Decreto N° 2131/00

Corrientes Ley N° 5.067 modificada por la Ley N°

5.517

Entre Ríos Decreto N° 4377/09 Resolución N° 3237/10

Resolución N° 38/10

Formosa Ley N° 1.060

Jujuy Ley N° 5.063

Decreto N° 5980/06

Decreto N° 9067

(audiencias públicas)

La Pampa Ley N° 1.914 Decreto N° 2139/03

La Rioja Ley N° 7.801 modificada por la Ley

8.355

Mendoza Ley N° 5.961

Ley N° 6.649

Decreto N° 2109/94

Decreto N° 820/06

(actividad minera)

Resolución N° 109/00

Misiones

Ley 3079

Resolución 413/02

Resolución N° 228/00

Neuquén Ley Nº 1.875

T.O Ley Nº 2.267 Decreto Nº 2656/99

Río Negro Ley Nº 3.266 (mod. por Ley N° 3.335)

Decreto N° 656/04

Decreto N° 1224/02

(Proyectos mineros)

Decreto N° 452/05

(Proyectos hidrocarburos)

Salta Ley N° 7.070 Decreto N° 3097/00 Res N° 25/2001 Res N°

150/2003 Res N°

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Jurisdicción Normativa Aplicable

Ley Decreto Resolución

152/03 Res N° 375/05

Res N° 394/07

San Juan

Ley N° 6.571

Ley N° 6.800 (modificatoria) Ley N°

7.585 (modificatoria)

Decreto N° 2067/97

San Luís Ley N° 5.421

Ley N° 5.690

Resolución N° 17 MMA-

2010

Santa Cruz Ley N° 2.658 (mod. por Ley N°

2.792) Decreto N° 07/06

Santa Fe Ley N° 11.717 Decreto N° 101/03

Santiago del

Estero

Ley N° 6.321, 6.841

(EIA áreas forestales) Decreto 506/02

Tierra del Fuego Ley N° 55 Decreto N° 1333/93

Tucumán Ley N° 6.253

Decreto N° 2.204/91

Decreto N° 2203/91

(establece el Consejo

Provincial de Economía

y Ambiente)

Resolución DMA N°

116/03

(mod. Por 25/04,

8/04 y 179/08

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Anexo V: Consulta pública preliminar

La etapa de Consulta pública del Marco de Gestión Ambiental del presente proyecto

se desarrolló, en primera instancia, mediante una consulta preliminar por región

operativa. Para la Región NEA, se llevó a cabo de manera presencial, en la ciudad

de Corrientes, y para el resto de las regiones se realizó mediante teleconferencias.

En todos los casos se contó con la participación de los referentes en gestión de

Residuos de Establecimientos de Salud de cada provincia y actores claves

identificados en el proyecto FESP II y el programa Sumar.

A continuación se presentan las actas de consulta firmadas por los 101

participantes de cada provincia, donde se registraron los aportes y

recomendaciones pertinentes.

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Regional NEA

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Regional Centro

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Provincia de Santa Fe

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Regional Cuyo

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Regional Patagonia

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Regional NOA

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Anexo VI: No Objeción Banco Mundial

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Anexo VII: Ratificaciones del MGA

Luego de haber recibido la No Objeción del Banco Mundial, se inició un proceso de

ratificación del Marco de Gestión Ambiental del proyecto. En esta instancia se envió

una nota a ser firmada por todos los participantes de los encuentros Regionales de

Consulta Preliminar, informando que el Banco Mundial no presentó objeción al

documento del MGA del proyecto e invitándolos a revisarlo.

A continuación se presentan las 69 notas de ratificación recibidas por provincia y

por región.

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Región Centro

- Provincia de Córdoba

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- Provincia de Santa Fé

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- Provincia de Entre Ríos

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- C.A.B.A.

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Región NEA

- Provincia de Misiones

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- Provincia de Corrientes

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- Provincia de Chaco

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- Provincia de Formosa

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Región NOA

- Provincia de Jujuy

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- Provincia de Salta

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- Provincia de Catamarca

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- Provincia de La Rioja

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- Provincia de Santiago del Estero

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Región Cuyo

- Provincia de San Juan

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- Provincia de San Luis

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- Provincia de Mendoza

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Región Patagonia

- Provincia de Chubut

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- Provincia de Rio Negro

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- Provincia de Neuquén

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- Provincia de Tierra del Fuego

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Anexo VIII: Consulta pública. Encuesta

Para finalizar el proceso de consulta pública se realizó una encuesta

(https://goo.gl/forms/lyfAn6hNypZt1LlA2) aplicada a los actores claves identificados

en el proyecto FESP II y en las bases de datos del programa Sumar.

El Marco de Gestión Ambiental está disponible en el Sistema de Gestión

Documental Electrónica (GDE) del Sector Público Nacional: IF-2017-25062544-

APN-UFIS#MS, o bien en: http://www.ufisalud.gov.ar/images/Documentos-

Tecnicos/MGA%20Proyecto%20CUS%20con%20No%20Objecin.pdf, garantizando

la transparencia del documento consultado, siendo el mismo inviolable.

A continuación se muestran los resultados obtenidos:

Total de encuestados: 183

- Institución a la que pertenece:

Del total de encuestados, el 55,2% (101 personas) trabajan dentro del Ministerio de

Salud y el 38.8 % (71 participantes) pertenecen a Establecimientos de salud. El

resto de los encuestados pertenecen a ONG, Universidades, Autoridades

Ambientales y otros.

En cuanto a la estrategia para el abordaje de las acciones contemplando la

relación aspecto/impacto:

- ¿Cuál de los dos principales aspectos identificados en el proyecto

considera que debe recibir más atención?

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De los aspectos identificados en la matriz aspecto-impacto del Marco de Gestión

Ambiental, el 79.2 % de los encuestados (145 personas) respondió que considera

que debe recibir más atención la Generación de RES, y el 20.8 % (38 personas)

resaltó que debe considerarse más la Generación de RAEEs.

- Seleccione las tres actividades que considera que tendrán mayor

impacto en la ejecución del MGA

En el presente gráfico se muestran, en orden decreciente, las actividades que los

participantes consideran que tendrán mayor impacto en la ejecución del MGA. En

primer lugar se destaca que el 51.9 % (95 personas) de los encuestados respondió

[VALOR] -24

[VALOR] - 42

[VALOR] - 57

[VALOR] - 59

[VALOR] -62

[VALOR] - 75

[VALOR] - 77

[VALOR] - 91

[VALOR] - 95

Se formularán recomendaciones para le gestión de RAEEs

Estrategia de capacitación virtual en Salud Ambiental

Encuentros, reuniones y talleres Nacionales de Referentes deSalud Ambiental

Elaboración de guías técnicas

Designación de referentes o Unidades de Salud Ambiental

Visitas para el seguimiento y cumplimiento de los planes de acciónprovinciales

Se formularán recomendaciones para le gestión de RES

Capacitaciones de los equipos de trabajo de Salud Ambiental

Elaboración de Planes de Acción Provinciales

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que la elaboración de planes de acción provinciales es la actividad que tendrá

mayor impacto en la ejecución del marco de gestión ambiental del proyecto, a ello

le siguen con un 49.7 % (91 personas) y un 42.1 % del total (77 personas) las

capacitaciones de los equipos de trabajo en salud ambiental y las

recomendaciones para la gestión de RES, respectivamente.

Por otro lado, hubo un 45% de los participantes (75 encuestados) que respondieron

que las visitas para el seguimiento y cumplimiento de planes de acción provinciales

tendrán un mayor impacto en la ejecución del MGA y un 33.9 % del total (62

personas) indicaron que consideraban importante la designación de referentes

provinciales o la creación de Unidades de Salud Ambiental.

Sobre el desarrollo de procesos de intervención para la ejecución del MGA

durante el proyecto:

- Se requerirá la designación de un Referente Provincial de Salvaguarda

Ambiental o de una Unidad de Salud Ambiental dentro del Ministerio de

Salud Provincial, que contribuya a reducir el impacto ambiental de los

Establecimientos de Salud, como requisito obligatorio para ingresar al

Proyecto. Considera que esta medida es:

En cuanto a la designación de un Referente Provincial de Salvaguarda Ambiental

o de una Unidad de Salud Ambiental, el 69.9 % de los encuestados (128

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personas) respondieron que consideraban muy apropiada esta medida, el 29% (53

personas) contestaron que la medida era apropiada y sólo un 1.1 % (2

participantes) indicaron que la medida era poco apropiada.

- La presentación del Plan de Acción Provincial de Salud Ambiental es

una condición obligatoria para mantener el estado de participante dentro

del Proyecto, recibiendo asistencia de la Salvaguarda Ambiental UFIS

para su implementación por parte de los referentes o las unidades

específicas. Considera que esta medida es:

En este caso, un 68.3 % (125 personas) del total de los encuestados respondieron

que consideraban muy adecuada la medida de presentación de un Plan de Acción

Provincial y un 30.1 % (55 personas) marcó que la medida era apropiada,

quedando un 0.5 % de los encuestados (1 persona) que respondió que la medida

le parecía poco apropiada.

- Se establecen metas anuales para la evaluación con la ¨Matriz

Ponderada de Evaluación de Gestión de Residuos de Establecimientos

de Salud¨ de hospitales provinciales con internación. Considera que

esta medida tendrá:

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En este caso, el 60.1 % (110 personas) respondió que considera que establecer

metas anuales para la evaluación con la Matriz Ponderada tendrá alto impacto en

la gestión de RES de los establecimientos provinciales, un 32.8 % (60 personas)

de los encuestados indicó que esta medida tendría impacto medio en la gestión de

RES y sólo un 1.6 % (3 personas) respondieron que dicha acción no tendría

impacto en la gestión de RES.

- En el MGA del Proyecto “Protección de la Población Vulnerable contra

las Enfermedades CRÓNICAS no Transmisibles”, BIRF Nº8508, se está

trabajando en la adecuación de la Matriz Ponderada de Evaluación de

Gestión de residuos en establecimientos de salud con internación, para

CAPS y establecimientos sin internación, con el objetivo de contar con

una herramienta sensible para evaluar y registrar la gestión de RES de

dichos establecimientos. Considera que esta medida tendrá:

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En lo que respecta a la adecuación de la matriz ponderada de evaluación para

CAPS, el 52.5% (96 personas) de los encuestados respondió que esta medida

tendrá alto impacto en la gestión de RES de los establecimientos provinciales, un

42.1 % (77 participantes) indicó que dicha medida tendría un impacto medio y sólo

un 3.3% (6 personas) contestó que la medida propuesta no tendrá impacto en la

gestión de RES.

Con respecto a las capacitaciones en Gestión Ambiental:

- La estrategia de Capacitación en Gestión Ambiental es una iniciativa

de asistencia técnica para comprometer a los ámbitos provinciales

en la resolución de problemas ambientales derivados de la gestión

de RES. La misma pretende la ejecución de un Taller Provincial por

año y provincia por el período de ejecución del Proyecto. Considera

que esta medida es:

Para dicha medida el 70.5 % (96 personas) de los participantes respondió que la

considera muy apropiada, y el 29.5% (77 personas) informó que la considera

apropiada.

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- La nueva Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente,

propone utilizar dicho recurso tecnológico para transferir

conocimiento, herramientas, metodologías de monitoreo y

evaluación; siendo de carácter amplio e integrador. Considera que

esta medida es:

El 69.4% (127 personas) de los encuestados respondió que considera muy

apropiada la medida de la nueva estrategia de capacitación virtual en Salud y

Ambiente, un 28.4 % (52 personas) consideraron apropiada dicha estrategia y,

sólo un 2.2 % (4 personas) indicaron que la medida les resulta poco apropiada.

- Identifique las temáticas que considera prioritarias para trabajar en la

Estrategia de Capacitación Virtual en Salud y Ambiente.

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En cuanto a las temáticas para trabajar en la estrategia de capacitación virtual de

Salud y Ambiente, las más destacadas fueron en orden de prioridad: Residuos de

Establecimientos de Salud, Higiene y Seguridad laboral y gestión de residuos

químicos peligrosos.

[VALOR] - 3

[VALOR] - 41

[VALOR] - 44

[VALOR] - 47

[VALOR] - 55

[VALOR] - 60

[VALOR] - 75

[VALOR] - 91

[VALOR] - 99

[VALOR] - 105

[VALOR] - 114

[VALOR] 136

Otros

Eficiencia energética y energías renovables

Materiales e insumos

Uso racional del agua

Sustentabilidad

Matriz Ponderada de Evaluación en Gestión de RES

Residuos de Aparatos Eléctricos y Electronicos

Gestión Ambiental

Impactos Ambientales del sector salud

Residuos químicos peligrosos

Higiente y seguridad

Residuos de Establecimientos de Salud

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2017 - Año de las Energías Renovables

Hoja Adicional de FirmasInforme gráfico

Número:

Referencia: MGA Proyecto CUS-SUMAR

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