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GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA DIRECCIÓN DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud Colima, Col., Junio de 2011.

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GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA

DIRECCIÓN DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

Colima, Col., Junio de 2011.

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I N D I C E Pág. Autorización 1

Directorio 2

Introducción 3

Objetivo del Manual 4

Antecedentes 5

Marco Jurídico 6

Atribuciones:

Dirección del REPSS 7

Subdirección de Gestión Médica 8

Subdirección de Afiliación y Operación 11

Misión y Visión 14

Código de Ética de los Servidores Públicos 15

Estructura Orgánica 17

Organigrama 18

Descripción de Funciones: 19

Dirección del REPSS 20

Subdirección de Gestión Médica 22

Subdirección de Afiliación y Operación 35

Control de Versión y Revisión 51

Glosario de Trabajo 52

Referencias 57

Grupo de trabajo 59

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AUTORIZACIÓN

Con fundamento en el Decreto No. 7, Artículo No. 24 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima y el Decreto 219 de Procedimiento Administrativo del Estado de Colima y sus Municipios. Se expide el presente Manual de Organización de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, el cual contiene información referente a su estructura administrativa y tiene como finalidad servir de instrumento para la toma de decisiones, operacionalización de tareas y de consulta al público en general. El presente documento entra en vigor a partir del mes de junio de 2010.

Autoriza

DR. AGUSTÍN LARA ESQUEDA Secretario de Salud y Bienestar Social y

Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud

del Gobierno del estado de Colima

DR. JOSÉ ISMAEL MARISCAL Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

Vo.Bo.

Revisó

DR. ANGEL AGUIRRE ORTIZ Subdirector de Gestión Médica C.P. RAMÓN PRECIADO BRIZUELA

Subdirector de Afiliación y Operación C.P. RAYMUNDO ANZAR HERRERA

Jefe del Departamento de Control Financiero DRA. ALEJANDRA CHAVOYA LOZA

Jefa del Departamento de Gastos Catastróficos e Interestatales

LIC. GERARDO BAUTISTA LARIOS Jefe del Departamento del Promoción y Afiliación ING. ERENDIRA ARACELY MENDOZA CEBALLOS Responsable de Administración del Padrón

Elaboró

LIC. JUAN JOSÉ NOVELA VÁZQUEZ Coordinador de Capacitación, Supervisión y Monitoreo

CONTROL DE EMISIÓN

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D I R E C T O R I O

DR. AGUSTÍN LARA ESQUEDA Secretario de Salud y Bienestar Social y

Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud

del Gobierno del estado de Colima

Av. Liceo de Varones esquina Dr. Rubén Agüero s/n, Colonia La Esperanza, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 31 6 22 01, (312) 31 6 22 02 [email protected]

DR. JOSÉ ISMAEL MARISCAL Director del Régimen Estatal de Protección

Social en Salud

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1401, 31 4 41 65 ext.701 Fax 330 73 13. [email protected] [email protected]

DR. ÁNGEL AGUIRRE ORTIZ Subdirector de Gestión Médica

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1415, 31 4 41 65 ext.703 Fax 330 73 13. [email protected] [email protected]

C.P. RAMÓN PRECIADO BRIZUELA Subdirector de Afiliación y Operación

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1409, 31 4 41 65 ext.705 Fax 330 73 13. [email protected] [email protected]

C.P. RAYMUNDO ANZAR HERRERA Jefe del Departamento de Control

Financiero

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1410, Fax 330 73 13. [email protected]

DRA. ALEJANDRA MARÍA CHAVOYA LOZA Jefa del Departamento de Gastos

Catastróficos e Interestatales

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1414 Fax 330 73 13. [email protected] [email protected] [email protected]

LIC. GERARDO BAUTISTA LARIOS Jefe del Departamento del Promoción y

Afiliación

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1402, Fax 330 73 13. [email protected] [email protected]

ING. ERENDIRA ARACELY MENDOZA CEBALLOS Responsable de Administración del Padrón

Juárez 235, Zona Centro, C.P. 28000, Colima, Colima, México. Teléfonos: (312) 330 66 44 ext. 1412, Fax 330 73 13. [email protected] [email protected]

CONTROL DE EMISIÓN

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

INTRODUCCIÓN: El manual de organización constituye un instrumento de apoyo al proceso de modernización del Régimen Estatal de Protección Social en Salud (REPSS) Colima, al proporcionar información sobre la estructura orgánica, atribuciones, objetivos y funciones que realizan en cada una de las entidades administrativas que lo constituyen. Dentro de las atribuciones que tiene encomendada el REPSS, se encuentran la de determinar los manuales de organización, que de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las dependencias deberán mantener permanentemente actualizados sus manuales administrativos. Asimismo, a través de éste presentar una visión de conjunto de su estructura orgánica y de las funciones de cada una de las unidades administrativas que la integran, el delimitar responsabilidades, eliminar duplicidades, facilitar la ejecución correcta de las labores encomendadas, reducir los tiempos de ejecución y servir de orientación e información al público en general. Las revisiones y actualizaciones se realizarán de manera anual y estarán a cargo de la Subdirección Gestión Médica de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en el Estado. El Manual se integra por los siguientes apartados: Introducción, Objetivo del Manual, Antecedentes, Marco Jurídico, Atribuciones, Misión y Visión, Código de Ética de los Servidores Públicos, Estructura Orgánica, Organigrama, Funciones, Control de Versión y Revisión, Glosario de Términos, Referencias Bibliográficas y Grupo de Trabajo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

OBJETIVO DEL MANUAL: Ser un instrumento administrativo que permita proporcionar información relevante de los aspectos de organización interna, niveles de responsabilidad y líneas de mando, para la difusión e inducción a servidores públicos adscritos y de nuevo ingreso, evitar duplicidad de funciones y coadyuvar al logro de los objetivos de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud. Asimismo, permitir al público en general identificar funciones y servicios prestados en la unidad administrativa.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

ANTECEDENTES: Como un mecanismo para garantizar el derecho a la protección de la salud y como un esfuerzo tendiente a reducir la brecha existente entre la población no asegurada y los beneficiarios de las grandes instituciones de la seguridad social del país, el 15 de mayo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas y adiciones a la Ley General de Salud que incorporaban el capítulo referente a la protección social en salud (Art. 77 bis 1). Mediante estas reformas, cuyas disposiciones entraron en vigor en enero de 2004, se daba sustento legal al Sistema de Protección Social en Salud (SPSS) en el país. Es en este mismo año, en el estado de Colima, se suscribe un Acuerdo de Coordinación (AC) entre el ejecutivo federal, por conducto del Secretario de Salud, Dr. Julio José Frenk Mora y por la otra parte el ejecutivo del estado representado por el gobernador constitucional de Colima, Lic. Gustavo Alberto Vázquez Montes, en el que se establecen las bases, compromisos y responsabilidades de las partes para la ejecución en el Estado del Sistema de Protección Social en Salud (AC para la ejecución del SPSS, 2004). Estas reformas en salud, hicieron posible proveer un nuevo esquema de aseguramiento público de salud, para la población que no cuentan con accesos de mecanismos de protección social en salud como es la seguridad social, la cual presenta tres objetivos fundamentales a cumplir: brindar Protección financiera a la población que carece de seguridad social a través de la opción de aseguramiento público en materia de salud, crear una cultura de pago anticipado entre los beneficiarios del Sistema de Protección Social de Salud (SPSS) y de disminuir el número de familias y personas que se empobrecen anualmente al enfrentar gastos de salud. En su evolución, el Sistema de Protección Social en Salud ha pasado por diferentes etapas en cuanto al contenido de su cartera de servicios. Las intervenciones médicas en salud, contempladas a través del Catálogo Universal de Servicios en Salud, que año con año se han visto incrementadas y que en la actualidad éstas representan un total de 275 (CAUSES, 2010). A través de programas como Seguro Médico para una Nueva Generación (SMNG) a partir de 2006, con 128 intervenciones cubiertas y el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos (FPcGC), con 49 intervenciones a la fecha, los beneficiarios en el Estado, han visto fortalecida su economía y resuelto de manera satisfactoria su problema de salud.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

MARCO JURÍDICO – ADMINISTRATIVO La actividad que desarrolla la Administración Pública Estatal está precedida de una serie de lineamientos que regulan sus acciones operativas, el cual, a través del estricto apego a la ley, le permite dar transparencia a las operaciones que realiza ajustándose al marco jurídico, por lo que el particular tiene garantía de que los actos de la administración pública no son arbitrarios, sino por el contario, se realizan sujetándose a las normas legales. Por lo anterior, la autoridad y responsabilidad del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, se ajusta al siguiente marco jurídico – administrativo. � Ley General de Salud. Publicada el día 07 de febrero de 1984. Última Reforma DOF 05-01-2009. � Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima. Última reforma dec. 142, de fecha

26 de mayo de 2010. P.O. 22 Supl. 3, 29 de mayo de 2010. � Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Última Reforma DOF 21-08-2006. � Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con fundamento en el Artículo 19. Última reforma

publicada el DOF 17-06-2009. � Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. Última reforma 29 de noviembre de 2006. � Decreto de reforma de la Ley General de Salud. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15

de mayo de 2003. � Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Colima, para la

ejecución del Sistema de Protección Social en Salud en dicha entidad federativa. Publicado el día 26 de octubre de 2005.

� Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud con fundamento en los artículos 77 BIS 5 apartado A), 77 BIS 35 y demás relativos en la Código de ética de servidores públicos. Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo. Publicado en el DOF, el 31 de julio de 2002. México, D.F.

� Catálogo Universal de Servicios de Salud 2010. D.R. ©Secretaría de Salud. Sistema de Protección Social en Salud, Impreso en México.

� Guía técnica para la elaboración de manuales de organización específicos de la Secretaría de Salud. Dirección General de Programación, Organización y Presupuestación. México, Febrero de 2008.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

ATRIBUCIONES: Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

La Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, tendrá las siguientes facultades y obligaciones (Art. 24. Bis, Reglamento Interno de la Secretaría de Salud en el Estado):

I. Instrumentar la política de protección social en salud y el plan estratégico de desarrollo del sistema, en el Estado de Colima;

II. Llevar a cabo las acciones de identificación de grupos de familias a beneficiar, así como su incorporación a “el Régimen” y verificar la vigencia y tutela de sus derechos;

III. Administrar el padrón de beneficiarios en el Estado de Colima, en los términos de las disposiciones jurídicas

aplicables, para que a su vez coadyuve a la integración del padrón nacional;

IV. Presentar el informe de las familias incorporadas al Sistema de Protección Social en Salud, incluyendo el

monto aportado por concepto de cuota familiar;

V. Vigilar que los recursos transferidos al prestador de servicios por concepto de Cuota Social, Aportación Solidaria Federal y Estatal, Cuota Familiar sean aplicados responsablemente, de conformidad con lo

señalado en la Ley General de Salud, su reglamento, el acuerdo de coordinación para la ejecución del régimen y los convenios de gestión respectivos;

VI. Administrar los recursos financieros, humanos y materiales que la Federación y el Estado asignan al Régimen de conformidad con las directrices que al efecto establezca la Secretaría de Finanzas, la Secretaria de Planeación y la Secretaria de Administración;

VII. Verificar que las quejas que presenten los beneficiarios del Régimen sean turnadas y atendidas por las áreas correspondientes, para que se apliquen las medidas correctivas;

VIII. Establecer las estrategias de promoción y registro de beneficiarios de acuerdo a la normatividad aplicable.

Así como la de apoyar a los solicitantes en la gestión de incorporación al SPSS;

IX. Establecer las políticas internas para lograr que los beneficios médicos establecidos en las Reglas de

Operación del Seguro Médico para una nueva generación, sean efectivamente otorgados a los pacientes menores que así lo requieran;

X. Establecer las políticas internas para lograr que los beneficios médicos establecidos en los Convenios para la

operación del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, den cobertura a los pacientes cuyo padecimiento esté incluido en dicha estrategia;

XI. Cumplir con las metas de afiliación establecidas al inicio del ejercicio fiscal por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud;

XII. Vigilar el macro proceso de financiamiento, privilegiando que los recursos sean dirigidos para la atención

médica de los afiliados y vinculados al Catalogo Universal de Servicios de Salud;

XIII. Lograr que la población afiliada, no incurra en gastos de bolsillo al momento de recibir la atención médica por padecimiento.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

ATRIBUCIONES: Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

XIV. Garantizar los servicios médicos a todos los afiliados al Seguro Popular, incluyendo los provenientes de otros

Estados;

XV. Impulsar, promover, coordinador y vincular en el ámbito de su competencia, la celebración de los acuerdos de coordinación entre la Secretaría de Salud Federal y el Gobierno Federal;

XVI. Desempeñar las funciones y comisiones que el Secretario de Salud le encomiende, manteniéndolo

informado sobre su desarrollo; y

XVII. Las demás que determine este reglamento interior y demás disposiciones legales y administrativas aplicables al funcionamiento del Sistema de Protección Social en Salud.

ATRIBUCIONES: Subdirección de Gestión Médica. Corresponde a la Subdirección de Gestión Médica: I. Proponer la incorporación gradual y jerarquizada de los servicios de salud y de las intervenciones clínicas al Sistema, así como su secuencia y alcance con el fin de lograr la cobertura universal de los servicios en el período previsto en la Ley; II. Estimar los costos derivados de las intervenciones médicas y de la provisión de nuevos servicios, con base en los protocolos clínicos y terapéuticos previendo su impacto económico en el Sistema, así como participar en la definición de criterios y políticas para la determinación de cuotas reguladoras del propio Sistema asociadas a la prestación de servicios de salud; III. Definir y establecer, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los criterios e instrumentos de registro de la información médica relativa a los servicios prestados y provisión de insumos para los afiliados al Sistema, así como para la automatización de los registros de información en materia de gestión de servicios de salud; III BIS 1. Utilizar los sistemas de información establecidos por las unidades administrativas de la Secretaría para la actualización de las bases de datos de las unidades afiliadas al Sistema, a efecto de ser utilizadas en la programación de unidades a evaluar, para fines de acreditación como establecimientos públicos prestadores de servicios de salud en coordinación con las unidades administrativas competentes; III BIS 2. Hacer del conocimiento de los Servicios Estatales de Salud, los establecimientos públicos autorizados para prestar los servicios de salud comprendidos por el Sistema, conforme a las bases del Manual para la Acreditación; II BIS 3. Coadyuvar en la determinación de las cédulas de evaluación del Sistema, que se utilicen para el proceso de acreditación, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría; IV. Vigilar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de atención de quejas por la prestación de los servicios de la Red, verificar que se hayan atendido las mismas y sugerir las medidas correctivas que correspondan; V. Establecer los criterios y mecanismos para el seguimiento operativo, la supervisión y la evaluación del desempeño de los servicios prestados por la Red a los afiliados del Sistema;

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ATRIBUCIONES: Subdirección de Gestión Médica.

VI. Elaborar los criterios e instrumentos para conocer el estado de salud de la población que solicite su incorporación al Sistema; VII. Proponer las tarifas que se deriven de los servicios otorgados a los beneficiarios del Sistema y que se encuentren previstos en los catálogos de intervenciones de servicios esenciales y de gastos catastróficos; VIII. Proponer los criterios para efectuar el análisis de riesgos para la salud en la población afiliada al Sistema; IX. Participar en la formulación de propuestas de tratamientos médicos cuyos costos sean cubiertos por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos y en las acciones que tiendan hacia el desarrollo de los

centros regionales de alta especialidad del Sistema; X. Determinar, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las condiciones generales para la provisión de medicamentos y el uso racional de los mismos en el marco del Sistema; XI. Coordinar las acciones para propiciar la cobertura y calidad de la atención médica integrando al Sistema los programas dirigidos a grupos vulnerables; XI BIS. Organizar las acciones correspondientes para llevar a cabo la supervisión de los protocolos médicos, otorgando la participación en su definición y desarrollo que corresponde a las unidades administrativas competentes de la Secretaría, así como emitir la autorización de los casos para la atención de las enfermedades consideradas como gastos catastróficos; XII. Hacer del conocimiento de las autoridades federales, estatales o municipales competentes, los hechos que presuntamente puedan ser motivo de responsabilidad administrativa derivada del incumplimiento en la prestación de los servicios de salud convenidos; XIII. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la formalización de los acuerdos de coordinación entre la Secretaría y los gobiernos de las entidades federativas, para la instrumentación y operación del

Sistema, así como vigilar que en los acuerdos de gestión suscritos entre estas últimas y las instituciones del

Sistema Nacional de Salud, los servicios prestados se cumplan con la calidad y oportunidad requerida; XIV. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la determinación del marco organizacional y funcional de la Dirección; acorde a los criterios que para el efecto sean definidos por el Director;

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ATRIBUCIONES: Subdirección de Gestión Médica

XV. Efectuar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento y la supervisión de las acciones a cargo de la Dirección; XVI. Diseñar la metodología de la capacitación para la operación del Sistema en lo relativo a su competencia, atendiendo a los lineamientos disposiciones emitidas por las unidades administrativas

competentes de la Secretaría; XVII. Coordinar la realización o participar en los estudios e investigaciones relativos a su competencia; XVIII. Mantener periódicamente informado al Director sobre los avances de los programas a su cargo; XVIII BIS 1.Participar, en los cuerpos colegiados que corresponda de conformidad con las disposiciones aplicables; XVIII BIS 2. Coadyuvar con las entidades federativas en la implementación de los mecanismos necesarios, para que mediante el uso de la Credencial Única, se optimice la prestación de los servicios

de salud y el otorgamiento de los medicamentos asociados a dichos servicios, que otorga el Sistema; XVIII BIS 3. Elaborar el informe semestral a que se refiere el artículo 77 BIS 31 de la Ley, de las acciones realizadas por el Régimen y entregarlo al Secretario de Salud; XVIII BIS 4. Diseñar, en coordinación con la Dirección General del Régimen y las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los indicadores necesarios, dentro del ámbito de sus facultades, para el

Sistema de Indicadores de la Comisión, así como, implementarlo; XVIII BIS 5. Participar en la gestión de servicios médicos para proveer a los afiliados al Sistema de las acciones necesarias para la atención de las enfermedades consideradas como gastos catastróficos; XVIII BIS 6. Coordinar en lo referente al Sistema, la Red de Centros Regionales de Alta Especialidad para gastos catastróficos; XVIII BIS 7. Coordinar las actividades necesarias para llevar acabo las acciones del Sistema de Gestión de Calidad de la Dirección; XVIII BIS 8. Expedir y certificar, en su caso, las copias de documentos o constancias que existan en los archivos de la Subdirección General de Gestión de Servicios de Salud, cuando proceda o a petición de

autoridad competente y; XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales.

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ATRIBUCIONES: Subdirección de Afiliación y Operación.

Corresponde a la Subdirección de Afiliación y Operación: I. Participar en la planeación y programación financiera del Sistema; II. Efectuar las acciones encaminadas a la programación e integración presupuestal del Sistema; III. Diseñar y proponer en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los esquemas y mecanismos financieros que sean necesarios para el funcionamiento del Sistema incluyendo el desarrollo de programas dirigidos a grupos indígenas, marginados, rurales y en general a cualquier grupo vulnerable; IV. Verificar que los recursos provenientes de la aportación solidaria estatal y cuota familiar, sean congruentes con el padrón de afiliados; V. Diseñar y aplicar los instrumentos financieros y los procesos administrativos necesarios para la provisión de la protección social en salud para los grupos poblacionales que la requieran; VI. Determinar los criterios para la operación y administración de los fondos generales y específicos relacionados con las funciones comprendidas en el Sistema y de los programas orientados a la atención de grupos vulnerables; VII. Coadyuvar, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en la acciones de supervisión financiera del Sistema y de los programas de atención a grupos indígenas, marginados, rurales y en general a cualquier grupo vulnerable, para garantizar el cumplimiento de las normas financieras y de operación, así como de sus metas y objetivos; VIII. Elaborar, previa opinión de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los criterios generales para la administración y transferencia de la cuota social y aportación solidaria federal a las entidades federativas que prevé la Ley, así como los lineamientos operativos para la administración y transferencia de los recursos presupuestales de los Fondos de Protección contra Gastos Catastróficos y de Previsión Presupuestal; IX. Conducir la operación y administración de la previsión presupuestal anual, y del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos a que se refiere la Ley; IX BIS. Proporcionar el apoyo técnico y administrativo necesario al Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema, dando seguimiento a los asuntos establecidos en éste; X. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la formalización de los acuerdos de coordinación entre la Secretaría y los gobiernos de las entidades federativas, para la instrumentación y operación del

Sistema;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

ATRIBUCIONES: Subdirección de Afiliación y Operación. XI. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la determinación del marco organizacional y funcional de la Dirección acorde a los criterios que para el efecto sean definidos por el Director; XII. Coordinar la realización de estudios que den soporte a las bases actuariales, financieras y administrativas que sustenten las acciones encaminadas a proveer protección social en salud; XIII. Detectar fuentes complementarias de financiamiento para las acciones de protección social en salud y administrar los recursos provenientes de dichas fuentes, de conformidad con las disposiciones aplicables; XIV. Efectuar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento y la supervisión de las acciones a cargo de la Dirección; XV. Definir los criterios y las estrategias para la automatización de los registros de información en materia de financiamiento del Sistema en apego a las políticas y normatividad técnica emitidas por las unidades administrativas competentes de la Secretaría; XVI. Diseñar la metodología de la capacitación para la operación del Sistema en los aspectos de su competencia; XVII. Mantener periódicamente informado al Director sobre el avance del programa financiero y del resultado de los estudios realizados al respecto; XVII BIS 1. Participar en los cuerpos colegiados que corresponda acorde con la normatividad aplicable; XVII BIS 2. Coadyuvar con la Subdirección de Gestión Médica y las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en el diseño de los Indicadores necesarios, dentro del ámbito de sus facultades, para el Sistema de Indicadores del Régimen; XVII BIS 3. Expedir y certificar, en su caso, las copias de documentos o constancias que existan en los archivos de la Subdirección Afiliación y Operación, cuando proceda o a petición de autoridad competente y; XVIII. Proponer al Director, las acciones y estrategias para que la población demandante no derechohabiente de la seguridad social o que no cuente con algún otro mecanismo de previsión social en salud, se incorpore al Sistema, procurando la cobertura universal prevista en la Ley; XIX. Proponer los criterios técnicos y administrativos para la presupuestación de las actividades relacionadas con la promoción del Sistema; la operación de la afiliación de los beneficiarios; la administración del Padrón de afiliados; así como para el desarrollo y aplicación del esquema de cuotas familiares, y presentarlos a consideración del Director;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

ATRIBUCIONES: Subdirección de Afiliación y Operación.

XX. Supervisar el cumplimiento de las metas de afiliación; XXI. Elaborar los instrumentos para evaluar la capacidad de aportación económica de las familias interesadas en incorporarse al Sistema; XXII. Proponer los criterios y procedimientos para la promoción, afiliación de familias y administración del Padrón; XXIII. Diseñar, operar y administrar la base de datos del Padrón; XXIV. Actualizar el programa informático del Padrón; XXV. Revisar y verificar la congruencia de la información de los titulares y familias registrados en el padrón; XXVI. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la determinación del marco organizacional y funcional de la Dirección acorde a los criterios que para el efecto sean definidos por el Director; XXVII. Diseñar y elaborar los materiales y herramientas para la sensibilización, difusión, promoción y orientación permanente del Sistema dirigida a la población; XXIII. Efectuar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento y supervisión de las acciones a cargo de la Dirección; XXIX. Definir los criterios y las estrategias para la automatización de los registros de información en materia de promoción y afiliación del Sistema en apego a las políticas y normatividad técnica emitidas por las unidades administrativas competentes de la Secretaría; XXX. Diseñar la metodología de la capacitación para la operación del Sistema en los aspectos relacionados a la promoción y afiliación; XXXI. Coordinar la realización de estudios e investigaciones relacionados con sus atribuciones; XXXII. Mantener periódicamente informado al Director sobre los avances de los programas a su cargo; XXXIII BIS 1. Participar en los cuerpos colegiados que corresponda acorde con la normatividad aplicable; XXXIII BIS 2. Coadyuvar con la Subdirección de Gestión Médica y las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en el diseño de los Indicadores necesarios, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para el Sistema de Indicadores de la Comisión; XXXIII BIS 3. Expedir y certificar, en su caso, las copias de documentos o constancias que existan en los archivos de la Subdirección Afiliación y Promoción, cuando proceda o a petición de autoridad competente y; XXXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales.

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MISIÓN: Instrumentar un sistema de financiamiento en salud, comprometido con la búsqueda de servicios de alto nivel y eficacia para la atención de los afiliados al Régimen; con la supervisión del uso razonado de los recursos y la tutela de los derechos de los beneficiarios.

VISIÓN: Ser parte de un sistema de salud integrado, con cobertura universal que permita dar respuesta a las necesidades en materia de salud a todos sus afiliados de manera eficiente y con calidad.

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CÓDIGO DE ÉTICA: Servidores Públicos.

BIEN COMÚN: Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. El servidor público no debe permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad. El compromiso con el bien común implica que el servidor público esté consciente de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos y que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios individuales. INTEGRIDAD: El servidor público debe actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad. Conduciéndose de esta manera, el servidor público fomentará la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirá a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad. HONRADEZ: El servidor público no deberá utilizar su cargo público para obtener algún provecho o ventaja personal o a favor de terceros. Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño como servidor público. IMPARCIALIDAD: El servidor público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna. Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas. RESPETO: El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. JUSTICIA: El servidor público debe conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el servidor público. Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

CÓDIGO DE ÉTICA: Servidores Públicos.

TRANSPARENCIA: El servidor público debe permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la ley. La transparencia en el servicio público también implica que el servidor público haga un uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su aplicación.

RENDICION DE CUENTAS: Para el servidor público rendir cuentas significa asumir plenamente ante la sociedad, la responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la evaluación de la propia sociedad. Ello lo obliga a realizar sus funciones con eficacia y calidad, así como a contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos. ENTORNO CULTURAL Y ECOLOGICO: Al realizar sus actividades, el servidor público debe evitar la afectación de nuestro patrimonio cultural y del ecosistema donde vivimos, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de nuestro país, que se refleje en sus decisiones y actos. Nuestra cultura y el entorno ambiental son nuestro principal legado para las generaciones futuras, por lo que los servidores públicos también tienen la responsabilidad de promover en la sociedad su protección y conservación.

LIDERAZGO: El servidor público debe convertirse en un decidido promotor de valores y principios en la sociedad, partiendo de su ejemplo personal al aplicar cabalmente en el desempeño de su cargo público este Código de Ética.

IGUALDAD: El servidor público debe prestar los servicios que se le han encomendado a todos los miembros de la sociedad que tengan derecho a recibirlos, sin importar su sexo, edad, raza, credo, religión o preferencia política. No debe permitir que influyan en su actuación, circunstancias ajenas que propicien el incumplimiento de la responsabilidad que tiene para brindar a quien le corresponde los servicios públicos a su cargo.

GENEROSIDAD: El servidor público debe conducirse con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y los servidores públicos con quienes interactúa. Esta conducta debe ofrecerse con especial atención hacia las personas o grupos sociales que carecen de los elementos suficientes para alcanzar su desarrollo integral, como los adultos en plenitud, los niños, las personas con capacidades especiales, los miembros de nuestras etnias y quienes menos tienen.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

ESTRUCTURA ORGÁNICA: Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

1.0 Servicios de Salud del estado de Colima

1.1 Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud 1.1.2 Subdirección de Gestión Médica

1.1.2.1 Departamento de Gastos Catastróficos e Interestatales

1.1.2.1.1 Gestión Médica

1.1.2.1.2 Seguro Médico para una Nueva Generación

1.1.2.1.2 Supervisión y Monitoreo

1.1.2.1.3 Sistema de Compensación Interestatal (SICOI)

1.1.2.1.4 Gastos Catastróficos

1.1.2.1.5 Cirugía Extramuros

1.1.3 Subdirección de Afiliación y Operación.

1.1.3.2.3 Responsable de Administración del Padrón

1.1.3.2.3.1 Promoción de Módulo Fijo, Jurisd. Sanit. No. 1

1.1.3.2.3.2 Promoción de Módulo Fijo, Jurisd. Sanit. No. 2

1.1.3.2.3.3 Promoción de Módulo Fijo, Jurisd. Sanit. No. 3

1.1.3.1 Departamento de Control Financiero

1.1.3.1.1 Coordinación de Control Presupuestal

1.1.3.1.2 Análisis Financiero

1.1.3.2 Departamento del Promoción y Afiliación

1.1.3.2.1 Coordinación de Soporte Técnico

1.1.3.2.2 Coordinación de Archivo

1.1.3.2.4 Coordinación de Brigadas

1.1.3.2.4.1 Difusión y Promoción

1.1.3.2.4.2 Promoción de Brigada, Jurisd. Sanit. No. 1

1.1.3.2.4.3 Promoción de Brigada, Jurisd. Sanit. No. 2

1.1.3.2.4.4 Promoción de Brigada, Jurisd. Sanit. No. 3

CONTROL DE EMISIÓN

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ORGANIGRAMA: Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

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F U N C I O N E S

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DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES: Dirección del REPSS.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

OBJETIVO GENERAL: Administrar y gestionar recursos provenientes de los programas de la secretaria de salud del poder ejecutivo federal y de la aportación estatal destinados al financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS). OBJETIVOS ESPECIFICOS:

� Operar los beneficios médicos a favor de los menores incorporados al Seguro Médico para una Nueva Generación incluidos en las Reglas de Operación (intervenciones no CAUSES y no Gastos Catastróficos).

� Operar los beneficios médicos a favor de las personas incorporadas al Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos.

� Cumplir con las metas de afiliación establecidas al inicio del ejercicio por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

� Vigilar el macro proceso de financiamiento, privilegiando que el destino de los recursos sean dirigidos para la atención médica de los afiliados y vinculados al Catálogo Universal de Servicios de Salud.

� Lograr que la población afiliada (familias y personas), no incurra en gastos de bolsillo al momento de recibir la atención médica por padecimientos que cubre el Seguro Popular, evitando con ello que tengan riesgo de empobrecimiento por atender su salud (gastos catastróficos).

� Lograr que los prestadores de servicios médicos otorguen eficientemente los servicios médicos asociados al Catálogo y surtan al 100% las recetas médicas emitidas y los auxiliares de diagnósticos vinculados.

� Salvaguardar los derechos médicos de los afiliados y a su vez impulsar una mayor equidad en el financiamiento de la salud.

� Salvaguardar la tutela de derechos a todos los afiliados al Seguro Popular, incluyendo los provenientes de otros Estados (interestatales).

� Elevar los índices de calidad en los servicios de salud que prestan los proveedores médicos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

FUNCIONES:

I. Administrar los recursos financieros, humanos y materiales que la federación y el Estado asignan al Régimen de conformidad con las directrices que al efecto establezcan las Secretaria de Finanzas y Planeación y la Oficialía Mayor;

II. Administrar el padrón de beneficiarios en el estado de Colima, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para que a su vez coadyuve a la integración del padrón nacional;

III. Establecer las estrategias de promoción y registro de beneficiarios de acuerdo a la normatividad

aplicable;

IV. Establecer las políticas internas para lograr que los beneficios médicos establecidos en las Reglas de Operación del Seguro Médico para una Nueva Generación, sean efectivamente otorgados a los pacientes menores que así lo requieran;

V. Establecer las políticas internas para lograr que los beneficios médicos establecidos en los

convenios para la operación del Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos, realmente den cobertura a los pacientes cuyo padecimiento esté incluido en dicha estrategia;

VI. Vigilar que los recursos transferidos al prestador de servicios por concepto de cuota social,

aportación solidaria federal y estatal, cuota familiar e infraestructura sean aplicados responsablemente, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Salud, su reglamento, el Acuerdo de Coordinación para ejecución del régimen y los convenios de gestión respectivos;

VII. Identificar grupos de familias a beneficiar así como su incorporación a “el Régimen” y verificar la

vigencia y tutela de sus derechos; VIII. Apoyar a los solicitantes en la gestión de incorporación al Sistema de Protección Social en Salud, en

la obtención de las actas de nacimiento y de la Clave Única de Registro de Población para favorecer su afiliación;

IX. Presentar el informe de las familias incorporadas al Sistema de Protección Social en Salud,

incluyendo el monto aportado por concepto de cuota familiar, con el objeto de que el secretario de salud, lo remita a la federación dentro de los 45 días naturales de cada trimestre del calendario;

X. Verificar que las quejas que presenten los beneficiarios del Régimen sean turnadas, atendidas, y en

su caso informar al secretario, para que se apliquen las medidas correctivas y; XI. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES: Subdirección de Gestión Médica

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Subdirección de Gestión Médica.

OBJETIVO GENERAL: Garantizar el otorgamiento de las intervenciones y acciones médicas comprometidas por el Sistema de protección Social en Salud a través de la red de unidades médicas prestadoras de servicios, asesorando, supervisando y evaluando su desempeño, con la finalidad de salvaguardar en todo momento la tutela de derechos de las familias y las personas afiliadas al Sistema.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

� Recibir, atender y dar seguimiento a observaciones, sugerencias y agradecimientos de los beneficiarios y prestadores de servicios.

� Proporcionar asesoría a los beneficiarios del Seguro Popular, respecto a cobertura de servicios, Red de prestadores y programas de financiamiento como el Seguro Médico para una Nueva Generación y del Fondo de protección contra Gastos Catastróficos.

� Registro nominal de casos susceptibles de pago a través del Fondo de Protección contra Gastos

Catastróficos.

� Aplicar los instrumentos generados por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud para conocer el estado de salud y riesgos de la población que solicite su incorporación al Sistema (encuestas de evaluación).

� Informar al Director de Protección Social en Salud problemáticas, necesidades, compromisos, y

resultados de evaluaciones con el fin de realizar las gestiones pertinentes para el logro de una atención integral y de calidad a los beneficiarios del Seguro Popular.

� Capacitar y difundir el Catálogo Universal de Servicios de Salud y estrategias de atención

médica dirigida a beneficiarios y prestadores de servicios.

� Asesorar y capacitar sobre catálogos de cobertura del Seguro Popular, a prestadores de servicios que atienden a población afiliada.

� Asesorar y supervisar a dispensadores de medicamentos a afiliados al Seguro Popular,

proporcionando para ello el adiestramiento en el adecuado manejo y control de medicamentos e insumos para la salud.

� Validar los casos registrados por los Centros Regionales de Alta Especialidad en el Sistema de

Gestión de Gastos Catastróficos.

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UNIDAD ADMINISTRATIVA: Subdirección de Gestión Médica. FUNCIONES:

I. Promover el uso de guías clínicas en las unidades médicas hospitalarias;

II. Gestionar servicios contemplados en Catálogo Universal de Servicios de Salud, Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos y 108 patologías asociadas al Seguro Médico para una Nueva Generación;

III. Difundir el Directorio de la Red de Unidades Prestadoras de Servicios;

IV. Validar casos notificados al Sistema Integral de Gastos Sistema de Gestión de Gastos

Catastróficos por los Centros Regionales de Alta Especialidad; V. Validar casos de beneficiarios interestatales atendidos en las Unidades médicas locales;

VI. Apoyar las actividades de acreditación de unidades, a través del diagnóstico oportuno de

necesidades detectadas en la cédula de autoevaluación de Calidad; VII. Promover el uso de guías clínicas en Centros Regionales de Alta Especialidad acreditadas para la

atención de enfermedades financiadas por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos; VIII. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar, supervisar y evaluar el desempeño de las

funciones correspondientes a su área, especialmente aquellas actividades conferidas a sus subordinados jerárquicos;

IX. Organizar y fomentar la coordinación de acciones con las distintas áreas que conforman la

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud con el propósito de fortalecerlo e impactar en la eficiencia y calidad de la prestación de servicios;

X. Establecer coordinación con las distintas áreas que integran la Dirección del Régimen Estatal de

Protección Social en Salud con la finalidad de lograr la eficiencia de las actividades e impacto de las acciones cubiertas por el Sistema;

XI. Coordinar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de la atención médica de primer,

segundo y tercer nivel que se encuentran destinados a la población beneficiaria del Seguro Popular;

XII. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar, supervisar y evaluar el desempeño de las

funciones correspondientes a gestores, responsables de gastos catastróficos en los Centro Regional de alta Especialidad, supervisores y enlace estatal de atención ciudadana;

XIII. Evaluar periódicamente la opinión de los beneficiarios, con mención expresa a la aplicación de

sus derechos;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Subdirección de Gestión Médica. FUNCIONES: XIV. Difundir y vigilar la aplicación de la normatividad a que deberá sujetarse la atención médica

que brinda la Red estatal de Unidades prestadoras de servicios, con el fin de consolidar el Sistema Estatal de Salud;

XV. Recibir, atender y dar seguimiento a las observaciones, sugerencias o agradecimientos de los afiliados y prestadores de servicios;

XVI. Elaborar informes y documentos de acciones implementadas por la Dirección del Régimen

Estatal de Protección Social en Salud; XVII. Dar seguimiento periódico a las respuestas a consultas, quejas y sugerencias de los beneficiarios,

así como al impacto de dichas respuestas en la mejora de la calidad de los servicios de atención a la salud recibidas a través del Sistema Nacional de Atención Ciudadana;

XVIII. Vigilar que la prestación de los servicios de atención médica del área de su responsabilidad

alcancen la cobertura y calidad establecida; XIX. Supervisar la aplicación y ejecución de estrategias que garanticen el acceso integral e igualitario

a los servicios públicos de salud, para todos los afiliados al Seguro Popular y definidos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud;

XX. Supervisar el abasto de medicamentos a nivel estatal;

XXI. Realizar la supervisión y seguimiento de la atención proporcionada a los beneficiarios;

XXII. Supervisar que los centros de salud y hospitales cuenten con el mobiliario, equipo e instrumental

médico - quirúrgico que les permita brindar una adecuada atención a los beneficiarios al Seguro Popular;

XXIII. Supervisar y evaluar la prestación de servicios de la atención médica de primer, segundo y

tercer nivel (tutela de derechos); XXIV. Supervisar el abasto y la correcta utilización del cuadro básico de medicamentos en las

unidades de primer y segundo nivel de atención y emitir recomendaciones de acuerdo a los estándares dictados por la Dirección General de Calidad y;

XXV. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Departamento de Gastos Catastróficos e Interestatales.

OBJETIVO GENERAL: Coordinar las acciones operativas de los programas contemplados en el Sistema de Protección Social en Salud con base en la normatividad establecida. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

� Validar información documental generada por los Programas contemplados en el Sistema para el cumplimiento de los requerimientos de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

� Difundir información actualizada sobre los diversos programas de salud para la capacitación del personal operativo.

FUNCIONES:

I. Integrar información de los programas cubiertos por el Sistema de Protección Social en Salud;

II. Coordinar las acciones de supervisión, monitoreo, acreditación y reacreditación;

III. Asesorar con instancias externas sobre el alcance y cobertura del Sistema de Protección Social

en Salud;

IV. Elaborar informes y documentar acciones implementadas por la Dirección del Régimen Estatal

de Protección Social en Salud;

V. Apoyar en las actividades de Acreditación de unidades médicas, a través del diagnóstico

oportuno de necesidades detectadas en la cédula de autoevaluación propuesta por la

Dirección General de Calidad;

VI. Gestionar servicios contemplados en el Catálogo Universal de Servicios de Salud, Fondo de

Protección contra Gastos Catastróficos y 128 patologías asociadas al Seguro Médico para una

Nueva Generación;

VII. Promover el uso de guías clínicas en centros regionales de alta especialidad acreditadas para la

atención de enfermedades financiadas por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos

y;

VIII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Gestión Médica.

OBJETIVO GENERAL: Fungir como enlace permanente entre el beneficiario del Sistema y los diferentes prestadores de servicios de salud, organizados en redes de establecimientos de atención médica, a fin de que se pueda proporcionar asesoría tanto al beneficiario como al prestador de las diferentes carteras de servicios. OBJETIVO ESPECÍFICO:

� Tutelar los derechos de los afiliados, solucionar problemáticas y peticiones de la Red de prestadores de servicios.

FUNCIONES:

I. Participar en la identificación y validación de vigencia de derechos de los beneficiarios, brindar asesoría sobre el catálogo de servicio en salud, asesoría en el uso de auxiliares de diagnóstico, tratamiento y vigilancia de abasto de medicamentos de acuerdo al Catálogo Universal de Servicios de Salud en la Unidad;

II. Proporcionar información sobre las intervenciones, tanto a los prestadores como a los beneficiarios, acerca del alcance de los beneficios de las intervenciones que cubre la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, los medicamentos y los auxiliares asociados;

III. Reforzar información sobre análisis de laboratorio y estudios de gabinete al afiliado;

IV. Coordinar la interacción permanente con el enlace estatal de atención ciudadana con el fin de

garantizar el seguimiento y resolución de problemática presentada por los afiliados; V. Gestión y tutela de los beneficiarios al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos;

VI. Aplicar encuesta de evaluación de la satisfacción del usuario de los servicios prestados por el

Sistema; VII. Enviar declaratorias de casos de beneficiarios del Fondo de Protección contra Gastos

Catastróficos al titular de la Subdirección de Gestión Médica para su revisión, validación y gestión financiera;

VIII. Garantizar el seguimiento clínico de beneficiarios a través del Expediente Clínico Electrónico y

sistema de referencia y contrarrefencia, en coordinación con el responsable de calidad de la unidad;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Gestión Médica.

FUNCIONES:

IX. Participar en la asesoría en servicio y capacitaciones masivas dirigidas a personal becario y de base de las tres jurisdicciones sanitarias;

X. Entrega de listado de casos validados al área de Trabajo Social para su conocimiento y trato

conducente;

XI. Asesorar al personal y a pacientes con respecto a servicios subrogados; XII. Garantizar el seguimiento clínico de los casos atendidos financiados por las diferentes estrategias

financieras de atención médica del Seguro Popular; XIII. Validación de recetas a pacientes del Programa de Gastos Catastróficos, determinado el

surtimiento en farmacia con base en las existencias reportadas; XIV. Registrar al Sistema de Gestión de Gastos Catastróficos de beneficiarios al Programa con base en

la validación del caso por la unidad; XV. Identificar casos validados en el Sistema de Gestión de Gastos Catastróficos y verificar existencia

de declaratoria de caso debidamente requisitada y signada; XVI. Validar casos del Seguro Médico para una Nueva Generación a través del titular de la

Subdirección Médica; XVII. Vigilar el surtimiento de recetas con oportunidad, que no exista desabasto de medicamentos

con base en el Catálogo Universal de Servicios de Salud vigente; XVIII. Realizar búsquedas en archivo clínico de la Unidad, de casos de Cáncer Cérvico Uterino y

Cáncer de Mama en el año en curso; XIX. Establecer retroalimentación con prestadores de servicios;

XX. Realizar solicitudes de estudios clínicos con proveedores externos;

XXI. Supervisar unidades de primer nivel de atención en el desempeño administrativo y de abasto de

medicamentos; XXII. Realizar y entregar quincenalmente informes de actividades, a la Subdirección de Gestión

Médica; XXIII. Difusión y orientación de la cobertura de servicios de Seguro Popular: Catálogo Universal de

Servicios de Salud, Seguro Médico para una Nueva Generación, Embarazo Saludable, 128 Patologías No CAUSES No FPcGC y Sistema de Compensación Interestatal;

XXIV. Canalizar observaciones de los afiliados sobre los servicios prestados en la unidad médica;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Gestión Médica.

FUNCIONES:

XXV.Escanear documentación de usuarios interestatales al Sistema de Compensación Interestatal;

XXVI.Gestionar insumos y medicamentos a los afiliados al Sistema;

XXVII.Difundir y vigilar la aplicación de la normatividad a que deberá sujetarse la atención médica que brinda la red estatal de Unidades prestadoras de servicios, con el fin de consolidar el Sistema Estatal de Salud;

XXVIII.Conocer y difundir el directorio de la red de unidades prestadoras de servicios; XXIX.Recibir, atender y dar seguimiento a observaciones, sugerencias o agradecimientos de los

beneficiarios al Sistema y prestadores de servicios;

XXX.Capacitar y difundir el Catálogo Universal de Servicios de Salud y estrategias de atención médica dirigida a beneficiarios y prestadores de servicios;

XXXI.Promover el uso de guías clínicas en Centros Regionales de Alta Especialidad acreditadas para la atención de enfermedades financiadas por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos;

XXXII.Verificar de la programación de citas que efectúan los beneficiarios y los tiempos de espera en cada servicio y especialidad;

XXXIII.Supervisar unidades médicas de primer nivel de atención;

XXXIV.Evaluar y monitorear el alcance de los beneficios ofertados a través de la Red de prestadora de servicios;

XXXV.Evaluar y autorizar estudios especiales no contemplados en el Catálogo Universal de Servicios de Salud, previa autorización del director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud;

XXXVI.Verificar que el proceso de atención por especialistas se lleve de manera óptima con base en el formato de referencia (datos generales del paciente, resumen clínico y motivo de envío a un segundo nivel de atención);

XXXVII.Verificar expedientes de candidatos a ser beneficiarios al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos con base en el cumplimiento de normatividad vigente y derechohabiencia y;

XXXVIII.Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Seguro Médico para una Nueva Generación (SMNG).

OBJETIVO GENERAL: Contribuir a la disminución del empobrecimiento por motivos de salud mediante el aseguramiento médico universal de los niños que no sean derechohabientes de alguna institución de seguridad social nacidos a partir del 1º de diciembre de 2006. OBJETIVO ESPECÍFICO:

� Atender a la población nacida a partir del 1° de diciembre de 2006 y que no sea derechohabiente de alguna institución de seguridad social, para que cuente con un esquema de aseguramiento en salud de cobertura amplia.

FUNCIONES:

I. Registro y validación de casos atendidos en unidades de salud acreditadas y no acreditadas;

II. Seguimiento en la atención otorgada a los beneficiarios del Seguro Médico para una Nueva Generación;

III. Asesoría de cobertura del Programa a integrantes de la red de prestadores de servicios;

IV. Informar sobre la cartera de servicios disponibles para los beneficiarios del Programa;

V. Gestión de insumos no disponibles en la unidad;

VI. Coadyuvar en la tutela de derechos de los beneficiarios del Programa y;

VII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Supervisión y Monitoreo.

OBJETIVO GENERAL: Conocer a través de evaluaciones, observaciones, sugerencias o agradecimientos la satisfacción de los usuarios al Sistema. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

� Identificar la percepción de los usuarios sobre el proceso de atención médica, con base en volantes de observaciones, sugerencias o agradecimientos.

� Identificar el desempeño del personal de salud, a través de la aplicación de encuestas de opinión.

� Identificar problemáticas recurrentes con base en el monitoreo. � Identificar oportunidades de mejora aplicables al Sistema. � Conocer el grado de satisfacción sobre los servicios de salud con base en la opinión de los

usuarios. � Realizar seguimiento puntual de las problemáticas presentadas y proponer soluciones de

mejora.

FUNCIONES:

I. Realizar la apertura de los buzones de observaciones, sugerencias o agradecimientos de manera mensual instalados en unidades médicas dentro del Plan de Monitoreo de Atención Ciudadana;

II. Dar seguimiento a las observaciones, sugerencias o agradecimientos interpuestas por los usuarios al Sistema a través del Plan de Monitoreo;

III. Dar respuesta y seguimiento a las preguntas, quejas o sugerencias interpuestas por los usuarios a través del Sistema Nacional de Atención Ciudadana;

IV. Elaborar informe mensual de resultados de Plan de Monitoreo de Atención Ciudadana; V. Divulgar y orientar entre los beneficiarios los mecanismos para la presentación de

observaciones, sugerencias y agradecimientos relativos a la prestación de servicios; VI. Participar en equipo de supervisión estatal para la evaluación del desempeño de unidades

médicas; VII. Organizar, planear y realizar actividades de capacitación para la difusión del Sistema;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Supervisión y Monitoreo.

FUNCIONES VIII. Diseñar y aplicar encuestas de evaluación de la satisfacción de los usuario al Sistema; IX. Diseñar y reproducir material de difusión de los programas operativos del Sistema; X. Realizar evaluaciones periódicas del desempeño de unidades médicas; XI. Distribuir material de difusión de los programas que oferta el Sistema; XII. Elaborar manuales de organización y procedimientos; XIII. Participar en evaluaciones de las unidades médicas para fines acreditación y reacreditación y; XIV. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Sistema de Compensación Interestatal.

OBJETIVO GENERAL: Garantizar la portabilidad de derechos de los afiliados al Sistema de Protección Social en Salud en el País.

FUNCIONES:

I. Contribuir en lo que corresponda al seguimiento de los Convenios Interestatales de prestación de servicios;

II. Orientar al prestador de servicios y al usuario, sobre los beneficios y exclusiones de atención que los beneficiarios interestatales tienen en el marco del Convenio Interestatal de Prestación de Servicios;

III. Registro de casos atendidos en unidades médicas de la entidad;

IV. Validación de casos de afiliados del Régimen Estatal de Protección Social en Salud Colima en

otras entidades; V. Asesoría a familias sobre cartera de servicios y procedimientos de atención;

VI. Gestionar ante la unidad administrativa de pago en otras entidades en el país, lo

correspondiente a servicios médicos prestados a usuarios interestatales y; VII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Gastos Catastróficos.

OBJETIVO GENERAL: Coadyuvar en la notificación, registro, seguimiento y pago de servicios que son objeto del fondo de Protección contra Gastos Catastróficos.

FUNCIONES:

I. Facilitar la afiliación y ejecución de la misma, en apoyo a pacientes diagnosticados con patologías cubiertas por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos en el Estado;

II. Establecer enlace permanente con la Subdirección de Gestión Médica, de Afiliación y Financiera con la finalidad de agilizar y optimizar el proceso de atención médica al beneficiario del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos;

III. Elaborar expedientes de afiliación de beneficiarios del Fondo, escaneo de su documentación y entrega de la misma al área de Afiliación del Régimen Estatal de Protección Social en Salud;

IV. Asesorar a los beneficiarios del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, así como a los prestadores de servicios de los Centros Regionales de Alta Especialidad acreditados, con la finalidad de evitar el desembolso económico por parte del paciente;

V. Establecer Enlace directo con Directores y personal de los Centros Regionales de Alta Especialidad, fungiendo como orientadores y supervisores de las estrategias de adquisición de los insumos para la atención de la salud de los beneficiarios del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos;

VI. Aplicar encuestas de satisfacción a beneficiarios del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, encaminada a detectar anomalías durante la atención otorgada por los Centros Regionales de Alta Especialidad, así como para identificar áreas de oportunidad y debilidades del Sistema;

VII. Entrega de carta de derechos y obligaciones a beneficiarios del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, con el fin de difundir la cartera de servicios del Seguro Popular;

VIII. Registro, información y análisis de las actividades encomendadas por su Jefe inmediato; IX. Establecer enlace con proveedores externos con quienes se tiene celebrado convenio de

prestación de servicios, realizando el análisis de productividad y eficacia, así como de eventos licitatorios de estos servicios y;

X. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Cirugía Extramuros. OBJETIVO GENERAL: Gestionar y distribuir insumos del Programa Federal a unidades médicas de la entidad para facilitar la atención médica a los beneficiarios del Sistema.

FUNCIONES:

I. Obtener información de los registros estadísticos de los procedimientos quirúrgicos realizados por instancias gubernamentales a afiliados y a población abierta;

II. Concentrar información recolectada de unidades médicas que realizan procedimientos quirúrgicos y realizar informe mensual correspondiente;

III. Trasladar insumos médicos de la ciudad de México a la Entidad;

IV. Distribuir de forma equitativa, de acuerdo a productividad los insumos a las unidades prestadoras

de servicio médicos; V. Incentivar la realización de campañas de promoción de la salud que coadyuven en la

disminución del diferimiento quirúrgico; VI. Gestionar en caso necesario, apoyo con recursos humanos y materiales para la realización de

campañas intensivas de promoción en apoyo a la estrategia de cirugía extramuros y; VII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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DESCRIPCION DE FUNCIONES: Subdirección de Afiliación y Operación.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Subdirección Afiliación y Operación.

OBJETIVO GENERAL: Coordinar los procesos para la obtención de recursos y elaborar e implementar los controles administrativos necesarios que permitan el uso adecuado y transparente de los recursos presupuestales asignados al Sistema de Protección Social en Salud. OBJETIVO ESPÉCIFICO:

� Supervisar la implementación y desarrollo integral del sistema de control financiero y presupuestal en función al Programa Operativo Anual, de conformidad con las normas y lineamientos vigentes.

FUNCIONES:

I. Gestionar ante las instancias federales y estatales los recursos financieros correspondientes a la aportación solidaria estatal, aportación de cuota social y gasto de operación para la ejecución del sistema de protección social en salud;

II. Supervisar y validar las propuestas programáticas presupuéstales y del gasto de las diferentes fuentes de financiamiento, en observación de las políticas, normas, lineamientos y acciones vigentes;

III. Coordinar y validar el programa operativo anual en coordinación con las diferentes áreas y

responsables del programa;

IV. Controlar el ejercicio del presupuesto asignado a las diferentes acciones de protección social en salud;

V. Dirigir y supervisar la adecuada comprobación de los gastos realizados en los programas del

sistema de protección social en salud; VI. Aprobar las transferencias, ampliaciones y modificaciones que se realicen al presupuesto, en

base a la normatividad en materia del presupuesto federal y estatal vigente; VII. Emitir los informes de los estados financieros del ejercicio presupuestal y de las cuotas familiares,

en tiempo y forma de conformidad con los lineamientos establecidos;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Subdirección Afiliación y Operación.

FUNCIONES:

VIII. Supervisar el proceso de recepción de las cuotas de las familias, en conformidad con los

convenios, acuerdos o contratos establecidos;

IX. Actualizar y proponer indicadores de costos de acciones de salud, financiados mediante convenios, acuerdos o contratos, que permitan una adecuada compra y contratación de servicios;

X. Proponer y aplicar las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la administración de los

recursos humanos, financieros y materiales de la Dirección;

XI. Vigilar el cumplimiento y evaluar los alcances programáticos presupuestales de la Dirección y, en su caso, proponer los ajustes y recomendaciones que se consideren pertinentes;

XII. Definir y conducir la política de capacitación al personal de la Dirección, para el desarrollo y

mejoramiento de sus condiciones sociales, culturales, de seguridad e higiene en el trabajo; XIII. Participar por conducto de su titular en calidad de suplente del Director en el Subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Dirección; XIV. Custodiar y salvaguardar los muebles, inmuebles, vehículos y equipo propiedad o al servicio de la

Dirección; XV. Fungir como enlace para la integración de información necesaria para los juicios o

procedimientos en los que la Secretaría sea parte, derivado de actos o hechos generados por la Dirección;

XVI. Participar en la elaboración de propuestas para la actualización y desarrollo de disposiciones e

instrumentos jurídicos en las materias competencia de la Dirección, formulando los proyectos respectivos;

XVII. Expedir y certificar, en su caso, las copias de documentos o constancias que existan en los

archivos de la Dirección, cuando proceda o a petición de autoridad competente y; XVIII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Responsable de Administración del Padrón. OBJETIVO GENERAL: Registrar y controlar la información generada en las actividades de promoción y afiliación del Seguro Popular de Salud. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

� Analizar la base de datos para obtener y proporcionar información de la población afiliada a las áreas que lo requieran, así como de afiliación y reafiliación de familias registradas en el SAP (Sistema de Afiliación del Padrón).

� Generar reportes e informes requeridos con el fin de analizar el avance en materia de afiliación por zonas y evaluar las líneas de acción efectivas para incrementar el número de familias beneficiadas.

FUNCIONES:

I. Comprobar, ejecutar, consolidar, compilar y operar los procesos de validación en la base de datos del padrón, así como validar la consistencia de la información de los beneficiarios.

II. Dar conocer los resultados del padrón de afiliados a la Dirección de Planeación y Administración de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

III. Generar el proceso para la conciliación de cifras de cuotas familiares reportadas por la

Dirección General de Afiliación y Operación y los regímenes de protección social en salud en las entidades federativas y su validación para la consistencia de la información financiera con base en datos del padrón de beneficiarios, proporcionando los resultados en cuestión de percepción de cuotas al encargado de la gestión de recursos financieros;

IV. Seguimiento de recepción y cierre del padrón; V. Supervisar la sincronización y congruencia de los registros de usuarios en la base de datos

nacional de afiliados al Sistema; VI. Envío periódico del padrón de beneficiarios del Sistema a la Comisión nacional de

Protección Social en Salud; VII. Realizar cálculo de meta y envío a los coordinadores de jurisdicciones y personal de los

Módulos de Afiliación y Operación para su seguimiento;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Responsable de Administración del Padrón. FUNCIONES: VIII. Coordinar, supervisar y apoyar a los coordinadores de las jurisdicciones en el REPSS en la

realización de sus tareas;

IX. Gestionar el equipamiento de mobiliario, equipo de cómputo y acondicionamiento en los módulos fijos de afiliación y operación;

X. Supervisar en campo a los Módulos de Afiliación y orientación y jornada acumulada, así como

la revisión de cumplimiento de meta; XI. Capacitación, seguimiento y cumplimiento de normatividad al personal de los Módulos de

Afiliación y Operación (MAO); XII. Atender dudas sobre procedimientos de Afiliación y reafiliación del personal de los Módulos de

Afiliación y Operación (MAO), así como de administración de folios, usuarios inscritos en el Sistema de Administración del Padrón (SAP) y actualización de versiones del software y;

XIII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Promoción de módulo fijo o temporal.

OBJETIVO GENERAL: Facilitar a las familias y a las personas a través de la instalación de módulos fijos y temporales, el proceso de afiliación o reafiliación. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: � Evitar a los usuarios la derogación económica por el traslado de su comunidad a los módulos fijos. � Agilizar los trámites administrativos y de actualización de expedientes. � Acercar los servicios del Seguro Popular a las familias y las personas en el Estado.

FUNCIONES:

I. Informar a las familias y personas las intervenciones médicas contempladas en el Catálogo Universal de Servicios Esenciales en Salud (CAUSES);

II. Actualizar los datos de los miembros de la familia, como nuevos integrantes del hogar, deceso de alguno de ellos, cambios de domicilios, etc.;

III. Integrar al núcleo familiar los hijos solteros de 18 a 25 años de edad, que presenten constancia de estudios de alguna institución educativa con reconocimiento oficial;

IV. Recabar documentos en caso de que la familia no hubiera entregado de forma completa al momento de su afiliación;

V. Actualizar con base en Cédula de Evaluación de las Características Socio Económicas del Hogar (CECASOEH), el nivel contributivo de las familias o personas afiliadas al Sistema;

VI. Recabar firma en póliza y Cédula de Evaluación de las Características Socio Económicas del Hogar (CECASOEH) para oficializar la inscripción de la familia o persona al seguro popular;

VII. Entregar pólizas y constancias del seguro popular; VIII. Avisar a la familia o la persona que pertenezca al régimen contributivo para que pasen

a cubrir la cuota económica correspondiente; IX. Informar a la familia pertenezca al Programa Oportunidades que deberá seguir

cumpliendo con sus compromisos de corresponsabilidad como requisito para continuar recibiendo los apoyos que ese programa les proporciona;

X. Resguardar los expedientes familiares en el lugar correspondiente; XI. Entregar cartas de derechos y obligaciones y recabar firma para oficializar la entrega de

la misma; XII. Elaborar reportes de afiliación – reafiliación y; XIII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Departamento de Control Financiero.

OBJETIVO GENERAL: Administrar los recursos financieros y materiales disponibles en la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

FUNCIONES:

I. Administrar los recursos financieros generados de las diferentes fuentes de seguro popular (Cuota Social, Cuota Familiar, Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, Seguro Médico para una Nueva Generación y Sistema de Compensación Interestatal;

II. Atender necesidades y servicios generales de las diferentes áreas como son: administración del padrón, promoción y afiliación, brigadas, capacitación e implementación del expediente clínico electrónico y gestoría médica;

III. Realizar el pago de nómina quincenal al personal del Régimen Estatal de Protección Social en

Salud, así como elaborar la comprobación para el área de operación y pago de los Servicios de Salud;

IV. Vigilar y supervisar el parque vehicular del Régimen Estatal que se encuentran en las tres

Jurisdicciones Sanitarias, en cuanto a: gasolina, refacciones, mantenimiento, servicios y bitácoras de registro de uso diario;

V. Registro y control del resguardo de inventarios;

VI. Realizar acuerdos y oficios para la contratación de personal;

VII. Elaboración de oficios, memorándum y requisiciones para la solicitud de necesidades de

papelería, artículos de oficina, bienes informáticos y material de limpieza; VIII. Realizar trámites administrativos, elaboración de oficios y memorándum al área de recursos

financieros para el pago de luz, agua, teléfono y arrendamiento, así como la elaboración de contratos de arrendamientos de los inmuebles del Régimen Estatal (oficinas administrativas y módulos de afiliación);

IX. Solicitar a las áreas correspondientes la necesidad trimestral de papelería, realización de

concentrado general, así como también el costo total, para que sea considerado financieramente, elaborando la requisición y memorándum para su envío al área de adquisiciones para su surtimiento y;

X. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Coordinación Estatal del Gasto.

OBJETIVO GENERAL: Elaborar los estados financieros comprobatorios del gasto del Presupuesto de Egresos de la Federación con base en la normatividad establecida.

FUNCIONES:

I. Integrar las propuestas programáticas presupuestales y del gasto de las diferentes fuentes de financiamiento, en observación de las políticas, normas, lineamientos y acciones vigentes;

II. Revisar la información del ejercicio del gasto en acuerdo a los estados financieros del Sistema de Protección Social e Información Financiera (SPSIF);

III. Realizar registros financieros en el modulo de información del sistema del Presupuesto de

Egresos de la Federación (PEF), referente a compra de medicamentos y servicios; IV. Elaborar la distribución del presupuesto autorizado de acuerdo a lo programado por las

diferentes fuentes de financiamiento; V. Elaborar la información financiera trimestral de la Cuota Familiar (Anexo IV) de acuerdo a los

lineamientos establecidos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; VI. Emitir los informes de los estados financieros del ejercicio presupuestal de las diferentes fuentes

de financiamiento, en tiempo y forma de conformidad con los lineamientos establecidos en coordinación con los servicios estatales de salud;

VII. Supervisar el seguimiento de la aplicación y evaluación del gasto de operación de acuerdo al

programa, concepto y partida, de acuerdo al presupuesto autorizado; VIII. Supervisar la recepción de cuotas de las familias por parte del área de afiliación y los depósitos

al banco de las mismas, además del llenado del formato de conciliación de familias; IX. Seguimiento financiero a transferencias bancarias de los diferentes presupuestos autorizados y;

X. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Análisis Financiero.

OBJETIVO GENERAL: Integrar y elaborar información generada del proceso administrativo de adquisición de insumos, recursos y servicios para el logro de la comprobación del gasto con base en la normatividad establecida vigente. FUNCIONES:

I. Apoyar en la integración de la información para la elaboración de las propuestas programáticas presupuéstales y del gasto de las diferentes fuentes de financiamiento, en observación de las políticas, normas, lineamientos y acciones vigentes;

II. Elaboración de recibos para las transferencias del presupuesto del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos;

III. Revisar los recibos e informes de la recepción de cuotas de las familias por parte del área de

afiliación y los depósitos al banco de las mismas; IV. Integrar la información para la elaboración del reporte de servicios y medicamentos a la

Comisión Nacional de Protección Social en Salud; V. Dar seguimiento a la gestión de cobro con los Estados, de pacientes atendidos en nuestra

Entidad (Interestatales); VI. Tener actualizado los soportes legales (contratos, actas de comité de adquisiciones y

convenios); y VII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Departamento del Promoción y Afiliación. OBJETIVO GENERAL: Administrar los trabajos de promoción y afiliación al Sistema de Protección Social en Salud. OBJETIVOS ESPECIFICOS:

� Elaborar estrategias requeridas para detonar masivamente el interés de las familias a incorporarse al esquema de aseguramiento público.

� Desplegar los equipos de trabajo necesarios para atender a la población interesada en afiliarse al Seguro Popular.

FUNCIONES:

I. Organizar y coordinar operativos de campo para la promoción y afiliación de familias al seguro popular;

II. Formular estrategias para la difusión y promoción del seguro popular en el ámbito local; III. Diseñar elaborar y reproducir material para la promoción del seguro popular;

IV. Coordinar y evaluar el funcionamiento de los módulos temporales de afiliación y brigadas;

V. Conducir la capacitación del personal en materia de promoción y afiliación;

VI. Coordinar la promoción de los beneficios de los afiliados con organizaciones sociales y civiles;

VII. Identificar y determinar la población susceptible de afiliación al seguro popular; VIII. Realizar las gestiones necesarias, a fin de que los beneficiarios cumplan con los requisitos

establecidos para efectuar su afiliación; IX. Coordinar las acciones pertinentes con las autoridades estatales y municipales, organizaciones

civiles y sociales mediante reuniones de trabajo para generar la correcta y oportuna incorporación y orientación de las familias al seguro popular;

X. Supervisar la afiliación – reafiliación y orientación de las familias al seguro popular, mediante

mecanismos de control para integrar informes periódicos respecto de las actividades desarrolladas;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Departamento del Promoción y Afiliación. FUNCIONES:

XI. Actualizar los datos de los miembros de la familia, como nuevos integrantes del hogar, deceso de alguno de ellos, cambios de domicilios, etc.;

XII. Informar a las familias de los beneficios, en caso de nuevas intervenciones contempladas en el Catálogo Universal de Servicios de Salud vigente;

XIII. Integrar al núcleo familiar los hijos solteros de 18 a 25 años, que presenten constancia de

estudios de alguna institución educativa con reconocimiento oficial; XIV. Recibir documentos en caso de que la familia no hubiera entregado de forma completa al

momento de su afiliación; XV. Verificar el vencimiento de término de vigencia de la Cédula de Características Socio

Económicas del Hogar (CECASOEH) y realizar el levantamiento respectivo; XVI. Entregar póliza y constancia del seguro popular a afiliados;

XVII. Recabar firma en póliza y Cédula de Características Socio Económicas del Hogar, para oficializar

la inscripción de la familia al seguro popular; XVIII. Entregar carta de invitación a las familias y a las personas que se encuentren dentro del régimen

contributivo para que acudan al modulo temporal o fijo mas cercano a realizar el pago de cuota correspondiente;

XIX. Explicar al titular de la familia que deberá seguir cumpliendo con sus compromisos de

corresponsabilidad del programa Oportunidades, como requisito para continuar recibiendo los apoyos que ese programa les proporciona;

XX. Entregar de carta de derechos y obligaciones y recabar firma para oficializar la entrega de la

misma; XXI. Elaborar reportes de afiliación – reafiliación;

XXII. Proporcionar orientación a las familias para que conozcan la importancia de renovar su

afiliación, así como de los documentos que debe contener su expediente familiar y; XXIII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Coordinación de Soporte Técnico.

OBJETIVO GENERAL: Operar y administrar los recursos informáticos disponibles para el funcionamiento administrativo y de servicio de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Colima. FUNCIONES:

I. Realizar mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de cómputo de las diferentes áreas administrativas y operativas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud;

II. Realizar la instalación de redes de cómputo, enlaces de internet y telefonía; III. Monitorear la red de cómputo instalada (seguridad y operatividad);

IV. Diseño, mantenimiento y actualización de página Web del REPSS Colima;

V. Administrar el Call Manager, servidor Web, Sistema de Administración al Padrón (SAP) y Promotools,

así como de los sistemas de información de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; VI. Monitorear el ancho de banda del servicio de Internet;

VII. Realizar mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de cómputo y dispositivos periféricos;

VIII. Proporcionar soporte técnico en el manejo de aplicaciones informáticas, revisión de dispositivos de

almacenamiento y respaldo de información; IX. Revisar y determinar equipo de cómputo, dispositivos periféricos en condiciones de falta de

operatividad y turnarlo al área de control de inventario; X. Administrar las órdenes de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipo

informático; XI. Realizar instalación de equipo de cómputo para la operación de módulos de afiliación temporal;

XII. Apoyar en la realización de envíos de información (Bases de datos) del padrón de afiliados;

XIII. Asistir al área de control de asistencia con el manejo informático de los registros y:

XIV. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Coordinación de Archivo.

OBJETIVO GENERAL: Realizar la organización, control y ordenamiento administrativo de los expedientes de los usuarios al Sistema de acuerdo a normatividad para su consulta y actualización posterior.

FUNCIONES:

I. Recibir expedientes generados en módulos fijos, temporales y de brigadas;

II. Validar el orden de la documentación en expedientes de acuerdo al anexo I y IV; III. Verificar los registros de los afiliados al Sistema en el Sistema de Administración del Padrón y

ARCHIPAD; IV. Ordenar los registros de acuerdo al módulo de afiliación y operación que lo genere;

V. Realizar ordenamientos de registros de manera cronológica;

VI. Validación del estatus de expedientes de usuarios;

VII. Elaborar los instrumentos de identificación adecuados que permitan un correcto acceso y

gestión administrativa de la documentación; VIII. Establecer criterios sobre transferencia, selección, eliminación y gestión documental; IX. Ofrecer servicios de acceso documental, como consulta y préstamo y;

X. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

CONTROL DE EMISIÓN

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Coordinación de Brigada. OBJETIVO GENERAL: Coordinar las acciones y actividades operativas de los Programas del Seguro Popular, se realicen de acuerdo programado e impacten en los usuarios y beneficiarios.

FUNCIONES:

I. Participar en las actividades de promoción, afiliación y reafiliación de acuerdo a las normas y lineamientos establecidos;

II. Motivar a las personas a su cargo para garantizar el adecuado desempeño de los mismos y el cumplimiento de las metas;

III. Recibir, organizar, resguardar y dotar al personal los materiales y equipo para la promoción y

afiliación de familias y personas; IV. Supervisar que los promotores inviten a los beneficiarios de las familias afiliadas a conocer los

derechos y obligaciones como afiliados; V. Verificar el adecuado manejo y control de los documentos probatorios de las familias;

VI. Entregar al jefe directo o personal que éste designe el efectivo o ficha de depósito de la

cuenta bancaria designada para tal efecto, del monto recabado por concepto de aportaciones de cuota familiar;

VII. Asegurar la confidencialidad y calidad de la información; VIII. Supervisar la integración de la documentación al expediente de cada familia afiliada, en el

orden correspondiente conforme a los anexos 1 y 4; IX. Resguardar los expedientes familiares en el lugar físico designado;

X. Supervisar la entrega de los expedientes familiares al modulo fijo correspondiente;

XI. Realizar respaldos periódicos de las bases de datos, con el fin de asegurar la información

capturada en caso de alguna contingencia; XII. Verificar que se promueva ante los beneficiarios del sistema el uso responsable de los servicios

de salud; XIII. Informar al jefe directo de cualquier situación irregular que se presente durante el desempeño

de su labor y; XIV. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

CONTROL DE EMISIÓN

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Difusión y Promoción.

OBJETIVO GENERAL: Difundir y promover las diferentes actividades de los Programas del Seguro Popular, con la finalidad de mantener informada a la ciudadanía.

FUNCIONES:

I. Elaborar material promocional para la difusión de campañas estatales de promoción de los programas del Seguro Popular (dípticos, trípticos, volantes y carteles, etc.);

II. Realizar / editar guiones radiofónicos (spot promocionales); III. Realizar spot radiofónicos informativos sobre periodos de afiliación al Seguro Popular;

IV. Realizar videos para generar memoria audiovisual de los diferentes eventos y actividades en el

Seguro Popular; V. Realizar diseños de pinta de bardas, fachadas de módulos, farmacias y edificios relacionados

con la imagen institucional del Seguro Popular; VI. Diseño de estrategias para la realización de pláticas informativas dirigidas a personal de salud,

beneficiarios, grupos de ayuda mutua, organizaciones civiles y público en general; VII. Realizar tarjetas informativas de actividades del Seguro Popular y;

VIII. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Promoción de Brigada.

OBJETIVO GENERAL: Participar en actividades operativas de afiliación, reafiliación, promoción y difusión de los programas operativos del Seguro Popular en beneficio de los usuarios.

FUNCIONES:

I. Garantizar el cumplimiento de la meta, debiendo considerar diferentes aspectos, desde la etapa de la elaboración del cronograma de actividades para la afiliación - reafiliación de las familias, hasta el desarrollo de actividades de las mismas y evaluación;

II. Realizar actividades de organización previo a operativos de campo como: cronograma de

actividades, programación de jornadas de promoción y capacitación del personal operativo, difusión (en medios masivos e impresos), conformación de las brigadas, distribución de materiales promocionales, concertación de reuniones con familias a afiliar - reafiliar, sensibilización y operativos en campo;

III. Difundir en las familias los nuevos beneficios, en caso de nuevas intervenciones contempladas

en el Catálogo Universal de Servicios de Salud vigente; IV. Actualizar de los datos de los miembros de la familia, como nuevos integrantes del hogar,

deceso de alguno de ellos, cambios de domicilios etc.; V. Integrar al núcleo familiar los hijos solteros de 18 a 25 años de edad, que presenten

constancia de estudios de alguna institución educativa con reconocimiento oficial; VI. Recolectar de manera domiciliaria documentos en caso de que la familia no hubiera

entregado de forma completa al momento de su afiliación; VII. Verificar término de vigencia de la Cédula de Evaluación de las Características Socio

económica de Hogar y realizar el levantamiento respectivo; VIII. Recabar firma en póliza y Cédula de Evaluación de las Características Socio económica de

Hogar para oficializar la inscripción de la familia al seguro popular; IX. Entrega de póliza y constancia de inscripción al Seguro Popular;

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Promoción de Brigada. FUNCIONES: X. Informar y explicar al titular participante en el programa oportunidades que deberá seguir

cumpliendo con sus compromisos de corresponsabilidad, como requisito para continuar recibiendo los apoyos que les proporciona;

XI. Entregar carta de invitación a las familias que pertenezcan al régimen contributivo para que acudan al módulo temporal o fijo más cercano a su domicilio a realizar el pago de su cuota familiar correspondiente;

XII. Entrega de carta de derechos y obligaciones; XIII. Elaboración de reporte de afiliación – reafiliación; XIV. Garantizar que las familias se reafilien al seguro popular, a través de los mecanismos de

promoción y estrategias operativas; XV. Proporcionar orientación a las familias para que conozcan la importancia de renovar su

afiliación, así como de los documentos que debe contener su expediente familiar y; XVI. Las demás que sean necesarias para cubrir las funciones conferidas al cargo.

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CONTROL DE VERSIÓN:

Número de Versión

Fecha de Revisión Descripción del Cambio

1.0 Enero de 2009 La emisión del manual de organización, tiene su sustento en las atribuciones que tiene encomendada la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, se encuentran la de determinar los manuales de organización, que de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las dependencias deberán realizar y mantener permanentemente actualizados sus manuales administrativos.

2.0 Enero de 2010 La emisión del manual tuvo el objetivo de incorporar las

atribuciones de las diferentes entidades administrativas, así como

las funciones del personal responsable de la Dirección del Régimen

de Protección Social en Salud.

2.1 Junio de 2010 La emisión del presente manual tiene el objetivo actualizar los

cambios en la estructura organizativa, atribuciones y funciones del

personal responsable de la Dirección del Régimen Estatal de

Protección Social en Salud.

2.1 Junio de 2011 La emisión del presente manual tiene el objeto de actualizar los

cambios en las atribuciones y funciones de la Dirección del

Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

CONTROL DE REVISIÓN:

No. de Revisión

Apartado afectado

Pág. (s) afectadas

Naturaleza del cambio

Motivo del cambio

Fecha de vigencia

1 Portada 1 Actualización Actualización Jun./10

1 Autorización 1 Actualización Actualización Jun./10

1 Índice 1 Actualización Actualización Jun./10

1 Directorio 1 Actualización Actualización Jun./10

1 Estructura

Orgánica

1 Actualización Actualización Jun./10

1 Organigrama 1 Actualización Actualización Jun./10

1 Grupo de Trabajo 1 Actualización Actualización Jun./10

1 Subdirección de

Gestión Médica

1 Incorporación Incorporación Jun./10

1 Atribuciones de la

Dirección

1 Actualización Actualización Jun./11

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GLOSARIO DE TRABAJO: CONCEPTO DESCRIPCIÓN

Acuerdo de Gestión

Contrato que define los servicios a prestar sobre un catálogo de intervenciones y tarifas convenidas que determinan la transferencia de recursos del financiador a proveedor.

Catálogo Universal

de Servicios de Salud

(CAUSES)

Documento indicativo de referencia para la operación operativo del Sistema de Protección Social en Salud. En él se definen y describen las patologías y servicios de salud de primero y segundo nivel de atención a los que tienen derecho los afiliados del Seguro Popular.

CECASOEH

Cédula de Características Socioeconómicas del Hogar. Instrumento estandarizado elaborado por la Secretaría que es aplicado por los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud para la determinación del nivel socioeconómico de la familia que solicita su afiliación al Sistema de Protección de Salud y sirve para la identificación del núcleo familiar y sus integrantes, así como para la determinación de la cuota familiar correspondiente.

Comisión Nacional

de Protección Social

en Salud

Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud con autonomía técnica,

administrativa y operativa cuya función consiste en ejercer las atribuciones que

en materia de protección social en salud le otorgan la Ley General de Salud, el

Reglamento correspondiente y los demás ordenamientos aplicables.

Convenio de

Compensación

Económica

Interestatal

Acuerdo entre las entidades federativas para garantizar un servicio de salud

integral a los derechohabientes del Seguro Popular que tienen derecho por su

afiliación al SPSS, en cualquier punto del país, sin importar su lugar de

procedencia al momento de solicitar atención, mediante un sistema de

compensación interestatal que cubra los costos en que incurren las unidades

médicas de salud por la provisión de dichos servicios.

Coordinación Proceso por el que se procura la acción conjunta de dos o más partes entre sí,

de tal manera que funcionen armónicamente y en concordancia, a efecto de

obtener de cada unidad administrativa la máxima contribución para el logro de

un propósito común.

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Decil de ingreso Clasificación que ubica a los hogares del país conforme a su ingreso, que permite analizar su concentración de ingreso en una población para valorar equidad o inequidad conforme a la metodología que para el efecto haya realizado el INEGI para determinar el ingreso y gasto de los hogares.

Delegación de

autoridad

Acto de facultar a un subordinado para tomar decisiones, emitir instrucciones

específicas y responsabilidad a un subalterno y en algunos casos, otorga la

autoridad que necesita cuando va a desempeñar tales funciones.

Delegación de

funciones

Acto bilateral mediante el cual un superior jerárquico confiere funciones

específicas y responsabilidades a un subalterno y en algunos casos, otorga la

autoridad que necesita cuando va a desempeñar tales funciones.

Eficacia Grado en que se realizan las actividades planificadas y se alcanzan los

resultados planificados.

Eficiencia Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados.

Embarazo Saludable

Programa de salud que se pone en marcha a partir del 09 de mayo del 2008,

como una ampliación de SMNG, por el cual se garantiza en todo momento la

incorporación al Sistema, a todas aquellas mujeres con diagnóstico de

embarazo, sin considerar el tiempo de gestación que tengan, a fin de proteger

la salud de la mujer durante todo su embarazo y al momento del parto, así

como al recién nacido desde el momento mismo de su nacimiento.

Estrategia Planes estructurados para lograr los objetivos.

Familias Beneficiadas

Aquellas familias que no son derechohabientes de la seguridad social y que

deciden afiliarse al Seguro Popular de Salud. Está formada por el padre, la

madre, los hijos menores de 18 años y los abuelos mayores de 65 años y que

sean dependientes económicos.

Fondo de Protección

Contra Gastos

Catastróficos (FPGC)

Fondo sin límite de anualidad presupuestal que apoya el financiamiento del

tratamiento de enfermedades de alto costo que generan gastos catastróficos.

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Función Conjunto de actividades afines de un órgano o unidad administrativa, dirigidos

a cumplir con los objetivos institucionales, de cuyo ejercicio es responsable un

órgano o unidad administrativa.

Gestor de Salud Enlace permanente entre el beneficiario del Sistema y los diferentes prestadores de servicios de salud, organizados en redes de establecimientos de atención médica, a fin de que se pueda proporcionar asesoría tanto al beneficiario como al prestador de las diferentes carteras de servicios.

Licitación Pública

Procedimiento administrativo que consiste en una invitación a proveedores a

presentar las ofertas técnicas y económicas, de acuerdo a bases previamente

determinadas con la finalidad de obtener la oferta más beneficiosa para la

Administración.

Liderazgo Proceso de dirigir y orientar las actividades de los miembros de un grupo,

influyendo en él para encauzar sus esfuerzos hacia la consecución de una meta

o metas específicas.

Manual administrativo Documento que proporciona en forma ordenada y sistemática, la información

necesaria para la operación de una organización, como son; manuales de

operación, manuales de organización, manuales de procedimientos, manual de

gestión de la calidad y manuales de servicios.

Manual de

organización

Instrumento de información que expone con detalle la estructura orgánica de

una unidad administrativa, señalando los puestos y las relaciones que existen.

También se hace referencia a los niveles jerárquicos, a los grados de autoridad y

a las funciones de los órganos.

Misión Declaración que describe el propósito o razón de ser de una organización.

Módulo de Afiliación y Orientación (MAO)

Espacios físicos fijos y móviles con personal capacitado establecidos por los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud para afiliar a las familias y proporcionarles la información que soliciten sobre trámites y servicios del Sistema de Protección Social en Salud.

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Norma Ordenamiento imperativo y específico de acción que persigue un fin

determinado con la característica de ser rígido en su aplicación. Regla de

conducta o precepto que regula la interacción de los individuos en una

organización, así como la actividad de una unidad administrativa o de toda

institución. Generalmente la norma conlleva una estructura de sanciones para

quienes no la observen.

Organización Es la disposición y arreglo de los distintos órganos o unidades de que se

compone un organismo administrativo y la relación que guardan esas unidades

entre sí, así como la forma en que se encuentran repartidas las actividades

entre las unidades.

Padrón Relación nominal que contiene los elementos señalados en las disposiciones jurídicas aplicables, de las familias afiliadas al Sistema de Protección Social en Salud, incluida la información socioeconómica derivada de su incorporación.

Perfil de puesto Es el proceso que permite identificar las aptitudes, cualidades y capacidades

que, conforme a su descripción son fundamentales para ocupación y

desempeño del mismo.

Póliza de afiliación (Constancia de

inscripción).

Documento emitido por el Sistema de Administración del Padrón que sirve como comprobante de incorporación al Sistema de Protección Social en Salud.

Procedimiento Descripción de las etapas que deben seguir los responsables para obtener un

resultado determinado.

Proceso Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las

cuales transforman elementos de entrada en resultados.

Régimen Estatal de Protección Social en Salud

Estructura administrativa, dependientes de los Servicios Estatales de Salud, encargadas de garantizar las acciones de protección social en salud mediante el financiamiento y la coordinación eficiente, oportuna y sistemática de la provisión de los servicios de salud a la persona en el Sistema de Protección Social en Salud, las cuales deberán realizar su actividad de manera independiente de la provisión de servicios de salud.

Reglas de Operación (ROP)

Disposiciones a las cuales se sujetan determinados programas y fondos federales con el fin de asegurar la aplicación transparente, eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos.

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Seguro Médico para

una Nueva

Generación (SMNG)

Programa que promueve la atención preventiva y la detección temprana de

enfermedades, daños a la salud y garantiza la cobertura integral en servicios de

salud a los niños mexicanos nacidos a partir del primero de diciembre del 2006,

que no sean derechohabientes de alguna institución de seguridad social.

Seguro Popular de

Salud

Esquema de aseguramiento perteneciente al SPSS de carácter público y

voluntario, que brinda protección financiera en materia de salud a las familias

que por su condición laboral y socioeconómica no son derechohabientes de las

instituciones de seguridad social.

Sistema Proceso cíclico que consiste en un conjunto de partes relacionadas entre sí,

capaces de transformar insumos en productos para satisfacer demandas de su

ambiente. Consta de insumos-proceso-productos-ambientes. Los hay abiertos y

cerrados.

Sistema de Gestión

de Gastos

Catastróficos

(SIGGC)

Aplicación informática basada en la Web, que opera en línea e integra los

procedimientos que realizan los diferentes actores a nivel estatal y nacional. Es

un instrumento que coadyuva al registro, validación, seguimiento y pago de los

servicios que son objeto del FPGC.

Sistema de

Referencia Y

Contrarreferencia

Procedimiento médico-administrativo de coordinación que constituye el enlace

entre las unidades operativas de los tres niveles de atención que conforman la

red de servicios, con el propósito de brindar a los usuarios atención médica

integral y oportuna en las unidades que, conforme al padecimiento del

paciente y la capacidad resolutiva de la unidad, resulten más convenientes.

Unidad Administrativa Cada una de las áreas que integran a la Dependencia o Entidad, las cuales se

encuentran representadas en el organigrama y en el presupuesto de egresos.

Tutela de Derechos

Integra la divulgación entre los afiliados al Sistema de sus derechos y obligaciones, así como de mecanismos de presentación de observaciones y sugerencias. Además de la vigilancia en el cumplimiento de los servicios contemplados en el Catálogo Universal de Servicios de Salud vigente y en la Ley.

Visión Declaración en la que se describe cómo desea ser la organización en el futuro.

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REFERENCIAS:

ACUERDO de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Colima, para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud en dicha entidad federativa. Recuperado el día 03 de enero de 2010, de http://compilacion.ordenjuridico.gob.mx/listDependencia.php?idDep=116&idPoder=1&idGrupo=5&idDepUp=16. Publicado el día 26 de octubre de 2005.

Código de Ética. Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo. Disponible el día 14 de septiembre

de 2009, http://oic.sep.gob.mx/portalv2/doc/CODIGOETICADOF.pdf. Publicado el día 31 de julio de 2002.

Convenio marco de colaboración y coordinación en materia de prestación de servicios médicos y compensación económica entre entidades federativas por la prestación de servicios de salud a los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, que celebran los Servicios Estatales de Salud de las treinta entidades federativas y del Distrito Federal, y la Secretaría de Salud. Recuperado el día 02 de enero de 2010, de http://www.salud.df.gob.mx/ssdf/seguro_popular/index/pdf/21.pdf. Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de marzo de 2008. Decreto 219 de Procedimiento Administrativo del Estado de Colima y sus Municipios. Recuperado el día 09

de enero de 2010, de http://www.ordenjuridico.gob.mx/Estatal/COLIMA/Leyes/COLLEY098.pdf.

Decreto DE Reforma a la Ley General de Salud. Recuperado el 12 de enero de 2010, de

http://salud.edomex.gob.mx/html/doctos/seguropopular/mjuridico/ref_leygendesalud.

Guía Técnica para la Elaboración de Manuales de Procedimientos de la Secretaría de Salud. Dirección de

Diseño y Desarrollo Organizacional, México, D.F. Disponible el día 16 de septiembre de 2009, de

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/documentos/DOCSAL7462.pdf. Publicado en junio de 2004.

Ley General de Salud. Disponible el día 24 de agosto de 2009, de

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf. Última Reforma DOF 19-06-2007.

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima. Disponible el día 24 de agosto de 2009, de

http://www.congresocol.gob.mx/legislacion.html y Última Reforma Dec. 142, de fecha 26 de mayo de 2010. P.O.

22 Supl. 3.

Ley orgánica de la administración pública del estado de Colima. Recuperado

http://www.osaf.gob.mx/marcolegal/LeyesEstatales/LEY_ORGANICA_ADMINISTRACION_PUBLICA.pdf o el día 01 de

enero de 2010, de http://www.osaf.gob.mx/marcolegal/LeyesEstatales/LEY_ORGANICA_ADMINISTRACION.pdf

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Ley orgánica de la administración pública federal. Recuperado el día 01 de enero de 2010, de

http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153.pdf.

Lineamientos para la afiliación, operación, integración del padrón nacional de Beneficiarios y determinación de la

cuota familiar del sistema de protección Social en salud. Recuperado el día 08 de enero de 2010, de

http://seguro-

popular.cnpss.gob.mx/images/contenidos/Normateca/Spss/lineamientos_afiliacion_operacion_padron.pdf.

Guía Técnica para la Elaboración de Organización Específicos de la Secretaría de Salud. Dirección

General de Programación, Organización y Presupuestación. Recuperado el día 12 de enero de 2010, de

http://dgpop.salud.gob.mx/descargas/Guxa_para_elaborar_Manuales_de_Organizacion_de_la_SSA.pdf

Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Colima y sus Municipios. Disponible el día 06 de octubre

de 2009, de http://www.congresocol.gob.mx/legislacion.html.

Ley General de Salud. Recuperado el día 01 d enero de http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142.pdf

.Programa Nacional de Salud 2007 – 2012. Disponible el día 01 de enero de 2010, de http://www.seguro-

popular.salud.gob.mx/images/contenidos/Normateca/Spss/programa_accion_especifica_ssp.pdf.

Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. Disponible el día 24 de agosto de

2009, de http://salud.edomexico.gob.mx/html/doctos/seguropopular/mjuridico/regint_comision_nal_pss.pdf

Reglamento Interno de la Secretaría de Salud de Colima. Recuperado el día 13 de enero de 2010, de

http://www.colima-estado.gob.mx/transparencia/archivos/SECRETARIA_DE_SALUD.pdf.

Reglas de Operación del Seguro Médico para un Nueva Generación. Recuperado el día 05 de enero de 2010, de

http://www.seguro-popular.salud.gob.mx/images/contenidos/Pef/2010/reglas_operacion_2010_smng.pdf.

Catálogo Universal de Servicios de Salud, 2010. D.R. © Secretaría de Salud. Sistema de Protección Social en Salud.

Recuperado el día 12 de enero de 2010, de http://www.seguro-popular.gob.mx/.

Cirugía extramuros. Comisión Nacional de Protección Social en Salud. Recuperado el día 16 de enero de 2010, de

http://bibliotecas.salud.gob.mx/gsdl/collect/publin1/index/assoc/HASH01cf.dir/doc.pdf.

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GRUPO DE TRABAJO:

Coordinación

DR. JOSÉ ISMAEL MARISCAL

Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

DR. ANGEL AGUIRRE ORTIZ Subdirector de Gestión Médica

C.P. RAMÓN PRECIADO BRIZUELA

Subdirector de Afiliación y Operación

C.P. RAYMUNDO ANZAR HERRERA

Jefe del Departamento de Control Financiero

DRA. ALEJANDRA CHAVOYA LOZA Jefa del Departamento de Gastos Catastróficos e Interestatales

LIC. GERARDO BAUTISTA LARIOS

Jefe del Departamento del Promoción y Afiliación

ING. ERENDIRA ARACELY MENDOZA CEBALLOS Responsable de Administración del Padrón

Asesoría

D. en C. Alma Rosa G. Fernández Salinas Coordinadora Estatal de Investigación en Salud

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