manual de operaciones de carga y · pdf filepágina 1 de 54 manual de operaciones de la...

Download MANUAL DE OPERACIONES DE CARGA Y · PDF filepágina 1 de 54 manual de operaciones de la carga y pasajeros reglamentaciÓn del servicio de transporte marÍtimo yungay-tortel- edÉn-natales

If you can't read please download the document

Upload: vonga

Post on 06-Feb-2018

230 views

Category:

Documents


5 download

TRANSCRIPT

  • Pgina 1 de 54

    MANUAL DE OPERACIONES DE LA

    CARGA Y PASAJEROS

    REGLAMENTACIN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE MARTIMO YUNGAY-TORTEL- EDN-NATALES

    Punta Arenas, Marzo 2016

  • Pgina 2 de 54

    CAPTULO 1: OBJETIVO Y ALCANCE

    El Objetivo del presente manual de operacin es consignar en un cuerpo reglamentario los procedimientos a seguir para efectuar cada una de las actividades que deben realizarse en el servicio de transporte martimo de Yungay Tortel Edn - Natales, con el objeto de asegurar que los usuarios puedan conocer los servicios prestados a travs de normas y procedimientos pblicos y a su vez regularlos.

    El presente Manual de operaciones ha sido elaborado por la empresa Transbordadora Austral Broom S.A., en adelante la Empresa, indistintamente, dando cumplimiento a lo establecido en el Contrato de Servicio de Transporte Martimo de Pasajeros y Carga entre Yungay Tortel Edn - Natales y contiene la identificacin, las tarifas y la descripcin de los procedimientos aplicables a los servicios que presta la Empresa.

    Este manual contiene las normas que regulan la relacin entre la Empresa, y los usuarios que requieren sus servicios, en los sectores operacionales. Asimismo, indica la identificacin, descripcin y aplicacin de tales servicios, en conformidad a las normas vigentes, dispuestas por los organismos que corresponda.

    Se deja expresa constancia en este mismo cuerpo reglamentario, que la vigencia del presente manual de operacin ha sido puesta en pblico conocimiento y a disposicin de los organismos gubernamentales pertinentes y para los usuarios del servicio.

    Las disposiciones normativas que contiene el presente reglamento, sean operativas, tarifarias, reglamentarias o de carcter administrativo, operan de pleno derecho en aquellos servicios que especficamente presta la Empresa. Las tarifas fijadas no podrn sufrir recargos adicionales a los sealados en las bases de licitacin y en el contrato que regulan el presente servicio, por lo tanto, los usuarios de los servicios se obligan a pagarlas en los trminos que all se dispone y seguir las normas de la Autoridad Martima que ha dispuesto en el transporte martimo.

    La estructura del presente Manual de Operaciones de la Carga y Pasajeros ser la siguiente:

    CAPTULO 1 : OBJETIVO Y ALCANCE Pg. 2

    CAPTULO 2 : CONTENIDO GENERAL Y DEFINICIONES Pg. 3

    CAPTULO 3 : DEL AMBITO DE APLICACIN Pg. 8

    CAPTULO 4 : DE LAS RESERVAS Pg. 9

    CAPTULO 5 : DE LAS VENTAS DE PASAJES Y CARGA Pg. 11

    CAPTULO 6 : DE LA PRESENTACION AL TERMINAL Pg. 12

    CAPTULO 7 : DE LA PRELACION DE EMBARQUE Pg. 13

    CAPTULO 8 : DE LOS SERVICIOS A LOS PASAJEROS Pg. 16

    CAPTULO 9 : DE LAS TARIFAS Pg. 17

    CAPTULO 10 : DE LA SEGURIDAD DE LA CARGA Y PASAJEROS Pg. 18

    CAPTULO 11 : DE LA REGLAMENTACION DE LA AUTORIDAD MARTIMA Pg. 29

    CAPTULO 12 : OTRAS DISPOSICIONES Pg. 30

  • Pgina 3 de 54

    CAPTULO 13 : ANEXOS Pg. 31

    CAPTULO 2: CONTENIDO GENERAL Y DEFINICIONES

    ARTCULO 1

    Para los efectos del presente Reglamento, y para efectos de otras regulaciones o normas relacionadas con ste y obligaciones contractuales del personal embarcado, los siguientes trminos o siglas tendrn las significaciones que a continuacin se indican:

    Agente de Naves: Es la persona - natural o jurdica - chilena que acta en nombre y representacin del Armador, del dueo o del Capitn de una Nave, para todos los actos, contratos o gestiones concernientes a la atencin de la Nave en el Puerto.

    Armador: Es la persona natural o jurdica, sea o no propietaria de la Nave, que la explota y expide en su nombre.

    Arqueo Bruto: El registrado como tal, o como tonelaje de registro grueso (TRG), en los pertinentes certificados del buque emitidos por la Autoridad Martima.

    Arqueo Neto (AN): Es la expresin de la capacidad utilizable de una nave, que se determina en base al volumen de todos los espacios cerrados de la nave, destinados al transporte de carga.

    Artefacto Naval: Es todo aquel artefacto flotante que, no estando construido para navegar, cumple en el agua funciones de complemento o de apoyo a las actividades martimas, fluviales o lacustre, o de extraccin de recursos, o de explotacin de los recursos martimos, tales como diques, gras, gabarras, chatas, pontones, plataformas fijas o flotantes, balsas u otros similares. No se incluyen en este concepto las obras portuarias aunque se internen en el agua.

    Aspirante a Oficial: Es la persona que est recibiendo instruccin a bordo de naves mayores, para optar a un ttulo de oficial.

    Aspirante a Tripulante: Es la persona que est recibiendo instruccin a bordo de naves mayores, o menores, segn corresponda, para optar a un ttulo de tripulante.

    Autoridad Martima: El Director General, que ser la autoridad superior, los gobernadores martimos, los capitanes de Puerto, los alcaldes de Mar de acuerdo a las atribuciones especficas que el Director General determine y los cnsules, en los casos que la ley seale.

    Calado de Arribo: Es la lectura que realiza la Empresa de los calados sealados en proa y popa de una Nave, al momento de su Atraque al Sitio.

    Calado de Zarpe: Es la lectura que realiza la Empresa de los calados sealados en proa y popa de una Nave, al momento de su desatraque del Sitio.

    Capitn: Es el jefe superior de la Nave, encargado de su gobierno y direccin, que est investido de la autoridad, atribuciones y obligaciones que se indican en el Cdigo de Comercio, en la Ley de Navegacin y dems normas pertinentes.

    Carga Peligrosa: Es todo aquel material o artculo incorporado en el listado de mercancas peligrosas del Cdigo Martimo Internacional de Mercancas Peligrosas de la Organizacin Martima

  • Pgina 4 de 54

    Internacional. Se consideran como peligrosas, adems, las cargas a las que se apliquen los criterios establecidos por el Cdigo Martimo Internacional de Mercancas Peligrosas para la calificacin de este tipo de sustancias, o las mercancas y artculos calificados como peligrosas por las autoridades nacionales competentes, tales como la Direccin General del Territorio Martimo y Marina Mercante, los Servicios de Salud, el Instituto de Salud Pblica, el Servicio Agrcola y Ganadero, la Comisin de Energa Nuclear, el Instituto de Normalizacin, entre otros.

    Carga sobre Cubierta: Carga que se transporta en cubierta de la nave. Todo embarque sobre cubierta estar sujeto a las regulaciones de la Cmara de Comercio, Ley de Navegacin y a las disposiciones del presente reglamento. El transporte sobre cubierta, normalmente, no constituye bodegaje o en Paoles.

    Certificado de Competencia: Documento expedido por la Autoridad Martima al personal embarcado u otros, en conformidad a las disposiciones Reglamentarias y del Convenio Internacional sobre Formacin y Titulacin, que acredita la aprobacin de los cursos modelo OMI exigidos en el Convenio.

    Cliente o Usuario: Es toda persona distinta a la dotacin de la Nave, tambin denominada pasajeros.

    Consignatario: Es la persona habilitada por el conocimiento de embarque incluido en el Manifiesto, o en el documento que haga sus veces, para recibir las mercancas de manos del Transportador.

    Convenio: Convenio Internacional sobre Normas de Formacin, Titulacin y Guardia para la Gente de Mar, vigente en el pas.

    Cuadro Regulador de Trabajo a Bordo: normativa a bordo autorizada por la autoridad martima y el capitn, regula jornada legal, los turnos de trabajo a bordo, funciones de la dotacin y los descansos del personal embarcado de acuerdo al artculo 199 del Cdigo del Trabajo y del Reglamento de Trabajo a bordo de la Marina Mercante de Chile.

    DGTM y MM: Es la Direccin General del Territorio Martimo y Marina Mercante de Chile.

    Direccin General: La Direccin General del Territorio Martimo y de Marina Mercante.

    Director General: El Director General del Territorio Martimo y de Marina Mercante.

    Embarcador o Cargador: Es toda persona que por s o por medio de otra que acta en su nombre o por su cuenta, ha celebrado un contrato de transporte martimo de mercancas con un Transportador y toda persona que por s o por medio de otra que acte en su nombre o por su cuenta, ha entregado efectivamente las mercancas al Transportador, en virtud del contrato de transporte martimo.

    Empresa: es el Armador o la Empresa Transbordadora Austral Broom S.A., adjudicataria del servicio de transporte martimo de Yungay Tortel Edn - Natales.

    Equipaje de Mano: Corresponde a los efectos personales que porta el pasajero, cuyo peso mximo libre de cargo, no debe exceder de 20 kilogramos. El equipaje que exceda este peso ser cobrado segn lo indicado en Tarifado Anexo 1.

    Eslora Mxima: Es la longitud mxima de la Nave, considerada desde los puntos exteriores ms extremos de la misma.

    Evaluacin de Competencia: Proceso que efecta la Autoridad Martima a bordo y/o en simulador y/o a travs de un examen escrito, a los postulantes a un ttulo, con el propsito de comprobar sus

  • Pgina 5 de 54

    conocimientos, habilidades y destrezas, para desempear sus funciones a bordo, acorde a las normas mnimas de competencia establecidas en el Convenio.

    Jefe de Mquinas: El oficial superior responsable de la propulsin mecnica, as como del funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones mecnicas y elctricas de la nave.

    Ley de Navegacin: Es el Decreto Ley 2.222 de 1978 y sus posteriores modificaciones.

    Libreta de Embarco: Es el documento oficial que acredita la inscripcin del titular en los registros del personal embarcado, a cargo de la Direccin General, en la que consta su filiacin, revalidaciones, embarcos, desembarcos, cursos aprobados y otras particularidades.

    Manifiesto de carga: Es el documento oficial, autorizado por la Empresa, que c