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Manual de Operación Nivel Provincia ASOCIACIÓN DE SCOUTS DE MÉXICO A.C. COMISIÓN NACIONAL DE OPERACIÓN Aprobado por la Comisión Ejecutiva Nacional en su sesión del 3 de junio de 2004.

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Manual de OperaciónNivel Provincia

ASOCIACIÓN DE SCOUTS DE MÉXICO A.C.COMISIÓN NACIONAL DE OPERACIÓN

Aprobado por la Comisión Ejecutiva Nacionalen su sesión del 3 de junio de 2004.

2 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

PROVINCIASCOUT

1.1. Definición y Objeto.

Provincia Scout es el conjunto de Grupos situa-dos en un área geográfica determinada por laComisión Ejecutiva Nacional. El objeto de la Pro-vincia es que se practique el Escultismo en suterritorio por el mayor número de muchachos.

Para lograr su objeto coordina y apoya activida-des de Programa educativo scouts, Formaciónde adultos, Difusión del escultismo y Desarrollode grupos scouts. Así mismo apoya los serviciosque ofrece la ASMAC como Registro Nacional ala membresía, Proveeduría de Bienes y Servi-cios, Publicaciones, Bibliotecas, CamposScouts y otros análogos.

En una misma área geográfica (Delegaciónpolítica, ciudad, poblado, municipio) no podráncoexistir grupos ni Distritos de dos o más Pro-vincias.

1.2. Integración.

Los Grupos scouts de una Provincia se integranen Distritos. Los Distritos de la Provincia se com-

ponen con no menos de dos ni más de ochoDistritos. Los Grupos scouts que integran el Dis-trito deberán contar cuando menos con dos sec-ciones consecutivas y su Consejo de Grupo.

La Provincia debe contar con un Consejo y unComité de Provincia que se organizan segúneste Manual.

Su funcionamiento se rige según el Manual deOperación Nivel Provincia.

La Provincia scout que no cuente con la estruc-tura de Distrito (*) deberá integrar a los Jefes deGrupo (**) en su Consejo de Provincia, siemprey cuando se solicite autorización a la ComisiónEjecutiva Nacional para funcionar sin Distritos yse determine un periodo razonable en el cual secomprometa la Provincia a desarrollar la estruc-tura de Distrito en un Plazo no mayor a dos años.

(*) Señalada en el Reglamento.(**) Los grupos representados en el Consejo de Provin-cia deberán de contar con mínimos reglamentarios.

CAPÍTULO PRIMERO

Manual de Operación Nivel Provinica3Asociación de Scouts de México A.C.

CONSEJO DEPROVINCIA

2.1. Definición y Autoridad

El Consejo de Provincia es el órgano adminis-trativo y de toma de decisiones en donde radicala máxima autoridad de la Provincia.

El Consejo de Provincia responde de su gestiónante la Comisión Ejecutiva Nacional.

2.2. Objeto

Desarrollar la infraestructura necesaria para quese practique el Escultismo en su territorio por elmayor número de muchachos posible y conse-guir el apoyo suficiente para que el MovimientoScout se desarrolle potencialmente, además:

a) Adaptar el Programa Scout a la localidad.b) Adaptar el Esquema de Formación a los Diri-

gentes y Scouters para que estos cumplancon su compromiso de formación.

c) Vigilar que se respete la estructura de la Aso-ciación en sus diferentes niveles.

2.3. Integración

El Consejo de Provincia se integrará con los si-guientes Dirigentes:

a) El Presidente de Provincia, quien lo representay preside sus sesiones,

b) el Vicepresidente de Provincia, quien sustitu-ye al Presidente en su ausencia, pero no pue-de, a su vez, hacerse representar,

c) los Comisionados de Distrito de la Provincia,quienes se pueden hacer representar por suAdministrador de Distrito, siempre que no seanmás de dos sesiones consecutivas.

d) el Tesorero de la Provincia ye) el Secretario de la Provincia.f) En el caso en que no existan distritos por los

Jefes de Grupo quienes no se pueden hacerrepresentar.

La integración del Consejo de Provincia se llevaa cabo conforme al Reglamento de la ASMAC ya este manual.

CAPÍTULO SEGUNDO

4 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

2.4. Representación

El Consejo de Provincia es presidido y se hacerepresentar por el Presidente. En su ausenciatemporal, éste puede ser representado única-mente por el Vicepresidente, o en su defecto,quien designe el Consejo, dicha designacióndebe constar en actas.

La ausencia absoluta o definitiva del Presidentede Provincia obliga al Consejo a convocar a unaAsamblea Extraordinaria para hacer una nuevaelección de Presidente de Provincia conformi-dad con el artículo 46 y 47 del Reglamento, amás tardar dentro del mes siguiente al de subaja. La Provincia no debe funcionar sin Presi-dente por más tiempo que el mencionado. Sifuncionara sin Presidente por mayor tiempo, elComisionado Nacional de Operación o por con-ducto del Coordinador Regional, convocará a losJefes de Grupo de la Provincia a una AsambleaExtraordinaria para hacer la elección correspon-diente. Si no es electo, la Comisión EjecutivaNacional designará a quien deba asumir esasfunciones.

2.5. Funciones.

Las funciones del Consejo de Provincia son lossiguientes:

a) Fijar los lineamientos generales para el desa-rrollo del Plan de Trabajo de la Provincia yhacer que éstos sean congruentes con loslineamientos fijados por la Asamblea Generalde Asociados integrados en el Plan vigentede trabajo de la Asociación.

El Consejo de Provincia y el Comité de Pro-vincia deberán de elaborar el Plan de Trabajoa partir de los lineamientos fijados por el Con-sejo de Provincia. Éste deberá elaborarseantes de la celebración de la Asamblea Infor-mativa de Provincia de los años pares, paraque previo acuerdo del Consejo, le sea pre-sentado y entregado un ejemplar a cada gru-po durante la Asamblea. Este Plan regirá eltrabajo del Consejo y del Comité de Provinciapara los dos años siguientes.

En caso de que no se hubiera realizado di-cho plan, es obligación del Consejo en turnoelaborarlo en los dos primeros meses de sugestión.

Se deberán hacer evaluaciones semestralesal Plan de Provincia y los resultados de la eva-luación deberán de presentarse en una Juntade Jefes de grupo convocada ex profeso paraeste informe, copia de este informe deberáser entregada a la Comisión Nacional de Ope-ración.

b) Recibir los informes del Comité de Provinciaa través del Presidente de Provincia.

c) Evaluar las acciones, planes e informes delComité de Provincia.

d). Evaluar el trabajo de los Distritos de su Pro-vincia.

e) Vigilar y responsabilizarse de que se integrentodas las Comisiones de Provincia.

f) Desarrollar, cuando menos, dos acciones alaño para proyectar la buena imagen del Movi-miento Scout en la localidad.

g) Hacer que se cumplan en su territorio losordenamientos y disposiciones de la Asocia-ción.

h) Tomar acuerdos pertinentes para el mejor de-sarrollo de la Provincia.

i) Propiciar el crecimiento del escultismo en elterritorio de su jurisdicción.

j) Vigilar y responsabilizarse del registro de to-dos los integrantes de la Provincia scout.

Funciones eventuales:

a) Tramitar ante la Comisión Ejecutiva Nacionallos nombramientos del Presidente y Vicepre-sidente de Provincia electos según el artículo17 del Reglamento.

Manual de Operación Nivel Provinica5Asociación de Scouts de México A.C.

b) Aceptar nuevos Grupos, asignar Grupos, te-rritorialidad a cada Distrito e informarlo a laComisión Ejecutiva Nacional.

c) Dar a cada Grupo Scout el número con elque se debe identificar y registrar. Cuando seael caso, cancelarlo o cambiarlo y notificarlo ala Comisión Ejecutiva Nacional.

d) Aprobar el Presupuesto anual de su Provin-cia previo a la fijación de la cuota anual de laProvincia.

e) Elaborar con el Comité de Provincia el plande acción anual para participar en el Recono-cimiento Nacional al Mérito y evaluar el avan-ce del mismo, emitiendo sus recomendacio-nes al respecto.

f) Apoyar la Proveeduría de bienes y de servi-cios para la Provincia de acuerdo con el Re-glamento y todos aquellos apoyos necesariosa la membresía.

g) Cuando así lo decida, proponer a la Comi-sión Ejecutiva Nacional nombramiento deMiembros Honorarios. La designación deéstos debe recaer en personas positivamen-te ejemplares para la juventud que sean re-sidentes en la jurisdicción de la Provincia. Lacredencial de un Miembro Honorario es váli-da solamente por un año y el Consejo puedesolicitar su renovación al finalizar el año, siasí lo acuerda.

h) Con la autorización de la Comisión EjecutivaNacional, contratar personal que colabore enlos logros de la Provincia y ayude la labor delos Dirigentes. El Presidente y el Tesorero dela Provincia cuidarán que se cumplan con lasobligaciones fiscales y laborales de los em-pleados así contratados.

i) Informar a la membresía de su jurisdicciónsobre el desarrollo de la Provincia, detallada-mente y haciendo recomendaciones para labuena marcha del Escultismo en su territo-rio, por lo menos una vez al año durante losmeses de octubre o noviembre, en una Asam-blea Anual Informativa de Provincia, y, por es-

crito al Coordinador Regional o, en su defec-to, a la Comisión Ejecutiva Nacional.

2.6. Sesiones del Consejo de Provincia.

a) El Consejo de Provincia deberá sesionar porlo menos una vez cada tres meses pero pue-de hacerlo cuantas veces lo crea necesario.Si transcurrieran cuatro meses y un Consejode Provincia no se hubiera reunido cualquierComisionado de Distrito o Jefe de Grupo po-drá notificarlo a la Comisión Ejecutiva Nacio-nal o al Coordinador Regional para que seconvoque de inmediato, si aún así no se re-uniera se aplicará la respectiva sanción. LaComisión Ejecutiva Nacional, por conducto delCoordinador Regional, hará lo que convengapara la buena marcha de la Provincia.

b) Para que la sesión del Consejo sea válida, esnecesario que esté presente más de la mitadde sus miembros. Si no se diese ese evento,se citará a una nueva reunión y en caso derepetirse, el Presidente o el Secretario daráaviso al Coordinador Regional o, en su defec-to, a la Comisión Ejecutiva Nacional, la quedeterminará lo conducente.

c) El calendario de las sesiones ordinarias, sien-do éstas cuando menos cuatro en el año, lodará a conocer el Consejo en la AsambleaAnual Informativa de la Provincia del año pre-cedente.

d) Las convocatorias para las demás sesionesse harán, en la sesión precedente, a losmiembros presentes en ella y a los ausentesse hará con siete días de anticipación, por lomenos, por conducto de miembros del Con-sejo expresamente delegados para el efecto.En caso de urgencia el Presidente o el Vice-presidente pueden convocar a sesión extraor-dinaria sin que haya condición para la convo-catoria de tiempo anticipado ni ninguna otra.

e) En las sesiones de Consejo no deberá haberpersonas ajenas al mismo excepto por aque-llas que hubieran sido invitadas expresamen-te por el Presidente de Provincia y aceptadaspor el Consejo. Los Asociados miembros de

6 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

la Provincia o del nivel Nacional, por su propioderecho, podrán asistir para contribuir con susaportaciones al desarrollo del MovimientoScout, respetando el orden del día de la se-sión, ateniéndose a lo dispuesto en los Esta-tutos.

Por ninguna circunstancia personas ajenas alConsejo o miembros de éste que no tenganregistro vigente podrán participar en la vota-ción de acuerdos, de comprobarse dicha cir-cunstancia causará baja del Presidente deProvincia.

2.7. Acuerdos del Consejo de Provincia

Los acuerdos del Consejo de Provincia obligana todos los miembros de ella, siempre y cuandoéstos no se contrapongan a otro Ordenamientoemitido por órganos superiores.

Los acuerdos y decisiones del Consejo se to-marán por mayoría de los miembros presentesen la sesión declarada legalmente instalada yconstarán en actas que firmarán quien presidióy quien haya actuado como Secretario.

Una copia del acta deberá ser enviada dentro delos siguientes quince días al Coordinador Regio-nal y a la Comisión Ejecutiva Nacional y a cadauno de los integrantes del Consejo de Provincia.

Los acuerdos deberán darse a conocer a losmiembros de la Provincia por algún medio im-preso o electrónico.

2.8. Jurisdicción del Consejo de Provincia.

El Consejo puede modificar las decisiones desus respectivos Consejos de Distrito y en sucaso las acordadas por el Consejo de Grupo,cuando la estructura de Distrito no se encuen-tre aún constituida. Las decisiones del Consejode Provincia pueden ser modificadas por la Co-misión Ejecutiva Nacional.

2. 9. Invitados Especiales.

Por proposición de uno o varios integrantes delConsejo, y con el acuerdo favorable de éste,

puede haber invitados a alguna o algunas de sussesiones.

Los invitados pueden ser o no miembros de laAsociación, pero estos no pueden ser invitadospermanentes, su participación no deberá exce-der más de dos sesiones programadas en elcalendario anual de Juntas de Consejo de Pro-vincias entregadas en la asamblea anual infor-mativa.

Los invitados no se convierten, por ese hecho,en miembros de la Asociación ni del Consejo deProvincia.

Los Asociados miembros de la Provincia o delnivel Nacional, por su propio derecho, podránasistir para contribuir con sus aportaciones aldesarrollo del Movimiento Scout, respetando elorden del día de la sesión, ateniéndose a lo dis-puesto en los Estatutos.

Los invitados tendrán voz pero no voto en las se-siones del Consejo y no se consideran integran-tes de éste para los efectos del Reglamento.

Se sugiere que el Consejo invite a participar enalguna o varias de sus sesiones a personasimportantes de la localidad y de preferencia ha-cerlos permanecer sólo un lapso corto de la re-unión y tratar durante su estancia temas del in-terés de cada invitado y pedirles su participa-ción en las discusiones y con ello fomentar elinterés y la buena disposición de éstos hacia elMovimiento Scout.

Igualmente se sugiere que se invite con la ma-yor frecuencia posible al Coordinador Regionalcon el objeto de que pueda conocer el desarro-llo de las Provincias asignadas a él y pueda con-tribuir con su participación al mejor desenvolvi-miento de ella. En las sesiones tendrá voz perono voto.

Manual de Operación Nivel Provinica7Asociación de Scouts de México A.C.

COMITÉ DEPROVINCIA

3.1. Definición

El Comité de Provincia es el órgano de coordi-nación y ejecución de las acciones del Plan ydel Programa de la Provincia.

El Comité de Provincia responde de su gestiónante el Consejo de Provincia.

3.2. Objeto.

Desarrollar acciones concretas para que sepractique el Escultismo conforme a loslineamientos de la ASMAC considerando en todomomento el Programa educativo Scout, el Es-quema Nacional de Formación, el respeto a losordenamientos y las relaciones internas y exter-nas del movimiento scout.

3.3. Integración.

El Comité de Provincia se íntegra con los si-guientes miembros:

a) El Presidente de Provincia, quien lo representay preside sus sesiones.

b) El Vicepresidente de Provincia, quien susti-tuye al Presidente en su ausencia.

c) El Secretario de Provincia,d) El Tesorero de Provincia,f) Los Comisionados de Provincia:

Comisionado de Formación de recursosadultos de Provincia, Comisionado de Operación de Provincia, Comisionado de Programa educativo deProvincia y el Comisionado de Relaciones de Provincia. Comisionado Internacional de Provincia.

Excepto el Presidente (quien puede ser repre-sentado por el Vicepresidente de Provincia),ninguno de sus integrantes puede hacerse re-presentar en sus sesiones

3.4. Funciones.

Las funciones del Comité son las siguientes:

a) Formular en conjunto con el Consejo el Plande Trabajo de la Provincia a partir de loslineamientos que fije el Consejo y hacer queéste sea congruente al Plan de Trabajo de la

CAPITULO TERCERO

8 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

Asociación. El Plan de trabajo se deberá ela-borar por dos años.

Éste deberá elaborarse antes de la celebra-ción de la Asamblea Informativa y la Asam-blea electiva de Presidente de Provincia de losaños pares, para que previo acuerdo del Con-sejo, le sea presentado y entregado un ejem-plar a cada grupo durante la Asamblea.

En conjunto con el Consejo de Provincia de-berá hacer evaluaciones semestrales al Plande Provincia y los resultados de la evaluacióndeberán de presentarse en una Junta de Je-fes de grupo convocada ex profeso para esteinforme, copia de este informe deberá ser en-tregada a la Comisión Nacional de Operación.

b) Elaborar con el Consejo de Provincia el plande acción anual para participar en el Recono-cimiento Nacional al Mérito y evaluar el avan-ce del mismo, emitiendo sus recomendacio-nes al respecto

c) Armonizar en sus sesiones los planes de ac-ción de los Comisionados de Provincia, que de-ben ser congruentes con los planes de trabajode la Provincia y de la Asociación. Para lo cualdeberán proponer al Consejo planes de accióncomplementarios o necesarios para desarrollarlas acciones que le encomendó dicho Consejo.

d) Coordinar y ejecutar las acciones que seannecesarias para cumplir los acuerdos del Con-sejo de Provincia.

e) Recibir informes de sus Comisionados deProvincia sobre sus actuaciones, resultadosy planes de acción.

f) Asesorar a los Distritos de la Provincia paraque éstos estén en posibilidades de que to-dos los Grupos lleven a cabo las acciones fi-jadas en el documento «Hagamos un Plan deGrupo», y las concernientes al documento«Plan de Distrito».

g) Por conducto del Comisionado de Provinciaadecuado, hacer las publicaciones necesariaspara el desarrollo de la Provincia.

Funciones eventuales:

a) Revisar los presupuestos de cada Comisiónde Provincia, integrar el presupuesto anual dela Provincia y presentarlo al Consejo de Pro-vincia para su aprobación, un mes antes dela celebración de la Asamblea para fijar la cuo-ta anual de Provincia.

b) Organizar las Asambleas Anuales Informati-va y Electiva de asociados de Provincia enlas fechas que señalan el Reglamento y el Es-tatuto.

c) Formular el calendario anual de actividadesde la Provincia congruente al Plan de Traba-jo, integrarlo al Nacional y una vez aprobadopor el Consejo darlo a conocer y publicarlo atoda la membresía de Provincia con anticipa-ción,

d) Dar informes y facilidades de actuación a losAsociados residentes en la localidad para quecumplan sus funciones.

El Comité de Provincia responde de su gestiónante el Consejo de Provincia a través del Pre-sidente de Provincia.

3.5. Sesiones.

El Comité de Provincia debe sesionar por lomenos una vez al mes, pero puede hacerlocuantas veces lo juzgue necesario.

Para que sesione basta con la presencia de másde la mitad de sus miembros.

Las convoca el Presidente de Provincia, en sudefecto el Vice Presidente. No se requiere denotificación previa.

Manual de Operación Nivel Provinica9Asociación de Scouts de México A.C.

CAPÍTULO CUATRO

4.1. Definición y Funciones.

La Asamblea Informativa de Provincia es la re-unión donde el Consejo de Provincia informa alos asistentes sobre las acciones y actividadesdesarrolladas en la Provincia.

Se reúne una vez al año con la conducción delPresidente o, en su defecto, por quien designeel Consejo de Provincia.

La Asamblea no tiene autoridad y solo toma lasdecisiones concernientes a la aprobación delinforme.

Es responsabilidad del Presidente de Provinciaque se lleve a cabo la Asamblea Anual. La norealización de la Asamblea es causal de bajadel Presidente de Provincia.

4.2. Integración.

La Asamblea se integra con las siguientes per-sonas:

ASAMBLEA INFORMATIVADE PROVINCIA

a) Todos sus miembros mayores de edad conregistro vigente.

b) En su caso los patronos o patrocinadores delos Grupos integrantes de la Provincia.

c) El Coordinador Regional y/o un representan-te designado por el Comisionado Nacional deOperación.

d) Los Antiguos Scouts radicados en el territorioProvincial debidamente registrados en laASMAC.

e) Los invitados por el Consejo de Provincia aúncuando no sean miembros de la Asociación,como autoridades locales, simpatizantes, etc.

f) Los Asociados radicados en el territorio de laProvincia, aun cuando no sean miembros deella, podrán asistir para contribuir con sus apor-taciones al desarrollo del Movimiento Scout,respetando el orden del día de la sesión, ate-niéndose a lo dispuesto en los Estatutos.

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4.3. Sesión y Convocatoria de la Asamblea.

La Asamblea se llevará a cabo una vez al añodurante los meses de octubre o noviembre, enla fecha y lugar que el Consejo señale.

La convocatoria a ella deberá hacerse por es-crito y, además, por otros medios que el Conse-jo juzgue convenientes con, por lo menos quin-ce días de anticipación a la fecha de su celebra-ción. La convocatoria deberá ser notificada laComisión Ejecutiva Nacional.

Hará la convocatoria el Consejo de Provincia. Sipasado el término señalado no la convocara, elComisionado Nacional de Operación, por conduc-to del Coordinador Regional, la convocará y vigi-lará que se efectúe en la fecha que él señale.

4.4. Contenido del Informe.

El informe deberá contener lo siguiente:

a) Presentación de logros y avances del Plan deTrabajo fijados, por el Consejo de Provincia(Plan de trabajo aprobado por acuerdo por elConsejo.)

b) Relataría de lo acontecido desde la asambleainformativa anterior o, en el caso de nuevasProvincias desde la fundación de misma.

c) Relato de los servicios importantes rendidosa la comunidad local sea en actividades demuchachos u órganos de la Provincia.

d) Informes de actividades de cada una de lasComisiones y Sub Comisiones de Provincia.

e) Informe de acciones relevantes de Grupos yDistritos scouts.

f) Informe financiero que incluya detalle de in-gresos y egresos y Balance General conlos anexos suficientes para que sea trans-parente hacía la membresía el uso de losrecursos de la Provincia. Estos informesdeben ser comparativos con el Presupues-to aprobado.

g) Reconocimientos Scouts otorgados a mucha-chos, Dirigentes y benefactores de la Provin-cia, referidos en el Reglamento en su SextaSección “Reconocimientos scouts”.

h) Calendario de actividades para el siguienteaño, expresando los objetivos que se preten-den alcanzar con cada una de ellas.

i) Calendario de sesiones ordinarias del Conse-jo de Provincia.

j) Lista de recursos materiales necesarios y pla-nes de acción para lograrlos.

k) Plan de captación y formación de Dirigentespara el siguiente año.

l) Estado de avance en que se encuentra la Pro-vincia con respecto al Reconocimiento Nacio-nal al Mérito.

m) Sumario de la membresía, separando los mu-chachos por Sección, los Dirigentes de Grupoy los de los niveles Distrito y Provincia y com-parando las cifras cuando menos con las delos dos años anteriores, con el objeto de ver síse cumplen sus metas de crecimiento.

n) Relación de bienes muebles e inmuebles, ensu caso con número de inventario y estadoactual.

4.5. Acta de la Asamblea.

De toda Asamblea, se levantará acta de la que,firmada por quien la presidió y quien haya fungidocomo secretario de la sesión, se enviará el ori-ginal al Comisionado Nacional de Operación jun-to con copia de los informes rendidos y planesexpuestos.

4.6. Informar es Obligatorio.

El Presidente de la Provincia debe presentar elActa de la Asamblea y sus anexos por escrito ya más tardar el 31 de diciembre de cada año, alComisionado Nacional de Operación, de lo con-trario el Consejo y el Comité de Provincia seránamonestados en su conjunto.

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CAPÍTULO QUINTO

ASAMBLEA PARA FIJAR LACUOTA ANUAL DE PROVINCIA

5.1. Definición y Funciones.

La Asamblea para fijar la Cuota anual de Provin-cia se reúne para fijar y aprobar la cuota anualque aportarán todos los miembros de la Provin-cia para cubrir el presupuesto anual.

Se reúne una vez al año con la conducción delPresidente o el Tesorero de Provincia.

La Asamblea no tiene autoridad y solo toma ladecisión concerniente a la aprobación de la cuotaanual de Provincia.

Es responsabilidad del Presidente de Provinciaque se lleve a cabo la Asamblea.

5.2. Integración.

La Asamblea se integra con las siguientes per-sonas:

a) El Presidente o Tesorero de Provincia.b) Los miembros del Consejo de Provincia que

deseen asistir.

c) Todos los Jefes o Subjefes de Grupo de laProvincia con registro vigente.

Los Jefes o Subjefes de Grupo no podrán ha-cerse representar en la Asamblea.

5.3. Sesión de la Asamblea.

La Asamblea se llevará a cabo una vez al añodurante los meses de septiembre, octubre o no-viembre, en la fecha y lugar que el Consejo se-ñale; se reunirá para analizar las diferentes pro-puestas de cuota anual para los miembros de laProvincia.

El Presidente o el Tesorero de Provincia pre-sentarán el presupuesto para el siguiente añoy la o las propuesta de cuota provincial a co-brar para cubrir el presupuesto. Los Jefes degrupo o en su caso los SubJefes aprobarán lacuota por mayoría presente. Cada Grupo ten-drá derecho únicamente a un solo voto. Losmiembros del Consejo de Provincia no votanen esta Asamblea.

12 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

En caso de no realizarse la Asamblea se enten-derá que la cuota de provincia es de cero pesos

5.4. Convocatoria de la Asamblea.

La convocatoria a ella deberá hacerse por es-crito y, además, por otros medios que el Conse-jo juzgue convenientes por lo menos quince díasde anticipación a la fecha de su celebraciónanexando el presupuesto del siguiente año apro-bado por el Consejo de Provincia.

5.5. Acta de la Asamblea.

De toda la Asamblea, se levantará acta de laque, firmada por quien la presidió y quien hayafungido como secretario de la sesión, hará lle-gar una copia al Jefe Scout Nacional a más tar-dar los siguientes 15 días de realizada la Asam-blea.

En caso de no enviarla a mas tardar el 15 dediciembre se considerara como no realizadacayendo en el entendido del articulo 5.3

Manual de Operación Nivel Provinica13Asociación de Scouts de México A.C.

CAPÍTULO SEXTO

ASAMBLEA ELECTORA DEASOCIADOS DE PROVINCIA

6.1. Definición y Funciones.

La Asamblea Electora es el órgano que deter-mina a los Dirigentes que serán Asociados querepresentarán a la Provincia, a excepción delPresidente, quien es miembro por derecho pro-pio, ante la Asamblea General de Asociados,según lo establece la sección segunda de losEstatutos.

La Asamblea tiene autoridad solamente en lo quesea concerniente a la elección de los Asociados.

Es responsabilidad del Consejo de la Provinciaque se lleve a cabo la Asamblea.

6.2. Integración.

La Asamblea se integra con las siguientes per-sonas:

a) Todos sus miembros mayores de edad conregistro vigente.

b) Un representante del Secretario Nacional,según se índica en el punto 6.5.

6.3. Sesiones de la Asamblea.

La Asamblea se llevará a cabo durante el mesde noviembre de cada año en la fecha y lugarque el Consejo de Provincia señale, siempre ycuando el Secretario Nacional haya notificadoque se está en posibilidad de elegir asociado(s).

6.4. Convocatoria.

El Consejo de Provincia representado por lomenos por el Presidente y el Secretario de Pro-vincia, convocará por escrito a la Asamblea Elec-tora de Asociados, con un mínimo de quince díasnaturales de anticipación para que ésta se reali-ce en el mes de noviembre.

Para cubrir suplencias de Asociados electos, elConsejo de Provincia deberá convocar a unaAsamblea Electora de Asociados denominadaExtraordinaria con un mínimo de quince días deanticipación.

El Consejo de Provincia decidirá la forma de di-fundir las convocatorias para hacer que la co-nozcan todos los miembros activos de la res-

14 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

pectiva Provincia Scout que sean mayores deedad. Una copia de ella será enviada al Secre-tario Nacional.

El Consejo de Provincia queda obligado a de-mostrar fehacientemente a los convocados quelas convocatorias se emitieron en forma satis-factoria. Será causa de anulación de la Asam-blea convocada, la decisión mayoritaria de losmiembros mayores de edad expresada al Se-cretario Nacional en el sentido de que la convo-catoria no se difundió adecuadamente.

El Presidente de la Provincia Scout que no con-voque a las Asambleas Electoras de Asociadoso no la realice en los términos de losOrdenamientos, le será cancelado el Cargo.

La convocatoria a la Asamblea Electora de Pro-vincia contendrá los siguientes datos:

- El aviso de que son convocados todos losmiembros activos de la Provincia que seanmayores de edad el día de la celebración dela Asamblea a la que se está convocando,

- Día, lugar y hora de celebración,

- Finalidad de la Asamblea,

- El número de Asociados a que tiene derechola Provincia de conformidad con el númerode muchachos registrados al 30 de septiem-bre de ese año y notificado por el SecretarioNacional.

- Una lista de las personas que cubren los re-quisitos para ser electos Asociados, clasifi-cados según los Estatutos.

6.5. Candidatos a ser Asociados.

Para ser elegible Asociado en la votación de di-cha Asamblea el candidato puede estar presen-te en ella o no, pero debe estar registrado en lostérminos del articulo 17 del Reglamento, cum-plir con los requisitos establecidos en el artículo22 estatutario y haber aceptado por escrito sucandidatura a Asociado asegurando a satisfac-

ción de sus electores que cumplirá con las obli-gaciones de esa calidad en caso de ser efecto.

El Secretario Nacional puede designar a un re-presentante personal que participe en la Asam-blea Electora como su delegado. El delegadotendrá en esa Asamblea derecho de voz, perosin voto, y acceso a toda la documentación re-lativa a la Asamblea.

6.6. Celebración de la Asamblea.

La Asamblea se instalará el día y la hora indica-dos en la convocatoria con cualquiera que seael número de los convocados presentes. El votode ellos será personal y no se admitirán repre-sentantes por poder. Será presidida por el Pre-sidente de Provincia, en su defecto por el Vice-presidente, en defecto de éste por el Secretariode la Provincia y en defecto de éste por el queelija la Asamblea.

Actuará como Secretario el de Provincia o, ensu defecto o si estuviera presidiendo, quien elijala Asamblea. La Asamblea designará entre losintegrantes de la Asamblea a dos Escrutadoresque verificarán el número de los votantes, con-tarán los votos y darán cuenta a la Asamblea delresultado de su actividad.

Las votaciones serán económicas. Las decisio-nes se tomarán por mayoría simple de votos delos presentes que tengan derecho a votar. Encaso de empate se repetirán las votaciones has-ta obtener el resultado de la elección.

No podrá tratarse en la Asamblea otro asuntodiferente a la elección de Asociados.

6.7. Elección de Asociados.

La elección se hará de conformidad a lo esta-blecido en el Estatuto Artículo 23, inciso “c”.

6.8. Acta de la Asamblea.

De la Asamblea deberá levantarse un acta en laque conste:

- Día, lugar y hora de la celebración.

Manual de Operación Nivel Provinica15Asociación de Scouts de México A.C.

- Lista de Asistencia de los votantes con el Dic-tamen de los Escrutadores que aseguren lamayoría de edad de aquellos.

- Nombre de los Asociados indicando el períodopara el que fueron electos.

- Se anexará un ejemplar de la convocatoria y elcurrículum personal y Scout de los Asocia-dos electos.

- La documentación será firmada por el Presi-dente y el Secretario de la Asamblea, losEscrutadores y el representante del Secreta-rio Nacional.

- Dicha documentación será enviada a la Ofici-na Nacional con atención al Secretario Nacio-nal de modo que obre en su poder a más tar-dar el 31 de diciembre del año. En caso de nosuceder así, la validez de la Asamblea serádesconocida.

16 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

CAPÍTULO SÉPTIMO

- los Sub Comisionados de Operación,- los Comisionados de los Distritos, y- los Jefes y los Sub Jefes de Grupo.

c) La de Programa Educativo con los siguientesSub Comisionados y Dirigentes:

- de Manadas de Provincia,- de Tropas Scouts de Provincia,- de Tropas Expedicionarios de Provincia,- de Clanes de Provincia,- de Programa de Provincia,- Colaboradores de Programa Educativo de Provincia y- Capellanes y Asesores Religiosos de los Grupos, Distritos y de la Provincia.

d) La Internacional se integra únicamente concolaboradores.

e) La Comisión de Relaciones con los siguien-tes dirigentes:

- Vocales de Relaciones de cada Grupo.

LAS COMISIONES DEPROVINCIA

7.1. Definición y denominación.

Las Comisiones de Provincia son los órganosoperativos de cada Provincia y son las siguientes:

a) Comisión de Formación de Recursos Adul-tos de Provincia.

b) Comisión de Operación de Provincia.c) Comisión de Programa Educativo de Pro-

vincia.d) Comisión Internacional de Provincia.e) Comisión de Relaciones

7.2. Integrantes.

Cada Comisión de Provincia se integra con elrespectivo Comisionado de Provincia y los si-guientes Dirigentes y Sub Comisiones:

a) La de Formación de Recursos Adultos:- con los Sub Comisionados de Formación de Recursos Adultos de Provincia y- el Equipo de Foramción de Provinica.

b) La de Operación con:

Manual de Operación Nivel Provinica17Asociación de Scouts de México A.C.

7.3. Funciones.

Sus funciones son las mismas de los Comisio-nados y Sub Comisionados y son los relatadosen el Capítulo Noveno.

7.4. Sesiones.

Las Comisiones de Provincia sesionarán única-mente para tratar los asuntos propios de su ges-tión cuantas veces señale el Comisionado deProvincia respectivo pero, por lo menos, las si-guientes:

a) La de Formación de Recursos Adultos, unavez al año, a más tardar el 15 de octubre paratratar, entre otras cosas, la lista de prácticasde formación que propondrá al Comité de Pro-vincia incluir en el calendario de actividadesdel año siguiente.

b) La de Operación, una vez cada tres mesessin los Jefes y Sub Jefes de Grupo y dos ve-ces al año con ellos. Una de estas sesionesse celebrará obligatoriamente en septiembrepara, entre otros asuntos, tratar lo relativo alas Asambleas Anuales de Distrito y las de susGrupos.

c) La de Programa Educativo, una vez al año, amás tardar el 15 de octubre. En esa sesióndeberá elaborarse una lista de sugerencias alComité de Provincia sobre el calendario de ac-tividades a su cargo, para el siguiente año.

d) La Internacional, una vez al año, a más tardarel 15 de octubre para elaborar el calendariode actividades del año siguiente.

e) La de Relaciones, una vez al año, a más tar-dar el 15 de octubre para elaborar el calenda-rio de actividades del año siguiente.

18 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

CAPÍTULO OCTAVO

8.1. Definición.

Cada Sub Comisión de Programa Educativo deProvincia en un órgano integrante de la Comi-sión de Programa Educativo que funciona enforma de “mesa de trabajo” de Dirigentes paratratar los asuntos de las respectivas Seccionesque componen las tres Ramas del MovimientoScout en México.

8.2. Obligación de Integrarlas.

Las Provincias deberán integrar las Sub Comi-siones para dar a los Dirigentes de las corres-pondientes Secciones asistencia en la aplica-ción del Programa Scout.

Las Sub Comisiones de Programa Educativode Provincia son cuatro:

- La Sub Comisión de Manadas de Provincia,

- La Sub Comisión de Tropas Scouts de Pro-vincia,

- La Sub Comisión de Tropas Expedicionariasde Provincia,

- La Sub Comisión de Clanes de Provincia.

No es necesario crear Sub Comisiones paraSecciones Femeniles y para Secciones Varoni-les por separado.

8.3. Integrantes.

Cada una de estas Sub Comisiones está inte-grada por su Sub Comisionado de Provincia,quien la preside, los Jefes y los Sub Jefes de lasrespectivas Secciones de los Grupos de la Pro-vincia.

También se integran con los Colaboradores dePrograma, nombrados según el artículo 18 delReglamento.

8.4. Objeto.

Cada Sub Comisión tiene por objeto crear y adap-tar elementos del Programa Scout para producir

LAS SUB COMISIONES DEPROGRAMA EDUCATIVO

Manual de Operación Nivel Provinica19Asociación de Scouts de México A.C.

y establecer modalidades, para la aplicación delPrograma Scout en las Secciones de los Gru-pos de tal manera que ayuden a los Dirigentesde cada Sección a:

a) Enriquecer el ambiente místico propio delEscultismo.

b) Ayudar a la operación de las Manadas, Patru-llas, Tropas y miembros de los Clanes.

c) Proponer, seleccionar y mejorar, en cadacaso, las actividades idóneas para realizar losplanes de adelanto.

d) Pugnar por la utilización del Método Scout enforma constante e ininterrumpidamente duran-te toda la práctica del Escultismo.

e) Proponer la forma o formas de introducir lasactividades regionales y nacionales en el ca-lendario de actividades de la Sección.

f) Formar a los scouters de Sección respecti-vos en el desempeño de sus funciones parala aplicación del Programa Scout en su Sec-ción.

g) Promover la Formación de sus miembros, deacuerdo al Esquema de Formación en vigor.

8.5. Funciones.

a) La función primordial es la de reunirse en se-siones de trabajo (mesas de trabajo) plena-rias o fraccionadas conforme sean los conte-nidos temáticos, para ayudar al Sub Comisio-nado respectivo en las tareas que se le hanasignado.

b) Ayudar a la detección de necesidades, de For-mación, para que sobre la base de éstas ne-cesidades se establezca un calendario de ac-tividades que las satisfaga.

c) Bajo la coordinación del Sub Comisionado,formarán un catálogo de actividades Scouts,harán proposiciones sobre condiciones y mo-dalidades para las Especialidades; formula-rán listas ilustradas de lugares para acampa-

dos, harán cancioneros Scouts y guías prác-ticas para organizar las actividades especia-les y ceremonias; publicarán noticias y datosimportantes para las Secciones de su juris-dicción y realizarán otras actividades de inte-rés para las Secciones.

8.6. Sesiones.

Cada Sub Comisión de Programa se reunirá unavez al mes, exceptuando a aquellas Provinciasque por su extensión territorial no les sea facti-ble hacerlo con esa frecuencia. Para éstas seprogramarán reuniones según lo establezca elComisionado de Programa Educativo de Provin-cia, pudiendo realizar éstas de forma virtual pormedio de recursos computacionales.

El Comisionado de Programa Educativo de Pro-vincia deberá conocer y aprobar el calendariode sesiones y contenido que establezca cadaSub Comisión.

20 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

CAPITULO NOVENO

FUNCIONES DELOS DIRIGENTES

9.1. PRESIDENTE DE PROVINCIA

9.1.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos del artículo 17, in-ciso c, inciso m numeral 5 y artículos 46 y 47.

Responde de su gestión ante la Comisión Eje-cutiva Nacional.

9.1.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Planeación y elaboración de programas detrabajo.

c) Dirección y manejo de recursos humanos.d) Poseer una carrera profesional, técnica o equi-

valente

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Poseer la Insignia de Madera.c) Haber participado, como asistente o coordi-

nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

d) Haber desempeñado algún cargo de jefaturao comisión en cualquier nivel y demostrar re-sultados de su Gestión.

Habilidades:

a) Que pueda sustituir temporalmente a cual-quier Comisionado, o miembro de su equipo.b) Que sepa formar equipos de trabajo y mante-nerlos trabajando con eficiencia.c) Que se relacionarse de forma empática conlas personas.

Además:

a) Que cuente con el apoyo constante y demos-trado de la mayoría de los Jefes de Grupo.

Manual de Operación Nivel Provinica21Asociación de Scouts de México A.C.

b) Que tenga reputación de persona honorableen la localidad.

c) Que demuestre solvencia económica.d) Que sea ejemplo de los valores de nuestro

movimiento.

9.1.3. Funciones.

Las funciones son las siguientes:

a) Presidir las reuniones del Consejo de Provin-cia y del Comité de Provincia.

b) Servir de enlace entre la Región o en su casocon la Comisión Ejecutiva Nacional y la Pro-vincia a la que pertenece.

c) Representar al Consejo de Provincia en sujurisdicción

d) Integrar y mantener en funciones al Comitéde Provincia.

e) Atender las quejas y solicitudes de su inter-vención personal que haga el Coordinador Re-gional, o en su caso, la Comisión EjecutivaNacional ante el defecto o ineficiencia de losComisionados de Provincia.

f) Hacer el seguimiento de las gestiones de cadamiembro del Comité de Provincia y el cumpli-miento de su Plan de Trabajo.

Compartidas:

a) Coordinar y supervisar las funciones del Vice-presidente de Provincia, Secretario de Provin-cia, Tesorero de Provincia las funciones de sucargo que correspondan a cada uno y coordi-nar personalmente sus gestiones.

b) Hacer que el Consejo y Comité de Provinciacumplan y haga cumplir las disposiciones dela Asociación, sus Estatutos y Reglamento enel territorio provincial.

c) Coordinar los trabajos de la planeación, Se-cretaría, Tesorería y Relaciones Públicas de laProvincia.

d) Hacer que el Consejo y Comité de Provinciaelaboren el Plan de Trabajo de la Provincia.

e) Conocer las tareas y funciones de los Comi-sionados de Provincia, sus Sub Comisionadosy Colaboradores para el mejor desarrollo desu trabajo y para dar seguridad a la Provinciade que sabe como mantener en funcionamien-to todas las tareas a ellos encomendados.

Eventuales:

a) Elaborar y rendir los informes anuales de sucargo al Consejo de Provincia y hacerlos lle-gar a la Comisión Ejecutiva Nacional a mástardar el 31 de diciembre de cada año.

b) Designar a los Comisionados, Secretario y Te-sorero de Provincia en los términos del artícu-lo 17.

c) Informar al Comisionado Nacional de Relacio-nes con oportunidad y detalle de aquellas rela-ciones con terceros que se produzcan o pue-dan producirse en su Provincia y tengan real opotencialmente efectos nacionales.

d) Entregar los reconocimientos Scouts otorga-dos por las respectivas autoridades.

e) Vigilar y pugnar constantemente por que losparticipantes y Dirigentes cumplan con las me-didas de seguridad en todos los eventos de laProvincia.

f) En materia de declaraciones públicas sobre elMovimiento Scout, vigilará que se apeguen alos ordenamientos de la Asociación y que losmiembros autorizados cumplan con ellos. Sinembargo para dar opiniones, es el único quepodrá hacerlo oficialmente y en caso de asun-tos importantes consultará con el Jefe Scout oPresidente Nacionales, como lo establece elartículo 99 del Reglamento.

g) Procurar asistir a todas las reuniones convo-cadas por el Nivel Nacional y por el Coordina-dor Regional, ya que en ellas se toman acuer-dos que afectan directamente a la Provincia yél debe participar en las discusiones de tomade decisiones.

h) Tener vigente un plan de reemplazos de losmiembros del Consejo y Comité de Provincia.

i) Fomentar que se otorguen los reconocimien-tos Scouts a los miembros de su Provincia,simpatizantes y personas que con su aporta-ción hayan hecho posible el desarrollo del Mo-vimiento Scout en su territorio.

22 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

9.2. VICE PRESIDENTE DE PROVINCIA

9.2.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.2.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Planeación y elaboración de programas detrabajo.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Poseer la Insignia de Madera.c) Haber participado, como asistente o coordi-

nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Que sepa formar equipos de trabajo y mante-nerlos trabajando con eficiencia.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.2.3. Funciones.

a) Apoyar en la coordinación de los trabajos delConsejo y Comité de Provincia.

b) Coordinar la elaboración del informe que debarendir periódicamente el Presidente al Con-sejo de Provincia y el informe anual a rendirsea la Asamblea Informativa.

c) Ayudar a los Distritos, Grupos y Comisionesde la Provincia en lo relativo a planes de de-sarrollo del Movimiento Scout, en sus activi-dades masivas importantes y campañas per-manentes.

Compartidas:

a) Colaborar en el seguimiento del Plan de Tra-bajo de Provincia.

b) Coordinar la elaboración del proyecto del Plande Trabajo de la Provincia. Básicamente estetrabajo deberá desarrollarlo en el seno del Co-mité de Provincia, ya que los Comisionadosson los que deben tener la mayor participa-ción en la ejecución de los objetivos.

Eventuales:

a) Pugnar constantemente por que los partici-pantes y Dirigentes cumplan con las medi-das de seguridad en todos los eventos de laProvincia y coadyuvar en todo momento enesta tarea.

b) Sustituir al Presidente en las reuniones delConsejo y Comité de Provincia en sus ausen-cias temporales y representar al Consejo deProvincia en ausencia temporal del Presidenteo por coincidir con otras actividades simultá-neas.

9.3. SECRETARIO DE PROVINCIA

9.3.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.3.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

Manual de Operación Nivel Provinica23Asociación de Scouts de México A.C.

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Poseer la Insignia de Madera.c) Haber participado, como asistente o coordi-

nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Manejo eficiente de la comunicación escrita.b) Trato personal.c) Hablar fluidamente en público.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.3.3. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Consejo y delComité de Provincia y de ellas,

- Hacer la lista de asistencia,- Levantar las actas y firmarlas junto con quien

la presidió.- Entregar una copia de ellas a los miembros

del órgano a la que corresponde, dentro delos quince días siguientes a su celebración.

- Guardar una copia de cada una en los archi-vos de la Provincia.

- Notificar, a las personas involucradas, sobrelos acuerdos de ambos órganos, cuando asíse disponga.

b) Emitir las convocatorias a las sesiones delConsejo y del Comité de Provincia. En casode que no se celebrasen dos sesiones con-secutivas programadas del Consejo de Pro-vincia y en ausencia del Presidente y VicePresidente de la Provincia, avisará de esto alCoordinador Regional o, en su defecto, a laComisión Ejecutiva Nacional.

c) Hacer seguimiento del cumplimiento de los acuer-dos que se tomen, e informar sobre ellos en lasreuniones del órgano a que corresponden.

d) Responsabilizarse del archivo general de laProvincia, su cuidado, mantenerlo actualiza-do y cuando la autoridad lo requiera ponerlo asu disposición. El resguardo de él debe lle-varse a cabo en el domicilio oficial de la Pro-vincia.

e) Escribir la historia de la Provincia durante sugestión, en calidad de cronista, enlazarla conlo que haya recibido de su antecesor en elcargo y a su vez entregarle la crónica com-pleta a su sucesor. Todo esto debe estar enel archivo general de la Provincia.

f) Coordinar el Registro a la ASMAC de los miem-bros de la Provincia.

Compartidas:

a) Coadyuvar con el Secretario Nacional en ladifusión de los informes a la membresía de laProvincia sobre los textos reglamentarios yestatutarios.

b) Encargarse de que la Provincia cumpla conlas leyes y disposiciones emitidas por las Au-toridades Federales, Estatales, Municipales odel Distrito Federal y sus Delegaciones, ex-cepto en materia de Impuestos.

c) Encabezar la organización de las AsambleasElectoras de Asociados que debe celebrar laProvincia de acuerdo a los Estatutos y Re-glamento. Incluye lo siguiente:

- Preparar y enviar a quien corresponda las Con-vocatorias.

- Preparar la lista de los miembros que puedenser electos y que cumplan los requisitos se-ñalados en los Estatutos.

- Asesorar al Presidente de la Provincia en todolo conducente al desarrollo de la Asamblea.

- Hacer las listas de asistencia.- Levantar las actas correspondientes y recabar

las Currícula personal y Scout de los Asocia-dos electos.

24 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

- Hacer llegar en el tiempo establecido al Secre-tario Nacional la documentación requerida.

Eventuales:

a) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de Vocales de Secretaria para quele auxilien en la oportuna y correcta ejecuciónde sus funciones.

b) Colaborar con el Comisionado de Formaciónde Recursos Adultos de la Provincia en la ca-pacitación a los Secretarios de Grupo y a losAdministradores de Distrito encargados de laslabores secretariales.

9.4. TESORERO DE PROVINCIA

9.4.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.4.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Contabilidad elemental.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Además:

a) Comprobar solvencia económica.b) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.4.3. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Consejo y delComité de Provincia.

b) Hacerse responsable de los fondos y propie-dades de la Asociación en poder de la Provin-cia. Vigilar que éstos se manejen conforme alos Estatutos y el Reglamento.

c) Encargarse de que se lleven los registros con-tables y elaborar estados financieros de la Pro-vincia para ser presentados al Consejos deProvincia y poder informar del movimiento defondos y el estado que guarda la contabilidad.Deberá presentar informes resumidos a losJefes de Grupo una vez cada dos meses.Deberá presentar cuando menos dos vecesal año, un informe pormenorizado de los mo-vimientos al Consejo. Deberá enviarsebimestralmente a la Oficina Nacional con aten-ción al Jefe Scout Nacional un informe deta-llado de los movimientos financieros.

d) Bajo su más estricta responsabilidad, deberámantener la comprobación, declaraciones, do-cumentos, libros, registros y copias de esta-dos financieros y guardarlos en el domiciliooficial de la Provincia y ponerlos a disposiciónde las Autoridades Scouts competentes.

e) Encargarse de los asuntos fiscales de la Pro-vincia, siguiendo lineamientos dictados porla Comisión Ejecutiva Nacional, para salva-guardar los intereses y la buena reputaciónde la Asociación. Presentar las declaracio-nes e informes a las autoridades locales yfederales, tramitar los permisos que las le-yes fijen e informar de ello a la Comisión Eje-cutiva Nacional.

f) Controlar la aplicación del presupuesto anualaprobado y rendir informes al Comité de Pro-vincia.

g) Vigilar que se apliquen las políticas para ma-nejo de recursos económicos que fije la Co-misión Ejecutiva Nacional a todos los nivelesde la Provincia.

Manual de Operación Nivel Provinica25Asociación de Scouts de México A.C.

h) Personalmente hacer u ordenar que se ha-gan los pagos por compras y gastos autori-zados por el Consejo de Provincia.

Compartidas:

a) Participar en la organización de las activida-des de la Provincia en lo que a manejo de fon-dos y bienes se refiere así como nombrar de-legados cuando lo crea conveniente.

b) Coadyuvar con el Tesorero Nacional, la Co-misión Ejecutiva Nacional y la Comisión deVigilancia en todo lo necesario para el buencontrol e información sobre fondos y bienesde la Asociación en poder de la Provincia ysus órganos.

c) Establecer sistemas de control interno de laadministración de la Provincia y sus órganos,como manejo de fondos, equipo y mobiliarioy vigilar que se cumpla con él.

d) Cobrar o hacer cobrar las cuotas de regis-tros, de eventos y de cualquier naturaleza quedetermine el Consejo de la Provincia. Cercio-rarse que el dinero cobrado sea debidamentemanejado, depositado en las cuentas banca-rias a nombre de la Asociación de Scouts deMéxico A.C. o de casa de bolsa que tenga laProvincia y que esté a disposición de ella deacuerdo con el control interno establecido.

e) Preparar el proyecto de presupuesto anualde la Provincia y presentarlo al Comité y Con-sejo de Provincia, para que una vez revisadoy aprobado por cada uno de dichos órganos,presentarlo a la Asamblea Informativa de laProvincia.

f) Colaborar con la Comisión de Formación deRecursos Adultos de la Provincia en la For-mación de la dirigencia encargada de manejode fondos y bienes.

Eventuales:

a) Preparar y presentar al Comité y al Consejode Provincia los informes financieros que de-berán presentarse a la Asamblea Informativa.

b) Encabezar la organización de las campañasfinancieras, participar en ellas y, en su caso,nombrar delegados.

c) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de Vocales de Tesorería para quele auxilien en la oportuna y correcta ejecuciónde sus funciones.

d) Ayudar al Presidente de Provincia a que seancumplidas fielmente las obligaciones labora-les, de seguridad social, prestaciones, con-venios y demás requisitos legales en caso detener empleados asalariados.

e) Abrir la cuenta bancaria de la Provincia a nom-bre de la Asociación de Scouts de México.

9.5. VOCALES DE PROVINCIA

9.5.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responden de su gestión ante el Secretario, Te-sorero o Comisionado de Relaciones de Pro-vincia, según el caso.

El Presidente de Provincia puede decidir sobreotros Vocales no adscritos a los Dirigentes seña-lados en el párrafo anterior, para que respondande su gestión ante otro Dirigente de Provincia, encuyo caso se le comunicará por escrito en el mis-mo documento en que se señalan sus funciones.

9.5.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos tres años.

26 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.5.2. Funciones.

Las funciones de cada uno de ellos deben serfijadas por el respectivo titular con quien vaya acolaborar y después de ser aprobadas por elPresidente de Provincia, deben notificárseles porescrito.

9.6. COMISIONADO DE FORMACIÓN DE RE-CURSOS ADULTOS DE PROVINCIA

9.6.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.6.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Planes, programas y políticas de Formaciónde Recursos Adultos.

c) Dominio del Esquema Nacional de Formación.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Poseer la Insignia de Madera.c) Haber participado cuando menos en dos cur-

sos de Formación como Formador.d) Haber participado en cursos de TTT o ser can-

didato a tomarlo.e) Haber participado, como asistente o coordi-

nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

f) Haber sido habilitado como Formador Certifi-cado.

Habilidades:

a) Formación de equipos de trabajo y mantener-los trabajando con eficiencia.

b) Capacitación de Adultos.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.6.3. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Comité de Pro-vincia.

b) Planear, dirigir las acciones, evaluar y hacerlos seguimientos de los trabajos de la Comi-sión permanentemente.

c) Formar el Equipo Provincial de Formación deRecursos Adultos de acuerdo con las políti-cas emitidas por la Comisión Nacional deRecursos Adultos.

d) Tener al día y dar a conocer a los miembrosde la Comisión la literatura de Formación emi-tida por la Comisión Nacional Formación deRecursos Adultos y adecuarla a las caracte-rísticas y necesidades de la Provincia, notifi-cando por escrito a la Comisión Nacional deFormación de Recursos Adultos.

e) Coordinar la planeación de los cursos de for-mación de la Provincia y demás acciones deformación.

f) Integrar un registro de dirigentes con los datosactualizados de su nivel de formación.

g) Cumplir con las acciones aprobadas por elConsejo de Provincia en el Plan de Trabajo deella e informar sobre sus avances al Comitéde Provincia.

h) Proponer y aprobar, de acuerdo con las nor-mas establecidas, candidatos a tomar los cur-

Manual de Operación Nivel Provinica27Asociación de Scouts de México A.C.

sos de Formación de formadores y de Direc-tor de Formación de Recursos Adultos.

Compartidas:

a) Aplicar el Esquema de Formación en coordi-nación de los demás Comisionados de la Pro-vincia, valiéndose para ello del Equipo Provin-cial de Formación de Recursos Adultos,

b) Sistemáticamente dar a conocer su opinión,sugerencias e informes de cada Dirigente aquien observan y evalúan él y los miembrosde su Comisión en las tareas de Formaciónal Jefe inmediato de éste, para conducir ade-cuadamente las acciones tendientes a llevarpor buen camino su desarrollo personal den-tro de la Asociación.

c) Pugnar constantemente para que en todaslas actividades de su responsabilidad los par-ticipantes tomen las medidas de seguridadconvenientes y coadyuvar en ello en todo mo-mento.

d) Responsabilizarse de que no participen eneventos de su Comisión personas no regis-tradas en la Asociación, ni Dirigentes que noreúnan los requisitos que los Ordenamientosseñalen.

Eventuales:

a) Participar en las reuniones regionales y na-cionales de su competencia.

b) Organizar, convocar y presidir las reunionesde su Comisión. Deberá celebrar cuando me-nos una al año antes del 15 de octubre paratratar, entre otras cosas, la lista de prácticasde formación que propondrá al Comité de Pro-vincia incluir en el calendario de actividadesdel año siguiente.

c) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de Sub Comisionados de Forma-ción de Recursos Adultos de Provincia y con-ferir los cargos de Sub Comisionados de Dis-trito de acuerdo con las propuestas que lehaga el Consejo de Distrito.

d) Asignar funciones específicas por escrito alos Sub Comisionados de Formación de Re-cursos Adultos.

e) Nombrar a los responsables de los equiposde apoyo de cualquier tipo de evento de For-mación que se realice en su jurisdicción. Pue-den ser personas no miembros de la Asocia-ción, sin que por ese solo hecho los hagamiembros de ella.

f) Presidir las reuniones de Gillwell de la Provin-cia y designar al organizador de acuerdo conel inciso anterior.

9.7. COMISIONADO DE OPERACIÓN DEPROVINCIA

9.7.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.7.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Planeación y elaboración de programas detrabajo.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

c) Poseer la Insignia de Madera.

Habilidades:

28 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

a) Manejo de Conflictos.b) Integración de equipos de trabajo.c) Facilidad de palabra.d) Organización de juntas de trabajo.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.7.3. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Comité deProvincia.

b) Planear, dirigir las acciones, evaluar y hacerlos seguimientos de los trabajos de la Comi-sión permanentemente.

c) Dar seguimiento a la integración de los Con-sejos de Distrito y de Grupo y vigilar que fun-cionen como lo establece el Reglamento y losManuales de Operación respectivos.

d) Informarse de la situación de cada Grupo yDistrito de la Provincia y emprender las ac-ciones para promover su desarrollo.

e) Promover el crecimiento racional de miem-bros de la Provincia e impulsar las accionesnecesarias a que los Grupos tengan mucha-chos en todas las ramas.

f) Atender asuntos relativos al ingreso, perma-nencia, traslado o baja de Dirigentes de losGrupos y Distritos de la Provincia. Vigilar quese cumplan los requisitos que señalan los ar-tículos 16 y 17 y en caso de bajas, amones-taciones y cancelaciones que se señalan enlos artículos 41, 42, 43, 44 y 45 del Regla-mento.

g) Organizar, convocar y presidir las reunio-nes de su Comisión. Deberán celebrarsecada cuatro meses con los Jefes y Sub Je-fes de Grupo. Una de estas sesiones se ce-lebrará obligatoriamente en septiembrepara, entre otros asuntos, tratar lo relativo alas Asambleas Anuales de Distrito y las desus Grupos.

Compartidas:

a) De acuerdo con el Comisionado de cada Dis-trito, planear acciones y fijar metas para quede acuerdo con el Plan de Trabajo de la Aso-ciación y de la Provincia, establecer objetivosde desarrollo en apoyo a los Grupos y Distri-tos.

b) Cumplir con las acciones aprobadas por elConsejo de Provincia en el Plan de Trabajode ella, e informar sobre sus avances al Co-mité de Provincia.

c) Pugnar constantemente para que en todaslas actividades de su responsabilidad los par-ticipantes tomen las medidas de seguridadconvenientes y coadyuvar en ello en todo mo-mento.

d) Coadyuvar con el Secretario Nacional en ladifusión de los informes a la membresía de laProvincia sobre los textos reglamentarios yestatutarios. En esta labor se coordinará tam-bién con los Comisionados de Distrito.

e) Coordinar sus planes y acciones con los de-más Comisionados en las sesiones del Co-mité de Provincia, o fuera de esas sesiones,cuando lo juzgue necesario. Informar de elloal Presidente para facilitar la labor de coordi-nación general.

f) En coordinación con el Comité de Provincia ysegún el previo acuerdo del Consejo tramitarlos permisos para que la Provincia tenga másde ocho distritos, o que algún distrito tengamás de ocho grupos, en su caso.

Eventuales:

a) Participar en las reuniones regionales y na-cionales de su competencia.

b) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de Sub Comisionados de Opera-ción de la Provincia.

c) Asignar funciones específicas por escrito alos Sub Comisionados de Operación.

Manual de Operación Nivel Provinica29Asociación de Scouts de México A.C.

d) Nombrar a los responsables de los equiposde apoyo de cualquier tipo de evento de suComisión que se realice en su jurisdicción.Pueden ser personas no miembros de la Aso-ciación, sin que por ese solo hecho los hagamiembros de ella.

e) En coordinación con el Comisionado de For-mación de Recursos Adultos aplicar el Esque-ma de Formación, valiéndose para ello delEquipo Provincial de Formación.

f) Colaborar con el Secretario de la Provincia enla organización, control y trámite de las elec-ciones de Asociados.

g) Proponer al Comité de la Provincia la asig-nación de Grupos y territorios a cada Distri-to, asimismo realizar los trámites de regis-tro de escudos y pañoletas de los Grupos dela Provincia.

h) Tramitar los permisos necesarios para el fun-cionamiento de grupos especiales y grupos ex-tranjeros, estos últimos en coordinación conel Comisionado Internacional de la Provincia.

9.8. COMISIONADO DE PROGRAMA EDUCA-TIVO DE PROVINCIA

9.8.1 Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.8.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Manejo de los programas educativos de laASMAC en todas las ramas.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

c) Poseer la Insignia de Madera.

Habilidades:

a) Que sepa formar equipos de trabajo y mante-nerlos trabajando con eficiencia.

b) Que sepa comunicarse y ser empático.c) Capacidad para administrar eventos.d) Capacidad de manejo de dinero.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.8.3. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Comité de Pro-vincia.

b) Planear, dirigir las acciones, evaluar y hacerlos seguimientos de los trabajos de la Comi-sión permanentemente.

c) Tener al día y dar a conocer a los miembros dela Comisión la literatura de Programa emitidapor la Comisión Nacional de Programa educa-tivo y adecuarla a las características y necesi-dades de la Provincia comunicándolo a la Co-misión Nacional de Programa Educativo.

d) Cumplir con las acciones aprobadas por elConsejo de Provincia en el Plan de Trabajode ella e informar sobre sus avances al Co-mité de Provincia.

e) Coordinar las actividades de programa de deProvincia.

Compartidas:

a) Elaborar la literatura necesaria para ayudar ala aplicación del Programa Scout de la Pro-

30 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

vincia, valiéndose de los Sub Comisionados ycolaboradores de Programa. Todas las publi-caciones de ésta naturaleza deberá ser en-viada para su conocimiento, al ComisionadoNacional de Programa Educativo.

b) Ayudar a que se aplique el Programa Scouten las Secciones de los Grupos de la Provin-cia.

c) Pugnar constantemente para que en todaslas actividades de su responsabilidad los par-ticipantes tomen las medidas de seguridadconvenientes y coadyuvar en ello en todo mo-mento. Cuando, por su importancia lo requie-ra en eventos de muchachos solicitará cola-boración al Comité de Provincia para que bus-que apoyo institucional de las autoridades ci-viles y militares con ese propósito.

d) Responsabilizarse de que no participen eneventos de su Comisión personas no regis-tradas en la Asociación, con la salvedad de lomencionado en el inciso i, ni Dirigentes queno reúnan los requisitos que losOrdenamientos señalen.

e) Coordinar sus planes y acciones con los de-más Comisionados de Provincia en las se-siones del Comité de Provincia, o fuera deesas sesiones, cuando lo juzgue necesario.Informar de ello al Presidente de Provincia parafacilitar la labor de coordinación general.

f) Promover en la Provincia las actividades deservicio y desarrollo de la Comunidad.

Eventuales:

a) Participar en las reuniones regionales y na-cionales de su competencia.

b) Organizar, convocar y presidir las reunionesde su Comisión. Una de ellas deberá celebrar-se a más tardar el 15 de octubre.

En esa sesión deberá elaborarse una lista desugerencias al Comité de Provincia sobre elcalendario de actividades a su cargo, para elsiguiente año.

c) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de Sub Comisionados, Colabora-dores, Capellanes y Asesores Religiosos deProvincia.

d) Asignar funciones específicas por escrito alos Sub Comisionados de Formación.

e) Nombrar a los responsables de los equiposde apoyo de cualquier tipo de evento de suComisión que se realice en su jurisdicción.Pueden ser personas no miembros de la Aso-ciación, sin que por ese solo hecho los hagamiembros de ella.

f) En coordinación con el Comisionado de For-mación de Recursos Adultos aplicar el Esque-ma de Formación, valiéndose para ello delEquipo Provincial de Formación.

g) Emitir su opinión y hacer sugerencias al Co-mité de Provincia con el fin de ayudar a que laProvincia a través de los Concesionarios oDistribuidores del Sistema Nacional de Alma-cén y Tienda provea adecuadamente a lamembresía de uniformes, insignias, equipo,literatura y materiales diversos para la correc-ta aplicación del Programa Scout.

h) Encabezar las actividades provinciales, re-gionales o nacionales que hubiesen sido asig-nadas a la Provincia. Asignar, en su caso, alDirigente que encabece la organización dedichos eventos, pero responsabilizarse de quelas acciones emprendidas conduzcan al buenéxito del evento.

i) Coordinar con Jefes de Grupo y Comisiona-dos de Distrito las labores que dentro delEscultismo deban realizar los Capellanes yAsesores Religiosos de los Grupos, Distritosy Provincia; principalmente, las que se refie-ren al diseño, implantación, desarrollo y eva-luación de sus Planes de Trabajo. Coordinarcon el Comisionado de Formación de Recur-sos Adultos el que los Capellanes y AsesoresReligiosos reciban la Formación adecuadapara que puedan relacionar su misión con losfines del Movimiento Scout.

Manual de Operación Nivel Provinica31Asociación de Scouts de México A.C.

j) Presidir las reuniones Religiosos cuando losCapellanes y Asesores no sean todos de lamisma religión.

k) Proponerle al Comisionado Nacional de Pro-grama Educativo la actualización del Pro-grama Scout sobre la base del conocimien-to que posee de los intereses y necesida-des de los muchachos para lograr su for-mación integral.

9.9. COMISIONADO INTERNACIONAL DEPROVINCIA

9.9.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.9.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Manejo de los programas educativos de laASMAC en las tres ramas.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

c) Haber participado en algún evento internacio-nal como asistente u operador de programa.

Habilidades:

a) Que sepa formar equipos de trabajo y mante-nerlos trabajando con eficiencia.

b) Que sepa comunicarse de forma fluida tanto

verbal como escrita en otro idioma, ademásdel español.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.9.2. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Comité de Pro-vincia.

a) Planear, evaluar permanentemente, dirigir lasacciones y hacer los seguimientos de los tra-bajos propios de su cargo.

b) Tener al día y dar a conocer a los miembrosde la Provincia y en especial al Comisionadode Programa, la literatura y noticias sobreEscultismo Internacional emitida por el Comi-sionado Internacional para su aplicación en elPrograma Scout y que los muchachos ten-gan la oportunidad de participar en EventosInternacionales.

c) Promover las relaciones internacionales en-tre muchachos por medio del Escultismo, aligual que la comprensión de la HermandadMundial por todos los medios a su alcance yapoyándose principalmente con el Comisio-nado de Programa, incluyendo en formaenunciativa y no limitativa, las siguientes:

d) Fomentar el interés en los muchachos parahacer viajes al extranjero, ofreciéndoles pro-gramas bien preparados que incluyan activi-dades con Scouts del país que visiten.

e) Coordinación de las acciones para atenderpeticiones de amigos por correspondencia, elprograma de Intercambio Epistolar Scout Mun-dial.

Compartidas:

a) Promoción activa de la celebración de cam-pamentos internacionales y otras actividadescon visitantes extranjeros.

b) Estímulo y ayuda a los Grupos Scouts y a losmiembros de la Provincia para que inviten aScouts del extranjero a sus campamentos yreuniones y que les ofrezcan hospitalidad enhogares de familias cuyos integrantes seanmiembros de la Asociación.

32 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

c) Dando charlas sobre el Escultismo Interna-cional en reuniones Scouts locales o regiona-les, clubes de servicio, simpatizantes y de-más personas interesadas en el asunto.

d) Promoviendo programas entre «ciudades her-manas” y de esa manera promover la amis-tad entre los miembros del Movimiento Scout.

e) Promoviendo el aprendizaje y la práctica deidiomas extranjeros entre nuestros miembrosy ayudar a los Scouts visitantes que quieranestudiar el nuestro, animándolos a que ganenlas Especialidades de «Amigo del Mundo» yde «Intérprete». Estas acciones las coordina-rá con el respectivo Jefe de Sección.

- Promoviendo la participación de los miembrosde la Provincia en Actividades Scouts Interna-cionales, tales como «Manos a Través de laFrontera» (Norte y Sur), Camp Staff Programde los B.S.A., etc.

e) Atender toda la correspondencia recibida delComisionado Internacional y, en su caso, con-testarlas oportunamente.

í) Pugnar por la mayor participación posible dela membresía provincial en el Jamboree en elAire «JOTA» y el Jamboree en Internet “JOTI”,cumplir con los requisitos señalados por el or-ganizador del evento y solicitar los reconoci-mientos a los muchachos por su participación.

m) Allegarse material y fotografías de las activi-dades internacionales que lleven a cabo losGrupos y miembros de la Provincia. Mantenerun archivo de ellos y utilizarlo como materialde orientación y motivación en posteriores ac-tividades.

Eventuales

a) Ayudar a los miembros que vayan al extranje-ro dándoles direcciones de Scouts de otrospaíses para que los ayuden en sus activida-des Scouts que deseen desarrollar en los paí-ses a visitar y ayudarles a preparar sus pro-gramas de viaje.

b) Poner en contacto a Dirigentes extranjeroscon miembros del Movimiento Scout Mexica-no.

c) Contestar a las consultas que los Scouts ex-tranjeros les hagan sobre nuestra Asociacióny las de los Grupos Scouts de la Provinciasobre el Escultismo, ofreciendo a quienes

deseen visitar las localidades de la Provinciael asesoramiento necesario sobre lugares deacampado, lugares interesantes, hospedaje,etc.

d) Asegurar que todo campamento o excursiónal extranjero sea autorizado por el Comisio-nado Internacional y por las autoridades de laagrupación Scout del país que se visitará,para lo cual con tiempo suficiente de antici-pación comunicará a ambos los proyectos eitinerarios correspondientes.

e) Asegurar que todo Grupo Scout pertenecien-te a alguna agrupación Scout extranjera,miembro de la Organización Mundial del Mo-vimiento Scout que opere en la Provincia,cuente con el reconocimiento, autorización yregistro anual de la Asociación de Scouts deMéxico.

f) Asegurar que el Emblema, Bandera e InsigniaScout Mundiales, se usen de acuerdo con loseñalado en el Reglamento y los lineamientospublicados por la Comisión Internacional.

g) Promover la participación en los eventos como«Unirse al Jamboree» en los años en que secelebre el Jamboree Mundial y otros análogos.

h) Asegurarse de que todas las solicitudes y ofre-cimientos de ayuda de la Provincia a otras agru-paciones miembros de la Organización Mun-dial del Movimiento Scout cumplan con lo se-ñalado en acuerdos internacionales, o sea quese lleve a través de su propia oficina Nacional,por medio del Comisionado Internacional.

i) Asegurar que, al finalizar cualquier actividadinternacional, se envíe a la Asociaciónanfitriona y a los responsables de la actividaduna carta de agradecimiento y de ser posibledejar a los anfitriones un recuerdo en cadaactividad, preferentemente alguna artesaníamexicana.

j) Asegurar que los Grupos y miembros del Mo-vimiento Scout de otros países que nos visi-ten, tengan una bienvenida y un trato Scoutdignos.

k) Certificar o endosar las Cartas Internaciona-les que porten los Scouts visitantes.

l) Participar en las reuniones regionales y nacio-nales de su competencia.

m) Organizar, convocar y presidir las reunionesde su Comisión. Deberá celebrar cuando me-nos una al año antes del 15 de octubre para

Manual de Operación Nivel Provinica33Asociación de Scouts de México A.C.

tratar, entre otras cosas, el calendario de acti-vidades del año siguiente.

n) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de colaboradores de la Comisión.

o) Asignar funciones específicas por escrito asus colaboradores.

p) Ayudar a tramitar la Carta Scout Internacionala la membresía de la Provincia que la solicitey promover que en el país que visiten les en-dosen o certifiquen en ella su visita.

q) Llevar en una libreta el registro de las Cartas ScoutInternacional que haya tramitado y/o expedido.

9.10. COMISIONADO DE RELACIONES DEPROVINCIA

9.10.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia.

9.10.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos tres años.

Habilidades:

a) Manejo de Relaciones Públicas

9.10.3. Funciones.

a) Participar en las reuniones del Comité de Pro-vincia.

b) Presidir y participar activamente en las cam-pañas de relaciones públicas e internas de laProvincia.

c) Presentar al Comité de la Provincia proyec-tos de actividades que permitan un acerca-miento con la comunidad y que propicien eldesarrollo del Movimiento Scout, como pue-den ser:

- Uso de los medios masivos de comunicaciónen los términos del Reglamento.

- Publicaciones informativas sobre el Escultismo,en coordinación con el Vocal de Publicacio-nes de la Provincia.

- Visitar periódicamente, y con propósitos defini-dos, a autoridades y personas importantes dela comunidad.

- Coordinación de actividades scouts que ten-gan o produzcan efectos de relaciones públi-cas.

- Coordinación de los servicios a la comunidada nivel Provincia con propósitos de fomentarlas buenas relaciones con ella y el Movimien-to Scout.

Compartidas:

a) Coadyuvar con el Comisionado Nacional deRelaciones en las labores materia de su car-go dentro del territorio provincial.

b) Coordinación de los trabajos internos para quese mantenga entre la dirigencia un ambientede entusiasmo y cooperación entre todos susmiembros.

Eventuales

a) Proponer al Presidente de la Provincia el nom-bramiento de Vocales de Relaciones para quele auxilien en la oportuna y correcta ejecuciónde sus funciones.

b) Fomentar que se otorguen los reconocimien-tos Scouts a los miembros de su Provincia,simpatizantes y personas que con su aporta-ción hayan hecho posible el desarrollo del Mo-vimiento Scout en su territorio y hacer notarpúblicamente esos reconocimientos. Ayudara correr los trámites respectivos según dis-posiciones reglamentarias.

34 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

9.11. SUB COMISIONADO DE FORMACIÓNDE RECURSOS ADULTOS DE PROVINCIA

9.11.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Comisionadode Formación de Provincia.

9.11.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Planes, programas y políticas de Formaciónde Recursos Adultos.

c) Poseer la Insignia de Madera.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scout cuan-do menos en los últimos tres años.

b) Poseer la Insignia de Madera.c) Haber participado cuando menos en dos cur-

sos de Formación como Formador.d) Haber participado, como asistente o coordi-

nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Formación de equipos de trabajo y mantener-los trabajando con eficiencia.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.11.3. Funciones.

a) Guardar, conservar en buen estado y llevarcontrol del equipo y materiales de la Comisión.

b) Llevar registro de candidatos a quiénes debaimpartírseles la Formación, cursos especia-les y de quiénes están en ese proceso, paradarles el servicio que la Provincia debe pro-veer a los Dirigentes en materia de formación.

c) Llevar los registros, controles, libros, archi-vos, correspondencia y en general trabajo deoficina de la Comisión de Formación de Re-cursos Adultos.

Compartidas:

a) Pugnar constantemente para que los partici-pantes y Dirigentes de todo tipo de activida-des de formación tomen las medidas de se-guridad convenientes y coadyuvar en esta ta-rea en todo momento.

b) Encargarse de la preparación de Dirigentescandidatos a tomar cursos de Formación paraser Formadores y para ser Directores de For-mación, con el propósito de que logren unmejor aprovechamiento cuando tomen el cur-so. Después del curso los ayudará a planear,desarrollar y a evaluar sus compromisos con-secuentes.

c) Ayudar a la organización de seminarios, me-sas redondas, charlas, conferencias, entre-vistas y todo lo relacionado con la realizaciónde la Formación.

d) Producir proyectos de literatura, medios vi-suales, auditivos y audiovisuales de comuni-cación y difusión para el formación.

9.12. SUB COMISIONADO DE OPERACIÓNDE PROVINCIA

9.12.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Comisionadode Operación de Provincia.

9.12.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Manual de Operación Nivel Provinica35Asociación de Scouts de México A.C.

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Planeación y elaboración de programas detrabajo.

c) Poseer la Insignia de Madera.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos dos años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Integración de equipos de trabajo.b) Facilidad de palabra.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.12.2. Funciones.

a) Dar el apoyo necesario a los Comisionadosde Distrito y a los Jefes de Grupo para queéstos alcancen la membresía suficiente paracubrir los topes de membresía de cada Sec-ción según lo establece el Reglamento.

b) Auxiliar a los Grupos a llevar a cabo las accio-nes necesarias para tener al día el contenidode «Hagamos un Plan de Grupo».

c) Prestar a los Distritos la ayuda necesaria paraelaborar y dar seguimiento del documento«Plan de Distrito».

d) Llevar los registros, controles, libros archivos,correspondencia y en general trabajo de ofici-na de la Comisión de Operación.

e) Las que le sean asignadas por el Comisiona-do de Operación de Provincia.

Compartidas:

a) Pugnar constantemente para que los partici-pantes y Dirigentes de todo tipo de activida-

des tomen las medidas de seguridad conve-nientes y coadyuvar en esta tarea en todo mo-mento.

b) Producir proyectos de literatura, medios vi-suales, auditivos y audiovisuales de comuni-cación y difusión para cumplir con los com-promisos de los grupos y distritos en lo rela-cionado con el Reconocimiento Nacional alMérito.

Eventuales:

a) Encargarse de llevar a cabo las acciones ne-cesarias para formación de nuevos grupos enel territorio de la Provincia, ya sea por que lasolicitud de vecinos para su formación o poracciones de expansión acordadas por el Con-sejo de Provincia.

9.13. SUB COMISIONADOS DE PROGRAMAEDUCATIVO DE PROVINCIA

9.13.1. Nombramiento.

Son nombrados en los términos de la secciónprimera del capítulo dos del Reglamento.

Los Sub Comisionados de Programa Educativo:

- de Manadas de Provincia,- de Tropas Scouts de Provincia,- de Tropas Expedicionaria de Provincia,- de Clanes de Provincia,- de Programa de Provincia,

A excepción del último, cada Sub Comisionadodeberá dirigir y presidir la Sub Comisión dePrograma que le corresponde de acuerdo a sunombramiento.

En su ausencia, temporal o absoluta, elComisionado de Programa designará por eltiempo que fuese necesario al coordinador delos trabajos que deberá efectuar la SubComisión.

Responde de su gestión ante el Comisionadode Programa de Provincia.

36 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

9.9.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Manejo de los programas educativos de laASMAC.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos dos años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Que sepa formar equipos de trabajo y mante-nerlos trabajando con eficiencia.

b) Que sepa comunicarse y ser empático.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.13.2. Funciones.

Las funciones relatadas, se refiere a las Sec-ciones de su respectivo cargo.

Producción de material de apoyo:

a) Formar un catálogo de actividades Scouts (Fi-chas técnicas), que es una colección con ladescripción de ellas, ya sean juegos, servi-cios, pistas u otros ejercicios, aplicables acada una de las fases de las correspondien-tes etapas que forman el Plan de Adelanto In-dividual de su Sección.

Cada ficha técnica deberá contener loslineamientos señalados en las FichasMACPRO.

b) Lograr que en el seno de las mesas de traba-jo se produzcan proposiciones sobre las Es-pecialidades, específicamente sobre lo si-guiente:

- Adaptación a la localidad de condición y reglaspara la obtención de ellas.

- Reglas y condiciones para su obtención queaún no cuenten con la reglamentación nece-saria.

- Nuevas Especialidades no incluidas en el ca-tálogo emitido por la Comisión Nacional de Pro-grama Educativo, incluyendo la proposición dereglas y condiciones.

c) Formar un catálogo de lugares, que es unacolección de datos de diferentes sitios apro-piados para acantonar, acampar, excursionar,expedicionar, etc., según el caso, útil para losmuchachos que vayan a realizar actividadesal aire libre. Cada una contendrá lo siguiente:

- Nombre y ubicación del sitio o zona.- Formas recomendadas para llegar al lugar.- Descripción de sitios: topografía, formaciones

naturales, flora, fauna, clima, edificaciones in-teresantes y lugares arqueológicos.

- Datos socioeconómicos del área.- Historia, tradiciones y leyendas.- Fuentes de información previa y complemen-

taria.- Precauciones que deban tomarse y recomen-

daciones acerca del lugar.

d) Formar la colección de canciones scouts quees un conjunto de:

- Letras y música de canciones Scouts o deambientación.

- Cd’s y cintas magnetofónicas grabadas con mú-sica o canciones del tipo antes mencionado.

e) Producir guías prácticas y material de orien-tación, de ceremonias de muchachos. Cata-lóguense los trabajos en forma simple:

- Cómo hacer un Encuentro de Cortes de Ho-nor; cómo hacer Campamento de Seiseneros,etc.

Manual de Operación Nivel Provinica37Asociación de Scouts de México A.C.

- Ideas para ceremonias importantes como Pro-mesas, Pasos a una Sección Superior.

- Bienvenida a la Sección, a la Patrulla, etc.

Para las actividades que tengan directrices o ins-tructivos emitidos por la Comisión Nacional dePrograma Educativo, estos deben acatarse.

f) Los catálogos descritos en los incisos a) al e)se integrarán con las fichas técnicas que sereciban por otros medios, como de la Comi-sión Nacional de Programa Educativo, de otrasProvincias, etc. y las producidas por Dirigen-tes de la Provincia.

Deberá tener cuidado de producir varias copiasde los catálogos, para uso de las mesas de tra-bajo, para conocimiento de la Comisión Nacio-nal de Programa Educativo y para la bibliotecade la Provincia.

Otras acciones permanentes:

a) Promover constantemente el buen uso del uni-forme scout.

b) Convocar, organizar y presidir las reunionesde la Sub Comisión a su cargo.

c) Organizar actividades masivas propias de susSecciones, cuando así lo señale el calendariode actividades de la Provincia y como resulta-do que satisfaga una necesidad de apoyo alPrograma Scout.

d) Producir avisos necesarios e interesantes enlos tableros o periódicos murales de la Pro-vincia, Distritos y Grupos.

e) Participar en la organización local de activida-des de cobertura regional, nacional e interna-cional propias de las Secciones a su cargo.

f) Participar en las reuniones de la Comisión dePrograma de Provincia, en las regionales y na-cionales a que sea convocado.

Compartidas:

a) Organizar a un comité para colaborar en laspublicaciones de la Provincia con informaciónde su comisión

b) Coordinarse con el Comisionado Internacio-nal de Provincia para actuar congruentemente

y obtener facilidades para que los muchachosde las Secciones a su cargo tengan comuni-cación con miembros del Movimiento Scoutde otros países.

c) Pugnar constantemente para que los partici-pantes y Dirigentes de todo tipo de activida-des tomen las medidas de seguridad conve-nientes y coadyuvar en esta tarea en todomomento.

d) Colaborar con el Comisionado de ProgramaEducativo de Provincia en la actualización delPrograma Scout e integrar éste a las necesi-dades y posibilidades de la Provincia.

Eventuales:

a) Presentar proyecto de actividades de laProvincia relacionadas con las Seccionesa su cargo, para integrarse al calendarioprovincial.

b) Participar en la elaboración del informeanual que deba presentarse a la AsambleaInformativa de Provincia.

9.14. COLABORADORES DE PROGRAMAEDUCATIVO DE PROVINCIA

9.14.1. Nombramiento.

Son nombrados en los términos de la secciónprimera del capítulo dos del Reglamento.

Todos los Colaboradores de Programa respon-den de su gestión ante el Comisionado de Pro-grama de Provincia.

9.14.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Manejo de los programas educativos de laASMAC.

38 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos dos años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Trabajo en equipo

9.14.2. Funciones.

Cuando el Colaborador se dedique a realizar tra-bajos para el Comisionado de Programa Edu-cativo de Provincia, será éste quien le señalesus funciones, y el nombre de su cargo irá acom-pañado de la designación para el trabajo que lorequiera el Comisionado. Por ejemplo: Coordi-nador del Campamento de Scouters de Provin-cia, Redactor del Boletín de Programa, etc.

Cuando el Colaborador se dedique a realizar tra-bajos para una sola Sub Comisión de ProgramaEducativo de Provincia, será el Sub Comisiona-do respectivo quien le señale sus funciones, conla aprobación del Comisionado de Programa Edu-cativo de Provincia, el nombre de su cargo iráacompañado de la designación para la Sub Co-misión que requiera su colaboración. Ejemplo:Colaborador de la Sub Comisión de Manadas.

En ningún caso llevarán la designación deJefe o Sub Jefe para evitar confusiones re-glamentarias.

9.15. CAPELLÁN DE PROVINCIA

9.15.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Solamente se le da a una persona que ha recibi-do la investidura de ministro de culto por partede las autoridades de su respectiva religión yestá, por lo tanto, autorizada a difundir su fe reli-

giosa, orientar en ella a los practicantes de esareligión y a proporcionarle los servicios de suministerio.

Únicamente puede haber un Capellán de Pro-vincia por cada una de las confesiones religio-sas que manifiesten profesar los miembros deella. Se distinguirán con el nombre de su Reli-gión. Por ejemplo Capellan Católico de Provin-cia, Capellán Mormón de Provincia, etc.

El Comisionado de Programa Educativo de Pro-vincia consultará a las autoridades religiosascompetentes sobre los candidatos que tengapara hacer la proposición a que se refiere el ar-tículo 17 del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Comisionadode Programa de Provincia.

9.15.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Programas educativos de la ASMAC.

9.15.3. Funciones.

Las funciones se refieren a las de su propiareligión.

a) Planear, dirigir y evaluar los trabajos de Capella-nes de los Grupos y Distritos y Asesores Reli-giosos de los Grupos, Distritos y Provincia.

b) Presidir las reuniones plenarias o generalesde los Capellanes y Asesores Religiosos ads-critos a la Provincia y hacer que su labor serealice con entusiasmo, eficiencia y estricta-mente con el propósito de orientar, ayudar yasesorar a los Dirigentes.

c) Participar en la planeación y evaluación deactividades en todo lo relativo al cumplimientode los deberes religiosos de los muchachos yfomentar su adhesión a los principios espiri-

Manual de Operación Nivel Provinica39Asociación de Scouts de México A.C.

tuales, de lealtad a la religión que los expresey aceptación de los deberes que resulten deella.

d) Mantener informada a la membresía de la Pro-vincia sobre las disposiciones de las autori-dades religiosas y darles consejos de cómocumplirlas.

e) Ayudar a los Comisionados de Programa Edu-cativo y Formación de recursos Adultos a pre-parar, editar y difundir material escrito y de otraíndole destinado a Dirigentes y muchachos.

f) Vigilar que no se practique el proselitismo reli-gioso.

g) Cuidar de que la Provincia mantenga víncu-los con las autoridades de su organización re-ligiosa, provechosos para los muchachos yDirigentes.

h) No interferir para que la Provincia mantengasu independencia de organizaciones o jerar-quías religiosas.

í) Lograr que todos los Jefes de Grupo tengan laasesoría religiosa suficiente para cumplir consus obligaciones de la materia.

j) Cerciorarse de que los Capellanes y Aseso-res Religiosos de la Provincia tengan el con-trol suficiente para que las oraciones que ha-cen en común, las meditaciones y reunionesque se hagan sobre su religión no se contra-digan los principios de respeto al credo de losdemás.

k) Participar en las reuniones de las Sub Comi-siones de Programa en los términos que se-ñale el Comisionado.

l) Participar en las reuniones de la Comisión dePrograma Educativo de Provincia.

Eventuales:

a) Participar en las reuniones del Consejo de Pro-vincia cuando el Presidente o el Vicepresidentelo inviten. A ellas asistirá con voz pero sin voto.

b) Auxiliar a los Comisionados de Distrito y a losJefes de Grupo a seleccionar candidatos a Ca-pellanes y Asesores Religiosos.

c) Informar al Comisionado de Programa sobresus planes de trabajo y evaluaciones, con laperiodicidad que éste le indique.

d) Deberá cumplir con su Plan de FormaciónScout como lo establece el artículo 16 del Re-

glamento y se mantendrá constantemente ac-tualizado en los conocimientos y las prácti-cas del Escultismo.

e) Colaborará con el Comisionado de Programaen la elaboración del calendario de actividadesy, si es el caso, en el del presupuesto anual.

f) Proponer al Comisionado de Programa candi-datos para ocupar el cargo de Asesores Reli-giosos que le ayuden en sus labores.

9.16. ASESOR RELIGIOSO DE PROVINCIA

9.16.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Este cargo debe ser otorgado a persona adultaque tenga reconocida autoridad moral en la Pro-vincia y una reputación tal que el Capellán, o ensu defecto, el Comisionado de Programa Edu-cativo de Provincia, la considere digna de ase-sorar a la dirigencía en las materias de la res-pectiva religión.

En su caso, el Comisionado de Programa Edu-cativo de Provincia consultará al Capellán deProvincia sobre los candidatos que tenga parahacer las proposición a que se refiere el artículo16 del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Capellán de Pro-vincia o, en su defecto, ante el Comisionado dePrograma de Provincia.

9.16.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Programas educativos de la ASMAC.

9.16.3. Funciones.

Las funciones se refieren a las de su propia religión.

40 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

a) Ayudar al Capellán de Provincia en sus fun-ciones, como éste le indique.

b) En caso de no tener la Provincia Capellán, unAsesor Religioso efectuará sus funciones conlas limitaciones que le señale el Comisionadode Programa.

c) Asistir a las reuniones de coordinación de lostrabajos que sean materia de su cargo, cuan-do lo convoque el Capellán o, en su ausencia,en los términos que señale el Comisionadode Programa.

d) Participar en las reuniones de la Comisión dePrograma y, si es convocado, a las de las SubComisiones de Programa.

9.17. COLABORADORES DE LA COMISIÓNINTERNACIONAL DE PROVINCIA

9.17.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el ComisionadoInternacional de Provincia.

9.17.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Programas educativos de la ASMAC.

9.17.2. Funciones.

a) Son fijadas por el Comisionado Internacionalde Provincia.

b) Asistir a las reuniones de la Comisión Interna-cional de Provincia.

9.18. COLABORADOR DE ADMINISTRACIÓNDE PROVINCIA

9.18.1 Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia o ante el Dirigente que éste designe.

9.18.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Conocimientos básicos de administración.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos dos años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Trabajo en equipo.b) Elaboración y seguimiento de planes.

9.18.3. Funciones.

a) Ayudar al Presidente de Provincia a correr lostrámites para la contratación y asuntosoperativos, legales y conexos de Ejecutivos yempleados de la Provincia y de servicios queterceros presten a la Provincia gratuitamenteo con pago de Honorarios.

b) Establecer, organizar y dirigir la Oficina de Provincia.c) Coordinar los trabajos secretariales, como

son atención al teléfono, fax, copiadora, com-putadora, trabajos de mecanografía, archivo,mantener directorios, recibir, distribuir y con-testar correspondencia, etc.

Manual de Operación Nivel Provinica41Asociación de Scouts de México A.C.

d) Encargarse de los trámites de Registros Na-cionales de los miembros de la Provincia. Man-tener su control y emisión de informes. Man-tiene comunicación con la Oficina Nacionalsobre la materia.

e) Ayudar a los Dirigentes de Nivel Provincia enlabores de oficina propias de sus cargos.

9.19. DIRECTOR DE LOCALES Y CAMPOSDE PROVINCIA

9.19.1.- Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia o ante el Dirigente que éste designe.

9.14.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos dos años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Organización de equipos de trabajo.

Además:

a) Que sea ejemplo de los valores de nuestromovimiento.

9.19.2. Funciones.

a) Encabezar la organización para conseguirlocales y campos, una vez obtenida la autori-zación respectiva.

b) Administrar el local y campos y vigilar que seempleen según instrucciones recibidas y enel marco de las leyes civiles y losordenamientos de la Asociación. Dentro deesto vigilar que se pague la renta, impuestosprediales, agua, electricidad, mantenerlos enbuen uso, cuidar de su seguridad, etc.

c) Proponer al Comité de Provincia el reglamen-to interno y prácticas de buen uso en cadacampo y del local.

d) Proponer al Comité de Provincia proyectosde desarrollo y mejor aprovechamiento decada campo.

e) En su caso, en el local de la Provincia, alojarla tienda del Distribuidor o Concesionario delAlmacén Nacional, la Biblioteca y diversos ser-vicios que determine la Provincia ofrecer a susmiembros, como son:

- Exhibición de trabajos de los muchachos.- Talleres de Especialidades,- Actos culturales como audiciones musicales,

conferencias, exposiciones artísticas, etc.- Ceremonias Scouts importantes,- Imprenta, copiado.- Cabina de Comunicación, laboratorios, cuar-

tos oscuros para trabajos fotográficos.- Exhibición de pañoletas y escudos de los Gru-

pos, etc.f) Encargarse de la adquisición, guarda y con-

servación del mobiliario y equipo de la Provin-cia.

g) Fomentar y vigilar el buen uso del local deProvincia.

Eventuales:

a) Presentar al Comité de Provincia un proyectode consecución y arranque de Locales y Cam-pos Scouts de Provincia que contengan, porlo menos lo siguiente:

- Determinación de la necesidad que tiene la Pro-vincia y los servicios que se brindarán.

- Especificaciones idóneas, deseables o posi-bles para brindar el servicio.

42 Manual de Operación Nivel ProvinicaAsociación de Scouts de México A.C.

- Costo y posibilidades estimados para adquirir-los y para mantenerlos en funcionamiento.

- Propuestas para administración y reglas parausarlos.

- Asuntos legales inherentes.b) Presentar al Comité de Provincia presupues-

to anual de la operación del local y de los cam-pos y, una vez aprobado, vigilar que se apli-que correctamente.

c) Presentar informes al Comité de Provinciasobre el uso que se ha dado al local y a loscampos, su administración, tesorería e inci-dentes.

d) En el local de Provincia proporcionar lugaradecuado para reuniones de Dirigentes de laProvincia.

9.20. COLABORADOR DE PUBLICACIONESDE PROVINCIA

9.20.1. Nombramiento.

Es nombrado en los términos de la sección pri-mera del capítulo dos del Reglamento.

Responde de su gestión ante el Presidente deProvincia o ante el Dirigente que éste designe.

9.20.2. Requisitos.

Además de los señalados en el artículo 16 delReglamento, deberá cumplir con estos:

Conocimientos:

a) Reglamento, Estatuto y Manuales de organi-zación de la ASMAC.

b) Redacción.c) Edición de textos.

Experiencia:

a) Haber pertenecido al movimiento scouts cuan-do menos en los últimos dos años.

b) Haber participado, como asistente o coordi-nador en actividades de su Provincia y en ac-tividades Nacionales.

Habilidades:

a) Facilidad de palabra escrita.b) Capacidad de síntesis.

9.20.3. Funciones.

a) Colaborar con las Publicaciones oficiales dela ASMAC, enviando los artículos para ser edi-tados en las publicaciones nacionales, textosnuevos y enmiendas a los actuales, emana-dos de las Comisiones de Provincia y de élmismo.

b) Editar el boletín oficial de la Provincia en laforma autorizada por el Comité de Provincia.

c) Vigilar que las publicaciones de todos los ni-veles de la Provincia cumplan con los requisi-tos reglamentarios y las disposiciones quedicte la Comisión Ejecutiva Nacional.

d) Encargarse del periódico mural de la Provin-cia y de que éste cumpla con su objetivo decomunicación interna de la membresía.

e) Ejercer el presupuesto de publicaciones en lostérminos que señale el Comité de Provincia.

f) Administrar la biblioteca para que proporcioneel servicio adecuado a Dirigentes, muchachosy padres de familia.

g) Planear, desarrollar y evaluar las accionespara incrementar constantemente el acervode la biblioteca.

h) Seleccionar cuidadosamente el material queingrese a la biblioteca para no desvirtuar el ob-jeto de la Asociación de propiciar el desarrollodel movimiento Scout y procurar tener colec-ciones de fichas técnicas de Actividades, Es-pecialidades, lugares de acampado, cancio-neros Scout, etc.

i) Mantener en buen estado el acervo de la bi-blioteca, desecharlo y reponerlo de acuerdo alos lineamientos que dicte el Comité de Pro-vincia.

Eventuales:

a) Fomentar la edición de publicaciones en losDistritos y Grupos para que exista una comu-nicación que apoye y ayude al desarrollo delMovimiento Scout.

Manual de Operación Nivel Provinica43Asociación de Scouts de México A.C.

b) Coadyuvar a la captación de colaboradoresde la revista y las ayudas materiales que auxi-lien a la difusión de las publicaciones de la Pro-vincia para poder cumplir con su cometido conla menor partida presupuestal posible.

c) Ayudar cuando sea el caso a la Comisión Eje-cutiva Nacional al control y registro legal detítulos y publicaciones propiedad de la Asocia-ción.

d) Responsabilizarse de que las publicacionesque lleguen de otras Provincias y de la Ofici-na Nacional, así como las propias de la Pro-vincia, sean debidamente distribuidas y quelleguen oportunamente a los destinatarios.

e) Ayudar a las Comisiones y Sub Comisionesde Provincia en la formulación, redacción y di-fusión de las fichas técnicas y sus boletines.

f) Establecer la biblioteca para que proporcioneservicio a la membresía provincial, de ser po-sible dentro del local de la Casa Scout. inclui-dos libros, mobiliario, materiales y colabora-dores para administrarlos.

g) Alentar y ayudar a los Distritos y Grupos aformar sus bibliotecas.

Fin del manual

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