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MANUAL DE EGRESOS DE GARANTIAS Las operaciones a realizar en éste módulo son las siguientes: Preparar una Devolución de Depósitos en Garantía. Modificar un Documento en Preparación. Consultar los Registros de Devolución de Garantías. Imprimir los Documentos. Eliminar una Devolución en preparación. Consultar los detalles en el Sistema. Ejecución de garantía por incumplimiento.

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MANUAL DE EGRESOS DE GARANTIAS

Las operaciones a realizar en éste módulo son las siguientes:

Preparar una Devolución de Depósitos en Garantía.

Modificar un Documento en Preparación.

Consultar los Registros de Devolución de Garantías.

Imprimir los Documentos.

Eliminar una Devolución en preparación.

Consultar los detalles en el Sistema.

Ejecución de garantía por incumplimiento.

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INDICE

PANTALLA INICIAL DEL MODULO DEVOLUCION DE DEPOSITO EN GARANTIA ......................... 3

PREPARAR UNA DEVOLUCION DE DEPOSITO EN GARANTIA .................................................. 4

1. DEVOLUCION DEFINITIVA DE GARANTÍA ……………..……………………………………………………………………..5

2. DEVOLUCION DEFINITIVA DE FONDO DE REPARO ………………………………………… …………………………… .7

3. DEVOLUCION DEFINITIVA DE GARANTIA RETENIDA EN O.P. ………………………………………………… ……. 8

4. DEVOLUCION DE GARANTIA POR SUSTITUCION ……………………………………………………………………… … 8

5. DEVOLUCION DE FONDO DE REPARO POR SUSTITUCIÓN ………………………………………………………… … ..9

6. DEVOLUCION DEFINITIVA DE GARANTIA RETENIDA EN O.P. POR SUSTITUCION …………………………… …… 9

DAR CURSO Y/O APROBAR UN COMPROBANTE .................................................................. 10

ELIMINAR UNA DEVOLUCION DE DEPOSITO DE GARANTIA ................................................. 11

EJECUCION DE GARANTIA POR INCUMPLIMIENTO .............................................................. 11

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PANTALLA INICIAL DEL MODULO DEVOLUCION DE DEPOSITO EN GARANTIA

Botones Asignados:

Permite Preparar una Devolución de Garantía.

Permite Modificar los Comprobantes en preparación.

Permite Eliminar Comprobantes en preparación.

Permite Consultar los Comprobantes.

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PREPARAR UNA DEVOLUCION DE GARANTIA INGRESADA

Posicionarse en la jurisdicción por la cual se registró el Ingreso de Garantía

Para la preparación de una Devolución de Garantía, deberá pulsar sobre Alta.

En su Pantalla se verá:

Se deberá ingresar los siguientes datos:

-Descripción: Debe escribir una breve frase que Identifique el Comprobante, se recomienda incluir Número de Expediente por el que se gestiona la devolución, contratación a la que corresponde, motivo por el que procede la devolución, etc.

-Motivo: Se debe seleccionar de la lista desplegable

-Proveedor: Indicar el depositante de la Garantía a devolver

-Notas: Debe escribir cualquier observación o aclaración que desee agregar al Comprobante.

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1. DEVOLUCIÓN DEFINITIVA DE GARANTÍA: Corresponde cuando se dan las condiciones

para devolver las Garantías de Oferta, Adjudicación, Ejecución de Contrato, Anticipo Financiero, Sustitución de Fondo de Reparo o Fianza por Manejo de Fondos.

-Garantía de oferta: Se puede devolver de oficio una vez decidida la contratación:

a) A los oferentes no adjudicatarios, una vez decida la adjudicación.

b) Cuando hubiere vencido el mantenimiento del plazo y no hubiere prorroga de plazo.

c) Si el oferente adjudicatario solicita la devolución.

Si el oferente no mantuvo la oferta, no procede la devolución.(Art13º Dto42-E-79 y Ley 2139)

-Garantía de Adjudicación: Se devuelve una vez cumplida la contratación, habiéndose recibido los bienes o la prestación del servicio por parte del proveedor en su totalidad en tiempo y forma pactada.

-Garantía de Ejecución de Contrato: Se devuelve una vez efectuada la Recepción provisoria de la Obra.

-Fianza por manejo de Fondos o fallas de caja: se devuelve cuando el agente deja de prestar las funciones de recaudación administrativa o custodia de fondos (ejemplo cuando el responsable se haya acogido a los beneficios de la jubilación).

-Garantía de Anticipo Financiero: Se devuelve una vez que el anticipo haya sido descontado en su totalidad de los pagos al proveedor/contratista.

-Garantía de Fondo de reparo: una vez cumplido el contrato y producida la recepción definitiva de la obra.

-Una vez seleccionado el Motivo de la Devolución y el Proveedor, en la Ficha Documento de Ingreso, se debe seleccionar el Comprobante de Ingreso de Garantía aprobado a devolver que no haya sido devuelto previamente.

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-Al seleccionar el Documento de Ingreso de Garantía, el sistema automáticamente mostrará la Información relativa al mismo, completando automáticamente el Instrumento de Pago, solo pudiéndose modificar el “Monto Devolución” en menos si fuera necesario.

En caso de Tratarse de una garantía Ingresada a través de depósito bancario, se deberá seleccionar el Instrumento de Pago los siguientes:

-“Débito Bancario”

-“Cheque”

-“Transferencia Bancaria Externa”

-Pago CUT” (solo cuando debe ser pagado por la Tesorería General, y la Tesorería Jurisdiccional de la Administración Central autorizada a su uso.)

-Pulsando sobre el botón ( ) se puede acceder a la información completa del Documento de Depósito de Garantía original.

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2. DEVOLUCION DEFINITIVA DE FONDO DE REPARO: Se debe utilizar en caso que a la contratista se le hubiera efectuado la deducción del 5% de cada certificado de obra por este concepto en cada comprobante de ordenado a pagar.

En caso que la misma haya sido sustituida por un seguro de caución, se debe seleccionar “Devolución Definitiva de Garantía”

-Al seleccionar el Motivo y el Proveedor, en la Ficha “Retenciones Asociadas” se deberá elegir el Compromiso relacionado a la Obra por la que se devuelve el Fondo de reparo.

En este opción figurarán todas las retenciones efectuadas al Contratista por cada Ordenado de Pago.

-Una vez elegido el compromiso, figurarán todas las retenciones efectuadas en relación al mismo y la sumatoria total, debiendo completar el Monto de Devolución, solo pudiéndose modificar el “Monto Devolución” en menos si fuera necesario.

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3. DEVOLUCION DEFINITIVA DE GARANTIA RETENIDA EN O.P.: La misma corresponde a descuentos efectuados en el Ordenado de Pago por Garantía Contractual.

Los pasos a seguir son idénticos que el caso de Devolución Definitiva de Fondo de Reparo

4. DEVOLUCION DE GARANTÍA POR SUSTITUCIÓN: Esta opción se utiliza en caso que el Proveedor o Contratista solicite el reemplazo de la Garantía previamente ingresada.

-En primer lugar se debe ingresar la garantía que se sustituye.

-Seleccionar en la ficha “Documento Original de Ingreso” el Comprobante por el que se registró la garantía a devolver.

-Seleccionar en la ficha “Documento De Sustitución” el Comprobante de Ingreso de la nueva garantía que se ingresa, o sea la garantía que sustituye.

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5. DEVOLUCION DE FONDO DE REPARO POR SUSTITUCION: La misma corresponde en caso que a un Contratista se le hubiere retenido Fondo de Reparo de los Ordenados de Pago, y solicite se le devuelva la retención previo ingreso de una garantía que lo sustituya.

En primer lugar se debe haber ingresado la garantía que sustituya el Fondo de Reparo descontado, a través del módulo “Ingreso de Garantías”.

-Una vez seleccionado el Motivo y el Proveedor, se debe seleccionar el compromiso por el cual se realizó el descuento en el Ordenado de Pago en la Ficha “Retenciones Asociadas”

-En la Ficha “Documento de Sustitución” se debe seleccionar el comprobante de ingreso de Garantía correspondiente a la Garantía que sustituye la retención del Fondo de Reparo.

6. DEVOLUCION DEFINITIVA DE GARANTIA RETENIDA EN O.P. POR SUSTITUCIÓN: La misma procede en caso que al proveedor se le hubiera descontado Garantía Contractual en un Ordenado de Pago y haya ingresado una Garantía por dicho importe que sustituya la retención anterior.

-Los pasos a seguir son idénticos a los mencionados en “5. Devolución de Fondo de Reparo por Sustitución”

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DAR CURSO Y/O APROBAR UN COMPROBANTE

-Poner En Curso:

Una vez que se ha completado satisfactoriamente el Documento, podrá poner el comprobante En Curso marcando la casilla correspondiente.

Una vez puesto En Curso aparecerá en la bandeja de aprobaciones del usuario designado para su verificación y aprobación.

-Sacar de Curso:

Siempre y cuando el Documento no haya sido Aprobado aún, éste podrá ser sacado de Curso, desmarcando la casilla correspondiente.

1. Pulse para sacarlo de Curso.

2. Pulse Aceptar.

3. Una vez sacado de Curso el comprobante, podrá ingresar al módulo nuevamente para modificarlo.

-Aprobar:

Si el Usuario que ha ingresado es la siguiente persona en la lista de autorizaciones para el comprobante, se activará la casilla de Aprobado, para dar la aceptación de los datos del comprobante. Si los datos del comprobante son correctos, deberá marcar ésta casilla para indicar su aprobación y pulsar el botón Aceptar.

La aprobación corresponde a la Delegación Fiscal que corresponda.

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ELIMINAR UNA DEVOLUCION DE INGRESO DE GARANTIA

Para poder dar de Baja una Devolución de Ingreso De garantía, no se debe haber efectuado el Pago de la misma, o en su caso el mismo debe haber sido anulado previamente.

Los ingresos y egresos aprobados por la Delegación Fiscal respectiva podrán ser

anulados, debiendo en ese caso solicitar esta operación a personal del Dpto. de Fondos y Valores de Contaduría General de la Provincia con perfil autorizado. Devoluciones de garantías ingresadas en el circuito anterior: Cuando deba realizarse la devolución de fondos y valores cuyo ingreso fue registrado anteriormente a la implementación de los nuevos módulos (es decir mediante un ingreso extrapresupuestario), y a los fines de unificar el procedimiento, se cumplirán los siguientes pasos:

Ingresar un documento en el módulo de ingreso de garantías que reemplazará al ingreso extrapresupuestario original, consignando el N° de dicho comprobante en la descripción.

Solicitar al Dpto. Fondos y Valores de Contaduría General de la Provincia la anulación del ingreso extrapresupuestario anterior.

Gestionar la aprobación del ingreso de garantía por quien corresponda.

Generar el comprobante de devolución en el módulo de egreso de garantías y proseguir con el mismo

7. EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR INCUMPLIMIENTO

Esta opción está prevista cuando el proveedor o contratista no cumple con la entrega de los bienes o prestación de servicios y se ha agotado los plazos de retardo previstos en el pliego de bases y condiciones. Para proceder a efectuar el reclamo debería agotarse la VÍA ADMINISTRATIVA que está establecido por regla general en el art. 1088 inc. c) del nuevo CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN establece que “la resolución por clausulas resolutorias implícita exige: que el acreedor emplace al deudor, bajo apercibimiento expreso de la resolución total o parcial del contrato, a que cumpla en un plazo no menor de 15 días excepto que de los usos, o de la índole de la prestación, resulte la procedencia de uno menor. La Resolución se produce de pleno derecho al vencimiento de dicho plazo. Dicho requerimiento no es necesario si ha vencido un plazo esencial para el cumplimiento, si la parte incumplidora ha manifestado su decisión de no cumplir, o si el cumplimiento resulta imposible. En tales casos la resolución total o parcial del contrato se produce cuando el acreedor la declara y la comunicación es recibida por la otra parte. Esta regla general establecida por el código civil puede estar prevista por otros plazos en los pliegos de bases y condiciones, como por ejemplo el de obras publicas. En Obras Publicas el Pliego General de Condiciones ANEXO I aprobado por Decreto Nº1764-MOSPyMA-2000, dispone particularmente en sus Arts. 21 (pierde la garantía el contratista si no mantienen la oferta), .A su vez prevé en el art. 22, que producido el retardo o

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incumplimiento del adjudicatario en la provisión de las mercaderías se procederá a la ejecución de la garantía del contrato e inhabilitación para presentarse a futuros llamados a concursos de Precios, Licitaciones Privadas o Públicas o cualquier otra contratación que realice el Estado provincial hasta un plazo máximo de 60 días hábiles, a partir de la fecha de la notificación del instrumento legal que disponga la aplicación de la sanción, debiendo notificárselo en su domicilio constituido; respectivamente. La Administración COMITENTE, NOTIFICA fehacientemente a la Compañía Aseguradora (y al Contratista) en caso de ser que la garantía se haya constituido mediante un seguro de caución, a fin de que en término perentorio de 15 días hábiles de recibida la comunicación de la rescisión por culpa del Contratista haga efectivo el pago de la Garantía Contractual. (Este plazo de 15 días está establecido en las condiciones generales de las pólizas de seguro de caución). Una vez que se “agotado la vía administrativa” y ante falta de respuesta positiva, al vencimiento del plazo indicado, se procede a tramitar la VIA JUDICIAL para llevar a cabo el mismo, debe emitirse un acto administrativo (resolución de la autoridad de la institución o repartición) en donde debe establecer “haber agotado la vía administrativa corresponde que las actuaciones sean giradas a la Fiscalía de Estado” y confeccionar Nota de Estilo y/o Expediente con todos los antecedentes del caso, solicitando a “FISCALIA DE ESTADO” de la Provincia, para que por su intermedio se proceda a la EJECUCIÓN JUDICIAL de la Garantía correspondiente. -Se toma nota y registro del Juzgado interviniente, número de autos y carátula, y profesional Letrado de Fiscalía que gestiona la ejecución. -Periódicamente, cada mes u otro término que se establezca, se solicitan informes al Sr. Fiscal de Estado, sobre el estado del proceso judicial de ejecución.

Para ello

1. Debe seleccionar el Motivo: devolución por ejecución de garantía.

2. Tildar la opción (ejecutar garantía): automáticamente habilita la opción “destinatario específico de pago” que permite seleccionar otro destinatario distinto al que se ingreso, en el caso del ejemplo es Dirección de Arquitectura.

En la administración central: el destinatario sería el ORGANISMO O INSTITUCIÓN que efectúo el ingreso de la garantía y es el iniciador de la instancia o vía administrativa. La TESORERÍA GENERAL debería entregar la garantía a dicha institución. .

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