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Escuela Arturo Alessandri Palma
Frutillar
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2016 – 2017.
Manual de Convivencia Escolar 2015
Hacia una Educación de Calidad para Todos…
en la Escuela Arturo Alessandri Palma Frutillar.
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I.- NORMATIVA QUE REGULA LOS REGLAMENTOS DE CONVIVENCIA DE
LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.
Las modificaciones incorporadas en la Ley 19.979 de 2004, que modifica la Ley de
Jornada Escolar Completa Diurna y otros cuerpos legales.
DFL – 2 de 1998: Sobre subvención del Estado a Establecimientos Educacionales:
Artículo 6° (establece los requisitos para impetrar el beneficio de la subvención), letra d):
Que cuenten con un reglamento interno que rija las relaciones entre el establecimiento, los
alumnos y los padres y apoderados. En dicho reglamento se deberán señalar: las normas de
convivencia en el establecimiento; las sanciones y reconocimientos que origina su
infracción o destacado cumplimiento; los procedimientos por los cuales se determinarán las
conductas que las ameritan; y, las instancias de revisión correspondientes.
El artículo 46, letra f), del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2009, del Ministerio
de Educación, indica que uno de los requisitos para obtener reconocimiento oficial es que
todo establecimiento educacional debe contar con un reglamento interno que regule las
relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.
II.- FUNDAMENTACION
La convivencia escolar corresponde a la coexistencia armónica de los miembros de
la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el
adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicie el desarrollo
integral de los estudiantes.
La convivencia escolar debe estar presente en los distintos espacios formativos; el
aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así
como también en los espacios de participación, en el Consejo Escolar, Centro de Padres,
Centro de Alumnos, Consejo de Profesores, reuniones de padres y apoderados.
Las normas de convivencia, ordenadas en el Reglamento de Convivencia, deben
constituirse en el instrumento de carácter formativo, que promueva el desarrollo integral,
personal y social de los estudiantes, en conjunto con los demás actores de la comunidad
educativa. Además la escuela cuenta con una Encargada de Convivencia Escolar, que será
responsable de la implementación de las medidas que determinen el Consejo Escolar y
contamos con un Plan de Acción (Plan de Gestión) específico de las sugerencias o
iniciativas del Consejo Escolar o del Comité de Buena Convivencia, tendientes a fortalecer
la convivencia escolar.
El siguiente reglamento de convivencia contempla:
- Normas de Funcionamiento
- Normas de Interacción
- Procedimiento para abordar los conflictos y problemas
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- Sanciones
El reglamento será revisado anualmente, para evaluar su efectividad e incorporar nuevas
situaciones propias de la escuela o cambios en la normativa vigente. Para asegurar la
participación de la comunidad escolar se realizarán las siguientes acciones:
• Discusión en Consejo Escolar
• Discusión en Consejo de profesores
• Discusión en Centro y Subcentros de padres y madres
• Discusión en Centro de estudiantes
La escuela Arturo Alessandri Palma, se asume como una instancia que colabora en
la formación de las personas en desarrollo, es por ello que siempre se priorizará la
actuación de carácter formativo y /o pedagógico, por sobre la actuación de carácter
punitivo. Lo anterior se fundamenta en la labor transformadora que cumple la educación
formal, que permite a sus participantes modificar su actuar y ser mejores personas, si se
cuenta con la motivación y los apoyos necesarios; esta idea recoge lo esencial de nuestro
PEI.
1. Respeto y Compañerismo: Hace referencia a la persona que mantiene
buenos modales, es cortés, ayuda, es bondadoso y caritativo con sus
compañeros de la escuela y la comunidad educativa en general.
2. Amor y Amistad: amor es una energía que une y nos hace reconocer y
conmemorar la existencia del otro y que se manifiesta de distintas maneras.
La amistad, es un tipo de amor, así como el amor maternal o el amor
universal. Una actitud amorosa, es aquella que recibe, acoge y respeta.
3. Tolerancia: Respetar la singularidad e individualidad de cada persona,
aceptándola independientemente de sus creencias, religión, nacionalidad.
4. Honradez: implica ayudar a la gente a tener perspectivas claras a ser
responsables, sincero con el otro, consecuente y justo. Es una forma de
vida, es un asunto de principios y de conciencias.
5. Verdad: es la luz que ilumina tu alma, te llena de alegría y busca tu
felicidad. A través de la verdad llegarás al amor puro.
6. Solidaridad: preocupación y empatía con el otro. La familia es un lugar
privilegiado para aprender este valor.
7. Patriotismo y Libertad: el patriotismo es el respeto por la tierra donde se
nace y convive con el otro y la libertad funciona cuando hay un equilibrio
entre los deberes y derechos ciudadanos.
VALORES QUE IMPARTE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
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8. Responsabilidad: una persona responsable cumple con el deber que se le
asigna y permanece fiel al objetivo, es responder por sus propios actos,
piensa antes de actuar y mide sus consecuencias.
9. Justicia: es un principio moral que inclina a obrar y juzgar respetando la
verdad y dando a cada uno lo que le corresponde.
10. Paz y Amor: la paz es un estado de tranquilidad y quietud. Hace referencia
a un estado interior desprovisto de sentimientos negativos como el odio y la
furia, prevaleciendo el amor por el otro.
I PLAN PREVENTIVO Y RESOLUTIVO DE CONFLICTOS ESCOLARES
PARA UNA SANA CONVIVENCIA
1. NORMATIVA ESCOLAR: perspectiva pedagógica.
El estilo de convivencia escolar es el reflejo de un conjunto de interacciones que
viven a diario todos los miembros de la escuela. Es responsabilidad de todos y todas, desde
el rol y función que cada uno de los integrantes cumple en ella. Una buena convivencia
escolar contribuye favorablemente a la calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Los aprendizajes, ejercicio de habilidades, actitudes y valores que se desarrollan en
cada estudiante compromete:
• A todos los Sectores (OFV)
• Las decisiones metodológicas de los docentes (OFV + OFT)
• Las oportunidades de evaluación y autoevaluación de procesos (OFV+OFT)
• Las oportunidades no formales de participación (cultura escolar + Extraescolar)
• Participando de una convivencia escolar democrática, los actores educativos
desarrollarán competencias para ser ciudadanos participativos en una sociedad
diversificada, plural y democrática.
Por otro lado, La Educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona, en las
distintas etapas de su vida. Los padres, madres y apoderados, tienen el derecho
preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponde al Estado otorgar especial
protección al ejercicio de este derecho. La escuela es la primera institución pública en la
formación de los estudiantes.
La concordancia entre Misión – Visión del PEI y las prácticas que se promueven y
viven al interior de la escuela constituyen un medio y un fin de aprendizaje.
El ser hombre o mujer, el ser niña o niño es una expresión natural de diferencia, que
obliga a mirar la cultura escolar, las prácticas pedagógicas, la distribución de oportunidades
y del poder, desde las diferencias y de la igualdad de ambos géneros.
• Los derechos de las personas deben empapar el fondo y la forma de todas las
normas;
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• Las normas institucionales tienen un carácter de protección y prevención.
• El reglamento de convivencia debe contemplar un procedimiento para enfrentar
conflictos y problemas que se vivan en la institución escolar.
• Las sanciones deben estar sujetas a derecho y con perspectiva pedagógica.
2. DEFINICION DE UNA POLÌTICA PREVENTIVA Y RESOLUTIVA DE
CONFLICTOS, PARA UNA SANA CONVIVENCIA
La escuela Arturo Alessandri Palma, como unidad formadora de niños y niñas, optará
por implementar formas de prevenir y de resolver los conflictos de manera pacífica y
dialógica, para ello es fundamental recalcar que:
• La escuela organiza la convivencia de manera participativa y comunitaria, partiendo
desde la disciplina personal a la colectiva, persiguiendo como objetivo final la
autodisciplina y respeto al otro/a. Aborda la convivencia desde lo cercano: reglas
personales de comportamiento armónico y de salas de clases, hasta las generales:
establecimiento y entorno.
• La escuela al construir sus normas de convivencia de manera participativa y
comunitaria, tiene una política de difusión y de seguimiento de su cumplimiento.
• Las faltas, procedimientos y sanciones deben ser conocidas por todos los
integrantes de la comunidad escolar, ajustarse a derecho y ser apelables por el
apoderado/a titular.
• Se deben considerar, en primer término, oportunidades para que las partes en
conflictos, sean protagonistas en la construcción de alternativas de solución, brindar
oportunidades para restablecer relaciones entre las partes en conflictos y acciones de
reparación.
•
• Existirá un “Comité de Mediación y Resolución de Conflictos”, integrado por la
Directora, Encargada de Convivencia Escolar, Equipo Sicosocial y Profesor jefe
que corresponda, según lo amerite la situación
• .
• La Dirección, Profesores y Asistentes de Educación de la Escuela, velarán por el
cumplimiento de los derechos y deberes de cada integrante, para propiciar un estilo
de buena convivencia escolar, dirigido a los Alumnos, Padres y Apoderados,
Profesores y Asistentes de Educación.
• La escuela y sus integrantes enfocarán su accionar a resolver los conflictos, mejorar
la convivencia escolar, en pos del aprendizaje de los estudiantes, modificando
conductas y acciones que no se ajusten a formas de vida democráticas, no a la
persona, sino a modificar la acción, que le permita ser mejor.
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II.- ESTRUCTURA Y NORMAS DEL REGLAMENTO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
1.- Normas de Funcionamiento:
1.1.Horario del Establecimiento:
Lunes a Jueves De 08:00 A 18:00 Hrs.
Viernes De 08:00 A 14:30 Hrs.
1.2.- Horario de las clases y recreos: Pre-Básica: Prekinder.
Hora Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes
8:00-
8:20
Desayuno
8:30 -
9:00
Educación Física
• Llegada y saludo (canciones)
• Ver calendario
• Completar tablero de la fecha
• Completar panel del clima (gráfico)
• Registrar asistencia y cuántos niños vinieron ese día
• Registrar asistencia en el Libro de Clases
• Completar tablero de responsabilidades (asignado por los alumnos)
• Anotar días trabajado en registro, contar pajitas (unidad, decena,
centena)
• Conteo (panel ...a contar)
9:00-
9:15
Baño
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1.3.- Horario de las clases y recreos: Pre-Básica: kínder
Hora Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes
8:30
9:25
-Llegada y saludo
-Ver calendario
-Completar tablero de la fecha.
-Completar panel del tiempo (gráfico)
-Registrar asistencia y cuántos niños vinieron ese día
-Completar tablero unidad – decenas- centenas
línea del tiempo,
-Completar tablero de responsabilidades
-Ida al baño
9:25
9:35
Cuento diario
9:35
10:15
Lenguaje
Poesía
Matemática Lenguaje Matemática Lenguaje
10:15 Educación Física Matemática Lenguaje Matemática Lenguaje
9:15-
9:30
Cuento Cuento Cuento Cuento
9:30- Actividad de lectura Actividad de
lectura
Actividad de
lectura
Actividad de
lectura
10:00-
10:20
Baño
Música Matemática Matemática Lenguaje
10:20-
10:40
Normalización Música Matemática Matemática Lenguaje
10:40-
11:00
Recreo
11:00–
11:30
Poesía
Actividad
relacionada
Matemática Lenguaje Comprensión con
el medio
Comprensión
con el medio
11:30-
12:00
Lenguaje Matemática Lenguaje Comprensión con
el medio
Comprensión
con el medio
12:00 –
12:30
Almuerzo
Cepillado dental
12:30 Despedida
8
11:40
11:40 Educación Física Educación
musical
Lenguaje Ciencia Ciencia
11:40
12.00
Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo
12:00
12:30
Almuerzo
Cepillado dental
Almuerzo
Cepillado
dental
Almuerzo
Cepillado
dental
Almuerzo
Cepillado
dental
Almuerzo
Cepillado dental
12:30
Arreglo personal
Despedida
Arreglo
personal
Despedida
Arreglo
personal
Despedida
Arreglo
personal
Despedida
Arreglo personal Despedida
1.3.- Horario de las clases y recreos: Básica 1° y 4°
LUNES A JUEVES VIERNES
Hora Actividad Hora Actividad
8.00- 8.25 Desayuno 8.00- 8.25 Desayuno
8.25- 8.30 normalización y formación 8.25- 8.30 normalización y formación
8.30 - 9.15 Clase 8.30 - 9.15 Clase
9.15- 10.00 Clase 9.15- 10.00 Clase
10.00- 10.15 Recreo 10.00- 10.15 Recreo
10.15 -
11.00 Clase
10.15 -
11.00 Clase
11.00- 11.45 Clase 11.00- 11.45 Clase
11.45 -
11.55 Recreo
11.45 -
11.55 Recreo
11.55 –
12.40 Clase
11.55 -
12.30 Clase
12.40- 13.10 Almuerzo, cepillado, recreo 12:30-12:50
Almuerzo (alumno vuelve
inmediatamente a su sala,
continuando con su
actividad).
13.10-13.25 Recreo
12:50 –
13:30 Clase
13.25 -
14.10 Clase 13:30 Salida
14.10- 14.55 Clase
14.55- 15.40 Clase
15.40 Salida
1.4.- Horario de las clases y recreos: Básica 5° y 8°
LUNES A JUEVES VIERNES
Hora Actividad Hora Actividad
8.00- 8.25 desayuno 8.00- 8.30 desayuno
9
8.25- 8.30 normalización y formación 8.25- 8.30 normalización y formación
8.30 - 9.15 clase 8.40 - 9.15 clase
9.15- 10.00 clase 9.15- 10.00 clase
10.00- 10.15 recreo 10.00- 10.15 recreo
10.15 -
11.00 clase
10.15 -
11.00 clase
11.00- 11.45 clase 11.00- 11.45 clase
11.45 -
11.55 recreo
11.45 -
11.55 recreo
11.55 -
12.40 clase
11.55 –
13:00 clase
12.40 -
13.25 clase
13:00 –
13:15
Almuerzo(alumno vuelve
inmediatamente a su sala,
continuando con su
actividad).
13.25-13.55 almuerzo y cepillado
13.15 –
13:30 clase
13.55- 14.10 recreo 13:30 Salida
14.10 -
14.55 clase
14.55- 15.40 clase
15.40 Salida
2.- Formas de difusión del reglamento de Convivencia hacia todos los actores
educativos:
a. Realización de dos talleres de convivencia interna en cada sala de clases,
con los estudiantes, con el fin de concordar reglas de convivencia interna
(inicio 1er. y 2 do. semestre).
b. Dar a conocer en reunión de Padres y Apoderados de cada curso y del
Centro General, al inicio del año escolar.
c. Realizar jornada en primer semestre “Escuela segura”, que reunirá a los
integrantes de la comunidad escolar en torno a la convivencia escolar y
seguridad en la escuela.
d. Publicar manual de convivencia en la página web del establecimiento y en
un panel con acceso a los alumnos, apoderados y público en general.
e. Junto a la matrícula anual, se entregará una copia del manual a los
apoderados titulares.
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3.- Normas sobre uniforme escolar que regirá en esta comunidad escolar
El uniforme es un signo de unidad, igualdad y expresión externa de adhesión a los
valores que la escuela sostiene. Su uso en todas las actividades escolares, dentro y fuera del
establecimiento, es obligatorio, ya que fue acordado de esta forma con el centro de padres.
La correcta presentación personal es expresión de cortesía, cuidado personal y
contribuye a una adecuada socialización. Las exigencias acerca del uso del uniforme y
acerca de la presentación personal son parte de la misión educativa de la escuela.
3.1.- Presentación Niñas:
3.1.1.- Uniforme diario para asistir a clases:
• Polera institucional manga larga en otoño e invierno y manga corta en primavera y
verano.
• Jeans o pantalón plomo oscuro, modelo tradicional (no pitillo ni calza), sin
aplicaciones, ni decoraciones.
• Polar y/o chomba institucional.
• Parka institucional
• Zapato o zapatilla negra, sin aplicaciones, ni decoraciones.
• Buzo institucional (el día en que se tiene Ed. Física).
3.1.2.- Presentación diaria:
• Pelo largo tomado sin tinturación.
• Sin joyas, ni accesorios.
• Sin maquillaje (rostro y uñas)
3.2.- Presentación Varones:
3.2.1.- Uniforme diario para asistir a clases:
• Polera institucional manga larga en otoño e invierno y manga corta en primavera y
verano
• Jeans plomo oscuro, modelo tradicional (no pitillo), sin aplicaciones, ni
decoraciones.
• Chomba y /o Polar institucional
• Zapato o zapatilla negra, sin aplicaciones, ni decoraciones
• Buzo institucional. (el día en que se tiene Ed. Física).
3.2. 2.- Presentación diaria:
Pelo corto, corte colegial.
Sin accesorios, ni gorros
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Ejemplo uniforme Dama y varón:
3.3 Otras consideraciones:
• No se permite el uso de ropa de color o ropa de calle, como accesorio o
complemento al uniforme, como parkas de color, polerones de color, jeans azules o
celestes, gorros de colores, pañuelos de colores, cinturones de colores, cadenas y
joyas, al interior del establecimiento.
• Las familias que cuenten con dificultades económicas para adquirir el uniforme
oficial, serán atendidas por la Asistente social, para buscar alternativas de
solución viables y no discriminatorias.
• En caso de accidentes o situaciones no planificadas en que el o la estudiante no
pueda venir con su uniforme completo, deberá ser justificado por su apoderado/a
titular de manera personal en el establecimiento o enviando comunicación del
hecho por escrito.
III.- NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Las normas de convivencia escolar se fundamentarán – en primera instancia- en el
cumplimiento de los Deberes y el respeto de los Derechos de los integrantes de la
comunidad escolar: Estudiantes; Padres, Madres o Apoderados; Profesores y Asistentes
de la Educación.
1. DE LOS Y LAS ESTUDIANTES:
Deberes Derechos
1. Respetar los derechos humanos de toda la
comunidad escolar y sus integrantes, evitando
daños y perjuicios por su incumplimiento.
2. Esforzarse por aprender y motivarse por
1. Al respeto de los derechos universales de las
niños y niñas, refrendados por Chile en la
convención sobre los Derechos del Niño
adoptada unánimemente por la ONU el 20 de
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conocer, hasta conseguir la excelencia
académica; compartiendo los principios y
valores del proyecto educativo.
3. Respetar a todas las personas de la comunidad
escolar, primordial para una sana convivencia
y un ambiente adecuado para el aprendizaje.
4. Manifestar corrección en sus modales,
lenguaje y trato dentro o fuera del
establecimiento.
5. Ajustarse al Perfil del estudiante del
establecimiento (PEI), el que contempla el
compromiso con su desarrollo, el respeto y
responsabilidad hacia sí mismo, los demás y
su medio, apertura al cambio e interés por la
diversidad cultural.
6. Representar de manera respetuosa y
responsable a la escuela en las actividades en
que sea requerido/a.
7. Comportarse de manera digna y apropiada a
su establecimiento en actos públicos y
privados, desfiles, ceremonias u otros en los
cuales les corresponda participar o asistir.
8. Cumplir oportunamente con todas las
obligaciones propias del rol de estudiante
(evaluaciones, trabajos, asistencia y
puntualidad, etc.).
9. Uso diario de la libreta de comunicaciones
como nexo entre la familia y la escuela. Se
debe presentar justificativo, escrito y firmado
por el apoderado, en caso de atrasos,
ausencias o informaciones relevantes.
10. Mantener una presentación personal limpia,
ordenada y usar el uniforme escolar todos los
días, acordado por el Centro de Padres y el
Establecimiento.
11. Utilizar de manera apropiada las
dependencias, cuidando materiales
pedagógicos, muebles e inmuebles del
establecimiento.
noviembre de 1989 y los derechos humanos y
ciudadano que garantiza la constitución,
leyes y tratados a que ha adscrito nuestro
país.
2. A recibir y participar de un proceso de
enseñanza-aprendizaje de excelencia
académica, basado en el mérito personal de
los alumnos y alumnas, que privilegie su
formación integral de acuerdo a los
principios, valores y al Proyecto Educativo
del establecimiento.
3. A recibir un trato respetuoso y digno por
parte de todos los integrantes de la
comunidad educativa.
4. Expresar por sí o a través de sus
representantes, cualquier queja fundada
respecto a situaciones que estime injustas o
arbitrarias. El conducto regular en las
situaciones anteriores será :
Profesor de Asignatura o Asistente de
la Educación.
Profesor Jefe.
Encargado de Convivencia Escolar.
Dirección.
No obstante lo anterior, se considerará la
flexibilización de este conducto, frente a situaciones
específicas que lo ameriten o urgentes.
5. Presentar sus descargos, respetuosa, formal y
responsablemente, frente a indagaciones de
orden disciplinario o situaciones particulares
que lo ameriten.
6. A usar las dependencias comunes de la
escuela, tales como gimnasio, biblioteca y
otros cumpliendo con los procedimientos
normales y las restricciones que regulan su
uso.
7. Frente a una denuncia y previo a la
aplicación de una medida, que implique
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12. Reponer bienes y servicios de sus compañeros
y de la escuela que fueran destruidos por un
estudiante en particular o en grupo. En caso de
no individualizarse a quien o quienes realizan
la destrucción, será responsabilidad del grupo
curso la reposición, para ambos casos se
realizará en los siguientes 5 días hábiles como
máximo.
13. Asistir a lo menos al 85% de clases
programadas para el año lectivo.
14. Estudiar, cumplir con todos sus compromisos
académicos y pasar de curso. El alumno/a no
podrá ser retirado del establecimiento cuando
correspondan procesos de evaluaciones,
como, pruebas, disertaciones, presentación
de trabajos, a menos que sea previamente
justificado con certificado médico, de acuerdo
al Reglamento de Evaluación del
establecimiento.
15. Llegar puntualmente a la escuela evitando
atrasos. Ingresar a la sala puntualmente tras
recreos. No abandonar la sala y
establecimiento en cambio de horas.
16. Cuidar los bienes de la escuela, el material
pedagógico y los bienes de los demás
compañeros. En caso de pérdidas o
destrucción, será responsabilidad del
apoderado su reintegro a más tardar en 5 días
hábiles.
17. Presentarse al establecimiento con los
materiales pedagógicos requeridos. No se
aceptará que los padres y/o apoderados
vengan a dejar materiales, (cuadernos, libros
etc.) trabajos el mismo día que lo requieran,
ni realizar llamadas desde la escuela
solicitándolo.
18. Alimentarse adecuadamente, consumiendo
todos los alimentos entregados en la escuela.
En caso de alergias o prohibiciones, se deberá
traer certificado médico y la familia será
condicionalidad inmediata o cancelación de
matrícula, todos los alumnos y alumnas
tienen derecho a una investigación,
desarrollada en conformidad con las normas
de este Reglamento, con el objetivo de
acreditar su responsabilidad o absolución en
los hechos investigados.
8. En ningún caso los alumnos y alumnas serán
devueltos a sus hogares en caso de atrasos o
como aplicación de una medida disciplinaria.
En caso de ser necesario se comunicará al
apoderado la necesidad de trasladar al
alumno a su domicilio (teléfono, radio, etc…)
9. En ningún caso se aplicarán sanciones que
menoscaben la integridad física, la honra o la
dignidad personal del alumno o alumna y que
afecten a la persona, todas las correcciones
serán a la acción.
10. Al respeto de su dignidad, identidad,
diferencias étnicas, libertad de culto (optando
por la formación religiosa si así lo quisiese,
en este caso: Religión Católica o Religión
Evangélica) e ideológicas, sin que su acción
o práctica perjudique el bien común y sin
que sea restringido por ningún miembro de
la comunidad escolar.
11. A que se reconozca su esfuerzo y dedicación,
destacándolo a través de observaciones
positivas en el momento oportuno, como
permitir la libre expresión, la discrepancia y
a ser escuchados en la explicación de sus
errores, siempre que sea en forma respetuosa.
12. A ser informados/as respecto al manual de
convivencia y reglamento de evaluación del
establecimiento, como las observaciones que
el Profesor escriba en su hoja de vida del
libro de clases. Tener acceso al Libro de
Reclamos de la Dirección de la Escuela.
13. Conocer los resultados de las pruebas con un
plazo máximo de una semana de la aplicación
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responsable de traer la alimentación en termo
para conservar la temperatura del alimento (no
se recalentaran alimentos) Se deberá traer
colaciones saludables.
19. Lavarse los dientes diariamente después de la
alimentación.
20. No portar elementos tecnológicos (netbook,
celulares, audífonos, cámaras de videos o
fotográficas, tablet, notebook, mp4, etc.) y/o
armas (cuchillos, cadenas, cortaplumas,
cortacartón, etc…) igualmente cigarrillos,
alcohol o drogas.
21. Para el ingreso del comedor se solicitará a los
alumnos/as el lavado de manos (colocarse gel)
y el cabello tomado en las niñas.
El no cumplir con los deberes, constituyen Faltas, las
que pueden ser de carácter leves, de mediana
gravedad o graves. Para ello existen sanciones, las
que se encuentran a la vista al interior de la U.E., las
que han sido consensuadas por la comunidad escolar
e informadas a los estudiantes, padres, madres y
apoderados para su cumplimiento.
La escuela no se hace responsable de pérdida o
eventual sustracción de los elementos tecnológicos o
cualquier otro elemento (dinero, libros, etc.) que
posea el alumno. Para lo cual los padres y apoderados
son los encargados de velar que sus hijos no ingresen
con estos tipos de objetos a la escuela.
y aceptar la realización de hasta dos pruebas
en un día. Rendir pruebas pendientes, en caso
de enfermedad o inasistencia debidamente
justificada, previo acuerdo con el profesor
correspondiente.
14. A eximirse de alguna actividad o asignatura
como Educación Física o Inglés, cuando lo
acredite mediante un certificado Médico o de
un especialista, por problemas especiales.
15. A Crear Espacios de Participación de
Alumnos, como por ejemplo los centros de
estudiantes.
16. El alumno y alumna con Necesidades
Educativas Especiales tiene derecho a recibir
atención especializada, adecuaciones
curriculares y Evaluación Diferenciada,
previo informe que indique diagnóstico y
medidas de apoyo pedagógico.
17. A ser recibido por el profesor en la sala de
clases al inicio de cada hora y de manera
puntual y a ser acompañado por personal de
inspectoría en horario de recreo, como una
forma de prevenir accidentes y optimizar el
tiempo pedagógico.
18. A permanecer en un ambiente escolar limpio
y ordenado.
19. A la protección y seguridad personal en el
Establecimiento
La vulneración de esos derechos constituirán Faltas,
las que deben ser subsanadas, brindando acciones
preventivas y remediales oportunas y de acuerdo a
los procedimientos y normativas vigentes.
.
15
1. PADRES MADRES Y APODERADOS/AS:
DEBERES DERECHOS
1. Apoyar a sus hijos en el proceso educativo.
2. Ser responsables de la puntualidad, asistencia
y rendimiento escolar en cada sector de
aprendizaje, para brindarle su apoyo.
3. Debe asistir como apoderado a las reuniones
del Centro de Padres, al menos el 85 %. Ante
la inasistencia a reuniones de curso, deberá
presentarse a la Dirección del Establecimiento
al día siguiente para dar las razones
correspondientes.
4. Justificar de manera personal en el
establecimiento: las ausencias a clases,
atrasos de su pupilo y las ausencias a
reuniones de curso y subcentros de padres del
establecimiento. Así también como la falta de
uso del uniforme escolar. El no cumplimiento
de éste deber, implicará que el alumno no
podrá ingresar a clases.
5. Apoyar responsablemente en las tareas que
organice el Centro de Padres del Curso o
Centro General, como Apoderado o miembro
del Directorio.
6. Mantener la comunicación y colaboración de
la familia a fin de optimizar los aprendizajes
de sus hijos, aumentando su participación en
acciones específicas y planificadas con la
escuela.
7. Entregar un trato respetuoso hacia los demás
integrantes de la comunidad escolar, alumnos,
profesores, padres, apoderados y personal de
la comunidad escolar, como lo pide para sí.
8. Respetar el conducto regular para la solución
de conflictos o alguna situación en particular,
dirigiéndose en primera instancia a Profesor
jefe, Encargado de convivencia, Inspector,
Dirección, frente a temas que incluyan
estudiantes de la escuela, no pudiendo hablar,
1. A ser escuchados e informados por los
docentes o asistentes de la Educación a cargo
de la educación, respecto del comportamiento
y de los rendimientos académicos y de sus
hijos e hijas.
1. A ser informado del funcionamiento del
Establecimiento Educacional y a participar
del proceso educativo en las instancias que
contemple el Reglamento de la Escuela.
2. Participar del proceso educativo como
integrante o miembro del Directorio del
Centro de Padres del Curso o del Centro
General de Padres y Apoderados de la
Escuela.
3. A participar directa o indirectamente en el
desarrollo del Proyecto Educativo
Institucional.
4. A no ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes de parte de alumnos, padres o
apoderados y del personal en general.
5. A ser atendidos y escuchados por los
docentes y equipo directivo de la escuela.
Quienes deberán orientarlos, aclarar dudas,
con un trato cordial y respetuoso.
6. Solicitar información sobre funcionamiento
del consejo escolar.
16
increpar o amenazar a otros estudiantes por
problemas con sus hijos e hijas.
9. Evitar comentarios respecto a temas internos
del establecimiento en redes sociales y medios
de comunicación.
10. Asistir a entrevistas personales cuando se
cite, con la persona que lo requiere.
11. Personal de la escuela no está autorizada para
la entrega de medicamentos, sin embargo
cuando el alumno/a lo requiera, el apoderado
debe firmar una autorización.
12. Hacer devolución de forma inmediata de todo
material ajeno con que llegue a su pupilo.
13. El alumno/a no podrá ser retirado de la
escuela, el día que tenga pruebas o cualquier
tipo de evaluación.
14. Debe firmar las evaluaciones (pruebas) cada
vez que el profesor lo requiera y en la
asignatura que sea pertinente.
15. El apoderado deberá respetar los tiempos
asignados para su atención los cuales serán
previamente informados por cada profesor
jefe y de asignatura.
16. El apoderado u otra persona ajena, deberá
registrarse en inspectoría al momento de
solicitar el ingreso al establecimiento
educacional, mostrando su cédula de
identidad, para tener un control y resguardar
la seguridad de los alumnos(as).
El no cumplimiento de uno o más de estos
deberes, constituyen Faltas en el rol de apoderada/o,
lo que tras una comprobación de los hechos, a través
de una investigación e informe fundado, puede
terminar en la cancelación del rol de apoderado
titular. Este procedimiento será responsabilidad de la
Dirección del establecimiento.
17
2. PROFESORES:
DEBERES DERECHOS
1. Escuchar, respetar e informar a sus alumnos
acerca del proceso educativo en un ambiente
de sana convivencia.
2. Ejercer su función docente en forma
responsable, de acuerdo a la normativa
vigente y a las orientaciones técnicas recibidas
de los organismos pertinentes.
3. Entregar un trato adecuado, hacia los demás:
estudiantes, padres, apoderados y personal de
la comunidad escolar.
4. Mantener actualizados sus conocimientos y
evaluarse periódicamente. Enseñar los
contenidos curriculares correspondientes a
cada curso, según los Planes y Programas de
acuerdo a la unidad técnica comunal.
5. Respetar las normas de buena convivencia, los
derechos de los alumnos, padres, apoderados
y personal de la comunidad escolar.
6. No usar celulares en horario de clases y
durante el consejo de profesores. Se sugiere
no agregar alumnos/as y apoderados en redes
sociales como “amigos”.
7. No salir del establecimiento educacional sin
autorización ni justificación en horarios de
trabajo. Al ser sorprendido serán sancionados
con una amonestación escrita.
8. No presentarse al lugar de trabajo con halito
alcohólico y mantener una adecuada
presentación personal. (*Delantal, distintivo,
etc.)
9. Entregar oportunamente las planificaciones,
evaluaciones, guías de aprendizajes, rúbricas
y el correcto uso del leccionario con la
información completa solicitada. El no
cumplimento de este deber amerita una
amonestación escrita.
1. A desarrollar su labor educativa en un
ambiente armónico y de sana convivencia, de
tolerancia y respeto mutuo.
2. A que se le respete su integridad física, moral
y sicológica.
3. A no ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes de parte de alumnos, padres o
apoderados y del personal en general.
4. A proponer iniciativas que estime útiles para
el progreso del Establecimiento.
5. A recibir la colaboración de toda la
comunidad escolar en su trabajo docente
cuando sea prudente y necesario.
18
10. Asistir al horario de coordinación y/o
planificación con docentes de Proyectos de
integración de forma puntual, además cumplir
con los materiales requeridos.
11. Acatar las supervisiones y sugerencias en aula
por parte de la Unidad Técnica Pedagógica y
Dirección.
El no cumplimiento de uno o más de estos
deberes, constituyen Faltas en el rol del docente, por
lo que se aplicará la normativa legal vigente.
3. ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
DEBERES DERECHOS
1. Ejercer sus funciones en forma idónea,
responsable y respetuosa con todos los
miembros de la comunidad escolar.
2. Tener un buen trato hacia los demás, alumnos,
padres, apoderados y personal de la
comunidad escolar, como igualmente lo pide
para sí.
3. Brindar un trato respetuoso a todos los
miembros de la comunidad educativa.
4. Aportar con iniciativas que contribuyan al
mejoramiento sostenido del Establecimiento,
según la instancia en que le corresponda
actuar.
5. Cumplir con sus horas de contratación y
acuerdos pedagógicos que se establezcan en
el Consejo de profesores.
6. Cuidar el buen trato entre los niños y niñas,
aplicando medidas pedagógicas cuando
existan faltas.
12. No usar celulares en horario de trabajo con
los niños, (recreos). Se sugiere no tener
1. A desarrollar su labor en un ambiente
armónico y de sana convivencia, tolerancia y
respeto mutuo.
2. A que se le respete en su integridad física y
moral, y no ser objeto de un trato vejatorio o
degradante.
3. Recibir un trato igualitario y respetuoso de
parte de todos los integrantes de la
Comunidad Escolar.
4. Participar en las instancias pertinentes,
proponiendo iniciativas que estimen útiles
para el progreso del Establecimiento
Educacional.
19
alumnos/as y apoderados en redes sociales
como “amigos”.
13. No salir del establecimiento educacional sin
autorización ni justificación en horarios de
trabajo. Al ser sorprendido serán sancionados
con una amonestación escrita.
14. No presentarse al lugar de trabajo con halito
alcohólico y mantener una adecuada
presentación personal. (*Distintivo)
15. Elaborar un informe quincenal de las
inasistencias reiteradas de los alumnos, de
acuerdo a los cursos que están a cargo (ser
entregados a Asistente social).
16. Permanecer en inspectorías asignadas para
mantener supervisión de los alumnos de 1° y
2° ciclo.
El no cumplimiento de uno o más de estos deberes,
constituyen Faltas en el rol de asistente de la
educación, por lo que se aplicará la normativa legal
vigente.
IV.- PROCEDIMENTOS PARA ABORDAR LOS CONFLICTOS Y
PROBLEMAS
El procedimiento de evaluación de faltas contempla, en primer lugar, un protocolo
de acción:
1. Investigar formalmente los hechos denunciados o acontecidos
2. Entrevistar a involucrados, recopilar datos y opiniones expertas o
pertinentes, respecto a lo ocurrido
3. Registrar las acciones realizadas en el libro de clases u hoja de atención de
apoderado ( ver anexo N° 1)
4. Determinar la sanción correspondiente de acuerdo al Reglamento interno.
5. Informar al apoderado titular las sanciones.
6. Aplicar las sanciones correspondientes.
7. Realizar seguimientos y derivaciones necesarias, para resolver
definitivamente las situaciones.
20
Si hay acuerdo entre las partes involucradas en un conflicto, se realizará una
mediación escolar (finalizada la investigación). Esta acción se realizará bajo la supervisión
del Encargado de convivencia escolar, Docente o Asistente de la educación, se registrará
la observación de lo ocurrido en el libro de clases. Este procedimiento de acuerdo debe
garantizar la reparación respectiva y un cambio conductual. Para evitar incurrir en las
faltas afines.
También el establecimiento considera la inclusión de apoyos: sicológicos, sociales,
de redes existentes y/o pedagógicos, de acuerdo a la capacidad de atención que se disponga
y situaciones acontecidas.
Las siguientes sanciones serán aplicadas a los alumnos de 1º y 2º Ciclo Básico.
Los alumnos de Pre-kinder y Kinder, serán acompañados en el proceso de inserción
a la educación formal, estableciendo seguimientos y apoyos necesarios para afianzar así su
conducta y rendimiento, no teniendo otras sanciones para ellos, cuando incurran en faltas,
que el apoyo formativo de la comunidad escolar, ya que están en un proceso de adaptación
al sistema escolar.
Se determina que las instancias de revisión de las sanciones y procedimientos serán
las siguientes: Dirección del establecimiento, DAEM Frutillar y SUPERINTENDENCIA
DE EDUCACION.
Las instancias de apelación frente a una sanción y procedimiento serán: Dirección
del establecimiento y DAEM Frutillar, especialmente si se trata de cancelación de
matrícula.
El no cumplir con los deberes, constituyen Faltas, las que pueden ser de carácter
leves, de mediana gravedad o graves. Para ello existen sanciones, las que se encuentran a la
vista al interior de la escuela, son claramente informadas a los y las estudiantes y a los y las
apoderados/as.
V.- FALTAS Y SANCIONES
1. Del Tipo de faltas y graduación de las sanciones:
Las infracciones de los y las estudiantes se clasificarán en: LEVES, MEDIANA
GRAVEDAD Y MUY GRAVES.
A efectos de la graduación de las medidas de corrección y de las sanciones, se
podrán considerar circunstancias que atenúan la responsabilidad:
a) La edad, curso y circunstancias en que ocurran las faltas.
21
b) El reconocimiento espontáneo del hecho y mejoramiento de la conducta, así como
la petición de excusas y la reparación del daño producido ya sea físico o moral.
c) La falta de intencionalidad.
d) El carácter ocasional de la conducta.
e) Carácter empático: se pone en el lugar del otro, intentando imaginar cómo se siente,
para así poder entenderlo mejor.
f) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.
A los mismos efectos, se podrán considerar circunstancias que agravan la
responsabilidad:
a) La edad, curso y circunstancias en que ocurran las faltas
b) La premeditación.
c) El carácter frecuente de la conducta.
d) La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva que dañe los derechos
de los demás miembros de la comunidad educativa.
e) La alarma provocada en la comunidad escolar causada por las conductas
perturbadoras de la convivencia, con especial atención a aquellos actos que
presenten características de acoso o intimidación a otro alumno.
f) La gravedad de los perjuicios causados al establecimiento educacional o a
cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.
g) La publicidad, por cualquier medio, o jactancia de conductas perturbadoras de la
convivencia a través de aparatos electrónicos u otros medios.
Paralelamente o en reemplazo de las sanciones existentes se pueden aplicar medidas
formativas y pedagógicas específicas, que permitan al estudiante reflexionar y modificar su
actuar. Las medidas alternativas que se utilicen no pueden faltar a los derechos y dignidad
de los y las estudiantes.
22
2. GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS Y DE LAS
SANCIONES.
A continuación se califican las faltas en las que pueda incurrir un estudiante en LEVES,
de MEDIANA GRAVEDAD y GRAVES con su SANCIÓN correspondiente en el
siguiente cuadro.
Faltas Leves
Se considera falta leve a aquella que no afecta,
o repercute directamente, sobre terceros si no
que afecta al responsable de la falta. Es una
falta menor que debe ser corregida
oportunamente. Al hacerse repetitiva pasa a
otra categoría.
Sanciones Correspondientes y procedimiento
a) Tres veces sin tarea.
b) Tres veces sin útiles, sin documentación o
comunicaciones sin firmas por parte del
apoderado.
c) Presentarse sin justificativo a clases, por
inasistencia u otra causal. Además de no
portar la libreta de comunicación
d) Al cumplir dos atrasos.
e) Interrumpir el desarrollo normal de la
clase, con desórdenes.
f) Uso incompleto del uniforme.
g) Presentación personal no acorde a su
condición de estudiante, por ejemplo pelo
largo, aros y piercing en los varones, aros
de tamaño excesivo, piercing, maquillaje
facial y uñas pintadas en las damas,
bufandas de colores, u otros similares.
h) Mantenerse en los recreos sin acudir al
inicio puntual de los periodos de clases.
i) No traer materiales pedagógicos máximo
tres veces.
j) No traer firmada las pruebas por el
apoderado cuando el profesor lo requiera.
k) Consumir alimentos (golosinas, chicles,
etc.) en horario de clases.
a) Amonestación verbal.
b) Anotación en el libro de clases agregando
categoría de la falta (reiterada 3 veces una
falta leve
c) Informar personalmente al apoderado de
la falta y medida remedial aplicada.
El profesor o inspector que presencia a un
estudiante incurriendo en una de estas faltas debe
sancionar en el instante y dejar registro en el
libro de clases o bitácora inspectoría. Si se trata
de una acusación o denuncia de un tercero, se
deberá aplicar el protocolo de investigación.
Estas sanciones son aplicables en todos los casos,
excepto letra D.
Referente a la letra D: Los atrasos y ausencias de
los alumnos se revisarán por cada 2 ausencias
y/o atrasos. Cada inspector responsable del curso
debe citar al apoderado titular para que justifique
ante la Encargada de Convivencia Escolar o
Dirección. El tiempo para realizar esto es
durante los siguientes 5 días hábiles a la última
falta (excepto licencias médicas, permisos
especiales, entre otras).
El Profesor jefe o Encargada de Convivencia
escolar citará al apoderado titular cuando el
alumno tenga registradas tres anotaciones
negativas.
23
En el caso de la letra g: de uso de uniforme, cada
familiar tiene 30 días desde el inicio del año
escolar o desde la matrícula para adquirir el
uniforme. Se revisará la situación caso a caso con
la asistentes social de la escuela, para buscar
soluciones que no afecten al estudiante en su
inserción y desarrollo en la unidad educativa.
Faltas de Mediana Gravedad
Se considera falta de mediana gravedad,
cuando el alumno infringe la normativa
institucional en forma reiterada, o cuando su
conducta transgrede las disposiciones
contenidas en este Manual, comprometiendo
seriamente los valores del Proyecto Educativo
Institucional.
Sanciones Correspondientes
a) Acumular 03 faltas leves mensuales.
b) Seis anotaciones negativas.
c) Faltar el respeto con gritos, groserías, malos
modos, gestos obscenos o cualquier otra
forma de proceder irrespetuosa a otros
alumnos, apoderados, docentes, directivos,
funcionarios administrativos o auxiliares.
d) No ingresar a clases o esconderse en
dependencias del establecimiento en horario
de clases.
e) Copiar en pruebas, obteniendo información
para responder las evaluaciones o trabajos en
cualquier forma fraudulenta, por cualquier
medio.
f) Inasistencia a una prueba u otro tipo de
evaluación sin justificativo.
g) Hablar haciendo uso de un vocabulario y de
actitudes groseras.
h) No cumplir órdenes, en forma reiterada, en
clases.
i) Deteriorar bienes muebles o inmuebles y/o
dependencias del establecimiento: rayar
mobiliario, paredes, destrozos en baños, etc.
j) No cumplir las medidas y sugerencias
entregadas en función de las faltas leves
cometidas.
El docente directivo, profesor o inspector, que
presencie a un estudiante incurriendo en una de
estas faltas debe sancionar en el instante y dejar
registro en el libro de clases. Si se trata de una
acusación de un tercero, se deberá aplicar el
protocolo de investigación. Las sanciones serán:
a) Anotación en el libro de clases
agregando categoría de la falta.
b) Citación al establecimiento y entrevista
con apoderado titular.
c) Reparación del daño o falta causada, en
relación proporcional a lo realizado.
d) Suspensión de clases hasta por un
mínimo de un día y máximo tres días.
En este caso, la sanción se deberá tomar
en conjunto con Dirección y Encargada
de Convivencia Escolar. Asimismo, antes
de hacer efectiva la sanción, se deberá
citar a los padres y /o apoderados a una
entrevista con el profesor jefe, profesor
de asignatura y encargada de convivencia
escolar, que aplica la medida, en la que
podrá participar otro integrante del
equipo administrativo, directivo o
técnico pedagógico del establecimiento.
24
k) Quitar la colación o cualquier bien
personal de un compañero, menos objetos
y bienes que están prohibidos en el
colegio.
l) Manifestaciones de cariño no apropiadas
en el establecimiento educacional por
parte de estudiantes, contacto físico que
implique: tomarse la mano, abrazos,
besos, entre otros.
m) Los alumnos que obtengan el beneficio de
Chile Solidario no podrán regalar, vender
o botar los alimentos entregados.
n) Cuidar el material facilitado por la
Biblioteca del establecimiento y cumplir
con los plazos de devolución
establecidos.
o) Uso adecuado del uniforme escolar. como
también el buzo en los días que
corresponde la asignatura de Educación
Física.
e) Al ser suspendido(a), se entregará guías
de trabajo al alumno(a), las cuales serán
corregidas y evaluadas al reintegrarse a
clases.
f) Al ser suspendido(a) y existan
evaluaciones o pruebas durante ese
periodo, el alumno la rendirá al volver,
comenzando con un 6,0 como nota
máxima.
*Pruebas atrasadas (justificadas
oportunamente) serán realizadas los días
acordados con el profesor de asignatura.
El cumplimiento de los puntos a) y b) es de
carácter obligatorio. De la aplicación de ellas se
deberá informar por escrito y de manera personal
al apoderado, consignando anotación en el libro
de clases. Cuando se sorprenda a alguien
destruyendo algún mueble o inmueble del
establecimiento - punto h), ésta persona debe
reponer lo deteriorado o destruido. Si el o los
responsables no están identificados, el curso
completo será sancionado con la cancelación del
daño en un máximo de 5 días hábiles.
Tras 02 faltas de mediana gravedad mensuales,
pasarán a ser faltas graves.
25
Faltas Graves
Se entenderá como falta grave a la transgresión
total o parcial del reglamento y cuya
consecuencia deje alguna secuela (psicológica,
física, emocional) en el o los afectados.
Agresiones a compañeros(as), autoridades o
funcionarios del Colegio, en que éstos deban ser
derivados a médico u otro especialista, así como
cualquier tipo de destrucción de la propiedad de
la Escuela. En algún caso, gente que transita en
cercanías del Colegio, en horarios de entrada o
de salida del establecimiento.
Sanciones Correspondientes
a) Acumular 03 faltas mediana gravedad
b) Agredir físicamente, golpear o ejercer
violencia en contra de un alumno o
cualquier otro miembro de la Escuela.
c) Maltratar verbal o psicológicamente a
cualquier integrante del Colegio de manera
sistemática.
d) Amedrentar, amenazar, chantajear,
intimidar, hostigar, ofender o burlarse
reiteradamente de un alumno u otro
miembro de la Escuela, o realizar un acto
de discriminación en su contra, ya sea por
su condición social, religión, pensamiento
político o filosófico, raza, descendencia
étnica, nombre, nacionalidad, orientación
sexual, apariencia física, discapacidad o
cualquier otra circunstancia, de manera
sistemática.
e) Hacer uso de Internet para ofender,
amenazar, injuriar o desprestigiar a un
alumno o cualquier otro integrante de la
comunidad escolar, así como para exhibir o
difundir cualquier de estas conductas, ya
sea mediante chats, blogs, facebook,
twitter, fotologs, ASK, mensajes de texto,
correo electrónico, foros, servidores que
almacenan videos o fotografías, páginas
webs, teléfonos y cualquier otro medio
tecnológico, virtual o electrónico, de
manera sistemática.
f) Sustracción comprobada de objetos o
valores de otros alumnos y/o personal de la
escuela.
g) Hacer abandono del Colegio o de alguna
actividad realizada fuera del Colegio, sin
autorización.
h) Hacer uso indebido de la informática en
laboratorio y/o sala de clases, accediendo a
El equipo directivo, profesor o inspector que
sorprenda a un estudiante incurriendo en una de
estas faltas debe sancionar en el instante y dejar
registro en el libro de clases. Si se trata de una
acusación de un tercero, se deberá aplicar el
protocolo de investigación. Las sanciones serán:
a) Anotación en el libro de clases agregando
categoría de la falta e informar a
Encargada de Convivencia escolar y
Dirección.
b) Informar al apoderado de la falta y
medida remedial aplicada.
c) Reparar lo dañado.
d) Suspensión de clases hasta por un lapso
de diez días.
e) La aplicación de dos suspensiones,
durante el año escolar, darán lugar a
la condicionalidad de la matrícula. El
procedimiento a aplicar es: Citar al
apoderado y alumno, señalando
claramente las razones, compromisos,
medidas remediales y plazos, dejando
constancia por escrito.
f) La Cancelación de matrícula, se hará
al romper o incumplir los
compromisos establecidos en la
condicionalidad –previo informe
fundado- la que será aplicada por la
Dirección del establecimiento, tras
recibir informe del Profesor jefe,
Encargada de Convivencia escolar y
Equipo Psicosocial. Se notificará al
apoderado y estudiante, en forma
personal, dejando constancia escrita.
g) Si algún alumno/a cometiera alguna de
estas faltas, se procederá a llamar al
apoderado o apoderado suplente para su
26
Cualquier situación de Convivencia Escolar no contemplada en este Reglamento,
será resuelta por la Dirección del Colegio, teniendo como base la normativa vigente.
páginas impropias o de contenido
pornográfico, o atentatorias contra la moral
o las buenas costumbres.
i) Las agresiones, acosos o ataques de
connotación sexual.
j) Seis atrasos mensuales.
k) Contestar en forma grosera a cualquier
integrante de la comunidad educativa.
l) Hacer destrozos graves en el
Establecimiento.
m) Romper o quitar útiles y tareas a
compañeros en forma agresiva.
n) Falsificar firmas, notas en el libro de clases
u otro documento oficial del
establecimiento.
o) Contravenir disposiciones expresas del
reglamento de actividades especiales de
curso y de representación del Colegio.
p) No obedecer las medidas indicadas como
consecuencia de las faltas de mediana
gravedad cometidas.
q) Mostrar un comportamiento inapropiado
por cualquier motivo, sea dentro o fuera del
Establecimiento, o en actividades
extraescolares causando daño al prestigio
de la Institución.
r) Fumar y beber en el establecimiento y/o
actividades que lo representen o de
uniforme en público.
s) Portar armas blancas.
t) Sustraer documentos oficiales del
establecimiento.
u) Provocar desordenes en la vía pública,
utilizando el uniforme de la escuela.
v) Presentarse al establecimiento con halito
alcohólico o signos de haber consumido
sustancias ilícitas.
retiro inmediato del establecimiento,
dejando constancia en el libro de registro.
En los puntos b), c), d) y e) se aplica el
procedimiento de acoso escolar, ley de
violencia escolar N° 20.536 y se aplicará el
protocolo de actuación respectivo)
27
VI.- CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS
1. CONDUCTO REGULAR PARA PRESENTAR SUGERENCIAS Y
RECLAMOS: El conducto regular para presentar sugerencias y reclamos, es a
través de un medio escrito y firmado – pudiendo el apoderado enviar una carta o
registrar en el libro de “SUGERENCIAS Y RECLAMOS” que se encuentra
disponible en la secretaría del establecimiento- dirigido a la Dirección del
establecimiento educacional, la que deberá tomar conocimiento y responder de
manera escrita o en entrevista, durante el presente año escolar.
2. LA COORDINACION ENTRE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD
ESCOLAR: La coordinación entre los distintos integrantes de la comunidad
escolar será en primera instancia a través del Consejo Escolar y en segunda
instancia en asambleas o reuniones de trabajo mensuales o semestrales, en la que se
debe dejar por escrito en actas principales acuerdos y situaciones destacadas.
3. SOBRE LOS CAMBIOS DE ACTIVIDADES Y SALIDAS PEDAGÓGICAS:
El cambio de actividad es una medida administrativa y pedagógica aplicable en
situaciones en que las clases regulares son reemplazadas por actividades que
complementan o refuerzan los objetivos curriculares, tales como actos culturales,
sociales y deportivos, salidas pedagógicas, entre otros.
El cambio de actividad deberá ser informado con 10 días hábiles de anticipación a su
ejecución al Departamento Provincial respectivo, precisando su justificación y los
aprendizajes esperados por curso y sector.
Aquellos cambios de actividades que impliquen el desplazamiento de estudiantes con
profesores fuera de la jurisdicción comunal, provincial y/o regional deberán contar con
la autorización escrita de los padres y/o apoderados de los estudiantes involucrados. El
establecimiento será responsable de tomar y arbitrar todas las medidas para resguardar
la seguridad e integridad de quienes participen en dicha actividad.
Cuando existan cambios de actividades, la asistencia de los alumnos, tanto los que
asisten a la actividad, como los que no asisten y se quedan en el establecimiento, deben
quedar registrada en los libros de clases las asistencias de ese día y declararse a través
del sistema SIGE o el que exista para esos efectos. El establecimiento contará con los
respectivos docentes para los alumnos que se quedan en el establecimiento y realizar las
respectivas clases señaladas en el horario del curso.
No se podrá tomar ninguna medida administrativa ni pedagógica en contra de los
alumnos, que por razones de no autorización por parte de sus padres y/o apoderados, no
asistan a alguna actividad enmarcada en este punto.
4. SOBRE GIRAS Y VIAJES DE ESTUDIOS.
Corresponde al conjunto de actividades educativas extraescolares que planifiquen,
organicen y realicen, dentro del territorio nacional, grupos de alumnos de un
28
establecimiento educacional, con el objeto de adquirir experiencias en los aspectos
económicos, sociales, culturales y cívicos de la vida de la región que visiten, que
contribuyan a su formación y orientación integrales.
Los viajes de estudio que planifiquen, organicen y realicen cursos y/o grupos de
alumnos de un establecimiento educacional serán de exclusiva responsabilidad del
Director y el Sostenedor del establecimiento educacional al que pertenezcan los
alumnos.
La dirección del establecimiento y el Sostenedor deberán reunir con la debida
anticipación todos los antecedentes del viaje para resguardar la integridad de los
estudiantes y cautelar el cumplimiento de los requisitos (autorización escrita de los
padres y/o apoderados, antecedentes del profesor(es) que acompañará a los alumnos,
documentos del medio de transporte que se utilizará, al día y antecedentes del
conductor).
La Dirección del establecimiento debe enviar con 10 días de anticipación al
Departamento Provincial de Educación respectivo un oficio comunicando todos los
antecedentes del viaje de estudio para que el Departamento Provincial de Educación tome
conocimiento.
La Dirección debe mantener disponible en el establecimiento toda la documentación
referida a los antecedentes del viaje para su posible revisión por parte de los Fiscalizadores
de la Superintendencia de Educación. Al respecto debe disponer a lo menos: la autorización
de los padres y apoderados debidamente firmada, nombre completo del profesor(es) que irá
a cargo de los alumnos, fotocopia de la documentación del medio de transporte que se
utilizará en el traslado de los estudiantes (Número de patente, permiso de circulación, y
Registro de Seguros del Estado al día), los antecedentes del conductor (Licencia de
Conducir al día), copia del oficio con el cual informó al Departamento Provincial de
Educación los antecedentes del viaje y el expediente entregado por el Departamento
Provincial de Educación.
Los apoderados podrán solicitar a la Subsecretaría de Transporte, a través de la página web
www.fiscalizacion.cl/index.php/solicitud-de-control-a-buses-en-gira-deestudios, la
fiscalización del transporte que se utiliza en el traslado de los alumnos en los viajes de
estudios.
Para efecto de cobros de subvención, los viajes de estudios serán considerados cambio de
actividades, por lo tanto, el Sostenedor podrá cobrar subvención por aquellos alumnos que
participen en el viaje, siempre y cuando cuenten con toda la documentación solicitada
anteriormente.
29
VII.- PROTOCOLOS DE ACTUACION
PROTOCOLO DE ACCIDENTE ESCOLAR
ESCUELA ARTURO ALESSANDRI PALMA FRUTILLAR
VERSIÓN 2015
1. MARCO LEGAL
• Decreto Supremo N° 313/1973
• Ley Nº16.744 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
2. DEL SEGURO ESCOLAR
Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares del establecimiento,
del nivel de transición de la educación parvularia hasta de enseñanza básica, tienen
derecho al seguro escolar, contemplado en el artículo 3º de la ley Nº 16.744 por los
accidentes que sufran durante sus estudios o trayectos escuela –hogar.
Los efectos del seguro se suspenderán durante los períodos en que las personas indicadas
no realicen sus estudios o su práctica educacional o profesional, tales como las de
vacaciones o los que puedan producirse con posterioridad al egreso del establecimiento.
El artículo 3°, del Decreto N° 313, de 1973, del Ministerio del Trabajo, señala que se
entenderá por accidente toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus
estudios, o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca
incapacidad o muerte.
Se considerarán también como accidente del trabajo, los ocurridos en el trayecto directo, de
ida o regreso, entre la habitación o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento
educacional respectivo, el lugar donde realice su práctica educacional o profesional como
también los ocurridos en el trayecto directo entre estos últimos lugares.
Exceptúense los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna
con los estudios o práctica educacional o profesional y los producidos intencionalmente por
la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.
30
El estudiante víctima de un accidente escolar tendrá derecho a las siguientes prestaciones,
que se otorgarán gratuitamente hasta su curación completa o mientras subsistan los
síntomas de las secuelas causadas por el accidente:
• Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio;
• Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante;
• Medicamentos y productos farmacéuticos;
• Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación;
• Rehabilitación física y reeducación profesional, y
• Los gastos de traslados y cualquier otro necesario para el otorgamiento de
• estas prestaciones.
Se deja expresamente establecido que los cambios de actividades como también los viajes
de estudios constituyen actividades asociadas a prácticas educacionales, por tanto, cada una
de las actividades desarrolladas por el establecimiento y que participan los estudiantes se
encuentran cubiertas por este seguro escolar de accidentes.
3.- DECLARACION INDIVIDUAL DE ACCIDENTE ESCOLAR:
Para asegurar atención, se debe completar el siguiente formulario, el que debe ser
firmado por la dirección del colegio y presentado en el Hospital de Frutillar, ubicado en
Avda. Alemania, con las piedras, sector Frutillar Bajo, lugar donde se hace efectiva la
atención médica correspondiente a este establecimiento educacional.
31
3. PROCEDIMIENTO DE ACTUACION
Acciones en caso de accidente de algún estudiante:
1. El actual Protocolo Oficial se aplicará en: todas las Actividades Curriculares
Lectivas; todas las Actividades Extracurriculares, Extraescolares, Talleres,
Academias y Actividades deportivas autorizadas, a nivel interno y externo, por la
Dirección del Colegio; todas las Dependencias Internas, en especial, en los Patios,
pasillos, en el Gimnasio, biblioteca y Laboratorios de Ciencias y Computación
2. El Protocolo deberá ser conocido por todo el Personal, por sus estudiantes y por
todos los Padres y Apoderados(as) del establecimiento.
3. Ocurrido un accidente escolar, el Personal más próximo al alumno(a) lesionado(a)
y/o que ha constatado el accidente, deberá de inmediato informar a los encargados
de primeros auxilios: CECILIA PROSCHLE O MAURICIO HECHENLEITNER y
solicitar el apoyo correspondiente.
4. El estudiante debe permanecer en el sitio del suceso o punto del accidente si fuera
una caída que involucre golpe en la cabeza, columna, u otra parte del cuerpo que
conlleve peligro o daño y la encargada(o) deberá asistir hasta el lugar del accidente.
32
Si el accidente afecta una parte puntual del cuerpo del estudiante que no involucre
daños posteriores se llevará al estudiante hasta la oficina de los encargados.
5. El o la encargada procederá a observar al alumno(a) y, si es posible, se le consultará
su estado general de salud y/o las lesiones específicas y las condiciones en que
ocurrió el accidente escolar;
6. Ningún miembro del Personal, Alumno(a) y/o Apoderado(a) está autorizado(a) para
aplicar ningún tipo de procedimientos de Primeros Auxilios al alumno(a) o tomar
iniciativas personales o acciones que puedan deteriorar su estado de salud. Se deberá
siempre esperar las instrucciones del Encargado(a) de primeros auxilios
7. El o la encargada procederá a evaluar la situación del estudiante y a clasificar el
accidente de acuerdo a la siguiente sugerencia:
ACCIDENTE LEVE: PROCEDIMIENTO
Erosiones, corte superficial de
la piel, caídas al correr o golpes
al chocar con algún objeto o
persona, contusiones de efectos
transitorios u otros.
Requiere sólo atención del personal encargado para ello, quien
proporciona los primeros auxilios o curaciones pertinentes, y
luego el alumno prosigue con sus actividades normales. De
igual manera el o la inspectora encargada del curso da aviso al
apoderado titular por escrito o por teléfono.
ACCIDENTE MODERADO PROCEDIMIENTO
Esguinces, caídas o golpes con
dolor persistente, heridas
sangrantes, chichones. Requiere
tratamiento médico en el
servicio de urgencia más
cercano u otros.
a) La Encargada de Primeros Auxilios recibe al estudiante
accidentado.
b) El secretario informa al apoderado/a del accidente (por
teléfono) y le pregunta si puede acudir al colegio y acompañar
a su hijo/a al servicio de urgencia del Hospital de Frutillar.
c) Si el apoderado/a no puede llevar a su hijo/a al servicio de
urgencia lo hará el o la Asistente de la Educación encargado
del curso u otra persona que disponga la dirección. .
d) El secretario completa la ficha de Accidente Escolar
debidamente llenada con los datos del accidente y se entrega a
la persona responsable que acompaña al accidentado.
e) Se debe hacer seguimiento del caso, solicitando a la persona
que acompaña al accidentado informe del diagnóstico y
tratamiento.
f) Informar a los integrantes de la comunidad escolar
involucrados, respecto a tratamiento y diagnóstico, para
asegurar así cumplimiento de éstos
ACCIDENTE GRAVE PROCEDIMIENTO
Fracturas, heridas o cortes
profundos con objetos
a) La primera persona que atiende al accidentado/a, solicita la
presencia de la Encargada de Primeros Auxilios del colegio. La
33
cortopunzantes, caídas con
golpes en la cabeza, pérdida de
conocimiento u otros
Encargada de Primeros Auxilios continúa con la atención que
corresponda y se responsabiliza de las siguientes acciones:
a) Avisar al servicio de urgencia para el traslado en ambulancia
del accidentado. En el caso de no contar con ambulancia en
todos los casos de accidentes graves que afecten a los
estudiantes del colegio, la Directora será quien autorice el
traslado del estudiante accidentado, en otro medio de transporte
al servicio de urgencia.
b) Prestar mientras tanto las primeras atenciones al accidentado
solicitando la ayuda de otras personas del colegio cuando lo
necesite.
c) El secretario Informa al apoderado/a del accidente y de que
se ha solicitado su traslado al Servicio de urgencia y completa
la Ficha de Accidente Escolar debidamente llenada con los
datos del accidente y se entrega a la persona responsable que
acompaña al accidentado.
d) Informar de la situación a la Directora
e) La Encargada de Primeros Auxilios o la persona que
disponga la directora, acompañará al accidentado/a al hospital
al menos hasta que llegue el apoderado/a.
f) Se debe hacer seguimiento del caso, solicitando a la persona
que acompaña al accidentado informe del diagnóstico y
tratamiento.
e) Informar a los integrantes de la comunidad escolar
involucrados, respecto a tratamiento y diagnóstico, para
asegurar así cumplimiento de éstos
8.- Mensualmente se revisarán los casos de accidente escolares, para así analizar espacios y
tiempos en que ocurren con el fin de prevenirlos a disminuirlos en número y frecuencia.
34
PROTOCOLO DE ACCION ANTE EL ACOSO Y MALTRATO
ESCOLAR
(BULLYING)
ESCUELA ARTURO ALESSANDRI PALMA FRUTILLAR
VERSIÓN 2015
Con el objetivo de proporcionar una orientación que facilite el tratamiento de
posibles casos de Acoso y Maltrato Escolar entre Iguales (Bullying) que puedan darse en el
Establecimiento Educacional, se confeccionó el siguiente Protocolo de Actuación como
propuesta de actuaciones básicas que la Escuela, en coordinación con otras instancias de la
comunidad educativa, pueda utilizar para dichos casos, pues es imprescindible que se actúe
de forma inmediata y decidida tanto con el alumnado implicado (víctimas, agresores y
espectadores) como con sus familias.
1. Justificación
Los fenómenos de acoso y maltrato escolar entre iguales (bullying) despiertan
preocupación social y concentran cada vez más atenciones y esfuerzos educativos.
Enmarcados en el ámbito de los problemas de las relaciones interpersonales entre el
alumnado y de construcción social y psicológica de las conductas agresivas en el grupo de
pares, constituyen ya hoy un fenómeno que ha generado la puesta en marcha de diversos
programas de intervención.
Es por ello que en este protocolo se afronta dicha agresión, que puede tener graves
consecuencias a corto, mediano y largo plazo en los estudiantes afectados ya que, al
encontrarse en un proceso de formación de su personalidad, son más vulnerables y
presentan mayores dificultades para superar la situación y, en consecuencia, tiene un mayor
riesgo de que ésta pueda afectar negativamente en su vida adulta.
Por lo tanto el seguimiento de un protocolo estandarizado contribuye a sistematizar
la intervención, concretando las fases y dimensiones que se deben contemplar,
proporcionando pautas de acción u orientaciones en situaciones en las que se requiere un
procedimiento sistemático para la identificación y resolución del problema y, además,
previniendo sobre determinadas actuaciones que, aun pudiendo ser bien intencionadas,
pueden resultar inconvenientes.
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2. Objetivos
• Proporcionar una orientación que facilite la detección, notificación,
evaluación, intervención, tratamiento y seguimiento de posible casos de
maltrato escolar entre iguales (bullying) que puedan detectarse en el
Colegio.
• Recoger las medidas de intervención que son necesarias implementar en los
casos de maltrato escolar entre iguales (bullying) a fin de garantizar la
protección de la víctima y los derechos de las personas, así como las
actuaciones que deben seguirse para su detección e intervención educativa
de urgencia.
• Definir las características del maltrato escolar entre Compañeros/as.
En casos de maltrato escolar entre iguales se precisa realizar de forma inmediata la
detección y el correspondiente tratamiento, ya que cuanto antes sea detectada una situación
de acoso, hay más posibilidades de que se resuelva con éxito. Para ello, es necesario definir
con claridad qué se entiende por maltrato escolar entre iguales o compañeros/as y
distinguirlo de otras de conductas que, aunque sin duda requieren también de una respuesta
efectiva, presentan a menudo un abordaje diferente.
3. CARACTERÍSTICAS DEL MALTRATO ENTRE IGUALES
El maltrato entre iguales presenta las siguientes características:
• Desequilibrio de poder: Se produce una desigualdad de poder físico,
psicológico y social que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones
interpersonales.
• Intencionalidad/repetición: la intencionalidad se expresa en una acción
agresiva que se repite en el tiempo y que genera en la víctima la expectativa
de ser blanco de futuros ataques
• Indefensión/personalización: el objetivo del maltrato suele ser
normalmente un solo alumno/a, que es colocado de esta manera en una
situación de indefensión. De este modo, la víctima no encuentra los medios
para defenderse y sufre aislamiento, estigmatización, pérdida de autoestima
y reputación.
Definición de Acoso Escolar: Un alumno/a es agredido o se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a
agresiones y acciones negativas que lleva a cabo otro alumno/a o varios de ellos.
36
4. TIPOS DE MALTRATO ENTRE IGUALES
El maltrato entre iguales puede adoptar distintas manifestaciones:
• Exclusión y marginación social.
• Ignorar a alguien.
• No dejarle participar.
• Agresión verbal.
• Insultar a alguien.
• Hablar mal de él/ella.
• Poner sobrenombres.
• Agresión física indirecta
• Esconder cosas a alguien.
• Romperle cosas.
• Robarle cosas.
• Agresión física directa.
• Golpear a alguien.
• Intimidación/ chantaje/amenaza
• Amenazar a alguien para meterle miedo.
• Chantaje (amenazar a alguien para obligar a hacer algo). (exigir dinero a
cambio de no agresión).
• Amenazarle con armas.
• Acoso o abuso sexual.
• Acosar sexualmente.
• Abusar sexualmente.
Según el medio utilizado, el maltrato escolar entre iguales puede ser oral, escrito, gestual,
ciberbullying (móvil, internet).
Por las características de la víctima puede haber manifestaciones específicas de
maltrato, los cuales podrían ser: racismo, homofobia, sexismo, dirigido a alumnado con
discapacidad, etc.
5. CONSECUENCIAS DEL MALTRATO ENTRE IGUALES
• Para la víctima: Puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo
físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo
para su desarrollo equilibrado.
• Para el agresor o agresora: Puede ser la antesala de una futura conducta
delictiva, una interpretación de la obtención de poder basada en la agresión, que
puede perpetuarse en la vida adulta, e incluso una sobrevaloración del hecho
violento como socialmente aceptable y recompensado.
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• Para los compañeros y compañeras espectadores: Puede conducir a una actitud
pasiva y complaciente ante la injusticia y a una concepción equivocada de la valía
personal.
6. PROCEDIMIENTO DE ACTUACION
1.- Orientaciones de Prevención y Pasos a Seguir en caso de Acoso Escolar
1. Dónde realizar la observación
• En los lugares en los que se producen las agresiones, que suelen coincidir
con las zonas menos frecuentes por los adultos: entradas y salidas del
establecimiento, pasillos, cambios de clase, baños vestuarios
• En la clase, que es donde se produce el aislamiento, la intimidación, las
burlas.
• En el transporte escolar, comedor escolar: incidentes, conflictos
• En las salidas extraescolares.
2. Identificación de las zonas de riesgo.
Desde el momento en que se conoce la posible existencia del maltrato hacia un
niño/a o adolescente, es preciso impedir que se produzca una nueva agresión. Por tanto, la
presencia de algún adulto en las zonas de riesgo así como que el niño agredido evite estar
solo en esas zonas serán las medidas más inmediatas que hay que tomar.
• A la entrada del colegio.
• En la clase.
• En los baños.
• En los espacios recreacionales.
• En actividades extraescolares.
• A la salida del colegio.
3. Conocimiento de la situación y comunicación al profesor jefe, dirección y equipo
multidisciplinario.
• En caso de conocimiento de un hecho de Acoso Escolar, la denuncia puede
proceder de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa que
presencie o tenga constancia de que se está produciendo un maltrato;
informando al profesor jefe, dirección y equipo multidisciplinario.
• Este primer nivel de actuación corresponde, por tanto, a todos y cada uno de
los miembros de la comunidad educativa.
• El receptor de la información (profesor jefe, dirección o equipo
multidisciplinario), de acuerdo a su nivel de responsabilidad y funciones
sobre el/la alumno/a, trasladará la información a las demás instancias para
acordar las acciones que se llevarán a cabo para solucionar a la brevedad la
situación.
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• Una vez recibida la denuncia de maltrato, se decidirán las medidas
disciplinarias que se apliquen al hecho si así lo aconseja la gravedad del
problema, de acuerdo al Reglamento Interno del Colegio.
4. Adopción de medidas de protección y control que garanticen la inmediata
seguridad del alumno/a agredido
• Con la presunta víctima:
o Vigilancia específica del alumno acosador y del alumno/a agredido
o Incremento de la vigilancia en los lugares donde se produce la agresión
o Solicitud de colaboración familiar para la vigilancia y control de sus
hijos/as.
o Seguimiento individualizado con las personas implicadas
o Asignar al docente guía como el adulto al que la víctima pueda acudir en el
momento que lo necesite.
o Dar pauta de autoprotección a la víctima.
o Apoyo sicológico
• Con los presuntos agresor/es:
o Amonestación verbal por el funcionario más próximo a la ocurrencia de los
hechos.
o Transmisión clara de los comportamientos que no se toleran en la escuela,
señalando los límites de lo permitido y haciéndole notar la gravedad del
problema.
o Solicitud de colaboración familiar para la vigilancia y control de sus hijos e
hijas.
o Aplicación del Reglamento Interno del Establecimiento.
o Apoyo sicológico
• Información a los apoderados:
o Se realizará una entrevista individual con cada una de los apoderados del
alumnado implicado en el conflicto, garantizando la confidencialidad de la
información y solicitando su colaboración para la mejor resolución de la
situación, evitando actuaciones que puedan dificultar la adecuada gestión de
la misma.
o El encargado de las entrevistas procederá a:
▪ Citar y recibir al apoderado y al alumno o alumna víctima en
entrevista individual para:
• Informar de los hechos en aquellos casos en que sean conocidos por
los padres representantes legales del alumno.
• Conocer el alcance del problema: Determinar si es conocido o no
por los padres o representantes legales y, en su caso, qué medidas
han tomado hasta el momento al respecto.
39
• Informar sobre las medidas de urgencia adoptadas o que se van a
adoptar, recogiendo su opinión y/o las aportaciones que pudieran
realizar.
• Comunicar la posibilidad de que pueden denunciar al alumnado
agresor cuando haya indicios de hechos delictivos.
• Citar y recibir al o los apoderados y al alumnado agresor, así como
al resto de implicados, en entrevistas individuales para:
• Dar a conocer y recoger información sobre los hechos denunciados.
• Determinar si son conocido o no por los padres y qué medidas han
tomado hasta el momento al respecto.
• Informar sobre las medidas de urgencia adoptadas o que se vayan a
adoptar, recogiendo su opinión y/o las aportaciones que pudieran
realizar al proceso y entendiendo siempre que lo hacen a favor de la
resolución del problema.
• Informar sobre las actuaciones a desarrollar que competen al centro
educativo y también sobre las posibles acciones que pudiera tomar
la familia o responsables legales de la persona agredida, cuando
existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos.
• Completar, contrastar y analizar la información:
o El o los encargados de las entrevistas recogerán la información necesaria
con el objetivo de ampliar la información obtenida mediante entrevistas,
cuestionarios, observación.
o Para ello el consejero procurará recoger por escrito estos datos sobre:
• El alumno/a agredido.
• El alumno/a agresor/es.
• Las familias de los implicados.
• El profesor jefe.
• Alumnado espectador (testigos)
Analizar y valorar la información recolectada. El consejero educativo junto con la
coordinación del ciclo hará una valoración de la información recolectada de las diferentes
fuentes tratando de establecer si hay indicios de maltrato entre iguales así como el tipo y
gravedad del mismo. Elaboración del informe escrito de las medidas tomadas.
7. PLAN DE ACTUACIÓN
1.- Orientaciones para la intervención directa con los afectados/as.
Ante la confirmación de un caso de maltrato entre compañeros/as es necesario
detener de inmediato las agresiones, crear un contexto de colaboración por parte de todos
los implicados/as y garantizar la confidencialidad de los datos.
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2.- Actuaciones con la presunta víctima
• Proteger a la víctima durante todo el proceso de intervención, aumentando la
vigilancia en las situaciones de riesgo y tomando medidas de apoyo directo al
alumnado afectado: círculo de amigos/as, actividades programadas en el patio.
• Mantener entrevistas individuales para analizar las situaciones vividas, los
sentimientos que le han provocado y cómo lo ha afrontado.
• Tener en cuenta el momento en que se encuentra dicha situación:
o Si está en las primeras fases (insultos, bromas pesadas, estigmatización de
un compañero por un detalle sobresaliente…): Trabajo inmediato con la
víctima para que recupere su equilibrio inicial, no se culpabilice, reduzca su
nivel de estrés, no haga generalizaciones, ni adquiera una autoestima
negativa.
o Si está en fases posteriores (la víctima puede creerse culpable de la agresión
o manifestar cambios de conducta): En este caso hay que valorar la
posibilidad de apartarla del alumnado agresor y tejer una red de protección
afectiva a su alrededor.
o Entrenamiento en habilidades sociales: conductas de autoprotección y
asertividad para defender sus derechos, exponer sus puntos de vista;
autoestima, desarrollo de destrezas para dejar de ser víctima sin ser agresor,
trabajar situaciones de role planning (simular situaciones reales).
o Si se considera necesario, referir a servicios externos. En este caso será
recomendable que dicha medida se adopte de acuerdo con los padres o
responsables legales.
o Realización de seguimiento durante todo el año escolar
3.- Actuaciones con el alumnado presunto agresor.
• Intervención inmediata con las personas acosadoras transmitiendo un mensaje claro
de tolerancia cero hacia cualquier conducta de agresión.
• Organizar entrevistas individuales para:
• Concienciación de la gravedad del problema.
• Identificación de conductas violentas.
• Análisis sobre la causa de su actitud.
• Reflexión y reconocimiento del daño causado.
• Trabajar la empatía y el razonamiento moral.
• Se realizarán tratando de evitar la comunicación entre los implicados y analizando
la situación con las repercusiones que tiene para la víctima. Facilitaremos el
compromiso de cambio sin tratar de aplicar métodos coercitivos
• Desarrollar actividades para mejorar las habilidades sociales, trabajar la empatía
tratando de hacerle reflexionar sobre los sentimientos de la víctima.
• Ayudarle a vincularse con los demás sintiéndose parte del grupo y asumiendo las
responsabilidades que le corresponden.
• Programas de técnicas cognitivas de autocontrol
• Aplicación de medidas educativas, correctoras y/o sancionadoras.
• Las sanciones deben tener una orientación educativa, tendente a la reflexión y toma
de conciencia de los hechos, al cambio de actitud y a la reparación del daño. Sin
41
embargo también debe transmitirse la idea que la actuación negativa no van a
resultar impunes.
• Algunos ejemplos: trabajos escritos de reflexión sobre los hechos, sus
consecuencias y la manera de compensar los daños, realización de trabajos al
servicio de la comunidad, suspensión del derecho a participar temporal o
definitivamente en actividades complementarias y extraescolares, realización de
trabajos específicos en horario no lectivo.
• Promover la reparación o compensación de los daños causados (petición de
disculpas,, otros.)
• Apertura de expediente disciplinario.
• Realización de seguimiento durante todo el año escolar.
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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA SITUACIÓN DE
EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD
VERSION 2015
1.- MARCO REGULATORIO:
• Ley General de Educación
• Decreto N° 79, 2005, QUE REGULA EL ESTATUTO DE LAS ALUMNAS EN
SITUACION DE EMBARAZO Y MATERNIDAD
2.- OBJETIVO
El propósito de este documento es entregar orientaciones claras de actuación frente a la
situación de embarazo, maternidad y paternidad, que fortalezcan la permanencia de estos
estudiantes en el colegio.
3.- DERECHOS Y DEBERES
La Ley General de Educación, señala que “El embarazo y la maternidad en ningún caso
constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de
educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y
administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”.
Por lo tanto, a las alumnas en situación de embarazo o maternidad les asisten los mismos
derechos y deberes que los demás alumnos y alumnas en relación a su ingreso y
permanencia en los establecimientos educacionales, no pudiendo ser objeto de ningún tipo
de discriminación, en especial el cambio de establecimiento o expulsión, la cancelación de
matrícula, la negación de matrícula, la suspensión u otra similar.
El embarazo o maternidad de una alumna no podrá ser causal para cambiarla de jornada de
clases o a un curso paralelo, salvo que ésta manifieste su voluntad expresa de cambio
fundada en un certificado otorgado por un profesional competente.
Las autoridades directivas y el personal del establecimiento deberán mantener respeto por
su condición.
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La dirección del establecimiento educacional deberá otorgar las facilidades académicas
necesarias para que las alumnas en situación de embarazo o maternidad asistan
regularmente durante todo el período de embarazo al servicio de salud correspondiente para
el control prenatal periódico, como asimismo, a los controles médicos de post parto y a los
que con posterioridad requiera el lactante.
Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tendrán derecho a participar en
organizaciones estudiantiles, así como en cualquier ceremonia que se realice en la que
participen los demás alumnos y alumnas. Asimismo, tendrán derecho a asistir a todas las
actividades extraprogramáticas que se realicen al interior o fuera del establecimiento
educacional, con las excepciones que se deriven de las indicaciones del médico tratante.
Las alumnas en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los procedimientos de
evaluación establecidos en el Reglamento del establecimiento educacional, sin perjuicio de
la obligación de los docentes directivos del establecimiento de otorgarles las facilidades
académicas, incluido un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de
estas alumnas y de brindarles apoyos pedagógicos especiales mediante un sistema de
tutorías realizado por los docentes y en el que podrán colaborar sus compañeros de clases.
1. En caso de embarazo o maternidad en edad escolar, el establecimiento debe
ingresar en el sitio web: www.junaeb.cl e ingresar la información respecto de las
alumnas embarazadas y/o que son madres y que se encuentran matriculadas.
2. La estudiante tendrá derecho a contar con un docente tutor (profesor/a jefe) y con
apoyo del equipo sicosocial, quien supervisará las inasistencias, apoyo pedagógico
especial, horarios de salida para amamantamiento y controles de salud y la
elaboración e implementación del calendario de evaluación, resguardando el
derecho a la educación de la alumna.
Funciones del tutor:
• Ser un intermediario/nexo entre alumna(o) y profesores de asignatura para
organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar las
inasistencias; supervisar…; informar a dirección el cumplimiento de los
docentes en todos los sectores.
• Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio,
supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea
necesario, supervise entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará
mientras que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo,
parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un
año. Acreditado por certificado médico.
• Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderado(a) deberá
hacer retiro de materiales de estudio.
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3. El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación alternativo, en
tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le impida asistir
regularmente al establecimiento.
4. Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto,
post parto, control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año,
presentando certificado médico o carné de salud, podrá acceder a una
reprogramación de evaluaciones. Para los estudiantes padres si se ausentan por
situaciones derivadas del control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de
un año, presentando certificado médico o carné de salud, podrá acceder a una
reprogramación de evaluaciones.
5. El/la estudiante tiene derecho a ser promovido(a) de curso con un porcentaje de
asistencia menor a lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido
debidamente justificadas por: los/las médicos tratantes, carné de control de salud y
cumplan con los requisitos de promoción establecidos en el reglamento de
evaluación.
6. Se dará flexibilidad en las evaluaciones garantizando el logro de aprendizajes y
objetivos mínimos establecidos en los Programas de Estudio.
7. La estudiante embarazada o madre tiene derecho a ser evaluada de la misma forma
que sus compañeros. El establecimiento le otorgará las facilidades necesarias para
cumplir con el calendario de evaluación.
8. El consejo escolar deberá tener conocimiento del protocolo de Retención de
Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes. Esto será informado en la
primera reunión del consejo escolar, quedando en acta.
9. Respecto del Reglamento de Convivencia Escolar:
· Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de el/la estudiante
diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad. Para esto existirá
una carpeta por alumno que estará ubicada en secretaría. La dirección se encargará
del registro en la carpeta. En esta carpeta se deberá además archivar los certificados
médicos.
· El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico, cada vez
que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y paternidad. El
tutor verificará en forma regular las inasistencias en carpeta de estudiante.
10. Respecto del Período de embarazo:
· La estudiante tiene el derecho y deber de asistir a los controles de embarazo, post-
parto y control sano de su hijo/hija en el Centro de Salud Familiar o consultorio
correspondiente.
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· El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico
correspondientes, cada vez que falte a clase por razones asociadas al embarazo,
maternidad/paternidad. Además deberá mantener informado a su profesor jefe/tutor.
· La alumna tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera durante el
embarazo, sin tener que reprimirse por ello.
11. Respecto del Período de Maternidad y Paternidad:
· La estudiante tiene derecho, cuando el niño o niña nazca, a amamantarlo, para esto
puede salir del colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime conveniente.
Para esto corresponderá como máximo, a una hora de su jornada diaria de clase, sin
considerar el tiempo de traslado. Este horario deberá ser comunicado formalmente a
la dirección del colegio durante la primera semana de ingreso posterior al parto.
· Durante el periodo de lactancia la alumna tiene derecho a salir a sala de primeros
auxilios a extraerse leche cuando lo estime necesario.
· Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su
cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el
colegio dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades pertinentes.
12. Respecto de deberes del apoderado/a:
· El apoderado/a deberá informar al colegio la condición de embarazo, maternidad o
paternidad del estudiante. El director/a o profesor/a responsable informará sobre los
derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y del colegio.
· Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al
establecimiento a entregar el certificado médico. Además deberá solicitar entrevista
con el tutor para la entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones. El
apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de
apoderado/a.
· El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente,
que señale su consentimiento para que el/la alumno/a asista a los controles,
exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del
embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o total del/la
estudiante durante la jornada de clase.
· El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio
o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la
tutela o responsabilidad de otra persona.
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13. Otros
- La estudiante tiene derecho adaptar su uniforme escolar a su condición de
embarazo.
· La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada y
eximida en caso de ser necesario. Después del parto, será eximida hasta que finalice
un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/la
médico tratante, podrá eximirse de la actividad física. En estos casos, la alumna
deberá realizar trabajos alternativos designados.
· Todo embarazo en una estudiante de menos de 14 años debe ser denunciado por la
dirección del establecimiento, de acuerdo a la normativa vigente.
47
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ABUSO
SEXUAL INFANTIL EN LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCACIONALES
VERSIÓN 2015
INTRODUCCIÓN
Se recogen los siguientes antecedentes y criterios, para orientar a toda la Comunidad
Escolar, padres, personal de los Establecimientos y estudiantes, en relación con aquellas
situaciones vinculadas con posibles hechos, que puedan ser materia de sospechas de abusos
sexuales, ocurridos al interior de los Establecimientos Educacionales de la Comuna de
Frutillar, como los que pudieran producirse fuera del Centro Educativo, y que afecten los
derechos básicos de nuestros alumnos en estas materias.
“Los gestos de violencia se transforman en un modo crónico de comunicación
interpersonal y de grupo, produce una serie de fenómenos dramáticos que se manifiestan
dentro y fuera de las fronteras familiares (niños maltratados, niños víctimas de incesto y
violencia sexual, toxicomanías, pedofilia, etc.)
Cuando el sufrimiento de las víctimas, resultado de esta violencia, no ha sido verbalizado
y/o socialmente reconocido, el riesgo de que se exprese en comportamientos violentos
sobre otras personas es muy alto”.
Queremos hacer presente que rara vez un menor denuncia la situación de abuso sexual, ya
sea por temor o porque el agresor ha logrado manipular de tal manera a la presunta víctima,
que esta no es capaz de verbalizar lo que le está ocurriendo. Por este motivo, es
fundamental que todos tengan un mínimo de información sobre los indicadores que suelen
presentarse en estas situaciones.
Los delitos sexuales contra menores de edad están básicamente constituidos por una
conducta de contacto, abuso, transgresión y/o agresión sexual hacia el menor, caracterizada
por la falta o vicio en el consentimiento.
El presente protocolo quiere dejar muy en claro que la responsabilidad en la difusión de
este documento y el velar para que se apliquen los criterios aquí consignados corresponde a
48
toda la comunidad educativa, pero principalmente a quienes dirigen los Establecimientos.
De este modo todos debemos participar activamente en la responsabilidad que se les
asignan, con prolijidad y rapidez.
Este documento es un protocolo mínimo de actuación, que a la luz de la experiencia y con
la colaboración de todos iremos perfeccionando en el futuro.
CRITERIOS Y NORMATIVA
Para los efectos de atender y sobre todo tener una política de prevención, se fijan las
siguientes indicaciones generales, para todos los Establecimientos Educacionales de la
Comuna de Frutillar:
I. Del Protocolo y la Normativa
1. Cada año, durante el mes de marzo, el Consejo Escolar, bajo la presidencia del
Director del Establecimiento, realizarán una reunión (taller formal), para revisar el
Protocolo en cuestión y realizar las modificaciones o actualizaciones, que a la luz de los
antecedentes que entregue el plenario, sea necesario de incorporar a este documento. En
particular, se revisarán los lugares, horarios y situaciones de riesgo en los establecimientos.
2. Los resultados, de esta actualización, serán informados a toda la comunidad
educativa, a más tardar el último día hábil del mes de marzo, previa revisión de estos
antecedentes, con el equipo Multidisciplinario del DAEM.
II. De los Ingresos a los Establecimientos Educacionales.
1. Los ingresos a las Escuelas y Liceos, contarán siempre con los medios de seguridad
necesarios, tales como no mantener portones de entradas de vehículos abiertos, y en
general zonas sin control.
2. Cada establecimiento deberá contar siempre con una persona en portería, de forma
estable o por sistema de turno y designada para tal fin, de lo cual se dejará constancia en un
registro escrito.
Este criterio deberá aplicarse tanto para las entradas y salidas de los establecimientos.
3. En relación a los niños que se movilizan en furgones:
a. Todos los estudiantes que se retiran con este medio o son trasladados por buses
especiales, deberán esperar a esos vehículos al interior del establecimiento, nunca en la
calle.
b. Al comienzo del año, el director de cada escuela realizará una reunión con los
transportistas, a fin de definir normas generales de seguridad acorde a las exigencias
del Establecimiento.
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4. Deberá tomarse suficiente atención en el tránsito de personas no autorizadas y/o
ajenas al Establecimiento Educacional, sin la autorización mínima del inspector general,
para lo cual deberá habilitarse un área de espera.
Toda persona ajena al establecimiento y una vez autorizada deberá registrar su visita
identificándose con su cédula de identidad.
5. Toda persona que no sea proveedor, apoderado o preste algún servicio externo, y
que concurra para reunirse con un trabajador, esperará en el área designada para tal efecto.
En general, no será adecuado, que el personal reciba a visitantes que no tengan vínculos
contractuales con el establecimiento, al interior de sus dependencias, durante los horarios
de clases, a no ser que concurran razones excepcionales y de carácter urgente.
III. Actividades fuera del horario de clases
1. A las reuniones de padres, procurarán evitar, en la medida de lo posible, acudir con
niños. Lo anterior, a fin de evitar que estos deambulen por las instalaciones de los
establecimientos sin supervisión. Esto será manifestado por cada profesor en la primera
reunión que se realice en cada semestre y sino fuere posible evitarlo, algún inspector deberá
asumir el cuidado.
2. Cuando un alumno o un grupo de estudiantes deba esperar para ser retirado del
Establecimiento, esperará en el área anteriormente señalada (área de espera), la cual de
preferencia será a la vista de algún funcionario del mismo Establecimiento. Nunca se
quedará dando vueltas por él. En el caso que el funcionario vea que se acerca su horario de
salida y aún hay alumnos que están esperando, deberá avisar y llamar al apoderado para que
se resuelva su retiro a la brevedad. El Establecimiento se reserva el derecho a dar aviso a
carabineros, cuando los apoderados no concurran a retirar a sus hijos dentro del horario de
funcionamiento del establecimiento.
3. Si hubiesen alumnos que se quedan en el establecimiento sin razones, transcurrido
un tiempo importante, el Profesor Jefe, llamará a los padres a entrevista para informarles de
esta situación y entregarles una advertencia, si fuera necesario.
IV. Uso de dependencias
1. Los profesores no se quedarán a solas con un alumno en la sala de clases. En el
caso, que por una situación extraordinaria fuese necesario que el profesor se mantenga en la
sala de clases durante el recreo, este deberá mantener abierta la puerta de la sala de clases.
2. Todos los estudiantes, durante los recreos, no podrán permanecer al interior de las
salas de clases.
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3. En cada establecimiento en la medida de lo posible, deberá existir una sala para
atención de alumnos y apoderados vidriada.
4. En todos los baños, deberá existir un cartel que señale los cursos que pueden
ingresar a él y cuando el establecimiento sea mixto, también esa condición (hombres /
mujeres).
5. Discretamente, en la salida y sin ingresar a esa dependencia, mientras los alumnos
están ocupando los baños, siempre habrá de turno, una persona estable asignada a ese
sector. Alumnos que ingresen a baños que no correspondan, serán sancionados en términos
claros, formales y exigentes.
6. Cuando se prevea o presuma que pueda ocurrir alguna situación anómala en un
baño, la persona encargada de ese turno pedirá ayuda a un profesor para ingresar juntos al
interior.
7. Es importante promover en los estudiantes, que acudan al baño durante los recreos,
cada vez que termine un bloque, para evitar, en los posible, salidas durante las clases.
8. Los camarines, mientras se desarrolla la hora de Educación Física, deberán
permanecer cerrados. Quien quiera ir al baño, con permiso del profesor respectivo, lo hará
al que le corresponda, por nivel y género.
9. Donde existan duchas en los camarines, se deberán asegurar los cuidados que se
requieren.
10. Las educadoras de párvulos, diferenciales y técnicos NO cambiaran de ropa a los
niños/as.
En todos los establecimientos y jardines de la comuna deberá existir un formato donde los
padres y apoderados, al comienzo del año escolar, autoricen a las educadoras para realizar
esa función, además, y en los casos que sean necesarios, estas avisarán inmediatamente en
forma telefónica a los padres o apoderados a fin que estos puedan autorizar verbalmente y
con ello desarrollar los procedimientos que sean necesarios.
V. Evaluaciones de alumnos
1. Ningún alumno será evaluado por psicopedagogos, psicólogos, fonoaudiólogos o
especialistas afines, sin una autorización formal y escrita de parte del apoderado.
2. En todas estas evaluaciones se seguirán los criterios señalados para estas tareas,
concordantes con lo que se consigna en este documento.
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VI. Uniforme Educación Física
1. Los estudiantes deberán observar las normas que el establecimiento señala para la
indumentaria apropiada para realizar Educación Física.
2. De igual forma, observarán este criterio los profesores del subsector.
VII. Selección de personal
1. Para toda contratación de personal, junto a las evaluaciones pertinentes, se
consultará el registro nacional de pedofilia.
2. En todos los casos, se aplicarán los criterios que señala el Sostenedor para la
selección del personal.
3. No se podrá contratar a personal sin el proceso de evaluación establecido por el
Sostenedor (psicológica, médica, etc)
VIII. Sospechosos
1. Ante la presencia de fundados elementos, de acuerdo a lo que indica este protocolo,
toda persona en contra de quien se hubiere presentado una denuncia que haya implicado la
formalización de una investigación por un delito de carácter sexual, deberá ser separado
inmediatamente de sus funciones, mientras dure la investigación penal, y el sumario
administrativo que se instruirá para tal efecto.
2. En caso que el funcionario resultara inocente, se reincorporará a sus funciones,
además del reconocimiento público de la sentencia a su favor.
3. En caso que el supuesto abusador sea un alumno, cuya edad supere los 14 años, se
comunicará al apoderado de que este será separado o suspendido sin que pierda su calidad
de alumno regular. Lo anterior se avisará, por medio de un oficio, a la Dirección Provincial
respectiva y quedará registrado en el libro de clases en la hoja de vida del alumno.
4. Con respecto a conductas sexualizadas entre niños/as, también es relevante
denunciar, ya que si bien los niños menores de 14 no son penalmente responsables y/o
imputables, es probable que el niño que realiza la conducta tenga acceso a situaciones de
carácter sexual, tales como ver o escuchar material pornográfico o presenciar espectáculos
del mismo carácter, llegando incluso al hecho de que pueda estar siendo abusado
sexualmente.
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IX. Manejo de la información
Ante hechos que ocurran en este ámbito o en asuntos asociados, al interior del
establecimiento como fuera del establecimiento, y que afecte a uno de nuestros alumnos,
existirá un único vocero o informante que será el Director/a.
X. Personal nuevo
1. Toda persona que ingresa como trabajador al establecimiento, deberá conocer el
contenido íntegro de este protocolo.
2. Como expresión formal de haber sido informado de estas normas, firmará una breve
carta.
PROCEDIMIENTOS INTERNOS FRENTE A SOSPECHAS DE ABUSO SEXUAL
ACCIÓN 24 HORAS
A. Para el personal de los Establecimientos:
Frente a la situación, en que cualquier integrante de la comunidad escolar individualice un
comportamiento, que configure algún tipo de abuso sexual, el procedimiento que se deberá
realizar será el siguiente y en la sucesión de pasos que se indican:
1. Informar: Frente a la observación de conductas sospechosas, el funcionario o
testigo (quien sea), deberá comunicar de estos hechos, en forma detallada e inmediata al
Director/a, a fin de que se puedan evaluar los antecedentes y poner en acción los
mecanismos establecidos en este documento.
En varias de estas situaciones, la base sobre la cual se actuará, será la detección precoz, que
consiste en la identificación de conductas en niños y adultos, donde un menor es expuesto a
situaciones en las que podría estar siendo víctima de abuso sexual. (Ver ficha de registro
para sospecha de abuso, anexo 1). Esta detección implica, que todos los integrantes de la
comunidad escolar deben conocer aquellos signos y síntomas más habituales en los niños
víctimas de abuso (Ver anexo 2, “Factores de reconocimiento de un delito sexual”), como
también las conductas propias de los abusadores.
La responsabilidad de informar es una obligación, de otra forma se produce una
complicidad con el hecho y también con aquel sujeto que habría realizado la acción.
Denunciar: Cualquier adulto del establecimiento educacional que tome conocimiento de
un delito, aún cuando no cuente con todos los antecedentes que le parezcan suficientes o
necesarios, deberá denunciar el hecho si el Director/a del establecimiento no lo hiciere, o se
negare hacerlo. Todo lo anteriormente señalado según lo dispone el artículo 175 del Código
53
Procesal Penal, deberá hacerse dentro del plazo de 24 horas, contados desde que se tomo
conocimiento efectivo del hecho.
Dicha denuncia podrá realizarse en Carabineros, PDI, Ministerio Público (fiscalía) y/o ante
los Tribunales de Justicia en Materia Penal.
Comunicar: Sólo se podrá comunicar al apoderado, siempre y cuando no se sospeche que
este podría tener participación en los hechos.
Resguardar: El funcionario que tome directamente conocimiento del hecho, deberá dentro
de una esfera de resguardo, si hubieren ropa y objetos atribuibles al delito, guardarlo en una
bolsa cerrada.
B) Acciones de los Directores de los Establecimientos:
Denunciar: Estará siempre OBLIGADO a denunciar cuando tomaré conocimiento de un
hecho que revista características de delito, sobre todo tratándose de delitos referidos al
abuso sexual de menores, todo ello en atención a lo previsto y dispuesto en el artículo 175
del Código Procesal Penal, que obliga a la denuncia; de lo contrario se expone a la multas
que se establecen en el Código Penal para tal efecto.
Comunicar: En caso que se estime que el niño/a se encuentre en situación de riesgo, esto
deberá ser informado inmediatamente a la Fiscalía, de forma que se adopten las medidas de
protección hacia el menor.
Resguardar: El Director deberá, cuando tome conocimiento de que un menor es víctima
del delito de abuso sexual, escucharlo y contenerlo en todo momento en un contexto de
resguardo, evitando emitir juicios sobre personas o la situación que le afecta, y por sobre
todo manejar con reserva la información, evitando con ello la estigmatización y
victimización de las personas.
• Lo que NO debe hacer el Director de un Establecimiento ante estos hechos es:
* Una investigación sobre lo sucedido, que pretenda recabar antecedentes objetivos o que
acrediten el hecho.
* Un enfrentamiento o Careo con el posible agresor.
* Poner en entredicho la veracidad de lo develado.
* Presionar al niño/a para que conteste preguntas o aclare información.
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PARTICIPACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO EN HECHOS OCURRIDOS
FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
El artículo 175 del Código Procesal Penal, estipula que están obligados a denunciar un
posible abuso sexual, entre otros: “los Directores, inspectores y profesores de
establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que
hubieren tenido lugar en el establecimiento”.
De acuerdo a los términos señalados, el Establecimiento, en conocimiento de hechos que
afecten a cualquiera de sus alumnos y que configuren sospecha o evidencia comprobada de
un abuso sexual, realizará la denuncia, tal como lo indica la ley.
1. 2.
3.
4. .
Se toma
conocimiento
del hecho
Director,
Inspector o
Profesor
INFORMA
Director
Evalúa la
Información Carabineros, PDI,
M. Público y/o
Tribunales
DENUNCIA
Informa al
apoderado
cuando
corresponda
Decisión
EN 24
HORAS
Informar al
DAEM a la
brevedad
posible
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ANEXO 1
Ficha de Registro para Sospecha de Abuso
Escuela:
Informante:
Fecha:
Hora:
Víctima:
Posible Abusador:
Testigos:
Lugar del Abuso:
Fecha observación:
Tipo de Abuso:
Observaciones:
Medidas Tomadas:
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ANEXO 2
FACTORES QUE PUEDEN RESULTAR ÚTILES EN EL RECONOCIMIENTO DE
UN DELITO DE ABUSO SEXUAL.
Signos Físicos y emocionales de sospecha en el niño/a
1. Dificultad para andar o sentarse
2. Dolores abdominales o pelvianos
3. No quiere cambiarse de ropa para hacer gimnasia o pone dificultades para participar en
actividades con sus compañeros
4. Infecciones genitales y urinarias, secreción en pene o vagina
5. Manifiesta conductas o conocimientos sexuales extraños, sofisticados o inusuales.
6. No controla esfínteres.
7. El niño dibuja remarcando los genitales, o hace dibujos sexuales.
8. Se observa temeroso al contacto con los adultos. Puede presentar llanto explosivo.
9. Se observan conductas masturbatorias recurrentes en el menor.
10. Embarazo, especialmente al inicio de la adolescencia, cuando es incierta la identidad
del padre.
11. Depresión, pérdida del apetito, pesadillas o trastornos del sueño.
12. Baja en la autoestima y sentimientos de tristeza
13. Aislamiento de los amigos o de la familia
14. Retrocesos en el comportamiento.
15. Baja repentina en el rendimiento escolar.
16. Aislamiento.
17. Dice que ha sido atacado por su padre o cuidador.
18. Miedo a estar solo, a los hombre o con alguna persona en especial
Conducta del Cuidador
1. Extremadamente protector o celoso del niño, presentando un cierto “favoritismo” por
el menor.
2. Se observa una relación de mayor intimidad con el niño; busca estar solo con él.
3. Puede presentar las siguientes situaciones: haber sufrido abuso sexual en la infancia,
tener dificultades matrimoniales, abuso de alcohol y/o drogas.
4. Sujeto que suele ser poco afectivo con los adultos, pero “extremadamente cálido” con
los niños.
5. Se involucra con el menor, por medio de regalos e invitaciones, más allá de las
funciones propias y definidas por su cargo.
6. Sugiere el establecimiento de “secretos” con el niño, sobre los cuales funda la relación.
Los abajo firmantes dan fe de haber consensuado todos los puntos que indica este Manual
de convivencia
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Jessica Delgado Ruíz Jessica Delgado Ruíz
Secretario Rep. Asistentes de la Educación
Consejo Escolar
Sofía Pérez Sandra Hernández Parada
Rep. Centro Alumnos Rep. Centro de Padres y Apoderados
Rodrigo Valladares Fuentealba Hugo Gutierrez Villarroel
Rep. DAEM Frutillar Rep. Docentes
Laly Yunge Castillo
Directora (S) Escuela
Arturo Alessandri Palma.
Frutillar 2015.-