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MANUAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO
JUSTIFICACIÓN.
Este manual brinda la información sobre los mecanismos y las coberturas que tiene
derecho un colaborador, docentes hora catedra, trabajadores independientes y/o
estudiantes que están afiliados a la ARL, en cumplimiento del decreto ley 1295 de 1994,
ley 1562 de 2012, decreto 1072 de 2015 y decreto 055 de 2015.
1. OBJETIVO GENERAL.
Informar a los colaboradores, docentes hora catedra, trabajadores independientes y/o
estudiantes los procedimientos y las coberturas a las cuales tienen derecho en caso de
accidente y laboral.
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
- Informar sobre el procedimiento que deben seguir las personas afiliadas a la ARL
cuando sufren un accidente de trabajo.
- Informar los derechos, deberes y responsabilidades de la Universidad, de los afiliados
y de la administradora de riesgos laborales en el Sistema General de Riesgos
Laborales.
3. NORMATIVIDAD.
- Decreto ley 1295 de 1994 mediante el cual se promulga el Sistema General de Riesgos
Laborales.
- Ley 1562 de julio 11 del 2012, mediante el cual se modifica el Sistema General de
Riesgos Laborales y se dicta otras disposiciones en materia de salud ocupacional.
- Decreto 055 del 2015 por el cual se reglamenta la afiliación de estudiantes al Sistema
General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 1072 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario
del Sector Trabajo.
4. ALCANCE.
Este manual aplica para todas las personas que la Universidad Icesi afiliadas a la
administradora de riesgos laborales entre los que se encuentran colaboradores, docentes
hora catedra, trabajadores independientes y/o estudiantes que durante el desarrollo de
una actividad académica están expuestos a riesgos ocupacionales según el decreto 055 de
2015.
5. DEFICIONES Y/O ABREVIATURAS.
- ¿Qué son los Riesgos Laborales?
▪ Son los accidentes y enfermedades que puedan ocurrir con ocasión o como
consecuencia del trabajo que desarrollan las personas.
- ¿Qué es el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)?
▪ Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos,
destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las
enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia
del trabajo.
- ¿Qué es una enfermedad laboral?
▪ La ley 1562 de 2012, la define como la enfermedad contraída como resultado de la
exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el cual
se ha visto obligado a trabajar. El decreto 1477 de 2014 establece la Tabla
Enfermedades Laborales, vigente en nuestro país.
- ¿Qué es un accidente de trabajo?
▪ La ley 1562 de 2012, lo define como todo suceso repentino que sobrevenga por
causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica,
una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también
accidente de trabajo, aquel que se produce durante la ejecución de una labor bajo su
autoridad, aun fuera del lugar y horario de trabajo. Igualmente, se considera accidente
de trabajo aquel que se produzca durante el traslado de los trabajadores o
contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el
transporte lo suministre el empleador. También se considera, el que ocurre durante el
ejercicio de la función sindical, siempre que el accidente se produzca en cumplimiento
de dicha función. De igual forma, se considera, aquel que se produzca por ejecución
de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o
representación del empleador o de la empresa usuaria cuando sean trabajadores de
las empresas temporales que se encuentren en misión.
6. TIEMPO DE VIGENCIA DEL PROGRAMA.
La vigencia de este programa para los colaboradores, docentes hora catedra, trabajadores
independientes y/o estudiantes aplica según la fecha de duración del contrato laboral, de
prestación de servicios o actividad académica en la que se haya aplicado una afiliación a la
administradora de riesgos laborales y bajo el cumplimiento de las políticas internas y/o
legislación colombiana vigente establecidas.
Cualquier modificación se socializará a la comunidad en general.
7. INSTRUCTIVO EN CASO DE ACCIDENTALIDAD LABORAL.
7.1. ¿Qué hacer si un colaborador, docente hora catedra, trabajador independiente y/o
estudiante sufre un accidente laboral?
En caso de presentarse un accidente laboral se realiza reporte a través de la línea de
atención SURA 018000511414 y el diligenciamiento del Formato Único de Reporte de
Accidentes de Trabajo FURAT. En caso de ser necesario se presta el primer auxilio y la
remisión a la atención médica correspondiente.
Los accidentes laborales pueden presentarse dentro o fuera de las instalaciones de la
Universidad y sus diferentes sedes, para lo cual se ha dispuesto:
En caso que a un colaborador, docente hora catedra, estudiante o trabajador
independiente le ocurra un accidente laboral dentro de las instalaciones de la
Universidad (Campus Pance) se reporta a través de la enfermería o por el personal
encargado de la oficina de salud Ocupacional y Medio Ambiente a quienes puede
encontrar en las extensiones 8702, 8878, 8737, 8078, 8023 y 4006.
En caso de que a un colaborador, docente HC, estudiante o trabajador independiente
le ocurra un accidente laboral por fuera de las instalaciones del a Universidad o en
alguna de las sedes se reporta a través de la línea de atención SURA 018000511414
para que sea remitido a la IPS donde se presta el primer auxilio y atención medica
correspondiente.
Una vez el accidentado sea atendido, la persona responsable (jefe, docente,
compañero de trabajo) informa al personal encargado de la oficina de salud
ocupacional y medio ambiente a través del correo electrónico:
[email protected], los números celular 3137307632 – 3148700383 o el
conmutador 5552334 extensiones 8023, 8737, 8878, 4006, 8702,8078.
Todo accidente de tránsito se considera accidente de trabajo cuando la Universidad suministre el
transporte para realizar la actividad laboral o académica y cuando los colaboradores deban
dirigirse a un lugar distinto al habitual por razones laborales. Si el estudiante se transporta de
manera independiente por sus propios medios no tendrá derecho a la cobertura de riesgos
laborales.
Si el colaborador, docente hora catedra y/o estudiante ha sufrido un accidente grave, entiéndase
por accidente grave: aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento
corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, humero, radio y cubito); trauma
craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como
aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de medula
espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que
comprometan la capacidad auditiva. El accidente es atendido de inmediato en las clínicas convenio
con la ARL SURA y tiene derecho a recibir todos los tratamientos que se requieran para su
recuperación y bienestar.
Las clínicas en convenio con la ARL SURA están relacionadas en la tabla No. 1 del presente manual,
también pueden ser remitidos a la Entidad Promotora de servicios de Salud EPS a la que
pertenecen el accidentado dando una descripción de los hechos. Para que la persona sea atendida
sin inconvenientes la oficina de Salud Ocupacional y Medio Ambiente debe tener conocimiento de
la situación para que simultáneamente se tramite la legalización del evento ante la ARL. Este
reporte da inicio al procedimiento que permite obtener las coberturas de las prestaciones
asistenciales y las prestaciones económicas a las cuales tiene derecho el accidentado y en caso de
que aplique a su familia.
En el caso de ocurrir un accidente grave a los trabajadores independientes se realiza el reporte y la
remisión para que sea atendido de inmediato en la ARL que se encuentra afiliado y de esta manera
pueda recibir todos los tratamientos que requiere para su recuperación y bienestar.
Tabla No. 1 – Convenios
**Nota 1: Verificar la lista de la red asistencial anexa a este manual. En especial si la persona se
encuentra por fuera de la ciudad, a través de www.arlsura.com puede verificar las clínicas por
municipio y departamento.
En caso de que el colaborador, estudiante y/o docente HC no pueda comunicarse con la
Universidad, la persona puede reportar a cualquier hora del día o la noche, a la línea de ATENCION
ARL SURA, donde le brindan orientación para la actuación indicada según la situación ocurrida.
Línea Nacional: 01800511414 Opción 1
En Cali al PBX: (2) 6818911
En Bogotá al PBX: (1) 4055911 Opción 1
En Medellín al PBX: (4) 4444578 Opción 1
En Barranquilla al PBX: (5) 3600565 Opción 1
CALI SUR:
INSTITUCION DIRECCION TELEFONO TIPO DE ATENCION
IPS SURA Pasoancho CR 50 # 12 A 90
(2) 3314925 Urgencias bajo nivel de complejidad.
IPS SURA San Fernando CR 38A 5 A- 22
(2) 5563055
Consulta prioritaria ajo nivel de complejidad (triage 4y5).
Fundación Valle del Lili CR 98 18-49
(2) 3319090
Alto nivel de complejidad y accidentes biológicos.
Clínica de Oftalmología de Cali CR 47 # 8C94
(2) 5110200 Solo oftalmología. (Aplica Sur y Norte)
CALI NORTE:
INSTITUCION DIRECCION TELEFONO TIPO DE ATENCION
IPS SURA Flora CL 38 NORTE # 4 NORTE 102
(2) 6649951
Consulta prioritaria bajo nivel de complejidad (triage 4y5).
Clínica de Occidente CL 18 5-34
(2) 6603000 Alto nivel de complejidad.
Centro de Ortopedia y Fracturas COF Av. 2 No 21N - 65
(2) 4853232 Solo ortopedia (nivel II de complejidad).
Clínica de los Remedios Av. 2 A NORTE 24-157
(2) 6080100 Accidentes biológicos y quemados.
En caso de que el colaborador independiente no pueda comunicarse con la Universidad, la
persona debe reportar a la ARL en la que se encuentra afiliado (Anexo cartilla Línea de ARL).
7.2. Para obtener los medicamentos remitidos por formulas médicas.
El estudiante, colaborador y docente HC que se encuentran afiliados en la ARL SURA
pueden solicitar sus respectivos medicamentos en las droguerías convenio sin requerir
autorización previa, siguiendo los pasos que le indica la formula entregada por el médico
tratante.
Para tener este servicio debe portar los siguientes documentos:
▪Formula Medica Original firmada por el médico tratante.
▪Documento de identidad original.
Entrega de medicamentos afiliados ARL Sura
SANTIAGO DE CALI
Sucursal Municipio Sucursal Descripción Convenio Servicio
DROGUERIA COMFANDI VALLE DEL LILI SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
CLINICA DE OFTALMOLOGIA DE CALI SEDE SUR
SANTIAGO DE CALI IPS MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
AUDIFARMA LA FLORA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
AUDIFARMA TEQUENDAMA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 #4 SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
AUDIFARMA BERLIN SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 #33 SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
CLINICA DE OFTALMOLOGIA DE CALI S.A SANTIAGO DE CALI IPS MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 BOULEVARD SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 COSMOCENTRO SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 LIMONAR SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 PASOANCHO SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 CALIMA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 #7 SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
LA 14 AV SEXTA 5 SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
SUCURSAL PARA IVR SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI AVENIDA SEXTA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA CONFANDI SAN FERNANDO SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI SANTA ROSA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
CLINICA DE OFTALMOLOGIA DE CALI S.A SANTIAGO DE CALI IPS MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI EL PRADO SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI ALAMEDA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI IMBANACO PPAL
SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI DESEPAZ SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI IMBANACO SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI TEQUENDAMA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI LA MERCED SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI REMEDIOS SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA CLINICA AMIGA SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
DROGUERIA COMFANDI CALIPSO SANTIAGO DE CALI Medicamentos ambulatorios MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
El OPERADOR está autorizado para despachar las fórmulas hasta cinco (5) días calendario, de
acuerdo a la fecha de expedición de la formula médica; en caso contrario deberá comunicarse con
la Línea de Atención ARL SURA 018000 511 414 para pedir la autorización.
En la vigencia de las fórmulas para la entrega de medicamentos a los afiliados de ARL SURA se
debe en cuenta:
Ejemplo: Formula expedida el 15-04-2016 es vigente hasta 20-04-2016 hasta las 12 de la noche.
**Nota 1: Para reclamar medicamentos por un tercero basta con la presentación de la fórmula
original y cedula original del paciente.
**Nota 2: En los municipios donde la atención se da a través de la ESEs, la institución prescribe y
suministra a los usuarios afiliados a la ARL SURA todos los medicamentos.
El trabajador independiente puede solicitar sus respectivos medicamentos en las droguerías
convenio de la ARL a la que se encuentra afiliado, siguiendo los pasos que le indica dicha entidad.
7.3. Incapacidades y tratamientos médicos
Una vez el colaborador, estudiante, docente HC y/o trabajadores independientes son
atendidos acuden a la oficina de Salud Ocupacional y Medio Ambiente para entregar las copias
o soportes de la atención médica y así poder hacer seguimiento de su estado de salud.
Los documentos más importantes son:
Historia Clínica y/o Epicrisis
Certificados de incapacidad en caso de que aplique.
Para el trámite de ordenes con especialista, tratamientos médicos y demás requerimientos
posteriores el colaborador, estudiante, docente HC y/o sus familiares pueden realizar la
llamada para solicitud de las citas a la línea de atención 018000 511 414.
Los trámites posteriores al accidente se hacen vía telefónica, y en contadas ocasiones se debe
solicitar intermediación de la oficina de Salud Ocupacional y Medio Ambiente para su
autorización.
** Nota 1: Todo aquel que se haya accidentado debe estar en contacto permanente con la
oficina de Salud Ocupacional y Medio Ambiente con el fin de retroalimentar en doble vía sobre
el respectivo seguimiento y velar por su recuperación y bienestar.
7.4. Derechos y Deberes:
7.4.1. Afiliados (colaborador, docente HC, trabajador independiente y estudiante)
Derechos
A ser incorporado y/o reubicado una vez terminados sus procesos de recuperación y/o
rehabilitación en caso de haber sufrido un Accidente de Trabajo y/o Enfermedad Laboral y
contar con un contrato de trabajo.
La persona afiliada al sistema General de Riesgos Laborales que sufra un accidente de trabajo
o se le diagnostique una enfermedad laboral tiene derecho a la cobertura por parte de la ARL
en el 100% de las siguientes prestaciones económicas y asistenciales
1. Atención inicial de urgencias en el evento de Accidente de Trabajo y/o
enfermedad laboral.
2. Atención médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
3. Servicio de hospitalización, odontología, diagnóstico, tratamiento y suministro
de medicamentos.
4. Rehabilitación física y profesional.
5. Elaboración, reparación y reposición en caso de deterioro de prótesis y órtesis.
6. Gastos de traslado en condiciones normales y necesarias para la prestación de
los anteriores servicios.
7. Subsidio por incapacidad temporal.
8. Indemnización por incapacidad permanente parcial.
9. Pensión de invalidez.
10. Pensión de sobreviviente por la muerte del afiliado o pensionado.
Deberes
Procurar el cuidado integral de su salud.
Suministrar información oportuna, veraz y completa sobre el estado de salud.
Cumplir normas, reglamentos e instrucciones en Seguridad y Salud en el Trabajo establecidas
en la Universidad.
Participar en las actividades de prevención de riesgos y promoción de la salud que se realizan
a través de Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Oficina de Salud
Ocupacional y Medio Ambiente.
Los pensionados por invalidez por riesgos Laborales deberán informar y mantener actualizada
su información.
7.4.2. Empleador (Universidad)
Derechos
A recibir asesoría, por parte de la administradora de riesgos laborales ARL, sobre la promoción
de la salud y la prevención y evaluación de los riesgos Laborales, y recomendaciones que
controlen o eliminen el factor de riesgo.
Deberes
Afiliar sus colaboradores, docentes HC, estudiantes y/o trabajadores independientes al
Sistema General de Riesgos Laborales bajo los parámetros legales establecidos en Colombia y
pagar cumplidamente las cotizaciones.
Elaborar e implementar el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Tener vigente el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y tenerlo en un lugar visible.
Constituir y garantizar el funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el
trabajo.
Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo.
Notificar a la ARL correspondiente los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y a
la Entidad Promotora de Salud, en forma simultánea, dentro de los dos días hábiles siguientes
de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad laboral.
Facilitar la capacitación de los colaboradores, docentes HC, estudiantes y/o trabajadores
independientes en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Informar a la ARL las novedades laborales de sus colaboradores, docentes HC, estudiantes y/o
trabajadores independientes (licencias, vacaciones, variación en el nivel de ingresos,
funciones, retiros, etc.).
7.4.3. Administradora de Riesgos Laborales (ARL)
Derechos
Conformar equipos de prevención de riesgos laborales.
Contratación de personas naturales o jurídicas debidamente licenciadas por las Direcciones
Departamentales o Locales de Salud, para la prestación de servicios de Seguridad y Salud en el
Trabajo a terceros.
Asesora en Seguridad y Salud en el trabajo a todas las empresas afiliadas.
Deberes
Realizar programas, campañas y acciones de educación y prevención dirigidas a garantizar que
sus empresas afiliadas, conozcan, cumplan las normas y reglamentos técnicos en salud
ocupacional, expedidos por el Ministerio del Trabajo.
Asesoría en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (Seguridad, Higiene,
Medicina del trabajo y medicina Preventiva)
Capacitación básica para el montaje de brigada de emergencias, primeros auxilios y sistema de
calidad en seguridad y salud en el trabajo.
Brindar capacitación al Vigía y/o Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de las
empresas afiliadas.
Fomento de estilos de vida y trabajo saludables.
Atención en Salud en casos de Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral.
Asesoría en casos de Reintegro Laboral.
7.5. Responsabilidades y Actuación cuando ocurre un Accidente de Trabajo.
Personal de Enfermería
- Prestar los primeros auxilios a la persona accidentada, diligenciar el formato de
atención inicial.
- Identificar el origen del accidente y clasificarlo en laboral o común.
- Reportar el accidente a través de la Línea de Atención y la plataforma virtual a través
de www.arlsura.com.
- Si es trabajador independiente revisar cartilla anexa y reportar a través de la línea de
atención de la ARL a la que se encuentra afiliado.
- Si la plataforma virtual se encuentra deshabilitada se realiza el formato físico, se
entregan dos copias a la persona accidentada y se hace firmar la tercera como
constancia y posterior archivo en la historia ocupacional.
- Entregar el formato de relato del accidente al colaborador, estudiante, docente HC y/o
trabajador independiente para que sea diligenciado.
- Una vez se reporte el accidente y se haya prestado toda la atención se diligencia la
matriz de caracterización de la accidentalidad con los datos del evento ocurrido, se
envía el correo electrónico al personal de seguimiento médico para la programación
de las actividades requeridas.
- Archivar adecuadamente los soportes de cada accidente en las historias
ocupacionales.
Recomendaciones:
- Cuando se diligencie el Formato de Reporte de Accidente de Trabajo se debe hacer de
forma breve, clara y que establezca el origen del accidente como de carácter laboral.
- Se debe tener en cuenta las siguientes variables para el reporte de accidente de
trabajo: (fecha, nombre de la persona, cargo, tarea o procedimiento, como ocurrió el
accidente, parte del cuerpo afectada, agente de la lesión y para el riesgo biológico:
nombre del paciente o fuente cuando es conocida y cedula).
- Para poder obtener esta información se indaga exhaustivamente al accidentado sobre
la manera en que sucedieron los hechos.
- Cuando no se tenga una conexión clara con el origen del accidente como de carácter
laboral se remite al accidentado a la EPS explicándole porque no se considera como
accidente laboral.
- Un accidente laboral es todo aquel que se genera como consecuencia de una actividad
laboral, una orden dada por el jefe o docente, una actividad que se realiza en
representación o bajo la autoría de la Universidad o aquella que ocurre en transporte
suministrado por la institución. Para que la ARL valide los accidentes deben existir
pruebas que demuestren lo antes mencionado.
Ejemplo de diligenciamiento de un accidente de trabajo:
- Ejemplo # 1 Deportivo
El día 28 de octubre en el horario de las 3:00pm, el colaborador Carlos Del Piero López,
quien se desempeña como estudiante del Economía y Negocios Internacionales de 4
semestre se encontraba practicando una actividad deportiva (futbol) avalada por la
empresa en la cancha de futbol 6 en las instalaciones de la Universidad Icesi, cuando
recibió un choque fortuito con un jugador del equipo contrario, recibiendo un golpe
fuerte en la rodilla derecha con el pie del jugador del otro equipo.
- Ejemplo #2 Riesgo biológico
El día 28 de octubre en el horario de las 9:00pm, el estudiante Carlos Del Piero Barona
de tercer año de posgrado de traumatología y ortopedia se encontraba en la sala 2 de
cirugía de la Fundación Valle del Lili en funciones académicas realizando una cirugía de
reemplazo total de cadera, a la paciente Natalia Paris identificada con numero de
cedula 16933416; cuando presenta una herida con bisturí en el dedo pulgar de la
mano izquierda al realizar disección por planos a la paciente.
Personal de Seguridad y Control
- Comunicar a la enfermería o al personal de Salud Ocupacional y Medio Ambiente la
ocurrencia de los accidentes de trabajo del personal que se encuentren durante las
rondas diarias.
- Cuando la enfermería no preste servicio reportar el accidente a través de la línea de
atención 018000511414 o teléfono 681 89 11 y seguir las recomendaciones que le
sean emitidas.
- En caso de requerir atención médica hacer el llamado a CEM a través del código que
se encuentra predeterminado en la portería principal o al celular 3153660140.
- Siempre que ocurra un accidente se comunica al personal de Salud Ocupacional y
Medio Ambiente tanto telefónicamente según la codificación que se encuentra en la
portería principal como con un reporte por correo electrónico al correo
- Lo antes descrito aplica para colaboradores, estudiantes y docentes HC.
- Cuando el accidentado sea un trabajador independiente, contratista y/o visitante
comunicarse inmediatamente con el personal de Salud Ocupacional y Medio Ambiente
a través del código que se encuentra predeterminado en el teléfono de la portería
principal.
Personal de las Facultades (Docentes o Secretarias)
Los accidentes ocurridos a los estudiantes o docentes HC son reportados a través del personal de
la Facultad, el reporte se da a través de dos mecanismos:
- Directamente por el personal de la Facultad a través de la Línea de Atención 018000
511 414 cuando ocurra por fuera de la Universidad realizando una actividad
académica.
- Informando al personal de Salud Ocupacional y Medio Ambiente a los siguientes
teléfonos 313 730 76 32 – 314 870 03 83 o al 5552324 Extensiones 8023, 8078, 8878,
4006, 8702 y 8737.
Personal de Salud Ocupacional y Medio Ambiente
- Las mismas descritas para el personal de enfermería.
- Realizar investigación y análisis de causalidad del accidente estableciendo el plan de
acción y dándole seguimiento a las mejoras.
- Tramitar las incapacidades derivadas del accidente de trabajo.
- Gestionar las demás actividades que se deriven del accidente de trabajo.
Brigadistas
- Comunicar a la enfermería o al personal de Salud Ocupacional y Medio Ambiente la
ocurrencia de los accidentes de trabajo del personal que se encuentren durante las
rondas diarias.
- Realizar el traslado seguro del paciente a la enfermería de la Universidad.
- Cuando la enfermería no preste servicio reportar el accidente a través de la línea de
atención 018000511414 o teléfono 681 89 11 y seguir las recomendaciones que le
sean emitidas.
- En caso de requerir atención médica hacer el llamado a CEM a través del código que
se encuentra predeterminado en la portería principal o al celular 3153660140.
- Lo antes descrito aplica para colaboradores, estudiantes y docentes HC.
- Cuando el accidentado sea un trabajador independiente, contratista y/o visitante
comunicarse inmediatamente con el personal de Salud Ocupacional y Medio Ambiente
a través del código que se encuentra predeterminado en el teléfono de la portería
principal
Accidentado
- Informar oportunamente su estado de salud en el momento que ocurre el accidente o
los antecedentes clínicos que pueda tener.
- Entregar todos los soportes a la oficina de Salud Ocupacional y Medio Ambiente tales
como incapacidad, recomendaciones médicas, entre otros.
- Asistir a todas las consultas de seguimientos a las cuales es citado hasta la calificación
del evento por parte de la ARL.
7.6. Recolección de información
Cuando se requiere información personal y confidencial del accidentado las personas autorizadas
para realizarla son:
- Jefe de Salud Ocupacional y Medio Ambiente
- Coordinador de Salud Ocupacional y Medio Ambiente
- Analista de Seguridad Industrial
- Analista de Salud Ocupacional
La información se consulta a través del sistema de información de personal People Net con el que
cuenta la Universidad en el siguiente enlace:
- https://talentoicesi.icesi.edu.co:8490/
- El consultor ingresa y digita el usuario único y contraseña predeterminada por la
Universidad.
- Cliquea solo rol por defecto e ingresa a la siguiente pantalla
- Ingresa en la parte posterior izquierda a la página Mis Consultas OLD! Donde
aparecerá el siguiente cuadro:
- Se da clic en Existentes, filtrar y se elige “Listado General SOMA”
- Una vez se tiene señalada la lista se hace clic en salida directa, archivo en Excel,
ejecutar.
- Posterior sale un recuadro donde se elige exportar en Excel, se da nombre al archivo y
se establece el repositorio en el cual se va a guardar.
- Se obtiene el archivo o listado actualizado del personal de la Universidad.
- Para trabajadores independientes se realiza el mismo proceso y se elige ““Listado de
Datos Generales Independientes o Externos”