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SECRETARÍA DE FINANZAS RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DE LOS PRODUCTOS DE LOS BIENES PROPORCIONADOS POR LA PROCURADURÍA FISCAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017. AVISOS JUDICIALES: 1887, 1878, 1880, 1883, 1884, 1885, 909-A1, 1875, 1876, 1874, 1873, 1872, 1869, 1895, 1894, 1893, 1892, 1891, 1890, 1889, 1888, 910- A1 y 913-A1. AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1879, 1897, 914-A1, 1881, 1882, 1886, 915-A1, 911-A1, 1871, 912-A1, 1868, 1870, 1896 y 1897-BIS. SECRETARÍA DE FINANZAS FE DE ERRATAS DE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y CONTENCIÓN AL GASTO PÚBLICO DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, PUBLICADAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO DE MÉXICO DE FECHA 10 DE MARZO DE 2017. SECCIÓN SEGUNDA 300 SECRETARÍA DE MOVILIDAD FE DE ERRATAS DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A LOS CONCESIONARIOS, PERMISIONARIOS Y AUTORIZADOS PARA PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EN FECHA 24 DE ABRIL DE 2017, SECCIÓN CUARTA. lunes 15 de mayo de 2017 Tomo 86 CCIII Número Número de ejemplares impresos:

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SECRETARÍA DE FINANZAS

RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DE LOS

PRODUCTOS DE LOS BIENES

PROPORCIONADOS POR LA PROCURADURÍA

FISCAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE

MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO

2017.

AVISOS JUDICIALES: 1887, 1878, 1880, 1883, 1884,

1885, 909-A1, 1875, 1876, 1874, 1873, 1872, 1869,

1895, 1894, 1893, 1892, 1891, 1890, 1889, 1888, 910-

A1 y 913-A1.

AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1879,

1897, 914-A1, 1881, 1882, 1886, 915-A1, 911-A1,

1871, 912-A1, 1868, 1870, 1896 y 1897-BIS.

SECRETARÍA DE FINANZAS

FE DE ERRATAS DE LAS MEDIDAS DE

AUSTERIDAD Y CONTENCIÓN AL GASTO

PÚBLICO DEL PODER EJECUTIVO DEL

GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL

EJERCICIO FISCAL 2017, PUBLICADAS EN EL

PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL

GOBIERNO” DEL ESTADO DE MÉXICO DE

FECHA 10 DE MARZO DE 2017.

SECCIÓN SEGUNDA

300

SECRETARÍA DE MOVILIDAD

FE DE ERRATAS DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL

ESTADO POR EL QUE SE OTORGAN

BENEFICIOS FISCALES A LOS

CONCESIONARIOS, PERMISIONARIOS Y

AUTORIZADOS PARA PRESTAR EL SERVICIO

PÚBLICO DE TRANSPORTE, PUBLICADO EN EL

PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO”

EN FECHA 24 DE ABRIL DE 2017, SECCIÓN

CUARTA.

lunes 15 de mayo de 2017

Tomo

86

CCIII

78 Número

Número de ejemplares impresos:

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Página 2 15 de mayo de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SECRETARÍA DE FINANZAS

RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DE LOS PRODUCTOS DE LOS BIENES PROPORCIONADOS POR LA PROCURADURÍA FISCAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017.

Dra. Blanca Esthela Mercado Rodríguez, Subsecretaria de Ingresos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 19 fracción III, 23 y 24 fracciones II y III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 5, 10 y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y, 3 fracción I, 4 fracción II, 8 fracción XII, y 10 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en relación con el diverso 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2017, y con el “Acuerdo del C. Secretario de Finanzas mediante el cual autoriza a la C. Subsecretaria de Ingresos a suscribir las Reglas de Carácter General que señalan aquellos productos y aprovechamientos que no requieren autorización para su cobro en el ejercicio fiscal del año 2017, así como para emitir las Resoluciones de Carácter Particular que fijen o modifiquen los productos o aprovechamientos que sean solicitados por las dependencias para autorización de la Secretaría de Finanzas”, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” número 121, de fecha 21 de diciembre de 2016; y,

C O N S I D E R A N D O

Que la Procuraduría Fiscal es la unidad administrativa adscrita a la Secretaría de Finanzas, entre cuyas funciones se encuentran la compilación, glosa y sistematización de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones jurídico financieras estatales y municipales, en términos de lo establecido en los artículos 3 fracción V y 38 fracciones XV y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas;

Que en cumplimiento a las atribuciones señaladas, la Procuraduría Fiscal ha llevado a cabo la codificación de diversos ordenamientos legales y reglamentarios del Estado de México, dentro del volumen denominado “Prontuario de la Legislación Financiera 2017”, para su difusión;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, se consideran productos las contraprestaciones que tanto el Estado como los Municipios reciben por los servicios que presten en sus actividades de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento y enajenación de sus bienes de dominio privado, previstos en la Ley de Ingresos;

Que en el artículo 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2017 se señala que el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, queda autorizado para fijar o modificar los productos que se cobren en el ejercicio fiscal de 2017, previa solicitud de las dependencias interesadas;

Identificada la venta del “Prontuario de Legislación Financiera 2017” como una función de derecho privado, y toda vez que no existe una cuota definida de recuperación para el presente ejercicio que permita resarcir en parte el gasto a la autoridad por la producción del bien respectivo, y con base en los fundamentos y consideraciones que anteceden, se emite la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DE LOS PRODUCTOS DE LOS BIENES PROPORCIONADOS POR LA PROCURADURÍA FISCAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017.

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15 de mayo de 2017 Página 3

Primero.- En cumplimiento a la obligación contenida en el artículo 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año 2017, se da a conocer la cuota de los productos por la venta del “Prontuario de Legislación Financiera 2017”, de conformidad con lo siguiente:

Prontuario de Legislación Financiera 2017

Concepto Por

ejemplar

Precio de venta al público $400.00

Segundo.- Para los efectos del pago de la contraprestación, la Procuraduría Fiscal del Gobierno del Estado de México tendrá a su cargo la emisión de la respectiva orden de pago. Tercero.- Los ingresos provenientes de los productos antes indicados deberán ser recaudados por la Secretaría de Finanzas a través de las instituciones del Sistema Financiero Mexicano, o de establecimientos autorizados para tal efecto, para su concentración correspondiente.

T R A N S I T O R I O S

Primero.- Publíquese la presente Resolución en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Segundo.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

LA SUBSECRETARIA

DRA. BLANCA ESTHELA MERCADO RODRÍGUEZ (RÚBRICA).

A V I S O S J U D I C I A L E S

JUZGADO CIVIL DE CUANTIA MENOR

TEOTIHUACAN, MEXICO E D I C T O

A LOS INTERESADOS.

En el expediente 265/2016 radicado en el Juzgado Civil

de Cuantía Menor de Teotihuacán, Estado de México, ANGEL MARIO RENTERIA VALDEZ promueve Juicio EJECUTIVO MERCANTIL en contra de FRANCISCO ALFONSO ANDRADE JUAREZ, por lo que en la etapa de ejecución de la sentencia de fecha treinta (30) de Noviembre del año dos mil dieciséis (2016), en auto de fecha veintisiete (27) de Abril del año dos mil diecisiete (2017), se señalaron las ONCE HORAS DEL DIA TREINTA DE

MAYO DEL AÑO EN CURSO, para realizar la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien mueble identificado como VEHICULO DE MOTOR MARCA CHEVROLET AVEO, MODELO 2013, MOTOR HECHO EN MEXICO, CON NUMERO DE SERIE 3G1TB5CFODL128308, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN MMV-4236, EXPEDIDAS POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, por tanto se convocan postores siendo el precio del bien a rematar la cantidad de $86,200.00 (OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por ser ésta la fijada por el perito de la parte actora; sirviendo como postura legal, la que cubra la totalidad del importe fijado para el remate.

Para su publicación por dos veces dentro de tres días, sin

que medien menos de cinco días entre la última publicación del edicto y la almoneda, en un periódico de circulación amplia en esta Entidad Federativa, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, Boletín Judicial y en la Tabla de avisos de éste

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Página 4 15 de mayo de 2017

Juzgado, se expiden en Teotihuacán, Estado de México, a diez (10) de mayo del año dos mil diecisiete (2017).- DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, M. EN D. TERESA VELAZQUEZ GANDARILLA.-RÚBRICA.

VALIDACIÓN.- En cumplimiento al auto de fecha

veintisiete (27) de Abril del año dos mil diecisiete (2017), se realizara la presente validación.-SECRETARIO DE ACUERDOS, M. EN D. TERESA VELAZQUEZ GANDARILLA.-RÚBRICA.

1887.- 15 y 17 mayo.

JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE

PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TOLUCA

E D I C T O

SE HACE SABER: Que en el expediente marcado con el

número 235/2017, relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO promovido por CARLOS ROMERO GALVEZ Y SATURNINA ROMERO GALVEZ, radicado en el Juzgado Primero Civil y Extinción de Dominio de Primera Instancia de Toluca el cual promueve para acreditar posesión y dominio, respecto del Inmueble QUE SE ENCUENTRA UBICADO EN CALLE ALFREDO DEL MAZO, S/N, EN EL POBLADO DE SAN MATEO OTZACATIPAN, EN EL MUNICIPIO DE TOLUCA ESTADO DE MEXICO, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE: 19.90 metros, con José Cortés; AL SUR: 19.90 metros, con Antogenes Sánchez; AL ORIENTE: 132.40 metros, con Antogenes Sánchez; PONIENTE: 130.40 metros, con María Cristina, con una superficie aproximada de 2,634.76 metros cuadrados. Lo que se hace del conocimiento para quien se crea con igual o mejor derecho, lo deduzca en términos de Ley.

PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES CON

INTERVALOS DE POR LO MENOS DE DOS DIAS EN EL PERIODICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO Y EN OTRO DE CIRCULACION DIARIA EN ESTA CIUDAD. DADO EN EL JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA DE TOLUCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.

FECHA DE ACUERDO: 03/04/17.-SECRETARIO

ADSCRITA AL JUZGADO PRIMERO CIVIL Y EXTINCION DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA DE TOLUCA, LIC. LARIZA ESVETLANA CARDOSO PEÑA.-RÚBRICA.

1878.- 15 y 18 mayo.

JUZGADO QUINTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE CUAUTITLAN E D I C T O

En los autos del expediente 1328/2013, relativo al

DIVORCIO INCAUSADO promovido por MARIA GUADALUPE ORTIZ MONTES DE OCA en contra de OSCAR FRANCISCO FRANCO MORELOS. La Juez del Juzgado Quinto Familiar de Cuautitlán, México M. EN D. MARÍA ANTONIETA HERNANDEZ JUAREZ ordenó anunciar la venta judicial en pública almoneda, del inmueble ubicado en: CALLE EL POTRERO NÚMERO 63- A, MANZANA 17, LOTE UNO FRACCIONAMIENTO COFRADIA SAN MIGUEL, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en el “BOLETÍN JUDICIAL”, por UNA SOLA VEZ, así como en la “TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO”, señalando que el precio de dicho inmueble es de $523,000.00 (QUINIENTOS VEINTITRES MIL PESOS 00/100 M.N.); sirviendo de postura legal la cantidad

que cubra el importe fijado en el avalúo, que servirá de base para la venta judicial, ello de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.339 del Código de Procedimientos.

Por tanto conforme a lo dispuesto por el artículo 2.229 del

ordenamiento mencionado, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, para que se lleve a cabo la PRIMERA ALMONEDA, en la que se promueva la venta judicial del bien descrito, sin que medien menos de SIETE DÍAS, entre la publicación de la venta judicial y la almoneda.

Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación del presente edicto: 06 de abril de 2017.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. LEOPOLDO JIMENEZ ARCE.-RÚBRICA.

1880.- 15 mayo.

JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA ECATEPEC DE MORELOS-TECAMAC

E D I C T O JOSÉ DANIEL DURÁN GUTIERREZ.

En el expediente número 511/2017, JOSÉ DANIEL DURÁN GUTIERREZ por su propio derecho, promueve el PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO (INMATRICULACIÓN, INFORMACIÓN DE DOMINIO).

Respecto del bien inmueble ubicado en CALLE

CUAUHTEMOC, SIN NÚMERO, HOY POR POSIBLES MODIFICACIONES ES EL NÚMERO OCHO (8), DEL PUEBLO DE SANTA MARÍA OZUMBILLA, MUNICIPIO DE TECÁMAC, ESTADO DE MÉXICO, argumentando el promovente que en fecha dos de noviembre del dos mil diez, adquirió el mismo del señor JOSÉ MAGDALENO DURÁN BARAJAS, a través de un contrato de compraventa; mismo que cuenta con una superficie de doscientos cuarenta y tres metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 17.30 metros colinda con CALLE CUAUHTEMOC;

AL SUR: 15.87 metros colinda con IMELDA PRISCILIANA DURÁN BARAJAS;

AL ORIENTE: 15.13 metros colinda con ISSAC WATT BADILLO;

AL PONIENTE: 14.74 metros colinda con SERVIDUMBRE DE PASO.

Argumentando la parte actora de que desde que adquirió

el inmueble de este presente procedimiento lo ha venido poseyendo de buena fe, con título de propietario, en forma pacífica, pública e ininterrumpidamente por lo que una vez admitida la demanda, el Juez ordenó por auto de fecha dos de mayo del dos mil diecisiete, la publicación de su solicitud mediante edictos por dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA DEL GOBIERNO y en periódico de circulación diaria.

SE EXPIDEN LOS PRESENTES EL DÍA NUEVE DE

MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ALFREDO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ.-RÚBRICA.

1883.- 15 y 18 mayo.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE JILOTEPEC

E D I C T O

En el expediente número 398/2017, relativo al Juicio PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO SOBRE DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, promovido por

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15 de mayo de 2017 Página 5

MOISES DE LA CRUZ MARTÍNEZ, respecto del bien inmueble ubicado en CALPULALPAN, MUNICIPIO DE JILOTEPEC, ESTADO DE MÉXICO, cuyas medidas, colindancias y superficie son las siguientes: AL NORTE: 22.787 metros y colinda con FRANCISCO DE LA CRUZ MARTÍNEZ; AL SUR: 23.086 metros y colinda con IGLESIA; AL ORIENTE: 10.670 metros y colinda con IGLESIA; AL PONIENTE: 10.546 metros, colinda con CALLE PRINCIPAL, con una superficie total de 235.532 metros cuadrados.

Procédase a la publicación de los Edictos

correspondientes por dos veces con intervalos por lo menos de dos días en la GACETA DEL GOBIERNO y en otro periódico de circulación diaria. Se expiden a los veintisiete (27) días del mes de abril de dos mil diecisiete.- DOY FE.

Auto de fecha: ocho de marzo de dos mil diecisiete.-

Secretario de Acuerdos, Lic. Andrés Mancilla Mejía.-Rúbrica.

1884.- 15 y 18 mayo.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE VALLE DE BRAVO E D I C T O

EMPLAZAMIENTO A ALFONSO ACEVEDO DE LA

CRUZ: Se le hace saber que en los autos del expediente número 62/2017 relativo al PROCEDIMIENTO ESPECIAL SOBRE DIVORCIO INCAUSADO, promovido por LEONOR DE LA CRUZ FELIPE, contra de ALFONSO ACEVEDO DE LA CRUZ, se solicitó que la guarda y custodia, de los menores de nombre CARLOS ARMANDO E ITZEL GUADALUPE, ambos de apellidos ACEVEDO DE LA CRUZ, se propone que queden a cargo de la suscrita LEONOR DE LA CRUZ FELIPE, con domicilio conocido, en la comunidad de Lomas de San Sebastián Grande, Municipio de Amanalco Distrito Judicial de Valle de Bravo, Estado de México.

Conforme al régimen de visita y convivencia, con los

menores que no estarán con el padre, será de la siguiente manera, los recogerá los días domingos de cada quince días, a partir de las diez horas y los regresará a las diecisiete horas, conforme a los periodos vacacionales de semana santa, verano y fin de año, se propone que sean 50% de estos para cada uno de los conyugues pasando los menores el primer periodo con mama, y el segundo con el papa, la navidad es decir del día 24 de diciembre al 25 del mismo, pasara con mama, y el día 31 de diciembre al 1 de enero pasara con el papa, y al próximo será a la inversa el día del padre convivirán los menores con este y el día de la madre pasaran con la suscrita, el día del onomástico convivirán con el padre a la salida de la escuela y los devolverá a las diecisiete horas del mismo día, para que conviva con la suscrita, en caso de que alguno de los progenitores decida llevar de vacaciones a los menores fuera del Municipio y del Estado de México, bastara con dar aviso al otro progenitor, indicando; lugar de residencia tiempo de estancia, número o números telefónicos, del lugar donde se encuentren y en caso de salida del territorio nacional, el progenitor correspondiente deberá de recabar la autorización por escrito, del otro para que pueda salir con los menores, y desde luego acudir a la secretaria de relaciones exteriores, para el trámite correspondiente, el domicilio de la suscrita actora es en el bien conocido en la comunidad de Lomas de San Sebastián El Grande, Municipio de Amanalco y el del demandado es él; bien Conocido en la Comunidad de San Antonio de la Laguna, Municipio de Donato Guerra ambos pertenecientes al Distrito Judicial de Valle de Bravo, México; conforme a los alimentos, se propone para atender las necesidades de los hijos y en su caso del conyugue a quien deba de darse alimentos, la forma, lugar y temporalidad para hacerlo, los elementos que permitan al juez fijar la pensión propuesta, así como la garantía para asegurar su cumplimiento, en relación con

los menores de nombres CARLOS ARMANDO E ITZEL GUADALUPE de apellidos Acevedo De La Cruz, manifiesta que en virtud de que el demandado se desempeña como maestro carpintero, y toda vez que desconozco el domicilio de su fuente laboral, y cuanto percibe por tal actividad, solicitó se le fije por concepto de alimentos para nuestros menores hijos y la suscrita, la cantidad de CUATRO SALARIOS MINIMOS DIARIOS. En virtud que nos casamos bajo el régimen de sociedad conyugal, más sin embargo no hicimos aportaciones a esta no es necesario que se liquide, y como no se adquirieron bienes durante el matrimonio no habrá repartición de estos.

Edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete

días en el Periódico Oficial de la Entidad denominado “GACETA DEL GOBIERNO” en otro de mayor circulación en la Entidad, y en el Boletín Judicial, haciéndole saber al conyugue citado ALFONSO ACEVEDO DE LA CRUZ que debe presentarse dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, a efecto que sea formalmente citado.

Se apercibe al conyugue citado ALFONSO ACEVEDO DE

LA CRUZ, que si pasando este plazo no comparece por si, por apoderado o gestor que pueda representarlo, las posteriores citaciones se realizaran por listas y Boletín.

Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación veintisiete de abril del año dos mil diecisiete.-Secretario de Acuerdos, Lic. José Luis Hernández Mendoza.-Rúbrica.

1885.- 15, 24 mayo y 2 junio.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE ZUMPANGO

E D I C T O

- - - JOSÉ LUIS CEDILLO MARTÍNEZ, por su propio derecho, bajo el expediente número 327/2017, promueve ante este Juzgado Procedimiento Judicial no Contencioso (Inmatriculación Judicial mediante Información de Dominio), respecto del INMUEBLE UBICADO EN CALLE 22 DE DICIEMBRE, S/N, COLONIA CENTRO MUNICIPIO DE TONANITLA, ESTADO DE MÉXICO, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 18.43 METROS Y COLINDA CON BENITA RIVERO PINEDA; AL SUR: 17.58 METROS Y COLINDA CON JAVIER PACHECO DELGADO; AL ORIENTE: 11.74 METROS Y COLINDA CON CALLE 22 DE DICIEMBRE; AL PONIENTE: 11.70 METROS Y COLINDA CON CALLE 18 DE JULIO; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 211.00 METROS CUADRADOS, para su publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en este Ciudad, por dos veces, por intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y lo hagan valer en términos de Ley, se expide la presente en la Ciudad de Zumpango, México a treinta de marzo del año dos mil diecisiete (2017).

VALIDACIÓN DE EDICTO: Acuerdo de fecha: Veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete (2017).-Funcionario: LICENCIADA YEIMI AYDEÉ SANTIAGO GUZMÁN.-Secretario de Acuerdos.-FIRMA.-RÚBRICA.

909-A1.- 15 y 18 mayo.

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO E D I C T O

SE CONVOCAN POSTORES.

En el expediente 445/2014, relativo al Juicio Ejecutivo

Mercantil, promovido por PORFIRIO CRUZ SANTIAGO en contra de MAXIMILIANO NAVARRO JASSO, el Juez Primero de lo Civil

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Página 6 15 de mayo de 2017

del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, Estado de México, por auto de veintiocho de abril del año dos mil diecisiete, se señalaron las ONCE HORAS (11:00) DEL DIA SIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE, para QUE TENGA VERIFICATIVO LA VENTA EN PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, respecto del inmueble ubicado en calle TREINTA Y CUATRO 34, NUMERO OFICIAL 23 VEINTITRES, LOTE SIETE 7, MANZANA 123 CIENTO VEINTITRES, COLONIA MARAVILLAS, NEZAHUACOYOTL, MÉXICO, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE: 17.00 metros con lote 6; AL SUR: 17.00 metros con lote 8; AL ORIENTE: 12.00 metros con LOTE 22; y AL PONIENTE: 12.00 metros con CALLE 34, teniendo una superficie de 204.00 metros cuadrados, se convocan postores, sirviendo como base para el remate la cantidad de $ 909,104.05 (NOVECIENTOS NUEVE MIL CIENTO CUATRO PESOS 05/100 M.N.) y será postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.

PUBLÍQUESE EL PRESENTE POR DOS VECES EN EL

DIARIO EL RAPSODA Y/O 8 COLUMNAS, PERIODICO GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, LISTA Y BOLETÍN JUDICIAL Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE TRIBUNAL, SIN QUE MEDIEN MENOS DE NUEVE DÍAS ENTRE AMBAS PUBLICACIONES Y ENTRE LA ÚLTIMA Y LA FECHA DE LA ALMONEDA, CINCO DÍAS. SE EXPIDE EL PRESENTE EN CIUDAD NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.-VALIDACIÓN: Fecha del acuerdo que ordena la publicación: 28 de abril de 2017.-Nombre, cargo y firma del funcionario que expide el edicto: SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. RUBÉN MOSQUEDA SERRALDE.-RÚBRICA.

1875.-15 y 29 mayo.

JUZGADO SEPTIMO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI E D I C T O

EXPEDIENTE 1051/2015.

En el expediente número 1051/2015 relativo al

PROCEDIMIENTO ESPECIAL, DIVORCIO INCAUSADO promovido por MARÍA ANTONIETA FALFAN VÁZQUEZ, a JORGE ARTURO REYES VERA, mediante escrito de fecha veinte de agosto de dos mil quince, registrado en este Juzgado con el número de promoción 9716, la promovente por su propio derecho, inicio procedimiento especial, solicitando:

La DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL, y la

TERMINACIÓN DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL.

En tal virtud, en fecha VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS

MIL DIECISIETE, la titular de este Juzgado Licenciada SARA GABRIELA BONILLA LÓPEZ, dictó un auto por el cual se admite dicha petición y se ordena girar oficio a las dependencias correspondientes a fin de agotar los medios necesarios para ubicar el domicilio de JORGE ARTURO REYES VERA, a efecto de notificarle la tramitación de este procedimiento, que consta en autos la respuesta a los oficios dirigidos por este Tribunal a las dependencias requeridas, de los que se desprende que NO SE LOCALIZÓ DOMICILIO ALGUNO DE JORGE ARTURO REYES VERA, por ello la suscrita ordena la publicación de los edictos que en derecho corresponden, en términos del artículo 1.181 y 2.375 del Código de Procedimientos Civiles, los cuales deberán contener una relación suscinta de la demanda y se publicarán POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, en el Periódico Oficial "GACETA DEL GOBIERNO", en otro de mayor CIRCULACIÓN EN LA POBLACIÓN DONDE SE HACE LA CITACIÓN, en el BOLETÍN OFICIAL y en la PUERTA DE ESTE TRIBUNAL, se hace saber a JORGE ARTURO REYES VERA,

que debe presentarse en el local de este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho conviene respecto de La PETICIÓN DE DIVORCIO QUE FORMULA MARÍA ANTONIETA FALFÁN VÁZQUEZ, quedando a su disposición en el LOCAL DE ESTE JUZGADO el CONVENIO presentado por MARÍA ANTONIETA FALFÁN VÁZQUEZ, que en su caso habrá de regular las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial, y para que señale domicilio procesal para oír y recibir notificaciones personales EN EL ENTENDIDO QUE DE NO HACERLO se procederá en términos del artículo 2.375 de la ley procesal, es decir, se señalará fecha para que tenga VERIFICATIVO LA PRIMERA AUDIENCIA DE AVENENCIA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2.375 DE LA LEY APLICABLE, haciéndole las ulteriores notificaciones por lista y Boletín Judicial. Dado en el local de este Juzgado a los OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ALEJANDRO VALENCIA HUERTA.-RÚBRICA.

1876.-15, 24 mayo y 2 junio.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE OTUMBA E D I C T O

Por este conducto se hace saber que en los autos del

expediente 730/2016, relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO “INFORMACION DE DOMINIO”, promovido por GUILLERMO HERNANDEZ AGUILAR, respecto del predio denominado “EL CAPULIN”, ubicado en el Barrio de Purificación, Municipio de Teotihuacán, Estado de México, que en fecha veintiocho (28) de septiembre de dos mil nueve (2009), lo adquirió mediante contrato de compraventa, celebrado con JOSE ISABEL OLVERA HERNANDEZ, siendo esta la causa generadora de su posesión, en concepto de propietario, en forma pacífica, pública, continua, de buena fe y a título de propietario, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: al NORTE.- en 15.00 metros con FRED GIOVANNI RUIZ OLVERA y GIOVANNI OLAF RUIZ OLVERA, los cuales tienen su domicilio ubicado en: calle Palma, Número 4, Barrio de Purificación, en el Municipio de Teotihuacán, Estado de México, al SUR.- 15.00 metros con EULOGIO OLVERA, ELÍAS OLVERA y MARÍA F. OLVERA, los cuales tienen su domicilio el ubicado en: calle Cerrada Cruz de la Misión, Número 4, Barrio de Purificación, en el Municipio de Teotihuacán, Estado de México, al ORIENTE.- en 16.00 metros con CALLE CAMPO FLORIDO, por lo que se debe notificar al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Teotihuacán, Estado de México, el cual tiene su domicilio en: Plaza Juárez, Número 1, Colonia Centro, Teotihuacán, Estado de México, al PONIENTE.- en 16.00 metros con JOSÉ ISABEL OLVERA HERNÁNDEZ, el cual tiene su domicilio en: calle Cerrada Cruz de la Misión, Número 4, Barrio de Purificación, en el Municipio de Teotihuacán, Estado de México. Con una Superficie aproximada de 240.00 (Doscientos cuarenta punto cero metros cuadrados).

SE EXPIDE EL PRESENTE PARA SU PUBLICACIÓN

POR DOS (2) VECES CON INTERVALO DE DOS DÍAS HÁBILES EN EL PERIÓDICO OFICIAL (GACETA DEL GOBIERNO) Y EN OTRO PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN DIARIA, EN ESTA CIUDAD DE OTUMBA, ESTADO DE MÉXICO, A LOS VEINTICUATRO DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE (2017).-Doy Fe.-VALIDACIÓN: ACUERDO DE FECHA DIECIOCHO (18) DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE (2017).- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE OTUMBA, ESTADO DE MEXICO, LIC. MARISOL AURORA AGUILAR BERNAL.-RÚBRICA.

1874.-15 y 18 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 7

JUZGADO DECIMO CUARTO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O

SE CONVOCAN POSTORES. En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,

promovido por SCOTIABANK INVERLAT S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, en contra de PATRICIA TORRES AGUILAR Y CRUZ GRANADOS HERNANDEZ, expediente 836/2016. El C. Juez Francisco René Ramírez ordeno publicar el siguiente edicto en base al auto de fecha treinta de marzo, así como el proveído que lo aclara de fecha tres de abril y auto de fecha veintisiete de abril todos de dos mil diecisiete:

“Subasta en primera almoneda que tendrá lugar en el

local del Juzgado Décimo Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México, se señalan las diez horas con treinta minutos del día veintitrés de mayo de dos mil diecisiete; siendo objeto de remate la casa marcada con el número 1, y terreno que ocupa, lote 1, de la manzana “A”, del inmueble sujeto al régimen de propiedad en condominio horizontal marcado con el número 64, de la Avenida Miguel Hidalgo, en la colonia Lomas del Lago de Guadalupe, también conocida como Granjas Lomas de Guadalupe, Ejido de Plan de Guadalupe Victoria y San Martin Obispo o Repetlixpa, Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Se fija como precio del bien subastado la cantidad de $2´113,700.00 (DOS MILLONES CIENTO TRECE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL); siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del mismo, siendo requisito para las personas que quieran participar como postores la exhibición de una cantidad igual al diez por ciento en efectivo del valor fijado, mediante billete de depósito expedido por Bansefi S.N.C. En la inteligencia de que la subasta deberá anunciarse mediante edictos que se fijarán por una sola ocasión en los tableros de avisos del Juzgado en los tableros de la Tesorería de esta Ciudad de México, y en el periódico el Universal, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días.”

Publíquese en los tableros de avisos del Juzgado, así

como en los tableros de la Tesorería de la Ciudad de México y en el periódico “El Universal”, por una sola ocasión, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días.-Ciudad de México, a 02 de mayo 2017.-C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. GABRIELA PADILLA RAMIREZ.-RÚBRICA.

1873.-15 mayo.

JUZGADO OCTAVO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA E D I C T O

En el expediente número 559/2015, relativo al Juicio

ORDINARIO CIVIL, promovido por AGUSTIN HERNANDEZ DURAN, en contra de FIDELIA VICTORIA CRUZ, se reclaman las siguientes prestaciones A).- El cumplimento de la cláusula octava del contrato privado de compra venta de fecha veintiuno de junio de mil novecientos noventa y tres, respecto del inmueble ubicado en CALLE HACIENDA DE CHINAMECA LOTE 18, MANZANA 32, COLONIA PLAN DE AYALA SEGUNDA SECCIÓN, MUNICIPIO DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, con una superficie total de 119 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE: 7.47 METROS con LT. 5, AL SURESTE: 16.04 METROS con LT. 17, AL SUROESTE 7.43 METROS con CALLE HACIENDA DE CHINAMECA y AL NOROESTE: 15.90 METROS con LT. 19; B).- El otorgamiento y firma de escritura pública del contrato ya referido, ante la fe del Notario Público número 88, del Estado de México; C).- El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine. En base a los

siguientes HECHOS: I. Que en fecha veintiuno de junio de mil novecientos noventa y tres, adquirió de FIDELIA VICTORIA CRUZ el inmueble antes referido, propiedad que acredita con la escritura pública número 55, volumen V, de fecha cinco de febrero de mil novecientos ochenta y ocho, inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, bajo la partida 753, volumen 850, libro primero, sección primera, del año de mil novecientos ochenta y nueve; II.- Que en la cláusula tercera del citado contrato se pactó como precio del inmueble la cantidad de $14,000.00 (CATORCE MIL NUEVOS PESOS 00/100 M.N.) el cual fue pagado de contado a la firma del mismo; III.- Que en la cláusula octava del citado contrato la demandada se comprometió que tan pronto se realizara el último pago de los estipulados en el contrato de referencia extendería escritura lisa y llana a su favor, toda vez que el precio total del inmueble le fue pagado de contado el día que firmaron el contrato, que el contrato de compraventa que se utilizó en la operación fue un formato pre impreso que contiene cláusulas que hacen referencia a pagos parciales y/o mensuales como lo es la cláusula QUINTA, como se pactó en la cláusula tercera que el pago se haría de contado, testando de común acuerdo la cláusula quinta, a fin de que quedara sin efectos; IV.- Derivado de lo anterior la demandada ha incumplido con el multicitado contrato, y se ha abstenido de otorgar y firmar ante Notario Público designado, las escrituras públicas de compraventa del inmueble objeto de la operación, esto a pesar de que se encuentra liquidado en su totalidad el precio pactado del inmueble. Asimismo, el Juez del conocimiento, mediante proveído de fecha veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete, ordenó notificar la radicación del juicio y su llamamiento a FIDELIA VICTORIA CRUZ, mediante edictos, que contendrán una relación sucinta de la demanda, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO del Estado”, así como en un periódico de mayor circulación de la población donde se realiza la citación y en el Boletín Judicial, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación a contestar a la instaurada en su contra, oponer excepciones o a deducir lo que a su derecho corresponda. Debiéndose fijar además en la puerta de este Tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, con el apercibimiento que si pasado este plazo no comparecen por sí, por apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá la tramitación del juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por lista y Boletín Judicial. Se expide a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diecisiete.-DOY FE.-Validación: fecha del acuerdo que ordena la publicación veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete.-PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JOSÉ RAYMUNDO CERA CONTRERAS.-RÚBRICA.

1872.-15, 24 mayo y 2 junio.

JUZGADO OCTAVO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA E D I C T O

En el expediente número 596/2013, relativo al juicio

ORDINARIO CIVIL promovido por HSBC MÉXICO, S.A INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de JOSÉ MANUEL VALDÉS RODRÍGUEZ, reclamando las siguientes prestaciones: A).- El cumplimiento del contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria, celebrado por las partes el día 30 de noviembre de 1994 y que consta en la escritura Pública Número 96,691 pasada ante la fe del Licenciado Francisco Villalón Igartua, Notario Público Número 30 del Distrito Federal (ANEXO DOS), así como del convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, celebrado por las partes el día 08 de marzo de 1996 y que constan en la escritura Pública número 99, 292 pasada ante la fe del Licenciado Miguel Soberón Mainero, Notario Público Número

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Página 8 15 de mayo de 2017

181 del Distrito Federal (ANEXO TRES). B).- El pago de la cantidad de 334,107.56 UDIS (TRESCIENTAS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO SIETE PUNTO CINCUENTA Y SEIS UNIDADES DE INVERSIÓN) denominadas "UDIS", equivalente en Moneda Nacional, hasta el día 16 de mayo de 2013, a la cantidad de $1,660.037.47 M.N (UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA MIL TREINTA Y SIETE PESOS 47/100 M.N), como suerte principal por concepto de capital dispuesto y vencido derivado del Convenio Modificatorio al Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, celebra por las partes el día 08 de marzo de 1996, y que consta en la Escritura Pública Número 181 del Distrito Federal (ANEXO TRES) y al Contrato de Mutuo con Interés y Garantía Hipotecaría, celebrado por las partes el día 30 de NOVIEMBRE DE 1994 y que consta en la Escritura Pública número 96, 691 pasada ante la fe del Licenciado Francisco Villalón Igartua, Notario Público número 30 del Distrito Federal (ANEXO DOS) de conformidad al Estado de Cuenta Certificado por Contador Público facultado por la Institución Bancaría, en términos del artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito con números al 16 de MAYO DE 2013, mismo que se exhibe como ANEXO CUATRO. C).- El pago de los intereses ordinarios en términos de lo pactado por las partes en la Cláusula QUINTA del CONEVIO Modificatorio de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, es decir a razón de una tasa de interés real anualizado, para el TRAMO "A" determinada como se establece en la modificación de la Cláusula "Cuarta.- Intereses Ordinarios" inciso I, número 1, equivalente al 6.5 % (seis punto cinco por ciento), para los primeros doce meses de vigencia del convenio, contados a partir de la fecha de celebración del Convenio y del 13° mes en adelante a una tasa de interés real anualizada del 8.75% )ocho punto setenta y cinco por ciento); por cuanto hace al TRAMO "B", al tasa de interés anual será determinada como se establece en los numeral 2 equivalente al 10% (diez por ciento) dichos porcentajes son equivalentes para el TRAMO "A" a 99,572.500 UDIS (NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA UNIDADES DE INVERSIÓN) denominados "UDIS", y para el tramo "B" A 146,360.44 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA PUNTO CUARENTA Y CUATRO UNIDADES DE INVERSIÓN) denominadas "UDIS", sumadas las cuales dan un total de 245, 932.94 UDIS (DOSCIENTAS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y CUATRO UNIDADES DE INVERSIÓN) denominadas "UDIS" equivalente en moneda nacional hasta el 16 de MAYO de 2013 a la cantidad de $1,221, 935.52 M.N (UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 52/100 M.N), que reclaman en la presente vía, y de conformidad al Estado de CUENTA Certificado por Contador Público facultado por La Institución Bancaría en términos del Artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito con los numero al 16 de MAYO DE 2013, Cantidad que deberá actualizarse al momento de hacerse el pago respectivo. D).- El pago de los intereses moratorios pactados en los términos de la cláusula QUINTA de la modificación de la Cláusula "QUINTA.- Intereses Moratorios" párrafo primero el documento base de la acción, es decir, a arzón de multiplicar por 2 (dos) la tasa ordinaria estipulada respectivamente en la Cláusula QUINTA que antecede, lo que se traduce por el TRAMO "A", en el caso de los primeros doce meses en 13% anual y del 13° mes en adelante en 17.5 % anual y para el TRAMO "B" en el 20%, a partir del 18 de agosto de 2009, fecha en que incurrió en mora el demandado, y hasta la total solución del presente juicio, mismo que se cuantificaran en ejecución de sentencia. E).- El pago de primas de seguro no pagadas generadas al día 16 de Mayo de 2013, más las que se sigan generando hasta la total solución del presente juicio, de conformidad con lo establecido en la cláusula QUINTA modificación de la "Décima.- Seguros" del Convenio Modificatorio, mismo que serán cuantificados en el momento procesal oportuno. F).- El pago de los intereses moratorios que resulten de las primas de seguro vencidas y no pagadas, conforme a la cláusula QUINTA modificación de la "Décima.- Seguros" del Convenio Modificatorio al contrato de Apertura de

Crédito con relación a la misma cláusula de la modificación de la Cláusula "QUINTA.- Intereses Moratorios" del documento base de la presente acción, causados y que se sigan causando hasta la total liquidación del adeudo, los que serán calculados en ejecución de sentencia. G).- El pago de gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio. En base a los siguientes hechos. 1.- Con fecha 30 de noviembre de 1994, BANCO DEL "ATLÁNTICO" celebró con el C. JOSÉ MANUEL VALDES RODRÍGUEZ, en su carácter de ACREDITADO, un Contrató de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, mismo que consta en la escritura pública 96, 691, pasada ante la fe del Licenciado FRANCISCO VILLALÓN IGARTUA, Notario Público Número 30 del Distrito Federal. Cabe señalar que en fecha 18 de Octubre de 2002, BANCO DEL ATLÁNTICO S.A, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, realizó una cesión de derechos de Créditos a BANCO INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANACIERO BITAL, dentro del cual quedo comprendido el crédito que se demanda, identificada con el número 234 dentro de la base de datos, tal y como se acredita con la copia certificada del Contrato de Cesión de derechos de Crédito. Que al momento de la cesión de derechos de Créditos, mi representada se denominaba BANCO INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANACIERO BITAL, para posteriormente cambiar su denominación a HSBC MÉXICO S.A, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANACIERO HSBC.2.- Al amparo del contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, de conformidad con sus cláusulas PRIMERA Y SEGUNDA, se le otorga al acredita un crédito simple hasta por la cantidad de $792,000.00 M.N (SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NUEVOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), suma que fue destinada a la adquisición del inmueble relacionado con el presente juicio. El demandado se obligó a pagar dicha cantidad en un plazo de 15 años contados a partir de la firma del Contrato original y para garantizar el cumplimiento de los pagos derivados de dicho crédito.3.- Toda vez que su estado de liquidez y solvencia económica, no le permitieron cumplir con las obligaciones de pago, derivado del crédito original, es que se realizó un convenio modificatorio al contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria, celebrado por el BANCO ATLÁNTICO S.A, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE Y EL C. JOSÉ MANUEL VALDES RODRÍGUEZ el día 08 de marzo de 1996. 4.- Al amparo del convenio Modificatorio al Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, en los términos y condiciones de las Clausulas SEGUNDA Y TERCERA, el ahora demandado realizó un reconocimiento de deudo por la cantidad de $532,771.79 (QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN PESOS 79/100 M.N). Al respecto las partes acordaron la obligación de pagar la cantidad de dinero mencionado, por así convenir a sus intereses en UNIDADES DE INVERSIÓN DENOMINADAS "UDIS" desde el día de celebración del convenio y hasta la total liquidación del mismo, para tal efecto el factor publicado en el Banco de México para el cálculo del valor de las UDIS aplicable a la fecha del documento basal, fue de $ 1.441164, por lo que el crédito materia del instrumento en comento, quedo establecido en 369,681.58 UDIS (TRESCIENTOS SESENTA Y JUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN PUNTO CINCUENTA Y OCHO) UNIDADES DE INVERSIÓN, cantidad que quedó designada como suma principal, la cual se encuentra conformada por el Tramo "A", correspondiente a los primeros 165,000 UDIS que representan el 44.63% del monto total de la suma Principal en UDIS, más el Tramo "B" correspondiente al excedente dé 165,000 UDIS, que representa el 55.37% del monto total de suma principal. 5.-De conformidad con lo dispuesto en la cláusula CUARTA del Convenio Modificatorio las partes acordaron que todas las obligaciones de pago de sumas de nuevos pesos que surjan del contrato, o por motivos de dicho convenio, serán convertidas y denominada UDIS. 6.- De conformidad con la cláusula QUINTA del convenio Modificatorio al Contrato, las partes expresamente señalaron la adición de nuevas cláusulas pactadas en el

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15 de mayo de 2017 Página 9

Convenio, así como la modificación de las cláusulas CUARTA, QUINTA, SEXTA, OCTAVA, DÉCIMA Y DÉCIMA SEGUNDA del contrato original, referentes a los rubros INTERESES ORDINARIOS, INETRESES MORATORIOS, FORMA DE PAGO, ANTICIPO DEL CAPITAL SEGUROS Y LUGAR DE PAGO.7.- Dentro de la Cláusula QUINTA de la modificación de la cláusula "Cuarta.- Intereses Ordinarios" Inciso I, numeral 1 del basal de la acción las partes convenimos expresamente que el ahora demandado pagaría TRAMO "A" los Intereses Ordinarios a razón de una tasa anualizada equivalente al 6.5 % (seis cinco punto por ciento) para los primero 12 meses y del 13° mes en adelante a la tasa de interés equivalente al 8.75% (ocho punto setenta y cinco por ciento); y para el TRAMO "B", al tasa de intereses anual será determinada como se establece en el Numeral 2 equivalente al 10% (diez por ciento), dichos porcentajes son equivalentes para el TRAMO "A" a 99,572.500 UDIS (NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA UNIDADES DE INVERSIÓN) denominados "UDIS", y para el tramo "B" A 146,360.44 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA PUNTO CUARENTA Y CUATRO UNIDADES DE INVERSIÓN) denominadas "UDIS". 8.- Como se actualiza el pacto expreso efectuado por las partes en la Cláusula QUINTA de la modificación de la Cláusula "QUINTA.- Intereses Moratorios" párrafo primero del básico de la acción. 9.- La partes convinieron conforme a la cláusula QUINTA de la modificación de la Cláusula "Décima.- Seguros" del documento base de la acción. 10.- Según se aprecia del contenido de la cláusula OCTAVA del convenio Modificatorio, el ahora demandado se obligó a pagar el importe de las cantidades adeudadas en un plazo de 30 años, contados a partir de la fecha de su firma, venciendo el 16 de marzo de 2026, sin embargo, seguirá surtiendo sus efectos hasta en tanto no se pague la totalidad del crédito junto con todos sus accesorios. 11.- Tal y como se advierte de la cláusula NOVENA del convenio modificatorio del Contrato, la HIPOTECA CONSTITUIDA ESPECIAL Y EXPRESAMENTE EN PRIMER LUGAR Y GRADO A FAVOR DE ATLÁNTICO crédito cedido a BITAL ahora HSBC, en virtud del cambio de denominación sobre el inmueble ubicado en CASA NÚMERO 18 DEL CONDOMINIO I (ROMANO) A de la calle de las Golondrinas Número 17 A en la Colonia Calacoaya, Código Postal 54500, en Atizapán de Zaragoza, Estado de México. 12.- Las partes convenimos conforme a la cláusula novena del convenio modificatorio, que la referida hipoteca constituida a favor de mi mandante, seguirá existiendo durante la vigencia del Convenio, conservando la prelación que le corresponde desde el su origen, la cual además permanecerá vigente y duraría todos el tiempo en que permaneciera insoluto, en todos o en parte, el capital adeudado, sus intereses, gastos, costas en este juicio y las demás prestaciones que deriven del referido contrato. 13.- De acuerdo a la cláusula DÉCIMA SEGUNDA, el convenio modifica el contrato, el cual se mantiene en vigor en todo lo que no sea contrario a las cláusulas señalas en el convenio. 14.- De conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA, las partes acordaron que en supuesto de que Banco de México dejare de publicar la equivalencia de las Unidades de Inversión, en que esta se realizará a pesos moneda nacional conforme a la última equivalencia conocida, publicada en el Diario Oficial de la Federación. 15.- Como se acredita en la cláusula DÉCIMA QUINTA del Convenio Modificatorio, convinieron las partes que en adicción a las causas de vencimiento anticipado que se pactaron e el contrato, mi representada podría dar por vencido anticipadamente el plazo estipulado en el Convenio y en el Contrato, para cubrir el importe del adeudo y exigir de inmediato el pago de la suma principal, intereses y demás accesorios legales por falta de cumplimiento de cualesquiera de las cláusulas contenidas en ambos documentos, si el hoy demandado dejare de pagar puntualmente dos o más mensualidades consecutivas conforme a I presente contrato. 16.- En consecuencia del incumplimiento por parte del hoy demandado a su obligación de pago, se actualiza en perjuicio del mismo, la cláusula DÉCIMA QUINTA, del convenio base de la acción. 17.- En la Cláusula DÉCIMO SÉPTIMO del convenio modificatorio se estipulo que

para la interpretación y cumplimiento a todos lo relativo al multicitado contrato, las partes se someten a la competencia de los Tribunales del Estado de México. 18.- A pesar de las múltiples gestiones extrajudiciales llevadas a cabo para obtener el pago de las prestaciones reclamadas, están han sido infructuosas, y es por ello que me veo en la necesidad de recurrir a la presente vía, y por tanto es responsable de los intereses moratorios, gastos y costas, lo cual habrá de ser considerado en el momento procesal oportuno. Asimismo, la Juez del conocimiento mediante proveído de fecha veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, ordenó emplazar al demandado JOSÉ MANUEL VALDEZ RODRÍGUEZ, mediante edictos, que contendrá una relación sucinta de la demanda, los cuales se publicaran por tres (3) veces de siete (7) en siete (7) días en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno del Estado" ,así como en un periódico de mayor circulación local y en el Boletín Judicial, haciéndole saber que deberá de presentarse dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación a deducir lo que a sus derechos corresponda. Debiendo fijar en la puerta de este Tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, apercibido que si pasado este plazo no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá la tramitación del juicio en rebeldía, haciéndoles las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por lista y Boletín Judicial. Se expide a los veinticuatro (24) días del mes de abril de dos mil diecisiete (2017).-DOY FE.-SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. IRAIS YAZVEHT BRETON ALVAREZ.-RÚBRICA.-Validación: fecha del acuerdo que ordena la publicación: veintinueve de marzo de dos mil diecisiete.-SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. IRAIS YAZVEHT BRETÓN ÁLVAREZ.-RÚBRICA.

1869.-15, 24 mayo y 2 junio.

JUZGADO QUINCUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

** SE CONVOCAN POSTORES **

En los autos del juicio especial hipotecario, promovido por

Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario sustituto en el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, en contra de Alejandro García Mercado, expediente número 568/2014, El Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil en la Ciudad de México, ordeno lo siguiente: -------------------------------------------------------------

Se convocan postores a la subasta judicial en tercera

almoneda, sin sujeción a tipo, respecto del inmueble hipotecado, ubicado en VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL PROGRESIVO “SEIS C”, CALLE RETORNO DOCE BRISA, NÚMERO OFICIAL SEIS, LOTE DE TERRENO NÚMERO OCHENTA Y OCHO, MANZANA VEINTICUATRO, DEL CONJUNTO URBANO "CUATRO VIENTOS", UBICADO EN LA ZONA CONOCIDA COMO RANCHO SAN JERONIMO CUATRO VIENTOS, EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO, de la que tendrá verificativo en el local del juzgado a las diez horas del día seis de junio del año dos mil diecisiete, precisando que la cantidad que sirvió de base para la Segunda Almoneda es de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), que representa el precio del avalúo menos la rebaja del veinte por ciento de la tasación; siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes. Con fundamento en el artículo 570, del código de procedimientos civiles, se ordena publicar por dos veces de siete en siete días, en el tablero de avisos de este juzgado y en la Secretaria de Finanzas del Gobierno en la Ciudad de México, el presente edicto, así como en el periódico "Diario Imagen", debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha del remate igual plazo. Para participar como postor se deberá depositar una cantidad igual al diez por

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ciento del valor del bien indicado. - - Notifíquese.- Lo proveyó y firma el Licenciado Andrés Martínez Guerrero, Juez titular del Juzgado Quincuagésimo Tercero de lo Civil, ante la Secretaria de Acuerdos, con quien actúa, autoriza y da fe.

Ciudad de México, a veintiuno de abril del año dos mil

diecisiete.- La Secretaria de Acuerdos “B”, Lda. Araceli Malagón Aboites.- Rúbrica.

1895.- 15 y 25 mayo.

JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SECRETARIA “A”. EXP. NUM. 715/2014. Emplazar a: ALEXKIN LABASTIDA PRIETO.

En los autos del juicio especial hipotecario promovido por BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de ALEXKIN LABASTIDA PRIETO, expediente número 715/2014, ante este juzgado tercero de lo civil, ubicado en niños héroes número 132, torre sur, tercer piso, colonia doctores, delegación Cuauhtémoc, cp. 06720.

En la ciudad de México, treinta y un de marzo de dos mil

diecisiete.- A sus autos el escrito presentado por la parte actora por conducto de su apoderada, así como copia simple del de cuenta para ser agregada al traslado correspondiente, visto su contenido por hechas las manifestaciones y atento a constancias de autos, a fin de notificar a la parte demandada la fusión que obra en autos, toda vez que se mediante proveído de fecha veintiséis de enero de dos mil diecisiete, se ordenó emplazar a juicio a la parte demandada mediante edictos, por lo que deberá de notificarse la citada fusión por el mismo medio, por lo anterior deberá de insertarse en el edicto correspondiente y ordenado en el auto citado líneas arriba la parte conducente del auto de fecha veintidós de marzo de dos mil diecisiete. Lo anterior para los efectos conducentes.- NOTIFIQUESE. –Lo proveyó y firma. El juez tercero de lo civil. Licenciado VICTOR HOYOS GANDARA en unión del c. secretario de acuerdos, licenciado SERAFIN GUZMAN MENDOZA, que autoriza y da fe.- doy fe

En la ciudad de México a veintiséis de enero de dos mil

diecisiete .- a sus autos el escrito presentado por la parte actora así como copia simple del escrito de cuenta para ser agregada al traslado correspondiente, visto su contenido por hechas sus manifestaciones y atento a constancias de autos, así como a los informes de las diversas dependencias, con fundamento en el artículo 122, fracción II, del código de procedimientos civiles de esta ciudad, se ordena emplazar a la parte demandada ALEXKIN LABASTIDA PRIETO, mediante Edictos, que deberán publicarse POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS, en el boletín judicial y en el periódico “el economista” , debiendo mediar entre cada publicación DOS DÍAS HABILES, haciendo del conocimiento a la parte demandada que cuenta con un plazo de TREINTA DIAS para que acuda a la secretaria de acuerdos de este juzgado el cual está ubicado en AVENIDA NIÑOS HEROES NUMERO 132 COLONIA DOCTORES, DELEGACION CUAUHTEMOC, EN ESTA CIUDAD, a recibir copias simples de la demandada y anexos que se acompañaron a la misma, así como que cuenta con QUINCE DIAS, para dar contestación a la demanda incoada en su contra, el cual iniciara a partir de que reciba las copias simples de merito o que hayan transcurrido los treinta días supracitados, debiéndose insertar en el edicto correspondiente el presente proveído así como una síntesis del auto admisorio; y toda vez que el domicilio que proporciono la parte actora en su escrito inicial de demanda, se encuentra fuera

de esta jurisdicción, gírese atento exhorto con los insertos necesarios, al C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE METEPEC, DISTRITO DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO para que en auxilio de las labores de este órgano jurisdiccional proceda a publicar los edictos antes ordenados en los términos que señale el ordenamiento legal de dicha entidad; por lo tanto elabórense los edictos, exhorto y oficios, poniéndose a disposición de la parte interesada para su debida diligenciación.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma. El juez tercero de lo civil. Licenciado VICTOR HOYOS GANDARA en unión del c. secretario de acuerdos, licenciado SERAFIN GUZMAN MENDOZA, que autoriza y da fe.- doy fe.

México Distrito Federal a veintiséis de agosto de dos mil

catorce.- con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan fórmese expediente número 715/2014 y regístrese en el libro de gobierno bajo el número que le fue asignado por la oficialía de partes común de este tribunal, guárdense en el seguro del juzgado los documentos exhibidos de su parte como base de la acción.- se tiene por presentada a MARÍA DEL CARMEN PAOLA JÁUREGUI TABAREZ Y ALFONSO ISRAEL TORRES MONTOYA apoderados legales de HIPOTECARIA NACIONAL, S.A DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER,… demandando en la vía especial hipotecaria a ALEXKIN LABASTIDA PRIETO con domicilio señalado en el escrito inicial de demanda; las prestaciones que se indican en razón de lo expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 468, 469 y 470 del código de procedimientos civiles se da entrada a la demanda en la vía y forma propuesta; con las copias simples exhibidas córrase traslado y emplácese al demandado para que dentro del término de QUINCE DIAS produzca su contestación a la demanda instaurada en su contra con el apercibimiento que de no hacerlo dentro del término concedido para ello, se le tendrá presuntamente ciertos los hechos de la misma en términos de lo dispuesto por el artículo 271 del código de procedimientos civiles… NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma. El C. juez tercero de lo civil. Licenciado VICTOR HOYOS GANDARA, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos “A”, licenciado SERAFIN GUZMAN MENDOZA, que autoriza y da fe.- doy fe

POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS, EN EL

BOLETIN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO “EL ECONOMISTA”, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HABILES.

ATENTAMENTE.- CIUDAD DE MEXICO A 26 DE ABRIL

DE 2017.- C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC. SERAFIN GUZMAN MENDOZA.- RÚBRICA.

1894.- 15, 18 y 23 mayo.

JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE

PRIMERA INSTANCIA ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO

E D I C T O

SANTANDER VIVIENDA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE ENTIDAD REGULADA GRUPO FINANCIERO SANTANDER MEXICO, HOY SU CESIONARIO BANCO MONEX, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, MONEX GRUPO FINANCIERO EN SU CARÁCTER UNICA Y EXCLUSIVAMENTE DEL FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO EMPRESARIAL IRREVOCABLE DE ADMINISTRACION Y GARANTIA NUMERO F3443 demanda a ROBERTO DIAZ PICHETO Y ENELIS GUZMAN GUERRA bajo el expediente 818/2011, el JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA DE ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO, señalo las CATORCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE MAYO

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15 de mayo de 2017 Página 11

DEL DOS MIL DIECISIETE, para que se lleve a cabo la VENTA JUDICIAL PRIMERA ALMONEDA, del bien inmueble materia de este asunto ubicado en VIVIENDA “B” DE LA AREA PRIVATIVA 3, UBICADO EN LA MANZANA 27, DEL LOTE CONDOMINAL 26, DEL CONJUNTO URBANO TIPO MIXTO, HABITACIONAL DE INTERES SOCIAL, POPULAR INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS. DENOMINADO LAS AMERICAS, DEL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, siendo postura legal la cantidad que cubra el precio fijado por el perito tercero en discordia consistente en la cantidad de $694.500.00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.); por lo cual, expídanse los edictos respectivos los cuales deberán publicarse UNA SOLA VEZ, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO”, en el boletín judicial y en la tabla de avisos de este juzgado sin que nunca medien menos de siete días entre la última publicación del edicto y la almoneda.- DOY FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ MENDOZA.- EN ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO; A ONCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE.

VALIDACIÓN: EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA

TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA

MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ MENDOZA.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ MENDOZA.- RÚBRICA.

1893.- 15 mayo.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE LERMA E D I C T O

A LOS INTERESADOS.

En los autos del expediente número 813/2012, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por MARIO ORTEGA SÁNCHEZ, en contra de MARÍA DEL CARMEN, ERIC, DIANIRA y DANIELA todos de apellidos ORTEGA SÁNCHEZ, que se tramita ante el Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia de Lerma de Villada, Estado de México, se dictó auto que a la letra dice: Con fundamento en el artículo 1.134 y 1.138 del Código de Procedimientos Civiles, se tiene por presente a MARÍA DE LA LUZ GAMA ACOSTA con su escrito de cuenta y visto su contenido, como se solicita, a efecto de dar cumplimiento a lo ordenado por la resolución del tribunal de alzada de fecha dos de abril de dos mil catorce, con fundamento en el artículo 2.157, 2.229, 2.230, 2.231, 2.232 y 2.234 del Código de Procedimientos Civiles, en la VIA DE APREMIO a través de la ejecución de la sentencia se señalan las CATORCE HORAS DEL DOS DE JUNIO DE ESTA ANUALIDAD, para que, tenga verificativo la CUARTA ALMONEDA DE REMATE, respecto del bien inmueble objeto del presente juicio, el cual tiene las siguientes características: INMUEBLE UBICADO EN CALLE 5 DE MAYO, NÚMERO 2 EN VILLA CUAUHTÉMOC, MUNICIPIO DE OTZOLOTEPEC, ESTADO DE MÉXICO CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS Y SUPERFICIE: AL NORTE EN TRES LÍNEAS, LA PRIMERA DE 12.50 (DOCE METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS), LA SEGUNDA DE 1.47 (UN METRO CON CUARENTA Y SIETE CENTÍMETROS) Y LA TERCERA DE 1.30 (UN METRO CON TREINTA CENTÍMETROS) COLINDANDO CON CALLE 5 DE MAYO Y CLEMENCIA ORTEGA, AL SUR 10.35 (DIEZ METROS CON TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS COLINDANDO CON JAVIER ORTEGA, AL ORIENTE 14.20 (CATORCE METROS CON VEINTE CENTÍMETROS) COLINDANDO CON BEATRIZ ORTEGA RODRÍGUEZ Y AL PONIENTE EN TRES LÍNEAS, LA PRIMERA 7.91 (SIETE METROS CON NOVENTA Y UN CENTÍMETROS), LA SEGUNDA DE 2.94 (DOS METROS CON

NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS) Y LA TERCERA DE 5.20 (CINCO METROS CON VEINTE CENTÍMETROS) COLINDANDO CON CLEMENCIA ORTEGA CON UNA SUPERFICIE TOTAL APROXIMADA DE 272.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS), sirviendo como base para el remate la cantidad de $ 2,375,000.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) que es la cantidad que sirvió de postura legal, para la segunda almoneda; en consecuencia CONVÓQUENSE A POSTORES, ordenándose la expedición del EDICTO correspondiente para su publicación por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en el “Boletín Judicial”, así como en la tabla de avisos de este juzgado, siendo postura legal la que cubra el importe fijado.

DADOS EN LERMA DE VILLADA, ESTADO DE MÉXICO,

A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA DIECINUEVE

DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE LOS EDICTOS.- PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO IRVING YUNIOR VILCHIS SÁENZ.- RÚBRICA.

1892.- 15 mayo.

JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO FAMILIAR

DISTRITO DE TLALNEPANTLA - HUIXQUILUCAN E D I C T O

PRIMER ALMONEDA DE REMATE

SE CONVOCA POSTORES

En el expediente 592/2012 RELATIVO AL JUICIO

EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR ARTEMIO PÉREZ MANCERA endosatario en procuración de DOMINGO CARAPIA ARMENTA EN CONTRA DE JUANA BAEZA BAEZA. en atención a lo ordenado en auto de cinco de mayo del año en curso la Juez Décimo Primero Familiar del Distrito Judicial de Tlalnepantla con residencia en Huixquilucan, México señaló las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CINCO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la celebración de la PRIMER ALMONEDA DE REMATE, respecto del cincuenta porciento de la de la copropiedad del bien inmueble ubicado en CASA DE INTERÉS NÚMERO TREINTA DE LA CALLE RETORNO OLMOS TRES, EN LA CALLE DE PRIMERA ORIENTE, NÚMERO OFICIAL DOSCIENTOS DEL BARRIO DE SAN LUCAS, MUNICIPIO DE SAN MATEO ATENCO, ESTADO DE MÉXICO, sirviendo de postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio fijado del inmueble embargado que es por la cantidad de $534,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL PESOS CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL).

SE EXPIDEN LOS PRESENTES EDICTOS PARA SU

PUBLICACIÓN DOS VECES DE NUEVE EN NUEVE DÍAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO, EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN LA TABLA DE AVISOS. SE EXPIDEN LOS PRESENTES EDICTOS EN HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO, A LOS DIEZ DÍAS DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.- DOY FE.

SEGUNDO SECRETARIO JUDICIAL, LIC. FLOR DE

MARÍA MARTÍNEZ FIGUEROA.- RÚBRICA. Diez de mayo de dos mil diecisiete; la Licenciada Flor de

María Martínez Figueroa Segundo Secretario Judicial del Juzgado Décimo Primero Familiar del Distrito Judicial de Tlalnepantla con

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Página 12 15 de mayo de 2017

residencia en Huixquilucan, Estado de México.- SEGUNDO SECRETARIO JUDICIAL, LIC. FLOR DE MARÍA MARTÍNEZ FIGUEROA.- RÚBRICA.

1891.- 15 y 26 mayo.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE IXTLAHUACA

E D I C T O

En los autos del expediente número 2526/2016, la señora Agustina Flores Matías, por su propio derecho promueve Procedimiento Judicial No Contencioso sobre Información de Dominio, respecto de un inmueble ubicado en Manzana Cuarta, municipio de Jiquipilco, Estado de México, cuyas medidas y colindancias siguientes son: AL NORTE: en dos líneas la primera de 21.12 metros y la segunda de 3.20 metros colindan con César Balderas Flores, AL SUR: en tres líneas, la primera de 13.63 metros; la segunda de 06.09 metros y la tercera de 07.46 metros, colindan con calle; AL ORIENTE: 44.79 metros, colinda con Alberto Balderas Flores; AL PONIENTE: 37.59 metros colinda con Marco Antonio Balderas Mondragón. El cual cuenta con una superficie total de 1.050.00 metros cuadrados. El Juez del conocimiento dictó un auto de dos de mayo de dos mil diecisiete, donde se ordena publicar los edictos en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en un periódico de mayor circulación por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, llamando por este conducto a cualquier interesado que se crea con igual o mejor derecho sobre dicho inmueble, para que comparezca a deducirlo conforme a derecho.

Dado en Ixtlahuaca, México, 05 de Mayo de dos mil

diecisiete. DOY FE. Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación

02 de Mayo de 2017.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. EN D. REBECA OLIVA RODRÍGUEZ.- RÚBRICA.

1890.- 15 y 18 mayo.

JUZGADO SEPTUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO

promovido por HSBC MÉXICO SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE GARANTIA IDENTIFICADO CON EL NÚMERO F/258040 en contra SAMUEL MACIAS GARZA Y VERONICA ORTIZ MATA, EXPEDIENTE NÚMERO 749/2014, LA C. JUEZ SEPTUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL, dicto auto de diecisiete de abril del año en curso que a la letra dice: "Agréguese a sus autos el escrito presentado en seis de abril de dos mil diecisiete, por el apoderado de la parte actora, visto su contenido y apareciendo en autos a fojas 580 a 585 sendos certificados de gravámenes, donde se advierte la inexistencia de un diverso acreedor; así como teniendo en cuenta que también aparece el avalúo practicado en dieciséis de enero de dos mil diecisiete por ALMA ORFELIA GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, donde concluye que el valor de los bienes asciende a SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS 00/100 M.N.; como se solicita con fundamento en el artículo 570 del Código Procesal Civil, se ordena sacar a remate en pública subasta en PRIMERA ALMONEDA los bienes dados en garantía hipotecaria y a que se refiere el instrumento notarial número 122,577 (ciento veintidós mil quinientos setenta y siete) otorgado ante la fe del Licenciado Armando Gálvez Pérez Aragón, Notario Público número 103 (ciento tres) del Distrito Federal, el quince de octubre de dos mil siete, los cuales se identifican como: oficina privado quinientos

dos ubicada en planta sexto nivel; bodega número nueve; lugar de estacionamiento doce; lugar de estacionamiento trece; lugar de estacionamiento catorce y lugar de estacionamiento quince; todos ellos localizados en el Conjunto marcado con el número oficial setenta y uno de la calle de Parque de Granada, en el Fraccionamiento "Parques de la Herradura" en el Municipio de Huixquilucan, Estado de México, para lo cual se manda anunciar por medio de Edicto que se publicará una sola vez en el Periódico de información "DIARIO IMAGEN"; en el tablero de avisos del juzgado, en los tableros de la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días hábiles y considerando que el inmueble sujeto a subasta se encuentra fuera de esta competencia territorial con fundamento en los artículos 105 y 572 del código procesal civil, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez Competente en el Municipio de Huixquilucan Estado de México, para que en auxilio de las labores de este Juzgado ordene publicar un edicto en los sitios de costumbre del lugar y conforme a su legislación local, facultando a la autoridad exhortada para que bajo su más estricta responsabilidad y en la medida en que la ley del lugar lo permita, acuerde todo tipo de promociones tendientes a la cumplimentación del presente auto. Exhorto que deberá ser signado y entregado por la C. Secretaria Conciliadora en términos de los acuerdos 36-48/12 y 50-09/13 emitidos por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal y recibido por persona autorizada por la actora mediante notificación personal en términos de lo dispuesto por el artículo 60 fracción VIII de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, concediéndose un término de treinta días para su diligenciación. Se tienen por autorizadas a las personas que se identifican en el escrito de cuenta para gestionar el exhorto. Sirve como postura legal para el remate la que cubra las dos terceras partes sobre el precio del avalúo, es decir respecto de la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS 00/100 M.N. que determinó la perito. Para que tenga lugar la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE, para lo cual se CONVOCAN POSTORES. - Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez MARIA DEL CARMEN MIRTA JACARANDA GONZALEZ ABARCA, ante Secretario de Acuerdos ALEJANDRO ARREDONDO HERNANDEZ, quien da fe.- - -DOS RUBRICAS- - -

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC.

ALEJANDRO ARREDONDO HERNANDEZ.- RÚBRICA.

1889.- 15 mayo.

JUZGADO VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SE CONVOCAN POSTORES Secretaria “B”. Expediente 8/2015.

En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, en relación con el proveído de fecha veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, dictados en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por HSBC MEXICO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE NÚMERO F/250295, en contra de GOMEZ MANZANO CARLOS, expediente 8/2015. LA C. JUEZ VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL EN LA CIUDAD DE MEXICO, ordeno sacar a REMATE EN PRIMERA ALMONEDA el bien inmueble, identificado como: "VIVIENDA DE TIPO POPULAR CONOCIDA COMO CASA "D" DE LA CALLE CIRCUITO REAL DE SAN BERNABE, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE

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15 de mayo de 2017 Página 13

TERRENO NÚMERO TRECE, DE LA MANZANA SEIS, DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO SOCIAL PROGRESIVO DENOMINADO "REAL DE SAN MARTÍN", UBICADO EN TÉRMINOS DEL MUNICIPIO DE VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD, ESTADO DE MÉXICO", sirviendo como base para el remate la cantidad de $290,000.00 (DOSCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo, respecto del cual con fundamento en lo dispuesto por el artículos 486 fracción II y III se tiene por conforme a la parte demandada, tal y como se ordeno en auto dictado con esta misma fecha; y se toma como base para el remate; para tal efecto se señalan las TRECE HORAS DEL VEINTITRÉS DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE; tomando en consideración la reforma del catorce de julio del dos mil catorce, decretada al artículo 570 del código en cita, convóquese postores por medio de edictos que se publiquen, en el periódico DIARIO DE MÉXICO, en la Tesorería de la Ciudad de México y en los estrados de este Juzgado, mismos que deberán de publicarse por una sola ocasión, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días hábiles, tomando en consideración que el inmueble se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado, envíese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN VALLE DE CHALCO, ESTADO DE MÉXICO, para la publicación del edicto ordenado, haciendo la precisión al Juez exhortado que corresponda, que la publicación de los edictos deberá de ser en los lugares de costumbre y en los estrados del juzgado, sirviendo de base para la almoneda la cantidad antes referida, y siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho precio, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 573 del Código en cita, debido los licitadores que quieran participar en la subasta ordenada, exhibir en cualquiera de las formas establecidas por la ley, una cantidad igual a por lo menos el diez por ciento del valor efectivo del bien. Para tal efecto se le faculta al C. Juez exhortado en términos que de lo dispuesto por el artículo 109 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, para que acuerde todo tipo de promociones tendientes a dar cumplimiento al presente proveído y un término de TREINTA DÍAS para la diligencia del exhorto que aquí se ordena, con la facultad de ampliarlo si es necesario.

PARA SU PUBLICACIÓN POR UNA SOLA OCASIÓN,

EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, EN LOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y EN EL PERIÓDICO “DIARIO DE MÉXICO”, DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA PUBLICACIÓN Y LA FECHA DE REMATE CUANDO MENOS CINCO DÍAS HÁBILES. Tomando en consideración que el inmueble materia del remate se encuentra fuera de la Jurisdicción de este juzgado, esto es EN VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD, ESTADO DE MÉXICO, los edictos ordenados deberán publicarse POR UNA SOLA OCASIÓN EN LOS LUGARES DE COSTUMBRE DE DICHA ENTIDAD O EN LOS LUGARES QUE LA LEGISLACIÓN ADJETIVA SEÑALE, DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA PÚBLICACIÓN Y LA FECHA DE REMATE CUANDO MENOS CINCO DÍAS HÁBILES.

Ciudad de México, a 29 de Marzo de 2017.- C.

SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LIC. BARBARA ARELY MUÑOZ MARTÍNEZ.- RÚBRICA.

1888.- 15 mayo.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE ZUMPANGO E D I C T O

- - - JOSÉ LUIS CEDILLO MARTÍNEZ, por su propio

derecho, bajo el expediente número 389/2017, promueve ante este Juzgado Procedimiento Judicial no Contencioso (Inmatriculación Judicial mediante Información de Dominio), respecto del inmueble ubicado en Calle 22 de Diciembre, sin número, Colonia Centro, Municipio de Tonanitla, Estado de

México; el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 17.58 metros con Margarita Pacheco Delgado; AL SUR: 17.15 Metros Con Calle 29 de Diciembre; AL ORIENTE: 14.74 Metros Con Calle 22 de Diciembre; AL PONIENTE: 09.92 metros con Calle 18 de Julio; con superficie total aproximada de 211.00 metros cuadrados. Para su publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en esta ciudad, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y lo hagan valer en términos de ley, se expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México a los ocho (08) días del mes de Mayo del año dos mil diecisiete (2017).

Validación del edicto. Acuerdo de fecha: cuatro (04) de

Mayo de dos mil diecisiete (2017).- Funcionario: Licenciada YEIMI AYDEÉ SANTIAGO GUZMAN. Secretaria de Acuerdos.- FIRMA.- RÚBRICA.

910-A1.- 15 y 18 mayo.

JUZGADO VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SE CONVOCAN POSTORES.

EXPEDIENTE 160/05.

SECRETARIA "B".

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO

promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra de NORMA LOPEZ GUTIERREZ expediente: 160/05, SECRETARIA "B", en cumplimiento a lo ordenado por acuerdo de treinta de marzo de dos mil diecisiete, veintiuno de octubre y ocho de noviembre de dos mil once, con fundamento en el artículo 113 del Código de Procedimientos Civiles, EL C. JUEZ VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL LICENCIADO GILBERTO RUIZ HERNANDEZ, ordenó sacar a remate, EN PRIMERA ALMONEDA el inmueble identificado como: QUINTA LA CONCHITA LOCALIZADO EN EL KILOMETRO 2.2 DEL CAMINO CANALEJAS- ALDAMA EN LA COMUNIDAD DE LLANO GRANDE, MUNICIPIO DE JILOTEPEC, ESTADO DE MEXICO Se señalan las ONCE HORAS DE SEIS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE- Sirviendo de base para la almoneda la cantidad de $ 4,594,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), valor del avalúo que obra en autos, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio de dicho avalúo.- CONVOCAN POSTORES.

PARA SU PUBLICACION EN EL PERIODICO "EL DIA"

SU FIJACION EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE LA TESORERIA DE LA CIUDAD DE MEXICO Y TABLEROS DE AVISOS DEL JUZGADO VIGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL, Y EN EL ESTADO DE MEXICO, EN LOS LUGARES PUBLICOS DE COSTUMBRE, RECEPTORIA DE RENTA Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION DE DICHA ENTIDAD, POR DOS VECES DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DIAS HABILES Y ENTRE LA ULTIMA Y LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO.

México, D.F., a 6 de abril de 2017.- LA C. SECRETARIA

DE ACUERDOS, LIC. BARBARA ARELY MUÑOZ MARTINEZ.- RÚBRICA.

913-A1.- 15 y 25 mayo.

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Página 14 15 de mayo de 2017

A V I S O S A D M I N I S T R A T I V O S Y G E N E R A L E S

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE E D I C T O

NO. DE EXPEDIENTE 52080/17/2017, EL C. NEOPOLO

SAN JUAN ALDAMA, PROMOVIÓ INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE UN TERRENO DE LABOR UBICADO EN LA JURISDICCIÓN DE SAN LUCAS TEPEMAJALCO, MUNICIPIO DE SAN ANTONIO LA ISLA, ESTADO DE MÉXICO, EL CUAL MIDE Y LINDA: AL NORTE: 16.00 METROS CON ÁNGEL ESCALONA ESTRADA, AL SUR: 24.60 METROS CON CARRETERA TOLUCA – TENANGO, AL ORIENTE: 88.00 METROS CON OLGA GARCÍA ALDAMA, AL PONIENTE: 125.00 METROS CON NOHEMÍ CAMACHO SÁNCHEZ. SUPERFICIE APROXIMADA DE 2,161.95 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR, DIO ENTRADA A LA

PROMOCIÓN Y ORDENÓ SU PUBLICACIÓN CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 93 DE LA LEY REGISTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO EN LA “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO DE MÉXICO Y PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS; HACIÉNDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHOS, COMPAREZCAN A DEDUCIRLOS.-TENANGO DEL VALLE, ESTADO DE MÉXICO A 10 DE MAYO DE 2017.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO JUDICIAL DE TENANGO DEL VALLE, MÉXICO, M. EN A.P. NORMA HERNÁNDEZ GARDUÑO.-RÚBRICA.

1879.- 15, 18 y 23 mayo.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO E D I C T O S

NO. DE EXPEDIENTE: 234267/58/17, C. MA. MATILDE

CEDILLO SOTO Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: AV. DE LAS TORRES NO. 17, PREDIO DENOMINADO EL ZAPOTE, COLONIA SANTA CLARA COATITLA, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 18.27 MTS. LINDA CON PASO DE SERVIDUMBRE QUE COMUNICA A LA CALLE AV. DE LAS TORRES, AL SUR: 18.84 MTS. LINDA CON HERIBERTO HERNANDEZ PINEDA, AL ORIENTE: 9.24 MTS. LINDA CON PASO DE SERVIDUMBRE QUE COMUNICA A LA CALLE AV. DE LAS TORRES, AL PONIENTE: 7.95 MTS. LINDA CON CALLE AV. DE LAS TORRES. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 164.50 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234270/60/17, C. MARIA

GUADALUPE RIOS GALICIA Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE EMBAJADA DE BELGICA, MANZANA 03, LOTE 01, SECCIÓN EMBAJADA II,

COLONIA CIUDAD CUAUHTEMOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.00 MTS. COLINDA CON CALLE EMBAJADA DE PORTUGAL, AL SUR: 15.00 MTS. CON LOTE 02, AL ORIENTE: 8.00 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 8.00 MTS. CON CALLE EMBAJADA DE BELGICA. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 120 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234272/61/17, C. NIDIA

ADRIANA ALVAREZ POCEROS Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE 2DA. CERRADA DE MATAMOROS, MANZANA S/N, LOTE 26, PREDIO DENOMINADO TEPIOLULCO, COLONIA HANK GONZALEZ, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 11.02 MTS. COLINDA CON 2DA. CERRADA DE MATAMOROS, AL SUR: 11.02 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL ORIENTE: 11.23 MTS. COLINDA CON LOTE 27, AL PONIENTE: 11.44 MTS. COLINDA CON LOTE 25. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 124.91 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234274/62/17, C. ODILON

ESQUIVEL GONZALEZ Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE GUANAJUATO No. 13, COLONIA AMPLIACIÓN TULPETLAC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 22.80 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PARTICULAR DE FLORENCIO ESQUIVEL, AL SUR: 23.00 MTS. COLINDA CON JULIO HERNANDEZ, AL ORIENTE: 7.80 MTS. COLINDA CON JULIO HERNANDEZ, AL PONIENTE: 7.80 MTS. COLINDA CON CALLE GUANAJUATO. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 178.62 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 15

NO. DE EXPEDIENTE: 234282/65/17, C. ROBERTA CASTILLO CASTILLO Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE XOLOTL, MANZANA 4, LOTE 16, PREDIO DENOMINADO TETETLA VI, COLONIA CIUDAD CUAUHTEMOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.00 MTS. CON LOTE 15, AL SUR: 15.00 MTS. CON LOTE 17, AL ORIENTE: 8.00 MTS. CON LOTE 3, AL PONIENTE: 8.00 MTS. CON CALLE XOLOTL. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 120.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234284/66/17, C. SIXTO

VALERIANO CORTES Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE CIRCUITO SANDOVAL, MANZANA DOS, LOTE DIECINUEVE, PREDIO DENOMINADO AMPLIACIÓN SANTA CRUZ, COLONIA CIUDAD CUAUHTEMOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 1.87 Y 4.08 MTS. CON CALLE EMBAJADA DE BELGICA, AL SUR: 6.38 MTS. CON CALLE CIRCUITO SANDOVAL, AL ORIENTE: 14.79 MTS. CON LOTE DIECIOCHO, AL PONIENTE: 14.73 MTS. CON LOTE VEINTE. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 90.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234286/67/17, C. TRINIDAD

SOTERO SANCHEZ Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE CIRCUITO SANDOVAL, MANZANA DOS, LOTE OCHO, PREDIO DENOMINADO AMPLIACIÓN SANTA CRUZ, COLONIA CIUDAD CUAUHTEMOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 6.18 MTS. CON CALLE EMBAJADA DE BELGICA, AL SUR: 6.18 MTS. CON CALLE CIRCUITO SANDOVAL, AL ORIENTE: 14.67 MTS. CON LOTE SIETE, AL PONIENTE: 14.79 MTS. CON LOTE NUEVE. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 90.97 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.-

REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234287/68/17, C. VICENTA

CALLEJAS CERVANTES Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE UNO ESQ. CON CALLE JOSE CALIXTO, MANZANA A, LOTE 6, PREDIO DENOMINADO SAN JACO, COLONIA SANTA CLARA COATITLA (EL GALLITO), Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 7.00 MTS. COLINDA CON CALLE UNO, AL SUR: 7.00 MTS. COLINDA CON LOTE No. 7, AL ORIENTE: 17.20 MTS. COLINDA CON CALLE JOSE CALIXTO, AL PONIENTE: 17.20 MTS. COLINDA CON LOTE No. 5. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 120.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234288/69/17, C. ZENAIDA

VAZQUEZ RIVERO Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE CIRCUITO SANDOVAL, MANZANA UNO, LOTE CUATRO, PREDIO DENOMINADO AMPLIACIÓN SANTA CRUZ, COLONIA CIUDAD CUAUHTEMOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 13.97 MTS. CON LOTE TRES, AL SUR: 13.47 MTS. CON LOTE CINCO, AL ORIENTE: 6.68 MTS. CON CALLE CIRCUITO SANDOVAL, AL PONIENTE: 6.69 MTS. CON CALLE EMBAJADA BELGICA. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 90.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 3 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234180/3/17, C. ADELINA

REYES VELASCO Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE ADOLFO LOPEZ MATEOS, MANZANA S/N, LOTE 7-A, PREDIO DENOMINADO EL CAPULIN, COLONIA SANTA CLARA COATITLA, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 19.83 MTS. LINDA CON ELENA BEATRIZ RAMIREZ LOPEZ, AL SUR: 19.77 MTS. LINDA CON LOTE 7-C, AL ORIENTE: 05.55 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 05.98 MTS. LINDA CON CALLE ADOLFO LOPEZ MATEOS. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 116.11 METROS CUADRADOS.

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Página 16 15 de mayo de 2017

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.-ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO E D I C T O S

NO. DE EXPEDIENTE: 234240/41/17, C. RAMONA

VAZQUEZ DE FLORES, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: PRIVADA 7, LOTE 08, MANZANA S/N, COLONIA GUADALUPE VICTORIA, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 9.20 MTS. COLINDA CON CALLE PRIVADA 7, AL SUR: 9.20 MTS. COLINDA CON GUADALUPE VAZQUEZ GUARNEROS, AL ORIENTE: 15.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 15.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 138.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234241/42/17, C. RENE JAIMEZ

RAMIREZ, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE EUCALIPTOS, LOTE 7, COLONIA EL PROGRESO GUADALUPE VICTORIA, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.45 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL SUR: 15.45 MTS. COLINDA CON SEÑOR ALBERTO RICO SOLIS, AL ORIENTE: 10.00 MTS. COLINDA CON SEÑOR LEONARDO FRAGOSO ORTIZ, AL PONIENTE: 10.00 MTS. COLINDA CON CALLE EUCALIPTOS. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 154.50 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234245/44/17, C. ROSA MARIA

RODRIGUEZ ROSALES, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE MORELOS, MANZANA 2, LOTE 1, COLONIA AMPLIACIÓN TULPETLAC,

Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 10.00 MTS. CON CALLE MORELOS, AL SUR: 10.00 MTS. CON SR. HECTOR AGUILAR, AL ESTE: 20.00 MTS. CON SR. JOSE LUIS REYES, AL OESTE: 20.00 MTS. CON CALLE RIO PANUCO. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 200.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234248/46/17, C. SUSANA

RAMOS MENDOZA, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: 4ª. PRIVADA DE AGRICULTURA, MANZANA S/N, LOTE 8, COLONIA GUADALUPE VICTORIA, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 13.00 MTS. COLINDA CON 4ª. PRIV. DE AGRICULTURA, AL SUR: 13.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL ORIENTE: 13.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 13.00 MTS. COLINDA CON LOTE 9. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 169.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234250/47/17, C. TERESA

MIRANDA DOMINGUEZ, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE GENERAL JOSE MARIA ANAYA, MANZANA S/N, LOTE 3, PREDIO DENOMINADO MILPA GRANDE, COLONIA LA JOYA GUADALUPE VICTORIA, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 23.00 MTS. CON AARON GRANADOS ALVARADO, AL SUR: 23.00 MTS. CON JUDITH GRANADOS SANCHEZ, AL ORIENTE: 11.75 MTS. CON CALLE GENERAL JOSE MARIA ANAYA, AL PONIENTE: 11.75 MTS. CON HERLINDA FRAGOSO. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 270.25 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 17

NO. DE EXPEDIENTE: 234255/50/17, C. ARCADIO SALVADOR HERNANDEZ, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE XOCHITL, MANZANA 1, LOTE 15, PREDIO DENOMINADO TETETLA VI, COLONIA CIUDAD CUAUHTEMOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.00 MTS. CON LOTE 14, AL SUR: 15.00 MTS. CON LOTE 16, AL ORIENTE: 8.00 MTS. CON LOTE 3, AL PONIENTE: 8.00 MTS. CON CALLE XOCHITL. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 120.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234257/51/17, C. DEMETRIO

CASTILLO JIMENEZ, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE DIAZ ORDAZ, MANZANA 2, LOTE 16, COLONIA CARLOS HANK GONZALEZ, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL SUR: 15.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL ORIENTE: 8.00 MTS. COLINDA CON CALLE DIAZ ORDAZ, AL PONIENTE: 8.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 120.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234262/54/17, C. IRINEO

SANTIAGO LUCAS, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE RIO BRAVO NORTE NO. 8, COLONIA AMPLIACIÓN SANTA MARIA TULPETLAC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 18.00 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA, AL SUR: 18.00 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA, AL ORIENTE: 9.00 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 9.00 MTS. CON CALLE RIO BRAVO NORTE. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 162.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234263/55/17, C. JUBELINA RIVERA ARREDONDO, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE ALFREDO DEL MAZO # 7, MANZANA S/N, LOTE S/N, COLONIA BENITO JUAREZ NORTE XALOSTOC, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL SUR: 15.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL ORIENTE: 8.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 8.00 MTS. COLINDA CON CALLE ALFREDO DEL MAZO. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 120.00 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234264/56/17, C. MA. DEL

ROSARIO MORALES SOTO, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: PASO DE SERVIDUMBRE QUE COMUNICA A LA CALLE ISABEL LA CATOLICA NO. 20-A INTERIOR 3, COLONIA SAN CRISTOBAL CENTRO, Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 13.30 MTS. LINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL SUR: 13.55 Y 3.00 MTS. LINDA CON OSCAR MORALES SOTO Y PASO DE SERVIDUMBRE QUE COMUNICA A LA CALLE ISABEL LA CATOLICA, AL ORIENTE: 12.66 MTS. LINDA CON PROPIEDAD PRIVADA, AL PONIENTE: 12.66 MTS. LINDA CON PROPIEDAD PRIVADA. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 169.96 METROS CUADRADOS.

El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 03 de abril del 2017.-ATENTAMENTE.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA.

1897.-15, 18 y 23 mayo.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE TOLUCA E D I C T O

No. DE EXPEDIENTE 424782/135/2016, El o la (los) C.

MARTHA SONIA LOPEZ ROMERO, promovió inmatriculación administrativa, sobre un terreno ubicado en VIALIDAD SOLIDARIDAD LAS TORRES SIN NÚMERO DE LA POBLACIÓN DE SAN JERONIMO CHICAHUALCO, Municipio de METEPEC, Estado de México, el cual mide y linda: Al Norte: DOS LINEAS, LA PRIMERA DE 8.30 METROS CON PROPIEDAD DE LA SEÑORA ALICIA LOPEZ ROMERO, LA SEGUNDA DE 21.12 METROS CON PROPIEDAD DE LA SEÑORA LETICIA LOPEZ ROMERO, Al Sur: 29.42 METROS CON VIALIDAD SOLIDARIDAD LAS TORRES, Al Oriente: 36.35 METROS CON PROPIEDAD PRIVADA, Al Poniente: DOS LINEAS, LA

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Página 18 15 de mayo de 2017

PRIMERA DE 20.00 METROS CON PROPIEDAD DE LA SEÑORA LETICIA LOPEZ ROMERO, LA SEGUNDA DE 18.24 METROS CON PROPIEDAD DE LA SEÑORA MARIA DE LA LUZ ROMERO MALVAEZ. Con una superficie aproximada de 674.67 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Toluca, Estado de México, a 28 de marzo del 2017.-C. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, LIC. DANIELA HERNANDEZ OLVERA.-RÚBRICA.

914-A1.-15, 18 y 23 mayo.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO E D I C T O S

NO. DE EXPEDIENTE: 234190/10/17, C. BALTAZAR

ALEJANDRO VELAZQUEZ ORTEGA, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE NUEVE (ANTES CALLE URANIO), MANZANA 06, LOTE 03, COLONIA RUSTICA XALOSTOC Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 15.00 MTS. CON LOTE No. 16; AL SUR: 15.00 MTS. CON CALLE NUEVE (ANTES URANIO); AL ORIENTE: 26.00 MTS. CON LOTE No. 04; AL PONIENTE: 26.00 MTS. CON LOTE No. 2; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 390.00 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234202/17/17, C. EDITH

BEATRIZ MASSE CARBAJAL, Promovió inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE 4A. CERRADA DE NIÑOS HEROES, LOTE 4, PREDIO DENOMINADO METENCO, COLONIA SANTA CLARA COATITLA Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 27.00 MTS. CON JOSE LUIS DEL RIO; AL SUR: 27.00 MTS. CON LUZ MARIA MASSE CARBAJAL; AL ORIENTE: 7.00 MTS. CON RAMON DANTE; AL PONIENTE: 7.00 MTS. CON 4A. CERRADA DE NIÑOS HEROES; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 189.00 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234207/21/17, C. GUADALUPE ISLAS ANAYA, promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: 2DA. CERRADA DE BELlSARIO DOMINGUEZ NO. 7-A, COLONIA SAN PEDRO XALOSTOC Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 12.65 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: 10.50 Y 2.00 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA; AL ORIENTE: EN DOS LlNEAS DE 5.80 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA Y 5.80 MTS. CON 2DA. CERRADA DE BELlSARIO DOMINGUEZ; AL PONIENTE: 11.10 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 130.15 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234212/24/17, C. ISRAEL

SORIANO CHAVEZ Y DAVID ZUÑIGA SORIANO, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE BELlSARIO DOMINGUEZ S/N PREDIO DENOMINADO ZOQUIAPA, PUEBLO DE SAN PEDRO XALOSTOC Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 16.20 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: 18.75 MTS. CON ESTELA ENRIQUEZ RICAÑO; AL ORIENTE: 28.00 MTS. CON CALLE BELlSARIO DOMINGUEZ; AL PONIENTE: 27.50 MTS. CON JUAN ENRIQUEZ MARTINEZ; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 485.00 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234216/27/17 C. JULlETA

JAZMIN POOL LEANDRO, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE PRIVADA CUAUHTEMOC, MANZANA S/N, LOTE S/N, COLONIA SAN PEDRO XALOSTOC. Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 10.00 MTS. COLINDA CON SRA. FRANCISCA ORTEGA ZAMORA; AL SUR: 10.00 MTS. COLINDA CON SR. JOSE LUIS LOPEZ; AL ORIENTE: 9.00 MTS. COLINDA CON PROPIEDAD PRIVADA; AL PONIENTE: 9.00 MTS. COLINDA CON PRIVADA CUAUHTEMOC; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 90.00 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos,

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15 de mayo de 2017 Página 19

Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234219/29/17, C. LUZ MARIA

MASSE CARBAJAL, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE 4A. CERRADA DE NIÑOS HEROES, LOTE 3, PREDIO DENOMINADO METENCO, COLONIA SANTA CLARA COATITLA Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 27.00 MTS. CON EDITH BEATRIZ MASSE CARBAJAL; AL SUR: 27.00 MTS. CON MA. VICTORIA MASSE CARBAJAL; AL ORIENTE: 7.00 MTS. CON RAMON DANTE; AL PONIENTE: 7.00 MTS. CON 4A. CERRADA DE NIÑOS HEROES; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 189.00 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234223/31/17, C. MA. VICTORIA

MASSE CARBAJAL, promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: 4A. CERRADA DE NIÑOS HEROES, LOTE 2, PREDIO DENOMINADO METENCO, COLONIA SANTA CLARA COATITLA Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 27.00 MTS. CON LUZ MARIA MASSE CARBAJAL; AL SUR: 27.00 MTS. CON LUZ MARIA CARBAJAL LlNARES; AL ORIENTE: 7.00 MTS. CON RAMON DANTE; AL PONIENTE: 7.00 MTS. CON 4A. CERRADA DE NIÑOS HEROES; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 189.00 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234246/45/17, C. ROSA REYES

CEDILLO, Promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE ALDAMA, MANZANA 1 LOTE 1, PREDIO DENOMINADO SITIO, COLONIA SAN PEDRO XALOSTOC Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 11.68 MTS. COLINDA CON ALFONSO TORRES FRAGOSO; AL SUR: 11.26 MTS. COLINDA CON JUAN TORRES; AL ORIENTE: 15.03 MTS.

COLINDA CON CALLE ALDAMA; AL PONIENTE: 13.14 MTS. COLINDA CON JUAN TORRES; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 172.27 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234283/48/17, C. SIRENIA

CAMARILLO PLACIDO, promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: PASO DE SERVIDUMBRE QUE COMUNICA A LA CALLE GASEODUCTO, MANZANA S/N, LOTE S/N, COLONIA SAN PEDRO XALOSTOC Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 10.75 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: 13.10 MTS. CON CALLE GASEODUCTO; AL ORIENTE: 6.67 MTS. CON PASO DE SERVIDUMBRE QUE COMUNICA A LA CALLE GASEODUCTO; AL PONIENTE: 11.70 MTS. CON PROPIEDAD PRIVADA; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 104.46 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

NO. DE EXPEDIENTE: 234253/49/17, C. AURELlA

SANCHEZ CABRERA, promovió Inmatriculación Administrativa, sobre un terreno ubicado en: CALLE ADOLFO LOPEZ MATEOS # 50, PREDIO DENOMINADO CUATLAPANCA, COLONIA SANTA CLARA Municipio de ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 6.32, 5.18 Y 7.32 MTS. CON EFIGENIA CABRERA PEREZ; AL SUR: 18.96 MTS. CON SEBASTIAN COLlN; AL ORIENTE: 4.45 Y 3.48 MTS. CON CALLE ADOLFO LOPEZ MATEOS Y EFIGENIA CABRERA P.; AL PONIENTE: 7.16 Y 1.05 MTS. CON SRA. SOCORRO GARRIDO ESCAMILLA Y EFIGENIA CABRERA PEREZ; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE: 124.53 METROS CUADRADOS.

EL C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley registral del Estado de México, en "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 21 de Abril del 2017.- ATENTAMENTE.- REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DE LOS MUNICIPIOS DE ECATEPEC Y COACALCO, ESTADO DE MEXICO, LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.

1897.- 15, 18 y 23 mayo.

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Página 20 15 de mayo de 2017

NOTARIA PUBLICA NUMERO 126 DEL ESTADO DE MEXICO CHALCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

El que suscribe Licenciado SALVADOR XIMENEZ ESPARZA, Notario Público Número Ciento Veintiséis del Estado de México, con residencia en Calle Capitán de la Rosa, número cinco, Colonia Centro, en el Municipio de Chalco, procedo a dar el aviso siguiente:

Que por Escritura Pública número 31,118, del volumen 535, de fecha 28 de abril del 2017, otorgada en el protocolo de la Notaria a mi cargo, hice constar: La Iniciación (Radicación) de la Sucesión Intestamentaria a bienes de la señora FELIPA CUELLAR GUZMAN, que formalizan como presuntos herederos, las señoras JORGE ANTONIO, ALICIA, PEDRO, ROSA MARIA, ANA LUISA y BLANCA ESTELA de apellidos RODRIGUEZ CUELLAR, en su carácter de descendientes directos de la de cujus; así mismo, quedo acreditado el fallecimiento y la inexistencia de disposición testamentaria otorgada por la de cujus. Manifestando que en su oportunidad formulara el inventario y avalúo de los bienes de la sucesión. Lo que AVISO para los efectos legales a que haya lugar.

Chalco, México, 09 de Mayo del 2017. LIC. SALVADOR XIMENEZ ESPARZA.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NUMERO 126 DEL ESTADO DE MEXICO.

1881.- 15 y 24 mayo.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 126 DEL ESTADO DE MEXICO

CHALCO, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

El que suscribe Licenciado SALVADOR XIMENEZ

ESPARZA, Notario Público Número Ciento Veintiséis del Estado de México, con residencia en Calle Capitán de la Rosa, número cinco, Colonia Centro, en el Municipio de Chalco, procedo a dar el aviso siguiente:

Que por Escritura Pública número 31,089, del volumen

534, de fecha 26 de abril del 2017, otorgada en el protocolo de la Notaria a mi cargo, hice constar: La Iniciación (Radicación) de la Sucesión Intestamentaria a bienes de la señora HERLINDA FLORES MARTINEZ, que formalizan como presuntos herederos, las señoras MARIA ARACELI y LETICIA de apellidos MORALES FLORES, en su carácter de descendientes directos de la de cujus; así mismo, quedo acreditado el fallecimiento y la inexistencia de disposición testamentaria otorgada por la de cujus. Manifestando que en su oportunidad formulara el inventario y avalúo de los bienes de la sucesión. Lo que AVISO para los efectos legales a que haya lugar.

Chalco, México, 08 de Mayo del 2017. LIC. SALVADOR XIMENEZ ESPARZA.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NUMERO 126 DEL ESTADO DE MEXICO.

1882.- 15 y 24 mayo.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 125 DEL ESTADO DE MEXICO

METEPEC, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Mediante Escritura 12,591 (doce mil quinientos noventa y

uno), del Volumen 243 (doscientos cuarenta y tres) Ordinario, de fecha nueve de mayo del año dos mil diecisiete, otorgada ante la

fe del Licenciado Jorge Ramos Campirán, Notario Público número 125 ciento veinticinco del Estado de México, SE RADICO LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORA BLANCA MARGARITA MONTES DE OCA TORRES; EL RECONOCIMIENTO, ACEPTACIÓN Y LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO, EL NOMBRAMIENTO Y ACEPTACIÓN DE HEREDEROS, ASÍ COMO LA ACEPTACIÓN Y PROTESTA DEL CARGO DE ALBACEA, a solicitud del señor GUILLERMO MANUEL MONTES DE OCA TORRES en su carácter de ALBACEA y HEREDERO UNIVERSAL, quien comparece en este acto con sus testigos los señores MARIBEL GUADARRAMA RAMÍREZ y SALVADOR GARDUÑO BAUTISTA.

Lo que doy a conocer en cumplimiento al título

cuarto, capitulo primero, sección segunda, de la Ley del Notariado del Estado de México y su Reglamento de la propia Ley.

Para su publicación de dos veces de 7 en 7 días.

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 125 CIENTO

VEINTICINCO DEL ESTADO DE MÉXICO.

LICENCIADO JORGE RAMOS CAMPIRAN.-RÚBRICA.

1886.- 15 y 24 mayo.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 18 DEL ESTADO DE MEXICO TLALNEPANTLA, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

En términos del artículo 70 del Reglamento de la Ley del

Notariado del Estado de México, hago constar que por escritura pública número 85,874, de fecha 30 de marzo del año 2017, otorgada ante la fe del suscrito notario, se radicó la sucesión intestamentaria a bienes del señor JOSÉ MARCOS JUÁREZ LÓPEZ, a solicitud de la señora TERESA ESPINOSA HERNÁNDEZ y de los señores JOSÉ MARCOS y FLOR LILIANA, ambos de apellidos JUÁREZ ESPINOSA, quienes aceptaron sujetarse a lo establecido en los artículos 126 y 127 de la Ley del Notariado del Estado de México, 68 y 69 de su Reglamento, para la tramitación extrajudicial de la sucesión intestamentaria de referencia, declarando que no tienen conocimiento de la existencia de disposición testamentaria alguna que haya otorgado el de cujus, ni de la existencia de persona alguna con igual o mejor derecho a heredar.

En dicho instrumento el suscrito Notario, dio fe de tener a

la vista la partida de defunción del autor de la sucesión y los documentos que acreditan el vínculo matrimonial con la señora TERESA ESPINOSA HERNÁNDEZ, así como el entroncamiento familiar en línea recta en primer grado de los señores JOSÉ MARCOS y FLOR LILIANA, ambos de apellidos JUÁREZ ESPINOSA.

Tlalnepantla, México, a 30 de marzo del año 2017.

LIC. MAURICIO TREJO NAVARRO.-RÚBRICA.

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO DIECIOCHO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN TLALNEPANTLA DE BAZ.

915-A1.- 15 y 24 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 21

NOTARIA PUBLICA NUMERO 102 DEL ESTADO DE MEXICO NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por escritura pública número 46,816 de fecha 26 de abril del 2017, otorgada ante la fe del suscrito Notario, se hizo constar LA RADICACIÓN DE TESTAMENTARIA, ACEPTACIÓN DE HERENCIA y ACEPTACIÓN DEL CARGO DE ALBACEA, en la sucesión testamentaria a bienes del señor RAUL MARTINEZ AGUIRRE, quien también era conocido como RAUL MARTINEZ Y AGUIRRE por la cual la señora MARIA YOLANDA ALONSO BARRAZA, en su carácter de CONYUGE SUPERSTITE Y UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, acepta la herencia instituida a su favor y el señor CELESTINO ALONSO BARRAZA, acepta el cargo de albacea, otorgado en dicha sucesión, lo anterior en términos de lo dispuesto por los artículos 126 y 127 de la Ley del Notariado del Estado de México y 70 de su Reglamento.

ATENTAMENTE

LIC. HORACIO AGUILAR ALVAREZ DE ALBA.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NO. 102 DEL ESTADO DE MEXICO.

911-A1.-15 y 24 mayo.

“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”

OFICINA REGISTRAL DE ECATEPEC

EDICTO

LA C. GRISELDA DIEGO ANDRADE, solicitó ante la Oficina Registral de Ecatepec, en términos del artículo 69 de la Ley Registral para el Estado de México y 93 de su reglamento, LA REPOSICIÓN de la Partida 266 Volumen 191 Libro Primero, Sección Primera, de fecha 07 de agosto de 1972, mediante Folio de presentación No. 1998.-

Referente A LA INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA NO. 16,770 OTORGADA ANTE LA FE DEL NOTARIO 2, DEL DISTRITO DE TLALNEPANTLA.- OPERACIÓN: PROTOCOLIZACIÓN PROMOVIDA POR IMPULSORA DE FRACCIONAMIENTOS POPULARES”, S.A., DEBIDAMENTE REPRESENTADO.- DE LAS AUTORIZACIONES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO.- LOS PLANOS AUTORIZADOS, Y LA LISTA DE LOTES Y MANZANAS DE QUE SE COMPONE EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “PARQUE RESIDENCIAL COACALCO, UBICADO EN ZONA URBANA DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL.- LA REPOSICIÓN ES UNICAMENTE RESPECTO AL INMUEBLE: UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO PARQUE RESIDENCIAL COACALCO, SECCIÓN SEGUNDA, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO, LOTE 14, MANZANA 70 CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS:

NORORIENTE: 16.80 MTS. CON LOTE 13.-

AL SURORIENTE: 8.75 MTS. CON MONTE ESCANDINAVOS.-

AL SURPONIENTE: 16.80 MTS. CON LOTE 15.-

AL NORPONIENTE: 8.75 MTS. CON LOTE 16.-

SUPERFICIE DE: 146.97 M2.

Y en atención a ello, se acordó autorizar a costa del interesado, dar aviso de la publicación de la reposición que nos ocupa, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y en el periódico de mayor circulación en el Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México.-Por tres veces de tres en tres días cada uno, en términos del artículo 95, del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México.-16 de diciembre del 2016.

A T E N T A M E N T E

LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA. JEFA DE LA OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC

1871.-15, 18 y 23 mayo.

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Página 22 15 de mayo de 2017

SEXTA SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. JUICIO ADMINISTRATIVO: 396/2015 EDICTO A: Karen Ramo Magaña, Leopoldo Cabrera Cervantes, María Eugenia Gutiérrez Montiel, Pablo Villanueva Valentín, Ángel Gilberto Patiño, Erick Jasso Alanís, Miguel Arredondo Murillo, Edgar Fernando Rosas Sánchez, Roberto Moreno Arriata, María Pilar Alarcón Pérez, Ana María Andrea Sánchez López, Edgar Jakob Díaz Paredes, Evelia Montoya Olivares, Anna Guillermina Avilés Torres, Teresa Patricia Guerra Braco, Carmen Guerra Braco, Luis Torres Hernández, Ramiro Martínez Velázquez, José Antonio Gutiérrez Carrillo, Rosa María Quiroz Aguilar, Carlos Pacheco Jiménez, Carolina Pérez Díaz, María Trinidad Rodríguez Bravo, María Guadalupe Cruz Amador, Carlos Vargas Gutiérrez, José Plaza Díaz, Guillermina Martínez Miranda, Felipe Cárdenas Reyes, Marcela Domínguez Romero, Manuel Pérez Suárez, Francisco Javier Ibarra Aguilar, María Pilar Hernández Hernández, Eduardo Martínez Hernández, Mario Martínez Serrano, Juan Carlos Ruiz Gómez, Lucrecia Campos González, María de la Luz Díaz Reséndiz, Reyna Morales Ruiz y Heriberto Montaño Martínez.

En el juicio administrativo número 396/2015, promovido por “INMOBILIARIA BELLAS LOMAS”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE SU APODERADA LEGAL WENDY LOZANO VELÁZQUEZ, en contra de actos de la REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE TLALNEPANTLA DEL INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO, en el cual se tuvo como acto impugnado el oficio número 227B13211/910/2015; por medio de la cual se emite la resolución relativa a la cancelación administrativa por caducidad de inscripción en el libro tercero, de fecha veinticinco de junio de dos mil quince, que se emite por parte del Instituto de la Función Registral del Estado de México, Oficina Registral de Tlalnepantla. Por acuerdo de fecha veinte de febrero de dos mil diecisiete, se ordenó emplazar a los terceros interesados Karen Ramo Magaña, Leopoldo Cabrera Cervantes, María Eugenia Gutiérrez Montiel, Pablo Villanueva Valentín, Ángel Gilberto Patiño, Erick Jasso Alanís, Miguel Arredondo Murillo, Edgar Fernando Rosas Sánchez, Roberto Moreno Arriata, María Pilar Alarcón Pérez, Ana María Andrea Sánchez López, Edgar Jakob Díaz Paredes, Evelia Montoya Olivares, Anna Guillermina Avilés Torres, Teresa Patricia Guerra Braco, Carmen Guerra Braco, Luis Torres Hernández, Ramiro Martínez Velázquez, José Antonio Gutiérrez Carrillo, Rosa María Quiroz Aguilar, Carlos Pacheco Jiménez, Carolina Pérez Díaz, María Trinidad Rodríguez Bravo, María Guadalupe Cruz Amador, Carlos Vargas Gutiérrez, José Plaza Díaz, Guillermina Martínez Miranda, Felipe Cárdenas Reyes, Marcela Domínguez Romero, Manuel Pérez Suárez, Francisco Javier Ibarra Aguilar, María Pilar Hernández Hernández, Eduardo Martínez Hernández, Mario Martínez Serrano, Juan Carlos Ruiz Gómez, Lucrecia Campos González, María de la Luz Díaz Reséndiz, Reyna Morales Ruiz y Heriberto Montaño Martínez, por edictos para que comparezcan si a sus intereses conviene, hasta el día de la celebración de la audiencia de ley, siendo ésta a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. Asimismo se les previene a los terceros interesados, para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES siguientes contados a partir de que surta efectos de notificación el presente acuerdo, señale domicilio dentro del MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, apercibida de que en caso de no hacerlo, se le tendrá como domicilio para oír y recibir notificaciones aún las de carácter personal LOS ESTRADOS DE ESTA SALA REGIONAL.-----------------------------------

En Atizapán de Zaragoza, Estado de México, a nueve de mayo del año dos mil diecisiete.------------------------------------

EL SECRETARIO DE ACUERDOS

MARÍA ELISA GODÍNEZ NECOECHEA MTRA. EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

(RÚBRICA).

912-A1.- 15 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 23

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Unidad de Asuntos Jurídicos Subdirección Jurídica Consultiva

Departamento de Responsabilidades “B”

“2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917”.

Expediente Número: OSFEM/UAJ/PAR-AO/105/16

ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACION DEL ESTADO DE MÉXICO

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE CITATORIO A GARANTÍA DE AUDIENCIA

C. Juan Manuel Leos Ugalde Director de Obras Públicas de Ixtapan de la Sal, México Administración 2013-2015. Presente

Se procede a notificar por edicto un extracto del oficio número OSFEM/UAJ/SJC/DR/955/2017, del 24 de abril de 2017, suscrito por el C.P.C Fernando Valente Baz Ferreira, Auditor Superior de Fiscalización del Estado de México, que contiene la citación a garantía de audiencia en el expediente número OSFEM/UAJ/PAR-AO/105/16: “…se le cita para…desahogar su Garantía de Audiencia…el treinta y uno de mayo del año dos mil diecisiete, a las diez horas con treinta minutos, en la oficina que ocupa la Unidad de Asuntos Jurídicos del…Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México…con la finalidad de que manifieste…respecto de los actos u omisiones presuntamente constitutivos de responsabilidad administrativa de carácter resarcitorio que se le atribuyen…en cuanto a su conducta de omisión, ya que…teniendo las atribuciones de administrar y ejercer, en el ámbito de su competencia de manera coordinada con la Tesorera Municipal, los recursos públicos destinados a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación, ejecución y control de la obra pública…artículo 96 bis, fracción IX, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, omitió cumplirlas…de la auditoría resultó…“REHABILITACIÓN DE PLAZA CÍVICA ESC. PRIM. 18 DE MARZO EN YERBAS BUENAS”…no hay documentación que compruebe trabajos ejecutados con el importe del anticipo…no existe…proyecto y trabajos definitivos…autorizados para…ejecución…“CONSTRUCCIÓN DE RED DE DRENAJE DE LA COMUNIDAD DE PRIMER ETAPA PUERTA GRANDE”…precios unitarios (costos directos)…pagos de conceptos…que no aseguran las mejores condiciones en cuanto a precio…la empresa INVERMEX Construcción y Maquinaria S.A. de C.V., consideró un precio mayor al que debe utilizarse para la ejecución del concepto de trabajo… “CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL CON PASTO SINTÉTICO, GRADAS, ANDADORES DE CONCRETO ESTAMPADO, PINTURA Y JARDINERÍA EN LA UNIDAD DEPORTIVA 10 DE AGOSTO”…cantidades de obra pagadas no ejecutadas…verificación física de la obra…existiendo diferencias entre las cantidades pagadas…y las cuantificadas por el grupo auditor… “PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO ESTAMPADO, CALLE PROLONGACIÓN IGNACIO ALLENDE, COLONIA 10 DE AGOSTO (REHABILITACIÓN DE PAVIMENTO, DRENAJE Y AGUA)”…precios unitarios (costos directos)…pagos…con precios…que no aseguran las mejores condiciones en cuanto a precio…concepto: Estampado de piso modelo a elegir…no se encontró evidencia de su aplicación…En la misma obra…precios unitarios (costos indirectos)…integración del cálculo de indirectos…la contratista, consideró dentro de su integración y cálculo, gastos que no debieron..haberse incluido en oficinas de campo en los apartados…II. Depreciación, mantenimiento y rentas…rubro II.g. Campamentos; III. Servicios…rubro de II.a. Consultores, Asesores, Serv. y Laboratorios; y IV. Fletes y acarreos…rubro de IV. a. de campamentos…en el expediente único de obra no se encontró evidencia de su aplicación y no se justifican…de acuerdo a los trabajos ejecutados…Así como por su conducta de acción…haber suscrito o firmado documentación directamente relacionada con la erogación de los recursos públicos…Así mismo…la documentación y argumentos presentados en la etapa de aclaración, no fueron suficientes ni procedentes para justificar la totalidad de las observaciones derivadas del pliego de observaciones…OSFEM/AECF/SAO/DAOMVM/082/14 de la Auditoría de Obra…”; observaciones que totalizan $155,370.10 (trescientos cincuenta y cinco mil trescientos setenta pesos 10/100 M.N.); y el Pliego Preventivo de Responsabilidad número OSFEM/UAJ/PPR-AO/105/16, de la misma fecha, que contiene las observaciones que conforman la auditoría de Obra al Municipio de Ixtapan de la Sal, México, practicada al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2013, dentro del cual se detallan los elementos que sirvieron de base para el fincamiento de las observaciones objeto del procedimiento administrativo resarcitorio.

Se pone a la vista y a su disposición para consulta el expediente y la documentación soporte, en las oficinas de la Unidad de Asuntos Jurídicos del

Órgano Superior de Fiscalización, en calle Mariano Matamoros número 124, planta baja, colonia Centro, código postal 50000, en Toluca, México, en

un horario hábil de lunes a viernes de las 09:00 hrs. a las 18:00 hrs.

Conforme a la fracción III del artículo 28 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México de aplicación supletoria a la Ley de

Fiscalización Superior del Estado de México, la presente notificación surtirá efectos legales, desde el día hábil posterior al de su publicación.

Por último, con fundamento en el artículo 25, fracciones II, segundo párrafo, y III del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México,

se le apercibe para que en el término de tres días hábiles siguientes a que surta efectos la notificación del presente, señale domicilio para oír y

recibir notificaciones en el territorio del Estado de México, caso contrario las siguientes notificaciones, aún cuando se trate de citaciones,

requerimientos y demás resoluciones o actos que puedan ser impugnados, se notificarán por estrados.

Publíquese por única ocasión en el periódico oficial del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” y en uno de los periódicos de

mayor circulación estatal, con fundamento en el artículo 26 fracción II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; en Toluca, México,

veinticuatro de abril de dos mil diecisiete.

Atentamente

El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Lic. Pedro González Benítez

(Rúbrica).

1868.-15 mayo.

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Página 24 15 de mayo de 2017

UNION DE TAXISTAS CAMPESINOS LIBRES INDEPENDIENTES RUTA 89, S.A. DE C.V.

C O N V O C A T O R I A

Con fundamento en lo dispuesto por la cláusula Décima sexta, vigésima, vigésima primera, vigésima segunda, vigésima tercera, vigésima cuarta, vigésima quinta y demás relativas de los estatutos sociales, en relación a lo dispuesto por los artículos 172 y 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se CONVOCA, a los Socios Accionistas de la Unión de Taxistas Campesinos Libres Independientes, Ruta 89, S.A. de C.V., para que asistan a la Asamblea General Ordinaria de accionistas, que se celebrara el día 03 del mes de Junio del año 2017, a las 11:00 horas; en el domicilio social de esta Agrupación, ubicado en Av. Pemex S/n, San Lorenzo Tlalmimilolpan, Municipio de Teotihuacán, Estado de México; de acuerdo al siguiente:

ORDEN DEL DIA I.- Lista de asistencia. II.- Instalación de la Asamblea. III.- Informe de la situación financiera de la empresa por el Tesorero. IV.- Tratar lo relacionado con la renuncia y sustitución del Tesorero de la empresa. V.- Tratar lo relacionado con la situación de la derrama destinada al pago de unidades robadas que termino en la semana 35 y toma de acuerdos. VI.- Aclaración de gastos y apoyo a los socios de las 6 unidades detenidas por la Autoridad de Transporte y toma de acuerdos. VII.- Tratar lo relacionado con la derrama que se destinara al pago de las últimas unidades robadas y toma de acuerdos. VIII.- Tratar lo relacionado y toma de acuerdos sobre el porcentaje de pago a unidades robadas y/o conceptos de pago (pago de unidad o pago de deducible). IX.- Asuntos Generales. Con fundamento en lo dispuesto por el articulo 186 y 191 de la Ley General de Sociedades mercantiles y en el caso de que la Asamblea General Ordinaria de la Unión de Taxistas Campesinos Libres Independientes Ruta 89, S.A. de C.V. a que se convoca, no llegará a celebrarse el día y hora señalados por cualquier motivo, incluido la falta de Quórum legal establecido en la cláusula Vigésima Cuarta de los estatutos, en este acto se fija como fecha de celebración de dicha Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Unión de Taxistas Campesinos Libres Independientes Ruta 89, S.A. de C.V., por segunda convocatoria el día 10 del mes de Junio del año 2017, a las 11:00 horas, en el domicilio social; en el entendido de que deberá desahogarse única y exclusivamente el orden del día señalado para la primera convocatoria.

Teotihuacán, Edo. de Méx. A los 10 días del mes de Mayo del año 2017.

A T E N T A M E N T E

POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION C. JUAN JOSE RIOS GONZALEZ

PRESIDENTE (RÚBRICA).

1870.-15 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 25

“2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917”

FE DE ERRATAS

DE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y CONTENCIÓN AL GASTO PÚBLICO DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, PUBLICADAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EL 10 DE MARZO DE 2017.

Dice: Debe decir:

Página 3

QUINTA. Acorde a lo establecido en el artículo 42 del Presupuesto de Egresos, los titulares de las dependencias y entidades públicas, deberán elaborar un Programa de Ahorro Anual, el cual será entregado a la Secretaría a través de la Dirección General de Planeación y Gasto Público, dependiente de la Subsecretaría de Planeación y Presupuesto, para su revisión y validación, a más tardar el 28 de febrero del presente año.

El Programa de Ahorro Anual deberá considerar, entre otros aspectos, proyectos de optimización de procesos internos, así como de aquellos relacionados con trámites y servicios, impulsando acciones de automatización, a fin de disminuir costos de operación como papelería, artículos de oficina, materiales de impresión, combustibles, energía eléctrica, telefonía, servicios de fotocopiado, entre otros, enfocados a maximizar el desempeño organizacional y la calidad del servicio.

Asimismo, los titulares de las dependencias y entidades públicas en la elaboración de dicho Programa deberán describir por partida específica de gasto, las acciones a implementar y medidas correspondientes para llevar a cabo su aplicación y cumplimiento, así como informar de manera mensual dentro de los primeros diez días hábiles posteriores al cierre del mes inmediato anterior, a la Secretaría a través de la Dirección General de Planeación y Presupuesto, así como a la Contraloría, a través de sus órganos de control interno. Dicho informe formará parte del resultado del avance del ejercicio presupuestario mensual, estipulado en el artículo 327-C del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

El informe deberá contener por capítulo de gasto y partida específica, lo siguiente:

1. Importe generado como ahorro por aplicación de estas Medidas, en el mes correspondiente, así como el monto acumulado al periodo informado y porcentaje que representa con respecto a la meta anual.

2. Cuantificación de los recursos resultantes de excepciones autorizadas a estas Medidas, describiendo la justificación de la no aplicación a lo estipulado en éste, así como los resultados y el impacto de la utilización de dichos recursos.

Página 3

QUINTA. Los titulares de las dependencias y entidades públicas deberán informar de manera mensual dentro de los primeros diez días hábiles posteriores al cierre del mes inmediato anterior, a la Secretaría a través de la Dirección General de Planeación y Presupuesto, así como a la Contraloría, a través de sus órganos de control interno, las acciones a implementar y medidas correspondientes para llevar a cabo la aplicación y cumplimiento del Programa de Ahorro Anual referido en el artículo 42 del Presupuesto de Egresos. Dicho informe formará parte del resultado del avance del ejercicio presupuestario mensual, estipulado en el artículo 327-C del Código Financiero del Estado de México y Municipios. El informe deberá contener por capítulo de gasto y partida específica, lo siguiente:

1. Importe generado como ahorro por aplicación de estas Medidas, en el mes correspondiente, así como el monto acumulado al periodo informado y porcentaje que representa con respecto a la meta anual.

2. Cuantificación de los recursos resultantes de

excepciones autorizadas a estas Medidas, describiendo la justificación de la no aplicación a lo estipulado en éste, así como los resultados y el impacto de la utilización de dichos recursos.

Página 3

DÉCIMA PRIMERA. Los recursos que resulten de disponibilidades presupuestarias de recursos estatales y propios, de las entidades públicas provenientes del ejercicio 2016 o anteriores, deberán ser depositados a la Caja General de Gobierno a más tardar el 28 de febrero de 2017.

Página 3

DÉCIMA PRIMERA. Los recursos que resulten de disponibilidades presupuestarias de recursos estatales y propios, de las entidades públicas provenientes del ejercicio 2016 o anteriores, deberán ser depositados a la Caja General de Gobierno a más tardar el 31 de mayo de 2017.

Página 4

DÉCIMA CUARTA. Para lograr el ahorro en el capítulo 1000 “Servicios Generales”, las dependencias y entidades públicas observaran lo siguiente:

Página 4

DÉCIMA CUARTA. Para lograr el ahorro en el capítulo 1000 “Servicios Personales”, las dependencias y entidades públicas observaran lo siguiente:

A T E N T A M E N T E

LIC. JOSÉ MANUEL MIRANDA ÁLVAREZ PROCURADOR FISCAL

(RÚBRICA). 1896.- 15 mayo.

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Página 26 15 de mayo de 2017

CONSEJERÍA JURÍDICA

“2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917.”

EDICTO

Toluca de Lerdo, Estado de México a 12 de mayo del año 2017.

EXPEDIENTE:

CI/CJEE/OF/008/2016

PROCEDIMIENTO: ASUNTO:

ACTUACIÓN DE OFICIO Se notifica resolución.

C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA. P R E S E N T E En los autos del expediente al rubro señalado, el Contralor Interno de la Secretaría General de Gobierno, tuvo a bien emitir el día de la fecha la resolución, que en los puntos medulares señala: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------

R E S U E L V E PRIMERO. LA C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, es administrativamente responsable de la irregularidad que le fue atribuida, al haber incumplido lo dispuesto por artículo 42 fracciones XXXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por la fracción VII del artículo 49 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, este Órgano de Control Interno impone a la C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, la sanción administrativa disciplinaria pecuniaria consistente en noventa veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente a partir del primero de febrero de dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día diez de enero del dos mil diecisiete, misma que equivale a la cantidad de $6,794.10 (seis mil setecientos noventa y cuatro pesos 10/100 M.N.), la cual deberá pagar en la Caja General de Gobierno del Estado o bien en cualquier institución bancaria o establecimiento autorizado para recibirlo, en estos últimos casos a través del Formato Universal de Pago que se podrá obtener en cualquier oficina de recaudación (Centros de Servicios Fiscales o Módulo de Atención al Contribuyente). Dicho recibo oficial de pago o el comprobante del banco o establecimiento autorizado en que se haya realizado el pago, así como el Formato Universal de Pago, deberán ser exhibidos ante esta autoridad dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 376 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, con el apercibimiento de que en caso de incumplimiento, se procederá a hacer efectivo el cobro mediante el procedimiento económico-coactivo de ejecución en términos del artículo 68 de la Ley citada. -------------------------------------- TERCERO. Se hace del conocimiento de la sancionada que, dentro del término de quince días siguientes al en que surta sus efectos la notificación de la presente resolución, tendrá el derecho de hacer valer los medios de defensa previstos por la Ley de la materia, ello con fundamento en lo dispuesto por el artículo 139 del Código de Procedimientos Administrativos vigente en la entidad.--------------------------------- CUARTO. Notifíquese la presente resolución a través de edicto a la C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, y por oficio a la Directora General del Instituto de la Defensoría Pública, así mismo a la Jefa del Departamento de Administración de Personal de la misma unidad administrativa, para el efecto de que se sirvan ejecutar la presente resolución, lo anterior, en términos del artículo 68 de la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- QUINTO. En términos del artículo 63 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, inscríbase la sanción impuesta a la sancionada en el Sistema de Registro de Sanciones de la Secretaría de la Contraloría y en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva este Órgano de Control Interno y en el expediente personal de la C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, una vez que la misma haya sido notificada, para que surta sus efectos legales procedentes.-------------------------------------------------------------------------------------

Así lo acordó y firma la Contralora Interna de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal.--------------------------------------------------------------------

LIC. KENIA NUÑEZ BAUTISTA

(RÚBRICA).

1897-BIS.- 15 mayo.

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15 de mayo de 2017 Página 27

FE DE ERRATAS DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A LOS CONCESIONARIOS, PERMISIONARIOS Y AUTORIZADOS PARA PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EN FECHA 24 de abril de 2017, SECCIÓN CUARTA.

Dice Debe decir

Página 3 ARTÍCULO 1. El presente Acuerdo tiene como finalidad otorgar a los concesionarios, permisionarios y autorizados del servicio público de transporte de pasajeros en el Estado de México, que se encuentren debidamente constituidos como sociedad mercantil, a partir del día cinco de junio y hasta el treinta de noviembre del año dos mil diecisiete.

ARTÍCULO 1. El presente Acuerdo tiene como finalidad otorgar beneficios fiscales a los concesionarios, permisionarios y autorizados del servicio público de transporte de pasajeros en el Estado de México, a partir del día cinco de junio y hasta el quince de septiembre de dos mil diecisiete.

ARTÍCULO 2. … I. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de cesión de derechos o cambio de titular de la concesión, que se refieran a las modalidades de servicio regular de pasaje colectivo y automóvil de alquiler de sitio, señalados de acuerdo a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, siempre y cuando se acredite que el titular de la concesión realizó la cesión de derechos ante Notario Público de manera irrevocable a una sociedad mercantil, en términos de lo dispuesto por el Libro Séptimo del Código Administrativo del Estado de México y del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México. II. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de la concesión por un año a partir de la fecha de vencimiento de la misma, en sus modalidades de servicio regular de pasaje colectivo y automóvil de alquiler de sitio para los vehículos año modelo 2005 en adelante, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

ARTÍCULO 2. … I. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de cesión de derechos o cambio de titular de la concesión, que se refieran a las modalidades de servicio regular de pasaje colectivo y automóvil de alquiler de sitio, señalados de acuerdo a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, siempre y cuando se acredite que se realizó la cesión de derechos de la concesión ante Notario Público de manera irrevocable a una sociedad mercantil o a un pariente consanguíneo o por afinidad en primer grado, en términos de lo dispuesto por el Libro Séptimo del Código Administrativo del Estado de México y del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México; de igual forma se aplicará el presente beneficio fiscal para las personas que se encuentren como beneficiarios en el título de concesión. II. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los adeudos por concepto de prórrogas en las concesiones vencidas en sus modalidades de servicio regular de pasaje colectivo y automóvil de alquiler de sitio para los vehículos año modelo 2005 en adelante, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios. De la misma forma, un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de prórroga de la concesión por un año contado a partir de la fecha de realización del trámite, en sus

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Página 28 15 de mayo de 2017

III. … IV. … V. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los derechos de refrendo anual de placas, actualizaciones y recargos de los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014 para vehículos de servicio público de transporte en todas sus clases, modalidades y tipos, por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

modalidades de servicio regular de pasaje colectivo y automóvil de alquiler de sitio para los vehículos año modelo 2005 en adelante, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios. III. … IV. … V. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los adeudos por concepto de derechos de refrendo anual de placas, actualizaciones y recargos de los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 para vehículos de servicio público de transporte en todas sus clases, modalidades y tipos, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios. De igual manera, un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de derechos por concepto de refrendo anual de placas del ejercicio fiscal 2017 para vehículos de servicio público de transporte en todas sus clases, modalidades y tipos, por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

ARTÍCULO 3. … I. Estar debidamente constituidos en sociedad mercantil mexicana con aportación irrevocable de las concesiones al patrimonio de las referidas sociedades y tener los legítimos derechos sobre las concesiones, permisos o autorizaciones, contar con protocolización de actas de asamblea actualizadas y sin juicios que se encuentren pendientes de resolución judicial.

ARTÍCULO 3. … I. Estar debidamente constituidos en sociedad mercantil mexicana con aportación irrevocable de las concesiones al capital social de las referidas sociedades y tener los legítimos derechos sobre las concesiones, permisos o autorizaciones, contar con protocolización del acta de asamblea en donde conste la última designación del órgano de administración de la sociedad, debidamente inscrita ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México, sin que haya sido impugnada y sin juicios que se encuentren pendientes de resolución judicial que versen sobre la titularidad de las concesiones, permisos o autorizaciones o su estatus legal. Para el caso de personas físicas titulares de concesiones, permisos y autorizaciones, deberán tener los legítimos derechos sobre las mismas.

ATENTAMENTE

LIC. EDMUNDO RAFAEL RANERO BARRERA SECRETARIO DE MOVILIDAD

(RÚBRICA).