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LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO Gobernador de Antioquia JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ QUIÑÓNEZ Secretario de Participación Ciudadana y Desarrollo Social Norman Ignacio Correa Betancur Director de Participación Ciudadana y Gestión Social Gustavo León Cardona Toro Coordinador Oficina Organismos Comunales Javier H. Ospina Arango Ilustraciones Maria Elena Arismendy diseño y Diagramación Imprenta Departamental de Antioquia Impresión Medellín, Marzo de 2008.

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Page 1: LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO JORGE ALBERTO … · Todos, ¡Manos a la Obra!, dentro de las líneas de Convivencia, Participación y Asociatividad, se convertirán en el punto de apoyo

LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO

Gobernador de Antioquia

JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ QUIÑÓNEZ

Secretario de Participación Ciudadana y Desarrollo Social

Norman Ignacio Correa Betancur

Director de Participación Ciudadana y Gestión Social

Gustavo León Cardona Toro

Coordinador Oficina Organismos Comunales

Javier H. Ospina Arango

Ilustraciones

Maria Elena Arismendy

diseño y Diagramación

Imprenta Departamental de Antioquia

Impresión

Medellín, Marzo de 2008.

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PRESENTACIÓN

La participación, es un proceso que implica que las comunidades se organicen funcional ylegalmente de manera adecuada, para atender el reto de construir capital social y mejorarlas condiciones de vida de sus afiliados y de sus comunidades. Este reto que debe asumircada día el sector comunal, será la mejor disculpa para provocar la discusión del papel delos comunales en la vida local municipal y en el desarrollo regional del Departamento deAntioquia.

Las Organizaciones de Base, entre ellas las Juntas de Acción Comunal, las Juntas de ViviendaComunitaria y las ASOCOMUNALES, hoy, pueden establecer acuerdos y alianzas queapalanquen los procesos de formación, institucionalización y promoción de la participacióny ser gestores reales del Desarrollo Local. La propuesta de este gobierno: Antioquia paraTodos, ¡Manos a la Obra!, dentro de las líneas de Convivencia, Participación y Asociatividad,se convertirán en el punto de apoyo inicial para que este proceso de construcción yampliación de la ciudadanía, se consolide.

Por eso, presentamos y entregamos de nuevo en esta tercera edición corregida ycomplementada, al sector comunal, a los alcaldes municipales y funcionarios responsablesde promover el desarrollo local y a la comunidad en general, la cartilla denominada, MANUALDEL COMUNAL ILUSTRADO, herramienta de consulta y trabajo permanente que leposibilitará a los nuevos líderes comunales en este cuatrenio, apropiarse de su papel comoactores del desarrollo, transformadores del territorio y generadores de bienestar para sucomunidad.

JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ QUIÑONEZSecretario de Participación Ciudadana y

Desarrollo Social

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

En este texto hemos adoptado las siguientes siglas:JAC: Junta de Acción Comunal / JVC: Junta de ViviendaComunitaria / ASOCOMUNAL: Asociación de Juntas de

Acción Comunal y de Vivienda Comunitaria.

Aparecen en cursiva las palabras que pueden prestarsea confusión, y por tanto se explican en el Glosario

Comunal que aparece al final del texto.

MANUAL DEL COMUNAL ILUSTRADO

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Comunales de 1° a 4° grado

¿Cómo se clasifican los organismos comunales?

Organismos comunales de primer grado: son las organizaciones debase que se pueden constituir en cualquier paraje, sector, vereda, caseríoo corregimiento (área rural) o en un sector, urbanización, manzana o barrio(área urbana). A este grado pertenecen las JAC y las JVC. El mínimo deafiliados requerido para las JAC rurales es de 20 y para las urbanas de 50.Para las JVC el mínimo de familias afiliadas es de 10.

Organismos comunales de segundo grado: son organizaciones quese pueden establecer en una comuna, corregimiento o municipio, con el60% de las JAC y de las JVC legalmente reconocidas en cada jurisdicción oterritorio. A esta clasificación pertenecen las Asociaciones de Juntas deAcción Comunal y de Vivienda Comunitaria (Asocomunales).

Organismos comunales de tercer grado: a esta clasificacióncorresponden las Federaciones de Acción Comunal y se pueden constituira nivel de zona, subregión o departamento.

Organismo comunal de cuarto grado: es la mayor entidad que asocia atodos los organismos comunales. Se llama Confederación Nacional deAcción Comunal y en el país sólo hay una.

Los organismos comunales están clasificados por grados, según diversascaracterísticas, así:

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Estas formas de organización comunitaria han surgido con el propósito desolucionar los problemas básicos de las comunidades. Promueven un

desarrollo integral, sostenible y sustentable, construido a partir del ejercicio dela democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad.

La Ley 19 de 1958 reconoce a las acciones comunales como organizacionescomunitarias legales o entidades jurídicas.

Son las leyes, decretos y resolucionesexpedidas en Colombia en función de laactualización, eficacia y funcionamientode los diferentes organismos comunalescomo organizaciones cívicas, sociales ycomunitarias de gestión social, sin ánimode lucro, de naturaleza solidaria, conpersonería jurídica y patrimonio propio.

¿Qué es la legislación comunal?

Son las normas que orientan a cadaorganismo comunal y establecen sufuncionamiento y procedimientos. Seorganizan en capítulos, artículos yparágrafos. Son adoptados y aprobados enla asamblea de afiliados de cada entidad.Cada organismo comunal debe establecersu propio reglamento interno de trabajo.

¿Qué son los estatutos?

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Destacamos las más importantes:

Ley 743 de 2002, desarrolla el artículo38 de nuestra Constitución Política,referida a los organismos comunales. ElProtocolo número 01 de 2002 orientafrente a la aplicación de esta Ley.

Ley 753 de 2002, autoriza a losdepartamentos para que deleguen lainspección, control y vigilancia a losmunicipios. La manera como puedenhacerlo se explica en el ProtocoloNúmero 02 de 2002.

Decreto 2350 de 2003, reglamenta laLey 743 de 2002.

Ley 537 de 1999 y su DecretoReglamentario 1774 de 2000, que lequita a las Cámaras de Comercio lafunción de registro de los organismoscomunales de 1° y 2° grado, y regresaesta función a los entes territorialesrespectivos.

Ordenanza Departamental 014 del 21 deagosto de 2001, dispone que las JAC nopaguen por los trámites legales.

En su ley

Decreto Nacional 4708 de 2005,establece que las JAC no pagarán elimpuesto de timbre nacional por laexpedición de la personería jurídica.

Ley 136 de 1994 y su artículo 143, elGobierno Nacional delega a losmunicipios especiales y de primeracategoría la competencia de inspección,control y vigilancia de los organismoscomunales de 1° y 2° grado.

Decreto Departamental 878 de 1991, porel cual el Gobierno Departamental deAntioquia delega en la Secretaría deDesarrollo de la Comunidad (hoySecretaría de Participación Ciudadana yDesarrollo Social) la inspección, controly vigilancia en lo que se refiere al registro(convalidación) de los actos queacometen los organismos comunales de1° y 2° grado.

Ley 52 de 1990 que delega la inspección,control y vigilancia de las JAC, JVC yASOCOMUNALES en los Departamentos.

Resolución 2070 de 1987, del Ministeriodel Interior, reglamenta los Decretos1930 de 1979, 2726 de 1980 y 300 de1987 (disposiciones varias).

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¿Qué normas rigen en la actualidad para estas organizaciones?

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Decreto 300 de 1987, del Ministerio,del Interior reglamenta parcialmentealgunos artículos del Decreto Ley 126de 1976.

Resolución 749 de 1981, expidereglamentos para las JAC y se atribuyenalgunas funciones.

Decreto 2726 de 1980, reglamentaparcialmente algunos artículos delDecreto Ley 126 de 1976 y se modificay adiciona el Decreto 1930 de 1979.

Decreto 1930 de 1979, expide lasnormas básicas de las JAC.

Resolución 110 de 1996, del Ministeriodel Interior, reglamenta el Decreto 1930de 1979 y modifica la Resolución 2070de 1987 (Consejos Comunales y cierrede libros de afiliados).

Constitución Política de Colombia de1991.

Estas normas, que en su totalidad oparcialmente están vigentes, se puedenconsultar vía internet en las dependenciascomunales de cada municipio. También, en laoficina 1006 (Organismos Comunales) de laGobernación de Antioquia.

Competencias y objetivos

En Antioquia la competencia deinspección, control, vigilancia y registrode las JAC, JVC y Asocomunales lascumple la Gobernación, por medio de laSecretaría de Participación Ciudadana yDesarrollo Social y de la SecretaríaGeneral. Esto es válido para 118municipios, porque los de Medellín, Bello,Copacabana, Envigado, Caldas, Itagüí yRionegro recibieron dicha competenciadel Ministerio del Interior y de Justicia.

Los principios de:

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Muy importante

¿Quién certifica la legalidad de estasorganizaciones?

Democracia

Autonomía

Libertad

Igualdad y respeto

Prevalencia del interés común

Buena fe

Solidaridad

Capacitación

Organización

Participación

¿Qué principios orientan a losOrganismos Comunales?

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Los organismos comunales, en general, sirven para:

¿Para qué sirven los organismos comunales?

Promover y fortalecer el sentido de pertenencia del individuo frente a su comunidad.

Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de lademocracia.

Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad.

Establecer canales de comunicación.

Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación,ejecución, administración y evaluación de programas y proyectos

Celebrar contratos con entidades públicas y/o privadas.

Crear y desarrollar procesos económicos de carácter colectivo y solidario.

Desarrollar procesos de tipo cultural, recreativo y deportivo.

Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales y colectivas.

Mantener permanentemente informada a la comunidad.

Promover y ejercitar las acciones ciudadanas y de cumplimiento.

Divulgar, promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos.

Generar y promover procesos de organización de la sociedad civil.

Promover y facilitar la participación en especial de las mujeres y losjóvenes.

Procurar una mayor cobertura y calidad en los servicios públicos y en laseguridad social.

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El logro de los objetivos propuestos

La defensa de los intereses de la comunidad

El diálogo y la comunicación

El trabajo en grupo o en equipo

La gestión para la canalización y adecuación de recursos a través deentidades territoriales y/o particulares

La participación de los organismos comunales en otras organizacionescomunales a nivel interno y externo

La integración para el trabajo comunitario con otras organizaciones

El conocimiento de las necesidades, dificultades y/o problemas de lacomunidad

El fomento de liderazgo en la comunidad

El establecimiento de actividades educativas y de capacitación

La creación y conformación de empresas de economía solidaria (comisionesempresariales)

El diseño y formulación de planes, programas y proyectos

La defensa de la vida, la integridad y los bienes de los miembros de lacomunidad

Llevar la vocería de la comunidad en asuntos de su competencia

El manejo y administración de uno o varios de los servicios públicos en ladefensa de los intereses de la comunidad.

¿Qué finalidad tiene un organismo comunal?

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Que la JAC o la JVC tenga personería jurídica y esté afiliada a la asociación medianteacta y copia del auto de reconocimiento de dignatarios.

Que los cuatro delegados (uno de ellos por derecho propio, el presidente) hayansido elegidos democráticamente.

¡Hágase comunal!

¿Qué se requiere para la afiliación a un organismo comunal?

Los requisitos dependen de la organización, así:

Para ingresar a una JAC:

Persona natural

Mayor de 14 años

Tener documento de identidad(tarjeta de identidad o cédula deciudadanía)

Residir en el territorio de la junta

No estar sancionadoPara ingresar a una JVC:

Sólo pueden hacerlo las familias que cumplan con los siguientes requisitos:

Que uno de los miembros de la familia sea mayor de 18 años.

Que ninguno de sus integrantes o miembros sea propietario de vivienda.

Estar dispuestos a inscribirse, participar y comprometerse, especialmente en lascomisiones de trabajo o empresariales.

Cumplir con otros requisitos dispuestos en los estatutos y reglamento interno detrabajo.

Que cada familia se haga representar por un delegado.

Para pertenecer a una Asocomunal:

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¿Cuál es el territorio de un organismo comunal?

JAC: de acuerdo con la división territorial que tenga definido el municipioen su sector rural (parajes, sectores, veredas, corregimientos, caseríos)y en el urbano (sectores, barrios, urbanizaciones, manzanas).

JVC: se define en los estatutos de acuerdo con la localidad o terrenodonde se vaya a ejecutar el programa de vivienda.

Asocomunal: se pueden conformar de acuerdo con la creación yfuncionamiento de comunas, corregimientos o municipio como tal y siel 60% de los organismos comunales de primer grado (JAC - JVC conpersonería jurídica) de cada jurisdicción están interesados en suconformación.

Cada organismo comunal definirá su territorio o radio de acción en el cumplimientode sus objetivos y funciones, así:

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MANUAL DEL COMUNAL

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Órganos vitales

¿Qué es un órgano comunal?

Es una manera de distinguir a los grupos que sedistribuyen el trabajo en cada organización, con susresponsables y según unas funciones específicas.

Igual que el organismo humano, el comunal debecontar con unos órganos que le den vitalidad, comolos siguientes:

Órgano de Dirección: Es la asamblea general de afiliados (debidamente inscritos yactivos).

Órgano de Administración: Es la Mesa o Junta Directiva, integrada por el presidente,vicepresidente, (según el caso), tesorero, secretario y los tres o más coordinadores de lascomisiones de trabajo y/o empresariales, o secretarios ejecutivos (Asocomunales). Muchaatención, que en la integración de la mesa directiva de una JVC no se elige vicepresidente,el tesorero puede ser el mismo coordinador de la comisión de trabajo de finanzas.

Órgano de Ejecución: Lo integra cada una de las comisiones de trabajo y/o empresariales,o secretarías ejecutivas.

Órgano de Control y Vigilancia: Es el fiscal de cada organismo comunal.

Órgano de Conciliación o de Justicia Comunal: Está integrado por tres o másconciliadores, siempre en número impar.

Órgano de Representación: Cada JAC y JVC se hace representar por cuatro delegados antela Asocomunal; de cinco delegados ante la Federación de Acción Comunal y de diezdelegados ante la Confederación Nacional de Acción Comunal. Para cada caso uno deellos, por derecho propio, será el presidente.

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Este es el organigrama de un organismo comunal

Quién hace qué

La integran todos los afiliados o representantes o delegados del organismo comunalrespectivo, debidamente inscritos y activos.

¿Quiénes integran la Asamblea General?¿Para qué sirve?

Es la máxima autoridad de la organización comunitaria.

Elige al presidente de cada asamblea general y a sus dignatarios por cambiode período o parcialmente.

Aprueba los planes y programas, presupuesto, contratos, estados financieros,balances, adopción y reforma de estatutos, reglamento interno y proyectosde inversión.

Determina la cuantía para la ordenación de gastos y según la naturaleza delos contratos, de acuerdo con los órganos y/o cargos respectivamente.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Analiza, planea y administra el trabajo de cada organismo comunal.

Ordena gastos y contratos de acuerdo con la cuantía determinada por laasamblea.

Aprueba su reglamento interno de trabajo y el de las comisiones de trabajoy/o empresariales, o de las secretarías ejecutivas.

Aprueba los proyectos, presupuestos y costo de la fianza del tesorero.

Coordina el trabajo de las distintas comisiones de trabajo o empresariales,o secretarías ejecutivas.

Presenta los informes, presupuestos y balances con base en los planes,programas o proyectos, de acuerdo con la naturaleza de la organización.

Estudia y propone la asignación de recursos de acuerdo con los proyectosde inversión y presupuesto.

Lleva los censos y datos estadísticos para determinar los diagnósticos conbase en las necesidades, problemas o dificultades de la comunidad para laformulación de planes, programas y proyectos.

Remover en cualquier tiempo y cuando lo considere conveniente cualquier dignatarioy ordenar, con sujeción a la Ley, la determinación de los contratos de trabajo.

Decreta la constitución o disolución de cada organismo comunal.

Crea y determina el número, nombre y coordinador para cada comisión detrabajo y/o empresarial, o secretaría ejecutiva.

Autoriza la disposición de bienes inmuebles.

Aprueba la afiliación o retiro ante un órgano de grado superior.

Determina la cuantía de la caja menor.

¿Quiénes integran la Mesa Directiva?¿Para qué sirve?

La Mesa Directiva está integrada por el presidente, vicepresidente, tesorero,secretario y cada uno de los coordinadores de las comisiones de trabajo y/oempresariales, o secretarios ejecutivos.

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Comunica la convocatoria para lasreuniones de asamblea y mesa directiva.

Es el responsable del manejo y cuidadode los libros de afiliados y de actas.

Lleva debidamente organizado el archivoy documentos de la organización.

Certifica sobre la condición de afiliadosal organismo comunal.

Secretario

Representa o es el representante legal de cada organismo comunal.

Ordena los gastos y contratos de acuerdo con la cuantía determinada por la asamblea.

Es uno de los delegados ante el organismo de grado superior.

Preside y dirige las reuniones de la mesa directiva y de asamblea general, exceptuandolas de elección de dignatarios y de reforma estatutaria.

Ordena la convocatoria para reuniones de mesa directiva y de asamblea.

Firma los documentos que dan legalidad a las actuaciones de la junta.

Es el ordenador de la caja menor.

Dirige los destinos de cada organismo comunal.

Coordina todas las actividades del organismo comunal.

Presidente

Las funciones del...

Reemplaza al presidente en susausencias temporales.

Coordina el trabajo de las comisiones detrabajo y/o empresariales, o secretaríasejecutivas.

Hace parte de las comisionesempresariales.

Coordina la función y gestión de losdelegados ante el organismo comunalde grado superior.

Vicepresidente

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Tesorero

Es el responsable del recaudo, cuidadoy manejo de los recursos y bienes delorganismo comunal.

Es el responsable del manejo y cuidadode los libros de tesorería e inventarios.

Maneja las cuentas bancarias y firma loscheques y documentos por movimientode dinero.

Hace los pagos autorizados.

Presenta informes periódicamente a laasamblea y a la mesa directiva.

Coordinador de la Comisión deTrabajo

Convoca a las reuniones y las preside.

Nombra un secretario para la comisióny conforma los grupos de trabajo.

Rinde informes de las gestiones yactividades desplegadas.

Elabora el presupuesto, según losproyectos o actividades que se van aejecutar.

¿Qué son las Comisiones de Trabajo?

Como mínimo, una JAC y una JVC debe crear y poner enfuncionamiento tres comisiones, según las necesidadesy dificultades que afecten a la comunidad. Todos losafiliados deben de pertenecer a una comisión de trabajoo empresarial, incluidos los dignatarios elegidos.

Cada comisión tiene un coordinador.

¿Para qué sirven las Comisiones Empresariales?

Las comisiones empresariales se crean y ponen en funcionamiento cuando la asambleade un organismo comunal decide adelantar actividades económicas o empresariales parala prestación de un servicio o producción determinados.

Por cada actividad económica se debe crear una comisión empresarial.

Cada comisión empresarial debe estar conformada por cinco afiliados como mínimo,incluido el vicepresidente por derecho propio. Entre ellos se nombra un coordinador.

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Trazan las políticas y estrategias empresariales.

Designan a un gerente o administrador y demás empleados para elfuncionamiento del proyecto o empresa.

Programan el sueldo que tendrán, según las utilidades percibidas.

Se reúnen al menos cada 15 días.

¿Qué hacen?

Fallecimiento del afiliado

Cambio de residencia

Renuncia

Pérdida de investidura

Inasistencia a las reuniones o falta departicipación, según los estatutos yel reglamento interno de trabajo.

¿Qué hace el fiscal de unorganismo comunal?

Cuida de que se cumplan las decisionestomadas.

Controla el manejo de bienes y recursos yentrega los informes necesarios.

Está pendiente de que se cumplan lasnormas, los estatutos y reglamentos.

Cita a reunión de asamblea cuando no lohace el presidente.

Refrenda con ocho días de anticipación elcierre del libro de afiliados cuando seconvoca a asamblea.

¿Qué papel cumple la Comisión deConvivencia y Conciliación?

Construye y preserva la armonía en lasrelaciones interpersonales y colectivas delorganismo comunal.

Surte la vía conciliatoria de todos losconflictos al interior de la organización.

Se hace cargo de los conflictos internosque puedan ser transados (negociados),donde pueda haber desistimiento, querellay conciliación.

Declara la desafiliación de alguno de losintegrantes del organismo comunal por:

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

El afiliado tiene derecho a:

Deberes que dan derechos

¿Cuáles son los derechos de un afiliado?

Elegir y ser elegidos para el desempeño de los cargos de los organismos comunaleso en representación de éstos.

Participar y opinar en las deliberaciones y votar.

Fiscalizar la gestión económica de la organización.

Asistir a las reuniones de la mesa directiva, con voz pero sin voto.

Participar de los beneficios de la organización.

Participar en la elaboración del programa de la organización y exigir su cumplimiento.

Participar de la revocatoria del mandato a los elegidos, si es del caso.

Recibir la certificación de las horas dedicadas a la prestación del servicio socialobligatorio, en el caso de los bachilleres.

Estar inscrito y participar activamente enlas comisiones de trabajo y/oempresariales, o secretarías ejecutivas.

Conocer y cumplir los estatutos yreglamentos internos de trabajo.

Asistir a las reuniones de asamblea generaly participar en sus deliberaciones, votarcon responsabilidad y trabajaractivamente.

¿Y qué deberes tiene?

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¡Vamos a elegir dignatarios!

¿Cómo se elige un dignatario?

Los dignatarios se pueden elegirmediante dos sistemas:

de Planchas

de Listas

Los cargos se asignan de acuerdo con el cuociente electoral (número de votos que senecesitan para acceder a un cargo) y en su defecto por su(s) residuo(s) mayor(es). Estaelección debe hacerse en los siguientes cinco bloques, por separado:

Cuando los afiliados participantes en la asamblea presentan plancha única o sólo una listapara cada bloque, la elección será válida si la votación para cada bloque es igual o mayor ala mitad más uno de los votantes.

Bloque uno: Mesa Directiva (presidente, vicepresidente, tesorero y secretario)

Bloque dos: Fiscalía (fiscal)

Bloque tres: Comisión de convivencia y conciliación (tres o más integrantes,en número impar). Se llaman conciliadores.

Bloque cuatro: Coordinadores de las comisiones de trabajo y/o empresariales(mínimo tres coordinadores o secretarios); cada comisión o secretaría tieneun nombre.

Bloque cinco: Delegados al organismo comunal de grado superior (en elcaso de las JAC y JVC se eligen cuatro para la Asocomunal; cinco si es para laFederación de Acción Comunal y diez para la Confederación).

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Los votos nulos no se tienen en cuenta para definir el cuociente electoral; los votos enblanco, sí.

En caso de empate entre los aspirantes a un cargo, de acuerdo con los residuos, laasamblea en pleno tomará la decisión final, según las reglas del juego establecidas.

El cuociente electoral se aplica cuando el bloque u órgano esté integrado por dos omás miembros.

Los candidatos para ocupar los cargos deben ser afiliados inscritos y activos, o delegadosal organismo comunal. Tienen que estar presentes en el momento de la elección.

Para que una decisión sea válida, sobre todo en la elección de dignatarios porcumplimiento de período (cambio total), o por reemplazo de uno o varios de susdignatarios dentro del período (cambio parcial), se debe contar con un númerodeterminado de afiliados o delegados (inscritos y activos) presentes en la reunión.Esto es lo que se conoce con el nombre de quórum. Las normas vigentes planteantres clases:

Cuando al momento de tomar una decisión y al hacer la votación están presentes lamitad más uno de los afiliados al organismo comunal.Si al momento de tomar una decisión o hacer la votación para la elección de dignatariosno están presentes la mitad más uno de sus afiliados, hay que esperar a que transcurrauna hora, después de la cual se integra válidamente con la presencia del 30% o más desus afiliados.

Quórum deliberatorio

Quórum decisorio

Quórum supletorio.

¿Cuándo hay quórum deliberatorio?

Cuando al momento de llamar a lista están presentes el 20% de los afiliados. En estecaso se puede comenzar la reunión según el orden del día establecido.

¿Cuándo existe quórum decisorio?

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Quórum supletorio

Si no se conforma el quórum decisorio el día señalado, debe hacerse la reunión enlos quince días siguientes. Entonces el quórum decisorio sólo se conformará conno menos del 20% de sus miembros.

El quórum supletorio no se puede aplicar:

Cuando se van a adoptar o reformar los estatutos para laconstitución y disolución de los organismos comunales

Para los actos de disposición de bienes

Para las asambleas de juntas de vivienda comunitaria

Reuniones por derecho propio.

Para los casos anteriores se requiere, además de estar presentes la mitad más unode los afiliados, que sus 2/3 partes estén de acuerdo con la decisión.

¿Qué tipo de reuniones existen?

las ordinarias las extraordinarias por derecho propio

¿Qué se debe tener en cuenta al elegir dignatarios?

Con anterioridad se debe conocer qué cargos se van a proveer o a elegir.

Quince días antes de la fecha de elección se debe nombrar e integrar un Tribunal deGarantías. Sus integrantes se escogen en la asamblea general o en su defecto en unareunión amplia de afiliados. Este tribunal estará integrado por tres afiliados o delegadosal organismo comunal, quienes no pueden aspirar a los cargos a proveer ni ser dignatariosen ese momento o período anterior. Este tribunal debe elegirse cada vez que la organizaciónvaya a elegir a uno o a varios dignatarios para la organización, de acuerdo a cada órgano.Además tiene la función de velar por la transparencia antes y durante la elección dedignatarios; estar presentes, pendientes y haciendo cumplir, entre otras, las siguientescondiciones:

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Una vez elegidos los integrantes del Tribunal de Garantías se deben aprovechar estosquince días, según el sistema de elección escogido por el organismo comunal, para quelos afiliados elaboren las planchas o listas con sus respectivos candidatos. También, paradar a conocer a la comunidad los planes o programas que van a ejecutar durante superíodo de mandato, haciendo una especie de proselitismo o campaña electora comunal.

Ocho días antes a la elección de dignatarios, el fiscal debe refrendar o cerrar el Libro deAfiliados, de acuerdo con el último afiliado o delegado inscrito. Debe dejar una nota conla información sobre lugar, fecha, hora y su firma, como constancia de lo actuado.

Parentesco: Al momento de elaborar las planchas o listas se debe de tener presente queentre los candidatos y posibles dignatarios a ser elegidos no haya incompatibilidades porparentesco (hasta 4° grado de consanguinidad, 2° de afinidad y primero civil).

La Comisión de convivencia y conciliación de la Asocomunal tiene competencia paraconsiderar los casos especiales y darles viabilidad, si se presentan en las JAC y JVC delárea rural.

Afiliados aptos para votar

Inscripción y presentación de las planchas o listascon anterioridad, previo lleno de requisitos

Convocatoria para la reunión de elección

Verificación de los respectivos quórum

Desarrollo adecuado del proceso de elección

Proceso de votación (votos, urnas)

Escrutinios y sus resultados

Velar y garantizar el juego limpio y transparente (superar conflictos y diferencias,manteniendo la armonía).

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Cuando no exista organismo comunal de segundo grado, esta certificación puedeser expedida por una autoridad competente (Personero o Inspector de Policía)

¿Por qué debe hacerlo la Comisión de convivencia y conciliación? Porque esteorganismo es el encargado de velar por la armonía y el buen funcionamiento delorganismo como tal.

Un ejemplo de elección de dignatarios de una JAC:

Supongamos que una JAC tiene registrados en el libro respectivo a 75 afiliados,pero se presentan 45 al llamado a lista. Se puede proceder con la elección porquese cumple con el quórum decisorio.

Siguiendo con el ejemplo, hagamos de cuenta que:

El sistema de elección escogido por estatutos o conanterioridad fue el de planchas

Se verificó la presentación de las mismas con suscandidatos

Éstos están afiliados al organismo comunal

Tienen su documento de identidad en regla

Aceptan voluntariamente la postulación por parte detres afiliados

Aparece su nombre en una sola plancha por bloque y

Están presentes en la reunión.

Sigamos imaginando que se procedió a la votación en secreto y que arrojó los siguientesresultados:

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Presidente

Vicepresid.

Tesorero

Secretario

Bloque uno: Mesa Directiva

Plancha N° 1

Fabio Olarte T.

Ester Villa N.

Octavio Flórez H.

María Taborda S.

15.395.035

21.620.308

8.325.688

70.833.121

Albañil

Modista

Agricultor

Ama de casa

CargoCargoCargoCargoCargo NombreNombreNombreNombreNombre No. de cédulaNo. de cédulaNo. de cédulaNo. de cédulaNo. de cédula OcupaciónOcupaciónOcupaciónOcupaciónOcupación

Presidente

Vicepresid.

Tesorero

Secretario

Plancha N° 2

Esperanza Cuartas V.

José M. Hernández A.

Sonia Bustamante T.

Gilberto Arias B.

21.626.031

42621305

22.031.205

15.376.320

Educadora

Comerciante

Ama de Casa

Minero

CargoCargoCargoCargoCargo NombreNombreNombreNombreNombre No. de cédulaNo. de cédulaNo. de cédulaNo. de cédulaNo. de cédula OcupaciónOcupaciónOcupaciónOcupaciónOcupación

Sometida a la votación la plancha 1 obtuvo 15 votos y la plancha 2, 25 votos. Sepresentaron 3 votos en blanco y 2 votos nulos.

Para definir los cargos y sus responsables se procede a definir el cuociente electoral(número de votos que se necesita para tener derecho a un cargo).

De los 45 afiliados que votaron se consideran como votos válidos 43, (los votos nulosno se tienen en cuenta).

Dividimos los 43 votos por el número de cargos a proveer, para este caso (Mesa Directiva)cuatro cargos. El resultado del cuociente electoral es de 10. Luego se toma el resultadode la plancha que más votos alcanzó, o sea la N° 2 con 25 votos. 25 lo divido por 10(cuociente electoral), dando como resultado que tiene derecho a los 2 primeros cargoso sea al de presidente y al de vicepresidente, quedando con un residuo de 5.

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Se continúa con la plancha que le sigue en votos o sea la N° 1 queobtuvo 15 votos; éstos los divido por 10 que es el cuocienteelectoral. El resultado es que tiene derecho a un cargo, o sea altercero (tesorero), con un residuo también de 5.

Queda pendiente por definir a cuál plancha le corresponde el cuartocargo (secretario), que no se alcanzó a elegir por cuocienteelectoral. Entonces se le asignaría a la plancha que tiene el mayorresiduo, pero como ambas planchas tienen igual residuo (5), lospresentes definen cómo asignar dicho cargo (si esta situación nose previó con antelación).

La mesa directiva queda integrada por el presidente y vicepresidente de la plancha N° 2,el tesorero de la plancha N° 1 y el secretario se define de acuerdo con el mayor residuode cada plancha.

Se puede concluir:

Si se presentan a la vez los candidatos para loscinco (5) bloques, a los votantes se les debe darla oportunidad de poder votar por cada uno deellos por separado, implementando igual númerode urnas para la votación. Otra alternativa es quecada voto tenga diseñadas las cinco casillas paravotar (una por bloque), así:

Igual procedimiento se hará concada uno de los bloques,exceptuando el de la fiscalía quese define por el mayor númerode votos, porque sólo tiene unintegrante.

43

03

4

10

25

5

10

2

15

5

10

1

Bloque N°. 1Mesa

Directiva

Bloque N°. 2Fiscal

Bloque N°. 3Comité de

convivencia yconciliación

Bloque N°. 4Coordinadorde comité de

trabajo

Bloque N°. 5Delegados a

Asocomunal oFederación

PLANCHAN°.

PLANCHAN°.

PLANCHAN°.

PLANCHAN°.

PLANCHAN°.

VOTO EN BLANCO VOTO EN BLANCO VOTO EN BLANCO VOTO EN BLANCO VOTO EN BLANCO

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Cuando en el municipio, corregimiento o comuna no exista elorganismo de grado superior, no hay necesidad de elegir los delegadosa éste.

En el sistema por planchas, de acuerdo con la votación y resultadospor el cuociente electoral y sus residuos, se asigna y respeta el cargocon su respectivo candidato de acuerdo con el orden de presentación.

En el sistema por listas, sólo se postulan los candidatos de acuerdocon el número de cargos a proveer por bloque, quedando elegidos(con base al cuociente electoral y sus residuos); los que ocupen losprimeros renglones respectivamente. Después de conocer los elegidosindistintamente de cada bloque, éstos se reúnen y entre los mismosse asignan los cargos, especialmente para los bloques de mesadirectiva y coordinadores de las comisiones de trabajo o empresariales.

Un afiliado a la organización comunitaria, que esté presente en elproceso de elección, sea candidatizado y resulte elegido, sólo puededesempeñar un cargo en la organización; no puede presentarse laduplicidad de cargos. Esto sólo se permite cuando también es elegidocomo delegado ante el organismo comunal de grado superior.

Es muy importante tener en cuenta:

Se propician espacios de concertación y de transparencia

Se originan procesos de participación que son autónomos y democráticos.

Las minorías pueden tener su representación, de acuerdo con la votación, en cada unode los órganos que hacen parte del organismo comunal.

Existe mayor autonomía para que el afiliado tome decisiones mediante voto secreto.

Las ventajas de elegir dignatarios por cualesquiera de estos dos sistemas:

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La primera será adelantada por el organismo comunal de grado superior y deacuerdo con lo establecido en los estatutos.

Impugnar es reclamar

¿Qué puede ser objeto de impugnación?

La elección de dignatarios comunales

Las decisiones adoptadas por los órganos dedirección, administración y vigilancia de lasorganizaciones comunales.

¿Qué procedimiento se sigue?

El trámite de impugnación se cumple en dos instancias:

La segunda instancia se utiliza en los casos de apelación, de acuerdo con elfallo expedido. Será de conocimiento de la entidad encargada de la inspección,control y vigilancia del organismo comunal que desarrolló la primera instancia.El fallo inicial será expedido en un término no mayor de cuatro meses, contadosa partir del momento en que el organismo de grado superior avoca elconocimiento de la impugnación. Si ésta es en contra de la elección dedignatarios, o de una decisión del órgano de dirección, administración ovigilancia de una JAC, JVC, Asocomunal o Federación que no tiene organismocomunal de grado inmediatamente superior, el proceso lo desarrollará enprimera instancia quien ejerza la inspección, control y vigilancia respectiva. Encaso de apelación que proceda contra los actos dictados con fundamento enlas normas vigentes, será avocada por el Gobernador si procede de los alcaldesy por el Ministerio del Interior y de Justicia si procede de los gobernadores.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

¡Cuidado con su personería!

¿Por qué se puede sancionar o cancelar una personería jurídica?

Se puede suspender el reconocimiento jurídico hasta por noventadías, por el incumplimiento a las disposiciones legales, estatutariaso reglamentarias.

Una personería jurídica se cancela por:

Decisión propia de los afiliados o delegados reunidos en asamblea general.

Por decisión de la entidad que ejerce la inspección, control y vigilanciamediante resolución motivada

Por el incumplimiento reiterado de las disposiciones legales.

Por inactividad total o imposibilidad de cumplir con el objeto social.

Por el mal manejo y utilización inadecuada de bienes y recursos de laorganización, previo el debido proceso.

La cancelación se produce posterior a la suspensión.

Nota

Cuando las JVC hayan cumplidocon su objetivo social debensolicitar a la entidad que ejerceinspección, control y vigilancia,la cancelación de su personeríajurídica, el nombramiento delliquidador y la posterioraprobación de la liquidacióntotal de la entidad.

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¿Para qué los libros?

Cada organismo comunal debe

manejar, como mínimo, cuatro libros

de tamaño oficio, empastados y

numerados.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Su manejo y cuidado es responsabilidad del secretarioLibro de afiliados y libro de actas

*Delegado ante un Organismo Público o Privado.Nota: Las 14 casillas se deben distribuir en dos páginas a lo ancho del libro de afiliados del Organismo Comunal.

Libro de actas de un organismo comunal

Libro de Afiliados de un organismo comunalLibro de Afiliados de un organismo comunalLibro de Afiliados de un organismo comunalLibro de Afiliados de un organismo comunalLibro de Afiliados de un organismo comunal

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Su manejo y cuidado está bajo la responsabilidad del tesorero

Libro de tesorería y libro de inventarios

Libro de inventarios de un Organismo Comunal

Los libros deben ser registrados ante la entidad que tiene la competencia de inspección,control y vigilancia. En nuestro caso, en la Dirección de Asesoría Legal y de Control -Secretaría General de la Gobernación de Antioquia (piso 10, oficina 1011 Tel: 3839036) Las comisiones empresariales llevan su propia contabilidad y también hacenregistrar los libros o soportes respectivos. Si este requisito no se cumple, los librospierden su validez en el caso de un proceso de investigación.

Libro de tesorería de un organismo comunal

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

¡Pilas con estos trámites!

¿Cómo hacer la inscripción total o parcial de dignatarios?

Envíe a la Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo Social, oficina deOrganismos Comunales, piso 10, oficina 1006, los siguientes documentos:

Solicitud de inscripción legal de dignatarios, dirigida a la Secretaría yfirmada por el presidente y el secretario de la organización (electos).

Acta de la elección de dignatarios firmada por el presidente ysecretario de la asamblea, y de los tres integrantes del Tribunal deGarantías que actuaron en dicho procedimiento.

Listado sobre el total de afiliados a la organización que estén inscritosy activos, con: número de orden, nombres y apellidos, número delos documentos de identidad y su lugar de expedición, fecha denacimiento y la profesión u oficio de cada afiliado.

Certificado sobre parentesco (si lo hay, expedido por la comisiónde convivencia y conciliación del organismo comunal de gradosuperior

¿Y en el caso de una reforma estatutaria?

Envíe a la dirección anotada, los siguientes documentos:

Solicitud pidiendo la aprobación de reforma estatutaria, dirigida a laSecretaría y firmada por el presidente y secretario de la organización(electos).

Acta en la que se aprobó la reforma de estatutos firmada por elpresidente y secretario de la asamblea.

Listado sobre el total de afiliados a la organización que estén inscritosy activos, con: número de orden, nombres y apellidos, número delos documentos de identidad y su lugar de expedición, fecha denacimiento y la profesión u oficio de cada afiliado.

Copia de los estatutos reformados y aprobados, firmados por elpresidente y secretario de la asamblea.

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Lo que usted necesita para:NOTA: «Si no se presenta la totalidad de los requisitos exigidos y hasta tanto ello seefectúe, la entidad de inspección, control y vigilancia denegará la inscripción y elreconocimiento de la personería jurídica al organismo comunal solicitante» (Parágrafo1° del Artículo 4° del Decreto Reglamentario N° 2350 de 2003).

«Sin el reconocimiento de personería jurídica por parte de la entidad deinspección, control y vigilancia, el organismo comunal no puede desarrollar su

objeto social ni ejercer legalmente sus derechos ni contraer obligaciones»(Parágrafo 2° del Artículo 4° del Decreto Reglamentario N° 2350 de 2003).

1. Conseguir la personería jurídica para una JAC

Si ya se cumplieron y se llenaron los requisitos del caso, se deben presentar lossiguientes documentos en original, debidamente diligenciados y firmados por losresponsables de cada acto. Se entregan en el archivo de la Gobernación de Antioquia(sótano):

1. Oficio de la JAC solicitando la expedición de resolución de reconocimientoJurídico (personería jurídica), firmado por el presidente y secretario electos ydirigido a la Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo Social, oficina1006 (Gobernación de Antioquia).

2. Acta de constitución, de adopción de estatutos y elección del Tribunal de Garantíasde la junta, firmada por el presidente y secretario de dicha asamblea.

3. Copia en original de los estatutos adoptados y aprobados en asamblea deafiliados, firmados por el presidente y secretario de esa asamblea.

4. Copia del acta de elección de dignatarios (acto que se produce quince (15) díasdespués de la elección del Tribunal de Garantías), firmada por el presidente ysecretario de dicha asamblea y Tribunal de Garantías.

Si la reforma de estatutos se hizo por cambio de razón social (nombre) y/o modificacióndel territorio, se debe adjuntar un certificado expedido por el alcalde y jefe dePlaneación, sobre el caso.

Muy importante

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

5. Listado de afiliados fundadores con: número de orden, nombres y apellidos,documento de identidad y lugar de expedición, fecha de nacimiento y oficioo profesión.

6. Certificado firmado por el alcalde y jefe de Planeación municipal sobre: radiode acción (territorio), en donde se indique que esta JAC no es segregación deotra, no invade territorio de otra JAC y que no se opone ni en todo ni en partea la Ley, las normas vigentes, y a los estatutos y reglamento interno de laorganización.

7. Oficio en donde se indique la aceptación de cargos de cada uno de losdignatarios elegidos (nombres y apellidos, N° de los documentos de identidady lugar de expedición, cargo y firma).

8. Original de la consignación por trámite de personería jurídica, de acuerdocon las tarifas oficiales establecidas (se debe adjuntar a la papelería que sepresenta).

( Estas juntas tienen una vigencia de dos (2) años, pudiéndose postergar por seis(6) meses más, si no se ha conseguido el terreno para desarrollar el proyecto, casocontrario se presumirá que la junta está inactiva).

1. Solicitud de la organización interesada firmada por el Presidente y Secretarioelectos, dirigida a la Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo Social.

2. Copia del acta de constitución, aprobación adopción de estatutos y, deelección de los integrantes del Tribunal de Garantías para la elección dedignatarios de la junta firmada por el Presidente y Secretario de la Asamblea.

3. Acta de elección de dignatarios de la junta firmada por el Presidente ySecretario de la asamblea y los integrantes del Tribunal de Garantías.

4. Oficio indicando la aceptación de cargos de los dignatarios elegidos connombres y apellidos, documento de identidad y lugar de expedición, cargo yfirma.

Conseguir la personería jurídica para una JVC

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5. Certificado del alcalde y jefe de planeación municipal sobre su creación, sitiene terreno o no y el área en que se va a ejecutar el programa de vivienda.

6. Copia en original de los estatutos adoptados y aprobados en asamblea,firmados por el presidente y secretario de dicha reunión.

7. Copia del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por la Asamblea Generaly firmados por el presidente y secretario de dicha asamblea.

8. Listado de los Representantes de cada una de las familias afiliadas a la Junta,indicando el número de orden, nombres y apellidos, número del documentode identidad y su lugar de expedición, fecha de nacimiento y oficio o profesión.

9. Hojas de vida de los Dignatarios elegidos.

• Nombres y apellidos completos.

• Cargo en la Junta de Vivienda Comunitaria.

• Lugar y fecha de nacimiento.

• Identificación.

• Estado civil.

• Profesión u oficio.

• Ocupación.

• Estudios.

• Dirección de la residencia.

• Firma

10. Relación sobre la composición y otros datos de las familias fundadoras,teniendo presente lo contemplado en los estatutos.

11. Original de las consignaciones realizadas por la prestación de dichos serviciosy de acuerdo a las tarifas oficiales establecidas, adjuntas a la papeleríapresentada.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Conseguir la personeria jurídica para una ASOCOMUNAL

1. Solicitud de la asociación interesada y firmada por el Presidente ySecretario General electos y dirigida a la Secretaría de ParticipaciónCiudadana y Desarrollo Social.

2. Copia del acta de constitución (la afiliación de no menos el sesentapor ciento – 60%- de las J.A.C. y J.V.C. existentes en su territoriointeresadas en pertenecer a dicha asociación), de aprobación yadopción de estatutos y de elección de los integrantes del Tribunalde Garantías para la elección de dignatarios, firmada por el presidentey secretario de la asamblea.

3. Copia en original de los estatutos adoptados y aprobados por laAsamblea de Juntas afiliadas y sus delegados, firmados por elpresidente y secretario de la asamblea.

4. Acta de elección de dignatarios de la asociación, firmada por elpresidente y secretario de la asamblea y por los integrantes del Tribunalde Garantías.

5. Oficio en donde se indique la aceptación de cargos de los dignatarioselegidos de la asociación nombres y apellidos, documento deidentidad y lugar de expedición, cargo y firma.

6. Fotocopias de cada uno de los autos de inscripción legal de dignatariosde cada una de las juntas fundadoras (afiliadas), con el fin de verificarque cada junta está debidamente reconocida y actualizada y cuales sonlos delegados elegidos y reconocidos por cada organización, expedidospor la Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo social de laGobernación de antioquia.

7. Listado por juntas afiliadas, cada una con sus cuatro (4) delegados,con: número de orden, nombres y apellidos, documento de identidady lugar de expedición, fecha de nacimiento y oficio o profesión.

8. Certificado del alcalde municipal sobre la existencia de dichaorganización y que ésta no se interpone en todo, ni en parte, a otraasociación existente en la localidad.

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2. R2. R2. R2. R2. Reformar los estatutos de una JAeformar los estatutos de una JAeformar los estatutos de una JAeformar los estatutos de una JAeformar los estatutos de una JAC por modificación territorialC por modificación territorialC por modificación territorialC por modificación territorialC por modificación territorial

El Artículo 2° del Decreto Reglamentario N° 2350 de 2003 establece:

«Constitución de una junta de acción comunal en un mismo territorio. Las entidadesde inspección, control y vigilancia autorizarán la constitución de más de una juntade acción comunal en un mismo territorio, siempre y cuando se den las siguientescondiciones:

a) Que la junta cuente con el número mínimo de afiliados requeridos para la constitucióndel organismo comunal, sin que ello afecte la existencia de la Junta previamenteconstituida, y

b) Que la extensión del territorio dificulte la gestión del organismo comunal existente;que las necesidades de la comunidad que constituya la nueva junta de acción comunalsean diferentes de las del resto del territorio, o que exista una barrera de tipo físicoque dificulte la interacción comunitaria.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

El Artículo 12°, sobre territorio, en su literal f) de la Ley 743 de 2002 dice que el territoriode la Asocomunal será la comuna, corregimiento, localidad o municipio, en términosdel Código de Régimen Municipal.

El Artículo 1°, literal f) del Decreto Reglamentario N° 2350 de 2003, para los efectos dela constitución de una Asocomunal requiere para su conformación un número pluralsuperior del sesenta por ciento (60%) de las JAC y JVC existentes en su territorio.

Así que para la actualización de estos procedimientos cada organismo comunalinteresado debe cumplir con lo siguiente:

Parágrafo 1°. Con el fin de verificar las anteriores condiciones, la entidad de inspeccióncontrol y vigilancia citará y escuchará al representante legal de la junta de acción comunalexistente. Si transcurridos diez (10) días hábiles, contados a partir de la citación, elrepresentante legal no lo atendiere, se entenderá que está de acuerdo con laconformación de la nueva junta. El concepto del representante legal de la junta existenteno será de obligatoria observancia, se tendrá como un elemento de juicio por parte dela entidad de inspección, control y vigilancia para tomar la decisión respectiva.

Parágrafo 2°. La junta de acción comunal ya constituida conservará la titularidad sobreel patrimonio comunal adquirido antes de la conformación de la nueva junta».

3. R3. R3. R3. R3. Reformar los estatutos de una Asocomunal por modificación territorialeformar los estatutos de una Asocomunal por modificación territorialeformar los estatutos de una Asocomunal por modificación territorialeformar los estatutos de una Asocomunal por modificación territorialeformar los estatutos de una Asocomunal por modificación territorial

Solicitud pidiendo la segregación de territorio del organismo comunal deprimero o segundo grado interesado, dirigida a esta dependencia y firmadapor el presidente y secretario electos. Cuando se cumpla con lo anterior yse tenga el visto bueno o apruebe, por parte de esta Secretaría, a la juntamadre o la junta de donde se va a hacer dicha segregación se le ordenaráproceder al respecto, cumpliendo con los siguientes requisitos y/odocumentos (anexar copia de la respectiva autorización):

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Cuando se cumpla y se presenten los documentos para el estudio y revisión, y se obtenga laaprobación y por tanto se expida y obtenga copia del acto administrativo (Resolución) sobredicha segregación de territorio por parte de la entidad que ejerce la inspección, control,vigilancia y registro (Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo Social), la JAC oAsocomunal nueva(s) interesada(s) en la constitución y expedición de personería jurídicapodrá proceder al respecto, cumpliendo con los procedimientos y requisitos del caso.

Acta de Asamblea General de afiliadosfirmada por el presidente y secretario dela misma, en donde se analizó dichasegregación (en esta sesión debe participarla mitad más uno de los afiliados inscritosy activos, según el caso y de éstos, quelas 2/3 partes estén de acuerdo con lasdecisiones tomadas) y, en la que conste:

Por qué se van a segregar.

Determinar cómo quedaría elterritorio del organismo, comunalinteresado, definiendo sus límites (radiode acción).

Aprobación de la Asamblea Generalde afiliados o delegados, sobre lasreformas introducidas a los estatutos deacuerdo con los capítulos y artículoscorrespondientes.

Copia en original de los estatutosreformados (según los capítulos y artículosmodificados), aprobados en la asambleade afiliados debidamente firmados por elpresidente y secretario que presidierondicha reunión.

2 Listado de los afiliados con que queda laorganización comunal (número de orden,nombres y apellidos, documento deidentidad y lugar de expedición, oficio oprofesión); la organización comunal nodebe quedar con un número inferior deafiliados al exigido en las normas vigentes.

Certificado sobre el radio de acción(territorio) con el que queda el organismocomunal madre, en donde se indique queno invaden territorio de otros organismoscomunales, firmado por el alcalde y jefede Planeación municipal.

Mapa en donde se ubique el territorioglobal de la organización comunal madrey se señale el espacio o territorio que seva a segregar o dividir, con sus límites delos sectores colindantes.

Original de la consignación por pago dedicho trámite (sólo para asocomunales) yde acuerdo con las tarifas oficialesestablecidas, anexándolas a ladocumentación presentada.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

4. Reformar los estatutos de una JAC o Asocomunal por ampliación de territorio

Solicitud del organismo comunal dirigido a esta dependencia firmada por elpresidente y secretario electos.

Solicitud firmada por un mínimo de diez (10) interesados en el territorio quese va a anexar, expresando el deseo de vincularse a dicho organismo comunal.

Acta de la asamblea general donde se plantea la necesidad de ampliar dichoterritorio, decisión que ha sido aprobada por la mayoría, con las reformas delcaso a los estatutos, según los capítulos y artículos correspondientes (en estaasamblea general debe participar la mitad más uno de los afiliados inscritos yactivos, según el caso, y de éstos que las 2/3 partes estén de acuerdo con lasdecisiones tomadas).

Certificado del nuevo radio de acción (territorio) firmado por el alcalde y jefede Planeación del municipio y que éste no invade territorio de otra organizacióncomunal y que no es segregación.

Original de los estatutos reformados y aprobados, en donde esté consignadoy se indiquen los cambios realizados, firmados por el presidente y secretariode la Asamblea General.

Original de la consignación como pago por dicho trámite (si es del caso) y deacuerdo con las tarifas oficiales establecidas, anexándolas a la documentaciónpresentada.

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Solicitud del organismo comunal interesado, dirigida a la Secretaría deParticipación Ciudadana y Desarrollo Social firmada por el presidente y secretarioelectos.

5. Reformar los estatutos por otros motivos

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Solicitud de la organización comunal interesada, firmada por el presidente ysecretario electos, dirigida a la Secretaría de Participación Ciudadana y DesarrolloSocial.

Acta de la asamblea general de afiliados en donde se apruebe dicho cambio y seindique la nueva razón social con la que quedaría dicha organización comunal yen la que participen la mitad más uno de los afiliados legalmente inscritos y activos,y que de éstos, las 2/3 partes estén de acuerdo con las modificaciones o ajustesque se le desea hacer a los estatutos, indicándolos en los capítulos y artículoscorrespondientes, firmada por el Presidente y Secretario de dicha asamblea.

Certificado del alcalde y jefe de Planeación municipal respectivos, en el que seindique cómo queda la razón social de dicho organismo comunal y/o copia delproyecto de acuerdo, resolución o decreto municipal en donde se indique ycontemple dichas modificaciones.

Copia de la personería jurídica del organismo comunal solicitante.

Original de las consignaciones como pago de dicho trámite (si es del caso) y deacuerdo con las tarifas oficiales establecidas y anexándolas a la documentaciónpresentada.

Acta de la asamblea general de afiliados de la organización comunal solicitante,en la que participen la mitad más uno de los afiliados legalmente inscritos yactivos, y que de éstos, las 2/3 partes estén de acuerdo con las modificacioneso ajustes que se le desea hacer a los estatutos, indicándolos en los capítulos yartículos correspondientes.

Original de los estatutos con las reformas introducidas y firmados por el presidentey secretario de la asamblea en donde fueron reformados y aprobados.

Original de las consignaciones como pago por dicho trámite (si es del caso) y deacuerdo a las tarifas oficiales establecidas y anexas a la documentaciónpresentada.

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6. Si la reforma de estatutos es por cambio de razón social

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Por una sola vez, se debe consignar a nombre de ENCARGO FIDUCIARIODEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en cualquiera de estos bancos y su valor,esta sujeto a las tarifas asignadas para cada año.

¿Y cuánto hay que pagar?

¿Qué vale la expedición de la personería jurídica para una JAC?

Banco Popular, cuenta N° 191-72104-2.

Banco Agrario, Cuenta N° 1303-702048-0.

Banco BBVA, Cuenta N° 299-01004-1.

Los trámites de inscripción total o parcial de dignatarios, expedición decertificados de existencia y representación legal y constancias en general,se hacen en la Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo Social,oficina 1006 de la Gobernación de Antioquia.

Los de registro de libros, en la Secretaría General - Dirección de AsesoríaLegal y de Control. piso 10, oficina 1011,Tel: 383 9036, Gobernación deAntioquia.

Según la Ordenanza 014 del 21 de agosto de 2001 estos servicios notienen costo alguno para las JAC.

ATENCIÓN QUEATENCIÓN QUE...

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Pago por impuesto de Timbre Nacional (Ministerio de Hacienda, de acuerdo a latarifa vigente).

Este dinero se consigna en el Banco Popular, en la cuenta Nº 19104298-5, anombre de la Tesorería General del Departamento de Antioquia. Luego, el originalde la consignación se debe presentar en la oficina de Organismos Comunales(1006) de la Secretaría de Participación Ciudadana y Desarrollo Social, donde seexpide la constancia respectiva. Dicha constancia se entrega luego en el primerpiso (Secretaría de Hacienda), donde elaboran la certificación final. Ésta se adjuntaa la papelería, según los requisitos vigentes, y se hace radicar en el sótano delmismo edificio.

También se deben hacer los siguientes pagos, en los bancos y cuentas ya indicadospor:

También deben pagar por la expedición de resolución por reforma de estatutos yotras, en los bancos y cuentas ya señalados, a nombre de Encargo FiduciarioDepartamento de Antioquia.

Igual procedimiento, se cosigna por la inscripción total o parcial de dignatarios y porla expedición de certificados de existencia y representación legal y constancias engeneral (de acuerdo a las tarifas vigentes).

Expedición de Resolución de Personería Jurídica:

Inscripción de Dignatarios:

Certificado de existencia y representación legal:

¿En qué otros costos incurren las JVC y Asocomunales?

¿Y cuánto cuesta para una JVC y/o Asocomunal?

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

MODELO O GUÍAPARA LA FORMULACIÓN Y ELABORACIÓNDEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

DE UNA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL O ASOCOMUNAL

Todo organismo comunal que pretenda garantizar la funcionalidad y eficienciapara el cumplimiento de sus objetivos, debe actuar y mantenerse dentro de unmarco que no supere lo legal, sin ignorar lo práctico, debe definir un conjunto dereglas o normas que propicien un óptimo funcionamiento al interior de laorganización y al rol y procedimientos que deban asumir y cumplir sus integrantes.

• Se puede formular un Reglamento Interno de Trabajo general paratoda la organización o por separado para cada órgano.

• Las JUNTAS DE VIVIENDA COMUNITARIA por norma, deben de teneraprobado el Reglamento Interno de trabajo desde el inicio de susactividades y para el trámite de la personería jurídica.

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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

MUNICIPIO:________________________________SUBREGIÓN:_______________________________ORGANISMO COMUNAL (J.A.C. o ASOCOMUNAL):_______________________________________________________________PERSONERÍA JURÍCICA N°:_______________DEL____________________OTORGADA POR:______________________________

OBJETIVO.

Poner en manos de la organización una herramienta práctica que faciliteun desempeño más claro, ágil y eficaz de quienes hacen parte de ella,desde sus afiliados hasta los diferentes dignatario y los residentes delárea de su jurisdicción, que ayuden a la interpretación y comprensión dela normatividad contemplada en la legislación comunal vigente y en losestatutos.

PROPÓSITOS:

Trazar y definir pautas que conlleven al manejo adecuado de losrecursos que tiene y maneja la organización.Fijar reglas claras para el desempeño de quienes integran los distintosórganos internos de la organización.Definir los procedimientos administrativos para el funcionamientointerno de la organización.Definir normas disciplinarias que orienten el correcto desempeñode los afiliados.Garantizar el buen funcionamiento y el desarrollo de las reunionesde los distintos órganos.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

REGLAMENTO GENERAL

1. Para los afiliados o delegados.

Los derechos y deberes consignados en los Estatutos, establecen el carácter democráticoconsagrado en los principios de respeto y participación que deben ser observados y acatadospor sus afiliados o delegados. Los miembros de una organización, son la razón de ser deésta, en este caso son el recurso indispensable para poder hacer «Acción Comunal».

1.1 Para poder ejercer los derechos y deberes dentro de cualquiera de los OrganismosComunales, es indispensable, acreditar su pertenencia mediante la inscripción voluntariaen el libro de afiliados o delegados.

1.2 La asistencia a las asambleas y/o reuniones de los distintos órganos, debe ser personaly es indelegable.

1.3 Los afiliados o delegados que no asistan a las reuniones en las que esténcomprometidos, deberán presentar excusa por escrito, justificando su ausencia, de locontario su falta se la considerará para efectos disciplinarios.

1.4 Sin incurrir en menoscabo de sus derechos y los principios de la organización, le estáprohibido a los afiliados o delgados:

- Presentarse a las asambleas o reuniones en estado de embriaguez.- Hacer el uso de la palabra sin que le sea concedido por la persona que está

presidiendo o coordinando la reunión.- Delegar en otra persona la participación en las asambleas o reuniones y eventos

en los que sea delegado a nombre de la organización.- Hablar y actuar en nombre de la organización, sin la previa autorización de la

asamblea o delegación de alguno de sus órganos.- Provocar situaciones de bochorno que desvíen el curso de las discusiones previstas

en el orden del día, inciten al desorden y atenten contra el normal desarrollo delas reuniones.

- Retirarse de las reuniones, sin autorización o causa justificada.- Comprometer el nombre de la organización a nivel externo, o la participación e

intervención en las reuniones y asambleas, de personas o instituciones, sin laprevia consulta con la mesa directiva de la Organización.

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2 Para Las reuniones.

Las reuniones de los afiliados o delgados en cualquiera de las condiciones a que cadauno corresponda, constituyen el más importante espacio donde se determina el actuarde la organización en sus distintos órganos. Las reuniones pueden ser: Reuniones deAsamblea, reuniones de todos sus dignatarios, reuniones de mesa directiva, reunionesde las diferentes Comisiones de trabajo o empresariales. Las reuniones de asambleason de dos (2) clases: Las de afiliados o delegados y las de residentes.

2.1 Las reuniones de asamblea general de afiliados o delegados son las reunionesdonde se toman las máximas decisiones del organismo comunal respectivo.

2.2 Las reuniones ordinarias se realizarán según lo previsto en los estatutos en elArtículo________.

2.3 Las Asambleas serán dirigidas por el presidente del organismo comunal, salvo loscasos en que se vayan a elegir dignatarios.

2.4 Excepto en las reuniones de asambleas que se puede esperar hasta una horapara cumplir con el quórum decisorio, todas las reuniones de los distintos órganoscomenzarán máximo _____minutos después de la hora señalada; después deesta hora, se considerará retardo.

2.5 Todas las reuniones, incluidas las de asamblea de afiliados o delegados, y demesa directiva, tendrán una duración máxima de ____horas, si de acuerdo altema tratado se hace necesario continuar, deberá proponerse y aprobarse unaprórroga que no podrá ser superior a _____minutos.

2.6 Las reuniones de asamblea de afiliados o delegados, de mesa directiva ycomisiones de trabajo o empresariales, se realizarán en el lugar que oficialmentese establezca como sede, previa coordinación.

2.7 Excepto en las reuniones de asamblea general convocadas para elección dedignatarios o las asambleas de carácter extraordinario de los diferentes órganos,por lo menos ______minutos del tiempo establecido para la reunión, se debedestinar a la lectura o capacitación sobre un tema previamente seleccionado.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

2.8 Salvo las reuniones extraordinarias que tienen un solo objetivo, las demás reuniones deasamblea, se desarrollarán teniendo en cuenta el siguiente esquema de orden del día:

• Verificación del quórum.• Himno de la Acción Comunal.• Reflexión.• Comentarios, discusión y aprobación del acta anterior.• Presentación de informes.• Temas centrales a tratar.• Proposiciones y varios.• Decisiones tomadas.• Clausura.

NOTA: En los temas centrales se incluye la revisión de las tareas o compromisos,desarrollo del tema de interés o de capacitación y la intervención de los invitadosespeciales.

3. Para las intervenciones.

Para el logro de los objetivos propuestos en una reunión, se fundamenta en sus resultados,que son los aportes y conclusiones a que llegan los asistentes con las intervenciones y suparticipación, que para un mejor control se debe de cumplir y tener presente lo siguiente:

3.1 Las Intervenciones serán otorgadas por quien presida la reunión.

3.2 La Intervención de los afiliados o delegados en cualquiera de las reuniones enunciadasanteriormente, tendrán una duración máxima de ____minutos y no podrá hacerse másde dos (2) intervenciones sobre un mismo tema.

3.3 Los coordinadores de las diferentes comisiones o demás personas que vayan a rendirinformes, podrán hacer su intervención por espacio de ____ minutos.

3.4 Según los temas a tratar, el organismo comunal representado en sus diferentes órganosy sus integrantes se reserva el derecho de aprobar o no las intervenciones o incluso desuspenderlas si lo considera necesario.

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3.5 La intervención de personas no afiladas o no delegadas y de entidades, deberá seraprobada por mesa directiva o el órgano reunido, previa solicitud del interesado porescrito con un mínimo de ______días antes de la reunión donde se quiere participar.Estas Intervenciones tendrán una duración máxima de _____minutos y en una mismareunión se permitirán como máximo dos (2) intervenciones de este tipo.

3.6 Si se juzga pertinente y el tema requiere de más tiempo del inicialmente destinado,se someterá a consideración de los asistentes la decisión de ampliar o no el tiempode la intervención.

3.7 Con el fin de que las reuniones sean ágiles y para su adecuado desarrollo, losparticipantes en ella podrán hacer uso de las mociones de: Interpelación, orden,suficiente ilustración. Con éstas, se busca solicitar a quien interviene, una explicacióno aclaración de un concepto, idea o comentario. Ejemplo: Proponerle al presidenteo coordinador que invite a la asamblea a mantener un adecuado comportamiento;al expositor, que se centre en el tema propuesto; al presidente, que someta aconsideración de la asamblea, claridad y suficiente ilustración sobre el tema que sediscute.

4. Para el manejo de los libros

Los libros son los soportes que debe tener y llevar un organismo comunal, ordenados pornorma y absolutamente necesarios para la buena marcha de la organización como tal.

4.1 Fuera de los que para su mejor funcionamiento interno implemente este organismocomunal, como lo son:______________________;oficialmente se debe contar con lossiguientes libros: De afiliados, de actas de asambleas y de mesa directiva, deinventarios, de tesorería y de caja menor.

4.2 Cada comisión llevará su propio sistema de registro que garantice la sistematizaciónde sus acciones.

4.3 El libro de actas también puede ser utilizado por medio de folios debidamenteregistrados y deben ser archivados en fólderes debidamente empastados porperiodos.

4.4 Todos estos libros deben hacerse registrar ante la autoridad competente que ejerzala competencia de inspección, vigilancia y control y, visados por el fiscal del organismocomunal.

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MANUAL DEL COMUNAL

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4.5 Los libros que llevan las comisiones de trabajo deben ser registrados por la mesadirectiva y refrendados con la firma del vicepresidente.

4.6 Los libros de afiliados o delegados y de actas serán de responsabilidad en sutenencia y manejo por parte del secretario de la organización; los de tesorería einventarios, por parte del tesorero. (Opcional: Ninguno de los libros enunciadospodrán ser retirados de la sede sin el visto bueno del presidente y revisor fiscal).

4.7 Los Libros que lleva cada comisión, serán manejados por sus respectivoscoordinadores quienes serán los responsables del manejo de los mismos.

4.8 El registro de las actas se hará llevando un número de orden consecutivo. Para suplena validez como documento de constancia de lo actuado, deberá estar firmadopor el presidente y secretario de la reunión; para el caso de elección de dignatarios,esta acta debe de llevar las firmas de los integrantes del tribunal de garantías.

4.9 Cualquiera de los libros, podrá estar a disposición de los afiliados o delgados,previa solicitud por escrito dirigida a la mesa directiva o ante el responsable dellibro respectivo, pero la consulta por parte del interesado tendrá que hacerse anteel responsable del manejo del libro y si es del caso dentro del lugar donde reposaéste y con la presencia de algunos de los miembros que la mesa directiva defina.

4.10 Durante el periodo de elección de dignatarios, el libro de afiliados estará disponibleen: ______________________________________________.

5. Para la sede de operaciones

5.1 La sede oficial para las operaciones de la organizaciónserá__________________________,la cual podrá ser utilizada por todos sus órganosinternos previa coordinación.

5.2 Tendrán llaves de la oficina: __________________________________, ellos serán losresponsables por el uso de las mismas.

5.3 En la oficina sede, permanecerá(n) copia(s) de las llaves de todos los bienesinmuebles y muebles que la organización tenga bajo su custodia, vigilancia y control,pero el uso de las mismas, sólo podrá ser autorizado por________________________________.

5.4 Cuando alguno de los responsables, deje extraviar una llave, por su cuenta, deberáasumir el cambio de claves y/o chapas y otros y la reproducción de las mismas.

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6. Para el manejo de la correspondencia:

La correspondencia escrita, los informes, memorandos, boletines, etc. se constituyen en losmecanismos de información importantes en el funcionamiento de la organización y susórganos, por lo tanto merecen toda la atención, responsabilidad y cuidado en su manejo.

6.1 A través del secretario(a), el organismo comunal llevará registro ordenado de lacorrespondencia enviada y recibida.

6.2 Todo comunicado que salga a nombre de la organización o alguno de sus órganos, enlo posible deberá hacerse en papel membreteado con sus respectivas firmas de losresponsables y sellos (si se tienen), dejando una copia legible del mismo para el archivo.

6.3 Cuando sean las comisiones o secretarías ejecutivas, las que dirijan alguna comunicaciónexterna solicitando algo, ésta además, deberá ir firmada por el vicepresidente.

6.4 Toda comunicación que se entregue, la copia debe tener la firmar de recibido.

6.5 Toda comunicación que se reciba se le debe colocar la fecha y la hora en que se recibióy los nombres y apellidos de quien entrega y recibe.

6.6 Toda correspondencia que se reciba debe dársele el trámite que corresponda.

7. Para los actos del organismo comunal y sus órganos.

7.1 Las decisiones de la organización que deban hacerse públicas, se denominaránresoluciones y como tal se publicarán identificándolas con numeración ascendente detres dígitos por año.

7.2 Las decisiones de la Comisión de Convivencia y Conciliación se llamarán fallos.

7.3 La organización emitirá boletines informativos internos con el fin de publicitar susacciones y promover sus programas y actividades, el nombre del mismo se escogerámediante concurso y la periodicidad de su edición será cada_______días (o meses).

7.4 Cada uno de los integrantes de la organización, se hace responsable por las declaracionese informaciones que se den por fuera las autorizadas.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

8. Para el manejo de los recursos.

8.1 Los recursos en dinero que maneje la organización, serán administrados por el tesoreroconforme a las normas contables exigidas.

8.2 Quien desempeñe el cargo de tesorero deberá tener vigente una póliza de manejocuya cuantía, según el caso, será determinada en la reunión de mesa directiva.

8.3 Los dineros que ingresen a la organización, serán depositados en una cuenta bancariao de ahorros. Cuando se ponga en funcionamiento una comisión empresarial, contrato,convenio o se ejecute algún proyecto, se abrirá una cuenta corriente aparte para elmanejo del mismo.

8.4 Las cuentas de la organización se registrarán con las firmas del presidente y tesoreroy, opcional un miembro más, escogido por la mesa directiva, diferente al fiscal. Pararetirar dinero se requiere como mínimo dos (2) de las tres (3) firmas registradas.

8.5 Según los estatutos, el tesorero será el encargado de manejar la menor con un montohasta de _____días de salario mínimo mensual legal vigente (DSMMLV).

8.6 Los dineros recaudados por las comisiones de trabajo y/o secretarías ejecutivas, seránadministrados por el tesorero de la organización pero se invertirán únicamente paralos fines y actividades que por mayoría disponga la comisión o secretaría que losrecolectó.

8.7 La mesa directiva está facultada para ordenar gastos hasta por el equivalente a_______salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) conforme a lo aprobadoen los estatutos.

8.8 El presidente está facultado para ordenar gastos hasta por el equivalente a ____salariosmínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) conforme a lo aprobado en los estatutos.

8.9 El tesorero administrará la caja menor.

8.10 La organización reconocerá gastos de representación a sus dignatarios o afiliadoscuando éstos actúen en nombre y/o por delegación de la misma, por el montoequivalente al valor del transporte según las tarifas oficiales de las empresas o flotasoficiales, más el equivalente a ____días de salario mínimo mensual legal vigente(DSMMLG) para la alimentación y ____ días de salario mínimo mensual legal vigente(DSMMLG) para el alojamiento cuando se demuestre la necesidad de pernoctar.

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9. Para el control de bienes inmuebles

9.1 La organización a través de su mesa directiva, administrará los bienes inmuebles de supropiedad y los que construya y consiga con el esfuerzo y la participación de laComunidad.

9.2 Los bienes que otras entidades privadas o públicas les otorgue o para la administraciónde los que se den en comodato.

9.3 Los que la comunidad o particulares le entreguen para su manejo en calidad de préstamoo donación; los locales tendrán sus funciones de uso específico, y para cada uno setendrá un reglamento de manejo y funcionamiento que será elaborado por la mesadirectiva.

9.4 El organismo comunal comisionará una (1) persona que tendrá la responsabilidad dellevar un cronograma y registro de uso de los inmuebles, y se encargará de hacercumplir los reglamentos.

10. Para el control de los bienes muebles.

10.1 Para ejercer un efectivo control de los bienes muebles al servicio de la organización, semantendrá un inventario actualizado y registrado en el libro de inventarios.

10.2 Todos los bienes muebles serán marcados con una marca que los identifique.

10.3 La organización tendrá un banco de herramientas para servicio de la comunidad ydesarrollo de los convites y otros.

10.4 El manejo de los bienes muebles como del banco de herramientas, se hará a través delestablecimiento de un reglamento de uso y manejo y de un (1) responsable que garanticeel correcto manejo y control de los mismos, el cual será nombrado por la mesa directivay rotado cada ______meses.

10.5 El préstamo de las herramientas o bienes muebles de la organización deberá serautorizado en reunión de mesa directiva.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

11. Del régimen disciplinario.

Constituyen objeto de sanción entre otros, los siguientes hechos:

11.1 Irrespeto a los afiliados o delegados y los dignatarios.

11.2 La falta injustificada y reiterada a las reuniones de los órganos de los que haceparte el afiliado o delgado.

11.3 Violación a la legislación comunal vigente, los estatutos y reglamento(s) interno(s)de trabajo.

11.4 La apropiación, retención o uso indebido de los bienes, fondos, recursos,documentos, libros, sellos o demás utensilios propios a cargo de la organización.

11.5 El uso arbitrario del nombre de la Acción Comunal o de alguno de sus órganos,para el desarrollo de actividades con fines particulares o partidistas.

11.6 Llegadas tardes a las reuniones o de compromisos asumidos.

11.7 Incumplimiento de las obligaciones y funciones asignadas en los estatutos yreglamentos.

11.8 Sanción por parte de un ente superior.

11.9 Entorpecimiento de actividades y programas por negligencia comprobada.

11.10 El mal comportamiento en eventos o actos donde esté como representante.

11.11 La organización, a través de su Comisión de Convivencia Conciliación, acatandoel debido proceso, podrá aplicar el siguiente régimen sancionatorio previavaloración de la gravedad de la falta:

• Llamado de atención verbal en la reunión del respectivo órgano.• Multas por llegadas tarde a las reuniones de los distintos órganos.• Llamado de atención verbal en la asamblea general de afiliados o delegados• Llamado de atención por escrito firmado por el presidente.• Suspensión de los derechos de afiliado o delgado hasta por ______meses.• Suspensión del cargo que desempeñe en el caso de ser dignatario.• Suspensión definitiva como afiliado o delgado del organismo comunal.• Denuncia ante los organismos competentes.

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11.12 Las multas en dinero, tendrán como base el valor por hora de salario mínimolegal vigente (SMMLV). Ejemplo: Por llegadas tarde a las reuniones ycompromisos, de ____a ____horas. Los recursos recaudados por este concepto,se ingresarán a los fondos comunes de la organización.

NOTA: La imposición de estas sanciones se hará siempre cumpliendo eldebido proceso acorde con las normas que rigen la acción comunal.

11.13 Para efectos de la aplicación de este código, el debido proceso se establece así:

• Notificación inicial al implicado.• Audiencia de descargos ante el órgano afectado.• Si se confirma la falta en esta instancia, se inicia el proceso sancionatorio, el

cual empieza con el llamado de atención verbal.• Si es necesario, se hace traslado a la comisión de convivencia y Conciliación

y a partir de allí se seguirá los procedimientos que rigen este organismo.• En todo caso, la notificación sobre cualquier decisión debe registrarse bien

en un acta o notificarse por escrito.

Este Reglamento Interno de Trabajo para la organización, fue discutido y aprobado enreunión de asamblea general de afiliados que se efectuó el día ______del mes de_______________de 20___.

Para constancia, firman:

_____________________________ ____________________________

(Nombres y apellidos) (Nombres y apellidos)C.C. N°_______________________ C.C.N°______________________Presidente(a) de la asamblea Secretario(a) de la asamblea

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

JUNTA DE VIVIENDA COMUNITARIA:_________________________________MUNICIPIO:_______________________________, Departamento deAntioquiaSUBREGIÓN:_______________________________

A. UBICACIÓN DEL PROYECTO, NÚMERO DE SOLUCIONES YCARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS. EL PLAN DEAUTOCONSTRUCCIÓN, ESTÁ COMPUESTO:

Está compuesto por _____ familias afiliadas a la Junta de Vivienda Comunitaria. Elproyecto está ubicado ______________________________, con una extensión de_________ metros cuadrados. Dicho lote está localizado en el perímetro urbano () o rural ( ) del Municipio de __________________, Departamento de Antioquia.

B. CARACTERÍSTICAS:

El proyecto se realizará mediante el proceso de autogestión y autoconstruccióncomunitaria. Los afiliados serán quienes promuevan, gestionen, financien y evalúentodo su desarrollo.

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJOJUNTA DE VIVIENDA COMUNITARIA

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C. REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN:

1. Llenar la solicitud de afiliación dirigida a la Junta de Vivienda Comunitaria.

2. No pertenecer a otra organización que persiga fines similares.

3. No poseer bienes raíces el afiliado o su cónyuge.

4. Acreditar un ingreso promedio mensual familiar no menor de $___________

5. No haber sido sancionado por las autoridades judiciales o administrativas porinfracciones a las leyes sobre construcción o enajenación.

6. Tener más de _____ años de residencia en el Municipio de ______________,Departamento de Antioquia.

7. Las cuotas que deberán cancelar los afiliados serán de sostenimiento y devivienda.

Las cuotas de sostenimiento tendrán como finalidad financiar el funcionamientode la organización y podrán ser ordinarias y extraordinarias; la cuantía de lasordinarias es de ________. El aumento del valor de las cuotas ordinarias, así comola creación y financiación de las extraordinarias corresponde determinarlo a laAsamblea General, con el voto de la mitad más uno.

Las cuotas de vivienda estarán destinadas a amortizar el valor de la vivienda yserán: Aporte ordinario mensual en dinero se fija en _____________el aumento delvalor de las cuotas ordinarias, así como la creación y fijación de cuotasextraordinarias, corresponde determinarlo a la Asamblea de afiliados con el votode la mitad más uno de los asistentes, cuando así lo estime necesario.

El aporte en trabajo comunitario se fijará en _______horas por semana, el valor porhora de trabajo se fija en ________, monto que se incrementará en relación alaumento del salario mínimo legal vigente y que servirá de base para liquidar ladevolución de la cuota en el momento del retiro.

8. Comprometerse a aportar la mano de obra acordada, mientras dure laconstrucción.

9. Cumplir y hacer cumplir este reglamento.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

D. DEBERES DE LOS AFILIADOS:

1. Cumplir rigurosamente las especificaciones de los planes urbanísticos,arquitectónicos e instrucciones del Jefe de la obra o del grupo, y de los directivosde la JAC.

2. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias, de asamblea,mesa directiva, comisiones de trabajo o empresariales, según el caso.

3. Aportar la mano de obra obligatoria directamente o por delegación y rendir en eltrabajo.

4. Cancelar las cuotas establecidas dentro de los diez (10) primeros días de cadames.

5. Cumplir con las disposiciones emanadas de los órganos de dirección yadministración.

6. Trabajar colectivamente en los grupos establecidos en los días y en las horas quese fijen para el efecto, cumpliendo rigurosamente las instrucciones técnicasimpartidas por quien tenga a su cargo la dirección de la obra

7. Mantener y ayudar a conservar las buenas relaciones interpersonales entre losafiliados.

8. Cumplir con las comisiones que le sean asignadas.

9. Denunciar las irregularidades que se presenten y las faltas de los afiliados y losdirectivos.

10. Asistir puntualmente a las capacitaciones programadas.

11. Responder por los materiales y herramientas que reciba para el trabajo dentrodel proyecto de vivienda.

12. Una vez adjudicada la casa, utilizarla exclusivamente como vivienda para sufamilia, sin derecho a arrendarla o adjudicarla a otros durante ______ años.

13. Cumplir con el presente reglamento y las disposiciones referentes a laadministración.

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E. DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS.

1. Tener voz y voto en las asambleas

2. Elegir y ser elegido para los cargos administrativos del programa.

3. Recibir capacitación para llevar a cabo el proceso de construcción de lasviviendas.

4. Informarse permanentemente sobre la administración del proyecto, sus ingresosy egresos.

5. Presentar los descargos antes de ser sancionados.

6. Presentar apelación por sanciones impuestas.

7. Adjudicación por sorteo de las viviendas.

8. Beneficiarse de los logros del proyecto de vivienda

9. En caso de expulsión o retiro voluntario, el afiliado tiene derecho a la devoluciónde la totalidad de las cuotas aportadas.

10. En caso de fallecimiento del afiliado, los aportes pasarán a sus herederos quienescontinuarán ejerciendo las mismas obligaciones y derechos contraídos por lapersona fallecida.

F. EXCUSAS:

1. Las excusas por no pagar oportunamente las cuotas, se comunican a la Comisiónde Convivencia y Conciliación, debiendo cancelar el correspondiente valor dentrode los diez (10) días a la fecha reglamentada.

2. La inasistencia al trabajo o a las Asambleas, se comunicará por escrito ante elsecretario de la JVC, por lo menos tres (3) días antes. Las causales de fuerzamayor se presentarán con la respectiva certificación.

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

G. DE LAS SANCIONES:

Según la gravedad de los perjuicios causados al proyecto, a la junta, a la integridadde sus afiliados y al incumplimiento del presente reglamento, se dará lugar a lassiguientes sanciones:

• Amonestación• Multas• Suspensión• Expulsión

H. CAUSALES DE AMONESTACION:

1. La no asistencia a reuniones por dos (2) veces consecutivas sin justa causa.

2. Presentarse en estado de embriaguez a las reuniones y lugares de trabajo.

3. Perturbar las reuniones y sitios de trabajo.

4. Utilizar el nombre y sellos de la organización para fines partidistas y/o personales.

5. Incumplimiento a los deberes fijados en este reglamento.

6. Violación de los procedimientos administrativos y del control interno.

7. Pretender alterar libros, comprobantes y controles establecidos.

8. Intento de soborno.

9. Abuso de autoridad.

10. Extralimitación en el ejercicio de derechos o funciones.

11. Propiciar o apoyar discordias entre compañeros de trabajo.

12. Desperdicio y uso indebido de recursos, materiales y herramientas.

13. Bajo rendimiento en los trabajos asignados.

14. Inasistencia no justificada por dos veces consecutivas a las capacitacionesprogramadas.

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I. SOBRE LAS SANCIONES Y MULTAS:

Las sanciones en multas se pagarán dentro de los ocho (8) días siguientes a laimposición, así:

1. Por ausencia no justificada al trabajo, el afiliado deberá ponerse a paz y salvo,con las horas no trabajadas a la semana siguiente. Además debe pagar en dinerouna multa equivalente a las horas no trabajadas a razón del salario mínimo legalvigente.

2. Por haber recibido o causado amonestación, se pagara una multa equivalente adieciséis (16) horas de trabajo adicional, o su equivalente a razón del salariomínimo legal vigente.

3. Por atraso en el pago de cuatro (4) cuotas mensuales consecutivas, el afiliadose hará acreedor a una llamada de atención. Tres (3) llamadas de atencióndarán lugar a una amonestación.

4. El causante de pérdida o sustracción de libros reglamentarios, asume lasresponsabilidades penales del caso y se le releva del cargo. Si la Comisión deConvivencia y conciliación lo considera conveniente, dicha persona podrá serexpulsada de la Junta de Vivienda Comunitaria y del proyecto.

5. La perdida o sustracción de elementos y recursos de trabajo se sancionará conla restitución de los mismos por parte del responsable.

Los casos no contemplados en el presente reglamento, serán estudiados y resueltosinicialmente por la Comisión de Convivencia y Conciliación. Si éste, luego de estudiarel caso se declara impedido, o considera que la situación debe llevarse a la Asamblea,así se procederá.

NOTA: La amonestación da lugar a una multa de dieciséis (16) horas de trabajo.

No se aplicarán sanciones en caso de que el afiliado, en sus descargos justifique sufalta.

En todo caso no se aplicarán multas superiores al equivalente de dos (2) días desalario mínimo mensual legal vigente (DSMMLV).

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

J. CAUSALES DE SUSPENSIÓN:

1. Quien acumule en su hoja de vida tres (3) amonestaciones, perderá sus derechoscomo afiliado activo, por espacio de treinta (30) días a partir de la notificación.Para reintegrarse nuevamente a la JVC, deberá ponerse a paz y salvo en todoslos aspectos: Cuotas, aportes, trabajo, etc.,esto deberá hacerse en el términode los diez (10) días siguientes al cumplimiento de la sanción.

2. La alteración de libros, comprobantes y controles establecidos serán causa desuspensión o de expulsión, según la gravedad del caso que será calificado porla Comisión de Convivencia y Conciliación.

K. CAUSALES DE EXPULSION Y RETIRO:

Serán causales de expulsión del programa de vivienda, las siguientes:1. Haber sido suspendido tres (3) veces

2. Haber adulterado libros, comprobantes o controles establecidos.

3. Atentar gravemente contra la moral de la JVC o cualquiera de sus miembros.

En caso de expulsión el socio tendrá derecho a:1. La devolución de las cuotas aportadas como ahorro personal, dentro de los

noventa (90) días siguientes a partir de la fecha de retiro, o a la fecha en que laComisión de Convivencia y Conciliación decretó su expulsión.

2. El valor en dinero del trabajo comunitario aportado por el afiliado

3. Cuando el afiliado haya aportado trabajo en el programa de vivienda y se retire,o se expulse o fallezca; las horas trabajadas se liquidarán de acuerdo al salariomínimo legal vigente en un plazo de noventa (90) días a la fecha de notificación.

4. Cuando el afiliado aporte liquidaciones parciales de cesantías en caso de retiro,expulsión o muerte, su valor deberá reintegrarse directamente al empleador.

5. Si el afiliado ya no trabaja con la entidad que liquidó las cesantías, valor de estaprestación se reintegran directamente al trabajador en el tiempo estipulado.

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L. COMPETENCIA PARA LAS SANCIONES:

Para juzgar y resolver las sanciones y diferencias que existieren entre losafiliados, solo tiene competencia la Comisión de Convivencia y Conciliación.

1. La aplicación de cualquier sanción, requiere oír previamente los descargosdel afectado; dichos descargos deberán hacerse dentro de los términosque sean fijados.

2. La Comisión de Convivencia y Conciliación resolverá sobre el reemplazode quienes se retiran voluntariamente o sean expulsados del programa.

Para tener presente:

1. Tres (3) llamadas de atención = una (1) amonestación.

2. Una (1) amonestación = dieciséis (16) horas de trabajo.

3. Tres (3) amonestaciones =Treinta (30) días de suspensión.

4. Tres (3) suspensiones = Expulsión del programa

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

M. PROCESO DE ADJUDICACIÓN:

Se hará por sorteo, pero se dará preferencia a los beneficiarios que hayancumplido con los siguientes aspectos:

-Asistencia puntualmente a las reuniones _________puntos-Asistencia a las actividades de capacitación _________puntos-Cumplimiento con las cuotas y jornales de trabajo _________puntos-Participación activa en otro tipo de actividades _________puntos

El presente reglamento fue discutido y aprobado en reunión de asambleageneral que se efectúo el día _______, mes __________año

Para constancia, firman:

_______________________________ ____________________________

(Nombres y Apellidos) (Nombres y apellidos)C.C. de C.C. dePresidente de la Asamblea Secretario de la Asamblea

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Avocar: asumir la competencia por quien tiene la facultad para hacerlo. Entrar enconocimiento de una causa o problema.Convalidación: de convalidar, hacer válido, confirmar.Cuociente electoral: es el resultado de dividir el total de votos por el número de cargosa proveer; luego se toma la plancha mayoritaria, se divide por el cociente y el númeroentero que se obtenga, es el número de los cargos a que tiene derecho. Lo mismo sehace con la plancha siguiente.Denegar: no conceder lo que se pide. Negar.Desistimiento: acción y efecto de desistir, o sea renunciar a algo ya iniciado, abandonarun derecho.Dignatario: afiliado, representante o delegado de un organismo comunal, que deacuerdo con el sistema de elección escogido, es candidatizado y resulta elegido paradesempeñar un cargo o una dignidad en la organización comunal.Impugnación: es iniciar un juicio para contradecir, refutar o rechazar un acto.Personería jurídica: documento por el cual el gobierno reconoce la existencia legal delas organizaciones.Prevalencia: de prevalecer, aventajar una persona o cosa a otras. Conseguir una cosaen oposición de otros.Protocolo: descripción ordenada de los pasos a seguir para hacer o tramitar algo.Querella: queja, discordia, acusación propuesta ante un juez contra una persona.Quórum: número de individuos necesario para que sea válida una votación.Sostenible: destinado a mantenerse firme, a conservarse en el tiempo.Sustentable: que se sustenta, se mantiene o se sostiene.Viabilidad: calidad de viable. Proyecto que tiene condiciones para realizarse.

GLOSARIO COMUNAL

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MANUAL DEL COMUNAL

ILUSTRADO

Somos laSECRETSECRETSECRETSECRETSECRETARÍA DE PARÍA DE PARÍA DE PARÍA DE PARÍA DE PARARARARARTICIPTICIPTICIPTICIPTICIPAAAAACIÓN CIUDCIÓN CIUDCIÓN CIUDCIÓN CIUDCIÓN CIUDADADADADADANA Y DESARROLLANA Y DESARROLLANA Y DESARROLLANA Y DESARROLLANA Y DESARROLLO SOCIALO SOCIALO SOCIALO SOCIALO SOCIAL

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