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SUBDIRECCIÓN REGIÓN MARINA NORESTE GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS SUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES CONTENIDO DE DOCUMENTACION REQ. 2000024576 Invitación a Cuando Menos Tres Personas Con Carácter Internacional EL OBJETO DE LA INVITACIÓN ES: Adquisición de ropa de trabajoSolicitud de Adquisición de Bienes Nº 2000024576 Hoja 1 de 81

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CONTENIDO DE DOCUMENTACIONREQ. 2000024576

Invitación a Cuando Menos Tres Personas Con Carácter Internacional

EL OBJETO DE LA INVITACIÓN ES:

“Adquisición de ropa de trabajo”

Solicitud de Adquisición de Bienes Nº 2000024576

Nombre y Dirección de la Convocante: PEMEX-Exploración y Producción.Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Administración y Finanzas MarinasSubgerencia de Recursos Materiales, R.M.SO.Ubicada en Edificio Administrativo 1, Primer Nivel ala Oriente, Calle 33 No. 90, Col. BurócratasCd. del Carmen, Campeche. C.P. 24160.Teléfonos: 01(938) 38 1-12-00 Ext. 22412

INFORMACIÓN A CONSIDERAR EN LAS PRESENTES BASES.

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Información General

PEP, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, y demás disposiciones jurídicas, y que cuenta con la capacidad de celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.

En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 3 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo Petrolero, 57 último párrafo de la Ley de Petróleos Mexicanos, 51 tercer párrafo y 52 de su Reglamento, y 38 de las DAC, y demás disposiciones aplicables, Pemex Exploración y Producción a través de la Subgerencia de Recursos Materiales, RMSO, emite las presentes bases, de acuerdo a lo siguiente:

Descripción detallada de los bienes a adquirir

El objeto de la Invitación es la “Adquisición de ropa de trabajo”, su descripción completa y detallada, características, instrucciones, cantidades, unidades de medida y descripciones por concepto están descritas en las solicitudes de adquisición de bienes No. 2000024576 (Documento DT-01) de las presentes bases. Impedimentos para participar en el procedimiento para la contratación:

No podrán presentar propuesta ni celebrar contratos en la adjudicación, las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren la fracción V del Artículo 53 de la LPM, así como el Artículo 12 de las DAC.

En el caso que un licitante presente proposición por sí mismo o como parte de un grupo que presenta una proposición conjunta, no podrá presentar otra proposición

Observadores.- Las cámaras, colegios, asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y en general cualquier persona interesada, pueden asistir a los actos públicos de esta Invitación, en calidad de observadores, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

Tipo de Invitación:

Internacional Abierta, y podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros de cualquier nacionalidad, cualquiera que sea el origen de los bienes a adquirir o de los servicios a prestar.

Consulta y forma de adquisición de las bases.- Las bases estarán disponibles para su consulta en Internet en la dirección electrónica: www.pep.pemex.com; o bien, en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Subgerencia de Recursos Materiales de la Región Marina Noreste, ubicada en Edificio Administrativo I, primer nivel ala oriente en la calle 33 No. 90, col. burócratas, C.P. 24180, en Cd. del Carmen, Campeche, en días hábiles de lunes a viernes, en el horario de 7:30 a 14:30 horas, desde la fecha de publicación de las bases, y hasta 10 días naturales previos a la fecha de presentación y apertura de proposiciones, para que los interesados en participar obtengan información, revisen las bases y en su caso, manifiesten mediante escrito su interés para participar en la presente Invitación, debiendo demostrar documentalmente (registro del Directorio Institucional de Proveedores o Contratistas, Acta Constitutiva, etc) que sus actividades comerciales o profesionales u objeto social están directamente relacionadas con los bienes objeto de la presente invitación, siendo responsabilidad exclusiva de los interesados obtenerlas oportunamente durante ese periodo.

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Las bases podrán ser adquiridas por los licitantes a título gratuito a través de la dirección electrónica: www.pep.pemex.com; o bien en el domicilio de la Convocante antes citado.

Inscripción.- Los licitantes que se considerarán inscritos y con todos los derechos para participar en la presente invitación, serán aquellos invitados o aceptados por la convocante y, que hayan entregado o enviado vía correo electrónico con 10 días previos a la fecha de presentación y apertura de proposiciones un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, su interés en participar en la invitación, los datos generales de la empresa y del representante, así como que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mediante DOCUMENTO DA-03 el cual forma parte integrante de las presentes bases.

Glosario de términos

Para los efectos de las presentes bases, se entenderá por:

PEP: PEMEX Exploración y Producción LPM: Ley de Petróleos MexicanosRLPM: Reglamento de la Ley de Petróleos MexicanosDAC: Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos SubsidiariosAP: Administradora de ProyectosRP: Responsable de ProcedimientoRASEC: Responsable de la Administración, Supervisión y Ejecución del ContratoER: Evaluadora de RiesgosUAJ: Unidad Administradora JurídicaLICITANTE: Persona que participa en el procedimiento de contratación. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.DOF: Diario Oficial de la FederaciónRFC: Registro Federal de Contribuyentes.IVA: Impuesto al Valor Agregado.PYME: Pequeña y Mediana Empresa.Proveedores o Contratista: Las personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que por virtud de contrato, convenio o cualquier otro instrumento jurídico, provean o arrienden bienes, presten servicios de cualquier naturaleza, ejecuten obra pública o servicios relacionados con la misma u otra modalidad permitida por las normas jurídicas a los Organismos Descentralizados

Cronograma del Procedimiento de Contratación.

Evento Fecha y Hora Lugar

Envío de la invitación: xx de xxxx de xxxx Subgerencia de Recursos Materiales, Region Marina Noreste ubicada en edificio administrativo 1 primer nivel, ala oriente calle 33, No. 90, Colonia Burócratas, en Ciudad Del Carmen, Campeche, C.P. 24180.

Período de recepción de bases Del xx de xxxx de xxxx al xx de xxxx de xxxx De 7:30 a 14:30 horas

Ventanilla Única de la Subgerencia de Recursos Materiales, Region Marina Noreste ubicada en edificio administrativo 1 primer nivel, ala oriente calle 33, No. 90,

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Colonia Burócratas, en Ciudad Del Carmen, Campeche, C.P. 24180.

Junta de Aclaraciones xx de xxxx de xxxx xx:00 horas

Sala de Licitaciones de la Subgerencia de Recursos Materiales, Region Marina Noreste ubicada en edificio administrativo 1 primer nivel, ala oriente calle 33, No. 90, Colonia Burócratas, en Ciudad Del Carmen, Campeche, C.P. 24180.

Presentación y Apertura de Proposiciones xx de xxxx de xxxx xx:00 horas

Acto de Fallo xx de xxxx de xxxx.xx:00 horas

Fecha estimada de formalización del contrato xx de xxxx de xxxx.

Entrega de la garantía xx de xxxx de xxxx. Ventanilla Única de la Subgerencia de Recursos Materiales, Region Marina Noreste ubicada en edificio administrativo 1 primer nivel, ala oriente calle 33, No. 90, Colonia Burócratas, en Ciudad Del Carmen, Campeche, C.P. 24180.

PEP podrá modificar las fechas y horas establecidas anteriormente de conformidad con el Artículo 26 de las DAC.

En caso de los eventos públicos, se sugiere a todos los licitantes, asistir con 30 minutos de anticipación de la hora establecida para iniciar el evento correspondiente, tiempo en el cual se estima que los licitantes se identifiquen ante el personal de seguridad y obtengan el acceso a las instalaciones.

Reglas, Requisitos e Instrucciones

Requisitos para presentar propuesta

Únicamente podrán participar en la invitación, todas las personas o grupos de ellas que cumplan con lo siguiente:

I. Las personas físicas o morales de Nacionalidad Mexicana y/o Extranjera originaria de los países con los que México tenga celebrado un Tratado de Libre Comercio.

II. Las personas físicas o morales que se hayan manifestado su interés para participar en la presente invitación (DOCUMENTO DA-03).

El Licitante deberá tener en cuenta todas las circunstancias previsibles que en forma general puedan influir en el costo y plazo de entrega de los bienes.

El Licitante deberá tomar en cuenta que la información de carácter técnico y/o administrativo y/o legal que proporcione Pemex Exploración y Producción tiene como objetivo el constituir una guía para los Licitantes en la formulación de los presupuestos a ser cotizados.

Toda persona o grupo de personas que conforme a lo anterior presenten una propuesta (“Licitante”) será responsable de que la misma cumpla con todos los requisitos solicitados en la Convocatoria y en las Bases de Licitación.

Condiciones de entrega

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Los bienes entregados a PEP, deben ser nuevos y no reconstruidos o no remanufacturados, y el licitante debe garantizar su correcta operación y funcionamiento.

Condición de entrega de los bienes.- La condición de entrega es DDP INCOTERMS 2000, en destino final.

El PROVEEDOR deberá realizar la entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Documento DT-01 de las de las bases de invitación.

La transportación y las maniobras de carga y descarga de los bienes desde el lugar de origen hasta el lugar de entrega señalado, serán responsabilidad del PROVEEDOR, debiendo entregar los bienes embalados de tal manera que garantice a PEP, que dichos bienes no sufran daño o averías.

Asimismo, deberá indicar de manera visible en todos los embarques el nombre de PEP, lugar de destino, número de contrato, numero de orden, partida, cantidad de unidades y peso.

La entrega de los bienes deberá realizarse con intervención de un representante acreditado por el PROVEEDOR, el no cumplir con lo anterior podrá ser motivo para la no recepción de los bienes por parte de PEP.Inspección de los bienes.- PEP requiere aplicar el NIVEL de inspección: III de acuerdo al Procedimiento de Inspección clave PA-800-70600-01, o en su caso, cuando PEP subcontrate inspección el Procedimiento de Inspección será el que indica la norma NRF-049-PEMEX-2006 REV.0 y de conformidad con lo establecido en el (DOCUMENTO DA-04) de estas bases de invitación.

El PROVEEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes entregados, y se compromete a su reposición sin costo para PEP si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato, expresando su conformidad de que hasta en tanto ello no se cumpla, los bienes, no se tendrán por recibidos o aceptados.

Plazo de entrega de los bienes.

El “LICITANTE” deberá cotizar un tiempo máximo de entrega de 45 (cuarenta y cinco) días naturales, contados a partir del dia siguiente a la formalizacion del este contrato.

Lugar de entrega de los bienes.

Los materiales se entregarán: En Almacen General 2790 ubicado en el km. 4.5 Carretera Carmen-Puerto Real, Ciudad del Carmen, Camp con atención al responsable tecnico de esta requisición con el Ing. Luis Rodriguez Castillo, al tel.(01) 938 3811200 ext.25270 y 25273 Suptcia De Administración De Inventarios Y Aseguramiento A La Calidad. Con los cuales deberán comunicarse con 48 horas de anticipación en horario de 8:00 a 14:00 hrs. De lunes a viernes.

Ejercicio fiscales.

El contrato que resulte de esta invitación abarcará el ejercicio fiscal vigente.

Tipo y Alcance del Contrato.-

El contrato que resulte de este procedimiento, será de: Adquisición de bienes

El tipo de contrato que se formalice será derivado de la presente licitación será de Adquisiciones, sus alcances se encuentran contenido en el Modelo de Contrato (Documento DA-02) y en sus Anexos contenidos en los Documentos DT-01.

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Condiciones de Precio.-

Los precios de los bienes deberán cotizarse sin incluir el impuesto al valor agregado (I.V.A.), éste se deberá incorporar hasta la facturación.

Los precios de los bienes deberán calcularse y expresarse con dos decimales, mismos que podrán ser presentados, a máquina o en impresión por computadora.

Los precios de los bienes deberán cotizarse considerando la condición de entrega DDP INCOTERMS 2000, en destino final en territorio nacional.

El PROVEEDOR deberá considerar en sus precios los gastos de transportación, seguros y las maniobras de carga y descarga para la entrega de los bienes en el lugar convenido a satisfacción de PEP, y en general cualquier gasto o costo que sea necesario para el suministro de los bienes.

Moneda en que se cotizará y se efectuarán las remuneraciones respectivas.

Los licitantes podrán cotizar a su elección en Moneda Nacional o en Dólares Americanos.

Moneda en que se efectuarán las remuneraciones:

Proveedores Nacionales

En el caso que cotice en moneda nacional, la remuneración se efectuará en pesos mexicanos.

En los casos en los que se cotice en dólares estadounidenses, la remuneración se realizará en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día hábil bancario inmediato anterior a aquel en que se haga el pago.

En cumplimiento a las “Disposiciones aplicables a la determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana”, publicadas por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación de fecha 22 de marzo de 1996, queda establecido que el tipo de cambio vigente a la fecha en que se hagan los pagos correspondientes, es aquel que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación, el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago de la remuneración correspondiente.

Los trámites de pago, recepción de documentos con terceros se realizará a través de la Ventanilla Única de la Región Marina Noreste ubicada en: Edificio Administrativo I, Calle 33 No. 90, Colonia Burócratas, Planta Baja Ala Oriente, C.P. 24160 en Ciudad del Carmen, Campeche.

Proveedores Extranjeros

En el caso que cotice en moneda nacional (peso mexicano) el pago se efectuará en pesos mexicanos en territorio nacional.

En el caso que cotice en dólares estadounidenses el pago se efectuará en dólares estadounidenses, siempre y cuando tengan domicilio permanente en el extranjero.

Los trámites de pago, recepción de documentos con terceros se realizará a través de Integrated Trade Systems Inc. ubicada en el 2500 City West Boulevard 24th floor Suite 2400, en Houston, Texas, 77042-3020, y se pagarán en la Ventanilla Única de Pemex Exploración y Producción, ubicada en Centro Administrativo, Edificio “D”, Planta Baja, Col. Huasteca, Bahía de Ballena, No. 5, C.P. 11311, México, Distrito Federal.

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Anticipos.

PEP no otorgará anticipo alguno para la entrega de los bienes.

Subcontratación

Para el presente procedimiento no habrá subcontratación.

Condiciones de pago

Las condiciones y forma de pago, se realizarán conforme a lo establecido en el modelo de contrato, el cual forma parte integrante de estas bases de licitación

Idioma de las proposiciones

Las proposiciones deberán presentarse en idioma español; los anexos técnicos y folletos que expresamente se soliciten en la convocatoria y sus anexos, podrán presentarse en el idioma del país de origen del documento, acompañado de una traducción simple al español, la cual se circunscribirá a las especificaciones de los bienes ofertados. Dado el caso, la falta de presentación de la traducción simple será causal de desechamiento de la proposición.

Las proposiciones, las solicitudes de aclaraciones y modificaciones a las bases de licitación que realicen los licitantes, las respuestas de PEP y en su caso, cualquier correspondencia o documentación relacionada con las mismas, deberán redactarse en idioma español.

Propuestas conjuntas

Para participar en esta invitacion, dos o más personas podrán agruparse para presentar una propuesta conjunta, sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que para tales efectos, en la propuesta se establezcan con precisión y a satisfacción de PEP, la forma en que pretendan organizarse, las actividades o partes de los servicios que cada persona se obligará a ejecutar y se cumpla con los requisitos establecidos en el Articulo 24 de las DAC, entre los que destacan los siguientes:

I. Bastará la adquisición de un solo ejemplar de las bases de invitación;

II. Deberán celebrar entre sí un convenio privado (Documento DA-06), el que contendrá lo siguiente:

a) Nombre, RFC y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación;

b) Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación, y presentando identificación oficial vigente;

c) Deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato.

d) Definición de las actividades o partes del objeto del Contrato que cada persona se obligaría a cumplir; así como especificar la forma en que serán presentadas a cobro las estimaciones;

e) Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones;

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f) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la Propuesta, y

g) Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

h) Estipulación expresa de la(s) persona(s) que participará(n) aportando los recursos financieros para el proyecto, y serán ellos quienes deberán cumplir en forma conjunta con el capital contable y capacidad financiera, debiendo entregar la documentación solicitada en la Integración de la Propuesta Técnica.

III. Deberán adjuntar el(los) instrumento(s) que regule(n) el control del grupo que presenta la propuesta conjunta por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los integrantes del grupo y los acuerdos de indemnización entre los mismos, este documento se incluirá como parte de la Documentación Legal-Administrativa.

IV. En su caso, para cumplir con la capacidad financiera requerida por PEP, los integrantes de la propuesta conjunta podrán solicitar el apoyo financiero de las Entidades que controlen o se relaciones Corporativamente, directa o indirectamente con ello, por lo que se obligaran de forma solidaria para garantizar el cumplimiento del contrato.

Dicho convenio deberá ser firmado por los representantes acreditados de cada una de las personas integrantes del grupo que presentan la proposición conjunta. El convenio formará parte del contrato que en su caso se adjudique.

La proposición deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que haya sido designado por los integrantes del grupo en el convenio.

Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada, el(los) contrato(s) deberá(n) ser firmado(s) por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará para efectos del procedimiento y del(los) contrato(s), como responsables solidarios.

Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio privado de participación conjunta, siempre y cuando en la nueva sociedad se mantengan las responsabilidades de dicho convenio.

Vigencia de la propuesta y actualización.

El periodo de vigencia de las proposiciones que se presenten, será desde la fecha del Acto de Apertura de Proposiciones y hasta la fecha de terminación de las obligaciones del (ó los) contrato(s) que en su caso se adjudique(n).

En su caso, por cualquier interposición de inconformidades, recursos o procesos judiciales, por el que se suspenda este proceso, la vigencia se entenderá prorrogada.

Programa de cadenas productivas

Se hace de su conocimiento el acuerdo que Petróleos Mexicanos tiene concertado con Nacional Financiera, S. N. C. denominado “Programa de Cadenas Productivas”, el cual inició operaciones a partir del 06 de enero de 2003 y cuyo objetivo es apoyar a los proveedores, contratistas o prestadores de servicios de PEMEX y/o de los Organismos Subsidiarios, a través de operaciones de factoraje y descuento electrónico de hasta el 100% del importe de los títulos de crédito y/o documentos en que se consignen derechos de crédito expedidos por PEMEX o por los Organismos Subsidiarios, incluyendo los intereses correspondientes, siendo la misma Nacional Financiera, el canal para la recepción de los Poderes, Actas Constitutivas y Carta de Adhesión que firmen los proveedores y contratistas.

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Para mayor información del programa mencionado, los interesados deberán dirigirse directamente a Nacional Financiera, S.N.C. o a la información contenida en el Documento DA-V de estas bases.

Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en “Otras Disposiciones Transitorias”, artículo Décimo Cuarto de la LPM.

Porcentaje Mínimo de Contenido Nacional.

El licitante deberá presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad sobre el grado específico de Contenido Nacional de los bienes de que se trate. PEP podrá verificar dicha información directamente o por terceros.

Visita al sitio (No aplica)

Para el presente procedimiento de Invitación no habrá visita al sitio.

Juntas de Aclaraciones y Modificaciones a las bases de licitación.

El acto de la primera junta de aclaraciones sobre el contenido de estas bases, se llevará a cabo en el domicilio de esta convocante en el lugar, fecha y hora indicadas en el “Cronograma del Proceso de la Licitación” . PEP podrá definir sobre la conveniencia de una segunda o ulteriores juntas de aclaraciones, por lo que al concluirse cada junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta.

El acto será presidido por el servidor público designado por la convocante, quién será asistido por representantes de las áreas que se consideren necesarias.

Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación de los licitantes relacionadas con las bases de la invitación, se resolverán de manera clara y objetiva con la información con que cuente el organismo convocante.

Los actos de las juntas de aclaraciones de dudas sobre el contenido de las presentes bases, se llevarán a cabo en el domicilio de esta Convocante en el lugar, fecha, hora señaladas en el cronograma del procedimiento de contratación de estas bases.

Solamente podrán formular cuestionamientos o expresar sus dudas, las personas (físicas o morales, que hayan adquirido las bases correspondientes o se hayan inscrito, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante de pago de las mismas o con el comprobante de inscripción (Documento DA-03); en caso contrario se les permitirá su asistencia registrándose, sin poder formular preguntas ni intervenir en cualquier forma en el acto.

Los licitantes podrán entregar con al menos con 2 días hábiles de anticipación a la fecha en que se lleve a cabo la junta de aclaraciones, sus preguntas en el domicilio de la convocante mediante un escrito dirigido a PEP, firmado por su representante y acompañado preferentemente de su archivo en Word; o bien, enviarlas por correo electrónico en documento firmado y escaneado; así como, preferentemente el archivo en Word y deberán adjuntar copia del recibo de pago o del comprobante de inscripción, solo en el primer envío de preguntas, al correo electrónico siguiente: [email protected] .

En el caso de la última junta de aclaraciones los licitantes podrán presentar dudas, planteamientos y solicitudes de modificación sobre cualquier parte de las bases de invitación mediante un escrito dirigido a PEP, el cual deberá de ser entregado con al menos 24 hrs. de anticipación a la fecha y hora programada de la última junta de aclaraciones; las preguntas recibidas con posterioridad al plazo antes señalado, no se contestarán por considerarse presentadas de manera extemporánea. Concluida la última junta de aclaraciones ya no se recibirán más preguntas.

Con la finalidad de facilitar el proceso de revisión y respuesta a las preguntas y comentarios, se recomienda utilizar el Formato para presentación de preguntas para el acto de aclaración de dudas (Documento DA-05), mismo que se sugiere sea entregado adicionalmente en archivo electrónico, como se indica al pie de dicho formato. Es importante señalar que

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todas las preguntas formuladas y sus respuestas deberán constar por escrito en el (las) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones.

PEP podrá contestar las preguntas recibidas en la primera junta de aclaraciones, en la segunda o en subsecuentes junta de aclaraciones.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de PEP y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y ponerse a disposición de los ausentes, en el domicilio y oficina de la convocante, así como en la página http://www.pemex.com siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido, ya que tal documentación formará parte integral de las bases de licitación. Cuando ya no se haya programado otra junta de aclaraciones, el acta que corresponda indicará que se trata de la última.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de PEP en la dirección indicada en el segundo párrafo de este punto para que le sea entregada copia del acta de la junta respectiva, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet http://www.pemex.com.

Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet http://www.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de PEP.

Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

PEP podrá modificar los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las Bases de invitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación.

PEP establecerá un plazo suficiente entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, el cual no podrá ser inferior a diez días naturales.

Cualquier modificación a las bases de licitación derivada de la o la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de invitación, por tanto deberá ser tomada en cuenta por los licitantes para la elaboración de sus propuestas.

PEP entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes en la última junta de aclaraciones, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, la cual también estará disponible en el portal de PEP http://www.pemex.com.

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

Con fundamento en el Art. 58 inciso V de la Ley de Petróleos Mexicanos, el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en una etapa, de forma pública, en la dirección, fecha, hora y sala señalada en el punto No. 3 de estas bases, el cual podrá realizarse sin la presencia de los oferentes, por lo que interesados en participar se deberán de apegar lo siguiente:

En caso de no asistir al evento público, el licitante deberá entregar su proposición en la ventanilla de atención a proveedores de la Superintendencia de Contratación de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, dependiente de la

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Subgerencia de Recursos Materiales, RMNE, ubicada en Edificio Administrativo I, primer nivel ala oriente en la calle 33 No. 90, col. burócratas, C.P. 24180, en Cd. del Carmen, Campeche.

Los Licitantes son los únicos responsables de que sus propuestas sean entregadas en tiempo y forma, previo a la fecha indicada en el cronograma para la presentación y apertura de proposiciones o en el acto correspondiente.

Únicamente podrá estar presente en el acto un representante acreditado por cada empresa participante.Dicho acto será presidido por el servidor público que PEP designe, quien será la única persona para tomar las decisiones durante su realización, efectuándose en la dirección de la Convocante en el lugar, fecha y hora indicados en el punto 3 de estas bases (cronograma del procedimiento de contratación).

A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, ni la introducción de documento alguno, registrándose los asistentes, por lo que se recomienda la presencia de los participantes con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, así mismo, no se permite el uso de teléfonos celulares o aparatos de grabación.

De acuerdo a lo establecido en la fracción V del Artículo 53 de la Ley y artículo 12 de las DAC, PEP se abstendrá de recibir propuestas con las personas que se encuentren en los supuestos a que se refieren los citados ordenamientos.

Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que los licitantes, presenten un escrito en el que su firmante, manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, de acuerdo al Documento DA-03.

Todos los licitantes presentes deberán entregar en sobre cerrado sus proposiciones a quien presida el acto.

Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y el servidor público de la convocante facultado para presidir el acto, rubricarán las propuestas técnicas y economicas, las que para estos efectos constarán documentalmente.

Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura, En el caso de que algún licitante omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltaré algún requisito, ésta no será desechada en éste momento.

La revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, sin entrar al análisis detallado de su contenido. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas, cuyo resultado se dará a conocer en el fallo.

Al concluir el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, se levantará un acta en la que se hará constar el lugar, fecha y hora de su celebración, nombre del licitante, documentos recibidos para evaluación y el importe de cada uno de ellos.

Se dará lectura al acta de la apertura de proposiciones recibidas para constancia de su celebración, solicitando firmen dicha acta, a quienes se les entregara copia de la misma.

La falta de firma de algún licitante en el Acta, no invalidará su contenido y efectos, quedando a partir de esta fecha a disposición de los licitantes que se hayan ausentado, siendo de la exclusiva responsabilidad de los mismos acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma en la dirección de la Convocante. Este procedimiento sustituirá al de la notificación personal.

Para este procedimiento no se solicitaran aclaraciones a las propuestas presentadas, a fin de que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el 2° párrafo del artículo 29 de las DAC.

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Evaluación de las propuestas

La convocante evaluará las propuestas utilizando el método y criterios de evaluación previstos en éstas bases. En todos los casos la convocante verificará que las propuestas cumplan con los requisitos solicitados las presentes bases, elaborando una justificación que determine la solvencia de la propuesta ganadora y el desechamiento de propuestas si las hubiere.

Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la Invitación, no será motivo para desechar sus propuestas.

La evaluación de las propuestas se harán por el método siguiente:

Binario: Metodología que refiere a verificar que la propuesta cumpla con los requisitos establecidos por la convocante y se adjudicará a la propuesta solvente más baja. Verificando que los precios sean aceptables.

Criterio de adjudicación del contrato

Para la presente Invitación no habrá abastecimiento simultáneo y los bienes serán adjudicados por: solicitud de contratación.

Una vez hecha la evaluación de las propuestas, se adjudicará el contrato correspondiente al licitante cuya propuesta resulte solvente por reunir conforme a los criterios establecidos en las presentes bases, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PEP.

Si resultaré que dos o más propuestas son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la Convocante, el Contrato se adjudicará a quien presente la propuesta que asegure las mejores condiciones disponibles, en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, conforme a lo siguiente:

a) Si resultare que dos o más propuestas son solventes y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos de PEP, el(los) contrato(s) se adjudicará(n) a quien(es) presente(n) la(s) propuesta(s) con el Importe de la propuesta más baja.

Conforme al penúltimo párrafo del artículo 23 de las DAC, en caso de existir igualdad de circunstancias, en la adjudicación se dará preferencia, como criterio de desempate, a las personas que hayan acreditado, ser una pequeña o mediana empresa nacional.

Si derivado de la evaluación de las propuestas se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, y éstas corresponden a empresas que integren el sector de PYME, se aplicará el criterio de desempate considerando en primer término a la pequeña empresa y luego a la mediana empresa.

De existir la propuesta solvente de una empresa que no se encuentre dentro de la estratificación de pequeña y mediana empresa nacional, y que haya ofertado un precio menor al de una empresa dentro dicha estratificación, no aplicarán los dos párrafos anteriores.Para el caso de propuestas conjuntas, únicamente se dará dicha preferencia cuando todas las empresas que integran la propuesta conjunta se ubican en la estratificación de PYME.

Si persiste el empate en el precio de dos o más proposiciones de personas ubicadas dentro del mismo tamaño de estratificación PYME o persiste el empate en el precio de dos o más propuestas de personas que no estén ubicadas dentro de la estratificación PYME, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del

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licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales propuestas.

Fallo

El fallo de la presente invitación, se dará a conocer en el lugar, fecha y hora señalada en el cronograma del procedimiento de contratación, contenido en estas Bases, mismo que se realizará en junta pública a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran presentado propuesta, entregándoseles copia del mismo y levantándose el acta respectiva.

El fallo contendrá el nombre del o los licitantes a quien o quienes se adjudica el contrato o contratos, el desechamiento de propuestas, de acuerdo al método previsto en las bases, así como, en su caso, los conceptos y montos asignados a cada licitante.En caso de que se declare desierta la licitación o alguna partida, se señalarán las razones que lo motivaron.

La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación, en la ventanilla de atención a proveedores de la Subgerencia de Recursos Materiales, R.M.SO., sita en calle Universidad No. 12, colonia Pemex I, Ciudad del Carmen, Campeche y en la dirección electrónica www.pep.pemex.com.

Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, el Licitante podrá proceder a inconformarse de acuerdo a los términos del segundo párrafo de artículo 35 de la LPM y 67 de su Reglamento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de las DAC, cuando de manera posterior a su notificación se advierta en el fallo la existencia de un error que no afecte el resultado de la evaluación realizada y siempre que no se haya firmado el contrato, PEP procederá a su corrección, mediante acta administrativa, la cual se notificará a los licitantes y a las áreas que hubieran participado en el procedimiento de contratación, así como al Órgano Interno de Control de PEP.

Formalización del contrato

De conformidad con lo que señala el Artículo 52 de las DAC, el contrato, cuyo modelo se adjunta en estas bases, deberá ser firmado por el licitante ganador en la fecha establecida para tal efecto en el cronograma del procedimiento de contratación, contenido en el punto 3 de estas bases.

El Licitante adjudicado deberá presentar, dentro de los 3 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, y previo a la firma del contrato los siguientes documentos:

a) Registro Federal de Contribuyentes

b) Acta constitutiva y modificaciones a la misma, las cuales deberán de estar inscritas en el Registro Público que corresponda.

c) Poder notarial del representante legal, con facultades para actos de dominio, de administración o para suscribir contratos, el cual deberá estar inscrito en el Registro Público que corresponda, y en su caso carta del fedatario público en la que se haga constar que se encuentra en trámite la inscripción del poder en el Registro respectivo.

d) Comprobante del domicilio Fiscal

e) Presentar documento actualizado expedido por el SAT, en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo dispuesto en la Regla I.2.1.15, denominada “Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas” de la Resolución de la Miscelánea Fiscal 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de junio de 2010.

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f) Copia Simple por ambos lados de la Identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas morales, de la persona que firmará el contrato.

g) En el caso de propuestas conjuntas deberá de entregarse la documentación legal de cada una de las empresas que integraron la propuesta conjunta, así como el poder de los representantes legales de cada empresa.

h) Cuando sea necesario, deberá presentar en original, los documentos que se listan a continuación:

i) De conformidad con lo que señala el Artículo 53 de las DAC, para el caso de que el contrato se adjudique a una propuesta conjunta, se aplicará lo siguiente:

Deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEP. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

Formarán parte integrante del contrato el o los instrumentos legales suscritos entre las personas que presentaron la propuesta conjunta para establecer las actividades a que se obliga cada una de ellas; el acuerdo que designa a aquélla que actuará como líder en la ejecución del contrato; los mecanismos que regulen el control del grupo que presenta la propuesta conjunta y la resolución de controversias entre los participantes; así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, y

La persona moral que hubiere sido designada como líder durante la ejecución del contrato deberá ser miembro del Consorcio; asumir la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con el Organismo Descentralizado. En su caso, el contrato estipulará las condiciones para cambiar al líder previa autorización del Organismo Descentralizado.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 52 de la DAC, en caso de que el licitante ganador no firmare el contrato por causas imputables al mismo, éste podrá ser adjudicado al Licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por PEP como solvente. En el caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del Consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del párrafo anterior, salvo que el Consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en cuyo caso el Organismo Descentralizado aplicará lo dispuesto en el Artículo 54 de las DAC y podrá autorizar la sustitución de que se trate. De no autorizarla PEP, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador y será sancionado en términos del Artículo 59 de la LPM.

Modelo de Contrato.

El modelo del contrato aplicable para la presente Invitación será conforme al Documento DA-02

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DOCUMENTO DA-02

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ PEP, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. PEP declara, a través de su (representante/apoderado), que:

1.1 Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo) y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento del mismo, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de noviembre de 2008.

1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE DIRECTORES CORPORATIVOS. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS SIN DECRETO.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del los Artículos 5° y Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo 11 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y Artículo 22 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS CON DECRETO.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos, CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha

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(Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

D) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS SIN DECRETO. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos de los Artículos 5° y Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo 11 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

E) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS CON DECRETO. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario), en términos del Artículo 5 de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

F) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS SUBDIRECTORES CORPORATIVOS.Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable CUANDO APLIQUE: así como la autorización correspondiente de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

1.4 Se obliga a prever los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante el procedimiento de Adjudicación Directa No. ____________, con fundamento en los artículos 54 segundo párrafo, 56 y 57 último párrafo, de la Ley de Petróleos Mexicanos, 50 fracción III y 51 de su Reglamento y 46 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de PEP, mediante acuerdo No. _______ de su sesión extraordinaria No. 008/10 de fecha 03 de septiembre de 2010.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es: Edificio Administrativo 1, primer nivel ala oriente, calle 33 número 90, colonia Burócratas, C.P. 24160, Ciudad del Carmen, Campeche, y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PEP9207167XA.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

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2.1 Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

2.2 Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

2.3 Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

2.4 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.5 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.6 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.7 De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEP el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

2.8 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación:

“Área Administradora del Proyecto”: ------------------------

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: --------------------------

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Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de PEP consistentes en: Adquisición de ropa de trabajo, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como Anexo ___ de este contrato.

Los bienes objeto de este contrato, serán entregados En Almacen General 2790 ubicado en el km. 4.5 Carretera Carmen-Puerto Real, Ciudad del Carmen, Camp con atención al responsable tecnico de esta requisición con el Ing. Luis Rodriguez Castillo, al tel.(01) 938 3811200 ext.25270 y 25273 Suptcia de Administración de Inventarios y Aseguramiento a la Calidad. Con los cuales deberán comunicarse con 48 horas de anticipación en horario de 8:00 a 14:00 hrs. De lunes a viernes.

La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEP, será a cargo del PROVEEDOR.

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: pedido completo.

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es DDP INCOTERMS 2000, consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: a cubrir los gastos que se efectúen por los pagos de derechos, impuestos y otros gravámenes y PEP estará obligado a: liquidar el precio de acuerdo con lo estipulado en el presente contrato..

CUARTA.- REMUNERACIÓN

4.1 Monto

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El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo __ de este contrato.

La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.)

4.2 Facturación

El PROVEEDOR deberá entregar sus facturas acompañadas del Certificado de Conformidad, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de PEP, ubicada en el edificio administrativo 1, planta baja ala oriente, calle 33 No. 90, Col. Burócratas, Ciudad del Carmen, Campeche, que cumpla con todos los requisitos, en original y 3 (tres) copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la (partida/posición) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes.

En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, PEP dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

La fecha de presentación de las facturas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato deberá registrarse en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato.

4.3 Condiciones y forma de pago

PEP pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PEP. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PEP a través de la ventanilla única ubicada en el edificio administrativo 1,

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planta baja ala oriente, calle 33 No. 90, Col. Burócratas, Ciudad del Carmen, Campeche, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 (diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PEP, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEP bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEP.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago.

Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el pago que realice PEP no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso, resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEP. PEP procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEP.

4.5 Ajustes de precios

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El presente contrato es a Precio Fijo, por lo que no estará sujeto a ajuste de precios.

QUINTA.- PENALIZACIONESNOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, TALES COMO:

I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;III. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO;IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO;V. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL;VI. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.

Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEP le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos:

I. Atraso en la Entrega de los Bienes

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente al valor total de los bienes, a razón de 5 (cinco) al millar, por cada día calendario de atraso y hasta el 10% del valor total del contrato.

El monto de las penas convencionales no podrá exceder de ____________. no podrá exceder el monto del contrato

El PROVEEDOR acepta, que PEP aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado

con PEP, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo ___ de este contrato.

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PEP, podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los bienes objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SEPTIMA.- CESIÓN

El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PEP.

Para que PEP otorgue su consentimiento el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas y financieras necesarias para cumplir con las obligaciones del PROVEEDOR, excepto cuando se cedan los derechos de cobro.

La cesión de los derechos de cobro del PROVEEDOR se realizará con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEP otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEP realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

NOVENA.- GARANTÍAS

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEP, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEP.

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El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEP, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEP.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEP.

(F) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

GARANTÍA DE LA OBLIGACION DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PEP, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEP.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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(A) Que queda obligado ante PEP para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEP podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEP otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEP, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEP con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEP exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEP.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEP, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEP.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEP.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los

elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de la Subgerencia de Recursos Materiales, Región Marina Noreste, ubicadas en Edificio Administrativo 1 primer nivel ala oriente, calle 33 No. 90, Col. Burócratas, C.P. 24160, en Cd. del Carmen, Campeche, en el horario de: 07:30 a 15:30

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horas, en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEP detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEP, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice PEP a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

PEP a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________.

Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEP, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de (partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la (partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEP.

Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

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El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PEP.

El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato.

Cualquier gasto en que incurra PEP, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PEP bajo el presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, yd. Incorporación de avances tecnológicos.

II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El PROVEEDOR deberá entregar a PEP, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o

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fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) que provengan de alguna negligencia o (ii) provocación por parte del PROVEEDOR.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

PEP podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEP ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEP ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

k) Si no da a PEP o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

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l) Si no entrega a PEP el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEP podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEP atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEP podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEP determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEP, en un plazo de 3 (tres) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

PEP podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEP hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato, debiendo en todo caso ajustarse a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PEP, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PEP notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5(cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, y

La determinación de PEP de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.

En caso de que PEP resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PEP al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a PEP

El PROVEEDOR solo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEP se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

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b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; yIV. Cuando lo determine PEP.

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PEP, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DE ORIGEN A REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

En caso de terminación anticipada, se elaborará el finiquito en los términos de la cláusula denominada “Finiquito”.

DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a PEP:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Edificio Administrativo 1, segundo nivel ala oriente, calle 33 número 90, colonia Burócratas, C.P. 24160, Ciudad del Carmen, Campeche.

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por

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parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; PEP podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEP para la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESASEl PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEP y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PEP o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

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DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEP de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEP en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PEP dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 3 (tres) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEP un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEP respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEP de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATOEn caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEP.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEP de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEP.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEP o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN

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PEP tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PEP, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando PEP determine la suspensión del contrato, el PROVEEDOR, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA SUSPENSIÓN DE ORIGEN A REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

Cuando la suspensión se derive de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, debiendo únicamente suscribir una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión y la fecha de reinicio, sin modificar el plazo de ejecución establecido en el contrato. El PROVEEDOR, a partir de la reanudación del contrato, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA SUSPENSIÓN DE ORIGEN A REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

PEP, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, la cual a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PEP.

CUANDO APLIQUECuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, PEP podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier

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otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

En caso de que la(s) conducta(s) resultase(n) en la comisión de delito(s), decretado(s) en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PEP podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del Contrato”.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subgerencia de Recursos Materiales, Región Marina Noreste, para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 67 de su Reglamento.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes.

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes”Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”Anexo “____” Propuesta Técnica – EconómicaAnexo “____”.- ____

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

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El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” PEP podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEP otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEP podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, el PROVEEDOR renuncia a cualquier reclamo posterior por la controversia de que se trate.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área

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Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el CONTRATISTA no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área

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Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

TRIGÉSIMA TERCERA.- NORMAS DE CALIDAD

El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a PEP cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

TRIGÉSIMA CUARTA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PEP que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

_________.- CONFIDENCIALIDADLA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL CONTRATISTA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PEP, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PEP. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PEP. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PEP para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta clausula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la

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información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

POR PEP

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO

GENERAL

______________________________________

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DOCUMENTO DA-03

(UTILIZAR PREFERENTEMENTE PAPEL CON MEMBRETE DE LA EMPRESA)

Ciudad ______________; a ___ de _______________ de ___________ (1)

____________ (2) _______________

Presente.

CON REPRESENTANTE:

Con relación a la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Con Carácter Internacional No. _______ (3) ______, referente a: “__________________________” en la cual mi representada, _________ (4) ____________ tiene interés en participar, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi representada, a fin de poder intervenir en todos los actos derivados del procedimiento de contratación.

SIN REPRESENTANTE:

Con relación a la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Con Carácter Internacional No. _______ (3) ______, referente a: “___________________________” en la cual tengo interés en participar, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mí, a fin de poder intervenir en todos los actos derivados del procedimiento de contratación.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

_________________ (5) _________________

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO “DOCUMENTO DA-03”NÚMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.3 Indicar el número respectivo.4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.5 Anotar el nombre y firma del representante, o representante común en caso de proposición conjunta

Nota: Este documento debe ser entregado por el licitante en forma presencial en el domicilio de la convocante, a fin de ser inscrito en la presente invitación y poder participar en cualquiera de las etapas de la misma.

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DOCUMENTO DA-04

NIVEL DE INSPECCIÓN QUE REQUIERE PEP

Niveles de Inspección - Adquisiciones

Nivel IAplica a los bienes muebles a los que se efectúa la inspección de la calidad en las instalaciones del fabricante, y que se realiza conforme al plan de inspección elaborado, con personal designado por la empresa contratada y aprobado por PEMEX.

El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Las especificaciones contractuales.2) Programa de fabricación.3) Plan de inspección4) La ingeniería aprobada (establecida en el contrato).5) La competencia (formación académica profesional, habilidades y experiencia) del personal que intervenga en la

fabricación de los bienes.6) Los documentos que demuestren la calibración vigente de los instrumentos de medición.7) Informes de resultados de calidad de la materia prima.8) Los procesos y pruebas de fabricación de los bienes muebles9) Las pruebas durante el proceso de fabricación de los bienes.10) Informes parciales del avance de la fabricación e inspección.11) Las pruebas finales establecidas en el contrato.12) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación), memoria técnica del bien y números de parte.13) El embalaje de los bienes conforme al contrato.14) La documentación que establece el contrato.

Nivel II

Aplica a los bienes muebles a los que se les efectúa la inspección de la calidad en las instalaciones del fabricante, y que se realiza para determinadas actividades conforme al plan de inspección elaborado de acuerdo al programa de fabricación, con personal designado por la empresa contratada y aprobado por PEMEX.

El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Las especificaciones contractuales.2) Programa de fabricación.3) Plan de inspección4) La ingeniería aprobada (establecida en el contrato).5) La competencia (formación académica profesional, habilidades y experiencia) del personal que intervenga en la

fabricación de los bienes.6) Los documentos que demuestren la calibración vigente de los instrumentos de medición.7) Informes de resultados de calidad de la materia prima.8) Los procesos y pruebas de fabricación de los bienes muebles9) Las pruebas durante el proceso de fabricación de los bienes.10) Informes parciales del avance de la fabricación e inspección.11) Las pruebas finales establecidas en el contrato.

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12) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación), memoria técnica del bien y números de parte13) El embalaje de los bienes conforme al contrato.14) La documentación que establece el contrato.

Nivel III

Aplica a los bienes que se verifican en las instalaciones del proveedor o en destino final.

El cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en los contratos, se determina a través de la verificación documental y física de las actividades que apliquen a este nivel de inspección o de las actividades específicas que determine el área usuaria de acuerdo a sus requerimientos, siendo enunciativas más no limitativas los siguientes requisitos y actividades

1) Los requerimientos técnicos y contractuales.2) La aplicación de las Normas, Códigos, Procedimientos o Especificaciones de los bienes terminados.3) Certificados de aseguramiento de calidad o reportes de calidad o informes de Resultados de calidad de los bienes

terminados.4) Las pruebas finales de aceptación de los bienes terminados.5) El acabado y embalaje de los bienes terminados.6) Manuales de operación, mantenimiento y números de parte

FIN

DOCUMENTO DA-05

FORMATO DE PREGUNTAS PARA LA JUNTA DE ACLARACIONES

Invitación a Cuando Menos Tres Personas Con Carácter Internacional No. __________________

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RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE:___________________________

PREGUNTA DEL LICITANTE RESPUESTA DE PEPPREGUNTA No. 1REFERENCIA: (Ubicación de las bases, del motivo de la duda o pregunta).

PREGUNTA No. 2REFERENCIA:

PREGUNTA No. 3REFERENCIA:

PREGUNTA No. 4REFERENCIA:ETC.

NOTAS:1.- Los licitantes podrán enviar sus preguntas vía correo electrónico; o bien entregarlas personalmente a más tardar 2 días hábiles antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Se recomienda entregarlas en archivo en formato Word.

2.- Favor de utilizar un número para cada pregunta.

RAZÓN SOCIAL:N O M B R E:F I R M A:C A R G O:F E C H A:

DOCUMENTO DA-06CONVENIO PRIVADO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA

Convenio privado de propuesta conjunta que celebran por una parte la empresa__________________________________ y por la otra la empresa_______________________________, para

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participar en la Invitación restringida a por lo menos tres personas No. XXXXXXXXXXXX, para la Adquisición de “____________________”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

I. Declara la empresa______________________I.1.- Que acredita la existencia de la empresa con el testimonio de la Escritura Pública número. ____________, volumen

número. ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _____________, bajo el acta número ____________, tomo número_____________ volumen número ___________, de fecha __________, otorgada ante la Fe del Notario Público número._____ de la Ciudad de ________., Lic. __________.

I.2.- Que el Señor ______________________________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública número______ de fecha _____ de _______ de ______ otorgada ante la fe del Notario Público número. ______, de la Ciudad de _________., Lic. ______________.

I.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en: ________________________ número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.

II. Declara la empresa______________________II.1.- Que acredita la existencia de la empresa con el testimonio de la Escritura Pública número. ____________, volumen

número. ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _____________, bajo el acta número ____________, tomo número_____________ volumen número ___________, de fecha __________, otorgada ante la Fe del Notario Público número._____ de la Ciudad de ________., Lic. __________.

II.2.- Que el Señor ______________________________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública número______ de fecha __________ de _______ de ______ otorgada ante la fe del Notario Público número. ___________, de la Ciudad de _________., Lic. ______________.

II.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en: ________________________ número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.

III.- Las partes declaran:III.1.- Que celebran el presente convenio con fundamento en el Artículo 24 de las Disposiciones Administrativas de

Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y a la regla referente a participación Conjunta de las bases _______número ______, referente a__________.

III.2.- Las partes de este Convenio Privado de Propuesta Conjunta, nos comprometemos y obligamos a participar en forma conjunta en la Invitación ___________número ______, referente a__________.

CLÁUSULAS.PRIMERA.- OBJETO.Las partes convienen en agruparse con el objeto de presentar propuesta conjunta para participar en la Invitación restringida a por lo menos tres personas _____________, número ___________, referente a, _____________.

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SEGUNDA.- PARTES DE LOS TRABAJOS QUE CADA AGRUPADO SE OBLIGA A CUMPLIR. Las partes en este convenio se obligan a aportar, en caso de resultar su propuesta conjuntada adjudicada en la Invitación restringida a por lo menos tres personas ______ número _______ lo siguiente:

I. La empresa __________________________:

(Indicar en este párrafo las partes de los trabajos que se obliga a ejecutar, o la participación que tendrá en el grupo)

II. La empresa __________________________:

(Indicar en este párrafo las partes de los trabajos que se obliga a ejecutar, o la participación que tendrá en el grupo)

TERCERA.- DOMICILIO COMÚN.Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en______________ número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ____________.

CUARTA.- REPRESENTANTE COMÚN. Las partes convienen que la Compañía _________________, a través de su Represente Legal, Señor _______________________, será el Representante Común, y actuará como Líder, otorgándole todo el poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante Pemex-Exploración y Producción en nombre y representación de las Partes en todos y cada uno de los actos de la invitación referida, y los que de ella se deriven.

QUINTA.- OBLIGACION CONJUNTA Y SOLIDARIALas partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre si y ante Pemex-Exploración y Producción, para comprometerse por la totalidad de las obligaciones derivada del contrato que se firme producto de la Invitación No. _______________.

El presente Convenio Privado de Propuesta Conjunta, se firma por las partes en dos ejemplares originales, en la Ciudad de ________________, a los _____ días del mes de ________________ de 2010.

Empresa________________ Empresa __________________

Representante Legal Representante Legal

DOCUMENTO DT-1

REQUISICION No. 2000024576

PROCEDIMIENTO No. FECHA DE CIERRE HORA DE CIERRE BXXXXX XX de XXXXX de XXXX XX:00 HRS

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Requisición 2000024576

PDA. CANTIDAD UNIDAD MED.

00001 60 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 34-36 AMARILLO

OVEROL DE TRABAJO, RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE INSTALACIONES COSTAFUERA Y/O EMBARCACIONES,EL CUAL DEBE CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMA DEREFERENCIA NRF-006-PEMEX-2007.LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA, SATINADO, COLORDE LA TELA AMARILLO REFERENCIA-09 CÓDIGO PANTONE 14-1064 TC, CON UN PESOMINIMO DE 290 GR/M2 Y DE UN PESO MAXIMO DE 320 GR/M2, Y DEBE CUMPLIR CONLAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5 Y LA TABLA 8 DE LANRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION. LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007. EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERA DEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADO NIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 34-36.

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00002 590 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 38-40 AMARILLO

OVEROL DE TRABAJO, RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE INSTALACIONES COSTAFUERA Y/O EMBARCACIONES,EL CUAL DEBE CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMA DEREFERENCIA NRF-006-PEMEX-2007.LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA, SATINADO, COLORDE LA TELA AMARILLO REFERENCIA-09 CÓDIGO PANTONE 14-1064 TC, CON UN PESOMINIMO DE 290 GR/M2 Y DE UN PESO MAXIMO DE 320 GR/M2, Y DEBE CUMPLIR CONLAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5 Y LA TABLA 8 DE LANRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION. LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007. EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERA DEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADONIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 38-40.

00003 1150 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 42-44 AMARILLO

OVEROL DE TRABAJO, RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE INSTALACIONES COSTAFUERA Y/O EMBARCACIONES,EL CUAL DEBE CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMA DEREFERENCIA NRF-006-PEMEX-2007.LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA, SATINADO, COLOR

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DE LA TELA AMARILLO REFERENCIA-09 CÓDIGO PANTONE 14-1064 TC, CON UN PESOMINIMO DE 290 GR/M2 Y DE UN PESO MAXIMO DE 320 GR/M2, Y DEBE CUMPLIR CONLAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5 Y LA TABLA 8 DE LANRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION. LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007. EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERA DEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADO. NIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 42-44.

00004 300 PZA

OVEROL GAB. RETAR.A FLAMA 46-48 AMARILLO

OVEROL DE TRABAJO, RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE INSTALACIONES COSTAFUERA Y/O EMBARCACIONES,EL CUAL DEBE CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMA DEREFERENCIA NRF-006-PEMEX-2007.LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA, SATINADO, COLORDE LA TELA AMARILLO REFERENCIA-09 CÓDIGO PANTONE 14-1064 TC, CON UN PESOMINIMO DE 290 GR/M2 Y DE UN PESO MAXIMO DE 320 GR/M2, Y DEBE CUMPLIR CONLAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5 Y LA TABLA 8 DE LANRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LA

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UBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION. LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007. EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERA DEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADONIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 46-48.

00005 50 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 50-52 AMARILLO

OVEROL DE TRABAJO, RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE INSTALACIONES COSTAFUERA Y/O EMBARCACIONES,EL CUAL DEBE CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMA DEREFERENCIA NRF-006-PEMEX-2007.LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA, SATINADO, COLORDE LA TELA AMARILLO REFERENCIA-09 CÓDIGO PANTONE 14-1064 TC, CON UN PESOMINIMO DE 290 GR/M2 Y DE UN PESO MAXIMO DE 320 GR/M2, Y DEBE CUMPLIR CONLAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5 Y LA TABLA 8 DE LANRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADO

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EN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION. LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007. EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERA DEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADONIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 50-52.

00006 200 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 34-36 ROJO

OVEROL DE TRABAJO RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE CONTRAINCENDIO, SEGURIDAD FISICA Y DEPERFORACIÓN, EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LANORMA DE REFERENCIA DE PEMEX NRF-006-PEMEX-2007 REFERENTE A "ROPA DETRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOSSUBSIDIARIOS". LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA,DE TEJIDO SATINADO, COLOR DE LA TELA ROJO REFERENCIA 02 CODIGO PANTONE19-1663 TC, DE UN PESO MINIMO DE 290 GR/M2 Y UN PESO MAXIMO DE 320GR/M2 QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5Y LA TABLA 8 DE LA NRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMAEN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION.LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERADEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLOR

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PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADONIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 34-36.

00007 300 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 38-40 ROJO

OVEROL DE TRABAJO RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE CONTRAINCENDIO, SEGURIDAD FISICA Y DEPERFORACIÓN, EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LANORMA DE REFERENCIA DE PEMEX NRF-006-PEMEX-2007 REFERENTE A "ROPA DETRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOSSUBSIDIARIOS". LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA,DE TEJIDO SATINADO, COLOR DE LA TELA ROJO REFERENCIA 02 CODIGO PANTONE19-1663 TC, DE UN PESO MINIMO DE 290 GR/M2 Y UN PESO MAXIMO DE 320GR/M2 QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5Y LA TABLA 8 DE LA NRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMAEN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION.LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERADEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.

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SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADO.NIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 38-40.

00008 250 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 42-44 ROJO

OVEROL DE TRABAJO RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE CONTRAINCENDIO, SEGURIDAD FISICA Y DEPERFORACIÓN, EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LANORMA DE REFERENCIA DE PEMEX NRF-006-PEMEX-2007 REFERENTE A "ROPA DETRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOSSUBSIDIARIOS". LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA,DE TEJIDO SATINADO, COLOR DE LA TELA ROJO REFERENCIA 02 CODIGO PANTONE19-1663 TC, DE UN PESO MINIMO DE 290 GR/M2 Y UN PESO MAXIMO DE 320GR/M2 QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5Y LA TABLA 8 DE LA NRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMAEN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION.LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERADEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADONIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 42-44.

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00009 10 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 50-52 ROJO

OVEROL DE TRABAJO RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE CONTRAINCENDIO, SEGURIDAD FISICA Y DEPERFORACIÓN, EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LANORMA DE REFERENCIA DE PEMEX NRF-006-PEMEX-2007 REFERENTE A "ROPA DETRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOSSUBSIDIARIOS". LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA,DE TEJIDO SATINADO, COLOR DE LA TELA ROJO REFERENCIA 02 CODIGO PANTONE19-1663 TC, DE UN PESO MINIMO DE 290 GR/M2 Y UN PESO MAXIMO DE 320GR/M2 QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5Y LA TABLA 8 DE LA NRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMAEN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION. LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL, DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFODEL PUNTO 11.4.10 DE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERADEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADO.NIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 50-52.

00010 38 PZA

OVEROL GAB.RETAR.A FLAMA 46-48 ROJO

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CONTENIDO DE DOCUMENTACIONREQ. 2000024576

OVEROL DE TRABAJO RETARDANTE A LA FLAMA.OVEROL PARA TRABAJADORES DE CONTRAINCENDIO, SEGURIDAD FISICA Y DEPERFORACIÓN, EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR COMO MÍNIMO CON LO ESTABLECIDO EN LANORMA DE REFERENCIA DE PEMEX NRF-006-PEMEX-2007 REFERENTE A "ROPA DETRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOSSUBSIDIARIOS". LA TELA DEBE SER DE ALGODÓN 100% RETARDANTE A LA FLAMA,DE TEJIDO SATINADO, COLOR DE LA TELA ROJO REFERENCIA 02 CODIGO PANTONE19-1663 TC, DE UN PESO MINIMO DE 290 GR/M2 Y UN PESO MAXIMO DE 320GR/M2 QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE LOS NUMERALES 8, 10, 11.4 Y 11.5Y LA TABLA 8 DE LA NRF-006-PEMEX-2007. LAS DIMENSIONES DEL OVEROL DEBEN SER LASQUE SE INDICAN EN LAS TABLAS 14 Y 15 DE LA NORMAEN LA CONFECCIÓN ADICIONALMENTE SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: ELSIMBOLO-LOGOTIPO DE PEMEX DEBE SER BORDADO DIRECTO A LA TELA CONFORME ALOS PUNTOS 11.4.10 Y 11.8 (INCISO a) DE LA NRF-006-PEMEX-2007. EL NOMBREDEL ORGANISMO SERA SUBSTITUIDO POR "EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN". LAUBICACION SERA DE ACUERDO A LA NORMA DE REFERENCIA Y LAS DIMENSIONES YDISEÑO SERAN DE ACUERDO A LA FIGURA 13 DE LA MISMA NORMA.DEBE LLEVAR UN SIMBOLO DE IDENTIFICACIÓN CONFORME AL PUNTO 11.4.10 DE LANRF-006-PEMEX-2007, EN LA PARTE DE ENFRENTE LADO DERECHO DEBERA LLEVAREL LOGOTIPO DEL SSPA BORDADO DIRECTO A LA TELA, CENTRADO A LA MISMAALTURA DEL LOGOTIPO DE PEMEX-PEP, CONFORME AL DISEÑO Y MEDIDAS MOSTRADOEN EL ANEXO "A" DE ESTA REQUISICION.LOGOTIPO ADICIONAL: DEBERÁ CONTAR CON LOGOTIPO DISTINTIVO DE LA BANDERANACIONAL, TIPO PARCHE, COLOCADO LATERALMENTE EN LA MANGA DERECHA A UNADISTANCIA DE 12 CM. DE LA UNIÓN DE ÉSTA CON EL HOMBRO, COSIDO Y BORDADOEN SUS COLORES ORIGINALES VERDE, BLANCO Y ROJO CON EL ESCUDO EN NEGRO,EN MEDIDAS DE 8 CM DE LONGITUD POR 4 CM DE ANCHO CONFORME AL ANEXO "E"DE ESTA REQUISICION.LOS LOGOTIPOS DE PEMEX-PEP, SSPA Y EL DISTINTIVO DE LA BANDERA NACIONAL,DEBEN DE SER BORDADOS CONFORME AL TERCER PARRAFO DEL PUNTO 11.4.10 DELA NORMA NRF-006-PEMEX-2007.EL COLOR DE LA TELA RETARDANTE A LA FLAMA DE LOS CIERRES DE CREMALLERADEBE SER NEGRO O DEL COLOR DE LA PRENDA.EL OVEROL DEBE LLEVAR CINTAS RETROREFLEJANTES "TIPO IGNIFUGA" COLORPLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA DE 25.4 MM DE ANCHO CON LASESPECIFICACIONES INDICADAS EN EL PUNTO 11.5 DE LA NRF-006-PEMEX-2007, NOLLEVARÁ LAS CINTAS OPCIONALES DE LA ESPALDA Y LAS PANTORRILLAS, SOLODEBE LLEVAR LAS CINTAS EN EL CUELLO, LOS PUÑOS Y EN LA LINEA DECREMALLERA COMO SE ILUSTRA EN LAS FIGURAS No. 8 Y 9 DE LA NRF-006-PEMEX-2007.SE DEBE COTIZAR UN SOLO PRECIO PARA CADA TIPO Y TALLA DE PRENDA, LA CUALDEBE COTIZARSE CON EL COLOR DE CINTA RETROREFLEJANTE TIPO IGNIFUGA QUESE PREFIERA (PLATA O BLANCO O AMARILLO LIMA), SERA ACEPTABLE ENCUALQUIERA DE ESTOS COLORES, SIN EMBARGO LOS LICITANTES DEBERAN INDICAREN SU PROPUESTA EL COLOR OFERTADO, DEBIENDO EL PROVEEDOR GANADORENTREGAR LAS PRENDAS CON EL COLOR OFERTADONIVEL DE INSPECCIÓN II, TALLA 46-48.

================================================== CONDICIONES:=================================================.ADQUISICIÓN DE ROPA DE TRABAJO..================================================

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1.- CRITERIOS DE EVALUACION TÉCNICAA) PARA LOS ARTICULOS MARCADOS CON NIVEL DE INSPECCION 2, TODOS LOS LICITANTES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES ADJUNTO A SU PROPUESTA TECNICA, DEBEN ENTREGAR RESULTADOS DE CONFECCION REALIZADOS A LAS PRENDAS QUE OFERTAN, LOS CUALES DEBEN SER EMITIDOS POR LABORATORIOS ACREDITADOS POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (EMA). ESTOS DEBEN TENER FECHA DE EMISIÓN NO MAYOR A SEIS MESES DE LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DEL PROCESO LICITATORIO.CUANDO NO EXISTA LABORATORIO ACREDITADO EN LAS PRUEBAS REQUERIDAS POR LA NORMA DE REFERENCIA NRF-006-PEMEX-2004, SE DEBEN PRESENTAR ESTAS POR LABORATORIOS DEL RAMO TEXTIL PREFERENTEMENTE ACREDITADOS POR LA EMA EN OTRAS PRUEBAS.EN CASO DE QUE ESTOS TAMPOCO EXISTAN SE DEBEN PRESENTAR DE LABORATORIOS QUE TENGAN LA INFRAESTRUCTURA PARA REALIZAR LAS PRUEBAS.LOS REPORTES DE CONFECCIÓN DEBEN SER REALIZADOS CON BASE A ROPA DE TRABAJO EN TALLA 40 O SU EQUIVALENTE, DEBERAN ENTREGARSE EN LA PROPUESTA TECNICA Y DEBERAN INDICAR Y/O DEMOSTRAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES SOLICITADAS EN LAS BASES. SE DEBERÁ PRESENTAR REPORTE PARA CADA TIPO DE CONFECCIÓN EN CUALQUIER COLOR DE LOS SOLICITADOS; POR LO QUE SE DEBERÁ PRESENTAR ÉSTOS PARA LAS SIGUIENTES PRENDAS, LAS CUALES SERÁN REPRESENTATIVAS DE LA CONFECCIÓN DE LA PARTIDA INDICADA:.

1.- Overol en color amarillo de las partidas 1 a la 05 y de la 06 a 10 color rojo..B) EN LA PROPUESTA TECNICA SE DEBE ENTREGAR UNA CARTA, EN ORIGINAL, DEL FABRICANTE DE LA TELA O SU REPRESENTANTE EN MÉXICO, EN LA CUAL SE HAGA CONSTAR QUE EL COLOR DE LA TELA CON LA QUE SE CONFECCIONA LAS PRENDAS QUE OFERTA CORRESPONDE AL CÓDIGO PANTONE QUE SE ESTABLECE EN LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN CONFORME A LA TABLA 1 DE LA PRESENTE NORMA..C) LOS LICITANTES DEBEN ENTREGAR EN LA PROPUESTA TECNICA INFORMES DE PRUEBAS Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS EN ORIGINAL, EFECTUADAS A MUESTRAS DE TELA, CINTAS RETROREFLEJANTES, CIERRES, BROCHES METÁLICOS Y GANCHOS, PROPUESTOS PARA FABRICAR LAS PRENDAS REQUERIDAS EN LAS BASES. LOS INFORMES DE PRUEBAS Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS DEBEN INDICAR Y/O DEMOSTRAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y ESPECIFICACIONES SOLICITADAS EN LAS BASES. ESTOS DEBEN TENER FECHA DE EMISIÓN NO MAYOR A SEIS MESES DE LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DEL PROCESO LICITATORIO. DEBEN SER EMITIDOS POR UN LABORATORIO CON ACREDITACIÓN VIGENTE DE LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (E.M.A.) EN TODAS LAS PRUEBAS, DEBIENDOSE ENTREGAR COPIA DE LA ACREDITACION DEL LABORATORIO DE CADA UNA DE LAS PRUEBAS REALIZADAS)..SI NO EXISTE UN LABORATORIO DE PRUEBAS QUE SE ENCUENTRE ACREDITADO POR LA EMA PARA LA REALIZACIÓN DE TODAS LAS PRUEBAS INCLUIDAS EN EL INFORME DE RESULTADOS REQUERIDAS POR LA NORMA DE REFERENCIA NRF-006-PEMEX-2004, CADA UNO DE LOS INFORMES DE RESULTADOS QUE ENTREGUE EL LICITANTE O PROVEEDOR, DEBE SER EMITIDO POR UN ÚNICO LABORATORIO ACREDITADO POR LA E.M.A. PARA OTRAS PRUEBAS.EN CASO DE QUE ESTOS TAMPOCO EXISTAN SE DEBEN PRESENTAR DE LABORATORIOS QUE TENGAN LA INFRAESTRUCTURA PARA REALIZAR LAS PRUEBAS.LOS INFORMES DE PRUEBAS Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS, DEBEN ENTREGARSE PARA CADA TIPO DE TELA EN CUALQUIER COLOR DE LOS SOLICITADOS EXCEPTO EN BLANCO, A FIN DE QUE LAS PRUEBAS DE SOLIDEZ AL COLOR SEAN MÁS REPRESENTATIVAS Y EXISTA IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA, Y TODA VEZ QUE LA NORMA NRF-006-PEMEX-2004 EN SU PUNTO 15.1.3. b).- SOLO OBLIGA A LA ENTREGA DE INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS POR CADA TIPO PARTICULAR DE TELA Y NO ESPECIFICA QUE SEA POR CADA COLOR.DE ACUERDO A LO ANTERIOR, SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA TECNICA EL ENTREGAR LOS INFORMES DE PRUEBAS Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS QUE SOLO SEAN PRESENTADOS PARA TELAS EN COLOR BLANCO. POR LO QUE SE DEBEN PRESENTAR INFORMES DE PRUEBAS Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS PARA LOS SIGUIENTES TIPOS DE TELAS Y ACCESORIOS:.1.- Tela gabardina de algodón 100%, 3/1 "S" con peso de 250 a 262 gr/m2.2.- Tela gabardina de algodón 100%, satin 4/1 con peso de 305 a 330 gr/m2.3.- Tela 100% de algodón peinado de 180 gr/m2 mínimo.4.- Tela de algodón 100%, sarga 3/1 "S" de 406 a 425 gr/m2.5.- Tela gabardina de algodón 100%, tipo Bulldenim de 373 gr/m2 mínimo.

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6.- Tela de algodón 100%, felpa de 305 a 320 gr/m2.7.- Tela de algodón 100%, satinado, Retardante a la flama de 290 a 320 gr/m2.8.- Tela de algodón 100%, satinado, Retardante a la flama de 225 a 275 gr/m2.9.- Tela de algodón 100%, tejido 2X2, de 135 gr/m2 mínimo.10.- Cintas retrorreflejantes.11.- Cierres con tela ignifuga.12.- Broches.13.- Ganchos..NOTA: EN LOS INFORMES DE PRUEBAS Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS SOLICITADOS EN LOS PUNTOS 3.- Tela 100% de algodón peinado de 180 gr/m2 mínimo, 5.- Tela gabardina de algodón 100%, tipo Bulldenim de 373 gr/m2 mínimo y 9.- Tela de algodón 100%, tejido 2X2, de 135 gr/m2 mínimo, UNICAMENTE SERÁ OBLIGATORIO INDICAR Y/O DEMOSTRAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTENIDO DE ALGODÓN Y PESO POR METRO CUADRADO DE LA TELA SOLICITADOS, DEBIENDOSE UTILIZAR LOS METODOS DE PRUEBA CORRESPONDIENTES INDICADOS EN LA TABLA No. 2 DE LA NORMA DE REFERENCIA NRF-006-PEMEX-2004..TODOS LOS INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS, ASÍ COMO LA CARTA DE CUMPLIMIENTO CON EL CÓDIGO PANTONE, QUE DEBEN ENTREGAR EL LICITANTE O PROVEEDOR CONFORME A LA NORMA DE REFERENCIA NRF-006-PEMEX-2004, DEBEN SER EN ORIGINAL Y TENER ADHERIDO UN SEGMENTO DE LA MUESTRA CORRESPONDIENTE DE 10 CM2 COMO MÍNIMO, CON EL SELLO DE AUTENTICIDAD DEL EMISOR, SOBRE EL SEGMENTO DE LA MUESTRA Y EL PAPEL DEL DOCUMENTO EMITIDO, EL CUAL DEBE TENER UNA FECHA DE EMISIÓN NO MAYOR A SEIS MESES PREVIA A LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES QUE SE PUBLIQUE EN LA CONVOCATORIA DEL EVENTO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN..SE ACEPTARÁN INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS EMITIDOS EN FECHAS EN LAS QUE LOS LABORATORIOS SE ENCONTRABAN CON ACREDITACIÓN VIGENTE, SIEMPRE Y CUANDO LA FECHA DE EMISIÓN NO SEA MAYOR A SEIS MESES PREVIA A LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES..EN LA PROPUESTA TECNICA EL LICITANTE TENDRÁ LA OPCIÓN DE ENTREGAR ADJUNTO A LOS ORIGINALES DE LOS INFORMES DE RESULTADOS DE PRUEBAS Y CARTAS DE LOS FABRICANTES DE LAS TELAS, COPIAS NOTARIADAS EN ORIGINAL (COPIA CERTIFICADA POR NOTARIO PÚBLICO) DE LOS ORIGINALES, A FIN DE QUE ESTOS LE SEAN DEVUELTOS, MEDIANTE SOLICITUD ESCRITA A LA CONVOCANTE, EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 56 PÁRRAFOS TERCERO Y CUARTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO..D) PARA FINES DE EVALUACION TECNICA, EN LOS INFORMES Y/ORESULTADOS DE PRUEBAS SOLICITADOS EN EL INCISO C) ANTERIOR, UNICAMENTE SERA OBLIGATORIO REPORTAR Y/O INDICAR(SIN SER LIMITATIVO) LAS ESPECIFICACIONES Y/O PARAMETROS QUE SEAN MEDIBLES A TRAVES DE METODOS DE PRUEBA QUE ESTEN INDICADOS EN LA NORMA DE REFERENCIA DE PEMEX SOLICITADA EN LAS BASES (NRF-006-PEMEX-2004)..E) LOS INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS, DEBERÁN SER EMITIDOS EN IDIOMA ESPAÑOL, LOS INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS QUE EN SU CASO SEAN ENTREGADOS PARA PRODUCTOS EXTRANJEROS, DEBEN SER ENTREGADOS EN EL IDIOMA ESPAÑOL. RATIFICANDOSE QUE DEBEN SER EMITIDOS POR LABORATORIOS ACREDITADOS POR LA E.M.A. (ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN), ACEPTANDOSE LOS INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS DE ORIGEN EXTRANJERO QUE HAYAN SIDO EMITIDOS POR LABORATORIOS O INSTITUCIONES QUE CUENTEN CON UN ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO CON LA E.M.A. O CON LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA, LO ANTERIOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 87-a Y 87-b DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACIÓN Y LOS ARTICULOS 92 AL 95 DEL REGLAMENTO DE LA PRECITADA LEY.PARA EL CASO ANTES MENCIONADO, SE DEBERÁ ENTREGAR EN LA PROPUESTA TECNICA, DOCUMENTO ORIGINAL APOSTILLADO DEL PAÍS DE ORIGEN QUE DE CONSTANCIA DE LA VALIDÉZ DEL DOCUMENTO (S) DE RECONOCIMIENTO MUTUO..F) EN LA PROPUESTA TECNICA SE DEBERÁN COTIZAR TODAS Y CADA UNA DE LAS POSICIONES (O PARTIDAS) SOLICITADAS, ASÍMISMO, SE DEBE INDICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES Y NORMATIVIDAD REQUERIDAS EN LA PRESENTE REQUISICIÓN..G) LA PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ INCLUIR LA DESCRIPCIÓN COMPLETA DE CADA POSICIÓN O PARTIDA SOLICITADA, EXCLUIR LOS

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IDEMS O EXPRESIONES SIMILARES..H) EL TIPO DE ADJUDICACIÓN SERÁ POR REQUISICIÓN, POR LO QUE EL LICITANTE DEBE COTIZAR TODAS LAS PARTIDAS (POSICIONES REQUERIDAS)..I) EL INCUMPLIMIENTO U OMISIÓN PARCIAL O TOTAL A LO REQUERIDO EN LOS DOCUMENTOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES Y EN LO REQUERIDO ENLOS INCISOS ANTERIORES (DEL A HASTA EL H) SERA MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN TECNICA..J) PARA FINES DE CONTROL E IDENTIFICACIÓN DE LA EVALUACIÓNTÉCNICA, SE DEBERÁN SEÑALAR E IDENTIFICAR CLARAMENTE LOSARTÍCULOS PROPUESTOS CON EL NÚMERO DE PARTIDA CORRESPONDIENTE, EN LOS INFORMES Y/O RESULTADOS DE PRUEBAS.LA IDENTIFICACIÓN PODRÁ SER EN FORMA MANUSCRITA O POR ETIQUETAS, COLOCADO EN SECCIONES QUE NO OBSTACULIZEN EL CONTENIDO DE LOS MISMOS.========================================================= 2.- CRITERIOS DE INSPECCION:==========================================================.A) LA INSPECCIÓN SE REALIZARÁ CONFORME A LO INDICADO EN LA NORMA DE REFERENCIA NRF-006-PEMEX-2004, ASI MISMO CONFORME AL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN NÚMERO PA-800-70600-01 Y EN EL CASO DE QUE SE CONTRATE POR "PEP" LA INSPECCIÓN POR TERCEROS EL INDICADO EN LA NORMA DE REFERENCIA NRF-049-PEMEX-2006 REFERENTES A LA "INSPECCION DE BIENES Y SERVICIOS"..B) PARA LA INSPECCIÓN DE LOS PRODUCTOS, EL PROVEEDOR GANADOR LADEBERÁ SOLICITAR POR ESCRITO MEDIANTE EL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN NÚMERO PA-800-70600-01 Ó EN SU CASO EN LA NORMA NRF-049-PEMEX-2006, AL ÁREA DE INSPECCIÓN MAS CERCANA A SUS INSTALACIONES, CON UN MÍNIMO DE 7 DÍAS CALENDARIO DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE INICIO DE LA FABRICACIÓN DEL PRODUCTO (S), A SÍ MISMO DEBERÁ PERMITIR EL ACCESO A SUS INSTALACIONES A REPRESENTANTES DE PEP PARA SUPERVISAR LAS FASES DE FABRICACIÓN..C) "PEP" A TRAVÉS DEL ÁREA DE INSPECCIÓN CORRESPONDIENTE Y/O ATRAVÉS DE SERVICIOS POR TERCEROS, COMPROBARÁ DURANTE LAVIGENCIA DEL CONTRATO, EN FORMA ALEATORIA Y POR SU CUENTA,EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y ESPECIFICACIONES SOLICITADAS..D) LA DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL PROVEEDOR PARA LAINSPECCIÓN DE SUS PRODUCTOS, DEBERÁ PERMITIR LA VERIFICACIÓNDE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATOCORRESPONDIENTE, ASÍ COMO LO ESTIPULADO EN LA NORMA DE REFERENCIA NRF-006-PEMEX-2004.============================================================== 3.- CONDICIONES DE ENTREGA.==============================================================A).- EL LUGAR DE ENTREGA DE LOS MATERIALES SERA EN EL ALMACEN GENERAL 2790 UBICADO EN EL KM. 4.5 CARRETERA CARMEN-PUERTO REAL, CIUDAD DEL CARMEN, CAMP. O EN DONDE INDIQUE EL PEDIDO.B).- EL TIEMPO DE ENTREGA DEL MATERIAL DEBE SER DE 45 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCION DEL PEDIDO POR PARTE DEL PROVEEDOR.C) SE ACEPTAN ENTREGAS PARCIALES DE PARTIDAS COMPLETAS.

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