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DIRECCION DE ECOSISTEMAS
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Mayo de 2010
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ORDENAMIENTO AMBIENTAL
RESERVAS FORESTALES NACIONALES. LEY 2 DE 1959
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LEY 2 DE 1959
Artculo 1. Para el desarrollo de la
economa forestal y proteccin de los
suelos, las aguas y la vida silvestre, se
establecen con carcter de "Zonas
Forestales Protectoras" y "Bosques de
Inters General", segn clasificacin del
Decreto legislativo nmero 2278 de 1953,
las siguientes zonas de reserva forestal:
Pacfico, Central, Ro Magdalena, Sierra
Nevada de Santa Marta, Serrana de los
Motilones, Cocuy, Amazona.
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Decreto legislativo 2278 de 1953 Por el cual se dictan medidas sobre
cuestiones forestales
Art. 3. Bosques de inters general aquellos que contienen especies de
elevado valor comercial que econmicamente conviene conservar, sean
pblicos o de propiedad privada.
Art. 4. Zona Forestal Protectora. Terrenos situados en las cabeceras de
cuencas de ros, arroyos y quebradas, sean o no permanentes mrgenes yladeras con pendiente superior al 40% zona de 50 mts de ancho a cadalado de manantiales, corrientes y cualesquiera depsitos naturales de
aguas, y los que, a juicio del M. de Agricultura, convenga mantener el
bosque, o crearlo si ha desaparecido, con el fin de defender cuencas de
abastecimiento de aguas, embalses, acequias, evitar desprendimientos de
tierras y rocas, sujetar terrenos, defender vas de comunicacin, regularizar
cursos de aguas, o contribuir a la salubridad.
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Ley 2 de 1959.
Art. 2. Zonas de Reserva Forestal Protectora: Terrenos baldos en
hoyas hidrogrficas que sirvan o puedan servir de abastecimiento de
aguas para consumo interno, produccin de energa elctrica y para
irrigacin, y cuyas pendientes sean superiores al 40%, a menos que, el M.
Agricultura las sustraiga.
Art. 3. IGAC realizar estudio y clasificacin de suelos del pas.
Determinar a solicitud de M. Agricultura, sectores adecuados para
actividad agropecuaria. Ministerio efectuar sustraccin. M. Agricultura
podr sustraer base estudios e informes tcnicos.
Art. 4. Bosques existentes en reservas forestales debern someterse a
Plan de Ordenacin Forestal. Ministerio de Agricultura: programar y
ejecutar planes
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Lnea base ambiental
93 millones de Ha. de zonas marinas
114 millones de Ha. zonas continentales
63.9 millones de Ha. de bosques
1.3 millones de Ha. de pramos
16 millones de Ha. de sabanas
20.2 millones de Ha. de humedales interiores.
24.5 millones de Ha. Zonas secas (ridas y semiridas)
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Instrumentos de planificacin y ordenamiento del territorio
Planes de ordenacin y manejo de cuencas hidrogrficas Planes de ordenacin forestal Planes de zonificacin y ordenacin de pramos Planes de zonificacin de manglares Planes de manejo de humedales Planes de manejo de las reas que conforman el SNPNN Planes de manejo de reservas forestales protectoras Reglamentaciones de corrientes hdricas Planes de manejo de los DMI Planes de ordenamiento territorial*
Licencias ambientales Permisos, concesiones y autorizaciones ambientales
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ORDENACIN DE ECOSISTEMAS
Ha
RESERVAS FORESTALES DE
LEY 2
65.280.321
SUSTRACCIONES 13.903.591
PARQUES NALES NAT. EN
RESERVAS
8.260.540
RESGUARDOS INDGENAS 22.986.074
COMUNIDADES NEGRAS 3.939.351
RESERVAS FORESTALES
PROTECTORAS NALES
424.596
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AREAS DE RESERVAS FORESTALES CREADAS POR LA LEY 2 DE 1959
Y EL DECRETO 111/59
AREAS SUSTRADAS Y AREA ACTUAL
RESERVA FORESTAL AREA DECLARADA
(Ha)
AREA SUSTRAIDA
(Ha)
AREA ACTUAL (Ha)
Amazona 43,959,737 6,115,526 37,844,211
Central 1,621,180 77,518 1,543,662
Cocuy 869,458 139,193 730,265
Pacfico 11,155,214 3,145,447 8,009,767
Ro Magdalena 5,823,468 3,667,878 2,155,590
Serrana de los Motilones 998,581 448,977 549,604
Sierra Nevada de Santa Marta 852,683 313,468 539,215
TOTAL 65.280.321 13.908.007 51.372.314
FUENTE: Proyecto Reservas Forestales (Convenio MinAmbiente IDEAM, 097/01).
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Decreto ley 2811 de 1974 CNRNR- rea de reserva forestal
Art. 206. Zona de propiedad pblica o privada reservada para destinarla
exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilizacin racional de
reas forestales productoras, protectoras y productoras-protectoras.
Art. 207. Solo podr destinarse al aprovechamiento racional permanente de
los bosques que en ella existan o se establezcan y, en todo caso, deber
garantizarse la recuperacin y supervivencia de los bosques.
Art. 210. Por razones de utilidad pblica o inters social, es necesario
realizar actividades econmicas que implique remocin del bosque o cambio
en el uso de los suelos o cualquiera otra actividad distinta del
aprovechamiento racional de los bosques, la zona afectada deber
debidamente delimitada, ser sustrada de la reserva
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Funciones del MAVDT
Ley 99 de 1993
Art. 5. Num. 12. Expedir y actualizar el estatuto de zonificacin de uso
adecuado del territorio para su apropiado ordenamiento y las regulaciones
nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente a sus aspectos
ambientales y fijar las pautas generales para el ordenamiento y manejo
de cuencas hidrogrficas y dems reas de manejo especial.
Art. 5. Num. 18. Reservar, alinderar y sustraer () las reservas forestalesnacionales y reglamentar su uso y funcionamiento.
Art. 6. Decreto ley 216 de 2003.
10. Declarar, delimitar, alinderar y sustraer reas de manejo especial, reas
de reserva nacional forestal y dems reas protegidas.
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Funciones CARS
Ley 99 de 1993
Art. 31. Num. 2. Ejercer la funcin de mxima autoridad ambiental en el rea
de su jurisdiccin, de acuerdo con las normas de carcter superior y
conforme a los criterios y directrices trazadas por el MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE;
()16. () Administrar las Reservas Forestales Nacionales en el rea de sujurisdiccin.
18. Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las
cuencas hidrogrficas ubicadas dentro del rea de su jurisdiccin, conforme
a las disposiciones superiores y a las polticas nacionales;
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Actos Administrativos generales MAVDT -
Resolucin 293 de 1998 - Por la cual establecen trminos de referencia para
la elaboracin del plan de manejo ambiental de la sustraccin de las zonas
de reserva forestal de la Ley 2 de 1959 y de las reas de Reserva Forestal.
Resolucin 763 de 2004. Sustraccin reservas forestales nacionales (Ley 2
de 1959) cabeceras municipales, infraestructuras y equipamientos de
servicio bsico y saneamiento ambiental. Resol. 871 de 2006.
Proyecto de resolucin para la sustraccin de reservas forestales para el
desarrollo de proyectos de utilidad pblica e inters social
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Funciones de Municipios
Ley 388 de 1997
Art. 10. Determinantes de los planes de ordenamiento territorial.
Elaboracin y adopcin de POT.
Determinantes, que constituyen normas de superior jerarqua:
1. Conservacin y proteccin del medio ambiente, los recursos naturales y
la prevencin de amenazas y riesgos naturales, as:
a) Las directrices, normas y reglamentos expedidos en ejercicio de sus
respectivas facultades legales, por las entidades del SINA, sobre
ordenamiento espacial del territorio (limitaciones derivadas del estatuto
de zonificacin de uso adecuado del territorio y las regulaciones
nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente exclusivamente a sus
aspectos ambientales)
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Funciones de Municipios
Art. 10. Determinantes de los planes de ordenamiento territorial.
b) Regulaciones sobre conservacin, preservacin, uso y manejo del medio
ambiente y de los recursos naturales renovables, en las zonas marinas y
costeras; las disposiciones producidas por la CAR o la autoridad ambiental
de la jurisdiccin, en cuanto a la reserva, alindamiento, administracin o
sustraccin de los DMI, los distritos de conservacin de suelos, las reservas
forestales y parques naturales de carcter regional; las normas y directrices
para el manejo de las cuencas hidrogrficas expedidas por la CAR y las
directrices y normas expedidas por las autoridades ambientales para la
conservacin de las reas de especial importancia ecosistmica;
c) Disposiciones que reglamentan el uso y funcionamiento de las reas que
integran el sistema de parques nacionales naturales y las reservas
forestales nacionales
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Consolidacin territorial y apropiacin social de la Reserva Forestal Serrana de Los Motilones, MMA, IDEAM. 6 municipios, 2 CAR. Convenio No. 088/02.
Formulacin participativa del Plan de Ordenacin y Manejo de la Zona de Reserva Forestal del Ro Magdalena en jurisdiccin de los departamentos de Bolvar, Antioquia y Santander, IDEAM, MAVDT. Fase 1. Convenio No. 169/04
Propuesta participativa para Ordenamiento y Manejo Ambiental de la Zona de Reserva Forestal de Los Motilones en La Serrana de Perij Fase 1: Ordenamiento ambiental regional de la Serrana de Perij, hacia la definicin de la realinderacin de las reservas de Los Motilones y consolidacin de un Sistema de reas Protegidas. Convenio No. 015/05
Consolidacin participativa de la zonificacin ambiental a nivel regional y plan de ordenamiento y manejo para la Zona de Reserva Forestal del Ro Magdalena en un rea piloto. Departamentos de Antioquia y Bolvar. Fase 2. Convenio No. 059/06
PROCESOS ADELANTADOS
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Consolidacin del ordenamiento y manejo ambiental de la zona de Reserva Forestal Ro Magdalena con base en las experiencias de las fases previas adelantadas para el rea. Fase 3 Convenio con la Fundacin Ecohbitats No. 29/08.
Consolidacin participativa de la zonificacin ambiental y plan de ordenamiento y manejo para la Reserva Forestal Serrana Los Motilones. Fase 2. Convenio 055 con Conservacin Internacional.
Definicion participativa de la zonificacin, el ordenamiento y los lineamientos de manejo ambiental de la Zona de Reserva Forestal Del Cocuy. Convenio con ANH.
Definicin participa de la zonificacin, el ordenamiento y los lineamientos de manejo ambiental de un rea piloto de la Zona de Reserva Forestal- zrf Central. Fase 1. Convenio con la Fundacin Pangea. Fase II en marcha a 2009 para consolidar le proceso en toda la RF Central.
PROCESOS ADELANTADOS
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Desarrollar la Primera Etapa del proceso de Zonificacin y Ordenamiento Ambiental de la Reserva Forestal de la Amazona, creada mediante la Ley 2 de 1959, en el
Departamento de Guaviare. Convenio 047 de 2009, en ejecucin.
Desarrollar proceso de Zonificacin y Ordenamiento Ambiental de la ReservaForestal de la Amazona, creada mediante la Ley 2 de 1959, en los
Departamentos de Huila y Caquet.
Zonificacin y Ordenamiento Ambiental de la Reserva Forestal del Pacfico, mediante Convenio 030 de 2009 IIAP- MAVDT, en ejecucin.
Consolidacin de la Zonificacin y Ordenamiento Ambiental de la Reserva Forestal Central, mediante Convenio Fundacin Pangea- MAVDT, Fase II, en ejecucin.
PROCESOS ADELANTADOS
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GRACIAS