legislación calidad de aguas de baño

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Legislación Calidad de Aguas de baño. Características microbiológicas. Determinación analítica. Introducción a la Ingeniería Ambiental. Beatriz Martínez Espino.

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  • 1. Legislacin Calidad de Aguas de bao. Caractersticas microbiolgicas. Determinacin analtica.
    Introduccin a la Ingeniera Ambiental.
    Beatriz Martnez Espino.

2. ndice
ndice
Introduccin.
Caractersticas del agua.
Perfil de aguas de bao.
Evaluacin y Clasificacin de las aguas de bao. Caractersticas microbiolgicas.
Frecuencia de muestreo.
6. Normas sobre manipulacin de muestras para anlisis microbiolgico.
7.Determinacin analtica .
8. Intercambio de informacin y sistemas de informacin nacional de aguas de bao.
9.Censo de aguas de bao.
10. Informe tcnico de calidad del agua.
3. 1.Introduccin
4. 5. Normativa aplicable:
Real Decreto 734/1988: Normas de calidad de aguas de bao. Establece criterios de calidad mnima exigible a las aguas de bao y zonas en que selocalizan. Establece la obligacin de:
1. Informarcon carcter general en los casosdefaltadeaptitudparaelbaode aguas que no satisfagan los criterios de calidad mnima exigible.
2. Facilitar a quien la solicite informacinactualizadadelascondicioneshiginicosanitariasdelaszonasyaguasdebao.
6. Real Decreto 2006/7/CE: Establece una nueva clasificacin de las aguas de bao segn su calidad:
7. Real Decreto 1341/2007: de 11 de octubre, por el que se establecen normas de calidad de las aguas de bao (BOE 257 26/10/2007), que recoge y describe las labores de vigilancia sanitaria. Mediante este real decreto se incorpora al derecho espaol la Directiva 2007/10/CE, de la Comisin, de 21 de febrero de 2007. Este real decretotiene por objetivo:
8. 9. 10. Las aguas de bao:se definen como cualquier elemento de aguas superficiales donde se prevea que puedan baarse un nmero importante de personas o exista una actividad cercana relacionada directamente con el bao y en el que no exista una prohibicin permanente de bao ni se haya formulado una recomendacin permanente de abstenerse del mismo y donde no exista peligro objetivo para el pblico.
Zona de bao: es un espacio geogrficamente definido donde un nmero significativo de personas se baan en la temporada designada en cada territorio por su Comunidad Autnoma. En cada zona de bao existe al menos un punto de muestreo (PM) para la recogida peridica de una muestra de agua para el control de calidad.
11. Las banderas azules
Cumplimiento de un determinado y elevado nivel de calidad del agua de bao.
Exista un plan de emergencia para incidentes de contaminacin.
No se perciban signos de elevada contaminacin derivada del petrleo, las actividades humanas y otras fuentes.
El nmero de papeleras es suficiente para mantener limpia la playa.
La playa se limpia de forma regular.
Exista una oferta de actividades en educacin ambiental.
Existencia de un nmero de servicios (w.c.) suficientes y accesibles.
Presencia de vigilantes o suficiente equipo de salvamento para responder a un accidente.
No circulan vehculos no autorizados en la playa.
12. 2.Caractersticas del agua
importancia relativa de diversos parmetros para la evaluacin de la calidad del agua segn diferentes usos
13. Los parmetrosque se utilizan para definir la calidad de las aguas son los mismos que ocasionan la contaminacin (cuando superan ciertos niveles)y tienen una estrecha relacin con el origen o fuentes de contaminacin.
14. 3.Perfil de aguas de bao.
El perfil de las aguas de bao consistir en:
Una descripcin de las caractersticas fsicas, geogrficas e hidrolgicas de las aguas de bao, as como de otras aguas superficiales .
La determinacin y evaluacin de las causas de contaminacin que pudieran afectar a las aguas de bao y a la salud de los baistas.
Una evaluacin de la propensin a la proliferacin de cianobacterias.
Una evaluacin de la propensin a la proliferacin de medusas, macroalgas ofitoplancton.
15. e)En caso de que la evaluacin con arreglo al prrafo b) revele un riesgo de contaminacin de corta duracin, la siguiente informacin:

  • La naturaleza, frecuencia y duracin previsibles de la contaminacin de corta duracin esperada, 16. Los pormenores de cualesquiera causas residuales de contaminacin, con indicacin de las medidas de gestin adoptadas y el calendario para su eliminacin, 17. Las medidas de gestin adoptadas durante una contaminacin de corta duracin, as como la identidad y las seas de los organismos responsables.

f)El emplazamiento del punto de control ambiental y punto de muestreo.
18. La revisin deber abarcar al menos las disposiciones del cuadro que figura a continuacin y tener lugar al menos con la frecuencia fijada en dicho cuadro.
Si se ha realizado obras o cambios importantes en las infraestructuras de una zona de bao o en sus inmediaciones, deber actualizarse el perfil de las aguas de bao antes del inicio de la siguiente temporada de bao.
19. Los datos mencionados en el apartado 1, prrafos a) y b), debern facilitarse en un mapa detallado, siempre que sea factible.
Podr adjuntarse o incluirse otra informacin pertinente si las autoridades competentes lo consideran oportuno.
20. 4. Evaluacin y clasificacin de las aguas de bao. Caractersticas microbiolgicas.
21. Los valores paramtricos usados para este periodo transitorio son:
La clasificacin sanitaria del agua de bao en un punto de muestreo se realiza de acuerdocon los siguientes criterios:
AGUAS 2. Aguas aptas para el bao, de muy buena calidad. Son aquellas que cumplen simultneamente las siguientes condiciones:
a)Al menos el 95% de los muestreos no sobrepasan los valores imperativos de Escherichia coli.b)Al menos el 80% de los muestreos no sobrepasan los valores gua Escherichia coli.c)Al menos el 90% de los muestreos no sobrepasan los valores gua Enterococo intestinal.
22. AGUAS 1. Aguas aptas para el bao, de buena calidad. Son aquellas en las que se cumple la condicin 1, de las AGUAS 2, pero en las que no se cumplen las condiciones 2 y/o 3 de las AGUAS 2.AGUAS 0. Aguas no aptas para el bao. Son aquellas en las que no se cumple la condicin 1 de las AGUAS 2. Con respecto respecta a los niveles de calidadlas aguasse clasifican de la siguiente manera:
23. Calidad insuficiente:Las aguas de bao se clasificarn como de calidad cuando, en la serie de datos sobre calidad de las aguas de bao correspondientes al ltimo perodo de evaluacin, los valores del percentil de las enumeraciones microbiolgicas sean peores que los valores de que figuran en la columna D de la tabla siguiente.Calidad suficiente:Las aguas de bao se clasificarn como de calidad :1. Cuando, en la serie de datos sobre calidad de las aguas de bao correspondientes al ltimo perodo de evaluacin, los valores del percentil de las enumeraciones microbiolgicas sean iguales o mejores que los valores de que figuran en la columna D de la tabla siguiente.2. Cuando las aguas de bao estn expuestas a contaminacin de corta duracin, a condicin de que:
24. - Se adopten medidas adecuadas de gestin, incluidas la vigilancia, sistemas de alerta rpida y controles, para evitar la exposicin de los baistas mediante una advertencia o, cuando sea necesario, una prohibicin de bao.- Se adopten medidas adecuadas de gestin para prevenir, reducir o eliminar las causas de contaminacin.- El nmero de muestras descartadas de acuerdo con los controles realizados, debido a una contaminacin de corta duracin durante el ltimo perodo de evaluacinno represente ms del 15% del nmero total de muestras previsto en los calendarios de control fijados para ese perodo, o no ms de una muestra por cada temporada de bao, teniendo siempre en cuenta el valor ms alto.
25. Calidad buena:Las aguas de bao se clasificarn como de calidad :1. Cuando, en la serie de datos sobre calidad de las aguas de bao correspondientes al ltimo perodo de evaluacin, los valores del percentil de las enumeraciones microbiolgicas sean iguales o mejores que los valores de que figuran en la columna C de la tabla 1, situada al final de este apartado.2. Cuando las aguas de bao estn expuestas a contaminacin de corta duracin, a condicin de que:
26. -Se adopten medidas adecuadas de gestin, incluidas la vigilancia, sistemas de alerta rpida y controles, para evitar la exposicin de los baistas mediante una advertencia o, cuando sea necesario, una prohibicin de bao.
- Se adopten medidas adecuadas de gestin para prevenir, reducir o eliminar las causas de contaminacin.
- El numero de muestras descartadas de acuerdo con los controles realizados,debido a una contaminacin de corta duracin durante el ltimo perodo de evaluacin no represente ms del 15% del nmero total de muestras previsto en los calendarios de control fijados para ese perodo, o no ms de una muestra por cada temporada de bao, teniendo siempre en cuenta el valor ms alto.
27. Calidad excelente:
Las aguas de bao se clasificarn como de calidad :
1.Cuando, en la serie de datos sobre calidad de las aguas de bao correspondientes al ltimo perodo evaluacin, los valores del percentil de las enumeraciones microbiolgicas sean iguales o mejores que los valores de que figuran en la columna B de la tabla 1.

2. Cuando las aguas de bao estn expuestas a contaminacin de corta duracin, a condicin de que:
28. - Se adopten medidas adecuadas de gestin, incluidas la vigilancia, sistemas de alerta rpida y controles, para evitar la exposicin de los baistas mediante una advertencia o, cuando sea necesario, una prohibicin de bao.
- Se adoptan medidas adecuadas de gestin para prevenir, reducir o eliminar las causas de contaminacin.
-El numero de muestras descartadas de acuerdo con los controles realizados debido a una contaminacin de corta duracin durante el ltimo perodo de evaluacin no represente ms del 15% del nmero total de muestras previsto en los calendarios de control fijados para ese perodo, o no ms de una muestra por cada temporada de bao, teniendo siempre en cuenta el valor ms alto.
29. 30. 5. Frecuencia de muestreo.
Muestreo inicial: En todos los puntos de muestreo de las aguas de bao censadas se tomar una muestra de las aguas de bao para su control, antes del comienzo de la temporada.
Control programado: Durante toda la temporada de bao se tomarn, al menos, ocho muestras. Las fechas de muestreo debern distribuirse a lo largo de toda la temporada de bao y el intervalo entre las fechas de los muestreos nunca podr exceder de un mes.
Casos especiales:

31. Cuando la autoridad sanitaria considere que la calidad de un agua de bao a lo largo de una temporada no conlleva un riesgo para la salud de los baistas, se podr disminuir la frecuencia de muestreo hasta un mnimo de 4 muestras durante la temporada ms el muestreo inicial. El intervalo entre las fechas de los muestreos nunca podrn exceder de un mes.
Cuando la temporada de bao sea menor o igual a 8 semanas, el muestreo ser de al menos 4 muestras por temporada.
Cuando las aguas de bao se encuentren en zonas de acceso limitado, el muestreo ser de al menos 4 muestras por temporada.
Cuando se haya producido una contaminacin de corta duracin:
32. 1. Se podr descartar para la serie de datos un nmero de muestras que no represente ms del 15 por 100 del nmero total de muestras previstas en los calendarios de control fijados para ese perodo por punto de muestreo, o no ms de una muestra por cada temporada de bao, teniendo siempre en cuenta el valor ms alto.
2.Se obtendr una muestra adicional para confirmar el final del incidente. Esta muestra no formar parte de la serie de datos sobre la calidad de las aguas de bao.
3.Si fuera necesario reemplazar una muestra descartada, se tomar una muestra de sustitucin antes de que haya transcurrido, como mximo, una semana desde el final de la contaminacin de corta duracin.
33. e)Cuando se haya presentado una situacin anmala, se obtendrn nuevas muestras antes de una semana tras el final de la situacin anmala, en sustitucin de las desestimadas con motivo de dicha situacin.
34. 6. Normas sobre manipulacin de muestras para anlisis microbiolgicos.
1. Punto de muestreo
En lo posible, las muestras se tomarn 30 cm por debajo de la superficie de las aguas y en aguas cuya profundidad no sea inferior a 1 m.
2.Esterilizacin de los recipientes de las muestras.
Los recipientes de las muestras:
se sometern a esterilizacin en autoclave durante al menos 15 minutos a 121 C, o
se sometern a esterilizacin en seco durante al menos 1 hora con una temperatura de 160 C a 170 C, o
sern recipientes para muestras irradiados directamente por el fabricante.
35.
3.Muestreo.

  • El contenido mnimo ser en general de 250 ml. 36. Los recipientes para las muestras debern ser transparentes e incoloros (de vidrio, polietileno o polipropileno). 37. Con el fin de evitar la contaminacin accidental de la muestra, la persona que obtenga las muestras emplear tcnicas aspticas para mantener la esterilidad de los recipientes de muestreo.

4. Almacenamiento y transporte de las muestras antes de su anlisis.

  • Las muestras de agua debern estar protegidas de la exposicin a la luz, especialmente a la luz solar directa, en todas las fases del transporte. 38. Las muestras debern conservarse a una temperatura de aproximadamente 4 C, en una caja trmica o en un refrigerador ,hasta su llegada al laboratorio.

7. Determinacin analtica.
Realizaremos el anlisis microbiolgico de los coliformes totales, coliformes fecales y estreptococos fecales.
Los tres pasos a seguir para el anlisispara estos parmetros microbiolgicos son:
-Recogida de muestras.
-Filtracin.
-Recuento.
39. La recogida de muestra se efecta con una botella de plstico esterilizada. Dicha botella Se esteriliza durante 15 min a 121C en la autoclave. Un autoclave es un recipiente metlico de paredes gruesas con un cierre hermtico que permite trabajar a alta presin para realizar una reaccin industrial, una coccin o una esterilizacin con vapor de agua. La botella no puede estar cerrada completamente, pero tampoco demasiado abierta no sea que le entren los vapores.
Con este paso tendramos la botella esterilizada y procederamos a la recogida de la muestra.
Una vez que entra la muestra en el laboratorio, se procede a su filtracin. Para filtrar dicha muestra se hace uso dela rampa de filtracin.
40.Antes de utilizar la rampa de filtracin debe esterilizarse. La esterilizacin se har con alcohol y mechero que pasaremos por el portafiltros.
Una vez tenemos esterilizada la rampa de filtracin se procede a hacer lo siguientes:
1. Se esterilizan las pinzas.
2. Con las pinzas se coge el filtro que vieneempaquetado y esterilizado.
3. Se coloca el filtro con cuidado sobre el soporte y sobre el filtro se coloca el embudo, fijndonos que este est bien sujeto al soporte.
4. Verter la muestra de agua problema en el embudo (100ml) y aplicar el vaco hasta que el lquido se haya filtrado. El barmetro siempre tiene que marcar una presin de ms o menos 20 cm Hg
41. 5. Una vez se ha terminado de filtrar la muestra se retira el embudo para luego poder quitar el filtro. La retirada del filtro del soporte se har con las pinzas, siendo estas anteriormente esterilizadas.
6. Se coloca el filtro dentro de una placa Petri sobre el medio de cultivo, con la cuadricula hacia arriba, parte sobre la que se encuentran los coliformes, procurando que no se formen burbujas entre la membrana y el medio de cultivo.
Los medios de cultivo para cada uno de los parmetros microbiolgicos son:
Coliformes totales m-endo.
Coliformes fecales m-fc.
Estreptococos fecales SlanetzBartley.
42. 8. Las placas se llevan a incubar en posicin invertida en la estufa:
Coliformes fecales estufa 445 C; 24 Horas.
Estreptococos fecales estufa 36C; 48 Horas.
Coliformes totales estufa 36 C; 24 Horas.
9. una vez pase ese tiempo, las sacamos de la estufa y contamos los puntos que tenemos de cada uno de ellos.
Coliformes fecales se cuentan los puntos azules.
Estreptococos fecales se cuentas todos los puntos rojos.
Coliformes totalesse cuentan los puntos verde metlico.
43. 8. Intercambio de informaciny sistema de informacin nacional de agua de bao.
1.Antes del 30 de cada ao, el Ministerio de Sanidad y Consumo notificar a la Comisin Europea el censo anual de todas las aguas de bao del territorio nacional.
2. Con los datos recogidos durante la temporada de bao en el sistema informacin nacional, el Ministerio de Sanidad y Consumo elaborar un informe nacional de sntesis que remitir a la Comisin Europea antes del 31 de diciembre de cada ao, en cumplimiento de la normativa comunitaria.
3. La autoridad competentenotificar al Ministerio de Sanidad y Consumo toda la suspensin del calendario de control, indicando los motivos y la documentacin grfica adecuada.
44. 4. El Ministerio de Sanidad y Consumo establecer y coordinar un sistema de informacin de aguas de bao,demoninado .
La unidad de informacin de dicho sistema es la zona de aguas de bao y su uso ser obligatorio para toda persona o entidad pblica o privada que realice el control de la calidad de las aguas de bao o gestione las aguas de bao.
45. 9.Censo de las aguas de bao.
1. A principios de cada ao, la autoridad competente elaborar un listado provisional de zonas de aguas de bao, y lo comunicar a travs del sistema de informacin nacional.
2.El 20 de marzo de cada ao, como fecha lmite, las autoridades competentesincorporarn el conjunto de informacin mnima del Censo de Zonas de Aguas de Bao.
3. La informacin, prevista en el apartado anterior, constar al menos de:
46. a)La denominacin de la zona de aguas de bao y sus puntos de muestreo, con la localizacin geogrfica y el cdigo que seale el sistema de informacin nacional.
b) La temporada de bao, su duracin prevista y el calendario de control para cada uno de los puntos de muestreo.
c) Las situaciones especiales, como prohibicin o recomendacin de no bao durante toda la temporada, bajas, altas, cambios de cdigos o de denominaciones, respecto a la temporada anterior.
d) El perfil de cada una de las zonas de aguas de bao, o su actualizacin o revisin.
e) Las previsiones del Plan Hidrolgico de cuenca con relacin al uso de las aguas de bao, aguas subterrneas, aguas superficiales, aguas de transicin, etc.
47. f) La informacin sobre la presencia de infraestructuras o instalaciones que puedan afectar a la playa o a las aguas de bao.
g) Cualquier otra informacin que la autoridad competente considere oportuna.
6. Toda baja de una zona de aguas de bao o de un punto de muestreo, deber ser justificada por la autoridad competente con la documentacin siguiente:
4. Se considerar como Censo oficial inicial al correspondiente a la primera temporada de bao tras la publicacin de este real decreto.
5. Las altas se notificarn antes del 20 de marzo de cada ao a travs del sistema de informacin.
48.a)Informe que explique y documente la causa o causas que han motivado la baja del agua de bao del Censo.
b)Boletines de anlisis de las dos ltimas temporadas de bao, con los parmetros obligatorios: Escherichiacoli y Enterococos intestinales.
c) Fotocopia de la resolucin administrativa o publicacin en el diario oficial de la comunidad autnoma, en su caso.
d)Pruebas grficas, como fotografas u otras, que apoyen la justificacin de los motivos de baja.
Estos documentos debern ser comunicados a travs del sistema de informacin, antes del 20 de marzo de cada ao.
49. 7.Una zona de aguas de bao o un punto de muestreo podr ser dado de baja en el censo por alguno de los siguientes motivos:
a) Como consecuencia de que se presentensituaciones como: las aguas de bao son clasificadas como de calidad insuficiente durante cinco aos consecutivos, la autoridad competente dispondr que se dicte una prohibicin permanente de bao o recomendacin de abstenerse del mismo. No obstante, podr dictarse asimismo una prohibicin permanente del bao o recomendacin de abstenerse del mismo al trmino del segundo ao con calidad insuficiente, cuando se considere que las medidas necesarias para alcanzar la calidad suficiente son inviables o desproporcionadamente costosas.
50. b) Cambios estructurales o hidrolgicos en el punto de muestreo o en toda la zona de bao, que hagan que desaparezca fsicamente la playa o el punto de muestreo o que puedan ocasionar problemas de seguridad al pblico interesado o hagan inviable su utilizacin con fines de bao.
C) Cuando cambien las circunstancias por las que fue designada como zona de aguas de bao.
51. CANARIAS
Martimas
52. MADRIDContinentales
53. 54. 10. Informe tcnico.
Ejemplo de aplicacin: Documento pdf.
Informe tcnico ao 2010