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TELECOM ARGENTINA S.A.
LEGAJO IMPOSITIVO
2014
BUENOS AIRES, 16 de septiembre de 2014
TELECOM ARGENTINA S.A.
Alicia Moreau de Justo 50 - CAPITAL FEDERAL - C.U.I.T.: 30-63945373-8
Sres., de nuestra consideración:
Nos dirigimos a Uds. con el objeto de comunicarles con respecto a la situación impositiva
de Telecom Argentina SA:
C.U.I.T. N° 30-63945373-8
Agencia Grandes Contribuyentes Nacionales
Impuesto al Valor Agregado Inscripto
Impuesto a las Ganancias Inscripto
Actividad Principal Servicios de Telefonía Móvil.
Código de la Actividad Principal 611090 (F.883)
IMPUESTOS NACIONALES
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
Telecom Argentina SA se encuentra comprendida dentro del Anexo I del Régimen de
Retenciones de IVA establecido por la R.G. Nro. 2854/2010 (Boletín Oficial de fecha
28/06/2010); por ello no deberán incluir en la facturación que nos emitan la
percepción del 3% establecida por la R.G. N° 2408/08 (ex 3337). Se podrá verificar en la
página de AFIP:
http://www.afip.gob.ar/genericos/tramites/rg18.asp
SEGURIDAD SOCIAL:
Telecom Argentina SA se encuentra comprendida dentro del Anexo I del Régimen de
Retenciones de IVA establecido por la R.G. Nro. 2854/2010 (Boletín Oficial de fecha
28/06/2010).
Por ello, y según lo establece la RG 1784/2004 AFIP, Telecom Argentina es Agente de
Retención por Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social. Por lo tanto, si Ud. no
cumple con las condiciones establecidas en la normativa anteriormente citada o no
presenta un Certificado de Exclusión de Retenciones, podrá ser pasible de sufrir
retenciones por este concepto. Caso contrario por favor remitirnos la información o
documentación correspondiente para la no retención del impuesto.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS R.G. 830/00:
Telecom Argentina SA es Agente de Retención del Impuesto a las Ganancias según RG
830/00 AFIP, por lo cual Ud. puede resultar pasible de retenciones, de acuerdo a la
normativa anteriormente citada o a su condición impositiva.
En caso de poseer certificado de exclusión de retenciones o encontrarse incluido en el
Régimen Excepcional de Ingresos de la citada normativa, o ser un sujeto exento o no
alcanzado por el impuesto, por favor hacernos llegar la documentación correspondiente.
Locaciones de Inmuebles RG 2820 AFIP:
En caso que Ud. haya prestado servicios de locación de inmuebles, por favor remitirnos
la correspondiente “Constancia de Empadronamiento” registrada en AFIP a fin de
verificar y constatar la operación de acuerdo a la normativa en cuestión.
IMPUESTOS PROVINCIALES
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS:
Impuestos Provinciales
Impuestos
Pasible de sufrir Agentes
Retención Percepción Retención Percepción
901 - CAPITAL NO NO SI SI
902 - BUENOS AIRES NO SI SI SI
903 - CATAMARCA SI SI SI SI
904 - CORDOBA NO SI SI
905 - CORRIENTES NO NO SI
906 - CHACO SI SI SI SI
907 - CHUBUT SI SI
908 - ENTRE RIOS NO SI
909 - FORMOSA SI NO SI SI
910 - JUJUY NO SI SI SI
911 - LA PAMPA SI SI SI
912 - LA RIOJA NO SI SI
913 - MENDOZA NO SI SI SI
914 - MISIONES SI SI SI
915 - NEUQUÉN NO NO SI
916 - RIO NEGRO NO SI SI
917 - SALTA NO SI SI
918 - SAN JUAN SI SI SI SI
919 - SAN LUIS NO NO SI
920 - SANTA CRUZ SI SI
921 - SANTA FÉ SI NO SI SI
922 - SANTIAGO DEL ESTERO SI SI SI
923 - TIERRA DEL FUEGO SI SI SI
924 - TUCUMÁN NO SI SI SI
En el caso de ser sujeto pasible de sufrir retenciones/percepciones y estar inscripto en
alguna/s de las jurisdicción/es en la que seamos agente de recaudación a fin de no ser
alcanzado por alícuotas agravadas por la no presentación de su condición impositiva ante
el Impuesto sobre los Ingresos Brutos nos deberían remitir dicha constancia y sus
respectivas modificaciones.
De poseer certificado de exclusión de retenciones/percepciones, o sea un sujeto exento
o no alcanzado o sea sujeto excluido en el impuesto, por favor hacernos llegar la
documentación correspondiente a fin de evitar ser retenido/percibido.
Percepciones:
Capital Federal (Resolución 939/13)
No corresponde que nos practiquen percepción alguna, por encontrarnos en el art 8 de la
Resolución 939/13 (Anexo II).
Provincia de Buenos Aires (Disposición Normativa “B” 1/2004)
Telecom Argentina SA es pasible de soportar percepciones de Ingresos Brutos (5,00%
según el padrón) independientemente de la jurisdicción donde se haga entrega del bien
o se preste el servicio.
Provincia de Córdoba (Decreto 443/04 y RN 1/2011)
Telecom Argentina SA es pasible de soportar percepciones de Ingresos Brutos. El artículo
347 de la Resolución Normativa 1/2011 establece que el coeficiente unificado para no
ser sujeto pasible de percepción debe ser inferior a 0,1000 (Coeficiente unificado
establecido en el CM05 para el año 2013 es de 0,1422).
Provincia de San Luis (Resolución General 16/07)
No corresponde que nos practiquen percepción alguna por encontrarnos incluidos en el
Anexo I de dicha Resolución (artículo 6 inciso e).
Tampoco correspondería por RG 16/2007, Art. 6, inc. G) (Coeficiente unificado en la
provincia de San Luis inferior a 0,1000).
Provincia de Formosa (Resolución General 23/14)
No corresponde que nos practiquen percepción alguna según lo establecido en el artículo
2 inciso d) de dicha Resolución. (Coeficiente unificado en la provincia de Formosa
inferior a 0,1000).
Provincia de Corrientes (Resolución 165/00)
No corresponde que nos practiquen percepción alguna según lo establecido por el
artículo 7 inciso d) de dicha Resolución. (Coeficiente unificado atribuido a Corrientes
2013 inferior a 0,1000).
Provincia de Jujuy (Resolución General 1328/13)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Neuquén (Resolución General 490/97)
No corresponde que nos practiquen percepción alguna por ser Telecom Argentina SA
agente de Percepción de Ingresos Brutos Neuquén (Articulo 5 inciso c).
Provincia de Catamarca (Decreto 1158/95)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Chaco (RG 1194/94)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Chubut (Resolución 10/00)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Entre Ríos (Resolución 572/05)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de La Pampa (Resolución 28/95)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Mendoza (Resolución 30/99)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Misiones (Resolución 3/93)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Río Negro (Resolución 104/2003)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Salta (Resolución General 6/2005)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de San Juan (Resolución General 925/2010)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de La Rioja (Resolución Normativa 1/11)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Santa Cruz (Disposición 218/2010)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos, excepto para
facturas por importes inferiores a $ 100.
Provincia de Santa Fé (Resolución 15/97)
Telecom Argentina SA no es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos según RG
15/97 Art.26.
Provincia de Santiago del Estero (Resolución General 17/95)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Tierra del Fuego (Resolución General 152/98)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Provincia de Tucumán (Resolución General 86/00)
Telecom Argentina SA es pasible de sufrir percepciones de Ingresos Brutos.
Sin otro particular saludos a Uds. muy atte.
IMPUESTOS NACIONALES
IMPUESTOS PROVINCIALES