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Lecturas seleccionadas y traducidas del libro
“Introduction to the Law and Legal System of The United States”
(Introducción al Derecho y al Sistema Jurídico de Los Estados Unidos)
Autor: William Burnham.
Traducción: The Fletcher School.
CAPÍTULO III
EL SISTEMA ADVERSARIAL Y LOS JUICIOS CON JURADO
Capítulo III
El Sistema Adversarial y los Juicios con Jurado
El juicio adversarial y los miembros del jurado constituyen algo más que solo otro
paso en los procedimientos civiles y penales. Estas tradiciones ocupan un lugar fundamental
en el sistema legal de los Estados Unidos que puede ser difícil de entender. Una de las
razones por las que existe esta dificultad, es el gran valor que se le otorga al procedimiento
en general. Como menciona el Ministro Frankfurter, “(t) he history of American freedom is, in
no small measure, the history of procedure”.1 (La historia de la libertad de América es, en
gran medida, la historia del procedimiento). No es coincidencia que el gran numero de
derechos que los Constituyentes consideraron incluir en La Carta de Derechos de los Estados
Unidos son derechos procesales. Más aún, incluso los derechos más “sustantivos” como los
son la libertad de expresión y la libertad de prensa expuestos en la Enmienda Primera,
tienen un componente claramente contradictorio y procesal. Por lo tanto, una destacada
justificación para proteger la libertad de expresión es la teoría del “mercado de ideas”: que
“el mejor examen de la verdad es que el poder del pensamiento se haga aceptar en la
competencia del mercado”2. Aun en un sentido más amplio, la “ética del sistema adversarial”
prevalece en muchos contextos no legales. Ya sea en una reunión de administración de
empresas o en un debate político, la noción de que una idea o una teoría en particular ha
sido expuesta en igualdad de circunstancias a ideas o teorías opuestas y que la primera haya
prevalecido le da credibilidad real.
Hablar del sistema adversarial y los juicios con jurado en este capítulo completa la
imagen de las funciones que de los miembros del jurado y jueces tienen la obligación de
realizar en el sistema legal. El capitulo anterior hizo un bosquejo de la metodología jurídica,
es decir, cómo razonan y resuelven los problemas legales las cortes en los Estados Unidos.
Sin embargo, resolver las cuestiones legales es sólo una parte de las funciones involucradas
en la resolución de disputas – y a menudo es la parte menos importante. Los hechos
también deben de determinarse y consecuentemente se debe de aplicar la ley a esos hechos.
El proceso de determinar los hechos tiene importancia especial para los abogados que
entablan litigios en los Estados Unidos, dado que son los abogados de las partes los que
deben de cargar con el peso de investigar, desarrollar y presentar las pruebas durante el
1 Malinski vs. New York, 324 U.S. 401, 414 (1945).
2 Abrams vs. United States, 250 U.S. 616,630 (1919) (Holmes, J.)
juicio. El procedimiento de juicio adversarial es el núcleo de lo que se puede nombrar
metodología fáctica del sistema legal.3
Empezaremos con una breve descripción de la teoría contradictoria – las
características y fundamentos en general para un juicio en el sistema adversarial. Después
examinaremos la institución del jurado en términos generales. En seguida habrá una
descripción relativamente detallada del juicio adversarial con jurado y el papel del abogado
en este, incluyendo un somero resumen de los límites en las pruebas. Después,
consideraremos varias críticas al sistema adversarial y jurados.
A. Las Características y Fundamentos del Sistema Adversarial
Todos los sistemas jurídicos tratan de alcanzar una forma de toma de decisiones que
sea imparcial y completamente informada. Los partidarios de cualquier sistema adversarial
creen que esto se logra mejor (1) cuando el encargado de tomar las decisiones s neutral y
pasivo, y solamente es responsable de decidir el caso: (2) cuando las mismas partes
desarrollan y presentan las pruebas y argumentos en los que se va a basar la decisión; (3)
cuando el procedimiento es concentrado, ininterrumpido y por lo demás, diseñado para
poner énfasis en el choque de pruebas contrarias y argumentos presentados por las partes; y
(4) las partes tienen igual oportunidades para presentar y argumentar sus casos ante el
encargado de tomar la decisión.
1. La Necesidad de un Tomador de Decisiones Pasivo
El principio más fundamental en el sistema adversarial es la insistencia en la
separación estricta entre la función activa de investigación y recolección de pruebas y la
función más pasiva de considerar las pruebas y decidir el caso. La teoría que sustenta esta
necesidad de separación de funciones es la creencia de que el llevar a cabo la primera
función necesariamente empaña la segunda: los encargados de tomar decisiones que
también recolectan pruebas pierden su imparcialidad al tener un rol activo de investigación
en el caso.
3 Aunque resulta esencial que los abogados en los Estados Unidos sepan cómo desarrollar los hechos en un caso, la educación jurídica en los Estados Unidos tiende a enfatizar el análisis legal y conocimiento y normalmente le resta importancia a cómo los hechos son investigados y adjudicados. Como resultados, nuevos abogados pueden ser especialistas en la metodología legal que se explica en el Capítulo II, pero pueden tener solo un entendimiento rudimentario de cómo investigar y presentar los hechos. Ver Capítulo IV, pp. 137-140.
La raíz del problema, en palabras del constantemente citado Reporte del Comité de la
Asociación de la Barra Americana (ABA) en el sistema adversarial, es la “natural human
tendency to judge swiftly in terms of the familiar which is not yet fully known”4 (tendencia
humana natural a juzgar rápidamente en términos de lo familiar que todavía no es
completamente conocido.). Todos tenemos un impulso natural de imponer orden al caos
evaluando y categorizando la información conforme la vamos conociendo. Los que tiene que
tomar una decisión se encuentran especialmente bajo presión de llevar a cabo esta función,
dado que ellos deben de decidir la situación del caso. El resultado es una fuerte inclinación a
tomar una decisión temprana- cuando la información se sigue reuniendo- empezar a
formular teorías de lo que significan las pruebas. Aun los tomadores de decisiones pasivos
pueden estar realizando teorías preliminares. Pero los tomadores de decisiones que
investigan activamente el caso no pueden evitar la construcción de teorías sobre el caso. Un
investigador no puede determinar qué preguntas hacer o hacia dónde dirigir la investigación
sin primero evaluar el significado de la información que ya conoce.5
El peligro principal de teorizar de manera preliminar es que las teorías preliminares
se conviertan fijas, teorías permanentes mucho antes de que debieran. Como lo explica el
Reporte del Comité de ABA, “what starts as a preliminary diagnosis designed to direct the
inquiry tends, quickly and imperceptibly, to become a fixed conclusion, as all that confirms
the diagnosis makes a strong imprint on the mind, while all that runs counter to it is received
with diverted attention.” (lo que empieza como un diagnostico preliminar diseñado para
dirigir la investigación tiende, rápida e imperceptiblemente, a convertirse en una conclusión
firme, ya que todo lo que confirma el diagnostico deja una fuerte huella en la mente,
mientras que lo que se opone se recibe con distracción.). Los efectos de los prejuicios de las
teorías preliminares se amplían cuando el investigador controla qué evidencia se seguirá
investigando- como sería el caso si el investigador también es el juez. Por lo tanto, la
inversión en una teoría preliminar provee una fuerte motivación inconsciente para empujar
4 Professional Responsibility: Report of the Joint Conference, 44 A.B.A.J 1159 (1958), citado en Lon Fuller, The Forms
and Limits of Adjudication, 92 HARV. L. REV. 353, 382-85 (1987) (énfasis añadido). Ver también Lon Fuller, “The Adversary System” (Chapter III), in Harold Berman, ED. TALKS ON AMERICAN LAW, 2d ED. 43-44 (Vintage Books 1971). Para mayor discusión sobre la teoría del sistema adversarial, ver STEVEN LANDSMAN, READING ON ADVERSARIAL JUSTICE: THE AMERICAN APPROACH TO ADJUDICTAION (American Bar Association Section on Litigation) (West 1988); MONROE FREEDMAN, UNDERSTANDING LAWYER’S ETHICS, 2D ED. 13-42 (Matthew Bender 1998); and BAILEY KUKLIN & JEFFREY W. STEMPEL, FOUNDATIONS OF THE LAW: AN INTERDISCIPLINARY PRIMER 103-129 (West 1994). 5 Como lo menciona el Profesor Damaska, “you cannot decide which facts matter unless you have already selected, at least tetatively, applicable decisional standards. But most of the time you cannot properly understand these legal standards without relating them to the factual situation of the case.” (no puedes decidir qué hechos son importantes a menos que ya hayas seleccionado al menos tentativamente, estándares aplicables a la toma de decisiones. Pero la mayor parte del tiempo no puedes entender propiamente los estándares legales sin relacionarlos a las situaciones concretas del caso.)Mirjan Damaska, Presentation of Evidence and Fact-finding Precision, 123 U.PA. L. REV. 1083, 1087 (1975).
la investigación en la dirección de la información que confirma la teoría, y alejarla de la
información que discrepa con esta.6
2. Presentación de la Evidencia y Argumentos de las Partes
Los partidarios del sistema adversarial creen que la única forma de evitar los efectos
de sesgo del rol investigador es quitarle al encargado de tomar las decisiones la
responsabilidad de investigar y dársela a las partes. Haciendo esto se libera al tomador de
decisiones de cualquier necesidad de teorizar de manera preliminar. El tomador de
decisiones se puede relajar y simplemente seguir la presentación de pruebas de las partes.
Pero entregar la responsabilidad de investigar a las partes tiene otro efecto benéfico:
mejora la calidad del tomador de decisiones. Lo hace de dos maneras importantes:
Primero, la investigación de las partes aumenta la cantidad de información disponible
para el tomador de decisiones. Le da la responsabilidad de reunir las pruebas a aquellos que
tienen el mayor incentivo de desarrollar pruebas a su favor. Más aún, las partes tienen sólo
la mitad del trabajo que un investigador tendría, ya que sólo necesitan concentrarse en la
evidencia a su favor. Segundo, la presentación de las partes asegura que la completa carga
potencial y valor de las pruebas será explorada. Es sencillamente imposible para un solo
investigador que desarrolle en su mente, simultáneamente y con igual fuerza, teorías
completamente contradictorias de un caso, y luego que mantenga esas teorías de manera
balanceada hasta que termine la investigación. Mientras que algunas personas son mejores
haciendo esto que otras, ninguna persona puede tener las posiciones opuestas en un tema
tan bien como las mismas partes opuestas. De similar forma, el peso y valor que el tomador
de decisiones le da a la prueba se encuentran a menudo afectados por la manera en la que el
tomador de decisiones en primera instancia conoció dicha prueba. Evidencia con la que uno
tropieza en pedazos al azar no crea una impresión mental tan fuerte como la evidencia
presentada directamente como parte de un todo lógico y coherente. Permitir a las partes
preparar y presentar toda la evidencia en su mejor faceta neutraliza el factor de azar de
cómo el investigador-tomador de decisiones pudo haber encontrado dicha prueba cuando
salió a la luz.
El segundo beneficio de delegar la carga de la investigación y presentación de
pruebas en las partes es que promueve el aspecto de imparcialidad. Este es un elemento
6 Cierta predisposición de los tomadores de decisiones se contraataca con un sistema en el cual el investigador (por
lo general, miembro del sistema judicial) investiga el caso y entrega la evidencia producida a los jueces que decidirán el caso. Sin embargo, si el efecto antes relatado es correcto, el expediente compilado por el investigador para el juez, mientras que no es una decisión final, es probable que también se encuentre sesgado.
crucial si la etapa en la que se van a reunir las pruebas de manera oficial es pública, como lo
son todos los juicios en los Estados Unidos. En un juicio público, la participación activa del
tomador de decisiones en la investigación y presentación de pruebas puede crear la
apariencia de que el tomador de decisiones tiene prejuicios sobre el caso. Un ejemplo de lo
anterior, que constantemente surge en el juicio de casos, e cuando el testimonio de un
testigo en juicio contradice una declaración anterior del mismo testigo. Hay diferentes
teorías de lo que esto puede significar. Puede ser cualquier cosa, desde un simple
malentendido o un lapsus en el pensamiento a una mentira deliberada. Uno tiene
dificultades imaginando una serie de preguntas que adecuadamente exploren la cuestión
con el testigo y que no comuniquen un juicio preliminar acerca de la contradicción. El oficial
a cargo de la investigación puede ejercer presión en el testigo, presionando al testigo para
que dé una explicación, pero esto podría transmitir la impresión de que el juez duda de la
veracidad del testimonio del testigo. O, más probablemente, el juez interrogador no
presionará al testigo, en un esfuerzo de mantener el aspecto de imparcialidad. Pero esto
transmitiría la impresión de un juicio de que la contradicción no es importante. Es una cosa
para las partes, el jurado o publico ver al abogado de una de una de las partes tomar un
enfoque u el otro y de este modo transmitir una o la otra impresión. Pero si el juez actúa, tal
acción transmite la apariencia de prejuicio de la evidencia aun cuando esa no sea la
intención.7
3. Estructurando el Juicio para Inducir y Sostener un Choque entre Vistas Partidarias
Opuestas del Caso
La función del choque adversarial El simple hecho de que las partes presenten
versiones opuestas e interpretaciones de los resultados de la evidencia resulta en un choque
ante el tomador de decisiones pasivo. Pero el choque es mayor que solo una consecuencia de
participaciones partidarias. Es un elemento esencial del procedimiento adversarial. La
presentación partidaria de puntos de vista opuestos sirve para contrarrestar la tendencia tomar
decisiones prematuras, como se mencionó anteriormente. Como indica el reporte de la ABA:
7 Éste último punto demuestra porque el desarrollo judicial activo de la evidencia es problemático aun cuando el tomador de decisiones importante, el jurado, se mantienen pasivos. Los miembros del jurado por lo general quieren hacer lo correcto. Dado que ellos no pueden depender de jurados anteriores para que los asesoren de manera neutral, ellos son particularmente sensibles a cualquier indicación del juez respecto de la forma correcta de decidir sobre el juicio. Una “solución” al problema de la posible apariencia de prejuicio puede ser la exclusión del publico de la etapa del procedimiento en el que se recolectan los datos crudos, y que se presente públicamente sólo una versión “desinfectada” de los hechos. Esa no es la opinión del sistema jurídico de los Estados Unidos, que por lo general requiere que todos los procedimientos judiciales sean públicos. Además, esto no elimina el efecto de la apariencia de injusto que pueda tener en las partes, abogados, testigos o cualquier otra persona involucrada en un caso a puertas cerradas.
The [presentations and] arguments of counsel hold the case, as it were, in
suspension between two opposing interpretations of it. While the proper
classification of the case is thus kept unresolved, there is time to explore all of its
peculiarities and nuances.
(Las [presentaciones y] argumentos de los abogados sostienen el caso, como si
estuviere, suspendido entre dos interpretaciones opuestas de él. Mientras que la
clasificación correcta del caso se mantiene irresoluta, hay tiempo para explorar
todas sus peculiaridades y matices.)
Estructurando un choque adversarial Este efecto de “suspensión” se
enfatiza mediante la estructura del juicio adversarial, que requiere que las presentaciones de
las partes de pruebas y argumentos sean alternadas. Como será descrito en breve, cada
segmento del juicio tiene su parte demandante y su parte defensora y la presentación de
una sigue a la presentación de la otra.8 Dentro de cada segmento del juicio, el “examen
directo” de un testigo por el abogado que propuso dicha prueba es seguido inmediatamente
por el “examen de contra interrogación” por el abogado de la parte contraria. El resultado de
esta estructura de alternancia es que cualquier análisis de evidencia ofrecido por una parte
que parezca atractivo estará seguido de un punto de vista que compite con el primero. El
choque de puntos de vista compitiendo en el juicio se mantiene hasta la etapa de
deliberación del jurado, ya que las instrucciones del jurado incluirán resúmenes que
proveerán las partes sobre los motivos de discordia de cada una de ellas, primero del
demandante y luego del acusado.
“Inmediatez” del Choque de Pruebas y Argumentos Otro rasgo importante del
juicio adversarial sirve para realzar y sostener el choque de pruebas. Este es la preferencia en
general por evidencia y argumentos orales “inmediatos”, en vez de evidencia y argumentos
escritos “mediatos”. Las reglas de la presentación de pruebas por lo general excluyen
pruebas por escrito y versiones secundarias de observaciones de testigos como “testimonio
de oídas”, de este modo requiriendo que la fuente original de la prueba se presente ante la
corte y ofrezca su testimonio de manera personal en el juicio9. Aunque el testimonio de
oídas se excluye en gran medida porque no es tan confiable como las evidencias orales de
primera mano, no es coincidencia que la evidencia contradictoria oral “inmediata” de
primera mano cause un choque más agudo que evidencia contradictoria por escrito u otras
pruebas secundarias. 10 Más aun, la falta de fiabilidad del testimonio de oídas está
8 Ver infra pp.91-108. 9 Ver tema de la ley de pruebas infra, pp. 108-115.
10 JOHN MERRYMAN, THE CIVIL LAW TRADITION, 2D. ED. 114 (Stanford U. Press 1985). Debe de tomarse en cuenta
que gran parte de la razón original para la oralidad de las pruebas en los juicios en el sistema de derecho común era que los jurados constantemente eran analfabetos y no podían leer pruebas por escrito.
directamente relacionada a la necesidad del choque adversarial de pruebas de primera mano.
Se desconfía de él precisamente porque la persona que lo dijo no es sujeto de confrontación
en forma de contra interrogación.11
El hecho de que las partes por si solas presenten y examinen la evidencia también
aumenta la inmediatez del choque de puntos de vista opuestos. Las preguntas a los testigos
no son primero depuradas por un juez u otro oficial del estado, sino que se le presentan al
testigo directamente por los abogados de las partes. En la mayoría de los casos, el choque
más dramático de puntos de vista de primera mano contradictorios sobre la evidencia se da
cuando después del examen directo de una de las partes por su propio abogado sigue el
examen de contra interrogación de esa parte por el abogado de la parte contraria.
El énfasis en inmediatez del juicio adversarial no se restringe al contenido de los
testimonios orales, sino que también toma en consideración la forma en la que el deponente
testifica. Se considera aceptable y es de esperarse que un investigador (juez o jurado)
considere las claves no verbales con respecto a la credibilidad que el comportamiento de un
testigo en el estrado pueda revelar. Esto no podría hacerse con pruebas por escrito. Este
punto es enfatizado constantemente por las cortes de apelación. Aun con la ayuda de las
transcripciones verbatim en apelación, las cortes de apelación se deferirán a la evaluación de
la evidencia de la corte de primera instancia en reconocimiento de que el juez de primera
instancia tuvo la oportunidad de observar los testimonios de primera mano y considerar la
evidencia dentro del contexto del juicio en vivo, en vez de sobre un “record frio de papel”.12
Audiencia Concentrada El choque de puntos de vista también se ve
aumentado por el uso de un juicio continuo y concentrado. Todas las pruebas están listas y
las personas necesarias para presentarlas y finalmente decidir el caso (jueces, partes, jurado,
abogados y testigos) se encuentran reunidos juntos en un lugar. El juicio continúa de manera
ininterrumpida hasta que se llegue a una decisión final del caso. Si el juicio fuera agendado
de manera discontinua con audiencias dispersas durante varias semanas o meses, el choque
se reduciría considerablemente. Agendar el juicio como una audiencia continua también es
necesario para acomodar al jurado, quien se mantendría inquieto u olvidaría lo que hubiere
oído si fuera llamado por pocas horas en días dispersos durante un lapso de varias semanas.
Pero usualmente también los juicios que son solo ante un juez son agendados de manera
continua. Los jueces decidiendo casos sin jurado constantemente mencionan cómo la
naturaleza continua del juicio y otros rasgos del sistema adversarial los ayuda a mantener
una mente abierta durante todo el juicio. De hecho, de manera consistente con la teoría
11
Ver infra p.111 12
Gasperini vs. Center for Humanities, 518 U.S. 415, 421 (1996). El limitado ámbito de apelar la reconsideración de hechos en los E.U. será tratado en el Capitulo V, pp. 170-171.
acusatoria, muchos jueces, después de conocer que el caso se les asignará a ellos sin jurado,
se esfuerzan en conocer lo menos posible del caso para evitar prejuzgar y para poder
obtener los mayores beneficios del choque de las presentaciones contradictorias de las
partes.13
4. Estructurando el Juicio para Asegurar la Equidad de Oportunidades Contradictorias
Igualdad de “armas forenses” Es inherente a la noción de presentación de las
partes que las oportunidades de las partes para presentar pruebas y persuadir al tomador de
decisiones deben de ser iguales. Tal “igualdad de armas forenses” como se le ha nombrado,
es fundamental para la teoría contradictoria. Se aplica en casos tanto penales como civiles
en la tradición Anglo-Americana. Por lo tanto, el ministerio público y la defensa en un caso
penal se enfrentan a iguales limitaciones en la presentación de pruebas y argumentos. EL
ministerio público se sienta en el mismo tipo de mesa y al mismo nivel que la defensa y
utiliza el mismo tipo de ropa ordinaria como el abogado defensor. Cualquier prerrogativa
que el ministerio público pueda tener afuera de la corte desaparece cuando el ministerio
público comparece ante la corte en un juicio penal.14
Reglas Procesales Detalladas, Administradas de Manera Aislada Hemos
discutido como las reglas de las pruebas y del procedimiento del juicio sirven para crear,
aumentar y sostener el choque de evidencias y argumentos opuestos. Aquí debemos de
tomar en cuenta como la naturaleza de estas reglas y la forma en la que son administradas
sirve para promover igualdad de oportunidades en el sistema adversarial. Primero, las reglas
procesales y de presentación de pruebas aplicables en el juicio adversarial se encuentran
detallas y son relativamente rígidas15. Mientras más detalladas y rígidas son estas reglas,
existe menor discreción judicial para limitar qué pruebas pueden presentar las partes and
13
En un sistema de juicios concentrados y continuos, el abogado debe preparar sus casos de manera complete y exhaustiva antes de que inicie el juicio, dado que solo podrán hacer correcciones limitadas a medio juicio. 14
En los casos civiles, ambas partes tienen igual acceso y medios para investigar y preparar el caso para juicio. En casos penales, el ministerio público tiene a su disposición los recursos investigadores de la policía para preparar el caso, con los cuales la defensa no cuenta. No obstante, otros factores compensan por esta falta de equilibrio. Primero, la defensa tiene el derecho procesal coactivo para emplazar a cualquier testigo que quiera quien tenga un testimonio relevante (incluyendo a la víctima, miembros de las fuerzas policiacas o cualquier persona del “territorio” del ministerio publico), pero el ministerio publico no puede obligar al acusado a testificar o siquiera a contestar preguntas de manera informal por el privilegio en contra de la “autoincriminación” protegido por la Constitución. Segundo, la Constitución requiere que el ministerio publico revele todas las pruebas inculpatorias que la policía pueda descubrir a la defensa. Finalmente, el acusado es libre de utilizar los servicios de detectives privados, y muchos defensores públicos de oficio (que representan a acusados que no pueden pagar a un abogado) tienen investigadores privados entre su personal. Ver de manera general el Capítulo VIII para el tema de los derechos de los acusados en los procesos penales. 15
El contenido de las reglas de las pruebas se trata en infra pp.108-115.
cómo pueden presentarlas. Segundo, estas reglas procesales y de pruebas son administradas
de manera aislada y episódica, sin relacionarlas al contexto general del caso. Esto es en parte
porque las reglas son detalladas y especificas y en parte por la forma tradicional de entender
el rol judicial. También es cuestión de necesidad. Dado que las partes son las responsables
de desarrollar los hechos del juicio, los jueces del juicio normalmente solo tiene una idea
muy básica de cuáles son los hechos del caso. Dicho “velo de ignorancia” también crea una
necesidad real de que el juez sólo resuelva de manera aislada.16
Este punto final de reducir la discreción judicial en el control sobre qué pruebas
pueden ser presentadas completa el circulo, regresándonos al primer punto discutido sobre
la teoría contradictoria. La razón por la que se busca limitar la discreción judicial es para
reducir la posibilidad de que el juez utilice una teoría prematura acerca de los meritos del
caso para decidir qué evidencia podría ser presentada posteriormente, de ese modo
manipulando la dirección de la búsqueda de pruebas. Como se menciono anteriormente,
este es el peligro más grave de cuando los jueces actúan de forma activa en la investigación
de pruebas.17
Consistentemente con esta teoría, los mejores jueces procesales en los E.E.U.U. no
son aquellos que tienen el más completo entendimiento de los hechos del caso. Los mejores
jueces son aquellos que mejor conocen las reglas que regulan las pruebas y el procedimiento,
y aquellos que administran dichas reglas de manera igualitaria sin tomar en cuenta qué parte
parece tener más derecho en un caso. Los abogados procesales en los Estados Unidos
constantemente se refieren favorablemente a los jueces que emiten resoluciones sobre cada
objeción en un juicio independientemente del equilibrio relativo de pruebas en el caso. Por
lo tanto, el trabajo de un juez en un juicio con jurado se puede comparar al trabajo de un
árbitro en un partido de futbol, cuyo trabajo es aplicar las reglas para asegurarse de que las
partes compitan de manera justa y – regresando al primer punto de la teoría contradictoria-
definitivamente no patear la pelota.18
B. Jurado
Es posible contra con un sistema adversarial sin jurado y tener jurado en sistemas no
adversariales. Sin embargo, el jurado encaja bien en un sistema adversarial porque es el
tomador de decisiones pasivo por excelencia. Todo lo que hace el jurado es asimilar las
pruebas y decidir el caso. No tiene conocimientos de los hechos del caso y no tiene derecho
16 Ni el juez o el jurado tienen un resumen integral o expediente de todos los hechos del caso antes de que empiece el juicio. 17
Ver supra p.81 18
Un trabajo comparado excelente explora, entre otras cosas, las conexiones entre el litigio adversarial y actitudes más generales sobre los propósitos y funciones del sistema legal. Ver MIRJAN R. DAMASKA, EVIDENCE LAW ADRIFT (Yale U. Press 1997).
a hacer preguntas, llamar a testigos, o dirigir el estudio de las pruebas de cualquier otro
modo. Antes de proceder en la siguiente sección a una descripción detallada del jurado en
un juicio adversarial, debemos de estudiar la institución del jurado de una forma más general.
1. Algo de Historia y Comentarios Comparativos
Historia Los orígenes históricos del jurado son poco claros y, de cualquier forma,
no se necesita toda la historia para comprender la institución actual.19 Muchos creen que los
orígenes del jurado se dieron en Francia, cuando se llevaron a cabo algunos juicios con
jurado durante el reinado de Louis de Pious, alrededor de 829 A.D. Los Normandos
importaron la figura del jurado a Inglaterra después de la invasión de 1066 y se estableció de
manera definitiva como parte del procedimiento legal Inglés alrededor del siglo doce,
probablemente como reacción al declive de las formas procesales medievales, como los
juicios mediante batalla, juicios de Dios y apuestas.20 Para los 1400s, las características
modernas del jurado como un tomador de decisiones pasivo e imparcial fueron establecidas.
En 1670, se estableció el jurado como una institución independiente del rey y de los jueces
del rey, cuando en el Caso Bushe21l se consideró que el jurado no podría ser multado o
encarcelado por absolver a un acusado. La ultima característica del jurado moderno – la
necesidad de resolver el caso basándose únicamente en las pruebas presentadas en juicio y
no en conocimientos extrajudiciales – se estableció en los 1700s. La institución del jurado fue
exportada a los Estados Unidos por los colonizadores ingleses y ha sido una parte
fundamental de la teoría del derecho desde entonces, a pesar de que en Inglaterra esta
figura ha declinado en años recientes. EL derecho a un juicio con jurado es una garantía
establecida en la Enmienda séptima de la Constitución para casos civiles, y en el Articulo III y
Enmienda sexta para casos penales22.
A. Una Perspectiva Comparada En algún momento en la historia de Europa,
inspirada por la Revolución Francesa, existieron jurados en muchos países de tradición de
derecho civil. Hoy en día, en gran medida esta figura ha desaparecido en la mayoría de estos
19 Para profundizar mas en la historia del jurado, ver Stephen Yeazell, The New Jury and Ancient Jury Conflict, 1990 U.CHI.LEGAL FORUM 87 and THOMAS GREEN, VEREDICT ACCORDING TO CONSCIENCE: PERSPECTIVES ON THE ENGLISH CRIMINAL JURY TRIAL, 1200-1800 (U. Chicago Press 1985). Para una historia corta popular sobre el jurado en Inglaterra y Estados Unidos, ver JOHN GUINTHER, THE JURY IN AMERICA 1-35 (Facts on File, N.Y. 1988). 20 Ver THEODORE F. T. PLUCKNETT, A CONCISE HISTORY OF THE COMMON LAW (1956) y WILLIAM S. HOLDSWOVTH, I A HISTORY OF ENGLISH LAW (1956). Ver tambien Stephen A. Landsman, The Civil Jury in America: Scenes from an Unappreciated History, 44 HASTINGS L.J. 579, 582-587 (1993). 21
124 Eng. Rep. 1006 (1670). Los hechos que llevaron a esta decisión en el Caso Bushel se narran en Gunther, supra nota 29, en 24-27. 22
El alcance preciso del derecho constitucional de un juicio con jurado se encuentra en el Capítulo VII, pp. 238-239, para casos civiles y en el Capítulo VIII, p. 229, para casos penales.
países, excepto por el resurgimiento reciente en Rusia y España23. Pero aun en los países
civilistas, la participación de personas comunes para decidir los casos es muy común. En
Francia y Austria, un tipo de juicio con jurado se permite en algunos casos penales y en
Alemania, hay cortes mixtas que donde se siguen las leyes pero los casos son juzgados por
personas no expertas en derecho que actúan como jueces. De alguna manera, paralelo a las
políticas por las cuales se crearon los jurados en la tradición Anglo-Americana, el uso de
personas comunes como jueces en esos países es diseñado para incrementar la diversidad de
puntos de vista en la resolución de los casos, para propagar la imponente responsabilidad
del tomador de decisiones, y para traer al sistema legal un sentido común de justicia.
Sin embargo, en pocos sistemas el grado de independencia de la gente común que
actúa como tomador de decisiones es tan grande como en la tradición Anglo-Americana El
número de gente común que actúa como jueces en el Continente es menor y normalmente
es gente que pasa por una revisión antes de poder realizar dicha función, en vez de ser
elegidos al azar de entre toda la población. Casi tan importante es mencionar, que estas
personas deliberan junto con el juez quien tiene una educación legal y deben, junto con el
juez profesional, justificar su decisión por escrito24. En contraste, el jurado en el sistema
Anglo-Americano consta de 12 personas, escogidos al azar para un caso en específico,
delibera sin el juez, en secreto y por lo general no necesita justificar su decisión25.
2. La División del Trabajo Entre Juez y Jurado
Hechos vs. División de la Ley A pesar de la considerable independencia,
el jurado en el derecho común no tiene el derecho a decidir todas las cuestiones en un caso.
En general, el juez decide las cuestiones de ley y el jurado resuelve las cuestiones de hechos.
Aun en cuestiones de hechos, el jurado no es libre de llegar a la conclusión que quiera.
Excepto por los veredictos de absolución (no culpable) en casos penales, el juez del proceso
o una corte de apelación tienen el poder de dejar de lado el veredicto si no hay evidencia
sustancial que lo sostenga26. Este poder del juez del proceso no es una excepción a la regla
general de que el juez solo determina las cuestiones de ley. La pregunta de si existen
23 Stephen C. Thaman, The Resurrection of Trial by Jury in Russia, 32 STANDFORD J. INT’L LAW 61 (1995) y Stephen C. Thaman, Spain Returns to Trial by Jury, 21 HASTINGS INT’L && COMP. L. REV. 241 (1998). 24 Por ejemplo, en Alemania los jueces formados por gente común son mas “profesionales” que los jurados ya que son elegidos por términos de un año por la legislatura local y deben de ser los “más adecuados” en términos de “honorabilidad y buen juicio”. También deliberan con los jueces profesionales. No es sorpresa que el grado de desacuerdo con los jueces profesionales es muy bajo, cerca del 4.1% Ver Gerhard Casper y Hans Zaisel, Lay Judges in German Criminal Courts, 1 J. LEGAL STUDIES 138 (1972). 25
Un jurado actual de independencia similar es el jurado ruso. Ver infra nota 32. 26
Ver tema infra, p. 107
suficientes pruebas sustanciales para apoyar las cuestiones de hechos que encontró el
jurado, se considera cuestión de derecho. Dicho de otra forma, la pregunta de si hay
suficientes pruebas para que el jurado decida una pregunta de hechos es en si una pregunta
de derecho para el juez.
A veces es difícil diferenciar cuales son las cuestiones de hechos y cuales las de
derecho. Por lo tanto surgen cuestiones llamadas “mezcla hechos-derecho”. En juicios con
jurado, las preguntas mezcladas más comunes son temas de “aplicación de la ley”- cuando
un estándar legal debe de ser aplicado a los hechos del caso. Por ejemplo, la pregunta de
qué tan rápido estaba manejando el acusado en el momento en el que ocurrió el accidente
es completamente una cuestión de hechos, claramente apropiada para que el jurado decida.
Es una cuestión de mezcla de hechos-derecho si el jurado piensa que el hecho de que el
acusado estuviera manejando a cierta velocidad en determinado camino y bajo ciertas
condiciones meteorológicas se considera “negligencia”, y por lo tanto el demandante tiene
derecho a obtener un pago. A los miembros del jurado normalmente se les permite decidir
cuestiones de aplicación de la ley y seguramente se les permitiría decidir la pregunta de
negligencia anterior. Si la pregunta de aplicación de la ley es del tipo de preguntas que
requieren una aplicación uniforme de la ley, como aplicar una disposición estándar de un
contrato para determinar si hubo incumplimiento del contrato, lo más seguro es que se le
considere una cuestión de derecho. Por otra parte, si las disposiciones del contrato son tales
que cualquier persona las puede aplicar, entonces se permitirá que el jurado decida la
cuestión.27
Anulación del Jurado A los miembros del jurado moderno se les dice que deben
de aceptar la ley como se las da el juez, que deben de determinar cuáles son los hechos
relevantes, aplicar la ley a esos hechos y de esa manera, decidir el caso. Generalmente, un
veredicto que no concuerde con la ley, será revocado por el juez del proceso. Sin embargo,
en los casos penales en los que el jurado absuelve al acusado, no se admiten
reconsideraciones en apelación ni la utilización de algún otro recurso. Lo que significa que
27
Ver Nunez vs. Superior Oil Co., 572 F. 2d 1119 (5th
Cir. 1978) (para estudiar más a fondo la distinción entre hecho-derecho y permitir que un jurado decida si la disposición de un contrato que se excusa del incumplimiento en el pago de regalías, si ese incumplimiento se “justificaba” si incluía un error en los documentos); City of Monterey vs. Del Monte Dunes at Monterey, Ltd., 526 U.S. 687 (1999) (cuestión de si la decisión de la ciudad de rechazar un plan de desarrollo en particular que contenía una relación razonable con sus justificaciones se había sometido correctamente al jurado dado que la pregunta era esencialmente un acto de la naturaleza). Puede haber límites constitucionales en cuanto a que cuestiones mixtas puede resolver un jurado. Ver United States vs. Gaudin, 515 U.S. 506 (1995) (invirtiendo una condena por hacer declaraciones falsas en la solicitud de un préstamo, en la base de que privaba al acusado de su derecho a un juicio con jurado cuando el juez en vez del jurado decidió si las declaraciones eran “materiales”). Pero ver Markman vs. Westview Instruments, Inc., 517 U.S. 370 (1996) (significado de la palabra “inventario” en un reclamo de patentes era en parte una cuestión de derecho para el juez dado que se necesitaba consistencia.)
ésta es una de las situaciones en las que el jurado tiene el poder de “anulación” – el poder de
absolver a un acusado penal aún cuando haya evidencia clara en su contra. A veces los
miembros del jurado absuelven a alguien en esta situación porque no creen la evidencia.
Pero cuando el jurado absuelve de frente a evidencia contundente de culpabilidad, lo hace
porque está en desacuerdo con la ley o su aplicación particular en ese caso. Cuando hace
esto, el jurado está juzgando la ley al mismo tiempo que juzga los hechos, rehusándose a
aplicar la ley, la esta “anulando” hasta cierto alcance.
Hay pruebas importantes que indican que con el jurado del siglo 18 los
Constituyentes tenían en mente este derecho de no solo juzgar los hechos, sino también la
ley.28 Sine embargo, hoy en día se cree que esto no es correcto29. La razón por la cual una
absolución no puede ser hecha a un lado y un nuevo juicio ordenado es por la protección
Constitucional que tiene el principio de “no dos veces por la misma causa”, que previene que
cualquier acusado sea enjuiciado dos veces por el mismo delito30. Pero este principio no le
confiere per se algún poder de anulación al jurado. Por lo tanto, se dice hoy en día que el
jurado tiene el poder de facto de anular, pero no tiene el poder legal de hacerlo. En
consecuencia, ni el juez ni el abogado defensor pueden informar al jurado de este poder. En
la mayoría de las jurisdicciones, el juez les explica al jurado que se consideraría una violación
de su juramento como miembro del jurado ignorar las instrucciones de la corte y, si
encuentran del análisis de las pruebas que el acusado cometió la ofensa de la cual se le acusa,
entonces deben de declararlo culpable sin importar sus sentimientos personales.31
No hay estadísticas de qué tan frecuente es que se presente una absolución de
jurado, ni podría haber, dado que al jurado no se le pide que de razones de su veredicto y la
pregunta de si las pruebas eran lo suficientemente convincentes es una cuestión de opinión.
Cuando lo que parece una anulación sucede, normalmente atrae gran atención de los
medios, y esto hace que parezca que la frecuencia es mayor de lo que realmente es. Las
28
Ver Cargo del Chief Justice John Jay al jurado en el caso Gerogia vs. Brailsford, 3 U.S. (3 Dall.) 1,4 (1794) y una opinión en contrario en Sparf vs. United States, 156 U.S. 51 (1895). Ver Alan Schelflin y Jon Van Dyke, Jury Nullification: The Contours of a Controversy, 43 LAW & CONTEMP. PROBS. 51 (1980). 29
Sparf, supra. 30 Ver Capítulo VII, pp. 305-308. 31 En United States vs. Krzyke, 836 F. 2d 1013, 1021 (6th Cir. 1988), el jurado específicamente le solicito al juez que les explicara la anulacion. La decisión del juez de no ser sincero en la respuesta se llevo a la corte de apelación. Para diferentes puntos de vista en cuando a decirle al jurado sobre su poder de anulación, ver David C. Brody, Sparf and Dougherty Revisited: Why the Court Should Instruct the Jury of Its Nullification Right, 33 AM. CRIM. L. REV. 89 (1995) y Jack B. Weinstein, Considering Jury “Nullification”: When May or Should a Jury Reject the Law and Do Justice, 30 AM. CRIM. L. REV. 239 (1993). Un artículo reciente recolecta fuentes de anulación y discute dos formas importantes en las que el juez pelea en contra de la anulación: manteniendo “anuladores” potenciales fuera del jurado y no informando al jurado sobre la posibilidad de anulación. Ver Nancy J. King, Silencing Nullification Advocacy Inside the Jury Room and Outside the Courtroom, 65 U. CHI.L. REV. 4333 (1998). Ver tambien Darryl K. Brown, Jury Nullification Within the Rule of Law, 81 MINN. L. REV. 1149 (1997).
instrucciones que normalmente reciben los miembros del jurado tienden a asegurar que la
anulación solo ocurrirá en pocos casos que sean radicales. 32
En casos civiles, el jurado es sujeto a mayor control del juez y muchas veces debe de
dar razones de su veredicto mediante el uso de la forma “veredicto especial” o contestando
preguntas sobre las razones de su decisión.33 Sin embargo, el jurado también puede expresar
su resentimiento hacia una regla jurídica usando su poder amplio para determinar las
cuestiones de hechos que se están refutando. De hecho, el jurado puede afectar el
desarrollo de ley si constantemente y en un periodo prolongado de tiempo decidir sobre los
hechos materia de controversia de cierta forma solo para evitar una sentencia injusta. Por
ejemplo, en Hoffman vs. Jones, el caso de Florida que cambio la ley del estado de negligencia
contributiva a negligencia comparada, la corte apoyo la decisión del jurado en parte al
observar lo que dijo un académico respecto de que hay “something basically wrong with a
rule of law that is so contrary to the settled convictions of the lay community that laymen will
almost always refuse to enforce it, even when solemnly told to do so by a judge whose
instructions they have sworn to follow”34 (algo básicamente erróneo con el estado de
derecho que es tan contrario a las convicciones de la comunidad que la gente común casi
siempre se reúsa a aplicarlo, aun cuando un juez cuyas instrucciones ellos han jurado
obedecer, solemnemente les haya pedido que así lo hicieren).
3. Características de un Jurado Moderno
Panel de Miembros del Jurado y Exención del Servicio de Jurado La fuente tradicional
del panel de jurados o “jury venire”- el grupo de posibles miembros del jurado de entre los
cuales se escoge al jurado- ha sido lista electoral35. Sin embargo, por lo general menos del
50% de la población de los Estados Unidos vota en las elecciones, por lo que la mayoría de
las jurisdicciones usan una combinación de lista electoral y la lista de licencias para manejar.
En un país que depende tanto de los automóviles, la lista de licencias para manejar
probablemente incluye a más del 95% de los adultos. Sin importar qué lista sea utilizada para
el panel, el jurado es seleccionado al azar.
32 El jurado Ruso entre 1864 y 1917 constantemente ejercía su poder de anulación para absolver a los revolucionarios. Ver SAMUEL KUCHEROV, LAW AND LAWYERS UNDER THE LAST THREE TSARS (Frederick A. Praeger, N.Y. 1953). EL poder de anulación se retuvo y ahora se les explica explícitamente a los jurados. En la ley hay tres preguntas que debe de responder el jurado, si: (1) se probó que los hechos de los que se le acusa pasaron; (2) se comprobó que el acusado cometió dichos actos: [y] (3) si el acusado es culpable por cometer dichos actos. Art. 449, Código de Procedimientos Penales de la Federación Rusa. 33
Ver infra p. 107. 34
Ver Hoffman vs. Jones, Appendix p. A7 35
“venire” viene del nombre original de la orden judicial mediante la cual el sheriff convocaba a los jurados. Se llamaba venire facias, que significa literalmente “que tu vengas a la causa”.
Tradicionalmente profesionistas importantes y otras personas cuyos servicios se
consideran valiosos para la sociedad, como los médicos, están exentos del servicio de
miembros del jurado. La ley federal exenta de servicio de jurado en las cortes federales a los
empleados de la policía y departamento de bomberos y a todos los funcionarios públicos36. A
los abogados también se les exenta del servicio de jurado, por lo general, con la teoría de
que su conocimiento del derecho puede tener un efecto perjudicial en las deliberaciones del
jurado. Sin embargo, la tendencia en años recientes ha sido abolir todas las exenciones de
servicio de jurado, incluyendo las exenciones a los abogados e inclusive a los jueces.
Actualmente, 27 estados no contemplan exenciones basadas en la profesión de los posibles
miembros del jurado y siete mas solo tienen limitadas exenciones37. La idea es que el
derecho de cualquier ciudadano a tener un jurado representativo para decisiones de casos
de la corte está por encima de cualquier interés social y que las cargas y los beneficios de
educación cívica del servicio de jurado deben de ser tan ampliamente compartidas como sea
posible. La preocupación de que los abogados pueden causar problemas como miembros del
jurado se considera exagerada, ya que la tarea más importante del jurado es decidir
cuestiones de hechos, una tarea para la cual la capacitación en derecho es irrelevante y,
algunos argumentan, es un detrimento.38
Evitando el Servicio de Jurado El servicio de jurado es obligatorio para todos los
que son llamados a servir, pero por lo general, a la gente en promedio no se le presenta esta
obligación constantemente. La frecuencia del servicio varía dependiendo del área del país,
pero para un elector registrado, servir más de una vez en diez años es inusual en la mayoría
de las partes y muchas personas nunca son llamadas a servir como jurado. Para el caso
medio, el servicio de ser jurado no es tan oneroso y mucha gente dice que considera
interesante llevar a cabo la función de “servicio de jurado”. También, el sistema de “un día,
un juicio”, el cual se utiliza en el 40% de los estados, ha hecho que este servicio sea menos
oneroso. Bajo este sistema, el jurado se encuentra en el panel de miembros del jurado solo
por un día. Si se les escoge para el juicio, sirven en el juicio hasta que ese concluya, pero si no,
no necesitan regresar. Pero algunas personas por una u otra razón tratan de evitar servir
como miembros del jurado. La falta de cumplimiento con una orden de servicio de jurado es
un desacato a la corte y es castigable con multa o encarcelamiento. Una posible declaración
de incapacidad sería verificada por el juez con algo de incredibilidad si no se puede ofrecer
alguna causa concreta. Sin embargo, una obvia falta de cooperación por algún jurado podría
36 28 U.S.C.A. 1863 (b)(5). 37 Fuente: Centro de Estudios del Jurado, Centro Nacional para Cortes Estatales (1993). La condena por un delito grave sigue siendo una inhabilitación universal (para ser miembro de un jurado). Ver ABA STANDARDS RELATING JUROR USE AND MANAGEMENT, Parte A, Standard 4. 38
En un caso conocido por el autor, un Juez de una Corte de Circuito del estado de Michigan sirvió como jurado en un caso penal. No se reportaron problemas.
causar que uno de los abogados (fiscal o defensor) lo destituyera de su función de jurado
mediante una recusación sin causa. Los miembros del jurado pueden ser dispensados por
“carga excesiva o extrema inconveniencia”39.
Nivel de Educación de los Miembros del Jurado Más allá de la habilidad de
leer y escribir en inglés, no hay requisitos educativos para ser jurado. Es común que un
profesor con Doctorado este sentado junto a alguien que no termino la preparatoria. Los
votos de cada jurado tienen el mismo valor, aunque el profesor podría ser más persuasivo
con otros miembros del jurado durante la deliberación.
Por la falta de requisitos educativos, ha habido preocupación sobre la posibilidad de
que algunos miembros del jurado que no entiendan casos complejos. Se ha alegado que hay
algunos casos que son imposibles de entender sin importar quién sea miembro del jurado, y
las Cortes Federales de Apelación están divididas en establecer si debe de haber
“excepciones complicadas” al derecho constitucional a tener un jurado compuesto e civiles
en un juicio en cortes federales. 40 Jurados de “cintas azules”, jurados compuestos
únicamente por personas que hayan terminado una carrera universitaria, por ejemplo, sería
una posibilidad, pero esto ha causado controversia y dudas constitucionales 41 . Otra
sugerencia es incrementar el monto a pagar a los miembros del jurado (y cobrárselo a los
litigantes) para atraer a personas más educadas a la función de jurado42.
Sin embargo, muchos creen que la verdadera capacidad del jurado para ser precisos
en la determinación de los hechos todavía no ha sido completamente cubierta. Ellos señalan
que muchos procedimientos tradicionales con jurado son inconsistentes con la teoría
moderna sobre aprendizaje. Un ejemplo es el procedimiento para instruir a los miembros del
jurado. Al jurado normalmente se le dan instrucciones sobre la ley que deben de aplicar en el
caso solo al final del juicio. El resultado es que ellos escuchan las pruebas durante el juicio sin
saber que parte de estas son importantes para decidir el caso y que partes no. Y luego,
39
28 U.S.C.A. 1863 (b)(5) (aplicable al servicio de jurado federal). 40
Comparar United States Financial Security Litigation, 609 F. 2d 411 (9th
Cir. 1979) (no hay una excepción de complejidad al derecho de un juicio con jurado en casos complejos de seguridad) con In Re Japanese Electric Products Antitrust Litigation, 631 F. 2d 1069, 1073-74 (3d Cir. 1980) (se denegó la petición de tener un juicio con jurado ya que era un caso de antimonopolios complicado en donde existían millones de documentos y el jurado también tendría que analizar las condiciones del mercado japonés y las practicas de negocios en Japón al menos durante un periodo de 30 años y hacer una comparación de precios de muchos productos electrónicos). Estos casos y la habilidad en general de los jurados para entender casos complejos se analizan en SAUL M. KASSIN y LAWRENCE S. WRIGHTSMAN, THE AMERICAN JURY ON TRIAL: PSYCHOLOGICAL PERSPECTIVES (Hemisphere Publishing, N.Y. 1988). 41 Una reseña de las propuestas y discusiones en general sobre el potencial constitucional y otras objeciones se encuentra en Rita Sutton, A more Rational Approach to Complex Civil Litigation in the Federal Courts: The Special Jury, 1990 U. CHI. LEGAL FORUM 575. 42
Para aligerar la carga financiera del servicio de jurado, Rusia provee que los jurados deben de recibir el equivalente al 75% del sueldo del juez.
cuando finalmente se les instruye, normalmente el juez le lee las instrucciones al jurado en
vez de entregarles una copia escrita. En años recientes se ha llevado a cabo un gran esfuerzo
para conducir investigación psicológica en los efectos del procedimiento de juicios con
jurado ya que se busca cambiar cualquier procedimiento que intervenga con el proceso de
comprensión43.
Pago al Jurado Los miembros delo jurado reciben un pago por su servicio en la
corte, pero no es una cantidad que los haría ricos. Actualmente en el sistema de cortes
federales, se les paga $40 USDLLS a los jurados por cada día, pero en algunos estados se les
paga tan poco como $5 USDLLS por día. Si durante el tiempo que sirven como miembros del
jurado siguen recibiendo un sueldo de su empleador varia. Todos los empleados del
gobierno reciben su pago normal. Algunos estados exigen a los empleadores privados que
continúen con el pago regular de salarios o el pago de una porción del salario a los jurados
durante cierto número de días de servicio como jurados44. En estados en donde no existe
este requisito, la cuestión de si el empleador paga esos sidas depende del acuerdo entre
empleado y empleador. Cuando los empleados están sindicalizados, por lo general el
contrato colectivo de trabajo exige que continúe el pago del salario mientras los empleados
se encuentran sirviendo como jurados por al menos un periodo establecido de tiempo. Para
los empleados que no cuentan con ninguna protección o para las personas que son dueñas
de su propi0o negocio, el servicio de jurado en un juicio que se alarga por semanas o meses
puede resultarles económicamente muy costoso. Sin embargo, las estadísticas indican que
solo el 25% de todos los juicios en cortes federales duran más de una semana, y que solo el
0.6% dura más de 30 días. Más aun, la posibilidad de serias consecuencias financieras
constituye una “carga excesiva” que podría dispensar a una persona del servicio de jurado.
Evitando Influencias que Prejuicien Cuando el jurado se encuentra involucrado
en un caso por lo general no está asilado (segregado del publico) excepto cuando se
encuentran atendiendo el juicio. Por lo general se les permite regresara a sus casas al final
del día con la advertencia de que no deben de hablar con nadie acerca del juicio. Pero los
jueces en un juicio tienen la discreción de ordenar cualquier procedimiento necesario para
resguardar el juicio del efecto de la publicidad. En casos famosos, el jurado puede ser aislado
en un hotel durante el juicio (o al menos, durante la etapa de deliberación), se puede 43 Para una excelente colección de dichos cambios y los cambios propuestos, los argumentos a favor y en contra y la literatura relevante, ver G. THOMAS MUNSTERMAN, PAULA L. HANNAFORD y G. MARC WHITEHEAD, EDS, JURY TRIAL INNOVATIONS (National Center for State Courts, Washington, D.C. 1997). 44 Ver e.g., Conn. Gen. Stat 51-247 (requiere que los empleadores paguen a sus empleados salarios regulares durante los primeros 5 días de servicio como miembro del jurado) y Mass. Gen. Laws Ann. Ch. 234A 48 (1986) (primeros 3 días). Ver también Dean vs. Goldsen Times, 412 U.S. 543 (1973) (manteniendo dichas leyes constitucionales). También hay penas para los empleadores que despidan a los empleados por haber asistido al servicio de jurados. Ver 28 U.S.CA. 1875 y ROTHESTEIN ET AL., HORNBROOK ON EMPLOYMENT LAW 4.31 (West 1994) (leyes similares en todos los estados excepto Montana).
censurar su acceso a periódicos y televisión y podrán ser transportados del hotel a la corte y
de regreso en camionetas con las ventanas clausuradas para prevenir que puedan ver
periódicos en puestos de periódicos o pancartas de protesta. La publicidad antes del juicio
también puede hacer que sea muy complicado encontrar a un jurado que no haya escuchado
sobre los hechos del caso y formado alguna opinión al respecto. No es motivo de
descalificación que el jurado haya escuchado o leído sobre el caso. Solo si ya han formado
una opinión al respecto que cause que sea imposible para ellos conducirse de manera
imparcial en el juicio, serán rechazados.45
C. El Juicio Adversarial con Jurado y el Rol del Abogado en Este
Ahora estudiaremos una descripción relativamente detallada de las etapas de un juicio
adversarial normal, prestando especial atención a las responsabilidades que tienen los
abogados de las partes cuando presentan y argumentan el caso46.
Juicios con Jurado del orden civil vs. del orden penal La mayoría de los ejemplos
usados para ilustrar las descripciones subsecuentes son casos penales. Sin embargo, hay
pequeñas diferencias entre procedimientos de juicios penales y procedimientos de juicios
civiles que llamarían la atención de cualquier observador común. La única diferencia obvia seria
que en los juicios penales, a la parte demandante se le llama “el fiscal” (o “el gobierno”) y el
abogado que aparece en ese lado es un empleado del gobierno en vez de ser una parte privada.
Otras diferencias entre los juicios civiles y penales que no son inmediatamente obvias son: (1)
en los casos penales los estándares de las pruebas son más estrictos, (2) los acusados penales
no pueden ser obligados a tomar el estrado o testificar en su contra de cualquier otra forma, y
(3) en casos penales, no se pueden apelar las decisiones del jurado de absolver al acusado.47
Procedimiento de un Juicio sin jurado Llamado como “bench trial” o “juicio de la
corte”, este sigue esencialmente el procedimiento que a grandes trazos se ha explicado para el
caso de los juicios con jurado. Las diferencias principales son que los pasos de los que se ocupa
45 Ver THOMAS R. MURPHY, GENERVA KAY LOVELAND Y G. THOMAS MUNSTERMAN, A MANUAL FOR MANAGING NOTORIOUS CASES (National Center for State Courts. Washington , D.C. 1993). 46 Para mas información de esta y otras técnicas que utilizan los abogados en los juicios, ver STEVEN LUBET, MODERN TRIAL ADVOCACY: ANALYSIS AND PRACTICE, 2D ED. (Nat’l. Inst. for Trial Advocacy 1997); JAMES W. JEANS, TRIAL ADVOCACY, 2D. ED. (West 1993); RONALD CARLSON y EDWARD IMWINKELREID, DYNAMICS OF TRIAL PRACTICE, 2D. ED. (West 1995, 1997); THOMAS MAUET, FUNDAMENTALS OF TRIAL TECHNIQUES, 3D. ED. (Aspen 1997); y ROGER HAYDOCK Y JOHN SONSTENG, TRIAL: THEORIES, TACTICS AND TECHNIQUES (West 1991). Para una visión general de las técnicas utilizadas en los juicios en Inglaterra, ver KEITH EVANS, ADVOCACY AT THE BAR (Blackstone Press Ltd. 1992), 47
Hay diferencias muy grandes entre las etapas preparatorias al juicio en los casos civiles y penales. Ver Capítulo VII, pp. 225-237 (casos civiles) y Capítulo VIII, pp. 265-271 (casos penales).
principalmente el jurado se omiten y que los abogados modificarían sus argumentos para
dirigirse a un tomador de decisiones profesional.
Escenario de un tribunal Un diagrama de un tribunal común designado para llevar a
cabo juicios con jurado se encuentra en el Apéndice de este libro48. El estrado o silla del juez se
encuentra en el nivel más alto y por lo general, el estrado para testificar es el segundo más alto.
El juez usa toga, pero no peluca. Los abogados no usan un traje específico que los distinga de
los demás en el tribunal. Normalmente usan un traje. Las partes se sientan en las mesas junto a
sus abogados, para pode consultar con ellos durante el curso del juicio. Esto es igualmente
cierto de la defensa en casos penales.49
1. Selección del Jurado
El proceso de selección del Jurado El propósito de la selección del jurado, a veces
llamada “voir dire”50, es determinar las calificaciones y potenciales de los miembros del
jurado y seleccionar un jurado imparcial para juzgar el caso. EL formato utilizado para la
selección del jurado varía en cada jurisdicción51. En casi todas las selecciones de jurado, para
la hora dl juicio los jurados han completado y los abogados han leído cuestionarios que
contienen información básica acerca de cada miembro del jurado. Al panel de posibles
jurados o “jury venire” normalmente se les da una pequeña introducción del caso para el
cual fueron seleccionados. Después de esto, sigue una serie de preguntas a los miembros del
jurado acerca de sus capacidades para realizar las funciones de jurado en el juicio.
En algunas jurisdicciones, solo se permite que al juez haga las preguntas
directamente al panel de jurados. En dichas jurisdicciones, los abogados deberán presentar
cualquier pregunta por escrito al juez, quien podrá decidir si hace o no la pregunta. En otras
jurisdicciones, se les permite a los abogados hacer preguntas directamente al panel de
jurados y, después de algunas preguntas generales que hace el juez, hacer preguntas a los
posibles jurados, de manera grupal o individual. El grado de participación del abogado es una
decisión discrecional de cada juez en cada caso. Pero como regla general, en las cortes
federales se tiende a que el juez dirija la selección del jurado, mientras que en las cortes
estatales se les permite a los abogados conducir esta selección. Sin embargo, varios estados
han cambiado su mecanismo al sistema federal.
48
Ver p.A33. 49
Para una descripción de otros aspectos del procedimiento en tribunales, ver Capítulo V, pp.167-169. 50
“Voir dire” vienen del Francés Legal y significa “decir la verdad”. 51
“jurisdicción” en esta parte del texto significa los sistemas judiciales de los estados y del gobierno federal.
Sin importar el método mediante el cual se obtenga la información, los indicios de
que un jurado no puede o no quiere escuchar y decidir el caso normalmente pueden ser la
base para una “recusación justificada” que deberá decidir el juez. Adicionalmente, los
abogados pueden presentar “recusaciones sin causa”, que les permite excluir a cierto
número de jurados sin razón alguna. El numero de recusaciones sin causa permitido varia de
jurisdicción en jurisdicción, pero lo normal es lo establecido en la ley federal. Para un jurado
de 12 personas en una corte federal, en casos de delitos graves en los que no haya pena de
muerte, el abogado fiscal tiene derecho a 6 recusaciones y la defensa tiene derecho a 10. En
casos de pena de muerte, tanto el abogado fiscal como la defensa, cada uno tiene derecho a
20 recusaciones52.
Técnicas del Abogado en la Selección del Jurado El objetivo principal de los
abogados de las partes es escoger a los miembros del jurado que simpaticen más con su lado.
La posibilidad de los abogados de influir en la composición del jurado es limitada en el mejor
de los casos: invocando recusaciones justificadas (que raramente son otorgadas) y un cierto
número de recusaciones sin causa. Sin embargo, el abogado no puede escoger el grupo de
posibles jurados con el que uno inicia el proceso de selección, ya que se determinan
aleatoriamente. Aunque los abogados generalmente dicen que van a la corte a “seleccionar
al jurado”, la “selección de jurado” es más bien la “exclusión de jurados” y solo un número
limitado puede ser excluido en la mayoría de los casos.
Los abogados cuestionan a los jurados para descubrir su posible predisposición sobre
el caso materia del juicio. La mayoría de las veces, los abogados pueden investigar esto
preguntando a los jurados sobre experiencias similares al caso, que ellos o sus amigos
cercanos o familiares hayan vivido. Cualquier pregunta sobre asuntos privados sensibles se
despeja en una conferencia del tribunal, que se lleva a cabo de manera personal con cada
jurado y sin público53. Sin embargo, las recusaciones sin causa constantemente se hacen sin
52
Federal Rule of Criminal Procedure 24(b). Inglaterra abolió las recusaciones sin causa para los fiscales en 1305 y para la defensa en 1988. Aunque las recusaciones justificadas se permiten, solo se llevan a cabo en el 1% de los casos. Ver Buston, Challenging and Discharging Jurors, [1990] CRIM.L.REV. 225. El uso de recusaciones sin causa en los Estados Unidos era ilimitado, hasta hace unos años, cuando la Suprema Corte prohibió el uso de las recusaciones que tenían como fin excluir a jurados con base en su raza, origen étnico o sexo. Ver Capítulo VIII, p.300 (casos penales) y Edmondson vs. Leesville Conrete Co., 500 U.S. 614 (1991) (casos civiles). 53 Un tema que ha causado preocupación recientemente es el derecho de los jurados a la privacidad. En un juicio, un jurado objetó a un cuestionario en donde se le preguntaban cosas como su religión, afiliación a un partido político, programas de televisión que veía, si se consideraba una persona liberal, moderada o conservadora en sus opiniones sobre política, material que leía por lo general, y si pertenecía a la Asociación Nacional de Rifles. Un artículo reciente, David Weinstein, Protecting a Juror’s Right to Privacy: Constitutional Constraints and Policy Options, 70 TEMPLE L.REV. 1(1997), analiza el tema de cómo proteger la privacidad de los jurados al mismo tiempo que salvaguarda el derecho del acuso a un juicio justo y el derecho del publico a tener acceso a los procedimientos de la corte. En 1998, la Asociación de la Barra Americana añadió un “Estándar de Privacidad del Jurado” a sus Estándares Relacionados con el Uso y Manejo del Jurado.
tomar en cuenta las respuestas que dio el jurado durante el voir dire y a veces se deciden
desde antes de que empiece la sesión de preguntas al jurado. Constantemente las decisiones
se toman con base en suposiciones de las probables predisposiciones de cada persona en
relación con el caso, basándose en la edad, domicilio, educación, trabajo y otras
características básicas que se dan a conocer en los cuestionarios escritos que llenan los
jurados – un retrato socio-económico de cada jurado.
Exactamente qué suposiciones se pueden concluir de esta información básica
depende de cada abogado. En términos generales, los abogados demandantes en casos
civiles y los defensores en casos penales representaran puntos de vista contrarios a lo ya
establecido, por lo tanto se inclinarán por jurados jóvenes, de clases sociales bajas, y de
orígenes étnicos diferentes; mientras que los abogados defensores en juicios civiles y los
fiscales en casos penales representarán los puntos de vista “establecidos” y por lo general
querrán jurados con el perfil opuesto54.
Cada vez en mayor medida, se pueden encontrar consultores profesionales en la
selección del jurado, quienes hacen un análisis más sofisticado sobre posibles jurados.
Muchos de estos consultores están calificados en conocimiento en psicología y otras ciencias
sociales. Ellos, por una cuota, analizaran el caso del abogado y construirán un perfil sobre el
tipo de jurado que deberá de mantener o tachar el abogado, constantemente se basaran en
encuestas a la comunidad o usaran un grupo focal. El uso de un consultor de jurados ha
resultado muy provechoso en algunos casos prominentes recientes. Uno de estos fue el caso
de Rodney King en 1992 en donde, a pesar de las cintas de video que mostraban lo que
aprecia ser una golpiza salvaje, el jurado de la corte estatal de Los Ángeles absolvió al policía
del cargo de haber usado fuerza excesiva en contra de King. Ciertas investigaciones muestran
una efectividad limitada del uso de estas técnicas “científicas” para escoger al jurado55.
Después de la elección del jurado, el jurado jura decidir de manera imparcial el caso y
se le dan instrucciones preliminares sobre el formato del juicio56. A los miembros del jurado
se les dice algo sobre el formato del caso y sus obligaciones. Aún más importante, se les
exhorta que mantengan una mente abierta y que no hablen del caso con nadie (incluso entre
ellos) hasta que las pruebas, argumentos e instrucciones finales se hayan completado y ellos
54 Como se dijo anteriormente, las recusaciones sin causa que se presentan con base en la raza, sexo u origen nacional pueden ser impugnadas y sólo serán aceptadas si el juez está convencido de que el abogado tiene una razón no-discriminatoria para excluir al jurado. Ver supra nota 52 y Capítulo VIII, p. 300. 55 Ver GUINTHER, supra nota 19, en 55-58; KASSIN & WRIGHTSMAN, supra nota 40, en 57-62. 56 Una forma común de tomar juramento es la siguiente: “Cada uno de ustedes juran solemnemente (o declaran) que, en esta acción ahora ante la corte, ustedes decidirán de manera justa las preguntas que se les presentarán, y, que a menos de que sean dispensados por la corte de futuras deliberaciones, van a dar un veredicto verdadero, y que sólo entregaran su veredicto basándose en las pruebas introducidas y de acuerdo con las instrucciones de la corte, que Dios los ayude”.
tengan que retirarse a deliberar. Generalmente, excepto en los casos más complejos, a los
miembros del jurado en este punto del juicio no se les dan instrucciones sobre la ley en la
que se basa la demanda o la ofensa de la que se acusa, por la idea de que en este punto
dichas instrucciones podrían ser confusas o incompletas y podrían interferir con el jurado
escuchando todos los hechos del caso57.
2. Argumentos Iniciales (Alegatos de Apertura)
La Forma y la Función de los Argumentos Iniciales Después de que se selecciona al
jurado, se les toma protesta y se sientan, se les permite a los abogados hace sus “argumentos
iniciales” ante el jurado. El propósito de estos argumentos iniciales es permitir a las partes que
expliquen brevemente los hechos del caso y que introduzcan ante el jurado sus demandas o
defensas. Las pruebas del caso no serán presentadas al jurado de manera clara y en orden
cronológico, sino que de manera inconexa dictada por el orden en el que rindan su declaración
los testigos. Por lo que, el argumento inicial es una oportunidad para darle a los jurados una
clara exposición de toda la “historia” del caso. Cada parte tendrá, obviamente, una historia
diferente que contar. La tarea que deben de cumplir los abogados en esta apertura es plantear
la historia de su caso sin argumentar, de manera que sea atractiva para el jurado.
Al jurado se le indica que los argumentos iniciales no son parte de las pruebas, sino que
solo es una “guía para las pruebas”, pero estudios demuestran qué tan importante es esa
“guía”. Investigaciones sobre el proceso mediante el cual los jurados toman una decisión
muestra que deciden un caso construyendo una “historia” de cómo ocurrieron los hechos y
comprobando la veracidad de la historia comparándola con “historias” similares de sus propias
experiencias de vida. Dado que el argumento inicial es la oportunidad que tienen los abogados
para presentar su historia de una manera coherente, se convierte en un arma de persuasión
particularmente poderosa58.
Enfoque de los Abogados Hacia los Argumentos Iniciales El mejor argumento inicial
presentará, por lo general, los hechos en orden cronológico. Sin importar el orden en el que
sean presentados, el abogado debe de limitarse a recitar los hechos que planea comprobar en
vez de dar argumentos sobre el caso. De hecho, una de las pocas objeciones que se admiten
durante los argumentos iniciales es “abogado argumentando”. Sin embargo, a cada parte se le
permite que bosquejen sus pretensiones con respecto a las pruebas para que el jurado pueda
entender claramente las posiciones básicas de las partes. Esto puede involucrar que los
57
Sin embargo, esto está de alguna manera, cambiando. Ver supra p.90 58
Nancy Pennington y Reid Hastie, “The Story Model of Juror Decision Making” en REID HASTIE, ED., INSIDE THE JUROR 192-221 (Cambridge U. Press 1993). Los jueces probablemente hagan lo mismo.
abogados hablen sobre la ley aplicable. En casos penales, por ejemplo, muchas veces el
abogado defensor quiere utilizar tiempo para explicar qué es “duda razonable”. Claramente, la
línea ente “argumento” no permitido e “introducir” las “pretensiones” o la “posición” de uno al
jurado no es muy clara.
Dado que lo que dicen los abogados durante los argumentos iniciales no es evidencia,
sino solo una guía para las evidencias, se ha hecho costumbre que los abogados al hablar de
cada una de las pruebas hagan una introducción como “la prueba mostrará” o “la fiscalía tiene
la intención de probar que…”, en vez de limitarse a solo contar la historia. De hecho, algunos
jueces consideran que este es un requisito legal. La tendencia actual es que es permisible para
los abogados y más efectivo que simplemente cuenten la historia como vaya saliendo. Un
ejemplo de un extracto de un argumento inicial en un caso penal podría ser como el siguiente:
El martes, 9 de mayo, el acusado John Smith había estado tomando cervezas con sus
amigos por alrededor de cuatro horas en el Dew Drop Inn. Cerca de las 10 pm, abandonó a sus
amigos en el bar y condujo hasta el Grand Hotel. Detuvo el coche en la zona de carga y dejó el
motor encendido. Después, con una pistola cargada que llevaba en el cinturón, se dirigió al
lobby del hotel y caminó directamente hacia donde estaba el escritorio nocturno del
recepcionista. Le entregó al recepcionista nocturno una nota que había escrito. En la nota, ‘el
había escrito “Tengo un arma. Dame todos tus billetes de 10 y de 20.”
3. Presentación de la Evidencia (Pruebas).
Inmediatamente después de los argumentos iniciales, empieza la parte más importante
del juicio, con los abogados de las partes presentando sus “casos” –las pruebas de su lado. EL
demandante (o fiscal en caso penales) empieza y presenta “el caso del demandante”, llamado
“el caso del gobierno” o “el caso del estado” en procedimientos penales. Después, el abogado
del demandado o acusado presenta el “caso de la defensa”. Después de la presentación de la
defensa, el demandante o fiscal tienen la oportunidad de presentar un “caso de refutación”.
Es la responsabilidad de los abogados de las partes que se aseguren que se presenten a
juicio los testigos que necesitan y que se aseguren de obtener los documentos necesarios para
el juicio. Normalmente, esto se hace con que el abogado le pida al secretario del juzgado que
emita una orden requiriendo al testigo que comparezca ante la corte, la cual se llama “citación
judicial de comparecencia”59. Los abogados saben qué testigos y qué otras pruebas usaran en el
59
Por lo general, el secretario del juzgado le entrega a los abogados los requerimientos de citación a comparecencia en blanco. Un cambio reciente en la aplicación de las leyes en las cortes federales permite que en casos civiles, los abogados emitan estas citaciones de comparecencia sin necesidad de acudir con el secretario del juzgado. Ver FRCP 45(a)(3).
juicio ya que han investigado el caso por medios informales (por ejemplo, hablando con
testigos, usando investigadores privados) y a través de un proceso formal antes del juicio que
se llama “descubrimiento”. En los casos civiles, cualquiera de las partes puede requerir a
cualquier persona del público que tenga conocimiento del caso que rinda su “declaración” en la
oficina del abogado y que de cualquier forma revele cualquier información relevante y
documentos. En la etapa de descubrimiento se puede requerir que incluso la parte contraria y
los testigos de la parte contraria revelen todo lo que saben antes del juicio. Durante la etapa de
descubrimiento los abogados escucharan los testimonios de todos los testigos a los que
después llamarán a testificar en juicio60.
En casos penales, la etapa de descubrimiento es más limitada. Por el derecho de no
autoincriminación, no se les requiere a los acusados que declaren o que den información alguna
antes del juicio61. La Constitución de los Estados Unidos requiere que el fiscal revele las pruebas
exculpatorias a la defensa, pero el acusado en los Estados Unidos no tiene acceso total al
expediente de investigación del fiscal. Sin embargo, gran parte del expediente del fiscal consiste
de notas y reportes de los policías, quienes serán testigos en el caso. A la fiscalía se le requiere
que le muestre a la defensa, para que esta última inspeccione, todos los escritos usados por los
testigos en su preparación para testificar62.
Los abogados que presentan las pruebas tienen tres tareas principales: presentar el
testimonio de los testigos, presentar documentos y cualquier otra prueba tangible, y hacer y
defender de las objeciones de las pruebas. Las leyes y técnicas para estas actividades se
describen a continuación.
a. Testimonio de los Testigos.
El testimonio de los testigos forma el grueso de las pruebas ofrecidas en la mayoría de
los juicios. Los testigos pueden testificar basándose solo en conocimiento personal y por lo
general no pueden testificar “de oídas”- lo que alguien más le dijo al testigo63. Un estenógrafo
de la corte toma nota de todo al pie de la letra, todo el testimonio y todo lo que se dijo durante
el proceso.
60 Ver Capítulo VII, pp. 230-235. 61 Sin embargo, algunos argumentos de la defensa requieren una investigación especial del fiscal para poder refutar, como coartadas o la defensa de demencia, y se requiere que se revelen al fiscal antes del juicio. También, los acusados en casos peales deberán entregar al fiscal muestras para hacer exámenes de laboratorio, como muestras de su escritura o de sangre. Ver Capítulo VIII, p.271 y nota 30. 62
Ver supra nota 14. Ver FRE 612 y FRCrP 26.2. 63
La ley de las pruebas se discute en infra pp.108-115.
Cómo se Presenta el Testimonio de los Testigos El testigo primero es
“llamado al estrado de los testigos” por uno de los abogados y presta juramento de decir “toda
la verdad y nada más que la verdad”64. Aunque se le llame el “estrado”, el lugar donde los
testigos rinden su declaración es una silla a lado del estrado del juez, en la que se sienta el
testigo durante su declaración. Todos los testigos testifican sentados, a menos que se les pida
que hagan una demonstración de algo o que señalen algo con ayuda demostrativa. Esto incluye
al acusado cuando da su testimonio en casos penales.
La parte que llamó al testigo es la primera en realizar las preguntas a ese testigo en
“examinación directa”. Después se le da a la otra parte el derecho de llevar a cabo el
“contrainterrogatorio” del testigo. Siguiendo al contrainterrogatorio, la parte que llamó al
testigo tiene la oportunidad de conducir una “reexaminación directa”. Un “re-
contrainterrogatorio” y posiblemente una segunda reexaminación directa pueden llevarse a
cabo, pero estas últimas son a discrecionalidad del juez. En general, el propósito de la
exanimación directa es presentar al jurado la información que respalda el caso del proponente;
el propósito del contrainterrogatorio es hacer notar los hechos contrarios y poner en duda la
exanimación directa65.
Por lo general, a los testigos no se les permite que testifiquen de forma narrativa en la
examinación directa o en el contrainterrogatorio. Sólo pueden testificar mediante respuestas a
preguntas. Ya se ha hablado antes en el texto, de una de las razones para esto: se considera
deseable que los abogados controlen y le den forma a los testimonios de los testigos mediante
las preguntas que ellos hacen para que el abogado pueda presentar el testimonio a los que
están tratando de encontrar la verdad en la mejor (o peor) luz posible. Otra de las razones es
por eficiencia. Dejar que un testigo diga lo que piense que sea importante para el caso por lo
general resultaría en que hablarían mucho sobre cosas que realmente no son esenciales. Por
último, el formato de preguntas y respuestas es esencial para poder controlar las limitaciones
en la admisibilidad de las pruebas. Requerir que el testigo testifique sólo en respuesta a las
preguntas le da tiempo al abogado contrario para determinar si la pregunta hecha es
inadmisible como prueba, y por lo tanto, para que pueda presentar una objeción antes de que
el jurado escuche la respuesta66.
64 Si cuestiones religiosas no permiten que la persona preste juramento, una “afirmación” alternativa puede utilizarse. 65 Por lo general, los jurados no pueden hacer preguntas, pero algunos jueces han permitido que las hagan de manera limitada. Las preguntas deberán ser sometidas por escrito al juez y después el juez se las hará al testigo a menos que desde un punto de vista legal, la pregunta sea inapropiada o si el juez está seguro de que los jueces la preguntarán más adelante. Las reacciones a esta práctica, registradas durante un estudio que se llevó a cabo en las cortes federales en 1984, fueron reacciones positivas por parte de los jueces y el jurado, e incluso algunos abogados (los abogados demandantes estuvieron más de acuerdo con esta práctica que los abogados defensores). Ver GUINTHER, supra nota 19, en 68. También ver KASSIN & WRIGHTSMAN, nota supra 40, en 129-131. 66
Las Leyes Federales de Evidencia no contienen una prohibición general en contra de las respuestas narrativas. Sin embargo, el juez tiene el poder general de “ejercitar control razonable sobre el modo…. De interrogar a los
(1) Examinación Directa
La examinación directa usualmente tiene tres partes: (1) antecedentes del testigo (quién
es el testigo, dónde trabaja, etc.), (2) crear el escenario describiendo el lugar donde ocurrieron
los hechos, (3) acción, que es la descripción del incidente en sí. En el proceso de deposición del
testigo, normalmente el testigo contesta las cinco preguntas esenciales que cualquier buen
reportaje de periódico contiene-quién, qué, dónde, cuándo y por qué- y la mayoría de las
preguntas del abogado en examinación directa empezarán con una de estas cinco palabras o
con un imperativo como “dime” o “explica”.
Forma de las Preguntas en Examinación Directa Por lo general, el abogado que
conduce la examinación directa querrá hacer preguntas “abiertas” que le den al testigo la
oportunidad de hablar. Un ejemplo de una pregunta abierta es “¿Que viste en el lobby del
Grand Hotel cerca de las 10 PM el martes nueve de mayo del año pasado?” Esto en contraste a
preguntas “cerradas” que contemplan una respuesta limitada del testigo. Un ejemplo de una
pregunta cerrada sería “¿Qué tan lejos del escritorio del recepcionista nocturno te encontrabas
cuando ocurrió el asalto?”, o cualquier pregunta cuya respuesta sea “si” o “no”. Por lo general,
Las preguntas abiertas son más eficientes ya que pueden preguntar por más información y
permiten que el testigo conteste en varias oraciones al mismo tiempo. Pero hay una razón
adicional por la que el abogado quiere hacer preguntas abiertas en la examinación directa-
respuestas más largas le dan al jurado la oportunidad de conocer y tener una “impresión” del
testigo. Esto es importante ya que el jurado deberá decidir qué tanto creerle al testigo y el peso
que le dará al testimonio de dicho testigo.
Las preguntas cerradas son apropiadas en directo, y son esenciales para probar detalles.
Por ejemplo, en respuesta a la pregunta abierta de qué fue lo que pasó en el lobby del hotel, el
testigo podría empezar a contar que ‘el estaba en el lobby esperando a que llegara un amigo;
que se encontraba recargado en una mesa leyendo un periódico; y que se dio cuenta que una
persona se acercó al escritorio del recepcionista nocturno y el entregó al recepcionista un
pedazo de papel. En ese momento, el examinador directo querrá preguntar algunas preguntas
cerradas, incluyendo la pregunta del ejemplo anterior e qué tan cerca se encontraba el testigo
del escritorio del recepcionista. Otras preguntas cerradas probablemente podrían ser “¿Qué
tanto del cuerpo de la persona podías ver: su cuerpo completo o sólo su cara?”; “¿Qué tan alto
parecía el hombre?”; “¿Cómo iba vestido?”; “¿Cómo eran sus facciones?”, y demás, para entrar
testigos y presentar las pruebas.” FRE 611. En consecuencia, los jueces normalmente aceptarán una objeción a testimonios narrados si se argumenta que el testigo bien podría decir sin querer testimonio que constituya una prueba inadmisible antes de que se pueda interponer una objeción.
en una descripción detallada que obviamente corresponda al acusado, por lo tanto,
demostrando en el proceso que el testigo tuvo el cuidado suficiente de observar los detalles.
“Marcando el Ritmo” de una Examinación Directa La marca de un buen examinador
directo es saber cuándo continuar con las preguntas abiertas, dejando que el testigo continúe
con la historia de forma más rápida, y cuándo detenerse en una acción y enfocarse en los
detalles mediante preguntas cerradas. A esto se le llama el “ritmo” de una examinación. Si hay
muchas preguntas cerradas, partes importantes de la historia quedaran sepultadas en un
montón de detalles innecesarios y el ritmo lento aburrirá al jurado. Si hay muchas preguntas
abiertas, el testigo contará la historia muy rápido y el jurado no se va a acordar de la misma o la
historia será descrita de forma tan general que el jurado concluirá que el testigo no vio mucho
o no prestó demasiada atención a lo que estaba viendo.
Preguntas Sugestivas Hay una clase de preguntas cerradas que son objetables en
examinación directa. Estas son las preguntas “sugestivas”. Una pregunta sugestiva es la que
sugiere al testigo cuál debe de ser la respuesta. “¿No te encontrabas parado a 10 pies de
distancia del escritorio del recepcionista nocturno cuando el acusado entró?” es una pregunta
sugestiva. En exanimación directa, las preguntas sugestivas están prohibidas porque se cree
que es injusto que el abogado “alimente” las respuestas del testigo para que apoyen la historia
del abogado. Más aún, se permite y es de esperarse que los abogados entrevisten a los testigos
y repasen con ellos su testimonio antes del juicio, por lo que no serían necesarias las preguntas
sugestivas para sacar a la luz el testimonio del testigo67.
(2) Contrainterrogatorio
Propósito del Contrainterrogatorio El propósito del contrainterrogatorio puede ser en
algunos casos, buscar información, pero es más común que su objetivo principal sea minar la
credibilidad del testimonio que dio el testigo en la examinación directa. Tal “desacreditación”
del testimonio del testigo puede incluir: crear dudas en la habilidad y oportunidad del testigo
de observar (por ejemplo: estaba oscuro y llovía), exponer cualquier predisposición o prejuicio
que pueda tener le testigo (por ejemplo: al testigo le desagrada una de las partes), hacer notar
cualquier interés que tenga el testigo en el resultado del caso (por ejemplo: el testigo hizo un
trato con el fiscal, quien le prometió que él no será acusado de ciertos cargos si testifica en el
67 Las preguntas sugestivas se permiten en examinación directa sólo para hechos no cuestionados, para introducir pruebas instrumentales como evidencia (ver infra pp. 100-102), y para atraer la atención del testigo a una parte en particular de su testimonio. También se permiten cuando se está examinando testigos hostiles, a la parte contraria o a un niño o un testigo adulto que tenga discapacidades las habilidades de comunicación. FRE 611 los estados tienen una versión más suave de la regla en contra de las preguntas sugestivas: “Las preguntas sugestivas no deberán de ser utilizadas en la examinación directa de cualquier testigo excepto cuando sea necesario para el desarrollo del testimonio. (énfasis añadido).
caso), y mostrar una falta de carácter para decir la verdad (por ejemplo: el testigo ha sido
declarado culpable de perjuicio anteriormente). Otra forma de desacreditación es hacer notar
que el testigo hizo una declaración previa al juicio que es inconsistente con su testimonio en el
juicio.
Forma de las Preguntas No sólo las preguntas sugestivas se permiten en el
contrainterrogatorio; sino que muchos abogados creen que la técnica apropiada para el
contrainterrogatorio es que todas las preguntas sean sugestivas. La mayoría de las preguntas en
el contrainterrogatorio serán, por lo menos, preguntas cerradas, no dejarán que el testigo
explique algo, y sólo podrán ser contestadas con un “si” o “no”. Si el testigo trata de explicar
una respuesta, por ejemplo, respondiendo “sí, pero…”, el abogado haciendo las preguntas
puede objetar que la respuesta no contesta la pregunta, ya que la pregunta se puede contestar
justamente con un “si” o “no”68.
La idea detrás del uso de preguntas sugestivas es que permiten al contra-interrogante
que dé a conocer sólo los elementos que son valiosos para el caso del contra-interrogante. Los
contra-interrogantes efectivos sólo harán preguntas de las cuales normalmente ya saben la
respuesta y nunca le preguntarán al testigo preguntas de “por qué” o cualquier otra clase de
preguntas que permitan que el testigo dé una explicación. Sin embargo, a un abogado contra-
interrogante no se le permite que discuta con el testigo o que “fastidie” al testigo. Hasta qué
punto se considera discusión o fastidio no siempre es claro, pero hacer la misma pregunta
varias veces o insistir en que la respuesta que ha dado el testigo es falsa, caerá la mayoría de las
veces dentro de esta categoría.
Técnicas Efectivas de Contrainterrogatorios un error que cometen muchos abogados
principiantes es tratar de conseguir mucho en el contrainterrogatorio, esperando lograr que el
testigo esté totalmente de acuerdo con su posición 69 . Por ejemplo, después de una
examinación directa en donde el testigo identifica al acusado como el ladrón, el abogado
defensor podría verse tentado a preguntar “¿No es cierto que estaba tan oscuro en el lobby
que realmente no pudiste ver bien al ladrón?” Si la cuestión en el caso es la identificación
ocular del acusado hecha por el testigo, este es un punto válido. Sin embargo, como pregunta,
tiene utilidad limitada, ya que el testigo contestará “no” o, peor aún, se sentirá retado y
repetirá al jurado una vez más, como pudo ver claramente todo. El punto de que era tan oscuro
que el testigo no podía ver es una conclusión que el abogado deberá argumentar en los
argumentos finales del caso (cuando el testigo no puede responder el argumento). En contra-
68 Como una táctica de control, a veces los abogados empiezan su contrainterrogatorio instruyendo al testigo de que solamente deberá de responder a todas las preguntas con un “si” o “no” y que el testigo no debe de ir más allá de esa respuesta. Normalmente esto es mal visto y muchos jueces aceptarán objeciones a esto con base en que no es la posición del abogado la de instruir al testigo, sino que solamente deberá hacer las preguntas. 69
Esta actitud muy poco realista claramente es influenciada por ver demasiadas películas y series de televisión sobre juicios. Constantemente en dichas historias el asesino real es un testigo de la fiscalía, quien después es expuesto por el abogado defensor durante el contrainterrogatorio y confesa del crimen en la corte.
interrogación, el abogado generalmente solo está buscando los hechos que necesita para que
más adelante pueda hacer su argumento. Por lo tanto, el abogado, habiendo hecho una
investigación apropiada para determinar que le darán respuestas afirmativas, deberá preguntar
en cambio: “Los hechos tuvieron lugar a las 10:00 de la noche, ¿no?”; “Entonces, estaba oscuro
afuera, ¿correcto?”; “La única fuente de luz en el lobby era una lámpara, ¿correcto?”; “Y esa
única lámpara estaba colgando del techo situada atrás de la cabeza del ladrón, ¿no fue así?”; “Y,
¿no es cierto que cuando usted describió el asaltante a la policía cuando ésta llego, sólo 10
minutos después de que el asaltante se había ido, usted les comentó que el lobby del hotel
estaba ‘muy oscuro’?”
(3) Reexaminación Directa
La reexaminación directa es la oportunidad que tiene el examinador directo para
“reparar” cualquier “daño” hecho en el contrainterrogatorio. La reexaminación directa, como
la examinación directa, debe de ser conducida mediante preguntas no sugestivas. Esto hace
que sea complicado “reparar el daño” hecho en el contrainterrogatorio a menos que el
examinador directo haya anticipado el daño y haya preparado al testigo para la reexaminación
directa. Por ejemplo, si el examinador desea obtener testimonio de que una declaración
anterior inconsistente que el testigo firmó se firmó bajo presión de tiempo, la pregunta más
especifica que podría preguntar, de manera correcta y sin dirigir, el examinador sería: “¿Por
qué firmaste esa declaración?”
Es en parte por la dificultad de realizar una reexaminación efectiva sin preguntas
sugestivas que varios expertos en abogacía en juicios dicen que la “primer regla” de la
reexaminación directa es “no hacer reexaminación”. A menos de que haya daños en la contra-
interrogación que puedan ser reparados por vía de la reexaminación directa, la reexaminación
directa es una pérdida de tiempo, o peor aún, servirá sólo para enfatizar los daños hechos en el
contrainterrogatorio.
b. Objeciones
Un jurado no necesita explicar las razones de su veredicto. En consecuencia, la mejor
forma de asegurarse de que no se guía en pruebas inadecuadas para decidir el juicio, es
mantenerlo sin que escuche esas pruebas70. El método más común para hacer esto en los
juicios es que los abogados interpongan objeciones a las pruebas inadecuadas en el momento
en que estas se presenten71.
70
Ver FRCP 52; FRCrP 23 (c). 71
Las bases para la objeción de pruebas se discuten más adelante en este capítulo. Ver pp. 108-115.
Maneras de Objetar Las objeciones se hacen de forma oral, abiertamente en la corte
durante el juicio. Al abogado objetante se le requiere que diga su objeción y las bases para la
misma, como “Objeción, su Señoría, testimonio de oídas”. Si en la opinión del juez la objeción
es claramente correcta o claramente incorrecta, el juez inmediatamente decidirá sin considerar
la respuesta de la otra parte. Una objeción que es correcta será “sostenida” por el juez y una
que es incorrecta será “denegada”.
El juez podrá decidir si escucha brevemente la respuesta a la objeción y posiblemente
una breve contrarréplica del abogado objetante. Durante el argumento, se podría necesitar que
se haga un “ofrecimiento de prueba”, ya que el juez para poder decidir la objeción, deberá
saber qué respuesta daría el testigo si se le permitiera responder. Cualquier ofrecimiento de
prueba en estas circunstancias o extensión del argumento necesitaría ser oído sin que lo
escuche el jurado en una “conferencia en el banco del juez con abogados” con el juez. Los
abogados se pararían cerca del estrado del juez y posiblemente necesitarían hablar en susurros
si el tribunal es pequeño. Si el argumento es extenso dado que el artículo materia de la prueba
es muy importante y la duda de admisibilidad es una decisión cerrada, podría removerse
temporalmente al jurado del tribunal72.
Efectos de las Objeciones en el Jurado Los abogados buscan evitar objeciones
innecesarias, cuando sienten la necesidad de objetar, tienen en mente que pueden estar
poniendo a prueba la paciencia del jurado. Los examinadores de testigos que constantemente
se ven interrumpidos con objeciones y conferencias en el banco del juez irritan al jurado. No
sólo el testimonio se vuelve difícil de seguir, sino que también el jurado pensará que el abogado
que está objetando está tratando de esconder algo del jurado.
Petición para Invalidar un Testimonio La mayoría de las objeciones se hacen
después de que la pregunta es hecha, pero antes de que el testigo conteste. Sin embargo, a
veces la evidencia objetable sale antes de que el abogado pueda interponer una objeción. Si el
jurado ya ha oído la evidencia, entonces el abogado deberá hacer una petición para “borrar la
evidencia del registro” y deberá pedirle al juez que dé una “instrucción de hacer caso omiso” a
la evidencia “borrada”73. Claramente, es muy difícil para los jurados olvidar algo que ya
escucharon, por lo que muchos han caracterizado estas peticiones de hacer caso omiso como
un intento de “des-sonar una campana”. Cuando la evidencia es verdaderamente crucial y la
instrucción de hacer caso omiso sería inadecuada, podría ser necesario ordenar un nuevo juicio.
72 A esto también se le conoce como conferencia “a lado de la barra” si el juez tiene que ir hacia cierto lado del estrado para hablar con los abogados. 73
El testimonio que es “borrado del registro” aparece de todas formas en la versión de la transcripción verbatim del juicio. Borrar un testimonio del registro solamente significa que la corte formalmente declara que no es una evidencia adecuada y el jurado deberá hacer caso omiso de dicha evidencia cuando trate de llegar a una decisión.
Petición “in liminé”: (Petición para la exclusión de ciertas pruebas hasta determinar con
certeza si van a ser admisibles). Dado que las objeciones no siempre pueden ser
interpuestas en tiempo y las instrucciones de hacer caso omiso a un testimonio son imperfectas,
una mejor manera de asegurarse que la evidencia no se dará a conocer es la “petición in liminé”.
Esta petición, literalmente una petición hecha “en el umbral”, busca obtener un fallo en la
admisibilidad de la evidencia antes de que empiece el juicio o en cualquier momento del juicio
antes de que el testigo suba al estrado.
c. Pruebas Instrumentales: Reales, Demostrativas y Documentales
La Importancia de las Pruebas Instrumentales Las pruebas instrumentales son
pruebas de cosas tangibles que deben de ser formalmente autenticadas y “admitidas dentro de
la prueba” durante el juicio. Las instrumentales son importantes porque el jurado tiende a
darles más peso que las pruebas testimoniales. Las pruebas tangibles no pueden olvidar o
exagerar, los testigos sí. Más aún, el jurado puede leerlas o examinarlas una y otra vez en la sala
de deliberación del jurado durante la deliberación, mientras que los testimonios sólo
sobreviven en la memoria del jurado.
Tipos de Pruebas Instrumentales Las pruebas instrumentales son en general de tres
tipos: pruebas “reales”, pruebas “demostrativas” y documentos. Las pruebas reales son las
cosas tangibles involucradas en el acontecimiento en disputa, como el arma o las ropas
ensangrentadas en un caso de homicidio, o la grapa que se dejó adentro de un paciente
durante una cirugía en un caso de negligencia médica. Prueba demostrativas es cualquier cosa
que es utilizada para representar o demostrar algo que no puede ser traído al tribunal, como un
diagrama de los planos de una planta de la casa, escena del crimen o un diagrama de la
intersección donde ocurrió un accidente. Pruebas documentales comprenden todos los escritos
relevantes para el caso. La meta en general para un abogado que busca utilizar pruebas
instrumentales en un juicio es que sean “admitidas como evidencia”- formalmente declarada
como parte del registro oficial del caso y por lo tanto, apropiada para que el jurado la considere
como evidencia y se la lleve al cuarto de jurados al final del juicio.
Procedimientos para las Pruebas Instrumentales Los pasos en general del
procedimiento que debe de seguir un abogado son los siguientes: el abogado debe (1) hacer
que el taquígrafo del tribunal “marque la prueba para identificación” dándole un número o
letra para fácil referencia, (2) mostrar la prueba al abogado de la parte contraria, (3) “crear las
bases” para la admisión de la prueba, (4) “hacer una moción para que la prueba instrumental se
convierta en evidencia”. La necesidad de sentar las bases para la admisión de la prueba
requiere que el abogado satisfaga el juicio de que los prerrequisitos para la admisión de dicha
prueba como evidencia existen. Normalmente se sientan las bases mediante la declaración de
testigos. Después de que se han establecidos las bases, para hacer que la prueba instrumental
se convierta en evidencia el abogado simplemente le dice al juez “Presento una moción para
que la prueba instrumental del Estado Núm. 43 sea admitida como evidencia”. El juez, en ese
momento, escuchará cualquier objeción que tenga la contraparte a esta petición y decidirá.
Podrá ser necesario que comparezca más de un testigo para completar las bases para
una prueba instrumental. Por lo que, por ejemplo, si se confiscaron drogas durante un arresto,
una “cadena de custodia” deberá ser establecida para demostrar que la prueba es auténtica y
que no ha sido alterada, desde el momento en el que se confiscó hasta el momento en el que
se introdujo como prueba en el juicio. Esto puede requerir que se llame a todos los que
manejaron la prueba como testigos de bases, v. gr., el oficial que hizo el arresto, el policía
mensajero que entregó la prueba al policía químico, el químico, y cualquiera que haya
custodiado la prueba en la estación de policías. Como resultado, el abogado no podrá
completar el último paso de mover la prueba a evidencia sino hasta después de que se haya
llamado a varios testigos. Dado que algunos de estos testigos van a declarar sobre otros
asuntos no relacionados a esta prueba en particular, sentar las bases de la prueba puede
extenderse a veces durante varios días de juicio.
Manejando de Forma Efectiva las Pruebas Instrumentales La clave para sentar
de manera efectiva las bases para las pruebas instrumentales es hacer todo de la manera más
eficientemente posible y oportuna. El punto de sentar las bases- y lo que el jurado está
esperando- es el contenido de la prueba instrumental. Cualquier cosa que el jurado perciba que
está retrasando poder llegar al contenido de la prueba será molesta. Una forma de hacer el
proceso más eficiente es marcar las pruebas instrumentales para su identificación y
mostrárselas a la parte contraria antes de que empiece el juicio, de esta manera, se eliminan
dos de los cuatro pasos del procedimiento arriba indicado. Por ejemplo, si se busca introducir
como prueba instrumental la nota que el asaltante le entregó al recepcionista nocturno
exigiéndole el dinero, el fiscal puede simplemente hacer que el recepcionista nocturno
testifique sobre la noche en la cual se llevó a cabo el asalto, haciendo referencia a la nota
(referencia que de cualquier forma haría el fiscal). Después, lo único que tiene que hacer es
solicitar la atención del testigo a la prueba instrumental y preguntarle si esa es la nota a la que
se ha estado refiriendo cuando describió el asalto. Habiendo por lo tanto sentado las bases, el
fiscal puede proceder a que se admita la prueba como evidencia.
En casos civiles, la disponibilidad de extensas oportunidades en la etapa de
descubrimiento significa que casi todos los temas relacionados con la admisibilidad de las
pruebas instrumentales serán determinados mucho antes de que empiece el juicio. Esto se hará
en forma de “estipulación”- un acuerdo entre las partes- o mediante una decisión previa al
juicio, emitida por el juez encargado del juicio74. En casos penales, la etapa de descubrimiento
74
Ver Capítulo VII, pp.225-237, para el tema de procedimientos civiles antes del juicio.
es más limitada, por lo que es menos probable que pueda haber resoluciones antes del juicio
sobre temas relacionados con las pruebas instrumentales.
(4) Petición de un Veredicto Directamente Dictado por el Juez.
Después de la presentación de pruebas instrumentales hecha por el demandante o el
fiscal, la defensa puede pedir un “veredicto directamente dictado por el juez” tomando como
base las pruebas presentadas por la parte actora, incluso antes de que la defensa presente su
caso75. En casos penales, una petición similar puede hacerse después de que el fiscal presentó
sus pruebas, y comúnmente se le llama “petición para una sentencia de absolución”76. Esta
petición busca que se deseche el caso con base en que el demandante o fiscal no produjo
pruebas suficientes para que jurados racionales puedan emitir un veredicto a su favor. La
defensa tiene el derecho de hacer una segunda petición para un veredicto dictado
directamente por el juez o sentencia de absolución después de que todas las pruebas han sido
presentadas. Esto asegura que los casos que llegan al jurado han sido sometidos a una última
revisión para asegurar que hay suficiente material para que el jurado pueda decidir un caso77.
(5) Argumentos Finales
La Naturaleza de los Argumentos Finales Después de que tanto el demandante como
la defensa hayan “rested their cases” (terminado la presentación de pruebas)- significando que
ya hayan presentado toda su evidencia- es tiempo de los “argumentos finales” 78 . Los
argumentos finales son la oportunidad que se le da a los abogados en el caso para que se dirijan
directamente al jurado y busquen persuadir al jurado de que decida el caso a su favor. El final
es la parte más “llamativa” de entre todas las cosas que realizan los abogados durante un juicio,
pero no es necesariamente la más importante. Si las pruebas no se presentaron de manera
eficaz, un argumento final brillante no salvará el caso.
A pesar de lo que pudiera parecerle a un observador ocasional, sí existen límites en lo
que un abogado puede hacer y decir en este argumento final. Por lo general, no se acepta que
se apele a pasiones o prejuicios, tal como argumentar o insinuar que el acusado en un caso
penal es culpable porque es de raza negra o que una sentencia en particular podría “terminar
75 En Cortes Federales, esta petición se llama Petición para una Sentencia como Cuestión de Ley (JML). Federal Rule of Civil Procedure (Código Federal de Procedimientos Civiles)(FRCP) 50 (a). 76 Ver Federal Rule of Criminal Procedure (Código Federal de Procedimientos Penales)(FRCrP) 29 (a). 77
Una petición similar puede hacerse una vez que el veredicto es pronunciado. Ver infra p.107. 78
Como se dijo anteriormente, una petición para un veredicto directamente dictado por el juez puede pedirse en este momento, y el caso será sobreseído en ese momento si el demandante o fiscal no han presentado pruebas suficientes para una sentencia razonable a su favor.
con el problema de drogas de una ciudad”. El abogado no puede hablar falsamente sobre las
pruebas o “hablar fuera de registro”. Esto quiere decir que el abogado no puede apoyarse en
hechos que no se introdujeron como evidencia durante el juicio. De manera similar, cuando la
evidencia fue admitida para un propósito en particular el abogado no puede argumentar un uso
más amplio de esa prueba. Por ejemplo, el abogado no puede argumentar que una condena
previa demuestra que es una mala persona cuando la prueba de esa condena sólo fue admitida
en el tribunal para efectos de desacreditar la credibilidad79. Y por último, no se permite que el
abogado diga su propia opinión sobre la credibilidad de los testigos o sobre si es legalmente
correcto el caso de su cliente o sobre la inocencia o culpabilidad del acusado. Por lo general, los
abogados no objetarán aún cuando la otra parte está transgrediendo algunas de estas
limitaciones durante su argumento final, pero el que no objeten no es porque tengan una
restricción jurídica, sino por una tradición de cortesía. Se deben de hacer objeciones si las
violaciones a las limitaciones antes descritas están afectando el caso de uno.
Técnicas que Usan los Litigantes en los Argumentos Finales La forma en la que se
debe de hacer un argumento final no está especificada y hay varios estilos que usan diferentes
abogados. Algunos se comportan de manera tranquila y analítica, mientras que otros son más
emocionales e intuitivos. Sin embargo, los argumentos finales más efectivos se (1) enfocarán en
el caso, haciendo a un lado las cuestiones aceptadas por ambas partes o temas de menor
importancia y destacando los puntos de discusión del caso; (2) harán argumentos claros sobre
las cuestiones que acaba de destacar, organizando las pruebas que apoya cada una de las
cuestiones de manera cuidadosa y, cuando haya algún conflicto, explicándole al jurado porqué
deberían de aceptar la versión de esa parte por encima de la versión de la parte contraria; y (3)
relacionará las pruebas que acaba de mencionar con los principios de derecho que el jurado
tendrá que aplicar de acuerdo con las instrucciones que se le darán al jurado.
A los argumentos finales también se les conoce como “el resumen”, pero ese término es
engañoso. Un buen argumento final no hará un resumen de todas las pruebas; sino que las
organizará y argumentará. En todos los casos, menos los más largos y complicados, los
abogados que empiezan sus argumentos finales anunciando que harán un resumen de toda la
evidencia que ha escuchado el jurado será recibido con expresiones faciales de angustia y
miradas de aburrimiento de los jurados que ya también conocen las pruebas. Lo que la mayoría
de los jurados quieren y necesitan es una orientación de lo que significan las pruebas. Ese es el
propósito principal de los argumentos finales.
Los abogados litigantes normalmente tratarán de construir un “tema” para su caso. Un
tema es una pequeña caracterización del caso o una “historia” del caso que será fácilmente
79
Ejemplos de esto son las declaraciones de oídas que son admitidas para otro propósito diferente al de encontrar la verdad. Ver infra p.112.
aceptada por el jurado como un arquetipo válido. Dicha historia puede ser útil para explicar
todo el caso o sólo las partes importantes del mismo. Un tema común en la defensa de un caso
de negligencia médica proyectaría al demandante como el “paciente ingrato”, quien hace
demandas poco razonables y espera milagros. La Biblia, Shakespeare, y refranes contienen
material que pude ser usado para crear un tema en muchos casos, pero también puedes
encontrar los temas en las experiencias de todos los días. Una parte de la Biblia que dice: “Huye
el impío sin que nadie lo persiga” (Proverbios 28:1), puede ser utilizado para crear un gran
énfasis en la prueba de que el acusado trato de huir. De manera similar, cuando una parte
reacciona de más sobre algo que hizo la contraparte, la parte contraria puede citar a
Shakespeare: “methinks she doth protest too much”. (Pienso que se queja mucho). Los fiscales
constantemente se encuentran en una situación en la que tienen que tratar de probar
circunstancialmente la intención del acusado dado que el acusado declaró de manera creíble
negando dicha intención. El fiscal puede recordarle al jurado, varias veces si es necesario, que
“las acciones hablan más fuerte que las palabras”.
Para trabajar en un tema, este debe de estar anclado a pruebas contundentes, como la
no desacreditación de un testigo o un documento80. Si las pruebas en las que se basa el tema
son débiles, entonces el tema sufrirá de manera correspondiente. Por ejemplo, el enfoque de
que “el impío huye” no funcionará del todo si hay dudas de que la persona estaba de hecho
huyendo. Más aún, el tema debe de ser uno con el que el jurado se pueda identificar. Por
ejemplo, no es probable que un abogado litigante que usa historias o citas de famosos
deportistas llegue muy lejos con un jurado compuesto de puras mujeres. Por último, los
abogados litigantes siempre deben de revisar la teoría de su caso para asegurarse de que no es
posible que se pueda revertir su tema y ser usado en su contra.
Analogías, a veces presentadas en forma de “anécdotas personales” con las que el
jurado rápidamente se pueda identificar, son una extensión de esta forma de construcción de
un tema. Por ejemplo, un fiscal que quiera alentar al jurado a que con el uso de pocas pruebas
circunstanciales se puede ligar al acusado con el crimen, puede usar algunas variantes de la
historia de los “barriles de azúcar”:
Yo nací y crecí en una familia pobre en el sur. Nosotros no teníamos
mucho, pero un lujo que mi hermano y yo teníamos era que, una vez a la semana
después de la cena de los sábados, mi mamá nos daba a cada uno una cucharada
de azúcar que sacaba de un barril grande donde ella guardaba el azúcar. ¡El
azúcar definitivamente sabía deliciosa! Pero a veces mi hermano y yo
anhelábamos algo de azúcar antes del sábado, entonces entrábamos a
escondidas a la cocina y tomábamos un poco de azúcar. Cada vez que hacíamos
80
eso, no importa cuánto lo negáramos, no importa si entrábamos a la cocina a
media noche cuando mi mamá estaba profundamente dormida o si entrábamos
cuando ella no estuviera en la casa- ella siempre sabía que lo habíamos hecho y
nos pegaba. ¡Empezamos a pensar que ella podía leer nuestras mentes!
Pero más tarde, cuando crecimos, nos dimos cuenta de la razón: cada vez
que tomábamos algo de azúcar, sin importar qué tan cuidadosos fuésemos,
tirábamos poquitita azúcar-sólo unos granitos-en el suelo. Dado que mi mamá
mantenía los pisos impecables, ella alcanzaba a ver esos pequeños cristales de
azúcar y podía adivinar que habíamos estado donde no debíamos.
Hoy, el aquí acusado pensó que había sido realmente cuidadoso
cubriendo su crimen, pero a él también se le cayeron unos cristales de azúcar.
Como mi mamá, podemos saber mucho de esos cristalitos de azúcar.
En este momento el abogado puede abordar todos los pequeños indicios que dejó el
acusado y cómo estos se relacionan al crimen81.
(6) . Instrucciones del Jurado
Contenido de las Instrucciones Al final de todas las pruebas y por general después
de los argumentos finales,82 el juez proveerá al jurado con instrucciones sobre la ley aplicable al
caso. Esto es conocido como “cargar” al jurado. Las instrucciones incluirán las leyes
substantivas relacionadas a la demanda presentada o a los delitos de los que se acusa. Por
ejemplo, los requisitos para que un contrato sea vinculante o los elementos del delito de
homicidio. Muchas jurisdicciones tienen instrucciones estándares o “modelo” para los jurados
que han sido oficialmente aprobadas por la corte con mayor jerarquía de ese estado, las cuales
se deberán entregar en cualquier caso en el que sean aplicables. Sin embargo, no todas las
cuestiones legales que pueden presentarse en un caso se encuentran contenidas en las
81
Algunos observadores han notado que a veces hay una relación inversa entre la solidez del caso de una persona y la cantidad de teatro y cuentos que hace el abogado. Como confesó un abogado litigante “Si los hechos de mi caso son débiles, me paro en la ley. Si la ley en mi caso es débil, me paro en los hechos. Si tanto los hechos como mi caso son débiles, me paro en la mesa.” Un abogado cuya contraparte es entretenida puede contrarrestar esos efectos diciendo que la contraparte está “alardeando” para evitar tener que lidiar con los problemas serios del caso. Esto se le puede explicar al jurado de manera rápida utilizando la historia de la confesión del litigante expuesta en este pie de página. 82 En algunas jurisdicciones, se le dan las instrucciones a los jurados antes de los argumentos finales. Ver v.gr. FRCP 51; FRCrP 30. La razón para esto es permitir que los abogados se refieran a las instrucciones en sus argumentos finales. Sin embargo, aún en las jurisdicciones en donde los argumentos finales vienen antes de las instrucciones, el abogado puede referirse a las instrucciones porque antes de los argumentos finales el juez ya habrá revisado las instrucciones a los jurados con los abogados.
instrucciones estándar y se convierte en una función de los abogados entregar a la corte una
propuesta de las instrucciones que ellos consideren necesarias para el jurado.
Las instrucciones también contendrán la ley que indica cómo el jurado deberá calificar
las pruebas y decidir el caso. Generalmente, estas instrucciones no son muy detalladas. Al
jurado se le indica que escoja a un “presidente del jurado”, quien presidirá las deliberaciones y
le dará la palabra a cada uno, asegurándose de que cada miembro del jurado tenga
oportunidad de hablar; también se les dice que ellos son los únicos jueces de la credibilidad y
peso de las pruebas. Pero por lo general no se les da una fórmula específica para evaluar cada
tipo de prueba.
Normas para valorar las Pruebas Al jurado se le indica cuáles son los
estándares para valorar las pruebas que deberán de aplicar para decidir un caso. En los casos
penales, el estándar es “prueba más allá de toda duda razonable”. Por lo que se le indica al
jurado que sólo podrá declarar al acusado culpable si encuentra más allá de toda duda
razonable que el acusado cometió el delito y que deberá de absolver al acusado si tiene alguna
duda razonable sobre la culpabilidad del acusado. En los casos civiles, es estándar de la prueba
es la “preponderancia de la prueba”, algunas veces referida como “el mayor peso de la prueba”.
También hay un estándar intermedio de “pruebas claras y convincentes” que se utiliza en
algunos casos civiles en donde las decisiones tienen consecuencias muy serias, como en casos
en donde hay que determinar la terminación de la patria potestad o un confinamiento o
reclusión de a un hospital psiquiátrico. De acuerdo con algunas personas, si los estándares
penales y civiles regulares fueran expresados en porcentajes, serian un 95% y un 51%
respectivamente, y el estándar de “claro y convincente” pesaría como alrededor de 75-80%.
Una instrucción común para explicar “duda razonable” al jurado es:
Duda razonable significa una duda que se basa en la razón y el sentido común y
que surge de una consideración justa y racional de todas las pruebas o falta de
pruebas en el caso. Es una duda que no es vaga, especulativa o imaginaria, sino
que es una duda que causaría que personas razonables dudaran en actuar en
cuestiones de gran importancia para ellas.
Una instrucción común para explicar el estándar en derecho civil es:
Cuando uso la expresión “preponderancia de las pruebas”, me refiero a que
ustedes deben de ser persuadidos, después de considerar todas las pruebas del
caso, de que es más probable que el tema en cuestión sea verdadero y no falso.
Cualquier declaración de hechos que hagan deberá estar basada en la
probabilidad y no en la posibilidad. No puede basarse en suposiciones,
especulaciones o conjeturas.
Se les leen las instrucciones a los jurados y hasta hace poco, normalmente no se les
daba copia de las mismas. Dada la debilidad inherente de leer durante 15 minutos o más
instrucciones legales, cada vez mas jurisdicciones están solicitando o requiriendo a los jueces
que les entreguen una copia escrita al jurado. Los estudios demuestran que aunque los jurados
son buenos en dilucidar los hechos, no son tan buenos en entender los estándares legales83. No
hay una revisión judicial directa en las confusiones que los jurados pudieran tener con respecto
a las leyes, a menos de que un jurado le pida ayuda al juez. Sin embargo, el juez puede no
tomar en cuenta cualquier veredicto (menos el de absolución penal) que no se justifique de
acuerdo a los hechos o a la ley84.
Comentarios Judiciales en las Pruebas Por lo general, los jueces en los Estados
Unidos no le dan al jurado un resumen de las pruebas o hacen comentarios sobre estas.
Mientras que los jueces federales, por lo menos en teoría, tiene esta facultad, y hacer
comentarios sobre las pruebas en algún tiempo fue aceptado por la costumbre, esta práctica ha
caído en desuso ya que hoy los jueces están más preocupados en no influenciar
incorrectamente al jurado85. El único vestigio de resumen judicial y comentarios que sobrevive
es que los jueces le pueden leer al jurado, a petición de las partes, unas breves instrucciones de
la “teoría del caso”, escritas por las partes, que esquematiza los principales puntos
controvertidos de cada una de las partes, en forma de resumen.
(7) Deliberaciones y Veredicto
Dado que las deliberaciones del jurado son secretas y cada jurado es único, es poco lo
que se puede decir sobre la naturaleza en general de lo que pasa en las deliberaciones. Sin
embargo, existen descripciones compuestas basadas en las observaciones de simulaciones de
juicios y algunos jurados han escrito sobre sus experiencias86. En algún punto, casi siempre al
83
HARRY KALVEN, JR y HANS ZEISEL, THE AMERICAN JURY 149-50 (Little, Brown 1966). Ver también R.P. Charrow y V.R. Charrow, A Psycholinguistic Study of Jury Instructions, 79 COLUM.L.REV. 1306 (1979) y KASSIN & WRIGHTSMAN, supra nota 40 en 144-167. Un estudio reciente muestra que el entendimiento del jurado sobre instrucciones incrementa cuando tienen la oportunidad de hacerle preguntas al juez. Alan Reinfman, Spencer M. Gusik, y Phoebe Ellsworth, Real Jurors’ Understanding of the Law in Real Cases, 16 Law and Human Behavior 539 (1992). 84 Ver infra, p.107. Ver también Capítulo VII, pp.235-236, donde se discuten mecanismos de selección antes del juicio, Otro estándar de prueba que se aplica en casos civiles con consecuencias serias (v.gr. terminación de patria potestad, reclusión en un hospital psiquiátrico) es prueba “clara y convincente”. 85
Ver Quercia vs. United States, 289, U.S. 466 (1933) condena por el comentario del juez a cargo del juicio al jurado: “Yo creo que todas la palabras que ese hombre *el acusado+ dijo, excepto cuando estuvo de acuerdo con el testimonio del Gobierno, son mentira”. No todos los jueces están de acuerdo con que los jueces deben de mostrarse reticentes a resumir y comentar las pruebas. Propuestas detalladas para un rol más amplio del juez se proponen por un juez federal en Jack Weinstein, The Power and Duty of Federal Judges to Marshall and Comment on the Evidence in Jury Trials and Some Suggestions on Charging Jurors, 118 F.R.D. 161 (1988). 86
Ver Phoebe Ellsworth, Are Twelve Heads Better Than One?, 52 LAW & CONTEMP. PROB. 205 (1989) (narrando una imagen compuesta basada en observaciones de simulaciones de juicios.) Dos informes de jurados son MELVYN
principio de la deliberación, se hace una votación tentativa para determinar el grado de
desacuerdo del grupo. Después de esto, hay discusiones y mas votaciones hasta que el jurado o
se pone de acuerdo o llega a un “punto muerto”.
Puntos Muertos y Jurados Sin Veredicto Si el jurado reporta al juez que se encuentra
en un punto muerto, el juez normalmente mandará de nuevo a deliberar al jurado con la
advertencia de que vean si pueden resolver sus diferencias. A veces, se les dan instrucciones
adicionales que están diseñadas para motivar a los jurados a reconsiderar sus posiciones.
Llamada instrucción Allen o “carga dinamita”, básicamente le instruye al jurado que piense
seriamente en su posición y escuche atentamente los argumentos de los demás jurados87.
En los casos penales ante las cortes federales, en todos menos cinco estados, los
veredictos del jurado-ya sea condenatorios o absolutorios- deberán ser por votación unánime88.
En los casos civiles, se requiere una mayoría simple o una mayoría de dos terceras partes.
Cualquier cosa menor es un “jurado sin veredicto”. Si el jurado realmente se encuentra en un
punto muerto, el juez no tiene otra opción que “declarar un juicio nulo”. Tan pronto como el
jurado ha decidido un veredicto, se lo hace saber al juez. Todos se reúnen en el tribunal, el
presidente del jurado le entrega el veredicto al juez, quien lo revisa para cerciorarse de que la
forma sea la correcta y se lo entrega nuevamente al presidente del jurado para que lo lea en
voz alta89.
Petición de Pruebas o Instrucciones A veces el jurado pedirá que se les lea cierta
declaración o, si no se les entregaron las instrucciones del jurado por escrito, que cierta parte
de las instrucciones se les vuelva a leer. El jurado puede requerir pruebas que todavía no se les
han llevado al cuarto de jurados. Los jueces normalmente son algo renuentes a leer sólo una
parte del testimonio o una parte de las instrucciones que el jurado pide por miedo de que
haciendo esto se haría demasiado énfasis en una parte mientras que se dejarían de lado las
partes que el jurado no solicitó. En consecuencia, hasta donde sea posible, el juez tratará de
darles el testimonio del testigo que solicitaron completo o de nuevo todas las instrucciones,
advirtiéndoles que deberán de considerar las pruebas que acaban de pedir en el contexto de
todo el resto de las evidencias e instrucciones.
Cuestionando al Jurado Hay poco que los abogados puedan hacer durante las
deliberaciones del jurado, excepto aparecerse y argumentar acerca de las instrucciones
suplementarias u otros problemas que puedan presentarse durante la deliberación. Sin
ZERMAN, CALL THE FINAL WITNESS 122-42 (Harper & Row 1977), reimpreso en parte en LANDSMAN, supra nota 4; VICTOR VILLASENOR, JURY-THE PEOPLE VS. JUAN CORONA (Little, Brown 1977). 87 La instrucción Allen recibe su nombre del caso en donde la Suprema Corte de Justicia aprobó que esta fuera utilizada, Allen vs. United States, 164 U.S. 492 (1896). “Carga dinamita” es un juego de palabras. “carga” puede significar las dos cosas: la instrucción que recibe el jurado y el artículo explosivo. 88
Los requisitos constitucionales con respecto a la unanimidad se analizan en el Capítulo VIII, p.300. 89
Un juicio nulo también se puede conceder cuando la continuación del juicio es imposible o es injusta para alguna de las partes por otras razones, como la mala conducta de los abogados, las partes, testigos, jurados que no pueden ser “enmendados” por una instrucción al jurado.
embargo, la parte perdedora tiene el derecho de “cuestionar al jurado”. El juez pedirá que cada
jurado conteste de manera individual si de hecho el veredicto que se leyó es el que él o ella
acordó. Ocasionalmente, un jurado que es cuestionado dirá que ese no fue su veredicto. El
problema deberá de ser resuelto mediante más deliberaciones y, si es necesario, el juicio se
declarará nulo, resultando en un nuevo juicio ante un nuevo jurado90.
Formulario para el Veredicto En todos los casos penales y en la mayoría de los casos
civiles, un “veredicto general” que expone sólo las conclusiones del jurado es entregado. En los
casos penales, el formulario del veredicto general permitirá que el jurado decida culpable o no
culpable para cada uno de los cargos de los que se acusa al defendido. En un caso civil, también
habrá de manera similar dos opciones, o “Decidimos a favor del demandante y le concedemos
daños por $_________________” o “Decidimos a favor del demandado”.
En los casos civiles, el juez puede utilizar un “veredicto especial” o “veredicto general
con preguntas”91, Los formularios de los veredictos especiales dirigen al jurado para que
conteste una serie de respuestas que son necesarias para el veredicto general y, con base en
esas respuestas, el juez determine la resolución final del caso. Por lo que, en un caso de
difamación, se le podrán hacer al jurado preguntas como “¿el demandado acusó al demandante,
en el artículo publicado en Smithton Observer el 10 de Enero de 1997, de aceptar un soborno?”,
“¿esta declaración difamó al demandante?”, “¿la declaración fue confidencial?”, y demás. Los
componentes para calcular los daños también pueden ser sujetos a un veredicto especial. El
jurado entonces tendrá que decidir una cantidad específica para cada uno de los daños
económicos sufridos, como perdida del salario por los días no trabajados, gastos médicos,
imposibilidad de ganancias futuras, y también por las pérdidas no económicas, que pueden
incluir miedo, shock y el dolor sufrido al momento de la lesión, el dolor y sufrimiento
sobrellevados después de la lesión, perdida de compañía o consorcio, y cualquier otro
componente de daños no económicos que permita la jurisdicción.
Los veredictos generales con preguntas son como los veredictos generales ordinarios en
el sentido de que es el jurado quien determina la conclusión final del veredicto en sí, pero
después de la conclusión hay una serie de preguntas para revisar si el jurado tuvo las razones
correctas para llegar a esa conclusión. Por lo que, podrían hacerse preguntas similares a las
mencionadas anteriormente para los veredictos especiales.
Usualmente es trabajo del abogado redactar el veredicto especial o el veredicto general
con preguntas. Hasta el punto en el que dicho formulario del veredicto sirve para “racionalizar”
el proceso de toma de decisiones del jurado, son cogidos por los abogados defensores en los
90 Un juicio nulo se declara no solo cuando el jurado no puede llegar a un acuerdo, sino que cuando se aborta el proceso del juicio. También puede declararse un juicio nulo cuando el jurado no puede continuar debido a una enfermedad o algún otro desastre que reduzca el número de miembros del jurado a una cantidad menor de la mínima necesitada o que haya hecho de cualquier otra forma que sea imposible continuar con el juicio. Los abogados pueden pedir la nulidad del juicio o el juez la puede declarar por iniciativa propia. 91
Ver FRCP 49.
casos civiles de daños extracontractuales para contrarrestar los sentimientos de simpatía por la
lesión del demandante. EL problema con estos formularios se encuentra en la dificultad de
formular de manera precisa pero entendible, las preguntas al jurado. Estos formularios para los
veredictos incrementan el riesgo de que un veredicto que se justifica con las pruebas
presentadas en juicio tenga que ser desechado sólo porque el jurado cometió errores al
contestar las preguntas.
(8) Impugnaciones Después del Juicio
Petición de una Sentencia NOV La defensa podrá hacer una petición después de
que se dé el veredicto con las mismas bases con las que una petición para un veredicto dictado
directamente por el juez se puede hacer en las fases anteriores del procedimiento92. En casos
civiles, a esta petición se le conoce como “sentencia contraria al veredicto” o “sentencia NOV”
por su nombre en latín non obstante veredicto 93 . Sin embargo, un veredicto dictado
directamente por el juez o una sentencia NOV sólo se podrán conceder si se da una “base
jurídicamente no suficiente de pruebas para que un jurado razonable” pueda tomar una
decisión a favor del demandante94.
Peticiones de un Nuevo Juicio El juez en un caso civil también puede “no tomar
en cuenta” el veredicto y conceder un nuevo juicio si el veredicto va “en contra del gran peso
de las pruebas” o si la responsabilidad civil se juzgo de manera correcta pero el veredicto es
totalmente excesivo o inadecuado. Si sólo es la cantidad en el veredicto que es inadecuada, el
juez puede conceder un “remittitur” o un “additur”- ordenar un nuevo juicio con base en el
veredicto excesivo o inadecuado condicionado a que las partes consientan en una reducción o
aumento de la cantidad asignada por el jurado. Sin embargo, el juez no puede ordenar un
nuevo juicio simplemente porque él no está de acuerdo con el veredicto. Por lo que se dice que
el juez no puede hacer las veces del “treceavo jurado”.
92
Ver supra p.102. 93
En los casos civiles en las cortes federales, a esta petición se le denomina Petición para una Sentencia como Cuestión de Ley (JML). Federal Rule of Civil Procedure (Código Federal de Procedimientos Civiles)(FRCP) 50 (a). Esto enfatiza el hecho de que la petición no es una petición nueva, sino que solo es para que más tarde se considere una petición que se había hecho antes de que el caso se sometiera al jurado. 94
FRCP 50(a). Tal como lo explica la corte en el caso Boeing Co. Vs. Shipman, 411 F.2d 365, 374 (5th Cir. 1969), en el análisis de la petición de una sentencia NOV, el juez debe de considerar todas las pruebas “a la luz y con todas las inferencias más razonables a favor del *demandante+”, y puede revertir un veredicto solo si el juez “cree que hombres razonables no pueden llegar a un…veredicto” para el demandante. “Si hay pruebas substanciales *para el demandante], eso es, pruebas de calidad y peso tales que una persona razonable y justa en el ejercicio de un juicio imparcial podría concluir” un veredicto para el demandante, entonces se debe de afirmar. La opinión continúa diciendo que “es función del jurado como el encargado de encontrar los hechos, y no de la Corte, pesar las pruebas contradictorias y las inferencias, y determinar la credibilidad de los testigos.”
Peticiones Después del Juicio en Casos Penales En casos penales, la defensa puede
también solicitar una petición después de que se rindió un veredicto de culpable que
correspondería al veredicto dictado directamente por el juez o una petición para una sentencia
de absolución hecha en etapas anteriores en el juicio. Se podría llamar una petición para una
sentencia contraria al veredicto o a veces una renovación de la petición para una sentencia de
absolución95. Las bases para conceder tal moción es que la evidencia presentada en el juicio fue
insuficiente para que el jurado pudiera encontrar culpable más allá de toda duda razonable al
acusado. Al fiscal no se le permite pedir que se deje de lado un veredicto de absolución96.
Impugnando el Veredicto Una de las partes en el juicio también puede buscar
que no se tome en cuenta el veredicto con base en que el jurado actuó de manera incorrecta
durante las deliberaciones o el juicio. A esto se le conoce como “impugnación del veredicto”.
Sin embargo las peticiones para la impugnación de un veredicto son vistas con desaprobación.
Dicha regla sirve para preservar la secrecía de la sala de deliberación del jurado y para prevenir
que los abogados acosen a los jurados, tratando de obtener pruebas sobre irregularidades
cometidas por estos97. Una regla común actualmente sobre la habilidad del jurado para
impugnar el veredicto es la Federal Rule of Evidence 606 (Regla Federal sobre la Evidencia 606).
Hace una distinción intrínseca-extrínseca: la corte no podrá recibir ninguna prueba relacionada
con cualquier cuestión o declaración ocurrida durante la deliberación del jurado o sobre el
efecto de cualquier cosa durante las deliberaciones a menos de que se trate de “información
perjudicial externa” traída a la atención del jurado o alguna “influencia externa” sobre el
jurado98. Por lo que, se aceptarán testimonios de cosas como sobornos, comentarios hechos a
un jurado durante la etapa de deliberación por cualquier otra persona que no sea miembro del
jurado (como podría ser un abogado, una de las partes o personal de la corte), o la exposición
de un jurado a un artículo periodístico sobre el caso. El resultado de esta regla es que, mientras
que las pruebas substanciales apoyen el veredicto, éste no será desechado con base en
argumentos como que el jurado no entendió las pruebas, o la ley o cualquier otra cosa que pase
en la sala de deliberación del jurado99.
95 Ver FRCrP 29 (c). 96 Hacerlo violaría el derecho que te protege de ser juzgado dos veces por el mismo delito, llamado “doble jeopardy” y establecido en la Enmienda Quinta. Ver infra Capítulo VIII, pp. 305-308. 97
Vaise vs. Delaval, I.T.R. 11 (1785) (Mansfield, L.J.); McDonald vs. Pless, 238 U.S. 264 (1915). 98 FRE 606 (b). Ver In re Beverly Hills Fire Litigation, 695 F.2d 207 (6th Cir. 1982) (se ordenó un nuevo juicio porque un jurado hizo su propio experimento para ver si el incendio pudo haber empezado como lo declaró el experto de la parte demandante y luego se lo comunicó a los otros miembros del jurado). 99
Después de que termine el juicio, los miembros del jurado pueden hablar libremente con quien quieran sobre lo que sucedió en la sala de deliberaciones del jurado. A veces, los abogados del caso buscan hacerles preguntas a los jurados, para saber si hubieron influencias externas que pudieran justificar la impugnación del veredicto y también para aprender de la experiencia sabiendo qué impresión causó en el jurado su presentación.
(No se incluyen pp. 108-114 del libro original)
E. Críticas al Sistema Adversarial
Han habido y continúan existiendo debates acerca de los supuestos subyacentes al
sistema adversarial. Tanto las justificaciones como las críticas se basan principalmente en que el
sistema conlleva suposiciones sobre el comportamiento que no han sido comprobadas y
pruebas anecdóticas. Además, las propuestas para algún cambio radical no tienen sentido dado
que por lo menos algunos de los aspectos del sistema adversarial se encuentran consagrados
en la Constitución100. No obstante, debemos de analizar algunas de las mayores críticas que se
han hecho y debatido101.
1. Abuso del Control de las Partes
Preparación de los Testigos y Abuso Los críticos destacan todas las oportunidades de
abuso que existen cuando las partes están en control de la investigación y preparación del caso.
Uno de los puntos es la práctica aceptada de que los abogados preparen a “sus” testigos para
que testifiquen. Hay ventajas sobre una preparación correcta de testigos: hace que el
testimonio vaya al punto. Pero se argumenta que la preparación de testigos permite que los
abogados provoquen que el testigo declare cosas que no son ciertas. Y, los críticos destacan, el
contrainterrogatorio que hace la contraparte difícilmente puede igualar la declaración de un
testigo bien preparado. El resultado, argumentan, es muy factible que sea que la parte
contraria sienta la necesidad de atacar al testigo de cualquier manera posible para minar su
credibilidad, así convirtiendo el estrado de testigos en un “matadero de reputaciones” y las
cortes sin posibilidad de detener el “acoso” hacia los testigos por los abogados que “se olvidan
que los jueces son las autoridades del tribunal”102.
Los que están a favor del sistema destacan que los abogados tienen una prohibición
tanto profesional, ética, como por la ley penal de instigar a perjurio o perpetrar un fraude de
cualquier otra manera a la corte. Pero más allá de eso, la supuesta idea de invencibilidad de
impugnación de un testigo preparado por el abogado ignora el alcance y poder del
contrainterrogatorio, ayudado por la etapa de descubrimiento, para descubrir un fraude. Más 100
Ver Herring Vs. New York,422 U.S. 853 (1975)(el derecho constitucional a un abogado “ha sido entendido como que significa que no puede haber restricción alguna en la función de defender a un acusado de acuerdo con las tradiciones del proceso de investigación de hechos del sistema adversarial que ha sido constitucionalizado en la Sexta y Catorceava Enmienda”. 101
Para una descripción más completa pero partidaria de las críticas al sistema adversarial y la respuesta a esas críticas, ver LANDSMAN, supra nota 4, en 24-76 y FREEDMAN, infra nota 143, en 26-42. 102
Roscoe Pound, The Causes of Popular Dissatisfaction with the Administration of Justice, 29 ABA REPORTS 395, 405 (1906).
aún, los jurados son particularmente propensos a tener sospechas sobre pruebas que parezcan
“perfectas”. De hecho, muchos abogados tienen mucho cuidado en no “preparar de más” a los
testigos, por esta razón. Y la cantidad de preparación que tuvo un testigo puede ser explorada
en el contrainterrogatorio. Sobre el uso de tácticas abusivas de contrainterrogatorio, los
abogados que se conduzcan de esta manera serían amonestados por un buen juez. Pero el
freno más efectivo para los abogados es que éstas tácticas usualmente son contraproducentes
en frente de un jurado, que es mucho más fácil que se identifique con un testigo desafortunado
que con un abogado acosador.
Beneficios del Control de las Partes Los que apoyan el sistema adversarial enfatizan
que, aún si el control de las partes puede tener sus riesgos, tiene beneficios importantes.
Cuando las partes tienen aportaciones directas y amplias en el proceso mediante el cual su caso
será decidido, es más probable que sientan que pudieron manifestar completamente su punto
de vista y que fue entendido lo mejor posible- aún si al final fue rechazado. De esta forma, el
control de las partes hace dos cosas. Primero, promueve la legitimidad de las decisiones
judiciales, la cual depende antes que nada y sobretodo en la aceptación voluntaria de la
sociedad como legítima y en segundo término en la coerción del Estado. Segundo, un sistema
que le da alas personas una participación directa y control en el litigio que afectará sus vidas,
reafirma la dignidad humana y los valores. Aún si uno pierde en una audiencia, la participación
activa de las partes en la audiencia “expresa la idea esencial de que ser una persona, y no una
cosa, es por lo menos ser consultado acerca de lo que se hace con uno.”103Mientras mayor sea
la oportunidad de ser escuchado plenamente de la manera que uno desea ser escuchado,
mayor el respeto a la dignidad humana y el valor de esta. Dada la amenaza a la individualidad
que representa el poder expansivo del gobierno y las presiones de “eficiencia” en las
sociedades modernas, los que apoyan el control de las partes en el juicio argumentan que hoy
en día hay una mayor necesidad que antes de tener instituciones que refuercen la
individualidad104.
El Gobierno como una Parte Litigiosa Pueden surgir dificultades particulares en
un sistema adversarial cuando el gobierno se encuentra involucrado como una de las partes. En
muchos países, el fiscal es un oficial cuasi-judicial que se encuentra por encima de la lucha
entre las partes y “duerme tranquilo aún después de una sentencia de absolución.”105 El fiscal
en los Estados Unidos es una excepción a la regla general de representación partidaria en que el
103 LAWRENCE TRIBE, AMERICAN CONSTITUTIONAL LAW, 2D ED. 666 (Foundation Press 1988). 104 En un estudio interesante en JOHN THIBAULT Y LAURENS WALKER, PROCEDURAL JUSTICE: A PSYCHOLOGICAL ANALYSIS 77-80, 94-96 (John Wiley & Sons 1975), los autores encontraron que la mayoría de los sujetos de estudios multinacionales creían que los procedimientos adversariales eran más justos que los procedimientos inquisitivos para resolver disputas. 105
Ver William J. Pizzi y Luca Marafioti, The new Italian Code of Criminal Procedure: The Difficulties of Building an Adversarial Trial System on a Civil Law Foundation, 17 YALE J.INT’L.L. 1,31 (1992).
fiscal tiene el deber de “buscas que se haga justicia, no sólo condenar”106.Pero una persona
realista tendría que reconocer que una vez que un caso llega a la etapa de juicio, los fiscales en
los Estados Unidos ven su función como esa de ser el encargado de abogar por su cliente, parte
en el juicio, y sólo es una coincidencia que su cliente sea un gobierno poderoso. Por lo que los
fiscales harán en la gran mayoría de los casos, todo lo que esté en su poder para ganar el caso
de su cliente, v.gr. asegurarse de que se condene al acusado por el cargo más alto posible. Ha
habido casos aislados en años recientes de acusaciones extremadamente celosas de fiscales
que toman una actitud de “ganar a cualquier costo”.
Las ABA Model Rules of Professional Conduct (Reglamento de Comportamiento
Profesional de ABA), que han sido adoptadas en tres cuartas partes de los estados, dicen algo
sobre el tema, pero son ambiguas de cierta forma. La Regla 3.8 provee que el fiscal debe de
abstenerse de presentar cargos sin fundamento, debe de asegurarse de que se le informe al
acusado su derecho a un abogado, no debe de aprovecharse de los acusados sin representantes,
y debe de revelar al acusado cualquier información exculpatoria que posea. El “comentario”
oficial sobre esta regla explica en términos generales que el “fiscal tiene una responsabilidad
como ministro de justicia y no simplemente como un abogado. Esta responsabilidad trae
consigo ciertas obligaciones específicas de ver que al acusado se le haga justicia procesal y que
la culpabilidad se decida con base en pruebas suficientes”. Sin embargo, concluye de una
manera que no ayuda mucho, “*p+recisamente qué tan lejos se le requiere al fiscal que vaya en
esta dirección es un tema de debate y varía en las diferentes jurisdicciones.”107
2. Enfoque Inadecuado en la Verdad
Ésta crítica se encuentra relacionada a las preocupaciones acerca del abuso del control
de las partes. Indica que, contrario a la teoría del sistema adversarial, el que las partes tengan el
control en el litigio no resulta en un que el tomador de la decisión esté totalmente informado
porque no toda la información relevante será dada a conocer. Como ha mencionado el Juez
Frankel, quien desde hace tiempo ha criticado el sistema adversarial, es raro el caso en el que
alguna de las partes busca que el testigo, o cualquier persona, diga toda la verdad108. En la
106 ABA STANDARDS FOR CRIMINAL JUSTICE, Standard 3-1.1 (ABA 1991). Éstos estándares deben de ser “directrices a las que por mucho tiempo se han adherido los mejores fiscales y los mejores abogados de la defensa.” Los fiscales Federales están advertidos de que deben de “ver que se haga justicia”. DEPARTMENT OF JUSTICE MANUAL, Título 9, Capítulo 27 9-27.000 et seq., “Federal Principles if Criminal Prosecution”, pp. 9-495-9-559. 107 Regla 3.8 del ABA MODEL RULES OF PROFESSIONAL CONDUCT y comentarios (ABA 1991). 108 Ver MARVIN FRANKEL, PARTISAN JUSTICE 10-20 (Hill & Wang 1980). Este libro es una sucinta, pero cuidadosa crítica e la mayoría de los aspectos del sistema adversarial. Es interesante notar que muchos de los críticos del sistema adversarial y los jurados son jueces con gran experiencia en las complejidades de los juicios adversariales. Como se dijo infra, el Juez Jerome Frank también fue un crítico energético del sistema de jurado. Ver JEROME FRANK, COURTS ON TRIAL (Princeton 1949).
medida en la que se presenta la información incompleta, la corte estará haciendo sus
decisiones basándose en algo diferente a la verdad real del caso. Una versión un poco diferente
de esta misma crítica dice que nuestra “teoría deportiva de la justicia” nunca pregunta cuál es
la verdad; sólo pregunta si “las reglas del juego se han cumplido rigurosamente” 109 .
Normalmente hay dos respuestas a este punto.
La Búsqueda Errónea de “la Verdad” La primer respuesta admite que el sistema
adversarial tiene una actitud relativa hacia la verdad, pero argumenta que esto es más
consistente con la realidad que cualquier búsqueda de “la verdad”. De todo lo que se habla en
algunos sistemas de que la “verdad objetiva” debe de ser descubierta en los procedimientos
legales, un hecho no puede ser reproducido en la corte. Después de que tuvo lugar, a menos de
que haya una grabación del mismo, con todo lo que contamos es con percepciones que pueden
ser recordadas por las personas y comunicadas por estas. Dada la debilidad de las percepciones,
la memoria y la comunicación, constantemente hay tantas verdades acerca de un hecho como
número de testigos que lo vieron. La idea no es encontrar “la verdad” de un hecho, sino que
encontrar cuál de las percepciones que se dicen es la versión más plausible de lo que pasó. Un
sistema que da completa libertad de acción a percepciones que compiten sobre un hecho,
durante todo un juicio y justo hasta el último momento antes de que se tome una decisión es
un sistema que refleja con precisión la realidad. En contraste, la búsqueda de “la verdad” no es
ingenua, sino ultimadamente imposible. Los defensores del sistema adversarial harían notar
que la causa de la verdad es rutinariamente mejor atendida en un sistema adversarial dado que
en cada caso al menos se presentan dos versiones de la verdad- una versión más que lo que
normalmente se descubriría en un sistema menos adversarial 110 . De hecho, el sistema
adversarial está preocupado con determinar la verdad, al menos como se acaba de definir. Uno
puede tener dificultades tratando de imaginar un caso en el que las partes colectivamente no
tengan un incentivo para descubrir y presentar toda la información que es realmente relevante
para tomar una decisión del conflicto.
Asignando el Poder para Declarar la Verdad Dado que puede haber versiones
encontradas de la verdad, es igualmente importante para encontrar la verdad preocuparse de
quién tiene el poder para investigar y declara la verdad. Dada la naturaleza muchas veces
escurridiza de la verdad, el sistema adversarial ve peligros graves si una entidad- el Estado-
tiene el monopolio en el poder de descubrir y declarar la verdad. Tomando prestado del
concepto de separación de poderes en la teoría constitucional, los proponentes del sistema
109 Pound, supra nota 62, pp.406. 110
Respaldo sobre la verdad relativista en el sistema adversarial puede encontrarse en la literatura psicológica que demuestra que mucho de lo que las personas perciben es una interpretación particular de los eventos, y no un reflejo de la verdad. Ver DAVID J. SCHNEIDER, ALBERT H. HASDORF, PHOEBE ELLSWORTH, PERSON PERCEPTION (Addison-Wesley Pub. Co. Reading, Mass. 1979).
adversarial creen que la causa de la verdad es mejor atendida si la responsabilidad de descubrir
y declarar la verdad se divide entre el estado, las partes y, cuando sea aplicable, el jurado.
Mientras que uno podría dudar qué tan seguido los gobiernos le fallan a sus ciudadanos y
abusan de su poder en este respecto, la desconfianza en el gobierno es un tema con mucha
fuerza en la historia política de los Estados Unidos. Y uno podría mencionar varios ejemplos de
justo el siglo XX en donde los gobiernos, no restringidos con una fuerza que les haga contrapeso,
han declarado versiones monstruosas de “la verdad”.
3. La Ineficiencia del Litigio Adversarial
Complexidad, Velocidad y Valores Más Allá de la Eficiencia Una gran crítica al
sistema adversarial, que se relaciona en parte con los problemas del control de las partes, es su
paso lento. Mientras que algunas cosas van rápido, el juicio es un proceso lento y complicado.
La presentación de testimonios orales de primera mano y otras pruebas “inmediatas” en un
formato de pregunta-respuesta pueden tomar mucho tiempo en desarrollarse, pueden surgir
objeciones basadas en reglas complejas de las pruebas y deben de decidirse, y el juez debe de
permanecer pasivo durante todo el juicio y asegurar a ambas partes que se les va a escuchar
enteramente111. Aún antes del juicio, debe de haber tiempo para que los abogados de las
partes descubran y analicen las pruebas, y luego que planeen cómo presentarlas de la manera
más persuasiva posible.
No es secreto que todo esto lleva tiempo. Sin embargo, esto aumenta la cantidad de
información disponible para el encargado de tomar una decisión. Más aún, la eficiencia no loes
todo. Como ha dicho la Suprema Corte:
El establecimiento de procedimientos prontos y eficaces para lograr fines
Estatales legítimos es un interés propio del Estado digno de reconocerse en la
adjudicación constitucional. Pero la Constitución reconoce valores superiores
que la velocidad y eficiencia. De hecho, uno podría decir de manera justa
refiriéndose a la Carta de Derechos de los EE.UU. en general, y la Clausula del
Debido Proceso, en particular, que fueron designadas para proteger los valores
frágiles del ciudadano vulnerable de la dominante preocupación de eficiencia y
eficacia que puede caracterizar a los loables oficiales del gobierno no menos, y a
lo mejor más, que a los mediocres.112
111
Claro que mucho del tiempo extra que toma enjuiciar un caso no es tanto causa del sistema adversarial como del derecho a un juicio con jurado. Las críticas al jurado son explicadas en la siguiente sección de éste Capítulo. 112
Stanley v. Illinois, 405 U.S. 645 (1972). En Stanley, la Corte decidió que una ley de Illinois que decía que a un padre que no estaba casado no se le necesitaba otorgar una audiencia antes de quitarle la patria potestad, era
Algunas Eficiencias del Procedimiento Adversarial Los sistemas adversariales tienen
algunas eficiencias que otros sistemas no tienen. El control de las partes sobre la litigación les
confiere el derecho de litigar vigorosamente, pero también permite que las partes escojan no
litigar. Muchos sistemas de derecho civil, al menos en los casos penales, requieren que se lleve
a cabo un juicio sin importar si las partes afectadas así lo deseen. En un sistema adversarial,
cuando los acusados se confiesan culpables y renuncian a su derecho a un proceso, no hay
necesidad de un juicio. Todo lo que se necesita es que entiendan que han renunciado a su
derecho de un juicio y que admitan que en el registro de hechos se asiente que ellos de hecho
cometieron la ofensa de la que se les acusa113. En casos civiles, llegar a un acuerdo es aún más
fácil. A menos que un menor u otra persona que necesite una protección especial a sus
derechos se vean afectados, las partes tienen el derecho absoluto de llegar a un acuerdo
cuando quieran y en los términos que quieran. En las 75 ciudades más grandes de los EE.UU. en
1992, el 75% de todos los casos de civiles de daños extracontractuales se han resuelto
mediante un acuerdo entre las partes o un desechamiento voluntario del mismo. En los casos
penales, 92% de las condenas obtenidas son el resultado de las confesiones de culpabilidad que
hacen los acusados114. También se han llevado a cabo esfuerzos para alentar a las partes a que
busquen alternativas para la resolución de conflictos que no sea una resolución judicial115.
La noción de que las partes pueden renunciar a sus derechos no sólo ayuda a
deshacerse de casos completos, como es el caso de una confesión de culpabilidad en un caso
penal o un acuerdo en un caso civil. También puede dispensar la necesidad de algunas etapas
en el juicio. Las partes o sus abogados normalmente convienen “estipulaciones”- acuerdos
sobre hechos en particular- o acuerdan renunciar a objeciones sobre una prueba en específico
o requisitos procesales. De hecho, gran parte del trabajo del juez cuando prepara un caso civil
en la conferencia final antes del juicio es explorar “la posibilidad de obtener la admisión de
hechos y documentos, que evitarían pruebas innecesarias.”116 No es poco común que en casos
civiles las partes y sus abogados hayan estipulado la admisión de casi todos los documentos o
pruebas tangibles en el caso, así removiendo completamente la necesidad de sentar las bases
inconstitucional. Para más sobre el tema de la custodia de menores de padres que no están casados, ver Capítulo XIII, p.504, nota 45, y Capítulo IX, p. 350. 113 Ver Capítulo VIII, pp.274-276, para una descripción de confesiones de culpabilidad. Las eficiencias ganadas con las confesiones de culpabilidad fue parte de lo que orilló a Italia a introducir un estilo más adversarial en su procedimiento penal en 1989. Ver Pizzi & Marafioti, supra nota 133. Limitaciones serias en los acuerdos de declaraciones de culpabilidad han hecho que la implementación de procedimientos sumarios de confesiones de culpabilidad sea difícil. España y Dinamarca han hecho leyes con procedimientos similares y prácticas informales que se aproximan a las confesiones de culpabilidad han aumentado en Francia y Alemania. Ver id. En 35-37. 114
Fuente: Bureau of Justice Statistics, U.S. Dept. of Justice. Ver Capítulo VII, p.246 (acuerdos en casos civiles) y Capítulo VIII, p.274 (confesiones de culpabilidad en casos penales). 115
Ver Capítulo VII, pp.246-249 (arbitraje, mediación y acuerdos en casos civiles). 116
Federal Rule of Civil Procedure 16(c)(3). También ver Capítulo VII, pp.237, 238 (conferencias previas al juicio).
para la recepción de esos artículos como evidencia en el juicio. Aunque las estipulaciones de
este tipo no son tan comunes en los casos penales, su uso ha incrementado.
Recientes Reformas Anti-Acusatorias Últimamente se ha hecho un esfuerzo por
limitar algunos “excesos adversariales” y hacer el litigio más eficiente. Ha habido cambios en las
reglas de los procedimientos civiles federales y en algunos estatales, requiriendo que las partes
de manera automática revelen pruebas básicas que apoyan su demanda o el caso de la defensa
a la contraparte e imponiendo límites en el alcance del descubrimiento. Las reglas federales de
los procedimientos antes del juicio ante el juez ahora le otorgan poder y animan al juez a
manejar de manera más activa sus casos. El uso de “jueces magistrados” (NB. En EE.UU. el nivel
de magistrado es un nivel menor que el de juez) de menor nivel, para que le den un
seguimiento cercano al litigio en las etapas previas al juicio ha aumentado. Muchas de estas
medidas son parte de una tendencia general de años recientes hacia una “manera de juzgar
más gerencial”117. Sanciones severas también pueden ser impuestas a los abogados que hacen
valer posiciones sin fundamentos en los litigios118.
4. Los Costos de Litigar y la Inequidad de Recursos Económicos
Un Problema Especial para los Sistemas Adversariales Inequidad en el litigio
porque una de las partes tiene mayores recursos es sin duda un problema en todos los sistemas
legales. Pero inequidad de recursos es un problema especial en el sistema adversarial en donde
las partes tienen la gran responsabilidad de juntar las pruebas y presentar el caso. Aunque las
partes tienen el derecho de auto-representarse, una parte sin abogado es mucho más probable
que esté completamente perdida en un sistema adversarial. En consecuencia, probablemente
es mucho más factible que en el sistema adversarial la parte con el abogado con mayor
destreza y más recursos para apoyar el litigio, tales como investigadores y expertos, tendrá una
ventaja. Esto también es exacerbado por la “regla Americana” en cuanto a los costos del litigio,
en la cual la parte que gana el juicio no puede recuperar los costos del abogado si ganan119.
Factores Mitigantes Hasta cierto punto, se ha cumplido con la necesidad práctica de
un abogado. La Sexta Enmienda a la Constitución requiere que el gobierno provea de abogados
y otro tipo de ayuda a las personas que no tienen representantes en cualquier caso penal en
117 Ver Capítulo VII, pp.235, 237. Para un informe sobre cómo se modificó el sistema hacia un mayor control judicial en la investigación de los hechos, ver John Langbein, The German Advantage in Civil Procedure, 52 U.CHI.L.REV. 823, 866 (1988) Y Judith Resnick, Managerial Judges, 96 HARV.L.REV. 374 (1982). Ésta tendencia es, por decir lo menos, controversial en los Estados Unidos. Ver LANDSMAN, supra nota4, en 77-121. 118
Muchas de estas medidas son explicadas en el Capítulo VII, pp.225-237. 119
La “regla Americana” con respecto a las cuotas de los abogados así se llama para distinguirla de la “regla Inglesa”, que normalmente mueve la carga del pago de la cuota a la parte perdedora. Ver Capítulo VII, p.243.
donde existe la posibilidad de una pena privativa de la libertad120. En casos civiles, no existe tal
derecho constitucional, pero se han hecho esfuerzos desde 1964 para contar con fondos
federales para servicios legales para los pobres, y seguros de servicios legales pre-pagados y
otros planes han crecido en años recientes 121 . Más aún, la disponibilidad de cuotas
contingentes sirve como un gran incentivo para que buenos abogados tomen casos de lesiones
civiles de clientes que de otra manera no podrían pagar un abogado122. Además, algunas leyes
han cambiado la “regla Americana” en cuanto a los costos de litigio a una regla que permite que
la parte ganadora recupere en algunos casos, las cuotas del abogado y los costos de la corte
cobrándoselos a la parte perdedora123.
En casos civiles, muchos sistemas procesales están diseñados para hacer que el
resultado del juicio dependa menos en las habilidades del abogado litigante. La etapa de
descubrimiento en litigios civiles permite que las partes obtengan la mayoría de las pruebas de
la parte contraria mucho antes del juicio, de esta manera haciendo mucho más fácil que los
abogados menos equipados o menos expertos respondan a lo que la otra parte en el juicio
pudo haber acumulado mediante más recursos económicos o talento. Hasta el punto en el que
un oponente más poderoso pueda usar la etapa de descubrimiento y otros mecanismos
procesales para “cansar” o incrementar los costos de litigio a una parte con menores recursos,
los cambios recientes que imponen límites en la etapa de descubrimiento y sanciones por el
uso incorrecto de las cortes para tales propósitos, mencionados anteriormente, están
específicamente diseñados para prevenir esto124.
Salvaguardas Incorporadas También hay características incorporadas en el sistema
adversarial en los Estados Unidos que igualan a partes que tengan una tremenda diferencia de
cantidad de recursos. La presencia del jurado hace que el juicio sea de cierta forma más
equitativo ya que es mucho más probable que los miembros del jurado se identifiquen con el
pobre litigante que con la empresa rica o el Estado poderoso. Los abogados de las partes menos
favorecidas normalmente se aprovechan del estatus de “desfavorecido” de su cliente hasta
cierto punto.
120
Ver Capítulo VIII, p. 302. También ver Capítulo IV, p. 157, para el tema de defensores públicos. El defensor penal también tiene el derecho a todos los expertos o investigadores necesarios, a costo del gobierno. Ver Ake vs. Oklahoma, 470 U.S. 68 (1988) (El acusado tiene derecho a una evaluación psiquiátrica y asistencia de testigos expertos cuando su cordura es una cuestión en el caso) y Criminal Justice Act, 18 U.S.C.A. 3006A(c)(1) (proveyendo para el pago de los expertos de la defensa). 121
Ver Capítulo IV, pp. 155-157, para el tema de servicios legales civiles para los pobre. 122 En un acuerdo de cuotas contingentes, el abogado no le cobrará a su cliente a menos que el cliente gane, en cuyo caso el abogado tomará la cuota del dinero de reparación, usualmente una tercera parte de la cantidad otorgada. Para que a un abogado le sea atractivo un caso así, debe de haber una buena posibilidad de ganar una gran cantidad en el veredicto. En consecuencia, sólo en los casos de daños personales en los que varios miles de dólares o más están en juego el abogado aceptará este tipo de acuerdo. Ver Capítulo IV, p.145. 123
Ver Capítulo VII, p. 244. 124
Ver Capítulo VII, p.235.
Pero aún con todos estos factores funcionando, candor requiere la admisión de que la
inequidad basada en la riqueza sigue siendo un problema en las cortes de Estados Unidos.
Probablemente es cierto que, hasta cierto punto, “la clase de justicia que obtiene una persona
depende de cuánto dinero tenga”125. Qué tanto más problemático sea esto en los Estados
Unidos que en el resto del mundo, es difícil saber.
F. Críticas al Sistema de Jurado
La mayoría de las críticas al sistema de jurado son de dos clases. Los críticos o apuntan a
la relativa ineficiencia y gran costo de los juicios con jurado o cuestionan la habilidad de los
jurados para decidir correctamente un juicio126.
El Costo e Ineficiencia del Jurado Los juicios con jurado son 40% más largos que los
juicios sin jurado. Hacer cumplir las reglas de las pruebas de manera estricta toma tiempo y los
abogados presentan su caso m lentamente. Los jurados, no siendo “oyentes profesionales”
como los jueces, se cansan y necesitan descansos más frecuentes. Y se sobreentiende que el
proceso de toma de decisiones de los jurados es más prolongado. Mientras que esto se puede
ver como una gran pérdida de eficiencia, se debe de recordar que 90% de los casos presentados
no llegan a juicio, y sólo el 10% de los cases que si van a juicio son en un juicio con jurado.
Adicionalmente, algunas de las reformas “anti-acusatorias” mencionadas anteriormente
han ayudado a que los juicios con jurado sean más eficientes. Una supervisión más vigorosa en
la etapa previa al juicio ha tenido el efecto de hacer que las partes se pongan de acuerdo en
más hechos, dejando menos cosas para que el jurado decida. Tales veredictos, en vez de sólo
“tirar” el caso entero encima del jurado sin dirección alguna más que las instrucciones, pueden
presentar los problemas al jurado por medio de preguntas específicas y por lo tanto, hacer más
dinámico el proceso de toma de decisiones del jurado127. Más aún, el juez del tribunal siempre
tiene el poder de limitar las pruebas innecesarias y hasta excluir evidencia relevante para
prevenir “demora injustificada, pérdida de tiempo, e innecesaria presentación de evidencia
acumulada.”128 Muchos jueces de tribunales están ejerciendo este poder más que antes y el
resultado ha sido una mejorada eficiencia.
125 Griffin vs. Illinois, 351 U.S. 12, 18 n.16 (1956). 126 Entre las más severas críticas de los jurados se encuentra la del Juez Jerome Frank. Ver JEROME FRANK, COURTS ON TRIAL (Princeton 1949). Ha habido gran interés en y críticas al sistema de jurados en años recientes. Dos libros recientes son JEFFREY ABRAMSON, WE, THE JURY: THE JURY SYSTEM AND THE IDEAL OF DEMOCRACY (BasicBooks 1994) y STEPHEN J. ADLER, THE JURY:DISORDER IN THE COURTS (Doubleday 1994). 127 .Ver supra p.107 Algunas de estas reformas se tratan en William W. Schwarzer, Reforming Jury Trials, 1990 U.CHI.LEGAL FORUM 119, 121-125. El Juez Schwarzer el Director del Centro Judicial Federal, una agencia de investigación sobre el sistema de justicia federal. También ver MUNSTERMAN ET AL., supra nota 43. 128
FRE 403; FRCP 16. El uso extendido de jurados más pequeños en casos civiles hace que los juicios con jurados sean de alguna manera más fáciles. Jurados civiles de entre 6 a 12 pueden usarse en cortes federales desde 1991 y
Las Habilidades de los Jurados como Tomadores de Decisiones Los críticos
frecuentemente argumentan que sólo especialistas en derecho, no gente común, deberían de
estar involucrados en la toma de decisiones en el sistema jurídico. Sin embargo, debe de
recordarse que las cuestiones legales del caso son decididas por el juez. La división de trabajo
entre el juez y el jurado significa que el jurado, cuando decide, sólo lo hace con respecto a las
cuestiones de hecho – una tarea para la que contar con educación legal no necesariamente
representa una ventaja129.
Los abogados que han llevado casos de juicios con jurado constantemente comentan lo
impresionados que con las habilidades de los jurados para determinar las cuestiones de hechos.
Aunque un jurado de manera individual pueda saber muy poco y como individuo, a lo mejor ni
siquiera es muy bueno tomando decisiones, muchos comentan cómo cuando el jurado se sienta
como un grupo, es mucho más que la suma de sus partes- cómo el jurado completo parece que
adquiere habilidades que no se esperan de ver a los miembros individualmente.
Estudios psicológicos sobre las dinámicas de grupo para tomar decisiones tienden a
apoyar esta observación intuitiva. Un estudio en particular que habla sobre esto es el que hizo
Barnlund, quien probó el efecto grupal en la habilidad de razonamiento130. Se les aplicó una
prueba sobre la habilidad de razonamiento silogístico a estudiantes universitarios. Después los
investigadores pusieron a competir individualmente a los que mejores resultados habían sacado,
contra grupos formados por los que peores resultados habían sacado. Cuando había que
resolver silogismos cuyas premisas y razonamientos eran declaraciones que despertaban
emociones fuertes y preferencias de valores, tales como afirmaciones sobre el Comunismo, el
sistema de reglas universitarias, y su gusto, al mejor razonador individual le fue peor que al
grupo de peores razonadores. La explicación fue que los razonadores buenos individuales se
dejaron llevar por respuestas emocionales. Miembros del grupo de los peores razonadores
también se dejaron llevar en un inicio, pero cada uno en una dirección diferente. Como
resultado, el grupo pudo llegar a la solución correcta. Aquellos que se dejaron llevar hacia una
dirección fueron corregidos o balanceados por los que tuvieron una reacción diferente. La
forma de funcionamiento de esta dinámica de grupo es apoyada por otros estudios que indican
que la precisión en las deliberaciones del jurado incrementa cuando se incrementa la diversidad
social de los miembros del jurado y cuando se incrementa el nivel promedio de educación de
estos131.
los intentos por regresar al sistema de 12 personas en el jurado fueron derrotados en 1996. Casi 40 estados prevén que haya jurados de menos de 12 personas en casos civiles. 129 Ver supra pp. 87, 89. 130 Decano C. Barnlund, A Comparative Study of Individual, Majority and Group Judgment, 58 J.AB. & SOC. PSYCH. 55 (1959). Estudios similares son citados en Richard Lempert, Uncovering “Nondiscernable” Differences: Empirical Research and the Jury-Size Cases, 73 MICH.L.REV. 643-708 (1975). 131
Ver Fred L. Strodtbeck, Rita M. James y Charles Hawkins, Social Status in Jury Deliberations, 22 Am. Sociological Rev. 713 (1957).
Comparando las Alternativas Cuando se evalúan las habilidades del jurado, hay
que recordad exactamente con qué instituciones encargadas de encontrar los hechos se están
comparando. En todas las situaciones que no sean absolución en casos penales, el juez tiene el
poder de hacer caso omiso a los veredictos del jurado que sean anárquicos o arbitrarios. Aún si
es razonable asumir que el juez promedio será superior al jurado promedio, esto no es lo que
se compara. La comparación apropiada es entre el juez sólo por una parte y un jurado completo
con la ayuda del juez por la otra.
Es interesante comparar el grado de desacuerdo entre el juez y el jurado en la toma de
decisiones, especialmente cuando la alternativa a tener jurados decidiendo casos es que los
jueces sean los que tomen todas las decisiones. En un estudio que ya es clásico, Kalven y Zeisel
encontraron que los jueces están de acuerdo con los veredictos del jurado en el 78% de los
casos civiles y penales132. A lo mejor, algo más importante que el porcentaje de acuerdo es el
hecho de que en muchos de los casos del 22 % restante en el que hubo desacuerdo, se
relacionan con una probable diferente percepción de lo que la “justicia” requería133. De entre
los ejemplos en los casos en los que el jurado absolvió, pero el juez hubiera declarado culpable
se encuentran el caso de un acusado que robó $2.50 dólares de madera y que había estado en
la cárcel, esperando el juicio, durante dos meses, y el caso de un acusado de homicidio
agravado por manejar en estado de ebriedad, quien en el accidente mató a su esposa y él
quedó paralítico de por vida. Y es posible, dado los estudios psicológicos de Barnlund de los que
se habló anteriormente, que al menos en algunos de los demás casos en donde hubo
desacuerdo, el jurado haya llegado a una decisión más certera.
Jurados en Casos de Daños Civiles En años recientes, han habido expresiones de
especial preocupación acerca de las habilidades de los jurados en casos civiles. Los abogados de
la defensa y las compañías de seguros han argumentado enérgicamente que jurados
“desenfrenados” han estado otorgando cantidades exorbitantes a los demandantes en los
casos de lesiones. Razones similares se dieron en Inglaterra para abolir de manera definitiva el
derecho a un jurado en casos civiles134. Los titulares de los periódicos parecen apoyar esta
acusación. Sin embargo, una imagen diferente surge cuando uno considera el caso promedio.
Un estudio de casos muestra indica que el juez le hubiera dado menos de lo que el jurado
decidió ene l 52% de los casos, hubiera llegado a la misma cantidad para la reparación del daño
en el 10% de los casos, y hubiera otorgado una cantidad mayor en el 38% restante. Sin embargo,
el promedio de los casos en los que hay desacuerdo porque el jurado otorgó una cantidad
mayor que lo que el juez hubiera decidido, la diferencia en dólares que el juez hubiera otorgado
es de un 10%, lo que demuestra que el cálculo de los jueces y jurados es muy cercano uno del
132 KALVEN & ZEISEL, supra nota 148, en 55-65. 133
Id. P.116. 134
Ver Ward vs. James [1965] 1 Q.B.273, 1 All Eng. Rep. 563. Ahora solo están disponibles los jurados si lo prevé la ley o a discreción del juez en “circunstancias excepcionales”. Actualmente, sólo aproximadamente doce juicios con jurado se llevan a cabo anualmente.
otro. Y cuando la cantidad otorgada es claramente desproporcionada en relación a los daños
probados, la culpa no la tiene tanto el jurado sino que el juez, quien claramente tiene el poder
para reducir tal concesión u ordenar un nuevo juicio, como se explicó anteriormente135.Además,
puede haber cuestiones en las que el jurado es inherentemente un mejor tomador de
decisiones. Particularmente en casos civiles en donde se tienen que tomar decisiones sobre
cosas como el valor de la vida humana, no hay razón para creer que el juez tenga una habilidad
superior para hacer este juicio136.
Otra crítica común a los jurados en los casos civiles es que se inclinan a favor de los
demandantes lastimados en casos de daños personales. El estudio de Kalven y Zeisel no
confirma esto. Aunque los jurados en el estudio tendieron a apoyar el lado de la defensa más
que el del fiscal en casos penales, en el 22% de los casos civiles en los que el juez y el jurado
estuvieron en desacuerdo, casi estuvieron divididos entre las dos partes. Un estudio más
reciente que examinó el resultado de los casos de responsabilidad civil que se llevaron a cabo
entre 1979 y 1988 demostró que en nueve de los diez años estudiados, los demandantes
ganaron más casos en juicios sin jurado que en juicios con jurado. En 1986, los demandantes
ganaron el 58% de todos los casos federales sobre responsabilidad civil que fueron juzgados por
un juez y sólo el 29% de los casos federales sobre responsabilidad civil que fueron juzgados por
jurados137.
Beneficios de un Jurado más Allá de la Precisión con la que Juzgan los Hechos
Algunos partidarios de los jurados creen que uno de los beneficios de contar con un jurado es
las maneras “erróneas” en las que sus decisiones reflejan algo más que una lógica fría. Como lo
explica un juez federal:
135 Ver supra p.108. 136 GUINTHER, supra nota 19, en 170. En la consideración sobre el aumento en las cantidades otorgadas por los jurados en años recientes, es relevante que los costos médicos constituyen la gran parte de la cantidad otorgada por daños personales y que los costos médicos han incrementado en un 600% de 1955 a 1985, tiempo en el que el ingreso per cápita sólo se duplico. Algunos estudios sugieren que los jurados no otorgan la compensación por daños suficiente. En un estado, contrario a las expectativas, en donde profesionales con conocimiento médico sustituyeron al jurado normal en el sistema de juicios con jurado, la compensación por daños promedio incrementó por un tercio. Ver Michael Saks, Do We Really Know Anything About the Behavior of the Tort Litigation System-and Why Not? 140 U.PAL.REV.1147, 1273-1274 (1992). 137 Theodore Eisenberg & James A. Henderson, The Quiet Revolution in Product Liability: An Empirical Study of Legal Change, 37 U.C.LA. L.REV 479(1990). Pero ver Kevin Clermont & Theodore Eisenberg, Do Case Outcomes Really Reveal Anything About the Legal System? Win Rates and Removal Jurisdiction, 83 CORNELL L.REV. 581 (1998) (se advierte precaución en confiar en estadísticas sin refinamiento sobre los casos ganados, ya que los casos que van a juicio es una pequeña muestra sesgada del total de casos). Supuestos de dificultades con jurados civiles en casos de responsabilidad, particularmente esos con daños punitivos, se discuten en el capítulo XI, pp.437-447. El artículo Saks, supra nota 164, revisa la mayoría de los datos empíricos en el materia. Una de las preocupaciones de extranjeros que hacen negocios en los Estados Unidos ha sido que hay desventajas en las cortes de los EE.UU., en parte porque los jurados tienen un sesgo en contra de ellos. Un artículo reciente desmiente el mito. Kevin Clemont & Theodore Eisenberg, Xenophilia in American Courts, 109 HARV.LK.REV.1120 (1996). (extranjeros, ya sea como demandantes o demandados, ganan el 63% de los casos, mientras que los nativos sólo ganan el 37%).
La ley puede hacerse rígida. Reglas que tenían sentido cuando se crearon
pueden ser tontas e injustas en casos concretos. El jurado puede darle la
flexibilidad a la ley, asegurándose que se aplique en una forma consistente con
los estándares de la comunidad. Porque no tienen que explicar sus razones,
puede llegar a decisiones apropiadas que evitan resultados irracionales pero que
podrían ser muy difíciles de explicar para un juez.138
A veces el consistente “temple” que el jurado hace sobre una regla jurídica puede abrir
el camino para una reforma de ley. Un ejemplo de esto es Hoffman vs. Jones, el caso de Florida
que cambió de negligencia contribuyente a negligencia comparada, del que se habló en el
Capítulo II. LA Suprema Corte de Florida en parte se apoyó en el hecho de que era aparente que
constantemente el jurado juzgaba la conducta del demandante con el estándar menos duro de
negligencia comparada aún cuando se les había dicho que aplicaran el estándar más estricto de
negligencia contribuyente.139
Muchos héroes de la historia política de los Estados Unidos han sido salvados por
veredictos “erróneos” del jurado. Peter Zenger, el encargado de publicar críticas en contra de la
Corona Inglesa quien fue absuelto por un jurado colonial de Nueva York en 1734, era
probablemente culpable por hechos de difamación sediciosa.140 Más tarde, abolicionistas del
Norte del país que escondieron esclavos antes de la Guerra Civil se beneficiarían de la
“inexactitud” del jurado. Más recientemente, protestantes en contra de la guerra en Vietnam,
personas que rehuyeron al servicio militar, y ciudadanos que escondieron a salvadoreños
ilegales que buscaban asilo, que fueron absueltos por jurados, probablemente eran culpables
conforme a la ley. Claro que, la gran mayoría de los casos no son casos en los que se pide que se
desaire a la “verdad” a favor de la justicia. Pero en aquellos casos en los que la verdad y la
justicia ambas apuntan hacia una convicción, el gobierno tiene recursos abundantes y buenos
abogados que pueden lograr que el jurado emita una condena, si debe de ser emitida141.
En concordancia con esto, la Suprema Corte comentó en un caso en 1970 que los
Fundadores “sabían de la historia y experiencia que era necesario que se proteja en contra de
cargos penales infundados creados para eliminar enemigos y en contra de jueces que
respondan demasiado a las ordenes de autoridades superiores”. El derecho a un juicio con
jurado le da al ciudadano:
138 William W. Schwarzer, “Some Observations on the Values of the Jury System” (discurso dado en el Seminario del Centro Judicial para Jueces Rusos y Administradores de la Corte, Julio 1993). 139 Ver análisis supra p.89. 140 Un informe sobre el caso Zenger está disponible en GUINTHER, supra nota 19, en 28-30. 141 Los jurados también han nulificado basados en actitudes racistas, como cuando los jurados del sur absolvieron a blancos acusados de matar negros. Sin embargo, los negros en ese tiempo eran sistemáticamente excluidos del servicio de jurado. Más aún, el gobierno federal constantemente ha perseguido más tarde a acusados absueltos por violación a los derechos civiles de las víctimas. Esto se permite de acuerdo con la excepción de “doble soberanía” que prohíbe persecuciones múltiples por el mismo delito, estudiado en el Capítulo VIII, p. 307.
Una salvaguarda estimable en contra de fiscales corruptos o demasiado
fervientes y en contra de jueces obedientes, parciales o excéntricos. Refleja una
decisión fundamental acerca del ejercicio del poder oficial – una renuencia a
confiarle plenos poderes sobre la vida y libertad de un ciudadano a un juez o a
un grupo de jueces. El miedo de poderes sin restricciones, tan típicos de nuestro
Estado y Gobiernos Federales en otras cuestiones, encontró su expresión en la
ley penal en esta insistencia de la participación de la comunidad para determinar
la culpabilidad o inocencia.142
Este papel del jurado fue elocuentemente indicado por un granjero de Maryland en los
debates sobre el derecho constitucional a un juicio con jurado. Él aceptó que todos los
controles estructurales del gobierno federal contenidos en la Constitución, tales como la
separación de poderes y el federalismo, se necesitaban para evitar que se aprobar legislación
injusta que infringiera las libertades civiles de los ciudadanos. Pero vio una amenaza más
grande en contra de la libertad a nivel local en el mal uso de leyes que de otra manera serían
justas, a la cual las protecciones estructurales de la constitución no protegían. “Aquellas
usurpaciones, que silenciosamente minan el espíritu de la libertad, bajo autorización de la ley,
son más peligrosas que un ataque legislativo abierto y directo”. Argumentó que la única
protección efectiva de esta amenaza era el jurado143.
El Valor de la Participación Cívica Aparte de ser una protección en contra de acciones
gubernamentales arbitrarias, los jurados también promueven valores democráticos y principios
de autonomía al enlistar ciudadanos ordinarios en trabajos del gobierno. Ésta participación
popular tiene un beneficio indirecto similar a uno mencionado sobre el control de las partes en
el litigio: si los ciudadanos tienen una mayor participación en su sistema, es más probable que
apoyen las decisiones de la corte, que dependen primero y principalmente en el cumplimiento
voluntario de sus decisiones. Esta consideración jugó un papel muy importante en la reciente
introducción del sistema de jurados en Rusia. Se decía que se necesitaba restaurar la confianza
de las personas en el sistema judicial, desacreditado durante 70 años de tener un Estado y
partico Comunista en el poder.
El Efecto del Jurado en la Independencia Judicial Algunos destacan que los jurados
ayudan a mantener la independencia de los jueces. Como lo explica un juez federal citado
anteriormente:
Incluso bajo la mejor de las circunstancias, un juez único haciendo
decisiones impopulares recibe críticas públicas y a veces oficiales que pueden
tener efectos adversos en su persona, su familia y su carrera. Los jurados, siendo
anónimos y fuera del escrutinio público tan pronto como acaba el caso, son
142
Duncan vs. Louisiana, 391 U.S. 145, 156 (1968). 143
HERBERT J. STORING, THE COMPLETE ANTI-FEDERALIST 18-19 (u. Chicago 1981), citando a Federal Farmer (XV, 2,8,90).
apropiados para decidir casos controversiales que podrían ser complicados de
decidir para los jueces. Y porque no ocupan un puesto, no tienen una conexión
continuada con el gobierno y no tienen ambiciones políticas, son genuinamente
independientes.144
Éste último punto es particularmente importante para aquellas cortes estatales en los Estados
Unidos en las cuales los jueces tienen que enfrentar un proceso de reelección, aunque los
jueces federales y otros jueces nombrados no se ven afectados por esta clase de presiones.145
Como estos últimos puntos sugieren, la figura de jurado se ha conservado en los Estados Unidos
por mucho más tiempo después de ser abolidos en el resto del mundo precisamente porque
reflejan la peculiaridad de los valores Americanos. Un sistema de jurados podría no funcionar
bien en otros sistemas o a lo mejor podría funcionar sólo si se hacen modificaciones de fondo
en las actitudes y leyes.146
144
Schwazer, supra nota 166. Claramente, hay espacio para mejorar el sistema de jurados. Un artículo reciente por el autor citado en el texto y director del Centro Judicial Federal, un brazo de las cortes federales para la investigación, estudia varios puntos en donde se han sugerido y hecho mejoras. Ver Schwazer, supra nota 155. También ver MUNSTERMAN ET AL., supra nota 43. 145
Los modos de selección judicial se analizan en el Capítulo V, pp.180-183. 146
También han habido discusiones sobre resurgir el derecho a un jurado en algunos casos penales en Japón. Algunos han expresado dudas sobre si los juicios con jurado serían consistentes con la cultura y temperamento Japonés. Ver Richard O. Lempert, A Jury for Japan?, 40 AM.J.COMP.L.37 (1992).
CAPÍTULO IV
LA PROFESIÓN JURÍDICA
Capítulo IV
La Profesión Jurídica
…
E. Ética Jurídica
1. Regulando la Profesión Jurídica: Fuentes de Regulación.
En las últimas décadas ha habido un incremento en el interés público y profesional en la
ética y la conducta de la profesión jurídica en los Estados Unidos147. Parte de esto puede ser
atribuido al incremento dramático en el número de abogados y parte al hecho de que muchos
abogados estuvieron involucrados en el escándalo Watergate de la Administración de Nixon148.
En los Estados Unidos, la conducta de los abogados está sujeta a regulación de tres fuentes: el
poder judicial, autorregulación organizada por la barra, y cada vez más, aunque de manera
indirecta, regulación a través de acciones privadas en contra de la negligencia de los abogados.
Rol del Poder Judicial Como se analizó anteriormente, el máximo poder de regulación
de la profesión generalmente reside en las supremas cortes de los estados. Al poder judicial se
le considera como que tiene el poder inherente y el rol principal en regular la profesión jurídica.
La conexión entre práctica legal y el poder judicial se conoce en la práctica común de los
abogados como “oficiales de la corte”. Una herramienta directa regulatoria de la corte es el
poder de retener a un abogado por “desacato” o instituir procedimientos disciplinarios por
mala conducta. Recientemente, la primacía del control judicial sobre la profesión ha sido
cuestionadas dado que un porcentaje muy alto de abogados hoy en día- especialmente
aquellos de las grande firmas corporativas- son “abogados de oficina” que nunca comparecen
ante la corte. Sin embargo, gran parte de las facultades del poder judicial sobre la profesión han
sido delegadas a la profesión en sí, donde los “abogados de oficina” están bien
representados149.
147 Un libro estándar para un curso de responsabilidad profesional es STEPHEN GILLERS, REGULATION OF LAWYERS: PROBLEMS OF LAW AND ETHICS, 5TH ED. (Aspen 1998). Un libro que da una idea general de esto, aunque algo antiguo es WOLFRAM supra nota 1. Un libro de texto por un autor controversial es MONROE H. FREEDMAN, UNDERSTANDING LAWYERS’ ETHICS, 2D. ED. (Matthew Bender 1998). Ver también RESTATEMENT (THIRD) OF THE LAW GOVERNING LAWYERS (American Law Institute 1988). 148
Ver GILLERS, supra nota 143 en 3. El problema Watergate se analizó en el Capítulo 1, p. 14. 149
Ver ABA Task Force Report, supra nota 1, en 117-118.
Autorregulación Consistente con una larga tradición de autorregulación, la ABA ha
tenido un papel muy importante en determinar la ética y los estándares de la profesión. En
1908, promulgó sus Cánones de Ética Profesional que fueron adoptados por muchas barras
estatales. Estos cánones eran consejos, pero varias cortes con el tiempo empezaron a aplicarlos
como si fueran reglas de la ley. Los cánones permanecieron vigentes hasta 1970, cuando la ABA
promulgó el Código Modelo de Responsabilidad Profesional (el “Código Modelo”). En 1983, La
ABA reemplazó el Código con las Reglas Modelo de Conducta Profesional (“Reglas Modelo”).
Dado que la ABA es una organización privada y no cuenta con el poder para imponer las reglas a
nadie, sus códigos y reglas son sólo “modelo”. Sin embrago, han sido adoptadas ampliamente
por los estados como si fuera leyes.
Demandas por Negligencia Las demandas en contra de los abogados por negligencia
antes eran poco comunes. Pero ya no es el caso. El nivel competitivo de los abogados
probablemente no es más bajo ahora que en el pasado reciente. El aumento en quejas por
negligencia probablemente se debe a los cambios en la actitud hacia los profesionistas que ha
hecho que demandar a médicos sea más aceptable-menos admiración y más realista acerca de
su trabajo y su lugar en la sociedad. La mayoría de los casos exitosos de demandas de
negligencia han sido por conductas visiblemente malas, tal como la negligencia deliberada y
voluntaria hacia un cliente en extremo detrimento al caso del cliente o gran incompetencia.
Parte de la razón para esto son los requisitos legales necesarios para poner una queja de
negligencia jurídica. El ex cliente insatisfecho deberá demostrar ambos que el abogado tuvo la
culpa y que, si no hubiera sido por la mala conducta del abogado, el cliente hubiera ganado su
caso inicial-generalmente esto se demuestra en “un juicio dentro del juicio” de la queja mal
manejada150.
La mayoría de los abogados tienen un seguro de negligencia, pero la tasa por ese seguro
es mucho más baja que la tasa de los seguros de los médicos. Las organizaciones de barras
mantienen “fondos de seguridad para los clientes” que están diseñados para reembolsar a los
clientes que perdieron dinero como resultado de una conducta inapropiada de los abogados y
que no pueden de otra manera recuperar su dinero. Sine embargo, casi ninguno de estos
fondos proporciona completa compensación151.
150
Un área que se está desarrollando sobre negligencia son las malas recomendaciones de un abogado para llegar a un acuerdo entre las partes. Ver Thomas vs. Bethea, 718 A.2d 1787 (Md. 1998) (el abogado defensor recomendó un acuerdo de $2,500 dlls con los arrendadores por motivo de intoxicación de niños por haber utilizado pintura con plomo; en un “juicio dentro del juicio” por daños extracontractuales el veredicto resultó en $125,000 dlls.) 151
Dichas demandas también atraen la atención de la barra, quien puede investigar e imponer medidas disciplinarias al abogado culpable. Para más sobre negligencia, ver JEFFREY M. SMITH & RONALDE E. MALLEN, PREVENTING LEGAL MALPRACTICE, 2D ED. (West 1996). Otro posible enfoque es demandar a un abogado por la violación de las leyes de protección al consumidor. Ver Latham vs. Castillo, 972 S.W.2d 66 (Tex. 1998) (un abogado
2. Definiendo el Comportamiento Ético: Los Deberes del Abogado
El Código y las Reglas Modelo establecen los estándares y lineamientos en las siguientes
áreas: relación abogado-cliente; el rol del abogado como consejero y abogado; transacciones
con otras personas que no sea los clientes; firmas de abogados y asociaciones de abogados;
servicio pro bono; y la integridad de la profesión legal. Hablar de cada uno de estos temas va
más allá de la naturaleza de este capítulo, pero algunos de estos sí son cubiertos en este
capítulo.
a. La Naturaleza de la Relación Abogado-Cliente
La relación abogado-cliente es el aspecto más importante de la práctica jurídica. Una
base retorica para la naturaleza de esta relación es la observación que hizo Lord Brougham de
que “un abogado, en el cumplimiento de su deber, conoce sólo a una persona, y esa persona es
su cliente.”152 Menos dramático, las Reglas Modelo establecen varios deberes del abogado para
con su cliente, las que se describirán en los siguientes párrafos.
Deber de Representación Competente El abogado tiene el deber de “proveer
representación competente” que requiere “conocimiento jurídico, habilidades, conciencia y la
preparación necesaria para la representación”153. De manera que el abogado cuya práctica se
limita a aconsejar corporaciones probablemente no debería de tratar de llevar un caso de
homicidio. Los abogados que no tienen el suficiente conocimiento o experiencia para manejar
cierta cuestión deben de o declinar la representación, o asociarse con un abogado que tiene
conocimientos en el tema que se desea representar, o prepararse adecuadamente y estudiar lo
necesario.
al tergiversar una demanda de negligencia médica cometió el delito de fraude). Pero ver Cripe vs. Leiter, 703 N.E. 2d 100 las cuestiones se pueden solucionar exclusivamente con medidas disciplinarias de la barra). 152 TRIAL OF QUEEN CAROLE (JUICIO DE LA REINA CAROLINA) 8 (J. Nightindale ed. 1821). 153 MODEL RULES OF PROFESSIONAL CONDUCT (REGLAS MODELO DE CONDUCTA PROFESIONAL) Regla 1.1 (1992). Estas y otras reglas han sido reimpresas en JOHN S. DZIERNKOWSLI, ED., PROFESSIONAL RESPONSABILITY: STANDARDS, RULES AND STATUTES (West 2001). Ver también ANNOTATED MODEL RULES OF PROFESSIONAL CONDCUT, 4TH ED. (ABA 1999). Ver también ABA COMPENDIUM OF PROFESSIONAL RESPONSIBILITY RULES AND STANDARDS (2001 Edition).
Deber de Consultar El abogado tiene el deber de “obedecer las decisiones del cliente
concernientes a los objetivos de la representación” y “consultar con el cliente sobre los medios
con los cuales se perseguirán dichos objetivos”154. EL abogado tiene cierta autoridad de hacer
decisiones vinculantes para el cliente, especialmente aquellas concernientes a cuestiones
técnicas que surgen durante el litigio. Pero el abogado generalmente no puede hacer
decisiones unilaterales que conllevan un impacto en los derechos legales sustanciales de su
cliente, tales como llegar a un acuerdo sin el consentimiento del cliente o, en casos penales,
decidir si el cliente debe de testificar, declararse culpable, o renunciar a su derecho de un juicio
con jurado155.
Deber de Diligencia El abogado debe “actuar con diligencia razonable y rapidez
cuando se encuentra representando a un cliente”156. Esto obliga al abogado a tomar cualquier
acción que es legal y ética para perseguir la cuestión a nombre de su cliente a pesar de la
opinión pública o inconveniencia personal para el abogado. Desidia y tardanza innecesaria
deben de ser evitadas de tal forma que los derechos del cliente no se vean afectados o perdidos
por la expiración de cualquier ley de prescripción, o el periodo legal para presentar una
demanda.
Deber de Cobrar Honorarios Razonables Las Reglas Modelo exigen que el abogado
cobre honorarios razonables. La mayoría de las asociaciones de barras proveen un servicio de
mediación de cuotas para ayudar a cumplir esta provisión. Los honorarios deberán de ser
comunicados por escrito al cliente dentro de un tiempo razonable después de que ha
empezado la representación. Acuerdos de cuotas contingentes están prohibidos en cuestiones
de relaciones domesticas y casos penales157.
Deber de Lealtad y Conflicto de Intereses Las Reglas Modelo prohíben a un abogado
representar a un cliente cuando el abogado tiene intereses personales que conflictúan con los
intereses de su cliente, dado que esto violaría el deber de “lealtad indivisa”158. En consecuencia,
un abogado no puede tener intereses personales o inversiones en el resultado de una demanda
o cuestión159. Más aún, si el abogado tiene un cliente cuyos intereses so directamente adversos
a aquellos de un cliente potencial, el abogado deberá declinar la segunda representación. Aún
después de terminada la relación abogado-cliente, un abogado no puede más tarde representar
un cliente cuyos intereses son adversos a los de su cliente anterior si el abogado obtuvo
información confidencial del cliente anterior que se relaciona de manera sustancial al caso del
154 MODEL RULES, Regla 1.2 155 MODEL RULES, Regla 1.2(a). 156
MODEL RULES, Regla 1.3 157
MODEL RULES, Regla 5.1, Las coutas contingents se expusieron en supra p.145 158
MODEL RULES, Reglas 1.7, 1.8, 1.9 159
Sin embargo, esto no prohíbe las cuotas contingentes. Ver supra p.145
segundo cliente. Como se hará notar a continuación, el abogado le debe al primer cliente un
deber continuo de confidencialidad que sobrevive a la terminación de la relación abogado-
cliente.
Deber de Confidencialidad El abogado le debe a su cliente el deber importante de
confidencialidad. Generalmente, un abogado no puede revelar información “relacionada a la
representación de un cliente a menos que el cliente de su consentimiento después de ser
consultado, excepto por revelaciones autorizadas implícitamente para poder llevar a cabo la
representación.”160
Adherencia fiel a este deber de confidencialidad ha resultado en lo que algunos piensan
es repugnante. Por ejemplo, durante un caso penal en Nueva York, una persona acusada de
homicidio informó a sus abogados del lugar en donde se encontraban los cuerpos de otras dos
personas que había matado. El padre de una de las víctimas les suplicó a los abogados revelar
esta información para que él pudiera darle a su niña un entierro digno. Los abogados se
negaron porque la revelación de esta información sería un incumplimiento al deber de
confidencialidad para con su cliente y constituiría un perjuicio en la oportunidad de negociar
con el fiscal. Mientras que las acciones de los abogados en este caso pueden parecer
despiadadas, la mayoría de la comunidad legal estuvo de acuerdo en que los abogados
actuaron de manera correcta en una situación moralmente difícil. Las bases de tal deber tan
estricto de confidencialidad son la necesidad de los clientes de sentir que pueden revelar todos
los hechos importantes a su abogado, para que puedan recibir la mejor representación legal
posible161.
Las Reglas Modelo proveen dos excepciones a este deber estricto de confidencialidad.
Primero, si el abogado cree que su cliente tiene la intención de cometer otro crimen que muy
probablemente resultaría en muerte inminente o daño corporal sustancial, el abogado puede
informar a las autoridades162. Segundo, un abogado puede revelar las confidencias de su cliente
cuando es necesario para hacer valer una queja o una controversia entre el abogado y el
160 MODEL RULES, Regla 1.6 161 People vs. Belge, 83 Misc. 2d 186, 372 N.Y.S. 2d 798 (Co.Ct.1975), aff’d, 376 N.Y.S.2d 771 (app.Div. 1975), aff’d, 390 N.Y.S.2d 867 (N.Y.1976). 162 MODEL RULES, Regla 1.6 (b)(1). El contenido exacto de esta regla varía de estado a estado; algunos exigen que se revele mientras que otro lo permiten. Más aún, algunos estados permiten al abogado revelar la intención de su cliente de cometer cualquier delito. Sin importar si la regla ética lo exige o lo permite, a los abogados se les puede exigir- para evitar ser sancionados por faltas cívicas- que revelen las intenciones declaradas de su cliente de cometer un crimen o violencia hacia una persona en particular. Ver Tarasoff vs. Regents of the University of California, 551 P.2d 334 (Cal.1973) (el deber del psiquiatra de advertir a la posible victima de su paciente la amenaza de daño).
cliente163. Además, como se expone a continuación, el deber de franqueza puede anular la
confidencialidad en algunos casos.
b. El Deber del Abogado de Administrar Justicia
Deber de Franqueza ante la Corte Como se expuso en el Capítulo III, los abogados
tienen grandes responsabilidades ene l litigio con respecto a la presentación de las pruebas y
argumentos ante la corte y a nombre de su cliente. En realizar esta función pública como
“oficiales de la corte”, el abogado tiene obligaciones con el público y con la corte que pueden
conflictuar con algunas obligaciones que el abogado tiene con su cliente. Las responsabilidades
del abogado ante la corte incluyen un deber de franqueza164. Si un abogado descubre que su
cliente quiere cometer perjurio, el abogado se encuentra ante un dilema potencial: si mantener
la confidencialidad con su cliente o revelar el perjurio a la corte. Las Reglas Modelo prohíben
que un abogado comita fraude o perjurio ante la corte, o que ayuden a sus clientes a cometerlo.
No revelar que el cliente pretende cometer perjurio puede entenderse como que el abogado lo
ayudó a cometerlo. Por lo que, las Reglas establecen que el deber con el cliente deberá ceder al
deber de franqueza con la corte.165
Algunos argumentaran que este punto de vista del deber de franqueza viola el derecho
del cliente a la confidencialidad y los principios básicos del sistema de justicia acusatorio y
adversario, requiriendo o permitiendo que el abogado de la defensa ayude al fiscal.166 La
Suprema Corte ha dicho, sin embargo, que no viola el derecho del acusado a un abogado en
casos penales establecido en la Sexta Enmienda que un abogado le diga a un cliente que
declaró su intención de cometer perjurio que si él testifica de esa manera, el abogado defensor
le tendrá que dar aviso a la corte y pedirá retirarse del caso.167
Deber de Abstenerse de Hacer Valer Reclamaciones Frívolas Las Reglas Modelo
prohíben a los abogados “defender un procedimiento, hacer valer o polemizar una cuestión” si
163
La información también es privilegiada bajo las leyes probatorias. Ver Capítulo III, p.115 n.127. La Corte recientemente clarificó que los privilegios de abogado-cliente hasta sobrevive la muerte del cliente. Swidler & Berlin vs. United States, 524 U.S. 399 (1998). 164
MODEL RULES, Regla 3.3 165 El comentario a la regla declara: “Si se ha ofrecido una declaración con perjurio o una prueba falsa, el curso que debe de tomar el abogado es el de reclamarle a su cliente de manera confidencial. Si eso falla, el abogado deberá buscar salirse del caso si eso solucionaría la situación. Si el retiro no solucionaría la situación o es imposible, el abogado deberá revelar el perjurio o la falsedad a la Corte. Entonces le tocará a la Corte determianr qué se debe de hacer-hacer una declaración del hecho al que está decidiendo el juicio, ordenar una anulación del juicio o a lo mejor nada.” 166 Ver FREEDMA, supra nota 143, en 109-141 (el abogado no debe de revelar el perjuicio). Los principios acusatorios y adversariales en los casos penales se explican en el Capítulo VIII, p. 275. 167
Nix vs. Whiteside, 475 U.S. 157 (1986). El resultado fue que el cliente testificó, pero no hizo declaraciones con perjurio y fue condenado. La Corte rechazó el enfoque de la Corte de Apelaciones, que le hubiera requerido al abogado no revelar el perjurio.
hacerlo sería frívolo. La regla deja claro que se permite hacer valer una posición que
actualmente pudiera ser contraria a las autoridades legales, pero que está basada en un
argumento de buena fe para una extensión, modificación o revés de una ley existente168. Éste
estándar ético ha sido ampliamente adoptado en las decisiones de la corte y legislación como
una base para sancionar abogados litigantes cuando hacen valer quejas o defensas frívolas.169
La regla continúa diciendo que, sin embargo, “un abogado defensor en un caso penal...
Puede de cualquier modo defender el procedimiento requiriendo que cada elemento del caso
sea comprobado.” Esta excepción no incluye la defensa celosa de un cliente que el abogado
sabe culpable y refleja el principio constitucional de que el estado debe de proveer todos los
elementos del delito del que se le acusa y no puede, mediante una regla procesal o de alguna
otra manera, pasar esta carga a la defensa. Aún cuando un abogado sabe por su cliente que un
testigo está dando un testimonio cierto, el abogado puede contrainterrogar vigorosamente al
testigo acerca de las discrepancias en su testimonio y argumentar que el testigo no está
diciendo la verdad170.
Un abogado también debe con gran precisión saber la ley que se encarga de la cuestión,
incluyendo la autoridad legal para revelar aquello adverso para el caso de su cliente y que el
lado contrario no ha descubierto. Esto no previene que el abogado haga argumentos creativos
y de buena fe para distinguir las leyes adversas y persuadir a la corte de que la ley aplicable no
hace sentido. Esta regla es una complicada de cumplir para los abogados celosos.
c. Deberes a la Profesión y a Otros
Tratando con Partes Representadas Un abogado no se puede comunicar sobre una
cuestión de representación con una persona que sabe que está siendo representada por un
abogado sin el consentimiento del otro abogado171. Una cuestión interesante relativa a esta
regla surgió cuando el Abogado General de EE.UU. en 1989 anunció que los abogados del
gobierno podrían contactar gente representada por otros abogados en algunos casos. Una
disposición autorizaba el contacto si era “durante el proceso de una investigación, incluyendo
pero sin limitarse a, una investigación secreta.” Otro contacto permitido era con cualquier
empleado de una corporación a menos que el empleado sea una “persona que controla” la
168 MODEL RULES, Regla 3.1 169
Un ejemplo de esto es Federal Rule of Civil Procedure 11, analizada en el Capítulo VII, p.228. 170
WOLFRAM, supra nota 1, en 646 (citando a United States vs. Wade, 388 U.S. 218, 257-58 (1967). Ver también FREEDMAN, supra nota 143, en 161-171. 171
MODEL RULES, Regla 4.2
organización de la corporación172. Las regulaciones además anunciaron que todas las cuestiones
de contacto en donde estuvieran involucrados abogados del gobierno estaban únicamente
dentro de la jurisdicción del Abogado General y que cualquier regla estatal en contrario no era
válida. Después del furor de la publicación de esta regla y al menos dos casos que llegaron a la
Corte de Apelaciones de los EE.UU. en los que se decidió que la regla era inválida, el Congreso
emitió una ley poniendo a los abogados del gobierno de regreso bajo el control estatal y las
reglas locales aplicables para todo el resto de los abogados173. Sin embargo, opositores han
prometido cambiar esta ley.
Servicio Pro Bono Las Reglas Modelo recomiendan que todos los abogados “aspiren
a prestar al menos (50) horas de servicios legales pro bono anualmente.”174 Los servicios pro
bono contemplados son servicios legales para “personas de recursos limitados”, para grupos de
servicio público o caridades, o “para individuos, grupos u organizaciones que buscan asegurar o
proteger derechos civiles, libertades civiles o derechos públicos”. En algunos estados, el
requerimiento pro bono puede satisfacerse con una generosa donación monetaria a la sociedad
de ayuda legal local. En otros, la “aspiración” de la Regla Modelo es un requisito.
Cuestiones cuando se Deja una Firma de Abogados Cuando un abogado deja una
firma de abogados, constantemente surgen disputas sobre clientes “robados”. Los clientes
deben de decidir quién los va a representar. Sin embargo, las firmas toman una actitud
propietaria hacia los clientes que tienen muchos años con la firma y perder varios de estos
puede tener un gran costo económico para la firma. Un método para solucionar este problema
ha sido utilizar acuerdos de no competencia como los que se usan con los empleados-un
acuerdo que prohíbe a los abogados que se van que se dediquen a practicar derecho que
compita con la firma que acaban de dejar por un periodo de tiempo. Sin embargo, la Regla
Modelo 5.6 prohíbe tal acuerdo para los abogados, excepto cuando se condiciona a la entrega
de beneficios de retiro. La regla se basa en el raciocinio de que escoger a un abogado es una
cuestión del cliente. Las cortes por esta razón, han dicho que los acuerdos de no competencia
para abogados son nulos para las políticas públicas175. Sin embargo, un socio en una firma debe
una obligación fiduciaria a los otros socios, por lo que ofrecer servicios a clientes de la firma-
especialmente antes de anunciar que uno se va a salir de dicha firma- puede ser un
172 Ver 28^77.1 et seq. El lenguaje citado es de ^^77.7 y ^77.10. 173
Ver United States ex. Rel. OO’Keefe vs. McDonneel Douglas Corp., 132 F.3d 1252 (8th
Cir.1998) (prohibiendo el contacto con los empleados y algunos ex empleados de la corporación) y P.L. 105-227 ^801. 174
MODEL RULES, Regla 6.1 175
Ver Cohen vs. Lord, Day & Lord, 550 N.E. 2d 410 (N.Y.1989).
incumplimiento a ese deber, y posiblemente una interferencia ilícita con una posible ventaja
económica176.
Solicitar Clientes, Anunciarse y el Deber de Reportar Las Reglas Modelo prohíben
contactar en persona o por teléfono para solicitar empleo o una ganancia pecuniaria a un
cliente potencial con quien el abogado no tiene una relación previa. Esta limitación intenta
proteger a individuos vulnerables de influencia indebida, intimidación y ambiciones de un
abogado177. Más aún, las Reglas imponen requisitos estrictos en el contenido de los anuncios
para asegurarse de que son verdaderos y que no inducen al erro al público178. Las Reglas
Modelo también imponen el deber de los abogados de reportar cualquier “violación importante”
de los deberes éticos cometidas por otros abogados “que formulan preguntas sustanciales
sobre la honestidad, confiabilidad o aptitud de un abogado”.179
176 Ver Dowd & Dowd v. Gleason, 693 N.E. 2d 358 (III. 1998) (un acuerdo de no-competencia no es válido, pero una demanda por el incumplimiento del deber fiduciario y la interferencia con la posible ventaja económica es posible.) EL incumplimiento del deber fiduciario se analiza en el Capítulo XV, p.554, y la interferencia con la posible ventaja económica se analiza en el Capítulo XI, p.437. 177 MODEL RULES, Regla 7.3 178
MODEL RULES, Regla 7.1 Algunas de las restricciones éticas sobre solicitar trabajo o anunciarse han entrado en conflicto con la Primera Enmienda de la Constitución que protege el derecho a la libertad de palabra. Ver Capítulo IX, pp. 373-374. 179
MODEL RULES, Regla 8.3
CAPÍTULO VIII
PROCEDIMIENTO PENAL
CAPÍTULO VIII
Procedimiento Penal
PARTE I: Un Esquema del Proceso de Justicia Penal
El sistema del proceso penal en los Estados Unidos es tanto adversarial como
acusatorio 180 . Los aspectos adversariales ya han sido tratados: las partes desarrollan y
presentan las pruebas que sustentan sus argumentos ante un jurado, y el juez actúa sólo lo
necesario para asegurar que haya equidad en general durante todo el concurso entre las
partes181. Los principios acusatorios no son los mismos que los principios adversariales, pero se
complementan entre ellos. Los principios acusatorios requieren que “el gobierno en su
competencia con un particular sobrelleve la carga completa”182, mientras que los principios
adversariales requieren que el fiscal, como el representante del gobierno, presente el caso en
contra del acusado. Por lo que, el fiscal normalmente tiene la carga completa de probar la
culpabilidad del acusado en cada elemento del delito, sin una obligación de ayuda por parte del
acusado o la ayuda del juez. El sistema de EE.UU. permite excepciones al principio acusatorio,
tal como contempla excepciones al principio adversarial, pero principalmente sigue siendo un
sistema acusatorio y adversarial.183
180
Ver general JOHN MERRYMAN, THE CIVIL LAW TRADITION, 2D ED. 126-128 (Standford University 1985) y WAYNE R. LAFAVE, JEROLD H. ISRAEL & NANCY KING, HORNBOOK ON CRIMINAL PROCEDURE, 3D ED. 31-34 (West 1999), el libro estándar sobre procedimiento penal. Ver también JOSHUA DRESSLER, UNDERSTANDING CRIMINAL PROCEDURE, 2D. ED. (Matthew Bender 1997); CHARLES H. WHITEBREAD & CHRISTOPHER SLOBOGIN, CRIMINAL PROCEDURE 4 ED. (Foundation 2000). Ver también ROBERT M. BLOOM Y MARK S. BRODIN, CONSTITUTIONAL CRIMINAL PROCEDURE: EXAMPLES AND EXPLANATIONS, 3D. ED. (ASPEN 2000). Ver también WAYNE R. LAFAVE & AUSTIN W. SCOTT, HORNBOOK ON CRIMINAL LAW, 2D ED. 1.6(a) (West 1986, 1997). 181 Ver Capítulo III, pp.80-85. 182 Ver Murphy vs. Waterfront Commisssion, 378 U.S. 52, 55 (1964). Ver LAFAVE, ISRAEL & KING, supra nota 1, en 37-39. 183
Ejemplos de las excepciones a esta forma pura de justicia acusatoria incluyen requerir a la defensa que de aviso antes del juicio sobre ciertas cosas que pretende alegar (como coartadas o insanidad), tener la carga de la prueba en algunas defensas, y que el acusado le dé al fiscal muestras de sangre, ejemplos de escritura a mano, y huellas. Ver infra nota 30 e infra p.307 y nota 187.
A. Arresto, Cargos Formales y Primera Comparecencia.
Los delitos se dividen en “felonies” (delitos graves) y “misdemeanors” (delitos menores).
La clasificación se determina según la siguiente frase: delitos graves son delitos sancionados
con pena de muerte o con prisión por un año o más, y los delitos menores son sancionados con
menos de un año de prisión. Sin embargo, algunos estados también tienen lo que ellos llaman
“mayores delitos menores”, delitos sancionados con hasta dos años de prisión. La distinción
entre delitos graves y delitos menores tiene un impacto en la naturaleza del procedimiento
antes del juicio, como se explica adelante184.
Investigación de la Policía y Arresto Al igual que en casi todos los países, normalmente
la policía es la primera en llegar a la escena del crimen o recibir el reporte sobre algún delito185.
Si el reporte se basa en las observaciones de la policía y la policía cree que tienen una “causa
probable” para creer que el sospechoso cometió un delito, el sujeto es inmediatamente
arrestado. “Causa probable” para arrestar se ha definido como existente cuando “los hechos y
circunstancias dentro del conocimiento (de los oficiales) y del cual tienen información
razonablemente confiable (son) suficientes en sí para detener a un hombre [sic] por precaución
razonable bajo la creencia de que una infracción a la ley ha sido cometida o se está
cometiendo.”186 Si el reporte de un delito se basa en la información que proveyó una víctima, la
policía conducirá una investigación pre-arresto para determinar su hay evidencia suficiente
para respaldar los cargos en contra del sujeto. La policía también puede obtener una orden de
arresto del juez si presenta ante el juez affidavits (declaraciones juramentadas) por escrito,
demostrando que hay causa probable para creer que l acusado cometió el delito. Sin embargo,
la mayor parte de los arrestos se hacen basados en la causa probable, sin una orden de arresto.
De todas formas, constantemente se solicitan órdenes de arresto dado que, cuando la cuestión
de causa probable para un arresto está en el límite, es más fácil confirmar la legalidad del
184 Violaciones a las regulaciones de tráfico y ordenanzas de la ciudad constituyen una tercer categoría: ofensas que por lo general no terminan en arresto y se consideran “infracciones civiles”, y no delitos. Estas violaciones normalmente se solucionan con el pago de una multa, a veces por correo. 185 La descripción presenta una imagen compuesta del procedimiento que sería lo común en la mayoría de los estados, con referencias ocasionales al procedimiento federal. Ver de manera general LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 1, 1-29. Para una descripción detallada del procedimiento penal federal, junto con transcripciones de audiencias y formas, ver HARRY L. SUBIN, CHESTER L. MIRSKY E IAN S. WEINSTEIN, THE CRIMINAL PROCESS: PROSECUTION AND DEFENSE FUNCTIONS (West 1993). 186
Brinegar vs. United States, 338 U.S. 160, 175-76 (1949). La Corte declare que “significa más que una simple sospecha”, pero “menos que pruebas que justificarían… una condena”.
arresto si se obtiene una orden. Después de un arresto, la policía también llevará a cabo
investigaciones para reunir más pruebas en contra en la persona arrestada.
Una vez que se lleva a cabo el arresto, un oficial de policía de mayor rango y luego el
fiscal revisarán de manera informal la suficiencia de la prueba para determinar si acusar al
detenido con un delito, pero estas revisiones no son imparciales o siquiera cuasi-judiciales. La
única información que se provee es la que da la policía que está trabajando en el caso,
usualmente en la forma de un reporte de arresto y cualquier otra prueba que hayan
descubierto. El arrestado no comparece. En algunas jurisdicciones, la policía decidirá no
presentar cargos en un 10%-15% de sus arrestos, la mayoría de ellos por delitos menores. El
fiscal también revisará los cargos. Como resultado de la revisión que lleva a cabo el fiscal, entre
el 30% al 50% de los cargos de delitos graves serán retirados en esta etapa.
Independencia de la Policía En general, la policía lleva a cabo ambas investigaciones, la
pre-arresto y la post-arresto, sin supervisión directa o ayuda del fiscal. La policía tendrá que
justificar en algún punto su arresto y cargos penales al fiscal antes de que éste último abra un
caso penal ante la corte, pero el fiscal normalmente no se involucra directamente en las
investigaciones de la policía, excepto en casos muy importantes187. Involucramiento judicial
también es sólo episódico y sólo si la policía lo solicita. Principalmente toma la forma de
expedición de órdenes de registro u órdenes de arresto como sea necesario, las cuales solicita
la policía directamente al juez, de nuevo sin que se involucre al fiscal. Ningún juez o cualquier
otra autoridad judicial tienen responsabilidad alguna por la supervisión en general de la
investigación.
Los investigadores de la policía no tienen el poder de emitir emplazamientos o de
cualquier otra manera obligar a un testigo o victima que no quiera a darles una declaración (o
siquiera a hablar con ellos). En cambio, los policías tienen que usar la persuasión, presionar o
cautivar, según lo pida la situación. Los emplazamientos de la corte no están disponibles para
los investigadores ya que éstos sólo se emiten para obligar a los testigos a atender durante la
etapa del juicio o en alguna otra audiencia. Los fiscales tampoco tienen el poder de emplazar.
El Gran Jurado Investigador La única manera en la que se puede obligar a un testigo a
presentarse es su un gran jurado conduce la investigación y emite un emplazamiento. El rol más
conocido de los gran jurados es más pasivo- ellos revisan los casos después de que el fiscal
decide que existen suficientes pruebas para acusar a una persona 188 . Pero algunas
jurisdicciones prevén un gran jurado investigador, que puede emitir emplazamientos a testigos,
inclusive a probables defensas. El gran jurado no investiga rutinariamente casos penales
187
La policía puede ocasionalmente buscar el consejo legal del fiscal sobre cómo proceder, pero aún este grado de involucramiento es muy raro. 188
Ver infra pp.269-270
ordinarios porque sus investigaciones, comparadas con las de la policía, son “caras, tardadas y
torpes logísticamente” 189. Sin embargo, se acude a ellos casi siempre en tres tipos de
supuestos: (1) casos de crimen organizado, en donde se necesita desentrañar una estructura
criminal complicada y los testigos y las víctimas se rehúsan a cooperar; (2) casos que involucren
a figuras políticas (v.gr. corrupción), en donde el gran jurado puede disipar cualquier duda
pública acerca de la objetividad y rigurosidad de las investigaciones 190; y (3) casos que
involucren abuso del poder corporativo privado (v.gr. casos de fijación de precios), porque son
casos complicados y porque hay gran interés público en estos casos. Sin embargo, aún si una
persona es llamada por un gran jurado, ésa persona puede negarse a testificar con base al
derecho de no auto-incriminación contenido en la Quinta Enmienda. Si la fiscalía cree que las
pruebas que esa persona tiene son cruciales para la investigación de otras personas, puede
obtener una orden de la corte que obligue a esta persona a testificar. Sin embargo, la fiscalía
primero deberá otorgarle inmunidad de persecución de cualquier crimen revelado por el
testimonio obligado o que se derive de este191.
Discreción de Prosecución Una vez que los fiscales se involucran en el caso., gozan de
un gran nivel de discreción en su decisión de retirar los cargos o desistirse de un caso (llamado
nolle prosequi), y en el control sobre el caso durante todo el procedimiento judicial. Bajo el
concepto fundamental de “discreción de prosecución”, al fiscal no le requiere la ley perseguir
un caso, aún cuando hay evidencia suficiente que apoye una condena. Los fiscales en los EE.UU.
nunca pierden el control de sus casos y pueden retirar cargos en cualquier momento antes del
veredicto final y la sentencia. El fiscal puede desistirse de un caso aún durante la apelación192.
Presentando una Denuncia en Contra del Acusado Si el fiscal autoriza los cargos, se
presenta una “denuncia” ante la corte. Entonces, un juez o magistrado conduce una revisión ex
parte del caso y de la información que lo apoya para asegurarse de que hay información
suficiente que incrimina al sujeto para que se establezca una causa probable. Esto debe de 189
LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 1, p.405. EL uso más común en el que se emplea al gran jurado para revisar los cargos para determinar si hay pruebas suficientes para indiciar a un sujetar al acusado a un juicio se discute en infra pp.269-270. 190
Por ejemplo, la investigación del Presidente Clinton por el Fiscal Especial para irregularidades financieras en el caso que involucraba a la empresa Whitewater Development Corporation. 191 Por esta razón, la inmunidad dada se llama inmunidad de “uso y uso derivado”. Para un caso reciente que utilizó esta inmunidad para desechar una acusación – que también involucra la investigación Whitewater- ver United States vs. Hubbell, 530 U.S. 27 (2000). La ley sobre la facultad de investigación de los gran jurados se explica en LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 265, Capítulo 8. 192 Generalmente no hay una revisión judicial del ejercicio de la discreción del fiscal. Pero si hay pruebas claras y contundentes de una persecución selectiva basada en raza, religión u otro factor impermisible que se pueda demostrar, tales acciones se pueden revisar para ver si hay una violación a la protección igualitaria. Ver United States vs. Amtrong, 517 U.S. 456 (1996) (debe de haber pruebas de ambas el efecto discriminatorio y el propósito; para una queja basada en la raza, el acusado deberá demostrar que individuos en similares circunstancias pero de diferente raza no fueron perseguidos). “Desuso”, una objeción al fiscal basada en que el largo y continuo desuso de la ley, por lo general no es una base para impugnar la decisión de perseguir un delito.
llevarse a cabo dentro de las 48 horas siguientes al arresto193.Ex parte en este contexto significa
que el fiscal puede participar, pero ni el acusado ni el abogado del acusado están presentes. El
juez revisa las pruebas de los reportes y la información en la denuncia o puede requerir que la
víctima o el oficial a cargo del arresto le den más detalles. Si las pruebas que apoyan el caso no
son suficientes, el juez le ordenará al fiscal que exhiba más información o libere al detenido.
La denuncia opera como el primer instrumento de acusación. En el caso de un delito
menor, la denuncia sirve como el instrumento de acusación durante todo el procedimiento. Si
el delito es un delito grave, la denuncia es reemplazada por una acusación o información, como
se narra abajo.
La Primer Comparecencia La siguiente etapa es la “primer comparecencia” del
acusado ante el juez o magistrado194.La primer comparecencia tiene varios propósitos. Uno es
asegurarse que la persona arrestada es verdaderamente la persona nombrada en la denuncia.
Otra es avisarle al acusado de los cargos presentados en su contra y darle información acerca
de los derechos que tendrá en lo sucesivo en el procedimiento. Estos incluyen el derecho a un
abogado. Para la mayoría de los acusados, este es el momento en el que se les designa a un
abogado.
El juez también decide si el acusado puede ser liberado antes del juicio. A la libertad
antes del juicio se le llama comúnmente como “libertad bajo fianza”. “Fianza” es el dinero que
el acusado pierde si no se presenta en las audiencias posteriores del caso. Para poder ser
liberado, el acusado generalmente deberá pagar a la corte cierta cantidad de dinero y obligarse
a pagar incluso una cantidad más grande de dinero si no se presenta en las audiencias
posteriores. Los factores que influyen en la cantidad de la fianza que impone el juez incluyen la
naturaleza y circunstancias de la infracción, las pruebas en contra del acusado, el carácter del
acusado, y la posibilidad del acusado para cumplir con la fianza. Sin embargo, la imposibilidad
financiera para pagar la fianza no es una razón para que se libere al acusado sin fianza, aunque
la posibilidad financiera del acusado para cumplir con la fianza es uno de los factores que se
deben de tomar en cuenta195.
193 Gerstein vs. Pugh, 420 U.S. 103 (1975); County of Riverside vs. McLaughlin, 500 U.S. 44 (1991). 194 A esta etapa también se le conoce como “comparecencia por orden judicial” o “presentación inicial” en algunos estados. 195
Stack vs. Boyle, 342 U.S. 1 (1951). Ver de manera general LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 1, Capítulo 12. En casos menores, el acusado puede ser liberado mediante una “fianza de la estación de policía” v.gr. dándo cierta cantidad de dinero como seguro a la policía en la estación de policías y prometiendo comparecer ante el juez en la siguiente fecha de audiencia del caso. Id. p.20. Un estudio reciente de casos en las cortes estatales en 1992 reveló que en casos serios de delitos graves, el 63% de los acusados eran liberados bajo fianza. Casi el 25% de estos no iban a la siguiente audiencia como se les requirió y 8% eran arrestados por un nuevo delito. Del 25% que no compareció, cerca de una tercera parte seguía sin aparecer después de un año. Fuente: Departamento de Justicia de EE.UU.
Las condiciones financieras no son el único tipo de libertad condicional antes del juicio.
Sobre todo en casos de delitos menores, los acusados en muchos estados normalmente son
“puestos en libertad bajo caución”, esto significa que solamente firman una promesa de que
regresarán a las audiencias posteriores y que obedecerán cualquier orden de la corte u órdenes
de liberación. El sistema federal utiliza un proceso similar de “libertad con condición” para
casos de delitos graves, en donde el acusado firma un acuerdo de obedecer ciertas condiciones
que sustituyen a las condiciones monetarias. La revolución tecnológica ha creado la opción de
usar una “atadura electrónica”- un aparato que se le pone al acusado el cual informa a la policía
en dónde se encuentra el acusado en cualquier momento y, si se trata de interferir con este,
alerta a la policía de que el acusado probablemente está tratando de huir.
Si el caso es de un delito grave, el juez fija una fecha para una “examinación preliminar”,
la cual se trata en la siguiente sección. Si el caso es un delito menor, no se necesita la
examinación preliminar, y el caso se puede ir a juicio inmediatamente. Sin embargo,
constantemente no hay tiempo para que el juicio se lleve a cabo ese día porque ya hay otros
casos o porque el caso necesita preparación para el juicio, por lo que se fija una fecha para una
conferencia previa al juicio o una fecha para el juicio en algún tiempo en el futuro.
B. Audiencias Preliminares, Acusaciones o Informaciones, y Mociones Antes del Juicio
En casos de delitos graves, el siguiente paso es revisar las pruebas en contra del acusado
y ver si apoyan una acusación formal. Esto se puede hacer de dos formas: (1) por un juez o
magistrado después de la audiencia preliminar o (2) por el gran jurado. Si se utiliza la ruta de la
audiencia preliminar y el caso sobrevive el escrutinio, se presenta la “información del fiscal”. Si
el caso pasa la reunión con el gran jurado, se presenta la “acusación del gran jurado”. Los dos
documentos son similares en exponer los cargos formales en contra del acusado. La única
diferencia es quién lo firma. La Quinta Enmienda a la Constitución requiere que los fiscales
federales procedan con una acusación del gran jurado en todos los casos de delitos graves.
Actualmente, 18 estados requieren la acusación del gran jurado en al menos algunas categorías
de delitos, mientras que 28 se consideran “estados de información” con un sistema de
audiencia preliminar. Los otros 4 estados permiten un procedimiento por información en todos
los casos de delitos graves, excepto aquellos punibles con pena privativa de libertad de por vida
o pena de muerte196.
196
Ver LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 1, pp. 734-737. Los argumentos a favor y en contra de las acusaciones del gran jurado se analizan id. 15.3 Inglaterra ha abolido a su gran jurado.
Audiencias Preliminares y la Información del Fiscal La examinación o audiencia
preliminar se lleva a cabo ante un juez o magistrado unas semanas después de la primera
comparecencia. Las dos partes se encuentran presentes y representadas por sus abogados. El
tema en una audiencia preliminar es ver si hay suficientes pruebas para “consignar” al acusado
a juicio197. Para una “consignación”, la corte deberá encontrar que (1) se cometió un delito y (2)
existe “causa probable” para creer que el acusado lo cometió. “Causa probable” en este
contexto se define generalmente como pruebas suficientes para someter al acusado a juicio. De
manera práctica, significa que debe de haber suficiente información razonable y confiable para
demostrar una buena probabilidad de que el acusado cometió el delito.
Los cargos raramente son sobreseídos como resultado de una audiencia preliminar. El
acusado tiene del derecho de presentar pruebas, pero también tiene el derecho constitucional
de no decir nada y de no presentar prueba alguna, y raramente hará algo en esta etapa198. Al
fiscal, sin embargo, se le requiere que presente suficientes elementos del caso del gobierno en
contra del acusado para establecer causa probable. Esto provee a la defensa y al abogado de la
defensa con un “anticipo” de las pruebas a las que se enfrentarán en el juicio y la oportunidad
de demostrar la fuerza de estas durante el contrainterrogatorio. Por esto, la audiencia
preliminar es una importante forma indirecta de “descubrimiento” para la defensa.199
Dado que la audiencia preliminar está diseñada para la protección del acusado, la
defensa puede renunciar a esta. A pesar del valor de descubrimiento que pueda tener la
audiencia preliminar, no es poco común que la defensa renuncie a ésta y proceda directamente
a la lectura de cargos (acusación formal), abajo descrita. Esto ocurre constantemente cuando el
fiscal ha ofrecido una concesión al defendido por su renuncia en un “acuerdo entre las
partes”200. También puede ocurrir cuando la defensa sabe de una deficiencia superable en el
caos del fiscal y no quiere alertar a la fiscalía de esto, o si la defensa siente que la audiencia
preliminar fortalecerá la resolución y memoria de los testigos de la fiscalía al poner su
testimonio en el registro. Sin embargo, la situación más común en la que no se lleva a cabo la
audiencia preliminar es cuando a ésta le precede una acusación del gran jurado, como se
explicará enseguida. Claro que, esto sólo podrá ocurrir en una jurisdicción que tenga un sistema
de gran jurado.
197
Las audiencias preliminares en casis estatales usualmente son conducidas por una corte de un nivel inferior. Por lo que, un estado que le da a las cortes de circuito o suprema corte estatal el poder de resolver casos de delitos graves, la corte municipal o de distrito será la encargada de llevar a cabo las audiencias previas. Ver Capítulo V, pp.173-174. 198
El acusado tiene el derecho absoluto a no testificar en este o cualquier otro procedimiento, con base al derecho a la no autoincriminación consagrado en la Quinta Enmienda de la Constitución. Ver infra p.301. 199
Comparar los procedimientos de descubrimiento en los casos civiles. Ver Capítulo VII, pp. 230-235. 200
La negociación entre las partes se analiza en infra, pp.274-275.
Acusaciones del Gran Jurado El gran jurado es un grupo de 23 ciudadanos que no son
servidores públicos y que son seleccionados para revisar casos penales por varios meses hasta
por un año. Para entregar una acusación, el gran jurado deberá determinar, por una mayoría de
votos, que hay causa probable para creer que el acusado cometió el crimen. Por lo que, el gran
jurado tiene una función equivalente a groso modo a la de un juez en una audiencia preliminar.
Sin embargo, el gran jurado sólo oye las pruebas del fiscal, y el acusado y el abogado de la
defensa no tienen derecho de acudir, presentar pruebas o contrainterrogar a los testigos de la
fiscalía201. Aunque en raras ocasiones el gran jurado ejercita su independencia y se rehúsa a
expedir una acusación, normalmente cumplen los deseos del fiscal. El número de casos en los
que el gran jurado se rehúsa son menores que el número de casos que en los que los jueces se
rehúsan a consignar al acusado después de una audiencia preliminar.
Cuándo se requiere el procedimiento del gran jurado o cuando está disponible como
una opción, se fijará una fecha para la audiencia previa, pero el fiscal buscará y obtendrá una
acusación del gran jurado antes de que se lleve a cabo la audiencia previa. Dado que la revisión
del gran jurado se considera que es una revisión adecuada de los cargos, esto hace que la
audiencia previa sea innecesaria. Si se le ofrecen opciones, el fiscal preferirá la ruta del gran
jurado para llegar a los cargos formales por razones obvias. Constantemente la acusación del
gran jurado se obtiene aún antes de que se arreste al acusado, lo que permite que el fiscal
proceda directamente a la acusación formal.
Acusación Formal en la Acusación o Información Dentro de un periodo corto después
de que la acusación o información ha sido presentada a la corte, el acusado es “formalmente
acusado” ante la corte. Esto significa que el acusado es presentado ante la corte para ser
formalmente acusado con el delito que se especifica en la acusación o información. En la
acusación formal, al acusado se le informan los cargos de los cuales se le acusan y se le pide que
diga si es culpable o inocente o, en algunas circunstancias, nolo contedere (no hay réplica, no
refuta los cargos pero tampoco acepta su culpabilidad). Aún cuando ha habido revisiones
procesales en etapas anteriores, información nueva en esta etapa resulta en que entre el 5% y
el 15% de los casos son sobreseídos por una moción nolle prosequi202. De los casos restantes, la
mayoría serán resueltos por confesión de culpabilidad, como se describirá más adelante en la
sección de éste capítulo que habla sobre las declaraciones de culpabilidad/inocencia. Si el
acusado no se declara culpable en la acusación formal, el juez fija una fecha para el juicio.
201
Algunos estados permiten que el abogado atienda y haga preguntas. Incluso en los estados en los que no se pree esto, se le da a la defensa el derecho a una copia del testimonio de cualquier testigo que declaró ante el gran jurado. 202
LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 1 pg.21.
Mociones Antes del Juicio Antes del juicio, e; acusado tiene el derecho de formular
varias mociones203. Una moción común es la moción Brady, una moción para conocer las
pruebas del fiscal. A los fiscales no se les obliga a entregar todo su expediente a la defensa. Y no
todos los mecanismos disponibles en los casos civiles se pueden utilizar en casos penales. Sin
embargo, la clausula de debido proceso, como es interpretada en Brady vs. Mayland204,
requiere que el fiscal al menos le entregue a la defensa todas las pruebas exculpatorias que
tiene bajo su posesión205.
Destacadas de entre mociones importantes antes del juicio son las mociones para
suprimir pruebas obtenidas por la policía con métodos inconstitucionales. Las bases para
muchas de estas mociones se explicarán en la Parte II de este capítulo en el procedimiento
penal constitucional206. La defensa puede solicitar una audiencia sobre cualquiera de estos
temas y tienen el derecho de hacer obligatoria la asistencia de cualquier testigo que considere
necesario, incluyendo a la policía. Estas audiencias se llevan a cabo por lo general varias
semanas antes del juicio.
C. Juicio
Los procedimientos para un juicio con jurado se explicaron en el Capítulo III207.Como se
dijo en ese capítulo, los juicios civiles y penales se llevan a cabo de manera similar. Sin embargo,
el estándar de la prueba en un caso penal requiere que el caso se demuestre “más allá de
cualquier duda razonable”, mientras que el estándar en casos civiles es de “preponderancia de
la prueba”. Además, el acusado en un proceso penal, de acuerdo con los principios acusatorios,
tiene el derecho absoluto de no testificar.
Sin embargo, hay grandes diferencias en la exhaustividad de los procedimientos antes
del juicio que se llevan a cabo en los casos civiles comparados con los que se llevan a cabo en
los casos penales208. Aunque, como se discutió anteriormente, el acusado puede obtener el
203 Una moción es simplemente una petición a la corte para que ésta emita una orden. 204 373 U.S. 83 (1963) Ver también United States v. Bagley, 473 U.S. 667 (1985) (estándar para un revés por fallar en revelar). Ver Capítulo III, pg. 87, n. 14. 205
Ver, v.gr. Kyles vs. Whitley, 514 U.S. 419 (1995) (revés en una sentencia de pena de muerte porque el fiscal falló en revelar varios elementos, incluyendo declaraciones iniciales de testigos oculares que tenían descripciones diferentes del homicida). 206 Ver infra, Parte II, pp.285-314. 207
Ver pp.91-108. 208
Por ejemplo, las deposiciones, que son una rutina en los casos civiles (explicados en el Capítulo VII, p.231), pueden ser ordenados sólo en circunstancias excepcionales para preservar el testimonio para un juicio. FRCrP 15(a).
descubrimiento de todas las pruebas exculpatorias, por lo general no existe un derecho que
obligue al fiscal a mostrar a la defensa las pruebas inculpatorias. Por el derecho constitucional
del acusado en contra de la auto-incriminación, el fiscal sólo tiene derechos limitados de
descubrimiento de la defensa209. Generalmente las únicas declaraciones de la defensa que
pueden ser usadas durante el juicio son cualquier declaración que el acusado pudo haber dado
a los investigadores de la policía voluntariamente después de ser apercibido de su derecho a
permanecer en silencio210. Las únicas pruebas que la defensa tendrá además de las que el fiscal
está obligado a darles es lo que la defensa pueda encontrar durante su propia investigación.
Dado que los abogados litigantes en casos penales constantemente saben menos acerca de las
pruebas que presentará la contraparte que en los casos civiles, el juicio promedio en casos
penales puede contener más sorpresas para los abogados involucrados211.
La fiscalía en el juicio tiene la obligación de probar cada uno y todos los elementos del
delito en contra del acusado más allá de cualquier dudad razonable, y la carga de la prueba no
podrá ser trasladada a la defensa212. Como resultado, otra diferencia entre los juicios civiles y
penales es que es menos común tener “estipulaciones” en los juicios penales. Estipulaciones
son acuerdos entre las partes, que obvian la necesidad de presentar pruebas sobre algunos
elementos en el caso o que conceden la admisibilidad de alguna prueba, particularmente de
objetos. Las estipulaciones son de rutina en los juicios civiles y a veces se aceptan bajo la
presión del juez que no quiere perder tiempo en pruebas innecesarias. Esto es generalmente
inapropiado en los casos penales. La ausencia de estipulaciones constantemente indica que los
abogados en un juicio penal tendrán que pasar más tiempo sentando las bases para la admisión
de las pruebas.
209
Pueden requerirle al acusado que notifique al fiscal de cualquier intento de apoyarse en ciertos tipos de defensas que requieren una investigación sustancial antes del juicio para refutarlas. Por lo que, se requieren notificaciones de que va a alegar una coartada (que el acusado se encontraba en otro lugar durante el crimen) o alegar demencia. Ver Federal Rule of Criminal Procedure (FRCrP) 12.1, 12.2. Además, al acusado se le puede pedir que entregue muestras de escritura a mano, huellas y muestras de sangre para poder compararlas. También, si la defensa lleva a cabo una investigación, puede tener que someter a investigación recíproca cualquier prueba o análisis científico que planee introducir en el juicio. Ver FRCrP 16(b). 210 Ver infra, pp. 291-293. 211
Los abogados defensores penales a veces utilizan investigadores privados para ayudarlos en la investigación de los hechos del caso. Ver Capítulo III, p.87, nota 13. 212
Ver In re Winship, 397 U.S. 358 (1970), expuesto infra p.303. Sin embargo, la carga de la prueba en la defensa puede ser transferida al acusado. Ver infra p. 304.
D. Procedimiento para Dictar la Sentencia en Casos Penales
Audiencias para la Sentencia Después de que el acusado se declara culpable o es
encontrado culpable después del juicio, el siguiente paso es determinar cuál es el castigo
apropiado- imponer una “sentencia”. En algunos sistemas el juez fija la sentencia
inmediatamente después de que se acaba el juicio. En los EE.UU. el juez fijará una fecha
separada para sentenciar y ordenará la preparación de un “reporte pre-sentencia”. Este reporte
es preparado por un organismo que depende de la corte, generalmente el “departamento
probatorio” El reporte trata los orígenes y antecedentes del acusado así como relata los hechos
relevantes para la sentencia. Algunas jurisdicciones permiten que el jurado decida o
recomiende una sentencia, pero la mayoría le dejan la determinación de la sentencia al juez.
En la fecha fijada para la sentencia, el acusado comparece una vez más ante el juez y
tiene del derecho de dirigirse al juez de manera personal o a través de su abogado sobre la
cuestión de la sentencia. Un determinante principal sobre la severidad de la sentencia son los
antecedentes penales del acusado. Pero el juez puede consultar toda clase de pruebas,
incluyendo las pruebas de oídas y opiniones del público, e incluso pruebas de delitos de los
cuales no se le acusó o se absolvió al acusado213. En casos graves, el juez puede escuchar
testimonios de testigos o declaraciones.
Declaraciones de Impacto de la Víctima Tradicionalmente, el rol de la víctima en las
audiencias para dictar sentencia no ha sido muy importante, dado que el enfoque no es en lo
que hay que hacer para la víctima, sino qué hacer con el acusado. Un movimiento reciente a
favor de los derechos superiores de las victimas ha surgido y ha convencido a algunos estados
de hacer leyes permitiendo o requiriendo el uso de “declaraciones de impacto de la víctima”. La
Suprema Corte inicialmente había dicho que tales pruebas eran inconstitucionales, pero luego
se retractó casi inmediatamente y explicó que tales declaraciones estaban permitidas214. La
restitución a las victimas puede ser ordenada por la corte como parte de la sentencia, pero las
víctimas no tienen derecho a solicitarla, como es a veces el caso en los países de tradición de
derecho civil. En cambio, las víctimas que desean una recompensa por los daños por un crimen
cometido en su contra deberán de presentar por separado una demanda civil. Constantemente
el encontrar culpable al acusado en el caso penal demuestra en automático su responsabilidad
civil en el caso civil por los efectos de preclusión de la cuestión215. No constantemente se
213 Ver 18 U.S.C.A. 3661 y United States vs. Watts, 519, U.S. 148 (1997) (el uso de una conducta de absolución no viola la prohibición de persecuciones múltiples por el mismo delito y puede ser probado por la fiscalía por preponderancia de la prueba, no prueba más allá de cualquier duda razonable.) 214
Ver Payne V. Tennessee, 501 U.S. 808 (1991), (sin lugar a la objeción Booth vs. Maryland, 482 U.S. 496 (1987) y South Carolina vs. Gathers, 490 U.S. 805 (1989)). 215
Ver Capítulo VII, pp. 244-246 donde se habla de la preclusión.
presentan demandas civiles, principalmente porque el acusado penal rara vez tiene el dinero o
propiedades de donde una sentencia pueda ser recaudada.
El Rol del Jurado en los Casos de Pena de Muerte Generalmente el jurado no tiene rol
alguno en la sentencia, por lo que su trabajo termina cuando determina que el acusado es
culpable. Sin embargo, es común que el jurado participe en la decisión de si se debe de imponer
la pena de muerte. Usualmente hay un procedimiento en dos partes. La primera etapa del juicio
es la etapa de la culpabilidad, durante la cual la cuestión del castigo potencial es irrelevante. De
hecho, las pruebas que se relacionen con posibles castigos que pudiera recibir el culpable son
inadmisibles. Si el jurado decide que el acusado es culpable, entonces se vuelve a convocar al
mismo jurado para la etapa de castigo del juicio. En esta etapa del juicio cualquier prueba
adicional que trate sobre el castigo puede ser presentada, incluyendo pruebas sobre los
antecedentes del acusado, carácter y otros delitos. El jurado considera todas las pruebas
presentadas en el caso al momento de decidir si se debe de imponer la pena de muerte. En
algunos estados el jurado sólo tiene una función de asesoría, en otros el jurado decide, y en
algunos otros sólo se impone la pena de muerte si el jurado y el juez están de acuerdo216.
E. Revisión de las Apelaciones a las Condenas
Apelación Directa Los acusados condenados en un juicio ante una corte estatal
generalmente tienen un derecho establecido en la ley para una apelación, por lo general, ante
la corte estatal de apelaciones intermedias. Si la corte estatal de apelaciones intermedias
confirma la condena, tiene el derecho a una petición de un permiso para apelar ante la
suprema corte estatal. El acusado también puede presentar una petición de certiorari ante la
Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos en un intento para que se revisen las
cuestiones federales planteadas. Los acusados condenados en una corte federal de distrito
tienen un derecho contenido en ley de apelar ante la Corte de Apelaciones de los Estados
Unidos del circuito en el que fueron condenados. Si no es exitosa su apelación en la corte de
circuito, pueden pedir un certiorari217.
Revisión en Habeas Corpus Federal Bajo ciertas circunstancias, un prisionero, después
de agotar todas las apelaciones directas, puede solicitar revisiones adicionales sobre cuestiones
federales constitucionales presentando un caso de habeas corpus ante la Corte Federal de
216
Ver Código Penal Modelo 210.6, que le da a los estados a elegir entre diferentes versiones de este procedimiento que varían dependiendo cuánto control tiene el juez o el jurado. Los métodos de ejecución y estadísticas se analizan en el Capítulo XIV, pp.549-551. 217
El alcance de las apelaciones de revisión fue expuesto en el Capítulo V, pp.170-171.
Distrito218. El habeas corpus no es una apelación. Es una demanda civil completamente nueva
en contra del director de la prisión donde se encuentra confinado el prisionero. Es por lo tanto
un “ataque colateral” en la condena del prisionero. Lo que se busca es una “orden judicial de
habeas corpus”- un recurso de derecho común muy antiguo que requiere que la autoridad
justifique porqué un prisionero en particular está detenido. Si se determina que la detención es
ilegal, se expide la orden judicial y el prisionero es liberado. Las razones de confinamiento son
normalmente que al prisionero se le condenó legalmente por haber cometido un crimen y fue
sentenciado a prisión. En consecuencia, para poder obtener la libertad el prisionero deberá
probar que la condena se obtuvo violando la Constitución.
El propósito general de la revisión del habeas corpus federal ha sido el de asegurar la
aplicación de los derechos constitucionales federales permitiendo a cualquiera que se
encuentre detenido en confinamiento que ponga a prueba la constitucionalidad de su
confinamiento en cualquier momento. Las cortes estatales tienen el poder de juzgar sobre las
quejas de los prisioneros relativas a errores constitucionales y lo hubieran hecho en la
apelación directa del prisionero. Pero soltar a delincuentes condenados no es una acción
popular para un juez. El cargo de un juez Federal que es de por vida asegura una revisión mas
desapasionada de las cuestiones constitucionales. Además, algunos sienten que los jueces
federales son más sensibles y a veces saben más sobre cuestiones de leyes federales. No es
sorpresa que, muchas de las decisiones importantes sobre la constitucionalidad de
procedimientos penales que ha hecho la Suprema Corte-algunas de las cuales se describe más
adelante-han sido en casos de Habeas Corpus219.
Pero a pesar de la historia ilustrativa del “Gran Mandato” como ha sido llamado, ha
habido una tendencia reciente tanto en el Congreso como en la Corte de delimitar su alcance y
disponibilidad. Hace algunos años, la Suprema Corte removió de la revisión de habeas a todas
las cuestiones relacionadas a las búsquedas e incautaciones inconstitucionales, limitando la
revisión solo a los casos en los que las cortes estatales denegaron la oportunidad de un litigio
completo y justo del asunto220. La Corte recientemente limitó de hecho el derecho de los
218
28 U.S.C.A. 2254-2255. Ver también Artículo I ^9 cl.2 de la Constitución (“El privilegio del escrito de Habeas Corpus no debe de ser suspendido, a menos que haya una Rebelión o Invasión y que la seguridad pública así lo requiera.”) Ver LAFAVE, ISRAEL & KING supra nota 1, Capítulo 28. Se estima que la tasa de éxito para los prisioneros que presentan el Habeas Corpus es del 4% aproximadamente. 219 Esto explica porqué muchos casos de la Suprema Corte sobre procedimientos penales constitucionales llevan el nombre de dos personas como las partes y no el estado vs el nombre del acusado. Porque habeas corpus es una acción de “presentar el cuerpo” del prisionero, se presenta en contra del guardia de la prisión en donde el prisionero se encuentra detenido, en vez de en contra del estado. El estado, sin embargo, es la verdadera parte interesada y sus abogados penales de apelaciones son los que defienden esta acción. 220
Stone Vs. Powell, 428 U.S. 465 (1976)/ Stone está basado en la teoría de que la regla de exclusión tiene poco efecto persuasivo cuando se aplica muchos años después de una condena en revisión de habeas corpus. Algo inconsistente, la Corte ha declinado extender la doctrina de Stone a la revisión de cortes federales de las violaciones a la regla Miranda a pesar del hecho de que la regla de exclusión está involucrada con ambos casos, los
prisioneros a sólo una petición de habeas221. También ha sostenido que la falla del abogado
defensor de plantear una cuestión constitucional en la apelación directa ante la corte estatal
usualmente prohibirá que más tarde se argumente tal cuestión en el habeas corpus federal222.El
Congreso ha adoptado estas y otras limitaciones en el Mandato mediante leyes, incluyendo un
límite en el periodo de tiempo en el cual se puede pedir un habeas corpus que es durante un
año después de que se hayan agotado todas (si existen algunas) las posibles apelaciones ante
las cortes estatales223. El estándar aplicado a las determinaciones de las cortes estatales sobre
las cuestiones de constitucionalidad es que tales determinaciones se deben de mantener sin ser
cambiadas “a menos que sean contrarias a” o “involucren una aplicación no razonable de, leyes
*constitucionales+ Federales claramente establecidas” según lo determinado por la Suprema
Corte224.
F. Resolviendo Casos Penales Sin Juicio
Una de las consecuencias de que un sistema adversarial le dé a las partes el control
sobre el litigio es que las partes pueden escoger renunciar su derecho a litigar. En los casos
penales, esto ocurre más seguido cuando los acusados escogen renunciar a su derecho a
refutar los cargos en el juicio y en cambio admiten su culpabilidad. Las admisiones de
culpabilidad no sólo son consistentes con los principios adversariales; son una cuestión de
necesidad para el sistema de justicia penal. Si incluso una tercera parte de los acusados penales
insistieran en tener un juicio, especialmente un juicio con jurado, el sistema colapsaría. De los
47,556 criminales acusados y condenados en las cortes federales en 1995, el 91.7% se declaró
culpable. Resultados similares se obtienen de las cortes estatales225.
de confesión y los de búsqueda y confiscamiento. Withrow vs. Williams, 507 U.S. 680 (1992) (distinguiendo Stone ampliamente con base en que las pruebas excluidas e casos de la Cuarta Enmienda son confiables, mientras que puede haber duda sobre la confiabilidad de las confesiones obtenidas cuando se viola la regla Miranda. 221 McCleskey vs. Zant, 499 U.S. 467 (1991) (segunda petición que se presentó para que se deseche una sentencia después de que un prisionero condenado a la pena de muerte se enterara de que un policía había puesto a un informante en su celda, aunque el gobierno había ocultado información acerca del informante en el momento e la primera petición). 222 Coleman vs. Thompson, 501 U.S. 722 (1991) (el hecho de que al acusado condenado a pena de muerte se le haya pasado el tiempo para acudir a las cortes estatales de apelación por 3 días prohíbe que la revisión del habeas corpus federal sobre errores constitucionales sea posible.) 223
Ver Antiterrorist and Effective Death Penalty Act de 1996, codificada en 28 U.S.C.A.^2244,2253, 2254, 2255, 2261-66. 224
Ver 28 U.S.C.A. ^2254(d)(1) y Williamd vs. Taylor, 529 U.S. 420 (2000). 225
Fuente: Bureau of Justice Statistics, Departamento de Justicia de los EE.UU.
Procedimiento para las Declaraciones de Culpabilidad El proceso para aceptar una
declaración de culpabilidad es un proceso sumario. El acusado se para frente al atril con su
abogado defensor y el juez le pregunta personalmente al acusado sobre su declaración. El
propósito del juez en preguntar es doble: asegurarse de que la declaración de culpabilidad es
voluntaria y exponer hechos suficientes que demuestren que el acusado es de hecho culpable
del delito. Sin que se establezcan estas dos cuestiones en el registro, la corte no puede aceptar
la declaración y el caso se iría a juicio.
Declaración de No Disputa También es posible que el acusado declare nolo
contendere o “no disputa” a los cargos. Esto significa simplemente que el acusado está
escogiendo no disputar los cargos. Esta declaración tiene los mismos efectos que una
declaración de culpabilidad- que la corte lo encuentre culpable. La ventaja principal es que la
admisión inherente en una declaración de no disputa, a diferencia de una declaración de
culpabilidad, no es admisible para probar algún elemento del delito en un juicio civil226. Esta
consideración no tiene consecuencias para la mayoría de los acusados quienes, porque no
tienen dinero, probablemente no serán demandados por la vía civil. Pero la responsabilidad
civil puede tener serias consecuencias en una declaración de culpabilidad para algunos delitos
financieros, tales como violaciones antimonopolios, o en algunos casos penales de delitos que
involucran accidentes automovilísticos si el acusado cuenta con seguro u otros bienes
suficientes para pagar una sentencia civil. Las declaraciones de no disputa sólo son posibles con
la aprobación del fiscal y del juez.
1. Acuerdo entre la Defensa y la Parte Acusadora sobre la Culpabilidad
Aún cuando a veces la defensa se declara culpable sin recibir nada a cambio, y
frecuentemente lo hacen en casos de delitos menores, las declaraciones de culpabilidad en la
mayoría de los casos de delitos graves son el resultado de un “acuerdo entre la defensa y la
parte acusadora” al que llegaron la defensa y el fiscal. Este acuerdo es un convenio mediante el
cual al defensa acepta declararse culpable a cambio de ya sea una reducción del cargo por el
cual se le acusa o alguna dispensa especial en relación con la sentencia. La ventaja desde el
punto de vista de la defensa es clara: la disposición del caso se hace más segura y usualmente
más indulgente que si el acusado se fuera a juicio. La ventaja del acuerdo desde el punto de
vista del fiscal y de la corte es que el acuerdo ahorra tiempo y recursos en el caso, dado que
una vez que el acusado se declara culpable, ya no hay necesidad de un juicio.
226
Este efecto, llamado cuestión de preclusión o impedimento colateral, se analiza en el Capítulo VII, pp. 244-246.
El Proceso de Negociación La negociación casi siempre ocurre en algún punto antes
de la comparecencia para la acusación o información, aunque en el sistema federal, usualmente
es después de la acusación. La fiscalía puede hacerle una propuesta a la defensa, o la defensa le
puede sugerir un acuerdo al fiscal. Puede haber una negociación sobre los cargos o una
negociación sobre la sentencia (o una combinación de ambas). Un ejemplo de una negociación
de los cargos es cuando al acusado se le culpa de robo a mano armada, pero se le permite que
se declare culpable de robo sin posesión de armas, una ofensa menor, porque el caso es débil o
existen consideraciones especiales. En una negociación de la sentencia, no se reducen los
cargos. En cambio, el fiscal y la defensa acuerdan en un rango en el que se va a dictar la
sentencia o en una recomendación especial que el fiscal está dispuesto a hacer si el acusado se
declara culpable. Para empezar en una posición fuerte en la negociación, muchos fiscales
inicialmente levantan cargos en contra del acusado por la mayor cantidad de los cargos más
severos posibles que apoyen los hechos, con la idea de que algunos de los más débiles pueden
ser intercambiados en la negociación227.
Rol del Juez en la Negociación de la Culpabilidad En ambos casos, la negociación de
los cargos o la negociación de la sentencia, se le informa al juez de la negociación antes de que
el acusado se declare culpable, y el juez deberá de estar de acuerdo con el acuerdo. Sin
embargo, el juez normalmente no se involucra en la negociación y discusiones y casi siempre
deja que el fiscal y la defensa acuerden lo que haga que se pueda disponer del caso228. Así como
con todas las declaraciones de culpabilidad, cuando el acusado se declara culpable, deben de
dejar asentado en el registro los hechos que demuestran que el acusado es culpable del delito
que se negoció o deben de demostrar que las pruebas son consistentes con la culpabilidad. De
otra manera, el juez rechazará la declaración y el caso se mandará a juicio. Si el juez acepta la
declaración de culpabilidad, pero el acusado no recibe lo que se le prometió, el acusado puede
obligar al cumplimiento específico del convenio negociado de acuerdo con los principios básicos
de los contratos229.
Críticas a los Acuerdos Negociados La negociación de la culpabilidad ha sido blanco de
muchos ataques. Algunos críticos sienten que negociar la culpabilidad es muy indulgente para
el criminal. Otros temen que induce a acusados que pueden ser inocentes o que tienen una
defensa a declararse culpables de cualquier forma por el miedo de que si no van a ser 227 Si el cargo más alto posible no ha sido presentado, se permite que el fiscal amenace al acusado de presentar un cargo más alto en su contra a fin de “persuadir” al acusado de que se declare culpable. Bordenkircher vs. hayes, 434 U.S. 357 (1978). 228 Existe algo de controversia respecto si la corte debe de participar en cualquier discusión de las negociaciones entre las partes. Las leyes Federales de Procedimientos Penales prohíben a la corte involucrarse en estas discusiones, así como muchos estados que también lo prohíben. Ver Richard E. Gerstein, Plea Bargaining: An Overview, reimpreso en The Association of Trial Lawyers of America Education Fun, Settlement and Plea Bargaining 282-283 (1981). 229
Santobello vs. New York, 404 U.S. 257, 260 (1971).
condenados en juicio230. Pero una serie de sentencias de la Suprema Corte de EE.UU. han
mantenido el criterio de que esta negociación es constitucional. La negociación sobre la
culpabilidad, ha declarado la Suprema Corte, “es un componente esencial de la administración
de justicia” y, “administrada correctamente, es algo que se debe de alentar.”231
2. Programas para la Diversificación del Sistema de Justicia Penal.
Existen muchos programas para desviar al acusado de ser procesado a través del
sistema de justicia penal. Muchos de estos programas fueron desarrollados porque se pensó
que el encarcelamiento de primo delincuentes y jóvenes delincuentes pro delitos no violentos a
veces era demasiado. Estos programas representan los intentos de rehabilitar delincuentes, en
vez de castigarlos. Tienen el beneficio añadido de ayudar a reducir el rezago de casos en las
cortes y liberar la sobrepoblación de las prisiones.
Los programas para la diversificación del sistema de justicia penal pueden ser una
alternativa a la persecución del delito o pueden substituir el encarcelamiento. Los programas
que son una alternativa a la persecución del delito usualmente están dirigidos a jóvenes
delincuentes y a adultos primo delincuentes, que frecuentemente tienen un problema de
alcoholismo o drogadicción. Los programas varían de ciudad en ciudad, pero a los delincuentes
generalmente se les exige que atiendan terapias privadas o psicoterapias, o tratamientos para
las drogas y el alcohol y entrenamiento vocacional como condición para retirar los cargos
penales en su contra. Los delincuentes pueden ser desviados a estos programas antes de que se
les persiga por el delito si sus características y antecedentes cumplen con el criterio del
programa y si el fiscal local ahí los manda. Programas similares también se encuentran
disponibles para delincuentes que pueden ser rehabilitados mediante un programa de
colocación vocacional y de trabajo.232
230
Cf. North Carolina vs. Alford, 400 U.S. 25 (1970) (la declaración de culpabilidad del acusado a homicidio de segundo grado para evitar la pena de muerte es correcta si se hace de forma que el acusado entendía y lo que estaba haciendo y fue de manera voluntaria y si hay pruebas suficiente para demostrar la culpabilidad, aún cuando el acusado luego protestó que era inocente). 231
Santobello Vs. New York, supra nota 50. Ver también Brady vs. United States, 397 U.S. 742 (1970) (la confesión de culpabilidad voluntaria es constitucional). El acusado también tiene el derecho a asistencia eficaz del abogado en el proceso de la declaración de culpabilidad y negociación. Ver infra nota 242. 232 Para una descripción de un programa así en Colorado, ver Herbert C. COvey y Scott Menard, Community oOrrections Diversion in Colorado, 12 J. Crim. Just. 1 (invierno 1984). Un estudio de un programa comunitario de rehabilitación en Allegheny County, Pennsylvania, demostró que en 1984, 38% de todos los casos penales presentados en ese condado se resolvieron a través de un programa llamado Accelerated Rehabilitation Disposition (Disposición de Rehabilitación Acelerada). Este programa ofrecía ambos tratamiento: para el
La mayoría de los programas mencionados en el párrafo anterior también se encuentran
disponibles como una alternativa a la encarcelación de delincuentes condenados. Por lo que, a
un primo delincuente que es encontrado culpable de un crimen no violento se le da la opción
de cumplir su sentencia en la prisión o completar un tratamiento para el abuso de sustancias y
un entrenamiento vocacional.
…
alcoholismo y para la drogadicción así como entrenamiento educativo y vocacional. Comentarios, 24 DUQUESNE L. REV 253 (1985).