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Líderes en servicios jurídicos para PYMES y profesionales
MÁS DE 180 EJECUTIVOS
DE CUENTAS
MÁS DE 10 AÑOS DE
EXPERIENCIA
MÁS DE 30.000 CLIENTES
AVALAN NUESTRO ÉXITO
MÁS DE 100
DELEGACIONES
Empresa consolidada con presencia en todo el territorio
Conversia Consulting Group está formada por un amplio equipo multidisciplinar, con más de 10 años
de experiencia, orientado a desarrollar soluciones para PYMES y profesionales, aportándoles un
servicio especializado de consultoría, asesoría
jurídica, auditoría y formación en diversos ámbitos
de la legislación vigente. Se lo ponemos fácil, haciendo accesibles estos servicios, gracias a una amplia red de asesores y
colaboradores, que operan presencialmente a nivel
nacional.
Soluciones para PYMES
y profesionales
Invalida y deslegitima su actividad.
Los expone de forma evidente al riesgo
de ser sancionados con importantes
cuantías, inhabilitación e, incluso, con el
cese de su negocio.
Cumplir con el marco legal, una
necesidad básica para su negocio
Entre las OBLIGACIONES BÁSICAS de las
PYMES y profesionales se encuentra el cumplimiento por parte de estos de las
diversas normativas vigentes. El incumplimiento de las leyes a las que
están sujetos:
Guiar a nuestros clientes en el cumplimiento y adecuación a la legislación vigente, para permitir
que puedan operar con garantías
en un mercado cada vez más
regulado.
COMETIDO de CONVERSIA
Seguridad y tranquilidad para su negocio
Tipología de clientes Referencias
La cartera de clientes de Conversia la forman 30.000 PYMES y
profesionales procedentes de múltiples ámbitos (alimentación, automoción, sanidad, profesiones liberales, ocio, medios de comunicación, servicios, Administraciones Públicas, Asociaciones, Colegios Profesionales, etc.). CLIENTES DESTACADOS
AENOR Telepizza Llongueras Kawasaki España Grupo Reyal Urbis Arzobispado de Tarragona Más de 100 Ayuntamientos a
nivel nacional
Portafolio Multiservicio
PREVENCIÓN PENAL EMPRESARIAL
PREVENCIÓN BLANQUEO CAPITALES
LSSI-CE LOPD
Contamos con un portafolio multiservicio desarrollado para dar respuesta a las necesidades de consultoría, auditoría, externalización y formación en diversos ámbitos jurídicos:
FORMACIÓN
Claves del Servicio de Conversia
Asunción de la carga
de trabajo, liberando
así a la empresa
Adaptación a
las necesidades
reales del
cliente (sea cual
sea su tamaño)
Inmejorable
competitividad en
calidad y precio
Profesionalidad y
solvencia (servicio
certificado y
asegurado)
Servicio Certificado
Conversia otorga gratuitamente a sus clientes un certificado que les acredita como empresa auditada en el cumplimiento de las obligaciones y requerimientos de las normativas en relación a las cuales les presta servicios de consultoría.
Servicio Asegurado
Con el fin de prestar un servicio completo y de alta calidad, Conversia dispone de un Seguro de Responsabilidad Civil (RC) para aquellas deficiencias en el servicio, que puedan ocasionar una sanción a sus clientes por incumplimiento de la normativa.
Contar con el asesoramiento y el
apoyo permanente de una
empresa especializada y experta en la materia es el elemento clave
para conseguir la adecuación de
su negocio a la Ley con garantías
y éxito.
Con Conversia, la adecuación de su negocio está en buenas manos
Convenios de Colaboración
TIPOLOGÍA
Conversia ofrece acuerdos de colaboración con empresas o colectivos de clientes para distribuir sus servicios.
Asociaciones Colegios Profesionales Gestorías Consultoras Bufetes de Abogados Desarrolladores Tecnológicos/informáticos Cadenas de Franquicias, etc.
Convenios de Colaboración
En definitiva, toda la tipología de entidades que tenga un acceso directo a empresas.
Convenios de Colaboración Destacados
CONVENIOS DESTACADOS A NIVEL NACIONAL FEMP-CLM (Fed. de Municipios y Provincias de Castilla La Mancha)
Asociación Española de Agencias de Viajes Confederación Taxi España Asociación Empresas Gran Consumo Energía APTTCB (Asoc. Profesional Técnicos Tributarios Cataluña y Baleares)
CONAIF (Confederación de Asociaciones de Empresas de Fontanería)
Algunas de las entidades a nivel nacional con las que Conversia ha concertado un Convenio de Colaboración son:
OTROS
AMIITEL (Asociación Madrileña de Industriales Instaladores de Telecos)
COAM (Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid)
Colegio Oficial de Graduados Sociales (Granada, Tarragona, etc.)
Convenio de Colaboración
OBJETIVO DEL CONVENIO:
El Colaborador puede proporcionar a sus asociados / colegiados /
clientes la oferta de servicios de consultoría, auditoría y formación
de CONVERSIA con el objeto de generalizar en los mismos la
adecuación a las exigencias de las normativas vigentes.
Ventajas del Convenio de Colaboración
UN SERVICIO MÁS DEL COLABORADOR O PRESCRIPTOR El convenio permite al colaborador beneficiarse de unas condiciones especiales para incrementar su oferta de servicios, derivando responsabilidades y sin aumentar su estructura. UN MECANISMO DE SEGURIDAD PARA EL PROPIO COLABORADOR UNA FUENTE DE INGRESOS PARA EL COLABORADOR El convenio de colaboración contempla una remuneración mensual equivalente al 10% de la facturación consolidada de Conversia proveniente de sus asociados o clientes.
Esta retribución se devengará mientras el cliente o asociado siga contratando los servicios de Conversia. ACCIÓN COMERCIAL Informes de las acciones realizadas y firma de notificación de información. Visitas personalizadas a todos sus asociados / colegiados / clientes que pertenezcan al Convenio de Colaboración. Sesiones informativas sobre LOPD, LSSI-CE, PBC y PPE.
Prestación de servicios a los miembros del Convenio
DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONES PARA PROPORCIONAR EL SERVICIO
Funciones Comerciales Asume la prestación de servicios al cliente
Servicio local/presencial
Servicio centralizado con la especialización, nivel técnico y estándar de calidad exigido
FRANQUICIAS SERVICIOS CENTRALES
Generación, negociación y firma de Convenios de Colaboración.
Desarrollo de procesos de asesoramiento, consultoría y formación. Transmisión de la provisión del servicio directamente al cliente.
Prestación de servicios a los miembros del Convenio
ADAPTACIÓN COMPLETA Y PERMANENTE
FIRMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
APOYO DEL DPTO. DE MK. EN DIFUSIÓN Y MATERIALES DE SOPORTE AL CONVENIO Mailings, eventos, comunicación online, etc.
SERVICIO FORMACIÓN Formación a distancia, seguimiento y tutorización
SERVICIO CONSULTORÍA Adaptación, seguimiento, asesoramiento, auditoría
ATC Atención al cliente
Servicio LOPD Adaptación a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal
Ley de Protección de Datos
Cómo le afecta la LOPD
TODAS LAS EMPRESAS y ENTIDADES que tengan y realicen
tratamiento de datos de carácter personal, con
independencia de su naturaleza y tamaño, están obligadas a
adecuar sus actuaciones a los requerimientos establecidos
en esta normativa y deben implantar las medidas técnicas y
organizativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Ley.
La adaptación a la LOPD es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO.
Grandes corporaciones, PYMES, autónomos, cooperativas,
comunidades, asociaciones, administraciones públicas, etc.
1 ¿Dispone de datos
personales de sus
empleados y
clientes o tiene
previsto recabarlos?
Imagen, voz, información (DNI, domicilio, datos de salud, currículum, etc.)
2 ¿Realiza tratamiento
de esos datos de
carácter personal? Recogida de datos, grabación de imágenes (video-vigilancia), elaboración, modificación, cancelación, cesión, etc.
3 ¿Permite el acceso a
los datos a terceros?
Proveedores que le presten servicios, y que para ello requieran acceder a dichos datos. Cesión de datos a terceros.
Ley de Protección de Datos
Sanciones por incumplimiento
SANCIONES
El incumplimiento de la LOPD comporta sanciones que pueden oscilar entre los 900 € y los 600.000 €
De 900€ a 40.000€
- Página web con formulario de recogida de datos sin cláusula legal. Vulnera la LOPD
De 40.001€ a 300.000€
- No disponer de Documento de Seguridad. Vulnera la LOPD
De 300.000€ a 600.000€
- Disponer de un servidor en EEUU y volcarle datos sin aprobación de la AEPD. Vulnera la LOPD
De 40.001€ a 300.000€
- Ser encargado de tratamiento y no disponer de un Contrato de Prestación de Servicios. Vulnera la LOPD
De 40.001€ a 300.000€
- Subcontratar a un servicio para un tercero y no disponer de un Contrato de Prestación de Servicios con el subcontratado. Vulnera la LOPD
ALGUNOS EJEMPLOS DE
SANCIONES IMPUESTAS
POR LA AGENCIA
ESPAÑOLA DE
PROTECCIÓN DE DATOS
ACTUACIONES
Ofrecemos una solución integral de adaptación a
la LOPD, proporcionando un servicio adecuado a las múltiples tipologías de clientes.
1.- Evaluación y diagnóstico inicial.
2.- Identificación, clasificación e inscripción de
ficheros.
3.- Definición y redacción de medidas a implantar
en el Documento de Seguridad.
4.- Auditoría Anual.
5.- Formación a empleados.
6.- Asesoramiento y defensa jurídica.
7.- Seguro de Responsabilidad Civil.
Ley de Protección de Datos
Servicio LOPD de Conversia
Servicio LSSI-CE Adaptación a la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Info y Comercio Electrónico
LSSI-CE
Cómo le afecta la LSSI-CE
1 ¿Dispone de web
de información?
(Con o sin formularios de contacto) 2
¿Dispone de web
de comercio
electrónico?
(Tienda Online) 3 ¿Dispone de web
particular con
publicidad? 4 ¿Envía publicidad
por vía
electrónica?
(Emailings, sms, etc.) (Que reporte beneficio)
La LSSI-CE es de OBLIGADO
CUMPLIMIENTO para todas las
empresas que lleven a cabo
actividades que se realicen por
medios electrónicos y tengan
carácter comercial o persigan un
fin económico
LSSI-CE
Sanciones por incumplimiento
SANCIONES
El incumplimiento de la LSSI-CE comporta sanciones que pueden oscilar entre los 30.000 € y los 600.000 €
Hasta 30.000€
- Enviar un email comercial a un particular sin autorización previa. Vulnera la LSSI-CE
ALGUNOS EJEMPLOS DE
SANCIONES IMPUESTAS
POR LA AGENCIA
ESPAÑOLA DE
PROTECCIÓN DE DATOS
Hasta 150.000€
- No poner a disposición del destinatario las condiciones generales a las que se sujete el contrato (Tienda Online). Vulnera la LSSI-CE
Hasta 600.000€
- Incumplir la obligación de suspender la transmisión, alojamiento de datos, acceso a la red, etc. Vulnera la LSSI-CE
ACTUACIONES
Nuestro servicio cubre las exigencias y
obligaciones básicas de esta Ley para garantizarle
una adaptación completa: 1.- Evaluación y diagnóstico inicial.
2.- Redacción de la cláusula de información.
3.- Redacción de la cláusula de política de enlaces.
4.- Redacción de los Derechos de Propiedad Intelectual e
Industrial.
5.- Redacción Condiciones Generales de Contratación.
6.- Redacción cláusulas legales de Protección de Datos.
7.- Redacción de la cláusula de envío de comunicaciones
comerciales por vía electrónica.
8.- Definición de jurisdicción y leyes aplicables.
LSSI-CE
Servicio LSSI-CE de Conversia
Prevención Blanqueo Capitales Adaptación a la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales
y de la Financiación del Terrorismo
Prevención Blanqueo Capitales
Cómo le afecta la LPBC
Por su actividad laboral, ¿interviene en operaciones de adquisición o
comercio en las que, con cierta frecuencia, se manejan cantidades de
dinero en efectivo de considerable cuantía?
La Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de
Capitales, es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO
para todas aquellas empresas consideradas
SUJETOS OBLIGADOS, que deben implantar
numerosas medidas, desarrollar diferentes
procedimientos internos para dar un correcto
cumplimiento de esta normativa, así como
realizar comunicaciones periódicas a la
Autoridad de Control pertinente (SEPBLAC)
Prevención Blanqueo Capitales
Sujetos Obligados
ALGUNOS EJEMPLOS
Aseguradoras y Corredores de Seguros Servicios y sociedades de Inversión Intermediarios financieros Promotores y Agencias Inmobiliarias Asesores fiscales y contables Asesores jurídicos y mercantiles Comerciantes de joyas y arte Transporte y custodia de fondos Empresas de lotería y juegos de azar Fundaciones y Asociaciones Personas que ejerzan funciones de dirección o secretaría de una sociedad
Prevención Blanqueo Capitales
Sanciones por incumplimiento
SANCIONES
El incumplimiento de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo comporta sanciones que pueden oscilar entre los 60.000 € , 1.500.000 € o cuantías mayores en función
de la infracción (*)
A partir de 150.000 €
- Omisión de la obligación de aprobar por escrito y aplicar los procedimientos adecuados de control interno, incluida la aplicación de una política expresa de admisión de clientes
Hasta 60.000 €
- Omisión de la obligación de identificación del titular, cuando no concurren indicios o certeza de blanqueo, o cuando el incumplimiento sea meramente ocasional o aislado.
A partir de 1.500.000 €
- Omisión del deber de comunicación de indicio, cuando algún sujeto obligado hubiese tenido la certeza o el indicio de que se estaba produciendo algún hecho u operación de blanqueo.
ALGUNOS EJEMPLOS
DE INFRACCIONES Y
SANCIONES
(*) Sanciones Infracciones Graves: Multa cuyo importe mínimo será de 60.000€ y cuyo importe máximo podrá ascender hasta la mayor de las siguientes cifras: el 1% del patrimonio neto del sujeto obligado, el tanto del contenido económico de la operación más un 50%, o 150.000 €. (*) Sanciones Infracciones Muy Graves: Multa cuyo importe mínimo será de 150.000 € y cuyo importe máximo podrá ascender hasta la mayor de las siguientes cifras: el 5% del patrimonio neto del sujeto obligado, el doble del contenido económico de la operación o 1.500.000 €.
Prevención Blanqueo Capitales
Servicio PBC de Conversia
ACTUACIONES
Hemos desarrollado 4 modalidades de servicio de Asesoramiento en Prevención del
Blanqueo de Capitales, con el objetivo de adecuar las actuaciones a las necesidades y requerimientos que deben cumplir las diferentes tipologías de sujetos obligados:
Que cubre las necesidades del 75% de las
empresas que son sujeto obligado de la Ley.
SERVICIO INTEGRAL
Para empresas que por su actividad
requieren de un seguimiento más exhaustivo.
SERVICIO PREMIUM
Para Administradores (*) obligados, que
requieren de un completo asesoramiento en
la materia.
SERVICIO EXECUTIVE
Para Administradores (*)con una especial
exposición en esta materia o que requieren un
servicio en términos de externalización total.
SERVICIO EXECUTIVE +
(*) Sujeto Obligado Art. 2 o LPBC
Prevención Penal Empresarial Adaptación a la Ley Orgánica 5/2010, por la cual se modifica la Ley Orgánica 10/1995
del Código Penal
Prevención Penal Empresarial
Alcance de la Responsabilidad Penal
¿Sabía que la reforma del Código Penal de 2010 posibilita que las
empresas, cuando se hayan cometido delitos en su ámbito, puedan ser
imputadas penalmente, en paralelo al causante del delito (persona física)?
La responsabilidad es penal, directa y no evitable vía
ninguna póliza de seguro.
La empresa (sea cual sea su tamaño y entidad social) responde de los delitos
cometidos por sus empleados
(además de responder ellos por sí mismos).
El abanico de los delitos
perseguidos actualmente y
cometidos por empleados es
amplio (laborales, atenciones comerciales ilícitas, salud alimentaria, contable, medio-ambientales, informáticos, acoso, mobbing, etc.) y no es
necesario que la empresa
haya colaborado en los
mismos.
Las imputaciones pueden tener consecuencias que
van desde las
sanciones
económicas o la
inhabilitación,
hasta el cierre de
la empresa.
Prevención Penal Empresarial
Penas por incumplimiento
PENAS Las penas que se pueden imponer a las personas jurídicas son:
Multa por cuotas o proporcional.
Disolución de la persona jurídica.
Suspensión de sus actividades hasta cinco años.
Clausura de sus locales y establecimientos hasta cinco años.
Prohibición temporal (hasta quince años) o definitiva de realizar en el futuro las actividades que tengan relación con el delito.
Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, hasta quince años.
Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores hasta cinco años.
Prevención Penal Empresarial
Medidas de diligencia
Sólo hay una forma de EVITAR O ATENUAR LA PENA en la comisión del delito: demostrando que la empresa ha sido diligente, adoptando las medidas necesarias
mediante la implantación del Protocolo de Prevención de Delitos, y probando que el
delito se ha cometido “a pesar” de su diligencia.
El PROGRAMA DE PREVENCIÓN PENAL EMPRESARIAL de CONVERSIA
cuenta con los procedimientos y actuaciones necesarias para:
Lograr que cuando se
produzca el delito no haya
posibilidad de imputación, o
bien que ésta se aminore,
para la compañía
Evitar la Responsabilidad Civil y
Laboral de la compañía y de los
directivos y administradores de
la misma, que existe cuando se
produce un delito en su seno, o
realizado por uno de sus
empleados
ACTUACIONES
1.- Análisis Previo de la situación del cliente.
2.- Formación del Encargado del Cumplimiento.
3.- Redacción del “Protocolo de Prevención de Delitos”: en el que se recoge todas las medidas y protocolos necesarios para cumplir con los requerimientos de la normativa, de cara a evitar la imputación de la compañía y la responsabilidad de sus directivos administradores.
4.- Comunicación y Formación en el Protocolo de Prevención
de Delitos a: Directivos, Empleados, Colaboradores Externos y Proveedores, cuya actuación delictiva también puede suponer la imputación penal de la compañía.
5.- Llevanza del Libro Registro y de los Controles Internos.
6.- Controles e Informe de Seguimiento Anuales.
7.- Memoria Anual: como prueba última de diligencia.
Prevención Penal Empresarial
Servicio PPE de Conversia
Formación
Prevención Penal Empresarial Formación
Elemento básico para su negocio
¿Proporciona formación a sus empleados para que conozcan las pautas y
procedimientos adecuados que deben seguir en su actividad diaria?
La formación es la herramienta clave que permite a los empleados comprender
la importancia de cumplir con la Ley, actuar conforme a sus requerimientos y asumir la responsabilidad de trasladarlos a la ejecución de sus funciones. La concienciación y capacitación del personal es imprescindible para garantizar una adecuada aplicación de las recomendaciones y requerimientos, de cara a evitar actuaciones ilícitas que puedan derivar en responsabilidades posteriores
para la empresa. Además, la formación tiene un impacto muy relevante en los empleados, ya que les ayuda a mejorar sus competencias profesionales y el desempeño tanto de sus funciones actuales como de puestos futuros. Este factor repercute positivamente
en la eficacia, rentabilidad y competitividad de la empresa.
Prevención Penal Empresarial
Líderes en formación a distancia
Somos líderes en impartir formación en diversas materias legales y en un amplio
abanico de temáticas generalistas, mediante prácticos y operativos soportes, perfectamente adaptados a las necesidades de las empresas.
Formación
Prevención Penal Empresarial
4 claves de la Formación Conversia
La solvencia de la metodología formativa de Conversia se basa en cuatro puntos clave, que aportan profesionalidad, calidad y valor añadido a nuestras acciones formativas:
1 Calidad Didáctica Nuestros cursos cuentan con contenidos desarrollados de forma específica y una metodología basada en unidades didácticas que priman el fácil acceso y la rápida comprensión
2 Formación a distancia tutorizada Acciones Formativas en formato digital, para facilitar su impartición a distancia. Los usuarios cuentan en todo momento con un Servicio de Tutoría a través del cual realizar consultas y resolver posibles dudas
3 Seguimiento y evaluación Seguimiento constante del proceso de la Acción Formativa, orientando y guiando a los usuarios a lo largo de cada ciclo. Una vez finalizada la formación, se lleva a cabo la correspondiente evaluación de cada alumno y se elabora el Informe de Finalización de la Formación
4 100% Bonificable sobre su
crédito formativo Las empresas que cuentan con crédito formativo pueden solicitar la bonificación de estas Acciones Formativas ante la Fundación Tripartita. Conversia asume el servicio de tramitación de los cursos para que los clientes que lo deseen puedan solicitar la correspondiente bonificación
Formación
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para PYMES y profesionales