la libertad de expresión

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La libertad de Expresión La libertad de Expresión De los Cuadernos de Quejas a De los Cuadernos de Quejas a la Constitución de 1978 la Constitución de 1978

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La libertad de Expresión. De los Cuadernos de Quejas a la Constitución de 1978. Los cuadernos de quejas en su contexto histórico (1). - PowerPoint PPT Presentation

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La libertad de ExpresiónLa libertad de Expresión

De los Cuadernos de Quejas a la De los Cuadernos de Quejas a la Constitución de 1978Constitución de 1978

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Los cuadernos de quejas Los cuadernos de quejas en su contexto histórico en su contexto histórico

(1)(1)Surgieron ya en el siglo XIV, pero se inscribieron definitivamente en la Historia durante la convocatoria de los Estados Generales de 1789 que desencuadernaría la Revolución Francesa.Se trataba de memoriales o listados de peticiones que las diferentes circunscripciones entregaban a sus diputados para que las hiciese públicas en la propia asamblea. En su elaboración participaban las parroquias y los habitantes de éstas.

Durante la Guerra de la Independencia, la Junta Central había reconocido la importancia de la opinión pública a través del Decreto de la Junta Central, de 22 de mayo de 1809, de Convocatoria a Cortes, en el que se solicitaba a Instituciones y particulares que expresasen a la Comisión de Constitución las modificaciones que estimasen pertinentes en las Leyes Fundamentales españolas. Este conjunto de informes serán conocidos como la Consulta al País

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Los cuadernos de quejas Los cuadernos de quejas en su contexto histórico en su contexto histórico

(2)(2)““Aquí el pobre no tiene derecho a encender el Aquí el pobre no tiene derecho a encender el fuego en su choza para ponerse al abrigo del fuego en su choza para ponerse al abrigo del frío, si no lo compra bien caro al señor, por una frío, si no lo compra bien caro al señor, por una contribución descontada de sus medios de contribución descontada de sus medios de subsistencia y los de su familia. Este derecho subsistencia y los de su familia. Este derecho inhumano existe en Broues bajo el nombre de inhumano existe en Broues bajo el nombre de derecho de fuego. Allí el agricultor no tiene ni derecho de fuego. Allí el agricultor no tiene ni siquiera el derecho de alimentar su ganado con siquiera el derecho de alimentar su ganado con la hierba que crece en su campo; si la toca, se la hierba que crece en su campo; si la toca, se le denuncia y castiga con una multa que lo le denuncia y castiga con una multa que lo arruina, y el ejercicio más legítimo de los arruina, y el ejercicio más legítimo de los derechos de su propiedad está subordinado a derechos de su propiedad está subordinado a la voluntad arbitraria del señor, que tiene la la voluntad arbitraria del señor, que tiene la pretensión al derecho universal sobre todos los pretensión al derecho universal sobre todos los pastos del territorio. Se deben abolir todos los pastos del territorio. Se deben abolir todos los derechos de los señores (…).”derechos de los señores (…).”

Extracto de “Los Cuadernos de Quejas”. Marsella,1789

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Los cuadernos de quejas Los cuadernos de quejas hoy díahoy día

Las cartas al director en los periódicos se han convertido hoy día en Las cartas al director en los periódicos se han convertido hoy día en una especie de reflejo de lo que fueron esos cuadernos de quejas en el una especie de reflejo de lo que fueron esos cuadernos de quejas en el siglo XVIIIsiglo XVIII:

Gracias por nadaPublicada en El País, el 23/VIII/2009

“Pertenezco a una clase social de mayores de 35 y menores de 45 años, solteros/as y sin hijos, que por una cosa u otra no entra en los planes ni del Gobierno ni de nadie. Estoy en paro desde hace poco más de un año, y dejé de percibir la prestación en febrero. Como estoy soltero, no tengo hijos y tengo menos de 45 años, pues no he podido acogerme a ningún tipo de subsidio. Tampoco he podido acogerme a la ayuda-préstamo sobre la hipoteca, a través del ICO, porque, aun estando aprobada dicha ayuda desde enero, si mal no recuerdo, no tienes derecho si no percibes la prestación. Ahora me dicen en el INEM que tampoco tengo derecho a la prestación de 420 euros porque está destinada para los que se queden sin prestación a partir del 1 de agosto.

Pero la cosa sigue: intentando aprovechar el tiempo, me he puesto a estudiar, financiando los estudios gracias a mi familia en la universidad; teniendo noticias de la línea del ICO Renta-Universidad se me ocurrió que podría hacer algúnmaster durante este tiempo: pues tampoco, porque soy mayor de 35. Para más risas, ofertaron en julio en mi universidad, a través de la Fundación Empresa-Universidad de La Laguna, unos cursos de idiomas intensivos gratuitos, a los cuales, pese a estar matriculado en la universidad, no tengo derecho por ser mayor de 30 años.

Sólo gracias a mi familia he podido comer y seguir estudiando. Gracias a ¿quién? no he recibido ayuda de ningún tipo. Por eso, a quien corresponda, muchas gracias por nada. Sólo espero la oportunidad de echarme a la calle con personas en situación similar y gritar en alto: ¡dejen de tomarnos el pelo.”

Eduardo David Pérez Moriana,Santa Cruz de Tenerife

 

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Cádiz 1808-1812: el nacimiento de la libertad de expresión en

España (1)

A partir del decreto de 10 de Noviembre de 1810, con las Cortes aun reunidas en San Fernando, se produce la gran oleada de prensa escrita que caracterizaría al Cádiz de 1812

La guerra de la independencia generó una gran demanda de información, eso provocó que Cádiz, una ciudad que ya contaba con prensa antes de esa momento experimentase una gran explosión de prensa escrita.

En Cádiz se publicaron entonces muchísimas cabeceras que iban desde las más liberales a las más serviles. Aquí mostramos un par de ellas: El Diario Mercantil de Cádiz, ya existente antes de la ocupación francesa; y El Conciso, que inició su andadura a partir de 1810.

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Cádiz 1808-1812: el nacimiento Cádiz 1808-1812: el nacimiento de la libertad de expresión en de la libertad de expresión en

España (2)España (2)El decreto de 10 de Noviembre de 1810 se vio refrendado definitivamente por el artículo 371 de la Constitución de 1812. No obstante, la libertad de imprenta y, por tanto, la libertad de expresión en España acabó al regreso de Fernando VII , con el Decreto de 25 de Abril de 1815.Durante el Trienio Liberal, de 1820 a 1823, al restablecerse la Constitución de Cádiz, España recuperaría dicha libertad, abolida definitivamente con el inicio de la Década Ominosa.

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La libertad de expresión La libertad de expresión hasta la dictadura de hasta la dictadura de

Primo de RiveraPrimo de RiveraTras Fernando VII la censura seguirá presente en la prensa española, sólo quedará temporal y brevemente abolida con la constitución de 1869. La Constitución de 1876 proclamaba la libertad de prensa en su artículo 13, regulada posteriormente en la Ley de Policía e Imprenta de 1883. Sin embargo, el artículo 17 de la misma Constitución permitía suspender las garantías constitucionales “cuando así lo exija la seguridad del Estado”, y la utilización de este recurso fue una práctica cotidiana por parte de los distintos gobiernos hasta el golpe militar de Primo de Rivera, en 1923.

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La libertad de expresión La libertad de expresión hasta la Guerra Civilhasta la Guerra Civil

La llegada de la II República tampoco garantizó del todo la libertad de expresión la polémica Ley de Policía e Imprenta de 1883 permanecerá formalmente en vigor durante toda la etapa republicana. El 20 de octubre de 1931 se aprueba la Ley de Defensa de la República, que prohíbe las noticias que puedan quebrantar la paz social o el orden público. En 1933 es sustituida por la Ley de Orden Público. La aplicación de esta nueva norma jurídica supone la imposición de la censura previa.Finalmente, el estallido de la Guerra Civil y la división del territorio en dos bandos provocó que en cada uno de ellos se aplicasen férreas normas de censura previa.

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El FranquismoEl Franquismo

El control sobre los medios de comunicación durante el período de gobierno de Franco fue total y absolutamente férreo. La censura se imponía en cualquier clase de publicaciones, desde la prensa al cine, la música, la literatura infantil y juvenil… En 1966 la llamada Ley Fraga (Ley de Prensa e Imprenta) parece aflojar un poco ese control de los medios no obstante, escritores como Miguel Delibes dijeron sobre esta nueva situación: “Antes te obligaban a escribir lo que no sentías, ahora se conforman con prohibirte que escribas lo que sientes, algo hemos ganado”

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La democracia: 32 años La democracia: 32 años de libertad de expresiónde libertad de expresión

La muerte de Franco y el final de su dictadura traería, como consecuencia, para España la vuelta a las libertades democráticas, consolidadas definitivamente por la Constitución de 1978.

El Artículo 20 de la Constitución es la partida de nacimiento de la verdadera libertad de prensa y de expresión que hoy vivimos en España:““Se reconocen y protegen los derechos:Se reconocen y protegen los derechos:

A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.medio de reproducción.

A la producción y creación literaria, artística, científica y A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.técnica.

A la libertad de cátedra.A la libertad de cátedra.A comunicar o recibir libremente información veraz por A comunicar o recibir libremente información veraz por

cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.ejercicio de estas libertades.

El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previaningún tipo de censura previa […] […]””..

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Y ahora ¿Qué?Y ahora ¿Qué?

Podemos celebrar nuestras libertades, pero no olvidar que no “somos el ombligo del mundo” y que ni siquiera la red abierta que es Internet puede garantizarnos total libertad de difusión de nuestro mensaje y nuestro pensamiento

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Presentado por:Presentado por:

IES Dra. Josefa de los ReyesDra. Josefa de los Reyes, 4º curso de ESO A:Francisco Acosa MorenoFrancisco Acosa MorenoMirian Fernández ListánMirian Fernández ListánNazaret Fernández MesaNazaret Fernández MesaAlejandra García De GoñiAlejandra García De GoñiRubén López PazoRubén López PazoMaría del Carmen Mancilla RegueraMaría del Carmen Mancilla RegueraGabriel Mesas PeñaGabriel Mesas PeñaMontoya Alcón, María del CarmenMontoya Alcón, María del CarmenJuan Carlos Morales Da SilvaJuan Carlos Morales Da SilvaMiguel Moreno ArriazaMiguel Moreno ArriazaMiguel Ramos CatalánMiguel Ramos CatalánMiguel Vargas CéspedesMiguel Vargas Céspedes

Profesor: D. Feliciano Gámez DuarteD. Feliciano Gámez Duarte