la distribucion comercial en el gatt · 2008-04-22 · historia ha puesto de manifiesto que la gran...

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NUEVO ESCENARIO INTERNACIONAL LA DISTRIBUCION COMERCIAL EN EL GATT MIGUEL ANGEL DIAZ MIER 1 a relación entre comercio y distri- bución no es una cuestión que interese solamente en ámbitos académicos. Se trata de un tema GATT (Acuerdo General sobre Arance- les y Comercio) como en la futura Organización Mundial del Comercio (OMC). Ello nos permitirá destacar algunos puntos de coincidencia y a la vez las formas en que la nueva organización que ha de regir el comercio internacio- nal puede afectar al conjunto de facto- res de entorno que inciden en la distri- bución comercial. Así, pretendemos indicar varios aspectos: a) La distribución moderna, no limi- tada a la venta de productos, habrá de tomar en consideración para sus estra- tegias futuras la evolución de distintos factores además de los clásicos relacio- nados con el comercio de productos. b) Los principios por los que se rige el comercio internacional, en cuanto a la acción de los poderes públicos se refiere, han contribuido desde hace tiempo a una formulación más eficaz de la distribución. c) La organización del comercio internacional, compleja sin duda, ha sufrido una evolución y, más reciente- mente, una transformación que habrá de tenerse en cuenta en el futuro inme- diato de la distribución, tanto por haber extendido su ámbito de influencia al comercio de servicios y a los aspectos comerciales de la propiedad intelec- tual, como por la mayor transparencia que pretende incorporar a los mercados mundiales. con multitud de facetas que puede preo- cupar al sociólogo, al urbanista, al ges- tor, al consumidor, etc... En pocas pala- bras, abarca un conjunto de aspectos que, en buena medida, suponen un reflejo de las formas de vida de las dis- tintas organizaciones de la humanidad. Un fenómeno muy sugestivo que este artículo no pretende abarcar en su plenitud, pero sí al menos destacar algunas cuestiones relativas a la distrin- bución comercial y entroncar con los temas institucionales del comercio internacional, reflejados tanto en el b ^istribución y Consumo 44 AGOSTO/SEPTIEMBRE 1994

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NUEVO ESCENARIO INTERNACIONAL

LA DISTRIBUCION COMERCIAL EN EL GATTMIGUEL ANGEL DIAZ MIER

1a relación entre comercio y distri-bución no es una cuestión queinterese solamente en ámbitosacadémicos. Se trata de un tema

GATT (Acuerdo General sobre Arance-les y Comercio) como en la futuraOrganización Mundial del Comercio(OMC).

Ello nos permitirá destacar algunospuntos de coincidencia y a la vez lasformas en que la nueva organizaciónque ha de regir el comercio internacio-nal puede afectar al conjunto de facto-res de entorno que inciden en la distri-bución comercial. Así, pretendemosindicar varios aspectos:

a) La distribución moderna, no limi-tada a la venta de productos, habrá detomar en consideración para sus estra-tegias futuras la evolución de distintosfactores además de los clásicos relacio-nados con el comercio de productos.

b) Los principios por los que se rigeel comercio internacional, en cuanto ala acción de los poderes públicos serefiere, han contribuido desde hacetiempo a una formulación más eficazde la distribución.

c) La organización del comerciointernacional, compleja sin duda, hasufrido una evolución y, más reciente-mente, una transformación que habráde tenerse en cuenta en el futuro inme-diato de la distribución, tanto por haberextendido su ámbito de influencia alcomercio de servicios y a los aspectoscomerciales de la propiedad intelec-tual, como por la mayor transparenciaque pretende incorporar a los mercadosmundiales.

con multitud de facetas que puede preo-cupar al sociólogo, al urbanista, al ges-tor, al consumidor, etc... En pocas pala-bras, abarca un conjunto de aspectosque, en buena medida, suponen unreflejo de las formas de vida de las dis-tintas organizaciones de la humanidad.

Un fenómeno muy sugestivo queeste artículo no pretende abarcar en suplenitud, pero sí al menos destacaralgunas cuestiones relativas a la distrin-bución comercial y entroncar con lostemas institucionales del comerciointernacional, reflejados tanto en el

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Políticas Comerciales

d) Finalmente, un aspecto cualitati-vo de interés como la innegable ten-dencia hacia el establecimiento de unacompetencia real dentro de y entre lospaíses se puede encontrar facilitada porla adopción, en las grandes nacionescomerciantes del mundo, de principiossimilares en cuanto a las acciones delos poderes públicos que la regulan.

los III a XXIII, se refiere a las vías prácti-cas con las que los gobiernos han inter-venido sobre el comercio exterior. Así,de forma no excesivamente sistemática,se incluyen en ella preceptos referentesa películas cinematográficas, a las nor-mas de origen, a los derechos antidum-ping, a las empresas comerciales delEstado, a la valoración en aduana, etc...

Además, esta parte II contiene lagran mayoría de las excepciones, sien-do especialmente significativos los artí-culos relativos a limitaciones a la liber-tad de comercio, especialmente enrelación con la protección de los con-sumidores. Por último, la parte II con-tiene también el fundamento de unpeculiar sistema GATT: el de soluciónde diferencias.

Finalmente, la parte III (artículosXXIV a XXXV) incluye las normas deprocedimiento para los sistemas devotación (aunque la práctica habitualha sido la del consenso en las tomas dedecisiones), junto a otras cuestiones,como el tratamiento de las zonas de

libre comercio y las negociaciones mul-tilaterales.

Como anteriormente se ha señala-do, la cláusula de anterioridad hahecho que, en la práctica, los paísessolo hayan aceptado en su integridadgeneral las partes I y III del Acuerdo,incluyéndose, como fórmula de acepta-ción de la II, la expresión "en tanto seacompatible con la legislación nacionalexistente", causa lógica hasta ahora debuen número de interpretaciones y dis-cusiones. Ha de añadirse que, comoconsecuencia de la presión de los paí-ses en desarrollo y en una etapa en quela UNCTAD adquiría gran importancia,se añadió a las tres partes anteriores en1965 una parte IV sobre "Comercio yDesarrollo" (artículos XXXVI a XXXVII)que, a los ojos de cualquier observador,difiere notablemente en el estilo deredacción y precisión de obligacionesde las tres anteriores. Esta fórmula deañadir normas parece en consonanciacon otra tradición del GATT: la de tra-bajar por "acumulación" de interpreta-

CARACTERISTICAS DEL GATT

Resulta un tópico aceptado definirel GATT como un "mosaico" en el quese reflejan diversas facetas. Se trata (yello debe resaltarse continuamente) deun Acuerdo entre Estados (Partes Con-tratantes), que se plasma en una seriede derechos, entre los que destacan eldisfrute de las concesiones negociadasy la participación en los procesos detomas de decisiones. La Ilamada"acción colectiva" de las Partes se refie-re al poder de interpretar el Acuerdo ya la posibilidad de conceder exencio-nes de las obligaciones. Estas últimastambién incluyen la relativa a las con-tribuciones que cada país ha de realizarmediante concesiones en los procesosde negociación que se Ilevan a cabo,con un cierto posibilismo, según lassituaciones de cada uno y la incorpora-ción a las legislaciones internas de losmiembros en las cuestiones relativas alcomercio.

Claro es que al ser un Acuerdo pro-visional y preverse en él diversosmedios de acceso a sus instrumentos, lahistoria ha puesto de manifiesto que lagran mayoría de los países han acepta-do con plenitud sólo algunas partes delAcuerdo.

La Ilamada "cláusula de anteriori-dad" o"del abuelo" (leyes anteriores ala firma del GATT) se ha invocado confrecuencia para justificar la no acepta-ción de algún compromiso concreto.

EI Acuerdo tiene tres partes biendiferenciadas: la I, que comprende losartículos I y II, la cual define los princi-pios e incluye algo consustancial alGATT como son las listas nacionales deconcesiones (hasta la Ronda Uruguayfundamentalmente de carácter arance-lario). La parte II, que recoge los artícu-

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Políticas Comerciales

ciones en vez de pactar modificacionesen las normas originales. Este puntoconcreto es una de las grandes diferen-cias respecto a la que se registra en lapráctica de otras instituciones como elFMI (Fondo Monetario Internacional).

NUEVO MARCODE RELACIONES

Aunque la limitación espacial deestas reflexiones es evidente, debehacerse una mención específica a lostrabajos de la ronda Uruguay que, ennuestra opinión, habrán de constituir,cuando estén plenamente desarrolla-dos, un elemento clave a considerar enel futuro de las regulaciones que afec-tan tanto al comercio como a la distri-bución comercial internacional. Lógi-camente, sin entrar en sus pormenoresy pequeñas historias y destacando losperfiles fundamentales, sí merece lapena resaltar algunos aspectos.

EI término de la Ronda Tokio en1979 y la consiguiente puesta en ejecu-ción de los acuerdos correspondientessupusieron una solución tan solo par-cial de los problemas comerciales queaquejaban al sistema. Ya desde eseaño, encontramos grandes críticas pro-cedentes de muchos campos de actua-ción, como los académicos, los políti-cos, los empresariales y los institucio-nales. Merece resaltarse, por ejemplo,que los países en desarrollo no se reca-taban en declarar, donde fuese necesa-rio, que no habían conseguido verreflejadas en las regulaciones sobre elcomercio soluciones o tratamientos asus problemas específicos.

EI período posterior - los primerosaños ochenta- contempla muchasdeclaraciones sobre la necesidad deextender a otros ámbitos los esfuerzosde liberalización del comercio de pro-ductos. Un examen no excesivamentedetallado de las Juntas de Gobernado-res del Fondo Monetario o de los Con-sejos de Ministros de la OCDE así lodemuestra. Estudios de interés Ilevadosa cabo por las instituciones citadas pre-vienen, además, de los riesgos que con-Ilevaría la no consideración en el GATTde las características del comercio de

los años ochenta. A modo de ejemplopueden citarse tres cuestiones:

1. La necesidad de incluir a los paí-ses en desarrollo en el sistema. Curiosa-mente quienes lo preconizan han evo-lucionado desde una primera defini-ción de su "incidencia" en el sistemacomercial mundial a la de su "integra-ción" en el mismo.

2. EI surgimiento del comercio deinvisibles, reflejado ciertamente en losingresos y pagos de las balanzas depagos de muchos países, pero expresi-vo de unas relaciones económicasinternacionales no reguladas multilate-ralmente (por ejemplo, los servicios dedistribución)

3. La incidencia en la realidad dia-ria de nuevas situaciones derivadas delcomercio de productos de alta tecnolo-gía, de los sistemas de financiación delcomercio, de la acción de los sistemasde marketing, etc.

La primera reacción de las PartesContratantes se produce en 1982 yconsistió en establecer un programa detrabajo para los años posteriores en el

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que se incluyeron áreas susceptibles denegociaciones adicionales como son elcomercio de productos agropecuarios yla consideración de la actualización ypuesta en conformidad con las normasGATT de medidas no arancelarias, noincluidas en los instrumentos negocia-dos, especialmente las restriccionescuantitativas residuales. Otras cuestio-nes, como la relación de los tipos decambio con los instrumentos de defen-sa comercial o las salvaguardias, tam-bién objeto de estudio, tenían una pre-sencia antigua en el GATT. Por el con-trario, otros temas eran de nueva consi-deración. Es el caso del comercio deservicios.

La documentación que se genera enesta fase es de gran interés técnico yacadémico, sin duda alguna. Pero lanegociación de compromisos jurídicosdel tipo de los ya conocidos en elGATT exigía la demostración de unaclara voluntad por parte de las princi-pales potencias comerciales. Cuandoen 1985-86 se pone claramente demanifiesto ese deseo, al que contribu-

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Políticas Comerciales

yeron muchas instituciones de todoorden, como muestran los estudios, loscomunicados y documentos de reunio-nes, etc. se inicia de forma operativa elproceso que debía conducir al lanza-miento de la nueva ronda con la decla-ración de Punta del Este (septiembre de1986) y los trabajos posteriores.

organizaciones internacionales econó-micas-; y la promoción de accionescooperativas.

Como fórmula de organización delos trabajos, la declaración establecíados procesos paralelos, uno relativo alas diversas cuestiones comercialespendientes y a la mejora de las institu-ciones comerciales, y otro destinado anegociar un marco multilateral para elcomercio de servicios. EI ejercicio sedefinía como una ronda abierta en laque había que discutir y acordar pro-puestas sobre cuantos temas quisieranincluir las Partes y como una ronda glo-bal, lo que se entendía como una valo-ración de los resultados finales, aunqueestos pudiesen conseguirse de formagradual y, por último, ajustada a uncalendario (1987-1990) que, como esbien sabido, no se ha cumplido.

Se saldrían estas reflexiones de suslímites si expusiéramos con todos losdetalles las fases de las negociacionescerradas en diciembre de 1993. Pero,en todo caso, debemos mostrar de unaforma esquemática los resultados fina-les reflejados en un Acta firmada endicho mes y que, con algunos añadidosy precisiones, quedaron incluídos final-mente en abril de 1994 en Marrakech,para su ratificación por los distintos

Estados. Lo expresamos de forma sinóp-tica en el gráfico n° 1, en el que cabedistinguir varios apartados:

a) EI dedicado al establecimiento deuna Organización Mundial -aunqueoriginalmente se la denominase Multi-lateral- de Comercio (OMC) que confi-gurará el nuevo marco institucionalpara las relaciones comerciales interes-tatales.

b) Dentro de la OMC y con idénticorango se engloban tres grandes Acuer-dos relativos respectivamente a comer-cio de mercancías (que se conocerácomo GATT 1994), a comercio de ser-vicios (GATS) y a los aspectos comer-ciales de la propiedad intelectual(ADPIC). Formando parte de su estruc-tura se han pactado dos Entendimien-tos, uno relativo al sistema de soluciónde diferencias, que busca la mejor for-malización de una de las característicasdel antiguo GATT, proteger los dere-chos de los participantes; y otro relativoal examen multilateral de las políticascomerciales, al que más tarde aludire-mos, así como varios acuerdos Ilama-dos plurilaterales.

c) Dentro del Acuerdo sobre mer-cancías, se incluyen varias órdenes,recogidas también en el gráfico n° 1:cuanto se refiere al sistema GATT pre-vio, que el nuevo GATT asume en suintegridad; las interpretaciones pacta-das en la Ronda sobre varios artículos;doce nuevos Acuerdos (algunos deellos se refieren a nuestros antiguosconocidos, los códigos de la RondaTokio sobre cuestiones no arancelarias,otros aspectos sectoriales, otros a medi-das de defensa comercial, etc...) relati-vos a materias no arancelarias; y unProtocolo que recoge las concesionesde cada país o grupo de países enmaterias arancelarias y no arancelarias.

Este último protocolo resulta deexamen necesario cuando haya queestudiar un mercado de exportaciónconcreto.

d) Finalmente, el Acta Final incor-pora diversas Decisiones y Declaracio-nes ministeriales que se refieren a unapluralidad de aspectos como los proce-dimientos de notificación y otros decarácter procesal.

LOS OBJETIVOSDE LA RONDA URUGUAY

Cabe indicar que la declaración dePunta del Este, en consonancia con latradición del GATT, indicaba como finprimordial de la negociación la conse-cución de la mayor liberalización yexpansión del comercio mundial, yello, lógicamente, a través de un mejoracceso a los mercados. Para conseguir-lo se emplearían fórmulas tan conoci-das como la consolidación y reducciónde derechos arancelarios y la regula-ción pactada de las medidas no arance-larias. AI mismo se unían el objetivo dereforzar el sistema de reglas y discipli-nas del GATT, que habrían de aplicarsea nuevas áreas del comercio mundial;la mejora de la respuesta del sistemacomercial ante entornos en evolución-destacando la necesidad de un fortale-cimiento de las relaciones con otras

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Políticas Comerciales

GRAFICO N° 1

ESQUEMA GENERAL DEL ACTA FINAL DE LA RONDA URUGUAY

1) DEFINICION COMERCIO DE MERCANCIAS

2) ESTABLECIMIENTO O.M.C.

A) COMERCIO DE MERCANCIAS ARTICULO II, 1,B: LISTAS DE CONCESIONES

- ENTENDIMIENTOS SOBRE ARTICULOS GATT- ACUERDOS SOBRE PRODUCTOS Y B.N.A.S. MODIFICACIONES

ARTICULOS

ARTICULO XVII: EMPRESAS COMERCIO ESTADO

ARTICULO XII Y XVIII: BALANZA DE PAGOSARTICULO XXIV: UNIONES ADUANERAS

B) COMERCIO DE SERVICIOS

C) ASPECTOS DE DERECHOSPROPIEDAD INTELECTUAL

GATT ARTICULO XXV: DEROGACIONESARTICULO XXVIII: MODIFICACIONES DE LISTAS

ARTICULO XXXV: NO APLICACION ACUERDO G.

D) MECANISMOS SOLUCION DIFERENCIAS

E) MECANISMOS EXAMEN POLITICASCOMERCIALES

ACUERDOSSECTORIALES

AGRICULTURATEXTILES Y VESTIDO

F) ACUERDOS PLURILATERALES

3) DECISIONES Y DECLARACIONES MINISTERIALES- PAISES MENOS ADELANTADOS ANTIDUMPING

- CONTRIBUCION O.M.C. A MAYOR DEFENSA COMERCIAL SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS

COHERENCIA POLITICA ECONOMICA SALVAGUARDIAS

- PROCEDIMIENTOS DE NOTIFICACION- VALORACION EN ADUANA

- OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIO- EFECTOS NEGATIVOS EN PAISES

MENOS ADELANTADOS MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

- DIVERSOS ASPECTOS COMERCIO SERVICIOS NUEVOS MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES

- COMPRAS SECTOR PUBLICO INSTRUMENTOS INSPECCION PREVIA A LA EXPEDICION

- SOLUCION DE DIFERENCIAS NORMAS DE ORIGEN

- ANTIDUMPING

ANTIGUOSINSTRUMENTOS

FUENTE: Elaboración propia sobre textos GATT.

Otros intentan rellenar diversoshuecos temporales hasta la plena pues-ta en vigor de la OMC y otros se refie-ren a compromisos de trabajos futuros.Así, encontramos los relativos a la rela-ción comercio/medio ambiente, porejemplo. Entre ellos, ha de destacarsela declaración relativa a la contribuciónde la OMC a la mayor coherencia de lapolítica económica.

OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIOVALORACION EN ADUANALICENCIAS IMPORTACION

REDUCCIONES Y CONSOLIDACIONES PARAPROTOCOLO PRODUCTOS INDUSTRIALES

ARANCELIZACION PRODUCTOS AGROPECUARIOS

Examinamos a continuación aque-Ilos aspectos que, en nuestra opinión,tienen mayor relevancia a efectos denuestras reflexiones, en especial porcompletar el sistema GATT anterior-mente examinado.

EI Acta Final termina con el carácterprovisional arrastrado por el GATTdesde su fundación, creando una orga-nización que tendrá personalidad jurí-

dica, que gozará de todos los privile-gios e inmunidades necesarias para elejercicio de sus funciones, privilegios einmunidades que se extienden a losfuncionarios de la OMC, los cuales, enesencia, serán los de la Convenciónsobre Prerrogativas e Inmunidades delos Organismos especializados aproba-da por la Asamblea General de lasNaciones Unidas.

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Políticas Comerciales

La OMC, como el anterior GATTque supone su más importante elemen-to integrante, se constituye como "unmarco institucional común para eldesarrollo de las relaciones comercia-les". Para conseguir tal fin, la OMCfacilitará la aplicación y administraciónde los Acuerdos Comerciales Multilate-rales y Plurilaterales y constituirá el forofuturo para las negociaciones entre susMiembros. Es de notar que la denomi-nación de los países y territorios partici-pantes en el antiguo sistema GATT,ahora Ilamado GATT 1947, esto es, lade Parte Contratante, propia de la natu-raleza de Acuerdo, deja paso a lanueva de "Miembro", típica de la con-sideración de Organización Mundial.

La OMC se declara heredera delGATT reconociendo su actuación comola de una institución que pretendíalograr el incremento de la liberaliza-ción de las relaciones comercialesinternacionales, a través de sus meca-nismos de solución de diferencias, deldebate y definición de las reglas queasegurarán intercambios internaciona-les leales (fair trade) y ha contribuidoasí a escala mundial a la consecuciónde objetivos económicos conjuntos. Enpocas palabras de la OMC se muestraimpulsora de la cooperación interna-cional en el terreno de las relacionescomerciales, expresión práctica de unanecesidad expuesta en multitud deforos respecto a un mundo cada vezmás interdependiente.

LA NUEVA COOPERACIONINTERNACIONAL

Para lograr una mayor coherenciainternacional, la OMC habrá de coope-rar con el FMI, con el Banco Mundial ysus organismos conexos. En tal sentido,la OMC parece ser heredera de la Cartade La Habana. En esta línea, su cartafundacional establece que su ConsejoGeneral concertará acuerdos apropia-dos de cooperación efectiva con otrasorganizaciones intergubernamentalesque tengan responsabilidades afines ala de la OMC. En este orden puedenincluirse, aparte de UNCTAD, OCDE,OMPI en las cuestiones relativas a sus

ámbitos específicos. Hay un reconoci-miento de la importancia de las organi-zaciones no gubernamentales afinescomo Cámara de Comercio Internacio-nal (CCI), respecto a las cuales el Con-sejo General podrá adoptar las disposi-ciones apropiadas de colaboración.

La estructura diseñada para la OMCrecoge en buena parte la que el Acuer-do General había ido estableciendo apartir de 1955 y que hemos destacadoanteriormente. Su órgano soberano es laConferencia Ministerial compuesta porrepresentantes de todos los Miembros,la cual se reunirá al menos una vezcada dos años. En el antiguo GATT,como habíamos destacado, las PartesContratantes se reunían una vez al año,si bien su carácter ministerial no ha sidofrecuente. Pensemos que el deseo deuna cierta equiparación de rangos conotras instituciones y, especialmente, elFMI no es ajeno a esta declaración deniveles. Este órgano tiene la facultad deadoptar decisiones sobre todos los asun-tos comprendidos en el ámbito de cual-quiera de los Acuerdos multilaterales.

EI órgano siguiente es el ConsejoGeneral compuesto por representantesde todos los miembros, que se reunirá,según proceda, ejerciendo las funcio-nes de la Conferencia Ministerial en losintervalos entre reuniones. De formasimilar a la Conferencia, este Consejo

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es heredero del Consejo de Represen-tantes del GATT creado en 1960. Sucompetencia más importante es la deser el Organo de Solución de Diferen-cias creado en el Entendimiento relati-vo a tal materia. Además desempeñarálas funciones de Organo de Examen delas Políticas Comerciales.

EI Consejo General constituye elpivote básico y permanente del correc-to funcionamiento del sistema, enforma similar, aunque no idéntica a ladel Consejo de Administración de otrasinstituciones. Como hemos visto, se leatribuyen funciones esenciales, pero,sobre todo, las de coordinación de unprevisible complejo tinglado institucio-nal. Además, tiene la competencia deinterpretación de los Acuerdos y tam-bién el poder de conceder derogacio-nes (waivers).

Por otro lado, se establece unaSecretaría, dirigida por un DirectorGeneral. Será nombrado por la Confe-rencia, la cual también habrá de adop-tar un reglamento señalando sus funcio-nes, derechos y deberes. Lógicamente,entre ellos se encuentra el nombra-miento del personal de la Secretaría, yel deber de no solicitar ni aceptar ins-trucciones de ningún Gobierno o auto-ridad ajeno a la OMC.

En cuanto a la forma de toma dedecisiones, la OMC se declara explíci-

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Políticas Comerciales

tamente heredera de la tradición delGATT, al mantener la práctica del con-senso, esto es, la adopción de las mis-mas si ningún Miembro presente en lareunión en que ésta tiene lugar seopone formalmente a ella.

En los casos -en la historia práctica-mente inexistentes- en que no se puedepactar tal consenso, se Ilega a la vota-ción. En las reuniones de la Conferen-cia Ministerial y del Consejo General,cada Miembro de la OMC tendrá unvoto. Los de la Unión Europea (y previ-siblemente otras uniones hipotéticas)tendrán tantos votos como EstadosMiembros lo sean de la OMC. Lamayoría de tres cuartos es requerida encasos de interpretación de normas fun-dacionales y de derogaciones.

Por lo que se refiere a Miembros dela OMC, el acuerdo indica que lo seráninicialmente las Partes Contratantes delGATT de 1947, siempre que acepten

los Acuerdos Comerciales Multilatera-les (GATT 1994, GATS, ADPIC, etc.).Con ello se pretende evitar uno de losproblemas del GATT previo que hemosdestacado anteriormente, esto es eldenominado GATT "a la carta", mani-festado en la posibilidad de aceptacióno no de los componentes del sistema,lo que ha sido en el pasado fuente dedistorsiones. A tales Miembros se aña-dirán los que, mediante un procedi-miento de adhesión, adquieran estacondición. En ello, la OMC muestra denuevo ser heredera del GATT, dadoque habrán de fijarse caso a caso lascondiciones para cada adhesión.

La decisión de aceptar un nuevoMiembro es competencia de la Confe-rencia Ministerial que aprobará elacuerdo de adhesión por mayoría dedos tercios. También se prevé la retira-da de un Miembro ( que deberá denun-ciar su adhesión) como la no aplica-

ción del Acuerdo entre Miembros, sibien en este caso es preciso que elmecanismo se encuentre en vigor a lafecha de creación de la OMC.

También tiene importancia destacarque todo Miembro podrá promoverpropuestas de enmiendas de las dispo-siciones de creación de la OMC. Seránestudiadas en un plazo de noventa díasprorrogables y habrán de ser aprobadaspor consenso. Lógicamente, para com-pletar estas disposiciones sobre OMCfiguran las relativas a firma, entrada envigor, etc... Desde la perspectiva deeste trabajo, los datos expuestos pro-porcionan los elementos necesariospara su comparación con el precedenteGATT.

REPERCUSIONES

Dentro de la nueva OMC, como seha señalado, y como un mecanismodefinitivamente establecido tras laRonda Uruguay, ha de indicarse el rela-tivo al examen de las políticas comer-ciales de los miembros. En ciertosaspectos se asemeja a los esquemas deconsultas sobre políticas nacionalesestablecidos en otras organizacionesmultilaterales que buscan una mayortransparencia en el conocimiento de lasrealidades globales. Así lo hace el FMIy a ello contribuye la publicación delas "Perspectivas económicas mundia-les". EI sistema de la OMC fue iniciado,con carácter provisional, en 1988, par-tiendo del dato bien conocido de laglobalización de las economías mun-diales y la necesidad de conseguir entodos los órdenes económicos unamejor transparencia de la que hastadicho año se carecía en los aspectoscomerciales de una forma organizada.

Para Ilevar a cabo este examencada Miembro debe presentar un infor-me periódico, en el que han de hacerexplícitas una serie de informacionesrelativas a aspectos de política comer-cial, datos estadísticos, alteraciones res-pecto a informes anteriores, etc. Esteinforme, junto a otro preparado por losservicios técnicos de la Secretaría de laOMC sobre el mismo país, será objetode un examen de acuerdo con un

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^istribución y ^onsumo ^J^ AGOSTO/SEPTIEMBRE 1994

Políticas Comerciales

calendario pactado: cada dos años serealizan los de las cuatro primeraspotencias comerciales, incluyendo laUnión Europea, cada cuatro los de lasdieciseis siguientes y cada seis los delos restantes Miembros. Llevado a caboel examen, se hacen públicos los estu-dios con las observaciones registradas.Finalmente, cada año la OMC habrá derealizar un informe anual acerca de losfactores con incidencia en el sistemamultilateral de comercio. Ello ha deconstituir un buen elemento para elseguimiento del entorno internacional.

Completando esta obligación demayor transparencia, en la OMC se haprevisto una mejora de los procedi-mientos actuales de notificación, estoes, de comunicación a los órganos per-tinentes de las medidas específicas quepuedan afectar a los distintos Acuerdosadoptados por los países Miembros.Muchas de estas obligaciones existíanpreviamente, pero la novedad es elreforzamiento del sistema, mediante lacreación de un órgano ad-hoc sobre lacuestión, que es un registro central denotificaciones y la obligación de Ilevara cabo un examen periódico paramejorar la eficacia.

Entre las medidas que han de notifi-carse, recogidas en un lista indicativa,al lado de los aranceles, los contingen-tes arancelarios, las restricciones cuan-titativas y otras medidas no arancela-rias, figuran las ayudas estatales, inclu-yendo las subvenciones y las exencio-nes fiscales, las normas de origen, lascompras del sector público, etc..

Debemos tener en cuenta, además,que, a partir de la entrada en vigor dela OMC, todos aquellos países que nohabían firmado los antiguos códigos yno formaban parte de la estructura insti-tucional habrán de participar íntegra-mente en el nuevo sistema, por lo queel conjunto de informaciones de quedispondremos en el futuro sobre mate-rias de comercio en las regulaciones delos distintos países habrán de sermucho más abundantes a priori.

En el espíritu de la nueva coopera-ción entre instituciones, la ronda Uru-guay ha incluido una declaración acer-ca de la contribución de la OMC al

logro de una mayor coherencia en laformulación de las políticas económi-cas a escala mundial. Esta larguísimaexpresión responde a la exigida y nece-saria formulación de la mayor coordi-nación de las políticas macroeconómi-cas internacionales. Así, el Acta finalreconoce en este área para la economíamundial la "interacción cada vezmayor entre las políticas económicasde los distintos países, así como entrelos aspectos estructurales, macroeconó-micos, comerciales, financieros y dedesarrollo de la formulación de la polí-tica económica", esto es, de diversosaspectos de una realidad a la quehemos aludido: la interdependencia,manifestada entre otras cosas en losconceptos de "internacionalización" yde "globalización".

En esta línea, el Acta expone que laresponsabilidad de la armonización delos aspectos citados es de los gobiernosnacionales, pero también que la efica-cia de las políticas puede mejorarsemediante una mayor coherencia de lasmismas en su nivel internacional. Cadapolítica económica (tipos de cambio,

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recursos financieros, etc.) no puedeactuar aisladamente. Por el contrario, la"cooperación fructífera de cada esferacontribuye a lograr progresos en otrasesferas". En tal sentido, la políticacomercial hasta ahora no contempladaen las instituciones multilaterales no esni puede ser una excepción. Los inten-tos de liberalización comercial empren-didos por la ronda requieren para lograrsus efectos el apoyo de otras institucio-nes multilaterales responsables de otrosórdenes económicos. Tampoco por sísolas, las medidas de política comercialpueden solucionar cuestiones con ori-gen en otros aspectos ( estructurales,etc.), pero sí contribuir a su remedio.De ahí la importancia del mecanismo.Como lo constituye, en otro orden, elsistema de solución de diferencias cuyoprecedente hemos bosquejado.

NUEVOS AMBITOS

Sobre todo, en nuestra opinión, lasgrandes novedades de la Ronda Uru-guay, de cara al futuro de la distribu-ción, pueden encontrarse en la inicia-

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Políticas Comerciales

ción de una era de disciplinas multila-terales pactadas en dos ámbitos: el rela-tivo a comercio de servicios y a losaspectos comerciales de la propiedadintelectual.

Por razones cuantitativas y cualitati-vas (pensemos en los obstáculos detodo orden que la presencia de nuevastécnicas de distribución han encontra-do y pueden encontrar en distintos paí-ses, pero no sólo en estos aspectos,sino también en los financieros, deurbanismo, etc.) la regulación de estosórdenes resulta de gran inte-rés para muchos países yempresas.

EI acuerdo del GATS, quese expresa con un lenguajemás moderno y con unaestructura más coherente queel GATT, incluye en el ámbi-to de los servicios una seriede obligaciones y disciplinasgenerales, como los princi-pios de nación más favoreci-da y de transparencia, exten-diéndolos en esta esfera aconceptos consagrados (hastaahora) en las relacionescomerciales de productos(integración económica, sal-vaguardias, compras del sec-tor público, subvenciones,etc...). Afectarán, como hasido tradicional en el GATT, alas normas nacionales regula-doras de las áreas de comer-cio de servicios.

Parte de una definicióncasuística de los servicioscomo "modos de suministros" en losque se comprenden: el comercio trans-fronterizo de servicios entre dos países;el consumo o adquisición de serviciosque consumidores de un país (no sólopersonas físicas) realicen en el territoriode otro país; el establecimiento de per-sonas jurídicas para prestar servicios; yel desplazamiento de personas físicasde un país a otro para prestar sus servi-cios (ya sea por cuenta propia o comoempleados).

A través de una serie de negociacio-nes, en esencia similares a las descritaspara el caso de las mercancías, aunque

con ciertos matices especiales, los paí-ses (entre ellos la Unión Europea)adquieren y adquirirán compromisosespecíficos de acceso a mercados y detrato nacional.

Con ellas se pretende que las medi-das nacionales de cada país que afectenal comercio de servicios sean adminis-tradas de forma razonable, objetiva eimparcial. AI respecto y como ejemplo,hay que indicar que la Unión Europease ha comprometido a que las normasque afecten a los servicios de distribu-

ción se basarán en tales principios.Como contrapartida, a falta de queconozcamos con precisión la totalidadde los compromisos asumidos por otrospaíses, es de prever que los principalesactores del mundo de la distribuciónactuarán de forma similar, esto es, acep-tando e introduciendo en sus ordena-mientos jurídicos los mismos principios.

DISTRIBUCION COMERCIAL

En definitiva, la ronda Uruguay,cuyos aspectos más novedosos acaba-mos de exponer, puede suponer para la

distribución comercial varias conse-cuencias, destcando las siguientes:

a) La profundización de todos losesquemas de disciplinas internaciona-les en lo que respecta a comercio deproductos.

La actualización y la extensión delas normas de GATT a distintos ámbitoscomo son los enunciados en el gráfico4 y los que hemos desarrollado algomás, exigirán en el futuro la adaptaciónde las normas nacionales que haganrealidad los principios pactados.

b) La extensión de las dis-ciplinas del GATT a nuevosámbitos, como el comerciode servicios y los aspectoscomerciales de los derechosde propiedad intelectual, hade contribuir a la mejor pre-visión de los entornos querodean a la distribucióncomercial moderna.

c) Los mecanismos crea-dos revelan la existencia deprofundas interrelacionesentre los diversos aspectos dela economía nacional y losdel mundo internacional. Losordenamientos institucionalesse dirigen hacia sistemasbasados en criterios comunesde transparencia, de soluciónde diferencias y a la mejorcoordinación de las partes delsistema. Conocerlos en suaplicación práctica se con-vierte así en algo necesario.

En las consideracionesprecedentes hemos pretendi-

do esquematizar las más importantesfacetas relativas a los conceptos relati-vos a distribución, distribución interna-cional, GATT y OMC. Resulta clara laexistencia de una serie de puntos decontacto entre ellos en el pasado, a lolargo de la vida del Acuerdo General;pero, sobre todo en el futuro, las accio-nes de la OMC y los intentos de esta-blecimiento de una serie de "reglas deljuego" para los más importantes órde-nes del comercio habrán de ser tenidoen cuenta por los distribuidores en susprevisiones y en sus actividades deexpansión internacional.

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^istribución y^onsumo 5Ĵ AGOSTO/SEPTIEMBRE 1994

Antes de nada, debe indicarse quelas relaciones GATT-distribución en unlargo período han parecido estar limita-das a las reglas y principios que debíaninspirar, dentro de las legislacionesnacionales de venta e intercambio deproductos, especialmente cuando estosprocedían del exterior.

Recordemos que estas reglas, deenunciado sencillo, están basadas enlos principios de transparencia y no dis-criminación y han afectado tanto a losproductos en sí como a los instrumen-tos a través de los cuales semanifiesta la competencia(reglas de marketing, depublicidad, etc.). En el próxi-mo futuro habremos seadquirir, sin duda, experien-cias en los nuevos aspectosenunciados de la propiedadintelectual y el comercio deservicios que habrán de afec-tar también a la distribución.

Evidentemente, la distri-bución moderna de produc-tos constituye sólo una partede las consideraciones sobreel tema de la distribución.Cuestiones como el climaapropiado para la internacio-nalización, la transnacionali-zación de empresas y activi-dades comerciales en gradosdiversos, la propiedad de lastécnicas distributivas, la faci-lidad en los movimientos deingresos y pagos derivados delas nuevas situaciones tienenrelación con el "ambiente"comercial general, que la OMC, y antesel GATT, han pretendido enmarcar enel sentido de que las tendencias a unamayor libertad de comercio dentro dereglas y principios internacionalmenteaceptados por los socios comercialespueden contribuir a su mayor expan-sión. La plasmación en cifras de estosaspectos no es fácil y aventurarse por elanálisis de sus efectos a medio y largoplazo es misión casi imposible.

Dentro de estas limitaciones pue-den indicarse ciertos paralelismos entrela evolución del GATT y la simultáneade la distribución.

Políticas Comerciales

a) Una primera etapa (años 50-80).EI comercio internacional se plasmaprimordialmente en productos, seanestos de consumo, industriales o deotros órdenes. Las regulaciones quetienden a su liberalización evidente-mente contribuyen a la posibilidad deaumentar los surtidos y las gamas deproductos ofertados por los distribuido-res nacionales.

Pero, evidentemente, la gran revolu-ción en las formas de distribución, y suimpacto en las relaciones con la pro-

ducción, con el urbanismo comercial,las experiencias de marketing, etc. no semanifiestan en toda su extensión en esteperíodo y sobre todo cuando lo hacensu alcance es bastante limitado (prime-ras instalaciones en el exterior, primerosacuerdos de asistencia técnica, primerasfórmulas de franquicia, etc).

Podemos destacar algunos aspectosdel período:

1) En primer lugar, la extensión alas normas públicas que gobiernan ladistribución en los distintos países delos principios recogidos en el texto delAcuerdo General de no discriminación

entre productos nacionales y extranje-ros. Serán en definitiva, elementos aso-ciados a la calidad y al precio los quehabrán de marcar las líneas de la com-petencia dentro de mercados práctica-mente de alcance nacional.

2) En segundo término, la extensióna las normas de aplicación al comerciode productos de todas las disciplinaspactadas a lo largo del período enmaterias específicas, que se correspon-den en su mayor extensión con la regu-lación de las medidas no arancelari,^^.

En especial, los Códigosnegociados en la RondaTokio pretenden la aplicaciónextendida de los criterios deno discriminación entre pro-ductos nacionales y extranje-ros por razón de las normasde calidad aplicables, de losreglamentos técnicos, de lasmedidas de protección a losconsumidores, etc. Es claroque en el período citado estocoincide con la presencia enlos mercados de productosnaturales o manufacturadosque han de responder a crite-rios de mayores exigencias decalidad de los distribuidores ylos compradores. EI comerciointernacional actúa amplian-do los surtidos y las gamasofrecidas a éstos.

3) La escasa presencia dela distribución en sentidoestricto dentro de los casosofrecidos dentro de los meca-nismos de solución de dife-

rencias. Son más numerosos en esteorden los temas relativos a prescripcio-nes para la venta o la compra, quenaturalmente tienen más incidenciaindirecta sobre la distribución que loscasos concretos de legislación específi-cas sobre distribución.

Así, el mecanismo es empleado porpaíses que se quejan de que losimpuestos, algunas normas de comer-cialización (la "guerra del pollo" deri-vada de la legislación sobre la forma desacrificar estos animales, ...), limitaciónde ventas en un territorio, etc..., lohacen de forma discriminatoria entre

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^istribución y Consumo 53 AGOSTO/SEPTIEMBRE 1994

productos nacionales y extranjeros y noencontramos referencias a las leyessobre distribución en sentido estricto.

Quizá, de forma muy simplificada,podría hablarse de que en el período seregistra una mayor identificación entrelos conceptos de distribución y comer-cio, entendido éste sólo como la "ventade productos" con independencia desus orígenes.

b) Una segunda etapa (años 80-90)corresponde a la explosión de lasmodernas formas de distribución tantoen el interior de los países como en suexpansión internacional.

EI GATT clásico, limitado básica-mente a productos, no contempla cues-tiones como las derivadas de las formasde inversión en el exterior, las transfe-rencias de tecnologías que en la distri-bución comercial se presentan con fre-cuencia continuada, etc...

Habrá de ser la Ronda Uruguay ylos resultados en ella registrados losque permitirán hablar de estableci-miento de criterios extendidos a nuevoscampos comerciales con incidencia enla distribución comercial.

Así, el comercio de servicios y lapropiedad intelectual encontrarán en elfuturo dentro de la OMC "reglas deljuego" que habrán de considerarse porlas empresas distribuidoras que seenfrentan a una internacionalización demás amplio alcance que la relativa aproductos.

Uno de los mayores logros de laRonda Uruguay, que hemos intentadodestacar en estas líneas, es la acepta-ción general de principios mínimos alos que habrán de acomodarse en elfuturo las distintas normas nacionales.

Resulta previsible señalar que laforma en que esto ha de afectar a nues-tro mundo es de abrir un camino haciauna cierta convergencia que facilitarála expansión internacional de las activi-dades de distribución, un incrementode la competencia y un reforzamientode la profesionalidad e innovación que,hoy por hoy, resulta imposible preveren toda su extensión y profundidad.

Utilizando el esquema de la prime-ra parte del trabajo podríamos decirque la ronda Uruguay permitirá a los

Políticas Comerciales

agentes distribuidores del futuro tenerindicaciones más precisas acerca de suentorno institucional, en la medida enque los objetivos finales de las regula-ciones comerciales de los países queafectan a productos, servicios, transfe-rencias de técnicas, etc. parece quehabrán de producir dentro de unasreglas previsibles y estables.

Ha destacado esta revista en núme-ros anteriores diversos importantesaspectos de la distribución, por ejem-plo: el euroconsumidor, las reglas euro-peas en materia de normas técnicas, deetiquetado, etc...

En nuestra opinión, lo conseguidohasta el momento en la OMC habrá deafectar a esos y a otros aspectos de unadistribución que se internacionalizaaceleradamente en diferentes formas.

Pero también otras cuestionesmenos estudiadas (la relación intercam-bio comercial y medio ambiente, entreotras), la mayor transparencia y coordi-nación de las políticas económicas,etc..., encontrarán en los mecanismospactados un nuevo cauce de conoci-miento y de negociación que habrán defacilitar las estrategias de los agenteseconómicos. Las técnicas modernas degestión aplicables en todos los órdenesa la distribución encontrarán formas de

hacer realidad su antigua aspiración:hacer más eficaz el trabajo de los prota-gonistas de las actividades económicas.Recuerdo, al respecto, lo que en unaintervención académica me expresabano hace mucho tiempo un grupo dealumnos: "ser empresa hoy no es tanfácil como hace tiempo, con las reglasdel juego que no permitían la introduc-ción de la competencia".

Hoy, sin duda, el menor número dereglas limitativas y su extensión a másamplios ámbitos exigen tanto una mejorinformación previa como una adapta-ción más original; pero los jugadores-los distribuidores de hoy- tienen laposibilidad de utilizar mejor sus cuali-dades personales y su preparación téc-nica para conseguir sus objetivos.

EI desarrollo de las normas que lospaíses han de dictar en cumplimientode los compromisos adquiridos en laRonda Uruguay, en su doble aspectode información necesaria para la ges-tión y adaptación de ésta a nuevas rea-lidades, se configura así como elemen-to a valorar en el futuro inmediato. q

MIGUEL ANGEL DIAZ MIER.

Técnico Comercial y Economista del Estado.

Profesor Asociado de la Universidad de

Alcalá de Henares (Madrid).

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^istribución y Consumo 54 AGOSTO/SEPTIEMBRE 1994