junta de gobierno local acta de la junta de gobierno … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de...

14
Folio núm. 34/2017 1 EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 4 DE OCTUBRE DE 2.017 ASISTEN Sr. Presidente: D. Josu Bergara López (EAJ/PNV) Sras. y Sres. Tenientes de Alcalde: Leire Corrales Goti. (EAJ/PNV) Ainhoa Basabe Meléndez. (EAJ/PNV) Florentina Núñez López. (EAJ/PNV) Leire Fernández Díez. (EAJ/PNV) D. Gorka Alvarez Martínez (EAJ/PNV) Josefina San Miguel Vicuña (EAJ/PNV) D. Eduardo Abad Baños (EAJ/PNV) En el Concejo de Sestao, a cuatro de octubre de dos mil diecisiete. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Josu Bergara López, celebró sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, convocada a tal efecto, con asistencia de las Señoras y Señores Capitulares que anteriormente se relacionan, los que hallándose en número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria, se constituyeron en sesión a las ocho horas y treinta minutos de este día, asistidos de mí, el Secretario D. J. M. M. S. Se encuentra también presente la Sra. Interventora Dª M G A. Abierta la sesión por el Sr. Presidente, pasaron a tratarse seguidamente los asuntos incluidos en el orden del día. Núm. 1.- Aprobación del acta de la sesión celebrada el día 27 de setiembre de 2017. Queda aprobada por unanimidad el acta de la sesión anterior, celebrada el día 27 de setiembre de 2.017. Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente Núm. 2.- Licencia solicitada por D. J. J. S. B. para la realización de las obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia presentada por D. J. J. S. B., con entrada nº 9121 en el Registro General del Ayuntamiento de fecha 11 de septiembre de 2017, solicitando licencia municipal de obras para la reforma de un local comercial, sito en los bajos de la casa nº 3 de la calle Nicolás Esparza, vista la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo y visto asimismo el informe favorable emitido por la Ingeniero Técnico Municipal, la Junta de Gobierno Local, ACUERDA:

Upload: others

Post on 20-Aug-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 1

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 4 DE OCTUBRE DE 2.017

ASISTEN

Sr. Presidente: D. Josu Bergara López (EAJ/PNV) Sras. y Sres. Tenientes de Alcalde: Dª Leire Corrales Goti. (EAJ/PNV) Dª Ainhoa Basabe Meléndez. (EAJ/PNV) Dª Florentina Núñez López. (EAJ/PNV) Dª Leire Fernández Díez. (EAJ/PNV) D. Gorka Alvarez Martínez (EAJ/PNV) Dª Josefina San Miguel Vicuña (EAJ/PNV) D. Eduardo Abad Baños (EAJ/PNV)

En el Concejo de Sestao, a cuatro de octubre de dos mil diecisiete. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y bajo la Presidencia del

Sr. Alcalde-Presidente D. Josu Bergara López, celebró sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, convocada a tal efecto, con asistencia de las Señoras y Señores Capitulares que anteriormente se relacionan, los que hallándose en número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria, se constituyeron en sesión a las ocho horas y treinta minutos de este día, asistidos de mí, el Secretario D. J. M. M. S.

Se encuentra también presente la Sra. Interventora Dª M G A. Abierta la sesión por el Sr. Presidente, pasaron a tratarse seguidamente

los asuntos incluidos en el orden del día.

Núm. 1.- Aprobación del acta de la sesión celebrada el día 27 de

setiembre de 2017. Queda aprobada por unanimidad el acta de la sesión anterior, celebrada

el día 27 de setiembre de 2.017. Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente Núm. 2.- Licencia solicitada por D. J. J. S. B. para la realización de las

obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia presentada por D. J. J. S. B., con entrada nº 9121 en el

Registro General del Ayuntamiento de fecha 11 de septiembre de 2017, solicitando licencia municipal de obras para la reforma de un local comercial, sito en los bajos de la casa nº 3 de la calle Nicolás Esparza, vista la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo y visto asimismo el informe favorable emitido por la Ingeniero Técnico Municipal, la Junta de Gobierno Local,

ACUERDA:

Page 2: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 2

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

PRIMERO: Conceder a D. J. J. S. B. (D.N.I. XXXX), licencia municipal de obras para la reforma de un local comercial, sito en los bajos de la casa nº 3 de la calle Nicolás Esparza.

SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción al Proyecto de Ejecución redactado por el Arquitecto D. G. A. P, y además se deberán cumplir las siguientes condiciones:

CONDICIONES PARTICULARES: - Cualquier alteración del proyecto, excepto los condicionantes

impuestos en esta licencia, requerirá previa autorización expresa del Ayuntamiento.

- Previo al inicio de obra se deberá hacer entrega a través del Registro General del Ayuntamiento, la siguiente documentación:

- Habilitación del técnico redactor del proyecto para el ejercicio de la profesión.

- Nombramiento de los Técnicos facultativos para la dirección de las obras: Director de obra y el Coordinador de Seguridad y Salud.

- Acta de aprobación del Plan de Gestión de residuos de conformidad al Decreto 112/2012 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y nombramiento de la persona responsable de la gestión.

- Comunicación de apertura de centro de trabajo. - Acta de aprobación del Plan de Seguridad y Salud.

- El diseño de la fachada deberá de adecuarse a lo regulado en el Plan General de Ordenación Urbana y deberá respetar la estética del edificio.

- El plazo de inicio máximo de las obras será de TRES MESES desde la fecha de notificación de la licencia.

- El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES.

- El plazo de finalización de las obras será de DIECIOCHO MESES, desde el inicio hasta la completa finalización y reposición de los espacios afectados.

TERCERO: De conformidad con el artículo 5 del Decreto 112/2012, por la que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, se depositará una fianza de 60,00.-€ en concepto de garantía de la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición.

La devolución de la fianza sólo se producirá previa solicitud de la persona obligada y tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos generados en la obra mediante la presentación del informe final de gestión de residuos al que se alude en el apartado CUARTO de la presente resolución. En caso de no acreditarse la adecuada gestión de los residuos, y sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador previsto en la normativa de Residuos, el Ayuntamiento podrá ejecutar subsidiariamente las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los mismos y si ello no fuera posible, destinar el importe de la fianza a la realización de actuaciones de mejora ambiental en el municipio.

CUARTO: Una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación:

- Informe acústico realizado por técnico competente que acredite que los niveles de inmisión procedentes de la instalación de climatización y de la persiana, se encuentran dentro de los valores máximos normalizados en el Decreto 213/2012 de Contaminación acústica del País Vasco.

- Certificado Final de Obra, suscrito por el técnico director de la obra y visado por su Colegio Profesional de conformidad al Anejo II.3 de la parte primera del Código Técnico de la Edificación.

Page 3: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 3

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

- Certificado del valor final de obra - Certificado de control de calidad en ejecución, emitido por los técnicos

de la dirección facultativa. - Informe final de gestión de residuos firmado por la dirección facultativa

y verificado por el colegio profesional del técnico director de la obra, en el que se acredite la correcta gestión de los residuos generados en la obra de acuerdo con el modelo que se especifica en el anexo III del Decreto 112/2012.

CUARTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

QUINTO: Antes del inicio de la actividad el interesado deberá presentar la “Declaración responsable previa a la apertura de establecimiento que no requiera Licencia de Actividad”, cumplimentada con arreglo al modelo que se le facilitará en la Sección de Urbanismo de este Ayuntamiento, junto con la documentación que se señala en dicho modelo y además acompañada de planos a escala adecuada y legibles del establecimiento.

SEXTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.

SEPTIMO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución.

OCTAVO: Notificar la presente resolución a D. J. J. S. B. (D.N.I. XXXX), con domicilio en la calle XXXX nº 1 bajo izda. – 48910 Sestao (Bizkaia), dando traslado de la misma, a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local.

Núm. 3.- Licencia solicitada por D. Y. R. G., en representación de la

Comunidad de Propietarios del Grupo Avellaneda, número 6 para la instalación de un ascensor.

Visto el escrito y la documentación presentados por D. Y. R. G., en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 6 del grupo Avellaneda, en solicitud de licencia municipal de obras para la instalación de un ascensor en el citado inmueble, visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos de Urbanismo y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local,

ACUERDA: PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 6

del grupo Avellaneda (NIF XXXX) licencia municipal de obras para la instalación de un ascensor en el citado inmueble.

SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción al proyecto de ejecución redactado por el Arquitecto D. R. Mª A. E. y visado por su colegio Profesional el 24 de mayo de 2017, y además deberán cumplirse las siguientes condiciones:

CONDICIONES PARTICULARES: - Cualquier alteración del proyecto e informe anejos, excepto los

condicionantes impuestos en esta licencia, requerirá previa autorización expresa del Ayuntamiento.

- Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del Ayuntamiento la siguiente documentación:

- El nombramiento de los Técnicos facultativos, Director de Obra, Director de Ejecución de Obra y Coordinador de Seguridad y Salud.

- Acta de aprobación del Plan de Gestión de Residuos, de conformidad al Decreto 112/2013 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición y nombramiento de la persona responsable de la gestión.

- Comunicación de apertura de centro de trabajo.

Page 4: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 4

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

- Acta de aprobación del plan de seguridad y salud. - De conformidad con lo establecido en la “Ordenanza municipal para la

promoción de la accesibilidad en edificios de viviendas”, se deberán instalar las medidas complementarias establecidas en el caso 3 de la Instrucción Técnica de la citada Ordenanza, que a continuación se detallan:

Extintores portátiles por planta con eficacia mínima 21 A-113B. Conforme a la UNE 23007 – 14:2009: o Sistema de detección automática de incendio instalado uno en cada

planta, en locales de ocupación nula y locales de instalaciones del edificio. o Sistema manual de alarma de incendio (pulsadores) cada dos plantas

comenzando la instalación por la planta portal. o Sistema de comunicación de alarma teniendo en cuenta que el nivel

sonoro mínimo será de 75 dB(A). Se dispondrán de tantas como se considere conveniente para garantizar su audición en todas las viviendas. Esta señal acústica se complementará con señales luminosas en el interior de las propias viviendas, donde haya personas mayores (65 años) y/o con discapacidad que les impida percatarse de la alarma.

Alumbrado de emergencia conforme al Código Técnico, Documento Básico, Seguridad en la utilización y Accesibilidad, CTE-DB-SUA 4.

Exutorio de apertura automática en cubierta (Marcado CE – UNE-EN 12101-2).

- La escalera cumplirá con las condiciones de escalera protegida según CTE-DB-SI.

- La ocupación de dominio público para la instalación de casta de obra y/o contenedores, requiere de la previa solicitud de la correspondiente autorización municipal mediante la presentación de documento escrito y gráfico que especifique los medios necesarios, los plazos estimados y la propuesta de ubicación.

- El plazo de inicio de las obras será de DOS MESES a partir de la firma de la notificación de la concesión de la licencia.

- El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES.

- El plazo de finalización de las obras será de DOCE MESES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos.

CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA: - No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja

debidamente, mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro.

- Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación.

CONTENEDORES DE OBRA: - Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la

utilización de contenedores, debiendo de ser normalizados. - Los contenedores deberán presentar en su exterior de manera

perfectamente visible el nombre o razón social y teléfono de la propiedad o de la empresa responsable y el número de identificación del contenedor.

- Únicamente se autoriza el vertido de residuos inertes para su posterior retirada a vertedero autorizado.

- El contenedor no podrá invadir el carril de circulación y deberá adoptar las medidas oportunas de protección del pavimento.

- El contenedor, excepto en los momentos que su uso no lo permita, deberá permanecer tapado por toldos con el fin de que su contenido no se vierta o sea esparcido o levantado por el viento.

Page 5: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 5

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

- El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor.

- Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado de la vía pública de forma inmediata.

- Al retirar el contenedor deberá dejarse en perfectas condiciones de limpieza la superficie de vía pública ocupa.

- No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15 horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra.

- Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

VALLADO: - La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá

permanecer en todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima.

- Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.

ELEVACIÓN DE CARGAS: - La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en

el Real Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura o legislación posterior que la complemente o sustituya.

- En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra.

SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: - El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao

para que conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma.

LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO:

- Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra, para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación.

- Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras.

TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: - La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador

del propio solicitante de la licencia. - En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá

dirigirse al gestor del servicio de Aguas UDALSAREA (Teléfono de contacto 94.487.31.87), quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador

TERCERO: De conformidad con el Decreto 112/2012 por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, se depositará una fianza de 457,32.-€ en concepto de garantía de la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición.

Page 6: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 6

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

La devolución de la fianza sólo se producirá previa solicitud de la persona obligada y tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos generados en la obra mediante la presentación del informe final de gestión de residuos al que se alude en el apartado CUARTO de la presente resolución. En caso de no acreditarse la adecuada gestión de los residuos, y sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador previsto en la normativa de Residuos, el Ayuntamiento podrá ejecutar subsidiariamente las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los mismos y si ello no fuera posible, destinar el importe de la fianza a la realización de actuaciones de mejora ambiental en el municipio.

CUARTO: Una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación:

- Certificado Final de Obra, suscrito por el técnico director de la obra, y visado por su Colegio Profesional de conformidad al Anejo II.3. de la parte primera del Código Técnico de la Edificación.

- Certificado del valor final de obra. - Informe final de gestión de residuos, firmado por la dirección facultativa

y VERIFICADO por su Colegio Profesional, en el que se acredite la correcta gestión de los residuos generados en la obra de acuerdo con el modelo que se especifica en el anexo III del Decreto 112/2012.

- Plan de Autoprotección, utilizando como base de su contenido el Anexo II de la Norma Vasca de Autoprotección.

- Certificado del Presidente o Administrador de la Comunidad, en el que se haga constar que todos y cada uno de los usuarios de las viviendas del inmueble, independiente de su titularidad, han recibido la información adecuada, en documento escrito y debidamente explicada de forma inteligible, sobre el plan de actuación ante las emergencias, donde se les haga conocedores de los riesgos de cualquier tipo que se pudieren crear, el modo de proceder en este caso y la formación en el manejo de las instalaciones de extinción y alarma.

- Certificado puesta en marcha del ascensor sellado por el Departamento de Industria del Gobierno Vasco.

- Contrato de mantenimiento de los diferentes sistemas instalados conforme a su normativa de aplicación.

- Fotografías en color del estado final. - Copia de solicitud a Catastro del Departamento de Hacienda y

Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia para la actualización del valor catastral del inmueble por la Intervención de instalación del ascensor.

QUINTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

SEXTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.

SÉPTIMO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, y sin haber depositado la fianza requerida en la presente licencia.

Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal junto con una copia del justificante de haber depositado en la Tesorería Municipal la mencionada fianza.

OCTAVO: Que por la Policía Local se mantenga la oportuna vigilancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior, procediéndose a la paralización de las obras caso de que éstas se iniciaran sin dar cumplimiento a lo requerido.

NOVENO: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Anejo V del Decreto 68/2000 de 11 de Abril del Gobierno Vasco, sobre condiciones de

Page 7: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 7

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

accesibilidad, dar traslado de la presente resolución al Consejo Vasco para la Promoción de la Accesibilidad, junto con copia de los informes emitidos en el expediente.

DÉCIMO: Notificar la presente resolución a D. Y. R. G. (DNI XXXX), en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 6 del grupo Avellaneda y con domicilio a efectos de notificaciones en el XXXX nº6 de Sestao, así como al Consejo Vasco para la Promoción de la Accesibilidad del Dpto. de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, ubicado en la calle Donostia-San Sebastian, 01010 Vitoria-Gasteiz.

Dar traslado igualmente de la presente resolución a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local.

Acción Social y Personas Mayores. Núm. 4.- Quedar enterada de que la Diputación Foral de Bizkaia ha

aprobado la disposición y el abono al Ayuntamiento de Sestao del Fondo Extraordinario de Cartera de Servicios Sociales, ejercicio 2017.

Vista la notificación remitida por la Diputación Foral de Bizkaia sobre el acuerdo que ha adoptado para la disposición y el abono del Fondo Extraordinario de Cartera de Servicios Sociales del año 2017; y examinados los informes emitidos al efecto por el Sr. Jefe de Sección de Acción Social e Igualdad y por la Sra. Interventora municipal, esta Junta de Gobierno Local,

ACUERDA: 1º.-Quedar enterada de que la Diputación Foral de Bizkaia, en reunión

celebrada el día 26 de julio de 2017, ha aprobado la disposición y el abono de la cantidad de 136.011 euros al Ayuntamiento de Sestao para el despliegue de la Cartera de Servicios Sociales durante el año 2017.

2º.-Notificar el presente acuerdo a la Sra. Interventora municipal y a la Sra. Tesorera municipal”.

Núm. 5.- Quedar enterada de que la Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado las dotaciones presupuestarias destinadas a la financiación del nivel mínimo de protección del sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia y liquidación del importe definitivo del Fondo Gizartekutxa.

Vistas las notificaciones remitidas por la Diputación Foral de Bizkaia sobre los acuerdos que ha adoptado relativos a la integración de las dotaciones presupuestarias destinadas a la financiación del nivel mínimo de protección del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en el Fondo Gizartekutxa, y la liquidación del importe definitivo del Fondo Gizartekutxa del ejercicio 2016; y examinados los informes emitidos al efecto por el Sr. Jefe de Sección de Acción Social e Igualdad y por la Sra. Interventora municipal, esta Junta de Gobierno Local,

ACUERDA: 1º.-Quedar enterada de que la Diputación Foral de Bizkaia, en reunión

celebrada el día 12 de julio de 2017 ha aprobado que las dotaciones presupuestarias destinadas a la financiación del nivel mínimo de protección del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia sea integrado en el Fondo Gizartekutxa.

2º.-Quedar enterada de que la Diputación Foral de Bizkaia, en reunión celebrada el día 12 de julio de 2017 ha aprobado el importe definitivo del Fondo Gizartekutxa relativo al ejercicio de 2016, así como la liquidación de dicho Fondo, resultando que al Ayuntamiento de Sestao, al que le había anticipado la cantidad de 509.238,52 euros, le corresponde percibir la cantidad de 499.491 euros por el Fondo

Page 8: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 8

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

Gizartekutxa 2016; resultando que el exceso abonado, 9.747,52 euros, será retenido en el pago de la asignación del Fondo Gizartekutxa de mayo de 2017.

3º.-Notificar el presente acuerdo a la Sra. Interventora municipal y a la Sra. Tesorera municipal”.

Cultura, Educación, Euskera, Juventud y Deportes Núm. 6.- Resolución de La Convocatoria Pública realizada por el

Ayuntamiento de Sestao para la concesión de subvenciones económicas para la financiación de estancias de familias en internados de euskera, , durante el ejercicio 2017.

Teniendo en cuenta el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 21 de junio de 2017, por el que se realizó convocatoria pública para la concesión de subvenciones económicas destinadas a la financiación de estancias de familias en internados de euskera durante el ejercicio 2017, siendo autorizada a tal efecto una disposición económica de 950 euros, convocatoria publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 130, de 7 de julio de 2017. Vista la solicitud presentada para ser objeto de subvención. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Euskera, celebrada al efecto; la Junta de Gobierno local, por unanimidad:

ACUERDA: Primero.- Resolver la convocatoria pública realizada por el Ayuntamiento

de Sestao para la concesión de subvenciones económicas destinadas a la financiación de estancias de familias en internados de euskera durante el ejercicio 2017, siendo autorizada a tal efecto una disposición económica de 950 euros; y conceder a la persona que a continuación se enumera la subvención correspondiente, según la puntuación detallada en el punto quinto., criterios de Valoración, aprobado en la convocatoria de la subvención que nos ocupa;

Así pues el montante de la subvención es: - A. M. A. M., DNI XXXX.........................200 EUROS

Segundo.- La subvención concedida en el punto primero tiene el carácter de máxima, por lo que si las actividades subvencionadas se ejecutan finalmente por un importe de gastos superior a lo previsto en sus presupuestos ese exceso no será considerado por el Ayuntamiento de Sestao a efectos de subvencionarlo.

En el supuesto de que alguna de la actividad subvencionada se ejecute finalmente por un importe total de gastos inferior al presupuestado, la subvención económica máxima a conceder por el Ayuntamiento de Sestao será ajustada conforme al criterio utilizado para determinar la subvención a conceder por cada actividad respecto de los gastos que realmente haya generado.

Tercero.- Abonar el 75% de la subvención concedida en el punto primero del presente acuerdo.

Si la persona subvencionada tuviera pendiente de abonar o reintegrar cantidad económica alguna al Ayuntamiento de Sestao, por el Sr. Alcalde-Presidente, o Concejal en quien delegue, se resolverá lo que proceda al respecto.

Si la persona beneficiaria de las subvención concedida por el presente acuerdo no hubiese realizado las actividad subvencionada, o no la pudiere realizar, con anterioridad al día 31 de diciembre de 2017; deberá reintegrar el importe de la subvención que le sea abonada, mediante su ingreso en la Tesorería Municipal, y presentar escrito al Ayuntamiento en el que comunique los motivos por los que no ha podido realizar en el ejercicio de 2017 las actividades subvencionadas.

Cuarto.- La entidad subvencionada deberá justificar al Ayuntamiento de Sestao, antes del día 31 de enero de 2017, el destino dado a las subvenciones concedidas mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Sestao de la documentación especificada en el artículo 10 del Reglamento Municipal

Page 9: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 9

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

del Ayuntamiento de Sestao regulador de la concesión de estas subvenciones económicas.

Revisada la justificación presentada, por el Sr. Alcalde-Presidente, o Concejal en quien delegue, se adoptará resolución de abono del resto de la subvención concedida o de requerimiento de reintegro, según proceda en cada caso.

Quinto.- En todo lo no previsto expresamente en el presente acuerdo será de aplicación lo dispuesto en el Reglamento Municipal del Ayuntamiento de Sestao de concesión de subvenciones.

Sexto.- Notificar el presente acuerdo a las personas subvencionadas, a la Intervención Municipal y a la Tesorería Municipal.”

FUERA DEL ORDEN DEL DIA Fuera del orden del día, con la conformidad de todos los asistentes sobre

la urgencia que revisten los asuntos a los que después se hará mención, y a la vista de lo determinado por el artículo 113.1 del Real Decreto 2568/86 de 28 de diciembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, pasaron a tratarse los siguientes asuntos:

Núm. 7.- Aprobación del Expediente de Contratación, Memoria Técnica, así como del Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la adjudicación mediante procedimiento de negociado sin publicidad de las obras para la mejora de la accesibilidad en distintas calles del término municipal de Sestao.

Vista la propuesta formulada por el Jefe de la Sección de Contratación/Interior de fecha 25 de septiembre de 2017, relativo a la aprobación de la Memoria Técnica de fecha de 22 de septiembre de 2017 elaborada por el Arquitecto Municipal J. G. A., así como el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares elaborado con fecha de 25 de septiembre de 2017, reguladores de la contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad de las Obras para la Mejora de la Accesibilidad dentro del término municipal de Sestao y vistos asimismo los informes emitidos al respecto por el Departamento de Intervención Municipal y el Sr. Secretario Municipal, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional Segunda del TRLCSP, la Junta de Gobierno Local,

ACUERDA: PRIMERO.- De conformidad con el artículo 22 del TRLCSP, considerar

necesaria la contratación de las obras para la mejora de la accesibilidad dentro del término municipal de Sestao.

SEGUNDO.- Dichas obras se realizaran con cargo a la Partida Presupuestaria 1532 601 06 Acondicionamiento vías públicas (rebaje de aceras).

TERCERO.- Aprobar la Memoria Técnica de fecha de 22 de septiembre de 2017 elaborada por el Arquitecto Municipal Javier Gil Arberas, así como el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares elaborado con fecha de 25 de septiembre de 2017, por el Jefe de la Sección de Interior y Contratación, para la adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad de las Obras para la Mejora de la Accesibilidad dentro del término municipal de Sestao .

CUARTO.- Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato por el procedimiento negociado sin publicidad, al amparo del artículo 171 d ) en relación con el artículo 177 del TRLCSP, acometiendo las actuaciones tendentes a dicha adjudicación.

Page 10: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 10

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

QUINTO.- Aprobar el gasto que tendrá carácter de autorizado por un importe de CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y DOS (134.458,52€) a lo que habría de sumarse el importe correspondiente al IVA (21%), lo que importaría una cuantía final de CIENTO SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA (162.694,80€).

SEXTO.- Dar traslado del contenido del presente acuerdo a los Departamentos de Tesorería e Intervención Municipales, a la Arquitecta Municipal, así como al Jefe de la Policía Local.

Núm. 8.- Resolución de la Convocatoria Pública para la concesión de subvenciones económicos por parte del Ayuntamiento de Sestao para el desarrollo de actividades en materia de Acción Social, durante el año 2017.

Considerando que la Comisión Informativa de Acción Social, Personas Mayores, Salud y Consumo, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2017, por mayoría de su miembros ha aprobado elevar a la Junta de Gobierno Local la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones económicas para la realización de actividades en materia de Acción Social durante el ejercicio 2017; esta Junta de Gobierno Local, de conformidad con la citada propuesta, acuerda:

“Primero.- Resolver la convocatoria pública realizada por el Ayuntamiento de Sestao para la concesión de subvenciones económicas destinadas a la realización de actividades en materia Acción Social durante el ejercicio de 2017; y conceder a las entidades que seguidamente se relacionan las subvenciones económicas que se indican para el desarrollo de las actividades que se especifican, por considerarse que dichas actividades se corresponden con los ámbitos subvencionables establecidos en las Bases de la convocatoria aprobada por la Junta de Gobierno Local, en acuerdo de fecha 10 de mayo de 2017, y que las mismas pretenden completar y/o suplir la intervención del Ayuntamiento de Sestao en materias propias de la competencia municipal en el ámbito de Acción Social:

ENTIDAD ACTIVIDADES Y PORCENTAJES SUBVENCIONADOS

DE LAS MISMAS, CONSIDERANDO LOS

PRESUPUESTOS PRESENTADOS

SUBVENCIÓN QUE SE

CONCEDE

SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAÚL

Programa de reparto de alimentos entre familias

desfavorecidas (75%).

1.772 euros

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER. JUNTA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Programa “Prevención del cáncer de la piel (50%).

264 euros

FUNDACION ESCLEROSIS MULTIPLE

EUGENIA EPALZA FUNDAZIOA

Campaña concienciación mójate por la esclerosis

(50%).

1.900 euros

ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN

DEL MENOR Y LA FAMILIA Y

PROMOCIÓN DE LOS PUNTOS DE

ENCUENTRO Y LA MEDIACIÓN

Proyecto Bidelagun (50%) 1.417 euros

Page 11: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 11

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

“EGINTZA”

ASOCIACIÓN HAZBIDE PARA LA PROMOCIÓN DE LA INFANCIA Y LA JUVENTUD

Proyecto Artizar (50%). 3.938 euros

FUNDACION INTEGRANDO Programa para mejora de calidad de vida

destinado a personas mayores 60 años (50%).

Programa Intergeneracional (50%).

Programa “Habilidades para la vida (50%).

1.969 euros

591 euros

1.260 euros

CARITAS DIOCESANA DE BILBAO

Proyecto Familia e Inserción Social (50%).

Proyecto Social de Base y de vivienda (50%).

Fomento y formación de voluntariado (50%).

2.498 euros

1.393 euros

46 euros

FUNDACIÓN SÍNDROME DE DOWN DEL PAÍS VASCO

Programa de seguimiento escolar (50%). 1.317 euros

BAGABILTZA FUNDAZIOA FUNDACIÓN BAGABILTZA

Charla como evitar las caídas (50%)

Charla buen uso de los medicamentos (50%)

Charla el cuidado de la espalda (50%)

158 euros

158 euros

158 euros

FUNDACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SIDERÚRGIA INTEGRAL

Talleres para la formación del voluntariado en

acompañamiento a personas mayores y personas

dependientes (50%).

Promoción del envejecimiento activo y talleres de

informática (50%)

1.685 euros

1.528 euros

ASOCIACIÓN BIZKAIA ELKARTEA ESPINA BÍFIDA E HIDROCEFALIA

Programa de intervención comunitaria en Sestao.

Jornada para sensibilizar a la población (50%).

1.575 euros

Las actividades que, propuestas por las entidades anteriormente relacionadas para que fuesen subvencionadas, no consten en el cuadro expuesto no han sido subvencionadas debido a que no se corresponden con las actividades subvencionables determinadas en la Base Segunda de las que regulan la convocatoria de estas subvenciones.

Segundo.- Abonar a las entidades que seguidamente se relacionan, en concepto de anticipo del 75% de las subvenciones concedidas en el punto anterior, las cuantías que se señalan mediante su ingreso en las cuentas bancarias que así mismo se indican:

-SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAÚL, CIF XXXX: 1.329 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER. JUNTA PROVINCIAL DE BIZKAIA, CIF XXXX: 198 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

Page 12: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 12

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

-FUNDACIÓN ESCLEROSIS MÚLTIPLE. EUGENIA EPALZA, FUNDAZIOA, CIF XXXX: 1.425 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR Y LA FAMILIA Y PROMOCIÓN DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO Y LA MEDIACIÓN “EGINTZA”, CIF XXXX: 1.063 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-ASOCIACIÓN HAZBIDE PARA LA PROMOCIÓN DE LA INFANCIA Y LA JUVENTUD, CIF XXXX: 2.954 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-FUNDACIÓN INTEGRANDO, CIF XXXX: 2.865 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-CÁRITAS DIOCESANA DE BILBAO, CIF XXXX: 2.953 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-FUNDACIÓN SÍNDROME DE DOWN DEL PAÍS VASCO, CIF XXXX: 988 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-BAGABILTZA FUNDAZIOA FUNDACIÓN BAGABILTZA, CIF XXXX: 356 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-FUNDACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SIDERÚRGIA INTEGRAL, CIF XXXX: 2.410 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

-ASOCIACIÓN BIZKAIA ELKARTEA ESPINA BÍFIDA E HIDROCEFALIA, CIF XXXX: 1.181 euros. Ingreso en la cuenta número: XXXX.

Tercero.-Las subvenciones concedidas en el punto primero tienen el carácter de máximas, por lo que si las actividades subvencionadas se ejecutan finalmente por un importe de gastos superior a lo previsto en sus presupuestos ese exceso no será considerado por el Ayuntamiento de Sestao a efectos de subvencionarlo.

En el supuesto de que alguna de las actividades subvencionadas se ejecute finalmente por un importe total de gastos inferior al presupuestado, la subvención económica máxima a conceder por el Ayuntamiento de Sestao será equivalente al porcentaje indicado para cada actividad respecto de los gastos que realmente haya generado.

Si alguna de las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas por el presente acuerdo no realizase las actividades subvencionadas con anterioridad al día 31 de diciembre de 2017, deberá reintegrar el importe de la subvención que le sea abonada, mediante su ingreso en la Tesorería Municipal, y presentar escrito al Ayuntamiento en el que comunique las razones por las que no ha podido realizar en el ejercicio de 2017 las actividades subvencionadas.

Cuarto.- Las entidades subvencionadas deberán justificar al Ayuntamiento de Sestao el destino dado a las subvenciones concedidas mediante la presentación de la documentación especificada en la Base Undécima de la convocatoria por la que se regula la concesión de estas subvenciones económicas.

Al respecto se recuerda que, con anterioridad al día 31 de diciembre de 2017, las entidades beneficiarias deberán entregar en la Sección de Acción Social e Igualdad del Ayuntamiento de Sestao las facturas y demás documentación justificativa de la totalidad de los gastos habidos con ocasión de la realización de las actividades subvencionadas. Toda entidad beneficiaria que no dé cumplimiento exacto a esta obligación perderá el derecho a percibir tanto las cantidades ya recibidas como, en su caso, las pendientes de cobro, con la consiguiente obligación de devolución de las primeras. El cumplimiento de la obligación de presentar la documentación indicada no generará un derecho definitivo al cobro de la subvención que, en todo caso, dependerá de la aprobación final de su justificación.

Y, con anterioridad al día 1 de febrero de 2018, las entidades beneficiarias deberán entregar en el Registro General del Ayuntamiento de Sestao la documentación a que se refieren los apartados a), b) y d) del punto 2 de la Base Undécima de la convocatoria de estas subvenciones.

Page 13: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 13

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

Junto con la notificación del presente acuerdo se acompañará copia del contenido de la citada Base Undécima.

Revisada la justificación presentada, por la Sra. Tercera Teniente de Alcalde delegada de Acción Social, Personas Mayores, Salud y Consumo se adoptará resolución de abono del resto de la subvención concedida o de requerimiento de reintegro, según proceda en cada caso.

Quinto.-Desestimar la subvención solicitada por la entidad que seguidamente se relaciona, por los motivos que así mismo se indican:

-ASOCIACIÓN STOP DESAHUCIOS BIZKAIA GELDITU, CIF XXXX, debido a que, conforme a lo establecido en la Base primera apartado 1 y Base tercera apartado 1 letra b) de la convocatoria de estas subvenciones, para que las actividades propuestas por las entidades que concurren a la convocatoria sean subvencionables, además de corresponderse con las que se detallan en la Base segunda, deben complementar y/o suplir la intervención del Ayuntamiento de Sestao.

Al respecto, considerando que el objeto de las actividades propuestas por la ASOCIACIÓN STOP DESAHUCIOS BIZKAIA GELDITU es evitar desahucios y, para los supuestos en que ello no sea posible, conseguir alojamiento a personas afectadas por el desahucio de sus viviendas habituales; considerando que el Ayuntamiento de Sestao sí interviene en la atención a personas afectadas por desahucios, disponiendo para ello de un Protocolo de actuación municipal para la prevención de desahucios y para la atención a las personas afectadas por desahucios, resultante de una Mesa de trabajo, compuesta por los grupos políticos municipales y agentes sociales del municipio; considerando que dicho Protocolo garantiza la prestación de varios servicios a favor de personas afectadas por desahucios (Servicio de asesoramiento jurídico e intermediación para evitar la interposición de demandas judiciales por las entidades financieras; Servicio de asesoramiento jurídico, gestión de justicia gratuita y, en su caso, defensa judicial, cuando la entidades financieras ya han interpuesto demanda judicial; concesión de Ayudas económicas no periódicas de carácter social del Ayuntamiento de Sestao para alojamiento urgente y temporal y/o para cubrir gastos destinados al acceso a una vivienda de alquiler; concesión de Ayudas de Emergencia Social para atender gastos de alquiler de una vivienda, entre otros servicios y prestaciones); y considerando que ha habido difusión pública de la existencia de estos servicios municipales y que desde el año 2013, en que fue aprobado el referido Protocolo, los Servicios Sociales de Base de este Ayuntamiento han atendido a todas las personas que han acudido a los mismos con problemática relacionada con el desahucio de sus vivienda habituales,; debe concluirse que la actividad propuesta por STOP DESAHUCIOS BIZKAIA GELDITU ni suple ni complementa la intervención del Ayuntamiento de Sestao en la atención a personas afectadas por desahucio de su vivienda habitual, pues los servicios municipales llegan a todas las personas que demandan esa intervención, por lo que la citada actividad no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria de estas subvenciones para ser subvencionada.

Sexto.- En todo lo no previsto expresamente en el presente acuerdo será de aplicación lo dispuesto en las Bases que regulan la convocatoria estas subvenciones, en la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao, y en los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que resulten de aplicación.

Séptimo.- Notificar el presente acuerdo a las entidades subvencionadas, a la entidad no subvencionada, a la Sra. Interventora municipal, a la Sra. Tesorera municipal, y a la Sra. Jefa de Sección de Educación, Cultura y Deportes (a los efectos de que no se duplique la concesión de subvenciones municipales por una misma actividad); proceder a la publicación de un extracto de este acuerdo en el Boletín Oficial de Bizkaia y exponer el acuerdo en el tablón de anuncios del

Page 14: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO … 2017... · 2017. 11. 8. · obras de reforma de un local comercial en la calle Nicolás Esparza, número 3. Vista la instancia

Folio núm. 34/2017 14

EL ALCALDE - ALKATEAK, EL SECRETARIO - IDAZKARIAK

Ayuntamiento de Sestao durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del citado extracto en el Boletín Oficial de Bizkaia.”

No obstante la Junta de Gobierno Local adoptará la resolución que estime conveniente, y en el supuesto de que se aparte de la propuesta emitida deberá motivar la razón de ello y justificar la resolución en aplicación de los criterios establecidos en la convocatoria de estas subvenciones y en la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao.

El Sr. Presidente levantó la sesión, siendo las nueve horas de este día,

extendiéndose la presente acta en catorce folios, numerados del doscientos ochenta y ocho al trescientos uno, ambos inclusive, con la versión en euskera que resulta de la traducción efectuada por los traductores municipales Dª A. G. U. y D. J. B. A., de cuyo contenido como Secretario doy fe.