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Mª Ángel Maeso Rubio Mª Ángeles Hernández García ASPECTOS BÁSICOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CENTROS BILINGÜES

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Page 1: Jornadas Foro 07

Mª Ángel Maeso RubioMª Ángeles Hernández García

ASPECTOS BÁSICOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CENTROS BILINGÜES

Page 2: Jornadas Foro 07

ORDEN de 24 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el

funcionamiento de los Centros Bilingües (BOJA 11 de agosto).

Definición de Centros Bilingües:

Son EEI, CEIP, CEPR e IES que promueven la adquisición y el desarrollo de las competencias lingüísticas del alumnado, en relación con las destrezas de escuchar, hablar, leer y

escribir, mediante el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas. Para ello, se abordarán determinadas áreas o

materias en dos lenguas, la lengua castellana (Lengua 1) y una segunda lengua instrumental (Lengua 2), que se considerará la lengua de la sección. Además, desde el

tercer ciclo de la Educación Primaria y en toda la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria se incorporará una

segunda lengua extranjera (Lengua 3).

Page 3: Jornadas Foro 07

Definición de Centros Bilingües (art 2):

Los Centros Bilingües deberán tener en cuenta las recomendaciones europeas en esta materia, recogidas en el Acuerdo de Gobierno de 22 de marzo de 2005 y contar con el profesorado suficiente para impartir la

enseñanza de las lenguas y de las áreas no lingüísticas en la Lengua 2.

Page 4: Jornadas Foro 07

¿Dónde encontrar estos documentos?

http://cvc.cervantes.es/obref/marco/

http://cvc.cervantes.es/obref/marco/

www.eurydice.org

Page 5: Jornadas Foro 07

Los Centros Bilingües deberán dotarse de un nuevo modelo metodológico, curricular y

organizativo que contenga los principios del currículo integrado.

www.juntadeandalucia.es/averroes/plurilinguismo/

Page 6: Jornadas Foro 07

En los Centros Bilingües podrán coexistir, en un mismo curso, grupos de alumnos y alumnas que impartan el programa

bilingüe con otros grupos de alumnos que no lo sigan. Los grupos que participan en el programa bilingüe conformarán la sección

bilingüe.

Page 7: Jornadas Foro 07

Criterios generales de actuación (art 3)

Información a la Comunidad Educativa por parte del equipo directivo.

Si no hay vacantes para el grupo bilingüe, se procederá a un sorteo público.Los grupos han de ser flexibles.

La designación del profesorado que imparte el ANL dependerá de las competencias lingüísticas

de los docentes, tendiendo al nivel B1.

Page 8: Jornadas Foro 07

Horario del alumnado de Educación Infantil

(art 4) Anticipación lingüística: introducirán dicha

lengua de forma globalizada, relacionando los contenidos lingüísticos con los correspondientes a los restantes ámbitos o áreas de conocimiento del ciclo

Se considera necesaria la presencia simultánea del profesorado de la Lengua 2 y del profesor tutor o profesora tutora con el grupo de alumnos y alumnas

Page 9: Jornadas Foro 07

Horario del alumnado de Educación Primaria

Art. 4Horario de primer Ciclo: (Modificado en las Instrucciones de

21 de septiembre de 2007)

La Lengua Extranjera tendrá 3 horas semanales en el horario (1 hora y ½ por Curso) mínimo

Se recomienda que el alumno/a esté expuesto a la LE diariamente (hasta el año 1 no se empieza con ANL)

Page 10: Jornadas Foro 07

Los centros bilingües, en el segundo y tercer ciclos de la Educación Primaria, se impartirá en la L2 del 30 al 50% del currículo del alumnado.

 En ambos ciclos, una de las áreas impartidas

en la Lengua 2 será el Conocimiento del Medio.

 En cualquier caso, el alumnado recibirá clases

en la Lengua 2 diariamente, bien en el área de la Lengua 2, bien en el área no lingüística impartida en la Lengua 2.

Se podrá autorizar la Segunda Lengua Extranjera o Lengua 3 a partir de quinto curso de Educación Primaria con una carga horaria de dos horas semanales.

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Horario del alumnado de Educación Secundaria (art 5)

-Lengua 2 tendrá 4 horas semanales de 1º a 3º de ESO y de 5

horas en el 4º curso.

-Lengua 3 tendrá 3 horas. en 1º y 2 horas en 3º(modificado

en las Instrucciones de 21 de septiembre de 2007)

-Se impartirá en la L2 del 30 al 50% del currículo del

alumnado, como mínimo 2 ANL, preferentemente Ciencias

Sociales.

-El alumnado recibirá clases “en” o “de” la L2 diariamente.

-Constitución de grupos flexibles.

Page 12: Jornadas Foro 07

Coordinación del Proyecto Bilingüe (art 6)

-Con carácter general, profesorado con destino definitivo, de lenguas, preferentemente de la L2.

-Funciones: aplicación del modelo

metodológico, curricular y organizativo,

coordinación del CIL, de las actividades del

profesorado y del centro, horario del auxiliar,

interlocución con demás CCBB y con la

administración educativa.

-Reducción: 25% de la que corresponde al

equipo directivo.

Page 13: Jornadas Foro 07

FUNCIONES DEL PROFESORADO (art 7)

El profesorado de las Lenguas tendrá que:

-abordar la lengua como instrumento de comunicación

-evitar la dispersión y el fraccionamiento de los conocimientos transmitidos y propiciar las transferencias de lo aprendido en todas las lenguas

-participar en la elaboración del Currículo Integrado de las Lenguas que tendrá por objeto que el alumnado alcance la competencia plurilingüe y pluricultural.

Page 14: Jornadas Foro 07

FUNCIONES DEL PROFESORADO (art 7)

El profesorado de las Áreas no Lingüísticas tendrá que:

-adaptar el currículo incorporando aspectos relativos al país extranjero de que se trate

-elaborar los materiales didácticos necesarios en coordinación con el resto del profesorado,

especialmente el de la Lengua 2. -participar en la elaboración del Currículo

Integrado.-reducción: 2h (con un máximo de 6h en los CEIP

y de 8h en los IES)

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CURRÍCULO INTEGRADO (art 8)

- Desarrollo de estrategias comunicativas- Diseño de tareas comunicativas- Desarrollo de la competencia plurilingüe y pluricultural- Establecimiento de puentes entre las lenguas, unificando terminología y metodología, basándose en el enfoque comunicativo y en el constructivismo

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CURRÍCULO INTEGRADO (art 8)

Reflexión sobre la

lengua como:

un sistema de comunicación

un instrumento para estructurar el conocimiento

un medio para actuar, aprender,descubrir, ser

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Evaluación (art 9)Para la evaluación de las áreas lingüísticas se tendrán en cuenta que las recomendaciones

recogidas en el MRE y en el PEL.

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Evaluación Para la evaluación de las áreas no lingüísticas se tendrán en cuenta que los contenidos del área no lingüística primarán sobre las producciones lingüísticas en la Lengua 2. La competencia comunicativa en la Lengua 2 es un valor añadido que ha de ser recompensado y la falta de fluidez en dicha lengua no debe penalizarse. 

Se prestará especial atención al desarrollo de las competencias comunicativas del alumnado y a su avance en

la producción de estrategias compensatorias de comunicación. Se consignará asimismo el desarrollo de

otras habilidades de tipo cognitivo que hayan incrementado su interés por otras lenguas y culturas.

Page 19: Jornadas Foro 07

Certificación del alumnado. 

Los Libros de Escolaridad de

Enseñanza Básica y de Calificaciones del Bachillerato del

alumnado que haya cursado las enseñanzas en un Centro Bilingüe

serán diligenciados por el Secretario o la

Secretaria del Centro, con el visto bueno del Director o Directora.

 El alumno o la alumna

________________________ ha cursado en el Centro ________________________(1) la

enseñanza bilingüe en la etapa educativa__________ (2)

  

En _______________ a ___ de ________ de _________

 

Vº Bº  

El Secretario o la Secretaria . El Director o la Directora

  

Page 20: Jornadas Foro 07

D.A. 1ª 

La Administración

educativa podrá autorizar la incorporación de otra lengua extranjera para el aprendizaje de las ANL.

D.A. 2ª 

La Administración

educativa podrá autorizar

situaciones excepcionales

respecto al horario del alumnado.

Page 21: Jornadas Foro 07

D.A. 3ª Para los aspectos no contemplados en esta

Orden, recurrir a la normativa vigente.

D.A. 4ª El nº de líneas de la Sección Bilingüe podrá incrementarse en función de las competencias lingüísticas que el profesorado vaya adquiriendo en el proceso de formación permanente.

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ORDEN de 21 de julio de 2006, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, solicitud,

aprobación, aplicación, seguimiento y evaluación de los planes y proyectos educativos que pueden desarrollar los Centros Docentes sostenidos con fondos públicos y

que precisan de aprobación por la Administración Educativa

(BOJA 3 de agosto).

Page 23: Jornadas Foro 07

COMPROMISOS DEL CENTRO art. 9

•Desarrollar el proyecto presentado en los términos en que hubiera sido aprobado

Modificar, en su caso, el Proyecto de Centro o el Plan Anual

Participar en las actividades de formación:F. Lingüística (EOI)F. Metodológica (CEP)

Realizar el seguimiento y evaluación interna del proyecto. (evaluación externa por la Dirección General)

•Colaborar en tareas de tutela y asesoramiento de alumnado en prácticas.

•Certificación al coordinador y al profesorado participante

Page 24: Jornadas Foro 07

RECONOCIMIENTO: art. 12

•Al coordinador/a del proyecto bilingüe y al profesorado que participe dando docencia directa al grupo/s bilingües

El Coordinador/a del proyecto certificará (según modelo en SENECA) con el Vº Bº del Director/a, una vez finalizado el Curso

El profesorado que no esté grabado en SENECA, no se le podrá certificar

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SEGUIMIENTO: art. 14

•El Consejo Escolar constituirá una Comisión de seguimiento formada por:•Director (Presidente)•Coordinador/a•Representante de AMPA en Consejo Escolar•Representante del Ayuntamiento•Otros

El informe se realizará al finalizar cada Curso escolar

Page 26: Jornadas Foro 07

COORDINADOR/A

•. Profesor/a Definitivo

• Profesor/a no definitivo, con autorización del Delegado/a

•.Profesor/a ocupando un Puesto Específico en centros de difícil ocupación

• Profesor/a no definitivo en Centros de Nueva creación

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•Art. Único

•El coordinador/a en los Centros de difícil ocupación podrá ser un profesor/a que ocupe un puesto específico.

•En los Centros de nueva creación, el coordinador/a podrá ser un profesor/a sin destino definitivo en ese Centro.

Modificación a la Orden Marco (Orden de 11 de mayo de 2007)

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