jesus ledezma
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Universidad Bicentenaria De Aragua
Facultad De Ciencia JuridicaEscuela De Derecho
Informática III
Alumno:Jesus O. Ledezma M.C. I. V- 20.107.150
Jurisprudencia Medica
Es una ciencia basada en la
evidencia, enseña y aplica el
método galileico, utiliza el
método cartesiano,
conformando el llamado
método pericial,
recomendando: no admitir
como verdad lo que no sea
evidenciar o probado,
ordenándose de lo sencillo a lo
complejo, y enumerar no
omitiendo nada. Todo con
independencia respecto al
problema sometido a su estudio
y análisis.
También se conoce como
Medicina Legal
La medicina forense, también llamada medicina
legal, jurisprudencia médica o medicina judicial,
es una rama de la medicina que determina el
origen de las lesiones sufridas por un herido o,
especialmente, la causa de la muerte mediante el
examen de un cadáver. Estudia los aspectos
médicos derivados de la práctica diaria de los
tribunales de justicia, donde actúan como peritos.
Los Medicos legistas
Funciones y obligaciones
•Determinar que realmente la persona está muerta, para luego poder
certificar o legalizar el fallecimiento.
•Tratar de identificar a la persona: verificar si tiene documentos de
identificación personal y buscar registro de sus huellas
•Dar fe de la fecha y hora de ocurrida la tragedia.
•Ponderar las causas de la muerte: lesiones que la provocaron,
reconocimiento de las condiciones y las armas (en caso de asesinato o
suicidio) que se utilizaron para cometer el hecho.
•Investigar, certificar y legalizar la forma jurídica de la muerte, si fue
un asesinato-suicidio o si es muerte natural, indagar e informar sobre
la enfermedad que en realidad provocó el deceso.
•Interés legal. El médico legista tiene bajo su responsabilidad, la
recomendación de autopsia para que las autoridades competentes
puedan rendir un informe jurídico-judicial acabado y completo.
•Luego de llenar todos estos requisitos, tiene la obligación de
participar en todo lo que concierne a la autopsia, ya que es el único
galeno que entra en la escena, describe el escenario, la posición y
condición del o de los cuerpos y es, al fin de cuentas, el que autoriza y
ordena el levantamiento del cadáver.
Requisitos para el Ejercicio Legal de
la Medicina
De acuerdo al Artículo 2 de la ley del ejercicio
de la medicina, se entiende por ejercicio de la
medicina la prestación, por parte de
profesionales médicos, de servicios
encaminados a la conservación, fomento,
restitución de la salud y rehabilitación física o
psico- social de los individuos y de la
colectividad; la prevención, diagnóstico y
tratamiento de las enfermedades; la determinar
las causas de muerte; el peritaje y asesoramiento
médico forense así como la investigación y
docencia clínicas en seres humanos.
ElInstrusismo
Intrusismo es la incursión o
interferencia en el desarrollo del
ejercicio profesional médico
legalmente consagrado. Todo médico
tiene la obligación de combatir el
intrusismo en todos los aspectos,
denunciando ante el respectivo
Colegio de Médicos cualquier acto
destinado a explotar la credulidad y la
buena fe del público.
Cabe destacar que, para que un acto médico sea
lícito, ha de reunir tres requisitos:
1. Que sea realizado por un médico debidamente titulado (Si falta este
requisito, se produce el delito de intrusismo.
2. Que se haya obtenido el consentimiento informado del enfermo (Si
falta este requisito, puede existir un delito de coacciones o de detención
ilegal, es decir, un delito contra la libertad, y/o un delito lesiones o de
homicidio imprudente, pues considero que el consentimiento informado
y libremente formado, es un elemento delimitador del riesgo permitido
en la actividad médica.
3. Han de observarse las reglas propias de la profesión, con arreglo a las
circunstancias específicas del caso y, particularmente, a la situación
concreta en que se encuentre el profesional (De no realizarse una
actuación médica de acuerdo a la lex artis ad-hoc y de producirse por
ello un determinado resultado en contra de la salud o la vida del
paciente, estaríamos ante conductas dolosas eventual o imprudentes de
lesiones u homicidio).
Responsabilidad medica
El concepto de responsabilidad médica aparece
ya en los años 2392 a.c., cuando el código del
Rey Hamurabi dedicaba al menos nueve
artículos de los 282 de que constaba, a las faltas
y castigos para los médicos. Y así entre otros
preceptos establecía: "si un médico abre a
alguien una gran herida con el cuchillo de bronce
y lo mata, o si vacía a alguien una cavidad con el
cuchillo de bronce y le deja sin ojo, se le deberán
cortar las manos". También en este código se
encuentra el concepto más primitivo de contrato
o pacto entre médico y enfermo, donde a cambio
de la prestación del servicio de uno, el otro
quedaba obligado a pagar en monedas o
especies.
El Peritaje Medico Legal
Persona que, poseyendo
determinados conocimientos
científicos, artísticos, técnicos o
prácticos, informa, bajo
juramento, al juzgador sobre
puntos litigiosos en cuanto se
relacionan con su especial saber
o experiencia.
Perito:Es toda persona a
quien se atribuye
capacidad técnico-
científica, o practica
en una capacidad o
arte.
Peritaje:
Es la operación del especialista,
traducida en puntos concretos,
en inducciones razonadas y
operaciones emitidas, como
generalmente se dice, de acuerdo
con su “leal saber y entender”, y
en donde se llega a conclusiones
concretas.
Naturaleza Juridica:
1.No es un medio de prueba propiamente
dicho; el peritaje no es un medio de
prueba en un orden estricto, es una
operación o procedimiento utilizado
frecuentemente para complementar
algunos medios de prueba, inspección
judicial, reconocimiento, etc., y para su
valoración: declaraciones de testigos, del
ofendido y del procesado.
2.Manzini niega el carácter jurídico de la
pericia, como también se le denomina sea
un medio de prueba; considera que es un
elemento subsidiario para la valoración de
una prueba o la resolución de una duda
Clasificación perital
La peritación se clasifica por su especialidad y por la procedencia
de designación del perito.
Por su especialidad: podríandarse tantas clasificaciones de peritos,como materias fueren necesarias en elprocedimiento, por lo tanto mencionaresolo algunas como la médica,grafoscopia, dactiloscopia, pericialtécnica en medicina, grafometria,documentoscopia, etc.
Condiciones para ejercer el cargo de
perito:
El Código Orgánico Procesal
Penal en el Artículo 238,
encabezamiento lo siguiente: Los
peritos deberán poseer título en la
materia relativa al asunto sobre el
cual dictaminarán, siempre que la
ciencia, el arte u oficio estén
reglamentados. En caso contrario,
deberán designarse a personas de
reconocida experiencia en la
materia
Informe Pericial
El Código Orgánico Procesal Penal, en
su artículo 239, establece en cuanto al
informe o dictamen pericial, lo siguiente:
El dictamen pericial deberá contener, de
manera clara y precisa:
1.- el motivo por el cual se práctica.
2.-la descripción de la persona o cosa que sea objeto del
mismo, en el estado o del modo en que se halle.
3.- la relación detallada de los exámenes practicados.
4.- los resultados obtenidos y las conclusiones que se
formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los
principios o reglas de su ciencia o arte.