instituto federal de telecomunicaciones ese orden de ideas, tomando en consideración que las...

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ACTA DE LA SEGUNDA SESIÓN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EXTRAORDINARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA En la Ciudad de México, siendo las 16:30 horas del 15 de agosto de 2016, se reunieron en la sala de juntas del piso del edificio ubicado en Insurgentes Sur, número 1143, Colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, los CC. Liliana Anastasia Montes Franco, Presidenta del Comité de Transparencia (Comité) y Coordinadora de Transparencia, Acceso a la Información y Gobierno Abierto del Instituto Federal de Telecomunicaciones; Lucio Mario Rendón Ortiz, Director General Adjunto (Asesor de Presidencia) en su calidad de miembro del Comité; Karla Cristal Menéndez Vargas, Directora de Instrumentación Legal, como Suplente del Director General de Instrumentación en su calidad de miembro del Comité y, Mariel Alejandra Mondragón Bustos, Subdirectora de Información y Secretaria Técnica del Comité, para que, con fundamento en los artículos 64 y 65 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) se discuta el siguiente: ORDEN DEL DÍA PRIMERO.- Registro de asistencia. SEGUNDO.- Lectura y aprobación del Orden del Día. TERCERO.- Discusión y, en su caso, confirmación de la clasificación del contenido de las versiones públicas presentadas por la Secretaría Técnica del Pleno y por la Unidad de Competencia Económica que guardan relación con la solicitud de acceso a la información pública con número de folio: 0912100035716 CUARTO.- Discusión y, en su caso, confirmación de la ciasificación de la información solicitada por la Unidad de Cumplimiento, en respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública con números de folio: 0912100058916 0912100061516 QUINTO.- Discusión y, en su caso, confirmación de la ampliación del plazo solicitada por la Coordinación General de Comunicación Social para dar respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio: 09121000635 l 6 A ... 'JJEXTO.- Asuntos Generales. ! f 1 de89

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    En la Ciudad de Mxico, siendo las 16:30 horas del 15 de agosto de 2016, se

    reunieron en la sala de juntas del 8 piso del edificio ubicado en Insurgentes Sur,

    nmero 1143, Colonia Nochebuena, Delegacin Benito Jurez, C.P. 03720, los CC.

    Liliana Anastasia Montes Franco, Presidenta del Comit de Transparencia (Comit)

    y Coordinadora de Transparencia, Acceso a la Informacin y Gobierno Abierto del

    Instituto Federal de Telecomunicaciones; Lucio Mario Rendn Ortiz, Director

    General Adjunto (Asesor de Presidencia) en su calidad de miembro del Comit;

    Karla Cristal Menndez Vargas, Directora de Instrumentacin Legal, como Suplente

    del Director General de Instrumentacin en su calidad de miembro del Comit y,

    Mariel Alejandra Mondragn Bustos, Subdirectora de Informacin y Secretaria

    Tcnica del Comit, para que, con fundamento en los artculos 64 y 65 de la Ley

    Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica (LFTAIP) se discuta el

    siguiente:

    ORDEN DEL DA

    PRIMERO.- Registro de asistencia.

    SEGUNDO.- Lectura y aprobacin del Orden del Da.

    TERCERO.- Discusin y, en su caso, confirmacin de la clasificacin del contenido de las versiones pblicas presentadas por la Secretara Tcnica del Pleno y por la Unidad de Competencia Econmica que guardan relacin con la solicitud de acceso a la informacin pblica con nmero de folio:

    0912100035716

    CUARTO.- Discusin y, en su caso, confirmacin de la ciasificacin de la

    informacin solicitada por la Unidad de Cumplimiento, en respuesta a las

    solicitudes de acceso a la informacin pblica con nmeros de folio:

    0912100058916 0912100061516

    QUINTO.- Discusin y, en su caso, confirmacin de la ampliacin del plazo

    solicitada por la Coordinacin General de Comunicacin Social para dar

    respuesta a la solicitud de acceso a la informacin pblica con nmero de folio:

    09121000635 l6A ...'JJEXTO.- Asuntos Generales. !f

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    ACUERDOS

    PRIMERO.- La Secretaria Tcnica verific la asistencia de los integrantes del Comit. En tal virtud, se declar vlidamente instaurada la Sesin.

    SEGUNDO.- La Presidenta dio lectura al Orden del Da, el cual fue aprobado por unanimidad de los presentes.

    TERCERO.- Discusin y, en su caso, confirmacin del contenido de las versiones pblicas presentadas por la Secretara Tcnica del Pleno y por la Unidad de Competencia Econmica que guardan relacin con la solicitud de acceso a la informacin pblica con nmero de folio:

    0912100035716

    Con fecha 25 de abril de 2016, se solicit a travs de la Plataforma Nacional de Transparencia, lo siguiente:

    "l. Solicito copia del Expediente completo y/o todos los archivos y/o

    todos los legajos y/o todos los tomos y/o todo el libro blanco y/o todos los

    documentos, debidamente foliados y/o numerados (en cada una de sus

    pginas y/o fojas), incluyendo todos sus anexos, que integran el

    Expediente completo de la Licitacin Pblica para Concesionar el Uso,

    Aprovechamiento y Explotacin Comercial de Canales de Transmisin

    para la Prestacin del Servicio Pblico de Televisin Radiodifundida Digital,

    a efecto de formar Dos Cadenas Nacionales en los Estados Unidos

    Mexicanos (Licitacin No. IFT-1), misma que realiz ese Instituto Federal de

    Telecomunicaciones (IFT) enunclativamente ms no limitativamente,

    solicito los siguientes: (Cuadros archivo adjunto.)

    2. Solicito copia de todos los documentos debidamente foliados y/o

    numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus

    anexos, en donde se haga constar la relacin y/o inventario y/o lista

    completa y actualizada de todas las solicitudes para transitar al modelo

    de concesin nica, que han presentado los concesionarios y/o

    permisionarios y/o regulados ante ese /FT desde el ao 2013 a la fecha.

    3. De conformidad con la solicitud 2 anterior, solicito copia de todos

    s documentos debidamente foliados y/o numerados (en cada una de

    us pginas y/o fojas), incluyendo todos su anexos, en donde se hagan

    / vonstar todos los detalles de cada una de las solicitudes que se han

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDE!

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEr!AL DE EXTRAORDINARIA DEL TELECOMUNICACIONES

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    lo establecido por los artculos 65, fraccin 11 y 135, segundo prrafo, ambos de la LFTAIP.

    Posteriormente, la Unidad de Transparencia, mediante oficio IFT/212/CGVI/UETAl/1563/2016 de fecha 27 de junio del ao en curso, hizo del conocimiento del solicitante las manifestaciones expuestas por las reas que dieron respuesta a la solicitud y se pusieron a disposicin del solicitante, previo pago por reproduccin, las versiones pblicas a las que hicieron referencia la Unidad de Competencia Econmica, la Secretara Tcnica del Pleno y la Unidad de Espectro Radioelctrico en trminos de lo dispuesto por los artculos 136 y 138 de la LFTAIP.

    El pasado 3 de agosto del ao en curso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informacin y Proteccin de Datos Personales mediante oficio INAI/CAI-DGOAEEF/427/16 de fecha 3 de agosto del presente ao seal a la Unidad de Transparencia que se haba efectuado el pago por la reproduccin de las versiones pblicas.

    Consecuentemente, la Unidad de Competencia Econmica y la Secretara Tcnica del Pleno elaboraron la versin pblica correspondiente, de conformidad con sus atribuciones estatutarias, a fin de que este rgano Colegiado emitiera la resolucin conducente con respecto de la ciasificacin para su entrega.

    En este orden de ideas, la Unidad Competencia Econmica, mediante oficio JFT/226/UCE/DGPC/090/2016 de fecha l O de agosto del presente ao, manifest lo siguiente:

    Hago referencia a la respuesta otorgada por esta Unidad Administrativa a la solicitud de acceso a la informacin nmero 0972700035716, mediante oficio IFT/226/UCE/DGPC/055/2076, de fecha trece de mayo del presente ao, en la cual se inform al Comit de Transparencia de este Instituto que la Unidad de Competencia Econmica cuenta con la informacin detallada en los puntos:7.9, 7. 73, 7. 77, 7.26, 7.28, 7.29, 7.30, 7.37, 7.32 y 7.33 de la solicitud de mrito, misma que es susceptible de ser ciasificada; y que por tanto, la versin pblica respectiva se proporcionara, una vez que el solicitante efectuara el pago de los derechos correspondientes.

    Al respecto, el tres de agosto del presente ao, la Unidad de Transparencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones hizo del conocimiento de esta Unidad Administrativa que el solicitante realiz el

    ago por el concepto de reproduccin de la solicitud 09 7 2 7 00035716. En

    l onsecuencia, esta Unidad de Competencia Econmica en estricto Gmplimiento a lo dispuesto en el artculo 7 7 7, 729 y 734 de la Ley Gener~I

    __.-,,-~ 4de89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEr./AL DE EXTRAORDINARIA DEL TELECOMUNICACIONES

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica procedi a la elaboracin de la versin pblica respectiva, misma que se acompaa como anexo del presente oficio

    En ese orden de ideas, tomando en consideracin que las constancias de inters del solicitante que se encuentran disponibles en los archivos de esta Unidad de Competencia Econmica conforman un total de 6, 734 (seis mil setecientas treinta y cuatro) pginas tiles y en aras de identificar la informacin que se pone a disposicin del solicitante, a continuacin se presenta una relacin del numeral asignado en la solicitud de informacin y el nmero de pginas tiles que le corresponde. Posteriormente se detalla su naturaleza, el fundamento de su clasificacin, as como el nmero de fojas tiles de los mismos bajo los cuales puede identificarse.

    En esa tesitura, con la finalidad de facilitar la lectura del presente documento, se detalla el siguiente Glosario de siglas que sern utilizadas a lo /argo del mismo:

    Normatividad Sin/a Ley General de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, publicada en el Diario Oficial

    LGTAIP

    de la Federacin el cuatro de mayo de dos m! quince. Ley Federal de Transparencia y Acceso a fa Informacin Pblico, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el nueve de mayo de dos mil

    LFTAIP

    diecisis. Lineamientos generales en materia de clasificacin y Lineamientos descfasificacin de Id informacin, as como para la elaboracin de versiones pblicas, publicados en el Diario Oficial de la Federacin el quince de abril de dos mil diecisis. Ley Federal de Transparencia y Acceso a fa Informacin Pblca Gubernamental, reformada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la

    LFTAIPG

    Federacin el catorce de julio de dos mil catorce.

    Una vez precisado lo anterior, a continuacin esta Unidad de

    Competencia Econmica, procede a realizar el anlisis de la naturaleza

    que guarda la informacin que ser puesta a disposicin del solicitante,

    clasificacin que se somete a consideracin de este Comit de

    Transparencia.

    1.9 Copia de todos los documentos, debidamente foliados y/o numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus anexos, en donde se haga constar el Anlisis Coordinado de las Unidades Competentes de ese IFT, respecto de la Propuesta del Valor Mnimo de Referencia que present la Unidad de Poltica regulatoria, al Pleno de ese IFT en la Licitacin No. IFT- 7; y 1. 13 Copia

    J:1/ todos los documentos, debidamente foliados y/o numerados (en . Irada una de SUS pginas y/O fojas), incluyendo todos SUS aneX OS, en

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    donde se hagan constar las opiniones tcnico-regulatorias que

    emitieron las Unidades Administrativas de Sistemas de Radio y

    Televisin y de Competencia Econmica de ese IFT respecto de las

    Bases de Licitacin Pblica No. IFT- 7.

    Al respecto, como anexo uno, se adjunta al presente oficio un total de 23 (veintitrs) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en los puntos 7. 9 y 7. 7 3 anteriores de conformidad con lo siguiente:

    Descripcin de la informacin Naturaleza de la Informacin

    Fundamento de Clasificacin

    Nmero de fojas

    Opinin en materia de comoetencia econmica

    Informacin Pblica No aplica 18 (dieciocho)

    Anexo denominado: Elementos para la determinacin del valor mnimo de referencia de la

    Informacin Pblica No aplica 5 (cinco)

    contraprestacin y el diseo de las bases para la licitacin y adjudicacin de frecuencias de televisin radiodifundida dlaltal

    1.77 Copia de todos los antecedentes y/u opiniones y/o dictmenes y/o documentos y/o cualquier otro similar y/o anlogo a los anteriores, debidamente foliados y/o numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus anexos, que dieron lugar al Acuerdo nmero P/IFT/EXT/070314/79, de fecha siete de marzo de dos mil catorce mediante el cual el Pleno de ese IFT aprob el "Instructivo para los Agentes Econmicos que requieran opinin favorable en materia de competencia econmica del Instituto Federal de Telecomunicaciones para participar en la Licitacin Pblica para Concesionar el Uso, Aprovechamiento y Explotacin Comercial de Canales de Transmisin para la Prestacin del Servicio Pblico de Televisin Radiodifundida Digital, a efecto de formar Dos Cadenas Nacionales en los Estados Unidos Mexicanos (Licitacin No. IFT- 7 ).

    Al respecto, como anexo dos, se adjunta al presente oficio un total de 22 (veintids) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la inf9rmacin requerida en el punto 7. 77 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    Descripcin de la Informacin Naturaleza de la Fundamento de Nmero de fojas Informacin Clasificacin Informacin No aplica l (una)

    Pblica Oficio nmero:

    / IFI/DlO/UCE/63/2014

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO f-EDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Acuerdo por el que el Pleno del Instituto 5 (cinco) Federal de Telecomunicaciones aprueba el Informacin No aplica Instructivo para los agentes econmicos que Pblica requieran opinin favorable en materia de competencia econmica del Instituto Federal de T e!ecomunicaciones para participar en la Licitacin Pblica para concesionar el uso, aprovechamiento y explotacin comercial de canales de transmisin para la prestacin del servicio pblico de televisin radiodifundida digital a efecto de formar dos cadenas nacionales en los Estados Unidos Mexicanos. Instructivo para los agentes econmicos que requieran opinin favorable en materia de Informacin No aplica 16 (diecisis) competencia econmica del Instituto Pblica Federal de Telecomunicaciones para participar en la Licitacin Pblica para concesionar el uso, aprovechamiento y explotacin comercial de canales de transmisin para !a prestacin del servicio pblico de televisin radiodifundida digital a efecto de formar dos cadenas nacionales en !os Estados Unidos Mexicanos (Licitacin No. IFT-l).

    1.26 Copia de todos los antecedentes y/u opiniones y/o dictmenes y/o documentos y/o cualquier otro similar y/o anlogo a los anteriores. debidamente foliados y/o numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus anexos, que dieron fugar al Acuerdo nmero P/IFT/EXT/160714/708 de fecha diecisis de julio de dos mil catorce (publicado en el DOF el veintiocho de julio de dos mil catorce), mediante el cual ese IFT expidi fas Disposiciones Regufatorias de fa Ley Federal de Competencia Econmica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusin.

    Al respecto, como anexo tres, se adjunta al presente oficio un total de 31 (treinta y un) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 7.26 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    Descripcin de la Informacin Naturaleza de la Informacin

    Fundamento de Clasificacin

    N'mero de fojas

    Orden del Da de la XVI Sesin Extraordinaria del diecisis de Julio de dos mll catorce.

    Informacin Pblica

    No aplica l(una)

    Disposiciones Regulatorlas de la Ley Federal de Competencia Econmica para los sectores de telecomunicaciones y r9diodifusin, emitidas el diecisis de julio de

    /dos mil catorce.

    Informacin Pblica

    No aplica 30 (treinta )

    4

    L

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN

    EXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    1.28 Copia del escrito, debidamente foliado y/o numerado (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus anexos, que present el Representante Legal de Cadena Tres I, S.A. de C. V. el dos de septiembre de dos mil catorce ante ese IFT, mediante el cual solicit opinin favorable en materia de competencia econmica para participar en la Licitacin No. IFT1.

    Al respecto, como anexo cuatro, se adjunta al presente oficio un total de 2, 987 (dos mil novecientas ochenta y siete) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 1.28 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    INSTITUTO r:EDErV\L DE

    TELECOMUNICACIONES

    Descripcin de la Naturaleza de la Fundamento de Claslficacln Nmero de fojas Informacin Informacin

    Escrito de solicitud de Informacin Artculos 113, fraccin 111, de la LFIAIP, en 28 (veintiocho) Opinin Favorable Confidencial y Datos relacin con e! artculo 116, ltimo prrafo

    personales. de la LGTAIP, as como el Trigsimo octavo,fraccin 11 y Cuadragsimo, fracciones I y JI de los Lineamientos respecto de la informacin confidencial. Artculos 3, fraccin II de la LFIAIPG. artculo 116 primer prrafo, Tercero Transitorio de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTA!P, as como el Trigsimo octavo, fraccin I de !os Lineamientos, por lo que hace a los Datos

    . Personales . Anexos que acompaan al Informacin Artculos 113. fraccin 111. de la LFIAIP, en 2,959 ( dos mll Escrito de solicitud de Confidencial y Datos relacin con el artculo 116, ltimo prrafo novecientas Opinin Favorable personales. de la LGTAIP, as como el Trigsimo cincuenta y nueve)

    octavo, fraccin 11, y Cuadragsimo, fracciones I y 11 de los Lineamientos respecto de !a Informacin confidencia!. Artculos 3, fraccin II de la LFIAIPG, artculo 116 primer prrafo, Tercer o Transitorio de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTAIP, as como el Trigsimo octavo, fraccin ! de !os Lineamientos, por !o que hace a los Datos Personales.

    La informacin que se encuentra testada en el Escrito de solicitud de Opinin Favorable presentado por Cadena Tres I, S.A. de C. V., contiene nombres y datos de personas fsicas identificados o identificables, telfonos, correos electrnicos y domicilios, cuya divulgacin requiere su consentimiento para su difusin.

    Ahora bien, respecto de los testimonios que acompaan como anexos al scrito de solicitud de Opinin Favorable presentado por Cadena Tres I,

    t .ji. de C. V., identificados con los numerales l. 1, 1.2, 1.5 incisos (a) y (b), .6 (a), la informacin ciasificada como confidencial versa sobre el --7 8de89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    monto, nmero de acciones y porcentajes de aportaciones al capital social de la misma, acuerdos societarios de carcter jurdico y contable; as como objetos sociales y actividades econmicas ofertadas por dicha sociedad, relacionadas directamente con el patrimonio de la sociedad. Su divulgacin puede causar un dao o perjuicio en la posicin competitiva de sus titulares. Asimismo, obran en stos nombres y datos de personas fsicas identificados o identificables cuya divulgacin requiere su consentimiento para su difusin.

    Por otra parte, los anexos identificados con el numeral 1.7 incisos (a), (b), (c), (d), y (e), contienen informacin confidencial que describe la participacin accionaria directa e indirecta de Cadena Tres I, S.A. de C. V., en otras sociedades, as como nombres o denominaciones de los accionistas que conforman el capital de dichas personas morales, el valor y nmero de acciones, as como elporcentaje de participacin que cada una representa en las sociedades respectivas. En esa tesitura, la informacin contenida en los documentos referidos es de naturaleza patrimonial de una persona moral que puede ser til a su competidores.

    El anexo identificado con el numeral 1.7 inciso (f) que acompaa como anexo al Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin clasificada relacionada con la descripcin de objetos sociales, actividades econmicas, productos y servicios ofrecidos por personas morales diversas a la solicitante, informacin que se encuentra directamente relacionada con el manejo del negocio de sus titulares y que puede resultar til para sus competidores.

    Asimismo, en el anexo nmero 1.8 Inciso (a), obra informacin de naturaleza confidencial que detalla las relaciones operativas y comerciales entre las sociedades que integran el grupo de inters econmico de Cadena Tres I, S.A. de C. V., el manejo de los negocios de dichas personas morales, el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar dichas negociaciones, as como los tipos de transacciones que se realizan entre las personas morales involucradas, cuyo acceso podra causar un dao o perjuicio a la posicin competitiva de los agentes . titulares de la informacin que se clasifica.

    El anexo identificado con el numeral 1.10 incisos (a) y (b), contiene informacin testada que guarda la naturaleza de confidencial, la cual versa sobre la relacin de los miembros de los consejos de administracin, el cargo y su duracin en el mismo, de las personas morales que forman parte del grupo de inters econmico de Cadena Tres I, S.A. de C. V. As, la informacin referida se encuentra relacionada con el proceso de toma de decisiones de su titular y su divulgacin puede causar un dao o

    j, rjuicio e.,n la posicin competitiva de sus titulares, as como afectar sus //~ goc1ac1ones. .

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    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Respecto al anexo 1. 11 que acompaa al Escrito de solicitud de Opinin Favorable, el cual contiene los estados financieros auditados de diversas personas morales que difieren al agente solicitante de fa opinin favorable, se identific informacin que guarda el carcter de confidencial, misma que comprende actos de carcter econmico y contable de dichas personas morales que reflejan detaf/es sobre el manejo de sus negocios, sobre el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar sus negociaciones y sobre fas polticas de dividendos adoptadas por dichas sociedades.

    Ahora bien, el anexo nmero 2.1, contiene informacin testada relacionada con el nmero de ventas anuales y el nmero de usuarios de diversos agentes econmicos, misma que guarda el carcter de confidencial, toda vez que su publicidad puede causar un dao o perjuicio en la posicin competitiva de los agentes titulares de fa misma al ser til para sus competidores.

    Asimismo, el anexo identificado con el numeral 2.2 contiene informacin clasificada con carcter de confidencial, fa cual versa sobre los principales elementos del proyecto de negocios desarroffado por el solicitante para fa operacin del negocio de televisin radiodifundida digital comercial con motivo de fa Licitacin No. IFT-1; informacin que comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico de personas morales, misma que de hacerse pblica podra representar ventajas para los competidores del agente solicitante y generar un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    El anexo identificado con el numeral 2.3, est integrado por informacin confidencial que detaf/a contraprestaciones, montos o valores de relaciones comercia/es celebradas por el agente solicitante, que comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico de personas morales, misma que est relacionada con el funcionamiento del negocio de los titulares y de hacerse pblica podra ser til a sus competidores y generar un dao o perjuicio en la posicin competitiva de su titular.

    Por otra parte, el anexo 2.5 que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin confidencial relacionada con el costo estimado de la produccin y/o adquisicin de contenido, as como la infraestructura y el equipo requerido para proveer el servicio de televisin radiodifundida, informacin de carcter econmico y administrativo del solicitante y las personas morales que forman parte del grupo de inters econmico al que pertenece. Esta informacin sera til a sus competidores en caso de que lleguen a conocer/a.

    hora bien, los anexos identificados con los numerales 2.6 y 2.8, que compaan el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contienen

    Tformacin de naturaleza confidencial, misma que se detaf/a a

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    continuacin. En primer trmino, obra informacin que desarrolla tablas sobre el monto de ingresos obtenidos por la venta de publicidad de diversos agentes econmicos, cifras relacionadas con su audiencia y participaciones de mercado para los aos 207 7, 2012 y 2013, as como los precios promedios por unidad de venta de publicidad durante esos aos,. la relacin de sus principales clientes y la descripcin de los servicios que identifica como sustitutos. De igual forma, se identifican comunicaciones entre la empresa solicitante y empresas diversas con las que tiene relaciones comerciales. La divulgacin de informacin de esa naturaleza, estrechamente relacionada con el funcionamiento del negocio, resultara de utilidad para los competidores de su titular.

    Asimismo, el anexo identificado con el numeral 2.9, que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin sobre diversos contratos y comunicaciones que contienen relaciones comerciales sobre contenidos ofrecidos y adquiridos en peridicos, televisin restringida y radiodifundida, as como radio comercial e internet, el catlogo de medios impresos que comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico del solicitante as como de diversas personas morales. La publicacin de la informacin referida podra afectarprocesos de negociacin en curso que tengan sus titulares.

    En el anexo identificado con el numeral 2. 72, que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, obra informacin respectiva a los servicios que la sociedades que forman parte del grupo de inters econmico del solicitante, prestan en los sectores de la radiodifusin y telecomunicaciones, as como copia de diversos estudios realizados a peticin del solicitante, relativos a aspectos de sus operaciones. Esta informacin se encuentra ntimamente relacionada con el funcionamiento del negocio de sus titulares, por lo que su divulgacin podra ser til para sus competidores y generar un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    Por otra parte, el anexo identificado con el numeral 2. 74, que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin testada referente a la renta de infraestructura de terceros concesionarios de radiodifusin y teiecomunicaciones, as como pagos por rentas e importancia relativa, misma que comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico del solicitante as como de diversas personas morales. La divulgacin de la informacin testada podra afectar los procesos de negociacin que tengan en curso sus titulares lo que se traducira en un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    Asimismo, el anexo identificado con el numeral 2. 75, que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin

    'ficada relativa a tas empresas adquirentes, as como al grupo de s econmico del cual forma parte el solicitante sobre el valor de las tas de espacios publicitarios a nivel nacional durante los ltimos tres -

    ----=

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    '

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN /NS'TITUTO FEDEf(Al DE TELECOMUNICACIONES .EXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    aos para las plataformas en las cuales ofrece servicios de publicidad. As la informacin contenida en este anexo est directamente relacionada con el funcionamiento.del negocio.de su titular. As comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico de su titular y de diversas personas morales cuya divulgacin sera til para sus competidores.

    Por ltimo, el anexo ldentific;:ado con el numeral 2. 76, que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin de carcter confidencial la cual desarrolla la perspectiva del agente solicitante en relacin a. las ventajas y desventajas a travs de las cuales ofrece sus servicios de publicidad para captar audiencia. As, se trata de informacin comercial directamente relacionada con el negocio de su titular, misma que de divulgarse sera de utilidad para sus competidores y generara un dao a la posicin competitiva del titular de la informacin clasificada,

    L29 Copia del escrito, debidamente foliado y/o numerado (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus anexos, que present el Apoderado Legal de Grupo Radiocentro, S.A.B. de C.V., el tres de septiembre de dos mil catorce ante ese IFT, mediante el cual solicit opinin favorable para participar en la Licitacin No. IFT- 7.

    Al respecto, como anexo cinco, se adjunta al presente oficio un total de 7,728 (mil setecientas veintiocho) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 7.29

    . anterior, de conformidad a lo siguiente:

    Descripcin de la . Informacin

    Escrito de solicitud de Opinin FavoraQle

    '

    Anexos que acompaan al Es Escrito de solicitud de Opinin Favorable

    ,/J !/

    Naturaleza de la lnforlllac!n

    Informacin Confidencial y Datos personales.

    Informacin Confidencial y Datos personales.

    Fundamento de Clasificacin

    Artculos 113, fraccin 111, de la LFTAIP, en relacin con ef artculo 116, ltlmo prrafo de la LGTAIP, as como el Trigsimo octavo, fraccin II y Cuadragsimo, fracciones l y 11 de los Lineamientos respecto de la Informacin confldencial. Artculos 3, fraccin II de la LFTAIPG, artculo 116 primer prrafo, Tercero Transitorio de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTAIP, as como el Trigsimo octavo, fraccin ! de los Lineamientos,_ por lo que hace a los Datos Personales. Artculos 113, fraccin 111, de la LFTAIP, en relacin con el artculo 116, ltimo prrafo de la LGTAIP, as como el Trigsimo octavo, traccjn 11, y Cuadragsimo, fracciones I y 11 de los Lineamientos respecto cte la informacin confidencial. Artculos 3, fraccin II de la LFTAIPG, artculo 116 primer prrafo, Tercer o T ransltorio de la LGTAIP, y el Seaundo Transitorio de la

    Nmero de fojas

    4 (cuatro)

    1,724 (mil setecientas veinticuatro)

    - r512 de 89

    http:negocio.de

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    LFTAIP, as como el Trigsimo octavo, fraccin I de los Lineamientos, por lo que hace a los Datos Personales.

    La informacin que se encuentra testada en el Escrito de solicitud de Opinin Favorable presentado por Grupo Radiocentro, S.A.B. de C. V., contiene nombres y datos de personas fsicas identificados o identificables, telfonos, correos electrnicos y domicilios, cuya divulgacin requiere de su consentimiento para su difusin.

    Ahora bien, respecto de los testimonios que acompaan como anexos al Escrito de solicitud de Opinin Favorable, presentado por Grupo Radiocentro, S.A.B. de C. V., identificados con los numerales 7.2, 7.3. 7, 7.3.2, 7.3.3, 7.3.4, 7.3.5, la informacin clasificada como confidencial en stos versa sobre acuerdos societarios ' de carcter jurdico y contable; as como objetos sociales y actividades econmicas ofertadas por dicha sociedad, cuya divulgarcin puede causar un dao o perjuicio en la posicin competitiva de sus titulares. Asimismo, obra en stos nombres y datos de personas fsicas identificados o identificables cuya divulgacin requiere su consentimiento para su difusin.

    Respectoalosanexosidentificadosconlosnumerales 7.17. 7, 7. 77.2, 7. 77.3, 7. 77.4, 7. 77.5, que acompaan al Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contienen los estados financieros auditados del agente econmico solicitante as como de diversas personas morales. Al respecto, en el anexo 7. 77. 1 nicamente se ciasifica la informacin de Grupo Radiocentro, S.A.B. de C. V., que difiere de los reportes anuales presentados a la Bolsa Mexicana de Valores por dicha sociedad, mientras que en los dems anexos sealados se identific informacin que comprende actos de carcter econmico y contable de dichas personas morales que reflejan detalles sobre el manejo de sus negocios, sobre el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar sus negociaciones y sobre las polticas de dividendos adoptadas por dichas sociedades, cuya divulgacin puede causar un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    El anexo identificado con el numeral 7. 72, contiene informacin relativa a los principales acreedores y las deudas del solicitante, mismas que comprenden hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico del solicitante as como de diversas personas morales que conforman el grupo de inters econmico al cual pertenece. La divulgacin de informacin de esa naturaleza, estrechamente relacionada con el patrimonio de dichas personas morales, resultara de utilidad para los competidores de su titular y podra generarle un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    A ora bien los anexos identificados con los numerales 2. 7.2, 2.8.f. 7, 2.8.f.2, / .8.g, 2.8.g. 7 y 2.8.g.2 que acompaan el Escrito de solicitud de Opinin

    13de89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO r:EDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Favorable, contienen informacin de naturaleza confidencial, relativa al

    monto de ingresos obtenidos por fa venta por estaciones de radio

    comercial para los aos 20 7 7 a 20 73, del solicitante y diversas personas

    morales; cifras relacionadas con niveles de audiencia; fa relacin de sus

    principales clientes de los aos 207 la 2073, fa cual est relacionada con

    el funcionamiento del negocio de los titulares y de hacerse pblica podra

    ser til a sus competidores y generar un dao o perjuicio en fa posicin

    competitiva de su titular.

    Asimismo, el anexo identificado con el numeral 2.2 contiene informacin clasificada con carcter de confidencial la cual versa sobre los principales elementos del proyecto de negocios desarrollado por el solicitante para fa operacin del negocio de televisin radiodifundida digital comercial con motivo de fa Licitacin No. IFT- 7, informacin que comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico de personas morales. La divulgacin de informacin de esa naturaleza, estrechamente relacionada con el funcionamiento del negocio, resultara de utilidad para los competidores de su titular y podra generarle un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    Por otra parte, los anexos identificados con los numerales 2.8.d. 7 y 2.8.d.2, que acompaan el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contienen informacin sobre convenios y contratos que tienen como objeto la difusin de contenidos y publicidad en diversas estaciones de radio comercial, dicha informacin comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y Jurdico del solicitante as como de diversas personas morales. La publicacin de la informacin referida podra afectar procesos de negociacin en curso de sus titulares, lo que generara un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    En el anexo identificado con el numeral 2. 72.a.b., que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin relativa a las plantas transmisoras de las estaciones que operan en A,.M. y F.M., de la cual se encuentra clasificada la informacin patrimonial relativa a stas. Derivado de lo anterior, la informacin contenida en este anexo est directamente relacionada con el funcionamiento del negocio de su titular, y comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y Jurdico de su titular y de diversas personas morales, por lo que su divulgacin sera til para sus competidores y generara un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    Por ltimo, el anexo identificado con el numeral 2. 75, que acompaa el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contiene informacin clasificada relativa a las tarifas de spoteo, programacin general y programas especiales de las empresas con las cuales el solicitante tiene relacin comercial, dicha informacin comprende hechos y actos de /carcter econmico, contable y jurdico del solicitante, as como de .ffe/Versas personas morales. En esta tesitura, se clasifica informacin

    ~ 14 de 89

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    COMIT DE TRANSPARENCIA

    comercial directamente relacionada con el funcionamiento del negocio de su titular, cuya divulgacin sera de utilidad para sus competidores y generara un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    1.30 Copia del escrito, debidamente foliado y/o numerado (en

    cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo todos sus

    anexos, que present el Representante Legal de Centro de

    Informacin Nacional de Estudios Tepeyac, S.A., el tres de

    septiembre de dos mil catorce ante ese /FT, mediante el cual

    solicit opinin favorable para participar en la Licitacin No. IFT7.

    Al respecto, como anexo seis, se adjunta al presente oficio un total de 1, 909 (mil novecientas nueve) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 7.30 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    .

    Descripcin de la Informacin

    Naturaleza de la Informacin

    Fundamento de Clasificacin Nmero de fojas

    Escrito de solicitud de Opinin Favorable

    Informacin Confidencial y Datos personales.

    Artculos 113, fraccin 111, de la lFTAIP, en relacin con el artculo 116, ltimo prrafo de la LGTAIP, as como el Trigsimo octavo, fraccin II y Cuadragsimo, fracciones I y ll de los Lineamientos respecto de !a informacin confidencial. Artculos 3, fraccin II de la lFTAIPG, artculo 116 primer prrafo, Tercero Transitorio de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTAIP, as como el Trigslmo octavo, fraccin I de los lineamientos, por lo que hace a los Datos Personales.

    2 (dos)

    Anexos que acompaan al Es Escrito de solicitud de Opinin Favorable

    Informacin Confidencial y Datos personales.

    Artculos 113, fraccin 111. de la LFTAIP, en relacin con el artculo 116, ltimo prrafo de la LGTAIP, as como el Trigsimo octavo. fraccln 1!, y Cuadragsimo. fracciones 1 y 11 de loS Lineamientos respecto de la informacln confidencial. Artculos 3, fraccin II de la LFTAIPG, artculo 116 primer prrafo, Tercero Transitorio de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTAIP, as como el Tr!gsimo octavo, fraccin I de los Lineamientos, por lo que hace a los Datos Personales.

    l,909(mil novecientas

    siete)

    La informacin que se encuentra testada en el Escrito de solicitud de Opinin Favorable presentado por Centro de Informacin Nacional de Estudios Tepeyac, S.A., contiene nombres y datos de personas fsicas identificados o identificables, telfonos, correos electrnicos y domicilios,

    uya divulgacin requiere su consentimiento para su difusin.

    A/;lora bien, respecto de los testimonios que acompaan como anexos al scrito de solicitud de Opinin Favorable presentado por Centro de

    15de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEr

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INST!TUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    cuentan con estaciones de radio de las cuales se describe el tipo de servicio y cobertura geogrfica en la que prestan sus servicios, los cuales estn directamente relacionados con el manejo del negocio, la revelacin de dicha informacin podra resultar til para sus competidores.

    Respecto a los anexos identificados con los numerales 77, 78, 79, que acompaan al Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contienen los estados financieros auditados para las sociedades controladoras en ltima instancia del solicitante, de los aos 2017, 2072 y 2073 respectivamente, dicha informacin comprende actos de carcter econmico y contable de dichas personas morales mismos que reflejan detalles sobre el manejo de sus negocios, sobre el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar sus negociaciones y sobre las polticas de dividendos adoptadas por dichas sociedades, cuya divulgacin puede causar un dono o perjuicio en su posicin competitiva.

    Los anexos identificados con los numerales 20, 24 y 30 contienen informacin clasificada como confidencial que corresponde a cada uno de los servicios de radiodifusin o telecomunicaclones que prestan las sociedades conformantes del grupo de inters econmico al cual pertenece el solicitante, la cobertura geogrfica de estos a nivel nacional y el tipo de servicios autorizados, los cuales estn directamente relacionados con el manejo del negocio, por lo que la revelacin de dicha informacin podra resultar til para sus competidores.

    Los anexos identificados con los numerales 2 7, 22 y 23 que acompaan al Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contienen informacin clasificada con carcter de confidencia/, la cual versa sobre los principales elementos del proyecto de negocios desarrollado por el solicitante para la operacin del negocio de televisin radiodifundida digital comercial con motivo de la Licitacin No. /FT-7, as como los costos potencia/es para dicha inversin y el plan anua/izado de la misma, informacin que comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico de personas morales, los cuales estn directamente relacionados con el manejo de dicho negocio, la divulgacln de dicha informacin puede resultar til para sus competidores.

    El anexo identificado con el numeral 26, que acompaa el Escrito de solicitud .de Opinin Favorable, contiene informacin clasificada como confidencial relativa al costo estimado de la produccin y adquisicin de contenidos, as como de la infraestructura y del equipo requerido para proveer el servicio de televisin radiodifundida, informacin que se encuentra directamente relacionada con el manejo del negocio, misma

    f de hacerse pblica podra representar ventajas para los

    petidores del agente solicitante y generar un dao o perjuicio en su cln competitiva.

    17de89

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    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Por otra parte, los anexos identificados con los numerales 27, 28. 7, .28.2 28.3, 28.4 y 29 que acompaan el Escrito de solicitud de Opinin Favorable, contienen informacin sobre convenios y contratos que tienen como objeto la difusin de contenidos y publicidad en diversas estaciones de radio comercial, dicha informacin comprende hechos y actos de carcter econmico, contable y jurdico del solicitante as como de diversas personas morales, la publicacin de la informacin referida podra afectar procesos de negociacin en curso de sus titulares, lo que generara un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    7.37 Copia de todos los documentos, debidamente foliados y/o

    numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo

    todos sus anexos, en donde se haga constar la radicacin de

    fecha ocho de septiembre de dos mil catorce de la solicitud de

    opinin para participar en la Licitacin No. IFT-7, que present,

    Centro de Informacin Nacional de Estudios Tepeyac, S.A. de

    C. V., en el libro de gobierno de la UCE (Unida de Competencia

    Econmica) bajo el expediente UCE/OLC-008-2074.

    Al respecto, como anexo siete, se adjunta al presente oficio un total de 70 ( diez) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 7.3 7 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    Descripcin de la Informacin

    Naturaleza de la Informacin

    Fundamento de Clasificacin Nmero de fojas

    Acuerdo emitido el ocho de septiembre de dos mil catorce

    Informacin Confidencial Datos Personales.

    y Artculos 113, fraccin 111, de la LFTAIP, en relacin con el artculo 116, ltimo prrafo de la LGTAIP, as como el Trigsimo octavo, fraccin II de los Lineamientos respecto de la informacin confidencia!.

    10 (Diez)

    Artculos 3, fraccin II de la LFTAIPG, artculo 116 primer prrafo, Tercero T ransitorlo de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTAIP. as como el Trigsimo octavo, fraccin I de los lineamientos, por lo que hace a los Datos Personales.

    La informacin que se encuentra testada en el documento que se somete a consideracin, contiene datos personales concernientes a personas fsicas identificadas o identificables que requieren de su consentimiento para su difusin; asimismo, obra informacin confidencial presentada por los agentes econmicos con fundamento en el artculo 725 de la Ley Federal de Competencia Econmica, la cual versa sobre el patrimonio de personas morales diversas al agente econmico solicitante de la opinin en materia de competencia econmica, as como actos de carcter

    onmico y contable de dichas personas morales que reflejan detalles bre el manejo de sus negocios, sobre el proceso de toma de decisionesTM p-caa afee/u, = ae-ad~s y pall1ic,1:_robm las

    e-'"?" 18 de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    dividendos adoptadas por dichas sociedades, cuya divulgacin puede causar un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    7.32 Copia de todos los documentos, debidamente foliados y/o

    numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo

    todos sus anexos, en donde se haga constar el Acuerdo de

    fecha nueve de septiembre de dos mil catorce (notificado el

    diecisiete de septiembre de dos mil catorce) mediante el cual

    fue radicada la Solicitud de Opinin para participar en la

    Licitacin No. IFT-7, que presento, Grupo Radiocentro, S.A.B. de

    C. V. en el libro de gobierno de la Unidad de Competencia de

    ese IFT bajo el expediente UCE/OLC-004-2014.

    Al respecto, como anexo ocho, se adjunta al presente oficio un total de 73 (trece) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 7.32 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    Descripcin de la Informacin

    Naturaleza de la Informacin

    Fundarriento de. Clasificacin Nmero de fojas

    Acuerdo emitido e! ocho de septiembre de dos mil catorce

    Informacin Confidencial y Datos Personales.

    Artculos 113, fraccin 111. de la LFTAIP, en relacin con el artculo 116, ltimo prrafo de la LGTAIP, respecto de la informacin confidencial. Artculos 3, fraccin II de la LFTAIPG, artculo 116 primer prrOfo, Tercero Transitorio de la LGTAIP, y el Segundo Transitorio de la LFTAIP, por lo que hace a los Datos Personales.

    13 (Trece)

    La informacin que se encuentra testada en el documento que se somete a consideracin, contiene datos personales concernientes a personas fsicas identificadas o identificables que requieren de su consentimiento para su difusin; asimismo, obra informacin confidencial presentada por los agentes econmicos con fundamento en el artculo 125 de la Ley Federal de Competencia Econmica, la cual versa sobre el patrimonio de personas morales diversas al agente econmico solicitante de la opinin en materia de competencia econmica, as como actos de carcter econmico y contable de dichas personas morales que reflejan detalles sobre el manejo de sus negocios, sobre el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar sus negociaciones y sobre las polticas de dividendos adoptadas por dichas sociedades, cuya divulgacin puede causar un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    7.33 Copia de todos los documentos, debidamente foliados y/o

    numerados (en cada una de sus pginas y/o fojas), incluyendo

    todos sus anexos, en donde se haga constar el Acuerdo de

    fecha quince de septiembre de dos mil catorce (notificado el

    J'/Je9isiete de septiembre de dos mil catorce) mediante el cual

    / e radicada la Solicitud de Opinin para participar en la

    {I ~ 19 de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO fEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Licitacin No. IFT- J, que presento, Cadena Tres, I, S.A. de C. V. en

    el libro de gobierno de la Unidad de Competencia de ese IFT

    bajo el expediente UCE!OLC-002-2074.

    Al respecto, como anexo nueve, se adjunta al presente oficio un total de J 7 (once) fojas tiles, mismas que constituyen la traduccin documental de la informacin requerida en el punto 7.33 anterior, de conformidad a lo siguiente:

    Descripcin de la Informacin

    Naturaleza de la Informacin

    Fundamento de Clasificacin Nmero de fojas

    Acuerdo emitido el ocho de septiembre de dos mil catorce

    Informacin Confidencial y Datos Personales.

    Artculos 113. fraccin 111. de la LFTAIP. en relacin con el artculo 116, ltimo prrafo de la LGTAIP. respecto de la informqcln confidencia!. Artculos 3, fraccin II de la LFTAIPG. artculo 116 primer prrafo, Tercero Transitorio de la LGTAIP. y el Segundo Transitorio de la LFTAIP, por lo que hace a los Datos Personales.

    13(frece)

    La informacin que se encuentra testada en el documento que se somete a consideracin, contiene datos personales concernientes a personas fsicas identificadas o identificables que requieren de su consentimiento para su difusin; asimismo, obra informacin confidencial presentada por los agentes econmicos con fundamento en el artculo 725 de la Ley Federal de Competencia Econmica, la cual versa sobre elpatrimonio de personas morales diversas al agente econmico solicitante de la opinin en materia de competencia econmica, as como actos de carcter econmico y contable de dichas personas morales que reflejan detalles sobre el manejo de sus negocios, sobre el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar sus negociaciones y sobre las polticas de dividendos adoptadas por dichas sociedades, cuya divulgacin puede causar un dao o perjuicio en su posicin competitiva.

    El presente oficio se emite con fundamento en los artculos 4, fraccin V, inciso vi); 79; 20 fracciones V, VI, VIII y XXIII; y 46. prrafo primero del Estatuto Orgnico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

    .. . (sic)

    (nfasis aadido.)

    fPor su parte, la Secretara Tcnica del Pleno, mediante oficio lFT/100/PLENO/STP/1957/2016 de fecha 10 de agosto del ao en curso, extern lo

    uiente:

    ?

    20de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEf

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO r:EDERAL DE TELECOMUfllCACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Siendo as, se someten a consideracin del Comit de Informacin las versiones pblicas sealadas para su debida aprobacin, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 740 de la LFTAIP.

    .. . "(sic)

    La Unidad Competencia Econmica, en alcance al oficio IFT/226/UCE/DGPC/090/2016, manifest mediante el similar nmero IFT/226/UCE/DGPC/091 /2016 de fecha 12 de agosto del presente ao, lo siguiente:

    Hago referencia a al oficio nmero IFT/226/UCE/DGPC/090/20 76 de fecha diez de agosto del presente ao, mediante el cual se remiti a esta Unidad de Transparencia la informacin requerida a travs de la solicitud de acceso a la informacin nmero 0912700035776, que fue localizada en los archivos que conforman esta Unidad Administrativa.

    Al respecto, en alcance al oficio de mrito, en lneas posteriores, se abundar en la motivacin que llevo a esta Unidad a proponer la ciasificacin de la informacin correspondiente al numeral 7.28 de la solicitud que se atiende, especficamente por lo que hace al anexo 2. 7 del Escrito de solicitud de Opinin Favorable presentado por Cadena Tres I, S.A. de C. V.

    En el oficio referido esta Unidad Administrativa manifest que la informacin contenida en dicho anexo, especficamente la relacionada con el nmero de ventas anuales y el nmero de usuarios de diversos agentes econmicos, es de naturaleza confidencial, en trminos de los artculos 7 7 3, fraccin 11/, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, con relacin al artculo 7 7 6, ltimo prrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, as como los lineamientos Trigsimo octavo, fraccin //, y Cuadragsimo, fracciones I y II de los Lineamientos generales en materia de clasificacin y desclasificacin de la informacin, as co.mo para la elaboracin de versiones pblicas respecto de la informacin confidencial, sealando que la publicidad de dicha informacin puede causar un dao o perjuicio en la posicin competitiva de los agentes titulares de la misma.

    Se considera que existen razones que refuerzan la clasificacin como confidencial de la informacin contenida en el anexo 2. 7 referido. En concreto, si bien el agente solicitante de la opinin reporta datos relacionados con ventas anuales y el nmero de usuarios durante los aos 207 7, 2072 y 2073, estas cifras son el resultado de anlisis especializados que toman en consideracin localidades especficas, ingresos anuales derivados de ciertos actos comerciales celebrados por el agente soljcitante y diversas personas morales, as como el alcance que dichos

    tos generan en los usuarios de stos. Es decir, el nivel de desagregacin

    ?--" 22 de 89 "v,...

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN

    EXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    de la Informacin no corresponde con alguna de las ob/gacones establecidas en el artculo 177 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusin.

    . . As, de dar a conocer la informacin cuya ciasficacn se propone, se permitira a los agentes competidores del so/citante conocer aspectos ptrlmoniales y comercia/es en rubros especficos, as como el manejo de los negocios de dichos agentes, el proceso de toma de decisiones que pudieran afectar dichas negociaciones y los tipos de transacciones que se rea/zan entre las personas morales Involucradas.

    Asimismo, no pasa desapercibido el hecho, de que s bien los rubros de ventas anuales y nmero de usuarios deben ser reportados trimestralmente por los concesionarios de servicios de telecomunicaciones y radodfusn a la Coordinacin General de Planeacn Estratgica, se reitera que la Informacin presentada en el anexo 2. 7, muestra dicha Informacin de manera especfica y desagregada nciuyendo aspectos que no son materia de dichos reportes. Lo anterior puede corroborarse al analzar los Informes estadsticos trimestrales elaborados por dicha Coordinacin, ya que de su lectura no se advierte la pub/cacn de los datos cbntendos en la Informacin que se propone ciasfcar, as como tampoco se encuentra organizada en los mismos rubros.

    Por ltimo, se solcita al Comit de Transparencia confirmar la ciasifcacin propuesta, toda vez que al momento de generarse la informacin presentada, es decir, correspondiente a los aos 2017, 2072 y 2013, la ob/gacin de reportar dicha Informacin no era exgble a los agentes econmicos concesionarios, en virtud, de que la norma que impone dicha oblgacin entr en vigor con fecha posterior. En concreto, se trata de decreto pub/cado en el Diario Ofcal de la Federacin el ocho de ju/o de dos m/ catorce.

    El presente ofco se emite con fundamento en los artculos 4, fra,ccin V, nc/so vi); 79; 20 fracciones V, VI, VIII y XXIII; y 46, prrafo primero del Estatuto Orgnico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

    Por otro lado, la Unidad de Espectro Radioelctrico, mediante IFT/222/UER/DG-RERO/DPR/029/2016 de fecha 8 de agosto del ao en expres lo siguiente:

    l Hago referencia a la SAi 0972100035716, formulada ante la Unidad de

    ansparenca el pasado 26 de abr/, al respecto y derivado del pago lzado por el particular por concepto de reproduccin de la

    INSTITUTO FEDEfV\L DE

    TELECOMUNICACIONES

    oficio curso,

    23 de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO :EDH(Al DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMITt DE TRANSPARENCIA

    informacin solicitada, se ha requerido a esta Unidad el envo de dicha informacin en versin pblica.

    La informacin que debe entregar la Unidad de Espectro Radioelctrico

    consta de 25,248 fojas, mismas que deben ser estudiadas, analizadas y

    procesadas. previo a su envo al Comit de Transparencia para la

    aprobacin correspondiente.

    Dado lo anterior y de conformidad con el artculo 31 de la Ley Federal de

    Procedimiento Administrativo, aplicado de manera supletoria a la Ley

    Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica,

    citen/amente se solicita prrroga por cinco das, para estar en posibilidad

    de entregar la informacin solicitqda.

    ..."(sic)

    Por lo anteriormente expuesto, el Comit efecta los siguientes pronunciamientos:

    (1) De conformidad con las solicitudes de clasificacin de las versiones

    pblicas realizadas por la Secretara Tcnica del Pleno y la Unidad de

    Competencia Econmica, este rgano Colegiado aprueba las mismas

    en las que se testa y confirma la clasificacin. de la informacin de

    carcter confidencial, as como los datos personales; tal como lo refieren

    ambas reas en el abundamiento que refieren en sus oficios.

    Aunado a ello, si bien la prueba del inters pblico corre a cargo de la autoridad nacional en materia de datos personales y acceso a la informacin, la Unidad de Competencia Econmica a fin de garantizar el derecho de acceso a la informacin del particular efectu manifestaciones que determinan las razones por las que la informacin solicitada supera el inters pblico y por nde, su publicidad; tal como se desprende de los oficios IFT/226/UCE/DGPC/090/2016 e IFT/226/UCE/DGPC/091 /2016.

    Lo anterior con fundamento en la fraccin 11 del artculo 65 de la LFTAIP y el lineamiento Quincuagsimo sexto de los Lineamientos generales en materia de clasificacin y desclaslficacin de la informacin, as como para la elaboracin de versiones pblicas (Lineamientos).

    (il) A partir de la solicitud efectuada en el oficio IFT/222/UER/DG

    RERO/DPR/029/2016 de fecha 8 de agosto del ao en curso por ta Unidad

    de Espectro Radioelctrico y atendiendo al hecho de la gran cantidad.

    t informacin (28, 832 fojas) que implica, el anlisis, estudio y

    ocesamiento para la elaboracin de las versiones pblic~~~ha

    24 de 89

    ' ./F!J

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEPAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    rea, este Comit autoriza la ampliacin solicitada por un plazo que no exceda de 5 das hbiles; lo anterior, con fundamento en el artculo 31 Ley Federal de Procedimiento Administrativo en relacin con el artculo 7 de la LFTAIP, los cuales establecen los siguiente:

    LFTAIP

    "Artculo 7, A falta de disposicin expresa en esta Ley, se aplicarn de manera supletoria y en el siguiente orden de prelacin, las disposiciones de la Ley General y de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo."

    LFPA

    "Artculo 31.-Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes administrativas, la Administracin Pblica Federal, de oficio o a peticin de parte interesada, podr ampliar los trminos y plazos establecidos, sin que dicha ampliacin exceda en ningn caso de la mitad del plazo previsto originalmente, cuando as lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros. "

    CUARTO.- Discusin y, en su caso, confirmacin de la clasificacin de la informacin solicitada por la Unidad de Cumplimiento, en respuesta a las solicitudes de acceso a la informacin pblica con nmeros de folio:

    0912100058916

    Con fecha 15 de julio de 2016, se solicit a travs de la Plataforma Nacional de Transparencia, lo siguiente:

    "A la fecha de la presente, solicito cualquier oficio, acuerdo, acta,

    resolucin o cualquier tipo de documento o acto administrativo emitido

    por algn servidor pblico de cualquier rea del Instituto Federal de

    Telecomunicaciones para que en el uso de sus facultades de regulacin,

    supervisin, verificacin y vigilancia hayan emitido, requerido, dirigido y/o

    notificado al Agente Econmico Preponderante en el Sector de

    Telecomunicaciones, o a cualquier de sus empresas relacionadas,

    subsidiarias o matrices, sobre informacin o documentacin mediante la

    cual acredite el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de:

    Ai) La resolucin de preponderancia contenida en el acuerdo P/IFT/EXT/0603 74/76 y expedida por ese Instituto con fecha 6 de marzo der/4; 25de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO ~EDERAL O[ TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    (Ji) De sus respectivos ttulos de concesin; (iii) Del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artculos 6~ 7, 27, 28, 73, 78, 94 y 7 05 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 7 7 de junio de 2073; (iv) De la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusin; (v) De la Ley Federal de Telecomunicaciones abrogada; (vi) De la Ley Federal de Competencia Econmica; (vii) De la Ley Federal de Competencia Econmica abrogada, y (viii) De cualquier otras disposicin administrativa aplicable." (sic)

    La solicitud fue turnada para su atencin, entre otras, a la Unidad de Cumplimiento.

    Al respecto, el Titular de la Unidad en cuestin, mediante oficio IFT/225/UC/1782/2016 de fecha 9 de agosto del presente ao, manifest:

    Sobre el particular, le informo que se realiz una bsqueda exhaustiva en

    los archivos que integran la Unidad de Cumplimiento respecto de la

    informacin generada durante el ao inmediato anterior contado a partir

    de la fecha en que se present la solicitud; lo anterior, con apoyo en lo

    dispuesto en el Criterio 9/73 del entonces /FA/ que establece:

    "Periodo de bsqueda de la informacin, cuando no se precisa en la soliciti.Jd de informacin. El artculo 40, fraccin II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, seala que los particulares debern describir en su solicitud de informacin, de forma clara y precisa, los documentos requeridos. En ese sentido, en el supuesto de que elparticular no haya sealado elperiodo sobre el que requiere la Informacin, deber interpretarse que su requerimiento se refiere al del ao inmediato anterior contado a parlir de la fecha en que se present la solicitud. Lo anterior permite que los sujetos obligados cuenten con mayores elementos para precisar y localizar la informacin solicitada."

    En ese orden de ideas, le informo que se localizaron diversos oficios y

    requerimientos formulados a los sujetos regulados indicados en la solicitud,

    lo anterior en ejercicio de las facultades de supervisin que tiene

    conferidas esta Unidad, de conformidad con lo dispuesto en las

    fracciones/, //, 111 y XVI del artculo 42 del Estatuto Orgnico de este Instituto,

    relacionados con la materia de la solicitud y que consisten en 1308 fojas

    tlles que contienen informacin CONFIDENCIAL, de conformidad con lo

    dispuesto por el artculo 7 7 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso

    a la Informacin Pblica, (en adelante "LFTA/P"), en relacin con el

    Lineamiento Trigsimo Octavo, fraccin I de los Lineamientos generales

    n materia de clasificacin y desc/aslficacin de la informacin, as como

    para la elaboracin de versiones pblicas, emitidos por el Consejo

    cional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Informacin

    ~ 26de 89

    http:soliciti.Jd

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN IN'.3TITUTO FEDERAL DF TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Pblica y Proteccin de Datos Personales y publicados en el Diario Oficial

    de la Federacin, el 75 de abril de 2076, (en Jo sucesivo "Los

    Lineamientos"), como se describe a continuacin:

    Sexo de personas fsicas: Informacin confidencial de conformidad con Jo

    establecido en el artculo 713 de la "LFTA/P", en relacin con el

    Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", por

    tratarse de informacin que concierne a una persona fsica identificada

    o que pueda hacerla identificable, que de divulgarse podra afectar su

    intimidad,

    Claves de elector de credenciales de elector: Informacin confidencial

    de conformidad con lo establecido en e/ artculo 7 7 3 de la "LFTAIP", .en

    relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los

    Lineamientos", toda vez que dentro de los datos que las conforman estn

    el, ao, mes, da y clave del estado en que su titular naci, y su sexo, y al

    ser stos datos personales concernientes a una persona fsica identificada

    o que pueda hacerla identificable, relativos a caractersticas fsicas origen

    tnico y sexo, al ser entregada a cualquier persona, podra afectar la

    intimidad de los titulares de dichos datos personales.

    Sirve de apoyo a Jo anterior, que la clave de elector, ha sido considerada

    por el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Informacin y Proteccin

    de Datos, con carcter confidencial en trminos del artculo 78, fraccin

    11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica

    Gubernamental, como se advierte de la resolucin al recurso de revisin

    ROA 7248/73.

    Nmero "OCR" de credencia/es de elector: Informacin confidencial de

    conformidad con lo establecido en el artculo 7 7 3 de la "LFTA/P", en

    relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los

    Lineamientos"; ya que se integra por 7 2 o 7 3 dgitos de la siguiente

    manera:

    Los cuatro primeros deben coincidir con la clave de la seccin de la

    residencia del ciudadano, los restantes corresponden a un nmero

    consecutivo nico asignado al momento de conformar la clave de

    elector correspondiente,

    Es decir, se considera que dicho nmero de control, al contener el nmero

    de la seccin electoral en donde vota el ciudadano titular de dicho

    documento, constituye un dato personal en razn de que devela

    jinformacin del domicilio concerniente a una persona fsica identificada

    ridentificable en funcin de la informacin geoelectora/ ah contenida.

    ---7 27 de 89

    I

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDE!~Al DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Robustece lo anterior, que el Pleno del /FA/, ha considerado procedente la clasificacin del nmero relativo al OCR contenido en la credencial para votar, conforme a lo dispuesto en el artculo 78, fraccin II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, como se advierte a la Resolucin al RDA/7248/73 vs SSP.

    Firmas de personas fsicas: Informacin de carcter confidencial, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 7 7 3 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin/, de "Los Lineamientos", por tratarse de un dato personal que identifica o hace identificable a su titular y que afecta su intimidad.

    Para robustecer la clasificacin anteriqr, sirve la interpretacin a contrario sensu del criterio 70/70 del /NA/ antes /FA/ que dispone:

    "La firma de los servidores pblicos es informacin de carcter pblico cuando sta

    es utilizada en el ejercicio de las facultades conferidas para el desempeo del

    servicio pblico. SI bien la firma es un dato personal confidencia/, en tanto que

    Identifica o hace identificable a su titular, cuando un servidor pblico emite un acto

    como autoridad, en ejercicio de fas funciones que tiene conferidas, la firma

    mediante la cual valida dicho acto es pblica. Lo anterior, en virtud de que se realiz

    en cumplimiento de las obligaciones que fe corresponden en trminos de las

    disposiciones Jurdicas aplicables. Por tanto, la firma de los servidores pblicos,

    vinculada al ejercicio de la funcin pblica, es informacin de naturaleza pblica,

    dado que documenta y rinde cuentas sobre el debido ejercicio de sus atribuciones

    con motivo del empleo, cargo o comisin que le han sido encomendados."

    Expedientes: 636/08 Comisin Nacional Bancaria y de Valores - Alonso Gmez

    Robledo Verduzco 2700/09 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacin Jacquel/ne Peschard Mariscal 3415/09 Instituto Mexicano de T ecnofoga del Agua Mara Marvn Laborde 3701/09 Administracin Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de

    C. V. - Jacqueline Peschard Mariscal 599/10 Secretara de Economa - Jacqueline

    Peschard Marisca/".

    De lo anterior, se desprende que la firma de personas fsicas que no son servidores pblicos, es un dato personal confidencial, en tanto que identifica o hace identificable a su titular, a excepcin de cuando un servidor pblico emite un acto como autoridad, en ejercicio de las funciones que tiene conferidas, en cuyo caso la firma mediante la cual valida ese acto sera pblica.

    Ocupacin o profesin de personas fsicas: Se considera como un dato personal de carcter confidencial en trminos de lo dispuesto por en el artculo 713 de la "LFTAIP", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin/, de "Los Lineamientos", en razn de que se relaciona

    /rectamente con una persona fsica identificada y de divulgarse se

    stara dando a conocer su situacin acadmica, afectando la esfera

    rivada de su titular.

    }

    f - ~~ 28 de 89

  • ---

    ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Nmero de empleado: Informacin de carcter confidencial, de conformidad con lo dispuesto por el artculo 113 de la "LFTAIP", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", toda vez que a travs del mismo, es posible conocer informacin personal de su titular.

    Fortalece lo anterior, el criterio 15/70, del entonces /FA/, que establece:

    "El nmero de ficha de Identificacin nica de los trabajadores es informacin de

    carcter confidencial. En los casos en que el nmero de trabajador o ficha de

    identificacin nica constituya un elemento por medio del cual los trabajadores

    puedan acceder a un sistema de datos o informacin de la dependencia o entidad,

    para hacer uso de diversos servicios, como la presentacin de consultas relacionadas

    con su situacin laboral particular, dicha informacin es susceptible de clasificarse

    con el carcter de confidencia/, en trminos de lo establecido en -el artculo 18,

    fraccin II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica

    Gubernamental, en virtud de que a travs de la misma es posible conocer

    informacin personal de su titular. Expedientes: 3647/07 Petrleos Mexicanos -

    Jacquellne Peschard Mariscal 3906/07 Petrleos Mexicanos - Mara Marvn Laborde

    2285/08 Instituto Politcnico Nacional - Jacqueline Peschard Mariscal 2662/09

    Petrleos Mexicanos - Juan Pablo Guerrero Amparn 3727/09 Petrleos Mexicanos Mara Marvn Laborde."

    Asimismo, le informo que con los mismos criterios de bsqueda, fueron localizadas diversas actas de verificacin que ms adelante se detallan, practicadas a los sujetos regulados indicados en la solicitud, 2 constancias de hechos y 2 oficios girados en relacin con lo mismo, todo lo anterior en ejercicio de las facultades de verificacin conferidas a esta Unidad en las fracciones/, //, fil y V, del artculo 43 del Estatuto Orgnico de este Instituto, relacionados con la materia de la solicitud.

    NO.DENO. DE ACTA NOMBRE FOJAS

    ) -~

    IFT/DF/DGV/781/2015 TELFONOS DE MXICO S.A.B. DE C. V. 46

    IFT/DF/DGV/782/2015 TELFONOS DE MXICO S.A. B. DE C. V. 226

    IFT/DF!DGV/783/2015 TELFONOS DEL NORESTE, S.A.D E C. V. j7

    IFT!DF/DGV /784/2015 RADIO.MVIL DIPSA S.A. DE C. V. 45

    IFT/DF/DGV /989/2015 TELFONOS DE MXICO. S.A.B. DE C. V. 523

    IFT/DF/DGV/1296/2015 TELFONOS DE MXICO. S.A.B. DE C. V. 17

    IFT/DF/DGV/005/2016 RADIO.MVIL DIPSA S.A. DE C. V. 65

    IFT/DF/DGV/006/2016 TELFONOS DE MXICO, S.A.B. DE C. V. 35

    IFT/DF!DGV/009/2016 RADIO.MVIL DIPSA S.A. DE C. V. 16

    IFT/DF/DGV/018/2016 TELFONOS DE MXICO. S.A.B. DE C. V. 29

    IFT/DF/DGV/019/2016 RADIO.MVIL DIPSA S.A. DE C. V. 41

    /f;JfDF/DGV/030/2016 TELFONOS DE MXICO S.A. B. DE C. V. 32

    29 de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEf~!\L DE TEI.ECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    IFT/UC!DGV/099/2016 RADIOMVIL DIPSA S.A. DE C. V. 22

    IFT/UC/DGV! 102/2016 RADIOMVIL DIPSA S.A. DE C. V. 24

    IFT/UC/DGV/112/2016 RADIOMVIL DIPSA S.A. DE C. V. 32

    Las actas de verificacin constan en 1170 fojas tiles que contienen informacin CONFIDENCIAL, de conformidad con lo dispuesto por el artculo 773 de la "LFTAIP", en relacin con los Lineamientos Trigsimo Octavo, fraccin I y Cuadragsimo, fracciones I y II de "Los Lineamientos", tal como se describe a continuacin:

    Fechas de nacimiento y edades de personas fsicas: Informacin confidencial de conformidad con Jo dispuesto por el artculo 1 73 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", por tratarse de informacin que concierne a una persona fsica identificada o identificable, y que de divulgarse podra afectar su intimidad.

    Sexo de personas fsicas: Informacin confidencial de conformidad con Jo establecido en el artculo 713 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", por tratarse de informacin que concierne a una persona fsica identificada o que pueda hacerla identificable, que de divulgarse podra afectar su intimidad.

    Claves de elector de credencia/es de elector: Informacin confidencial de conformidad con Jo establecido en el artculo 7 13 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", toda vez que dentro de los datos que la conforman estn el, ao, mes, da y clave del estado en que su titular naci, y su sexo, y al ser stos datos personales concernientes a una persona fsica identificada o que pueda hacerla identificable, relativos a caractersticas fsicas origen tnico y sexo, al ser entregada a cualquier persona, podra afectar la intimidad de los titulares de dichos datos personales.

    Sirve de apoyo a Jo anterior, que la clave de elector, ha sido considerada por el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Informacin y Proteccin de Datos, con carcter confidencial en trminos del artculo 18, fraccin 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, como se advierte de la resolucin al recurso de revisin ROA 1248/13.

    Cdula nica de Registro de Poblacin (CURP): Informacin confidencial

    de conformidad con Jo establecido en el artculo 113 de la "LFTAIP", en

    relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los

    neamientos", en razn de que se integra por datos personales que

    30de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEPAL DE EXTRAORDINARIA DEL TELECOMUNICACIONES

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    nicamente le conciernen a un particular como son su fecha de nacimiento, su nombre, sus apellidos, su lugar de nacimiento y el sexo, y sta es informacin que lo distingue plenamente del resto de los habitantes.

    Sirve para fortalecer lo anterior, el criterio 03/70 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informacin y Proteccin es/e Datos Personales (/NA/), antes Instituto Federal de Acceso a la Informacin y Proteccin de Datos (/FA/) que establece:

    "Clave nica de Registro de Poblacin (CURP) es un dato personal confidencial. De conformidad con lo establecido en el artculo 3, fraccin II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, dato personal es toda oque/fa Informacin concerniente a una persona fsica identificada o identificable. Por su parte, el arlcu/o 18, fraccin II de la Ley considera informacin confdencial los datos personales que requieren el consentimiento de los individuos paro su difusin, distrbucin o comercializacin en los trminos de esta Ley. En este sentido, la CURP se integra por datos personales que nicamente Je conciernen a un particular como son su fecha de nacimiento, su nombre, sus apellidos y su Jugar de nacimiento, y esto es Informacin que lo distingue plenamente del resto de los habitantes, por Jo que es de carcter confidencial, en trminos de lo dispuesto en el artculos anteriormente sealados. Expedientes: 3100/08 Secretara del Trabajo y Previsin Social - Jacqueline Peschard Mariscal con Voto Parficular de Juan Pablo Guerrero Amparn. 4877 /08 Instituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica Juan Pablo Guerrero Amparn. 0325/09 Secretara de la Funcin Pblica -Jacqueline Peschard Mariscal con Voto Disidente de Juan Pablo Guerrero Amparn. 3132/09 Servicio Postal Mexicano - ngel Trinidad Zaldivar. 401/ /09 Instituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica - ngel Trinidad Zaldvar. " ,

    Domicilio Particular de personas fsicas: Por comprender datos personales concernientes a personas fsicas, que de darse a conocer podran afectar su intimidad, razn por la cual se clasifica como informacin confidencial con fundamento en lo establecido en el artculo 113 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo Fraccin /, de "Los Lineamientos".

    Estado, municipio, secc1on y localidad de credencia/es de elector: Informacin confidencial de conformidad con lo establecido en el artculo 7 7 3 de la "LFTA/P", en re.locin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin/, de "Los Lineamientos", por tratarse de datos personales de personas fsicas identificadas o identificables relativos a su origen tnico y domicilio, que nicamente le conciernen a su titular y que al darse a conocer a cualquier persona pudiera afectar su vida ntima.

    Nmero "OCR. de credencia/es de elector: Informacin confidencial de conformidad con lo establecido en el artculo l l 3 de la "LFTA/P", en

    Ilacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin /, de "Los

    ~eamientos ", ya que se integra por 12 o l 3 dgitos de la siguiente anera. _ ~

    I . 31 de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO r:EDEf(Al DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Los cuatro primeros deben coincidir con fa clave de fa seccin de fa

    residencia del ciudadano, los restantes corresponden a un nmero

    consecutivo nico asignado al momento de conformar fa clave de

    elector correspondiente.

    Es decir, se considera que dicho nmero de control al contener el nmero

    de la seccin electoral en donde vota el ciudadano titular de dicho

    documento, constituye un dato personal en razn de que devela

    informacin del domicilio concerniente a una persona fsica identificada

    o identificable en funcin de la informacin geoelectoral ah contenida.

    Robustece lo anterior, que el Pleno del /FA/, ha considerado procedente

    la clasificacin del nmero relativo al OCR contenido en la credencial

    para votar, conforme a lo dispuesto en el artculo 18, fraccin II de la Ley

    Federal de Transparencia y Acceso a fa Informacin Pblica

    Gubernamental, como se advierte a la Resolucin al RDA/7248/73 vs SSP.

    Fotografas de personas fsicas: Informacin confidencial, de conformidad

    con el artculo l l 3 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo

    Octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", toda vez que las fotografas

    constituyen fa reproduccin fiel de fas caractersticas fsicas de una

    persona en un momento determinado, por fo que representan un

    instrumento de identificacin, proteccin exterior y factor imprescindible

    para su propio reconocimiento como sujeto individual y al ser entregada

    a cualquier persona, podra afectar la intimidad de los titulares de dichos

    datos personales.

    Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de personas fsicas: Informacin

    confidencial de conformidad con lo establecido en el artculo l 7 3 de la

    "LFTA/P" en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo, fraccin I de

    "Los Lineamientos", en razn de que se integra por datos personales que

    vinculado al nombre de su titular, permite identificar la edad de la

    persona, as como su homoclave, siendo esta ltima nica e irrepetible,

    que nicamente le concierne a su titular y de divulgarse a persona distinta

    podra afectar su intimidad.

    Firmas de personas fsicas: Informacin de carcter confidencial, de

    conformidad con lo dispuesto en el artculo 7 7 3 de la "LFTA/P", en relacin

    con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin l de "Los Lineamientos",

    por tratarse de un dato personal que identifica o hace identificable a su

    titular y que afecta su intimidad.

    JPa,ra robustecer la clasificacin anterior, sirve la interpretacin a contrario {"'" del cri/000 10/10 del/NA/ =!o, /FA/ q~ dl,pom ;e-

    32 de 89

  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO FEDEF:AL DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    "La firma de los servidores pblicos es informacin de carcter pblico cuando sta

    es utilizada en el ejercicio de las facultades conferidas para el desempeo del

    servicio pblico. Si bien la firma es un dato personal confidencial, en tanto que

    identifica o hace identificable a su titular, cuando un servidor pblico emite un acto

    como autoridad, en ejercicio de las funciones que tiene conferidas, fa firma

    mediante la cual valida dicho acto es pblica. Lo anterior, en virtud de que se realiz

    en cumplimiento de las obligaciones que le corresponden en trminos de las

    disposiciones jurdicas aplicables. Por tanto, lo firma de los servidores pblicos,

    vinculada al ejercicio de la funcin pblica, es informacin de naturaleza pblica,

    dado que documenta y rinde cuentas sobre el debido ejercicio de sus atribuciones

    con motivo del empleo, cargo o comisin que le han sido encomendados. "

    Expedientes: 636/08 Comisin Nacional Bancaria y de Valores - Alonso Gmez

    Robledo Verduzco 2700/09 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacin -

    Jacqueline Peschard Mariscal 34 75/09 Instituto Mexicano de Tecnologa del Agua Mara Marvn Laborde 3701/09 Administracin Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de

    C. V. - Jacqueline Peschard Mariscal 599/10 Secretara de Economa - Jacqueline

    Peschard Mariscal",

    De lo anterior, se desprende que la firma de personas fsicas que no son

    servidores pblicos, es un dato personal confidencial, en tanto que

    identifica o hace identificable a su titular, a excepcin de cuando un

    servidor pblico emite un acto como autoridad, en ejercicio de las

    funciones que tiene conferidas, en cuyo caso la firma mediante la cual

    valida ese acto sera pblica.

    Huellas digitales. Informacin confidencial, de conformidad con el

    artculo 773 de la "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo

    Octavo fraccin /, de "Los Lineamientos", entendindose por huella

    digital, la marca que deja la yema de un dedo al tocarlo, sta se

    convierte en un factor clave para identificar a una persona fsica, por lo

    que se trata de un dato personal que hace identificable a una persona

    fsica, que de revelarse puede afectar la intimidad de sus titulares.

    Nacional/dad de personas fsicas se considera como un dato personal de

    carcter confidencial, en trminos de lo dispuesto por el artculo 7 7 3 de la

    ''LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo, fraccin /, de

    "Los Lineamientos", toda vez que se trata de la Condicin particular de

    los habitantes de una Nacin a travs de la cual puede ser identificable

    una persona por su origen racial, que de revelarse puede afectar su

    intimidad.

    Estado civ/1 de personas fsicas se considera como un dato personal de

    carcter confidencial, en trminos de lo dispuesto por el artculo 7 7 3 de la

    "LFTA/P", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo, fraccin /, de

    "Los Lineamientos", dado que el estado civil consiste en la situacin

    Tl r.. .dica concreta que posee un individuo con respecto a la familia, el stado o nacin a que pertenece y de darse a conocer a persona distinta su titular, puede verse afectada su vida privada o intimidad.

    ____,.~

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN

    EXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    Ocupacin o profesin de personas fsicas se considera como un dato personal de carcter confidencial, en trminos de lo dispuesto por el artculo 113 de la "LFTAIP", en relacin con el Lineamiento Trigsimo Octavo fraccin I, de "Los Lineamientos", en razn de que se relaciona directamente con una persona fsica identificada y de divulgarse se estara dando a conocer su situacin acadmica, afectando la esfera privada de su titular.

    Importes de capital social. Informacin de carcter confidencial, de conformidad con lo dispuesto por el artculo 113, de la "LFTAIP", en relacin con el Lineamiento Cuadragsimo, fraccin I, de "Los Lineamientos", al contener importes en moneda nacional, que conforman el capital social, informacin relativa al patrimonio de la persona moral que nos ocupa, cuya divulgacin pudiera ser til para un competidor.

    A mayor abundamiento, es importante destacar que las personas jurdicas colectivas, tambin cuentan con determinados espacios de proteccin ante cualquier intromisin arbitraria por parte de terceros respecto de cierta Informacin econmica, comercial o relativa a su identidad que, de revelarse, pudiera anular o menoscabar su libre y buen desarrollo.

    Sirve de apoyo a lo anterior, la siguiente tesis aislada emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nacin:

    poca: Dcimo poca Registro: 2005522 Instancia: Pleno

    Tipo de Tesis: Aislada

    Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federacin

    Libro 3, Febrero de 2014, Tomo /

    Materla(s): Constitucional

    Tesis: P. 11/2014 (/Da.)

    Pgina: 274

    "PERSONAS MORALES. llENEN DERECHO A LA PROTECCIN DE LOS DATOS QUE PUEDAN EQUIPARARSE A LOS PERSONALES, AUN CUANDO DICHA INFORMACIN HAYA SIDO ENTREGADA A UNA AUTORIDAD.

    El artculo 16, prrafo segundo, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos

    Mexicanos reconoce el derecho a la proteccin de datos prsonales, consistente en

    el control de cada individuo sobre el acceso y uso de la informacin personal en aras

    de preseNar la vida privada de las personas, En ese sentido, el derecho a la

    proteccin de datos personales podra entenderse, en primera instancia, como una

    prerrogativa de las personas fsicas, ante la imposibilidad de afirmar que las morales

    son titulares del derecho a la intimidad y/o a la vida privada; sin embargo, el

    contenido de este derecho puede extenderse a cierta informacin de las personas

    urdicas colectivas, en tanto que tambin cuentan con determinados espacios de

    pro~~ccln ante cualquier intromisin arbitrarla por parte de terceros respecto de

    ,_ c ffa informacin econmica, comercial o relativa a su identidad que, de revelarse,

    ~

    INSTITUTO FEDERAL DE

    TELECOMUNICACIONES

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  • ACTA DE LA SEGUNDA SESIN INSTITUTO fEDERM DE TELECOMUNICACIONESEXTRAORDINARIA DEL

    COMIT DE TRANSPARENCIA

    pudiera anular o menoscabar su libre y buen desarrollo. Por tanto, los bienes protegidos por el derecho a la privacidad y de proteccin de datos de las personas morales, comprenden aquellos documentos e informacin que les son inherentes, que deben permanecer ajenos al conocimiento de terceros, independientemente de que, en materia de transparencia e Informacin pblica, opere el principio de mxima publicidad y disponibilidad, conforme al cual, toda informacin en posesin de las autoridades es pblica, sin importar la fuente o la forma en que se haya obtenido, pues, acorde con el artculo 60., en relacin con el 16, prrafo segundo, constitucionales, fa informacin entregada a las autoridades por parte de fas personas morales, ser confidencial cuando tenga el carcter de privada por contener datos que pudieran equipararse a los personales, o bien, reservada temporalmente, si se actualiza alguno de los supuestos previstos legalmente."

    En ese orden de ideas, los bienes protegidos por el derecho a la privacidad y de proteccin de datos de las personas morales, comprenden aquellos documentos e informadn que les son inherentes, que deben permanecer ajenos al conocimiento de terceros, independientemente de que en materia de transparencia e informacin pblica, opere el principio de mxima publicidad y disponibilidad, conforme al cual, toda informacin en posesin de las autoridades es pblica, sin importar la fuente o la forma en que se haya obtenido.

    As mismo, es aplicable el criterio 11 /13 del entonces /FA/, ahora /NA/, que indica lo siguiente:

    "Concesiones. La informacin que se proporciona para su otorgamiento, renovacin o conservacin y la derivada de su cumplimiento es pblica, exceptuando aquella de carcter comercial o industrial. La concesin tiene por objeto conferir a un particular el ejercicio de ciertas prerrogativas pblicas para la explotacin de un bien o servicio pblico, por lo que toda la informacin derivada del procedimiento que se lleva a cabo para su otorgamiento, su renovacin o conservacin y fa relativo a su cumplimiento, en principio, es de carcter pblico. Lo anterior, ya que permite evaluar de forma directa el desempeo y el aprovechamiento del bien concesionado, as como la- actuacin de la autoridad otorgante. Sin embargo, de