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© Documento Normativo Propiedad del ICE, prohibida su reproducción total o parcial sin autorización INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD DIVISIÓN CORPORATIVA CADENA DE ABASTECIMIENTO DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL Código: IT-PL-001 INSTRUCTIVO DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE LICITACION Versión 2 Página 1/ 18 Solicitud de Cambio No: N/A Elaborado por: Área de Licitaciones- Dirección Proveeduría Institucional Aprobado por: Dirección Proveeduría Institucional Rige a partir de: Noviembre, 2016 TABLA DE CONTENIDO 1. PROPÓSITO ..............................................................................................................2 2. ALCANCE..................................................................................................................2 3. DOCUMENTOS APLICABLES .................................................................................2 4. RESPONSABILIDADES ............................................................................................3 5. TÉRMINOS, SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS ..........................................................3 6. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO O CONTENIDO .....................................................6 7. CONTROL DE REGISTROS ...................................................................................14 8. CONTROL DE CAMBIOS........................................................................................14 9. CONTROL DE ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN ..............................15 10. ANEXOS ..................................................................................................................16

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD DIVISIÓN CORPORATIVA CADENA DE ABASTECIMIENTO

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Código:

IT-PL-001

INSTRUCTIVO DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE

LICITACION

Versión 2

Página

1/ 18

Solicitud de Cambio No:

N/A

Elaborado por:

Área de Licitaciones- Dirección Proveeduría Institucional

Aprobado por:

Dirección Proveeduría Institucional

Rige a partir de:

Noviembre, 2016

TABLA DE CONTENIDO

1. PROPÓSITO ..............................................................................................................2

2. ALCANCE..................................................................................................................2

3. DOCUMENTOS APLICABLES .................................................................................2

4. RESPONSABILIDADES ............................................................................................3

5. TÉRMINOS, SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS ..........................................................3

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO O CONTENIDO .....................................................6

7. CONTROL DE REGISTROS ................................................................................... 14

8. CONTROL DE CAMBIOS........................................................................................ 14

9. CONTROL DE ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN .............................. 15

10. ANEXOS .................................................................................................................. 16

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1. PROPÓSITO

Establecer mediante este Instructivo de Trabajo el proceso de contratación de bienes,

servicios y obras mediante la modalidad de Licitación. Es un compendio de normas y

directrices basadas fundamentalmente en la Ley N° 8660, Ley de Fortalecimiento y

Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones y su

Reglamento, así como el Reglamento Interno de Contratación Administrativa (RICA) y los

lineamientos que haya dictado la Administración Superior relacionados con esta materia.

2. ALCANCE

Este Instructivo de Trabajo es aplicable para todos los funcionarios de la Dirección de

Proveeduría que intervienen en el proceso de contratación de bienes y servicios

mediante la modalidad de licitación.

3. DOCUMENTOS APLICABLES

CÒDIGO

TÍTULO DEL DOCUMENTO

N° 8660 Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones

D.E. 35148 Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones

N° 7494 Ley de Contratación Administrativa

N° 8292 Ley General de Control Interno

Ley 6227 Ley General de Administración Pública.

SE.5881.2 Versión Vigente

Reglamento Interno de Contratación Administrativa (RICA)

R-CO-44-2007 Reglamento de Refrendos de la Contraloría General de la

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República.

S/N Reglamento Aprobación Interna de las Contrataciones y Convenios no Sujetos a Refrendo Contralor

4. RESPONSABILIDADES

a) DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

Aprobar este Instructivo de Trabajo y sus futuras modificaciones.

b) FUNCIONARIOS DE NIVEL 1

Asegurar que los funcionarios bajo su responsabilidad conocen y cumplen las

disposiciones contenidas en este Instructivo de Trabajo y los documentos

aplicables.

c) FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

Conocer, cumplir y aplicar las disposiciones establecidas en este Instructivo de

Trabajo y los documentos aplicables.

5. TÉRMINOS, SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

Acto de adjudicación: es el acto de la Administración en el que está previsto el

examen de las propuestas u ofertas presentadas, ésta decide cuál de ellas es la más

conveniente, basados en los estudios legal y técnico.

Acto de apertura: procedimiento que se lleva a cabo en una hora y fecha determinada

en el cartel del concurso, mediante el cual se da a conocer el contenido de las

propuestas para una licitación especifica.

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Aprobación interna: consiste en la aprobación que realiza la Unidad de Aprobación

Interna perteneciente a la Dirección de Contratación Administrativa de la División

Jurídica Institucional; constituye un requisito de eficacia jurídica de las contrataciones

que realiza el ICE. Se otorga una vez se compruebe el cumplimiento de todos y cada

uno de los requisitos legales de los procedimientos de contratación administrativa.

Cartel: es el Reglamento específico de la contratación que se promueve, en el que se

entienden incorporadas a su clausulado todas las normas jurídicas y principios

constitucionales aplicables y pertinentes al respectivo procedimiento

CCA: coordinador de contratación administrativa, funcionario responsable de coordinar

todos los procesos de contratación administrativa de su área.

Contrato: es con el cual las partes se obligan al cumplimiento de contraprestaciones

derivadas de la contratación administrativa.

Junta de adquisiciones: órgano colegiado conformado por funcionarios del GRUPO

ICE, encargados de adjudicar las contrataciones por los montos definidos y demás

competencias establecidas por el Concejo Directivo del ICE.

Licitación abreviada: procedimiento de contratación que utiliza la administración para

aquellas adquisiciones con montos inferiores a la licitación pública y superiores a la

Contratación Directa

Licitación pública: procedimiento de contratación, de amplia participación según los

montos definidos.

Modalidades de contrato de suministro: podrá darse bajo alguna de las siguientes

modalidades: Cantidad definida, entrega según demanda y ejecución por consignación.

Negocios: grupo de servicios o productos que comparten un conjunto común de

clientes, un conjunto común de competidores, una tecnología o enfoque común, lo

mismo que factores claves comunes para el éxito.

Oferta: ofrecimiento o propuesta unilateral, dirigida a la administración, con el fin de

celebrar un contrato.

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Orden de compra/servicio: es un documento que la Proveeduría comunica al

adjudicatario donde le indica oficialmente la adjudicación y el plazo de entrega del

objeto del contrato. La orden de compra es para bienes u obras y la de servicios para

servicios.

Plan anual de compras: es el plan mediante el cual los negocios, divisiones,

direcciones técnicas, direcciones administrativas y la administración superior proponen

las adquisiciones requeridas para el año de su publicación.

Dirección de Proveeduría: dependencia encargada de la conducción y fiscalización de

los procesos de contratación administrativa.

Recomendación de proveeduría: documento en el cual la dirección administrativa de

proveeduría, da su recomendación para la determinación de la oferta más conveniente

para la administración.

Recomendación técnica: documento que avala mediante un estudio exhaustivo de las

ofertas propuestas, cuál es la más conveniente a los interesados institucionales.

Recurso de apelación: interposición o reclamo, contra los actos de adjudicación de las

licitaciones públicas dictados por la administración. Se interpone ante la contraloría

general de la república dentro de los cinco días hábiles a partir de su publicación.

Recurso de objeción: interposición o reclamo contra el cartel que se interpone dentro

del primer cuarto del plazo para presentar ofertas. El recurso de objeción se interpone

ante la Contraloría General de la República en el caso de las Licitaciones Públicas y

ante el ICE en el caso de las Licitaciones Abreviadas.

Recurso de revocatoria: interposición o reclamo contra las adjudicaciones dictadas

por la administración, que se interpone ante el órgano que emitió el acto de

adjudicación Aplica en las licitaciones abreviadas y las resuelve el ICE.

Refrendo contralor: aprobación dada por la Contraloría General de la República,

donde se corrobora la legalidad y control de la hacienda pública de un acto

administrativo, y dar lugar a su ejecutividad y ejecutoriedad, funge como un requisito de

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eficacia del contrato administrativo. Es aplicable a las licitaciones públicas que alcancen

el monto de esta modalidad de contratación.

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO O CONTENIDO

6.1 Área de Licitaciones, Dirección de Proveeduría Institucional

a. La Dirección de Proveeduría revisará y actualizará este Instructivo de Trabajo

al menos una vez al año o cuando lo considere necesario.

b. La Dirección de Proveeduría se encargará de enviar a publicar el programa de

compras a la página WEB de Proveeduría.

c. Actividades del área de licitaciones

c.1. Etapa de requisitos:

c.1.1 El Gestor revisa que el Proyecto de Licitación cumpla con los requisitos

mínimos requeridos, de lo contrario solicitará que se subsane cualquier defecto

que se señale. (Anexo No. 1).

c.1.2 El gestor, una vez admitido el proyecto, le asigna número de licitación y lo

registra en el Sistema. Luego de registrarlo se lo asigna al analista que

corresponde según el rol

c.2 Etapa del cartel

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c.2.1 El analista revisa a fondo las condiciones que conforman el cartel.

c.2.2 pone a derecho si es necesario, el pliego de condiciones, emitirá las

observaciones que sean pertinentes y las comunicaciones al Coordinador de

Contratación Administrativa, para que se efectúen las modificaciones.

c.2.3 Una vez confeccionado el cartel definitivo, el gestor le asigna la hora y fecha

para el acto de apertura y publica la invitación a concursar. Para el caso de

licitaciones en papel, se le solicita al CCA que incluya el cartel definitivo al servidor

Urano y se procede con la publicación.

c.2.4 El analista gestiona, consultas o modificaciones al cartel, prórrogas a la

fecha de apertura, de oficio o a solicitud del Coordinador de la Contratación.

c.2.5 El gestor realiza la publicación de las modificaciones al cartel, según sea el

caso, para licitaciones en papel. En Mer-link, la publicación la realiza el analista.

c.2.6 El gestor efectúa la apertura de ofertas, para licitaciones en papel, si son en

Mer-link, la realiza el analista.

c.2.7 El analista solicita al Coordinador de la Contratación Administrativa el

estudio y recomendación de adjudicación.

c.2.8 El analista Coordina con la Dirección de Contratación Administrativa para

que emitan el dictamen legal de las ofertas en los casos en que proceda.

c.3. Etapa recurso de objeción:

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c.3.1 El analista recibe los alegatos del inconforme, ya sea por parte de la

Contraloría General de la República, o directamente del afectado.

c.3.2 Corresponderá a la Contraloría General de la República, analizar la

admisibilidad del mismo para los casos de licitaciones públicas. Para las

licitaciones abreviadas, corresponderá a la administración su atención.

c.3.3 Si el recurso no procede por extemporaneidad o improcedencia manifiesta,

el analista comunicará al objetante, no sin antes indicar el porqué de su rechazo.

(Resolución)

c.3.4 Si el recurso procede, el analista registra en los sistemas de información

SIAC e ISAF o en el sistema de compras electrónico, donde se indica quién es el

coordinador de contratación administrativa responsable.

c.3.5 El analista remite el recurso al Coordinador de Contratación Administrativa

(CCA) y a la Dirección de Contratación Administrativa de la División Jurídica

Institucional para que sea analizado en el plazo determinado que rige esta

materia. El recurso debe ser contestado punto a punto, en el mismo orden en que

fue presentado y con criterio justificado y demostrado.

c.3.6 Para el caso de recursos de objeción de licitaciones abreviadas, el analista

realizará un recuento de los hechos, los cuales serán remitidos al Director de la

Proveeduría para su resolución final, al tenor del artículo 82 del Reglamento

Interno de Contratación Administrativa.

c.3.7 El analista comunica la resolución del recurso a las partes involucradas.

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c.3.8 Si el recurso es acogido, demostrando que lleva razón el objetante, el

analista comunicará al CCA respectivo para que coordine con la Dirección de

Proveeduría las modificaciones correspondientes, las cuales se publicarán para el

conocimiento del público en general

c.3.9 El analista registra la resolución en los sistemas electrónicos.

c.4 Etapa de adjudicación:

c.4.1 El analista estudia la recomendación de adjudicación enviada por el

Coordinador de la Contratación Administrativa. Si hay que hacer correcciones se

solicitan al mismo.

c.4.2 El analista prepara recomendación de adjudicación definitiva y la envía al

órgano que adjudica, según corresponda. (Anexo No.2).

c.4.3 El gestor publica el acuerdo de adjudicación.

c.5 Etapa recursiva:

c.5.1 Se recibe de parte de la Contraloría General de la República un comunicado

(Auto de Notificación vía fax generalmente) en el cual el analista solicita a la

administración que en un término de 24 horas, presente ante el órgano contralor,

entre otros, copia fiel, certificada y foliada del expediente administrativo, el cual

debe ir acompañado de una nota de remisión numerada y una copia de para su

respectivo acuse de “recibido” para el caso de Licitaciones que no se tramiten en

el sistema electrónico.

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La Dirección de Proveeduría deberá prevenir a las empresas en controversia, para

que mantenga o restablezcan la vigencia de las ofertas y las garantías de

participación de ser necesario y su la hubiese, las cuales deben ser remitidas a la

Contraloría General de la República en un plazo improrrogable de 3 días hábiles.

c.5.2 El analista registra el recurso en los sistemas de información, así como en un

informe del área, donde también se registrará quién es el coordinador de la

contratación administrativa responsable.

c.5.3 El analista comunica mediante correo electrónico al área de archivo, para la

preparación del expediente y las ofertas solicitadas, el cual será remitido al órgano

contralor mediante nota numerada y dentro del plazo solicitado para el caso de

Licitaciones que no se tramiten en el sistema electrónico.

c.5.4 El analista Mediante Auto de Notificación, la Contraloría General de la

República, solicita audiencias a la administración para su pronunciamiento al

respecto (alegaciones recurridas)

c.5.5 La Proveeduría comunicará al Coordinador de Contratación Administrativa

y a la Dirección de Contratación Administrativa de la Dirección Jurídica

Institucional para que el analista, revise y emita su pronunciamiento respecto al

recurso, en el plazo establecido que rige esta materia.

c.5.6 El analista de igual forma al punto anterior, si el ente Contralor lo requiere, la

Proveeduría solicitará diferentes audiencias a las áreas correspondientes para la

respuesta.

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c.5.7 El analista una vez emitida y comunicada la resolución del recurso por parte

de la Contraloría General de la República, la administración determina el proceso

a seguir según lo recomendado por el órgano Contralor.

c.5.8 El analista registra la resolución en los sistemas electrónicos y se archiva la

resolución en el expediente administrativo, cuando corresponda.

c.6 Recurso de revocatoria:

c.6.1 El analista recibe de parte del recurrente el recurso en ventanilla única de la

Dirección de Proveeduría o en el sistema electrónico de compras. Si el recurso es

presentado ante el mismo órgano que dictó el acto de adjudicación, éste, deberá

remitirlo a la Dirección de Proveeduría en el plazo de un día hábil para el trámite

respectivo.

c.6.2 El analista, La Dirección de Proveeduría, en conjunto con la Dirección de

Contratación Administrativa y la Dependencia Técnica del contrato (Coordinador

de Contratación Administrativa), analizarán la admisibilidad del recurso. Si el

recurso es inadmisible o manifiestamente improcedente, se notificará al recurrente

en un plazo no mayor a dos días hábiles.

c.6.3 Si el recurso procede, el analista registrará en los sistemas de información,

donde se indicará el coordinador de contratación administrativa responsable.

c.6.4 Si el recurso resulta admisible, el analista hace del conocimiento del

adjudicatario, para que en un plazo de 3 días hábiles, presente los descargos

correspondientes.

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c.6.5 Una vez obtenidos los descargos por parte del adjudicatario, el analista

remitirá al Coordinador de Contratación Administrativa (CCA) y a la Dirección de

Contratación Administrativa de la División Jurídica Institucional, para que tanto el

recurso como los descargos del adjudicatario, sean analizados en un plazo de 3

días hábiles y presenten sus consideraciones y comentarios al respecto. El

recurso debe ser contestado punto a punto, en el mismo orden en que fue

presentado y con el razonamiento suficiente que respalde el criterio emitido.

c.6.6 El área de Licitaciones, el analista, hace un recuento de los hechos de dicha

licitación, incluyendo lo alegado por el recurrente, el cual será remitido al órgano

que dictó el acto de adjudicación para que en un plazo de 3 días hábiles, éste

emita una resolución al respecto.

c.6.7 Una vez recibida en la Proveeduría la resolución del recurso, el analista

procede a comunicar a las partes, (recurrente y adjudicatario) la resolución del

mismo.

c.6.8 El analista registra la resolución en los sistemas electrónicos y se archiva la

resolución en el expediente administrativo, cuando corresponda

c.6.9 El analista comunica la firmeza del acto de adjudicación.

c.7 etapa de refrendo o aprobación interna:

c.7.1 Una vez que el adjudicatario presente la Garantía de Cumplimiento y las

especies fiscales, y demás requisitos, el analista remite a la Dirección de

Contratación Administrativa para efectos de lograr la eficacia contractual, para los

casos que corresponda.

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c.8. Etapa orden de compra-servicio o contrato electrónico:

c.8.1 Una vez que la Dirección de Contratación Administrativa otorgue la

aprobación interna, el Analista o gestor confecciona la orden de compra o de

servicio o contrato electrónico, según corresponda.

c.8.2 El Analista. Para las licitaciones que alcancen el monto establecido, luego

de recibido el contrato de la Dirección de Contratación Administrativa,

debidamente firmado por los representantes del ICE y del contratista, se gestiona

ante la Contraloría General el refrendo constitucional.

c.8.3 El Analista Confecciona la orden de compra o de servicio o contrato

electrónico, en caso de que se otorgue el refrendo contralor. Si el refrendo es

denegado, coordina con el CCA y con la Dirección de Contratación Administrativa,

esta última, si corresponde, para que realicen las correcciones que señala la

Contraloría General de la República.

c.8.4 Una vez corregidos los señalamientos de la Contraloría General de la

República, la Dirección de Proveeduría gestionará nuevamente el refrendo. Luego

de obtenido este requisito el analista confecciona la orden de compra o de

servicio, o el contrato electrónico, según corresponda.

c.8.5 Superadas las etapas de refrendo contralor o aprobación interna, el gestor o

el analista, según corresponda, notifica la orden de compra y/o servicio o contrato

electrónico a él o los adjudicatarios, con lo que dará inicio la etapa de ejecución

contractual.

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7. CONTROL DE REGISTROS

CÓDIGO Y NOMBRE DEL

REGISTRO

RESPONSABLE DE SU

ARCHIVO

MODO DE ALMACENA-

MIENTO Y RECUPERACIÓN

ACCESO AUTORIZADO

TIEMPO DE CONSERVACIÓN

Cartel

Encargado de Archivo

Físico y Electrónico

Todo Público Plazo establecido

5 años

Acta de aperturas

Encargado de Archivo

Físico y Electrónico

Todo Público Plazo establecido

5 años

Recomendación de Adjudicación

Encargado de Archivo

Físico y Electrónico

Todo Público Plazo establecido

5 años

Notificación de adjudicación

Encargado de Archivo

Físico y Electrónico

Todo Público Plazo establecido

5 años

Orden de compra o servicio, contrato electrónico

Encargado de Archivo

Físico y Electrónico

Todo Público Plazo establecido

5 años

8. CONTROL DE CAMBIOS

Este documento es versión N°1, está actualizado según la estructura organizacional vigente, por lo cual, no aplica el control de cambios

APARTADO DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

Apartado 6 Se indica quien realiza cada uno de las tareas.

Apartado 6 c.1.2

Se agrega “luego de registrarlo se lo asigna al analista que corresponde según el rol”

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Apartado 6

c.2.3

Se agrega “Para el caso de licitaciones en papel, se le solicita al CCA que incluya el cartel definitivo al servidor Urano y se procede con la publicación”.

Apartado 6 c.2.4

Se agrega “gestiona”

Apartado 6 c.2.5

Se agrega “realiza” y “para licitaciones en papel. En Mer-link, la publicación la realiza el analista.”

Apartado 6 c.2.6

Se agrega “para licitaciones en papel, si son en Mer-link, la realiza el analista”.

Apartado 6 c.2.7

Se agrega el c.2.7: “El analista solicita al Coordinador de la Contratación Administrativa el estudio y recomendación de adjudicación”.

Apartado 6 c.3.2

Se agrega “Para las licitaciones abreviadas, corresponderá a la administración su atención”.

Apartado 6 c.4.2

Se agrega “al órgano y “según corresponda”.

Apartado 6 c.4.3

Se agrega “publica y adjudicación”

Apartado 6 c.6.9

Se agrega el c.6.9 “El analista comunica la firmeza del acto de adjudicación”.

Apartado 6 c.8.2

Se agrega el c.8.2: “El Analista. Para las licitaciones que alcancen el monto establecido, luego de recibido el contrato de la Dirección de Contratación Administrativa, debidamente firmado por los representantes del ICE y del contratista, se gestiona ante la Contraloría General el refrendo constitucional”.

9. CONTROL DE ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN

ELABORÓ DEPENDENCIA FECHA

Karina Corrales Vargas Área de Licitaciones-Dirección de Proveeduría Institucional

Octubre, 2016

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REVISÓ DEPENDENCIA FECHA

Geovanny Hernández Villalobos

Área de Licitaciones-Dirección de Proveeduría Institucional

Octubre, 2016

APROBÓ FIRMA FECHA

Luis Acuña Rodríguez Dirección de Proveeduría

Noviembre,

2016

10. ANEXOS

Anexo N°1 Requisitos para la recepción de un proyecto.

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Anexo N° 1

APROBACIONES DIRECTOR CCA PRESUPUESTO

( ART. 2 y 8 R.I.C.A.)

TRANSPORTES REGENCIA QUIMICA

VISTOS BUENOS: T.I MAQUINARIA

D.C.H EQUIPO RADIO DBI

NOTA DE PROGRAMA DE COMPRAS (ART. 14 R.I.C.A)

AÑO PRESUPUESTARIO

MONTO ESTIMADO ________________________ CRC ____________________ USD

CUENTA PRESUPUESTARIA

TIPO DE FINANCIAMIENTO

VERIFICACION DE EXISTENCIAS (Listado de la DL)

AUTORIZACION DE LOGÍSTICA MATERIAL DE USO COMÚN (REG. EXISTENCIAS)

CUMPLEN ART. 37 Y 38 DEL REGLAMENTO DE EXISTENCIAS

JUSTIFICACION SEGÚN LOS PLANES DEL NEGOCIO DE CADA UEN (ART.15 R.I.C.A.)

DETALLE DE LOS RECURSOS HUMANOS Y ADMINISTRATIVOS SUFICIENTES PARA LA

ADMINISTRACION DEL CONTRATO( ART. 15 REG. 8660)

CRONOGRAMA (debe contemplar la duración estimada del procedimiento y estar actualizado)

(ART. 15 REG. 8660)

DECLARACION DE QUE CUMPLEN CON LA MODIFICACIÓN DEL ART. 15 DEL R.I.C.A.

JUSTIFICACIÓN SI EXCEDE EN MENOS 30% EL MONTO DEL PROGRAMA DE COMPRAS

(ART. 17 R.I.C.A.)

MODIFICAR EL PROGRAMA DE COMPRAS SI EXCEDE EL 30% DE LA ESTIMACIÓN

ORIGINAL. (ART. 17 R.I.C.A)

REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DE UN PROYECTO

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

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INSTRUCTIVO DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE LICITACION

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