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Informe de Veeduría a la Postulación de Candidatos y Candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Corporación Participación Ciudadana-Ecuador
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INFORME FINAL SOBRE VEEDURÍA AL PROCESO DE SELECCIÓN DE
CANDIDATAS Y CANDIDATOS AL CPCCS DEFINITIVO
Quito, 19 de diciembre de 2018
1. Antecedentes
Mediante resolución PLE-CNE-1-23-3-2018, el Consejo Nacional Electoral
aprobó la convocatoria para la inscripción de veedores para el proceso de
selección de candidatas y candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y
Control Social Definitivo. Posteriormente, con la instalación del CNE transitorio
esta resolución fue reemplazada por la resolución No. 009 PLE-CNE-T-2018 la
misma que, en su contenido detalla los requisitos e inhabilidades para ser veedor,
así como sus deberes y atribuciones. La convocatoria se realizó desde el 28 de
agosto al 31 de agosto de 2018.
En ese sentido, Participación Ciudadana presentó la inscripción de sus veedores
José Andrés Jumbo Punchi, y Josué Nicolay Rivadeneira Cáceres con número
de cédula 1723413496 y 1400721351 respectivamente, el viernes 31 de agosto y
el día 05 de septiembre del 2018 y mediante Notificación No. 000330, se confirmó
vía correo electrónico la participación de los mismos como veedores para el
proceso.
El 11 de septiembre, se cita a los veedores a un Taller de Capacitación sobre el
funcionamiento de la veeduría y acreditación oficial para el proceso, el cual fue
planificado para el día domingo 16 de septiembre de 2018 de 10:00 am. a 13:00
pm. Finalmente, a partir del lunes 17 de septiembre la veeduría inicia sus
actividades.
2. Sobre la capacitación
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El domingo 16 de septiembre del presente año, en el auditorio “Matilde Hidalgo”
ubicado en la matriz del Consejo Nacional Electoral (CNE), se llevó a cabo la
capacitación a integrantes de la veeduría ciudadana para la recepción de
postulaciones y verificación de requisitos, prohibiciones e inhabilidades para los
postulantes a candidatos a consejeros para el Consejo de Participación Ciudadana
y Control Social (CPCCS).
La capacitación contó con la presencia de alrededor de 60 ciudadanos de
provincias como: Pichincha, Guayas, Imbabura, Cotopaxi, Santo Domingo, Los
Ríos, Chimborazo, Napo, y Loja. Para quienes no pudieron asistir, el CNE facilitó
una transmisión en vivo y mediante videoconferencia se permitió la participación
tanto de veedores nacionales como de internacionales.
La ingeniera Diana Atamaint, quien entonces se venía desempeñándose como
vicepresidenta encargada del CNE, fue quien inauguró la capacitación y a través
de su saludo felicitó a los veedores por su compromiso con el país y los motivó a
trabajar para fortalecer la institucionalidad en el país y asegurar que los procesos
democráticos se efectúen de la mejor manera.
La capacitación inició con la intervención del ingeniero Telmo Cáceres,
representante de la Dirección Nacional de Relaciones Internacionales,
Cooperación y Observación Electoral, quien brindó una breve introducción de la
labor y las atribuciones del veedor. Posteriormente, el abogado Diego Barrera,
representante de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, expuso a los
participantes sobre los procedimientos normativos que necesitan conocer para
desempeñar su cargo. Por otro lado, el departamento de Coordinación Nacional
de Participación Política estuvo a cargo de explicar sobre el proceso de recepción
de verificación de requisitos, prohibiciones, e inhabilidades de los postulantes que
integrarán el CPCCS.
En su intervención, la Secretaria General Michelle Londoño, se centró en la
explicación del proceso de recepción de postulaciones; detallando cómo debería
ser la entrega de documentación por parte de los candidatos. Finalmente, a los
veedores se les explicó cómo funcionaría la plataforma virtual encargada de
receptar toda la información de los postulantes.
A lo largo de la capacitación se evidenció que existía descoordinación por parte
de los organizadores, esto desencadenó malestar en los participantes y muchos
abandonaron las instalaciones antes de tiempo. No se respetó el cronograma de
actividades y la clausura de la capacitación se extendió cerca de dos horas. De la
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misma manera, hubo inconformidad ya que muchas de las dudas de los veedores
no fueron atendidas, y otras se contestaron parcialmente.
Uno de los momentos más tensos ocurrió al momento de designar al coordinador
y subcoordinador de la veeduría, puesto que no existía consenso para designar a
los mismos. Por su parte, los funcionarios del CNE aclararon que la selección de
estas autoridades era un procedimiento propio de los veedores y que ellos
actuarían simplemente como facilitadores de la elección.
Siguiendo el principio de paridad de género, los veedores designaron a Katherine
Villareal como coordinadora, y a Segundo Caiza como subcoordinador de la
veeduría. Ambos enfatizaron su compromiso con el país y anunciaron que
trabajarán para que la veeduría sea exitosa.
Por último, con la acreditación se dio inicio a la veeduría ciudadana y se felicita
la predisposición por parte de Secretaría General para atender las inquietudes que
de los veedores tuviesen a lo largo del proceso.
3. Inicio del proceso
El lunes 17 de septiembre inició oficialmente el proceso de postulación de quienes
conformarán el CPCCS Definitivo. Según lo establecido en el cronograma
aprobado por el CNE, la primera etapa duraría del 17 al 28 de septiembre, con la
recepción de la documentación de los postulantes en el horario de 8:30 am a 17:00
pm, con excepción del último día el cual tendría un horario extendido hasta las
23:59 pm. La recepción de la documentación se realizó en todas las delegaciones
provinciales del CNE, en la matriz del CNE en la ciudad de Quito, y en los
Consulados de Ecuador en el exterior.
3.1 Etapa de postulación
Dentro de la etapa de postulación de candidatos y candidatas para el Consejo
de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), una primera
observación por parte de Participación Ciudadana fue que existieron
problemas con el sistema para registrar a los candidatos, el cual en ciertos
períodos de tiempo dejó de funcionar. Adicionalmente, el CNE incumplió con
el horario establecido para la recepción de documentos debido a que los
digitadores iniciaron sus funciones a las 10:00 am, en lugar de las 8:30 am
como se tenía previsto. Cabe mencionar que los usuarios y contraseñas de cada
digitador para el acceso al sistema virtual de registro de candidatos fueron
entregados el día martes 18 de septiembre a las 10:00 am aproximadamente,
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cuando éstos debieron haberse entregado antes del inicio del proceso de
postulación.
Si bien estos errores pueden ser catalogados como de forma, para posteriores
postulaciones se debería tener más control con los recursos tecnológicos
puesto que pueden no registrar correctamente la información de los
postulantes, o en otros casos inclusive no registrar nada. En el caso de que el
primer día de postulaciones se hubieran presentado candidatos,
lamentablemente sus datos no se habrían registrado y tampoco hubiera sido
posible la entrega del acta de recibo.
Una facilidad que brindó el CNE desde el inicio y fin de la etapa de
postulación fue asesoría técnica en todas sus instalaciones tanto a los
candidatos como a la ciudadanía en general respecto a dudas y consultas sobre
el procedimiento para postular. Sin embargo, cabe mencionar que existió
descoordinación por parte de las personas que brindaban el asesoramiento
debido a que las explicaciones que otorgaban a quienes se acercaban era muy
generales y en otras ocasiones se enviaba a la gente hasta las instalaciones de
los digitadores quienes tampoco tenían un conocimiento muy amplio sobre la
postulación.
Entre los temas que generaron dudas en los postulantes se encuentran:
a) Orden de presentación del expediente.
b) Emisión de certificados
c) Distinción entre certificado de apoliticismo y el de no pertenecer a una
organización política.
d) Foliado y sumillado de la documentación.
3.1.2. Observaciones de la primera etapa.
A) Fallas en el sistema electrónico de postulación
Mediante la resolución PLE-CNE-1-15-9-2018-T, emitida por el Pleno del CNE
el 15 de septiembre de 2018, se especificó paso a paso como los postulantes al
CPCCS deberían subir sus datos y documentación a la página www.cne.gob.ec, tal
como lo especificaba el “Manual para el procedimiento de registro de
información, carga de documentos en la herramienta informática y recepción
de los expedientes de las y los postulantes para candidatas y candidatos a
consejeras y consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social”. No obstante, varios postulantes manifestaron que no pudieron ingresar
su información por los siguientes motivos:
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Al momento de la creación de usuarios y contraseñas para la plataforma
virtual, los postulantes se quejaron de que a pesar de que el enlace de
confirmación de su creación de usuario les llegaba, posteriormente no podían
acceder al mismo, ni tampoco constatar que sus datos fueron correctamente
ingresados. Por lo anterior, los postulantes tuvieron que acercarse
directamente a las instalaciones del CNE para que personal técnico los pueda
ayudar frente a esta problemática.
Otro motivo fue la lentitud y caída del sistema virtual de postulación, que
dificultó subir y guardar la información de los postulantes. Ante este
problema, el departamento de sistemas del CNE recomendó a los postulantes
que presentaban este problema que utilizaran el navegador Mozilla Firefox
para que sus datos sean registrados.
Con base en lo anterior, los postulantes señalaron que el proceso de carga de
información para muchos tardó hasta dos días. Dentro de la generación del
formulario de postulación, la mayoría de pre postulantes presentaron más
inconvenientes ya que no se les desplegaba la opción de imprimir, es por ello que
los pre postulantes se acercaron a las instalaciones del CNE para obtener una
solución, sin embargo, en más de una vez los funcionarios encargados de dar una
respuesta eficaz no se encontraban en su lugar de trabajo.
Por otro lado, en el caso de los postulantes a quienes sí se les generó la pestaña de
“imprimir documentos” su sistema no desplegó la última hoja del formulario que
se debía imprimir, por lo que tuvieron que acercarse a la matriz del CNE para
solucionar este inconveniente, mismo que tampoco fue solucionado de manera
inmediata sino en días posteriores.
B) Dificultades en la entrega de documentos.
Los documentos (instructivos y manuales) elaborados para orientar el
cumplimiento de los requisitos al proceso de postulación no fueron muy claros,
en algunos puntos existían ambigüedades y generaron confusión tanto a los
postulantes como a los veedores, especialmente en el caso de la documentación
que no debía ser sumillada ni foliada, debido a que el instructivo no establece
dichos requisitos. Debido a esto, no todos los postulantes presentaron sus carpetas
bajo estos parámetros. Si bien es cierto, estos puntos no serán considerados como
un criterio de valoración en la verificación, en el instructivo y manual se debería
establecer de manera clara y puntual la forma como se debe presentar la
información.
Por otro lado, se sugiere al CNE que, para pedir documentación proveniente de
otras instituciones públicas, se considere el tiempo de validez de los certificados:
24 horas, 72 horas, 30 días o algún otro término de vencimiento. En este sentido,
podrían presentarse problemas para el postulante ya que, al momento de ingresar
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su documentación, uno de sus certificados podría ya estar caducado, lo que
invalidaría el documento, y por ende su postulación no sería aceptada. Esto es
indispensable debido a que muchos postulantes esperan hasta el último día para
presentar aquellos certificados para asegurar así su continuación en el proceso.
Otra recomendación sería revisar el peso de los documentos (archivos) que la
plataforma permite subir. Muchos postulantes se quejaron de que poseían
documentación con mayor peso al establecido para subir en la plataforma virtual,
lo cual impidió o limitó el que puedan subir sus documentos con facilidad
Por último, se recibió el reclamo oficial de los postulantes Marco Avilés y Gloria
Ochoa, de las provincias de Chimborazo y Loja respectivamente, quienes además
de validar las observaciones previamente mencionadas cuestionaron la falta de
atención por parte de los miembros de soporte técnico de las delegaciones
provinciales. Gloria Ochoa mediante el oficio CNE-SG-2018-8697-EXT de fecha
2018-10-05 expuso a la veeduría los problemas que enfrentó durante la etapa de
postulación. Avilés de su lado, señaló que los miembros de soporte técnico en su
provincia se negaron a brindarle asistencia sobre sus inquietudes con la plataforma
virtual.
C) Logística
Como se mencionó con antelación, la falta de coordinación entre los miembros de
soporte técnico y los digitadores impidió brindar a los postulantes instrucciones
detalladas sobre la postulación.
El jueves 27 de septiembre el personal de los módulos de recepción fue trasladado
al Auditorio Matilde Hidalgo (CNE Quito), con el fin de tener un lugar de atención
con las condiciones adecuadas para los postulantes, especialmente para las
personas con discapacidad.
Fin de la Etapa:
Esta etapa concluye con la inscripción de un total de 201 postulantes el 28 de
septiembre del 2018, según lo predispuesto por el cronograma de actividades
aprobado por el CNE.
3.2 Segunda Etapa
3.2.1 Denuncias ciudadanas y contradicciones
Del 01 al 04 de octubre, se abrió el periodo para recepción de denuncias de la
ciudadanía en contra de las postulaciones presentadas al CPCCS, realizado
conforme al listado de postulantes y cada expediente subido a la página web del
CNE, donde se podría denunciar a cada postulante que evidenciara
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incumplimientos de algún requisito o el incurrir en alguna inhabilidad y/o
prohibición.
Durante en el transcurso del primer día, los ciudadanos no pudieron realizar este
acto, debido a que en la página web del CNE no se encontraba el respectivo
formulario para presentar estas denuncias.
Respecto a la notificación de las denuncias a los postulantes, varios de ellos
expresaron su malestar al manifestar que no fueron notificados de forma correcta,
es decir, de manera motivada y específica sobre el contenido de la denuncia
recibida. Un caso concreto es el del postulante Francisco Bravo Macías quien el
07 de noviembre de presente año se acercó a la matriz del CNE para informarse
sobre su denuncia y proceder con los actos jurídicos correspondientes.
La veeduría hace notar que, durante este proceso, se evidenció que los
funcionarios de las Delegaciones Provinciales no tenían conocimiento adecuado
sobre cómo se debían receptar las denuncias, tal es el caso de las Provincia de
Santo Domingo, donde a un veedor no le brindaron la información requerida. La
veeduría recomienda al CNE tener un trabajo mas estructurado y planificado a
nivel nacional y exigir a sus funcionarios brindar la asistencia a los postulantes de
este proceso.
El plazo de recepción de denuncias culminó el día jueves 04 de octubre a las 00:00.
Posteriormente, se abrió la fase de contradicción del viernes 05 de octubre al lunes
08 de octubre, donde los postulantes denunciados pudieron apegarse al principio
de contradicción y presentar sus respuestas a las denuncias efectuadas en su
contra.
Respecto a la etapa de denuncias ciudadanas, Participación Ciudadana solicitó por
escrito el número total de denuncias, nombres de los candidatos denunciados y
quienes se acogieron al recurso de contradicción. Ante esta petición el CNE
respondió con la siguiente información:
CRITERIO CANTIDAD
Denuncias 16
Contradicciones 15
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Fase de Verificación 3.2.2:
La fase de verificación inició el 01 de octubre, la misma que estuvo encabezada
por la Comisión Verificadora integrada por: Klever Herrera, Damaris Ortiz,
Adrián Córdova, Alexandra Obando, y Mario Munive, quienes se ocuparían
de revisar la documentación de los postulantes hasta el martes 30 de octubre. Para
esto, estructuraron una metodología de trabajo que consistía en subdividir esta
etapa en tres fases: verificar si los postulantes tenían los requisitos, revisar si
cumplen o no con los requisitos adjuntos, y finalmente, verificar la validez de cada
documento adjunto por los postulantes.
A lo largo del proceso se evidenció que el equipo de verificación contratado
específicamente para este proceso no fue capacitado a profundidad sobre cómo
debía manejar la información y revisión de cada expediente de los postulantes.
Prueba de ello es el hecho de que estos segundos verificadores acudían
constantemente a los miembros de la Comisión Verificadora para solventar sus
dudas.
POSTULANTE DENUNCIAS
PRESENTADAS
PRESENTÓ
CONTRADICCIÓN
Rosero Minda David Alejandro 4 SI
Lupera Martínez Fausto Rodrigo 3 SI
Santos Chico Elsa Susana 1 SI
Bermudez Cobos Juan Manuel 1 SI
Ulloa Ordónez Hernán Stalin 1 SI
Macas Ambuludi Luis Alberto 1 NO
Alcívar Mera Félix Andrés 1 SI
Freire Castro Wilson Edmundo 1 SI
Figueroa Figueroa Carlos Eduardo 1 SI
Morales Pilataxi Wilmer Ramiro 2 SI
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Además, al personal verificador, por segunda ocasión, no se les habilitó a tiempo
los usuarios y contraseñas para la plataforma informática en la cual se llevaba el
registro de cada revisión.
Otro aspecto que preocupó a los veedores fue la presencia de personas naturales
que conjuntamente con los verificadores se encargaban de contabilizar la
información entregada al momento de la etapa de postulación, la misma que en
algunos casos no coincidía. En este contexto, claramente se evidenciaba
postulantes que declaraban un número de hojas y que posteriormente la persona
que receptó la información constaba la misma cantidad, pero al momento de inicio
de la etapa de verificación el número de hojas contabilizado era menor. También
existían casos en donde los postulantes declaraban una cantidad de hojas, pero los
verificadores al momento de receptar la documentación frente al postulante le
aclaraban que la cantidad de hojas no coincidía por lo que aceptaban la
documentación pero que emitirían el respectivo informe donde especificaban el
número de hojas faltantes o excedentes.
Después de que la Comisión Verificadora se encontrara frente a esta situación,
decidió que las personas naturales que en un inicio estaban contabilizando la
documentación, queden fuera del proceso, dejando así la tarea de contabilización
únicamente a los verificadores.
La primera semana de octubre no se realizó la verificación, y en su lugar la
Comisión Verificadora informó que trabajarían en que la entrega de
documentación proveniente de otras provincias no contara con ningún
inconveniente y que sea registrada y sellada para su posterior verificación. Por lo
anterior, a partir del 8 de octubre fue cuando realmente la etapa de verificación
dio inicio, por lo que no se respetó el calendario establecido por el CNE. De igual
manera, existió descoordinación debido a que en un principio no se estaba
sellando la documentación.
Otra observación que se hace va dirigida a los cinco miembros principales de la
Comisión Verificadora, quienes debían –asumimos- acompañar proceso en su
totalidad. Sin embargo, observamos que varios de ellos, asistían de manera
itinerante.
Quizá lo conveniente habría sido que, partiendo de que ellos deben cumplir otras
tareas dentro del CNE (adicional a su tol en el concurso), el CNE establezca un
horario fijo para que cumplan sus tareas de verificación, a fin de que puedan
cumplir de manera más ordenada, tanto su rol en el concurso, cuanto sus tareas
habituales en el Consejo.
De igual manera se destaca el hecho de que la documentación antes de ser retirada,
o al ser enviada nuevamente a la bodega de almacenamiento, contó con la
presencia de un veedor para asegurar que no exista algún tipo de intromisión;
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aunque después los verificadores principales otorgaron esta potestad a los demás
verificadores para que pudieran acceder libremente a la bodega facilitándoles la
llave de la misma. En este sentido, una recomendación para procesos futuros es la
posibilidad poder acceder a los videos que grabados por la cámara dentro y fuera
de la bodega de almacenamiento de las carpetas, a fin de que los veedores puedan
observar que efectivamente las personas que ingresaron lo hicieron autorizadas y
sin la intención de cometer alguna falta.
En esta etapa también se observó que, para la verificación de los documentos, los
verificadores solicitaron a las instituciones públicas una base de datos actualizada,
donde podían constatar la veracidad de los certificados ingresados por los
postulantes. Esta solicitud se realizó específicamente a la base de datos de,
Organizaciones Políticas, SRI, IESS, Ministerio de Trabajo, Contraloría General
del Estado, SERCOP, Función Judicial, entre otras.
Como veeduría durante esta fase se expone que la manipulación de los expedientes
respecto al constante escaneo, sellado, foliado puede causar dudas en la
transparencia del proceso. Esta observación se realiza en virtud de que, durante
esta etapa, la plataforma del CNE que brindaba la información detallada de cada
postulante respecto a la documentación escaneada y subida por el mismo, por
varias ocasiones se colgaba e incluso dejó de aparecer esta información. En este
sentido, la comisión verificadora supo manifestar que esto se debía a problemas
técnicos, razón por la que procedían a escanear por reiteradas veces los
expedientes.
Dentro de este punto, la veeduría ciudadana considera que los programas y
servidores informáticos deben ser analizados antes de iniciar un proceso electoral,
ya que se puede llegar a interpretar que estos desfases fueron aprovechados para
adjuntar o retirar documentación de cierto postulante. Es necesario aclarar que no
observamos tales actos, pero sentamos como constancia de recomendación para
futuros procesos.
Siguiendo esta línea de análisis surge la recomendación de que el tema técnico
debe ser manejado con mayor rigurosidad y preparado con anticipación. Esta
recomendación se hace en función de que al momento que los verificadores subían
al sistema las observaciones para cada uno de los candidatos, éstas no se
registraban, por lo que se procedió a registrar las observaciones en documento de
Word bajo una misma matriz que todos los verificadores manejaron.
En términos del contenido del instructivo aprobado para la postulación de los
candidatos, existen algunas recomendaciones a ser consideradas, como por
ejemplo, el instructivo no es claro en el art. 6 referente a Medios y Criterios de
Verificación en lo referente a acreditar trayectoria en organizaciones sociales
reconocidas legalmente en los últimos cinco años, y más específicamente en las
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autoridades que brindarán las certificaciones individuales a los postulantes. Esto
en función de que pueden darse los casos en que un postulante es Presidente de
una organización y no sabe si de manera personal debe firmar su propia
acreditación o delegar a otras autoridades, porque el instructivo no considera esta
situación. En dicho contexto, esto queda bajo discrecionalidad de los miembros
de la Comisión Verificadora debido a que pueden anular la candidatura por firma
propia, o por el contrario anular porque se presentaron firmas de autoridades
subrogantes y no por parte de la presidencia actual de la organización.
El miércoles 31 de octubre, aproximadamente a las 14h00 el Pleno del CNE
aprobó el informe técnico de la Comisión de Verificación en el cual se detalla que
únicamente 28 postulantes cumplían con todos los requisitos establecidos en el
instructivo para la postulación de candidaturas al CPCCS definitivo. La lista con
los nombres de los 28 postulantes aprobados se adjunta a continuación:
1 AGUILAR OCHOA GINA MARÍA
2 ALMEIDA FUENTES SOFIA IVETTE
3 ALVEAR BAEZ ALFREDO HUMBERTO
4 ARMIJOS BARRAZUETA RAMIRO EUGENIO
5 CHALA ALENCASTRO MARIA ROSA EREMITA
6 CRUZ LARREA CHRISTIAN ANTONIO
7 DAVALOS BENITEZ JUAN JAVIER
8 DESINTONIO MALAVE VICTORIA TATIANA
9 ESCUDERO SANCHEZ CARLOS LEONEL
10 ESPINOZA CORDERO CARLOS XAVIER
11 ESTUPIÑAN GOMEZ GRACIELA IBETH
12 GALLARDO GUILLEN MAURICIO XAVIER
13 GOMEZ RONQUILLO WALTER JAVIER
14 GUERRA LOPEZ CARLOS TYRONE
15 LUPERA MARTINEZ FAUSTO RODRIGO
16 MOLESTINA MALTA ALAND JAVIER
17 MORA RAMIREZ GRACIELA VIVIANA
18 MOREIRA MORAN MONICA MARIUXI
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19 MORENO QUEZADA FRANKLIN BOLIVAR
20 MOSQUERA BENALCAZAR CARLOS GONZALO
21 ORTIZ JAMES EDWIN PATRICIO
22 PAUTA CALLE CARLOS REMIGIO
23 PEREZ AVILA MARIA CATALINA
24 PONCE CERDA PABLO EDUARDO
25 PONCE SILVA KARINA DEL CISNE
26 RIVAS BRAVO MANUEL RICARDO
27 ROSERO MINDA DAVID ALEJANDRO
28 ULLOA ORDOÑEZ HERNAN STALIN
Comparando la lista de candidatos aprobados, con la lista de candidatos
denunciados se puede evidenciar que tres postulantes denunciados fueron
aprobados por la Comisión de Verificación: Lupera Martínez Fausto Rodrigo,
Ulloa Ordónez Hernán Stalin y Rosero Minda David Alejandro, siendo el
último el que más denuncias ciudadanas recibió.
Frente a esta observación, las autoridades del CNE informaron que las denuncias
fueron consideradas, y sirvieron como elemento/insumo para calificar o no la
postulación de los candidatos. Luego del respectivo análisis jurídico y la
presentación de pruebas de contradicción se procedió a negar las denuncias y
aceptar a los candidatos. Ya en el proceso de impugnaciones los candidatos que
son denunciados, deben comparecer ante audiencia pública para defender su
permanencia en el concurso. Dentro de este contexto, la observación es que las
autoridades del CNE deberían entregar un informe a la coordinación de la veeduría
detallando porqué se negaron las denuncias y justificando la permanencia de los
candidatos denunciados en el proceso.
Por otro lado, otra observación que se presenta es que, a pesar de que el Pleno
aprobó el informe técnico de la Comisión Verificadora, posteriormente no se
procedió a hacer públicas las observaciones de la Comisión. Aspecto que desde
veeduría debería considerarse para que tanto los postulantes como la ciudadanía
tenga acceso a esta información.
De la misma manera, hacemos una alerta debido a que la página oficial del CNE
estuvo inactiva desde que el proceso de verificación terminó (aproximadamente 2
semanas), impidiendo que la ciudadanía pueda acceder a información sobre el
proceso. El área de Soporte Técnico, señaló que la página del CNE se encuentra
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en remodelación por lo que esperan que la ciudadanía sepa disculpar las molestias
ocasionadas.
3.2.3 Sobre la desacreditación de veedores
Mediante la resolución No. PLE-CNE-1-16-10-2018-T, el Pleno procedió a
desacreditar a 41 veedores por incurrir en inhabilidades establecidas en el art. 15
del instructivo. La inhabilidad en la que incurrieron la mayoría de estos veedores
es el hecho de estar afiliados, adherentes, o dirigentes de partidos o movimientos
políticos, durante los últimos cinco años, (literal i del Art. 15). Dentro de este
marco, la observación se hace en virtud de que la desacreditación de estos
veedores debió realizarse previo al inicio de la veeduría. Además, varios veedores
quienes fueron notificados que quedaban fuera del proceso, reclamaron que no
eran miembros de ningún partido político y que sus firmas fueron mal utilizadas.
Ante esta situación las autoridades del CNE manifestaron que debe presentarse
una solicitud de rechazo a la decisión adoptada en el pleno, enfatizando que no
dieron su consentimiento a través de su firma para ser miembros de un partido
político. Este tipo de inconvenientes entorpece el pleno desarrollo de la veeduría,
por lo que debió realizarse con antelación. El instructivo No. PLE-CNE-7-7-8-
2018-T en su artículo 22 es claro al mencionar que la coordinación de Relaciones
Internaciones tiene tres días para revisar la recepción de requisitos. En el caso
concreto del requisito de no pertenecer a organizaciones políticas, se pudo
evidenciar que efectivamente hubo falencias en la revisión.
La lista de personas desacreditas como veedores se detalla a continuación:
1 ALARCÓN SALVADOS MAURICIO MARTIN
2 ALBUJA CORBONELL DIANA CAROLINA
3 ARANDA GUERRERO WILSON XAVIER
4 BALSECA CARRERA MARÍA DE JESUS AMPARO
5 BUSTAMANTE CHAMBA MANUEL
6 CALERO NAVARRETE ALVARO VLADIMIR
7 CEVALLOS VALENCIA DIEGO SANTIAGO
8 CHUQUIMARCA SUQUILLO DIEGO ANDRES
9 CORAL AYALA MABEL ANDREA
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10 DIAZ KOVALENKO IGOR ERNESTO
11 FAJARDO COLLAGUAZO ALEX VINICIO
12 FLORES LOPEZ MAURICIO DANIEL
13 GUAMÁN AYME LIDA CLARIZA
14 GUERRERO ARIAS JULIO EDUARDO
15 HIDALGO CARGUACHI ERNESTO PATRICIO
16 IRRAZABAL IRRAZABAL CIRA SUSANA
17 JARAMILLO HERRERÍA JORGE XAVIER
18 JEREZ MOROCHO MISHELL ESTEFANIA
19 LOPEZ CRUZ SAMUEL TOBIAS
20 MARTINEZ ANDINO AMERICA YOLANDA
21 MARTINEZ CHAVEZ ALFONSO FABIAN
22 MEDINA LOPEZ RAUL EDUARDO
23 MORENO KAYSER FRANCISCO ALEJANDRO
24 MORILLO CASTILLO HENRY ESTEBAN
25 MOSQUERA BAJANA JOEL VICENTE
26 ORTIZ MUÑOZ MARCOS ALEXANDER
27 PADILLA TORRES MERY ELIZABETH
28 PALAQUIBAY SANANGO FABRICIO ALEXANDER
29 POMAQUIZA QUINCHE EDISON EFRAIN
30 RAMIREZ SOTO RAFAEL ENRIQUE
31 ROMERO SOLANO PAUL SANTIAGO
32 RUIZ CABRERA SANTIAGO FABIAN
33 SALTOS BALON JAIME DANIEL
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35 SIMABAÑA ALMACHI PAMELA STEFANIA
35 SUAREZ VIVAR NELSON XAVIER
36 TACURI PAUCAR CARMEN MARITZA
37 TRELLES CALLE NELLY MARIANA
38 VALLEJO CHILIQUINGA GABRIEL ESTEBAN
39 VANEGAS MALDONADO ALVARO MARIANO
40 VARGAS SILVA ROMULO ESTUARDO
41 ZAMORA BALSECA FABIANA ESTAFANIA
Por último, a pesar de que el instructivo en su art. 15, literal a, es claro al
especificar que dentro de las inhabilidades para ser veedor se encuentra el hecho
de postular para el CPCCS. se encontró que dos veedores presentaron sus
candidaturas al CPCCS. Estos veedores son: Albuja Carbonell Diana Carolina
y López Romero Roberto Marcelino. En el primer caso, la veedora fue
desacreditada por violar el artículo 15 del instructivo, y en el otro caso, el señor
López renunció a su calidad de veedor antes de postularse como candidato. Es
importante socializar de mejor manera esta prohibición, a fin de evitar que
ciudadanos incurran en esta doble calidad, al participar tanto como veedores,
cuanto como candidatos.
3.3 Tercera Etapa (Impugnaciones)
Una vez publicado el listado de los postulantes que cumplieron con los requisitos
y quienes no lo hicieron, inmediatamente fue subida esta información a la
plataforma del CNE en la que constaban los documentos de cada postulante y
candidato para proceder con las respectivas impugnaciones.
En este sentido, cabe indicar que el formulario de impugnación fue deshabilitado
en el transcurso de las primeras horas del día 05 de noviembre, por lo que los
impugnantes mostraron su inconformidad en Secretaría General, inconveniente
que fue resuelto al siguiente día iniciado las notificaciones.
Se receptaron un total de 109 impugnaciones. Durante esta etapa los postulantes
se quejaron sobre el contenido de las notificaciones de sus denuncias que
recibieron a sus correos electrónicos, ya que no se incluía la motivación. Ante ello,
solicitaron se les emita un correo con la información detallada y completa de las
denuncias para que ellos puedan defenderse en la audiencia pública.
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Frente a las quejas planteadas por los postulantes, en la reunión del Pleno del
miércoles 7 de noviembre de 2018, se discutió la posibilidad de la ampliación de
plazos, misma que fue aprobada por resolución PLE-CNE-1-7-11-2018-T,
otorgándose así una prórroga de 5 días para esta etapa de impugnaciones. A
consecuencia de ello, la recepción de impugnaciones se extendió hasta el día
viernes 16 de noviembre hasta las 17h00, en lugar del 09 de noviembre, como lo
establecía el cronograma.
3.3.1 Contradicciones
Una vez que fueron presentadas las impugnaciones en Secretaría General, se
cumplió con notificar a los candidatos que fueron impugnados, adjuntando las
denuncias detalladas para que procedan con sus respectivas contestaciones,
defensa y justificación.
Uno de los postulantes impugnados, Ramiro Armijos (Loja), manifestó su
descontento hacia los funcionarios del CNE porque no recibieron su contradicción
o documentos de descargo en las delegaciones provinciales de Azuay y Loja. Ante
esta situación, luego de que el personal de las delegaciones provinciales se pusiera
en contacto con la matriz del CNE, procedieron a receptar dicha documentación.
El mismo inconveniente ocurrió con el señor Walter Gómez Ronquillo,
(Guayas). En ese sentido se evidencia falta de coordinación e información interna
en el CNE.
Las impugnaciones realizadas a los candidatos se resolvieron en audiencia pública
el lunes 19 de noviembre de 2018. Por otro lado, las impugnaciones presentadas
por los postulantes en contra de la resolución que denotaba el rechazo de su
candidatura se resolvieron por el Pleno del CNE en la tarde del mismo día y
finalizaron la madrugada del martes 20 de noviembre de 2018, bajo las respectivos
criterios y resoluciones tomadas por el departamento de Asesoría Jurídica del
CNE.
Para asegurar el orden sistemático del proceso, una recomendación sería que en la
etapa de impugnaciones existan dos momentos: Un primero, en el que se debería
receptar las impugnaciones de los candidatos que no fueron admitidos por la
Comisión verificadora, y luego, un segundo momento, a fin de abrir las
impugnaciones ciudadanas para todos aquellos candidatos que fueron calificados.
Esto en virtud de que los candidatos que después de presentar su impugnación
fueron admitidos, no pudieron ser parte de impugnaciones ciudadanas.
4. Fin del Proceso
El proceso finaliza con la aprobación de los 39 candidatos que cumplieron con todos los
requisitos y estos son:
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LISTA DE POSTULANTES AL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
MUJERES
1 AGUILAR OCHOA GINA MARÍA
2 ALMEIDA FUENTES SOFIA IVETTE
3 DESINTONIO MALAVE VICTORIA TATIANA
4 ESTUPIÑAN GOMEZ GRACIELA IBETH
5 FON FAY VASQUEZ JOBA AMINTA
6 MONTESINOS ZABALU MARIENE CLEMENTINA
7 MORA RAMIREZ GRACIELA VIVIANA
8 MOREIRA MORAN MONICA MARIUXI
9 PEREZ AVILA MARIA CATALINA
10 PONCE SILVA KARINA DEL CISNE
11 RIVADENEIRA CUZCO MARÍA FERNANDA
HOMBRES
1 ALVEAR BAEZ ALFREDO HUMBERTO
2 CAÑIZARES ESGUERRA BERNARDO FRANCISCO
3 CRUZ LARREA CHRISTIAN ANTONIO
4 DAVALOS BENITEZ JUAN JAVIER
5 ESCUDERO SANCHEZ CARLOS LEONEL
6 ESPINOZA CORDERO CARLOS XAVIER
7 FIGUEROA FIGUEROA CARLOS EDUARDO
8 GALLARDO GUILLEN MAURICIO XAVIER
9 GALLEGOS BAYAS EDISON DAVID
10 GOMEZ RONQUILLO WALTER JAVIER
11 GUERRA LOPEZ CARLOS TYRONE
12 LUDEÑA ERAS HUGO VICENTE
13 LUPERA MARTINEZ FAUSTO RODRIGO
14 MOLESTINA MALTA ALAND JAVIER
15 MOLINA JURADO MARCOS RAUL LUIS
16 MORENO QUEZADA FRANKLIN BOLIVAR
17 MOSQUERA BENALCAZAR CARLOS GONZALO
18 ORTIZ JAMES EDWIN PATRICIO
19 PAUTA CALLE CARLOS REMIGIO
20 PONCE CERDA PABLO EDUARDO
21 RIVAS BRAVO MANUEL RICARDO
22 ROSERO MINDA DAVID ALEJANDRO
23 TAMA AGUIRRE TEDDY GUSTAVO
24 TUAREZ ZAMBRANO JOSE CARLOS
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25 ULLOA ORDÓNEZ HERNAN STALIN
PUEBLOS Y NACIONALIDADES
1 ARMIJOS BARRAZUETA RAMIRO EUGENIO
2 CHALA ALENCASTRO MARIA ROSA EREMITA
3 NASTACUAZ PASCAL OLINDO
5. Conclusiones
Primera Etapa:
1. El Proceso de Postulación se efectuó respetando los plazos estipulados en el
Instructivo vigente, iniciando el lunes 17 de septiembre y finalizando el viernes
28 de septiembre del 2018; este último día el horario de recepción de
postulaciones fue hasta las 23:59 horas. Sin embargo, el primer día de postulación
no se pudo registrar nada debido a que los digitadores no tenían sus usuarios y
contraseñas para realizar su trabajo.
2. Mediante las delegaciones provinciales del Consejo Nacional Electoral, se puso a
disposición de los interesados los servicios disponibles para brindar el
asesoramiento técnico y profesional respectivo a los postulantes para que puedan
concluir con la entrega de sus documentos. Sin embargo, la asistencia y
asesoramiento no fue total y descoordinada en las delegaciones provinciales, por
lo que la falta de apoyo en las inquietudes y problemas causó malestar en los
postulantes obligando a los mismos a trasladar sus directamente a la matriz del
CNE en Quito.
3. De acuerdo con algunos testimonios de postulantes, existieron fallas en la
plataforma virtual para el ingreso de información, Esto provocó insatisfacción en
los postulantes y la entrega y registro de la documentación demoró.
4. Se advierte que la mayoría de los postulantes no tenían claro entendimiento de la
forma de presentación de los documentos de postulación indicados en el
instructivo y manual, y a pesar de existir el recurso humano, técnico y profesional
del CNE, algunos ciudadanos se vieron obligados a postergar su postulación.
5. A pesar de existir fechas y plazos para el ingreso de la documentación requerida
para esta postulación, la presentación de documentos se efectuó, en gran número,
el último día y a pocas horas de que el proceso de recepción de carpetas finalizara
en la fecha y hora estipulada en el instructivo, esto es, a las 23.59 horas del viernes
28 de septiembre de 2018.
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6. Existió falta de preparación por parte de los digitadores y miembros de soporte
técnico del CNE.
7. El instructivo tenía varios vacíos por lo que su ambigüedad imposibilitó conocer
a detalle la información sobre el foliado y sumillado de la documentación.
8. El desconocimiento sobre la validez de los certificados emitidos por otras
instituciones públicas ocasionó que los candidatos presentaran su documentación
a última hora por el miedo a quedar descalificados.
Segunda Etapa:
1. La capacitación que recibió el personal de verificación fue insuficiente, ya que
existieron múltiples dudas respecto a cómo se debía revisar cada expediente y
forzosamente se recurrió a nuevas capacitaciones durante el proceso.
2. Existió falta de comunicación entre los miembros de la comisión verificadora y la
veeduría, lo que dificulto en un inicio el correcto desempeño de las funciones de
esta.
3. Se observó falencias en la seguridad y custodia de los expedientes de los
postulantes. No se contó con personal de seguridad ni vigilancia eficiente que
permitiera garantizar la correcta custodia de los mismos.
4. Los miembros de la Comisión Verificadora no no tuvieron horarios o
cronogramas fijos de asistencia en esta etapa.
5. Los formularios de denuncias ciudadanas no se habilitaron a tiempo.
6. Los postulantes denunciados no fueron informados correctamente sobre sus
denuncias.
7. La fase de verificación no inició conforme con el calendario establecido.
8. Es necesario, por seguridad, evitar la manipulación constante de los expedientes,
misma que se produce por el escaneo, sellado, y foliado de los mismos.
9. El cumplimiento de requisitos quedó bajo discrecionalidad de los miembros de la
Comisión Verificadora debido a la ambigüedad del instructivo.
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10. El CNE no emitió un informe a la veeduría sobre la etapa de denuncias ciudadanas
y la justificación debida de por qué éstas fueron rechazadas.
11. La Comisión de Relaciones Internacionales del CNE, no emitió previamente al
inicio de la Veeduría el informe sobre los ciudadanos que incurrían en
inhabilidades y no podían ejercer el cargo de veedor. Esto posteriormente
entorpeció el proceso, pues finalmente fueron desacreditados 41 veedores.
Algunos de ellos, reclamaron no haber recibido respuesta frente a denuncias que
presentaron por su descalificación.
Tercera Etapa:
1. Durante el primer día de las impugnaciones se presentaron fallos en el sistema
informático, puesto que no se hallaba habilitada la pestaña que permitía imprimir
el formulario de impugnaciones, razón por la que se presentaron inconvenientes a
los postulantes que se hallaban realizando sus impugnaciones en esos momentos.
2. Las notificaciones a los postulantes que no cumplieron con los requisitos, según
la comisión verificadora del CNE, no fueron enviados con la debida motivación,
ni con el informe individual de cada postulante, el mismo que detallaba en que
inhabilidad o prohibición recaían.
3. La prórroga de presentación de impugnaciones se realizó en reunión del pleno,
pero la veeduría no fue notificada de estas acciones.
4. En las delegaciones provinciales existieron problemas con la recepción de
documentación para las contradicciones.
5. Hubo descoordinación respecto a las impugnaciones debido a la división de las
mismas, ya que se dio prioridad a las impugnaciones ciudadanas y luego a las
impugnaciones de los candidatos que no fueron admitidos en primera instancia
por la Comisión de Verificación.
Recomendaciones
Primera Etapa:
1. Considerando la magnitud e importancia de este proceso al ser efectuado por
primera vez en la historia ecuatoriana, marcando un precedente para futuras
convocatorias, se lo debe realizar de manera mas participativa. Se sugiere, por
ejemplo, la realización de talleres informativos previos, una revisión minuciosa
del contenido de Instructivos y Manuales, así como también la creación de un
Sistema o Plataforma Tecnológica amigable al usuario sobre todo para aquellos
ciudadanos que no están muy familiarizados con temas tecnológicos.
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2. El CNE debe precautelar que sus funcionarios, tanto del sistema de soporte
técnico, como digitadores, estén capacitados para asistir estrictamente a los
postulantes sobre todas sus inquietudes respecto al proceso. De igual manera, se
podría planificar una capacitación a los veedores sobre el funcionamiento de la
plataforma virtual para que puedan colaborar y resolver las inquietudes propias y
de los postulantes.
3. Se recomienda mayor promoción, difusión, tanto de los requisitos de los
postulantes, como de quienes deseen ser parte de la veeduría, en medios de
comunicación, de esta manera se obtendría mayor participación ciudadana en
procesos de relevante importancia como éste. La misma recomendación se lo
debería hacer para las convocatorias a postulaciones de veedores ciudadanos a
nivel provincial, debido al ausentismo de veedores en 15 provincias del país.
4. Todo lo que tenga que ver con soporte técnico deberá prepararse minuciosamente
para que no afecte el pleno desarrollo del proceso.
Segunda Etapa:
1. Se recomienda para futuros procesos, que, dentro de las fases de revisión de
expedientes, el personal o funcionarios designados para tal efecto, sean
capacitados de manera mas integral, para que en el proceso no se den incidentes
que puedan llevar a la conclusión de que el mismo no se está realizando de manera
adecuada y genere incertidumbre frente a quienes que participan en este.
2. Por la importancia de este proceso, se debe considerar que el resguardo y
seguridad sea permanente en los lugares donde se desarrolla el mismo y donde se
guardan los expedientes, debiendo ser en colaboración con las fuerzas armadas.
El CNE podría solicitar apoyo al Ministerio del Interior y a las Fuerzas Armadas,
para resguardar la documentación.
3. Los miembros de la Comisión Verificadora deben acompañar en su totalidad al
proceso. Es importante establecer cronogramas que aseguren su presencia
permanente.
4. El rechazo de veedores, cuando estos incurren en inhabilidades y prohibiciones,
debe ser previo a la acreditación de veedores e inicio de sus funciones.
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5. Se debe respetar con mayor estrictez el calendario de actividades y en caso de
existir prórrogas que éstas sean debidamente motivadas y no por errores
cometidos por los funcionarios del CNE.
6. Los formularios de denuncias ciudadanas deben estar habilitados a tiempo.
7. Se debe notificar a los postulantes sobre sus denuncias, de manera clara, detallada
y completa para que puedan defenderse adecuadamente.
8. Se recomienda buscar una mejor interacción con las veedurías en el sentido de
que los informes sobre denuncias ciudadanas deben presentarse a la coordinación
de la veeduría.
Tercera Etapa:
1. Dentro del proceso de contradicciones se realizaron audiencias públicas para las
impugnaciones en contra de los candidatos presentados, pero estas no se
realizaron para las impugnaciones contra los postulantes rechazados (que
posteriormente fueron aceptados), lo cual genera que candidatos puedan servir
aprobados, sin pasar por la fase de impugnación ciudadana, ni audiencia pública.
2. Es necesario que exista coordinación, información y colaboración entre el CNE y
sus delegaciones provinciales, debido a que en las fases de impugnación los
postulantes que se inscribieron fuera de Pichincha, no siempre obtuvieron una
correcta ayuda ni información en cuanto a las formas de interponer sus respectivas
impugnaciones. En varios casos, se denunció desconocimiento o falta de
información por parte de dichas delegaciones.
3. Al igual que en la etapa de denuncias ciudadanas, en esta etapa los postulantes
deben ser notificados, con información íntegra y completa, sobre el contenido de
las impugnaciones, para, en audiencia pública, ejercer fundamentada y
debidamente su defensa.
Recomendaciones Generales al CNE
La configuración del sistema informático, que maneja la institución, debe ser accesible
para facilitar la carga de información de los postulantes. De esta manera se podrá acceder
a la misma desde cualquier navegador. Al estar restringido el acceso, solo a uno de ellos,
las personas, que tienen conocimientos no tan especializados en sistemas, ven restringida
su posibilidad de acceder a información. Además, los sistemas deberían ser monitoreados
constantemente, para evitar y resolver posibles fallos que se den en el transcurso del
proceso y que pueden perjudicar a postulantes y veedores.
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El personal contratado para realizar el proceso de ingreso y calificación debe ser
capacitado de manera más eficaz. Nos referimos tanto a los digitadores como a los que
proporcionan información.
Es importante brindar espacios (físicos) adecuados a la veeduría, para que la misma pueda
realizar sus funciones de manera correcta y ágil. Se debe facilitar mobiliario básico, que
permita que los ciudadanos realicen su ejercicio cívico, bajo parámetros mínimos de
comodidad y seguridad. Finalmente, se debe precautelar que las sesiones del pleno del
CNE, se desarrollen con mayor puntualidad, y en las horas previstas, En muchos casos,
las sesiones se iniciaron con retrasos de largas horas, lo que hace que las mismas se
extiendan más allá de lo planificado.