informe definitivo de auditorÍa regular carepa …

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*2020100001505* Al responder por favor cite este número Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020 1 INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR CAREPA -ANTIOQUIA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL VIGENCIA 2018 CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA Medellín, enero 2020

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR

CAREPA -ANTIOQUIA

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

VIGENCIA 2018

CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA

Medellín, enero 2020

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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE CAREPA Contralor General de Antioquia (E) Luz Águeda Cuervo Martínez Contralor Auxiliar Delegado (E) Mauricio Eduardo González M. Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada (E) Patricia Dolores Olano Azuad Equipo Auditor Contralor Auxiliar – Coordinador Yency Estefanía Berrio Builes Contralor Auxiliar Marelbi Verbel Peña Profesional Universitario Edison Monsalve Valencia Profesional Universitario Roberto Jaime Zapata Profesional Universitario Ángela María Duque Agudelo Comité Operativo Contralor Auxiliar, Contador Yeissin Cáceres Pradilla Contralor Auxiliar (P) Andrea Velásquez Hincapié Profesional Universitaria, Abogada Martha Lillyam Palacios Maldonado Profesional Universitaria, Ingeniera Ángela Paola Ríos Rosas Profesional Universitaria, Abogada Nacyra Raquel Máttar Acuña

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TABLA DE CONTENIDO

1. DICTAMEN INTEGRAL ........................................................................................................... 6

1.1 CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO ............................................................................ 6

1.1.1 Control de Gestión............................................................................................................ 6

1.1.2 Control Financiero ............................................................................................................ 7

1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables ............................................................................. 8

2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA .......................................................................................... 9

2.1. CONTROL DE GESTIÓN ........................................................................................................ 9

2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación ............................................................................. 9

2.1.1.1. Gestión Contractual. ........................................................................................................ 10

2.1.1.2. Legalidad ........................................................................................................................... 82

2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual ............................................. 87

2.1.2 Control Fiscal Interno ........................................................................................................... 87

2.1.3. Gestión Ambiental ............................................................................................................... 88

2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual. .......................................................................................... 88

2.2 CONTROL FINANCIERO ....................................................................................................... 88

2.2.1. Factor Estados Contables .................................................................................................. 89

2.2.2 Sistema de Control Interno Contable .......................................................................... 92

2.2.3. Gestión Presupuestal ......................................................................................................... 93

3. OTRAS ACTUACIONES ........................................................................................................... 96

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3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS ............................................................................................... 96

3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR .......................................................................... 96

3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS ........................................................................ 101

3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS ............................................................................................. 113

3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS .................................................................... 113

4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................. 116

5. ANEXOS ................................................................................................................................ 117

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Medellín, enero de 2020 Doctor OVIDIO DE JESUS ARDILA RODAS Alcalde Municipio de Carepa [email protected] Calle 77 No. 76-63 Teléfono: 823 94 02 Carepa, Antioquia Asunto: Dictamen de Auditoría vigencia 2018. La Contraloría General de Antioquia con fundamento en las facultades otorgadas por los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política, practicó Auditoría Modalidad Regular al ente que usted representa, a través de la evaluación de los principios de eficiencia, eficacia y equidad con que se administraron los recursos puestos a disposición y los resultados de la gestión, el examen del Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica y Social a 31 de diciembre de 2018, la comprobación de que las operaciones financieras, administrativas y económicas se realizaron conforme a las normas legales, estatutarias y de procedimientos aplicables. Es responsabilidad de la administración el contenido de la información suministrada por la Entidad y analizada por la Contraloría General de Antioquia, que a su vez tiene la responsabilidad de producir un informe integral que contenga el concepto sobre la gestión adelantada por la administración municipal de Carepa, que incluya pronunciamientos sobre el acatamiento a las disposiciones legales, y la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Contables. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría General de Antioquia, compatibles con las de general aceptación; por tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable

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para fundamentar los conceptos y la opinión expresada en el informe integral. El control incluyó examen sobre la base de pruebas selectivas, evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las cifras y presentación de los Estados Contables y el cumplimiento de las disposiciones legales.

1. DICTAMEN INTEGRAL 1.1 CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO

Con base en la calificación total de 69.9 puntos, sobre la Evaluación de la Gestión Fiscal, componentes control de gestión y control financiero, la Contraloría General de Antioquia No Fenece la cuenta de la Entidad por la vigencia fiscal correspondiente al año 2018.

1 MATRIZ EVALUACION DE GESTION FISCAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Equipo auditor.

Los fundamentos de este pronunciamiento se presentan a continuación: 1.1.1 Control de Gestión La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control de Gestión, es Favorable, como consecuencia de la calificación de 93,2 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

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2 CONTROL DE GESTION ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Sistema Gestión Transparente Elaboró: Equipo auditor.

1.1.2 Control Financiero La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control Financiero, es Desfavorable, como consecuencia de la calificación de 11.61 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

3 CONTROL FINANCIERO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Equipo Auditor.

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1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables En nuestra opinión, los estados financieros presentan concepto adversa o negativa la situación financiera de la administración municipal de Carepa, a 31 de diciembre de 2018, así como los resultados de las operaciones por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios, normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia o prescritos por el Contador General. Es responsabilidad del representante legal dar a conocer el informe de auditoría a la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, para que continúe con el trámite de los hallazgos Administrativos de acuerdo a su competencia. Atentamente,

YENCY ESTEFANIA BERRIO BUILES Contralor Auxiliar

PATRICIA DOLORES OLANO AZUAD Contralor Auxiliar - Auditoria Integrada (E)

P,E/ Yency Estefanía Berrio Builes - Contralor Auxiliar R/ Patricia Dolores Olano- Contralor Auxiliar Auditoria Integral (E)

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2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 2.1. CONTROL DE GESTIÓN Como resultado de la auditoría adelantada, en el componente Control de Gestión se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría: 2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación En la ejecución de la presente Auditoría y de acuerdo con la información suministrada por la Administración municipal de Carepa, en cumplimiento de lo establecido en la resolución interna de rendición de cuentas en línea de la Contraloría General de Antioquia, se determinó que la Entidad celebró la siguiente contratación: En total celebró 134 contratos por valor de $ 25.744.270.551, distribuidos así:

4. CONTRATACIÓN ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

TIPOLOGIA CANTIDAD

CONTRATADA VALOR $

MUESTRA CANTIDAD

VALOR $

Obra Pública 22 10.764.141.856 14 10.533.562.548

Prestación de Servicios

59 5.458.203.455

16 2.990.123.857

Suministros 39 6.190.411.340 25 5.837.023.844

Consultoría y otros

5 725.613.042 3 574.613.042

Interventoría 2 210.451.980 0 0

Régimen Especial

7 2.395.448.878

1 327.191.000

TOTAL 134 25.744.270.551 59 20.262.514.291 Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

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De acuerdo a lo anterior el siguiente es el resultado de la ejecución de la auditoría regular a la administración municipal de Carepa. 2.1.1.1. Gestión Contractual. Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Contractual obtuvo un puntaje de 93.20 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

5. GESTIÓN CONTRACTUAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

2.1.1.1.1. Obra Pública De un universo de 22 contratos de obra pública se auditaron 14; por valor de $10.533.562.548, equivalente al 97,86% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

1. Revisado el contrato que se relaciona, en lo referente a la estructura de

costos de conformación de la Administración y Utilidad (AU) presentada en

la propuesta técnico económica del contratista, se observa lo siguiente:

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CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓN

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

LP049-2018 $1.720.742.570,00 CONSORCIO VIAL CAREPA

Licitación Obra Publica

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO RÍGIDO EN EL CASCO URBANO PARA MEJORAR LA CONECTIVIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE CAREPA-ANTIOQUIA

Fuente: Sistema de Gestión Transparente.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El Ítem 11.1 “Póliza de Garantía” presenta un valor de $17.207.494,85 y

confrontado este valor con el valor real de las pólizas del contrato, estas

presentan un valor de

$5.186.475, generando una diferencia $12.021.019, lo cual se puede configurar

en un posible detrimento patrimonial por valor de $12.021.019, de conformidad

con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000.

Fuente: Propuesta técnico- económica del contratista Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El Ítem 8 “Mantenimiento de equipos” y 8.1 “Cambio de neumáticos, llantas

de bugguie, engrase, aceites, lubricantes, combustibles” por valor de $360.000,

consideramos que estos ítems no hacen parte de la estructura de costos, pues

los mismos están inmersas en los Análisis de Precios Unitarios de las

diferentes actividades. Lo cual se puede configurar en un posible detrimento

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patrimonial por valor de $360.000, de conformidad con el Articulo 6 de la Ley

610 del 2000.

Fuente: Propuesta técnico- económica del contratista Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Lo anterior, genera posible detrimento patrimonial total por valor de $12.381.019,

de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000. Así: (A)

Actividad Posible detrimento patrimonial

El Ítem 11.1 “Póliza de Garantía” $12.021.019,

El Ítem 8 “Mantenimiento de equipos” $360.000

Total Posible detrimento patrimonial $12.381.019, Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Es de anotar que la Administración Municipal remitió un Acuerdo de Pago Firmado por el Secretario de Hacienda y el Representante legal del Consorcio Vial Carepa, mediante el cual el contratista se compromete a efectuar la devolución de estos recursos, y nos remite un primer reembolso por $3.000.000, mediante comprobante de pago efectuando en Bancolombia el 10 de diciembre de 2019 a la cuenta Nro. 83164232822 del Municipio de Carepa. Lo cual permitirá realizar un reporte benéfico por valor de $3.000.000.

Quedando pendiente para el próximo proceso auditor que adelante la Contraloría General de Antioquia al Municipio y hacer la verificación del reintegros de los mismos por valor de $9.381.019.

2. Revisado el contrato que se relaciona, en lo referente a la estructura de costos que conforman la Administración y Utilidad (AU) presentada en la propuesta técnico económico del contratista, se observa que siguiente:

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CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓN

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

SAMC106-2018

$62.818.871,00

VISION PROYECTOS TABARWIL SAS

SELECCIÓN ABREVIADA

Obra Publica

CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTA Y PLACA EN EL PARQUE ACTIVO SALUDABLE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES Y PROMOCIÓN DE LA SALUD EN EL MUNICIPIO DE CAREPA – ANTIOQUIA

Fuente: Sistema de Gestión Transparente.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El Ítem 1.01 “Staff de Obra + Prestaciones sociales”. Con un porcentaje de

5%, dentro de la estructura de costos de la Administración (A), se considera un

doble cobro, debido a que en la conformación de los Análisis de Precios Unitarios

– APU, en el ítem mano de obra se incluyen los salarios y el factor prestacional.

El ítem 1.1 Elaboración manuales de operación y mantenimiento con un

porcentaje 0.10% dentro de la estructura de costos de la Administración (A), este

ítem no aplica, debido a que se constató que no se entregaron manuales de

operación y mantenimiento a la Administración Municipal.

“Impuestos Municipales Retefuente”. Con un porcentaje de 2.0%, tributo este

que de acuerdo Estatuto Tributario esta obligación le corresponde al contribuyente

y no puede ser tenida dentro de la estructura de los costos de Administración.

Lo anterior demuestra que el valor real de la Administración (A) es del 18.9%,

valor este que resulta de restar al valor de la administración del contrato (26%)

menos 7.10% de los ítems que no aplican = 18.9%.

Por lo que se genera un sobre costo por valor de Costo Directo cobrado

$47.590.064 x 26%(A contrato) menos el costo directo $47.590.064 x 18.9%(A

real) = ($12.373.417 - $8.994.522) = $3.378.895; valor este que presenta un sobre

costo. Lo cual se puede configurar en un posible detrimento patrimonial por el

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valor de $3.378.895., de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000.

Así:(A)

Es de anotar que la Administración Municipal efectuó la devolución de estos recursos mediante consignación efectuada en Bancolombia el 9 de diciembre de 2019 a la cuenta Nro. 83164232822, del Municipio por valor de $3.378.895 y el recibo de caja Nro. 0000010784 del 9 de diciembre de 2019; por dicho valor: Lo cual permitirá realizar un reporte de benéficos del proceso auditor por valor de $3.378.895.

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.

Fuente: Propuesta técnico- económica del contratista Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

3. Revisado el contrato que se relaciona y de acuerdo con la visita técnica se

observó lo siguiente:

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CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓN

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

SAMC046-2018

$148.362.953,00

SOLUCIONES BEDOYA CORREA S.A.S.

SELECCION ABREVIADA

Obra Publica

ADECUACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SALA DE PARTOS DEL HOSPITAL FRANCISCO LUIS JIMENEZ MARTINEZ DEL MUNICIPIO DE CAREPA - ANTIOQUIA

Fuente: Sistema de Gestión Transparente.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Verificadas las actividades contractuales con el acompañamiento de

funcionarios de la Oficina de Planeación del Municipio y Funcionarios del

Almacén de la ESE Hospital de Carepa, se constató que algunas

actividades contráctales no se ejecutaron en las cantidades establecidas en

la minuta del contrato y otras presentan sobre costos según cotizaciones

solicitadas a través de la ESE Hospital a algunos de los proveedores de

insumos y equipos médicos que hacen parte del contrato. Así:

Instalaciones Sanitarias Item Descripción Un Cant Costo Unit $ Costo

Total $

Costo según

cotización

Diferencia $

2.1 Kit grifería

lavamanos

Un 1.0 22.437,50 22.437,50 22.437,50 0.00

2.2 Kit aparatos

sanitarios

Un 1.0 41.133,10 41.133,10 41.133,10 0.00

2.3 sanitario Un 1.0 217.915,00 217.915,00 217.915,00 0.00

2.4 Lavamanos

colgante sin

grifería

Un 1.0 472.476,25 472.476,25 64.000 + 50.000

instalación =

114.000

358.476

2.5 Lavamanos

hidroplus con

válvula

accionada con

el pie

Un 1.0 3.878.150 3.878.150 987.700

+ instalación

120.000 +

transporte 250.000

= 1.350.000

2,528.150

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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TOTAL $4.632. 111,85 $2.886.626

TOTAL DIFERENCIA $2.886.626

TOTAL DIFERENCIA POR AU 30% $3.752.613

Fuente: Contrato

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Acabados y Pintura Item Descripción Un Cant Costo

Unit $

Costo Total

$

Cant

medida

Costo según

medida

Diferencia

$

3.1 Pintura vinilo

para muros

interiores y

exteriores 2

manos

M2 102.7 16.697,25 1714.774,18 87,5 1.461.009 $253.764

TOTAL DIFERENCIA POR AU 30% $329.893

Fuente: Contrato

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Puertas y Ventanas Item Descripción Un Cant Costo

Unit $

Costo Total $ Cant

medida

Costo según

medida $

5.1 Suministro e

instalación de ventana

corrediza aluminio 1.85

x0.65 m

M2 3,6075 217.874 785.980,46 2.405 533.791,3

5.2 Suministro e

instalación de ventana

corrediza aluminio 0.70

x 0.70 m

M2 2,45 217.874 533.791.3 0.49 106.758,3

5.3 Suministro e

instalación de ventana

corrediza aluminio 0.60

x 1.1 m

M2 0.66 217.874 143.796,84 0.66 143.796,84

5.4 Suministro e

instalación de puerta

Un 1 3.250.000 3.250.000 1 3.250.000

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Item Descripción Un Cant Costo

Unit $

Costo Total $ Cant

medida

Costo según

medida $

1.60 x 2.00 m doble

5.5 Suministro e

instalación de puerta

1.80 x 2.00 m doble

Un 1 3.450.000 3.450.000 1 3.450.000

5.6 Suministro e

instalación de puerta

sala 2 madera 1.45 x

2.0 m

Un 1 2.960.000 2.960.000 1 520.000

5.7 Suministro e

instalación de puerta

sala 2 madera 0.90 x

2.0 m

Un 1 2.870.000 2.870.000 1 286.000

TOTAL $13.993.568,6* $8.290.346,44

TOTAL DIFERENCIA $5.703.222,16

TOTAL DIFERENCIA POR AU 30% $7.414.189

Nota: *El valor real es de $13.459.777 y no el estipulado en la propuesta técnico económica $13.993.568,6*

Fuente: Contrato

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

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Puertas y ventanas.

Fuente: Propuesta técnico económica Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Suministros equipos médicos Item Descripción Un Cant Costo Unit $ Costo Total $ Costo según cotizaciones sobre los

mismo equipos efectuada por l ESE

Hospital ($)

7.1 Camilla eléctrica

atención de parto

Un 1 25.681.000 25.681.000 13.307.290

7.2 Lámpara de cirugía Un 1 38.175.485 38.175.485 24.578.260

7.3 Monitor fetal Un 1 9.250.000 9.250.000 8.070.240

7.4 Monitor

multiparametros

Un 1 6.222.000 6.222.000 5.355.000

TOTAL $79.874.682 $51.310.790

TOTAL DIFERENCIA $28.563.892

TOTAL DIFERENCIA POR AU 30% $37.133.059

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Fuente: Contrato

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Es de anotar que dentro del contrato no se definen especificaciones técnicas de los equipos médicos, sin embargo, las cotizaciones solicitas por intermedio de la ESE Hospital, son con las referencias de los equipos suministrados por el contratista.

De acuerdo con los cálculos anteriores se puede configurar un posible detrimento patrimonial por valor total de $48.629.754, de conformidad con el Artículo 6 de la Ley 610 del 2000. (D)(F)

Actividad Posible detrimento patrimonial

Instalaciones Sanitarias $3.752.613

Acabados y Pintura $329.893

Puertas y Ventanas $7.414.189

Suministros equipos médicos $37.133.059

Total Posible detrimento

patrimonial

$48.629.754

4. Revisado el contrato SAMC107-2018 cuyo objeto es “Adecuación de restaurante escolar y unidad sanitaria de la Institución Educativa Luis Carlos Galán sede los Robles y Acaidana y mantenimiento CDI el Jardín” por un valor de $54.925.457, (liquidado) se encontró que en la propuesta económica del contratista se incluyó IVA sobre la utilidad 19%, equivalente a $404.804 y pagadas en acta 1 y Final por un valor de $404.804. Inobservando art 100 Ley 21 de 1992. Estos reconocimientos afectan el valor total del contrato. Dado que el contratista reconoció este sobre costo en el pago del IVA sobre la utilidad y reembolso el dinero de acuerdo al Recibo de Caja Numero 000010783 de la Tesorería Municipal, se tendrá como beneficio auditor. (A).

5. Revisado el expediente del contrato SAMC061-2018, cuyo objeto es” Reparación de pavimento en vías urbanas en el municipio de Carepa – Antioquia” por un valor de $ 104.997.341 y una adición de $49.922.429 para

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un total de $154.919.770, (Liquidado), se encontró que no se exigió al contratista la póliza de estabilidad de las obras, inobservando el numeral 5 del Artículo 2,2,1.2.3.1.7 y el Articulo 2.2.1.2.3.1.7 del decreto 1082 de 2015. (D)

6. Revisado los expedientes de los contratos LP078 de 2018, “Construcción

primera etapa I.E. Rural la Provincia sede Playón del municipio de Carepa

departamento de Antioquia” por un valor de $2.017.489.182, y CONV066

de 2018 “ Interventoría técnica, administrativa y financiera para los

diferentes obras de infraestructura a desarrollarse en el municipio de

Carepa - departamento de Antioquia”, por un valor de $327.191.000, se

encontró que tienen el rubro 231414501010501 por valor de

$1.417.809.000 y $82.191.000 respectivamente que no corresponde a su

destinación toda vez que corresponde a Obras de adecuación y

construcción de infraestructura cultural y el proyecto corresponde a una

infraestructura educativa con lo anterior se inobserva el artículo 18 del

decreto 111 de 1996. (A)

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Fuente: Gestión Transparente y expediente físico del contrato Elaboro Ángela María Duque Agudelo – Profesional Universitaria

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Fuente: Gestión Transparente y expediente físico del contrato Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

7. Revisado el contrato LP-086-2018, cuyo objeto es Adecuación,

mantenimiento y cerramiento del CREM y casa de la mujer del municipio de

Carepa- Departamento de Antioquia, por un valor de $464.913.602

(liquidado) de encontró: (F) (D)

a. Revisados los análisis de precios unitarios de la propuesta del contratista

del denominados: 3.4, 7.7, 11.6 y 3.8 “Suministro, figurado y colocación de acero

de refuerzo de 60000 PS para…..” , 7.1, 11.1 y 3.1 “ Viga de cimentación de

0,30x0,30m en concreto de 3000PSI”, 7.2 y 11.2 “Zapatas en concreto 3000 PSI,

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0,40x1,0x1,0m, 7.5 y 3,6 “Columneta de 0,15x0,20m en concreto de 3000PSI” ,

7.6 y 3.7 “Vigas de amarre de 0,15x0,20 en concreto de 3000 PSI,11.4

“Suministro y colocación de concreto de 3000PSI para columnas de 0,25x0,25m”,

2.1 “Suministro e instalación de teja de barro nueva –pegada” y 2.2 “Suministro e

instalación de teja de barro recuperada –pegada” se encuentra sobrecostos en

estos ítems asociados con el costo del acero de refuerzo, materiales que no se

requieren, tarifas/hora del equipo muy altas y rendimientos muy bajos de la mano

de obra por valor, sobre costos que ascienden al valor de $ 15.868.640,

determinado de la siguiente manera:

En el APU del Ítem “3.4, 7.7, 11.6 y 3.8 “Suministro, figurado y colocación de acero

de refuerzo de 60000 PS para…”, el contratista establece el valor del kilogramo de

acero en $4744; valor muy superior debido costo del acero considerado por el

contratista.

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Fuente: Gestión Transparente y expediente físico del contrato Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

La contraloría General de Antioquia hace el siguiente estudio de mercado considerando el costo del acero de refuerzo de acuerdo a las cotizaciones solicitadas en establecimientos comerciales del municipio de Carepa y se saca un promedio del valor.

Fuente: Cotización solicitada en el Municipio de Carepa Elaboro Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

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Fuente: Cotización solicitada en Municipio de Carepa Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria.

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Fuente: Cotización solicitada en Municipio de Carepa Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

Se hace el siguiente análisis de precios unitarios por el equipo auditor

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Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

PROMEDIO ACERO DE REFUERZO SEGÚN COTIZACIONES

FERREURABA LA 70

COMERCIAL CAREPA

FERROELECTRY CORAJASO ZOMAC SAS

FERREURABA LA 70

COMERCIAL CAREPA

FERROELECTRY CORAJASO ZOMAC SAS

PROM.ESTABLECIMIENTO

Longitud 6m peso

peso por varilla

VR VARILLA

VR Elaboro Angela

VR VARILLA VR KG VR KG VR KG

ITEM 3.4, 7.7, 11.6 Y 3.8 Suministro, figurado y colocación de acero de refuerzo de 6000 PSI, …

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 26,25

subtotal 26,25

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

acero 6000 psi kg 2.895 1,07 3.097

Alambre quemado kg 3782 0,08 303

subtotal 3.400

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial

Ayudante 30000 22500 52500 0,01 525

subtotal 525

costo directo 3.951

Notas:

Para el valor del kg del acero se tiene en cuenta el promedio del acero de refuerzo de las cotizaciones que se pidieron en

establecimientos comerciales del municipio de Carepa.

Para el valor del kg de alambre quemado se tuvo en cuenta la cotización solicitada a Ferroelectry Corasajo Zomac S.A.S

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María Duque Agudelo- Profesional Universitaria VARILLA

1/2" 0,994 5,964 17.500 18.350 14.706 2.934

3.077

2.466

2.826

5/8" 1,554 9,324 27.000 28.800 22.689 2.896

3.089

2.433

2.806

3/4" 2,237 13,422 40.000 41.950 2.980

3.125

-

3.053

8.684

PROMEDIO TOTAL

2.895

Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el acero por valor

de $793 por kilogramo instalado.

En el APU del Ítem “7.1, 11.1 y 3.1 “Viga de cimentación 0,3x0,3m en concreto de 3000PSI.”, el contratista establece el valor por metro cubico en $613.582; valor muy superior debido que el contratista incluye valor día de concretadora cuando presupuesta un costo de m3 de concreto (acá ya está incluido el valor de la concretadora), un costo muy alto del valor tarifa/hora vibrador y muy bajo el rendimiento de la mano de obra.

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Fuente: Gestión Transparente y Expediente Físico Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

La contraloría General de Antioquia hace el siguiente estudio de mercado para el metro cubico de concreto para vigas de cimentación, de acuerdo a las cotizaciones solicitadas en el Municipio de Carepa para el alquiler del equipo y APU realizados por las siguientes entidades:

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MUNICIPIO DE MEDELLIN

GOBERNACION DE ANTIOQUIA

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Se promedian los rendimientos de la mano de obra asi:

RDTO MANO DE OBRA CUADRILLA (1 OFICIAL + 1 AYUDANTE)

MUNICIPIO DE MEDELLIN 0,67

GOBERNACION DE ANTIOQUIA 0,657

PROMEDIO 0,66 Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

COTIZACIONES PARA EL CÁLCULO DEL EQUIPO- VIBRADOR

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Promedio Arriendo Vibrador

TARIFA DIA VIBRADOR

TALLER NELO 25.000

ANDAMIOS Y EQUIPOS 32.827

PROMEDIO 28.914

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PROMEDIO HORA 3.614

Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

APU calculado por comisión de Auditoria

ITEM 7,1 Y 11.1 viga de cimentación 0,3x0,3m en concreto de 3000 psi

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 4.620

VIBRADOR 3.614 0,5 1.807

CONCRETADORA Diesel

TACO METALICO subtotal 6.427

ANDAMIO

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

CONCRETO 21 MPA m3 328.000 1,05 344.400

TABLA 1" uni 13.000 1,31 17.030

liston 2x2x3ml unidad 4.500 1 4.500

CLAVOS lb 4.300 0,515 2.215

subtotal 368.145

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87.500 0,66 57.750

Ayudante (2) 30000 22500 52.500 0,66 34.650

subtotal 92.400

costo directo 466.972

Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m3 de concreto

de 3000PSI para vigas de fundación de $ 146.610.

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En el APU del Ítem “ 7.2 y 11.2 “Concretos para zapatas en concreto de 3000PSI, 0,4x1,0x1,0m.”, el contratista establece el valor por metro cubico en $606.600; valor muy superior debido que el contratista incluye valor hora/tarifa de concretadora cuando en el APU ya está presupuestado el costo de m3 de concreto (acá ya está incluido el valor de la concretadora), en el costo de la mano de obra incluye una cuadrilla de conformada por un oficial y cinco ayudantes un personal exagerado cuando técnicamente esta actividad se realiza con un oficial y un ayudante para el rendimiento que el contratista propone, e incluye materiales que no se requieren para el vaciado de una zapata.

Fuente: Expediente del contrato

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APU CALCULADO COMISION DE AUDITORIA

ITEM 7.2 zapatas en concreto 3000 PSI, 0,40x1,0x1,0m

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 3.500

CONCRETADORA Diesel 0 0

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

CONCRETO 21 MPA m3 328000 1,05 344.400

TABLA 1" uni 13000 0 -

listón 2x2x3ml unidad 4500 0 -

CLAVOS lb 4300 0 -

subtotal 344.400

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87500 0,5 43.750

Ayudante (1) 30000 22500 52500 0,5 26.250

subtotal 70.000

costo directo 417.900

Elaboro Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m3 de concreto

de 3000PSI para zapatas de $ 188.700

En el APU del Ítem “ 7.5 y 3.6 “Columna de 0,15x0,20m en concreto de 3000 PSI”, el contratista establece el valor por metro cubico en $675.988; valor muy superior debido que el contratista incluye un valor “hora/tarifa” de concretadora cuando en el APU ya está presupuestado el costo de m3 de concreto (acá ya está

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incluido el valor de la concretadora) y un costo muy alto del valor tarifa/hora vibrador de acuerdo a las cotizaciones solicitadas.

ITEM 7.5 columneta de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 9187,5

VIBRADOR 3614 1 3.614

CONCRETADORA

taco metálico 450 1 450

andamios 500 1 500

SUBTOTAL 13.751,5

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

CONCRETO 21 MPA m3 328000 1,05 344.400

TABLA 1" uni 13000 2 26.000

liston 2x2x3ml unidad 6000 1 .6000

CLAVOS lb 2800 0,25 700

SUBTOTAL 377.100

III. TRANSPORTES

Material vol/peso o cantidad distancia m3-km tarifa VR UNIT

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87500 0,75 65.625

Ayudante (3) 90000 67500 157500 0,75 118.125

SUBTOTAL 183.750

COSTO DIRECTO 574.601,5

Nota. Para el valor hora/tarifa del alquiler del vibrador se tiene en cuenta el análisis del promedio según cotizaciones ya realizado en APU anteriores

Elaboro: Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

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De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m3 de concreto

de 3000PSI para columnetas de $ 101.386,5

En el APU del Ítem “ 7.6 y 3.7 “Vigas de amarre de 0,15x0,20m en concreto de 3000 PSI”, el contratista establece el valor por metro cubico en $659.593; valor muy superior debido que el contratista incluye en el ítem “Equipo” un valor hora/tarifa de concretadora cuando en el APU ya está presupuestado el costo de m3 de concreto (acá ya está incluido el valor de la concretadora), y un costo muy alto del valor tarifa/hora vibrador de acuerdo a las cotizaciones solicitadas.

ITEM 7.6 viga de amarre de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 7218,75

VIBRADOR 3614 1 3.614

CONCRETADORA Diesel 70000 1

taco metalico 1 0

andamios 1 0

SUBTOTAL 10832,75

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

CONCRETO 21 MPA m3 328000 1,05 344400

TABLA 1" uni 13000 4,42 57460

CLAVOS lb 4300 0,265 1139,5

SUBTOTAL 402999,5

III. TRANSPORTES

Material vol/peso o cantidad distancia m3-km tarifa VR UNIT

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87500 0,75 65625

Ayudante (2) 60000 45000 105000 0,75 78750

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ITEM 7.6 viga de amarre de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI

SUBTOTAL 144375

COSTO DIRECTO 558.207

Nota. Para el valor hora/tarifa del alquiler del vibrador se tiene en cuenta el análisis del promedio según cotizaciones ya realizado en APU anteriores

Elaboro: Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m3 de concreto

de 3000PSI para vigas de amarre de $ 101.386

En el APU del Ítem “ 2.1 “Suministro e instalación de teja de barro nueva pegada”, el contratista establece el valor por metro cubico en $71.025; valor muy superior debido que el contratista incluye un rendimiento del andamio de 5 horas para instalar un metro cuadrado, un volumen muy alto para el cálculo del mortero de pega y un rendimiento muy bajo de la mano de obra donde en un día solo instalara 8m2 de teja.

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Fuente: Gestión Transparente y Expediente Físico

La contraloría General de Antioquia hace el siguiente estudio de mercado considerando el costo del suministro e instalación de teja de acuerdo a la siguiente entidad estatal para comparar rendimientos de equipo y mano de obra y volumen de mortero:

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MUNICIPIO DE MEDELLIN

Fuente: base de datos Municipio de Medellín

El equipo auditor hace el siguiente análisis de precios unitarios

ITEM 2.1 Suministro e instalación de teja de barro nueva-pegada

DESCRIPCION TIPO DIA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

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HERRAMIENTA MENOR 721,875

ANDAMIOS TIJERA 833 0,075 62,475

SUBTOTAL 784,35

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

TEJA DE BARRO M2 33.500 1,02 34170

mortero 1:3 m3 295.000 0,02 5900

SUBTOTAL 40070

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87500 0,075 6562,5

Ayudante (2) 60000 45000 105000 0,075 7875

SUBTOTAL 14437,5

C. DIRECTO 55.292

Nota: el valor del m3 de mortero 1:3 se utilizó del APU del contratista de mampostería

El valor del andamio de las cotizaciones solicitadas y el rendimiento el mismo de la mano de obra

Elaboro: Ángela María Duque Agudelo

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m2 instalación de

teja de barro nueva pegada de $15.736, por m2

En el APU del Ítem “ 2.2 “Suministro e instalación de teja de barro recuperada- pegada”, el contratista establece el valor por metro cubico en $32.812,5; valor muy superior debido que el contratista incluye valor rendimiento del andamio de 5 horas para instalar un metro cuadrado, y un volumen muy alto para el cálculo del mortero de pega y un rendimiento muy bajo de la mano de obra donde en un día solo instalara 8m2 de teja.

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Fuente: gestión Transparente y Expediente Físico Elaboro: Ángela María Duque Agudelo

El equipo auditor hace el siguiente análisis de precios unitarios:

ITEM 2.2 Suministro e instalación de teja de barro recuperada-pegada

DESCRIPCION TIPO DIA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

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I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 963

ANDAMIOS TIJERA 833 0,075 62

SUBTOTAL 1.025

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

TEJA DE BARRO M2 1,02 -

mortero 1:3 m3 295000 0,02 5.900

SUBTOTAL 5.900

III. TRANSPORTES

Material vol/peso o cantidad distancia m3-km tarifa VR UNIT

SUBTOTAL

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87500 ,1 8.750

Ayudante (2) 60000 45000 105000 0,1 10.500

SUBTOTAL 19.250

C. DIRECTO 26.175

Nota: el valor del m3 de mortero 1:3 se utilizó del APU del contratista de mampostería

El valor del andamio de las cotizaciones solicitadas y el rendimiento el mismo de la mano de obra

Elaboro: Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m2 instalación de

teja de barro nueva pegada de $6.638 por m2

En resumen, se tienen las siguientes diferencias de acuerdo a los análisis realizados por la CGA PROYECTO: ADECUA

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45

CIÓN Y MEJORAMIENTO DEL CREM

ITEM DESCRIPCION UN CANT COSTO UNIT COSTO UN AUDITORIA

CANT EJEC

VR EJEC CONT

VR EJEC AUD

3.4

Suministro, figurado y colocacion de acero de refuerzo de 6000 Psi para vigas de amarre kg

166,03 4.744,00 3.951 527,079

2.500.462,78

2.082.624,18

7.1

viga de cimentación 0,3x0,3m en concreto de 3000 psi m3

12,60 613.582,00 466.972 13,617

8.355.146,09

6.358.750,92

7.2

zapatas en concreto 3000 PSI, 0,40x1,0x1,0m m3

14,00 606.600,00 417.900 0,8

485.280,00

334.320,00

7.5

columneta de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI m3

0,63 675.988,00 574601,5 2,592

1.752.160,90

1.489.367,09

7.6

viga de amarre de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI m3

4,20 659.594,00 558207,25 2,1375

1.409.882,18

1.193.168,00

7.7

suministro, figurado y colocación de acero de refuerzo de 60000 PSI, para fundaciones kg

3.142,00 4.744,00 3.951 2420,6

11.483.326,40

9.564.410,82

11.1

viga de cimentación 0,3x0,3m en concreto de 3000 psi m3

3,06 613.582,00 466.972 3,3298

2.043.105,34

1.554.921,70

11.2

zapatas en concreto 3000 PSI, 0,40x1,0x1,0m m3

3,20 606.600,00 417.900 4

2.426.400,00

1.671.600,00

11.4

suministro y colocación de concreto en 3000 PSI para columnas de 0,25x0,25 m3

2,00 746.400,00 645.013 2,4975

1.864.134,00

1.610.919,97

12.1

viga de amarre de 0,3x0,3 en concreto de 3000 PSI m3 746.400,00 466.972 3,045

2.272.788,00

1.421.928,22

COSTO DIRECTO

34.592.685,68

27.282.010,88

ADMINISTRACION 0,22 7.610.391

6.002.042

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

46

UTILIDAD 0,05 1.729.634

1.364.101

COSTO TOTAL 43.932.711

34.648.154

PROYECTO: ADECUACION CASA DE LA MUJER

2.1

Suministro e instalación de teja de barro nueva-pegada m2

218,00 71.025,00 55.292

145,20

10.312.830

8.028.377

2.2

Suministro e instalación de teja de barro recuperada-pegada m2

156,50 32.812,50 26.175

145,20

4.764.375

3.800.606

3.1

viga de cimentación 0,3x0,3m en concreto de 3000 psi m3

15,60 613.582,00 466.972

5,09

3.121.721

2.375.811

3.2

zapatas en concreto 3000 PSI, 0,40x1,0x1,0m m3

17,60 606.599,50 417.900

2,40

1.455.839

1.002.960

3.6

columneta de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI m3

0,79 675.987,50 574601,5

0,96

648.948

551.617

3.7

vigas de amarre de 0,15x0,20 sobre muros en concreto de 3000psi m3

5,19 649.487,00 558207,25 -

-

-

3.8

suministro, figurado y colocación de acero de refuerzo de 60000 PSI, para fundaciones kg

3.893,84 4.743,89 3.951

807,40

3.830.236

3.190.260

COSTO DIRECTO

24.133.949

18.949.631

ADMINISTRACIÓN 0,22 5.309.468,71

4.168.918,91

UTILIDAD 0,05 1.206.697,44

947.481,57

COSTO TOTAL

30.650.115

24.066.032

VR TOTAL CTTO 74.582.826

58.714.186

DIFERENCIA 15.868.640

Elaboro: Ángela María Duque Agudelo-Profesional Universitario

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47

De acuerdo a las consideraciones anteriores, el pago de sobrecostos por valor de $ 15.868.640, se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2000 b. Realizada visita al lugar de ejecución de las obras se encontraron las siguientes diferencias en las cantidades ejecutadas vs cantidades pagadas. De acuerdo a lo anterior, el pago de estas diferencias por un valor de $ 33.049.451 se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000. Además, que el interventor haya aprobado el pago de estas actividades evidencia una deficiente labor de interventoría, el cual no verificó las cantidades en obra presentadas por el contratista; presuntamente inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 201; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley 734 de 2002.

PROYECTO: ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL CREM

ITEM DESCRIPCION

UN COSTO UNIT

CANT PAG

CANT EJE

VR EJEC CONT

VR EJEC AUD

1 ACTIVIDADES PRELIMINARES

3.1

Levante de muros en mampostería en ladrillo de 37x11,5x25cm

m2 94.491,00 81 65,74

7.653.771,00

6.211.838,34

3.5

Suministro e instalación de pared doble cara superboard de 6mm

m2 76.760,00 13,72 6,96

1.053.147,20

534.249,60

6.3

suministro e instalación de baldosa de terrazo para interior uso normal, micrograno (menor o igual a 6mm) formato nominal 40x40 cm, color rojo alicante cponun primer pulido en fabrica, para pulido y abrillantado final en obra.

m2 77.020,00 122 83,4

9.396.440,00

6.423.468,00

7.1 viga de cimentación 0,3x0,3m en concreto de 3000 psi

m3 613.582,00 13,617 10,51

8.355.146,09

6.448.746,82

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48

7.5 columneta de 0,15x0,2 en concreto de 3000 PSI

m3 675.988,00 2,592 1,89

1.752.160,90

1.277.617,32

11.2 zapatas en concreto 3000 PSI, 0,40x1,0x1,0m

m3 606.600,00 4 2,4

2.426.400,00

1.455.840,00

12.9 construcción de losa de entrepiso

m3 554.339,23 2,6986 0,54

1.495.939,85

299.343,18

12.15

suministro e instalación de video proyector marca epson, incluye soporte de fijación para el video proyector y telón manual de 234x177 cm un 3.500.000,00 1

3.500.000,00

-

12.16

Suministro e instalación de sanitario, incluye griferías un 209.650,00 2 1

419.300,00

209.650,00

12.23

instalación de postes de cerramiento en Perfilería metálica tubular galvanizado incluye transporte ml 436.930,00 46 42,43

20.098.780,00

18.538.939,90

COSTO DIRECTO

56.151.085,04

41.399.693,16

ADMINISTRACION 0,22

12.353.239

9.107.932

UTILIDAD 0,05

2.807.554

2.069.985

COSTO TOTAL 71.311.878

52.577.610

PROYECTO: ADECUACION CASA DE LA MUJER

2 INSTALACIÓN CUBIERTA -

-

-

2.1 Suministro e instalación de teja de barro nueva-pegada

m2 71.025,00

145,20

87,12

10.312.830

6.187.698

2.2 Suministro e instalación de teja de barro recuperada-pegada

m2 32.812,50

145,20

203,28

4.764.375

6.670.125

3 CERRAMIENTO -

-

-

-

3.2 zapatas en concreto 3000 PSI, 0,40x1,0x1,0m

m3 606.599,50

2,40

1,60

1.455.839

970.559

4 ACABADOS Y PINTURA

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- - - -

4.1 Pintura en vinilo para muros interiores y exteriores 2 manos

m2 14.034,00

1.503,00

1.164,00

21.093.102

16.335.576

5 OBRAS ELECTRICAS -

-

-

-

6.12

suministro e instalación de video proyector marca epson, incluye soporte de fijación para el video proyector y telón manual de 234x177 cm 3.500.000,00

1,00

-

3.500.000

-

6.13 Suministro e instalación de sanitario, incluye griferías 209.650,00

6,00

5,00

1.257.900

1.048.250

6.18

Luminaria de panel circular LED de incrustar luz blanca 16w luz blanca, carcasa de metal con pintura electroestática blanca 49.980,00

17,00

15,00

849.660

749.700

43.233.706

31.961.908

Administración 0,22

9.511.415,28

7.031.620

Utilidad 0,05

2.161.685,29

1.598.095

Costo total 54.906.806

40.591.623

126.218.684

93.169.234

33.049.451

-

Fuente Actas de Visita firmadas por Profesional Universitario de la Secretaría de Planeación Elaboro: Ángela María Duque Agudelo-Profesional Universitaria

Nota 1-. En el acta 3 N°03 y final en el ítem 6 “OTRAS OBRAS ADICIONALES,

aparece el pago del ítem 6.12 Suministro e instalación de video proyector marca

Epson, incluye soporte de fijación para el video proyector y telón manual de

234x177cm,. en la visita a la Casa de Mujer se verifico el suministro del proyector

(ver registro fotográfico), y se le solicitó al almacenista del municipio el registro en

cartera de dicho proyector con placas 4177.

Según el listado que se anexa de los bienes muebles que aparecen en la cartera

de la Casa de La mujer el único proyector que aparece es el que tiene placas 4177

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50

y que tiene una fecha de compra del 25/09/2014, lo que evidencia que bajo este

contrato no se suministró ningún proyector.

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51

En resumen, en el contrato LP-086-2018, se encuentra un presunto detrimento patrimonial por un valor de $48.918.091. Dado que el contratista realizo un abono por un valor de $2.041.712,16 como primera cuato a un acuerdo de pago por un valor de $12.250.273 (valor que no corresponde al total del detrimento) soportado con el recibo de consignación de Bancolombia N° 93100077330, a la cuenta 83164236822 y recibo de caja 0000010840 del 09/12/2019 el presunto

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52

daño patrimonial sera de por un valor $46.876.378,84 de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000, discriminado así:

a) Sobre Costos en APU $15.868.640

b) Diferencias entre Cantidades

pagadas vs. ejecutadas

$33.049.451

Beneficio auditor Respaldado con recibo de

consignación a la cuenta

83164236822 y recibo de caja

Número 0000010840 del

09/12/2019

2.041.712,16

TOTAL $46.876.378,84

8. Realizada la visita al lugar de ejecución de las obras del contrato SAMC079-2018 cuyo objeto es” Mantenimiento del coliseo municipal y placa polideportiva de Zungo, embarcadero del municipio de Carepa” por un valor de $78.862.354, (Liquidado) se encontraron diferencias de las cantidades ejecutadas vs cantidades pagadas. De acuerdo a lo anterior, el pago de estas diferencias por un valor de $3.723.590 se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000. Además, que el interventor haya aprobado el pago de estas obras evidencia una deficiente labor de interventoría, el cual no verificó las cantidades presentadas por el contratista; inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 2011; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley 734 de 2002. (F)

ITEM

DESCRIPCION

unidad Vr unit cant pag. cant. Ejec vr pagado vr ejec

2.2

Plnatilla en concreto de 3000PSI EXP 0,07 para construcción m3 52.785

375

341

19.808.627

17.999.685

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53

ITEM

DESCRIPCION

unidad Vr unit cant pag. cant. Ejec vr pagado vr ejec

de andenes

4.2

Suministro e instalación de malla eslabonada, incluye tubo galvanizado m2 60.372

73

64

4.407.156

3.834.226

4.4

concreto para zapatas 1,0x1,0m e=25 cm m3 398.000

2

-

597.000

-

SUBTOTAL 24.812.783

21.833.911

ADMINISTRACION 20%

4.962.557

4.366.782

UTILIDAD 5% 1.240.639

1.091.696

COSTO TOTAL 31.015.979

27.292.388

DIFERENCIA 3.723.590

Fuente: acta de visita firmadas por el profesional universitario de la Secretaria de Planeación del Municipio de Carepa Elaboro: Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

2.1.1.1.2. Prestación de Servicios De un universo de 59 contratos de prestación de servicios se auditaron 16; por

valor de $ 2.990.123.857, equivalente al 54,78% del valor total contratado en esta

tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en

la matriz de evaluación de la gestión fiscal.; con el siguiente resultado:

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54

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

9. Revisadas las actividades realizadas en desarrollo del objeto contractual del

Contrato de Prestación de Servicios 035, celebrado con MARKETING

WORLD CREATIVE SAS, por la suma de $258.600.000, cuyo objeto es:

“ADELANTAR ACCIONES DE FORTALECIMIENTO DE LAS HERRAMIENTAS Y MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA DE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES Y SOCIALES PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL

(PROMOTORES COMUNITARIOS PARA LA PARTICIPACIÓN Y LA TRANSPARENCIA) DEL MUNICIPIO”

Se puede observar que existen los documentos contractuales requeridos

por las normas de contratación estatal en Colombia. Sin embargo, en lo

concerniente a las herramientas y mecanismos de participación ciudadana

no se tienen estudios iniciales del estado de desarrollo de estas y los logros

alcanzados por el cumplimiento de este contrato, no se aplican indicadores

que permitan medir el grado de efectividad en la inversión de estos recursos

y de establecer el nivel de funcionamiento y aplicación de los

procedimientos, los procesos y los resultados obtenidos de las actividades.

“Los indicadores deben controlar el cumplimiento de los objetivos, metas y

misión, proteger los recursos de la organización, prevenir errores y su

reincidencia, establecer desviaciones y adoptar medidas correctivas,

monitorear los procesos de gerencia y planeación, identificar las causas de

las desviaciones y verificar el cumplimiento de las políticas y

procedimientos”

Lo anterior inobservando contenidos de la Ley 87 de 1993 y el Decreto 1537 de

2001, sobre Control Interno. (A)

10. Revisada la formulación, ejecución y aplicación del Contrato de Prestación

de Servicios 039-2018, celebrado con la Corporación para el Desarrollo

Social Comunitario del Darién, por la suma de $146.700.000, cuyo objeto

es:

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55

“REALIZAR ACCIONES DE PROMOCIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN DE

LOS SECTORES SOCIALES DEL MUNICIPIO DE CAREPA EN LA

EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ORIENTADO A LOS

RESULTADOS”.

En el resumen de las actividades a contratar en lo que lo que refiere al recurso

humano se contienen profesionales en áreas económicas, administrativas,

financieras o sociales en una cantidad de 9.

Se contienen 9 técnicos o tecnólogos en áreas económicas, administrativas,

financieras o sociales, así como 3 bachilleres. De los cuales en los documentos

aportados en la ejecución de este contrato no se aportaron documentos

soportes de su participación.

Lo anterior de no demostrarse puede generar modificaciones en los valores

calculados en el contrato y presume una afectación al erario público y un

incumplimiento a los principios en las actuaciones contractuales de las

entidades estatales contenidos en el artículo 23 de la Ley 80 de 1993. (D)

11. La Administración Municipal de Carepa, celebro contratos de capacitación

en la vigencia 2018, como el Contrato SAMC064-2018, celebrado con

Globalsystemas, para la capacitación de los servidores públicos. Al verificar

y analizar este contrato, encontramos que la Entidad no posee el Plan

de Capacitación y Desarrollo de Recursos Humanos, como instrumento que

determinante de las prioridades de capacitación de los colaboradores

dentro de un proceso educacional de carácter estratégico aplicado

de manera organizada y sistémica, mediante el cual el personal pueda

adquirir o desarrollar conocimientos y habilidades específicas relativas al

trabajo.

Inaplicando con lo anterior los contenidos del artículo 65 y 66 del Decreto1227

de abril 21/2005, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el

Decreto – ley 1567 de 1998. (A)

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56

12. La Administración Municipal celebro en la vigencia 2018, el Contrato de

Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo 002-2018, por la suma de

$80.000.000, por 10 meses pagaderos mensualmente en la suma de

$8.000.00, con DIANA CAROLINA RAMIREZ ALVAREZ, cuyo objeto es:

“PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS

PARA ADELANTAR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DEL MUNICIPIO

DE CAREPA”.

Si bien en desarrollo de este contrato se cumplió con su objeto contractual,

se pudo establecer que el valor del mismo de $80.000.000, adicionado en

$12.000.000, fue ejecutado realmente por $92.000.000 supera la

remuneración recibida por el Alcalde en esta vigencia 2018, la cual

asciende sumados todos sus factores salariales (parágrafo 3°, artículo 1,

decreto 2785-2011) en dicha vigencia a la suma de $89.497.625,

equivalente a $7.458.135 mensuales, frente a $9.200.000 mensuales del

contratista.

También celebro el Contrato 003-2018, con MYM ABOGADOS SAS, por la

suma de $78.504.894, para ser ejecutado en 6 meses y cuyo objeto es.

“PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS PARA APOYAR LA GESTIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA Y APOYAR LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DEL MUNICIPIO DE CAREPA”

En este contrato se presenta igualmente una remuneración mensual de

$13.084.149, superior a la del Alcalde $7.458.135

Lo anterior incumple los contenidos del Decreto 1785 de 2011, que en su

artículo 1°, modificó el artículo 4° del Decreto 1737 de 1998 modificado por

el artículo 2° del Decreto 2209 de 1998. (D)

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57

2.1.1.1.3. Suministros De un universo de 39 contratos de suministros se auditaron 25; por valor de

$5.837.023.844, equivalente al 94,29% del valor total contratado en esta tipología,

de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz

de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

13. Se evidencio en el contrato No. SAMC042-2018 el cual tenía por objeto

“Intervención de la población en prevención y atención de desastres

focalizada por la SAMA a través de asistencia técnica, la actualización del

plan municipal de gestión del riesgo y la implementación del mismo” por

valor inicial de $109.274.252, el cual fue modificado mediante otro si el 8 de

junio de 2018 por medio del cual se realizó adición al contrato por valor de $

54.637.126 y se reforma el objeto contractual inicial, toda vez que se

incorporan elementos no contemplados y los cuales no corresponden al

contrato, tales como: extracción de bomba existente, suministro bomba

nueva, suministro de arrancador y protección con guardamotor, suministro

de acometida de cable STC 3x6, suministro de medidor, mano de obra

calificada, entre otros. Dicha modificación debió surtirse por medio de un

contrato adicional, por ser un nuevo objeto. Dicha actuación de la

administración de Carepa se encuentra en contravía del pronunciamiento

de la corte constitucional sentencia C-300 de 2012 M.P. JORGE IGNACIO

PRETELT CHALJUB (D)

14. Revisado el Contrato de Suministros LP 026 de 2018, cuyo objeto es:

SUMINISTRO DE VÍVERES PARA EL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN

ESCOLAR PAE A TRAVÉS DEL CUAL SE BRINDA UN COMPLEMENTO

ALIMENTARIO A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA

MATRICULA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE CAREPA MEDIANTE EL

CONVENIO 2017AS390089, si bien se encontró en diálogo con los

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58

educadores y personas encargadas de procesar los alimentos y

visualmente se observó que estos presentan buen estado y cumplen con

las especificaciones y medidas sanitarias. No se puede decir lo mismo de

los restaurantes escolares, que se encuentran en mal estado y su

infraestructura locativa no cumple con las medidas sanitarias y de dotación

como se pudo establecer en los diferentes colegios visitados, donde no se

cumple con el contenido de los artículos 172 y 173 de la Ley 9 de 1979, y

los artículos 6 y 32 de la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y

Protección Social. (D)

2.1.1.1.4. Consultoría u otros Contratos De un universo de 5 contratos de consultoría u otros se auditaron 3; por valor de $574.613.042, equivalente al 79,19% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

15. Revisada el contrato de obra N° 004 de 2018, cuyo objeto es “Suministro de

dotación de mobiliarios de los edificios públicos afectados por actos

vandálicos” por un valor inicial de $164.639.551 y una adición de

$62.638.434 para un total del valor del contrato de $227.639.551, se

encuentra:

a. Dentro de la propuesta económica presentada por el contratista se

encuentras las siguientes actividades:

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD VR. UNITARIO VR TOTAL

1 Suministro de colchonetas un 149

33.400 4.976.600

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ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD VR. UNITARIO VR TOTAL

2

Suministro de alimentación por 10 días (incluye desayuno, almuerzo, cena e hidratación) un

4.470

13.333 59.598.510

IVA COLCHONETAS 19,0% 945.554

IVA ALIMENTACION 8,0% 4.767.881

SUBTOTAL 70.288.545

OTROSI N° 001

1

Suministro de alimentación por 10 dias (incluye desayuno, almuerzo, cena e hidratación) un

4.350

13.333 57.998.550

IVA ALIMENTACION

0,08 4.639.884

SUBTOTAL 62.638.434

Fuente: Gestión Transparente y Expediente Físico

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- PU

PAGADOS DE LA SIGUIENTE MANERA

ACTA 1

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD VR. UNITARIO VR TOTAL

1 Suministro de colchonetas un 149

33.400 4.976.600

2

Suministro de alimentación por 10 dias (incluye desayuno, almuerzo, cena e hidratación) un

6.470

13.333 86.264.510

IVA COLCHONETAS 19,0% 945.554

IVA ALIMENTACION 8,0% 6.901.161

SUBTOTAL 99.087.825

ACTA 2

OTROSI N° 001

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1

Suministro de alimentación por 10 días (incluye desayuno, almuerzo, cena e hidratación) un

2.350

13.333 31.332.550

IVA ALIMENTACION

0,08 2.506.604

SUBTOTAL 33.839.154 Fuente: Gestión Transparente y Expediente Físico

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- PU

En el decreta, de la urgencia manifiesto no se hace mención de las

actividades a suplir esta necesidad.

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En los estudios previos tampoco se menciona nada relacionado que

justifique la inclusión de estos ítems en el contrato, teniendo en cuenta que

es muy relevante ya que estos ítems corresponden al 58% del valor del

contrato.

No hay APU donde se discrimine que incluye cada alimentación ya que se

le da un valor igual a cada uno de las alimentaciones (desayuno, almuerzo,

cena) inobservando el numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.1.1, del decreto 1082

de 2015

No hay soportes, ni registros ni ningún documento donde se evidencie la

ejecución de dichas actividades.

Lo anterior se considera como un presunto detrimento patrimonial por un valor de $117.597.060 de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000. Además, que el interventor haya aprobado el pago de estas actividades evidencia una deficiente labor de interventoría, el cual no verificó que existieran soportes o registros de dichas actividades inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 2011; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley 734 de 2002. (D)(F)

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16. Realizada visita y revisión de las obras del contrato COP N°005 de 2018,

cuyo objeto es “Obras de reparación y adecuación de los edificios públicos

afectados por actos vandálicos” por un valor de $159.956.057, se encontró:

a. Diferencias entre las cantidades de obra ejecutadas vs pagadas, por un valor de $2.340.249,60 se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000. Además, que el interventor haya aprobado el pago de estas obras evidencia una deficiente labor de interventoría, el cual no verificó las cantidades presentadas por el contratista; inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 2011; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la ley 734 de 2002.

ITEMS DESCRIPCION

UN VR UNIT

CANT PAG.

VR PAGADO

CANT MEDIDA VR EJEC DIFERENCIA

3.5

Suministro e instalación de cielo falso en drywall

m2

76.800,00

119

9.139.200

95,56

7.339.008,00

1.800.192,00

SUBTOTAL

1.800.192,00

ADMINISTRACION

24%

432.046,08

UTILIDAD

6% 108.011,52

TOTAL

2.340.249,60

Fuente: Actas de visita firmadas por Profesional Universitario de la Secretaria de Planeación del Municipio de Carepa Elaboro: Angela María Duque Agudelo – Profesional Universitaria

b. Revisados los precios unitarios de la propuesta del contratista del

denominados: 3.5 “Suministro e instalación de cielo falso en drywall” y 2.2

“Suministro de vidrios para ventanas”, se evidencian sobrecostos en estos

ítems pero no se puede relacionar a que están asociados toda vez que en

la entidad, no existen los APU presentados por el contratista (Certificación

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expedida por el Secretario de Planeación), por valor de $9.757.626,2

determinado de la siguiente manera:

La contraloría General de Antioquia hace el siguiente estudio de mercado considerando los costos de los materiales de acuerdo a las cotizaciones solicitadas en establecimientos comerciales del municipio de Carepa.

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Fuente: Cotización solicitada en el Municipio de Carepa

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Fuente: Cotización solicitada en el Municipio de Carepa

Se hace el siguiente análisis de precios unitarios por el equipo auditor

ITEM 4.1 Suministro e instalación de cielo raso en drywall incluye estructura

de soporte en aluminio

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DESCRIPCION CANT TIPO TARIFA/dia RENDIMIENTO

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 609

andamio 2 833 1 1.666

can 4 289 1 1.156

rueda para andamio 4 728 1 2.912

SUBTOTAL 6.343

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

Masilla acrílica para interiores en drywall UN. 38.000 0,056 2.128

ángulo perimetral M 2.300 0,847 1.948

lija de agua UN. 1.144 1 1.144

perfil vertical paral 39 UN. 3.500 0,62 2.170

perfil omega 63 UN. 3.900 1 3.900

placa de drywall 1,22x2,44x12,7mm (1/2") UN. 23.500 0,37 8.695

tornillo para placa 1" UN. 30 10,5 315

Tornillo extraplano UN. 30 10 300

cinta de papel de 5cm M 150 4 600

pintura vinilo tipo 1 viniltex GL 52.000 0,04 2.080

tornillo de 7x7/16 UN 30 10 300

ángulo de cuelga M 2.300 0,3 690

SUBTOTAL 24.270

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total

rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87.500 0,087 7.613

Ayudante 30000 22500 52.500 0,087 4.568

SUBTOTAL 12.180

TOTAL COSTO DIRECTO 42.793 Elaboro: Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria

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De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m2 instalación de

cielo falso en drywall de $ 34.007.

En el APU 2.2 “Suministro de vidrios para ventanas no se puede determinar donde

es el sobre costo toda vez que no hay APU para hacer la respectiva verificación.

La contraloría General de Antioquia hace el siguiente estudio de mercado considerando los costos de los materiales de acuerdo a las cotizaciones solicitadas en establecimientos comerciales del municipio de Carepa.

Fuente: cotizaciones solicitadas en el Municipio de Carepa

Se hace el siguiente análisis de precios unitarios por el equipo auditor

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DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA

RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 840

-

SUBTOTAL 840

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

vidrios 4mm m2 30.000 1 30.000

-

SUBTOTAL 30.000

III. TRANSPORTES

Material

vol/peso o cantidad distancia m3-km tarifa VR UNIT

SUBTOTAL -

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50.000

37.500 87.500 0,12 10.500

Ayudante 30.000

22.500 52.500 0,12 6.300

SUBTOTAL 16.800

TOTAL COSTO DIRECTO 47.640 Elaboro: Ángela María Duque Agudelo – Profesional Universitaria

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m2 instalación de

vidrios de $ 29.160.

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ITEMS

DESCRIPCION

UN VR UNIT CONT

VR UNIT AUDIT CANT PAG. VR PAG.

VR A PAGAR AUDI

2.2

Suministro de vidrios para ventanas

m2 86.500,00

47.640,00 89,01 7.699.624,5 4.240.579,3

3.5

Suministro e instalación de cielo falso en drywall

m2 76.800,00

42.793,10 119,00 9.139.200,0 5.092.378,9

16.838.824,5 9.332.958,2

ADMINISTRACION 24%

4.041.317,9 2.239.910,0

UTILIDAD 6% 1.010.329,5 559.977,5

TOTAL 21.890.471,9 12.132.845,7

DIFERENCIA 9.757.626,2

Elaboro: Angela María Duque Agudelo – Profesional Universitaria

De acuerdo a las consideraciones anteriores, el pago de sobrecostos por valor de $9.757.626,2, se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000.

c. En la obra se instalaron pasamanos en acero inoxidable, en la propuesta estaba

incluido el ITEM 2,7 “Suministro de pasamanos en acero” por valor de $224.000

m2, el contratista presenta un nuevo ítem para el pago de estos pasamanos como

se muestra en el acta en el capítulo 7 de “Obras no Previstas” ítem 7.4

“Pasamanos en acero inoxidable bolillo en tubería de 2” + parales en tubería de 1

1/2 con 4 hilos de ¾ (incluye anclajes en muros y demás accesorios para su

correcto funcionamiento” und $570.134, en el expediente no existe ninguna

justificación ni ningún soporte sobre la conveniencia del cambio de valor,

inobservando lo estipulado en el numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del decreto

1082 de 2015, toda vez que no existe APU de ninguno de los dos valores para

hacer el comparativo, incurriendo en una gestión fiscal antieconómica por un valor

de $3.865.425. Además, que el interventor haya aprobado el pago de esas

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actividades sin los soportes necesarios evidencia una deficiente labor de

interventoría, inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley

1474 de 2011; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley

734 de 2002. Teniendo en cuenta que el contratista reembolso 644.238 como

parte de un acuerdo de pago consignado a la cuenta de Bancolombia N°

831642236822 el dia 09/12/2019 y con un recibo de caja N° 0000010841 del

municipio de Carepa, el valor de $3.221.187 se considera como un presunto

detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de

2.000.

d. Dentro de la propuesta económica se encuentran ítems de valor global, para la

reparación del sistema eléctrico por un valor de $23.750.00 este ítem no tiene un

APU donde se pueda evidenciar a que corresponde las sumas establecidas, con la

respuesta el sujeto anexa un listado de lo que incluía este valor, pero allí estaban

la instalación de los aires de acondicionado nuevos que se pagaron por el contrato

004 de 2018, haciendo un doble pago de esta actividad ocasionando una gestión

fiscal antieconómica por un valor de $5.850.000, que se considera como un

presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6

de la ley 610 de 2.000. Además, que el interventor haya aprobado el pago de

esas actividades sin los soportes necesarios evidencia una deficiente labor de

interventoría, inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley

1474 de 2011; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley

734 de 2002.

e. En la ejecución del ítem 3.5 “Suministro e instalación de cielo falso en drywall”

se observa que no se ejecutó con las especificaciones técnicas ni si se utilizó el

sistema constructivo adecuado para dar un buen acabado toda vez que el cielo se

encuentra con partes sin realizar dejando unos espacios al descubierto y otros con

humedades como se observa en el registro fotográfico, lo anterior evidencia una

deficiente labor de interventoría, inobservando lo establecido en los artículos 82,

83 y 84 de la ley 1474 de 201

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Fuente: Registro fotográfico en el sitio de las obras Elaboro Angela María Duque Agudelo-PU

En resumen, en el contrato COP N°005 DE 2018, se encuentra un presunto

detrimento patrimonial por un valor de $21.169.062,80 de conformidad con el

Articulo 6 de la Ley 610 del 2000. (D)(F). discriminado así:

a) Diferencias entre cantidades pagadas vs.

ejecutadas

$2.340.249,6

b) Sobre Costos en APU $9.757.626,2

c) Pago de obra con precios diferentes a los

establecidos sin justificación

$3.221.187

d) Pago de obras a precio global, sin

ninguna justificación, evidencias o

soporte

$5.850.000

TOTAL $21.169.062,8

17. Revisado el contrato que se relaciona, se constató que el mismo fue

modificó mediante Otro Sí Nro. 001 de 18 de diciembre de 2018, donde se

observó lo siguiente: (D)(F)

CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO

CONTRATACIÓN

OBJETO CONTRATO

108 -2018 del 22/10/2018

$368.802.417,00 SOLUCIONES CON VISIÓN JOMAR S.A.S

Licitación

SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS AMBIENTALES ESTRUCTURALES Y NO ESTRUCTURALES PARA LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD Y LOS SERVICIOS ECOSISTEMÁTICOS EN LA CUENCA DEL RIO CAREPA

Fuente: Sistema de Gestión Transparente.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Revisada la estructura de costos del contrato, se observó que se incluyó como

parte del costo del contrato la Rete-fuente 11%, con un valor $34.090.980,

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gravamen este, que, de acuerdo con el Estatuto Tributario, esta obligación le

corresponde al contribuyente y no puede ser tenida en cuenta dentro de la

estructura de los gastos del contrato, por lo cual se puede configurar en un posible

detrimento patrimonial por valor de $34.090.980, de conformidad con el Articulo 6

de la Ley 610 del 2000.

Fuente: Otrosí Nro. 1

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Además de la anterior, se observó que algunas actividades contractuales fueron

modificados sus precios a un costo mayor sin ninguna justificación, lo cual se

puede configurar en un posible detrimento patrimonial por valor de $17. 205.372;

así:

Precio contractual

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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Fuente: Otrosí Nro. 1 y propuesta técnico económica presentada por el contratista.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Precio modificado con el Otro sí Nro. 01

Fuente: Otrosí Nro. 1 y propuesta técnico económica presentada por el contratista.

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El precio contractual de esta actividad fue modificado mediante el Otro Sí Nro. 001 de 18 de diciembre de 2018; aumentando su precio sin justificación al pasar de $32.450.987 a un valor $39.656.359, presentando un incremento de $7.205.372, lo cual se puede configurar en un posible detrimento patrimonial por valor de $7.205.372, de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000. Precio contractual

Fuente: Otrosí Nro. 1 y propuesta técnico económica presentada por el contratista.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Precio modificado con el Otro sí Nro. 01

Fuente: Otrosí Nro. 1 y propuesta técnico económica presentada por el contratista.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El precio contractual de esta actividad fue modificado mediante Otro Sí Nro. 001 de 18 de diciembre de 2018; aumentando su precio sin justificación al pasar de un valor de $15.000.000 a un valor de $25.000.000, presentando un incremento por $10.000.000, lo cual se puede configurar en un posible detrimento patrimonial por valor de $10.000.000, de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000.

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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Precio contractual

Fuente: Otrosí Nro. 1 y propuesta técnico económica presentada por el contratista.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Precio modificado con el Otro sí Nro. 01

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Fuente: Otrosí Nro. 1 y propuesta técnico económica presentada por el contratista.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El precio contractual de esta actividad fue modificado mediante Otro Sí Nro. 001 de 18 de diciembre de 2018; aumentando su precio y aumentando las cantidades de algunos elementos sin justificación técnica e incorporando actividades que se salen de la realidad como es el caso de 2500 viajes de transporte de material vegetal, al pasar de un valor de $25.000.000 a un valor de $32.000.000, presentando un incremento por $7.000.000, lo cual se puede configurar en un posible detrimento patrimonial por valor de $7.000.000, de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000. De la anterior se determina que el valor total del posible detrimento patrimonial asciende a la $58.296.352, de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000.

Actividad Posible detrimento patrimonial

Rete-fuente 11%, $34.090.980,

Implementar un estrategia comunicacional etc.

$7.205.372

Construcción de perfiles para iniciativas comunitarias

$10.000.000

Suministro de materiales e insumos $7.000.000

Total posible detrimento patrimonial $58.296.352

2.1.1.1.5. Interventoría De un universo de 2 contratos de interventoría, ninguno fue auditado, por lo que

no surgieron hallazgos en esta tipología.

2.1.1.1.6. Régimen Especial.

De un universo de 7 contratos de Régimen especial se auditó 1; por valor de

$327.191.000, equivalente al 13,66% del valor total contratado en esta tipología,

de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz

de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

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HALLAZGOS

(Cifras en pesos)

18. Revisado el expediente del contrato CONV066-2018,(EN ejecución) cuyo

objeto es “Interventoría técnica, administrativa y financiera para las

diferentes obras de infraestructura a desarrollarse en el Municipio de

Carepa - Departamento de Antioquia” por un valor de $327.191.000, se

encuentra en la justificación de la modalidad de selección del contratista. El

sujeto de control lo hace de la siguiente manera: (D)

“3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA, INCLUYENDO

LOS FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN SU SELECCIÓN.

El numeral 3° del artículo 32° de la ley 80 de 1983 define los contratos de

prestación de servicios en los siguientes términos” Contrato de prestación de

servicios: Son contratos de prestación de servicios los que celebren las

entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la

administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos solo podrán

celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no pueden

realizarse con personal de planta o requieren conocimientos especializados.

En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones

sociales y se celebraran por el termino estrictamente indispensable”

Adicionalmente a lo anterior el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015

define los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la

gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo puedan

encomendarse a determinadas personas naturales, en los siguientes términos:

“Artículo 2.2.1.2.1.4.9. Contratos de prestación de servicios profesionales y de

apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden

encomendarse a determinadas personas naturales. Las Entidades Estatales

pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica

que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la

Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con

el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal

haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto

debe dejar constancia escrita.

Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de

naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del

cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal, así como los relacionados

con actividades operativas, logísticas, o asistenciales.

La Entidad Estatal, para la contratación de trabajos artísticos que solamente

puedan encomendarse a determinadas personas naturales, debe justificar esta

situación en los estudios y documentos previos.

En este caso y por tratarse de un contrato de prestación de servicios

profesionales conforme al literal H, numeral 4° del artículo 2° de la ley 1150 de

2007, la modalidad de selección a utilizar es la CONTRATACIÓN DIRECTA,

para lo cual la entidad podrá contratar directamente con la persona natural o

jurídica que este en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya

demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de

que se trate, sin que sea necesario que haya obtenido previamente varias

ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita.”

En lo anterior se encuentra que se está justificando un contrato de prestación

de servicios y de apoyo a la gestión y para el caso el proceso de selección del

contrato es un convenio interadministrativo como se muestra en la minuta.

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Además, como lo dice el numeral citado “Los servicios profesionales y de apoyo a

la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de

consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad

Estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o

asistenciales.

Además en el numeral 2º, del articulo 32° de la ley 80 se establece

2o. Contrato de consultoría (Reglamentado por el Decreto Nacional 2326 de 1995)

Son contratos de consultoría los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión.

Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.

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Además, se inobservo el parágrafo segundo del numeral 1º del artículo 32° de la ley 80 de 1993 que establece” En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación públicos, la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista, quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto.

Y de acuerdo a los estudios previos con este contrato se harán las interventorías a

los siguientes contratos

Que corresponden a las Licitaciones LP078.2018, LP080-2018, LP073-2018,

LP086-2018 y LP098-2018

Con lo anterior, se inobservo el parágrafo segundo del numeral 1º del artículo 32° de la ley 80 de 1993 que establece” En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación pública, la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y

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del contratista, quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto.

b. En los estudios previos en la garantía para la calidad de servicio se pidió:

Inobservando lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.15 del decreto 1082 de 2015.

2.1.1.2. Legalidad Como resultado de la auditoría adelantada, la legalidad obtuvo un puntaje de 98.02 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

6. LEGALIDAD ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

19. En la revisión y análisis de la contratación realizada por la Administración

Municipal del municipio de Carepa, durante la vigencia 2018, se pudo

establecer que la publicación de los siguientes contratos se realizó con

posterioridad a la celebración de los contratos. Incumpliendo con lo anterior

el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. . Publicidad en el SECOP del Decreto 1082 de

2015. (A)

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CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

OBJETO CONTRATO

OBSERVACION

002-2018 80.000.000 DIANA CAROLINA RAMIREZ A.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

PROFESIONALES

ESPECIALIZADOS PARA

ADELANTAR LA

REPRESENTACIÓN JUDICIAL

DEL MUNICIPIO DE CAREPA

El contrato se firmó el 2 de enero de 2018 y se publicó en el SECOP el 22 de enero de 2018

Fuente: SECOP Elaboró: Roberto Jaime Zapata – P.U.

20. Si bien la Administración Municipal de Carepa ha realizado los estudios

previos de sus contratos, en estos no se cumplen en su contenido los

objetivos para los cuales fueron creados como herramientas planificadoras

en la Administración Pública Colombiana.

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, en sentencia de 31 de agosto de 2006, Radicación R- 7664, refiriéndose al principio de planeación en la contratación estatal, plantea: “…Al respecto conviene reiterar que en materia contractual las entidades oficiales están obligadas a respetar y a cumplir el principio de planeación en virtud del cual resulta indispensable la elaboración previa de estudios y análisis suficientemente serios y completos, antes de iniciar un procedimiento de selección”.

La no existencia de estudios previos completos además genera un incumplimiento del manual de Contratación de la entidad. Resolución Nº 1962 (30 de julio de 2014). Por el cual se expide el Manual de Contratación para el Municipio de Carepa. (A)

21. Revisados los Informes presentados como resultado de las acciones de

supervisión en la verificación del cumplimiento del objeto contractual de los

contratos celebrados por la Administración Municipal de Carepa en la

vigencia 2018, se pudo evidenciar que estos si bien existen, su contenido

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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no tiene la suficiente información que permita que estos demuestren la

ejecución de dicho objeto contractual. Estas labores de supervisión se

contienen de forma muy superficial, ya que únicamente enuncia las labores

presentadas en forma sucinta por parte del contratista. No se cumple entre

otras con el objeto de la supervisión de un contrato estatal, la cual consiste

en “el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico

que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercido por la misma

entidad estatal cuando no se requieren conocimientos especializados”. Esta

situación contraviene el artículo 4 de la ley 80 de 1993 y el artículo 83 de la

Ley 1474 de 2011. (A)

22. Actualización Catastral: revisada la actualización catastral del municipio de

Carepa, encontramos que la misma no se realiza tanto en el área urbana

como rural, desde la vigencia 2012. Que permita la renovación del censo o

inventario de los predios públicos y privados del municipio registrando los

cambios en la información jurídica (propietarios y/o tenedores), física

(cambio de área, anexos, conservación) y económica (avaluó catastral) de

los predios. Constituye una importante fuente de ingresos corrientes de los

municipios. Además, el impuesto predial se ha convertido en parámetro

básico de la descentralización fiscal, debido a que su comportamiento

determina la distribución de la gestión adicional del IVA a los municipios

menores de 100.000 habitantes.

Incumpliendo con lo anterior el Articulo 97 de la Resolución 0070 de 2011 del

IGAC, La cual establece además que el catastro municipal se debe actualizar cada

5 años. (D)

23. Revisados los procesos contractuales que se relacionan se observó que en

algunos estudios previos y en los papeles de trabajo que son el soporte

para elaborar el pliego de condiciones y el contrato; no contienen la

justificación del valor del contrato estimado mediante los análisis de precios

unitarios (APU), así mismo, no se exige a los contratistas la presentación de

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los APU y/o la conformación y justificación del porcentaje de los gastos de

Administración, Utilidades e Imprevistos - AIU; incumpliendo con lo

estipulado en el numeral 4 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de

2015. (D)

CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓ

N

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

SAMC046-2018

$148.362.953,00 SOLUCIONES

BEDOYA CORREA S.A.S.

Selección Abreviada

Obra Publica

ADECUACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SALA DE PARTOS DEL HOSPITAL FRANCISCO LUIS JIMENEZ MARTINEZ DEL MUNICIPIO DE CAREPA - ANTIOQUIA

SAMC038-2018

$252.672.217,00 ASESORAR LTDA Selección Abreviada

Obra Publica MANTENIMIENTO DE VÍAS EN EL MUNICIPIO DE CAREPA ANTIOQUIA

LP080-2018 $929.659.938,00 CONSORCIO

ACUEDUCTO 6 Y C Licitación Obra Publica

AMPLIACIÓN, REPOSICIÓN DE REDES ACUEDUCTO Y OPTIMIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE POTABILIZACIÓN DE AGUA DE LAS VEREDAS CAREPITA PROMEXCOL QUE TAMBIÉN ABASTECE A LA VEREDA LAS TRESCIENTAS Y DE LA VEREDA UNIÓN 15 QUE TAMBIÉN ABASTECE A LA VEREDA LAS FLORES DEL MUNICIPIO DE CAREPA-DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.

SAMC107-

2018 $54.925.457

DSH

CONSTRUCTORA

S.A.S.

Selección

Abreviada Obra Publica

ADECUACIÓN DE

RESTAURANTE ESCOLAR

Y UNIDAD SANITARIA DE

LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA LUIS CARLOS

GALÁN, SEDE LOS

ROBLES Y ACAIDANA Y

MANTENIMIENTO CDI EL

JARDÍN

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CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓ

N

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

SAMC079-

2018 $78.862.453

CONFE -

ASISTENCIAS S.A.S.

Selección

Abreviada Obra Publica

MANTENIMIENTO DEL

COLISEO MUNICIPAL Y

PLACA POLIDEPORTIVA

DE ZUNGO

EMBARCADERO DEL

MUNICIPIO DE CAREPA

SAMC061-

2018 $154.919.770

CONSORCIO VIAS

CAREPA 2018

Selección

Abreviada Obra Publica

REPARACIÓN DE

PAVIMENTO EN VÍAS

URBANAS EN EL

MUNICIPIO DE CAREPA-

ANTIOQUIA

LP086-2018 $464.913.602

GRUPO

EMPRESARIAL

SILVAPAL S.A.S.

Licitación Obra Publica

ADECUACIÓN,

MANTENIMIENTO Y

CERRAMIENTO DEL CREM

Y CASA DE LA MUJER DEL

MUNICIPIO DE CAREPA

DEPARTAMENTO DE

ANTIOQUIA

LP073-2018 $528.191.303 GLOBALSYSTEMAS

S.A.S. Licitación Obra Publica

CONSTRUCCIÓN DE

REDES HIDROSANITARIAS

Y URBANISMO EN EL

BARRIO SAN MARINO Y

PAPAGAYO DEL

MUNICIPIO DE CAREPA

ANTIOQUIA

LP098-2018 $929.899.954

JOSÉ MIGUEL

CUÉLLAR

BOBADILLA

Licitación Obra Publica

CONSTRUCCIÓN PARQUE

BARRIO GAITAN Y

PARQUE CORREGIMIENTO

DE ZUNGO

EMBARCADERO BARRIO

PUEBLO NUEVO DEL

MUNICIPIO DE CAREPA

DEPARTAMENTO DE

ANTIOQUIA

LP078-2018 $2.017.489.182

JOSÉ MIGUEL

CUÉLLAR

BOBADILLA

Licitación Obra Publica

CONSTRUCCIÓN PRIMERA

ETAPA I.E. RURAL LA

PROVINCIA SEDE PLAYÓN

DEL MUNICIPIO DE

CAREPA DEPARTAMENTO

DE ANTIOQUIA

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Fuente: Propuestas técnico – económicas.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U y Ángela María Duque Agudelo PU

2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual Como resultado de la auditoría adelantada, la Rendición y Revisión de la Cuenta obtuvo un puntaje de 94,75 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

7 RENDICIÓN Y REVISIÓN DE LA CUENTA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

2.1.2 Control Fiscal Interno Como resultado de la auditoría adelantada, el Control Fiscal Interno obtuvo un puntaje de 90,46 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

8 CONTROL FISCAL INTERNO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

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HALLAZGOS (Cifras en pesos)

24. Control de Vehículos y Combustibles: Revisados los controles que la

administración posee sobre los vehículos de la entidad, tanto en el gasto de combustibles como en su correspondiente mantenimiento, se encontró que no existen establecidos mecanismos actualizados de verificación y análisis que permitan obtener una relación costo beneficio de los mismos, no se manejan estadísticas y mecanismos de control preventivo; no existe un plan de mantenimiento eficiente frente a la responsabilidad que tiene la Entidad para lograr en los vehículos garantizar su seguridad. El estado de conservación de los vehículos es deficiente, presentan deficiencias tanto mecánicas como en su aseo. Ejemplo de lo anterior lo constituye el Contrato de suministro 142 de 2017, donde no se especifica el gasto de combustible por cada uno de los vehículos, ya que los recibos de llenado de combustible no especifican placa de los vehículos ni kilometraje recorrido.

Lo anterior denota falencias en el cumplimiento de las normas relativas al control

interno Ley 87 de 1993 y decreto 1537 de 2001. (A).

2.1.3. Gestión Ambiental Este componente no fue objeto de evaluación en la presente Auditoría.

2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual.

Como resultado de la Auditoría adelantada, la Rendición de Cuentas Anual de la Administración Municipal de Carepa con plazo al 28 de febrero del 2019 de acuerdo con lo establecido en la Resolución Interna 0389 de 30 de enero 2019, de la Contraloría General de Antioquia, se encontró que la Entidad cumplió con lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Resolución en mención. 2.2 CONTROL FINANCIERO Como resultado de la auditoría adelantada al componente de Control Financiero, se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría:

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2.2.1. Factor Estados Contables Como resultado de la auditoría adelantada a los estados contables se obtuvo un puntaje de 0 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación, arrojando como concepto de Opinión: adversa o negativa.

10 ESTADOS CONTABLES ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

HALLAZGOS

(Cifras en pesos)

25. Al cotejar los saldos revelados en las cuentas 1384 otras cuentas por

pagar, 138416- Enajenación de activos por valor de $ 402.806.817, 138435-

Intereses de mora $ 319.701.845 y 138490- Otras cuentas por cobrar,

$41.398.330, no se tubo soporte para cotejar la cifra registrada en el

balance, presentando incertidumbre por el total de las cifras $763.906.992,

desatendiendo la resolución 357 de 2008 numerales 3.1, 3.7, 3.8, 3.16 y

3.19, y el instructivo 003 de diciembre de 2017, numeral 1.2.1, 1.2.2 es

observación viene de la vigencia anterior con tipificación Administrativa,

Incumpliendo el artículo 355 de la ley 1819 de 2016 y la resolución 107 del

2017 de la Contaduría General de la Republica. (A)

26.

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Código Concepto Saldo

138416 Enajenación de Activos 402.806.817

138435 Intereses de Mora 319.705.845

1338490 Otras Cuentas por Cobrar 41.398.330

Total 763.906.992

Fuente: Libro Mayor. Elaboro: Marelbi Verbel Peña, CA – Contadora.

27. La entidad no cuenta con inventario físico actualizado, la depreciación se

viene haciendo de forma global en una hoja de cálculo Excel, el módulo de

almacén no está alimentado con la información, aunque se cuenta con el

software para el manejo de inventario, durante la vigencia no fue actualizo

Inaplicando la Resolución 357 de 2008 numeral 3.4, 3.6, 3.8, 3.16, 3.19, y

4.1, de diciembre de 2015, numerales 1.2.1, y 1.2.2. (A)

Grupo 16 - Propiedad Planta y Equipo

28. Revisada la cuenta 16 - Propiedad Planta y Equipo, se observan saldo

reflejados en la vigencia por $31.812.232.925, genera incertidumbre y

afecta la razonabilidad de los estados financieros dado que el inventario de

bienes de la entidad no fueron actualizados y el proceso de conciliación del

área contable, denotando falencia en el proceso de insumos de

individualización de bienes, Inaplicando la Resolución 357 de 2008 numeral

3.4, 3.6, 3.8, 3.16, 3.19, y 4.1, de diciembre de 2015, numerales 1.2.1, y

1.2.2. Cabe anotar que esta observación viene de la vigencia anterior. (D)

Grupo 17- Bienes en Uso Publico

29. Revisada la cuenta 17-Bienes en uso Público, se observan saldo reflejados

en la vigencia por $20.169.128.343, genera incertidumbre y afecta la

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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razonabilidad de los estados financieros dado que el inventario de bienes

de la entidad no fue actualizado y el proceso de conciliación del área

contable, los valores no han sido actualizados a precio de mercado no

presentan soportes que respalden dichas cifras, denotando falencia en el

proceso de insumos de individualización de bienes, Inaplicando la

Resolución 357 de 2008 numeral 3.4, 3.6, 3.8, 3.16, 3.19, y 4.1, de

diciembre de 2015, numerales 1.2.1, y 1.2.2. (A)

30. La Cuenta 190903, Depósitos entregados en garantía – embargos

judiciales, se observó la Cuenta bancaria corriente del banco popular No

110-205-02064-7 denominada SGP - Alimentación Escolar, por

$28.134.733, y Cuenta bancaria corriente del banco popular No 110-215-

02006-6 denominada SGP - Propósito General, $90.382.599, presentan

embargo realizado en la vigencia 2016 por Municipios Asociados de Urabá

– MADU, para un total general de $118.517.332, hasta la fecha no se

evidencia acciones administrativas que indiquen que estos recursos sean

devueltos a la entidad Inaplicando el artículo 91 de la ley 715 de 2001, la

recuperación de los recursos de destinación específica, el articulo 10 literal

h y articulo 40 del acuerdo 013 de 2012. Cabe anotar Esta observación vine

de vigencia anterior. (D)

Cuenta Bancaria Concepto Saldo

110-205-02064-7 Banco popular-alimentación Escolar SGP $28.134.733

110-215-02006-6 Banco Popular S G P Propósito General 90.382.599

Total 118.517.332

Fuente: Libro Mayor. Elaboro: Marelbi Verbel Peña, CA - Contadora

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2.2.2 Sistema de Control Interno Contable Mediante Resolución 193 de 2016, la Contaduría General de la Nación adoptó el procedimiento de Control Interno Contable y de reporte del informe anual de Evaluación a la Contaduría General de la Nación. Revisada la rendición de la cuenta y analizada la autoevaluación efectuada por parte del funcionario responsable, se estableció que la ADMINISTRACION MUNICIPAL DE CAREPA, obtuvo un resultado final de 3,81, que la ubica en el rango Adecuado. El equipo auditor conceptúa que, de acuerdo con su evaluación, la Entidad obtuvo una calificación de 3,56, que corresponde a un nivel Adecuado, el cual se soporta en los hallazgos a los estados contables, los cuales afectan la calidad de la información de los estados financieros y registros contables. Resultados de la Evaluación

11. EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO CONTABLE RANGO CALIFICACIÓN

TOTAL

Resultado Final

3,56

MÁXIMO A OBTENER 5 5,0

TOTAL PREGUNTAS 32 32,00

PUNTAJE OBTENIDO

3,56

Porcentaje obtenido

71%

Calificación

Adecuado

Fuente: Resolución 193 de 2016, de la Contaduría General de la Nación. Elaboro: Marelbi Verbel Peña, CA - Contadora

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93

Debilidades del sistema de control interno contable

No hubo actualización de inventarios de Propiedad Planta y Equipo.

No se socializan los manuales de procesos y procedimientos.

No se tubo soporte de Otras Cuentas por Cobrar para cotejar las cifras registradas en el balance.

El módulo de almacén no está alimentado con la información, aunque se cuenta con el software para el manejo de inventario.

No existe Plan de Auditoria interna en el área financiera y contable.

2.2.3. Gestión Presupuestal

Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Presupuestal obtuvo un puntaje de 92,86 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

11. GESTIÓN PRESUPUESTAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor

PRESUPUESTO VIGENCIA 2018

El Presupuesto General de la Administración Municipal de Carepa, fue aprobado mediante acuerdo 021 de 2017, Por Treinta y ocho mil trescientos setenta y cuatro

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

94

millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos trece Pesos M/L ($38.374.353.513). El Presupuesto General de Administración Municipal de Carepa, fue liquidado mediante Decreto 122 del 22 de noviembre 2017, discriminado así: CIERRE PRESUPUESTAL VIGENCIA 2018

ADMINISTRACION MUNICIPAL CAREPA - ANTIOQUIA

VIGENCIA 2018

INGRESOS $55.894.006.156

Ingresos Corrientes $46.466.117.754.

Transferencias $0

Recursos de Capital $9.427.888.402

GASTOS $55.894.006.156

Funcionamiento $9.941.800.220

Servicio de la Deuda $1.768.865.625

Inversión $44.183.340.311 Fuente: Hacienda - Administración de Carepa Elaboro: Marelbi Verbel Peña, Contadora-C.A

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CAREPA

VIGENCIA 2018

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS VALOR $

PRESUPUESTO INICIAL $38.374.353.515

ADICIONES $22.418.422.141

REDUCCIONES $4.299.454.105

PRESUPUESTO DEFINITIVO(1) $55.894.006.156

TOTAL RECAUDOS(2) (A) $51.750.103.110

SALDO POR RECAUDAR $ 4.143.903.046

% EJECUCION DEL RECAUDO (2/1) 92,59%

DÉFICIT Y/O SUPERÁVIT DE LA EJEUCIÓN DE INGRESOS DE LA VIGENCIA

Fuente: Hacienda - ADMINISTRACION de Carepa Elaboro: Marelbi Verbel Peña, Contadora-C.A

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CAREPA VIGENCIA 2018

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE EGRESOS VALOR $

PRESUPUESTO INICIAL $37.944.783.469

ADICIONES $22.227.610.546

REDUCCIONES $4.278.387.859

CRÉDITOS $0

CONTRACRÉDITOS $0

PRESUPUESTO DEFINITIVO(1) $55.894.006.156

RESERVAS (Compromisos-Obligaciones) (2) $5.686.109.271

CUENTAS X PAGAR (Obligaciones-Pagos) (3) $88.091.511

PAGOS(4) $46.823.367.566

TOTAL EJECUTADO (2+3+4) (5) (B) $52.597.568.348

% EJECUCION DEL GASTO (5/1) 94.10%

CIERRE PRESUPUESTAL DE LA VIGENCIA 2018 CON SUPERÁVIT O DÉFICIT (A-B) -$ 847.465.238

Fuente: Hacienda - ADMINISTRACION de Carepa Elaboro: Marelbi Verbel Peña, Contadora-C.A

OTRA INFORMACION PRESUPUESTAL

CONCEPTO VALOR / OTROS

Nit Entidad 890985316-8

Valor Presupuesto Transferido SGP $7.599.934.251

Valor Presupuesto Transferido SGR $6.631.793.647

Valor Presupuesto Recursos Propios $13.573.222.931

Valor Presupuesto de Funcionamiento y/o de Operación c $7.099.981.025

Valor Ejecutado Presupuesto de Inversión $45.892.123.693

Valor Ejecutado Servicio de la Deuda $1.768.865.624

Estado Entidad Vigente

Código CHIP / CGN 214705147 Fuente: Hacienda - ADMINISTRACION de Carepa Elaboro: Marelbi Verbel Peña, Contadora-C.A

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3. OTRAS ACTUACIONES

3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS Durante la presente auditoría no se realizó seguimiento a denuncias 3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR Etapa en la que se generó los beneficios: Respuesta informe preliminar OBSERVACION N°1 (HALLAZGO N°1) Descripción:

Revisado el contrato que se relaciona, en lo referente a la estructura de

costos de conformación de la Administración y Utilidad (AU) presentada

en la propuesta técnico económica del contratista, se observa lo

siguiente:

CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓN

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

LP049-2018 $1.720.742.570,00 CONSORCIO VIAL CAREPA

Licitación Obra Publica

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO RÍGIDO EN EL CASCO URBANO PARA MEJORAR LA CONECTIVIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE CAREPA-ANTIOQUIA

Fuente: Sistema de Gestión Transparente.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El Ítem 11.1 “Póliza de Garantía” presenta un valor de $17.207.494,85 y

confrontado este valor con el valor real de las pólizas del contrato, estas

presentan un valor de

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

97

$5.186.475, generando una diferencia $12.021.019, lo cual se puede configurar

en un posible detrimento patrimonial por valor de $12.021.019, de conformidad

con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000.

Fuente: Propuesta técnico- económica del contratista Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El Ítem 8 “Mantenimiento de equipos” y 8.1 “Cambio de neumáticos, llantas

de bugguie, engrase, aceites, lubricantes, combustibles” por valor de $360.000,

consideramos que estos ítems no hacen parte de la estructura de costos, pues

los mismos están inmersas en los Análisis de Precios Unitarios de las

diferentes actividades. Lo cual se puede configurar en un posible detrimento

patrimonial por valor de $360.000, de conformidad con el Articulo 6 de la Ley

610 del 2000.

Fuente: Propuesta técnico- económica del contratista Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

Lo anterior genera posible detrimento patrimonial total por valor de $12.381.019,

de conformidad con el Articulo 6 de la Ley 610 del 2000. Así:

Actividad Posible detrimento patrimonial

El Ítem 11.1 “Póliza de Garantía” $12.021.019,

El Ítem 8 “Mantenimiento de equipos” $360.000

Total Posible detrimento patrimonial $12.381.019, Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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Es de anotar que la Administración Municipal remitió un Acuerdo de Pago Firmado por el Secretario de Hacienda y el Representante legal del Consorcio Vial Carepa, mediante el cual el contratista se compromete a efectuar la devolución de estos recursos, y nos remite un primer reembolso por $3.000.000, mediante comprobante de pago efectuando en Bancolombia el 10 de diciembre de 2019 a la cuenta Nro. 83164232822 del Municipio de Carepa. Lo cual permitirá realizar un reporte benéfico por valor de $3.000.000. Valor del beneficio: $3.000.000. El beneficio se reportó al Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada mediante Radicado No. 2020300000307 del 15 de enero de 2020 OBSERVACION N°2 (HALLAZGO N°2) Descripción:

Revisado el contrato que se relaciona, en lo referente a la estructura de costos que conforman la Administración y Utilidad (AU) presentada en la propuesta técnico económico del contratista, se observa que siguiente:

CÓDIGO CONTRATO

VALOR CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

PROCESO CONTRATACIÓN

TIPOLOGÍA CONTRATO

OBJETO CONTRATO

SAMC106-2018

$62.818.871,00

VISION PROYECTOS TABARWIL SAS

SELECCIÓN ABREVIADA

Obra Publica

CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTA Y PLACA EN EL PARQUE ACTIVO SALUDABLE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES Y PROMOCIÓN DE LA SALUD EN EL MUNICIPIO DE CAREPA – ANTIOQUIA

Fuente: Sistema de Gestión Transparente.

Elaboró: Edison Monsalve V. P.U

El Ítem 1.01 “Staff de Obra + Prestaciones sociales”. Con un porcentaje

de 5%, dentro de la estructura de costos de la Administración (A), se

considera un doble cobro, debido a que en la conformación de los Análisis

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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de Precios Unitarios – APU, en el ítem mano de obra se incluyen los

salarios y el factor prestacional.

El ítem 1.1 Elaboración manuales de operación y mantenimiento con un

porcentaje 0.10% dentro de la estructura de costos de la Administración (A),

este ítem no aplica, debido a que se constató que no se entregaron

manuales de operación y mantenimiento a la Administración Municipal.

“Impuestos Municipales Retefuente”. Con un porcentaje de 2.0%, tributo

este que de acuerdo Estatuto Tributario esta obligación le corresponde al

contribuyente y no puede ser tenida dentro de la estructura de los costos de

Administración.

Lo anterior demuestra que el valor real de la Administración (A) es del

18.9%, valor este que resulta de restar al valor de la administración del

contrato (26%) menos 7.10% de los ítems que no aplican = 18.9%.

Lo anterior genera un sobre costo por valor de Costo Directo cobrado

$47.590.064 x 26%(A contrato) menos el costo directo $47.590.064 x

18.9%(A real) = ($12.373.417 - $8.994.522) = $3.378.895; valor este que

presenta un sobre costo. Lo cual se puede configurar en un posible

detrimento patrimonial por el valor de $3.378.895., de conformidad con el

Articulo 6 de la Ley 610 del 2000. Así:

Es de anotar que la Administración Municipal efectuó la devolución de estos recursos mediante consignación efectuada en Bancolombia el 9 de diciembre de 2019 a la cuenta Nro. 83164232822, del Municipio por valor de $3.378.895 y el recibo de caja Nro. 0000010784 del 9 de diciembre de 2019; por dicho valor: Lo cual permitirá realizar un reporte de benéficos del proceso auditor por valor de $3.378.895 Valor del beneficio: $3.378.895 El beneficio se reportó al Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada mediante Radicado No. 2020300000307 del 15 de enero de 2020

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OBSERVACION N°4 (HALLAZGO N°4) Descripción: Revisado el contrato SAMC107-2018 cuyo objeto es “Adecuación de restaurante escolar y unidad sanitaria de la Institución Educativa Luis Carlos Galán sede los Robles y Acaidana y mantenimiento CDI el Jardín” por un valor de $54.925.457, (liquidado) se encontró que en la propuesta económica del contratista incluyó IVA sobre la utilidad 19%, equivalente a $404.804 y pagadas en acta 1 y Final por un valor de $404.804. Inobservando art 100 Ley 21 de 1992. Estos reconocimientos afectan el valor total del contrato. Dado que el contratista reconoció este sobre costo en el pago del IVA sobre la utilidad y reembolso el dinero de acuerdo al Recibo de Caja Numero 000010783 de la Tesorería Municipal, se tendrá como beneficio auditor. Valor del beneficio: $404.804 El beneficio se reportó al Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada mediante Radicado No. 2020300000307 del 15 de enero de 2020. OBSERVACION N°7 (HALLAZGO N°7) Descripción: En resumen, en el contrato LP-086-2018, se encuentra un presunto detrimento patrimonial por un valor de $48.918.091. Dado que el contratista realizo un abono por un valor de $2.041.712,16 como primera cuota a un acuerdo de pago por un valor de $12.250.273 (valor que no corresponde al total del detrimento) soportado con el recibo de consignación de Bancolombia N° 93100077330, a la cuenta 83164236822 y recibo de caja 0000010840 del 09/12/2019 el presunto daño patrimonial sera de por un valor $46.876.378,84 de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000, discriminado como se indica en el hallazgo: Valor del beneficio: $2.446.517 El beneficio se reportó al Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada mediante Radicado No. 2020300000307 del 15 de enero de 2020.

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Valor de todos los beneficios reportados: $9.230.216 3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS Radicado del documento: 2018100015733 Fecha del documento:

2018/12/13

Descripción breve objeto del documento: Seguimiento urgencia manifiesta Conclusión: De la revisión del documento, se desprende el siguiente hallazgo

HALLAZGO (cifras en pesos)

31. Revisado el contrato N° 144 de 2017 cuyo objeto es” Obras de reparación

del centro vida del municipio de Carepa” por un valor de 158.224.181, se

encontró. (D) (F).

a. Que los precios unitarios de la propuesta del contratista del

denominados: 1.2 “Suministro e instalación de teja de barro nueva

pegada” , 1.3 “Suministro e instalación de teja de barro nueva pegada” y

5.7 “Suministro e instalación de ventiladores de techo (incluye todo lo

necesario para su instalación), se evidencian sobrecostos en estos

ítems pero no se puede relacionar a que están asociados toda vez que

en la entidad, no existen los APU presentados por el contratista

(Certificación expedida por el Secretario de Planeación).En el ítem de

ventiladores se puede determinar que se pagaron ventiladores de techo

cuando realmente se suministraron ventiladores de pared como se

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muestra en las imagen 1,2 y 3.Los sobrecostos se determinaron de la

siguiente manera:

Imagen 1 Imagen 2

Imagen 3

Nota: se encuentran guardados en un salón toda vez que si se dejan

colocados se los roban, ya que el establecimiento no tiene vigilancia.

APU- 1.2 “Suministro e instalación de teja de barro nueva pegada” (Vr/m2 $68.700). La contraloría General de Antioquia hace el siguiente estudio de mercado considerando el costo del suministro e instalación de teja de acuerdo a la siguiente entidad estatal para comparar rendimientos de equipo y mano de obra y volumen de mortero:

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MUNICIPIO DE MEDELLIN

Fuente: base de datos Municipio de Medellín

Se hace el siguiente análisis de precios unitarios por el equipo auditor

ITEM 2.1 Suministro e instalación de teja de barro nueva-pegada

DESCRIPCION TIPO DIA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR 721,875

ANDAMIOS TIJERA 833 0,075 62,475

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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ITEM 2.1 Suministro e instalación de teja de barro nueva-pegada

SUBTOTAL 784,35

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

TEJA DE BARRO M2 33.500 1,02 34170

mortero 1:3 m3 295.000 0,02 5900

SUBTOTAL 40070

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal

prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 5000

0 37500 87500 0,075 6562,5

Ayudante (2) 6000

0 45000 105000 0,075 7875

SUBTOTAL 14437,5

C. DIRECTO 55.292

Nota: el valor del m3 de mortero 1:3 se utilizó del APU del contratista del ítem de mampostería

El valor del andamio de las cotizaciones solicitadas y el rendimiento el mismo de la mano de obra

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- PU

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m2 instalación de

teja de barro nueva pegada de $13.408 por m2

APU- 1.3 “Suministro e instalación de teja de barro recuperada- pegada” (Vr/m2 $33.328)

ITEM 2.2 Suministro e instalación de teja de barro recuperada-pegada

DESCRIPCION TIPO DIA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

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ITEM 2.2 Suministro e instalación de teja de barro recuperada-pegada

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR

722

ANDAMIOS TIJERA 833 0,075 62

SUBTOTAL 784

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

TEJA DE BARRO M2 1,02 -

mortero 1:3 m3 295000 0,02 5.900

SUBTOTAL 5.900

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal

prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 5000

0 37500 87500 0,075 6.563

Ayudante (2) 6000

0 45000 105000 0,075 7.875

SUBTOTAL 14.438

C. DIRECTO 21.122

Nota: el valor del m3 de mortero 1:3 se utilizó del APU del contratista del ítem de mampostería

El valor del andamio de las cotizaciones solicitadas y el rendimiento el mismo de la mano de obra

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos en el m2 instalación de

teja de barro nueva pegada de $12.206 por m2

Para los ventiladores se utilizó el promedio de las cotizaciones solicitadas en

establecimientos comerciales del municipio de Carepa asi:

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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JAIRO DE JESUS FONSECA PEREZ 140.000

ZONA CONFORT 135.000

ELECTROMUEBLES SARA 125.000

PROMEDIO 133.333 Elaboro: Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

APU ventilador de pared

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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ITEM 5.7

Suministro e

instalación de

ventiladores

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA

RENDIMIENTO VR

UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA

MENOR

840

SUBTOTAL

840

II. MATERIALES

EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

ventilador

SAMURAY

1 133.000 1 133.000

SUBTOTAL 133.000

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal

prestacione

s jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50.000

37.500 87.500 0 10.500

Ayudante 30.000

22.500 52.500 0 6.300

SUBTOTAL 16.800

TOTAL COSTO DIRECTO 150.640

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

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De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos de suministro e

instalación de ventiladores de $119.360 por m2

APU “Construcción de rampa de acceso a habitaciones”

ITEM Construcción de rampa de acceso habitaciones

DESCRIPCION TIPO HORA/TARIFA RENDIMIENTO VR UNIT

I. EQUIPO

HERRAMIENTA MENOR

2100

SUBTOTAL 2100

II. MATERIALES EN OBRA

DESCRPCION UNIDAD PRECIO UNIT CANT VR UNIT

concreto m3 344000 0,0891 30.650

TABLA 1"

UN 13000 1 13.000

enchape arenon m2 30000 1,03 30.900

SUBTOTAL 74.550

III. TRANSPORTES

Material vol/peso o cantidad distancia m3-km tarifa VR UNIT

SUBTOTAL -

IV.MANO DE OBRA

trabajador Jornal prestaciones jornada total rendimiento VR UNIT

oficial 50000 37500 87500 0,3

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110

ITEM Construcción de rampa de acceso habitaciones

26.250

Ayudante 30000 22500 52500 0,3 15.750

SUBTOTAL 42.000

TOTAL COSTO DIRECTO 118.650

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

De acuerdo al análisis anterior, se evidencian sobre costos de suministro e

instalación de ventiladores de $246.350 por un

En resumen, se tienen las siguientes diferencias de acuerdo a los análisis realizados por la CGA item descripción un vr unit

vr unt auditoria vr total ctta vr total audit

1.2

Suministro e instalación de teja de barro nueva-pegada

m2

582 68.700 55.292

39.983.400

32.179.857

1.3

Suministro e instalación de teja de barro recuperada-pegada

m2

611 33.328 21.122

20.356.742

12.901.226

5.7

Suministro e instalaciones de techo (incluye todo lo necesario para su instalación) un

6 270.000 150.640 1.620.000 903.840

Construcción de rampa en acceso a habitaciones un

2 365.000 118.650 730.000 237.301

62.690.142

46.222.223

administración 18% 18%

11.284.226 8.320.000

utilidad 7% 4.388.310 3.235.556

costo total 78.362.678

57.777.779

diferencia

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

111

20.584.899

Elaboro: Angela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

De acuerdo a las consideraciones anteriores, el pago de sobrecostos por valor de $ 20.584.899, se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000.

b. Dentro de la propuesta económica se encuentra el ítem

5.1”Mantenimiento eléctrico” por un valor de $3.500.000, valor que no

está sustentado por ningún APU, ni se tienen evidencias o soportes que

den cuenta de lo que se pagó por este ítem, Inobservando el numeral 4

del Artículo 2.2.1.1.2.1.1, Del decreto 1082 de 2015 incurriendo en una

gestión fiscal antieconómica por un valor de $3.500.000 Además, que el

interventor haya aprobado el pago de esas actividades sin los soportes

necesarios evidencia una deficiente labor de interventoría, inobservando

lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 2011; en

concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley 734 de

2002.

c. Diferencias entre las cantidades de obra ejecutadas vs pagadas, por un valor de $48.485.672, se considera como un presunto detrimento patrimonial de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 de 2.000. Además, que el interventor haya aprobado el pago de estas obras evidencia una deficiente labor de interventoría, el cual no verificó las cantidades presentadas por el contratista; presuntamente inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 201; en concordancia con el articulo 34 numeral primero de la de la ley 734 de 2002.

ITEM DESCRIPCION UN VR UNIT CANT PAG

CANT EJEC VR PAG VR ELEC

1.1 desmonte de cubierta existente m2

18.900 1.055

753

19.939.500

14.238.315

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

112

ITEM DESCRIPCION UN VR UNIT CANT PAG

CANT EJEC VR PAG VR ELEC

1.2

suministro e instalación de teja de barro nueva pegada m2

68.700 582

343

39.983.400

23.591.580

1.3

suministro e instalación de teja de barro recuperada- pegada m2

33.328 611

410

20.356.742

13.661.147

Suministro e instalación de canoa permetral para recolección de aguas lluvias en cubierta general en lamina galvanizada calibre 20, con una longitud de desarrollo de la canoa de 0,65 m, incluye pintura ml

99.750 135

35

13.466.250 3.466.313

93.745.892

54.957.355

ADM 0

16.874.261 9.892.324

UTIL 0

6.562.212 3.847.015

COSTO TOTAL

117.182.366

68.696.693

DIFERENCIA

48.485.672

Elaboro: Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitario

En resumen, en el contrato COP N°144 DE 2017, se encuentra un presunto

detrimento patrimonial por un valor de $72.570.571 de conformidad con el Articulo

6 de la Ley 610 del 2000. discriminado así:

a) Sobre costos en los APU $20.584.899

b) Pago de obras a precio

global, sin ninguna

justificación, evidencias o

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soporte $ 3.500.000

c) Diferencias entre las

cantidades ejecutadas vs.

pagadas

$48.485.672

TOTAL $72.570.571

3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS

ÌTEM CONCEPTO

Fiduciaria

Clase de negocio fiduciario o fiducia F. en garantía y fuente de pagos

Saldo a la fecha de corte $17.891

Naturaleza de los recursos Nacional

Tipo de Gasto Pago de Deuda

Tipo de Activos Fideicomitidos Activos Monetarios

Destinación de los Recursos Agua Potable y Saneamiento Básica Fuente: Hacienda - ADMINISTRACION de Carepa Elaboro: Marelbi Verbel Peña, Contadora-C.A

3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS Se registran como insumo para próximas auditorías, los siguientes contratos, debido a que se encontraron: sin liquidar, en ejecución o en proceso de liquidación:

CODIGO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO TIPOLOGIA OBJETO ESTADO DEL

CONTRATO

LP076-2018 $508.474.576,00 Obra

Publica

OBRAS DE INFRAESTRUCTURA,

EN DESARROLLO DEL

PROGRAMA PARA EL

MEJORAMIENTO DE VIVIENDA,

ENTRE EL DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO PARA LA

PROSPERIDAD SOCIAL Y EL

MUNICIPIO DE CAREPA-

ANTIOQUIA

Suspendido

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Radicado No 2020100001505 Medellín, 30/01/2020

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CODIGO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO TIPOLOGIA OBJETO ESTADO DEL

CONTRATO

LP080-2018 $929.659.938,00 Obra

Publica

AMPLIACIÓN, REPOSICIÓN DE

REDES ACUEDUCTO Y

OPTIMIZACIÓN DE LOS

SISTEMAS DE POTABILIZACIÓN

DE AGUA DE LAS VEREDAS

CAREPITA PROMEXCOL QUE

TAMBIÉN ABASTECE A LA

VEREDA LAS TRESCIENTAS Y DE

LA VEREDA UNIÓN 15 QUE

TAMBIÉN ABASTECE A LA

VEREDA LAS FLORES DEL

MUNICIPIO DE CAREPA-

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

En ejecución

LP063-2018 $2.241.876.578,00 Obra

Publica

CONSTRUCCIÓN DE CANCHA

POLIDEPORTIVA EN LA

CABECERA MUNICIPAL DE

CAREPA-ANTIOQUIA

Suspendido

LP073-2018 $528.191.303 Obra

Publica

CONSTRUCCIÓN DE REDES

HIDROSANITARIAS Y

URBANISMO EN EL BARRIO SAN

MARINO Y PAPAGAYO DEL

MUNICIPIO DE CAREPA

ANTIOQUIA

En Ejecución

SAMC042-

2018

$163.911.378,00

Suministro

Bien o

Servicio

INTERVENCIÓN DE LA

POBLACIÓN EN PREVENCIÓN Y

ATENCIÓN DE DESASTRES

FOCALIZADA POR LA SAMA A

TRAVÉS DE ASISTENCIA

TÉCNICA, LA ACTUALIZACIÓN

DEL PLAN MUNICIPAL DE

GESTIÓN DEL RIESGO Y LA

IMPLEMENTACIÓN DEL MISMO

Liquidado, no se pudo revisar la implementación del otro sí.

SAMC061-2018

$154.919.770,00 Obra

Publica REPARACIÓN DE PAVIMENTO EN

VÍAS URBANAS EN EL MUNICIPIO

Liquidado no se pudo revisar por que no alcanzo el

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CODIGO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO TIPOLOGIA OBJETO ESTADO DEL

CONTRATO

DE CAREPA-ANTIOQUIA tiempo de la auditoria

LP098-2018 $929.899.954,00 Obra

Publica

CONSTRUCCIÓN PARQUE

BARRIO GAITAN Y PARQUE

CORREGIMIENTO DE ZUNGO

EMBARCADERO BARRIO PUEBLO

NUEVO DEL MUNICIPIO DE

CAREPA DEPARTAMENTO DE

ANTIOQUIA

Ejecución

LP078-2018 $2.017.489.182,00 Obra

Publica

CONSTRUCCIÓN PRIMERA

ETAPA I.E. RURAL LA PROVINCIA

SEDE PLAYÓN DEL MUNICIPIO

DE CAREPA DEPARTAMENTO DE

ANTIOQUIA

Ejecución

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Edison Monsalve Valencia PU y Angela Mara Duque Agudelo PU

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4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS Vigencia 2019

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR (en pesos)

1. ADMINISTRATIVOS 13

2. DISCIPLINARIOS 16

3. PENALES o

4. FISCALES 7 $368.862.767

Obra Pública 3 $99.229.722

Prestación de Servicios 0 0

Suministros 0 0

Consultoría y Otros 3 $197.062.474

Estados Contables 0 0

Otros conceptos (Seguimiento otros

documentos)

1 $72.570.571

TOTALES (1, 2, 3, y 4) 36 $368.862.767

Nota: En total son 30 hallazgos y 36 tipificaciones, porque los hallazgos 3,7,15,16, 17 y 30 están tipificados Disciplinario y Fiscal. Del presente informe no surgen Proceso Administrativo Sancionatorio “PAS”.

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5. ANEXOS

Diligenciar encuesta de satisfacción del cliente y hacerla llegar a la Contraloría General de Antioquia vía correo electrónico.