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INFORME DE SEGUIMIENTO

LEGISLATIVO, NORMATIVO Y JUDICIAL

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Subdirección de

Gestión Contractual

INFORME # 4923 de octubre de 2018

36

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01Legislativo

02Normativo

Judicial03Judicial

36 4

▪ Proyecto de Ley 155 de 2018 Cámara, “por medio de la cual se modifica la Ley 1780 de

2016, se crea la planta temporal de empleo juvenil y se dictan otras disposiciones”.

▪ Proyecto de Ley 158 de 2018 Cámara, “por el cual se fomenta el desarrollo agropecuario”

▪ Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 82 de 2018 Senado, “por

la cual modifica el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018.”

▪ Proyecto de Ley 163 de 2018 Cámara “por medio de la cual se regulan las inhabilidades

para los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como la

terminación unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras

disposiciones.”

▪ Proyecto de Ley 164 de 2018 Cámara, “por medio de la cual se fortalecen las reglas para

la persecución penal efectiva y el reintegro de bienes por parte de procesados y condenados

por corrupción y delitos contra la administración pública y se dictan otras disposiciones.”

▪ Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052 de 2018 Cámara 59 de 2018

Senado, “por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de

Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2019.”

▪ Proyecto de Ley 181 de 2018 Cámara, “por medio de la cual se adoptan normas de Pago

en Plazos Justos en el ámbito mercantil y se dictan otras disposiciones en materia de pago y

facturación.”

▪ Carta de Comentarios al Proyecto de Ley 083 de 2018 Cámara, “por medio de la cual

se adiciona una causal de inhabilidad para celebrar contratos con entidades estatales por la

comisión de conductas prohibidas por el régimen de competencia”

▪ Procesos ante el Consejo de Estado

▪ Proyecto de Decreto, Departamento Nacional de Planeación, "por el

cual se adiciona la Sección 6 del Capítulo 2, del Título 1, de la parte 2, del Libro

2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector

Administrativo de Planeación Nacional.”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

Proyecto de Ley 155 de 2018 Cámara

Los representantes Víctor Ortiz y otros presentaron elProyecto de Ley “por medio de la cual se modifica la Ley1780 de 2016, se crea la planta temporal de empleo juvenily se dictan otras disposiciones”

Esta iniciativa tiene por objeto el fortalecimiento de lasmedidas del sector público para combatir el desempleojuvenil y por ello dispone que las Entidades Estatales queestablezcan un vínculo con personas naturales por mediode contratos de prestación de servicios de naturalezaadministrativa deberán garantizar que al menos un diezpor ciento (10%) del monto anual destinado a contratareste tipo de servicios se ejecuten en servicios que norequieran experiencia profesional, con el fin de quepuedan ser provistos con jóvenes recién egresados deprogramas técnicos, tecnólogos y profesionales.

36 5

Fuente: Gaceta del Congreso No. 732 de 2018

23 de octubre de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2pXqAgE

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6Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Proyecto de Ley 155 de 2018 Cámara,

“por medio de la cual se modifica la Ley 1780 de 2016, se crea la planta temporal de empleo

juvenil y se dictan otras disposiciones”.

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 7

Proyecto de Ley 158 de 2018 Cámara.

Los representantes Buenaventura León y otros presentaron elProyecto de Ley “por el cual se fomenta el desarrolloagropecuario”.

Esta iniciativa tiene por objeto facultar al Gobierno nacional y a lasentidades territoriales para la celebración de contratos de interéspúblico con fundamento en el artículo 355 de la ConstituciónPolítica, dirigidos a beneficiar las iniciativas asociadas del sectoragropecuario y de esta forma atender las necesidades y actividadesque este sector representa para el interés general, las cuales sin elapoyo o subvención del Estado no podrían llevarse a cabo y con lasque se beneficiaría a un grupo particular de la población: el sectorrural o campesino.

El Proyecto de Ley determina que las entidades del orden nacional,departamental y municipal podrán celebrar directamentecontratos a los que hace referencia el artículo 355 de laConstitución Política con entidades sin ánimo de lucro dereconocida idoneidad para el impulso o promoción de proyectosdel sector agropecuario en donde se beneficie a los pequeños ymedianos productores.

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 732 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2pXqAgE

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8Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Proyecto de Ley 158 de 2018 Cámara,

“por el cual se fomenta el desarrollo agropecuario”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 9

Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Ley

82 de 2018 Senado.

Ante la comisión primera del Senado de la República se presentó ponencia alProyecto de Ley “por la cual modifica el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018.”

Esta iniciativa tiene por objeto que los documentos tipo para la elaboraciónde los pliegos de condiciones se apliquen en todos los procesos de selecciónmediante licitación pública y no sólo a aquellas licitaciones que tienen quever con infraestructura.

En este sentido, se pretende que dentro de los documentos tipo, elGobierno nacional adopte para los pliegos de condiciones de manerageneral y con alcance obligatorio para todas las Entidades Estatales, lascondiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia yla ponderación precisa y detallada de los mismos, teniendo en cuenta lanaturaleza, tipología y cuantía de los contratos. Para la adopción de estareglamentación el Gobierno tendrá en cuenta las características propias delas regiones con el ánimo de promover el empleo local.

Los pliegos tipo se adoptarán por categorías de acuerdo con la cuantía de lacontratación, según la reglamentación que expida el Gobierno nacional

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 733 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2Agrrij

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10Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

▪ Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 82 de

2018 Senado,

“por la cual modifica el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018.”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 11

Proyecto de Ley 163 de 2018 Cámara

Iván Duque, Presidente de la República, y Nancy Gutiérrez, Ministra del Interior,presentaron el Proyecto de Ley “por medio de la cual se regulan las inhabilidades paralos condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como laterminación unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictanotras disposiciones.”

Motivado en la masiva participación que tuvo la ‘consulta popular anticorrupción’, enespecial la pregunta No. 2, el Gobierno presentó esta iniciativa que tiene comoobjetivos fundamentales: (i) terminar los contratos con los corruptos de maneraunilateral y, (ii) prohibirles contratar con el Estado.

Por lo anterior, la inhabilidad prevista en literal j) del artículo 8 de la Ley 80 de 1993,que establece que las personas declaradas responsables judicialmente por lacomisión de delitos contra la Administración Pública y las sociedades en las que estaspersonas hagan parte no podrán presentarse a Procesos de Contratación o sercontratistas del Estado, extiende su sanción de 20 años a ser permanente con elProyecto de Ley en mención.

Segundo, se establece el: “haberse demostrado, a través de procedimientoadministrativo, la comisión de actos de corrupción por parte del contratista en laobtención, celebración o ejecución del contrato” como causal para terminarunilateralmente los contratos estatales; junto con lo anterior, se crea unprocedimiento especial para la declaración de terminación unilateral del contrato poractos de corrupción, una vez finalizado este procedimiento y declarada laterminación, se pone fin a la ejecución de contrato y se hace exigible por parte de laadministración la cláusula penal pecuniaria. Las autoridades deberán compulsarcopias a las autoridades fiscales, disciplinarias y penales para las investigaciones de sucompetencia.

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 736 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2PGltN3

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12Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Proyecto de Ley 163 de 2018 Cámara

“por medio de la cual se regulan las inhabilidades para los condenados por corrupción y

delitos contra la administración pública, así como la terminación unilateral administrativa del

contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 13

Proyecto de Ley 164 de 2018 Cámara

Iván Duque, Presidente de la República, y Nancy Gutiérrez, Ministra delInterior, presentaron el Proyecto de Ley “por medio de la cual sefortalecen las reglas para la persecución penal efectiva y el reintegro debienes por parte de procesados y condenados por corrupción y delitoscontra la administración pública y se dictan otras disposiciones.”

Para desarrollar el punto 2 de la “consulta popular anticorrupción”, Elgobierno presentó esta iniciativa que tiene como objetivosfundamentales: adoptar medidas para la sanción efectiva de los delitoscometidos contra la administración pública, a través de la eliminaciónde beneficios penales.

Para ello, se elimina la pena domiciliaria y se restringe la libertadcondicional para los condenados por delitos que afecten el patrimoniodel Estado o delitos dolosos contra la administración pública; además,se condiciona el principio de oportunidad al reintegro de los recursosapropiados y se faculta a la fiscalía para decretar medidas cautelares deembargo, secuestro y suspensión de registros obtenidosfraudulentamente, sobre bienes del indiciado, con el fin de proteger elpatrimonio del Estado y garantizar la indemnización de los perjuicioscausados, en caso de una eventual condena.

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 736 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2PGltN3

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14Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Proyecto de Ley 164 de 2018 Cámara,

“por medio de la cual se fortalecen las reglas para la persecución penal

efectiva y el reintegro de bienes por parte de procesados y condenados por

corrupción y delitos contra la administración pública y se dictan otras

disposiciones.”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 15

Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052

de 2018 Cámara 59 de 2018 Senado.

Luego de ser aprobado por las comisiones económicas conjuntastercera y cuarta del Senado de la República y de la Cámara deRepresentantes, se presenta para debate ante plenaria conjuntadel Congreso el proyecto de presupuesto (Proyecto de Ley “por lacual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital yLey de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 dediciembre de 2019.”)

El presupuesto aprobado asciende a $259 billones y se encuentrafinanciado por $245 billones con ingresos de la Nación y $15billones con otros recursos.

Este presupuesto representa un incremento del (10,9%) respecto alpresupuesto vigente 2018. De esta cifra, $157,2 billones (60,7%)corresponde a gastos de funcionamiento, $66,4 billones (25,7%) alpago del servicio de la deuda y $35,4 billones (13,7%) a inversión.Según carta de modificaciones el presupuesto se distribuirá:

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 838 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2CoiFAi

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 16

Continuación: Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052 de

2018 Cámara 59 de 2018 Senado.

23 de octubre de 2018

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17Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052 de 2018

Cámara 59 de 2018 Senado“por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley

de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de

2019.”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 18

Proyecto de Ley 181 de 2018 Cámara

Los representantes Mauricio Toro Orjuela y otros presentaron elProyecto de Ley “por medio de la cual se adoptan normas de Pagoen Plazos Justos en el ámbito mercantil y se dictan otrasdisposiciones en materia de pago y facturación.”

Esta es una propuesta para modificar los plazos injustificadamenteextensos en el pago a proveedores y subcontratistas (usualmenteMipymes).

Este proyecto de Ley aplica para el pago de obligaciones de todoslos actos mercantiles, incluidos los contratos estatales. Según suartículo 4, el plazo máximo para pago será de sesenta (60) díascalendario, calculados a partir de la fecha de recepción de lasmercancías o prestación de los servicios.

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 778 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2R1rZ1o

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19Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Proyecto de Ley 181 de 2018 Cámara,

“por medio de la cual se adoptan normas de Pago en Plazos Justos en el

ámbito mercantil y se dictan otras disposiciones en materia de pago y

facturación.”

23 de octubre de 2018

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

01LEGISLATIVO

36 20

Carta de Comentarios al Proyecto de Ley 083 de 2018 Cámara

Ante la solicitud del representante Ricardo Ferro, la Superintendencia de Industria yComercio envió carta de comentarios a la Comisión Quinta de la Cámara de Representantessobre el Proyecto de Ley 083 de 2018.

La SIC está de acuerdo con la iniciativa toda vez que es útil para los propósitos de endurecerlas sanciones administrativas por violación al Régimen de Competencia pues dicho proyectofaculta a la Superintendencia a declarar la inhabilidad como consecuencia de una sanciónadministrativa con independencia de la duración y resultado de la acción penal.

En la carta de comentarios se propone que sea la SIC quien pueda dosificar el quántum de lainhabilidad, dependiendo de la mayor o menor gravedad de la conducta. De esta formapropone la redacción del artículo a continuación:

“Adicionar el literal (L) al numeral primero (1°) del artículo octavo (8°) de la Ley 80 de1993, el cual quedará así:Artículo 8°. De las inhabilidades e incompatibilidades para contratar.Son inhábiles para participar en licitaciones y para celebrar contratos con lasentidades estatales:(...) (I) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido declaradas responsablesadministrativamente, por la Superintendencia de Industria y Comercio, por lacelebración de los acuerdos de que trata el numeral 9 del artículo 47 del Decretonúmero 2153 de 1992.Asimismo, la inhabilidad se extenderá a las sociedades de las que hagan parte dichaspersonas, siempre que estas hayan actuado en calidad de administradores,representantes legales, miembros de junta directiva o, igualmente, si fueren socioscontrolantes, así como también se hará extensiva a sus matrices y subordinadas y alas sucursales de sociedades extranjeras, con excepción de las sociedades anónimasabiertas.La inhabilidad prevista en este literal se extenderá hasta por un término de ocho (8)años, según la dosificación que determine la Superintendencia de Industria yComercio en cada caso".

23 de octubre de 2018

Fuente: Gaceta del Congreso No. 851 de 2018

Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2POkr1z

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21Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

Radicación del Proyecto de Ley

1

Ponencia paraprimer debate

2

Aprobado enprimer debate

3

Ponencia parasegundo debate

4

Aprobado ensegundo debate

5

Ponencia paratercer debate

6

Aprobado entercer debate

7

Ponencia paracuarto debate

8

Aprobado encuarto debate

9

Sanciónpresidencial

10

Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley

Proyecto de Ley 083 de 2018, Cámara

“Por medio de la cual se adiciona una causal de inhabilidad para celebrar

contratos con entidades estatales por la comisión de conductas prohibidas

por el régimen de competencia”

23 de octubre de 2018

15 de agosto 2018

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Normativa

RELEVANTE

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23Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36

02NORMATIVO

Ir a Síntesis >>

la normativa y

jurisprudencia del

sistema de compra

pública

Consulte aquí

▪ Proyecto de Decreto, Departamento Nacional de

Planeación.

Se publica para comentarios proyecto de acto DNP que adopta

documentos tipo para pliegos de condiciones en contratos de obra

bajo el Estatuto General de la Contratación Pública.

Artículo 1. Adiciónese la Sección 6 al Capítulo 2, del Título 1,

de la parte 2, del Libro 2, Decreto Único Reglamentario del

Sector Administrativo de Planeación Nacional, la cual quedará

así: Sección 6. Documentos tipo. 2.2.1.2.6.1. Objeto. La

presente sección tiene por objeto adoptar los documentos tipo

pública a los que hace referencia el parágrafo 7 al artículo 2 de

la Ley 1150 de 2007 adicionado por el artículo 4 de la Ley 1882

de 2018, los cuales deberán ser utilizados de manera

obligatoria por parte de las Entidades Estatales sometidas al

Estatuto General de la Contratación Pública. 2.2.1.2.6.2.

Documentos tipo. Los documentos tipo estarán constituidos por

pliegos de condiciones, sus anexos, formatos, matrices, y

demás documentos que indiquen las condiciones de

escogencia y ejecución de contratos de las Entidades Estatales

sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública.

Hasta el 3 de noviembre de 2018 se reciben comentarios y

observaciones al Proyecto de acto.

Fuente: Articulo20.

Más información: https://bit.ly/2ShzYJ4

23 de octubre de 2018

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Estado actual de los procesos

judiciales de

Colombia Compra Eficiente

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

03JUDICIAL

Procesos ante

las Altas Cortes

36 25

▪ Consejo de Estado

‒ Medio de control: Nulidad.

Radicado AccionanteConsejero

PonenteNorma Observaciones

Intervención de

Colombia Compra

Eficiente

201600004

EMPRESA DE

ENERGIA DEL

QUINDIO S.A.

E.S.P

Hernan Andrade

Rincón

Nulidad contra las Circulares

Externas No. 1 del 21 de junio

de 2013 y No. 20 del 27 de

agosto de 2015

Al despacho para fijar audiencia inicial

conforme a lo dispuesto en el artículo 180

DEL C.P.A.C.A.

(8/10/2018)

Pronunciamiento sobre

medidas cautelares

31/05/2018;

Contestación de la

demanda

16/08/2018

23 de octubre de 2018

201600017Alvaro Mejía

Mejía

Carlos Alberto

Zambrano

Barrera

Nulidad contra el manual para

la operación secundaria de los

acuerdos marco de precios del

19 de enero de 2014

Por estado reconoció personería - se fijó

como fecha y hora para la celebración de

la audiencia inicial el día 19 de noviembre

de 2018 a las 11:00 am - (12/10/2018 )

Pronunciamiento sobre

medidas cautelares

25/07/2016

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Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #

03JUDICIAL

Procesos ante

las Altas Cortes

36 26

▪ Consejo de Estado

‒ Medio de control: Nulidad.

Radicado AccionanteConsejero

PonenteNorma Observaciones

Intervención de

Colombia Compra

Eficiente

201600002

Empresas

Publicas de

Medellín S.A.

E.S.P.

Ramiro de Jesús

Pazos Guerrero

Nulidad contra las Circulares

Externas No. 1 del 21 de junio

de 2013 y No. 20 del 27 de

agosto de 2016

Notificación personal de la solicitud de

medidas cautelares dirigida a la Agencia

Nacional de Contratación Pública

(16/10/2018)

Ninguna

23 de octubre de 2018

201600142Miguel Angel

Mejía Bravo

Carlos Alberto

Zambrano

Barrera

Nulidad en contra de la

Resolución No.1065 de 2016 y

el pliego de condiciones

definitivo del acuerdo marco de

precios y sus anexos LP- AMP-

106-2016

Alegatos de conclusión presentados por el

apoderado de la parte demandada

Colombia Compra Eficiente (18/10/2018)

Pronunciamiento sobre

medidas cautelares

9/10/2017; Recurso de

súplica 23/10/2017

201800060

Daniel Pérez

Cabra y Nicolle

Sáenz

Camargo

Jaime Enrique

Rodríguez Navas

Nulidad contra el artículo

2.2.1.2.1.5.3 numeral 1 parcial

del Decreto 1082 de 2018, por

medio del cual se expide el

Decreto Único Reglamentario

del Sector Administrativo de

Planeación Nacional, expedido

por el Departamento Nacional

de Planeación.

Cambio de ponente: Ant. Ponente: Jaime

Orlando Santofimio Gamboa

Nvo. Ponente: Jaime Enrique Rodríguez

Navas (E) por Terminación De Periodo.

(17/10/2018)

Ninguna

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