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Secretaría general [email protected] Plaza Mayor 1, 40001 Segovia. Tel . 921 419800. Fax: 921 419840 www.segovia.es E AYS_PLN_20151123_ACT_INFORMACION Sesión número 16/2015 Ref. AYS_PLN_20151123_ACT_INFORMACION INFORMACIÓN LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DIA VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE POR EL PLENO DE LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL. En la ciudad de Segovia, el día veintitrés de noviembre de dos mil quince, y en el Salón de Plenos de su Casa consistorial, se reunieron, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, los integrantes del Pleno municipal al objeto de celebrar sesión ordinaria, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha dieciocho de noviembre de dos mil quince, (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 10253430477231233320 en http://segovia.es/validación ), convocatoria que, acompañada del orden del día de los asuntos a tratar, fue debidamente notificada a todos sus integrantes mediante correo electrónico, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, acuerdo núm. 20/2009 y la Disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia. Asistieron a la sesión la Ilma. Sra. Alcaldesa, y los veinticinco miembros que de hecho y de derecho integran la Corporación municipal, con lo que se alcanza el quórum del tercio de su número legal y siendo las dieciséis horas y cinco minutos y teniéndose todos sus componentes por convocados en tiempo y forma, se constituyó, en primera convocatoria, en sesión ordinaria el Pleno de la Excma. Corporación Municipal, asistido la Secretaria General, que dio fe del acto como Secretaria del órgano. Así mismo, asistió el Sr. Interventor general municipal. Abierta la sesión por la Presidencia, tras la interpretación del himno a Segovia, se pasó a conocer los asuntos que integran el orden del día, adoptándose al respecto los siguientes acuerdos: ACTA Acuerdo núm. 290 .- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE OCTUBRE DE 2015, CON EL CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CORRECCIONES QUE PROCEDAN. No habiendo solicitudes de intervención, resultó aprobada el acta de la sesión extraordinaria del Pleno celebrada el día 21 de octubre de 2015. Acuerdo núm. 291 .- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2015, CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CORRECCIONES QUE PROCEDAN.

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Page 1: INFORMACIÓN LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESIÓN … · Acuerdo núm. 292 .- SORTEO PARA LA DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES

Secretaría general [email protected]

Plaza Mayor 1, 40001 Segovia. Tel . 921 419800. Fax: 921 419840 www.segovia.es

E AYS_PLN_20151123_ACT_INFORMACION

Sesión número 16/2015 Ref. AYS_PLN_20151123_ACT_INFORMACION

INFORMACIÓN LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DIA VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE POR EL

PLENO DE LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL.

En la ciudad de Segovia, el día veintitrés de noviembre de dos mil quince, y en el Salón de Plenos de su Casa consistorial, se reunieron, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, los integrantes del Pleno municipal al objeto de celebrar sesión ordinaria, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha dieciocho de noviembre de dos mil quince, (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 10253430477231233320 en http://segovia.es/validación), convocatoria que, acompañada del orden del día de los asuntos a tratar, fue debidamente notificada a todos sus integrantes mediante correo electrónico, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, acuerdo núm. 20/2009 y la Disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia.

Asistieron a la sesión la Ilma. Sra. Alcaldesa, y los veinticinco miembros que de hecho y de derecho integran la Corporación municipal, con lo que se alcanza el quórum del tercio de su número legal y siendo las dieciséis horas y cinco minutos y teniéndose todos sus componentes por convocados en tiempo y forma, se constituyó, en primera convocatoria, en sesión ordinaria el Pleno de la Excma. Corporación Municipal, asistido la Secretaria General, que dio fe del acto como Secretaria del órgano. Así mismo, asistió el Sr. Interventor general municipal.

Abierta la sesión por la Presidencia, tras la interpretación del himno a Segovia, se pasó a conocer los asuntos que integran el orden del día, adoptándose al respecto los siguientes acuerdos:

• ACTA

Acuerdo núm. 290.- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE OCTUBRE DE 2015, CON EL CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CORRECCIONES QUE PROCEDAN.

No habiendo solicitudes de intervención, resultó aprobada el acta de la sesión extraordinaria del Pleno celebrada el día 21 de octubre de 2015.

Acuerdo núm. 291.- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2015, CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CORRECCIONES QUE PROCEDAN.

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No habiendo solicitudes de intervención, resultó aprobada el acta de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día30 de octubre de 2015.

I.- PARTE RESOLUTIVA

• SORTEO MESAS ELECTORALES

Acuerdo núm. 292.- SORTEO PARA LA DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES GENERALES, EL PRÓXIMO 20 DE DICIEMBRE DE 2015.

� Visto el informe emitido por los Servicios de Estadística e Informática del Ayuntamiento sobre la forma en que se llevará a cabo el sorteo de las Mesas, desde el punto de vista de la técnica a emplear, del que destacamos:

El sorteo deberá realizarse entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, siendo en estos Comicios entre los días 21 y 25 de noviembre.

Cada Mesa Electoral estará formada por un Presidente y dos Vocales,

… los cargos de Presidente y Vocales de cada Mesa electoral serán sorteados entre los electores que figuren en las Listas Electorales vigentes de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, si bien a partir de los 65 se podrá presentar renuncia en el plazo de 7 días. El Presidente de Mesa deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de Graduado Escolar o equivalente.

De la misma forma se procederá al nombramiento de los suplentes de cada uno de los miembros de la Mesa Electoral.

El número total de Mesas electorales del municipio de Segovia es de cincuenta y nueve -59-

El sorteo para proceder a la designación de los miembros de las Mesas Electorales del municipio de Segovia, se realizará utilizando la base de datos del Censo Electoral y la aplicación informática denominada CONOCE, ambas facilitadas por la Oficina del Censo Electoral.

El sorteo se realiza mediante un sistema de selección aleatoria entre los electores que cumplen las condiciones requeridas por la Ley electoral, seleccionando, para cada Mesa Electoral, un Presidente, un Vocal 1º y un Vocal 2º, y sus respectivos suplentes.

Se procederá a la elección de 9 suplentes para cada cargo, quedando los suplentes posteriores al segundo como reservas, de forma que, en caso necesario, se podrá editar la composición de una Mesa y sustituir el titular, suplente 1º y suplente 2º de un determinado cargo por uno de los reservas.

El número total de electores de este municipio inscritos en el CER (Censo de españoles residentes) es de 39.796, distribuidos por Mesas Electorales:

De ellos, el número de electores que cumplen con los requisitos para ser designados miembro de Mesa Electoral y sobre los que se va a realizar la selección es de 30.375

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electores (electores inscritos en el CER, con menos de 70 años y que sepan leer y escribir, -se adjunta recuento de la Oficina del Censo Electoral de electores en las mesas electorales por grado de escolaridad).

Por el Servicio de Informática y el Departamento de Estadística se ha procedido a verificar la corrección de los datos de la base de electores del municipio facilitada por la Oficina del Censo Electoral y de las Mesas electorales.

Así mismo, se han realizado las pruebas necesarias de sorteo, generación de ficheros e impresión de documentos con el resultado del sorteo y de comunicación de la formación de las Mesas Electorales a la Junta Electoral de Zona de Segovia.

Los formularios de composición de las Mesas Electorales que van a utilizarse son los facilitados por la Oficina del Censo Electoral en la aplicación CONOCE, dado que a tenor de lo dispuesto en la Disposición transitoria única. ‘Coexistencia de modelos’ de la Orden INT/529/2014, de 28 de marzo, por la que se modifican los Anexos del Real Decreto 605/1999 de regulación complementaria de los procesos electorales “...... podrá seguir utilizándose, mientras sea imprescindible, la documentación electoral generada mediante aplicaciones informáticas elaboradas por la Oficina del Censo Electoral”.

� Y visto el informe emitido por la Secretaria general,

Por la Presidencia se dio la orden de iniciar el sorteo de acuerdo con las previsiones indicadas, procediéndose al efecto.

• DICTÁMENES

Acuerdo núm. 293.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y TURISMO Y PATRIMONIO HISTÓRICO, CELEBRADA EL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DE ADHESIÓN A LA SECCIÓN DE CIUDADES DE CONGRESOS SPAIN CONVENTION BUREAU.

La Concejalía Delegada de Turismo, propone al Pleno Municipal, la adopción de los siguientes acuerdos:

1º.- Aprobar las normas de funcionamiento y organización de la Sección de Ciudades de Congresos- Spain Convention Bureau y la pertenencia del Ayuntamiento de Segovia a esta organización como Socio Titular.

2º.- Aprobación del nombramiento del Concejal o la Concejala de Patrimonio Histórico y Turismo como representante del Excmo. Ayuntamiento de Segovia en las reuniones y asambleas de la organización de la Sección de Ciudades de Congresos- Spain Convention Bureau.

3º.- Aprobar las obligaciones económicas derivadas de la pertenencia a dicha organización de la Sección de Ciudades de Congresos- Spain Convention Bureau que se derivarán con cargo al ejercicio presupuestario 2016. La cuota anual de 3.515,00 € y todas las obligaciones económicas que se deriven de la pertenencia a

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la Sección de Ciudades de Congresos- Spain Convention Bureau serán con cargo a la aplicación presupuestaría 432.01.483.04.- Spain Convention Bureau.

Con el voto a favor unánime de los asistentes, los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, resultó aprobado el dictamen en sus propios términos, acordando la Excma. Corporación municipal:

Aprobar la propuesta de la Concejalía de Turismo de fecha 22 de octubre 2015, anteriormente transcrita.

Acuerdo núm. 294.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y TURISMO Y PATRIMONIO HISTÓRICO, CELEBRADA EL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN DE BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN LAS ACTUACIONES DE INMUEBLES SITUADOS EN EL ÁREA DE REGENERACIÓN URBANA ‘CANONJÍAS’ EN SEGOVIA.

El Pleno de la Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- La aprobación de Bases y normativa que ha de regir para la concesión de subvenciones en las actuaciones en inmuebles en el Área de Regeneración Urbana en el barrio de “Las Canonjías” en Segovia

Segundo.- Publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la provincia a efectos de información pública y audiencia a los interesados por el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Acuerdo núm. 295.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y TURISMO Y PATRIMONIO HISTÓRICO, CELEBRADA EL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN DE BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN LAS ACTUACIONES EN INMUEBLES SITUADOS EN EL ÁREA DE REGENERACIÓN URBANA ‘SAN JOSÉ-EL PALO MIRASIERRA’ EN SEGOVIA.

El Pleno de la Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- La aprobación de Bases y normativa que ha de regir para la concesión de subvenciones en las actuaciones en inmuebles en el Área de Regeneración Urbana en el barrio de “San José-El Palo -Mirasierra” en Segovia.

Segundo.- Publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la provincia a efectos de información pública y audiencia a los interesados por el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Acuerdo núm. 296.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL, CELEBRADA EL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES (IMD) PARA LA RECUPERACIÓN DE LA PARTE PROPORCIONAL DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE DE 2012 CORRESPONDIENTE A 48 DÍAS, SEGÚN ARTÍCULO 1 DEL REAL DECRETO LEY 10/2015 DE 11 DE SEPTIEMBRE.

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El Pleno de la Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar el reconocimiento a todos los empleados del Instituto Municipal de Deportes de Segovia (IMD) afectados por el Acuerdo Plenario de fecha 30 de noviembre de 2012, a percibir la parte proporcional de paga extra del mes de diciembre correspondiente al ejercicio 2012 en los términos expuestos para el personal del Ayuntamiento de Segovia en Acuerdo Plenario nº 267/2015, de fecha 30 de octubre de 2015. Haciendo extensivo a todos los efectos este derecho en términos idénticos que el reconocido para el personal funcionario sin perjuicio del régimen específico que cada diferente colectivo tenga en cuenta a su abono.

Segundo.- Que se lleven a cabo las actuaciones procedentes para hacer efectivo el mencionado Derecho.

Acuerdo núm. 297.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS, CELEBRADA EL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 64 DE LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DEL MUNICIPIO DE SEGOVIA.

El Pleno de la Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación del artículo 64 de la Ordenanza de Circulación del Municipio de Segovia en los términos propuestos.

Redacción propuesta:

“En las vías que se reseñan, se establecen los siguientes horarios específicos para la realización

de operaciones de carga y descarga:

ZONA A1.- Calle Isabel la Católica, Calle Juan Bravo y Calle Cervantes.

Horario de acceso a estas calles para realizar labores de carga y descarga: de 7:30 a 10:00

horas.

Horario de carga y descarga: de 7:30 a 10:15 horas.

ZONA A2.- Vías públicas situadas dentro del Recinto Amurallado (las delimitadas como zona

ORA, subzona A, incluida la Plaza Mayor, y exceptuadas las señaladas como zona A1) y Calle

San Juan.

Horario de acceso a estas calles para realizar labores de carga y descarga: de 7:30 a 11:15

horas.

Horario de carga y descarga: de 7:30 a 11:30 horas.

ZONA B1.- Plaza del Azoguejo.

Horario de acceso para realizar labores de carga y descarga: de 8:00 a 10:45 horas.

Horario de carga y descarga: de 8:00 a 11:00 horas (de lunes a sábado, excepto domingos y

festivos).

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ZONA B2.- Plaza de la Artillería, Teodosio el Grande, San Francisco, Pintor Montalvo, Buitrago,

Gobernador Fernández Jiménez, Escultor Marinas, Aniceto Marinas, Plaza de la Tierra y Avenida

de Fernández Ladreda.

Horario de acceso a estas calles para realizar labores de carga y descarga: de 8:00 a 12:00 horas.

Horario de carga y descarga: de 8:00 a 12:15 horas.

ZONA C.- Plaza de Somorrostro, Calle Muerte y Vida, Paseo de Ezequiel González, Paseo de

Conde de Sepúlveda, Calle Santo Tomás, Calle Independencia, Puente de Muerte y Vida, Calle

José Zorrilla, Calle Alférez Provisional y Calle Obispo Quesada, Calle Ramón y Cajal.

Horario: De 8:00 a 12:30 horas y de 16:00 a 17:30 horas.

ZONA D.- Resto de las vías públicas no incluidas en los apartados anteriores.

Horario: De 9:00 a 13:30 horas y de 16:00 a 19:00 horas.

Los horarios regulados se establecen para los días laborales, considerándose el sábado como tal,

hasta las 12:00 horas.

Para atender las necesidades que excedan de los horarios anteriormente indicados y,

especialmente, en las zonas A y B del artículo 63 (excepto calles peatonales) y, como máximo

hasta las 18:00 horas, cada empresa del sector de reparto de paquetería con carácter urgente,

reparto de mensajería y reparto de correo, contará con autorizaciones especiales referidas a

vehículos ligeros (menos de 2.000 kilogramos) que deberán solicitar al Ayuntamiento. Los

vehículos deberán ir rotulados.

En aquellos casos en que por las características de la actividad de que se trate (panaderías,

empresas de construcción y otras) se precise la ampliación del horario de carga y descarga

previsto con carácter general para las zonas indicadas en este artículo, los interesados podrán,

previa solicitud y justificación de la necesidad, y previo informe de la Policía Local y/o de los

Servicios Técnicos Municipales, obtener una autorización especial de ampliación del horario (inicio

o finalización) que habilite para la realización de operaciones de carga y descarga.”

Segundo.- Que se anuncie en el Boletín Oficial de la Provincia la apertura de un trámite de información pública y audiencia a los interesados, de 30 días de duración, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Tercero.- Si durante el trámite de información pública no se presentara ninguna alegación o sugerencia, deberá entenderse aprobada la modificación de la Ordenanza de forma definitiva en los términos del último párrafo del art. 49 de la Ley de Bases de Régimen Local, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia a efectos de su entrada en vigor.

Acuerdo núm. 298.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS, CELEBRADA EL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA.

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El Pleno de la Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar la modificación de los Estatutos del Consorcio Provincial para la Gestión Medioambiental y Tratamiento de Residuos en la Provincia de Segovia, llevada a cabo para la adaptación de los mismos a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

Segundo.- Que se remita este Acuerdo al Consorcio Provincial para la Gestión Medioambiental y Tratamiento de Residuos en la Provincia de Segovia.

Acuerdo núm. 299.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS, CELEBRADA EL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DE 2015 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SEGOVIA PARA PERMITIR LA IMPLANTACIÓN DE UN GRAN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL EN EL SECTOR UZD-R-16-H: “PRADO DEL

HOYO”.

El Pleno de la Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar inicialmente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia para permitir la implantación de un gran establecimiento comercial en el Sector UZD-R-16-H:”Prado del Hoyo”, con las siguientes condiciones:

A).- Para la aprobación definitiva de la presente Modificación del PGOU, es condición necesaria la previa o simultánea aprobación definitiva de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia para adaptarlo a las previsiones de la Norma Técnica Urbanística de Equipamientos Comerciales de Castilla y León y para incorporar la estrategia denominada “Segovia Ciudad Empresarial”.

B).- Aunque la documentación presentada justifica que el emplazamiento propuesto para el gran establecimiento comercial en el sector UZD-R-16-H:“Prado del Hoyo” permite una conexión con la red de transporte público técnica y económicamente viable, mediante la suscripción de un convenio entre el promotor del gran establecimiento comercial y el Ayuntamiento, a tal efecto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5.2 de la NTU, las bases del convenio para la conexión del transporte público con el gran establecimiento comercial deberán ser definidas en el Planeamiento Habilitante teniendo en cuenta la solución concreta planteada en la ordenación detallada. El coste de puesta en marcha del servicio de transporte público constituirá gastos de urbanización a efectos de lo establecido en el artículo 18.1.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, en relación con el artículo 199 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero.

C).- Aunque la documentación presentada contiene un estudio de movilidad, sin embargo, constatado que los datos de partida que se han tomado para su realización contradicen lo establecido en el apartado 3.4.4.h de la Memoria Vinculante del PGOU (así la denominada zona A, contiene un alto porcentaje de usos industriales que deberán ser sustituidos por usos terciarios comerciales formalizando así correctamente la fachada a la AP-61), y aunque

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bien es cierto que este grado de precisión a nivel de Modificación de Planeamiento General es insignificante, el estudio de movilidad del Planeamiento Habilitante, ya con ordenación detallada, deberá ordenar correctamente los usos del Sector de tal forma que la fachada a la AP-61 del sector forme una banda de marcado carácter terciario (parque empresarial-comercial) configurando un frente atractivo, que sirva de filtro a los usos industriales que se localizarán en el interior en continuidad con los existentes en el Polígono de Hontoria.

Segundo.- La aprobación inicial produce la suspensión de licencias en los términos del art. 156-1º del RUCYL, en los siguientes ámbitos y usos:

A).- En todo el sector, únicamente respecto de los usos provisionales a que se refieren los arts. 19-2º,b), de la LUCYL y 47 del RUCyL y las licencias que afecten a eventuales construcciones existentes, que no sean infraestructuras públicas.

B).- La suspensión comienza al día siguiente de la publicación del acuerdo de aprobación inicial en Boletín Oficial de Castilla y León y se mantendrá hasta la entrada en vigor de la presente modificación del Plan General o, como máximo, durante 2 años.

Tercero.- Que se publique el acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Castilla y León, en un diario de los de mayor difusión en la Provincia y en la en la página web municipal y en el Tablón de edictos de la Sede electrónica municipal, debiendo también publicarse anuncios expresivos de la apertura de un trámite de información pública de tres meses de duración, contado desde el día siguiente al de la publicación del último de los anuncios indicados, para que pueda ser examinada en las Oficinas Municipales de Urbanismo, Obras y Servicios (Ctra. de Palazuelos,7) por cualquier persona y formularse las alegaciones que procedan. Los anuncios deberán tener el contenido a que se refiere el art. 432,a), del RUCYL.

Cuarto.- Toda la documentación que vaya a ser someter al trámite de información pública debe ser diligenciada por la Secretaria del Ayuntamiento en los términos del art. 155-3º del RUCYL.

II.- PARTE DESTINADA AL CONTROL DE OTROS ÓRGANOS MUNICIPALES:

• ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS.-

Acuerdo núm. 300.- ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE OCTUBRE DE 2015, CON EL CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA.

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO de la información de la Secretaría general sobre el estado de ejecución de los acuerdos adoptados por el Pleno en la sesión celebrada el día 21 de octubre de 2015 con el carácter de extraordinaria. Se procederá a la remisión a los Portavoces de los grupos municipales del documento correspondiente, teniéndose por cumplida la dación de cuenta del estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la citada sesión plenaria.

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Acuerdo núm. 301.- ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2015, CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA.

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO de la información de la Secretaría general sobre el estado de ejecución de los acuerdos adoptados por el Pleno en la sesión celebrada el día 30 de octubre de 2015, con el carácter de ordinaria. Se procederá a la remisión a los Portavoces de los grupos municipales del documento correspondiente, teniéndose por cumplida la dación de cuenta del estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la pasada sesión plenaria.

• RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

Acuerdo núm. 302.- DACIÓN DE CUENTA, EN CUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 42 DEL ROF, DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno quedó enterado de las resoluciones dictadas por la Alcaldía que se corresponden con los Decretos núm.: 7.998 a 8.084 de 5 de octubre de 2015 y 8.085 de 16 de octubre a 8.905 de 13 de noviembre de 2015, teniéndose por cumplido el trámite de control.

• OTRAS INFORMACIONES AL PLENO

Acuerdo núm. 303.- DACIÓN DE CUENTA DE LA REMISIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES RELATIVO AL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015, RELATIVO AL GRUPO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE LA ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Se dio cuenta del Informe emitido por la Tesorería municipal, en fecha 10 de noviembre de 2015, sobre el asunto indicado en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión de Hacienda, patrimonio y empleo en la sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015, de acuerdo con lo siguiente:

“Sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015.

DACIÓN DE CUENTA DE LA REMISIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES RELATIVO AL GRUPO

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, REFERENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2015, EN

CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE

DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

� Visto el Informe emitido por la Tesorería municipal, en fecha 10 de noviembre de 2015, sobre el

asunto epigrafiado, cuya literalidad dice:

“La ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril introduce el concepto de “Periodo medio de pago” como

expresión del tiempo de pago o retraso en el pago de la deuda comercial, de forma que todas las

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administraciones publicas deberán hacer público su periodo medio de pago, el cual se define por el

Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, como el ratio que mide el retraso en el pago de la deuda

comercial en términos económicos, y siempre como indicador distinto respecto del periodo legal de

pago definido en la Ley de Contratos del Sector Publico aprobado por el Real Decreto Legislativo

3/2011, de 14 de noviembre y en la Ley 3/2004, de 29 de Diciembre, por la que se establecen

medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Esta medición con criterios estrictamente económicos puede alcanzar valores negativos, tanto en las

operaciones pagadas como en las pendientes de pago, siempre que se pague antes de que hayan

transcurrido treinta días naturales desde la presentación de facturas o certificaciones de obra o si al

final del periodo mensual para remitir la información aún no han transcurrido en las operaciones

pendientes de pago esos treinta días.

Así mismo se establece la obligación a las Administraciones Publicas y Organismos dependientes

según la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 9/2013 de 20 de diciembre, de publicar en

el portal Web el periodo medio de pago a proveedores.

El artículo 6 apartado 2 del Real Decreto 635/2014 recoge esta exigencia señalando que

las corporaciones locales remitirán al Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas y publicarán

la siguiente información relativa a su periodo medio de pago a proveedores referido al mes anterior:

a) periodo medio de pago global a proveedores mensual y su serie histórica

b) periodo medio de pago mensual de cada Entidad y su serie histórica

c) la ratio mensual de operaciones pagadas de cada entidad y su serie histórica

d) la ratio de operaciones pendientes de pago mensual de cada entidad y su serie histórica.

En base a lo anteriormente señalado se da cuenta del Periodo Medio de Pago a proveedores

individualizado por entidades y global del mes de septiembre de 2015, y que es:

Entidad

Ratio Operaciones

Pagadas (días)

Importe Pagos

Realizados (euros)

Ratio Operaciones Pendientes

(días)

Importe Pagos

Pendientes (euros)

PMP (días)

Segovia -2,66 1.175.009,68 7,29 816.249,54 1,42

F. Don Juan de Borbón -23,00 5.013,00 -30,00 4.447,63 -26,29

Gestión y Calidad Turistica Ciudad de Segovia S.A.U -27,00 45.709,00 -18,00 2.761,59 -26,49

Inst. Municipal de Deportes 0,42 28.009,73 -20,52 32.375,46 -10,81

PMP Global 1.253.741,41 855.834,22 0,30

A la fecha de la firma del presente informe, los datos contenidos en el mismo están grabados en la plataforma de rendición del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas

La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente sesión, de carácter ordinaria, que celebre.

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Segovia, a 17 de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN. Vº Bº, EL PRESIDENTE,”

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

Acuerdo núm. 304.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME EMITIDO POR LA TESORERÍA MUNICIPAL SOBRE LAS OPERACIONES COMERCIALES REALIZADAS ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Y LAS EMPRESAS DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DEL EJERCICIO DE 2015, EMITIDO EN CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES COMERCIALES.

Se dio cuenta del Informe emitido por la Tesorería municipal, en fecha 10 de noviembre de 2015, sobre el asunto indicado en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión de Hacienda, patrimonio y empleo en la sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015, de acuerdo con lo siguiente:

“DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO. Sesión ordinaria

celebrada el día 17 de noviembre de 2015.

DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME EMITIDO POR LA TESORERÍA MUNICIPAL SOBRE LAS

OPERACIONES COMERCIALES REALIZADAS ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, Y LAS

EMPRESAS DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DEL EJERCICIO DE 2015, EMITIDO EN

CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, POR LA QUE SE

ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES

COMERCIALES.

Visto el Informe emitido por la Tesorería municipal, en fecha 10 de noviembre de 2015, sobre el

asunto epigrafiado, cuya literalidad dice:

“La ley 15/2010 de 5 de Julio, de modificación de la ley 3/2004, de 29 de Diciembre, determina en su

artículo 4 la obligatoriedad de las Corporaciones Locales de elaboración y remisión al Ministerio de

Economía y Hacienda de un informe trimestral sobre el cumplimiento de los plazos previstos para el

pago de las obligaciones de cada Entidad Local:

“Articulo cuarto .Morosidad de las Administraciones Publicas

....

3. Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán

trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de

las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las

obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.

4. Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe

deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y,

en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus

respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales.

Tales órganos podrán igualmente requerir la remisión de los citados informes.”

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Con fecha 23 de marzo de 2011 se público la Guía para la elaboración de los Informes Trimestrales

que las entidades locales han de remitir al Ministerio de Economía y Hacienda, en cumplimiento del

articulo cuatro del la Ley 15/2010 de 5 de Julio, siguiéndose sus instrucciones para la determinación

del cálculo.

De acuerdo con lo preceptuado en dicha Ley y siguiendo las pautas indicadas, y con los datos

obtenidos de la contabilidad y suministrados por la empresa realiza los trabajos de mantenimiento y

apoyo informático de la contabilidad T-System. S.A., el funcionario que suscribe informa:

Primero.- Pagos realizados

En el tercer trimestre de 2015 se han pagado 3502 facturas por importe de 4.613.561,09 euros.

Pudiendo resumirse sus circunstancias de pago, en cuanto al plazo del mismo, en el cuadro que se

recoge en el ANEXO I

Segundo.- Intereses de demora pagados en el periodo.

Se debe reseñar que se han abonado intereses de demora en el periodo de referencia, 9083,09

euros. Pudiendo resumirse sus circunstancias de pago, en el cuadro que se recoge en el ANEXO II.

Tercero.- Factura o documentos justificativos pendientes de pago al final del trimestre.

Al final del trimestre quedan pendiente de pago 834 facturas por un importe de 816.249,54 euros.

Pudiendo resumirse sus circunstancias, en cuanto al plazo del mismo, en el cuadro que se recoge en

el ANEXO III

Cuarto.- A la fecha de emisión del presente informe los datos contenidos en el mismo, están grabados

en la plataforma de rendición del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas.

ANEXO I

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ANEXO II

ANEXO III

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La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente

sesión, de carácter ordinaria, que celebre.

Segovia, a 17 de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN. Vº Bº, EL

PRESIDENTE,”

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

Acuerdo núm. 305.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME EMITIDO POR LA TESORERÍA MUNICIPAL SOBRE LAS OPERACIONES COMERCIALES REALIZADAS ENTRE EL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES, (ENTIDAD DEPENDIENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA), Y LAS EMPRESAS DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DEL EJERCICIO DE 2015, EMITIDO EN CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES COMERCIALES.

Se dio cuenta del Informe emitido la Tesorería municipal, en fecha 10 de noviembre de 2015, sobre el asunto indicado en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión de Hacienda, patrimonio y empleo en la sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015, de acuerdo con lo siguiente:

“DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO. Sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015.

DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME EMITIDO POR LA TESORERÍA MUNICIPAL SOBRE LAS OPERACIONES COMERCIALES REALIZADAS ENTRE EL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES, ENTIDAD DEPENDIENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, Y LAS EMPRESAS DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DEL EJERCICIO DE 2015, EMITIDO EN CUMPLIMIENTO DE

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Página 15

LO PREVISTO EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES COMERCIALES.

Visto el Informe emitido por la Tesorería municipal, en fecha 10 de noviembre de 2015, sobre el asunto epigrafiado, cuya literalidad dice:

“La ley 15/2010 de 5 de Julio, de modificación de la ley 3/2004, de 29 de Diciembre, determina en su artículo 4 la obligatoriedad de las Corporaciones Locales de elaboración y remisión al Ministerio de Economía y Hacienda de un informe trimestral sobre el cumplimiento de los plazos previstos para el pago de las obligaciones de cada Entidad Local:

“Articulo cuarto .Morosidad de las Administraciones Publicas

……………………..

3. Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.

4. Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. Tales órganos podrán igualmente requerir la remisión de los citados informes.”

Con fecha 23 de marzo de 2011 se público la Guía para la elaboración de los Informes Trimestrales que las entidades locales han de remitir al Ministerio de Economía y Hacienda, en cumplimiento del articulo cuatro del la Ley 15/2010 de 5 de Julio, siguiéndose sus instrucciones para la determinación del cálculo.

De acuerdo con lo preceptuado en dicha Ley y siguiendo las pautas indicadas, y con los datos obtenidos de la contabilidad y suministrados por la empresa realiza los trabajos de mantenimiento y apoyo informático de la contabilidad T-System. S.A., el funcionario que suscribe informa:

Primero.- Pagos realizados

En el tercer trimestre de 2015 se han pagado 213 facturas por importe de 128.701,63 euros. Pudiendo resumirse sus circunstancias de pago, en cuanto al plazo del mismo, en el cuadro que se recoge en el ANEXO I.

Segundo.- Intereses de demora pagados en el periodo.

Se debe reseñar que no se han abonado intereses de demora en el periodo de referencia, tal y como se refleja en el ANEXO II.

Tercero.- Factura o documentos justificativos pendientes de pago al final del trimestre.

Al final del trimestre quedan pendiente de pago 69 facturas por un importe de 32.375,46 euros. Pudiendo resumirse sus circunstancias, en cuanto al plazo del mismo, en el cuadro que se recoge en el ANEXO III

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Cuarto.- A la fecha de emisión del presente informe los datos contenidos en el mismo, están grabados en la plataforma de rendición del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas.

ANEXO I

ANEXO II

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ANEXO III

La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente sesión, de carácter ordinaria, que celebre.

Segovia, a 17 de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN. Vº Bº, EL PRESIDENTE,”

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

Acuerdo núm. 306.- DACIÓN DE CUENTA DE LA INFORMACIÓN COMUNICADA EN FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2015, AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN HAP/2105/2012 DE DESARROLLO DE LA L.O. 2/2012, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA, DEL ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES, GESTIÓN Y CALIDAD TURÍSTICA CIUDAD DE SEGOVIA, S.A.U., Y FUNDACIÓN DON JUAN DE BORBÓN, CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DEL PRESENTE EJERCICIO DE 2015, E INFORME DE EVALUACIÓN GRUPO ADMINISTRACIONES PUBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES, GESTIÓN Y CALIDAD TURÍSTICA CIUDAD DE SEGOVIA, S.A.U. Y FUNDACIÓN DON JUAN DE BORBÓN, Y ESTADOS DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA E INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DE 2015.

Se dio cuenta la información comunicada, en fecha 29 de octubre de 2015, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a que se hace referencia en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión de Hacienda, patrimonio y empleo en la sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015, de acuerdo con lo siguiente:

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Página 18

“DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO. Sesión ordinaria

celebrada el día 17 de noviembre de 2015.

DACIÓN DE CUENTA DE LA INFORMACIÓN COMUNICADA EN FECHA 29 DE OCTUBRE DE

2015, AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS, EN CUMPLIMIENTO DE

LA ORDEN HAP/2105/2012 DE DESARROLLO DE L.O. 2/2012, DE ESTABILIDAD

PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA, E INFORME DE EVALUACIÓN GRUPO

ADMINISTRACIONES PUBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, INSTITUTO MUNICIPAL DE

DEPORTES, GESTIÓN Y CALIDAD TURÍSTICA CIUDAD DE SEGOVIA, SAU., FUNDACIÓN D.

JUAN DE BORBÓN, CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DE 2015.

Por la Intervención de Fondos se da cuenta de la información comunicada, en fecha 29 de octubre de

2015, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la página web de la Oficina

virtual, en cumplimiento de la Orden HAP/2105/2012 de desarrollo de Ley Orgánica 2/2012, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, e Informe de Evaluación GRUPO

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, INSTITUTO MUNICIPAL DE

DEPORTES, EMPRESA MUNICIPAL DE GESTIÓN Y CALIDAD TURÍSTICA CIUDAD DE SEGOVIA,

SAU y FUNDACIÓN D. JUAN DE BORBÓN, correspondiente al tercer trimestre de 2014.

La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente

sesión, de carácter ordinaria, que celebre.

Segovia, a 17 de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN. Vº Bº, EL PRESIDENTE,”

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO.

Acuerdo núm. 307.- DACIÓN DE CUENTA DE LA INFORMACIÓN COMUNICADA CON FECHA 5 DE NOVIEMBRE DE 2015, AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN HAP/2075/2014 POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CÁLCULO DEL COSTE EFECTIVO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES.

Se dio cuenta la información comunicada, en fecha 5 de noviembre de 2015, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a que se hace referencia en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión de Hacienda, patrimonio y empleo en la sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2015, de acuerdo con lo siguiente:

“DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO. Sesión ordinaria

celebrada el día 17 de noviembre de 2015.

DACIÓN DE CUENTA DE LA INFORMACIÓN COMUNICADA EN FECHA 5 DE NOVIEMBRE DE

2015, AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS, EN CUMPLIMIENTO DE

LA ORDEN HAP/2075/2014, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CÁLCULO DEL

COSTE EFECTIVO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES.

Por la Intervención de Fondos se da cuenta de la información comunicada, en fecha 5 de noviembre

de 2015, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la página web de la

Oficina virtual, en cumplimiento de la Orden HAP/2075/2014, por la que se establecen los criterios de

cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las Entidades Locales.

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La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente

sesión, de carácter ordinaria, que celebre.

Segovia, a 17 de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN. Vº Bº, EL PRESIDENTE,

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

• MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

Acuerdo núm. 308.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA PARA QUE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA INCLUYA CRITERIOS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“Ángel Galindo Hebrero, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayto. de Segovia, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, eleva al Pleno de la Corporación la siguiente

MOCIÓN PARA QUE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL AYTO. DE SEGOVIA INCLUYA CRITERIOS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES.

Exposición de motivos:

Uno de los principales mecanismos con los que cuentan las administraciones públicas para conseguir el bienestar de los ciudadanos y ciudadanas es la contratación pública. Su peso económico se cifra en más de un 15% en el PIB del Estado Español. El dinero presupuestado para 2015 por el Ayto. para contrataciones de trabajos realizados por otras empresas asciende a 11.144.384 euros, y para subvenciones a empresas que prestan servicios municipales es de 2.779.414 euros.

La contratación pública es una herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento de sus fines y valores fundamentales: cohesión social, redistribución de la riqueza, igualdad y justicia. Se debe evitar, como venía ocurriendo hasta ahora, que la mayor ponderación del criterio precio, entre los tenidos en cuenta para adjudicar los contratos, incida negativamente en el mercado laboral, destruyendo empleo y empeorando las condiciones de los trabajadores.

Los objetivos de las administraciones municipales en este ámbito deben estar dirigidos a la consecución de una contratación pública estratégica, sostenible y socialmente responsable que tenga en cuenta no sólo la calidad, eficacia y sostenibilidad medioambiental en la prestación de servicios públicos y en las compras públicas, sino también la necesidad de no incidir negativamente sobre las condiciones en las que se desarrolla la prestación laboral o sobre el propio empleo. La oferta económicamente más ventajosa no tiene por qué identificarse con la del precio más bajo.

El marco normativo de la contratación pública se ha visto modificado con la aprobación de una nueva Directiva sobre contratación Pública -Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014- que incide en la aplicación de otros criterios de adjudicación, como los criterios sociales, medioambientales, o de innovación, prioritarios también en aras a un crecimiento inteligente, sostenible e integrador que persigue la Estrategia Europa 2020, y en la que la contratación pública desempeña un papel clave.

De acuerdo con lo dispuesto en el Considerando 90 de la Directiva, la adjudicación de los contratos debe basarse en criterios objetivos que garanticen el respeto a los principios de transparencia, no discriminación e igualdad de trato con el fin de garantizar una comparación objetiva del valor relativo

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de los licitadores que permita determinar, en condiciones de competencia efectiva, qué oferta es la económicamente más ventajosa.

Por otro lado, tal y como reconoce la Directiva Europea sobre contratación pública 24/2014, para contratos de prestaciones directas a ciudadanos en el ámbito sanitario o social resulta necesario un tratamiento más alejado del mercado, dado el carácter estratégico de las necesidades a satisfacer y, por ello, deben ser prestados desde una estricta perspectiva de calidad.

Es fundamental conseguir que la prestación de servicios públicos y las compras públicas sean de calidad, estratégicas, sostenibles y socialmente responsables, y que deje de tener efecto la obligatoriedad de que el precio más bajo sea el que determine la elección de la empresa que prestará los servicios públicos cuando se utilice más de un criterio de valoración. De este modo podrá evitarse, como se ha señalado antes, que la contratación pública incida de forma negativa en el ámbito laboral.

Ha de tenerse en cuenta que en aquellos contratos en los que el componente económico fundamental viene constituido por el coste de la mano de obra, la mayor ponderación del criterio precio entre los tenidos en cuenta para su adjudicación puede incidir negativamente en el mercado laboral y ser utilizado de forma impropia para justificar numerosas actuaciones que acaban destruyendo empleo y empeorando las condiciones laborales de los trabajadores.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de IU eleva al Pleno los siguientes acuerdos:

1. Que se elabore un decreto para la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales (criterios como la calidad de las condiciones de empleo, la inserción sociolaboral, la diversidad funcional, políticas de género, medioambientales y de comercio justo) en las contrataciones que se realicen desde el Ayuntamiento de Segovia. Dichos criterios tenderán a valorarse en un mínimo del 60% sobre la puntuación total.

2. En aquellos supuestos en que los órganos de contratación utilicen más de un criterio para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa, deberán incluirse criterios que permitan identificar la oferta que presente la mejor relación calidad-precio, tales como la calidad, accesibilidad, características sociales, medioambientales o innovadoras, entre otros, siempre que estén vinculados al objeto del contrato y formulados de forma objetiva con pleno respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad.

3. Los contratos de prestaciones directas a ciudadanos en el ámbito sanitario o social serán considerados desde una estricta exigencia de garantías de calidad del servicio en relación al objeto del contrato con criterios tendentes a la mayor especificidad posible.

En Segovia, a 17 de noviembre de 2015”

Con el voto a favor unánime de los asistentes los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, la Excma. Corporación municipal acordó:

1. Que se estudie por los servicios correspondientes, la inclusión de criterios que incluyan aspectos cualitativos, medioambientales y/o sociales vinculados al objeto del contrato público de que se trate, siempre que la normativa lo permita.

2. En aquellos supuestos en que los órganos de contratación utilicen más de un criterio para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa, deberán incluirse criterios que permitan identificar la oferta que presente la mejor relación calidad-precio, tales como la calidad, accesibilidad, características sociales, medioambientales o innovadoras, entre otros, siempre que estén vinculados al objeto del contrato y formulados

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de forma objetiva con pleno respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad.

3. Los contratos de prestaciones directas a ciudadanos en el ámbito sanitario o social serán considerados desde una estricta exigencia de garantías de calidad del servicio en relación al objeto del contrato con criterios tendentes a la mayor especificidad posible.

Acuerdo núm. 309.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA PARA QUE SE ELABORE UN PLAN DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE SEGOVIA.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“Ángel Galindo Hebrero, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayto. de Segovia, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, eleva al Pleno de la Corporación la siguiente

Moción para que se elabore un plan de sensibilización y prevención de la violencia de género en los centros educativos de Segovia.

Exposición de motivos:

Un año más queda constatado cómo, a pesar de que teóricamente es rechazada desde todos los ámbitos, la violencia de género es aún una lacra endémica que nos sigue golpeando.

Desde que comenzó la crisis, la violencia de género ha ido aumentando día a día. Y la violencia institucional soterrada que se ejerce contra las mujeres a través de los recortes presupuestarios, la disminución de las pocas políticas de prevención que ya existían, junto con la imagen discriminatoria y cosificada de las mujeres que se sigue ofreciendo, son un caldo de cultivo que fortalece la desigualdad y la violencia, que son elementos inseparables.

Hemos sido testigos en las últimas semanas de un preocupante repunte de asesinatos machistas en nuestro país. Poco después de la histórica manifestación del pasado 7 de noviembre se produjeron cinco asesinatos machistas, y el pasado fin de semana murieron otras tres mujeres a manos de sus parejas en apenas 24 horas. Ante este negro panorama, toda iniciativa que se impulse desde las instituciones en este ámbito ha de ser tomada en consideración.

Luchar contra la violencia de género requiere medidas específicas y especiales que proporcionen a las mujeres elementos de prevención y protección reales, y a la sociedad, conciencia y cultura política para rechazar todo tipo de violencia, y particularmente, la violencia sexista.

En muchas partes del mundo las mujeres se encuentran en una situación insostenible de negación de derechos, que las oculta, las empobrece y las sitúa en continuo riesgo, incluso institucionalizado, de violencia extrema, de explotación sexual, de agresiones, violaciones, asesinatos y ejecuciones.

En nuestro país, la deriva conservadora y patriarcal hacia posiciones políticas regresivas, de recortes en recursos de protección social y en programas de igualdad, sigue poniendo de manifiesto más aún, que la lucha contra la violencia de género, es en definitiva, la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres.

Esta lucha debe impulsarse desde edades tempranas y muy especialmente en el ámbito educativo. Los centros educativos deben contar con planes, talleres, etc. destinados a la sensibilización y a la prevención, así como a la inculcación de valores e ideas de igualdad.

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Por todo lo expuesto, el Pleno de este Ayuntamiento exige que la violencia contra las mujeres sea eliminada definitivamente de nuestras vidas, de nuestras ciudades y de toda la sociedad, y para ello, es necesario adoptar los siguientes acuerdos:

1- Que se elabore un plan de sensibilización y prevención de la violencia de género en los centros educativos de Segovia, que incluya talleres, charlas, actos, etc. con personal cualificado para la formación de toda la comunidad educativa en esta materia con el fin de difundir valores de respeto, no sumisión y no control hacia la mujer entre los alumnos.

2- Que frente a la crisis económica, el Ayuntamiento de Segovia centre sus esfuerzos y recursos económicos, materiales y humanos en consolidar la igualdad y la no violencia de género a través de Planes anuales que tengan un reflejo específico y general en los Presupuestos municipales.

3- Este Ayuntamiento se compromete a que a través de las propias consignaciones presupuestarias no inferiores al 5%, adoptadas de forma transversal desde todas las delegaciones municipales, se aborden programas destinados a la prevención, sensibilización y actuación contra la Violencia de Género; destinando estos fondos para acciones directas y estructurales.

4- Instar la modificación de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, para incluir todas las formas de violencia de género.

5- De estos acuerdos se dará traslado al Congreso de los Diputados y el Consejo Municipal de la mujer.

En Segovia, a 17 de noviembre de 2015”

Con el voto a favor unánime de los asistentes, los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, la Excma. Corporación municipal acordó aprobar la moción presentada en los términos resultantes de la redacción alternativa de los acuerdos, propuesta por el grupo socialista y que asi mismo es aprobada.

“REDACCIÓN ALTERNATIVA DE LOS ACUERDOS DE LA MOCIÓN SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO (PLENO 23/11/2015).

Adoptar el siguiente acuerdo:

1. Mantener el trabajo de sensibilización y prevención que actualmente se está realizando en los centros educativos, así como poner en marcha, una vez concluidos los trabajos del III Plan de Juventud de Segovia, el nuevo programa municipal previsto en el mismo, para trabajar la igualdad entre los hombres y las mujeres y prevenir y actuar contra los comportamientos machistas y la violencia de género.

2. Seguir manteniendo todos los programas que el Ayuntamiento de Segovia realiza para consolidar la igualdad y la no violencia contra las mujeres, adoptados de forma transversal desde las diferentes concejalías, dotándolos presupuestariamente de forma suficiente y en la medida de las posibilidades, así como exigir a las restantes administraciones, en especial la Junta de Castilla y León, que financien adecuadamente a los Ayuntamientos para la consecución de los fines anteriores.”

Acuerdo núm. 310.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA (UPYD) – CENTRADOS EN SEGOVIA SOBRE LA CREACIÓN DE UNA SEDE DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO EN SEGOVIA.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

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“MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA -

CENTRADOS EN SEGOVIA AL PLENO DEL 23 DE NOVIEMBRE DE 2015 SOBRE LA CREACIÓN

DE UNA DE SEDE DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO EN SEGOVIA.

D. Cosme Aranguren Gallego, portavoz del Grupo Municipal UPYD – Centrados en Segovia en el

Ayuntamiento de Segovia, al amparo de lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de

las Bases de Régimen Local y el articulo 97.3 del Real Decreto 2568/1986 de 29 de noviembre por el

que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, presenta en el Pleno Ordinario del 23 de noviembre de 2015 la siguiente moción

para su debate y votación.

Exposición de Motivos

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) es un centro de alta cultura, investigación y

especialización, en el que convergen actividades de distintas especialidades universitarias. Su misión

es difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio de información científica y

cultural, de interés internacional e interregional, y desarrollar actividades de alta investigación y

especialización.

La UIMP quiere ser una universidad abierta a todos los ámbitos académicos y culturales, que

promueve el debate de temas en la frontera del conocimiento, el análisis de las cuestiones que

conciernen al futuro de la sociedad, la actividad cultural de mayor actualidad, el estudio y la

enseñanza de carácter multi-e interdisciplinar, la formación postgraduada orientada al empleo y el

reciclaje profesional y la proyección internacional de la creación científica y cultural española.

Los valores de la UIMP son:

- Singularidad y tradición, tras ochenta años de actividad cultural, científica y formativa.

- Proyección social, con notable impacto en la trayectoria una buena parte de la élite cultural,

científica y profesional en España.

- Excelencia académica.

- Enseñanza del español, tarea que constituye el origen de la UIMP y justificó su creación.

- Promoción y difusión del conocimiento multidisciplinar e interdisciplinar.

- Apertura a todos los ámbitos culturales, científicos y profesionales.

Desde la década de los ochenta, la UIMP ha experimentado cambios notables en su estructura, instalaciones y funcionamiento. Por un lado, la emblemática sede de la Magdalena en Santander ha visto nacer otras sedes repartidas por toda la geografía nacional: Barcelona, Cartagena, La Coruña, Cuenca, Granada, La Línea de La Concepción, Pirineos (en Huesca), Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Valencia. Las sedes realizan una parte apreciable y creciente de toda la actividad de la UIMP.

En la actualidad, Castilla y León es una de la pocas comunidades autónomas que no cuentan con

sede de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Si Segovia acogiese ser sede de esta

institución, asumiría un papel protagonista a nivel autonómico.

LOS CURSOS DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA EN INGLÉS

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Uno de los principales activos de los Centros Permanentes de la UIMP, son los cursos de inmersión

lingüística que se cursan, que garantizan cientos de alumnos a cada una de las sedes, y que

repercute positivamente en la economía local y en el conocimiento cultural y turístico de cada ciudad

y provincia.

En la última edición, el Ministerio de Educación Cultura y Deporte ha convocado 15.000 becas

de cursos de inmersión total en lengua inglesa dirigidos tanto a estudiantes de edades entre 16 y

30 años como a profesores, para desarrollar y potenciar la agilidad oral. Todas ellas cursadas entre

las 12 sedes de la UIMP.

Se trata de cursos residenciales de duración semanal, en régimen de internado concebidos para

potenciar la destreza oral y comunicativa con metodología interactiva. Los programas residenciales de

inmersión en inglés han resultado una fórmula docente útil para el desarrollo efectivo de la agilidad

lingüística y las estrategias de comunicación eficaz.

Los cursos son impartidos en grupo de 5-6 alumnos, por profesores nativos. Es obligatorio realizar

con profesores y auxiliares de conversación comidas, cenas y actividades complementarias en inglés

(visitas guiadas a centros de interés turístico, cine, concursos y en general otras actividades y

juegos que permitan poner en práctica lo aprendido).

LA SEDE EN SEGOVIA

Por su situación geográfica, su actividad cultural y académica, e incluso por experiencias anteriores -

como los Cursos de Verano para extranjeros organizados por D. Luis Felipe Peñalosa que se

remontan a 1948-, Segovia cumple, a juicio de este grupo, los requisitos que se le podrían exigir a

una ciudad para acoger una sede de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. La presencia de

esta Universidad complementaría la actividad académica de nuestra ciudad.

En el casco Antiguo de Segovia se acumulan los inmuebles con gran valor patrimonial, que se

encuentran vacíos de contenido y sin uso. Son varios los edificios que reunirían las condiciones

para acoger la sede de la UIMP en Segovia. Algunos de ellos propiedad de otras instituciones,

como por ejemplo la Fundación Caja Segovia.

A nuestro entender, creemos factible y beneficioso invitar a la Fundación Caja Segovia, y a otras

instituciones a formar parte del posible consorcio que gestionase este proyecto.

Desde el grupo UPYD-Centrados en Segovia hemos realizado gestiones encaminadas a conocer el

posible interés de la Universidad en este proyecto. Hemos mantenido conversaciones con el Excmo.

Sr. Rector Mgfco. Nombela Cano, encaminadas a exponerle nuestras aspiraciones. De las

conversaciones mantenidas sacamos en conclusión el interés de la Universidad Internacional

Menéndez Pelayo por continuar su expansión y el no descartar, a priori, la posibilidad de que

sea Segovia.

Ha llegado el momento que esta primera toma de contacto deje de llevarla a cabo este grupo político.

Tiene que ser el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, con la Alcaldesa al frente, la que abandere este

proyecto con el asentimiento mayoritario de los grupos representados en esta Corporación.

ACUERDO:

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El inicio de conversaciones institucionales del Excmo. Ayuntamiento de Segovia con la Universidad

Internacional Menéndez Pelayo con el fin de lograr que Segovia acoja una sede (centro permanente)

de dicha Universidad.

En Segovia, a 16 de Noviembre de 2015”

Con el voto a favor unánime de los asistentes, los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, la Excma. Corporación municipal acordó APROBAR LA MOCIÓN PRESENTADA EN LOS TÉRMINOS ANTERIORMENTE EXPRESADOS.

Acuerdo núm. 311.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS - PARTIDO DE LA CIUDADANÍA (C’S) PARA QUE EL GOBIERNO MUNICIPAL PONGA EN MARCHA UN PLAN DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS SECTORIZADO.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“Los Concejales integrantes del Grupo Municipal Ciudadanos Segovia del Ayuntamiento de Segovia, al amparo de lo establecido en el Artículo 97 del Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y el Artículo 94.3 del vigente Reglamento orgánico del Ayuntamiento de Segovia, someten a la consideración del Pleno Ordinario a celebrar el 23 de noviembre de 2015 para su debate y aprobación, si procede, lo siguiente:

MOCIÓN PARA QUE EL GOBIERNO MUNICIPAL PONGA EN MARCHA UN PLAN DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS SECTORIZADO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

Todos sabemos que las infraestructuras de las ciudades se van deteriorando desde el punto de vista físico por el paso del tiempo, el uso y desgaste, o una inadecuada elección de materiales. Algunos de los problemas que presentan las ciudades son repentinos o accidentales y necesitan una respuesta inmediata por parte de las administraciones. Sin embargo, la mayor parte de las carencias son crónicas y habituales; son conocidas por los peatones y por los conductores en su tránsito por la ciudad; son visibles por los turistas en sus visitas; son obstáculos que se presentan en el transcurso del día por parte de los vecinos de Segovia.

Durante las reuniones mantenidas por este Grupo Municipal con los vecinos y asociaciones, se han evidenciado muchos de estos problemas, desde un bache en la calle hasta la falta de luz en una travesía, o la inexistencia de servicios públicos en un parque; o la proliferación de cucarachas o problemas con la numeración de calles.

La mayoría de las administraciones locales, como es el caso de Segovia, no tienen un Plan para el mantenimiento. Con la llegada del Grupo Municipal Ciudadanos, queremos incorporar herramientas de gestión utilizadas en el ámbito profesional privado para aplicarlo a la inversión pública con dinero público, una manera de realizar las actuaciones más eficaz, más eficiente y sin cálculos políticos.

Nos preocupa la inexistencia de un Plan de estas características porque “ni hay tiempo ni dinero” (sic). Desde nuestro Grupo creemos que precisamente la ciudad ganará tiempo y dinero con la puesta en marcha de este Plan.

Por tando, el Grupo Municipal Ciudadanos PROPONE se adopte el siguiente acuerdo: la elaboración y puesta en marcha de un Plan de Gestión de Infraestructuras en barrios, que cuente para su

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realización con todos los actores municipales: Asociaciones de Vecinos, Juntas Vecinales o de Barrio, Técnicos del Ayuntamiento, Grupos Políticos y Participación de toda la ciudadanía.

En Segovia a 17 de noviembre de 2015”

La Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en la moción, y ante la existencia de un empate la Presidencia ejerció su voto de calidad en contra de la propuesta.

En consecuencia, ante el voto de calidad de la Presidencia en contra de la moción, no obteniendo por tanto la mayoría necesaria, NO FUE APROBADA LA MOCIÓN PRESENTADA.

Acuerdo núm. 312.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR (GMP) PARA QUE SE CAMBIE EL SENTIDO DEL TRÁFICO EN LA CALLE JOSÉ ZORRILLA.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR AL PLENO DEL

AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA PARA QUE SE CAMBIE EN SENTIDO DEL TRÁFICO EN LA

CALLE JOSÉ ZORRILLA

Los concejales integrantes del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Segovia, al amparo de

lo establecido en el artículo 97 del Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento de las

Entidades Locales y el artículo 94.3 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia, formulan

para su discusión y, en su caso, aprobación en el próximo Pleno Ordinario a celebrar el día 23 de

noviembre de 2015, la siguiente MOCIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A finales del año 2009, tras las obras de reurbanización integral de la Calle José Zorrilla, se cambió el

sentido del tráfico en la misma y pasó a ser descendente desde la glorieta del Cristo del Mercado

hasta la plaza de Somorrostro. Esta medida se adoptó de manera provisional, tal y como dijo en aquel

entonces, el propio gobierno municipal, ya que se tenía que comprobar su eficacia.

Tampoco se coordinó el cambio de sentido con un estudio en todas las calles transversales y

paralelas en los barrios afectados, con lo que surgieron problemas de movilidad para los residentes

de estas zonas.

Por ello, al poco tiempo de su puesta en marcha y puesto que la medida se había adoptado de forma

transitoria, algunos de los comerciantes de la zona así como la Asociación de Vecinos de Santa

Eulalia pidieron que se volviera a la situación anterior y que la calle recuperase de nuevo el sentido

ascendente, puesto que con este cambio muchos establecimientos se habían visto perjudicados y

todas las calles del barrio se habían transformado en vías de bajada con los problemas que ello

acarreaba a nivel de circulación, tanto para los propios vecinos del barrio como para el resto de

ciudadanos.

Sin embargo, los años han ido pasando y a pesar de las continúas demandas por parte de varios

colectivos, el sentido de esta céntrica vía de la ciudad continúa siendo descendente.

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A la hora de adoptar medidas de este tipo se tendría que tener en cuenta tanto la utilidad del tráfico

para los comerciantes como la movilidad de los residentes y hay que recordar que sólo en el barrio de

Santa Eulalia viven unas 3000 personas y una parte importante son de avanzada edad.

Si se recuperase el sentido ascendente ya no serían todas las calles centrales de este barrio de

bajada, con lo que se mejoraría la movilidad para los residentes y se recuperaría fluidez en el tráfico,

además, la actividad a nivel comercial experimentaría una mejora importante, redundando en

beneficio de toda la ciudad.

Por ello y puesto que fue una medida adoptada con carácter provisional y con el fin de conseguir una

importante mejora para los ciudadanos de Segovia, elevamos al Pleno para su aprobación, la

siguiente propuesta de resolución:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

Que por parte del Gobierno Municipal se pongan en marcha las medidas oportunas para recuperar la

dirección del tráfico en sentido ascendente en la Calle José Zorrilla. Y, una vez adoptada esta

medida, se de un plazo razonable para comprobar su eficacia. Por último y paralelamente, solicitamos

la realización de un estudio en todas las calles transversales y paralelas a José Zorrilla, para adoptar

las medidas que sean necesarias para mejorar la movilidad en esta zona y con ello en la ciudad.”

La Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en la moción, y ante la existencia de un empate la Presidencia ejerció su voto de calidad en contra de la propuesta.

En consecuencia, ante el voto de calidad de la Presidencia en contra de la moción, no obteniendo por tanto la mayoría necesaria, NO FUE APROBADA LA MOCIÓN PRESENTADA.

• ESCRITO DE RENUNCIA

Acuerdo núm. 313.- ESCRITO DE RENUNCIA AL CARGO DE CONCEJAL EN ESTE AYUNTAMIENTO, PRESENTADA POR DON JUAN MANUEL ALCALDE CASTRO.

Dada cuenta del escrito de fecha 11 de noviembre de 2015 y núm. de registro de Entrada 2015037072, que presenta al Pleno el concejal del grupo municipal CIUDADANOS – PARTIDO DE LA CIUDADANÍA (C’s), DON JUAN MANUEL ALCALDE CASTRO, y en el que manifiesta que presenta su renuncia como concejal de este Excmo. Ayuntamiento de Segovia, y visto el informe emitido por la Secretaría general, con fecha 19 de noviembre de 2015,

La Excma. Corporación municipal reunida en pleno, tomó conocimiento y acepta la renuncia formulada por DON JUAN MANUEL ALCALDE CASTRO al cargo de Concejal de este Excmo. Ayuntamiento y, en consecuencia, se solicita de la Junta Electoral la expedición y remisión de la credencial acreditativa del concejal electo a quien corresponda atendiendo al orden de colocación de la candidatura presentada por CIUDADANOS – PARTIDO DE LA CIUDADANÍA (C’s) en las pasadas elecciones locales del año 2015.

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• RUEGOS Y PREGUNTAS

Acuerdo núm. 314.- RUEGOS.

NO SE FORMULARON

Acuerdo núm. 315.- PREGUNTAS FORMULADAS EN LA SESIÓN ANTERIOR O POR ESCRITO CON ANTELACIÓN MÍNIMA DE 24 HORAS.

• Se procedió, en primer término, a dar contestación a las preguntas formulados en el trascurso de la sesión anterior y que, según resulta del acta de la sesión, fueron las siguientes:

Pregunta: “Acuerdo núm. 289.- PREGUNTAS QUE SE FORMULEN EN EL TRANSCURSO DE LA SESIÓN.- Se formularon por parte de doña Esther Bermejo Bravo, del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia

CONTESTA doña Mª Fernanda Santiago Bolaños, concejala delegada de Cultura.

• Seguidamente, se dio cuenta de la presentación por escrito y con la antelación mínima de 24 horas prevista en el ROF de la siguiente pregunta / las siguientes preguntas:

- La portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos en el Ayuntamiento de Segovia, escrito de fecha 17 de noviembre de 2015, 5 preguntas, que fueron contestadas por el concejal delegado de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación (Área 7); la concejala delegada de Obras, servicios e infraestructuras; el concejal delegado de Tráfico, transportes y movilidad (ÁREA 3C) y Seguridad (ÁREA 6) y el concejal delegado de Urbanismo (ÁREA 3.A) y Economía y hacienda (ÁREA 2).

- El Portavoz del Grupo Municipal UPyD - Centrados en Segovia, escritos de fecha 19 de Noviembre de 2015: 2 preguntas, que fueron contestadas por el concejal delegado de Urbanismo (ÁREA 3.A) y Economía y hacienda (ÁREA 2) y por la concejala delegada de Obras, servicios e infraestructuras.

Acuerdo núm. 316.- PREGUNTAS QUE SE FORMULEN EN EL TRANSCURSO DE LA SESIÓN.

A continuación se abrió el turno de preguntas que se formulan directamente en la sesión, formulándose por la Portavoz del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía; por doña Esther Bermejo Bravo, del grupo municipal, UPyD – Centrados en Segovia y por el Portavoz del grupo municipal, UPyD – Centrados en Segovia.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, siendo las diecinueve horas y treinta y cinco minutos del mismo día por la Presidencia se levantó la sesión.

Segovia, 23 de noviembre de 2015

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NOTA. La presente Información se expide en cumplimiento del mandato recogido en los artículos 69 de la ley 7/1985 RBRL, y 229.2 y 230 del ROF e incluye una referencia resumida a lo acordado por el Pleno corporativo. Su finalidad es meramente informativa y en cuanto a su contenido, a efectos de acreditación de lo acordado, no goza del carácter de documento público de las actas y certificaciones expedidas por la Secretaría General en el ejercicio de las funciones de fe pública que la ley le reserva.