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Indicadores de Derechos Humanos y de Acceso a la Justicia de las Mujeres, del Programa de Equidad de GéneroTRANSCRIPT
INDICADORES DEDERECHOS HUMANOS Y
DE ACCESO A LA JUSTICIADE LAS MUJERES
Programa de Equidad de Génerode la Oficina Regional de
Centro América, México y el CaribeCAMEXCA
El Salvador, San Salvador
Estimada y estimado lector,
OXFAM América Inc., dentro de suPrograma de Equidad de Género de laOficina Regional de Centro América, Méxicoy el Caribe - CAMEXCA, tiene el gusto depresentarle el documento "INDICADORESDE DERECHOS HUMANOS Y DE ACCESOA LA JUSTICIA DE LAS MUJERES".
Los propósitos del documento son, por unlado, contribuir a su cualificación profesionaly, con ello, la de los servicios que prestacomo operador u operadora de justicia ofuncionario municipal; miembro de unaasociación de mujeres, de un observatorioo de un departamento de género dentro deuna organización pública o privada quetrabaje en el ámbito de prevención de laviolencia de género.
Por otro lado, el documento tiene laintención de proporcionarle, de manerasencilla y aplicada, herramientas básicas
que le abran un espacio técnico para lacomprensión y práctica de la temática dederechos humanos y acceso a la justiciade las mujeres en El Salvador.
Le invitamos a leerlo, analizarlo y -sobretodo- a utilizar la información que acontinuación encontrará, a fin de mejorarlas intervenciones que para la prevencióny erradicación de la violencia de género,realiza su programa o institución.
Atentamente,
Carolina CastrilloDirectora RegionalOXFAM América Inc.
ÍNDICE
Introducción....................................... 9
Apartado 1- Aspecto relacionadoscon el marco conceptual ..................14
a) Línea base de Derechos Humanos yacceso a la justicia de las mujeres.
b) Objetivos de la línea base de losDerechos Humanos y acceso a lajusticia de las mujeres.
c) Indicadores.
Qué son los indicadores.Cómo se definen los indicadores.Para qué sirven los indicadores.Cómo se clasifican los indicadores.Cómo se diseñan los indicadoresQué son los indicadores de DerechosHumanos y acceso a la justicia en lalínea base.
Apartado 2- Marco referenciapara el diseño indicadores dederechos humanos de las mujeres..30
Derechos humanos de las mujeres:qué son, por qué se habla de ellos.Instrumentos normativos.internacionales, regionales y nacionalesde los derechos humanos de lasmujeres.Quién garantiza el cumplimiento de losDerechos Humanos de las mujeres enEl Salvador.Objetivos de desarrollo del milenio(ODM) y la igualdad de género yautonomía de la mujer.Derechos Humanos fundamentales delas mujeres: Convención Belem doPará.Matriz de ámbitos de cumplimiento,variables y propuesta de preguntasguía para estructurar los indicadoresde Derechos Humanos de las mujeres.
Ámbitos de cumplimiento, indicadoresy preguntas guía.
Apartado 3- Marco de referenciapara el diseño de indicadoresde acceso a la justiciade las mujeres....................................62
Acceso a la justicia; ¿un derechohumano fundamental de las mujeres?Qué es el acceso a la justicia de lasmujeres.Instrumentos normativosinternacionales, regionales y nacionalesdel derecho de acceso a la justicia delas mujeres.Barreras que dificultan el acceso a lajusticia de las mujeres.Planteamiento del problema de accesoa la justicia, objetivos, derechoprotegido, ámbitos de cumplimiento yvariables.Matriz de ámbitos de cumplimiento,variables y propuestas de preguntasguías para la elaboración deindicadores humanos de las mujeres.
Bibliografía Consultada ...................94
"Las mujeres y las y los jóvenesorganizados en el marco de la
prevención de violencia de género en ElSalvador, ejercen sus derechos a travésde la incidencia, monitoreo y demanda
efectiva de la aplicación de leyes eimplementación de programas por partede las instancias públicas y privadas, a
fin de prevenir, sancionar y reducir laviolencia de género"
(Programa de Equidad de Género de laOficina Regional de Centro América,
México y el Caribe - CAMEXCA).
INTRODUCCIÓN
Contexto y propósito
Con frecuencia, las mujeres recibeninformación inadecuada sobre sus derechosy sobre los procedimientos que deben seguirpara acceder a la justicia. Esto disminuyesu confianza en las entidades estatales,puede tener repercusiones en la percepciónsobre si deben o no denunciar casos deviolencia, y combinado con otros factores,crea un contexto de impunidad para laviolencia contra la mujer.
El diseño de indicadores para estableceruna Línea Base de Derechos Humanos yAcceso a la Justicia de las Mujeres, surgeprecisamente con el propósito de proveerinformación confiable que facilite la gestiónde iniciativas y acciones para la prevencióny erradicación de la violencia de género.Sin embargo, es claro que tener informaciónabundante no garantiza la eficiencia si ésta
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no es accesible en términos de comprensiónpara su uso y/o si no se pone a disponibilidadde las y los usuarios.
Por ello, en este documento, un grupo deorganizaciones salvadoreñas y OxfamAmérica presentan una propuesta deindicadores agrupados de acuerdo a losámbitos de cumplimiento y sus variables,incluyendo una serie de preguntasorientadoras en cada sección.
Asimismo, es importante señalar que elDiseño de Indicadores para Establecer unaLínea Base de Derechos Humanos yAcceso a la Justicia de las Mujeres formaparte de una serie de tres documentos queabarcan la metodología y cuestionario parael levantamiento de la información de lalínea base, y el cuestionario electrónico delínea base para el levantamiento interactivode la información con las mujeres lideresasque participan directamente en lasactividades de la Campaña de Prevenciónde Violencia de Género.
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Estructura del documento
Apartado 1Aspectos relacionados con el
marco conceptual
Línea base de derechos humanosy acceso a la justicia de las mujeres;objetivos de la línea base de derechoshumanos y acceso a la justicia delas mujeres; qué es un indicador,para qué sirven, cómo se definen,cómo se clasifican, cómo se diseñany qué son los indicadores de derechoshumanos y acceso a la justicia en lalínea base.
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Apartado 2Marco referencia para el diseño
indicadores de derechos humanosde las mujeres
Qué son los derechos humanos de lasmujeres y por qué se habla de ellos;instrumentos normativos internacionales,regionales y nacionales de los derechoshumanos de las mujeres; quién garantizael cumplimiento de los Derechos Humanosde las mujeres en El Salvador; Objetivosde Desarrollo del Milenio (ODM) sobreigualdad de género y autonomía de la mujer;derechos humanos fundamentales de lasmujeres (Convención Belem do Para); ymatriz de ámbitos de cumplimiento,variables y propuesta de preguntas guíapara estructurar los indicadores de derechoshumanos de las mujeres.
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Apartado 3Marco de referencia para el
diseño de indicadores de accesoa la justicia de las mujeres
Acceso a la justicia: ¿un derechohumano fundamental de las mujeres?;qué es el acceso a la justicia de lasmujeres; instrumentos normativosinternacionales, regionales ynacionales del derecho de accesoa la justicia de las mujeres; barrerasque dificultan el acceso a la justiciade las mujeres; y matriz de ámbitosde cumplimiento, variables y propuestade preguntas guías para laelaboración de indicadores dederechos humanos de las mujeres.
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a. Línea base de derechos humanos yacceso a la justicia de las mujeres
Una línea de base es un conjunto deindicadores de desempeño de un programao proyecto medidos antes de su inicio, detal forma que puedan compararse con símismos durante o después de la intervención.De esta forma, una línea de base permiteuna evaluación sistemática para sabercuáles habrían sido los niveles dedesempeño si el programa o proyecto nohubiera existido.
En el caso particular de este estudio, lalínea de base es una referencia inicial delos derechos humanos y acceso a lajusticia de las mujeres para monitorear yevaluar los avances de aspectos como:conocimiento, actitudes, cumplimiento,
4- Aspectos relacionadoscon el marco conceptual
Apartado 1
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violaciones, acceso, prontitud y puestaen práct ica de algunos derechosfundamentales de las mujeres en losmunicipios o comunidades en las que seha intervenido con la Campaña Prevenciónde la Violencia de Género.
En cuanto a la evaluación dentro de lalínea de base, el tipo más básico que sepuede realizar es medir un indicador dedesempeño antes y después de laimplementación del programa o proyecto,comparando ambos momentos.En este tipo de evaluación:
Valor del indicador de desempeño almomento de la evaluación -
Valor inicial de la línea de base =Impacto que ha tenido el programa
sobre el indicador de desempeño.
De ahí que si, al momento de la evaluación,el desempeño ha aumentado en comparacióncon el que tenía cuando se hizo la línea
de base el impacto del programa oproyecto ha sido positivo.
Generalmente, una línea de base recibeinformación de fuentes secundarias ensu contenido agregado (contexto generaly dimensión territorial). Estas fuentesson censos, encuestas anteriores,estadísticas oficiales, estudios previos yotras.
En su contenido más específico, cuandono existe información secundaria o éstano es confiable, se recurre a fuentesprimarias como entrevistas a informantescalificados o encuestas por muestreo;y dependiendo de la complejidad dela intervención puede ser necesarioestratificar la muestra o recurrir amuestreos de poblaciones independientes.
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b. Objetivos de la línea base dederechos humanos y acceso ala justicia de las mujeres
Los objetivos de la línea de base dederechos humanos y acceso a lajusticia de las mujeres son lossiguientes:
General
Brindar una herramienta que permitaestablecer los parámetros decomparación para medir anualmentela evolución de la población objetivocon relación a aspectos vinculados conconocimiento, actitudes, promoción,prácticas de los derechos y acceso ala justicia de las mujeres.
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Específicos
Establecer un sistema deseguimiento y evaluacióninformatizada e interactiva quepermita consultar informaciónsobre conocimientos, actitudes,prácticas de derechos humanosy acceso a la justicia de lasmujeres.
Generar información sobrederechos humanos y acceso a lajusticia de las mujeres queposibilite hacer un análisisdetal lado para establecerprioridades, planificar actividadesen forma estratégica y medir losefectos.
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c. Indicadores
Qué son los indicadores
En el lenguaje común, el término "indicador"se refiere a datos cuantitativos y cualitativosque permiten determinar cómo seencuentran las cosas con relación a unfenómeno o problema de la realidad socialque interesa conocer.
Los indicadores son estándares utilizadospara medir el progreso y los logros de unplan, programa o proyecto social. En esesentido, se utilizan para hacer seguimiento,evaluación y determinar niveles deinfluencia; son índices, cifras, hechos,conocimientos, opiniones o percepcionesque sirven para analizar y medir los cambiosde situaciones y condiciones específicas;son herramientas útiles para establecersituaciones y definir orientaciones y alcancesrespecto de los valores y objetivos; e
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implican una cuidadosa y periódicaobservación de los resultados.
Cómo se definen los indicadores
Los indicadores son medidas específicasde los objetivos y de los resultados, quese producen durante la ejecución de unplan, programa o proyecto. De esta forma,los indicadores son el punto decomparación que predice y/o establececon exactitud, el cumplimiento de losobjetivos y resultados.
La definición de indicadores permiteidentificar diferencias entre objetivos, yresultados planeados y obtenidos, comobase para tomar decisiones, fijar el rumboy alinear los esfuerzos hacia el logro delas metas, y mejorar continuamente losservicios.
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Los indicadores sirven para:
Guiar exitosamente el programa deprevención de la violencia de género.
Clarificar los componentes de losobjetivos del programa.
Orientar las etapas del proceso delprograma.
Proporcionar la base cuantitativa ycualitativa para el seguimiento precisodel programa.
Generar los insumos para la evaluacióny la pertinencia del programa.
Medir lo esperado y el cambio que sepropone el programa.
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El diseño de indicadores pertinentesvinculados a objetivos claros, garantizamostrar la efectividad de una estrategia deintervención y los resultados que se generanen etapas o momentos previstos de un plan,programa o proyecto.
Los indicadores son una herramientametodológica que contribuye a la creaciónde un sistema de seguimiento y control devariables, y son la base más importante deuna evaluación parcial o total.
Cómo se clasifican los indicadores
Los indicadores se pueden clasificar por eltipo de información (cuantitativo y cualitativo)y por el tiempo y efectos esperados(proceso, efectos e impacto).
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Indicadorescuantitativos
Indicadorescualitativos
Expresan cant idad yfrecuencia. La unidad demedida son el número y elporcentaje. Los instrumentospara verificarlos son loscensos, encuestas yestadísticas, entre otros.
Expresan cual idades,características o fenómenosintangibles. Se refieren apercepciones, conocimientos,práct icas, op in iones,habilidades o hechos. Lasunidades de verificación sontipos, grado o nivel.
Indicadoressegún tipo deinformación
Definición
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Los indicadores cuantitativos y loscualitativos pueden pertenecer a cualquierade las siguientes categorías:
Indicadoresde proceso
Indicadoresde efectos
Indicadoresde acuerdo al
tiempo yefectos
Definición
Son los que miden y verificanlos cambios que se producenen el corto plazo comoresultado inmediato y directode las actividades realizadasen un proyecto o programa.
Son los que miden y verificanresul tados intermediosque surgen del uso de losservicios de un proyecto oprograma; es decir, loscambios de mediano plazoque contribuyen al logrodel impacto. Por ejemplo,cambios en las actitudesde las mujeres a partir delconoc imien to de susderechos humanos graciasa l a s a c c i o n e s d esensibilización.
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Indicadoresde impacto(Transforma-ción o cambiode fondo)
Indicadoresde acuerdo al
tiempo yefectos
Definición
Son los que miden y verificanlos cambios sostenibles y delargo plazo en las persona.El impacto se refiere, porejemplo, a ese gran cambioque se plantea en el objetivogeneral del Programa dePrevención de la Violenciade Género: variaciones en lacalidad de vida de lasmujeres, en las actitudes yprácticas con relación a susderechos.
Cómo se diseñan los indicadores
No existen indicadores "listos para suuso", sino que se definen o diseñanespecíficamente para cada programa oproyecto de intervención. Los criteriospropuestos a continuación para el diseñode indicadores han sido extraídos de lapráctica y experiencia de trabajo realizado
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por experiencias similares al Programa deEquidad de Género:
Los indicadores tienen que describir lascaracterísticas esenciales de los objetivoso de los resultados en particular.
Los indicadores cambian a lo largo delproceso de implementación.
Los indicadores reflejan realidades yexperiencias específicas.
Los indicadores deben tomar en cuentaaspectos como: cantidad, calidad, tiempoo plazo.
Qué son los indicadores de derechoshumanos y acceso a la justicia en lalínea base
Son datos que permiten evaluar o medirlos niveles de conocimiento e interiorizaciónque han alcanzado las mujeres sobre sus
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derechos humanos, las leyes que lasprotegen y los mecanismos de acceso a lajusticia.
En otras palabras, los indicadores sonherramientas metodológicas que facilitanuna aproximación empírica sobreconocimiento duradero sobre los derechosde las mujeres y la ruta para acceder a lajusticia. A la vez que ayudan a indagar silas mujeres formadas han compartido, conotras de su comunidad, sus conocimientosy experiencias dentro del proceso desensibil ización de la Campaña dePrevención de la Violencia de Género.
Por otra parte, los indicadores de derechoshumanos de las mujeres ayudan a medirel logro de los siguientes derechoshumanos1:
1 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar yErradicar la Violencia contra la Mujer. "Convención de Belemdo Pará ", Capítulo II: Derechos Protegidos, Artículos 3 y 4.
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El derecho a una vida libre de violencia,incluido en ello:
El derecho de la mujer a ser libre detoda forma de discriminación.
El derecho a ser valorada y educadalibre de patrones estereotipados decomportamiento, y prácticas socialesy culturales basadas en conceptos deinferioridad o subordinación.
El derecho a que se respete su integridadfísica, psíquica y moral;
El derecho a la libertad y a la seguridadpersonal;
El derecho a que se respete la dignidadinherente a su persona y que se protejaa su familia;
El derecho a igualdad de protección antela ley y de la ley;
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El derecho a un recurso sencillo y rápidoante los tribunales competentes, que laampare contra actos que violen susderechos;
El derecho a libertad de asociación, y;
El derecho a tener igualdad de acceso alas funciones públicas de su país y aparticipar en los asuntos públicos,incluyendo la toma de decisiones.
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Derechos humanos de las mujeres:qué son, por qué se habla de ellos
A lo largo de la historia, las mujeres hansido discriminadas en todas las sociedades.De hecho, al hablar de Derechos Humanosno estaban incluidas.
Desde mediados del siglo XX se organizanmovimientos de mujeres en todo el mundo,hasta que en Viena, en la ConferenciaMundial de Derechos Humanos (1993), sehabla formalmente de los DerechosHumanos de las Mujeres, las niñas y lasadolescentes.
Esto ha dado paso, a lo que se conocecomo DERECHOS HUMANOS DE LAS
5- Marco referencia para eldiseño indicadores dederechos humanos de
las mujeres
Apartado 2
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MUJERES. Este es un término políticousado para recalcar que los derechos delas mujeres son derechos humanos;enfatizar y profundizar los principiosgenerales de los derechos humanos; yremarcar que los derechos no son neutralesen términos de género.
Los abusos a los derechos humanos comosus soluciones, tienen elementos de género.La experiencia de las mujeres respecto ala violencia es distinta que la de los hombres,de ahí que las soluciones, entre otrosaspectos, deben tomar en cuenta estasparticularidades y sus motivos.
Existen distintos instrumentos que hanincorporado los derechos de la mujer; sinembargo, el más específico e importantees la CONVENCIÓN SOBRE LAELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMASDE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAMUJER (CEDAW), llamada la CARTAMAGNA DE LOS DERECHOS DE LA
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MUJER, uno de cuyos apor tesfundamentales es el concepto dediscriminación, tanto de la de hecho comode derecho.
Instrumentos normativosinternacionales, regionales y nacionalesde los derechos humanos de las mujeres
La Convención para la Eliminación detodas las Formas de DiscriminaciónContra la Mujer, CEDAW (1979). Reconocela igualdad de responsabilidades yoportunidades entre hombres y mujeres,y establece en cada país la creación detribunales e instituciones públicas queaseguren la eliminación de toda formade discriminación hacia la mujer.
La Convención Interamericana paraPrevenir, Sancionar y Erradicar laViolencia Contra la Mujer, Belem do Pará.Firmada por el Estado salvadoreño el 14
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de agosto de 1995, y ratificada como Leyde la República el 26 de enero de 1996,obliga a los países a adoptar programaspreventivos, y mecanismos judiciales yadministrativos para reparar los daños ymaltratos de los que son víctimas lasmujeres.
La Declaración de Beijing y su Plataformade Acción (1995). Refleja el compromisointernacional por alcanzar las metas deigualdad, desarrollo y paz de las mujeres.
La Constitución de la República de 1993.No introduce aspectos específicos sobrelos derechos de las mujeres, sino quecontempla los derechos de forma generalcomo el derecho a la vida, a la integridadfísica y moral, a la libertad, a la salud, ala seguridad. Asimismo reconoce laigualdad de todas las personas sin quese puedan establecer diferencias de sexo,constituyendo la base para sustentar el
derecho de las mujeres a una vida librede violencia, regulado en normassecundarias (Art. 1, 2 y 3 Cn).
El Código de Familia (1 de octubre de1994). Uno de sus principios rectores esel de igualdad de derechos del hombrey de la mujer, y la igualdad de derechosde los hijos e hijas. Contempla normasrelativas a la intolerancia de la vida encomún como uno de los motivos dedivorcio, incluyendo en ello la violenciaintrafamiliar (Artículos 4 y 106, OrdinalTercero CF).
La Ley Contra la Violencia Intrafamiliar(20 de diciembre de 1996). Es preventivay contempla un sistema de mecanismoscomo medidas de protección, preventivasy cautelares, cuya duración es establecidapor el juez o jueza según las circunstanciasy reincidencias, y de acuerdo a lasregulaciones de la Ley Procesal deFamilia.
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Quién garantiza el cumplimiento de losDerechos Humanos de las mujeres enEl Salvador
La Ley Contra La Violencia Intrafamiliarmenciona algunas instancias que tienenasignadas competencias de protección delos derechos humanos de las mujeres:
Tribunales de Familia y de Paz. Administranjusticia en cualquier caso de Violenciade Género (Art. 5, LCIF).
Instituto Salvadoreño para el Desarrollode la Mujer (ISDEMU). Institución rectorade la política nacional de la mujer ycoordinadora del programa, promuevela participación de las instanciasgubernamentales y no gubernamentales,gobiernos locales, empresa privada,iglesia, organismos internacionales y otros(Art. 5 y 6-A, LCVI).
Municipalidades. Diseñan políticas yprogramas de equidad de género dirigidos
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hacia las mujeres, procurando definirun presupuesto que permita suimplementación e impacto.
Organizaciones No Gubernamentales.Diseñan políticas y programas deprevención de la violencia de género enalianza con la cooperación internacional.
Instituto de Medicina Legal. Se encargadade realizar exámenes médicos forensespor golpes internos o daños psicológicosde la víctima, cuando el funcionariojudicial, juez o jueza de Familia o de Paz,lo requiera (Art. 24, LCVI).
Ministerio de Salud Pública y AsistenciaSocial. Institucionaliza el eje transversalde género en los servicios de salud engeneral, con especial atención al áreade violencia (Art. 14, literal b, LCVI).
Ministerio de Gobernación. Por medio dela Policía Nacional Civil (PNC), enunidades especializadas que velan por
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el cumplimiento de la ley contra laviolencia intrafamiliar. La PNC cuentacon una Política de Género que facilitala gestión de este programa (Art. 10LCVI).
Ministerio de Educación. Impulsa elproceso educativo con equidad de género(Art. 14, literal b, LCVI).
Fiscalía General de la República. Apoyala aplicación de la normativa relacionadacon la violencia de género en todas susformas (Art. 17 y 25, LCVI).
Procuraduría General de la República.Apoya los procesos de procuración ydiligencias necesarias a favor de lasmujeres víctimas de violencia (Art. 13 y16, LCVI).
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Objetivos de Desarrollo del Milenio(ODM) y la igualdad de género yautonomía de la mujer
Los Objetivos de Desarrollo para el Milenio(ODM) son metas para el año 2015 referidasa la situación mundial de 1990 y su origense encuentra en la Declaración del Mileniode las Naciones Unidas, adoptada el 8 deseptiembre de 2000 por los 189 estadosmiembros (147 representados por sus jefesde Estado o de gobierno).
La Declaración contiene numerososcompromisos para mejorar el destinode la humanidad en el nuevo siglo.Posteriormente, la Secretaría de las NacionesUnidas elaboró una lista de ocho objetivos,cada uno acompañado de metas eindicadores específicos:
1) Erradicar la pobreza extrema y elhambre.
2) Lograr la enseñanza primariauniversal.
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3) Promover la igualdad entre losgéneros y la autonomía de la mujer.
4) Reducir la mortalidad infantil.
5) Mejorar la salud materna.
6) Combatir el VIH/SIDA, el paludismoy otras enfermedades.
7) Garantizar la sostenibilidad del medioambiente.
8) Fomentar una asociación mundialpara el desarrollo.
Estos propósitos se están debatiendoglobalmente y a nivel nacional. Muchasorganizaciones deliberan sobre cómopueden incluirlos en las estrategias globaleso nacionales.
Para el diseño de los indicadores de la líneabase de derechos humanos y acceso a lajusticia de las mujeres, se tomará comoreferente el objetivo tres:
Promover la igualdad entre los génerosy la autonomía de la mujer", cuya metaes: "Eliminar las desigualdades entrelos géneros en la enseñanza primariay secundaria, preferiblemente para elaño 2005, y en todos los niveles de laenseñanza para 2015".
Aunque los compromisos de los gobiernoscon los derechos de la mujer y la igualdadde género fueron acordados en numerososforos mundiales y en la Convención parala Eliminación de Toda Forma deDiscriminación contra la Mujer, en esteobjetivo de desarrollo no se indica quealcanzar la "igualdad entre los géneros yla autonomía de la mujer" es central paralograr los otros siete. En cuanto a losindicadores, todo se reduce a uno enfocadoen la educación formal.
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Derechos humanos fundamentales delas mujeres: Convención Belem do Pará
En su Capítulo II, enuncia los DerechosProtegidos por los Estados partes de dichaConvención, y en el Artículo 3, diceliteralmente: "Toda mujer tiene derecho auna vida libre de violencia, tanto en el ámbitopúblico como en el privado". Además, elArtículo 4, señala que: "Toda mujer tienederecho al reconocimiento, goce, ejercicioy protección de todos los derechos humanosy a las libertades consagradas por losinstrumentos regionales e internacionalessobre derechos humanos". Estos derechoscomprenden, entre otros:
El derecho a que se respete su vida.
El derecho a que se respete su integridadfísica, psíquica y moral.
El derecho a la libertad y a la seguridadpersonal.
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El derecho a no ser sometida a torturas.
El derecho a que se respete la dignidadinherente a su persona y que se protejaa su familia.
El derecho a igualdad de protección antela ley y de la ley.
El derecho a un recurso sencillo y rápidoante los tribunales competentes que laampare contra actos que violen susderechos.
El derecho a libertad de asociación.
El derecho a la libertad de profesar lareligión y las creencias propias dentro dela ley.
El derecho a tener igualdad de acceso alas funciones públicas de su país y aparticipar en los asuntos públicos,incluyendo la toma de decisiones.
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Por otra parte, el Artículo 5, señala que todamujer podrá ejercer libre y plenamente susderechos civiles, políticos, económicos,sociales y culturales, y contará con la totalprotección de esos derechos consagrados enlos instrumentos regionales e internacionalessobre derechos humanos. Además, enfatizaque los Estados Partes reconocen que laviolencia contra la mujer impide y anula elejercicio de esos derechos.
Para finalizar, en el Artículo 6, recalca queel derecho de toda mujer a una vida librede violencia incluye, entre otros:
El derecho de la mujer a ser libre de todaforma de discriminación.
El derecho de la mujer a ser valorada yeducada libre de patrones estereotipadosde comportamiento, y prácticas socialesy culturales basadas en conceptos deinferioridad o subordinación.
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Matriz de ámbitos de cumplimiento,variables y propuesta de preguntas guíapara estructurar los indicadores dederechos humanos de las mujeres.
Te n i e n d o c l a r o l o s a s p e c t o stranscendentales antes señalados setrabajará la matriz de ámbitos decumplimiento, variables, indicadores ypreguntas guías sobre los derechoshumanos de las mujeres. Los pasos sonlos siguientes:
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2 San Marcos y Mejicanos (Departamento de San Salvador),Ahuachapán (Ahuachapán), Santa Tecla (La Libertad),Sonsonate (Sonsonate), Usulután (Usulután) y Cacaopera(Morazán).
Planteamientodel problema
Conocimientos, actitudes y prácticassobre los derechos humanos, tienen
las mujeres que participan en laCPVG de siete Municipios en 20092
Objetivo de lalínea base dederechoshumanos delas mujeres
Derechoshumanosfundamenta-les de lasmujeres
Establecer el conocimiento de lasmujeres de sus derechos humanos.
Identificar las actitudes de lasmujeres frente a la defensa de susderechos humanos.
Identificar las prácticas de lasmujeres alrededor de sus derechoshumanos.
El derecho a una vida libre deviolencia.
El derecho a que se respete suintegridad física, psíquica y moral.
El derecho a la libertad y a laseguridad personal.
El derecho a que se respete ladignidad de su persona y se protejaa su familia.
Planteamientodel problema
Conocimientos, actitudes y prácticassobre los derechos humanos, tienen
las mujeres que participan en laCPVG de siete Municipios en 20092
Ámbito decumplimientode losderechoshumanos delas mujeres
Variables
El derecho a libertad de asociación.
El derecho a tener igualdad deacceso a las funciones públicas desu país y a participar en los asuntospúblicos, incluyendo la toma dedecisiones.
Normativo regional e internacional
Políticas y programas a nivel centraly local
Experiencia grupal e individual
Conocimiento
Actitudes
Prácticas
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Es importante recordar las obligacionesregionales sobre derechos humanosasumidas voluntariamente por los Estadosamericanos, principalmente en la ConvenciónAmericana, la Declaración Americana y laConvención de Belém do Pará.
De igual forma, es pertinente mencionarque los Estados tienen la obligación deemplear la debida diligencia para prevenir,investigar, sancionar y erradicar la violenciacontra las mujeres. Asimismo, garantizarun acceso a recursos judiciales idóneos yefectivos constituye un requisito previoindispensable para el pleno cumplimientode esta obligación.
Sin embargo, a pesar de estas obligaciones,en la práctica las mujeres víctimas enfrentanbarreras cuando quieren acceder a
6- Marco de referencia para eldiseño de indicadores de acceso
a la justicia de las mujeres
Apartado 3
63
instancias judiciales de protección. Poreso, el diseño de indicadores base sobreacceso a la justicia de las mujeres pasa,necesariamente, por la revisión, desarrolloy comprensión de los aspectos siguientes:
Acceso a la justicia: ¿un derecho humanofundamental de las mujeres?
La violencia contra las mujeres y su raíz-la discriminación-, es un problema gravede derechos humanos con repercusionesnegativas para las mujeres y la comunidadque las rodea, constituyendo un impedimentoal reconocimiento y goce de todos susderechos humanos, incluyendo el respeto asu vida e integridad física, psíquica y moral(Convención Belém do Pará).
En ese sentido, sobre el derecho a la justiciase puede decir que:
Es un derecho.
En un indicador de ciudadanía efectiva.
64
La justicia como un bien público del quedeben gozar por igual todos los sereshumanos, sin discriminación.
No se circunscribe a la existencia formalde recursos judiciales, sino a la idoneidadde estos para investigar, sancionar yreparar las violaciones denunciadas.
Acceder es obtener una respuesta judicialefectiva ante actos de violencia contralas mujeres.
Comprende la obligación de haceraccesibles recursos judiciales sencillos,rápidos, idóneos e imparciales de manerano discriminatoria, a fin de investigar,sancionar y reparar estos actos y prevenirla impunidad.
El acceso a la justicia de jure y de facto (porprincipio y en la práctica), es indispensable.
Las mujeres tienen derecho a un recursosencillo y rápido ante los tribunales
65
competentes que la ampare contra actosque violen sus derechos (Art. 4, literal g;Convención Belem Do Pará)
Los Estados tienen la obligación de actuarcon debida diligencia frente a violacionesa derechos humanos: prevención,investigación, sanción y reparación. LaConvención de Belém do Pará afirmaque la obligación de actuar con debidadiligencia adquiere una connotaciónespecial en casos de violencia contra lasmujeres (Art. 7 Convención Belem DoPará).
El acceso va más allá del sistema dejusticia, se complementa con políticaspúblicas integrales e intersectoriales entodo el territorio nacional.
La práctica muestra que las mujeresvíctimas de violencia no logran unacceso expedito, oportuno y efectivo alos recursos judiciales, lo cual generaimpunidad.
66
Qué es el acceso a la justicia de lasmujeres
El "acceso a la justicia", se debe entendercomo el acceso de jure y de facto (porprincipio y en la práctica) a instancias yrecursos judiciales de protección frente aactos de violencia, de conformidad con losparámetros internacionales de derechoshumanos.
El acceso a la justicia es un derechohumano fundamental y es la vía mediantela cual reclamar protección judicial para elcumplimiento de otros derechos humanoscuando éstos son violados. De igual forma,permite garantizar los derechos de todos ytodas y la igualdad ante la ley.
El acceso a la justicia requiere de un sistemade garantías que permita su pleno ejercicio.En este sentido, el Estado debe crearcondiciones jurídicas y materiales para quetodas las personas, sin distinciones, puedanacceder a la justicia. Esto significa que,
67
además de abstenerse de poner barreraspara el acceso, debe implementar accionespositivas cuando se presenten obstáculosde hecho para el pleno ejercicio de estederecho.
El acceso a la justicia puede ser entendidodesde varios aspectos que se complementanentre sí:
El acceso, es decir, la posibilidad de llegara la justicia con la representación de unabogado o abogada.
La disponibilidad de un buen servicio dejusticia, o sea, la posibilidad de unpronunciamiento justo y en tiempo.
La posibilidad de sostener el procesocompleto, en otras palabras, que laspersonas no abandonen el procesojudicial antes que concluya, por motivoscontrarios o ajenos a su voluntad, comola falta de recursos económicos, porejemplo.
68
El reconocimiento del acceso a la justiciacomo un derecho del ciudadano ociudadana, y la obligación del Estado degarantizarlo.
El Estado tiene la obligación de garantizarque ninguna persona deje de acceder ala justicia por razones de desigualdadsocial, sean éstas económicas, religiosas,étnicas, de raza, de género, etc.
Instrumentos normativos internacionales,regionales y nacionales del derecho deacceso a la justicia de las mujeres
El acceso a la justicia es un derecho quepermite hacer efectivos otros que han sidovulnerados o que deben reconocérseles aquienes acuden ante el sistema de justiciapara solucionar sus conflictos jurídicos.
El derecho de acceso a la justicia tienereconocimiento nacional e internacional, yes una garantía del derecho de igualdad
69
en la medida que los Estados aseguranque todos sus ciudadanos tengan igualdadde oportunidades y hagan efectivo suderecho sin sufrir discriminación alguna depor medio.
Este derecho se fundamenta en:
La Declaración Universal de los DerechosHumanos
Art. 7.- "Todos son iguales ante la ley ytienen, sin distinción, derecho a igualprotección de la ley. Todos tienen derechoa igual protección contra toda discriminaciónque infrinja esta Declaración y contra todaprovocación a tal discriminación".
La Convención Americana de DerechosHumanos
Articulo 8, Garantías Judiciales:
1. Toda persona tiene derecho a ser oída,con las debidas garantías y dentro de
70
un plazo razonable, por un juez otribunal competente, independiente eimparcial, establecido con anterioridadpor la ley, en la sustanciación decualquier acusación penal formuladacontra ella, o para la determinación desus derechos y obligaciones de ordencivil, laboral, fiscal o de cualquier otrocarácter.
2. Toda persona inculpada de delito tienederecho a que se presuma su inocenciamientras no se establezca legalmentesu culpabilidad. Durante el proceso,toda persona tiene derecho, en plenaigualdad, a las siguientes garantíasmínimas:
a) Derecho del inculpado de ser asistidogratuitamente por el traductor ointérprete, si no comprende o nohabla el idioma del juzgado o tribunal;
71
b) Comunicación previa y detallada alinculpado de la acusación formulada;
c) Concesión al inculpado del tiempoy de los medios adecuados para lapreparación de su defensa;
d) Derecho del inculpado de defendersepersonalmente o de ser asistido porun defensor de su elección y decomunicarse libre y privadamentecon su defensor;
e) Derecho irrenunciable de ser asistidopor un defensor proporcionado porel Estado, remunerado o no segúnla legislación interna, si el inculpadono se defendiere por sí mismo ninombrare defensor dentro del plazoestablecido por la ley;
f) Derecho de la defensa de interrogara los testigos presentes en el tribunal
y de obtener la comparecencia,como testigos o peritos, de otraspersonas que puedan arrojar luzsobre los hechos;
g) Derecho a no ser obligado a declararcontra sí mismo ni a declararseculpable, y
h) Derecho de recurrir del fallo antejuez o tribunal superior.
3. La confesión del inculpado solamentees válida si es hecha sin coacción deninguna naturaleza.
4. El inculpado absuelto por una sentenciafirme no podrá ser sometido a nuevojuicio por los mismos hechos.
5. El proceso penal debe ser público,salvo en lo que sea necesario parapreservar los intereses de la justicia.
72
Artículo 25, Protección Judicial:
1. Toda persona tiene derecho a unrecurso sencillo y rápido o a cualquierotro recurso efectivo ante los jueces otribunales competentes, que la amparecontra actos que violen sus derechosfundamentales reconocidos porla Constitución, la ley o la presenteConvención, aun cuando tal violaciónsea cometida por personas que actúenen ejercicio de sus funciones oficiales.
2. Los Estados Partes se comprometen a:
a) Garantizar que la autoridadcompetente prevista por el sistemalegal del Estado decidirá sobrelos derechos de toda persona queinterponga tal recurso;
b) Desarrollar las posibilidades derecurso judicial, y
73
74
c) Garantizar el cumplimiento, por lasautoridades competentes, de todadecisión en que se haya estimadoprocedente el recurso.
Convención de Belem do Pará
En el artículo 7, numerales c, d, e, f, g,señala que los Estados parte se encuentranobligados a incluir normas penales, civiles,administrativas y de otra naturaleza en suordenamiento interno, para:
Prevenir, sancionar erradicar laviolencia; a adoptar medidas derestricción al agresor, a abolir leyesvigentes, así como reglamentos ymodificar prácticas consuetudinariasque "respalden la persistencia otolerancia de la violencia contra lamujer";
Establecer procedimientos legalesjustos y eficaces para la mujer quehaya sido sometida a violencia, que
75
incluyan entre otros, medidas deprotección, un juicio oportuno y el accesoefectivo a tales procedimientos; y
Establecer mecanismos judiciales yadministrativos que garanticen a la mujervíctima de violencia a una reparación ya medios de compensación justos yeficaces".
Garantías de igualdad de acceso a la justiciaen la Constitución de la República
Art. 3.- "Todas las personas son igualesante la ley. Para el goce de los derechosciviles no podrán establecerse restriccionesque se basen en di ferencias denacionalidad, raza, sexo o religión. Comose puede observar, esta disposiciónconstitucional consagra el principio deigualdad jurídica y el de no discriminación".
76
Principios rectores de acceso a la justiciade las mujeres
OFIC IOSIDAD: Ac tuac iones ,diligencias y facultades que puedenrealizar los jueces por su propiainiciativa, es decir, sin instancia departe interesada. Permite al Juezapreciar las condiciones de los litigantesy valorar su conducta durante elproceso. Encuentra su máximaexpresión en el principio "iura nobitcuriae" (el o la juez conoce el derecho)que faculta al juzgado para resolver deoficio sobre pruebas, medidascautelares o los méritos de la cuestión,aunque no lo hayan pedido las partes,o rectificar situaciones aunque lavíctima haya invocado erróneamentesu derecho.
CELERIDAD: Rapidez, diligencia enlas actuaciones procesales. Se relacionacon el principio de eventualidad,consistente en aportar de una sola
77
vez todos los medios de ataque o dedefensa, impidiendo regresiones en elprocedimiento, al tiempo que evita lamultiplicidad de juicios.
También se relaciona con el principiode concentración que tiende a acelerarel procedimiento, al disponer laactividad procesal, sobre todo larecepción de las pruebas, en una o ensucesivas audiencias, con el fin de queel o la juez adquiera una visión deconjunto que, al permitirle una mejorapreciación de los hechos, influirá enla correcta decisión de la causa. Tienepor consiguiente íntima vinculación conel principio de economía procesal.
GRATUIDAD: Exoneración del pago dearanceles como tasas judiciales yactuaciones procesales. También hacereferencia al modo de las notificacionesen los juicios sobre violencia doméstica,o la expedición de actas en su caso. Se
78
relaciona con el principio de economíaprocesal en su aspecto monetario.
ORALIDAD: En su mayor parte lasactuaciones procesales son de vivavoz y ante el o la juez o tribunal queentiende en el litigio. Estas actuacionesquedan plasmadas en un acta, puesel registro de las diligencias llevadasa cabo es fundamental para evitar lapérdida de los elementos probatoriosal momento de su apreciación.
INMEDIACIÓN: Contacto del juezcon las partes. Estado de relacióndirecta con ellas, debiendo recibirpersonalmente las pruebas. Permiteal o la juez apreciar las condiciones delos litigantes y valorar su conductadurante el proceso.
79
4 Facio, Alda y Rodrigo Jiménez (2007). La igualdad de géneroen la modernización de la administración de justicia, BID,Washington D.C. Documento de trabajo.
Barreras que dificultan el acceso a lajusticia de las mujeres
A pesar de los esfuerzos y avancesrealizados, en América Latina y el Caribe,las mujeres como usuarias (víctimaso delincuentes) y administradoras uoperadoras, encuentran dos obstáculosprincipales frente al sistema de justicia4:
Un marco legal que no incorpora la equidadde género como una perspectiva transversal
La legislación vigente todavía esincompleta en temas como la violenciade género, doméstica o intrafamiliar; elacoso sexual; las pensiones alimenticiasy paternidad responsable; y en muchoscasos, victimiza a las mujeres.
Una cultura organizacional influidahistóricamente por la discriminación,
80
el sexismo y los estereotipos degénero, incide tanto sobre la atencióny prioridad que se dan a los casospresentados por las mujeres, comosobre la calidad de las resolucionesjudiciales.
La mayoría de los agentes de justicia,jueces, fiscales y defensores públicosdesconocen los nuevos marcos ynormativas, así como los instrumentosjurídicos internacionales que amparany protegen el ejercicio de los derechosde las mujeres.
Una administración de justicia querelega a las mujeres a posiciones demenor jerarquía. El número de hombreses mayor que el de mujeres en lossistemas judiciales.
81
Oportunidades desiguales de acceso a losservicios de justicia y sus resultados
Escasez de recursos económicos paracostear los gastos que conllevan losprocesos judiciales.
Falta de información y conocimientosobre sus derechos, y sobre losprocedimientos jurídicos.
Carencia de asesorías legalesasequibles en las comunidades,especialmente en las zonas rurales yaisladas.
Falta de documentos de identidad, queafecta principalmente a las mujeresindígenas, afro-descendientes y a lasmigrantes.
Restricciones impuestas por la desigualdistribución de las responsabilidadesfamiliares y domésticas.
Dificultades de movilidad geográfica.
Limitado empoderamiento frente a lasinstituciones judiciales.
Estos obstáculos se ven particularmenteagravados en el caso de las mujeres mayas,quienes además de problemas económicos,falta de información, inaccesibilidadgeográfica y aislamiento de los territoriosen que habitan, sufren, en general, eldesconocimiento de su cultura e idioma porparte de los servicios de justicia.
Con el objetivo de eliminar las barreras quelimitan o impiden el acceso de las mujeresal sistema de justicia, los países de la regiónhan puesto en marcha programasdestinados a promover los derechos de lasmujeres y a prestarles servicios jurídicosaccesibles y sensibles a sus necesidades.
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Agradecemos a las siguientes personasque participaron en la validación delpresente documento.
FISCALÍA1. Ruth Lara, FGR de Mejicanos
2. Silvia Hernández,Auxiliar del Fiscal FGR
3. Naida Valenzuela,Jefa Unidad UMM FGR
4. Vilma Morales,Jefa Unidad FGR San Marcos
5. José Leonardo Sánchez,Fiscal Auxiliar San Marcos
6. Idalia Vásquez de Flores,Fiscal Auxiliar de la FGR de Morazán
7. Xochilt Roxana Sierra,Fiscal de Ahuachapán
PNC8. Ana Esmeralda Herrera,
Jefa Subdelegación Planesde Renderos
90
JUZGADOS9. María Elizabeth Castro Zelaya
de Arévalo,Jueza de Familia de San Marcos
10.Claudia Guadalupe González Vázquez,Colaboradora Judicial Juzgado Familia San Marcos
11. Julia Anabel Chahin,Colaboradora Judicial Juzgado de Transito de Sonsonate
12.Sobeyda Guadalupe Carranza,Jueza de Paz del Juzgado de Paz, Cacaopera Morazán
PDDH13.Esperanza Yanira Díaz,
Delegada departamental de la PDDH
ISNA14.Norma Polanco,
Protectora de Menores, ISNA
15.Berta Eugenia Aguilar,Sicóloga del ISNA de Usulután
91
16.Ana Evelyn Hernández Artero, Protectora de Niñez del ISNA Delegación Occidental
ALCALDÍAS MUNICIPALES17.Enia Galdámez,
Concejala Alcaldía San Marcos
18.Judith Figueroa,encargada de la Casa Municipal de la Mujer Tecleña
MEDICINA LEGAL19.Cesar Peñate,
Sicólogo Instituto Medicinal Legal IML
CENTROS ESCOLARES20.Miriam Verónica Dubón,
Profesora de Centro Escolar deSan Marcos
21.María de los de Ángeles Sunciónde Vega,Profesora de Centro Escolar enSan Marcos
92
22.María Magdalena de Hernández, Profesora de Centro Escolar enSan Marcos
CAMPAÑA DE PREVENCIÓNDE VIOLENCIA DE GÉNERO23.Ana Ruth Orellana,
Coordinadora Programa CapacitaciónMSM
24.Xochilt Reyes,Coordinadora de la Unidad de Prevención y Atención de Violencia de Género de AMS
25.Karen Rocío Campos,Coordinadora territorial de la campaña,AGROSAL
26.Yenis Turcios,Facilitadora de AMS
27.Ana Edelmira Castro,Facilitadora de AMS de Usulután
28.Blanca Edith Sánchez,Promotora del MSM en San Marcos
93
29.Silvia Mangandi,Promotora del MSM
30.Alondra Umanzor,Técnica de Proyectos de FIECA
31.Clemencia Roldán,Facilitadora de AMS
32.Carmen Rodríguez,Facilitadora de AMS
33.Blanca Lidia Rivas
34. Isabel Reyes
Aracely Bayona, facilitadora del procesode Validación
Gloria Candray, facilitadora de laorganización para la validación
Mélida GuevaraCoordinadora del Programa deEquidad de GéneroOficina Regional de CAMEXCAOxfam América
94
Bibliografía consultada
CEDAW, 1979. La Convención para laEliminación de todas las Formas deDiscriminación Contra la Mujer.
CIDH-OEA. Informe "Acceso a la justiciapara las mujeres víctimas de violencia enlas Américas".
CLADEM, Paraguay 2008. Guía decapacitación "Género, acceso a la justiciay violencia contra las mujeres".
Código de Familia de El Salvador.
Constitución de la República de El Salvador.
Convención Americana sobre DerechosHumanos. San José, Costa Rica 7 al 22 denoviembre de 1969
Convención Interamericana para Prevenir,Sancionar y Erradicar la Violencia Contrala Mujer "Convención de Belem do Para".Adoptada y abierta a la firma, ratificación yadhesión por la Asamblea General de la
95
Organización de Estados Americanos, ensu vigésimo cuarto periodo ordinario desesiones, del 9 de junio de 1994, en Belemdo Para, Brasil.
Declaración de Beijing y su Plataformade Acción (1995).
IDEMO a.c., Edición 2007. ¿Cómo incorporarindicadores con perspectiva de género ennuestros proyectos?: Manual para aprendera diseñarlos y evaluarlos/Laura BacerraPozos y Eugenia Mata/Primera edición2007.
Ley Contra la Violencia Intrafamiliar.El Salvador.
UNICEF. Los Derechos Humanos de lasMujeres. Orientación para Coordinadorasde Los Puntos de Encuentro con el InstitutoNacional de la Mujer.
Facio, Alda y Jiménez, Rodrigo (2007). Laigualdad de género en la modernizaciónde la administración de justicia, BID,Washington D.C. Documento de trabajo.